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Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.
Egresos por Prestación al Sistema de Salud
Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10‐2‐06G1C‐02‐0773
GB‐058
Criterios de Selección
Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.
Objetivo
Fiscalizar la gestión financiera de la operación de los servicios médicos de todos los beneficiarios de la Institución (en activo, jubilados, o cualquier otro tipo de beneficiario), verificando el cumplimiento de la normativa aplicable a la suscripción de contratos, convenios y a los procesos de adjudicación a proveedores, el pago, registro y presentación en sus Estados Financieros; evaluando la eficiencia y eficacia de los servicios, así como la satisfacción de los usuarios.
Alcance Universo Seleccionado: 80,069.6 miles de pesos Muestra Auditada: 19,649.1 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 24.5 %
De los 80,069.6 miles de pesos ejercidos por el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS), por los servicios de salud, 78,369.2 miles de pesos, el 97.9%, correspondieron a los pagos de los servicios médicos recibidos por los trabajadores activos y sus derechohabientes y a la empresa administradora de los servicios, y 1,700.4 miles de pesos, el 2.1%, fueron por reembolsos de gastos médicos a mandos superiores. La muestra revisada fue de 19,649.1 miles de pesos, el 24.5 % del total del gasto.
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EGRESOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS, EN 2010
(Miles de pesos)
Concepto Total Muestra
seleccionada
%
Cuenta Pública 80,069.6 19,649.1 24.5
Total 80,069.6 19,649.1 24.5
FUENTE: Resúmenes Banco Ejercido y Acumulado de enero a diciembre de 2010, así como los Egresos de Flujo de Efectivo de entidades de Control Presupuestario Indirecto Bancos de Fomento de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010, proporcionados por la Subdirección de Contabilidad de BANOBRAS.
Antecedentes
BANOBRAS proporciona a sus trabajadores, jubilados, pensionados y derechohabientes el servicio médico, consistente en atención médica preventiva, profiláctica, hospitalaria, médico‐quirúrgica, de enfermedades no profesionales y maternidad, accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, así como los medicamentos necesarios conforme a lo previsto en la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado “B” del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley del Seguro Social, en las Condiciones Generales de Trabajo 2009 de la institución, vigente en 2010, y en el Convenio de Subrogación de Servicios celebrado entre BANOBRAS y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del 9 de diciembre de 1998.
Resultados
1. Subrogación del Servicio Médico
A fin de verificar la congruencia entre el Convenio de Subrogación de Servicios, suscrito entre BANOBRAS y el IMSS, y el Reglamento de Servicio Médico, con objeto de que este último contengan los derechos y obligaciones de los trabajadores activos, jubilados, pensionados y derechohabientes, se revisaron el Reglamento de Servicios Médicos, las Condiciones Generales de Trabajo, así como el Convenio de Subrogación de Servicios, con los resultados siguientes:
En abril de 1986, la entonces Asociación Mexicana de Bancos (ahora Asociación de Banqueros de México, A.C.), como representante de todos sus asociados, suscribió un Convenio de Subrogación de Servicios con el IMSS.
BANOBRAS, entre otros bancos, se separó de la referida asociación, y firmó, el 9 de diciembre de 1998, un Convenio de Subrogación de Servicios con el IMSS en el cual asumió la obligación de proporcionar a sus trabajadores, jubilados, pensionados y derechohabientes las prestaciones y/o beneficios por riesgo de trabajo y enfermedad no profesional en especie (atención médico‐quirúrgica; farmacéutica; hospitalaria y rehabilitación; asistencia obstétrica para la asegurada y esposa o concubina del asegurado; ayuda en lactancia por seis meses y canastilla; aparatos de prótesis; ortesis;
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ortopedia y goce de ocho semanas posteriores a la terminación laboral) y en dinero (el pago del salario al 100% por incapacidad por un máximo de 52 semanas y de 42 días anteriores al parto y posteriores durante embarazo y puerperio para la asegurada y dos meses del salario mínimo general que rija en el D.F. por fallecimiento).
En dicho convenio se contempla la reversión de cuotas obrero patronales por parte del IMSS, ya que BANOBRAS está obligado, como patrón, a cubrir las relativas en materia de seguridad social; por ese concepto el IMSS le devuelve a BANOBRAS el 1.75 y 71.5% por concepto de Subrogación de Servicios de: ausentismo, enfermedades y maternidad, respectivamente, así como el 39.0% por riesgos de trabajo.
Además, en dicho Convenio se estipulan las cuotas que el IMSS no le devuelve a BANOBRAS por los conceptos de: pensión por invalidez y vida, cesantía y vejez y retiro.
Para verificar lo anterior, se revisaron las conciliaciones de las cuotas del IMSS de 2010 y se precisó que BANOBRAS realizó el pago de 24,286.2 miles de pesos de cuotas obrero patronales; de los cuales, 19,589.9 miles de pesos correspondieron a cuotas patronales y 4,696.3 miles de pesos de cuotas obrero, de 32 delegaciones.
Asimismo, con la revisión de los recibos de reversión de cuotas de las delegaciones del Distrito Federal, Estado de México y Veracruz, de los meses de mayo y junio de 2010, se comprobó el pago de las cuotas obrero patronales por los conceptos de ausentismo, enfermedades y maternidad y riesgos de trabajo, con la disminución del 1.75%, 71.5% y 39.0%, respectivamente, las cuales corresponden al pago de las cuotas por las prestaciones en especie y dinero establecidas en el Convenio de Subrogación de Servicios, por lo que el IMSS queda relevado de todas las obligaciones y responsabilidades relativas al otorgamiento de las prestaciones antes señaladas.
Por lo anterior, se concluye que las prestaciones contempladas en el Convenio de Subrogación celebrado entre el IMSS y BANOBRAS se encuentran estipuladas tanto en las Condiciones Generales de Trabajo como en el Reglamento de Servicio Médico de BANOBRAS, además se realiza la reversión de las cuotas por parte del IMSS en relación con los porcentajes estipulados en dicho convenio.
2. Licitación Pública para la administración del servicio médico
A fin de verificar que la administración de los servicios médicos licitados y adjudicados a las empresas Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., se realizaron en los mejores términos y condiciones en cuanto a precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con la normativa aplicable, se revisaron en la Gerencia de Adquisiciones de BANOBRAS las Bases de Licitación Pública Nacional, la Convocatoria, así como el Acta de Fallo de la Licitación.
Con su revisión, se constató que BANOBRAS, el 8 de noviembre de 2007, publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria núm. 012 relativa a la Licitación Electrónica Pública Nacional Mixta núm. 06320038‐012/2007 para la contratación de los “Servicios profesionales especializados en el ramo de la salud para la administración de los Servicios Médicos, Hospitalarios, Farmacéuticos y Complementarios, con cobertura a nivel nacional
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para atender a los trabajadores, jubilados, pensionados y sus derechohabientes”, en la que participaron las siguientes empresas: Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., Novamedic Seguros de Salud, S.A. de C.V. e ING Salud, S.A. de C.V., de las cuales, esta última manifestó mediante comunicado de fecha 22 de noviembre de 2007, que no presentaría proposiciones en la licitación, por lo que únicamente participaron las dos primeras empresas.
Asimismo, se constató que Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., celebró convenio de participación conjunta con Dimensión Salud, S.A. de C.V., el 22 de noviembre de 2007, con el fin de participar en todas y cada una de las fases de la licitación citada.
Sobre lo anterior, se comprobó que Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., fueron las que presentaron la oferta económica con el mejor beneficio neto para la institución, de acuerdo con los resultados de la evaluación de las propuestas económicas, toda vez que ésta fue solvente y cumplió con lo solicitado en las bases de licitación, como se muestra a continuación:
PRECIOS ESTIMADOS POR LOS LICITANTES PARTICIPANTES
Licitante Costo por
derechohabienteMensual
Costo de administración
Costo estimado de
servicios médicos prestados
(Pesos) (Miles de pesos)
Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V
88.00 4,565.8 73,525.7
Novamedic Seguros de Salud, S.A. de C.V.
91.00 4,721.5 75,090.6
FUENTE: Oficio núm. GPM/296/2007, de la Gerencia de Servicios Médicos. Propuesta y Evaluación Económica.
Se verificaron en el Acta de Fallo de la Licitación Pública, los resultados de las evaluaciones técnicas y económicas efectuadas por la Gerencia del Servicio Médico y con fundamento en los artículos 36 Bis y 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), la adjudicación del contrato se realizó a Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V.
Por otra parte, se comprobó que el contrato firmado con Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., para la prestación de servicios profesionales especializados en el ramo de salud para la administración de los servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y complementarios, con cobertura a nivel nacional, para atender a los trabajadores activos, jubilados y pensionados de BANOBRAS y sus dependientes, contenía los apartados establecidos en las Bases de Licitación Pública Nacional en cuanto a servicios médicos otorgados, costos, pagos, penalizaciones y vigencia.
Conforme a los términos del contrato, Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., administraron los servicios médicos hasta el 30 de noviembre de 2010, por lo que BANOBRAS, para no suspender los servicios médicos de salud realizó la Convocatoria de la Licitación Pública Nacional Mixta número 06320038‐002/2010, para la
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Contratación de los Servicios Profesionales Especializados en el Ramo de Salud, publicada el 7 de septiembre de 2010, cuyos licitantes fueron Medi Access, S.A.P.I. de C.V.; Dimensión Salud, S.A. de C.V.; Novamedic Administración Médica, S.A. de C.V.; Grupo Semedic de México, S.A. de C.V. y Axa Assistance México, S.A. de C.V.
De conformidad con lo que se estableció en la Convocatoria de la Licitación y los términos de las Bases y al artículo 36 Bis de la LAASSP, se adjudicó el contrato a la empresa Medi Access, S.A.P.I. de C.V., cuya propuesta fue solvente y del resultado de la evaluación costo‐beneficio que se hizo de la documentación presentada por los oferentes, se concluyó que fue la que ofreció el mejor beneficio a BANOBRAS en comparación con Dimensión Salud, S.A. de C.V., como se muestra a continuación:
PROVEEDORES FINALISTAS
Licitante
Costo por derechohabiente
mensual
Costo de administración
Costo estimado de
servicios médicos prestados
(Pesos) (Miles de pesos)
Medi Access, S.A.P.I. de C.V.
75.00 3,316.5 23,337.5
Dimensión Salud, S.A. de C.V.
195.00 8,622.9 24,024.6
FUENTE: Acta de Notificación de Fallo de la Licitación Pública Mixta Nacional núm. 06820038‐002/2010.
Respecto a los licitantes Novamedic Administración Médica, S.A. de C.V., Grupo Semedic de México, S.A. de C.V., y Axa Assistance México, S.A. de C.V., se constató que no cumplieron con lo solicitado en el documento 14 del capítulo VI de la Convocatoria, referente a los descuentos ofertados y el compromiso de mantenerlos, por lo que sus propuestas fueron desechadas, con fundamento en la normativa correspondiente.
Medi Access, S.A.P.I. de C.V., inició la prestación de los servicios profesionales, especializados en el ramo de la salud a partir del 1 de diciembre de 2010, como se establece en la Cláusula Quinta del Contrato de adjudicación de la referida Licitación hasta el 30 de junio de 2013.
3. Contrato por la prestación del servicio médico
A fin de verificar que las condiciones estipuladas en el contrato de prestación de servicios médicos suscrito entre BANOBRAS y Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., se cumplieron conforme a lo establecido en dicho contrato, se revisó el citado documento, y de su análisis, se observó que las coberturas estipuladas se encuentran de manera pormenorizada y, en términos generales, éstas corresponden a los servicios médicos siguientes:
Prevenimss
Consulta médica
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Hospitalización sin cirugía
Cirugía hospitalaria
Cirugía ambulatoria en hospital que no requiera hospitalización
Servicios complementarios
Servicios excluidos
De lo anterior, se concluyó que la descripción detallada de las coberturas de los servicios médicos establecidos en el contrato suscrito con Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., correspondieron a las contenidas en las Bases de la Licitación Pública relativa a este servicio.
Por otra parte, para verificar el cumplimiento del contrato, se determinó revisar las Cláusulas Tercera “Objeto del Contrato”, Octava “Vigencia del Contrato” y Décima “Revisión de los Gastos”, con los resultados siguientes:
Cláusula Tercera “Objeto del Contrato”
Manuales
Del manual que la empresa se obligó a proporcionar a BANOBRAS con la descripción de los procedimientos para llevar a cabo el registro, control y pago de los diversos servicios, se analizaron los de: "Actualización del padrón de derechohabientes"; "Control de medicamentos"; "Control y reportes de incapacidades"; "Supervisión hospitalaria, administrativa y clínica"; "Auditoría médica"; "Encuesta de satisfacción" y "Reembolso del costo del servicio", y se determinó lo siguiente:
Los procedimientos "Actualización del padrón de derechohabientes", "Control de medicamentos" y "Control y reportes de incapacidades", únicamente contienen una hoja simple con la descripción de actividades; sin embargo, el documento no contiene nombre, puesto y firma del personal que lo elaboró, revisó y autorizó. Dos de ellos no contienen la fecha de entrada en vigor y el otro tiene como fecha de elaboración el mes de septiembre de 2007, anterior a la formalización del contrato de adjudicación.
Por lo que respecta a los procedimientos de "Supervisión hospitalaria, administrativa y clínica", "Auditoría médica", "Encuesta de satisfacción” y "Reembolso del costo del servicio", se entregaron únicamente diagramas de flujo de los procesos identificando las áreas que participan en las operaciones; sin embargo, el documento no contiene nombre, puesto y firma del personal que lo elaboró, revisó y autorizó, así como la fecha de entrada en vigor.
De lo anterior, se concluye que los manuales de procedimientos que debieron entregar Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., no estaban debidamente formalizados.
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Auditoría médica de los diez derechohabientes y médicos con mayores montos de gasto efectuado y pagado en cada mes.
De conformidad con lo que establecía la Cláusula Tercera, numeral 4, apartado “Sistemas” inciso h, del Contrato de prestación de servicios, Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V. y Dimensión Salud, S.A. de C.V., se obligaban a realizar mensualmente auditoría médica a los diez derechohabientes y médicos que presentaran mayores montos de gasto y pago en cada mes, por lo que se analizó la documentación y se obtuvo lo siguiente:
Respecto a la auditoría médica a los diez derechohabientes con mayores gastos, ésta no fue obtenida por BANOBRAS, ya que no le fue proporcionada por Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., por lo que no se pudieron verificar los resultados.
De la auditoría a los diez médicos con mayores pagos, BANOBRAS sólo entregó una hoja que describía el periodo de la revisión, la entidad federativa, clave, nombre del médico y costo, por lo que era información insuficiente para realizar pruebas.
Atención médica en consulta externa y hospitalaria y estadísticas (Estrategias)
De conformidad con lo que establecía este apartado del Contrato, Dimensión Salud, S.A. de C.V., y BANOBRAS deberían presentar en forma conjunta una estrategia para optimizar la prestación del servicio, así como para contener el nivel del gasto en aquellos conceptos que presentaron mayor demanda de recursos; sobre este particular, se constató que se elaboró en forma individual, sin llegar a conciliar su información y resultados.
Información estadística
Se comprobó que los reportes estadísticos que se obligó a entregar Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., de los meses de febrero, abril y noviembre de 2010, contemplaron los servicios de: consulta de primero, segundo y tercer nivel por especialidad y diagnóstico; cirugías ambulatorias; atención de urgencias, recetas surtidas; pacientes con más de 10 recetas; 50 fármacos con mayor demanda y pacientes con más de ocho consultas, en cumplimiento de la Cláusula Tercera, apartado “Administración y Control ‐ Información Estadística”, inciso d) del Contrato; excepto por los reportes diarios de hospitalización y número de egresos hospitalarios, ya que no contienen los costos por hospitalización y el número de días de estancia en el hospital, respectivamente.
Evaluación
No se entregó la documentación soporte para identificar a los integrantes del Comité de Evaluación de la Calidad de la Atención Médica, encargada de valorar el desempeño de la red de prestadores de servicios y la administración de los mismos, conforme a la Cláusula Tercera, apartado 4 “Evaluación” del Contrato y los acuerdos mensuales que se efectuaron durante el ejercicio de 2010.
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Evaluación de satisfacción
Respecto a este apartado, BANOBRAS sólo dio datos estadísticos de las encuestas de satisfacción de los servicios, que no indicaban el número y tipo de derechohabientes encuestados, (trabajador activo, jubilado, pensionado o beneficiario), el tipo y número de preguntas aplicadas, la forma de aplicación de las mismas; además, no se especifica quién las realizó y su periodicidad.
Cláusula Octava “Vigencia del Contrato”
Mediante comunicado del 16 de julio de 2009, Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., informó que atravesaba por una crisis económica, motivo por el cual consultó a BANOBRAS si existía inconveniente legal en que las empresas que conformaban la participación conjunta, en el citado contrato, modificaran las funciones correspondientes a cada parte, incluyendo la representación común.
Con base en lo anterior, Dimensión Salud, S.A. de C.V., mediante escrito del 3 de noviembre de 2009, informó que estaba dispuesta a seguir otorgando los servicios profesionales para la administración de los servicios médicos cuya vigencia concluía el 30 de septiembre de 2010.
Adicionalmente, BANOBRAS y Dimensión Salud, S.A. de C.V., firmaron un convenio modificatorio del Contrato número DAGA/013/2008 con fecha 30 de septiembre de 2010, para una ampliación de los servicios a partir de esa fecha hasta el 30 de noviembre de 2010.
Cláusula Décima “Revisión de los Gastos”
Se revisaron los documentos "Informes de la revisión y análisis del gasto por los servicios médicos facturados de enero a diciembre de 2010", elaborados por BANOBRAS, que representaron 239,473.3 miles de pesos y para comprobar el ejercicio del gasto médico devengado reportado por Dimensión Salud, S.A. de C.V., se eligió una muestra por 101,368.0 miles de pesos, el 42.3 %, y de su análisis se obtuvo lo siguiente:
De febrero a diciembre, BANOBRAS determinó inconsistencias en 57 facturas y 565 folios (soporte documental del gasto) por un importe total de 3,244.0 miles de pesos, siendo los conceptos más recurrentes los siguientes:
Facturas sin el detalle de servicio prestado (detalle de consumo, costo de servicio).
Folios que no fueron localizados físicamente.
Facturas con cargo a servicio de ginecología, a un derechohabiente del sexo masculino.
Folios que carecían de la firma del médico.
Folios cancelados que fueron pagados.
Folios de laboratorio a derechohabientes, sin vigencia en el padrón, ordenado por un ginecólogo.
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Considerando que los informes citados describían de manera general la revisión hecha por BANOBRAS, sin contar con el soporte documental de los servicios médico revisados, se solicitaron los papeles de trabajo o expediente de la revisión para determinar el seguimiento efectuado y la evidencia de los trabajos realizados.
Al respecto, se entregó únicamente una nota que describía el "Procedimiento de la Revisión para el Control del Gasto Médico", en el que se especificaban los pasos para la realización del análisis y determinación de la muestra que se revisaría a la documentación en poder de Dimensión Salud, S.A. de C.V., que contiene la siguiente descripción:
Recibir los archivos electrónicos validados.
Realizar por muestreo la selección de los lotes que agrupan los documentos del 40.0% del gasto reportado en el archivo electrónico.
Solicitar los lotes de facturas y recibos seleccionados.
Registrar en las "hojas de trabajo electrónicas" los datos del precio y descuento del servicio aplicado.
Inspeccionar y verificar que todos los requisitos establecidos en el formato del folio o documento de cada servicio, se haya cumplido.
Anotar la observación correspondiente de cada folio y, en caso de hallar inconsistencias, obtener copia del documento que proporcione evidencia relevante.
Elaborar resumen de observaciones de cada tipo de servicio y el informe de la auditoría.
Asimismo, se solicitaron a BANOBRAS los expedientes de seguimiento de las acciones que efectuó de los meses de febrero, mayo y diciembre, a fin de aclarar las inconsistencias determinadas, con los resultados siguientes:
La documentación de las acciones que efectuó no estaba clasificada para facilitar su identificación.
En la documentación proporcionada, no se localizó evidencia que soportara las inconsistencias determinadas en la revisión al gasto.
Respecto a las inconsistencias determinadas de la revisión al gasto, no se localizó la evidencia de su atención y aclaración.
Respecto a este apartado, se concluye que los Informes que elaboró BANOBRAS y los expedientes de seguimiento de las inconsistencias determinadas, no sustentan ni presentan los análisis de aplicación de los procedimientos de la revisión, con el fin de constatar las acciones para aclarar o corregir las multicitadas inconsistencias.
Después de la reunión de aclaración de resultados preliminares la entidad fiscalizada, con oficio núm. SRH/19000/906/2011, informó que:
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El contrato no establece los requisitos de forma y definiciones que deben contener los manuales, por lo que proporcionaron como sustento el procedimiento para el Mantenimiento a la base de datos de derechohabientes; las política de suministro de medicamentos; una hoja con el diagrama para el otorgamiento de Incapacidad médica y una para hospitalización, así como las políticas para cada una de éstas; sin embargo, la información anexa de los procedimientos es la misma que se proporcionó durante el desarrollo de la revisión. Adicionalmente, con oficio núm. SRH/191000/940/2011 del 30 de noviembre de 2011, proporcionó escrito de Dimensión Salud, S.A. de C.V., del 18 de enero de 2008, en el que hace entrega a BANOBRAS del Manual para el registro, control y pago de los diversos servicios, sin que proporcionara evidencia documental del mismo, por lo que no se acredita la observación.
De las auditorías médicas proporcionó las relaciones de los médicos con mayor gasto de enero a diciembre, e informó que estas se utilizaban de base en la reunión mensual que se llevaba entre BANOBRAS y Dimensión Salud, S.A. de C.V., donde se revisaban estos conceptos y se tomaron entre otras las siguientes acciones: depuración de algunos médicos, hospitales (Ángeles Metropolitano y Ángeles Mocel) y cadenas de farmacias (unión coapa y COFAR), adicionalmente, indicó que por estos controles se detectó el abuso de sobremedicación de dos derechohabientes. Asimismo, con oficio núm. SRH/191000/940/2011 del 30 de noviembre de 2011, proporcionaron información estadística de los diez derechohabientes y médicos con mayor gasto, de enero a diciembre de 2010, así como minutas de trabajo de seguimiento BANOBRAS/Dimensión Salud, S.A de C.V. Del análisis a la información proporcionada, la ASF considera que parte de esta información ya se había entregado la cual no cumple con las expectativas de una auditoría a dichos conceptos, además, las minutas de trabajo no cuentan con la formalización requerida.
Con relación a las estratégias proporcionó las minutas de trabajo de seguimiento BANOBRAS/Dimensión Salud, S.A. de C.V.; un reporte de las acciones para optimizar el gasto en servicio médico en el 2010, dentro de las cuales están las de (compactar la red médica, optimizar la red de hospitales y eficientar el surtido de medicamentos en el corporativo, entre otras), así como el programa de reutilización de medicamentos, e informó que dicha estrategia fue la optimización de prestadores de médicos, farmacias, hospitales, y medicina preventiva (programa de pacientes con diabetes, tomando medidas, manejo de crónicos, revisión de enfermeras y campaña de reutilización de medicamentos). Como resultado de las decisiones de las acciones y medidas adoptadas conjuntamente se cumplió el objetivo estratégico contractual al haberse contenido el gasto sin demerito de la calidad del servicio, con lo cual se aclara dicha observación.
Por lo que se refiere a la información estadística proporcionó un CD con la información de los reportes diarios de hospitalización del año 2010, que muestra el corte diario de costos de hospitalización y los días de estancia hospitalaria correspondientes (cortes parciales). Informó que dichos reportes son herramientas de trabajo que se utilizan diariamente por el área médica de BANOBRAS para darles seguimiento a los pacientes hospitalizados; de su revisión la ASF constató que los reportes citados cuentan con los montos requeridos, por lo cual se atiende la observación.
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De la evaluación proporcionó el Acta de la Constitución del Comité de Evaluación de la Calidad de la Atención Médica para valorar el desempeño de la red de prestadores de servicios, de fecha 30 de abril de 2009, integrado tanto por personal de BANOBRAS como de Dimensión Salud, S.A. de C.V., además se observó que el comité acordó que la periocidad de las sesiones sería de manera cuatrimestral; del análisis a la información proporcionada la ASF considera que se atiende lo observado.
De la evaluación de satisfacción proporcionó información estadística de las encuestas de satisfacción, las cuales reflejan porcentajes estadísticos por índice de satisfacción de los conceptos de consulta; farmacia; laboratorio clínico; gabinete; coordinador médico y call center por delegación. De su análisis, la ASF constató que las encuestas de satisfacción no indican la fecha de aplicación y si fueron aplicadas trimestralmente como se establece en el contrato, por lo que persiste la observación.
De las revisiones al gasto proporcionó un CD con los archivos electrónicos “hojas de trabajo” de la revisión que BANOBRAS realizó mensualmente durante 2010 al gasto, así como el soporte documental de los meses de febrero, mayo y diciembre que le solicitó la ASF, e informó que por la naturaleza y dinámica de la operación del servicio médico, y el volumen de la revisión documental, se elaboran los "expedientes de papeles de trabajo", utilizando medios electrónicos, con el detalle del archivo de la muestra del gasto de cada servicio revisando el cumplimiento de la normatividad de cada folio registrado de las facturas pagadas por los servicios y el soporte documental de la misma, aclarando que propiamente el personal que revisa no es auditor.
Respecto a las inconsistencias determinadas de la revisión al gasto, la entidad fiscalizada proporcionó la integración de un expediente con la evidencia documental por los meses de febrero, mayo y diciembre con: la copia de la cédula resumen de seguimiento de atención de las observaciones, firmada por el Gerente de Servicios Médicos de BANOBRAS y del Director Ejecutivo de Dimensión Salud; copia de los correos electrónicos con que BANOBRAS comunicó a la Administradora las observaciones de la revisión documental de la muestra del gasto, por cada rubro de servicios; copia de los correos electrónicos y oficios, con los cuales la Administradora informó de la atención a las observaciones, anexando archivos, relaciones y copias de los documentos con que se evidenció dicha atención a las observaciones. Del análisis a la información proporcionada, la ASF constató que la entidad fiscalizada dio seguimiento a las inconsistencias determinadas, con lo cual se atiende la observación.
Después de la reunión de aclaración de resultados finales y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio núm. SRH/191000/972/2011, informó que:
Se proporcionó un CD con el manual correspondiente al registro, control y pago de los diversos servicios, que le proporcionó Dimensión Salud, S.A. de C.V., de su análisis se identificó que este permite conocer el funcionamiento interno, así como la descripción de tareas, ubicación, requerimientos y los puestos responsables de su ejecución.
De las auditorías médicas, se informó que personal de Dimensión Salud, S.A. de C.V., ratifica el contenido de las minutas de trabajo, mismo que se comprueba en el correo electrónico donde comunica que los informes correspondientes a minutas y acuerdos que se tomaron fueron ratificadas en su momento por el personal del Servicio Médico de BANOBRAS y
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personal médico de Dimensión Salud, S.A. de C.V., sin embargo, no fueron formalizadas en su momento.
Con relación a las encuestas de satisfacción aplicadas, se proporcionaron los resultados correspondientes a los dos primeros trimestres debido a que el contrato con la administradora concluía el 30 de septiembre de 2010, de su análisis se observó que en el primer trimestre se enfocaron al procedimiento de cirugías programadas, supervisión hospitalaria, call center y sistema de cápita arrojando como resultado un porcentaje de satisfacción entre el 87.5% y el 97.8%, y del segundo trimestre se dirigió a los servicios de consulta, farmacia, laboratorio clínico, gabinete, coordinación médica y call center arrojando un índice de satisfacción entre el 90.4% y el 96.6%, por lo que se solventa la observación.
Véase acción(es): 10‐2‐06G1C‐02‐0773‐01‐001
4. Padrón de derechohabientes del servicio médico
A fin de verificar que el padrón de trabajadores activos, jubilados, pensionados y derechohabientes que la institución tiene registrados en el servicio médico se actualiza de forma oportuna, se revisó el padrón, con los resultados siguientes:
PADRÓN DE DERECHOHABIENTES REGISTRADO POR BANOBRAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DEL 1º. DE ENERO AL 31
DE DICIEMBRE DE 2010. Derechohabientes Enero 2010 Altas Bajas Dic. 2010
Activos 868 78 17 929 Beneficiarios 1,641 62 26 1,677 Subtotal 2,509 140 43 2,606 Jubilados y pensionados 1,362 0 15 1,347 Beneficiarios 1,216 0 4 1,212 Subtotal 2,578 0 19 2,559 Derechohabientes de finados 221 0 27 194 Total 5,308 140 89 5,359
FUENTE: Padrón de trabajadores activos, jubilados, pensionados y sus beneficiarios del 2010, que proporcionó, la Subgerencia de Control de Gastos Médicos y Seguros de BANOBRAS.
Como se observa en el cuadro anterior, al inicio del ejercicio de 2010 la Gerencia de Servicios Médicos tenía registrados 5,308 derechohabientes, de los cuales, 2,509 correspondían a trabajadores activos y beneficiarios, 2,578 a jubilados, pensionados y beneficiarios y 221 a Derechohabientes de finados.
Asimismo, se observó que durante el ejercicio citado, se dio de alta a 140 trabajadores activos y sus beneficiarios, 89 fueron bajas de jubilados, pensionados y sus beneficiarios (por renuncias, liquidaciones, cese de nombramiento y conclusión de nombramiento), por lo que al cierre de ejercicio el padrón se integró por un total de 5,359 trabajadores y sus beneficiarios.
Con base en lo anterior, se llevó a cabo un cruce de información entre los servicios médicos prestados y pagados y el padrón de trabajadores activos, jubilados, pensionados y sus beneficiarios de 2010.
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De las inconsistencias localizadas y derivadas del comparativo realizado, se concluyó lo siguiente:
Dos correspondieron a esposas que recibieron servicio médico y no fueron localizadas en el padrón, e informaron que fue por divorcio y el titular las dio de baja en 2009, el servicio médico prestado fue por 0.6 miles de pesos.
Once hijos mayores de 21 años no presentaron la constancia de estudios, para poderle otorgar el servicio médico, por 4.5 miles de pesos.
Tres hijos mayores de 25 años, que no fueron localizados en el padrón, indicaron que corresponden a bajas en los meses de enero, mayo y octubre de 2009 y son facturaciones de servicios desfasados, por 3.0 miles de pesos.
Siete, identificados como madres de los titulares de 80 años, no se localizaron en el padrón, e informaron que corresponden a defunciones; sin embargo, las fechas de éstas son de los años 2007, 2008 y 2009, y aparecieron en el reporte de los servicios médicos prestados y pagados en 2010, por 2.7 miles de pesos.
Treinta fueron localizados en el reporte de servicios médicos prestados y pagados a los prestadores de servicios y no así en el padrón de derechohabientes de BANOBRAS, a lo cual informaron que de éstos, 20 corresponden a enfermeras, médicos, coordinadores y supervisores médicos de la empresa Dimensión Salud, S.A. de C.V., que laboran físicamente en las instalaciones de BANOBRAS y son por pagos de su nómina y 10 corresponden a examen médico de candidatos que no ingresaron al banco por 53.7 miles de pesos.
Y, por último, tres titulares y jubilados registrados en el reporte de los servicios médicos prestados y pagados a los prestadores de servicios de 2010, y no así en el padrón de derechohabientes de BANOBRAS, de lo cual informaron que dos de ellos son defunciones y uno por baja en 2008; sin embargo, las fechas de las defunciones son de septiembre y noviembre de 2009, y los servicios médicos prestados en 2010 fueron por 13.8 miles de pesos.
Por otra parte, para comprobar que los derechohabientes registrados en el padrón, cumplieron con los requisitos establecidos en el Reglamento de Servicio Médico (RSM) de BANOBRAS se revisaron 17 expedientes de los 78 derechohabientes activos que fueron dados de alta en el ejercicio 2010, y se comprobó lo siguiente:
13 cumplieron con lo establecido en el RSM.
4 no contaron con el documento comprobatorio de no tener derechos a prestaciones médicas otorgadas por el IMSS, el ISSSTE, así como de cualquier otra institución que les otorgue servicios de seguridad social, ya sean públicas o privadas.
Adicionalmente, se realizaron las pruebas siguientes al padrón:
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Comprobación de la dependencia económica del trabajador o jubilado y no tener derecho a prestaciones médicas otorgadas por el IMSS, el ISSSTE u otra institución de seguridad social pública o privada.
De 20 beneficiarios, 3 cumplieron con lo establecido en el artículo 12, inciso c, del RSM; 11 no cuentan con la constancia que avale que no reciben la prestación médica por alguna otra institución; 5 no cuentan con el estudio socioeconómico y documento que avale no pertenecer a otra institución con prestación médica, y 1 no comprobó la dependencia económica.
Comprobación de supervivencia en trabajadores jubilados, con un rango de 91 a 100 años de edad.
De 13 jubilados; 8 firmaron la vigencia semestral de jubilados y pensionados de enero y julio de 2010; 3 fallecieron en enero, febrero y diciembre de 2010, en consecuencia no firmaron la vigencia semestral correspondiente y 2 no presentaron firma en el segundo semestre; al respecto, se informó que cuando no acuden a firma se les paga físicamente por caja en las oficinas de BANOBRAS para obligarlos a presentarse y si continúan sin acudir, se les visita en su domicilio con apoyo del Servicio Médico, para conocer el motivo por el cual no se han presentado.
Adicionalmente, se realizaron visitas a 5 jubilados y 1 derechohabiente, con edades de 84 a 92 años, y se comprobó la supervivencia de los mismos.
Por lo anterior, se concluye que el padrón de derechohabientes del Servicio Médico no se encontraba actualizado, ya que se detectaron derechohabientes que recibieron servicio médico durante el ejercicio revisado, sin tener derecho a éste.
Después de la reunión de resultados y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio número SRH/191000/940/2011 del 30 de noviembre de 2011, indicó que:
De las dos esposas, una fue por la presentación extemporánea del acta de divorcio de fecha 3 de agosto de 2009 y la fecha de baja fue el 23 de noviembre de 2009 y el otro se debió a que se proporcionó el servicio a la hija del trabajador y no a su ex esposa misma que se constató mediante el acta de divorcio de fecha 29 de marzo de 2009, tal situación se encuentra en revisión con la Administradora de los servicios, en ambas situaciones se procederá a su recuperación, por 0.6 miles de pesos.
De los once beneficiarios mayores de 21 años, comunicó que de siete se realizarán las aclaraciones o en su caso la recuperación correspondiente por 2.5 miles de pesos; sin embargo, no se proporcionó soporte documental y de los cuatro restantes se comprobó en la constancia de estudios, que de dos, la fecha de servicios se encuentra dentro del periodo justificado, no así de los otros dos, por lo que los titulares de los Derechohabientes firmaron responsiva y, en caso de algún incumplimiento, cubrirán los servicios médicos, por 1.6 miles de pesos.
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De los tres beneficiarios mayores de 25 años, informó que realizará la aclaración o, en su defecto, a recuperar el monto total por el servicio médico otorgado por 3.0 miles de pesos; sin embargo, no se proporcionó el soporte documental de una u otra situación.
De los siete beneficiarios, se informó que de tres, una se encuentra vigente en el padrón; otra conforme al acta de defunción el servicio se otorgó de manera previa y de la última la fecha del servicio se proporcionó posterior a la fecha de defunción misma que se comprobó con el acta de defunción, por 0.2 miles de pesos, y de las cuatro restantes se indicó que se proporcionó el servicios posterior a la fecha de defunción por lo que se realizarán las aclaraciones o recuperaciones correspondientes, por 0.7 miles de pesos.
De los treinta servicios, se informó que 20 correspondieron a servicios complementarios prestados al amparo del Contrato Plurianual DAGA/013/2008, celebrado el 1° de marzo de 2008 entre BANOBRAS, Seguros de Sanatorio Durango, S.A. de C.V. y Dimensión Salud, S.A. de C.V. denominado “Contrato Abierto de Prestación de Servicios Profesionales especializados en el ramo de la salud para la administración de los servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y complementarios con cobertura a nivel nacional para poder atender a los trabajadores activos, jubilados y pensionados de BANOBRAS y sus dependientes…” y Diez casos correspondieron a exámenes médicos de aspirantes a ingresar como trabajadores del Banco, ocho de ellos no resultaron seleccionados. Los dos restantes sí ingresaron al Banco el 10 de enero de 2011, sin embargo, no se proporcionó el soporte documental.
De los tres titulares y jubilados, señaló que dos la baja fue por fallecimiento y los servicios otorgados fueron presentados a cobro al mes siguiente; sin embargo, no se proporcionó el soporte documental. Cabe señalar que el registro de las fechas del servicio son posteriores a la fechas de fallecimiento, el servicio fue por 13.2 miles de pesos y de uno se realizarán las aclaraciones o recuperaciones correspondientes, por 0.2 miles de pesos.
Por lo anterior, la ASF concluye que de los 56 servicios proporcionados a beneficiarios, se comprobó que 34 acreditaron su registro en los servicios otorgados mediante constancias de estudios, actas de defunción y el Contrato Plurianual núm. DAGA/013/2008, celebrado el 1° de marzo de 2008 entre BANOBRAS, Seguros de Sanatorio Durango, S.A. de C.V. y Dimensión Salud, S.A. de C.V., no así de 22 servicios donde se informó que de 17 se procedería a aclaraciones o su recuperación y de 5, la información proporcionada no acreditó la observación.
Con relación a los cuatro derechohabientes que no contaron con el documento que compruebe el no tener derecho a prestaciones médicas de otras instituciones, se informó que en el artículo 14 del Reglamento de Servicios Médicos, se establece la documentación que debe presentar la esposa o concubina para su registro; sin embargo, el citado reglamento no exige como requisito que los interesados entreguen documento para comprobar que la esposa o concubina no tiene derecho a prestaciones médicas otorgadas por el IMSS, el ISSSTE, así como de cualquier otra institución que les otorgue servicios de seguridad social.
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Respecto a los 11 derechohabientes que no cuentan con la constancia que avale que no reciben la prestación médica por alguna otra institución se informó que se requirió a cada derechohabiente un documento a través del cual autorizara al Banco solicitar información al Instituto relativa a si se encontraban registrados para recibir las prestaciones y servicios que otorga, toda vez que el IMSS no les proporciona ninguna constancia o bien hicieron entrega de sus solicitudes en donde el IMSS pone un sello señalando su imposibilidad de informar con fundamento en el Artículo 22 de la Ley del Seguro Social que establece “Los documentos, datos e informes que los trabajadores, patrones y demás personas proporcionen al Instituto, en cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer en forma nominativa e individual”.
De lo anterior, con el oficio GAP/191100/981/2010 del 15 de diciembre de 2010, se solicitó al Titular de la Coordinación de Afiliación del IMSS, información respecto a la derechohabiencia de 149 ascendientes, obteniendo respuesta por medio del oficio 09 52 17 9210/144, de fecha 11 de enero de 2011, en dicho documento señala en su penúltimo párrafo “no omito comentar que esta información deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 22 de la Ley del Seguro Social…” cabe señalar que en la relación de los 149 ascendientes se encontraron 10 de los 11 beneficiarios, por lo que BANOBRAS está imposibilitado material y legalmente para exigirle al IMSS y a los derechohabientes respectivos, la expedición y exhibición de dicha constancia.
Por lo que corresponde a constancias del ISSSTE, se proporcionaron las solicitudes y se comprobó con las mismas que no hay antecedentes de registro de los 11 beneficiarios.
De los cinco beneficiarios se informó que de dos se comprobó en estudio socioeconómico que resultó procedente la petición del servicio bancario y de tres se procederá a realizar dicho estudio.
Y del último comunican que el titular falleció el 6 de agosto de 2001 mismo que se comprueba en acta de defunción y conforme al artículo 93 de la Ley del Seguro Social no es procedente el requisito de acreditar la dependencia económica.
Después de la reunión de aclaración de resultados finales y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio núm. SRH/191000/972/2011, informó que:
De las dos esposas se comprobó que en una el servicio se puso a nombre de la mamá, cuando éste correspondía a la hija la cual esta dentro del padrón, y de la otra con oficio número GAP/191100/903/2011 del 5 de diciembre de 2011, se dirigió al titular para que proporcione las aclaraciones correspondientes o efectúe el pago por 0.3 miles de pesos, mismo que comprueba la recuperación del costo del servicio con el recibo para cobros diversos.
Con relación a los nueve beneficiarios mayores de 21 años que quedaron pendientes; en cuatro se comprobó con la documentación soporte que el servicio se otorgó a derechohabientes vigentes en el padrón y no a los registrados en el reporte de servicios médicos prestados, debido a errores de captura; de uno se dirigió al titular correspondiente el oficio de solicitud de aclaraciones o recuperación por 0.1 miles de pesos; de uno la
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documentación soporte se encuentra ilegible por 0.1 miles de pesos y de los tres restantes se encuentran vigentes en el padrón.
Por lo que respecta a los tres hijos mayores de 25 años, en uno se comprobó con el soporte documental que el servicio se otorgó al derechohabiente que se encuentra vigente en el padrón, y no a los registrados en el reporte de servicios médicos prestados, ésto debido a un error de captura; en otro se comprueba con el recibo para cobros diversos la recuperación del cobro del servicio, y del restante no procede el servicio ya que se autorizó un servicio por rehabilitación posterior a la fecha de baja del derechohabiente por 2.5 miles de pesos.
De los cinco beneficiarios identificados como madres de los titulares de 80 años, que no se localizaron en el padrón y que quedaron pendientes, en cuatro se comprobó con la documentación soporte que el servicio se otorgó a derechohabientes vigentes en el padrón y no a los registrados en el reporte de servicios médicos prestados, debido a errores de captura y de uno se encuentra dentro de la vigencia del padrón.
En dos servicios, se comprobó en la documentación soporte que el derechohabiente registrado se encuentra vigente en el padrón, ésto debido a un error de captura y de uno no procede debido a que en la factura se establece el periodo del servicio y éste es posterior a la fecha de baja por 0.3 miles de pesos.
Por lo anterior, la ASF concluye que de los 22 servicios proporcionados a beneficiarios, se comprobó que 12 acreditaron el servicios otorgado con la documentación soporte debido a que los nombres se encuentran registrados en el padrón de derechohabientes, tal situación se debió a un error de captura en el reporte de servicios médicos prestados; de tres mediante diversos oficios dirigidos a los titulares correspondientes se les solicitó que realicen las aclaraciones o recuperaciones debido a que sus beneficiarios ocuparon un servicio médico sin tener derecho; la documentación soporte del gasto de una persona se encuentra ilegible por 0.1 miles de pesos; de cuatro se identificó que los servicios se encuentran dentro de la vigencia y de las 2 restantes no proceden debido a que los servicios se encuentran fuera de vigencia por 2.9 miles de pesos, asimismo, proporcionaron diversos correos mediante los cuales envían el padrón actualizado a la entidad fiscalizada, sin embargo, se detectaron las situaciones anteriormente señaladas.
De los 3 beneficiarios pendientes de realizarles el estudio socioeconómico, de dos se proporcionaron los estudios socioeconómicos que resultaron procedentes, quedando pendiente uno.
Véase acción(es): 10‐2‐06G1C‐02‐0773‐01‐002
5. Presupuesto de egresos y registro contable de los pagos facturados
Con el fin de verificar que el presupuesto original autorizado, modificado y ejercido en el Capítulo 1000 “Servicios Personales”, reportado en la Cuenta Pública 2010, corresponda con el registrado en BANOBRAS, se revisó el Resumen Banco Ejercido y Acumulado de enero a diciembre de 2010, así como los Egresos de Flujo de Efectivo de Entidades de Control Presupuestario Indirecto Bancos de Fomento de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010.
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De lo anterior, se constató que en el reporte Resumen Banco Ejercido y Acumulado al 31 de diciembre de 2010, extraído del Sistema de Planeación y Control de Presupuesto (PYC), se identificó que en el Gasto Corriente – Servicios Personales se registraron 748,437.7 miles de pesos, dentro del concepto "Egresos de Flujo de Efectivo de Entidades de Control Presupuestario Indirecto – Bancos de Fomento ‐ Presupuesto Ejercido”, en el que se contempla la partida “Otras Prestaciones Sociales y Económicas”, y lo correspondiente al egreso por los servicios médicos por 80,069.6 miles de pesos, como se muestra a continuación:
PRESUPUESTO EJERCIDO EN 2010
(Miles de pesos)
Concepto de Gasto Importe
Servicios personales 748,437.5Remuneraciones al personal y erogaciones se seguridad social 523,573.4 Otras prestaciones sociales y económicas 223,967.4
Fondo de ahorro, indemnizaciones, lactancia y guardería 33,789.0
Dote matrimonial y por maternidad y celebraciones 1,652.1
Pagos por defunción y prestaciones deportivas 3,771.4
Servicios médicos 80,069.6
Compensaciones y otras prestaciones 104,685.3
Estímulos a servidores públicos de mando 896.7
Gastos de operación 384,028.6
Otros de corriente 2,196.9
Total Gasto Corriente 1,134,663.0
FUENTE: Reporte del Resumen Banco Ejercido y Acumulado del Ejercicio de 2010.
En el egreso por servicios médicos, se observó que el presupuesto original, por 76,991.5 miles de pesos, fue modificado a 82,124.8 miles de pesos, de los cuales, se ejercieron 80,069.6, y se determinó una partida pendiente de ejercer por 2,055.2 miles de pesos, como se muestra a continuación:
PRESUPUESTO ORIGINAL, MODIFICADO Y EJERCIDO DE BANOBRAS, EN 2010
Concepto Original Modificado Ejercido Variación
Programa presupuestario
Gobierno 2,537.4 2,823.0 2,086.5 736.5
Admón. pública 2,537.4 2,823.0 2,086.5
Desarrollo económico 74,454.1 79,301.8 77,983.1 1,318.7
Servicios financieros 74,454.1 79,301.8 77,983.1
Total 76,991.5 82,124.8 80,069.6 2,055.2
FUENTE: Reporte extraído del Sistema de Planeación y Control de Presupuesto (PYC) y Agrupación Funcional del
Ejercicio de 2010.
Considerando que el incremento del presupuesto original autorizado para el servicio médico corresponde a adecuaciones presupuestarias internas y no se alteró la clasificación
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programática presupuestal, no se requirió la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), sólo se informó.
Con la revisión del Estado de Resultados y los Auxiliares Contables, se constató que de los 80,069.6 miles de pesos reportados como erogados en 2010 por los servicios médicos otorgados en el año, 78,369.2 miles de pesos corresponden a Gastos por Servicios Médicos facturados por Dimensión Salud, S.A. de C.V., y 1,700.4 miles de pesos por los gastos generados por los reembolsos de mandos de niveles superiores (igualas, honorarios médicos, medicinas, hospitales y clínicas), de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Subrogación de Servicios, el Reglamento de Servicio de Salud y las Políticas de Reembolsos de Gastos Médicos autorizadas por la Gerencia de Servicios Médicos de BANOBRAS, como se muestra a continuación:
PRESUPUESTO EJERCIDO POR EL SERVICIO MÉDICO EN 2010 (Miles de pesos)
Concepto de gasto Importe
Igualas y Honorarios Médicos
1,005.0
Medicinas, Hospitales y Clínicas
695.4
Subtotal 1,700.4
1,700.4
Gastos por Servicios Médicos
78,369.2
Total
80,069.6
FUENTE: Reporte del Resumen Banco Ejercido y Acumulado y la Balanza de Comprobación, ambos del ejercicio de 2010.
Sin embargo, de la revisión del reporte de los servicios prestados y pagados a Dimensión Salud, S.A. de C.V., por BANOBRAS, el cual contiene los pagos efectuados a los proveedores de los servicios durante el ejercicio de 2010, se concluyó que se erogaron gastos por 88,577.9 miles de pesos, de donde se determinó una diferencia de 8,508.3 miles de pesos de más, con respecto a los registrados en su contabilidad y el presupuesto ejercido por 80,069.6 miles de pesos.
Al respecto, BANOBRAS informó que “...realiza un proceso de validación y actualización respecto al registro del detalle de la información que presenta la empresa Dimensión Salud, S.A. de C.V., esto es debido a factores que por su propia naturaleza, presentan ciertas limitantes en los procesos de registro por parte de la misma empresa, siendo principalmente las siguientes:
“El desfase o rezago que existe entre la fecha en que se originaron los servicios y la fecha en que son presentados a BANOBRAS, S.N.C. para su reposición”. En este caso, existen servicios que se presentan con un rezago importante de tiempo, los cuales al momento de presentarse a BANOBRAS para su pago pudo generar movimientos o variaciones de estatus del derechohabiente que tuvo el servicio (Activo/Jubilado) y cuyo pago proviene de fuentes de recursos diferentes y hasta ese momento se genera el flujo de efectivo.
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“Servicios no asignados a un derechohabiente en específico”. Se debe a servicios en donde los beneficios son comunes y que por su propia naturaleza, la administradora no los registra a un derechohabiente en específico, estos son cargados a conceptos generales: como ejemplo son los Botiquines, servicios complementarios (oxigeno), coordinación médica y exámenes médicos no asignados a un derechohabiente. Estos servicios son cargados por la administradora a la factura de activos, pero los beneficios se obtienen a nivel general (Activos y jubilados), por lo que BANOBRAS, S.N.C., realiza una redistribución homogénea de estos conceptos entre todos los derechohabientes que generaron gasto en ese periodo de esa forma los cargos que originalmente inflaban el rubro de activos, son prorrateados y distribuidos entre activos y jubilados.
"Por lo anterior y para efectos contables, estos conceptos son reasignados a nivel de derechohabiente, por lo que esto representa la diferencia entre el detalle del archivo con base en la factura proporcionada por la administradora, y el registro actualizado (contable) presentado a BANOBRAS, S.N.C."
Por otra parte, para validar el soporte documental del registro contable de los gastos erogados por los servicios médicos prestados, así como los reembolsos de mandos de niveles superiores, se solicitaron 22 pólizas por 19,649.1 miles de pesos, 24.5% del total registrado contablemente por 80,069.6 miles de pesos, con su análisis se constató lo siguiente:
En 15 pólizas por 19,473.6 miles de pesos, por los servicios prestados a los trabajadores activos y sus beneficiarios, se verificó que los importes de las facturas correspondieron con la contabilidad y el reporte de servicios prestados que fueron pagados a Dimensión Salud, S.A. de C.V.
De las 7 pólizas restantes, con 29 facturas y recibos de honorarios, por 175.5 miles de pesos, se comprobó que fueron registrados en los conceptos de "honorarios, servicios hospitalarios y laboratorio" mediante 10 facturas con autorización del 80.0%, por un total de 114.8 miles de pesos, y 19 del 100.0%, por 60.7 miles de pesos, por conceptos de "colegiaturas de educación especial, hospitalización, guardias y anticipo de hospital", respectivamente, los cuales correspondieron con los registros de la contabilidad y las Políticas de Reembolsos de Gastos Médicos a Director General, Directores y Subdirectores.
Por lo anterior, se concluye que los importes de las facturas y recibos de honorarios corresponden con los registros contables, así como con los servicios médicos prestados y pagados a la empresa Dimensión Salud, S.A. de C.V., y los reembolsos autorizados a mandos de niveles superiores.
Después de la reunión de resultados y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio número SRH/191000/940/2011 del 30 de noviembre de 2011, informó que de acuerdo a los registros contables del presupuesto ejercido, 1,700.4 miles de pesos corresponden a reembolsos médicos y 78,369.2 miles de pesos de pagos a la administradora, de los cuales 2,827. 5 miles de pesos son por la administración y 75,541.6 miles de pesos por los servicios médicos prestados y pagados, por lo que la diferencia real obedeció a 13,036.3 miles de pesos y no a 8,508.3 miles de pesos, dicha diferencia fue
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reclasificada durante la aplicación de la facturación de 2010 entre trabajadores y jubilados. Del análisis de la información proporcionada, la ASF sólo identificó 3,838.5 miles de pesos que correspondieron a servicios complementarios como es la distribución del pago de la coordinación médica, exámenes de admisión, supervisión hospitalaria, apoyo médico, botiquín y oxigeno y de los 9,197.8 miles de pesos restantes no se pudo identificar el número de titulares activos que cambiaron de status a jubilados, por lo que persiste la observación.
Después de la reunión de aclaración de resultados finales y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio núm. SRH/191000/972/2011, informó que de los 9,197.8 miles de pesos, obedeció a que 113 titulares activos cambiaron de status a jubilados, los cuales al presentarse a BANOBRAS para su pago, se generó dicho movimiento o variación, cuyo pago proviene de fuentes de recursos diferentes y hasta ese momento se genera el flujo de efectivo; con lo cual se aclaran los 13,036.3 miles de pesos observados.
6. Acreditación de los gastos médicos devengados
A fin de verificar, mediante una muestra, que los servicios médicos pagados por BANOBRAS a Dimensión Salud, S.A. de C.V., contaron con la documentación comprobatoria y justificativa, se solicitó la relación y documentación soporte de los servicios prestados y pagados a los prestadores de servicio de salud, de donde se determinó lo siguiente:
Se constató que durante el ejercicio de 2010 se erogó un total de 239,473.3 miles de pesos por la prestación de servicios, de los cuales, 88,577.9 miles de pesos (36.9%) correspondieron a trabajadores activos y sus beneficiarios, 12,099.6 miles de pesos (5.1%) a beneficiarios de trabajadores finados y 138,795.8 miles de pesos (58.0%) a trabajadores jubilados y sus beneficiarios, como se muestra a continuación:
SERVICIOS PRESTADOS A TRABAJADORES ACTIVOS, JUBILADOS Y
BENEFICIARIOS DE BANOBRAS, EN EL EJERCICIO DE 2010
(Miles de pesos)
Concepto Importe Porcentaje
Activo 30,760.1 12.8
Beneficiarios 53,947.8 22.5
Pagos por botiquín y apoyo administrativo 3,870.0 1.6
Subtotal 88,577.9 36.9
Beneficiarios de trabajadores finados 12,099.6 5.1
Subtotal 12,099.6 5.1
Jubilados 75,975.3 31.7
Beneficiarios 62,820.5 26.2
Subtotal 138, 795.8 58.0
Totales 239,473.3 100.0
FUENTE: Reporte de siniestros ocurridos y pagados durante el ejercicio de 2010.
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Se constató que Dimensión Salud, S.A. de C.V., para solicitar el pago por los servicios prestados a los derechohabientes, anexó a la factura una base de datos en Excel con todos los servicios prestados y pagados que le proporcionaba a BANOBRAS, este archivo fue el único soporte documental para la autorización de dicho pago.
Con la revisión se confirmó que todos los pagos por la prestación de servicios médicos a los trabajadores activos, jubilados y sus beneficiados de BANOBRAS fueron facturados a nombre de Dimensión Salud, S.A. de C.V., y la documentación soporte se encuentra resguardada en una bodega de esta empresa.
A efecto de comprobar que el gasto erogado, pagado y devengado correspondió con los servicios médicos facturados por Dimensión Salud, S.A. de C.V., se asistió a sus instalaciones y se determinó revisar, conforme a la información presentada en el reporte de los servicios médicos prestados y pagados a los prestadores de servicios, una muestra de 151 facturas por 2,169.4 miles de pesos, con los resultados siguientes:
De los servicios de enfermería, se solicitaron 15 facturas, así como el soporte documental con el que se acreditó el servicio al derechohabiente, y se comprobó lo siguiente:
Los soportes documentales de 14 facturas estaban firmados por el médico supervisor, excepto una de ellas.
No se proporcionó la justificación del médico tratante en 9 facturas, para el servicio de enfermería a los derechohabientes.
No se proporcionó el soporte documental de 5 facturas.
No se proporcionó 1 factura, ni el soporte documental.
De los servicios de Ginecología, se solicitaron 9 facturas y el soporte documental que acredite la prestación del servicio médico, y con su análisis, se determinó lo siguiente:
En las 9 se identificó que a personal masculino se le prescribieron medicamentos y análisis clínicos de la especialidad Ginecológica.
De los servicios de Hospitalización, se solicitaron 16 facturas con las cuales se constató lo siguiente:
Existen 4 facturas pagadas que no fueron autorizadas por BANOBRAS.
Existen 11 facturas que fueron sustituidas sin realizar la cancelación de la primera, por lo que se duplicó el pago.
Una factura no tenía el soporte documental que ampare el gasto.
No se proporcionaron 3 facturas y su soporte documental.
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De los servicios de Farmacia, se solicitaron 111 facturas con su soporte documental, y con su análisis, se determinó lo siguiente:
De todas ellas no se proporcionaron las facturas ni su soporte documental.
De lo anterior, se concluye que Dimensión Salud, S.A. de C.V., no contaba con la documentación soporte que sustente y justifique el servicio médico efectivamente devengado.
Por otra parte, se constató que para los mandos superiores, los gastos por servicios médicos se solicitan directamente en BANOBRAS, quien reembolsa el 80.0% del total de la facturación por los servicios de honorarios médicos, estudios de gabinete y laboratorio, hospitalización programada, odontología y oftalmología; sólo en el servicio de urgencias se reembolsa el 100.0%. En el caso de los medicamentos no se aplica el reembolso ya que se realizaba con los prestadores de la Red Médica, salvo en caso de urgencias.
Con el análisis, se constató que durante el ejercicio de 2010 se tenían registrados 49 servidores públicos de mandos superiores, de los cuales, sólo 36 requirieron el servicio durante dicho ejercicio; sin embargo, 5 titulares y beneficiarios erogaron 666.6 miles de pesos. De las pruebas, se analizó una muestra de 480.4 miles de pesos de reembolsos y se comprobó lo siguiente:
Los reembolsos autorizados fueron del 100.0% y 80.0%.
Todos ellos fueron autorizados mediante el formato reembolsos de gastos médicos, por el Subdirector de Recursos Humanos.
Los documentos soportes cumplían con los requisitos fiscales correspondientes.
Lo anterior cumplió con las Políticas de Reembolso de Gastos Médicos a Director General, Directores y Subdirectores, autorizadas por su Consejo Directivo, en sesión del 26 de abril de 2000.
Adicionalmente, se constató que de un total de 252,546 servicios prestados y pagados a los prestadores de servicio, 5,123, por 3,666.1 miles de pesos, excedieron el plazo de los 120 días naturales para solicitar su cobro, con desfases desde 121 hasta 736 días naturales; sin embargo, BANOBRAS pagó los servicios prestados.
En relación con la RED de prestadores de servicios registrados, consistentes en médicos de todas las especialidades, hospitales, laboratorios, gabinetes, farmacias, ambulancias y otros centros de apoyo, diagnóstico y terapéutico, que la empresa pone a disposición de BANOBRAS para administrar y garantizar la prestación de un servicio médico integral, se constató que:
De 75 hospitales que prestaron servicios en 2010, 25 proporcionaron atención médica a 166 derechohabientes de BANOBRAS que generaron un gasto por 4,989.1 miles de pesos, por los servicios de hospitalización, sin estar registrados en la RED de prestadores de servicios.
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De 232 médicos registrados, 6 prestaron el servicio a 24 derechohabientes, con gastos por 16.6 miles de pesos, sin estar registrados en la RED.
De 64 farmacias, 7 presentaron servicios a 172 derechohabientes para surtir medicamento, con un gasto por el servicio prestado por 1,273.4 miles de pesos, sin estar registrados en la RED.
De 221 laboratorios, 47 no estaban registrados en la RED y prestaron el servicio a 1,071 derechohabientes con un gasto por 4,382.2 miles de pesos.
De lo anterior, se concluye que Dimensión Salud, S.A. de C.V., no informó a BANOBRAS la inclusión o exclusión de médicos o prestadores de servicios (hospitales, farmacias, laboratorios de análisis clínicos, gabinetes radiológicos, y demás centros de apoyo).
Después de la reunión de resultados y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio número SRH/191000/940/2011 del 30 de noviembre de 2011, proporcionó información con relación a 15 facturas de servicios de enfermería; de su análisis se determinó que:
De seis facturas no se proporcionó el soporte documental correspondiente.
De nueve facturas el soporte documental no contiene la firma del médico tratante, ni la del derechohabiente.
En las 15 facturas, BANOBRAS proporcionó como autorización por parte de la gerencia de servicios médicos una bitácora del área médica; sin embargo, no corresponden a autorizaciones.
Con relación a los 9 derechohabientes de sexo masculino que se le prescribieron medicamentos y análisis clínicos de la especialidad Ginecológica, la entidad fiscalizada informó que se trató de una inconsistencia de clasificación de la especialidad del médico tratante, la doctora, es Médico General Familiar y no Ginecóloga misma que se comprueba con número de cédula profesional y atiende a los derechohabientes en el edificio Corporativo de Santa Fe, asimismo, se comprobó que los medicamentos y análisis corresponden a diagnósticos de trasplantes, antibióticos, biometría hemática completa (BH), cultivo faríngeo, cultivo nasal, eosinófilos en moco nasal, química sanguínea de 24 elementos, BH, EGO (examen general de orina), entre otros.
Con relación a las facturas de servicios de Hospitalización, la entidad fiscalizada proporcionó información a la ASF; de su análisis se determinó que:
De las 4 facturas pagadas que no fueron autorizadas por BANOBRAS, 2 cuentan con el soporte documental en blanco que contiene la leyenda “sólo para uso de folio”, sin que se haya realizado aclaración alguna por parte de BANOBRAS, quedando pendiente el soporte documental de dos.
De las 11 facturas que fueron sustituidas sin realizar la cancelación de la primera, 7 fueron por servicios otorgados y facturados en el mes de diciembre de 2009, y la
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recepción en la administradora era hasta el 30 de noviembre de ese año, por lo que el hospital se vio obligado a cambiar las facturas para su pago con fecha del nuevo ejercicio y las anteriores se anexaron como soporte y de las 4 restantes los insumos excedieron el espacio del formato, por lo que el texto se continuó en la factura pagándose el importe de la factura final, comprobándose en los servicios cobrados y pagados que no existieron pagos duplicados.
Con relación a la factura que no tenía el soporte documental que ampare el gasto, se observó que ésta contiene el soporte documental que acredita la procedencia del servicio.
De las 3 facturas que no se proporcionaron en su momento, éstas ya fueron proporcionadas y contienen el soporte documental que acredita la procedencia del servicio médico.
Con relación a las 111 facturas que no se proporcionó el soporte documental, BANOBRAS informó que el número correcto es de 95 facturas, ya que en algunos casos se identifica un error de duplicidad por el proceso del formato. De la revisión a la información proporcionada a esta ASF, de una muestra de 39 facturas revisadas, se determinó diferentes inconsistencias como son: no se encontraron folios que amparen el gasto del servicio prestado; no se acreditó que el derechohabiente que recibió el servicio médico, haya recibido el medicamento prescrito por el médico tratante y no es visible el nombre del derechohabiente, del médico y del medicamento prescrito.
En relación al plazo de los 120 días, se informó que en todos los casos los servicios fueron efectivamente prestados, es decir, devengados y pagados, resultando legalmente exigible el pago de dichos servicios, que la propia dinámica administrativa genera que en ocasiones algunos prestadores de servicios acumulan, por períodos, diversas facturas y luego las presentan conjuntamente para tramitar su cobro. Además, de no pagarles a los médicos dichas facturas, BANOBRAS incurriría en contingencia legal y además muchos de los médicos de la red, cuya conformación, cuenta con la anuencia y participación de la representación sindical de los trabajadores de BANOBRAS, podrían negarse a seguir atendiendo a los derechohabientes del Banco.
Con relación a los servicios de RED, se constató que:
De los 25 hospitales que no se encontraron dentro de la RED médica, la entidad fiscalizada proporcionó el directorio médico; de su revisión, la ASF constató que 5 fueron localizados dentro de la RED; 6 proporcionaron servicio sin estar en la RED, a lo cual indicaron que esto fue debido a necesidades del derechohabiente; 12 no fueron localizados en dicho documento, y de dos no señaló nada al respecto.
De la revisión a los 6 médicos que prestaron servicios sin estar dentro de la RED, la ASF constató que 3 no están registrados y 3 si fueron localizados dentro de la RED.
De las 7 farmacias revisadas que prestaron servicios sin estar dentro de la RED, la ASF constató que 2, corresponden a hospitales; 1 es una óptica, 1, no se localizó y 3 si se encuentran dentro de la RED.
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Con relación a los 47 laboratorios revisados, la ASF constató que 10 no están registrados dentro de la RED; 25, corresponden a hospitales y no a laboratorios como lo indican; y 12 si fueron localizados dentro de la Red.
Después de la reunión de aclaración de resultados finales y observaciones preliminares la entidad fiscalizada, con oficio núm. SRH/191000/972/2011, informó que:
En relación a las 15 facturas de servicios de enfermería; se informó que corresponden a tres derechohabientes que padecen enfermedades crónicas y que requieren servicios de enfermería en forma continua misma que se ha proporcionado justificadamente y en forma permanente, tal y como lo certifica el médico visitador domiciliario de BANOBRAS, que atiende a la población de jubilados y supervisa el servicio de enfermería domiciliara, así mismo proporcionaron documentos donde se hace constar el diagnóstico médico respectivo, por lo que no existe una prescripción específica del servicio.
Con relación a las cuatro facturas de servicios de hospitalización, dos cuentan con el soporte documental en blanco que contiene la leyenda “sólo para uso de folio”, y el soporte documental de dos, se informó que corresponden a proveedores fuera de red o cuyos servicios se utilizan en forman eventual no cuentan con recetarios por lo que para atender el procedimiento de pago se requiere que la Administradora asigne un folio el cual puede ser físico o virtual y cuyo objetivo es para el registro del servicio por lo que no viene firmado por ningún médico ni contiene los datos del mismo.
De las inconsistencias señaladas en la muestra de 39 facturas, con relación a las que no existe la acreditación de que el derechohabiente recibió el medicamento, se informó que de acuerdo al artículo 48 del Reglamento de Servicios Médicos de BANOBRAS, el paciente que no pueda acudir a surtir su receta a la farmacia podrá enviar a cualquier persona siempre y cuando ésta presente junto con la receta la credencial del derechohabiente; y de los folios que no fueron localizados y que no es visible el nombre del medicamento o firma del médico o derechohabiente, señalaron que anteriormente los formatos que prescribieron los médicos de la red constataban de un original y cuatro tantos. En algunos casos, por la letra del médico el tanto calcado llega a ser poco ilegible.
Por lo anterior, se asistió a las instalaciones de Dimensión Salud, S.A. de C.V., para verificar cada uno de los folios contra el documento original, con lo cual se comprobó que tanto el nombre del médico, derechohabiente y medicamento prescrito corresponden con los registros de los servicios otorgados y pagados, además, se proporcionaron los folios que que en su momento no fueron localizados.
Con relación a los servicios de RED, se constató que:
De los 20 hospitales que prestaron servicios fuera de la RED médica que quedaron pendientes, se informó que 14, se debió a que la razón social es diferente al nombre comercial, pero corresponden al mismo grupo, los cuales se identificaron en el directorio médico y de los seis restantes se informa de manera general que obedecen a necesidades de los derechohabientes y que no existe alta recurrencia de nuestros pacientes.
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De los tres médicos que prestaron servicios fuera de la RED médica y que quedaron pendientes de aclarar, se constató que fueron localizados dentro de la RED médica en los estados.
De las cuatro farmacias que prestaron servicios sin pertenecer a la RED médica, se informó que dos corresponden a la farmacia dentro del hospital, de uno la óptica se encuentra en red y del último se informó que debido a su ubicación en ensenada se brindó el servicio por la necesidad del derechohabiente.
De los 35 laboratorios fuera de la RED médica, se constató que 25 se encuentran en red y su razón social corresponde al mismo grupo, los cuales se identificaron en el directorio médico y de los 10 restantes, se informó en términos generales que no hay una alta recurrencia debido a que corresponden a necesidades de los pacientes.
Asimismo, en relación a la necesidades de los pacientes, informan que en casos de urgencia o de alta especialidad se apoyan en diversos prestadores especializados que cuenten con infraestructura y/o tecnologías requeridas, tal es el caso de Instituto de Neurología, Médica Sur, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros. En estos casos BANOBRAS realiza el pago correspondiente.
En el caso de las delegaciones se cuenta con pocos derechohabientes (entre 5 a 25 derechohabientes), lo que hace incosteables para los prestadores de servicios formalizar convenios para otorgar el servicio. Por otro lado, en los lugares donde no hay delegaciones estatales de banobras, se brinda el servicio a los derechohabientes, y los costos se cubren por reembolso o utilizando la red de convenios de la administradora, por lo anterior se considera solventada la observación.
7. Encuestas al servicio de salud
A fin de verificar que los servicios médicos proporcionados a los trabajadores activos, jubilados, pensionados y beneficiarios de BANOBRAS fueron otorgados a satisfacción, se solicitó a la Subdirección de Recursos Humanos que remitiera de sus trabajadores en activo y jubilados, vía correo electrónico, la información y la dirección web de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), con el fin de que se diera respuesta al cuestionario de percepción del servicio médico otorgado por esa institución en 2010.
Sin embargo, BANOBRAS proporcionó el archivo de los correos electrónicos de los trabajadores, a fin de que esta entidad de fiscalización aplicara la encuesta de satisfacción. Al respecto, la Auditoría Superior de la Federación realizó la aplicación de encuestas de satisfacción por el servicio médico recibido en 2010 a un total de 1,818 trabajadores, de los cuales, 852 fueron trabajadores activos y 966 jubilados, con lo que se comprobó lo siguiente:
Se constató que de los 1,818 trabajadores activos y jubilados, encuestados vía correo electrónico, únicamente 409, el 22.5% del total, contestaron la encuesta, de éstos, 279 fueron trabajadores activos y 130 jubilados.
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Por otra parte, del análisis de las respuestas emitidas por los 409 trabajadores se obtuvo lo siguiente:
Por lo que respecta a la atención que recibieron los trabajadores en relación con los servicios médicos proporcionados a través de la aseguradora que administraba el servicio, se constató que 300 trabajadores, el 73.3%, indicaron que el servicio fue adecuado, suficiente y oportuno y los 109 restantes, el 26.7%, señalaron que no fue adecuado como se muestra a continuación:
SERVICIO MÉDICO RECIBIDO POR LOS ENCUESTADOS DE BANOBRAS
DURANTE EL EJERCICIO DE 2010
FUENTE: Encuestas de satisfacción por el servicio médico recibido en el 2010, aplicado al personal de
BANOBRAS, por parte de la ASF.
En relación con los trabajadores que respondieron que el servicio médico era excelente y bueno, indicaron que: el servicio es bueno, pero mejoraría si se estableciera un mecanismo que suprimiera el requisito de tener un pase para consulta de médico especialista en los casos de padecimientos crónicos que requieren de atención y de control.
Además de las 409 personas encuestadas, se constató que en cuanto al servicio prestado en la atención, profesionalismo, información ofrecida, tiempo de dedicación médica, tratamiento indicado, tiempo de espera, disponibilidad y surtido de medicamentos, atención del personal de enfermería, prescripción de medicamentos, tiempo de espera en los resultados de los estudios realizados y equipamiento (sillas de ruedas, camillas, etc.) proporcionados por prestadores de servicios, los que mejor atención tuvieron fueron los servicios de: Médico especialista, Médico de primer contacto y Laboratorio y Gabinete, como se muestra a continuación:
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SERVICIO MÉDICO RECIBIDO POR LOS ENCUESTADOS DE BANOBRAS
DURANTE EL EJERCICIO DE 2010
Tipo de Servicio Calificación
Bueno Regular Malo No Contestó Total %
Médico de primer contacto 316 77.3 % 64 15.6 % 9 2.1 % 20 5.0 % 409 100.0
Médico especialista 332 81.1 % 66 16.2 % 11 2.6 % 0 0.1 % 409 100.0
Farmacias 301 73.6 % 79 19.3 % 29 7.1 % 0 0.0 % 409 100.0
Laboratorio y Gabinete 361 88.3 % 30 7.3 % 3 0.7 % 15 3.7 % 409 100.0
Urgencias 197 48.2 % 51 12.4 % 15 3.7 % 146 35.7 % 409 100.0
Hospitalización médica 248 60.6 % 40 9.8 % 6 1.5 % 115 28.1 % 409 100.0
Atención médica en las instal. 257 62.8 % 43 10.5 % 12 2.9 % 97 23.8 % 409 100.0
Reembolso de los pagos realizados 194 47.4% 125 30.6 % 89 21.8 % 1 0.2 % 409 100.0
Apoyo del coordinador médico 248 60.7 % 52 12.6 % 13 3.2 % 96 23.5 % 409 100.0
FUENTE: Encuestas de satisfacción por el servicio médico recibido en 2010, aplicado a trabajadores activos y jubilados de BANOBRAS, por parte de la ASF.
Cabe señalar que de los 109 encuestados que indicaron que los servicios no fueron los adecuados, oportunos o suficientes, se comprobó que los que tuvieron mayor problemática fueron los servicios de Farmacia, Atención y orientación de la aseguradora, Atención del médico especialista y Dental, como se muestra a continuación:
COMENTARIOS POR TIPO DE SERVICIO DURANTE 2010
Tipo de servicio Núm. de encuestados %
Atención médica de primer contacto 46 42.2Atención del médico especialista 62 56.8Farmacias 106 97.2Estudios de laboratorio y gabinete 25 22.9Hospitalización 36 33.0Dental 51 46.8Oftalmología 21 19.2Atención y orientación de la aseguradora 69 63.3Atención del personal de apoyo del Banco 35 32.1
FUENTE: Encuesta de satisfacción por servicio médico recibido en 2010, aplicada a los trabajadores activos y jubilados de BANOBRAS.
Lo anterior debido a que el suministro de medicinas es insuficiente y además es complicado obtenerlas de las farmacias de la RED; no se respetan los turnos de los pacientes con los médicos ya que el tiempo de espera es de hasta dos horas; los médicos convenidos restringen las fechas de consulta para derechohabientes de BANOBRAS; la plantilla de especialistas está muy limitada porque éstos no quieren trato con la aseguradora; es insuficiente la cobertura de hospitales; la atención vía telefónica para despejar dudas, tanto de los colaboradores del banco, como de la aseguradora, y coordinador médico regional no es buena; algunas de las farmacias de la RED informan que no tienen convenio con BANOBRAS o desconocen tenerlo; muchos de los médicos de la red desconocían que estaban dentro del padrón; los médicos que atendieron a los derechohabientes no contaban con expediente clínico y algunos médicos de la red se quejaban de que la aseguradora o
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BANOBRAS, no les pagaba oportunamente sus recibos de honorarios o les ponían pretextos para cubrirlos con oportunidad.
También, se constató que de los 409 trabajadores activos y jubilados que respondieron la encuesta, únicamente 74, el 18.0%, señalaron que sí les habían aplicado una encuesta para verificar la satisfacción de los servicios médicos de la aseguradora durante el ejercicio de 2010 y 335 el 81.9% indicaron que no se les aplicó encuesta alguna de satisfacción de los servicios médicos en ese ejercicio.
Del análisis de las encuestas, se puede concluir que de acuerdo con la percepción del personal encuestado en términos generales la prestación de servicios profesionales especializados en el ramo de salud como son de médicos, hospitales, farmacéuticos y complementarios que prestó BANOBRAS por medio de la empresa Dimensión Salud, S.A. de C. V., fueron los adecuados.
Acciones
Recomendaciones
10‐2‐06G1C‐02‐0773‐01‐001.‐ Para que el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., implemente los mecanismos de control pertinentes para que las acciones de seguimiento realizadas con motivo de las auditorías médicas a los derechohabientes y médicos con mayores gastos y pagos efectuados en cada mes queden debidamente documentadas y formalizadas, debido a que se observó que las minutas de trabajo de seguimiento realizadas entre BANOBRAS y la empresa que administraba el servicio médico para tomar acciones, no fueron formalizadas en su momento. [Resultado 3]
10‐2‐06G1C‐02‐0773‐01‐002.‐ Para que el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., implemente los mecanismos de control que considere pertinentes con el fin de que el padrón de derechohabientes se encuentre actualizado, ya que con la revisión se determinaron las inconsistencias siguientes: se proporcionó servicio médico a 15 personas, sin estar registradas en el padrón y se autorizaron servicios a dos derechohabientes que estaban dados de baja. [Resultado 4]
Resumen de Observaciones y Acciones
Se determinó(aron) 5 observación(es), de la(s) cual(es) 3 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 2 restante(s) generó(aron): 2 Recomendación(es).
Dictamen: limpio
La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.
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La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la fiscalización de la gestión financiera de la operación de los servicios médicos de todos los beneficiarios de la Institución (en activo, jubilados, o cualquier otro tipo de beneficiario); asimismo, con la normativa aplicable a la suscripción de contratos, convenios y a los procesos de adjudicación a proveedores, el pago, registro y presentación en sus Estados Financieros, así como la satisfacción de los usuarios.
Apéndices
Procedimientos de Auditoría Aplicados
1. Verificar la congruencia entre el Convenio de Subrogación de Servicios suscrito entre BANOBRAS y el IMSS, y el Reglamento de Servicio Médico, a fin de que este último contenga los derechos y obligaciones de los trabajadores activos, jubilados, pensionados y derechohabientes.
2. Verificar que los servicios médicos licitados y adjudicados a las empresas Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., se realizaron en los mejores términos y condiciones disponibles, en cuanto a precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con la normativa aplicable.
3. Verificar que las condiciones estipuladas en el contrato de prestación de servicios suscrito entre BANOBRAS y las empresas Seguros del Sanatorio Durango, S.A. de C.V., y Dimensión Salud, S.A. de C.V., se cumplieron conforme a lo establecido en dicho contrato.
4. Verificar que el padrón de trabajadores activos, jubilados, pensionados y sus beneficiarios, registrados en el servicio médico, se actualiza de forma oportuna.
5. Verificar que el presupuesto ejercido, reportado en la Cuenta Pública 2010, corresponde con los registros contables de BANOBRAS.
6. Verificar, mediante una muestra, que los servicios médicos pagados a la empresa Dimensión Salud, S.A. de C.V., cuentan con la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente y verificar que los gastos fueron efectivamente devengados.
7. Verificar, mediante la aplicación de encuestas, que los servicios médicos recibidos por los trabajadores activos, jubilados y pensionados, fueron otorgados a satisfacción.
Áreas Revisadas
La gerencia de Organización y Desarrollo de Recursos Humanos, de Administración de Personal y la de Servicios Médicos, de la Subdirección de Recursos Humanos, la Gerencia de Adquisiciones de la Subdirección de Recursos Materiales, y la Gerencia de Programación y
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Control Presupuestal y Subgerencia de Registro Contable, ambas de la Subdirección de Contabilidad, todas ellas de BANOBRAS.
Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas
Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
1. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Anexo I, numeral 7 ¿Sistemas de información y control¿ punto 7.1 ¿Gestión¿ Apartado III, del Contrato abierto de servicios profesionales especializados en el ramo de la salud para la administración de los servicios.
Anexo I, numeral 7 ¿Sistemas de información y control¿ punto 7.8 ¿Sistema para autorizar la referencia del derechohabiente¿ apartado I, del Contrato de prestación de servicios profesionales especializados en el ramo de la salud para la administración de los servicios.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Comentarios de la Entidad Fiscalizada
Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.
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