cpi: ¿crónica de una muerte anunciada? lucia carcano
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CPI: ¿Crónica de una muerte anunciada?
Lucia Carcano Fernández
Noviembre 2019
Trabajo de Grado
Maestría en Estudios Internacionales
Director: Jean Marie Chenou
Tabla de Contenidos 1. Contexto, planteamiento del problema, justificación y marco teórico 3
1.1 Contexto Histórico de la Corte Penal Internacional 3
1.1.1 Contexto años 1990 3
1.1.2 Conferencia de Roma y proceso de ratificación 4
1.1.3 El funcionamiento de la CPI en sus primeros 16 años (2002-2018). 6
1.2 Planteamiento del problema y justificación 8
1.2.1 Marco Teórico 8
2. Argumento Teórico 13
2.1 Explicación del cambio en identidad del sistema 13
2.2 Posibles motivos del cambio de identidad del sistema 14
3. Diseño Metodólogico y Análisis Documental 14
3.1 Diseño Metodológico 14
3.2 Análisis de documentos primarios 16
3.2.1 Análisis de discursos de la Asamblea de Estados Partes 16
3.2.2 Análisis de discursos Conferencia de Roma (1998) y Conferencia de Revisión ECPI (2010) 18
Conclusiones 20
Bibliografia 23
Anexo 1: Palabras de Mayor uso por Sesión. 27
Anexo 2: Palabras más utilizadas por los Estados en cada Sesión de la Asamblea de Estados Parte.30
1
El 15 de marzo de 2019 el Secretario de Estado de Estados Unidos, Mike Pompeo declaró que la
Corte Penal Internacional estaba atacando el estado de derecho Norteamericano, y por tanto
tomaría medidas en su contra incluyendo la remoción de Visas a todos los funcionarios de la
Corte involucrados en la investigación de la situación de Afganistán. Durante el mismo discurso,
también amenazó con tomar medidas adicionales en contra de la Corte incluyendo sanciones
económicas ya que, a su parecer, la CPI se encontraba amenazando la soberanía de Estados
Unidos (The Guardian, 2019).
Las amenazas de Estados Unidos a la CPI no son propiamente nuevas, sin embargo
resultan curiosas al considerar que Estados Unidos ha sido históricamente el Estado que más ha
impulsado la creación de tribunales internacionales penales, habiendo estado directamente
involucrado con la creación del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg así como en la
creación de los Tribunales Ad Hoc para Ruanda y la ex-Yugoslavia. Estados Unidos no ha sido
el único país que en los últimos años ha tenido una actitud hostil hacia la Corte. Gambia, Gabón
y Filipinas, estados partes del Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional (ECPI), han
manifestado recientemente sus inconformidades con la Corte y han comenzado procesos de
denuncia del ECPI. Similarmente, la Unión Africana ha emitido varias resoluciones en contra de
la Corte.
Las actitudes hostiles hacia la CPI resultan paradójicas al considerar que hace 21 años se
estaban reuniendo en Roma la mayoría de los estados para redactar el ECPI al considerar que era
de vital importancia para el mantenimiento de la paz y la seguridad la creación de un tribunal
penal permanente (United Nations, 1998). Autores constructivistas como Wendt (1992;1999) y
Onuf (2012) mantienen que el sistema internacional se construye a partir de las interacciones de
los agentes que se pueden evidenciar a través de los discursos que estos realizan. Considerando
lo anterior, surge la siguiente pregunta: ¿Cómo demuestran los discursos ante la Asamblea de
Estados Partes un cambio de actuación de los Estados frente al régimen de Derecho Penal
Internacional, un régimen de derecho que ellos mismos crearon? .
Lo anterior, permite analizar los cambios en las posturas y acciones de los Estados frente
al Régimen del Derecho Internacional Penal. Además, la mayoría de estudios se centran o en su
inaplicación o en su creación omitiendo la conexión entre los dos. Conexión que resulta vital
2
para comprender las limitaciones y alcances reales que tiene la CPI y el régimen de derecho
internacional penal en general, que ha sido dejada de lado en las investigaciones sobre la materia.
Además, al entender este proceso se comprenden también las dinámicas de funcionamiento del
derecho internacional desde su construcción hasta su aplicación por parte de los Estados.
Para responder a estar pregunta, primero se presentará el contexto histórico desde los
años 1990 hasta 2018 para entender en qué contexto ha funcionado la Corte. Posteriormente se
analizarán los discursos de la Asamblea de Estados Partes de la CPI a través del software “R”
para ubicar las palabras más utilizadas cada año en la Asamblea de Estados Partes con la
metodología de text mining. Adicionalmente, también se estudiarán los registros de los discursos
de la Conferencia de Roma de 1998 para comparar estos con los discursos dados en la
Conferencia de Revisión del ECPI que se dio en Kampala en el 2010. Por último, se esbozarán
las conclusiones encontradas en el análisis de los discursos. 1
1. Contexto, planteamiento del problema, justificación y marco teórico
1.1 Contexto Histórico de la Corte Penal Internacional
1.1.1 Contexto años 1990
Los años 1990 comenzaron con la disolución de la Unión Soviética y el bloque socialista
marcando así el fin de la Guerra Fría. Fukuyama (1992) denomina este evento como el fin de la
historia, toda vez que, con el fracaso del proyecto comunista, el liberalismo económico y político
queda como el único modelo de pensamiento válido, deteniendo así el proceso dialéctico que se
venía construyendo.
La primacía del pensamiento liberal se ve reflejada en dos escenarios, por un lado se
encuentran los desarrollos que ocurren en el ámbito del derecho internacional y por otro lado
están los más de 20 procesos de democratización en los cinco continentes que tienen lugar
durante esta década, que se ha denominado la tercera ola de democratización (Huntington, 1991).
1 Es importante hacer mención de la existencia de las dificultades materiales a los cuales se vio enfrentada esta investigación. Especificamente, se debe mencionar cómo la falta de acceso a muchos de los documentos que se buscaban analizar impidió realizar un análisis completo conforme a lo incialmente planeado toda vez que la ausencia de los mismos derivó en que el análisis de discurso no se logrará hacer a cabildad.
3
Frente a los desarrollos del derecho internacional, podemos evidenciar como a partir de los
últimos años de la Guerra Fría hubo un auge en la creación de tratados de derechos humanos. Lo
cual dio como resultado el desarrollo de las principales convenciones sobre este tema , así como 2
una fuerte discusión sobre el cambio de las nociones de soberanía para entender a esta como
ligada al respeto de los derechos humanos lo que derivó en la doctrina de la Responsabilidad
para Proteger.
Al mismo tiempo, en Europa la democracia se terminó de institucionalizar con su
primacía en todos los Estados que surgieron de la disolución de la Unión Sovietica. En América
Latina a través de un plebiscito se dio por terminada la última de las dictaduras surgidas en el
auge de la Guerra Fría, la dictadura de Pinochet en Chile. También en los años 1990, se vivió el
fin del régimen del Apartheid en Sudáfrica (1991), el fin de la guerra civil en El Salvador (1992),
el fin de la guerra civil y el genocidio en Ruanda (1994), el fin de la guerra en la ex Yugoslavia
(1995) y el fin de la guerra civil en Guatemala (1996), entre otros.
A diferencia de otras olas de democratización que ocurrieron en décadas anteriores, estos
procesos terminaron en su mayoría con la implementación de algún tipo de justicia transicional,
sea en la forma de tribunales especiales o a través de comisiones de la verdad. Algunos ejemplos
de esto es la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica, la Comisión del
Esclarecimiento Histórico de Guatemala y la Comisión para la Verdad del Salvador (Ibañez,
2017). A nivel internacional, el Consejo de Seguridad continuó con esta tendencia creando dos
tribunales internacionales como forma de garantizar la paz, el Tribunal Penal Internacional para
la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (Consejo de Seguridad, 1993;
Consejo de Seguridad, 1994).
1.1.2 Conferencia de Roma y proceso de ratificación
Después de la Segunda Guerra Mundial, la Comisión de Derecho Internacional de la
Asamblea General de la ONU intentó redactar un código de crímenes internacionales y un
2 Entre otras se negociaron la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes expedida en 1986; la Convención para los Derechos del Niño, expedida en 1990 y sus dos protocolos adicionales del año 2000; la Convención para la Protección de Trabajadores Migrantes, expedida en 1990; y el segundo Protocolo adicional al Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1989
4
estatuto para un tribunal penal internacional permanente. Sin embargo, en 1954, el proyecto se
detuvo debido a la falta de claridad dentro de la costumbre internacional de lo que consistía el
crimen de agresión. En 1989, Trinidad y Tobago solicitó ante la Asamblea General que se
volviera a reanudar este proyecto debido a que desde 1970 existía una definición unificada de lo
que consistía la Agresión (Cryer, 2014).
Para 1994, la Asamblea General decidió que era el momento de impulsar realmente este
proyecto y asignó un comité ad hoc que empezó a redactar un borrador de estatuto. De esta
forma durante 1996 y 1997, el Comité Preparatorio presentó sus avances a la Asamblea General
de la ONU y teniendo listo su borrador final convocaron a una Conferencia de Plenipotenciarios
en Julio 1998 en las instalaciones de la FAO en Roma. A la conferencia asistieron representantes
de 160 Estados, varias organizaciones internacionales y cientos de ONGs (Törnquist-Chesnier,
2007).
La Conferencia tuvo la alineación de diferentes posiciones en bloques compuestos por
Estados y Actores No-Estatales, especialmente ONGs. Uno de los bloques de mayor importancia
fue el llamada Like Minded Coalition, conformado por 60 Estados. Los Like Minded lograron
modificar sustancialmente el texto presentado por el Comité Preparatorio, dado que eliminaron el
veto del Consejo de Seguridad sobre las investigaciones que la Corte Penal Internacional
adelantaría, además permitieron otorgaron autonomía a la Fiscalía para iniciar investigaciones.
Los esfuerzos de los Like Minded presenta un interés alto en ceder la soberanía estatal en
favor del desarrollo de investigaciones por parte de la Corte Penal Internacional, reforzando la
capacidad de acción del régimen internacional (Krasner, 1982). La intención de aumentar la
capacidad de delegación, y por tanto, de ceder la soberanía aumentó la gobernabilidad del
régimen fortaleciendo su legalidad y capacidad de acción (Abbott et al, 2002).
Igualmente, el bloque de los No Alineados, insistió que se tuviera en cuenta el Crimen de
Agresión, dentro de los crímenes que la CPI tenía competencia de juzgar (Törnquist-Chesnier,
2007). Con lo que el bloque de los No Alineados reforzó el alcance (Haggard, 1987) de la corte
y, por tanto, del régimen que se estaba cristalizando a través de la Conferencia de Roma.
El trabajo desarrollado por los diferentes actores culminó el 17 de julio de 1998 mediante
la votación sobre el texto final del tratado. El texto fue aprobado por 120 Estados mientras que
5
21 se abstuvieron y siete votaron en contra, con lo cual se logró la creación del Estatuto de Roma
para la Corte Penal Internacional (ECPI). Inicialmente 139 Estados decidieron firmar el ECPI,
incluyendo algunos opositores, como Israel, Estados Unidos y Rusia. A pesar de ser aprobado en
1998, hasta el 2002 se logró la entrada en vigor de ECPI luego de que se consiguieran las sesenta
ratificaciones exigidas por el Estatuto para su entrada en vigor.
Ahora bien, el contexto internacional en que el ECPI fue firmado y el momento de su
ratificación son diferentes. El periodo comprendido entre 1998 y 2002 registró el desarrolló de 3
hitos históricos que cambiaron la manera en la que los actores del sistema se interrelacionaron.
El primero, la ejecución de la campaña de bombardeo por parte de la OTAN en la antigua
Yugoslavia, específicamente en Kosovo, en 1999. El segundo, los ataques terroristas del 11 de
septiembre de 2001; y el tercero, la respuesta por parte de la coalición liderada por los Estados
Unidos a los ataques mencionados, y el inicio de la “Guerra contra el Terror”.
Las operaciones de la OTAN en Kosovo presentaban una nueva dinámica de operación
que prioriza la protección de los derechos humanos sobre la soberanía nacional, cristalizando el
principio de Responsabilidad para Proteger en actuaciones específicas de los actores del Sistema
Internacional. Además, es la primera acción militar que la OTAN ejecuta después de la
finalización de la Guerra Fría, es decir, luego de su victoria en contra de su enemigo fundacional:
la Unión de Repúblicas Socialista Soviéticas (URSS), sin la autorización del Consejo de
Seguridad. Lo cual demuestra la presencia en el sistema internacional de una alianza militar
totalmente funcional, que se adaptó a una nueva estructura, con un propósito claro, y que tiene la
capacidad de actuar de manera autónoma. Con lo que los Estados Unidos, y sus aliados,
consolidan su poder y posición en el Sistema Internacional.
La supremacía de la OTAN y de los Estados Unidos es atacada en el 2001. Los ataques
terroristas del 11 de septiembre rompen la lógica en la que el Sistema Internacional operaba,
dado que el actor percibido con mayor superioridad es atacado en su propio territorio, sin
capacidad de respuesta preventiva. La respuesta de los ataques, conducen al tercer hito
mencionado, específicamente luego de la alocución presidencial de George W. Bush en donde
declara la Guerra contra el Terror.
6
La declaración de la Guerra contra el Terror, las acciones de política interna y exterior
que le siguieron, y la respuesta militar liderada por los Estados Unidos cambia totalmente la
agenda del Sistema Internacional. La securitización (Buzan et al, 1997) de la lucha contra el
terrorismo repercute en las acciones y discursos que los Estados adoptan, en donde: la seguridad
nacional, la defensa de los intereses nacionales y la protección de la población civil, vuelven a
ocupar una posición prioritaria.
1.1.3 El funcionamiento de la CPI en sus primeros 16 años (2002-2018).
Antes de entrar a analizar el funcionamiento de la Corte se debe mencionar algunos
detalles de su funcionamiento como Tribunal. Para empezar, la Corte tiene competencia sobre
todos los crímenes de guerra, de lesa humanidad, de genocidio y agresión cometidos en el
territorio de un Estado parte o por un nacional de un Estado parte a partir de julio de 2002. La
Fiscalía de la CPI es la encargada de abrir la investigación sobre la situación del país que cumple
con estos requisitos. Para abrir una investigación, la Fiscalia tiene, de conformidad con el
artículo 12 del ECPI, tres vías: la primera, es que el Estado le solicite a la Fiscalía que lo
investigue; la segunda, es que el Consejo de Seguridad remita una situación a la Fiscalía; y la
tercera, es que la Fiscalía propio motu decida comenzar la investigación. A continuación, se
profundizará en cómo se han desarrollado las primeras dos formas de apertura de investigación.
Uganda fue el primer Estado en remitir la situación de su país a la Fiscalía, realizando
esto el 29 de enero de 2004, ese mismo año la República Democrática del Congo (RDC) y la
República Centro Africana (RCA) remitieron el caso el 19 de abril y el 22 de diciembre,
respectivamente. El ejemplo de estos estados fue seguido por Costa de Marfil , Gabón , Mali , 3 4 5
Palestina y Ucrania . Similarmente, en el 2005 el Consejo de Seguridad remitió la situación de 6 7
3 El 18 de abril de 2003 Costa de Marfil realizó una remisión de conformidad con el artículo 12.3 que le otorga competencia a la corte a pesar de no ser un Estado Parte del ECPI 4 El 21 de septiembre de 2016, el gobierno de Gabón le envío una comunicación a la Fiscalía de la CPI para que comenzara una investigación sobre los hechos ocurridos desde mayo 2016. 5 El 18 de julio de 2012 el gobierno de Mali envío una solicitud a la Fiscalía de la CPI para que comenzara una investigación sobre los hechos ocurridos desde enero 2012 6 El 1 de enero de 2015 el gobierno de Palestina envío una solicitud a la Fiscalía de la CPI para que comenzara una investigación de conformidad con el articulo 12.3 del ECPI para que conociera sobre los hechos ocurridos en Palestina desde junio 2014 7 El 17 de abril de 2014, el gobierno de Ucrania realizó una declaración de conformidad con el artículo 12.3 del ECPI que le otorga competencia a la Corte desde el 21 de noviembre de 2013.
7
Darfur, Sudan a la Corte y luego en el 2011 repitió lo mismo con la situación de Libia. La
Fiscalía solo ha utilizado sus facultades de apertura de investigación en tres casos, Kenya , 8
Georgia y Burundi . 9 10
A pesar de que para 2019, 122 Estados han ratificado el ECPI, se puede evidenciar como
desde el comienzo ciertos estados han actuado contrario a la tendencia expuesta anteriormente.
Estados Unidos retiró su firma en el 2002. Si bien esto no tiene consecuencias legales reales, sí
es un fuerte gesto político que evidencia el rechazo hacia el instrumento. El ejemplo
estadounidense fue seguido por Rusia en el 2016.
Dentro de la investigación realizada en Sudan, la Fiscalía le solicitó a la Sala de
Cuestiones Preliminares I una orden de arresto contra el expresidente Omar Al Bashir , por los 11
crímenes de Genocidio y crímenes de lesa humanidad contra las tribus Fur, Masalit y Zaghawa.
Desde el 2009 se han emitido dos órdenes de arresto en su contra. Sin embargo, hasta el día de
hoy no se han hecho efectivas, por el contrario, Al-Bashir ha viajado a más de Veinte Estados
parte del ECPI, los cuales se han negado a cumplir con la obligación del ECPI de extraditar a las
personas solicitadas por la Corte . 12
Uno de los casos más emblemáticos en que se ha incumplido esta obligación fue
Sudáfrica. En el 2015 Al Bashir viajó a Sudáfrica en donde no fue arrestado a pesar de que
incluso la Corte Constitucional sudafricana falló a favor de la captura y extradición de Al-Bashir
(Simons, 2017)
Por otro lado, la Unión Africana ha hecho varios actos políticos que demuestran una
oposición unánime en contra de la Corte. El ejemplo más claro de esto es el hecho de que en el
2017 emitieron una resolución en el que alentaban la denuncia del ECPI (BBC, 2017). Un
8 El 31 de Marzo de 2010 la Sala de Cuestiones Preliminares II le dio autorización a la Fiscalía de investigar los crímenes de lesa Humanidad cometidos en la violencia post electoral que se dieron en Kenia en el 2009. 9 El 27 de Enero de 2016 la Sala de Cuestiones Preliminares I le dio autorización a la Fiscalía para investigar los crímenes competencia de la Corte ocurridos en Osetia del Sur (Georgia) entre julio y octubre 2008. 10 El 25 de Octubre de 2017 la Sala de Cuestiones Preliminares III autorizó la apertura de investigación sobre los crímenes ocurridos en la violencia post electoral que acaeció en Burundi durante el 2015. 11 Omar Al Bashir llegó a la presidencia de Sudan en 1989 y lideró al ejercito de este país durante la guerra civil en Darfur que dejo un estimado de 10.000 muertes mensuales y que tuvo un fuerte componente de limpieza etnica. Al respecto vid: https://www.icc-cpi.int/CourtRecords/CR2009_01517.PDF 12 Al respecto vid. Bashir-Watch.org
8
rechazo claro en contra de la Corte por los mismos Estados que inicialmente habían recurrido a
ella como una forma de solución de problemas internas. Por último, se debe resaltar que así
cómo han aumentado el número de ratificaciones del tema también han comenzado tres procesos
de denuncia del ECPI, en el 2016 Burundi y Gambia iniciaron este proceso, y en el 2018
Filipinas.
1.2 Planteamiento del problema y justificación
1.2.1 Marco Teórico
La actuación de los tribunales internacionales se puede entender a partir de las diferentes
teorías de relaciones internacionales que explican el funcionamiento del sistema internacional. A
continuación, se hablará sobre todo del Realismo, el liberalismo y el constructivismo, como
principales teorías en la materia. Como se evidencia a continuación las aproximaciones realistas
y liberales no permiten analizar el cambio estructural a través del comportamiento de los agentes
por lo que las aproximaciones constructivistas son las mas acertadas para realizar el análisis.
1.2.1.1 Aproximaciones realistas
La explicación más común al no cumplimiento de las obligaciones derivadas de la
ratificación del ECPI la dan los Autores Realistas con el concepto de interés nacional
(Morgenthau, 1948). Cumplir muchas de las obligaciones derivadas del ECPI, puede ser
contrario al interés nacional de un Estado en un momento dado, específicamente porque ceder la
capacidad de judicializar los ciudadanos del Estado implica ceder una parte de la soberanía
nacional (Rudolph, 2017, Morgenthau, 1978). La capacidad de juzgar a los individuos por el
incumplimiento de las normas es uno de los poderes de la soberanía Estatal desde el siglo XVIII.
Si bien es cierto, que la CPI no es el primer tribunal penal internacional, los tribunales
anteriores a ella tenían un elemento diferenciador: el hecho de haber sido impuesto a un Estado
de forma posterior a un suceso. El imponer un tribunal a un tercer Estado implica la proyección
por parte del Estado que lo impone de sus intereses nacionales a ese tercer estado y al hacerlo
comprometer la soberanía nacional de este sin afectar la propia (Megret, 2002). El Tribunal
9
Militar de Núremberg fue impuesto en medio de una ocupación por parte de los países aliados a
Alemania después de la Segunda Guerra Mundial; y los tribunales Ad Hoc fueron creados por el
Consejo de Seguridad quien les atribuyó primacía por encima de los tribunales nacionales de los
países de la ex Yugoslavia, que se encontraban en un conflicto, y de Ruanda, que acababa de
vivir un Genocidio. Es decir que los Estados parte del Consejo de Seguridad impusieron en los
estados que conformaban la ex-Yugoslavia y en Ruanda un tribunal que investigara y juzgara sus
nacionales mientras los jueces y fiscales eran principalmente de nacionalidades de los Estados
permanentes del Consejo de Seguridad.
Al mismo tiempo, el realismo tiene una comprensión particular de las Organizaciones
Internacionales. Dentro de la lógica realista, las Organizaciones Internacionales son sólo
diferentes ámbitos donde los Estados defienden y proyectan sus intereses particulares (Waltz,
1979; Sleat, 2016; Jeet, 2007). En el caso de las Cortes Internacionales, estos intereses se ven
reflejados en la nacionalidad de los jueces, el tipo de políticas que apoyan y su capacidad para
hacer efectiva sus condenas. En esa medida, la CPI no tendría la capacidad para obligar a un
Estado a actuar de cierta manera (Waltz, 1979; Jeet, 2007).
El realismo logra explicar por qué los Estados no cumplan con lo dispuesto en el ECPI,
pero no explica que los Estados hayan creado la Corte Penal Internacional. El paradigma se
queda particularmente corto al examinar la historia de la conformación de la CPI. Los Estados
con voto y capacidad de veto en el Consejo de Seguridad, conocidos como el P5, se opusieron a
la creación del Tribunal desde que se presentó la propuesta. Tanta fue la oposición hecha que
Estados Unidos amenazó con disminuir las ayudas económicas a los Estados que lo firmaran, y
emitió una serie de leyes autorizando al ejército a recuperar cualquier estadounidense que fuera a
ser judicializado por la CPI (Benedetti, 2014).
Teniendo eso en cuenta, y el hecho de que la CPI implica ceder soberanía, lo que es una
amenaza a los intereses nacionales, se debe retomar la primera parte de la pregunta de
investigación que busca responder ¿por qué los Estados crearon y ratificaron una Corte con estas
implicaciones, conociendo el riesgo que esta acción podría tener sobre ellos en el futuro? Las
nociones realistas no tienen los elementos conceptuales suficientes para poder explicar este
fenómeno en su totalidad.
10
1.2.1.2 Aproximaciones liberales
El segundo paradigma utilizado comúnmente para explicar el funcionamiento de la CPI
es el liberalismo, paradójicamente, este paradigma sufre del problema contrario al realismo en
relación con la pregunta planteada. El liberalismo responde al por qué ceder soberanía y crear
una Corte Penal Internacional, pero se queda corto al explicar por qué los Estados dejarían de
apoyar un régimen construido por ellos.
Dentro de la lógica liberal, la creación de un tribunal penal se explica desde diversas
perspectivas, por un lado, correspondería a la culminación de principios de trascendencia mayor
que buscan la protección y el bienestar de la humanidad (Goldsmith & Posner, 2005), al mismo
tiempo orientan el sistema internacional. Por otro lado, desde la teoría de los regímenes la
creación de una corte internacional permanente se explica como la culminación de un régimen
internacional que se lleva construyendo desde 1948 (Rudolph, 2017).
El liberalismo se funda sobre dos principios, el primero propio del liberalismo clásico de
Kant, Locke y Grocio que habla de la protección de las libertades del individuo frente al poder
del Estado. El segundo principio es la noción de que el poder sólo es legítimo cuando está basado
en el respeto de las libertades individuales (Locke, 1660). La CPI se funda en estos mismos
principios, en el preámbulo del ECPI se habla de cómo los crímenes internacionales son una
amenaza a la paz y seguridad mundial y, por tanto, no solo se debe prohibir su comisión, sino
que se debe castigar su perpetración. La mayoría de los crímenes tipificados en el ECPI, sobre
todo los crímenes de lesa humanidad tienen a las libertades básicas y derechos de los individuos
cómo un bien jurídico protegido, entre los que vale resaltar, la vida, la dignidad, la libertad, el
derecho de asociación entre otros (Nadya Sadat, 2007).
Al mismo tiempo, desde las nociones racionalistas liberales, la creación de la CPI se
puede explicar a partir del hecho de que tener una corte permanente es más legítima y tienen
menos gastos de transacción que crear un tribunal para cada situación de violencia aberrante que
se presente en la sociedad internacional (Fehl, 2004). Los tribunales Ad Hoc recibieron fuertes
11
críticas por ser costosos financieramente y por no tener legitimidad para juzgar hechos ocurridos
anteriormente (para más información vid. TPIY (1995) Caso Tadic,).
Siendo claro por qué los Estados eligen crear un tribunal penal internacional de carácter
permanente, el incumplimiento a estas normas es contrario a los principios básicos del
liberalismo. Razón por la cual, el paradigma no contempla una situación en la que los mismos
Estados incumplan un régimen que ellos mismos formularon.
1.2.1.3 Aproximaciones Constructivistas
La fuerza del constructivismo radica en el entender que la política internacional está
determinada por hechos sociales y no por estructuras objetivas (Wendt, 1999; Onuf, 1989; Palan,
2004; Reus Smith, 2005). Es decir, que a través de actuaciones como discursos se crea la
realidad social internacional. Además, la forma de abordar las problemáticas internacionales es
diferente, ya que miran más allá de cómo sucedieron los procesos del orden social, lo que
permite entender y evaluar las normas que rigen los procesos sociales (Reus Smith, 2005). Así,
fenómenos como el de la CPI no se estudian aisladamente desde su funcionamiento actual, sino
que se estudia las normas, principios, valores e ideas que derivaron en la creación de la misma
(Slaugher et al. 1998; Onuf, 2012; Sinclair 2010, Rudolph, 2017). Específicamente, autores
como Onuf (1989) establecen como no hay primacía entre los sujetos y los individuos puesto que
“cada una esta constituida en y a través de las prácticas recurrentes” (Onuf, 1989 p. 58)
También en la lógica constructivista se encuentra la noción de “comportamiento
aceptado” por parte de los actores (Fehl, 2004; Wendt, 1999). Este fenómeno sirve para explicar
el auge de ratificación de tratados de derechos humanos en los años 1980 y 1990 a pesar de que
la ratificación, no implique el cambio de comportamiento de los actores (Fehl, 2004). Se puede
hacer un paralelo sencillo entre esto y lo sucedido en 1998 con la creación de la CPI.
Adicionalmente, dentro del constructivismo la noción de identidad tiene una particular
relevancia sobre todo frente a los Estados y como estos determinan la forma de establecer los
intereses en el sistema internacional (Wendt, 1999; Mcglinchey et al., 2017). Epstein (2010)
menciona como las identidades no pueden separarse de las estructuras sociales que las configura.
12
Adicionalmente, se plantea la posibilidad de que los Estados tengan múltiples identidades y por
tanto muestren diferentes intereses en las diferentes situaciones sociales (Wendt, 1999). Al
respecto Wendt menciona como:
Esto significa que la identidad es en la base una cualidad subjetiva o a nivel
de unidad, enraizada en la autocomprensión de un actor. Sin embargo, el
significado de esos entendimientos dependerá a menudo de si otros actores
representan a un actor de la misma manera, y en esa medida la identidad
también tendrá una cualidad intersubjetiva o sistémica (...) Las identidades
están constituidas tanto por estructuras internas como externas. (Wendt, 1999
P 224)
En diversas oportunidades Wendt (1999; 1992) enfatiza como las ideas son constitutivas
de la materialidad del sistema internacional y las nociones que tenemos de poder y estructura.
Precisamente por el rol que se la da a las ideas, expresadas a través de discursos, es que Wendt
afirma que estructuras como la Anarquía no tienen un contenido fijo, sino que se amoldan a lo
que los agentes interpretan que son. Específicamente frente al tema de creación e interacción con
instituciones internacionales Wendt menciona como:
Un análisis constructivista de la cooperación, en cambio, se concentraría
en cómo las expectativas producidas por el comportamiento afectan las
identidades y los intereses. El proceso de creación de instituciones es un
proceso de interiorización de nuevas comprensiones de uno mismo y del
otro, de adquisición de nuevas identidades de roles, no sólo de creación
de restricciones externas sobre el comportamiento de actores exógenos
constituidos. En otras palabras, el proceso por el cual los egoístas
aprenden a cooperar es, al mismo tiempo, un proceso de reconstrucción
de sus intereses en de compromisos compartidos con las normas sociales.
(Traducción propia) (Wendt, 1992)
13
Por último, el enfoque propio del constructivismo parece ser el más acertado para dar una
respuesta satisfactoria a la pregunta planteada al inicio de este texto. Ya que con este enfoque es
posible analizar la actuación de los Estados que legitiman el incumplimiento al régimen de la
CPI al entender la forma en que este régimen se creó y las repercusiones sociales de este hecho
(Björkdahl, 2002). Similarmente algunos autores son énfaticos en reconocer que la producción
de normas es parte de las prácticas sociales normales y por tanto su aplicación tiene cambios en
la medida en que cambien las prácticas (Onuf, 1989)
El entender a los Estados y otros actores como actores complejos y sociales, característica
propia del constructivismo, se complementa con nociones racionalistas liberales para entender de
forma integral la creación de la CPI. Así mismo, las nociones constructivistas se pueden
complementar con nociones realistas, sobre todo la corriente de Keneth Waltz, para entender la
forma en que estos mismo Estados han legitimado el incumplimiento de las obligaciones con la
CPI.
2. Argumento Teórico
2.1 Explicación del cambio en identidad del sistema
Dentro del constructivismo, se considera que los actores del Sistema Internacional, en
este caso los Estados, se mueven dentro de estructuras sociales que a su vez generan un efecto
constitutivo en ellos (Fehl, 2004; Wendt, 1999; Reus Smith, 2005). Las estructuras incluyen
valores, principios y nociones de “comportamiento aceptado” que crean la identidad que el
Estado construye de sí mismo, como la identidad que el Estado proyecta a los demás actores del
sistema (Fehl, 2004; Wendt, 1999; Theys, 2017). Así, el sistema impone a los actores una forma
de actuar que es integrada a su identidad para poder relacionarse con los demás actores (Theys,
2017) y en la medida en que uno de estos factores se modifique el comportamiento de los
Estados también se verá modificado.
14
En esa medida, en tanto los valores y principios que rigen el Sistema Internacional sean
valores propios de las democracias liberales, el comportamiento aceptado hacia los actores será
aquel que respete los valores de las democracias liberales. Por tanto, los Estados serán receptivos
y aceptarán el régimen de la Corte Penal Internacional. Ahora bien, si estos valores y principios
cambian, el comportamiento de los Estados hacia la Corte se verá a su vez modificado.
2.2 Posibles motivos del cambio de identidad del sistema
En los años 90 primaba el discurso democrático liberal en el Sistema Internacional, sus
valores, principios y normas influyeron los procesos de democratización de diferentes países a lo
largo del mundo quienes se identificaron como democracias liberales. Las nuevas democracias
liberales, y aquellas más antiguas, promovieron la creación de Tratados Internacionales de
Derechos Humanos que fomentó la creación de la Corte Penal Internacional que representa los
valores democráticos de justicia. Sin embargo, el Sistema Internacional cambió a partir de la
década del 2000, pues (i) la actuación de los Estados dejó de ser guiada por los principios de la
democracia liberal, al contrario, tomó mayor relevancia en su comportamiento los principios de
la seguridad nacional (Pretorius, 2008). Además, (ii) el discurso relacionado al comportamiento
autoritario de los gobiernos se vio legitimado por las acciones de Estados poderosos en el
Sistema Internacional, otorgando incentivos para cambiar el comportamiento aceptado por los
actores (Geiselberg, 2017). Por último, (iii) la sociedad civil disminuyó su presión para el
cumplimiento de los estándares propios del derecho penal internacional, permitiendo flexibilidad
al cumplimiento de su normativa. Dado lo anterior, es posible concluir que los cambios en la
estructura, identidad y comportamiento de los actores han generado una creciente apatía hacia la
Corte Penal Internacional y hacia el derecho penal internacional.
3. Diseño Metodólogico y Análisis Documental
3.1 Diseño Metodológico
La presente investigación se realiza en el marco de una teoría constructivista con un
carácter interpretativista, esto se ve reflejado en la pregunta de investigación que presenta un
15
esquema amplio que da pie para examinar una gama de elementos y procesos que contribuyen a
la construcción de la respuesta. Adicionalmente, se mantendrá el ejemplo de Wendt (1999) al
hablar del Estado como un actor unitario dentro del tercer nivel de análisis para de esta manera
entender la relación que hay entre el actor y el sistema. De esta forma, se busca identificar el
cambio sistemático a partir de la visión de los agentes que se presenta dentro de la Asamblea de
Estados Partes en las sesiones disponibles en la Página Web de la Asamblea, así como el cambio
en el discurso entre aquello discutido en la Conferencia de Roma de 1998 y la Conferencia de
Revisión del estatuto del 2010. Esta visión permite explorar las percepciones, normas, actos de
lenguaje como prácticas representaciones que muestran la construcción de la realidad. Debido a
lo anterior se utilizará la plataforma “R” para realizar un barrido cuantitativo que evidencie
cuales fueron las palabras más utilizadas cada año y cada estado, para evidenciar los cambios
sustanciales en los discursos de los Estados. Al identificar las palabras más utilizadas por los
diferentes agentes en cada sesión se buscará evidenciar como percibe el agente el régimen.
Dentro de este tipo de análisis, lo que se omite puede ser igual de relevante que lo que se dice
explícitamente.
Antes de entrar a analizar los resultados encontrados en la plataforma “R”, que se
encuentran recogidos en el Anexo 1, se hará un breve recuento de las dificultades afrontadas en
la recolección documental. El primer reto frente a la utilización de esta metodología se evidencia
del hecho de que no todas las sesiones de la Asamblea de Estados Partes se encuentran
registradas en la base de datos de la Corte Penal Internacional por lo que solo se pudo hacer el
análisis a partir de la Quinta Sesión que sucedió en Noviembre 2006. El Segundo limitante a la
hora de la recolección documental fue el idioma en que se encontraban los diferentes discursos
debido a que había una gran variedad de idiomas utilizados por lo que se optó por limitar el
análisis sobre los que se encontraran en el idioma inglés o español. El último reto de la fase de
recolección documental se dio frente al tipo de documentos que había disponible en la base de
datos, específicamente, muchos discursos no se encontraban en un documento de texto sino eran
imágenes scanneadas de los discursos realizados. Esto generaba un problema al analizarlo con la
herramienta “R” puesto que esta sólo analiza documentos de texto. Para solucionar este problema
fue necesario traspasar los discursos que tuvieran esta modalidad a documentos de texto.
16
Una vez se terminó la fase de recolección de documentos y sistematización de la
plataforma “R”, se corrieron los discursos a través de la plataforma para encontrar cuales fueron
las palabras más utilizadas en cada una de las sesiones disponibles, y las palabras más utilizadas
en cada sesión por cada Estado. En el Anexo 1 se encuentra recogido las quince palabras más
utilizadas en cada sesión, esta lista se redujo de la información original para eliminar las palabras
propias del lenguaje diplomático que no tienen ningún valor analítico, por ejemplo: Mr.
President, The Hague, Assembly, etc.
Por otro lado, frente a la comparación entre lo discutido en la Conferencia de Roma y la
Conferencia de Kampala, no es posible utilizar la metodología de text mining debido a que solo
están disponibles extractos de los discursos de la Conferencia de Roma. En esa medida para
poder realizar esta comparación será necesario hacer una revisión documental clásica en que se
buscará evidenciar tendencias de cambio entre los dos.
3.2 Análisis de documentos primarios
3.2.1 Análisis de discursos de la Asamblea de Estados Partes
De la lista decantada del Anexo 1 se puede evidenciar como ciertas palabras como
Justicia y Víctimas son constantes a lo largo de las sesiones. Otro aspecto interesante de este
barrido yace en el hecho de que la palabra Africa o African se repite un promedio de 440 veces a
lo largo de las 12 sesiones. Lo anterior resulta interesante para la investigación puesto que en los
últimos años, muchos países Africanos y la Unión Africana han manifestado abiertamente su
rechazo hacia la Corte. Por otro lado es que desde la Sesión 7 (2008) la palabra paz se utiliza de
forma repetitiva mientras no es sino hasta la Sesión 17 (2018) que la palabra Guerra parece de
forma repetitiva.
Frente a los resultados de las palabras más utilizadas por países en las diferentes sesiones,
se decantaron las listas para solo quedar aquellos países que hablaron por lo menos en seis
sesiones diferentes. Esto para poder realizar un análisis de los cambios a través del tiempo. Lo
que dejo un total de 47 estados sobre los cuales se puede realizar el análisis. De este análisis
algunos elementos resultan interesantes, y demuestran ciertas tendencias, por ejemplo, el hecho
17
de que en las sesiones 10, 12, 13 y 14 Argentina haya pasado de hablar de justicia y cooperación
a hablar de seguridad y de presupuesto. Un fenómeno parecido se ve en el caso de Austria que
pasó de hablar sobretodo de impunidad, víctimas, justicia y cooperación en la sesión 12 a hablar
sobretodo de seguridad en la Sesión 13. Este fenómeno se repite en países como Brazil, Canada 13
, Chipre , Alemania , Guatemala , Países Bajos , Peru y Sudáfrica. Por último es curioso 14 15 16 17 18 19 20
como en la sesión 16 (2017), Ghana introduce la palabra Withdrawl (Retirada) una tendencia 21
que se ve reflejado en que esta palabra haga parte de las más utilizadas en ese año.
Al analizar los resultados con los sucesos políticos del año 2014, se evidencia como
durante este año Egipto realiza el juicio al presidente Mohamed Mursi; se evidencian en el plano
internacional las torturas realizadas por el régimen Sirio a civiles y se realizan las conferencias
Ginebra II para terminar el conflicto Sirio; en Ucrania continúan las propuestas conocidas como
el EuroMaidan; Francia agudiza el apoyo militar junto con la Unión Europea para mitigar los
efectos de la violencia en República Centroafricana; se firma la anexión de Crimea y Sebastapol
a Rusia; se suspenden las negociaciones entre el gobierno Israeli y la Autoridad Nacional
Palestina que había comenzado en 2013; y el Estado Islámico toma Mosul. Todos eventos que
hacen parte de la tendencia hacia la securitización del sistema internacional.
Si bien la Sesión 13 tiene una marcada ausencia de ciertas palabras típicamente de apoyo
en la labor de la Corte, parece ser un evento aislado y no parte de una tendencia ya que, con la
excepción de la introducción de la palabra Withdrawl en la Sesión 16 (2017) no hay una
variación clara en las palabras utilizadas en las diferentes sesiones. Por último, como se
13 Durante las sesiones 13 y 14 Brazil se caracteriza por la introducción de palabras como Challenges, Avoid e Independence, todas con una fuerte connotación negativa frente a la labor de la Corte. 14 Durante la Sesión 13, Cada habla más de presupuesto que de justicia, cooperación o complementariedad las palabras típicamente más utilizadas por este país en otras sesiones 15 El discurso de la sesión 13 de Cyprus se caracteriza por no utilizar las palabras justicia, víctimas, cooperación típicas de un apoyo hacia la labor de la Corte 16 El discurso de la sesión 13 de Alemania se caracteriza por la ausencia de palabras típicamente relacionadas con el apoyo a la corte tal como justicia, víctimas y la primacía de palabras como Presupuesto. 17 En el discurso de la Sesión 13 de Guatemala hay una primicia de la palabra seguridad y una ausencia de la palabra justicia. 18 En el discurso de la Sesión 13 de Holanda, se utiliza casi el triple de veces la palabra Presupuesto que la palabra justicia 19 En el discurso de la Sesión 13 de Peru hubo una primacía de las palabras Presupuesto, Africa y African todas típicamente de connotación negativa hacia la Corte. 20 El discurso de la Sesión 13 de Sudáfrica priman palabras como Africa, Continente, Dignidad, Presupuesto y Guerra 21 Al respecto Ghana menciona como “While acknowledging States Parties' sovereign rights to withdraw from the Rome Statute, my delegation wishes to take this opportunity to encourage the remaining State Party to reconsider its withdrawal and return to the fold of the Assembly. Ghana is concerned that such a withdrawal will not only weaken the universality of the Court but also the ability of the Court to provide protection for victims, punishing perpetrators of atrocity crimes and the global fight against impunity.”
18
evidencia en la Gráfica 1 , se nota una clara correlación entre las palabras Justice y Budget. Es 22
claro que cada vez que aumenta el uso de la palabra Budget baja ligeramente el uso de la palabra
Justice como sucede en el 2006, 2010 y 2015.
3.2.2 Análisis de discursos Conferencia de Roma (1998) y Conferencia de Revisión ECPI (2010)
Antes de empezar con el análisis sobre los registros de la Conferencia de Roma, se debe
mencionar como a esta participaron 163 países mientras que en la Conferencia de Kampala
participaron 83, es decir, no contó ni siquiera con el número de asistentes de los Estados partes
del ECPI. Durante la Conferencia de Roma gran parte de la discusión giro en torno al alcance
que debería de tener la Corte Penal Internacional. Frente a este punto los países de los like
minded abocaron fuertemente por mantener la independencia de la Corte de Organizaciones
pre-existentes como la ONU frente a cómo iniciar las investigaciones judiciales mientras que una
minoría compuesta de estados como Rusia, Estados Unidos y Japón argumentaban que la 23 24
22 La Gráfica 1 evidencia el uso de tres palabras con conotaciones positivas (Justice, Victims y Cooperation) y tres palabras con conotaciones negativas (Budget, Security y Peace) a través de las sesiones. 23 Al respecto, Rusia especificó como “si se otorga al fiscal la facultad directa de iniciar las investigaciones, de oficio, tanto el Fiscal como la Corte pasarían a ser politizadas” (United Nations, 1998) 24 Al respecto, la delegación de Japón mencionó como “permitir que el Fiscal iniciar investigaciones de oficio alteraría el equilibrio entre los Estados Partes y la Corte, haciendo de esta última una especie de de la "supraestructura" con autoridad sobre
19
única forma de iniciarlas debía de ser o por remisión del propio Estado o a través de una
remisión del Consejo de Seguridad.
De las intervenciones más disientes de la Conferencia de Roma esta la intervención de
Burundi en la octava reunión de plenaria en el que menciona como:
[sufrieron] durante casi cinco años el genocidio y los ataques de bandas
de terroristas contra personas inocentes; [por lo que] pidió que un que se
cree un tribunal penal internacional ad hoc para Burundi en la causa para
ayudar en los esfuerzos de reconciliación nacional. (Traducción propia)
(United Nations, 1998)
Esta intervención resulta contradictoria con la actitud que ha tomado Burundi
recientemente que incluye su denuncia del ECPI debido a su inconformidad con la apertura de
una investigación en su territorio (Moore, 2017).
De forma similar, resulta interesante la intervención del delegado de Filipinas en la
onceava reunión del comité que menciona como
Apoyó la jurisdicción automática de la Corte sobre los recursos básicos y
un régimen de consentimiento previo o de consentimiento del Estado
para otros delitos. En consecuencia, también abogó por que se concediera
al Fiscal la potestad de oficio sobre los crímenes fundamentales, con
sujeción a las salvaguardias adecuadas. (Traducción propia) (United
Nations, 1998)
La intervención de Filipinas resulta curiosa puesto que en los últimos dos años Filipinas ha sido
uno de los Estados que más han criticado a la Corte incluso llegando a denunciar el ECPI y a
amenazar a los funcionarios de la Corte (Gutierrez, 2019).
Por otro lado, en la Conferencia de Kampala para la revisión del ECPI se pueden resaltar
intervenciones como la de Brasil que dice que:
los Estados. En su opinión, quejas de los Estados Partes y remisiones por la Seguridad El Consejo debería abarcar adecuadamente todos los delitos graves de carácter internacional.”
20
La comunidad internacional no debe temer tomar decisiones difíciles.
Esto es lo que hicimos en Roma. No dudamos en tomar medidas audaces
para garantizar que nuestro llamamiento a poner fin a la impunidad se
escuchara alto y claro en todo el mundo. Como dijo recientemente el
Presidente Sang-Hyun Song, "los Estados deben tienen el sentido de la
audacia que prevaleció en Roma". No estaríamos aquí de lo contrario
(traducción propia) (Brazil, 2010)
Si bien el lenguaje diplomático mantiene una neutralidad en el discurso es claro que la
delegación de Brasil esta abogando por mantener en la conferencia de Kampala una actitud
similar a la existente en la Conferencia de Roma, actitud que parece haberse perdido en los años
precedentes a la segunda conferencia.
Otro aspecto interesante de la conferencia de Kampala es como las temáticas discutidas
son similares a aquellas discutidas en la Conferencia de Roma. Sin embargo, a diferencia de lo
sucedido en Roma, en que los Estados prometían apoyar la Corte, en la Conferencia de Kampala
es clara la dicotomía entre las promesas de cooperación que esbozan estados como Kenya,
Colombia y Ghana y los comportamientos que estos estados han tenido en la práctica. Por
ejemplo, la Corte no ha logrado avanzar en la situación de Kenya debido a que han habido
diferentes sucesos de corrupción a testigos que han impedido llevar a cabo investigaciones en
diversos casos (Olasolo et. al, 2018).
Conclusiones
La conclusión más clara del análisis cuantitativo de los discursos de la Asamblea de
Estados partes de una tendencia en la que cuando se habla de presupuesto y seguridad se deja de
hablar de justicia y cooperación. Sin embargo, el resultado del análisis cuantitativo de
vocabulario de los discursos de la Asamblea de Estados Parte de la Corte Penal Internacional, no
evidencia unos discursos contrarios abiertamente a la Corte. Los discursos demuestran nociones
de identidad claras, como elementos simbióticos del sistema internacional tal como lo propone
Wendt. Lo anterior, debido a que presentan discursos a favor del régimen dentro de la
Asamblea de Estados Parte. Aunque de forma paralela, en otros escenarios del Sistema
21
Internacional, realizan acciones o discursos abiertamente contrarios a la Corte. El caso más
evidente de esto puede llegar a ser Filipinas en donde el presidente Duterte ha realizado en los
últimos años, varios discursos en los que violentamente se opone a la Corte. Sumado al inicio del
proceso de denuncia del ECPI, a pesar de que en el último discurso ante la Asamblea de Estados
Partes reafirma la importancia de la lucha contra la impunidad.
Por otro lado, las limitaciones frente al acceso de ciertos documentos también impidieron
encontrar resultados más concretos. Un ejemplo de esto es el hecho de que no es posible
comparar los discursos que se dieron en la Conferencia de Roma de 1998 con aquellos dados en
la Asamblea de Estados Parte, debido a que los registros de la Conferencia no implican la
totalidad de los discursos. Esto dificulta los resultados puesto que los discursos a analizar
comienzan entonces en el 2006, cinco años después de el atentado del 9/11 y de que Estados
Unidos retirara su firma del ECPI. Es decir que solo se analizan discursos dados en un ambiente
ya hostil hacia la Corte omitiendo lo relacionado con el tema que se pudo dar en el ambiente
optimista a lo internacional de los años 1990. Esto último no es solo un limitante de esta
investigación sino que es una falencia que en general se encuentran en las metodologías que
dependen de análisis de documentos de Organizaciones Internacionales como son típicamente las
metodologías constructivistas.
Frente a la pregunta de investigación, ¿Cómo demuestran los discursos ante la Asamblea
de Estados Partes un cambio de actuación de los Estados frente al régimen de Derecho Penal
Internacional, un régimen de derecho que ellos mismos crearon? es claro que los discursos
dentro de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional, así como la diferencia
entre lo expuesto en la Conferencia de Roma y la Conferencia de Kampala reflejan un cambio en
las prioridades de la política exterior de muchos Estados. Al mismo tiempo, estos discursos
reflejan una tendencia hacia un cambio en la predisposición de los estados frente a la Corte, esto
se ve sobretodo evidenciado en el aumento de la discusión sobre el presupuesto de la Corte sobre
la discusión de temas de justicia. Por último, se debe mencionar como estos discursos muestran
como hay una ruptura entre los diferentes comunicaciones de los diferentes escenarios en que los
estados participan puesto que mientras manejan un discurso pro Derecho Penal Internacional
22
mientras realizan actuaciones que limitan la capacidad de aplicación del régimen de derecho
penal internacional.
23
Bibliografia Abbott, K. W., Keohane, R. O., Moravcsik, A., Slaughter, A. M., & Snidal, D. (2000). The
concept of legalization. International organization, 54(3), 401-419.
Alexandrov, M. (2003). The concept of state identity in international relations: A
theoretical analysis. Journal of International Development and Cooperation, 10(1),
33-46.
BBC News “African Union Backs Mass Withdrawal from ICC.” BBC News, BBC, 1 Feb.
2017, Disponible en: www.bbc.com/news/world-africa-38826073.
Benedetti, F., Bonneau, K., & Washburn, J. (2013). Negotiating the International Criminal
Court: New York to Rome, 1994-1998. Martinus Nijhoff Publishers.
Björkdahl, A. (2002). Norms in international relations: Some conceptual and
methodological reflections. Cambridge Review of International Affairs, 15(1), 9-23.
Bull, H. (1984). Justice in international relations. University of Waterloo
Buzan, B., Wæver, O., Wæver, O., & De Wilde, J. (1998). Security: A new framework for
analysis. Lynne Rienner Publishers.
Çakmak, C. (2017). A Brief History of International Criminal Law and International
Criminal Court. Springer.
Consejo de Seguridad (1993) Resolución 827. S/Res/827(1993).
Consejo de Seguridad (1994) Resolución 955. s/Res/955 (1994)
Cryer, R., Friman, H., Robinson, D., & Wilmshurst, E. (2014). An introduction to
international criminal law and procedure. Cambridge University Press.
Fehl, C. (2004). Explaining the International Criminal Court: A ‘Practice Test For
rationalist and constructivist approaches. European Journal of International
Relations, 10(3), 357-394.
Geiselberger, H. (Ed.). (2017). The Great Regression. Cambridge: Polity Press.
24
Goldsmith, J. L., & Posner, E. A. (2005). The limits of international law. Oxford
University Press.
Gutierrez, Jason. “Philippines Officially Leaves the International Criminal Court.” The New
York Times, The New York Times, 17 Mar. 2019,
www.nytimes.com/2019/03/17/world/asia/philippines-international-criminal-court.ht
ml.
Haggard, S., & Simmons, B. A. (1987). Theories of international regimes. International
organization, 41(3), 491-517.
Huntington, S. P. (1991). Democracy's third wave. Journal of democracy, 2(2), 12-34.
Ibáñez Nájar, J. E. (2017). Justicia transicional y comisiones de la verdad (Vol. 1).
Fundación Berg Institute.
Krasner, S. D. (1982). Structural causes and regime consequences: regimes as intervening
variables. International organization, 36(2), 185-205.
Leila Nadya Sadat (2007) The International Criminal Court And Universal International
Jurisdiction: A Return To First Principles En: Biersteker, T. J., Spiro, P. J., Sriram,
C. L., & Raffo, V. I. (Eds.). (2007). International law and international relations:
bridging theory and practice. Routledge.
Locke, J. (1660). Second treatise of government: An essay concerning the true original,
extent and end of civil government. John Wiley & Sons.
Marie Törnquist-Chesnier (2007) How the International Criminal Court Came to Life: The
Role of Non-governmental Organisations, Global Society, 21:3, 449-465
Mégret, F. (2002). The Politics of International Criminal Justice. European Journal of
International Law, 13(5), 1261-1284.
Moore, Jina. “Burundi Quits International Criminal Court.” The New York Times, The New
York Times, 27 Oct. 2017,
25
www.nytimes.com/2017/10/27/world/africa/burundi-international-criminal-court.htm
l.
Morgenthau, H. J. (1978). Politics Among Nations: The Struggle For Power and Peace
fifth edition, revised. New York: Alfred A. Knopf Inc.
Olasolo H. (2017) Justicia Transicional, Derecho Internacional Penal y Delitos
Trasnacionales. Tirant lo Blanch
Olasolo, H; Carnero, E; Seoane, D. Carcano. L (2018) Balance de las actuaciones de la Corte
Penal Internacional en su decimoquinto aniversario a la luz de su naturaleza y fines.
Teoría y Derecho. Tirant lo Blanch
on the Establishment of an International Criminal Court Rome, 15 June - 1 7 July 1998
Official Records. Volume II.
Onuf, N. G. (2012). World of our making: rules and rule in social theory and international
relations. Routledge.
Palan, R. (2004). Constructivism and globalisation: from units to encounters in international
affairs. Cambridge Review of International Affairs, 17(1), 11-23.
Pretorius, J. (2008). The Security Imaginary: Explaining Military Isomorphism. Security
Dialogue
Reus-Smit, Christian (2005) Constructivism. En: Theories of International Relations. Coord.
Scott Burchill, Andrew Linklater, Richard Devetak, Jack Donnelly, Matthew
Paterson, Christian Reus-Smit and Jacqui True
Rudolph, C. (2017). Power and Principle: The Politics of International Criminal Courts.
Cornell University Press.
Simons, Marlise. (2017) “South Africa Should Have Arrested Sudan's President, I.C.C.
Rules.” The New York Times, 6 July 2017, Disponible n:
www.nytimes.com/2017/07/06/world/africa/icc-south-africa-sudan-bashir.html.
26
Sinclair, A. (2010). International Relations Theory and International Law: A Critical
Approach. Cambridge University Press.
United Nations (1998) United Nations Diplomatic Conference of Plenipotentiaries
Waltz, Kenneth. Theory of International Politics. McGraw-Hill, 1979.
Washington, AFP in. “US to Deny Visas for ICC Members Investigating Alleged War
Crimes.” The Guardian, Guardian News and Media, 15 Mar. 2019,
www.theguardian.com/us-news/2019/mar/15/mike-pompeo-us-war-crimes-investigati
on-international-criminal-court.
Wendt, A. (1992). Anarchy is what states make of it: the social construction of power
politics. International organization, 46(2), 391-425.
Wood, S. (1998). International law and international relations theory: A new generation of
interdisciplinary scholarship. American journal of international law, 92(3), 367-397.
27
Anexo 1: Palabras de Mayor uso por Sesión.
Sesión 5- 2006 Sesión 6- 2007 Sesión 7- 2008
Palabra Frecuencia Palabra
Frecuencia Palabra
Frecuencia
Palabra más utilizada 425
Palabra más utilizada 487
Palabra más utilizada 436
Crimes 78 Justice 111 Justice 107
Cooperation 77 Cooperation 98 Crimes 78
Justice 75 Crimes 84 Cooperation 65
Support 74 Support 95 Support 62
Peace 70 Peace 70 Peace 57
Impunity 43 Impunity 51 Impunity 54
Budget 36 Security 44 Victims 37
Security 33 Assitance 31 Budget 36
Victims 30 Commitment 30 Security 35
Commitment 27 Jurisdiction 28 African 27
Challenges 25 Trial 26 Judicial 25
Responsability 33 Committed 24 Jurisdiction 24
Conflict 22 Necessary 24 Effective 24
Sesión 8- 2009 Sesión 9- 2010 Sesión 10- 2011
Palabra Frecuencia Palabra
Frecuencia Palabra
Frecuencia
Palabra más utilizada 403
Palabra más utilizada 280
Palabra más utilizada 606
Criminal 125 Crimes 77 crimes 155
Justice 109 Justice 62 Justice 147
Cooperation 62 Cooperation 48 Cooperation 105
Impunity 43 State 44 Impunity 102
Jurisdiction 42 Support 37 Security 83
Peace 41 Nations 34 Victims 82
Victims 33 Jurisdiction 31 State 81
Universality 34 Universality 31 Budget 61
Judicial 31 Impunity 28 Committed 51
European 29 Victims 27 Community 42
Effective 27 Budget 25 Legal 41
Trial 23 African 22 Universality 38
Arrest 22 Peace 17 Africa 36
Sesión 11- 2012 Sesión 12- 2013 Sesión 13- 2014
Palabra Frecuencia Palabra
Frecuencia Palabra
Frecuencia
Palabra más utilizada 798
Palabra más utilizada 464
Palabra más utilizada 632
28
Justice 177 Justice 211 Justice 194
Crimes 160 Victims 128 Cooperation 121
Cooperaton 125 Support 105 Impunity 97
Support 105 Cooperation 96 Support 92
Security 85 Peace 88 Victims 87
Victims 84 African 76 African 74
Impunity 82 National 73 Security 71
National 60 Impunity 70 National 56
Complementarity 49 Security 65 Universality 47
Commitment 48 Complementarity 52 Independence 42
Universality 41 Commitment 43 Complementarity 38
Peace 42 Responsability 42 Peace 38
Arrest 32 Africa 38 Jurisdiction 37
Sesión 14- 2015 Sesión 15- 2016 Sesión 16- 2017
Palabra Frecuencia Palabra
Frecuencia Palabra
Frecuencia
Palabra más utilizada 570
Palabra más utilizada 606
Palabra más utilizada 598
Justice 155 Crimes 213 Crimes 184
Victims 104 Justice 188 Justice 126
Cooperation 100 Impunity 103 Support 110
Impunity 79 Victims 94 Victims 90
Universality 48 Support 91 Cooperation 79
Security 45 Cooperation 75 Impunity 73
African 42 Africa 69 Commitment 51
Peace 40 Security 64 Africa 45
Commitment 38 peace 48 Security 41
Budget 36 Jurisdiction 48 Universality 39
Effective 34 Commitment 47 Complementarity 36
Complementarity 31 Universality 44 Effective 33
Proceedings 30 Complementarity 38 Peace 33
Sesión 17- 2018
Palabra Frecuencia
Palabra más utilizada 641
Crimes 228
Justice 183
Victims 137
Support 110
Cooperation 86
29
Impunity 79
Security 60
Accountability 47
Gender 48
Peace 45
Complementarity 42
War 42
Independence 36
30
Anexo 2: Palabras más utilizadas por los Estados en cada Sesión de la Asamblea de Estados Parte.
El anexo se entrega en medio magnético
31
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