auditoria de cumplimiento en el Área ambiental en las
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AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO EN EL ÁREA AMBIENTAL EN LAS
EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN BUCARAMANGA
GLORIA INÉS GARZÓN GARCÍA
JHON JAIRO QUINTERO ARDILA
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CONTADURÍA
BUCARAMANGA
2017
2
AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO EN EL ÁREA AMBIENTAL EN LAS
EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN BUCARAMANGA
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: CONTABILIDAD, SOCIEDAD Y AMBIENTE
GLORIA INÉS GARZÓN GARCÍA
JHON JAIRO QUINTERO ARDILA
DOCENTE ASESOR
ORLANDO PEÑALOZA ORTIZ
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CONTADURÍA
BUCARAMANGA
2017
3
Nota de aceptación
_______________________________
_______________________________
_______________________________
_______________________________
_______________________________
_______________________________
_______________________________
Firma del presidente del jurado
_______________________________
Firma del jurado
_______________________________
Firma del jurado
Bucaramanga, 12 de junio de 2017
4
CONTENIDO
pág.
INTRODUCCIÓN .................................................................................................... 9
1. AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO EN EL ÁREA AMBIENTAL EN LAS
EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN BUCARAMANGA ...... 10
1.1 DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO EN EL QUE SE ENMARCA EL TEMA ..... 10
1.2 SITUACIÓN PROBLEMA A ANALIZAR .......................................................... 10
1.3 DELIMITACIÓN DE SU ÁMBITO Y DIMENSIONES....................................... 12
1.4 OBJETIVOS .................................................................................................... 12
1.4.1 Objetivo General .......................................................................................... 12
1.5 PREGUNTAS ORIENTADORAS DE REFLEXIÓN. ........................................ 13
1.6 JUSTIFICACIÓN ............................................................................................. 13
1.7 MARCO DE REFERENCIA ............................................................................. 17
1.7.1 Estado del arte ............................................................................................. 18
1.7.2 Marco histórico ............................................................................................. 18
1.7.3 Breve reseña histórica del tema medioambiental y el concepto de
desarrollo sustentable y responsabilidad social empresaria ................................. 19
1.7.4 Marco teórico ............................................................................................... 24
1.7.5 Marco legal .................................................................................................. 26
1.7.6 Marco conceptual ......................................................................................... 30
1.8 MÉTODO O PROCEDIMIENTO EMPLEADO ................................................ 33
1.8.1 Hipótesis ...................................................................................................... 34
1.8.2 Tipo de investigación ................................................................................... 34
1.9 PROCESO METODOLÓGICO ....................................................................... 34
5
2. CARACTERIZACIÓN DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EN SANTANDER
PARA EL CONTROL DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (EDIFICACIONES).................................................................. 37
2.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS NORMAS ................................. 38
2.2 LA FAMILIA ISO 14000................................................................................... 39
2.3 ORGANIZACIONES........................................................................................ 45
3. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LAS EMPRESAS
DE CONSTRUCCIÓN (EDIFICACIONES) EN BUCARAMANGA
RELACIONADAS CON LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. .............................. 71
4. PROBLEMÁTICA E IMPACTO AMBIENTAL PRESENTE EN LA
COMUNIDAD CON LOS PROCESOS INDUSTRIALES DEL SECTOR
CONSTRUCCIÓN (EDIFICACIONES) DE BUCARAMANGA ............................... 75
5. CONCLUSIONES ............................................................................................. 85
6. RECOMENDACIONES ..................................................................................... 86
ANEXOS ............................................................................................................... 92
6
LISTA DE TABLAS
pág.
Tabla 1. Normas ISO ............................................................................................. 40
Tabla 2. Contravenciones Año 2015 ...................................................................... 79
Tabla 3. Sancionatorio Vertimientos Año 2015 Por La CDMB ............................... 83
Tabla 4. Sancionatorio Vertimientos Año 2015 Por La CDMB ............................... 84
7
LISTA DE GRÁFICOS
pág.
Grafico 1. Valla informativa y cerramiento. ............................................................ 72
Grafico 2. Sendero peatonal debidamente demarcado, falta señalización de
desvió..................................................................................................................... 72
Grafico 3. Inadecuado bloqueo y protección de individuo arbóreo. ....................... 73
Grafico 4. Incorrecto acopio de materiales, sobre capa vegetal. ........................... 73
Grafico 5. Manejo adecuado de individuos arbóreos. ............................................ 73
Grafico 6. Equipo con derrames de lubricantes. (Deficiente mantenimiento)......... 74
Grafico 7. Deficiente drenaje y presencia de residuos peligrosos. ......................... 74
8
LISTA DE ANEXOS
pág.
Anexo A. FORMULARIO TRAMITE LICENCIA AMBIENTAL ................................ 92
Anexo B. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO .................................................. 93
9
INTRODUCCIÓN
En el presente estudio sistemático de literatura, se da a conocer el tema de la
auditoría de cumplimiento en el área ambiental, su importancia en el contexto
empresarial en el Sector Construcción en Bucaramanga, su cumplimiento con la
normativa ambiental establecida para su desempeño y cooperando a la
conservación del medio ambiente.
Las empresas modernas tienen conocimientos limitados acerca de los efectos de
sus actividades y productos sobre el medio ambiente, causando pérdidas
importantes y creando un impacto ambiental en el entorno afectando la calidad de
vida y creando efectos nocivos para el ecosistema, es por esto la importancia y la
necesidad que estas empresas asuman variables ambientales en sus actividades
y procedimientos de esta manera concientizándose en una cultura más ciudadana,
responsable y ambientalista.
Por esta razón el presente estudio quiere dar a conocer la importancia que tiene la
auditoria de cumplimiento en el área ambiental en las empresas de construcción
de Bucaramanga; hoy día que la contaminación supera la razón de tomar
conciencia que nuestro medio ambiente está desapareciendo cada días más
haciendo imposible tomar aire puro cada mañana; es por esto que la auditoría de
cumplimiento en el área ambiental es una herramienta de planificación, control y
gestión fundamental cuantificando las operaciones industriales, de esta manera
determinando si los efectos de contaminación que producen ciertas empresas del
Sector Construcción en Bucaramanga están dentro del marco legal ambiental.
10
1. AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO EN EL ÁREA AMBIENTAL EN LAS
EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN BUCARAMANGA
1.1 DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO EN EL QUE SE ENMARCA EL TEMA
Globalmente el medio ambiente se ha convertido en una de las prioridades debido
al aumento en el deterioro de la naturaleza. Desde allí la auditoría ambiental juega
un papel importante dentro de las organizaciones y en especial en las empresas
del sector de la construcción, siendo ésta un instrumento para la prevención y
cumplimiento en la contaminación del medio ambiente.
Por esta razón es importante y relevante hacer una revisión de las normas
Ambientales y Sanitarias, que actualmente están vigentes en el país, así como la
de los diferentes entes que ayudan en la prevención y control de daños
ambientales; se va a analizar si esta normatividad se está cumpliendo en los
procesos industriales de las organizaciones, minimizando los riesgos de
contaminación en el medio ambiente y la comunidad.
1.2 SITUACIÓN PROBLEMA A ANALIZAR
La contaminación en el mundo es una de las problemáticas más preocupantes en
este tiempo, el aire, el agua y la tierra se han visto afectados con el crecimiento
económico de las grandes ciudades, por el surgimiento de las nuevas empresas
industriales, las cuales anteponen el beneficio económico y restan importancia al
daño ambiental que causan.
La industria de la construcción es una de las actividades más contaminante, estas
empresas dispersan sustancias tóxicas y radioactivas en el medio ambiente, en
términos estadísticos, se puede decir que el sector de la Construcción es
responsable del 50% de los recursos naturales empleados, del 40% de la energía
11
consumida (incluyendo la energía en uso) y del 50% del total de los residuos
generados según Francisco J. Arenas Cabello Doctor en Derecho y Arquitecto
Técnico, Profesor de Derecho Administrativo de la UNED; los materiales de
construcción inciden en el medio ambiente a lo largo de su ciclo de vida, desde su
primera fase; esto es, desde la extracción y procesado de materias primas, hasta
el final de su vida útil; es decir, hasta su tratamiento como residuo; pasando por
las fases de producción o fabricación del material y por la del empleo o uso
racional de estos materiales en la Edificación.
La ciudad de Bucaramanga conocida como La Ciudad Bonita, afronta una
situación de congestión, polución, contaminación y cambios ambientales en su
entorno; esto en gran parte debido a los ambiciosos proyectos de diferentes
constructoras, acabando con los pocos árboles y la vegetación que tenemos en
nuestro ecosistema.
Quedando de esta manera una ciudad atrapada en su propio espacio, sin
pulmones que le permitan respirar y con antecedentes nocivos para la salud de
sus habitantes que día a día afectan la calidad de vida.
La industria de la Construcción es responsable del empleo del más del 50% de los
recursos naturales, el agotamiento de los propios recursos naturales y la pérdida
de la calidad del medio ambiente origina que la contaminación del medio ambiente
no solo afecte la vida humana, si no también influye en los cambios climáticos
que se están experimentado en este tiempo, los gases de pequeñas y grandes
empresas industriales y la cantidad de productos químicos que estas lanzan al
aire sin que sea percibido por el hombre, están afectando cada ves de forma más
fuerte la salud humana.(http://huespedes.cica.es/gimadus/17/03_materiales.html)
Están las empresas de construcción de Bucaramanga cumpliendo con la normas
de contaminación del medio ambiente?
12
1.3 DELIMITACIÓN DE SU ÁMBITO Y DIMENSIONES
El presente trabajo se enfoca a la auditoría de cumplimiento en el área ambiental
desde su gestión y control en la normativa vigente, sus políticas ambientales, las
prácticas y variables medioambientales para el cuidado, preservación y un mejor
aprovechamiento del medio ambiente y sus recursos naturales en el sector de la
construcción en Bucaramanga.
Esta temática medioambiental, hoy día es importante y fundamental en las
empresas de construcción, como estás empresas llevan a cabo el cumplimiento y
la gestión de la Normativa Ambiental vigente en Colombia; desde su estructura
empresarial, su ámbito administrativo y operacional; llegando hasta el entorno
personal en la organización y la comunidad.
1.4 OBJETIVOS
1.4.1 Objetivo General. Revisar el cumplimiento en el área ambiental en las
empresas del Sector de la Construcción en Bucaramanga.
1.4.2 Objetivos Específicos
Caracterizar la normativa ambiental vigente en Colombia para el control de
las empresas del Sector de la Construcción.
Identificar las actividades propias de las empresas de construcción en
Bucaramanga relacionadas con la contaminación ambiental.
Estimar las problemáticas y el impacto ambiental que actualmente presenta la
comunidad con los procesos de construcción.
13
1.5 PREGUNTAS ORIENTADORAS DE REFLEXIÓN.
¿Cómo se pueden desarrollar capacidades, habilidades y conocimientos para
realizar auditorías ambientales exitosas?
¿Qué necesita saber una empresa del sector de la construcción para hacer su
primera auditoría ambiental?
¿Cuándo y porqué son apropiadas las auditorías ambientales empresariales?
¿Cuáles son algunos obstáculos típicos que enfrentan las auditorías
ambientales y cómo pueden manejarse?
¿Qué acciones, actividades o prácticas ambientales deben auditarse y qué
enfoque se utilizaría?
¿Cómo están incorporadas las auditorías ambientales a su trabajo?
¿Por medio de que técnicas se aumentaría el impacto de las auditorías
ambientales?
1.6 JUSTIFICACIÓN
Las empresas de hoy, son más competitivas en su entorno social y económico
debido a la globalización y cambios constantes en el mercado; basándose en
nuevos enfoques administrativos, actualizaciones en la gestión de servicios,
avanzando tecnológicamente en sus procesos para satisfacer las necesidades de
una sociedad, por lo cual se han visto en la tarea de incrementar sus
procedimientos, acciones y productos, afectando el medio ambiente a través de
sus actividades.
En la actualidad, está estimada una huella ecológica media por habitante de 2,8
hectáreas, lo cual supera por mucho la superficie ecológicamente productiva o
biocapacidad de la Tierra, que alcanza a ser de 1,7 hectáreas por habitante,
incluyendo los ecosistemas marinos (Vilches, A. et al, 2009). De manera que, a
nivel global, el consumo de recursos y la generación de residuos están por encima
de lo que el planeta puede generar y admitir.
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Este modelo de crecimiento abre serios interrogantes sobre las condiciones de
vida de las futuras generaciones. La industria de la construcción, actividad de vital
importancia para el desarrollo económico y social de cualquier región, se enmarca
dentro de ese modelo de crecimiento.
A pesar de su importancia para el crecimiento, la práctica constructiva es, además,
uno de los principales actores en el proceso de modificación del planeta y de
contaminación, pues es un gran consumidor de recursos y generador de
desechos. El 40% de las materias primas en el mundo, que equivalen a 3000
millones de toneladas por año, son destinadas para la construcción. Esto mismo
sucede con el 17% del agua potable (WorldGBC, 2008), el 10% de la tierra
(UNEP- SBCI, 2006) y el 25% de la madera cultivada (WorldGBC, 2008), valor que
asciende al 70% si se considera el total de los recursos madereros (Edwards,
2001). El sector constructor es también el responsable de más de un tercio del
consumo de energía en el mundo, en su mayoría durante el tiempo de habitación y
uso del inmueble. Un 20% de la energía es consumida durante el proceso de
construcción, elaboración de materiales y demolición de las obras de construcción
(UNEP- SBCI, 2009).
La generación de residuos sólidos y de agentes contaminantes es también un
grave problema ambiental asociado al sector de la construcción, que es el
principal generador de los gases de efecto invernadero en muchos países.
Estas emisiones alcanzaban 8.6 billones de toneladas métricas en el 2004, según
el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático, cifra que podría alcanzar
los 15.6 billones de toneladas métricas para el 2030, en caso de continuar
construyendo de la manera actual (UNEP, 2009).
Sólo en el caso del CO2 , las edificaciones producen el 33% de las emisiones de
este gas (WorldGBC, 2008), que son, en la actualidad, motivo de numerosos
15
proyectos de investigación. Asimismo, la construcción es responsable de la
generación del 30% de los residuos sólidos mundiales, demostrando la necesidad
de generar métodos y aplicar prácticas que reduzcan la cantidad de residuos en
vista del agotamiento del espacio para su adecuada disposición (UNEP- SBCI,
2006). Esta problemática se traduce en costos a causa de la degradación
ambiental que, para Colombia, supera el 3.7% del PIB por año (Sánchez, 2007),
por el aumento en la frecuencia de desastres naturales y la degradación de los
suelos por la modificación del entorno, y el deterioro de la salud por contaminación
del aire y del agua, en las zonas urbanas, donde ya habita más del 50% de la
población mundial (UNFPA, 2007).
Las reacciones desde las esferas pública y privada no han sido indiferentes a esta
realidad, lo que ha llevado a la creación de normatividades específicas para el
manejo ambiental en la construcción que, junto con las iniciativas impulsadas
desde las empresas, buscan lograr un equilibrio entre políticas públicas, iniciativas
gubernamentales, implementación de tecnologías nuevas más eficientes, y un
cambio en la mentalidad de los constructores y compradores, con el fin de ayudar
a la reducción de las emisiones y de la generación de residuos asociados a la
práctica constructiva.
El poner en marcha prácticas propias de la construcción sostenible puede generar
una reducción del 35% en las emisiones de CO 2 , un ahorro en el consumo de
agua y energía del 30 al 50%, y una disminución de los costos por disposición de
residuos sólidos de hasta el 90% (WorldGBC, 2008).
La gran contaminación que hay en el medio ambiente, en el agua, la atmósfera, el
deterioro de las zonas verdes, la reducción de ríos; producto de las actividades
que se realizan en las empresas del sector de la construcción en el desarrollo de
sus operaciones (obras civiles), hace que cada día sea más difícil respirar aire
16
puro, por eso es indispensable la concientización, un SGA (Sistema de Gestión
Ambiental) y el cumplimiento de las normas ambientales en este tipo de empresas.
La ciudad de Bucaramanga cuenta con 39 empresas prestigiosas dedicadas al
sector construcción (Finca raíz, s.f) y desafortunadamente los organismos
encargados de regular, controlar y hacer cumplir la normativa ambiental en el país
(Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) como la (Corporación Autónoma
Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga C.D.M.B); aun presentan
demasiadas falencias en sus procesos sancionatorios como en el cumplimiento de
las normas y sanciones impuestas a estas empresas del sector construcción.
Son pocas las empresas que toman conciencia de la importancia de preservar y
conservar el medio ambiente y esto se hace desde la gestión empresarial, es
donde se deben tomar las medidas adecuadas que contribuyan no sólo al logro de
un beneficio para la empresa sino que se busque una reducción de costos y la
optimización de los insumos, que se vea reflejado en la sostenibilidad de los
recursos naturales y el medio ambiente.
Es fundamental contar con la colaboración del conjunto de agentes que
intervienen en las diferentes etapas del ciclo de vida de una obra de construcción
(desde la extracción de las materias primas, hasta la demolición de un edificio
etc.). Si cada uno de ellos asume la responsabilidad que le corresponde, será
posible aplicar estrategias para la prevención y la minimización del impacto
ambiental. En cualquier caso, debemos tener presente que el aprovechamiento de
un determinado recurso natural no debe afectar al equilibrio ecológico que lo
sostiene y que es responsable de su existencia; según el metaportal de
arquitectura, ingeniería y construcción en España CONSTRUMÁTICA.
(Construmatica, s.f)
17
Es importante que el Sector de la Construcción y en general toda empresa tengan
conocimiento sobre la implementación de buenas prácticas ambientales, políticas
medioambientales para dar una mejor conservación de los recursos naturales,
minimizando los daños que a lo largo de décadas se le ha causado al planeta, y
somos nosotros quienes venimos sufriendo las consecuencias. El aire, las plantas,
los animales, y sobre todo el agua, son los principales elementos dañados del
entorno, y todos ellos complementan nuestras vidas como seres humanos, de ahí
la importancia de la auditoría ambiental en el sector empresarial como ente de
control para la conservación del medio ambiente.
El análisis de la auditoría ambiental es importante iniciar a fomentarlo en la
universidad, como un curso significativo en la facultad de Contaduría Pública,
debido a que es en la universidad donde nos formamos como personas integras,
profesionales proyectados, a brindar un bien común a una sociedad y por
consiguiente al entorno que nos rodea.
1.7 MARCO DE REFERENCIA
La auditoría de cumplimiento en el área ambiental es un procedimiento
metodológico que involucra análisis, pruebas, confirmación de procedimientos y
prácticas de seguimiento que llevan a determinar la situación ambiental en que se
encuentra un proyecto, obra o actividad y a la verificación del grado de
cumplimiento de la normatividad ambiental vigente. Las auditorías pueden
aplicarse en diferentes etapas de un proyecto, obra, o actividad con el objeto de
definir su línea base o estado cero, durante su operación y al final de la vida útil. El
informe emergente de la auditoría ambiental (AA) se constituye en instrumento
para el mejoramiento de la gestión ambiental. (NMAyA, s.f)
18
1.7.1 Estado del arte.
En la universidad de la Salle se desarrolló un proyecto titulado desarrollo de
una auditoría ambiental para la operación de los campos petroleros de Omimex de
Colombia Ltda, por Andrés Camilo Cárdenas Rojas y Adriana María Chisacá
Hurtado con el fin de revisar el estado de cumplimiento de los planes de manejo
ambiental y de la legislación ambiental vigente; surgió la necesidad desarrollar una
auditoría ambiental para la operación de los Campos Petroleros operados por
OMIMEX DE COLOMBIA LTDA, en Boyacá y Antioquia y de esta manera evaluar
el cumplimiento y efectividad de las acciones de manejo ambiental, las variaciones
en el estado de calidad del medio ambiente y el nivel de uso y/o aprovechamiento
de los recursos naturales. (Chisacá, 2006).
En Bogotá D. C, Colombia, el biólogo marino Gerardo Viña Vizcaíno presentó
un informe acerca de las bases conceptuales de auditoría ambiental como un
instrumento de prevención de la contaminación, siendo la auditoria base de
manejo para la revisión del manejo ambiental empresarial. (Vizcaíno, 2003).
En la Universidad Nacional de la Plata Argentina, el ingeniero Marcelo Gaviño
en el año 1999 entrega una cátedra ecológica con amplios conceptos, objetivos
antecedentes y experiencias internacionales respecto a la auditoría ambiental,
sus etapas y los alcances que ayudan a entender cómo se constituye una
auditoría ambiental. (Gaviño, 1999).
1.7.2 Marco histórico. Durante los años 80 comenzó a cobrar relevancia el tema
de la responsabilidad social empresarial y la contabilidad social y ambiental. Dada
la variedad de sistemas de gestión ambiental existentes, y los diferentes modelos,
sumados a aquellos casos en que se utilizaba más que como herramienta de
gestión integral como herramienta publicitaria, surgió la necesidad de que un
19
tercero, ajeno, pudiera avalarlos y así empezaba a manifestarse la necesidad de
contar con “auditorías ambientales”, como respuesta, en 1996 se emiten las
primeras normas de la serie ISO 14000.
En estas normas, se contempla a la auditoria como una herramienta usada
principalmente para verificar si la política ambiental de la organización viene
siendo cumplida e implementada satisfactoriamente.
La ISO desarrolla normas de carácter voluntario, son instrumentos legales que no
fuerzan su adopción, recibiendo para eso, recomendaciones de los gobiernos, de
los sectores productivos y cualquier otro sector que esté interesado en la
formulación de alguna norma.
Son normas dirigidas al mercado internacional y se desarrollan por consenso entre
especialistas de los sectores que expresaron la necesidad de una norma en
particular.
La serie 14000, se enfoca en todo lo referente a “sistemas de gestión ambiental” y
su importancia radica en que si la empresa cumple todos los puntos emitidos en
dichas normas, puede lograr una certificación internacional que lo avale.
1.7.3 Breve reseña histórica del tema medioambiental y el concepto de
desarrollo sustentable y responsabilidad social empresaria. En los últimos
años, la protección de la salud de los humanos y la responsabilidad ambiental, han
sido preocupaciones prioritarias para las naciones industrializadas en el mundo.
En el plano empresarial y económico, se han desarrollado numerosas
conferencias sobre temas medioambientales destacando su importancia, entre
ellas se pueden mencionar:
20
Conferencia Mundial sobre el Manejo del Medio Ambiente, Paris, 1984, 1989.
Declaración Ministerial de la Comisión Económica para Europa de las
Naciones Unidas (Bergen 1990).
Entre las conferencias más importantes se pueden destacar:
En 1972, la primera conferencia de las Naciones Unidas (ONU), sobre el
Medio Ambiente Humano celebrada en Estocolmo, Suecia. Ésta conferencia fue la
primera iniciativa hacia el control ambiental global y en ella se establecieron una
serie de principios guía, para inspirar y guiar a los pueblos del mundo en la
conservación y fortalecimiento del entorno humano.
En 1987, la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y del Desarrollo, se
destacó la importancia de la protección del medio ambiente para el logro del
"desarrollo sostenible”.
Finalmente, la conferencia con mayor número de países participantes de Las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, es la realizada en 1992,
en Río de Janeiro, Brasil ("Cumbre para la Tierra"). El concepto central de la
conferencia fue el "Desarrollo Sustentable", definiendo al mismo como “Un
desarrollo que responda a las necesidades del presente al ritmo de la renovación
de los recursos (naturales), es decir, que no comprometa al de las generaciones
futuras"; asimismo se fue desarrollando el concepto de Responsabilidad Social
Empresarial.
De acuerdo con el World Business Counsil for Sustainable Development, la RSE
es el compromiso continuo de la empresa de contribuir al desarrollo económico
sostenible, mejorando la calidad de vida de sus empleados y sus familias, así
como la de la comunidad local y de la sociedad en general.
21
Se puede afirmar además que:
La RSE es un modo de hacer bien las cosas (“doing well by doing good”), y
esto refuerza el valor de marca del producto y la reputación de la entidad.
La Responsabilidad Social Empresarial (RSE), es una perspectiva sobre la
empresa que concibe el respeto a los valores éticos, a las personas, a las
comunidades y al medio ambiente, como elementos de una estrategia integral que
incrementa el valor añadido y, por lo tanto, mejora la situación competitiva de la
empresa. La RSE se trata así, de un conjunto comprensivo de políticas, prácticas
y programas, que se incorporan a todas las operaciones y procesos de toma de
decisión empresariales”.
Normas ISO 14000: la Organización Internacional para la Estandarización
(ISO), es un organismo con sede en Ginebra, que nace luego de la segunda
guerra mundial y constituida por más de 100 agrupaciones o países miembros. Su
función principal es la de buscar la estandarización de normas de productos y
seguridad para las empresas u organizaciones a nivel internacional.
Las normas desarrolladas por ISO son voluntarias, comprendiendo que ISO es
un organismo no gubernamental y no depende de ningún otro organismo
internacional, por lo tanto, no tiene autoridad para imponer sus normas a ningún
país.
La Organización Internacional para la Estandarización (ISO), fue invitada a
participar a la Cumbre para la Tierra, organizada por la Conferencia sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo en junio de 1992 en Río de Janeiro -Brasil. Ante tal
acontecimiento, ISO se compromete a crear normas ambientales internacionales,
después denominadas, ISO 14000.
22
Se debe tener presente que las normas estipuladas por ISO 14000, no fijan
metas ambientales para la prevención de la contaminación, ni tampoco se
involucran en el desempeño ambiental a nivel mundial, sino que, establecen
herramientas y sistemas enfocadas a los procesos de producción al interior de una
empresa u organización, y de los efectos o externalidades que de estos deriven al
medio ambiente. (Padin, s.f)
Las actividades orientadas a preservar el medio ambiente siempre se han dado;
sin embargo, los primeros y fundamentales actos destinados a la conservación del
medio ambiente surgen en 1972, año en el que se realizó en Estocolmo la
Conferencia Mundial sobre el Medio Humano de las Naciones Unidas. A partir de
este evento los temas medio ambientales calan en la conciencia del mundo y
adquieren una importancia notable.
Posteriormente y luego de transcurridos veinte años, en junio de 1992, las
Naciones Unidas celebran en Río de Janeiro (Brasil), la Conferencia sobre el
Medio Ambiente y Desarrollo, evento al que se le denominó "La cumbre de la
tierra" y en la que se aprobó una declaración sobre los derechos y
responsabilidades de los países con relación al medio ambiente. Esta declaración
contiene dos aspectos fundamentales: el permanente deterioro del medio
ambiente y su capacidad para sostener a la vida, y la necesidad de implantar
políticas a fin que el progreso económico deba realizarse coordinadamente con
acciones de protección del medio ambiente. (Flores, 2000).
En el ámbito del Mercado Único Europeo, a partir del 1° de enero de 1993, se
vieron favorecidas aquellas industrias que adoptaron en sus procesos productivos
medidas de protección al ambiente. Como una consecuencia de esta política de
fabricación-comercialización ha surgido el eco productos; es decir, productos que
desde su proceso de producción hasta su eliminación final, no son "agresivos" al
ambiente. Es decir, la protección del ambiente ha sido rápidamente incorporada
23
por el empresariado europeo como un nuevo e importantísimo factor de marketing
comercial.
Este nuevo enfoque dado a la política ambiental, se ha convertido en una política
de tipo integradora de las demás políticas sectoriales, es decir la económica,
industrial, agrícola y de servicios.
La protección del ambiente, forma parte de la economía de mercado como un
elemento producto más, convirtiéndose en un bien añadido a considerar. Éste
cambio de enfoque estratégico de los mercados, principalmente europeos y
norteamericanos, posibilita la adecuación de los mismos al denominado
"desarrollo sostenido", es decir, hacer compatible la utilización de los recursos
naturales, el progreso, el desarrollo económico y la protección del ambiente.
A nivel europeo las empresas que lideran en cuanto a la inversión destinada a la
protección del ambiente, son las pertenecientes al sector químico, con
aproximadamente un 40% del total de la inversión.
Del total de esta inversión, el 50-60% correspondería a la depuración del agua, el
25-30% al tratamiento de los residuos y el 10-15% a la depuración de las
emisiones a la atmósfera.
Estas nuevas tecnologías, tienden a la introducción de cambios en los procesos
de fabricación, con vistas a la reducción del consumo de materia primas
generadoras de grandes cantidades de residuos y consumo de agua, el ahorro
energético y al reciclado de agua y residuos, con el objeto de reducir la
contaminación y los costes derivados a su corrección.
Todo esto es lo que ocurre en el ámbito europeo, en cambio en América Latina,
aún no se ha llegado a este nivel y prácticamente se está en una etapa de
24
concientización y emisión de normatividad sobre el medio ambiente.
(SISBIB2000).
1.7.4 Marco teórico. Son deberes del Estado, de acuerdo con la Constitución
Nacional, proteger la diversidad e integridad del ambiente, garantizar a través del
manejo planificado de los recursos naturales su desarrollo sostenible,
conservación, restauración o sustitución; prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de un
ambiente sano.
El principal parámetro guía es la Ley 99, que define los principios fundamentales
de la política ambiental colombiana (artículo l), ubica al Ministerio del Medio
Ambiente como el ente rector (artículo 2) y especifica la conformación del Sina
(artículo 4), el cual busca integrar y coordinar las acciones e instituciones
relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales. La CGR pertenece al
SINA.
Las entidades que adelantan obras públicas o desarrollan actividades
contaminantes y degradantes del medio, presentan a las entidades
administradoras de los recursos naturales en cada jurisdicción, los estudios
ambientales correspondientes, y elaboran los planes de manejo pertinentes.
La Auditoría Ambiental comprende la evaluación sistemática, documentada,
periódica y objetiva del funcionamiento del sistema de gestión destinados a la
protección del medio ambiente y del cumplimiento de las disposiciones
reglamentarias en vigor.
Verificar el cumplimiento de normas en materia de protección del medio ambiente
y/o la administración de recursos naturales, entendida como el manejo de los
25
mismos, en las entidades cuyas funciones causen impacto ambiental o en las
encargadas de la aplicación de la autoridad, en la vigilancia del cumplimiento de
terceros en cuestiones ambientales.
Dentro de ese contexto se pueden enunciar los siguientes aspectos:
Art.8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas
culturales y naturales de la Nación.
Art.79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano… es
deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de
estos fines.
7° principio general ambiental: el estado fomentará la incorporación de los
costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la prevención,
corrección y restauración del deterioro ambiental y para la conservación de los
recursos naturales.
La Auditoría Fiscal de la Gestión Ambiental, AFGA, es un conjunto de
procedimientos aplicados para el examen de la gestión de las entidades sujeto de
control, de sus proyectos, programas, actividades, obras y operaciones,
incluyendo a las entidades territoriales y los particulares de tal manera que permita
conceptuar sobre la eficiencia, la eficacia, la economía, la equidad y la valoración
de costos con que actúan cuando manejan fondos de la Nación con destinación a
la gestión ambiental, el patrimonio público y los recursos naturales y del medio
ambiente. (UNIVERSIDAD TEGNOLICA DE PEREIRA)
La AFGA realiza las siguientes funciones:
Evalúa el manejo que le dan los servidores públicos o particulares que
administren bienes o fondos de la Nación, destinados a la gestión de protección,
26
prevención, conservación, mitigación, compensación, restauración, uso,
administración, investigación, seguimiento, control, regulación, evaluación,
contingencia, monitoreo, etcétera., a los bienes del patrimonio de la Nación,
renovables y no renovables, en conservación o explotación.
Si los impactos y efectos ambientales están siendo atendidos con recursos
financieros que logren los niveles de vertimientos, emisiones, manejo y usos
deseados, permisibles y acordados con la autoridad ambiental o administradora
del recurso o impuesto por normas de regulación, sin que esto cause otros
impactos o efectos ambientales negativos y que los fondos de la nación,
destinados para la gestión ambiental se asignan y ejecutan al menor costo para
obtener los objetivos, metas y resultados ambientales esperados.
Si los resultados alcanzados por la gestión ambiental se logran de manera
oportuna y guardan relación con los objetivos y metas definidas por las normas de
regulación y control ambiental y las funciones señaladas para cumplir o hacer
cumplir las normas.
Si se logran los resultados de garantizar la sostenibilidad de los recursos
naturales y el medio ambiente a corto, mediano y/o largo plazo. (PEREDA, 2015).
1.7.5 Marco legal. En desarrollo de la soberanía, entendida ésta como la facultad
que tienen las naciones de otorgarse a sí mismas un ordenamiento legal propio,
que regule las relaciones de sus conciudadanos entre sí y con el Estado,
Colombia asiste a darse un nuevo ordenamiento legal a partir de la Constitución
de 1991 y dentro de ese ordenamiento legal, un ordenamiento jurídico ambiental.
27
Es decir que, tanto la Constitución como el estado propuesto, están diariamente
en construcción y demandan una estructura jurídica acorde con los principios
constitucionales y con las dinámicas internacionales y locales.
Cuando el país aborda la tarea de regularse en materia ambiental, está
obedeciendo a las dinámicas internacionales que se venían trazando desde la
cumbre de Estocolmo en 1972 y que se cristalizan en la premisa del Desarrollo
Sostenible, formulada por la comisión Bruntland en 1997, asumida por las
naciones Unidas en 1998 y adoptada como política ambiental mundial a partir de
la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro de 1992.
Desde esa perspectiva y poniendo la normatividad colombiana acorde con la
dinámica mundial de política ambiental, la Constitución Nacional incluyó 34
artículos ambientales según la Corte Constitucional y 77 o más según fervorosos
militantes de la causa ambiental. El hecho, independiente de lo numérico, significa
la adopción de la variable ambiental.
La Constitución, entonces, agrupa varias disposiciones que van dirigidas a
sustentar jurídicamente la preocupación de garantizar el derecho colectivo a gozar
de un ambiente sano, sin perder de vista la necesidad del desarrollo sostenible y
el compromiso con el mismo de parte de todas las entidades del Estado.
La legislación ambiental gira en torno a unos ejes que, articulados, completan la
gestión ambiental del Estado y apuntan de manera directa hacia el desarrollo
sostenible como premisa a seguir. Esos ejes son los que soportan la legislación en
conservación, administración o manejo, vigilancia y control y la parte sancionatoria
a quienes incumplen la normatividad ambiental; y el desarrollo sostenible es el
sello indeleble que por principio debe acompañar a toda esa legislación ambiental.
28
Hasta acá, la labor a desarrollar por las entidades del poder ejecutivo del sector
público más conocidas como “Autoridades Ambientales” y que, tal como las
agrupa y estructura la Ley 99 de 1993, conforman el llamado Sistema Nacional
Ambiental –SINA. Lo anterior, sin excluir de las obligaciones ambientales a las
demás entidades del Estado.
Sin embargo el constituyente y el legislador, no se conformaron con haber
concebido unas autoridades ambientales y unos órganos ejecutores de la política
ambiental; concibieron además un control fiscal orientado a evaluar la gestión de
las entidades estatales en materia ambiental e incluyeron bajo el manto de dicho
control no solo a las autoridades ambientales, sino a todas las entidades del
estado sin distingo de su actividad ni de su nivel, sea este nacional, departamental
o municipal. Es lo que usualmente se conoce como “Gestión Ambiental Sectorial”
en el primer caso y “Gestión Ambiental Territorial” en el segundo.
En la constitución política de Colombia, en cabeza del Estado y de los particulares,
tienen el deber de proteger los recursos naturales, preservando el medio ambiente
como se estipula en los siguientes artículos:
El artículo 8, consagra como uno de los principios fundamentales la obligación del
Estado y de las personas de proteger las riquezas culturales y naturales de la
Nación.
El artículo 49, establece el saneamiento ambiental como un servicio público a
cargo del estado.
El artículo 58, señala como inherente a la propiedad la función ecológica.
El artículo 63, la condición de los bienes de uso público, su inalienabilidad,
inembargabilidad e imprescriptibilidad.
29
El artículo 67, contiene el papel de la educación en la protección del ambiente.
En el artículo 79, norma ambiental por excelencia, la constitución consagra el
derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y garantiza la
participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo; además
establece como un deber del estado el proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la
educación para el logro de estos fines.
El artículo 80, establece el deber del Estado de prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental, de imponer las sanciones legales y de exigir la reparación de
los daños causados. (Procuraduría, s.f)
Por otro lado, el mismo artículo 80 ordena al Estado planificar el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo
sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La planificación de
sistemas sostenibles de producción, prevista en este artículo, tiene que incluir
necesariamente la valoración de los costos ambientales. Lo anterior significa que
las entidades estatales, en ejercicio de la función de planificación, deben valorar
los costos ambientales de las actividades de desarrollo económico que realizan o
autorizan.
El medio ambiente, como bien jurídico protegido, es patrimonio común. El Estado
y los particulares deben participar en su preservación y manejo que son de utilidad
pública e interés social. La preservación y manejo de los recursos naturales
renovables también son de utilidad pública e interés social (artículo 1, Código de
Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente o Decreto
2811 de 1974).
30
También señala la Constitución en el artículo 42, que pertenecen a la Nación los
recursos naturales renovables y demás elementos ambientales que se encuentren
dentro del territorio nacional.
Por su parte, la Ley 99 de 1993 atribuye competencias a los Ministerios, a las
Corporaciones Autónomas Regionales y a las entidades territoriales para la
protección del medio ambiente y el control del aprovechamiento de los recursos
naturales renovables.
El numeral 43, del artículo 5; de la mencionada Ley 99 de 1993, señala que le
corresponde al Ministerio del Medio Ambiente (hoy de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial), establecer técnicamente las metodologías de valoración de
los costos económicos del deterioro y de la conservación del medio ambiente y de
los recursos naturales renovables. En aplicación a este mandato, el Ministerio
expidió la Resolución 1478 de Diciembre de 2003, en la que adoptó las
metodologías de valoración de costos ambientales aplicables en el país. (Villegas,
2015).
1.7.6 Marco conceptual. Auditoría: proceso sistemático, independiente y
documentado para obtener evidencias de la auditoría, y evaluarlas de manera
objetiva con el fin de determinar la extensión en que se cumplen los criterios de
auditoría.
Auditorías ambientales: son auditorías realizadas sobre el cumplimiento de
normas de gestión medioambiental.
CAMACOL: es una asociación gremial de carácter permanente, civil, sin ánimo de
lucro, de orden Nacional, consultor del gobierno en la formulación de políticas
concernientes a la Industria de la construcción y canalizador de recursos que se
31
concretan en planes y actividades para atender las necesidades directas de los
afiliados y vinculados al sector de la construcción.
Contaminación: la presencia en el ambiente de uno o más contaminantes, o de
cualquier combinación de los mismos, que excediendo los límites tolerables, cause
daños a la vida o impacto en el ambiente.
Construcción: se refiere al arte o técnica de fabricar edificios e infraestructuras, se
denomina construcción a todo aquello que exige, antes de hacerse, tener o
disponer de un proyecto o plan determinado, o que se hace uniendo diversos
componentes según un orden determinado.
Desarrollo sostenible: es el proceso mediante el cual se satisfacen las
necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de las
necesidades de las generaciones futuras.
Desempeño ambiental: ejecutar, cumplir, realizar, implementar, trabajar en los
asuntos correspondientes a la gestión ambiental.
Eco eficiencia: emitir opinión sobre el desempeño ambiental evaluando las
acciones para reducir los impactos ambientales negativos (o incrementar los
positivos), para utilizar menos recursos naturales, para reducir los desechos o el
consumo energético, para restaurar ecosistemas, reducir riesgos para la salud,
etc.
Efectividad: consiste en evaluar el desempeño en términos del logro de lo
esperado en los asuntos considerados. Básicamente, se compara lo realizado por
las entidades con lo que deberían haber logrado. La palabra efectividad se toma
en su acepción de "realidad" y, por propósitos exclusivos de la auditoría ambiental,
en sentido de "hacer realidad algo".
32
Estado ambiental: lo conforman la situación de los componentes del medio
ambiente en un momento determinado, medidos en función de parámetros físicos,
químicos, biológicos, etc., y las condiciones políticas, económicas, sociales,
culturales u otras, en las que se encuentra en ese momento.
Gestión ambiental: es la gestión que encamina la intención y las operaciones del
sector público hacia el logro de los objetivos relacionados con el aprovechamiento,
explotación o manejo adecuado de los recursos naturales y la conservación y
protección del medio ambiente, de manera de satisfacer las necesidades de la
generación actual, sin poner en riesgo la satisfacción de las necesidades de las
generaciones futuras.
Grado de cumplimiento: emitir opinión sobre el desempeño ambiental evaluando el
grado en que han cumplido los criterios definidos en la auditoría, los cuales se
deben basar en las responsabilidades relacionadas con el objeto de examen
seleccionado, de acuerdo con lo dispuesto en los instrumentos normativos
definidos en el alcance.
Impacto Ambiental: Es la repercrisión en el medio ambiente que genera cambios o
contrastes notables de sus componentes y que pueden conducir a la pérdida de
su equilibrio e incluso a su degradación.
Medio ambiente: es el entorno del planeta Tierra, compuesto por ecosistemas
diversos, interrelacionados e interdependientes, que sustenta y condiciona todas
las formas de vida. Un ecosistema es un entorno limitado, cuyas dimensiones son
variables y que está formado por un conjunto dinámico de comunidades o
asociaciones de animales, incluido el hombre, plantas, microorganismos y su
medio no viviente, que interactúan como una unidad funcional.
33
Recursos naturales: son el agua, el aire y el suelo, con todos sus contenidos
bióticos y abióticos, cualquiera sea su naturaleza, incluyendo las fuerzas físicas
susceptibles de ser aprovechadas por el hombre. También se definen como los
bienes materiales y servicios que proporciona la naturaleza sin alteración por parte
del hombre, valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y
desarrollo de manera directa (minerales, alimentos) o indirecta (servicios
ecológicos).
Resultado de la gestión ambiental: es la consecuencia y efecto de la gestión
ambiental.
Sistema de gestión ambiental: es un sistema conformado por componentes
particulares de los Sistemas Nacionales de Planificación e Inversión Pública y de
los Sistemas de Administración y Control de la Ley N° 1178 de Administración y
Control Gubernamentales, destinados a implementar y mantener la gestión
ambiental.
Variación del grado de contaminación: consiste en evaluar el desempeño
ambiental comparando la situación de los componentes del medio ambiente en
dos momentos determinados, para establecer la variación de la contaminación en,
por ejemplo, un cuerpo de agua.
1.8 MÉTODO O PROCEDIMIENTO EMPLEADO
La investigación es considerada una actividad humana, orientada a la obtención
de nuevos conocimientos y su aplicación para la solución a problemas o
interrogantes de carácter científico.
34
1.8.1 Hipótesis
La falta de control ambiental por parte del gobierno ocasionan impactos
negativos en el medio ambiente y ponen en riesgo la calidad de la vida humana.
Las normas actuales de auditoría ambiental están logrando reducir la
contaminación en las empresas industriales del Sector Construcción
(edificaciones).
Las empresas de Bucaramanga están cumpliendo con los parámetros y
normas impuestas de auditoría ambiental para sus procesos industriales.
Las normas actuales de auditoría ambiental abarcan todas las necesidades
que demandan actualmente todos los procesos industriales de las organizaciones.
1.8.2 Tipo de investigación. Investigación cualitativa es aquella donde se
estudia la calidad de las actividades, relaciones, asuntos, medios, materiales o
instrumentos en una determinada situación o problema. La misma procura por
lograr una descripción holística, esto es, que intenta analizar exhaustivamente,
con sumo detalle, un asunto o actividad en particular. (Recinto de ponce
universidad interamericana de puerto rico)
La presente investigación es de tipo analítico, con un enfoque cualitativo y
cuantitativo ya que se pretende realizar una revisión del cumplimiento de la
auditoría ambiental en las empresas del Sector de la Construcción de
Bucaramanga.
1.9 PROCESO METODOLÓGICO
Para caracterizar la normativa ambiental que este rigiendo en Colombia para
el control de las empresas del Sector Construcción, se realizara una revisión
35
sistemática de las normas ambientales, para conocer si están dando cumplimiento
a estas normas, leyes y políticas ambientales las empresas de Bucaramanga.
Para identificar las actividades propias de las empresas de construcción en
Bucaramanga relacionadas con la contaminación ambiental, se procede a
consultarlas; la industria de la construcción y demolición es el sector que más
volumen de residuos genera en sus actividades desde el comienzo de la obra, su
transcurso y la finalización de la misma; dando como resultado un análisis de las
siguientes actividades principales:
- La Deforestación
- Consumo de Energía
- Emisión de Contaminantes
Estimar las problemáticas y el impacto ambiental que actualmente presenta la
comunidad con los procesos industriales; para tener una visión y conocimiento de
los daños irreparables que pueden causar sustancias utilizadas en la industria; y
que series de condiciones y normas hay por parte de las autoridades ambientales
para controlarla.
Fuentes
Fuente Primaria: Una fuente primaria es la documental que se considera
material proveniente de alguna fuente del momento del fenómeno que se desea
investigar o relatar; es decir materia prima que se tiene para realizar un
determinado trabajo.
Para el presente trabajo las fuentes primarias son:
La Normativa Ambiental vigente en Colombia.
36
Normas ISO
NTC-ISO 14001:1996, sistemas de administración ambiental. Especificaciones
con guía para uso.
ISO 14011:1996, Directrices para auditoría ambiental. Procedimientos de
auditoria. Auditorias del sistema de administración ambiental.
ISO 14012, 1996, Directrices para la auditoría ambiental. Criterios de
calificación para auditores ambientales.
ISO 14050: Administración ambiental. Términos y condiciones.
Los entes de control como:
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenido.
La Corporación Autónoma Regional Para la Defensa de la Meseta de
Bucaramanga (CDMB).
Fuente secundaria: Una fuente secundaria contiene información primaria,
sintetizada y reorganizada. Están especialmente diseñadas para facilitar y
maximizar el acceso a las fuentes primarias o a sus contenidos. Componen la
colección de referencia de la biblioteca y facilitan el control y el acceso a las
fuentes primarias.
Para el presente trabajo las fuentes secundarias es la información encontrada en
internet, opinión de diferentes contadores especializados en este campo de
auditorías ambientales, revistas; en otros.
37
2. CARACTERIZACIÓN DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EN SANTANDER
PARA EL CONTROL DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (EDIFICACIONES)
Las industrias de Bucaramanga tienen la responsabilidad de crear en sus
empresas los Departamentos de Gestión Ambiental, DGA. Estas oficinas tienen la
responsabilidad, entre otras cosas, de prevenir, minimizar y controlar la
generación de cargas contaminantes, así lo ordenó el Decreto 1299 de 2008,
expedido por la Presidencia de la República; de esta manera la norma también
cobijará a las pequeñas y medianas empresas industriales que requieran de
licencias, permisos, concesiones o que generen algún tipo de afectación al aire y
demás autorizaciones ambientales que se requieran para la realización de sus
actividades; deberán conformar departamentos de control ambiental en su
organización, así como hacer llegar la información sobre las funciones y
responsabilidades asignadas a estos departamentos; de no ser así se harán
acreedoras a las sanciones que la ley establezca, las cuales serán aplicadas por
las Autoridades Ambientales. (Vangardia Liberal, 2008).
¿Qué hace un Departamento de Gestión Ambiental?
1. Velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental.
2. Promover prácticas de producción más limpia y el uso racional de los recursos
naturales.
3. Aumentar la eficiencia energética y el uso de combustibles más limpios.
4. Implementar opciones para la reducción de emisiones de gases del efecto
invernadero y proteger y conservar los ecosistemas. (Ambiente, 2008)
Las ISO 14000, son normas internacionales que se refieren a la gestión ambiental
de las organizaciones. Su objetivo básico consiste en promover la estandarización
38
de formas de producir y prestar servicios que protejan al medio ambiente,
minimizando los efectos dañinos que pueden causar las actividades
organizacionales. Los estándares que promueven las normas ISO 14000 están
diseñados para proveer un modelo eficaz de Sistemas de Gestión Ambiental
(SGA), facilitar el desarrollo comercial y económico mediante el establecimiento de
un lenguaje común en lo que se refiere al medio ambiente y promover planes de
gestión ambiental estratégicos en la industria y el gobierno.
Un SGA es un sistema de gestión que identifica políticas, procedimientos y
recursos para cumplir y mantener un gerenciamiento ambiental efectivo, lo que
conlleva evaluaciones rutinarias de impactos ambientales y el compromiso de
cumplir con las leyes y regulaciones vigentes en el tema, así como también la
oportunidad de continuar mejorando el comportamiento ambiental.
2.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS NORMAS
Las normas ISO 14000 son estándares voluntarios y no tienen obligación
legal.
Tratan mayormente sobre documentación de procesos e informes de control.
Han sido diseñadas para ayudar a organizaciones privadas y
gubernamentales a establecer y evaluar objetivamente sus SGA.
Proporcionan, además, una guía para la certificación del sistema por una
entidad externa acreditada.
No establecen objetivos ambientales cuantitativos ni límites en cuanto a
emisión de contaminantes. No fijan metas para la prevención de la contaminación
ni se involucran en el desempeño ambiental a nivel mundial, sino que establecen
herramientas y sistemas enfocados a los procesos de producción de una empresa
u otra organización, y de las externalidades que de ellos deriven al medio
ambiente.
39
Los requerimientos de las normas son flexibles y, por lo tanto, pueden ser
aplicadas a organizaciones de distinto tamaño y naturaleza.
2.2 LA FAMILIA ISO 14000
La familia de estándares referidos a la gestión ambiental está constituida por las
siguientes normas: (Ridsso, s. f)
ISO 14000. Guía a la gerencia en los principios ambientales, sistemas y
técnicas que se utilizan.
ISO 14001. Sistema de gestión ambiental. Especificaciones para el uso.
ISO 14010. Principios generales de Auditoría Ambiental.
ISO 14011. Directrices y procedimientos para las auditorías.
ISO 14012. Guías de consulta para la protección ambiental. Criterios de
calificación para los auditores ambientales.
ISO 14013/15. Guías de consulta para la revisión ambiental. Programas de
revisión, intervención y gravámenes.
ISO 14020/23. Etiquetado ambiental.
ISO 14024. Principios, prácticas y procedimientos de etiquetado ambiental.
ISO 14031/32. Guías de consulta para la evaluación de funcionamiento
ambiental.
ISO 14040/4. Principios y prácticas generales del ciclo de vida del producto.
ISO 14050. Glosario.
ISO 14060. Guía para la inclusión de aspectos ambientales en los estándares
de productos.
En la siguiente tabla se ilustra las actualizaciones de estas normas ISO y aquellas
que fueron reemplazadas:
40
Tabla 1. Normas ISO
NORMAS TITULO
14001 Sistemas de gestión medioambiental: especificaciones y guías de uso.
14004 Sistemas de gestión medioambiental: pautas generales sobre los principios, sistemas y técnicas de apoyo.
14010 Pautas para auditorías ambientales: principios generales de auditorias Medioambientales.(Anulada por la ISO 19011:2002)
14011 Pautas para auditorias medioambientales: procedimientos de auditoria,1° parte: Auditoria de sistemas de gestión medioambiental. (Anulada por la ISO 19011:2002)
14012 Pautas para auditorias medioambientales: criterios de cualificación para auditorias medioambientales.(Anulada por la ISO 19011:2002)
14031 Evaluación de actuación medioambiental: pautas
14041 Evaluación del ciclo de vida: análisis de ciclo de vida.
14050 Términos y definición de la gestión medioambiental.
Fuente: Padin, M. B. (s. f). LA AUDITORIA AMBIENTAL Y LAS NORMAS ISO
14000. Facultad de ciencias económica. Buenos Aires: Argentina. 4
El documento ISO 14001, llamado Sistema de Administración Ambiental -
Especificación con Guía para su uso, es el de mayor importancia en la serie ISO
14000, dado que ésta norma establece los elementos del SGA (Sistema de
Gestión Ambiental), exigido para que las organizaciones cumplan a fin de lograr su
registro o certificación después de pasar una auditoría de un tercero independiente
debidamente registrado.
41
En otras palabras, si una organización desea certificar o registrarse bajo la norma
ISO 14000, es indispensable que dé cumplimiento a lo estipulado en ISO 14001,
para ello se debe tener en cuenta que el Sistema de Gestión Ambiental (SGA),
forma parte de la Administración General de una organización (empresa), en este
sentido, el SGA debe incluir: planificación, responsabilidades, procedimientos,
procesos y recursos que le permitan desarrollarse, alcanzar, revisar y poner en
práctica la Política Ambiental.
La ISO 14004 es una norma guía, que pretende ayudar a las organizaciones a
implementar o mejorar su sistema de gestión medioambiental. Se pretende
mantener y mejorar la calidad del entorno que controla una compañía y de
proteger la salud humana. Para ello hay que analizar el impacto potencial de las
actividades, productos y servicios de la compañía, ésta ISO 14004, resalta que
cada vez es más importante preocuparse por el medio ambiente, tanto interno
como externo de la empresa, para conseguir un sistema de gestión efectivo y un
compromiso firme para la mejora continua.
La norma ISO 14004 no pretende llegar a tener la calificación de norma registrada,
esa es la función de la ISO 14001, en realidad, la ISO 14004 es un mapa que
indica la ruta hacia un sistema de gestión medioambiental.
Las normas ISO 14010, 14011 y 14012, fueron reemplazadas por ISO 19011
Auditoría de los sistemas de gestión de la calidad y/o ambiental, estas contenían
las pautas para las auditorias medioambientales.
El objetivo de la ISO 14031, es evaluar el desempeño ambiental de una
organización a través de un proceso interno que utiliza indicadores para
proporcionar información, comparando el desempeño ambiental pasado y actual
con referencia a criterios de desempeño ambiental determinados. El objeto de esta
norma ISO 14031, es proporcionar directrices sobre el diseño y el uso de la
42
evaluación del desempeño ambiental dentro de una organización. Además, es una
norma aplicable a todas las organizaciones, independientemente de su tipo,
tamaño, ubicación y complejidad. Corresponde destacar que la norma ISO 14031,
no establece niveles de desempeño ambiental o valores de referencia.
La Evaluación del Desempeño Ambiental (EDA) es un proceso de gestión interno,
que utiliza indicadores para proporcionar información, comparando el desempeño
ambiental pasado y actual de una organización con sus criterios de desempeño
ambiental. La Evaluación del Desempeño Ambiental, de acuerdo a cómo está
detallado en ISO 14031, sigue un modelo de gestión de “Planificar-Hacer-Verificar-
Actuar”.
Parámetros
El propósito de la ISO 14041, es evaluar los resultados del análisis efectuado en el
inventario del ciclo de vida de un producto, para entender mejor su importancia
ambiental. Este proceso se conoce como Evaluación del Inventario del Ciclo de
Vida (EICV). La EICV trata de evaluar el sistema de producto desde una
perspectiva ambiental, utilizando categorías de impacto e indicadores de
categoría. Se diferencia de la evaluación de desempeño ambiental debido a que
su enfoque está dirigido a la unidad funcional.
La ISO 14050, se compone de un glosario de términos y definición de la gestión
medioambiental. Como se puede ver, la norma ISO más importante para las
empresas es la 14001, ya que brinda la posibilidad de obtener una certificación
sobre los procedimientos de gestión ambiental. Para ello debe poseer, como se
detalló, un buen sistema de gestión ambiental y monitorear el mismo mediante
auditorías periódicas.
43
Existe una correlación marcada entre las Auditorías Contables y las Auditorías
Ambientales, las primeras surgen como una necesidad interna de la gestión de la
empresa y luego adquieren carácter obligatorio, periódico y objetivo, es decir;
realizado por empresas externas e independientes; aunque dicha práctica en este
momento sea de carácter voluntario, la Comunidad Europea está alentando su
implementación con carácter obligatorio.
Es destacable que muchos accionistas prefieren inclinarse por aquellas empresas
social y ambientalmente responsables, lo cual, efectuar auditorías ambientales
para obtener certificación bajo normas ISO puede ser una ventaja competitiva para
las entidades que desean atraer inversiones y accionistas. (Padin, s.f)
Las Normas ISO 14001, se están convirtiendo en una herramienta estratégica de
las empresas, especialmente para el ingreso a los mercados internacionales. La
conciencia por la preservación del medio ambiente, es una cuestión que va
ganando terreno a nivel global. Las presiones por un “ambiente más sano” son
especialmente visibles a partir de las acciones emprendidas por organizaciones
ambientalistas y a partir de la mayor demanda de los denominados “productos
verdes”, que se tornan cada vez más atractivos para los consumidores. La
preocupación medioambiental, trasciende todo tipo de fronteras y obliga a los
gobiernos a tomar decisiones importantes sobre el tema. Dentro de este marco,
las organizaciones se están viendo forzadas a modificar sus prácticas productivas
y utilizar métodos menos destructivos del medio ambiente (Unlu, s.f).
Actualmente las auditorías ambientales las hacen solo algunas empresas para
cumplir estándares de calidad y certificarse, y realmente no le dan la importancia
al medio ambiente.
Es cierto que hay normativas para las empresas en sus actividades y procesos;
pero no se tiene manera de saber si están cumpliendo o no, si no se exige por
44
medio de leyes gubernamentales, donde la auditoría ambiental sea obligatoria
para todas las empresas que utilicen recursos naturales o estén predispuestas a la
contaminación del medio ambiente.
Actualmente Bucaramanga es una de las ciudades donde no se respetan las
normativas ambientales y la contaminación cada día es más preocupante, según
los monitoreo y estudios que han realizado durante los últimos años la corporación
autónoma regional para la defensa de la meseta de Bucaramanga (CDMB, s.f).
El Ministro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, Luis Gilberto
Murillo, ya está tomando medidas acerca de esta problemática medioambiental,
dando a conocer un nuevo enfoque en educación ambiental, es fundamental que
la relación de los ciudadanos con el medio ambiente sea amigable y que la
concientización personal acerca de esta temática ambiental nos lleve a reflexionar
y tomar una cultura responsable del cuidado y preservación del medio ambiente.
Por otro lado La CDMB (Corporación Autónoma Regional Para La Defensa De La
Meseta De Bucaramanga); tiene los siguientes parámetros para que las
organizaciones gestionen la licencia ambiental.
NORMAS SOPORTES PARA EL OTORGAMIENTO DE UNA LICENCIA
AMBIENTAL
Ley 99 de 1993.
Ley 1185 de 2008.
Ley 1450 de 2011.
Resolución 1503 de 2010.
Resolución 1415 de 1415.
Resolución 1517 de 2012.
Resolución 108 de 2015.
45
Hoja de Vida Del Trámite Otorgamiento de Licencia Ambiental
Formulario Único Nacional de Solicitud de Licencia Ambiental.
Formatos Evaluación de Licencias Ambientales del MAVDT.
Decreto 1076 del 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto
Reglamentario Único del Sector Ambiente”.
Decreto No. 2220 de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
MADS.
Decreto No. 1956 de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
MADS.
Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible No.
1076 de 2015.
Descripción: autorización para la ejecución de los proyectos, obras o actividades
que puedan producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al
medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. los
proyectos, obras o actividades son las descritas en los artículos 8 y 9 del decreto
2041 de 2014.
2.3 ORGANIZACIONES
1. Solicitar
pronunciamiento
acerca de la
exigibilidad del
diagnóstico
ambiental de
alternativas, para
proyectos, obras o
actividades
Solicitud por escrito: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales: El
oficio debe contener como mínimo la siguiente información respecto al
proyecto, obra o actividad a desarrollar: Objetivo, alcance, descripción y
localización mediante coordenadas.
Planos del proyecto, obra o actividad a desarrollar:1 original(es)
Anotaciones adicionales: adjuntos a la solicitud.
46
relacionadas en el
artículo 18 del
decreto 2140 de
2014.
2. Radicar estudio
de alternativas con
base en los
términos de
referencia, de
acuerdo con las
condiciones
específicas del
proyecto, obra o
actividad que
pretende
desarrollar, en caso
de requerirse.
Estudio de Alternativas: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales:
Indicando:
1. Objetivo, alcance y descripción del proyecto, obra o actividad.
2. La descripción general de las alternativas de localización del proyecto,
obra o actividad caracterizando ambientalmente el área de interés e
identificando las áreas de manejo especial, así como también las
características del entorno social y económico para cada alternativa
presentada.
3. La información sobre la compatibilidad del proyecto con los usos del
suelo establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial o su equivalente.
Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 2201 de 2003, o la
norma que lo modifique o sustituya.
4. La identificación y análisis comparativo de los potenciales riesgos y
efectos sobre el medio ambiente; así como el uso y/o aprovechamiento de
los recursos naturales requeridos para las diferentes alternativas
estudiadas.
5. Identificación de las comunidades y de los mecanismos utilizados para
informarles sobre el proyecto, obra o actividad. 6. Un análisis costo-
beneficio ambiental de las alternativas. 7. Selección y justificación de la
mejor alternativa. 8. Un análisis costo-beneficio ambiental de las
alternativas. Los estudios ambientales se elaborarán con base en los
términos de referencia que sean expedidos por el Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible. El solicitante deberá adaptarlos a las particularidades
del proyecto, obra o actividad
(http://www.anla.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=144&conID=7915).
Canal de atención: PRESENCIAL
3. Notificarse del
auto de inicio.
Canal de atención: PRESENCIAL
47
4. Presentar
información
adicional, en caso
de requerirse.
Canal de atención: PRESENCIAL
5. Reunir los
documentos y
cumplir las
condiciones
necesarias para
realizar el trámite,
en los casos en que
no se requiera
pronunciamiento
sobre la exigibilidad
del diagnóstico
ambiental de
alternativas –DAA o
una vez surtido el
procedimiento
anterior.
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD O MODIFICACIÓN DE
LICENCIA AMBIENTAL:
Disponible para ser: Diligenciadle:
Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la
institución
Documento
Estudio de impacto ambiental: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales:
Los estudios ambientales se elaborarán con base en los términos de
referencia que sean expedidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible. El solicitante deberá adaptarlos a las particularidades del
proyecto, obra o actividad.
(http://www.anla.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=144&conID=7915)
Documento
Plano que soporten el Estudio de Impacto Ambiental: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: De conformidad con lo dispuesto en la Resolución
1415 de 2012, que modifica y actualiza el Modelo de Almacenamiento
Geográfico (Geodatabase) o la que la sustituya, modifique o derogue.
Documento
Costo estimado de inversión y operación del proyecto: 1 Original(es)
Documento
Certificado donde se manifiesta la presencia o no de comunidades
indígenas y/o negras: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales: Certificado
expedido por el Ministerio del Interior
Documento
Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
Cuando se actué por medio de apoderado
Documento: Poder debidamente otorgado:1 Original(es)
48
En caso de consorcio o unión temporal
Documento: Documento privado que acredite la constitución: 1
Original(es).
Para programas de arqueología preventiva
Documento: Radicación del programa de arqueología preventiva: 1
Fotocopia(s).
Anotaciones Adicionales: Ante el Instituto Colombiano de Arqueología e
Historia – ICANH
Para proyectos de explotación minera de carbón.
Documento: Estudio sobre las condiciones del modo de transporte desde
el sitio de explotación del carbón hasta el puerto de embarque del mismo:1
Original(es)
Para proyectos de hidrocarburo:
Documento: Contrato de hidrocarburos respectivo: 1 Original(es).
Para proyectos hidroeléctrico:
Documento: Registro hidroeléctrico :1 Original(es)
Para proyectos mineros:
Título minero y/o el contrato de concesión minera: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Debidamente otorgado e inscrito en el Registro
Minero Nacional.
6. Realizar el pago
de la evaluación de
la licencia
ambiental
Descripción del pago: "Para proyectos con un valor superior a 2.115
smmlv, la tarifa de evaluación se liquida según lo establecido en el artículo
96 de la LEY 633 de 2000. Para proyectos con un valor inferior a 2.115
smmlv, la tarifa de evaluación se liquida según lo establecido la
RESOLUCIÓN 1280 de 2010" ya aplica para la CDMB.
7. Radicar la
documentación
Canal de atención: PRESENCIAL
49
8. Notificarse del
auto de inicio del
trámite.
Canal de atención: PRESENCIAL
9. Presentar
información
adicional , en caso
de requerirse
Canal de atención: PRESENCIAL
10. Recibir la visita
técnica , en caso de
requerirse
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución
verificará que usted la cumpla.
Donde se verificarán los requisitos aportados por el solicitante y se
evaluará el estudio ambiental.
11. registrarse en la
ventanilla integral
de trámites en línea
–VITAL.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución
verificará que usted la cumpla.
Seguir las instrucciones:
http://vital.anla.gov.co/SILPA_UT_PRE/Datospersonales.aspx?reg=registro
12. Asistir a la
reunión convocada
por la autoridad
ambiental cuando
se considere
pertinente con el
fin de atender
requerimientos, por
única vez, de
información
adicional.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución
verificará que usted la cumpla.
Asistir por lo menos el solicitante, o representante legal en caso de ser
persona jurídica o su apoderado debidamente constituido.
50
Resultado que se obtiene
Licencia ambiental, que se obtiene en 75
Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el
resultado:
Presencial
Donde se puede hacer seguimiento a
la solicitud?
Presencial
Soporte legal
Ley 1753 de 2015, (Artículo 179)
Resolución 1517 de 2012, (Todos)
Resolución 1415 de 2012, (Todos)
Resolución 1503 de 2010, (Todos)
Ley 1450 de 2011, (Artículo 223 y
224)
Ley 1185 de 2008, (Artículo 3)
Ley 99 de 1993, (Título VIII)
Decreto único reglamentario 1076 de
2015. Artículos: 2.2.2.1.2.3;
2.2.2.1.2.5; 2.2.2.3.1.2; 2.2.2.3.7.2;
2.2.2.1.2.10; 2.2.2.3.2.5; 2.2.2.3.3.1;
2.2.2.3.4.2; 2.2.2.3.5.1; 2.2.2.3.6.5;
2.2.2.3.7.1; 2.2.2.3.8.6; 2.2.2.3.9.3;
2.2.2.3.9.4; 2.2.2.3.9.7; 2.2.2.3.8.2;
2.2.2.3.1.1; 2.2.2.3.2.2; 2.2.2.3.3.2;
2.2.2.3.8.1; 2.2.2.3.9.2; 2.2.2.1.2.6;
2.2.2.3.10.1; 2.2.2.3.10.3; 2.2.2.3.2.1;
51
2.2.2.3.2.6; 2.2.2.3.4.4; 2.2.2.3.6.1;
2.2.2.3.6.4; 2.2.2.3.6.6; 2.2.2.3.8.9;
2.2.2.1.3.10; 2.2.2.3.1.3; 2.2.2.3.1.4;
2.2.2.3.10.2; 2.2.2.3.3.4; 2.2.2.3.5.2;
2.2.2.3.1.5; 2.2.2.3.2.4; 2.2.2.3.4.1;
2.2.2.3.8.7; 2.2.2.3.8.8; 2.2.2.3.9.5;
2.2.2.1.2.7; 2.2.2.3.10.5; 2.2.2.3.2.3;
2.2.2.3.3.3; 2.2.2.3.4.3; 2.2.2.3.6.2;
2.2.2.3.6.3; 2.2.2.3.8.3; 2.2.2.3.8.4;
2.2.2.3.8.5; 2.2.2.3.9.1; 2.2.2.3.10.4
Decreto único reglamentario 2015 de
2015. Artículos: 2.2.2.3.11.1
Fuente: http://www.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=19514
TERMINOLOGÍA:
Alcance de los proyectos, obras o actividades: Un proyecto, obra o actividad
incluye la planeación, emplazamiento, instalación, construcción, montaje,
operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación de todas
las acciones, usos del espacio, actividades e infraestructura relacionados y
asociados con su desarrollo.
Contingencia ambiental: Evento o situación en donde un contaminante es
descargado de manera accidental, intencional o por negligencia, alterando y
perjudicando la calidad de algún recurso natural.
Explotación minera: En lo que respecta a la definición de explotación minera se
acogerá lo dispuesto en la Ley 685 de 2001, o la que la modifique, sustituya o
derogue.
52
Impacto ambiental: Cualquier alteración en el sistema ambiental biótico, abiótico
y socioeconómico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser
atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad.
Medidas de compensación: Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las
comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o
efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser
evitados, corregidos, mitigados o sustituidos.
Medidas de corrección: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o
reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o
actividad.
Medidas de mitigación: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y
efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.
Medidas de prevención: Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y
efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio
ambiente.
Puertos marítimos de gran calado: Son aquellos terminales marítimos, su
conjunto de elementos físicos y las obras de canales de acceso cuya capacidad
para movilizar carga es igual o superior a un millón quinientas mil (1.500.000)
ton/año y en los cuales pueden atracar embarcaciones con un calado igual o
superior a 27 pies.
Área de influencia: Área en la cual se manifiestan de manera objetiva y en lo
posible cuantificable, los impactos ambientales significativos ocasionados por la
ejecución de un proyecto, obra o actividad, sobre los medios abiótico, biótico y
socioeconómico, en cada uno de los componentes de dichos medios. Debido a
53
que las áreas de los impactos pueden variar dependiendo del componente que se
analice, el área de influencia podrá corresponder a varios polígonos distintos que
se entrecrucen entre sí.
Concepto y alcance de la licencia ambiental. La licencia ambiental es la
autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un
proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda
producir deterioro grave a los recursos naturales renovables, o al medio ambiente,
o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al
beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y
obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación,
corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra
o actividad autorizada.
La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o
concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos
naturales renovables que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto,
obra o actividad.
Plan de Manejo Ambiental: Es el conjunto detallado de medidas y actividades
que, producto de una evaluación ambiental, están orientadas a prevenir, mitigar,
corregir o compensar los impactos y efectos ambientales debidamente
identificados, que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad.
Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la
naturaleza del proyecto, obra o actividad.
El Plan de Manejo Ambiental podrá hacer parte del Estudio de Impacto Ambiental
o como instrumento de manejo y control para proyectos obras o actividades que
se encuentran amparados por un régimen de transición.
54
E. I. A.: Estúdio de Impacto Ambiental. Es el instrumento básico para la toma de
decisiones sobre los proyectos, obras o actividades que requieren licencia
ambiental y se exigirá en todos los casos en que se requiera licencia ambiental.
D. A. A.: Diagnóstico Ambiental de Alternativas. Tendrá como objeto suministrar la
información para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el
peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad.
SEYCA: Subdirección de Evaluación y Control Ambiental.
SINCA: Sistema de Información Corporativo Ambiental.
Estos son los pasos internos que sigue la CDMB para revisar si cumple con todos
lós requisitos las empresas para autorizar lá licencia ambiental.
PASO A PASO LAS INSTRUCCIONES INTERNAS DE LA CDMB PARA
AUTORIZAR UNA LICENCIA AMBIENTAL:
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
1
REVISAR DOCUMENTOS Y RADICAR SOLICITUD
El Interesado se acerca a la ventanilla de trámites para que el
servidor responsable revise la documentación. SI viene
completa la entrega en la ventanilla de correspondencia para
radicarla de acuerdo a la lista de chequeo Control de Procesos,
la solicitud que determine si el proyecto, obra o actividad a
realizar requiere o no de Diagnóstico Ambiental de
Alternativas- DAA, con los siguientes anexos:
55
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
- Descripción
- Objetivo y Alcance del Proyecto
- Localización (Coordenadas y Planos)
El servidor de correspondencia recibida envía la
documentación radicada a la Subdirección de Evaluación y
Control Ambiental, para que el respectivo reparto por parte del
Profesional Especializado responsable del grupo de evaluación
ambiental quien asigna al servidor que se hará cargo del
mencionado trámite de acuerdo al tema y haga la respectiva
revisión, con el fin de verificar si el proyecto obra o actividad a
realizar requiere o no de Diagnóstico Ambiental de
Alternativas- DAA.
Tiempo: Uno (1) día
2
ELABORAR Y ENVIO COMUNICACIÓN SOLICITANDO DAA
El servidor público encargado de la solicitud determina si el
usuario debe presentar el diagnóstico de alternativas-DAA.
Si el usuario debe presentar el DAA continúa con el siguiente
paso, dar aplicación al Artículo 2.2.2.3.4.3 del Decreto 1076 de
2015, donde se establece el contenido básico del Diagnóstico
Ambiental de Alternativas, de lo contrario se fijan términos de
elaboración del Estudio del Impacto Ambiental y continúa con
el paso 11, de este procedimiento.
56
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
El Profesional Especializado responsable del grupo de
evaluación ambiental asignará como responsable en el SINCA
un servidor adscrito al área de evaluación el cual será el
encargado de revisar los documentos, asignar número SINCA
y elaborar comunicación de respuesta para la firma de
Subdirector SEYCA sobre pronunciamiento por escrito si
requiere presentar o no DAA.
Nota: el tiempo máximo para determinar si el usuario debe
presentar o no el diagnóstico de alternativas es de 15 días
hábiles
Tiempo: Tres (3) días
3
RADICAR DIAGNOSTICO AMBIENTAL DE ALTERNATIVAS
En caso de requerir DAA, el interesado deberá radicar el
estudio de qué trata el artículo 2.2.2.3.4.3 del Decreto 1076 de
2015, junto con una copia del documento de identificación y el
certificado de existencia y representación legal, en caso de ser
persona jurídica.
TÉRMINO INMEDIATAMENTE
Tiempo:
57
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
4
PROYECTAR AUTO DE INICIO DE TRAMITE Y ENVIO A
NOTIFICACION
En caso de haberse requerido el DAA, el interesado allega a
las oficinas de correspondencia de la CDMB, junto con una
copia del documento de identificación y el certificado de
existencia y representación legal, en caso de ser persona
jurídica.
El Profesional Especializado responsable del grupo de
evaluación ambiental Servidor responsable del tramite, asigna
el expediente a un profesional en derecho para elaborar el
respectivo Auto de inicio de Trámite de Evaluación de DAA,
actuación que será notificada de conformidad con lo
establecido en la Ley 1437 de 2011 y publicada tal como lo
establece el Artículo 70 de la Ley 99 de 1993.
Una vez el auto de inicio este firmado y numerado el Servidor
en derecho encargado del trámite remite el expediente a la
oficina de notificaciones de la Secretaria General mediante
memorando para la notificación al interesado el Auto de Inicio
en los términos de la ley 1437 de 2011 y se realice la
publicación tal como lo establece el Artículo 70 de la Ley 99
de 1993.
58
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Nota: La proyección del Auto de Inicio de Trámite de
Evaluación del DAA, se deberá realizar inmediata a la
presentación del DAA.
Tiempo: ocho (8) días
5
REVISAR DAA Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN
ADICIONAL RESPECTO DEL DAA
En firme el Auto de inicio, la oficina de notificaciones remite el
expediente al grupo de evaluación ambiental de la
Subdirección de Evaluación y Control Ambiental, en donde
será asignado al servidor encargado de revisar el DAA, el cual,
en caso de ser necesario realizará visita, determina si se
requiere solicitar información adicional.
Si se requiere presentar información adicional el servidor
encargado del trámite, envía una comunicación al usuario
indicando la documentación que debe anexar (La autoridad
ambiental cuenta con 3 días hábiles para este requerimiento).
El usuario tendrá 1 mes para allegar la información requerida,
este término podrá ser prorrogado por la autoridad ambiental
competente de manera excepcional, hasta antes del
vencimiento del plazo y por un término igual, previa la solicitud
59
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
del interesado de conformidad con lo dispuesto en el artículo
17 de la Ley 1755 de 2015 o la norma que lo modifique,
sustituya o derogue.
Nota: el tiempo máximo para revisar el DAA es de 15 días
hábiles.
Tiempo: Ocho (8) días
6
NO PRESENTÓ LA INFORMACION ADICIONAL?
ELABORAR ACTO ADMINISTRATIVO POR DESISTIMIENTO
TÁCITO
En caso de que el interesado no presente la información
solicitada, ni allegue solicitud de prórroga del término para
presentar la misma, el servidor encargo de la Evaluación del
DAA, remitirá el expediente al profesional jurídico del grupo de
trámites ambientales, para elaboración del acto administrativo
de desistimiento tácito.
El Profesional asignado del grupo de evaluación proyecta el
acto administrativo declarando el desistimiento tácito, lo remite
a la oficina de notificaciones para realizar la notificación del
mismo.
Una vez ejecutoriado el acto administrativo que declara el
desistimiento tácito, el servidor responsable de la notificación
60
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
realiza la devolución del expediente al área de evaluación para
que el servidor en derecho delegado para seguir con el trámite
realice la devolución de la documentación al interesado.
Tiempo: Cinco (5) días
7
EMITIR CONCEPTO TÉCNICO DEL DAA
Una vez presentada la información adicional o en caso de que
no se haya requerido, el técnico asignado como responsable
del trámite procederá a evaluar el DAA, y emitir concepto
técnico el cual, será remitido al Responsable del área de
evaluación.
El Profesional Especializado responsable del grupo de
evaluación ambiental, asigna el servidor en derecho que
procederá a emitir la Resolución evaluación DAA.
Tiempo: Cinco (5) días
8
ELABORAR RESOLUCIÓN DE EVALUACIÓN DAA,
NOTIFICAR Y PUBLICAR
Recibido el expediente y el concepto técnico respectivo, el
servidor en derecho del área de evaluación, proyectara el acto
administrativo respectivo y una vez se encuentre firmado y
61
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
numerado, lo remitirá a la oficina de notificaciones con el fin de
que se surta la notificación del mismo, elaborando constancia
de ejecutoria e igualmente se ordena su publicación en el
boletín ambiental GDI, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 71 de la ley 99/93, Ley 1437 de 2011, y realizar la
devolución del expediente a la Subdirección de Evaluación y
Control Ambiental.
Contra el acto administrativo mediante el cual se pronuncia la
entidad sobre el DAA, procede el recurso de reposición. Si el
interesado presente recurso de reposición, la oficina de
notificaciones remite el expediente, junto con el recurso
interpuesto al grupo de trámites ambientales de la coordinación
de evaluación de SEYCA, para que sea resuelto de fondo,
conforme lo establece la Ley 1437 de 2011.
Tiempo: Diez (10) días
9
REALIZAR SOLICITUD DE LICENCIA AMBIENTAL
En los casos en que no se requiera pronunciamiento sobre la
exigibilidad del DAA o una vez surtido dicho procedimiento, el
interesado entregará en la ventanilla de trámites, el EIA de que
trata el Artículo 2.2.2.3.5.1 del Decreto 1076 de 2015, y
anexará la siguiente documentación que será revisada por el
servidor encargado de la ventanilla de trámites así:
62
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
- Formulario Único de Licencia Ambiental
- Plano que soporten el EIA de conformidad con lo
dispuesto en la Resolución 1415 de 2012 que modifica y
actualiza el modelo de almacenamiento geográfico o la
que la sustituya, modifique o derogue.
- Costo estimado de Inversión y operación del Proyecto.
- Poder debidamente otorgado cuando se actúe como
apoderado.
- Documento de Identidad o existencia y representación
legal.
- Constancia de pago para la prestación del servicio de
evaluación de la licencia ambiental.
- Certificación del Ministerio del Interior sobre presencia o
no de comunidades étnicas y de existencia de territorios
colectivos en el área de influencia del proyecto. De
conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2613 de
2013
- Copia de la radicación del documento exigido por el
ICANH a través de la cual se dé cumplimiento a lo
establecido en la ley 1185 de 2008.
- Formato para la verificación preliminar de la
documentación que conforma la solicitud de licencia
ambiental, emitido por el Ministerio.
63
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
- Los interesados en proyectos Mineros deberán allegar
copia del título minero y/o contrato de concesión minera
debidamente otorgado e inscrito en el Registro Minero
Nacional, así mismo los interesados en proyectos de
hidrocarburos deberán allegar copia del contrato
respectivo.
Una vez haya cumplido con los requisitos se procede a pasar a
la ventanilla de correspondencia recibida para la respectiva
radicación.
Nota: El usuario 15 días hábiles antes de radicar la solicitud
de licencia ambiental debe presentar el costo total del proyecto
para que la autoridad ambiental emita la respectiva liquidación.
El servidor público del grupo de Evaluación ambiental de la
Subdirección de Evaluación y Control Ambiental emite la
respectiva liquidación por los servicios de evaluación del
trámite para que la oficina de cartera emita la factura.
Cuando el usuario haya cancelado los costos de los servicios
de evaluación, se debe verificar el respectivo pago.
10
REVISIÓN PRELIMINAR – ASIGNAR EXPEDIENTE Y
ELABORACIÓN AUTO DE INICIO
A partir de la fecha de radicación de la solicitud de Licencia
64
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Ambiental el servidor de la ventanilla de correspondencia
deberá remitirla inmediatamente a la Subdirección SEYCA
para que ésta proceda por reparto asignarla al área de
evaluación donde será asignado a un servidor jurídico para
que realice la revisión jurídica de la información presentada.
En caso de encontrarse completa la documentación, hace la
respectiva devolución al responsable o coordinador del área de
evaluación para que se asigne a un servidor técnico de esa
misma área para que efectúe la revisión técnica de la
documentación presentada.
En caso de evidenciar que la documentación y/o información
no se encuentre completa, tanto el servidor en derecho como
el servidor técnico, según el caso, procederá a realizar
requerimiento mediante comunicación al interesado, al cual se
otorgará un término de uno (1) mes contado a partir del recibo
de la comunicación para que allegue lo requerido.
El interesado podrá solicitar una prórroga para presentar la
información requerida, hasta por un (1) mes adicional, tal como
lo establece la Ley 1755 de 2015.
En caso que el interesado no presente la información
requerida, debe informar al respectivo responsable o
coordinador del área de evaluación para que ordene la
proyección del acto administrativo que declara el desistimiento
tácito.
65
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Una vez realizada la revisión jurídica y técnica respectiva, y
verificado el cumplimiento de la documentación, el responsable
del área de evaluación asignará en el SINCA No. de
expediente y ordena al servidor en derecho para que
proyecte el auto de inicio de trámite y lo remita a la oficina de
notificaciones de la Secretaria General para su respectiva
notificación y Publicación en el GDI, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 70 de la ley 99/93.y ley 1437 de
2011.
Lista la notificación y publicación este expediente es devuelto
mediante memorando a la Subdirección de Evaluación y
Control Ambiental para continuar trámite.
Tiempo: Cinco (5) días
11
REALIZAR VISITA Y CONCEPTO TÉCNICO
En firme el Auto de inicio de trámite, el servidor de la oficina de
notificaciones remitirá el expediente a la Subdirección de
Evaluación y Control Ambiental para que sea asignado al
grupo de evaluación ambiental y esta a su vez lo asigne al
técnico que tendrá a cargo la realización de la visita,
verificación de si es necesario solicitar información adicional y
elaborar el concepto técnico de evaluación del EIA con Visto
Bueno del responsable del área de evaluación.
66
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Tiempo: Cinco (5) días
12
REQUIERE INFORMACIÓN ADICIONAL? ELABORAR
COMUNICACIÓN DE CONVOCATORIA A REUNIÓN AL
USUARIO
En caso de requerirse información adicional al interesado, el
técnico del grupo de evaluación ambiental tendrá 10 días
hábiles para convocar y realizar una reunión con el fin de
solicitar por única vez, información adicional al interesado, la
convocatoria a la reunión deberá efectuarse mediante
comunicación y deberá asistir por lo menos: el solicitante,
representante legal si es persona jurídica o apoderado
debidamente constituido y un delegado de la autoridad
ambiental
Toda decisión que se adopte en esta reunión se notificará
verbalmente, debiendo dejar constancia a través de acta de
reunión que dichas decisiones quedaron notificadas. Contra las
decisiones adoptadas en esta reunión por la autoridad
ambiental, procederá el recurso de reposición, el cual deberá
resolverse de plano en la misma reunión, dejando constancia
en el acta, de la cual se estregará una copia íntegra al
interesado.
67
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
La inasistencia a esta reunión por parte del solicitante no
impedirá la realización de la misma, salvo cuando por justa
causa el peticionario lo solicite.
El peticionario contará con un término de un (1) mes para
allegar la información requerida; este término podrá ser
prorrogado por la autoridad ambiental competente de manera
excepcional, hasta antes del vencimiento del plazo y por un
término igual, previa solicitud del interesado.
En caso que el interesado no presente la información adicional
requerida, el servidor técnico remitirá el expediente al
responsable del área de evaluación para que este ordene la
elaboración del acto administrativo que ordena el archivo de la
solicitud y la devolución de la documentación presentada, el
cual se notificara de conformidad con lo establecido en la Ley
1437 de 2011.
Tiempo: Tres (3) días
13
REQUIERE CONCEPTO O INFORMACIÓN ADICIONAL DE
OTRAS AUTORIDADES? ELABORAR COMUNICACIÓN
SOLICITANDO LA INFORMACIÓN
El Técnico del grupo de evaluación ambiental encargado de
realizar la evaluación, determina si requiere información
adicional de otras entidades u autoridades, lo cual deberá
68
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
realizar dentro de los diez (10) días siguientes al recibo de la
información adicional requerida al interesado, y las autoridades
o entidades a las cuales se solicite dicha información, deberá
allegarla dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes.
Tiempo: Tres (3) días
14
ELABORAR CONCEPTO TÉCNICO
Una vez recibida la información adicional requerida tanto al
interesado como a otras autoridades o entidades y en caso
que no haya sido necesario requerir ni al interesado ni otras
entidades información adicional, los profesionales o técnicos
asignados por el grupo de evaluación ambiental, procederán a
emitir concepto técnico de Evaluación del EIA, y remitirán el
expediente junto con el concepto técnico al responsable o
coordinador del área de evaluación para que se ordene la
proyección del acto administrativo pertinente.
Tiempo: cinco (5) días
15
ELABORAR, NOTIFICAR Y PUBLICAR EL AUTO DE
REUNIDA INFORMACIÓN Y RESOLUCIÓN DE
OTORGAMIENTO O NEGACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL
Recibido el expediente junto con el concepto técnico de
evaluación del EIA, el responsable o coordinador del área de
69
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
evaluación ordenara al servidor en derecho proyectar el auto
que declare reunida la información para decidir, el cual será
comunicado al interesado y procederá inmediatamente a
proyectar la resolución por medio de la cual se otorga o niega
la Licencia Ambiental y una vez se encuentre firmada y
numerada, la remitirá a la oficina de notificaciones de la
Secretaría General, con el fin de que se surta la notificación del
mencionado acto administrativo.
Recibida la resolución por medio de la cual se otorga o niega la
Licencia Ambiental, en la oficina de notificaciones, se
procederá a realizar la notificación del acto administrativo y la
publicación del mismo conforme a lo establecido en la Ley 99
de 1993.
Tiempo: Diez (10) días
16
ELABORAR, NOTIFICAR Y PUBLICAR RESOLUCIÓN QUE
RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN
En caso que el interesado presente recurso de reposición en
contra de la resolución que otorga o niega la licencia
ambiental, el responsable de la oficina de notificaciones
remitirá el expediente junto con el recurso interpuesto al grupo
de evaluación de SEYCA, para que sea resuelto de fondo,
conforme lo establece la Ley 1437 de 2011.
70
No
. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
El Profesional Especializado responsable del grupo de
evaluación ambiental, ordena al Profesional asignado por el
grupo de evaluación ambiental para que elabore la Resolución.
Una vez ésta esté firmada la envíe a notificación y publicación
conforme lo establece la Ley 1437 de 2011 y Ley 99 de 1993.
Nota: El termino para resolver los recursos es de Dos (02)
meses conforme a lo Establecido En El Artículo 86 De La
Ley 1437 De 2011.
Tiempo: Ocho (8) días
17
ENVIAR EXPEDIENTE A SEGUIMIENTO
Una vez notificada y ejecutoriada la resolución por medio de la
cual se resuelve el recurso presentado o notificada la
resolución que otorga o niega la licencia cuando no se
presentó recurso de reposición, el responsable de la oficina de
notificaciones realizara la devolución del expediente a la
Subdirección de Evaluación y Control Ambiental SEYCA, con
el fin de que asigne servidor público para realizar seguimiento
a la licencia otorgada o se realice el archivo del expediente en
caso de ser negada la misma.
Tiempo: Uno (1) día
Fuente: CDMB corporación autónoma regional para la defensa de la meseta de
Bucaramanga.
71
3. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LAS EMPRESAS DE
CONSTRUCCIÓN (EDIFICACIONES) EN BUCARAMANGA RELACIONADAS
CON LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL.
Las empresas constructoras deben cumplir una guía técnica ambiental establecida
por los diferentes entes reguladores para la construcción de nuevas edificaciones
en la cual deben presentar las diferentes etapas y procesos del proyecto
propuesto.
La importancia de esta guía técnica ambiental es conocer la información, consulta,
medición y evaluación de las implicancias ambientales del proyecto a construir,
tanto para los responsables de la construcción, como para la población afectada y
las entidades ambientales gubernamentales.
Un ente ambiental regulador es La Corporación Autónoma Regional para la
defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) ejerce el control ambiental sobre
todas las obras en construcción que se desarrollan dentro de Bucaramanga y su
Área Metropolitana.
Dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería
jurídica, encargada por la ley de administrar dentro del área de su jurisdicción, el
medio ambiente y los recursos naturales renovables, y propender por su desarrollo
sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 2041 de 2014 (norma vigente
que regula el procedimiento para el trámite de licencias ambientales), existen
proyectos que no requieren el trámite de Licencia ambiental, razón por la cual no
resulta exigible la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, necesariamente
72
asociado a dicho trámite. No obstante, en concordancia con las normas que
reglamentan el aprovechamiento de cada uno de los recursos naturales
renovables que puedan verse afectados por su intervención durante la ejecución
de una obra, la Subdirección Ambiental del Área Metropolitana de Bucaramanga
(AMB) considera necesario la expedición de unos Lineamientos Ambientales, a
manera de Guía, para que sean tenidos en cuenta y se implementen desde la
concepción inicial de cualquier proyecto de obra de construcción (fase de consulta
y diseños), hasta su ejecución (fase de construcción) (AMB, s. f)
Manejo de señalización y publicidad
Grafico 1. Valla informativa y cerramiento.
Grafico 2. Sendero peatonal debidamente demarcado, falta señalización de
desvió.
73
Grafico 3. Inadecuado bloqueo y protección de individuo arbóreo.
Grafico 4. Incorrecto acopio de materiales, sobre capa vegetal.
Grafico 5. Manejo adecuado de individuos arbóreos.
74
Grafico 6. Equipo con derrames de lubricantes. (Deficiente mantenimiento).
Grafico 7. Deficiente drenaje y presencia de residuos peligrosos.
Fuente: Alcaldía Mayor de Bogotá (2010). Guía de manejo ambiental para el
sector de la construcción. Recuperado de
http://idrd.gov.co/sitio/idrd/sites/default/files/imagenes/guia_de_manejo_ambiental0
75
4. PROBLEMÁTICA E IMPACTO AMBIENTAL PRESENTE EN LA COMUNIDAD
CON LOS PROCESOS INDUSTRIALES DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN
(EDIFICACIONES) DE BUCARAMANGA
Actualmente la afectación en Bucaramanga que perjudica los recursos naturales
se focaliza en la extracción incontrolada de madera, se evidencia la tala de
diferentes especies de árboles como el cedro, cafeto, mulato para
aprovechamientos comerciales y construcciones (edificaciones) nuevas, como de
otras miles talas de árboles ocasionada por la infraestructura vial que actualmente
se está evidenciando con la construcción de nuevas carreteras.
El sector de la construcción aunque es indispensable para el desarrollo de una
sociedad aportando un crecimiento económico al país; también es un gran
consumidor de los recursos naturales y generador de desechos, contaminación,
transformación del entorno y uso considerable de energía; es aquí donde la
gestión ambiental es indispensable para la mejora de las actividades que
desarrollan estas empresas constructoras en el objeto de su razón social, de esta
manera lograr identificar los aspectos ambientales y realizar la evaluación del
impacto ambiental que llegara a tener un proyecto de construcción en el sitio en el
cual se vaya a ejecutar.
Este sector incide en varias etapas para su realización de obras el cual despliega
fuentes de contaminación que modifican el componente natural de los
ecosistemas a tal punto de influir en el cambio climático.
Dando como resultado una problemática ambiental en los diferentes componentes
ambientales:
Problemática ambiental suelo: presenta alteración fundamentalmente por los
residuos, ya sean sólidos, líquidos y/o peligrosos, generados en la industria y que
76
están asociados a actividades de desmonte, limpieza, descapote, excavaciones,
demoliciones, obras hidráulicas y construcción de vías, entre otras.
En el curso final de la vida útil de la construcción, todos los materiales utilizados a
menudo se convierten en escombros, es decir, que grandes cantidades (50%) se
presentan en forma de materiales de desecho, (Lombera, 2010).
Así como los residuos tienen importante influencia en el suelo, el uso de la tierra,
la acidificación, la eutrofización y ecotoxicidad también lo hacen, y se caracterizan
fundamentalmente por la modificación generada al ecosistema.
Los movimientos de tierra generan alteración de la geomorfología, la pérdida de
cobertura vegetal, ocasionan procesos de erosión más rápidos y en ocasiones,
cuando se usan explosivos para excavaciones en la industria de la construcción,
se pueden generar inestabilidad de los taludes lo que conllevaría a un riesgo de
deslizamientos y derrumbes que pueden generar tanto pérdidas en la
infraestructura como pérdidas humanas.
Problemática ambiental aire: sus alteraciones están asociadas al polvo, el ruido,
las emisiones de CO2 como consecuencia de, entre otras actividades, el uso de
combustibles fósiles, uso de minerales, realización de excavaciones, corte de
taludes y operación de máquinas y herramientas. Para el caso específico del
dióxido de azufre, Medineckien, et. Al. (2010) plantea que este es producto del uso
de los combustibles fósiles, mientras que el uso de minerales como material de
construcción genera finas partículas de polvo durante su proceso de degradación,
de acuerdo con la dispersión, el polvo se clasifica en 5 clases. Los más peligrosos
de ellos son partículas duras de la clase 5º. Estas partículas duras no son
detenidas por las vías respiratorias superiores de los humanos; por lo tanto,
pueden pasar desapercibidos con enfermedades de las vías. Depositando en la
membrana mucosa de la nariz, la tráquea, los bronquios, que despiertan
77
reacciones inflamatorias y con el tiempo alteraciones crónicas. Más tarde, la gente
contrae enfermedades de las vías respiratorias, como bronquitis, traqueítis y
neumonía (esclerosis difusa de los pulmones).
Problemática ambiental atmósfera: Si bien los combustibles fósiles (carbón, gas
y petróleo) hacen parte de las principales fuentes de energía, las emisiones de su
combustión provocan cambios climáticos, pues al ser quemados se presenta
liberación de dióxido de carbono a las capas más bajas de la atmósfera donde se
forma una barrera que atrapa el calor liberado por la tierra, generando lo que se
conoce como efecto invernadero. Entre más dióxido de carbono hay en la
atmósfera, más calor se acumula y este calentamiento provoca el cambio
climático.
El sector consume hasta un 60% de todas las materias primas extraídas de la
tierra (Lombera, 2010), por ejemplo, la construcción de una planta industrial
implica el uso de grandes cantidades de materiales: los fundamentos, las
estructuras de carga, los techos y las paredes. Los fabricantes
de cemento generan entre el 3 y 5% de las emisiones de CO2 en la atmósfera a
través del mundo. El proceso de fabricación comienza con la piedra caliza (de alta
contenido de Ca (CO) y 4,4 kN de CO2 que se produce al calentar solo 10 kN de
CaCO3. Si bien el consumo de materias primas es un 60%, es importante señalar
que la transformación de estas en materiales de construcción genera
aproximadamente el 50% de las emisiones a la atmósfera, específicamente las
emisiones de CO2 (Lombera, 2010).
Problemática ambiental ruido: El aporte de la contaminación que el ruido hace al
aire es producto, principalmente, de la operación de máquinas y equipos utilizados
en actividades de excavación, apertura de vías, transporte y descargue de
materiales. Los elevados niveles de contaminación por ruido alteran a trabajadores
y el entorno. Teixeira (2005), en este sentido, plantea que el ruido producido por
78
una obra de construcción puede afectar el derecho al silencio, la comodidad y la
salud de residentes y la población visitante, y puede influir en la actividad normal
de las escuelas cercanas, hospitales y otros servicios, y que las principales
fuentes de ruido en una obra de construcción son martillos neumáticos,
compresores, hormigoneras y maquinaria.
Problemática ambiental agua: el recurso hídrico está asociado a los
movimientos de tierra, excavaciones y eliminación de la cubierta vegetal,
generando así alteración de los cuerpos de agua, que en ocasiones son
atravesados por la construcción de vías y en consecuencia, se presenta la
modificación de los flujos y calidad de agua. El agua de lavado de las obras de
construcción contiene una cantidad considerable de sólidos suspendidos, hecho
que altera los sistemas de alcantarillado y plantas de tratamiento. El máximo
permitido de cantidad de sólidos de alta densidad (por ejemplo, minerales) es de
200 mg l-1.Teixeira (2005). Lo anterior también está acompañado de los
consumos de agua que se presentan en la preparación de materiales, lavado de
máquinas y equipos, y en el proceso en general.
Problemática ambiental espacio: el problema de los residuos de la construcción
tiene dos consecuencias importantes. En primer lugar, el impacto
ambiental de lo que se arroja al ambiente en términos de pérdida de recursos
naturales, contaminación y desechos tóxicos. En segundo lugar, el costo adicional
originado por el material que se pierde y la mano de obra y energía necesarias
en la recolección y transporte para su disposición final (Blog 360° en concreto, s. f)
Estas son algunas de las contravenciones en el año 2015:
79
Tabla 2. Contravenciones Año 2015
AÑO FECHA CONTRAVENCION DEPARTAMENTO
2015 01/09/2015 Se evidenciaron la intervención al
componente arbóreo mediante una tala
rasa de especies forestales nativas de
caraboli y tachuelo de aprox. 40
individuos.
Santander
2015 06/04/2015 Tala de 62 árboles en un área
aproximada de 2 hectáreas y movimiento
de tierra para apertura de una vía.
Santander
2015 14/10/2015 Tala de varias especies para un total de
30 árboles en una área aproximada de
media hectárea.
Santander
2015 30/04/2015 Se evidenció intervención a la franja de
aislamiento de drenaje natural por tala y
roza de especies forestales en aprox.
100 árboles y un área de 300 m2.
Santander
2015 27/05/2015 Se evidenció tala de especies arbustivas
propias del ecosistema de paramo en un
área que oscila entre una y dos
hectáreas.
Santander
2015 08/09/2015 Se evidenció la tala de cien (100) árboles
en un área de 1.5 a 2 h.a., de diferentes
especies nativas y dap entre 10 y 60
centímetros, sin permisos de autoridad
ambiental.
Santander
2015 23/11/2015 Se evidenció la tala de 13 árboles de
cedro, gualanday y frijolito.
Santander
80
AÑO FECHA CONTRAVENCION DEPARTAMENTO
2015 20/04/2015 Se evidenció tala de especies arbóreas
de nombre común guamo, apertura de
vía de 240mts se presenta autorización
de movimiento de tierra otorgada por la
curaduría 2 de f/blanca.
Santander
2015 14/05/2015 Se evidenció un total de 20m de madera
de las especies cedro, cafeto y mulato
producto de tala de varios árboles para
aprovechamiento comercial sin permisos.
Santander
2015 14/04/2015 Se evidencia la tala y quema de varias
especies en total de 35 árboles en una
área aproximada de 2.00 m2.
Santander
2015 15/05/2015 Se evidenció la intervención al recurso
flora por tala de 20 individuos de
especies nativas en un área aprox. de
una h.a.
Santander
2015 14/08/2015 Se evidenció tala de un relicto boscoso
nativo, afectando más de cine (100)
arboles de especies robles, arboloco,
cucharo y otras especies arbustivas y
herbáceas de diferentes diámetros sin
permisos.
Santander
2015 19/08/2015 Se evidenció la tala de ocho (8) árboles
nativos, sin contar con el respectivo
permiso.
Santander
2015 05/03/2015 Tala de 32 árboles de especies nativas
incluidos dos individuos en veda de
especie cedro.
Santander
81
AÑO FECHA CONTRAVENCION DEPARTAMENTO
2015 12/02/2015 Movimiento de tierra y corte de terreno
para apertura de una vía afectando
especies forestales y tala de 4 especies
arbóreas.
Santander
2015 20/04/2015 Según visita de inspección ocular del 07-
04-2015 al proyecto denominado aqua
tower de Bucaramanga, se evidencio la
tala de especies forestales ubicadas en
el drmi. de Bucaramanga.
Santander
2015 04/08/2015 Se evidenció tala incluyendo la franja de
protección de la cañada área aprox. de
1.5 ha de las especies mano de oso,
algodoncillo, guamo macho y otras
especies arbustivas.
Santander
2015 25/08/2015 Se evidenció una tala de
aproximadamente 150 árboles
incluyendo la franja de protección de una
fuente hídrica sin contar con los
permisos respectivos.
Santander
2015 12/05/2015 Se evidenciaron 153 bloques de madera
de diferentes dimensiones de la especie
de cedo producto de la tala de tres (3)
arboles.
Santander
2015 12/05/2015 Se evidenció la tala rasa de especies
forestales nativas en un área de 2 h.a.
promedio de 4.ooo individuos talados
afectando la franja de aislamiento del rio
de oro.
Santander
82
AÑO FECHA CONTRAVENCION DEPARTAMENTO
2015 12/05/2015 Se evidenció tala rasa de especies
forestales nativas en área de 3 y 4 h.a.,
para realizar cultivos de frutales.
Santander
2015 01/09/2015 Se evidenció tala de árboles para
adaptar terreno y establecer cultivo de
cacao, sin contar con los permisos
respectivos.
Santander
2015 22/09/2015 Se evidenció una tala de
apropiadamente dos (2) h.a. de bosque
nativo sin los permisos respectivos.
Santander
2015 26/02/2015 Tala de árboles sin el respectivo
permiso.
Santander
2016 09/03/2016 Tala y aserrío de 30 árboles de la
especie cedro.
Santander
Fuente: CDMB (2015) Contravensiones
La problemática de la tala indiscriminada de árboles afecta a toda la comunidad de
Bucaramanga, los árboles proveen el oxígeno y evitan la erosión del suelo,
además que controlan el ambiente para que permanezca fresco, protegen de la
lluvia y el sol, mantienen estable el caudal de los ríos, se enriquecen de los
nutrientes del suelo, mediante sus hojas, evitan derrumbes. Actualmente la ley,
1791 de 1996, por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento
forestal es la que controla la tala de árboles en Colombia; otras de las actividades
que se evidencian son las sanciones impuestas por la CDMB para los vertimientos
de residuos y sustancias que algunas empresas están descargando en los
cuerpos hídricos de Bucaramanga.
Estas son algunas de las contravenciones en el año 2015:
83
Tabla 3. Sancionatorio Vertimientos Año 2015 Por La CDMB
AÑO FECHA CONTRAVENCIÓN DEPARTAMENTO
2015 02/09/2015 Se evidenció una afectación ambiental a
causa de vertimientos ilegales
provenientes de apropiadamente 300
viviendas que cuentan con servicios
públicos y carecen de saneamiento
básico, vertiendo al suelo.
Santander
2015 14/05/2015 Se evidenció infracción a la normatividad
ambiental por realizar contaminación al
recurso del suelo por descargas
(vertimientos domésticos) por
asentamiento subnormal.
Santander
2015 20/04/2015 Se evidenció infracción a la normatividad
ambiental por realizar descargar directas
de vertimientos al cuerpo hídrico
identificado como quebrada el palmar.
Santander
2015 23/10/2015 Se evidenció planta de sacrificio
clandestina de equinos y asnos,
vertimientos directo de residuos líquidos
y solido sobre la escarpa generando
olores ofensivos y afectación al recurso
flora.
Santander
2015 09/01/2015 Vertimientos a la quebrada mensuli,
acumulación en el cuerpo de agua de
materia orgánica y presencia de olores
ofensivos, característicos de la actividad
de sacrificio de aves.
Santander
Fuente: CDMB (2015) Contravensiones
84
Tabla 4. Sancionatorio Vertimientos Año 2015 Por La CDMB
FECHA_RADI
CACIONCONTRAVENCION DEPARTAMENTO DOCUMENTO
NOMBRE DEL
INFRACTOR
23/02/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA CON EL FIN DE ADECUAR EL TERRENO PARA UNA URBANIZACION
SIN CONTAR CON LOS PERMISOS EMITIDOS POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL
Santander 900417085
ASOCIACIÓN PRO DESARROLLO
VIVIENDAS EL P LAYÓN
APROVIPLASAN
29/01/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA, DESCAPOTE, RELLENO Y COMPACTACION EN UN AREA DE DE
APROXIMADAMENTE 2500 METROS LA CUAL PERTENECE A LA FRANJA DE AISLAMIENTO DE
DRENAJE NATURAL AFLUENTE DE A QUEBRADA LA LEJIA
Santander 5567238
JOSE CAVANZO GUIZA
22/06/2015 MOVIMIENTO DE TIERRA EN UN AREA DE 300 M2 Santander 804016566 CAHE LTDA
06/04/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA EN UN AREA DE 400 M2 PARA CONSTRUCCION DE VIVIENDA Y
APERTURA DE VIA EN UN AREA DE 200 MTS LINEALESSantander 37655064
FLORINDA SARMIENTO RIVERA
29/04/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA, CONCERNIENTE EN EL DESCAPOTE DE LA COBERTURA VEGETAL
PRIMARIA, CORTE Y NIVELACIÓN DE UN ÁREA APROXIMADA DE 90 M2Santander 28151925
AIDE BELTRAN LINDARTE
22/06/2015 MOVIMIENTO DE TIERRA PARA APERTURA DE UNA VIA EN UN AREA APROXIMADA DE 2 KM Santander 5541828 FRANCISCO SERRANO SERRANO
05/03/2015 MOVIMIENTOS DE TIERRA, CORTE, NIVELACION Y DISPOSICION DE TERRENO EN UN AREA DESantander 91467375
RAMIRO GUALDRON
02/03/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA (DESCAPOTE, RELLENO, CORTE Y NIVELACION) EN UN AREA DE
APROXIMADAMENTE 1.3 HECTAREAS, ASI MISMO INTERVENCION AL RECURSO HIDRICO Y
FLORA
Santander 91352638
JORGE JAIMES SANDOVAL
12/02/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA Y CORTE DE TERRENO PARA APERTURA DE UNA VIA AFECTANDO
ESPECIES FORESTALES Y TALA DE 4 ESPECIES ARBÓREASSantander 13847315
SAUL VALENCIA NORIEGA
26/02/2015
MOVIMIENTO DE TIERRA, DESCAPOTE Y CORTE EN UN AREA APROXIMADAMENTE DE 108 M2
PARA LA CONSTRUCCION DE UNA PRESUNTA VIVIENDASantander 63211074
ZULMA JULIANA GOMEZ
85
5. CONCLUSIONES
Las auditorías ambientales son el instrumento que tienen los gobiernos para
verificar que las empresas industriales estén cumpliendo con los parámetros y
normativas que aplican en los diferentes procesos industriales y de esta forma
lograr minimizar los daños ambientales.
Los Procesos industriales son uno de los principales contaminantes del medio
ambiente a través de emisión y sustancias nocivas, toxicas y peligrosas que traen
consecuencias en la salud y calidad de vida del ser humano.
La contaminación nos trae problemas de salubridad que muy pocas empresas
y personas le están dando la importancia al caso, los ciudadanos no tienen
conciencia en el diario vivir de las complicaciones que nos trae estar expuestos a
los diferentes contaminantes que estas empresas de construcción generan en el
aire, agua y tierra.
86
6. RECOMENDACIONES
Para mejorar nuestra calidad de vida nosotros como ciudadanos debemos
estar al tanto de cada una de las actividades que estas empresas realizan para
denunciar antes las autoridades competentes, es por eso que la educación en el
tema ambiental debe ser una de las herramientas principal para empezar a tomar
conciencia de cuidar nuestro entorno y los recursos naturales deben ser
protegidos a toda costa y de esta manera generar conciencia ciudadana para
empezar a recuperar nuestro medio ambiente.
Las empresas constructoras deben empezar a tratar tecnología con equipos
modernos que minimicen la expiración de estas partículas al aire, agua y suelo.
Es importante que el estado invierta en la creación de instituciones y
organismos de protección del medio ambiente que acompañe a la protección y
educación de la población y empresas para el cuidado del medio ambiente y los
recursos naturales.
87
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92
ANEXOS
Anexo A. FORMULARIO TRAMITE LICENCIA AMBIENTAL
93
Anexo B. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
CÓDIGO: A-GJ-PR06
VERSIÓN: 08
FECHA: 30/11/2016
PROCESO GESTIÓN JURÍDICA
CUADRO CONTROL DE CAMBIOS
Versión Fecha Descripción del Cambio
01 05/03/2010 MODIFICACIÓN (Reemplaza procedimiento M-GNA-P18 Aplicación de Sanciones a Infracciones
Ambientales
02 20/09/2010 MODIFICACIÓN (Sol. 607. Actividad 14 Proyectar decisión medida preventiva)
03 12/11/2010 MODIFICACIÓN (Sol. 675. Modificación numerales 10, 15 y 24 e inclusión de un nuevo numeral
Notificaciones, Auto de apertura, formulación de cargos y pruebas.)
04 14/12/2011 MODIFICACIÓN (sol. 890) Cambios en Objetivo, Autoridad y Responsabilidad, Documentación de Referencia y soporte, Terminología, el total de las actividades de las Instrucciones, Adjunto Anexo
1 Diagrama de Flujo.
05 20/12/2012 MODIFICACIÓN (Sol 1187) Se actualiza la Actividad 20
06 16/07/2014
Modificación (Sol 1511) Actualización de la documentación del SIGC, de conformidad con el acuerdo N° 1262 de 20 de Diciembre de 2013. Con modificación en los siguientes ítems: 4.
Autoridad y Responsabilidad añade Subdirector SGRST y Coordinador Jurídico de Trámites Ambientales, 6. Terminología, añade SGRST: Subdirección de Gestión del Riesgo y Seguridad Territorial, 7. Instrucciones: actividad 8, añade en responsable a Coordinación de Sancionatorios.
Actividad 20, añade grupo financiero (contabilidad).
07 03/11/2016
Modificación Sol (1971) Actualización del procedimiento de acuerdo a la normatividad vigente, inclusión en el paso a paso del Decreto Único 1076 de 2015 y adecuación de la autoridad y responsabilidad conforme al Acuerdo del Consejo Directivo 1306 del 2016 del rediseño
administrativo.
08 30/11/2016
Modificación Sol (2041) traslado del documento del proceso de evaluación y control a la Demanda Ambiental al proceso de gestión jurídica; cambio en la codificación; Actualización del procedimiento de acuerdo a la nueva normatividad vigente en la materia, modificando los
siguientes ítem del procedimiento: 4. Autoridad y Responsabilidad conforme al Acuerdo Consejo Directivo 1306 de 2016; 5. Documentos de Referencia o Soporte se incluye el DECRETO 1076 de 2015, 6. Terminología, añade SOPIT: Subdirección de Ordenamiento y Planeación Integral del
Territorio modifica SUGAR Subdirección de Gestión Integral de la Oferta Ambiental; 7. Instrucciones: se modifican los tiempos contemplados en las actividades y se incluyen nuevas actividades.
1. OBJETO Prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados de acuerdo a lo preceptuado en la normativa legal vigente, por medio del procedimiento administrativo sancionatorio ambiental.
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2. ALCANCE A todas las personas que dentro del área de jurisdicción de la CDMB, infrinjan o realicen actividades que afecten el medio ambiente.
3. POLÍTICAS
Garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la constitución, los tratados
internacionales, la ley y el reglamento.
4. AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Actuar como máxima autoridad ambiental en el territorio de jurisdicción de la CDMB, en cabeza
de la Dirección General.
El Secretario (a) General, los Subdirectores de Evaluación y Control a la Demanda Ambiental,
de Gestión Integral de la Oferta Ambiental, de Gestión del Riesgo y Seguridad Territorial, de
Ordenamiento y Planeación Integral del Territorio y Administrativo y Financiero, los Jefes de
Oficina de Direccionamiento Estratégico Institucional, Gestión Social Ambiental y Control
Interno, los Coordinadores Técnicos de las respectivas Subdirecciones; y grupos de trabajo
adscritos a cada Coordinación y Dependencias respectivas; serán responsables de informar en
primera instancia las afectaciones ambientales y violaciones de la normatividad ambiental a la
Coordinación de Sancionatorios de la Secretaria General.
La Coordinación de Sancionatorios será la responsable de ejecutar el procedimiento.
5. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA O SOPORTE
Constitución Política de Colombia
Decreto 2811 de 1974
Decreto 1594 de 1984
Ley 99 de 1993
Ley 1333 de 2009
Decreto 3678 de 2010
Resolución 2086 de Octubre de 2010 Min Ambiente.
Resolución 415 de 2010 del Ministerio de Min Ambiente
Manual Conceptual y Procedimental relacionado con la metodología para el cálculo de multas
por infracciones ambientales expedido por el MinAmbiente.
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Resolución 1238 de Junio de 2011
Decreto 1076 de 26 Mayo de 2015
Acuerdo de consejo directivo número 1306 de Julio de 2016
6. TERMINOLOGÍA
GEA: Grupo Elite Ambiental CDMB
95
Infracción Ambiental: Se considera infracción Ambiental toda acción u omisión que constituya violación de las normas contenidas en el Código de Recursos Naturales Renovables Decreto- Ley 2811 de 1974, Ley 99 de 1993, Ley 165 de 1994 y demás normas concordantes. Impacto Ambiental: Es la alteración que se produce en el entorno, ocasionada por la ejecución de un proyecto, obra o actividad.
Medida de Compensación: Son las obras o actividades dirigidas a resarcir y mitigar los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad.
Medida Preventiva: Acto administrativo que consiste en la imposición de unas exigencias que tienen que realizarse de forma inmediata, para prevenir o impedir la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente los recursos naturales, el paisaje o la salud humana.
PROCESO: Es el conjunto de actuaciones administrativas ejecutadas por la Entidad con el fin de aplicar la normatividad legal vigente en materia ambiental, a un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo.
GESA: Oficina de Gestión Social Ambiental
SEYCA: Subdirección de Evaluación y Control a la Demanda Ambiental
SIC: Sistema de Información Corporativo de la CDMB SINCA: Sistema de Información de Normatización y Calidad Ambiental de la CDMB SOPIT: Subdirección de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio
SURYT: Subdirección de Gestión del Riesgo y Seguridad Territorial
SUGAO: Subdirección de Integral de la Oferta Ambiental
SG: Secretaría General
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7. INSTRUCCIONES
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
1
DAR CONOCIMIENTO DEL HECHO El procedimiento sancionatorio iniciará de oficio, a petición de parte o como consecuencia de la imposición de una medida preventiva, situación que se puede generar por: 1.1 Afectación Ambiental o Denuncia
Ambiental Si la misma es presentada en forma verbal o escrita, la dependencia de atención al ciudadano recepciona la Afectación Ambiental y/o denuncia Ambiental y la remite a la Oficina de Correspondencia quien radica, y la remite a la Subdirección y/o Dependencia competente para conocer del asunto. La remisión de la Afectación Ambiental o Denuncia Ambiental se deberá realizar en 1 día hábil. 1.2 De Oficio Si es de oficio (seguimiento o imposición de medida preventiva) se continúa con la actividad 5. Para éste caso se debe tener presente que existen 3 días para la legalización de la medida preventiva.
Director(a) General,
Subdirectores y Jefes
de Oficinas de la
CDMB.
Personal de la oficina
de atención al
ciudadano
Personal de
Correspondencia de
entrada.
Subdirecciones
Misionales y de
Apoyo.
Afectación Ambiental o Denuncia Ambiental
Acta de visita
Informe técnico
Informe policivo
Acta de imposición de
medida preventiva.
2
REVISAR Y REMITIR A LA COORDINACIÓN RESPECTIVA 1.3 El Subdirector de la oficina competente, recibe la correspondencia, revisa el contenido de la Afectación Ambiental o Denuncia Ambiental y la remite a la Coordinación competente. La revisión y remisión a la coordinación respectiva se realizará en 1 día hábil.
Subdirecciones
Misionales y de
Apoyo.
Carta o formato de
recepción de Afectación
Ambiental o Denuncia
Ambiental.
3
VERIFICAR HECHOS La coordinación competente designará un servidor público para que proceda a desplazarse al lugar objeto de la Afectación Ambiental o Denuncia Ambiental y verificar la existencia de la situación denunciada. La verificación de hechos se realizara en ocho (8) días hábiles.
Técnico Operativo y/o
servidores públicos.
Acta de Visita
Informe Técnico
4
REGISTRAR DATOS EN EL APLICATIVO DE QUEJAS Y/O DENUNCIAS. El servidor Público asignado por el Coordinador, registra los datos que describen en su totalidad la denuncia en el SIC: lugar o dirección, hecho denunciado, posible
Técnico Operativo y/o
servidores públicos. Registro en el SIC
97
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
responsable y observaciones particulares. El registro de datos en el aplicativo se realizara en un (1) día hábil.
5
EVALUAR EL CASO TÉCNICAMENTE Las oficinas y/o dependencias competente de la Entidad con base en el concepto técnico, revisará y evaluará el caso con el fin de determinar técnicamente, si existe fundamento para iniciar la investigación o indagación preliminar, registrando en el informe los datos sobre las características y condiciones del hecho, la descripción del lugar, los posibles responsables, las afectaciones ambientales y/o infracciones a las normas ambientales y demás criterios técnicos pertinentes por recurso afectado, asignando un número SIC a efectos de remitir las diligencias a la Coordinación de Sancionatorios de la Secretaría General, quien determinará la viabilidad jurídica. Así mismo, el servidor público deberá diligenciar en el Sistema de Información de Normatividad y Calidad Ambiental - SINCA, los datos requeridos y relacionados con el caso conceptuado a fin de crear el número de solicitud respectivo. Emitir concepto, revisar y evaluar el caso deberá realizar en tres (3) días hábiles.
Subdirecciones y/o
oficinas
SIC
Informe Técnico
Acta de visita
Memorando
6
ELABORAR OFICIO DE RESPUESTA El Servidor Público elabora un oficio de respuesta al usuario que interpuso la Afectación Ambiental o Denuncia Ambiental, donde le informa los resultados de la visita. La elaboración del oficio de respuesta se deberá realizar dentro del plazo establecido en el Manual de correspondencia.
Coordinadores de las
Subdirecciones
Equipos de campo.
Subdirecciones
Misionales y de
Apoyo.
Secretarias
Oficio De Respuesta
7
EVALUAR EL CASO JURÍDICAMENTE
Recibido por parte de la Coordinación de
Sancionatorios el informe técnico junto con los
soportes respectivos (control de procesos,
acta de visita, registro fotográfico etc.), se
realiza el estudio del caso y determina que si
existen falencias en el informe presentado que
imposibiliten el normal desarrollo del proceso
sancionatorio, devolverá las diligencias
mediante memorando a la Coordinación
respectiva, para las correcciones a que
hubiere lugar. En caso contrario se continúa
Coordinación de
Sancionatorios
Abogado Grupo de
Sancionatorios
Secretario (a)
General.
Informe Técnico
Acta de visita
Control de Procesos
Memorando
98
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
con la actividad siguiente.
El reparto y evaluación del caso
jurídicamente se realizara en un (1) día
hábiles.
8
ASIGNAR EL NÚMERO DEL EXPEDIENTE EN EL SINCA En caso de cumplirse los requisitos para ordenar la apertura del proceso, El (La) Coordinador (a) de Procesos Sancionatorios designará al servidor público para asignar el número del expediente en el SINCA así como el reparto de la solicitud (asignación del responsable) para dar inicio al proceso sancionatorio.
Coordinación de
Sancionatorios
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios
Número expediente
SINCA
Trazabilidad de los
procesos contenidos en el
SINCA.
9
PROYECTAR AUTO QUE ORDENA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN El Servidor Público responsable de impulsar el proceso Proyecta el Acto Administrativo pertinente (auto de indagación preliminar, auto de indagación con legalización de medida preventiva, auto de apertura de investigación), el cual es suscrita por el Secretario (a) General, previa revisión de la Coordinación de Sancionatorios y será notificada en los términos de la normativa vigente. La proyección, revisión y la firma de la actuación procesal se realizara en tres (3) días hábiles.
Secretario (a)
General
Coordinación de
Sancionatorios.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios
Expediente Sancionatorio
Providencias
10
COMPULSAR COPIAS A OTRAS AUTORIDADES Si los hechos materia de la investigación sancionatorio, fueren constitutivos de delito, falta disciplinaria o de otro tipo de infracción administrativa, la autoridad ambiental pondrá en conocimiento a través del Proceso de Gestión Jurídica, a las autoridades correspondientes de los hechos y adjuntará copia de los documentos pertinentes.
Secretario (a)
General.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Servidor Público
Grupo de Jurídico
Administrativo.
Oficio remisorio
Copia del expediente
Sancionatorio
11 LEGALIZAR O IMPONER LA MEDIDA PREVENTIVA
Servidor Público
Grupo de
Acto Administrativo Y
Memorando Interno
99
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
En caso que el informe remitido por las dependencias competentes determine la imposición de una medida preventiva, o si de las pruebas allegadas al expediente se determine la necesidad de imponer la misma, una vez firmada la actuación procesal que la ordena, el abogado de reparto, remite el acto administrativo junto con el memorando a la Subdirección Misional competente para que realice la diligencia de imposición de sellos y solicite acompañamiento con el Grupo Elite Ambiental, quien a su turno remitirá a la Coordinación de Sancionatorios el Acta de Imposición de medida preventiva. Así mismo, se deberá realizar el respectivo seguimiento sobre el cumplimiento de la medida preventiva, por parte de las subdirecciones aludidas según el caso. La materialización de la medida preventiva se deberá realizar en (3) días hábiles.
Sancionatorios
GEA
Servidores Públicos
Subdirecciones
Misionales
Acta de Imposición de
medida preventiva
Informe de Seguimiento
por parte de la
Subdirecciones
misionales.
12
RESOLVER SOLICITUD DE CESACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Previa presentación de la solicitud de cesación, por parte del presunto infractor y sí plenamente se demuestra alguna causal de cesación del procedimiento se ordenara la terminación del proceso sancionatorio mediante acto administrativo motivado, que será notificado de acuerdo con la normativa vigente, decisión contra la cual procede recurso de reposición y en caso de no presentarse recurso contra la misma se procede al archivo de las diligencias. De no hallarse probadas las causales de cesación establecidas por la Ley, se continuará con la actividad 13. La proyección, y sustanciación de la actuación, revisión y firma de la misma se deberá realizar en sesenta (60) días calendarios.
Secretaria General
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios
Dirección General
Acto Administrativo
13
FORMULAR AUTO DE CARGOS
Con fundamento en las pruebas aportadas, si existe mérito suficiente para continuar la investigación, se proyecta el auto de cargos, se le notifica al investigado en los términos de la norma vigente y se le informa al presunto infractor que tiene diez (10) días hábiles para presentar sus descargos, contados a partir de la notificación del auto en mención.
Secretaria General
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Acto Administrativo
100
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
La proyección, y sustanciación de la actuación, revisión y firma de la misma se deberá realizar en treinta (30) días calendarios.
14
RECEPCIONAR DESCARGOS
El presunto infractor, directamente o mediante
apoderado debidamente constituido, podrá
presentar descargos por escrito y aportar o
solicitar la práctica de las pruebas que estime
pertinentes y que sean conducentes. Todo
esto debe realizarse dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes de ser notificado del
auto que formula cargos, de lo contrario, se
consideran extemporáneos.
Los gastos que ocasione la práctica de una
prueba serán a cargo de quien la solicite.
Servidor Público de
radicación de
entrada.
Oficio radicado en la
CDMB
15
ETAPA PROBATORIA Efectuada la notificación al presunto infractor del auto de cargos y habiéndose corrido traslado por el término de 10 días hábiles, se emite auto de pruebas y se ordena practicar las pruebas de oficio a que haya lugar así como las solicitadas o aportadas por el presunto infractor en sus descargos a efectos de poder esclarecer los hechos materia de investigación. Dentro del auto de pruebas se debe establecer el término para llevar a cabo la práctica y recolección de las pruebas, el cual, en todo caso, no podrá exceder de TREINTA (30) días prorrogable por otros TREINTA (30) días más. El Auto de pruebas que deniegue las solicitadas, deberá notificarse de forma personal al investigado y procede recurso.
Secretaria General
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Acto administrativo
Memorando interno
Oficios otras autoridades
16
ELABORAR RESOLUCIÓN QUE EXONERA DE RESPONSABILIDAD Agotada la etapa probatoria y de acuerdo al análisis del caso en concreto, si hay lugar, el servidor público responsable del proceso, procederá a proyectar la resolución que exonera de responsabilidad al presunto infractor. Acto Administrativo que pasará a firma de la Dirección General previa revisión y aprobación
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Acto Administrativo
SINCA
Expediente
101
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
de los servidores públicos competentes. Se continuará con la actividad 19. Sustanciación de la Resolución que define Responsabilidad, 4 días hábiles, revisión Coordinación de Sancionatorio y Visto buen Secretario (a) General 4 días hábil, Revisión y Vistos buenos Asesores jurídicos y Técnicos de Dirección General 4 días hábiles.
17
DOSIFICACIÓN SANCIÓN. Una vez agotada la etapa probatoria, si hay lugar, el Servidor Público encargado de impulsar el proceso, elabora un memorando dirigido a la Subdirección responsable de liderar el Comité Técnico de la C.D.M.B.; con el fin convocar a los integrantes del mismo para estudiar, analizar y realizar la respectiva dosificación. Se contaran con 5 días hábiles para la realización del comité y entrega del Informe técnico de dosificación sanción a la Coordinación de Sancionatorios.
Subdirección que
preside el comité
técnico.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Integrantes del
comité técnico.
Memorando interno.
Informe técnico –
dosificación sanción.
18
ELABORAR RESOLUCIÓN QUE DEFINE RESPONSABILIDAD De acuerdo con el Informe técnico de dosificación sanción allegado al expediente, el servidor público proyecta la Resolución por medio de la cual se define la responsabilidad del presunto infractor. Acto Administrativo que pasará a firma de la Dirección General previa revisión y aprobación de los servidores públicos competentes. Sustanciación de la Resolución que define Responsabilidad, 3 días hábiles, revisión Coordinación de Sancionatorio y Visto buen Secretario (a) General 3 días hábil, Revisión y Vistos buenos Asesores jurídicos y Técnicos de Dirección General 3 días hábiles.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Secretario (a)
General
Director General
Acto Administrativo
SINCA
Expediente
19
NUMERAR Y FECHAR RESOLUCIÓN El Servidor Público de la Dirección General remitirá el Acto Administrativo firmado a la Secretaría General para el registro de la fecha y número de la Resolución.
Servidor Público de
Dirección General y
de Secretaría
General.
Acto Administrativo
SINCA
Expediente
102
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
Una vez numerada y fechada la Resolución, el responsable de esta actividad en Secretaría General, deberá enviar copia (s) de la misma, a la oficina de Notificaciones para la continuidad del trámite procesal y publicación según la normatividad vigente. Para numerar y fechar la resolución se contara con un (1) día hábil.
20
NOTIFICAR RESOLUCIÓN El Servidor Público encargado de notificar procede a incluir en el SINCA el número y fecha de la Resolución y notifica el acto administrativo en los términos establecidos en la normativa vigente.
Servidor Público
oficina de
notificaciones
Constancia De
Notificación
SINCA
21
REPORTAR EN EL REGISTRO UNICO DE
INFRACTORES AMBIENTALES (RUIA)
Una vez las actuaciones administrativas
debidamente ejecutoriadas a través de las
cuales la autoridad ambiental haya impuesto
algunas de las sanciones relacionadas en el
artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, se
realizará el registro de los sancionados (as) en
la plataforma habilitada para tal fin, según los
términos establecidos en los artículos 4° y 12°
de la resolución 415 de 2010 emitida por el
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, o por la norma que la aclare,
modifique o derogue.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Reporte RUIA
22
RESOLVER RECURSO DE REPOSICIÓN
Si dentro del término de ejecutoria de la
decisión, el presunto infractor presenta
Recurso de Reposición, se procederá a la
proyección del Acto Administrativo que lo
resuelva, el mismo debe contar con las
revisiones y vistos buenos en los tiempos
indicados para la proyección de este tipo de
actos.
Previamente a la proyección del acto
administrativo, si se requiere práctica de
pruebas de oficio o a petición de las partes, se
decretaran las necesarias y pertinentes para el
esclarecimiento de los hechos materia de
investigación.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Secretario (a)
General
Asesores Jurídicos y
Técnicos de la
Entidad
Equipos de trabajo de
las Subdirecciones
misionales.
Acto Administrativo
Informe técnico (en caso
de pruebas)
103
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
Para practicar pruebas, si a ello hubiere
lugar se contara con treinta (30) días.
Para sustanciar acto administrativo que
resuelve Recurso se contaran con treinta y
cinco (35) días hábiles.
23
REMITIR MEMORANDO PARA DAR INICIO
AL PROCESO DE COBRO PERSUASIVO
En firme la resolución que define
responsabilidad, el Servidor Público de
Sancionatorios, proyecta memorando para la
Subdirección Administrativa y Financiera
adjuntando documentos soporte, a fin de que
por vía de cobro persuasivo se haga efectivo
el pago de la multa impuesta y se realicen los
registros contables pertinentes.
Nota: Vencido el término de 30 días si por vía
de cobro persuasivo no ha sido cancelada la
multa el funcionario de cartera remite las
diligencias para cobro por jurisdicción Coactiva
conforme al procedimiento interno de la
Entidad y lo establecido en el Estatuto
Tributario vigente.
La elaboración del memorando remisorio
se realizará dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a la ejecutoria de la
resolución que define responsabilidad.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Servidores Público
Grupo Financiero y
de tesorería.
Secretario (a)
General
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Servidores Público
Grupo Financiero y
de tesorería.
Secretario (a)
General
Memorado
SINCA
24
VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE LA
OBLIGACIÓN
Si la resolución que define responsabilidad
impone al infractor el cumplimiento de
obligaciones para mitigar o resarcir el daño
ambiental causado, el Servidor Público del
Grupo de Sancionatorios una vez vencido el
término para dar cumplimiento a la obligación,
proyecta Memorando para las Subdirecciones
misionales competentes a efectos de que se
emita el informe técnico sobre el cumplimiento
de la misma.
Si el informe técnico determina el
cumplimiento de la obligación de hacer se
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Equipos de trabajo de
las Subdirecciones
misionales.
Servidores Público
Grupo Financiero y
de tesorería.
Secretario (a)
General
Memorando
Concepto técnico
SINCA
Acto Administrativo
104
No.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE DOCUMENTOS/
REGISTROS
continua con la actividad siguiente o en caso
contrario se proyecta acto administrativo
ordenando hacer efectivas la (s) sanción (es)
por incumplimiento, y a través de memorando
se remite las diligencias para cobro persuasivo
según la actividad 22 del presente
procedimiento.
25
ARCHIVAR EL PROCESO SANCIONATORIO
Una vez, surtidas y/o agotadas las etapas del
procedimiento, contenidas en la Le 1333 de
2009 y de acuerdo al análisis realizado por el
Servidor Público responsable de impulsar el
proceso, determinará la procedencia de
archivo del mismo, para lo cual proyectará el
acto administrativo correspondiente,
debiéndose registrar en todo caso la decisión
de archivo y/o terminación del proceso
sancionatorio ambiental en el Sistema de
Información Corporativo de la Entidad.
NOTA: Todo ello sin perjuicio del trámite
persuasivo y/o coactivo a que hubiere lugar
para lograr el recaudo de los valores por
concepto de multa impuestos.
Servidor Público
Grupo de
Sancionatorios.
Servidores Público
Grupo Financiero y
de tesorería.
Secretario (a)
General.
SINCA
Acto Administrativo
8. ANEXOS: No APLICA
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