capacitaciÓn para la aplicaciÓn y cumplimiento de la normativa
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VMAVALORES MAXIMOS ADMISIBLES
PARA DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS
CAPACITACIÓN PARA LA APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA
2
MARCO LEGALVMA:
Decreto Suprem
o Nº 021-2009-
VIVIENDA.
Modificación al
Reglamento:
Decreto Supremo N°010-
2012-VIVIEN
DA
Reglamento de VMA:
Decreto Suprem
o Nº 003-2011-
VIVIENDA.
Aprueba parámetros de
acuerdo a la
CIIU: Resoluci
ón Minister
ial N° 116-2012-
VIVIENDA.
Metodologia para pago
adicional: RCD
No 025-2011-
SUNASS-CD
Directiva sobre VMA:
Resolución de
Consejo Directivo Nº 044-
2012-SUNASS-
CD.
3
3
3DOMÉSTICA
INDUSTRIAL
COMERCIAL
RED DE COLECTORES
PTAR
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE
AGUAS RESIDUALES
4
Aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario.
Su exceso causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Causo influencias negativas en los procesos de tratamiento de las aguas residuales.
4
DEFINICIÓN DE VMA
5
Son las descargas de líquidos producidos por actividades económicas, comerciales e industriales.
Son descargas distintas a las generadas como producto de la preparación de alimentos, del aseo personal y de desechos fisiológicos.
DEFINICION DE ARND
6
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Demanda Bioquímica de Oxígeno
mg/L DBO5 500
Demanda Química de Oxígeno mg/L DQO 1000
Sólidos Suspendidos Totales
mg/L SST 500
Aceites y Grasas mg/L A y G 100
APROBACIÓN DE VMA
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDAAnexo Nº 1
7
PARÁMETRO UNIDAD
EXPRESIÓN VMA
Aluminio mg/L Al 10Arsénico mg/L As 0.5Boro mg/L B 4Cadmio mg/L Cd 0.2Cianuro mg/L CN- 1
Cobre mg/L Cu 3
Cromo hexavalente
mg/L Cr+6 0.5
Cromo total mg/L Cr 10
Manganeso mg/L Mn 4Mercurio mg/L Hg 0.02
PARÁMETRO UNIDAD
EXPRESIÓN VMA
Níquel mg/L Ni 4Plomo mg/L Pb 0.5Sulfatos mg/L SO4-2 300Sulfuros mg/L S-2 5Zinc mg/L Zn 10Nitrógeno Amoniacal mg/L NH+4 80
pH* Unidad pH 6-9
Solidos Sedimentables*
mg/L/h S.D. 8.5
Temperatura* oC T o <85
Sulfuros mg/L S-2 5(*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta.
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDAAnexo Nº 2
APROBACIÓN DE VMA
8
8
8
INDUSTRIAL
COMERCIAL
RED DE COLECTORES
PUNTOS DE TOMA DE MUESTRAS DE
ANALISIS DE VMA
Toma de Muestra VMA
1
Toma de Muestra VMA
2
USUARIOS NO DOMESTICOS
9
Garantizar la sostenibilidad de la infraestructura de alcantarillado y de
tratamiento AR.Eliminar el
subsidio de UD a UND
Eliminar los sobre costos en operación
y mantenimiento ocasionados por el exceso del valor de concentración de VMA en las redes de alcantarillado.
Restringir los excesos del valor de
concentración de VMA en las
descargas de aguas residuales no domésticas.
UND traten sus aguas residuales
¿QUÉ BUSCA LA NORMA?
10
Descargas no permitidas: Son aquellas que sobrepasan los VMA establecidos en el Anexo 2.
Descargas prohibidas: Residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que puedan causar daño. Material orgánico Mezclas inflamables, radioactivas, explosivas, corrosivas, tóxicas o
venenosas. Todas aquellas que puedan causar obstrucciones físicas,
interferencias, perturbaciones, sedimentos y/o incrustaciones que impidan el flujo de las aguas residuales.
Otros.10
TRATAMIENTO DE LAS DESCARGAS NO
DOMESTICAS
11
¿Qué sucede si los
resultados superan los
VMA establecidos en el Anexo
Nº 01?
¿Qué sucede si los resultados superan los VMA establecidos
en el Anexo Nº 2 ?
12
¿Qué sucede si los resultados superan
los VMA establecidos en el
Anexo Nº 02?
La EPS debe suspender el servicio de alcantarillado
sanitario.
El USUARIO deberá:
Adecuar sus descargas
Presentar nuevos análisis
Si se cumplen con los VMA se repone el
servicio.
13
¿QUÉ DEBE HACER LA EPS?
ETAPA PRELIMINAR
• Identificar a Usuarios No Domésticos y asignar el CIIU.• Implementar campañas y programas de difusión a los UND
sobre la normatividad del VMA.• Difusión de la normatividad de VMA al interior de la EPS y en su
página web.• Implementar la metodología aprobada para el pago adicional en
Reglamento de Prestación de Servicios.• Identificar qué laboratorios acreditados por INDECOPI
realizarán los servicios de toma de muestra y análisis de los parámetros del anexo N°1 y N° 2 del D.S.N° 021-2009-VIVIENDA.
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¿QUÉ DEBE HACER LA EPS?
REGISTRO DE UND
• Solicitar al UND nuevo la presentación de la Declaración Jurada en un plazo máx. de 3 meses después de haber solicitado su registro.
• Solicitar al UND en Actividad la presentación de la Declaración Jurada en un plazo máximo de 6 meses computados a partir del 5 de setiembre 2013.
• Registrar y otorgar Código de Usuario No Doméstico.• Implementar una Base de Datos de Registro de UND. • Guardar todos los documentos físicos o digitales de los
documentos que forman parte del registro, monitoreo y control de las descargas de cada UND.
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Requisitos para registrarse: (D.S. 003-2011-VIVIENDA)
Declaración Jurada de Usuario no Doméstico, de acuerdo al Anexo I: Deberá contener los resultados de los análisis efectuados por un
Laboratorio Acreditado por INDECOPI para cada uno de los parámetros establecidos en los Anexos Nº 1 y 2 del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA.
Copia legalizada de la licencia de funcionamiento vigente
Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal.
Ficha Registro Único de Contribuyente – Acreditación del inicio de actividades.
REGISTRO DE UND
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¿QUÉ DEBE HACER LA EPS?
COBRO ADICIONAL
• Implementar en el Sistema de Facturación de la EPS con los criterios de pago por exceso de VMA de acuerdo a la metodología establecida por la SUNASS.
• Emitir los recibos de pago para los UND de acuerdo a lo establecido en la norma regulatoria.
ATENCIÓN DE RECLAMOS• Verificar que dispone de recursos materiales y de personal para
cumplir con la atención de reclamos relacionados a la normatividad de VMA.
• Implementar el formato de Reclamos del anexo 4 de la Resolución N° 44-2012-SUNASS-CD para la presentación de un reclamo relacionado con el VMA.
• Capacitar al personal de Atención de reclamos sobre el procedimiento de reclamos
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¿QUÉ DEBE HACER LA EPS?
MONITOREO Y CONTROL
• Realizar el monitoreo y control de los VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas de los UND como mínimo una vez al año de acuerdo a lo establecido en la norma.
IMPOSICIÓN DE SANCIONES
• Implementar el procedimiento para la determinación de infracciones y sanciones de acuerdo a lo establecido en la normatividad
• Efectuar las sanciones a los UND que incumplan la normatividad y mantener actualizado el registro de las sanciones impuestas a los UND.
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¿QUÉ DEBE HACER LA EPS?
TOMA DE MUESTRAS INOPINADAS
• Realizar anualmente un muestreo inopinado y aleatorio de por lo menos el 5% de los UND.
OTRAS ACTIVIDADES
• Elaborar un estudio de caracterización del tipo de descarga no doméstica a fin de proponer al MVCS la modificación y/o actualización de los parámetros del anexo 1 y 2 del D.S. NQ 021-2009-VIVENDA
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USUARIOS NO DOMESTICOS
OBLIGACIONES
•Presentar anualmente la Declaración Jurada de UND, a la EPS.•Efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los parámetros fijados en el Anexo 1.•Implementar un sistema de tratamiento de aguas residuales, cuando sus descargas excedan o puedan exceder los VMA del Anexo 2.•Pagar el importe correspondiente a la toma de muestra inopinada y análisis realizada por el laboratorio acreditado si sobrepasan los VMA.•Implementar los mecanismos o dispositivo especiales para la toma de muestra inopinada.
DERECHOS
•Solicitar directamente a cualquier laboratorio acreditado ante el INDECOPI, la toma de muestra y análisis de los parámetros de los VMA.•Presentar reclamos, si consideran que ha sido vulnerado alguno de sus derechos.•Recibir información sobre la normatividad, las modificaciones y actualizaciones respecto a los VMA.
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SUPERVISIÓN Y FISCALIZACION A
LAS EPS
Que cumplan
con efectuar el monitoreo y control de
la concentraci
ón de parámetros
de descargas
de ARND en el
alcantarillado
sanitario.
Que mantenga
actualizado el Registro
de UND, debiendo
entregar a éstos un
código de registro.
Que realice un estudio del efecto
que causan las
descargas de
parámetros que
superan los VMA a su
infraestructura y a los
procesos en las PTARs.
Que realice pruebas de
ensayo como
mínimo al 5% de los
UND.
Que solicite a los UND
la presentació
n de la Declaración
Jurada.
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ALGUNAS INFRACCIONES
Leves• Presentación extemporánea de la
documentación solicitada por la EPS, excepto para el caso de D.J. de UND.
Graves
• Exceder los VMA del Anexo 2.• No presentar los requisitos para
registrarse o presentarlos fuera de plazo• Falsedad de la D.J. del usuario• No cumplir con efectuar el pago adicional
por exceso de concentración de los VMA, por 2 periodos consecutivos o por 2 periodos no consecutivos en un periodo de 4 meses
• Retrasar y/o impedir cualquier forma de toma de muestra o toma de muestra inopinada.
Muy Graves• a) Reponer el servicio de
alcantarillado cerrado por la EPS. • b) Cometer 2 faltas graves, en un
periodo de 6 meses.
Pago adicional por exceder los VMA
Ejemplo 1: POLLERIA LAS AMERICAS
Volumen de agua potable consumido = 170 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 1.981 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad
Valores Máximos Admisibl
es
Concentración de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 163 No Supera
Demanda Química de Oxígeno
DQO mg/l 1.000 466 No Supera
Sólidos Suspendidos Totales
SST mg/l 500 186 No Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 89 No Supera
No existe Pago por
Exceso
Ejemplo 2: HOSPITAL REGIONAL MOQUEGUA
Volumen de agua potable consumido = 340 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 1.981 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad
Valores Máximos Admisibl
es
Concentración de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 590 Supera
Demanda Química de Oxígeno
DQO mg/l 1.000 1.686 Supera
Sólidos Suspendidos Totales
SST mg/l 500 674 Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 760 Supera
Pago adicional por exceder los VMA
Definición de Rangos de Parámetros
RANGOPARAMETROS
DBO5 DQO SST A-GVMA
(mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000
2.500,1 - 10.000
1.001 - 10.000 451 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000
mayor a 10.000
mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por exceder los VMA
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGOFACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACIO
N PORCENTU
AL25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por exceder los VMA
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional?
𝐹=𝐹𝐷𝐵𝑂 5+𝐹 𝐷𝑄𝑂+𝐹𝑆𝑆𝑇+𝐹 𝐴𝑦𝐺
35%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 274%
19% 20% 200%
Pago adicional por exceder los VMA
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
S/. 1.981x 274%
Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 1.981
S/. 5.428
Pago adicional por exceder los VMA
CORPLAB (AREQUIPA) ENVIROLAB (AREQUIPA)
COTIZACION DE LABORATORIOS ACREDITADOS
TOTAL = S/. 2661,01 TOTAL = S/. 3885.97
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En la Red de Alcantarillado• Colapso
Generación de gases Corrosión interna T° elevadas
• Atoros Incrustaciones Residuos Sólidos Aceites y Grasas
Afectación en la Infraestructura
30
Afectación en la Infraestructura
31
Afectación en la Infraestructura
32
Afectación en la Alcantarillado
EPS MOQUEGUA S.A.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN.
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