constitución 78

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Documento muy didáctico donde se presenta al alumnado la Constitución española de 1978

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La Constitución de 1978 se ha con-vertido ya en la segunda de mayorduración de la historia contemporá-nea española, sólo superada por la de1876, que estuvo vigente durante 47años. La elaboración de la Constitu-ción actual duró casi quince meses,entre agosto de 1976 y octubre de1977, y en su redacción definitiva seemplearon más de cuatrocientas ho-ras de debates parlamentarios.

El trabajo de la ComisiónEl trabajo de redacción del borradorinicial del proyecto constitucional fueencargado a una comisión de sieterepresentantes de los partidos políti-cos mayoritarios elegidos en las elec-ciones constituyentes de junio de1977. Esta comisión la integraron tresmiembros de la Unión de Centro De-mocrático (José Pedro Pérez-Llorca,Miguel Herrero y Rodríguez de Mi-ñón y Gabriel Cisneros), uno del Par-tido Socialista Obrero Español (Gre-gorio Peces-Barba), uno del PartidoComunista (Jordi Solé Tura), un na-cionalista (Miquel Roca) y uno deAlianza Popular (Manuel Fraga Iribar-ne). La comisión trabajó tanto dentrodel Parlamento como fuera del mis-mo, en reuniones secretas, con el finde agilizar su confección medianteacuerdos consensuados entre todoslos comisionados. El primer tema debatido fue el de la ex-tensión del articulado de la Constitu-ción. Los representantes de la UCD pre-

Ponentes de la Constitución. De pie, Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez-Llorcay Miguel Herrero (UCD); sentados, Miquel Roca (CiU), Manuel Fraga (AP) , Gregorio Peces-Barba (PSOE) y Jordi Solé Tura (PCE).

ferían un texto corto, mientras que losdel PSOE, PCE y nacionalistas desea-ban un texto que hiciese explícitas laslibertades y los derechos individuales,dado que el régimen franquista los ha-bía reprimido. Los representantes deAP se mostraban inicialmente partida-rios de reformar sólo las Leyes Funda-mentales del franquismo, de las que al-gunos de ellos habían sido redactores.Al rechazarse su posición, aceptaron elplanteamiento constituyente mayori-tario.

En los primeros meses de trabajo secreó entre los comisionados un am-biente de cordialidad y de «consen-so», excepción hecha de los temasconsiderados más delicados. De entreestos últimos destacaron los de las«nacionalidades» (actual artículo 2),cuyo texto tuvo que ser renegociadoen distintas ocasiones para que pro-vocase el menor malestar posible en-tre las Fuerzas Armadas, y el de laproporcionalidad del sistema electo-ral, que los representantes de UCD y

La Constituciónde 1978

La gestación de la Constitución

a Constitución de 1978 es el marco que define nuestro actual

sistema político, así como el régimen de derechos y libertades que

disfrutamos todos los españoles. Su amplitud y su carácter consen-

suado han hecho de ella uno de los pilares de la estabilidad de

nuestro régimen democrático.

Monografía

301

AP no deseaban incluir dentro de laConstitución. La jerarquía eclesiásticatambién exigió la inclusión de la fi-nanciación pública de la enseñanzaprivada (artículo 27), fundamental-mente en manos de las institucionesreligiosas, y el reconocimiento del pe-so específico que tenía la religión ca-tólica dentro de la sociedad española(artículo 16.3). La organización de losempresarios españoles también logróque se eliminase un artículo del bo-rrador constitucional en el que se ha-cía mención a que «los poderes públi-cos podrán intervenir, conforme a laley, en la dirección, coordinación yexplotación de las empresas cuandoasí lo exigieren los intereses genera-les». Entre marzo y mayo de 1978, el ante-riormente conseguido «consenso»comenzó a resquebrajarse y se produ-jo momentáneamente una polariza-ción de las votaciones: UCD y AP,con el apoyo puntual de los naciona-listas, por una parte, y los votos dePSOE y PCE, por la otra. Gregorio Pe-ces-Barba, representante del PSOEllegó a abandonar la comisión. Las di-ferencias surgidas posteriormente en-tre UCD-AP y los nacionalistas, en re-lación con la mayoría de edad y laabolición de la pena de muerte, hizoque la anterior situación de rupturafuese replanteada y que se intentaserecuperar el primitivo «consenso».Los acuerdos alcanzados fuera de lacomisión constitucional entre los má-ximos dirigentes de la UCD y delPSOE, a los que se unieron posterior-mente el resto de partidos, evitaronque la ruptura se consumase y que laConstitución pudiese ser aceptada

por las principales fuerzas parlamen-tarias. Fruto de estos pactos extra-parlamentarios fue la retirada de lamayor parte de las enmiendas pre-sentadas a la hora de ser debatidas enel pleno del Congreso.

La aprobación de la Constitución

La votación final del texto constitu-cional en el Congreso de los Diputa-dos, el 31 de octubre de 1978, fuecontundente: 325 votos favorables, 6en contra y 14 abstenciones, entreellas las de los diputados del PartidoNacionalista Vasco, que mostraban sudesacuerdo porque la Constituciónno restauraba los Fueros Vascos.

Del 80% al 90%

Del 70% al 80%

Del 60% al 70%

VOTANTES A FAVOR SOBREEL TOTAL DE VOTANTES

Más del 90%

Abstención superior al 40%

MAR CANTÁBRICO

OCÉANO

ATLÁNTICO

MAR MEDITERRÁNEO

Resultados del referéndum constitucional.

Carteles sobre la Constitución.

Los debates y la votación final en elSenado no presentaron grandes dife-rencias respecto de los del Congreso:226 votos a favor, 5 en contra y 8abstenciones. Los parlamentarios españoles, a pesarde su falta de experiencia en estas li-des, habían demostrado, pese a lasdificultades surgidas a lo largo deaquellos quince meses de redaccióndel texto constitucional, su capacidadde entendimiento. El 6 de diciembre de 1978, los electo-res españoles refrendaron la Constitu-ción, y por eso esta fecha se ha con-vertido en fiesta nacional. Del conjuntodel censo de votantes, un 59 % laaceptaron, un 8 % la rechazaron y un33 % optaron por la abstención.

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Una aportación singular y afortunadade nuestra Constitución es la remisióna la Declaración Universal de Dere-chos Humanos y a los tratados inter-nacionales a la hora de interpretar losderechos fundamentales y las liberta-des establecidos en ella (artículo 10).En el Título I España se define comoun Estado social y democrático deDerecho en el que no sólo se postulanlas libertades, sino que se garantiza sudefensa y puesta en práctica por elordenamiento jurídico.Los principales derechos, libertades ydeberes fundamentales, tanto indivi-duales como sociales y económicos,están recogidos en el Título I: derechoa la vida y a la integridad física; a laintimidad personal y familiar; a la pro-pia imagen y al honor; a la inviolabili-

C a r a c t e r í s t i c a sgenerales

El texto constitucional de 1978 constade 11 títulos y de 169 artículos. Esuna Constitución bastante extensapor cuanto nació para consagrar uncambio radical de régimen político,devolviendo la soberanía al pueblo yasegurando las libertades. Los mode-los que influyeron en su redacciónfueron los de las constituciones de lospaíses de nuestro entorno (Alemania,Francia, Italia y Portugal), así comolas corrientes ideológicas predomi-nantes en los mismos (liberalismo, so-cialismo democrático y humanismocristiano). El liberalismo ha sido la base del cons-titucionalismo moderno y desde suconcepción se establecen, principal-mente, los derechos individuales (ar-tículos 10-29), a los que se consideraanteriores al Estado y son, por tanto,inviolables e irrenunciables. Del socia-lismo democrático se asume su defini-ción del Estado de carácter social ylos derechos sociales (el llamado Es-tado del bienestar), en cumplimientode los cuales los poderes públicos seobligan a «promover las condicionespara que la libertad y la igualdad delindividuo y de los grupos en que seintegra sean reales y efectivas» (ar-tículo 9. 2).

La declaración dederechos

El sistema político español según la Constitución de 1978.

dad del domicilio; a la libertad deconciencia y de enseñanza; a la liber-tad de residencia y de circulación; a lalibertad y secreto de las comunicacio-nes; a la libertad de información y deexpresión. Lo mismo ocurre con los derechos dereunión, de asociación y de sindica-ción; el derecho a una educación librey gratuita; y el derecho de protecciónde la familia. Se reconocen igualmente derechoseconómicos tales como el de propie-dad y de herencia; los derechos dehuelga, negociación colectiva, sindi-cación, libertad de circulación de bie-nes, la libertad de empresa y el dere-cho a un trabajo remunerado. Para la defensa de todos los derechosfundamentales reconocidos por laConstitución se creó la figura del De-fensor del Pueblo y el recurso de am-paro ante el Tribunal Constitucional(artículos 53 y 54).

La definición del Estado

Según la Constitución España es unaMonarquía parlamentaria. Esto signi-fica que el poder ejecutivo es ejercidopor un gobierno responsable ante lasCortes, que son los organismos en-cargados de hacer las leyes, de acuer-do con la Constitución y como expre-sión de la soberanía popular «quereside en el pueblo español, del queemanan los poderes del Estado» (ar-tículo 2). El monarca no es soberano,en cuanto que en él no reside la auto-ridad suprema, sino que es el titularde la Corona. La Monarquía no es un

elige

nombra

P A R L A M E N T OM I N I S T R O S

PRESIDENTE

formado por dos cámaras

eligen cada cuatro añospor sufragio universal

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

300-400 miembros

SENADO

representación territorialcuatro senadorespor provincia

(independientes)J U E C E S

CIUDADANOS OPOSICIÓN(concurso público)

PODER LEGISLATIVOPODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

L A C O N S T I T U C I Ó N D E 1 9 7 8

Los principales contenidos de la Constitución

El rey Juan Carlos I firma la Constitución de 1978.

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parlamentarias se adecuan o no a laConstitución, que es el punto de refe-rencia principal.

La organizaciónterritorial

El aspecto más original de la Consti-tución española es el tratamiento delos nacionalismos a través del régi-men de las autonomías (Título VIII:«De la organización territorial del Es-tado»). Ésta era, en el año 1978 y si-gue siéndolo actualmente, una cues-tión específicamente española, querequería un planteamiento tambiénparticularizado.

El carácter consensuado de la Consti-tución hizo que este apartado fueseredactado con una calculada vague-dad, de forma que todos pudieranaceptarlo. Esto es especialmente pa-tente a la hora de referirse a las regio-nes con tradición nacionalista («na-cionalidades») y a las que no la tenían(«regiones»).

Cada una de las diecisiete Comunida-des Autonómas que integran el Esta-do español tendrá su propio Estatuto–que nunca podrá vulnerar la Consti-tución, pues es la norma suprema– ysus propios órganos políticos.

Su organización es bastante similar ala del conjunto del Estado: Asamblealegislativa (siempre monocameral eneste caso), Consejo de gobierno y Tri-bunal Superior de Justicia (exceptopara los casos propios del TribunalSupremo).

Ceuta

Melilla

30-Dic.-81P. DE ASTURIAS

9-Jun.-82LA RIOJA

18-Dic.-79PAÍS VASCO

30-Dic.-81CANTABRIA

10-Agos.-82

C. FORAL DE NAVARRA

10-Agos.-82ARAGÓN 18-Dic.-79

CATALUÑA

25-Feb.-83

COMUNIDAD DE MADRID

25-Feb.-83CASTILLA Y LEÓN

25-Feb.-83EXTREMADURA 10-Agos.-82

CASTILLA-LA MANCHA

9-Jun.-82

REGIÓNDE MURCIA

30-Dic.-81ANDALUCÍA

1-Jul.-82

COMUNIDADVALENCIANA

25-Feb.-83

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS

ISLAS BALEARES

10-Agos.-82CANARIAS

14-Marzo-95

Fecha aprobación de la Ley de Estatuto

de Autonomía6-Abril-81GALICIA

Aprobación de los diferentes Estatutos autonómicos.

poder, sino un órgano del Estado, conun papel moderador y de representa-ción del Estado.La Constitución sanciona la divisiónen tres poderes. El poder legislativo,es decir, el poder de aprobar las leyes,recae en el Parlamento o Cortes, divi-didas en dos cámaras: el Congreso delos Diputados y el Senado, ambos deelección popular. En algunos casos seprevé la celebración de referéndum,pero sólo con carácter consultivo y nodecisorio.

El poder ejecutivo recae en el gobier-no, formado por el presidente y susministros. El presidente es elegido porel Congreso de los Diputados a pro-puesta del monarca, que debe aten-der a los resultados electorales, perolos ministros son elegidos por el pre-sidente. El gobierno puede ser susti-tuido mediante una moción de cen-sura «constructiva», esto es, cuandose presente un candidato alternativoal jefe del Gobierno y consiga la ma-yoría absoluta de los votos parlamen-tarios (artículo 113).

Los encargados de aplicar las leyesson los jueces, que constituyen el po-der judicial, el poder de la justicia,que, a su vez, «emana del pueblo y se administra en nombre del Rey»(artículo 117). La máxima instituciónjudicial es el Tribunal Supremo y elórgano encargado de supervisar elcorrecto ejercicio de los jueces en susfunciones propias es el Consejo Ge-neral del Poder Judicial.

El Tribunal Constitucional es el en-cargado de determinar si las leyes

El Tribunal Constitucional

a) Busca en el texto de la Constitu-ción los artículos correspondien-tes al Tribunal Constitucional.Explica para qué sirve esta insti-tución, cuáles son sus compe-tencias, cómo está formado ycómo se eligen sus miembros.

b) Investiga quiénes son en la ac-tualidad los miembros del Tribu-nal Constitucional.

c) Recorta en los periódicos noticiassobre conflictos que se dirimenen el Tribunal Constitucional.¿Cuáles son los temas plantea-dos? ¿Qué tipo de temas sonmás recurrentes? ¿A qué loachacas? ¿Quiénes plantean elrecurso?

d) ¿Qué artículos de la Constitu-ción consultarías para tomar unadecisión en cada caso?

El Defensor del Pueblo

a) Busca en el texto de la Constitu-ción de 1978 los artículos co-rrespondientes a la institucióndel Defensor del Pueblo. Explicapara qué sirve esta institución,cuáles son sus competencias ycómo se elige.

b) Investiga quién ostenta el cargoen la actualidad.

c) Recoge noticias periodísticas so-bre las actuaciones del Defensordel Pueblo. ¿Quiénes se han dirigido a él? ¿Qué tipos de pro-blemas plantean? ¿Qué artícu-los de la Constitución se vulne-ran en cada caso?

Tribunal Constitucional.

ropuesta de trabajoP

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