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CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
DE LA
CORPORACIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO S.A.
COFIDE
(Aprobado mediante Acuerdo de Directorio N° 049-2015, del 14 de abril de 2015)
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Índice de Código de Ética y Conducta
1. Introducción ..................................................................................................................................... 3
2. Objetivos ........................................................................................................................................... 3
3. Marco Legal ...................................................................................................................................... 3
4. Ámbito de Aplicación ........................................................................................................................ 4
5. Comité de Ética ................................................................................................................................. 4
6. Disposiciones Generales ................................................................................................................... 5
7. Valores Institucionales ...................................................................................................................... 5
8. Principios Rectores ........................................................................................................................... 5
9. Principios Éticos ................................................................................................................................ 6
9.1 Principios Éticos de Identidad
9.1.1. De Responsabilidad Social Corporativa ........................................................................ 6
9.1.2. De Cumplimiento de la ley ........................................................................................... 7
9.1.3. De Relaciones laborales................................................................................................ 7
9.2 Principios Éticos de Interdependencia ................................................................................... 7
9.2.1. Con los Clientes ............................................................................................................ 7
9.2.2. Con los Accionistas e Inversionistas ............................................................................. 8
9.2.3. Con los Proveedores ..................................................................................................... 9
9.2.4. Con la Competencia ..................................................................................................... 9
9.2.5. Con el Sector Público .................................................................................................. 10
9.2.6. Con el Tercer Sector ................................................................................................... 11
9.3. Principios Éticos de Buena Fe ............................................................................................... 11
9.4. Principios Éticos de Excelencia ............................................................................................. 11
9.4.1 De Postura Profesional ................................................................................................ 12
9.4.2. De Conflictos de Intereses .......................................................................................... 14
9.4.3. De Información y Know-How ..................................................................................... 15
9.4.4. De Relaciones de Parentesco y Proximidad ............................................................... 15
9.4.5. De Actividades externas y relaciones personales con clientes y proveedores .......... 16
9.4.6. De Regalos y Aportaciones ......................................................................................... 16
10. Sanciones ........................................................................................................................................ 17
11. DISPOSICIONES FINALES ................................................................................................................. 18
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CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA CORPORACIÓN
FINANCIERA DE DESARROLLO S.A. – COFIDE
1. Introducción
La Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE, como entidad comprometida con el desarrollo del país, fomenta el desarrollo de sus actividades en un marco ético que se circunscribe a cuatro grupos de principios éticos:
1. Identidad: lo que nos distingue como empresa. 2. Interdependencia: motor de la convivencia social. 3. Buena Fe: Confianza y transparencia. 4. Excelencia: En la búsqueda continua de la excelencia en la gestión.
2. Objetivos
Establecer los principios éticos que guíen el desempeño de las personas
que desarrollan actividades en la Corporación Financiera de Desarrollo, en adelante la Corporación, alineados con las directrices corporativas.
Hacer explícitos para la sociedad, los valores y principios éticos que rigen a todas las personas que desarrollan actividades en la Corporación y que sean fiel reflejo del modo de actuar de las mismas, quedando claro qué conductas se consideran adecuadas y, por consiguiente, necesarias, y cuáles se consideran inadecuadas y, por tanto, inaceptables.
Establecer normas de comportamiento para garantizar que las personas desarrollen sus actividades en la Corporación con integridad, objetividad, transparencia y correcto uso de la información dentro del marco legal y de valores éticos.
3. Marco Legal
Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del
Estado, aprobado por Ley N° 27170 y sus modificatorias. Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la
Actividad Empresarial del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2000-EF y sus modificatorias.
Decreto Legislativo que promueve la eficiencia en la actividad empresarial del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1031 y sus modificatorias.
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1031, aprobado mediante Decreto Supremo N° 176-2010-EF y sus modificatorias.
Ley N°27815: “Ley de Código de Ética de la Función Pública”, que rige para los servidores públicos de las entidades de la administración pública, incluyendo a las empresas públicas como COFIDE.
Reglamento de la ley del Código de Ética de la Función Pública-Decreto Supremo N°033-2005-PCM.
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Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual, Ley N° 27588.
Código de Buen Gobierno Corporativo de la Corporación Financiera de Desarrollo.
Reglamento Interno de Trabajo, aprobado según Resolución de Gerencia General N°065-GG-2012
Manual de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 044-2012, adoptado en la Sesión Nº 759, de fecha 28 de marzo de 2012.
Requerimientos sobre la Conducta Ética y la Capacidad Profesional de las Personas que participan en el Proceso de Inversión de las Empresas Bancarias, de Seguros y de las Carteras Administrativas por las AFP – Resolución SBS N°114-2005.
Ley N°27693: Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financieras y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.
Ley N° 27765: Ley Penal contra el Lavado de Activos y normas modificatorias.
Resolución SBS N°838-2008, Normas complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
4. Ámbito de aplicación
El presente “Código de Ética y Conducta de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.” es de aplicación a todas las personas que desarrollan actividades en la Corporación, independientemente de su régimen laboral o modalidad de contratación. Asimismo, toda duda o consulta relativa con el presente Código deberá ser atendida por el Comité de Ética, el que podrá determinar los casos de excepción relacionados con conflictos de intereses y también por el Oficial de Cumplimiento en lo referido a la Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
5. Comité de Ética
Órgano colegiado, consultivo, de carácter interno que tiene como objeto gestionar el cumplimiento del Código de Ética. El Comité deberá reportar al Directorio de la Corporación los casos que se consideren, asi como deberá presentar al Directorio un informe anual de gestión. El Comité está conformado por: - Gerente de Gestión Humana y Administración - Gerente de Asesoría Jurídica - Gerente de Planeamiento y Control de Gestión - Gerente de Auditoría Interna - Jefe del Departamento de Gestión Humana
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6. Disposiciones Generales
Toda persona que desarrolla actividades en la Corporación debe:
Tomar conocimiento del presente Código de Ética y Conducta y asumir el
compromiso para su debido cumplimiento. Resguardar en su conducta personal, la integridad, honra y dignidad de su
función, actuando en concordancia con el compromiso ético asumido. Desarrollar sus actividades con honestidad, eficiencia, probidad,
oportunidad e imparcialidad.
7. Valores Institucionales
COFIDE en su rol de banco de desarrollo del Perú ofrece productos y servicios a sus clientes, mantiendo un compromiso y rentabilidad económico, social y ambiental. Busca el desarrollo permanente de su cultura organizacional, actuando y compartiendo en cada una de las actividades que realiza, los siguientes valores:
Calidad
Nos esforzamos continuamente por mejorar, superando las expectativas de nuestros clientes, siendo socialmente responsables.
Transparencia Actuamos de una manera íntegra y honesta, mostrándonos tal cual y sin ocultar nada ni expresarnos con ambigüedad.
Liderazgo Motivamos y apoyamos a los demás a fin de influir de manera positiva en la búsqueda de su desarrollo personal y profesional.
Compromiso
Nos dedicamos voluntariamente a la consecución de un objetivo común, que supere las expectativas, poniendo el mayor esfuerzo con alto nivel de responsabilidad, colaboración y solidaridad.
Respeto
Reconocemos, apreciamos y valoramos en nosotros mismos, en los demás y en el entorno, los derechos y virtudes como base de la convivencia en sociedad.
Innovación
Cuestionamos el entorno, identificando oportunidades o necesidades y generando soluciones para las mismas, agregando valor.
8. Principios Rectores
Toda persona que desarrolle actividades en la Corporación, debe comprometerse a respetar los principios éticos, teniendo en cuenta la legislación nacional vigente, la normativa interna, los valores institucionales, la misión y visión de la Corporación; así como los siguientes preceptos o principios rectores:
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- Probidad - Eficiencia - Idoneidad - Veracidad - Lealtad y Obediencia - Prudencia
- Integridad, Justicia y Equidad - Ejercicio adecuado del cargo - Responsabilidad del Trabajador - Lealtad al Estado de Derecho - Rendición de Cuentas
9. Principios Éticos
9.1 Principios Éticos de Identidad
La identidad corporativa hace que una empresa sea inconfundible. En este aspecto, COFIDE es una organización que se siente orgullosa de actuar de forma íntegra. Por eso, se esfuerza por establecer vínculos efectivos con su público, participando activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del país, a través del financiamiento de la inversión y apoyando al emprendimiento con productos y servicios innovadores, siendo socialmente responsable. Esos rasgos de identidad están definidos, sobre todo, en su cultura organizacional y en las directrices y prácticas de gobierno corporativo, a través de los siguientes principios:
9.1.1 De Responsabilidad Social Corporativa
COFIDE incentiva que las decisiones que se tomen tengan una orientación ética. Para ello, toda persona que desarrolle actividades en la Corporación, deberá:
Alinear sus actividades, negocios y operaciones con la Visión,
Misión, Valores y Cultura de la Corporación. Bajo la práctica de la transparencia, proporcionar de forma
clara y correcta la información que su público y la sociedad necesitan para tomar decisiones con relación a la Corporación.
Proteger la información no pública (según rangos de confidencialidad) para evitar que su filtro perjudique a la Corporación, a su público y a la sociedad en general; así como a las relaciones de confianza que mantiene con todos ellos.
En sus operaciones y negocios tener en cuenta los riesgos asociados con la preservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
Adoptar medidas de control adecuado y suficiente para evitar que sea utilizada, sin su consentimiento o conocimiento, como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas; o para dar apariencia de legalidad a actividades delictivas, transacciones y fondos vinculados con las mismas.
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9.1.2 De Cumplimiento de la Ley
Toda persona que desarrolle actividades en la Corporación deberá adecuar su conducta hacia el respeto riguroso y aplicación de la Constitución, las leyes y demás normas que regulen las actividades de la Corporación, garantizando el respeto de las mismas, en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procesos internos.
9.1.3 De Relaciones Laborales
COFIDE valora a sus colaboradores, en este aspecto promueve:
El respeto a los derechos humanos y la promoción de la diversidad social.
La selección de colaboradores se realizará teniendo en cuenta, como mínimo, criterios de experiencia, capacidad y solvencia moral, que garanticen el óptimo desempeño en las funciones encomendadas.
Se recabará información sobre los antecedentes personales laborales, historial crediticio y patrimonial, exigiendo, en este último caso, presentar una declaración jurada patrimonial. Esta información debe constar en el expediente de cada colaborador, debiendo mantenerse permanentemente actualizada.
La remuneración, promoción y reconocimiento adecuados, con base en criterios meritocráticos.
El desarrollo de programas de educación, buscando mantener el nivel de actualización técnica y programas vinculados a la seguridad y salud en el trabajo.
La ejecución de programas de capacitación sobre temas de prevención y control del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, debiéndose dejar constancia de la capacitación recibida la cual deberá estar archivada en el legajo personal del colaborador.
9.2 Principios Éticos de Interdependencia
La interacción con los diferentes grupos de interés permite compartir valores y acciones que lleven al bien común. En este aspecto, la Corporación promueve los siguientes principios:
9.2.1 Con los Clientes
Los clientes son la razón de ser de la Corporación. Identificar sus expectativas y necesidades y perfeccionar las actividades, haciendo un esfuerzo permanente para mantenerse en sintonía con ellos, es la manera más adecuada de actuar en el mercado financiero. Por eso, es necesario:
Respetar la libertad de elección, después de haber facilitado,
de forma clara, correcta y oportuna, la información necesaria para que tomen decisiones bien fundamentadas.
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Adoptar contratos de fácil comprensión en los que quede claro cuáles son los derechos y deberes de las partes y se resalten los riesgos existentes.
Poner a su disposición canales de atención preparados para escucharles atentamente y aptos para atender con rapidez solicitudes, quejas y/o sugerencias.
Guardar la confidencialidad de la información del cliente y utilizar dispositivos de seguridad y protección de la información, a efectos de conservar dicha confidencialidad.
Entender las necesidades de los clientes para proporcionar información y soluciones financieras que contribuyan a que alcancen sus objetivos.
Es inaceptable:
No tratar al cliente con el debido respeto. Incurrir en situaciones bochornosas. Realizar actos que pongan en peligro la confidencialidad de la
información proporcionada por el cliente. Tratar de obtener resultados creando expectativas respecto a
productos o servicios que no puedan ser realizados, o induciendo a error a clientes, dejando sus necesidades e intereses particulares en segundo plano.
Difundir información, aconsejar o negociar sobre la base de rumores o datos no confiables.
9.2.2 Con los Accionistas e Inversionistas
Con el fin de preservar los intereses específicos de los accionistas e inversionistas, la Corporación debe: Adoptar prácticas transparentes, objetivas e imparciales de
monitoreo de los conflictos de intereses entre accionistas, alta dirección y los colaboradores.
Respetar las reglas preestablecidas, aprobadas por los órganos correspondientes y previamente informadas al mercado, para realizar negocios u operaciones.
Proporcionar de forma clara, correcta y objetiva la información necesaria para que las partes relacionadas tomen decisiones fundamentadas y aumente la transparencia.
Establecer mecanismos de prevención a la fuga de información privilegiada, que contribuyan eficazmente a un Buen Gobierno Corporativo.
Preparar estados contables y financieros que reflejen con rigor y claridad las transacciones efectuadas y permitan la más adecuada toma de decisiones por las partes relacionadas.
Evaluar riesgos operacionales, financieros, sociales, ambientales y de reputación, teniendo en cuenta la sostenibilidad de la empresa y la estrategia corporativa vigente.
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Es inaceptable:
Concretar negocios u operaciones con vistas a atender exclusivamente los intereses particulares de accionistas, colaboradores o terceros.
Dejar de lado sugerencias, críticas y dudas de cualquier parte relacionada, o no responderlas a su debido momento y de forma correcta y profesional, dando lugar a insatisfacciones y eventuales quejas.
Beneficiarse de información privilegiadas para vender o comprar activos financieros (acciones, debentures, etc.), directamente o por medio de terceros.
Valerse de oportunidad o prospección de negocios identificada, para beneficiarse perjudicando a accionistas e inversionistas.
Filtrar cualquier información cuya utilización pueda interferir en el valor de mercado y reputación de la empresa.
9.2.3 Con los Proveedores
La Corporación forma parte de una cadena de valor en conjunto con sus proveedores de bienes y servicios, aliados comerciales y de negocios. Por lo tanto, es necesario: Adoptar criterios objetivos, transparentes y justos de selección
y contratación, para no dar margen a ningún tipo de favorecimiento ni descrédito de las alianzas realizadas.
Apoyar el desarrollo sustentable de los proveedores, la promoción del trabajo digno y el cumplimiento de los requisitos legales, laborales, ambientales, sanitarios y de seguridad, haciendo especial énfasis en la lucha contra actos ilícitos o criminales (corrupción, tráfico de influencias, fraudes, lavado de dinero y contrabando, entre otros).
Es inaceptable:
Tolerar cualquier forma de trabajo degradante (infantil, forzoso
y otros) o condiciones de trabajo peligrosas para la salud, además de abusos físicos y psicológicos, con objeto de no apoyar la economía informal ni dañar la reputación de la Corporación.
Mantener con los proveedores vínculos comerciales y personales que puedan influir en la adopción de decisiones y comprometer nuestra reputación.
9.2.4 Con la Competencia
Se debe permanecer atento a prácticas que pudieran afectar el libre mercado y perjudicar las decisiones de los agentes económicos. En razón de ello, es necesario:
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Actuar en conformidad con los preceptos de la libre competencia y respetar la reputación y las opiniones de los posibles competidores.
Formar parte de asociaciones empresariales con espíritu de cooperación y con el único objetivo de perfeccionar los sectores de la economía en los que actúa la Corporación.
Respetar la propiedad intelectual y no utilizar información de la competencia sin su autorización expresa.
Es inaceptable:
Promover prácticas de espionaje económico u obtener planes y
acciones de otros actores del mercado por medio de métodos ilegales y que atenten contra la transparencia.
Hacer comentarios que puedan afectar la imagen de otros actores del mercado.
Tratar con personas pertenecientes a empresas que representen competencia para la Corporación, asuntos delicados que constituyan diferencias estratégicas.
9.2.5 Con el Sector Público
Las relaciones y los contactos que se mantienen con autoridades y funcionarios exigen una gran transparencia y rigurosa rendición de cuentas. Por eso, es necesario:
Mantener nuestras decisiones corporativas libres de
preferencias u orientaciones políticas. Relacionarse teniendo siempre en cuenta un posible conflicto
de intereses, o la percepción que otros puedan tener de nuestra conducta, para no poner en tela de juicio la integridad de la Corporación.
Es inaceptable:
Satisfacer intereses particulares en perjuicio del bien común o
contribuir a la apropiación privada de recursos públicos. Ganarse a autoridades, funcionarios, agentes del servicio
público o candidatos a cargos políticos por medio de regalos o favores personales para que faciliten negocios, cumplan sus obligaciones legales o agilicen trámites de rutina, porque tales prácticas constituyen formas de corrupción y configuran infracciones penales.
Demostrar cualquier preferencia corporativa por actos y declaraciones de agentes gubernamentales que denoten una posición política específica, así como hacer comentarios de naturaleza política que comprometan el mantenimiento de relaciones que pretenden ser exclusivamente comerciales.
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9.2.6 Con el Tercer Sector
En las relaciones con este sector, que se refiere al sector constituido por Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro, es necesario:
Fomentar el desarrollo sustentable de la sociedad para no
comprometer la capacidad de las generaciones futuras, respetando las normas legales vigentes. Apoyar y fomentar las acciones sociales entre todos los miembros de la Corporación en las comunidades con las que se mantiene relaciones.
Es inaceptable:
Sellar alianzas con organizaciones del tercer sector en función
de relaciones personales o que no estén en conformidad con la legislación y las directrices corporativas.
Realizar acciones de inversión social vinculadas a intereses de negocios particulares.
9.3 Principios Éticos de Buena Fe
La Corporación actúa de buena fe y asume la responsabilidad de sus actos y elecciones. En este marco, es necesario: Dialogar, estar abierto a recibir opiniones divergentes de carácter
constructivo, a fin de mantener y mejorar el clima y cultura
organizacional.
Reconocer las ideas de otros con la intención de dignificar su trabajo y
resguardar lo que les pertenezca.
Compartir información no confidencial cuya falta de conocimiento
pueda comprometer actividades o decisiones ajenas.
Es inaceptable:
Inducir a error y causar perjuicio a los demás, aunque tal práctica
pueda beneficiar a la Corporación.
Usar el nombre de la Corporación o el propio cargo para obtener
beneficios personales, o ventajas para familiares y terceros.
Presentar ideas, opiniones y preferencias personales como si fuesen
de la Corporación, de sus administradores o colaboradores.
9.4 Principios Éticos de Excelencia
Uno de los pilares estratégicos de la Corporación, es la Búsqueda de la Excelencia en la Gestión, lo cual promueve la mejora continua en los procesos y la calidad de los productos y servicios de la Corporación. En este marco, la Corporación promueve los siguientes principios:
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9.4.1 De Postura Profesional
Nuestras actitudes pueden ejercer una influencia positiva sobre la confianza que recibimos, así como generar descrédito, dando origen a insatisfacciones personales y profesionales. Por eso es necesario:
Aprender de los errores cometidos, reconociéndolos y
proponiendo posibles mecanismos de prevención a fin de evitar
provocar perjuicios a los demás compañeros y a la
Corporación.
Trabajar de manera consciente, íntegra, diligente y fiel a los
intereses de la Corporación.
Cuidar de las instalaciones, recursos, equipos, máquinas y
demás materiales de trabajo disponibles.
Usar de forma responsable los beneficios recibidos, como una
demostración de colaboración.
Ejercer nuestra ciudadanía al respetar el derecho a la libre
asociación partidaria, religiosa y sindical, cumplir las
convenciones y los acuerdos colectivos y observar los derechos
y deberes laborales.
Seguir las orientaciones del consumo consciente y ecoeficiente,
y no desperdiciar recursos, haciendo un esfuerzo para
preservar el medio ambiente y reciclar todo lo que sea posible.
Evitar realizar rifas, sorteos, apuestas o juegos con premios;
solicitar o conceder préstamos a compañeros de trabajo con
fines de lucro.
Informar al Comité de Ética, en caso de que se tenga la
intención de ser candidato a cargo público electivo de manera
previa a las inscripciones de acuerdo a ley.
Basar las inversiones, financiamientos y préstamos en
información pública, en conformidad con las legislaciones y las
restricciones de las políticas, normas y procedimientos internos
que prohíben el uso de información privilegiada.
Canalizar las denuncias y/o cualquier transgresión al presente
código, a través de las instancias correspondientes de forma
oportuna y eficiente, vigilando que éstas se hagan públicas
solamente hasta su resolución, mediante los conductos
institucionales, a fin de no afectar a terceros.
La conducta de los colaboradores será, conocer, respetar y
hacer cumplir las políticas, procedimientos generales y
controles establecidos dentro de la Corporación en materia de
prevención y detección de operaciones con recursos de
procedencia ilícita.
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Conocer el “Manual de Prevención del Lavado de Activos y del
Financiamiento del Terrorismo” para prevenir y detectar
operaciones con recursos de procedencia ilícita con el
propósito de identificar, reportar y dar seguimiento a las
operaciones que representen el producto de un probable delito.
Mantener la más absoluta reserva de los reportes a que se
refieren las disposiciones en materia de prevención de lavado
de dinero, entregando cualquier información o noticia
solamente a las autoridades competentes y no a clientes,
usuarios, ni a personas, dependencias o entidades distintas a
las facultadas legalmente para ello.
Cumplir con los controles establecidos para evitar legitimar el
lavado de activos.
Observar un estricto apego a las políticas y procedimientos
establecidos para evitar que se lleven a cabo operaciones con
recursos de procedencia ilícita, particularmente deberán
realizar su mejor esfuerzo para tener un pleno conocimiento de
los clientes y poder identificar aquellas operaciones que no
respondan al comportamiento usual de los mismos, ya sea por
frecuencia, tipos de operaciones, montos involucrados y que
éstas tengan una explicación plausible.
Es Inaceptable
Discriminar a cualquier persona en función de su género,
cultura o etnia, raza o color de piel, condición social, religión,
edad, estado civil, orientación sexual, convicciones políticas o
filosóficas, características físicas permanentes o temporales,
discapacidades y otros. Este tipo de comportamientos son
actos de intolerancia que ofenden a las personas y atacan su
dignidad.
Practicar o tolerar una conducta de acoso moral que provoque
daños a la integridad personal de quien lo sufra, o acoso
sexual, conductas que acarrean consecuencias legales y son
nocivas para el ambiente de trabajo.
Castigar o vengarse de quien comunique, de buena fe, por
medio de los canales competentes una situación de acoso,
discriminación o cualquier infracción al presente Código, dando
lugar a un ambiente interno de persecución, miedo y
descrédito.
Realizar negocios de interés personal sobre la base de
información de la Corporación o en perjuicio de las propias
responsabilidades funcionales.
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Vender o comprar mercaderías o servicios dentro de las
instalaciones de la Corporación, no promovidas por la misma.
Transmitir rumores e insidias contra compañeros, competencia,
clientes y aliados de negocios, lo cual genera situaciones
incómodas y embarazosas e incluso relaciones contra uno
mismo y contra la Corporación.
Hablar con la prensa en nombre de la Corporación, a menos
que se disponga de autorización previa para hacerlo.
Poner en práctica o tolerar negocios u operaciones que puedan
ayudar a realizar actos ilícitos o criminales, tales como
corrupción, coima, lavado de dinero o fraude, infringiendo
disposiciones legales y convirtiendo a la Corporación en blanco
de graves sanciones.
Difundir contenidos contrarios a los valores y directrices de la
Corporación.
Usar drogas poniendo en riesgo la imagen de la Corporación y
comprometiendo el desempeño funcional y el ambiente de
trabajo.
9.4.2 De Conflictos de Intereses
Siempre que los intereses particulares, sean personales o de grupos, vayan en contra y se sobrepongan a los intereses de la Corporación o de su público surgirá un conflicto de interés. Por ello, es necesario:
Evitar situaciones en las que los intereses personales,
laborales, económicos o financieros, pudieran estar, o pudiera
parecer que están, en conflicto con el cumplimiento de los
deberes y funciones a nuestro cargo.
No ejercer actividades o recibir beneficios de negocios
incompatibles con nuestras funciones, que puedan afectar el
buen nombre y prestigio de la Corporación o de la confianza de
su público.
No ejercer, personalmente ni a través de terceros, actividades
privadas (consultorías, asesorías, etc.) que estén relacionadas
con las funciones realizadas por la Corporación.
No intervenir en operaciones en las que se pueda tener una
relación familiar, amistad estrecha o enemistad manifiesta con
cualquiera de las partes involucradas.
Las operaciones de inversión para clientes y para la
Corporación tendrán prioridad sobre las operaciones de
inversión en la que la persona que la realiza sea beneficiario.
Comunicar rápidamente, a los canales competentes cualquier
situación en que se vislumbren conflictos de intereses y solicitar
orientación al respecto.
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9.4.3 De Información y Know-How
La manera cómo utilizamos la información y el know-how (conocimientos, técnicas, tecnologías, métodos, sistemas y softwares, entre otros) disponibles puede dar lugar a resultados positivos o negativos. Por eso, es fundamental mantener la confidencialidad de la información no pública, tanto en el ámbito personal como en el profesional. En ese sentido, es necesario:
Usar nuestra información y conocimientos en pro de la
Corporación y, cuando corresponda, a favor de su público.
Respetar la confidencialidad de la información de los clientes y
proveedores manteniendo en secreto sus registros,
información, operaciones y servicios contratados.
Proteger e impedir la filtración de cualquier documento o
información que pueda ocasionar perjuicio a personas o
empresas.
Asegurarse de que las informaciones no públicas circulen
únicamente en áreas autorizadas.
Respetar los principios rectores de la Ley de Protección de
Datos personales: Consentimiento, finalidad, proporcionalidad,
calidad, seguridad, disposición de recurso y nivel de protección
adecuado.
Es inaceptable
Valerse de informaciones no públicas para fines particulares o
transmitirlas a terceros sin la previa autorización de los dueños
de la información.
Llevarse copia de información, procesos, metodologías,
softwares y demás materiales de la Corporación, aunque hayan
sido desarrollados por el colaborador en su ambiente de
trabajo.
Divulgar información de propiedad de la Corporación en redes
sociales, así como difundir rumores o afectar la imagen de
colaboradores o de la organización.
Difundir cualquier información que hubiera sido clasificada
como no pública, conforme a la normativa y reglamentos.
9.4.4 De relaciones de parentesco y proximidad
No se permite contratar a familiares, cónyuges, debido a que puede traer consigo conflictos de intereses reales o potenciales, tales como la predominancia de criterios subjetivos sobre el asunto. En ese grupo de relaciones se incluyen los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.
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9.4.5 De actividades externas y relaciones personales con clientes y
proveedores
Eventuales vínculos mantenidos por la alta dirección y colaboradores con otras empresas pueden posibilitar los casos de favorecimiento y llegar a perjudicar la imagen o destruir la reputación de la Corporación. Por lo tanto, es necesario: Comunicar al Comité de Ética la intención de asumir
actividades en otras organizaciones y aguardar su opinión con
base al cumplimiento de este código y otras normas
relacionadas.
Solicitar autorización expresa al Comité de Ética, antes de
formar sociedad con profesionales, empresas y administradores
de empresas que sean clientes o proveedores de la
Corporación, para valorar las implicaciones.
Buscar la orientación del Departamento de Marketing y
Comunicaciones antes de participar en entrevistas y programas
en los medios con relación a las actividades realizadas en la
Corporación para evitar cualquier tipo de malentendido.
Es Inaceptable
Realizar negocios particulares con profesionales o empresas
que sean clientes, proveedores o que mantengan cualquier tipo
de relación con la Corporación sin antes obtener la autorización
expresa del Comité de Ética y sin seguir las directrices
corporativas.
9.4.6 De Regalos y Aportaciones
Ciertas relaciones externas o prácticas comerciales pueden considerarse intentos de ganarse a una persona o formas de influir a quienes toman las decisiones, tanto en el terreno comercial como en el político. Tales ventajas, incluso cuando se realicen bajo el pretexto de establecer afinidades entre las partes o estrechar relaciones funcionales, pueden interpretarse como medios ilegítimos de facilitar negocios. Ante una cuestión tan delicada, es necesario: Evitar recibir o aceptar la oferta de presentes que, directa o
indirectamente, puedan llevar a establecer vínculos o
compromisos que empañen la transparencia de los negocios.
Informar a las instancias pertinentes en caso de que se reciba
cualquier regalo o aportación.
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Es Inaceptable
Sugerir, ofrecer, conceder, prometer o recibir regalos,
aportaciones y favores de cualquier tipo a / o de personas y
empresas de los sectores público y privado, Tercer Sector,
miembros de partidos políticos y de órganos gubernamentales
a cambio de facilitar negocios, operaciones o actividades de la
Corporación con vistas a obtener beneficios indebidos para sí o
para terceros.
Ofrecer o recibir regalos y aportaciones de cualquier naturaleza
o valor, aunque se trate de pequeños obsequios, cuando se
sea responsable de compras de la Corporación.
10. Sanciones
En caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente
Código, la Corporación aplicará las sanciones contempladas en el
Reglamento Interno de Trabajo y/o en los controles respectivos según sea
el caso, para lo cual se deberán considerar las normas correspondientes y
el contexto en el cual se realizó el incumplimiento; esto a fin de determinar
la naturaleza de la falta y la sanción a aplicar.
Las sanciones disciplinarias en mención deberán ser determinadas bajo un
criterio de justicia y sin discriminación, aplicándose proporcionalmente a la
referida naturaleza y a la gravedad de la falta cometida.
Asimismo, también se deberá tomar en consideración los casos de
reincidencia de la falta y los antecedentes disciplinarios del trabajador. La
falta será considerada más grave mientras más elevada sea la jerarquía o
nivel del trabajador que la ha cometido.
El incumplimiento de las disposiciones previstas en el presente Código será
considerado según corresponda, como falta laboral conforme a las normas
laborales y el Reglamento Interno de Trabajo de la Corporación, o falta
administrativa según se determine que las conductas constituyan acciones
sancionables conforme a la Ley N° 27588, la Ley N° 27815 o la Ley 27444.
A tales efectos, la Gerencia General de la Corporación es responsable de la
aplicación de las sanciones pertinentes.
El personal tiene el deber de comunicar y reportar la incidencia de los actos
contrarios a lo normado en el presente Código de Ética.
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11. DISPOSICIONES FINALES
Primero. Los artículos en el presente Código no son limitativos, pudiéndose
incorporar nuevas disposiciones, siempre que estas sean acordes a
los valores y principios referidos a la moral y las buenas
costumbres.
Segundo. La Gerencia de Gestión Humana y Administración es la
responsable de poner en conocimiento de los trabajadores de
COFIDE el presente Código de Ética, para lo cual deberá
programar y realizar eventos para reforzar la práctica de los
valores, deberes y principios señalados en el presente Código.
Tercero. La Gerencia de Gestión Humana y Administración será la
encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones
contempladas en el presente Código.
Cuarto. La Gerencia de Gestión Humana y Administración deberá incluir en
la carpeta o registro correspondiente de cada trabajador, los
reconocimientos formales, las faltas y las sanciones relacionadas
con el presente Código. Dicho registro se tomará en cuenta para
las evaluaciones de desempeño, así como para los ascensos y
promociones.
Quinto. El presente Código entrará en vigencia al día siguiente de su
aprobación por el Directorio de la Corporación y será colocado en
las carpetas públicas para conocimiento del personal de COFIDE.
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