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REGIMEN DE IMPORTACIONES

Decreto 2685/99- Res. 4240/2000

Comercio I

IMPORTACIÓN

Introducción de mercancías o materias primas procedentes del exterior (RM) o mercancías que salen de una Zona Franca al TAN.

REGIMEN DE IMPORTACION

REGIMEN DE IMPORTACION

1. Libre importación2. Licencia previa Ministerio de Comercio,

Industria y Turismo3. Prohibida Importación

Ventanilla Única de Comercio Exterior

VUCE

Régimen de Libre Importación

LIBRE IMPORTACION LIBRE IMPORTACION CON REGISTRO SIN REGISTRO

LIBRE IMPORTACION

RECURSOS PESQUEROS - ICA

EQUPOS DE VIGILACIA Y SEGURIDAD PRIVADA - INDUMIL

PRENDAS PRIVATIVAS DE LA FUERZA PUBLICA

PROHIBIDA IMPORTACIÓN

• Armas químicas• Biológicas y

nucleares• Desechos tóxicos• Aldrin• Heptacloro• Clordano

LICENCIA PREVIA

Insecticidas

Plaguicida

VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR

VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO

EXTERIOR

Inicio 30 de Junio de 2005

VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO

EXTERIOR

http://www.aplicaciones-mcit.gov.co/ilervuce/mod/scorm/player.php

TRAMITE PARA HACER UNA IMPORTACIÓN

TRAMITE PARA HACER UNA IMPORTACIÓN

Estudio de mercado y de la factibilidad económica de la

importación

Trámite del Registro Sanitario,

autorización expresa o inscripción ante

alguna entidad

Trámite del Registro o Licencia de

Importación.

Pago de la importación

Se contrata una agencia que se encarga de la

inspección de la mercancía en el país exportador,

expedirá el Certificado de Inspección (Se requiere para

los "productos sensibles" determinados por el Consejo

Superior de Comercio Exterior ).

Una vez llegue al país, la compañía

transportadora elabora

Se despacha la mercancía hasta

puerto colombiano

Manifiesto de Carga para la

verificación de ésta por parte de la

Administración de Aduanas.

8. El importador, el UAPS o la Agencia de Adunas, hace los trámites para efectos de nacionalización de la mercancía, que se resumen en: Compra de los

formularios: "Declaración Andina de Valor en Aduana" y

"Declaración de Importación".

Diligenciamiento de la DAV en Aduana, si el

valor de la importación es igual o superior a US$

5.000.oo

Diligenciamiento de la Declaración de

Importación

Presentación de la Declaración de

Importación en los Bancos o entidades

financieras autorizados cancelando los tributos

aduaneros

Presentación de la Declaración de

Importación, junto con los demás documentos en el

depósito de Aduana en que se encuentre la

mercancía

El empleado del depósito o el funcionario de la Aduana que recibe la declaración captura la

información en el Sistema Informático de

la Aduana.

El inspector de la DIAN efectúa verificación

física de la mercancía y de los

documentos que sustentan la importación

El empleado del depósito o el funcionario aduanero autorizan el

retiro de la mercancía del depósito,

quedando en libre disposición del

importador.

REGIMEN IMPORTACION

GENERALIDADES MANIFIESTO DE CARGA:

a. Identificación del medio de cargab. Datos viajec. Peso y cantidad total de las unidades numero

de documentos de transported. Numero de bultose. Peso y descripción genérica de carga

consolidadaf. Si existe contenedores vacíos que se

transporten ya sea 1 o 3 se deberán informar.

ARTICULO 104. OBLIGACIONES DEL TRANSPORTADOR

LASTRE

MANIFIESTO Y

DOCUMENTOS

d) Arribar por los lugares habilitados por la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales

e) Poner a disposición de las autoridades aduaneras las

mercancías objeto de importación al TAN

f) Presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a

través de los servicios informáticos electrónicos, el aviso de

finalización de descargue

g) Presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a

través de los servicios informáticos electrónicos

h) Justificar las inconsistencias advertidas, cuando a ello hubiere

lugar

I) Expedir la planilla de envío que relacione las mercancías que

serán introducidas a un depósito o a una zona franca

j) Entregar, dentro de la oportunidad establecida en las normas aduaneras, las mercancías al Agente de Carga Internacional, al puerto, al depósito habilitado, al usuario de la zona franca, al declarante o al importador, según el caso;k) Responder porque la información que entreguen a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sobre el manifiesto de carga y documentos de transporte, corresponda al contenido de los documentos físicos;l) Informar cuando corresponda, al Agente de Carga Internacional, dentro del término que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sobre la finalización de la operación del descargue de la carga consolidada.

TERMINO DE PERMANENECIA EN UN DEPOSITORESOLUCION 4240-200

D. PUBLICO-PRIVADO

D. DE TRANSFORMACION

Y EMSAMBLE

DEPÓSITOS PRIVADOS

PARA DISTRIBUCIÓ

N INTERNACION

AL

DEPOSITOS AERONAUTICOS

1 MES 15 DIAS 1 AÑO 1 AÑO

PRORROGABLE 1 MES

CONTADOS DE FECHA DE LLEGADA

TAN TAND. ENVIOS URGENTES

D. PROVISIONES DE A BORDO PARA CONSUO Y LLEVAR

DEPÓSITOS PRIVADOS

PARA PROCESAMIE

NTO INDUSTRIAL

DEPOSITOS

FRANCO

1 MES 18 MESES

NO HAY LIMITE NO HAY LIMITETAN CONTADOS DE FECHA DE LLEGADA

DEPÓSITOS PRIVADOS PARA DISTRIBUCIÓN INTERNACIONAL:

Son aquellos lugares habilitados por la DIAN a los UAPS, para el almacenamiento, conservación, acondicionamiento, manipulación, empaque, reempaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque. Las mercancías deberán ser reembarcadas o sometidas a una modalidad de importación. De lo contrario, se considerarán abandonadas a favor de la nación.

ARTÍCULO 116

MODALIDADES DE IMPORTACIÓN

En el régimen de importación se pueden dar las siguientes modalidades:

a) Importación ordinaria; b) Importación con franquicia; c) Reimportación por perfeccionamiento pasivo; d) Reimportación en el mismo estado; e) Importación en cumplimiento de garantía; f) Importación temporal para reexportación en el mismo estado;

g) Importación temporal para perfeccionamiento activo: - Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital - Importación temporal en desarrollo de Sistemas Especiales de Importación - Exportación; - Importación temporal para procesamiento industrial; h) Importación para transformación o ensamble; i) Importación por tráfico postal y envíos urgentes; j) Entregas urgentes y, k) Viajeros.

IMPORTACIÓN ORDINARIA

Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional con el fin de permanecer en él de manera indefinida, en libre disposición, con el pago de los tributos aduaneros a que hubiere lugar y siguiendo el procedimiento establecido.

Declaración Importación ordinaria no tiene vencimiento.

Si es una mercancía usada se debe obtener autorización previa ante Mincomercio.

Vehículos, autopartes y repuestos tienen algunas restricciones políticas-Mincomercio-.

Preferencias. Debe figurar el la declaración el consignatario

del documento de transporte o el endoso y los responsable de la legislación aduanera.

DOCUMENTOS SOPORTE EN UNA IMPORTACION

1. Declaración de Importación2. Registro o Licencia3. Factura Comercial: (Decisión 571)

Quien vendeDomicilio de la personaNitNúmero TelefónicoFirmado por Quien la expideTermino de NegociaciónGastos

4. Documento de transporte5. Certificado de Origen6. Certificado de Sanidad7. Lista de empaque8. Mandato9. Declaración Andina del Valor

OTRAS MODALIDADES

IMPORTACIÓN POR FRANQUICIA

Importación que goza de beneficios totales o parciales de tributos aduaneros y con base en la cual la mercancía queda en disposición restringida (Tratado, Convenio o Ley). Documentos: Previstos Art. 121.Destinos a industria Minería: no requiere autorización aduanera. Régimen importación: licencia previa

REIMPORTACIÓN POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO

Se presenta cuando hay necesidad de exportar temporalmente bienes para reparación, transformación y elaboración, causa tributos aduaneros sobre el VA en el exterior, incluidos gastos.

Se debe presentar en la misma jurisdicción aduanera.

Documentos soporte: DEX temporal PP, facturas VA, certificado origen, Doc. Transporte, Mandato.

REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADOEn esta modalidad deberán conservarse los siguientes documentos: a) Copia de la Declaración de Exportación; b) Documento de transporte; c) Cuando se trate de una exportación definitiva, la prueba de la devolución de las sumas percibidas por concepto de incentivos a la exportación, o del pago de impuestos internos exonerados con motivo de la misma y, d) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera* o apoderado.

IMPORTACIÓN EN CUMPLIMIENTO DE GARANTÍA

En esta modalidad deberán conservarse los siguientes documentos: a) Copia de la Declaración de Exportación Definitiva o temporal para perfeccionamiento pasivo, según el caso, que contenga los datos que permitan determinar las características de la mercancía exportada, con el fin de establecer su identidad o equivalencia, según el caso, con la que se importa; b) Original de la garantía expedida por el fabricante o proveedor de la mercancía, la cual deberá encontrarse vigente en la fecha de su exportación; c) Original del documento de transporte y, d) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera* o apoderado.

IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADOART. 142. Introducción de mercancías que tienen que ser rexportadas en el mismo estado, con suspensión parcial o total de tributos, Excepto la mercancía con depreciación que por su uso tenga. Sin haber presentado modificación alguna.

De corto plazo- Art. 94 Resolución 4240/00

• 6 meses. (levante) pror. 3 meses.• No se liquidan tributos.• Constituir una garantía por el 150% de valor de tributos.

Largo plazo- Art. 98 Resolución 4240/00

• Bienes K• 5 años. • Pago de tributos semestrales.

IMPORTACIÓN TEMPORAL DE MERCANCÍAS EN ARRENDAMIENTO O LEASING

Bienes al tan para desarrollar una actividad económica, por un plazo de 6 meses y cancelan tributos proporcionalmente al tiempo autorizado. Documentos: Certificación de residencia o Visa de residente consularizada

IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE TURISTAS

Termino de 6 meses prorrogable por un periodo de una visa de turista, debe ser usado por el turista el medio de transporte.

M vehículos, motocicletas y embarcaciones: de desarrollo fronterizo serán autorizadas por el alcalde, por un termino de 5 años.

REEXPORTACION

Modalidad de exportación, que regula la salida definitiva de mercancías que estuvieron

sometidas en modalidades imp. Temporal o modalidad de

transformación o ensamble, bienes de k,

Clases :

Imp. Temporal para perfeccionamiento activo de bienes

Imp. Temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación.

Imp. Temporal para procesamiento industrial.

Importación temporal para

perfeccionamiento activo

IMP. TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO DE BIENES

Bines de k, así como sus partes, repuestos, con suspensión total de tributos , destinados a ser reexportados, después de haber sido sometidos a reparación o acomodación, en un plazo de 6 meses. Art.98 Derogado Decreto 2394/02 frente a bienes de k mas no partes y accesorios. Garantía del 100% para la nación.

Terminación del régimen

Rexportación. Aprehensión o

decomiso (Garantía) Abandono voluntario Destrucción de la

mercancía

Documentos

Documento de importación

Doc. Transporte Mandato

PLAN VALLEJO

Permite a personas naturales o jurídicas que tengan el carácter de empresarios productores, exportadores, o comercializadores, o entidades sin ánimo de lucro, importar temporalmente al territorio aduanero colombiano con exención total o parcial de derechos de aduana e impuestos; insumos, Materias Primas, bienes intermedios o Bienes de Capital y repuestos que se empleen en la producción de bienes de exportación o que se destinen a la prestación de servicios directamente vinculados a la producción o exportación de estos bienes.

Total o parcial de tributos Deben ser exportados( transformación,

elaboración, reparación)

PLAZOS

18 meses demostrar la exportación contados

(levante)

Sector agropecuario 24 y 36 meses teniendo en cuenta la vida útil de MP.

MATERIA PRIMA

Material de producto finalTela

INSUMOLos bienes que incurren en la producción bien

Maquinas, aceites de la maquina

CLASES PLAN VALLEJO

PLAN VALLEJO JUNIOR

Artículo 173 b.Segunda importación se debe traer la misma cantidad con las misma partida arancelaria, y se mide a través del valor FOB.

PLAN VALLEJO

Artículo 172.

Importación MP e insumos para un producto final

PLAN VALLEJO DE SERVICIOS

SERVICIOS DE INFORMATICA SERVICIOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO

SERVICIOS DE EMPAQUE DISTRIBUCION Y ENERGIA

COMUNICACIÓN : AUDIO TELEVISION/ RADIO

HOSPITAL TRABAJOS DE INGENIERA CIVIL

SERVICIOS DE TRANSPORTE

IMPORTACION TEMPORAL PARA PROCESAMIENTO INDUSTRIAL

SIN PAGO DE TRIBUTOS. UAPS ALTEX

M Transformación y ensamble: D.I. 15 días siguientes a la llegada de la m/cia tan.(Ordinaria O Franquicia O Exportadas o rexportadas o destruidas)

M envíos urgentes y Trafico postal. Pagan tributos de acuerdo a la partida 9803000000 Gravamen 10% e IVA 16%.

Viajeros. Menaje.

MODALIDADES

DECLARACIONES DE IMPORTACION-

VALORACION ADUANERA

Declaración

Inicial

Declaración

simplificada

Declaración

anticipada

Declaración de

legalización

Declaración de

modificación

Declaración de

corrección

DECLARACIONES DE IMPORTACION

METODO TRANSACCION

METODO M/CIA IDENTICA. Precio referencia

METODO DEDUCTIVO

METODO SIMILAR. Precio referencia

METODO DE VALOR RECONSTRUCTIVO

METODO ULTIMO RECURSO

VALORACION ADUANERA

LIQUIDACIÓN IMPUESTOS

DIAN Modalidad

-10 %

Valor

CIF

Declaración Andina de

Valor Pesos colombianos

IMPORTACION: Tendidos de Cama de fibras sintéticas o artificiales

Partida arancelaria: 6302.10.10.00 Unidad física: U unidades o artículosGravamen: 15% IVA: 16%VALOR CIF: 35000VALOR SEGURO: 10% CIFVALOR GASTOS: $ 1200 USDVALOR FLETES: $ 2000 USD

EJEMPLO

ML7859

285 1 169 23 Naviera armas s.a.

1808,33

6302.10.10.0

0 C100 X 35000 063

01 01 149 700 kg630 kgBX 12

1 U 6000

35000

6700

3500

24800 15

16

63291550 9493800

72785350 11645656

21139456

11690

21139456

IMPORTACION ORDINARIA: PAIS DE COMPRA MEXICO, PAIS DE PROCEDENCIA ESTADOS UNIDOS, PAIS DE ORIGEN CHINA

IMPORTACION ORDINARIA:PAIS DE COMPRA CANADA, PAIS DE PROCEDENCIA CROACIA, PAIS DE ORIGEN BELGICA

EJERCICIOS:

PARTIDA ARACELARIA

UNIDAD FISICA

GRAVAMEN IVA VALOR CIF

VALOR SEGURO

VALOR GASTOS

VALOR FLETES

4503.10.00.00

24000 3600 2500 3400

PARTIDA ARACELARIA

UNIDAD FISICA

GRAVAMEN IVA VALOR CIF

VALOR SEGURO

VALOR GASTOS

VALOR FLETES

6001.21.00.00

35489 4500 3200 3500

IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION AL MISMO ESTADO A LP- Articulo 98:

PAIS DE COMPRAAUSTRALIA, PAIS DE PROCEDENCIA COSTA RICA, PAIS DE ORIGEN ECUADOR, PAIS BANDERA CHIPRE

IMPORTACION ARRENDAMIENTO :PAIS DE COMPRA DINAMARCA, PAIS DE PROCEDENCIA EMIRATOS ARABES UNIDOS, PAIS DE ORIGEN MALAWI, PAIS BANDERA JAPON

Contrato por 3 años.

PARTIDA ARACELARIA

UNIDAD

FISICA

GRAVAMEN IVA VALOR CIF

VALOR SEGURO

VALOR GASTOS

VALOR FLETES

84.02.12.00.00

42134 15% cif 3400 2800

PARTIDA ARACELARIA

UNIDAD FISICA

GRAVAMEN IVA VALOR CIF

VALOR SEGURO

VALOR GASTOS

VALOR FLETES

8701.20.00.00

50000 8956 6745 5000

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