consentimiento informado y sus disposiciones jurídicas

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Health & Medicine

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Universidad Autónoma de Santo

Domingo

Bioética y Normas de Regulación Profesionales

TemaConsentimiento

SustentanteTatiana González Pérez

Consentimiento

Concepto jurídico que hace referencia a la exteriorización de la

voluntad entre dos o varias personas para aceptar

derechos y obligaciones.

Su principal marco de actuación es el Derecho

civil y, en especial, el Derecho de obligaciones y de contratos, en dónde el consentimiento juega un papel fundamental en el

marco de la autonomía de la voluntad.

InformarAdvertir, avisar o instruir acerca de algo, de manera que la otra persona esté al tanto de los sucesos notables

que ocurren.

Expresión de dos voluntades debidamente conocedoras,

competentes y autónomas que deciden contribuir a un procedimiento

científico con proyección social, el cual garantiza que el sujeto expresa (después de haber comprendido la

información que se le ha dado acerca de los objetivos del procedimiento de estudio) su intención de participar en

la entrega de información y en la aplicación de la prueba o instrumento

de recopilación de información (encuesta, cuestionario, test).

Esto se convierte en una real

colaboración y beneficio en pro de la sociedad y de la ciencia.

ConsentimientoInformado

El consentimiento informado tiene sus

raíces legales en 1947 con el Código de

Núremberg, a través del cual se juzgó a un grupo de médicos acusados de realizar experimentos

que atentaban contra la humanidad, cometidos contra prisioneros de guerra en campos de concentración nazis durante la Segunda

Guerra Mundial.

BreveHistoria

En 1964 se promulgó en la Asamblea Médica Mundial la Declaración de Helsinki, que ha sido modificada en varias

ocasiones, agrupando un conjunto de reglamentos que orientan a los médicos en sus experimentos con seres humanos, y resalta la importancia del consentimiento

voluntario dentro de los protocolos de estudio

La primera sentencia del consentimiento informado tuvo lugar en las islas británicas en

1767 en el caso Slater vs. Baker & Stapleton (Cfr. Galán Cortés Julio César, Responsabilidad civil

médica), pero el documento se perdió.

La Dignidad Humana

La dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser

individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser

persona.

Requiere actitudes como: Tolerancia, Empatía, Atención,

Consideración. Es el fundamento de los derechos que se

conceden al hombre; es el valor central.

Se apoya en valores como: El respeto, la justicia, la vida, la

libertad, la igualdad y la solidaridad

Se expresa con frases como: Soy un ser

humano, con derechos y obligaciones.

Dignidad Humana

Derechos HumanosConjunto de exigencias

éticas que preceden a todo orden legal de cualquier país, considerados como

una especie de “Derechos Morales”, por ser valores que deben ser respetados

por todos los seres humanos y ser

garantizados por los gobiernos de todos los

pueblos. Están por encima de las creencias, religiones

y filosofías.

La Declaración Universal de los

Derechos Humanos, fue

adoptada y proclamada por

la Asamblea General de las

Naciones Unidas, con su resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París.

oDerecho a la igualdadoProhibición de la discriminaciónoDerecho a la vidaoProhibición de la esclavitudoDerecho al reconocimiento ante la ley como personaoDerecho a la educaciónoProhibición de la torturaoDerecho a la igualdad ante la leyoDerecho a una audiencia justa y públicaoDerecho a la saludoDerecho a la alimentación

Terrorismo

La represión

La censura

La discriminación

La miseria

El abuso sexual

Abuso laboral

Violación a los

DerechosHumanos

Etapas del Consentimiento

Informado

La información y la toma de decisiones en la relación clínica  son momentos diferentes y relacionados de un  mismo proceso que incluye:

La elaboración de la información por parte de los profesionales:- Su transmisión y discusión.

- La comprensión y valoración por parte del paciente.- La aceptación o no del procedimiento diagnóstico y/o del tratamiento

propuesto.

Cuando estos elementos son recogidos por escrito se denomina documento de CI, que no debe confundirse a efectos relacionales,

éticos ni jurídicos con el proceso comunicativo de  información y de toma de decisiones.

Requisitos

Voluntariedad Los sujetos deben decidir libremente someterse a un tratamiento  o participar en un  estudio sin que haya persuasión, manipulación ni coerción. El carácter voluntario del consentimiento es vulnerado

cuando es solicitado por personas en posición de autoridad o no se ofrece un tiempo suficiente al paciente para reflexionar, consultar o

decidir.

Información

Debe ser comprensible y debe incluir el objetivo del tratamiento o del estudio, su procedimiento, los

beneficios y riesgos potenciales y la posibilidad de rechazar el

tratamiento o estudio una vez iniciado en cualquier momento, sin

que ello le pueda perjudicar en otros tratamientos. El intercambio

comunicativo entre ambos (profesional–paciente), basado en la confianza, ampliará las posibilidades de comprensión de los resultados del tratamiento por parte del paciente.

ComprensiónEs la capacidad de comprender que tiene

el paciente que recibe la información.

IncapacidadCarencia de condiciones,

cualidades o aptitudes para hacer algo.

Grados de incapacidadTemporal o transitoria Permanente

Parcial

Total

Absoluta

Incapacidad TemporalImposibilidad para

realizar con normalidad las funciones de la vida cotidiana, durante un

lapso de tiempo no extenso, bien sea por enfermedad común, accidente laboral o

enfermedad profesional.

Incapacidad permanente

parcialIncapacidad que

ocasiona una disminución (no

inferior al 33%), en el rendimiento normal de una persona para el desarrollo de sus

funciones habituales, sin impedirle realizar las funciones básicas

de la misma.

Incapacidad permanente total

Incapacidad para el trabajo

habitual, pero puede realizar

otras funciones.

Incapacidad permanente

absolutaLa persona

está totalmente inhabilitada

Criterios para determinar la capacidad de dar

propio consentimiento

Comprender la información

proporcionada

Valorar la naturaleza de la situación

Evaluar la información relevante

Capacidad de elegir

Tomar decisiones

Valorar las consecuencias de dar o no consentimiento informado

Excepciones

Incapacidad por ser menor de edad

Varia según el tipo de sociedad y los modelos de

relación entre padres e hijos según la cultura.  

Para que un niño pueda dar consentimiento sobre

un tratamiento o negarse a recibirlo, se requiere que

tenga capacidad para comunicarse y comprender la información y que sea

capaz de razonar antes de tomar la decisión personal

Grave peligro para la salud pública

Cuando existe el imperativo

legal porque se trata de

enfermedades de notificación obligatoria.

Ejemplos: Cólera

Gonorrea, Tuberculosis entre otras.

En situaciones de urgencia, en la cuales se trata de salvar una vida y no hay tiempo para la información

La renuencia del paciente, su familia o representante legal a recibir la información

El "privilegio terapéutico“, puede ser

una excepción, al referirse a éste, el

médico humanista e investigador Dr. Diego

Gracia refiere que puede no revelarse la

verdad cuando se tienen fundadas sospechas, que

ésta producirá al paciente un grave daño

físico o mental.

Legislaciones y Derechos Humanos

El consentimiento informado es el instrumento jurídico que

permite, en situaciones concretas de investigación,

dar eficacia a los derechos y hacer posible su protección.

Por ello es básico que el profesional de salud no asuma la redacción del

consentimiento informado como un mero procedimiento administrativo, sino que sea

consiente de sus fundamentos filosóficos, jurídicos y

pedagógicos para poder actuar conforme con su

finalidad ética.

Disposiciones jurídicasNuestro ordenamiento jurídico entiende que la obligación de informar a los pacientes y solicitarles el consentimiento para

realizar intervenciones sobre su cuerpo forma parte integrante de la lex artis (conjunto de prácticas médicas aceptadas

generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos en el momento presente).

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