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Cooperativas Escolares

Cooperativas escolares de consumo

Asesoría a los Órganos de Gobierno y ControlZona Escolar 531

http://asesoramientoenlaescuela.blogspot.mx2014-2015

Legislación Educativa en VigorReglamento de cooperativas escolares de

1982

Ley General de Sociedades Cooperativas de 1994 *

Ley General de Educación Art. 14 fracción XI.

Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos de Escuelas Públicas en el D. F. 2014-2015

Reglamento de Cooperativas Escolares

Lo fines de las Cooperativas Escolares serán eminentemente educativas, deben:

Promover el desenvolvimiento psicosocial del educando.

Desarrollar hábitos de cooperación, previsión, orden y disciplina.

Vincular al educando con la realidad de su medio ambiente, a través de actividades productivas.

Ley General de Educación “Artículo 7°. La educación que impartan el Estado, sus

organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

[…] XIII. Fomentar los valores y principios del cooperativismo. […] Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las

que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

[…] XI. Promover prácticas cooperativas de ahorro, producción y

consumo, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares […]”

Con base en los propósitos, las Cooperativas Escolares procurarán un beneficio económico para la comunidad escolar.

Reducción de precios de venta de los artículos.

Disminución del costeo de producción.

Contribución económica para la mejora de las instalaciones.

Órganos de Gobierno y Control

La Asamblea General

La Asamblea es la autoridad

máxima de la cooperativa y la

integran todos los socios

Los Consejos de

Administración

Se integra por :*Presidente *Secretario *Tesorero

*Cuatro Vocales

El Comité de

Vigilancia

Se integra por: *Presidente *Secretario

*Tres Vocales

La Comisión de Educación Cooperativa

Se integra por un número no

mayor de cinco socios.

Capital, Aportaciones y Rendimiento El capital de las cooperativas se formarán de:

Aportaciones de los socios a través de la suscripción de certificados.

Aportaciones de la SEP y/o dependencias.

Donaciones.

Rendimiento de las inversiones.

Sanciones Las infracciones al Reglamento de Cooperativas Escolares serán sancionadas por la Asamblea General, la cual podrá imponer cualquiera de las siguientes medidas:

Suspensión temporal.

Destitución del cargo que estuviere desempeñando dentro de la cooperativa.

Exclusión.

Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos de Escuelas Públicas en el D. F. 2014-2015

Con fundamento en el Reglamento de Cooperativas Escolares, el Consejo de Administración podrá realizar las acciones pertinentes para la aplicación de los Fondos Social y de Reserva atendiendo las siguientes indicaciones:

Fondo social

Podrán utilizar este fondo para mejorar las instalaciones, el equipamiento y en general el desarrollo de las actividades docentes del plantel, dando prioridad a los aspectos de salud, higiene escolar y apoyo a la educación, cuidando que sea en beneficio de todos los socios. (40% del capital)

Fondo de reserva

Los gastos con cargo a este fondo procurarán el mejoramiento de las actividades de la Cooperativa Escolar garantizando en primer lugar, las condiciones de higiene necesarias del local y equipo utilizado por la Cooperativa Escolar para la elaboración, conservación y distribución de alimentos. (20% del capital)

Fondo repartible

Designado para distribuir equitativamente entre los socios al fin del ciclo escolar. (40% del capital)

Funciones de los Órganos de Gobierno

La Asamblea General

Nombrar y remover a los miembros de los Órganos de Gobierno

Aprobar los informes de contabilidad

Autorizar los programas de producción, adquisición , trabajo, distribución y ventas.

Aprobar la distribución de los fondos.

El Consejo de Administración

Representar a la cooperativa.

Convocar a asambleas.

Organizar y controlar el funcionamiento de cooperativa.

Controlar los ingresos y egresos de la cooperativa y mantener actualizados los registros contables correspondientes

Presentar a la Asamblea General un informe de todas las actividades de la cooperativa, al finalizar el ejercicio social correspondiente.

El Comité de Vigilancia Conocer y supervisar todas las operaciones de la

cooperativa Informar al Consejo de Administración y Asamblea

General las anomalías observadas en el funcionamiento de cooperativa

Vigilar los libros de actas y contabilidad

La comisión de Educación Cooperativa Difundir los principios y filosofía del cooperativismo. Instruir a los socios acerca de sus obligaciones y

derechos. Hacer del conocimiento de los socios los acuerdos

tomados por la Asamblea General

Lineamientos Generales para la expedición y distribución de alimentos y bebidas

Los refrigerios o colaciones, como parte de la dieta de los escolares, deben proveerles de los nutrimentos y energía necesarios entre comidas.

Se recomienda que el refrigerio escolar cubra el 15% de las recomendaciones diarias respecto de la energía y los nutrimentos.

El refrigerio escolar deberá estar constituido por: Verduras y frutas; Cereal integral; Oleaginosas y leguminosas; y Agua simple potable a libre demanda.

Recomendaciones Plato del buen

comer Jarra del bien

beber

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