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Revista de Ingeniería de Construcción, N°4, Marzo 1988
Análisis crítico de la normativa relativa al uso de la madera en la construcción
Pág. 1-40
Mario Wagner M.
Gerente de Proyectos. Corporación Chilena de la Madera. Académico Departamento de Ingeniería Civil. Universidad de Chile. Clasificador 914. Santiago.
RESUMEN: a través de una revisión de la normativa nacional que regula el uso de la madera destinada a la construcción, se desarrolla un análisis crítico de la eficiencia y racionalidad de las normas oficializadas y en proceso de oficialización. El ensayo destaca el alarmante desconocimiento que aún impera entre los profesionales relacionados con la construcción, en aspectos que resultan decisivos para asegurar a las edificaciones de madera suficiente seguridad, funcionalidad y durabilidad.
I INTRODUCCION
Chile, siendo un país con recursos forestales proporcionalmente vastos, no puede
preciarse de haber propiciado un uso eficiente de dichos recursos en la construcción. Las razones
de esta paradoja resultan complejas, entrelazándose factores de tradición, desconocimiento,
prejuicios y sobre todo, deficiencias normativas en la producción, comercialización y uso de la
madera.
Frecuentemente se argumenta, como elemento de justificación del escaso volumen de
madera que se incorpora en la práctica como material estructural y de terminación en
construcciones permanentes, la carencia de normas que regulen y controlen, tanto su calidad
física y estructural, como las condiciones de comercialización, diseño y construcción. Si bien es
cierto que el producto comercializado es marcadamente heterogéneo en su calidad y que la
tecnología de construcción en madera en el país experimenta un injustificado retraso con
respecto al nivel que ha alcanzado en muchas regiones del hemisferio norte, el primer aspecto no
es efectivo, dado que existen normas oficiales vigentes desde al menos el inicio de la década
pasada, que cubren la totalidad de los aspectos que se consideran indispensables para garantizar
un adecuado proceso de comercialización y un correcto empleo de la madera en la construcción.
Cabe cuestionarse entonces acerca del por qué esta plataforma normativa no ha influenciado
positivamente el medio, habiendo merecido mas bien descalificaciones o indiferencia y, lo que
es peor, marginando del mercado las alternativas constructivas en madera, que en naciones con
cultura maderera mantienen una alta competitividad con respecto a las que recurren a materiales
de construcción alternativos. La respuesta no es simple, como tampoco lo es la solución del
problema global, que requiere una mancomunión de voluntades en la totalidad de los sectores
comprometidos, en aras a cercenar aquellos círculos viciosos que impiden la introducción
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definitiva de la madera en el mercado de la construcción, especialmente para usos
estructurales, los que previamente requieren ser claramente identificados.
II EL PROBLEMA NORMATIVO
En este artículo se analizará únicamente el problema normativo, aprovechando de paso la
oportunidad de divulgar en el medio de la construcción, tanto el campo como la mecánica de
aplicación de las normas recientemente oficializadas o que se encuentran en estudio en el
Instituto Nacional de Normalización, INN, y que competen a los profesionales del área, esto es, a
ingenieros, arquitectos y constructores. Dado que la totalidad de los aspectos regulados por la
nueva normativa quedan de hecho cubiertos por normas existentes, a las que se hizo referencia en
la introducción, se intentará explicar, adicionalmente, las causales de su escasa o nula aplicación
en la práctica, de manera de prevenir, a su vez, el que las normas recientes y próximas puedan
experimentar una acogida similar.
En general, podría afirmarse que los principales aspectos necesarios de ser controlados en
los materiales que se incorporan en los procesos de construcción con madera son: la calidad
geométrica, la integridad física, la aptitud estructural y la durabilidad.
Los calculistas, a su vez, desearán tener plena seguridad en la confiabilidad de los valores
admisibles inherentes a las propiedades mecánicas y a las constantes elásticas que controlan los
procesos de diseño. Gran parte de la antigua normativa se refirió a estos aspectos, sin considerar
los elementos propios de la realidad nacional y lo que constituyó probablemente su principal
falla, sin lograr motivar y comprometer al sector productivo. Esto último le restó, desde un
comienzo, la capacidad de implementación práctica.
Podría afirmarse que estas normas fueron redactadas, discutidas y aprobadas con muy
buena voluntad, pero sin la participación interesada de las empresas forestales, colegios
profesionales y universidades, situación que condicionó una producción de documentos
normativos formales, técnicamente aceptables, pero desvinculados del medio sobre el que debían
influir.
III NORMAS DE CALIDAD GEOMETRICA
Las dimensiones nominales estándares y tolerancias correspondientes que deben cumplir,
en escuadría y longitud, las piezas de madera aserrada y elaborada en el momento de su
comercialización, se regulan en la norma NCh 174 (1). La actual redacción, oficializada en el
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año 1986, corresponde prácticamente a una transformación al sistema métrico de las
dimensiones nominales que la redacción anterior, publicada el año 1961, expresaba en pulgadas.
El nuevo documento vuelve a pecar de formalidad, dado que las transacciones comerciales de la
madera aserrada en los mercados internacionales, como consecuencia de los procesos de
racionalización que han experimentado durante los últimos decenios los sistemas constructivos
en madera, especialmente en el caso de viviendas, se han orientado hacia estandarizaciones
dimensionales, de las que ningún sector productivo que pretenda tener acceso hacia dichos
mercados puede sustraerse. Como era de suponer, las dimensiones nominales especificadas en la
norma nacional difieren de esas dimensiones. Es conveniente pensar en una nueva modificación
de las dimensiones transversales de los perfiles normalizados, de manera de posibilitar una
compatibilización con los estándares de los mercados objetivo internacionales. No se piense que
lo anterior resulta ajeno a la realidad nacional, dado que las dimensiones que han probado su
eficiencia en soluciones habitacionales aplicadas masivamente en países desarrollados, tanto
desde el punto de vista estructural, como de niveles de confort y de costo, no tienen por qué
resultar inadecuadas en nuestro medio. Como un ejemplo de reducción de costos valga referirse
al espesor efectivo de las piezas cepilladas destinadas a la construcción de tabiquerías de
viviendas, el que asciende a 38 mm en los mercados del hemisferio norte y cuyo equivalente en
la norma NCh 174 (1) es de 45 mm. Una estimación del ahorro en el consumo implícito en un
programa masivo de construcción de viviendas estructuradas de tabiquerías y cerchas de madera,
por el mero hecho de ajustar el espesor de las piezas a la dimensión internacional, constituye un
claro elemento de justificación adicional para el reestudio del problema.
IV NORMAS DE CALIDAD FISICA
La aptitud de la madera incorporada a la construcción, desde los puntos de vista estructural y de
aspecto, debiera haberse controlado mediante la aplicación de las normas NCh 992 (2) y NCh
993 (3). El primer documento define las características de crecimiento del árbol que condicionan
reducciones sobre determinadas propiedades mecánicas o de aspecto de la madera y los defectos
producto de la acción de agentes destructores de la madera, características ambas que deben ser
controladas en las piezas de madera aserrada que se desea clasificar, atendiendo puntos de vista
tanto estructurales como de aspecto. Adicionalmente, establece los criterios de medición del
tamaño o intensidad de estas características. La norma NCh 993 (3), por su parte, define distintos
niveles cualitativos, estableciendo restricciones, sobre el tamaño o intensidad, ubicación y
frecuencia de las características de crecimiento o presencia de evidencias de deterioro o
destrucción. Ambas normas han tenido una pobrísima aceptación y prácticamente no se han
aplicado. Las razones de esto se encuentran, sumado a los antecedentes ya señalados, en el
desconocimiento de las normas y de los principios de una clasificación por parte de una
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importante fracción de los profesionales involucrados en la preparación de proyectos de
construcción, en la falta de un adecuado control por parte de los organismos encargados de
cautelar la calidad de los materiales de construcción, en la ignorancia de los comerciantes del
área y de las empresas constructoras en el tema y, sobre todo, en la indiferencia absoluta del
consumidor final respecto de calidades y la nefasta y tradicional opción por lo barato en
desmedro de la calidad.
Es común escuchar como causal del fracaso de estas normas su excesiva complejidad,
característica que las tornaría poco prácticas de aplicar. Si las analizamos con calma y las
comparamos con aquellas que rigen en países con una tecnología de construcción en madera
desarrollada, podremos apreciar que resultan muchísimo más simples de aplicar. Baste citar la
normativa canadiense de la National Lumber Grades Authority (4), cuya aplicación rigurosa
induciría un "shock" emocional en la mayor parte de los profesionales nacionales del área de la
construcción. Lo que sucede es que en nuestro país no ha existido una capacitación sistemática
en este campo, tanto sobre los profesionales de la construcción, lo que es responsabilidad directa
de las universidades y empresas, como también sobre los eventuales clasificadores, por parte de
las empresas forestales y centros de comercialización, quedando esta actividad bajo la
responsabilidad de personal poco calificado. Paradojalmente, de existir un mercado de madera
estructural sano y activo, esta actividad debiera condicionar decisivamente las utilidades de los
aserraderos.
Si la situación en los aserraderos se puede calificar de poco visionaria, a nivel del
consumidor lisa y llanamente no se puede hablar de visión alguna, dado que la definición de la
calidad ha quedado al libre albedrío de las partes comprometidas. Es posible afirmar, en
consecuencia, que independientemente de su eficiencia y complejidad, como consecuencia de
las condiciones de borde existentes en el medio, ninguna norma podría haber sido efectivamente
aplicada.
Hacia el futuro la clasificación de la madera aserrada se deberá regir por otras dos
normas, NCh 1970/1 (5) y NCh 1970/2 (6), aplicables sobre especies latifoliadas y coniferas,
respectivamente. Se excluye de esta normativa al Pino Radiata, especie cuya disponibilidad
actual y especialmente futura, justifica la elaboración de una norma propia, proceso que en la
actualidad se encuentra sumamente avanzado y que será analizado en un próximo artículo.
Como en toda norma de clasificación por resistencia, en ambos documentos se describen los
Grados Estructurales, considerándose en este caso, cuatro niveles cualitativos. Los defectos
considerados en la clasificación de latifoliadas, específicamente madera de compresión,
perforaciones, pudrición, corteza incluida, nudos, desviación de la fibra, bolsillos, arista faltante,
acebolladura, grietas y alabeos, corresponden en general a las definiciones y criterios de
medición establecidos en NCh 992 (2). Adicionalmente, se incorpora el control del porcentaje de
albura y de presencia de madera juvenil. Para coníferas se omiten las restricciones de albura y se
incorporan limitaciones sobre la presencia de médula y de su entorno. En la evaluación del
tamaño de los nudos se introduce el concepto de "razón de área nudosa", correspondiente al
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porcentaje de la sección transversal efectiva de una pieza, que queda ocupado por la proyección
transversal de los nudos contenidos en un tramo de longitud igual al ancho de la pieza y que se
ilustra en la Figura N°l.
Los Grados se han definido en el supuesto que la presencia de los máximos defectos permitidos
en cada uno de ellos inducirá, en las condiciones mas desfavorables, reducciones del 25%, 40%,
52% y 62%, respectivamente, de las propiedades resistentes que tendría una pieza pequeña de
madera de la misma especie forestal, libre de defectos. Las normas coinciden en gran medida con
la normativa australiana correspondiente, AS 2082 (7) y AS 2099 (8). Esta opción resulta
consecuente con la decisión de adoptar las pautas australianas en la derivación de las propiedades
mecánicas de diseño de los Grados Estructurales de las distintas especies forestales, proceso que
se desarrolla de acuerdo con normas que se analizan en la siguiente sección. La eficiencia de los
Grados Estructurales resultantes deberá probarse en la práctica, en función de la aceptación que
estos encuentren en el mercado. Sin embargo y dado que prescindiendo del Pino Radiata, el
volumen de madera aserrada que en el país se destina a usos estructurales resulta marginal,
probablemente y mientras no exista una presión puntual hacia la promoción de alguna especie
específica, como podría ser el caso de la lenga en el extremo sur del país, ambas normas
"reposarán" al igual que sus precedentes. Resultará conveniente, independientemente de esto,
evaluar en la práctica las reducciones efectivas de las resistencias que se aprecian en piezas de
madera de tamaño de comercialización, segregadas de acuerdo con los Grados Estructurales
normativos. Las Universidades, especialmente de las regiones forestales, debieran considerar
esta misión como propia. El sector productivo comprometido, las empresas constructoras y los
organismos contralores de la construcción podrían a su vez propiciar la generación de los
recursos necesarios para llevar a cabo la empresa. Paralelamente, se hará necesaria una intensiva
suerte de catequesis maderera sobre los distintos sectores que se han mencionado.
V NORMAS DE DERIVACION DE PROPIEDADES DE CALCULO
Desde el punto de vista normativo, la derivación de propiedades de diseño de piezas de madera
estructural se desarrolla en la actualidad según la metodología definida en la norma de cálculo
NCh 1198 (9). Aquí, los valores admisibles, diferenciados para cada especie forestal, se basan en
valores experimentales obtenidos del ensayo en laboratorio de probetas pequeñas, libres de
defectos, de fibra recta y en condición "verde", esto es, con contenido de humedad no inferior al
punto de saturación de la fibra, nivel que en la práctica se asimila al 30%. Una aplicación
sucesiva de factores modificantes adecúan supuestamente los valores experimentales a las
características del producto comercializado en el mercado, incorporando adicionalmente la
"razón de resistencia", una reducción que considera el efecto de la presencia de los defectos
aceptados en el Grado Estructural especificado. Esta práctica, que es por lo demás la que mas se
ha aplicado mundialmente, pareciera, en general, haber funcionado adecuadamente, dado que las
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construcciones que se han materializado en madera no permiten apreciar fallas estructurales
sistemáticas de consideración. Sin embargo, la experiencia acumulada no permite determinar si
las construcciones están exageradamente sobredimensionadas o si, por lo contrario, el margen de
seguridad contra un eventual colapso es inadecuado. De hecho, la mayor impugnación que se ha
planteado es que se aplican inferencias sobre un material, en este caso la madera estructural
comercializada en el mercado, sobre la base de resultados obtenidos del ensayo de otro material
muy diferente, que es la madera libre de defectos y en piezas de pequeñas dimensiones. La nueva
normativa modifica sustancialmente la operatoria descrita, dado que permite al calculista
especificar la madera estructural de un proyecto en función de la capacidad mecánica requerida,
prescindiendo de la especie forestal y su Grado Estructural, situación que flexibiliza la selección
de la madera, adecuándola a restricciones puntuales de disponibilidad efectiva de especies y
calidades en el mercado. Sin embargo, el que la derivación de los valores admisibles y constantes
elásticas se base, al igual que la metodología reemplazada, en resultados obtenidos de ensayos
con probetas pequeñas y libres de defectos, determina que éstos adolescan de las mismas
deficiencias consignadas para el criterio antiguo.
Las normas que regularán la determinación de las propiedades admisibles de los Grados
Estructurales definidos en NCh 1970/1 (5) y NCh 1970/2 (6) para especies latifoliadas y
coníferas son NCh 1989 (10) y NCh 1990 (11).
En NCh 1989 (10) se establece una metodología de agrupamiento de especies madereras
siguiendo dos procedimientos. El primero es aplicable sobre especies para las que se dispone de
información suficiente respecto a los valores medios del módulo de elasticidad en flexión, Ef, y
de las resistencias de flexión y compresión paralela a la fibra, Rf y Rcp, medidas en probetas
pequeñas, libres de defectos, estandarizadas según las normas NCh 987 (12) y NCh 973 (13). Se
definen 7 Agrupaciones, estableciendo para cada una de ellas valores mínimos que deben
cumplir las capacidades mecánicas señaladas, tanto en madera con un contenido de humedad de
aproximadamente 12%, nivel que corresponde a la humedad de equilibrio higroscópico de un
"clima normal", que por definición se asimila a condiciones de temperatura ambiental de 21 °C y
una humedad relativa del aire de 66%, como en madera verde. Cuando las propiedades que rigen
la agrupación determinan grupos diferentes para una especie, se mejora en un Grupo la
asignación correspondiente a la calificación mas débil, con la excepción del caso en que la peor
calificación la compartan simultáneamente la resistencia media de flexión y el módulo de
elasticidad medio, donde la designación es la correspondiente a estas últimas propiedades. En la
Tabla N°1 se describen las restricciones mencionadas.
El segundo método permite segregar aquellas especies cuyas propiedades mecánicas no
se encuentran suficientemente estudiadas, considerando como parámetro de clasificación la
densidad aparente de la especie, cuya determinación, como cuociente de la masa y el volumen de
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una pieza de madera con un contenido de humedad de 12%, resulta bastante mas sencilla y
económica que la de las propiedades mecánicas exigidas por la primera alternativa. En la Tabla
N°2 se resume este criterio de agrupamiento.
Como consecuencia de la aplicación de los criterios descritos, cada especie forestal
quedará adscrita a un y sólo un Agrupamiento de Especies, designada por ES, para madera
seca al 12% y E para maderas en condición verde. En la Tabla N°3 se describen los Grupos
Forestales que resultan de la aplicación del criterio de las propiedades mecánicas medias. Para
una mejor comprensión del procedimiento de agrupamiento forestal se recomienda la lectura de
un trabajo de Pérez (14).
Tabla N°1
Criterio de Agrupación de Especies Madereras con propiedades mecánicas conocidas (10)
Propiedad Contenido Grupo y valor mínimo, en MPa, para la media de Humedad de las propiedades que se indican
% El E2 E3 E4 E5 E6 E7
Rf ≥3 0 86 73 62 52 43 36 30
12 130 110 94 78 65 55 45
Ef ≥3 0 16300 13100 10500 8100 5900 4300 2800
12 19860 16160 13200 10250 7850 6000 4150
Rcp ≥3 0 40 34 29 24 20 17 14
12 77 65 55 46 38 32 26
Tabla N°2
Criterio de Agrupación de Especies Madereras sin propiedades mecánicas conocidas (10)
Propiedad Contenido de Humedad madera
Grupo y valor mínimo, en kg/m3, para la densidad obtenida con masa
y volumen correspondientes a un contenido de humedad de 12%.
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% El
/ESI E2
/ES2 E3
/ES3 E4
/ES4 E5
/ES5 E6
/ES6 E7
/ES7
Densidad
Aparente
≥3 0
12
1320 1040 820 630 480 370 280
1170 940 770 610 480 390 300
Tabla N°3
Agrupamiento de especies madereras según NCh 1989 (10)
Contenido de Humedad de la madera
H ≥30% H = 12%
Grupo Especie Grupo Especie
E2 Eucalipto ES2 Eucalipto
E3 Ulmo ES3 Lingue
E4 Coihue, Coihue (Chiloé), Coihue (Magallanes), Raulí, Roble, Roble (Maule) Araucaria
ES4 Araucaria, Coihue, Coihue (Chiloé) Tineo, Roble, Roble (Maule) Ulmo Mañío Hojas Largas, Laurel, Lenga
E5 Pino Oregón, Canelo (Chiloé), Mañío Macho, Lingue, Lenga, Ciprés Cordillera, Olivillo, Tepa, Alerce, Ciprés Guaitecas, Laurel
ES5 Alerce, Canelo (Chiloé), Mañío Macho, Tepa, Raulí, Ciprés Cordillera, Coihue (Magallanes), Olivillo, Pino Oregón, Pino Insigne
E6 Alamo, Pino Insigne
ES6 Alamo, Ciprés Guaitecas, Mañío Hembra
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En la norma NCh 1990 (11) se definen conjuntos de valores admisibles en flexión, Ff,
compresión paralela a la fibra, FCp, tracción paralela a la fibra, Ftp, cizalle, Fciz, además del
módulo de elasticidad en flexión, Ef, definidos como Clases Estructurales, que se designan por
la letra F y un código de uno o dos dígitos que expresa, en Megapascales, el valor aproximado de
la tensión admisible de flexión Ff. La norma define 12 Clases Estructurales que varían entre los
límites F2 y F34, de acuerdo con lo establecido en la Tabla N°4. Las tensiones admisibles de
compresión normal se definen en función del Agrupamiento de Especies según NCh 1989 (10),
independientemente del Grado Estructural. La herramienta que permite decidir que Grados
Estructurales de las especies disponibles en el mercado pueden cumplir con las exigencias
mecánicas especificadas por el calculista, está constituida por dos tablas que interrelacionan las
Clases Estructurales F, los Agrupamientos de Especies según NCh 1989 (10) y los Grados
Estructurales definidos en las normas NCh 1970/1 (5) y NCh 1970/2 (6), aplicables sobre madera
en condición normal y verde, respectivamente. El ábaco de Clases Estructurales que se presenta
en la Figura 2 resume la situación descrita.
Tabla N°4
Clases Estructurales y Propiedades Admisibles para ia madera estructural [MPa], según NCh 1990 (11)
Clase Tensiones Admisibles Módulo Elástico Estructural Ff Fcp Ftp Fciz Ef
F34 34,5 26 20,7 2,45 18150
F27 27,5 20,5 16,5 2,05 15000
F22 22,0 16,5 13,2 1,70 12600
F17 17,0 13,0 10,2 1,45 10600
F14 14,0 10,5 8,4 1,25 9100
F11 11,0 8,3 6,6 1,05 7900
F8 8,6 6,6 5,2 0,86 690
F7 6,9 5,2 4,1 0,72 6100
F5 5,5 4,1 3,3 0,62 5500
F4 4,3 3,3 2,6 0,52 5000
F3 3,4 2,6 2,0 0,43 4600
F2 2,8 2,1 1,7 0,36 4350
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¿Qué significará todo lo anterior en la práctica? Muy sencillo. Ante una exigencia específica del
calculista, a través de una Clase Estructural F, el constructor se verá enfrentado a una serie de
alternativas de especie forestal y Grado Estructural, entre las que deberá elegir la que mejor se
adecúe a las maderas disponibles en el mercado y a sus restricciones de costo. Haciendo
referencia al ábaco de la Figura N°2, supongamos que el calculista ha especificado capacidades
mecánicas compatibles con la Clase F7; ubicándonos sobre las diagonales de Clase F7 y F7,
podremos apreciar que, desde el punto de vista estructural, las siguientes combinaciones serán
equivalentes: condición verde E4,N°4; E5,N
°3; E6,N
°2 y E7,N
°l; condición seca: ES6,N
°4 y
ES7,N°3. Esta modalidad otorga al constructor, al menos en el papel, una libertad de acción
considerablemente mayor con respecto a la práctica tradicional, en la que cada proyecto se
"amarraba" a una determinada especie y Grado Estructural, requiriendo cualquier modificación
la anuencia del calculista.
VI NORMAS DE PROTECCION
Las medidas de protección que se deben aplicar sobre las piezas de madera destinadas a la
construcción, están condicionadas por las especificaciones de las normas NCh 789/1 (15) y NCh
819 (16). La primera establece una clasificación del duramen de las maderas comerciales, en
función de su durabilidad natural, propiedad que se define como la capacidad para resistir, una
vez construida y sin tratamiento preservador alguno, la acción de los diferentes agentes
biológicos de destrucción. La albura no tratada, independientemente de la especie forestal
considerada, se estima suceptible de experimentar deterioro como consecuencia de la acción de
hongos, insectos y horadadores marinos. En la norma se definen 5 Categorías, que van desde las
especies forestales muy durables, cuya vida útil o durabilidad expresada en años es superior a 20,
hasta las especies no durables, con una vida útil inferior a los 5 años. La norma NCh 819 (16),
que pese a tener casi dos décadas de vigencia tampoco ha sido adecuadamente aplicada,
especifica, en función de la Categoría asignada a la especie por la norma NCh 789/1 (15) y las
condiciones de servicio, requisitos de penetración y retención de los productos preservantes. Los
conceptos de penetración y retención regulados por la norma NCh 819 (16) debieran ser
incorporados en las especificaciones de construcción y respetados rigurosamente en la práctica,
dado que condicionan decisivamente la durabilidad e integridad de las edificaciones de madera.
Cabe preguntarse, sin embargo, cuántos profesionales se han preocupado responsablemente de
una efectiva aplicación de las medidas de protección que exige la normativa vigente. Siguiendo
las tendencias de la época en que fué redactada, la norma exige protección química para toda la
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madera que se destine a usos estructurales. En la actualidad, el alarmante nivel que han
alcanzado las poluciones tóxicas sobre el medio ambiente, ha determinado que en los países
desarrollados se exija protección química sólo para aquellos usos en los que, agotadas las
prácticas de buena construcción, resulta imposible eliminar los riesgos de destrucción de la
madera, sean estos de naturaleza biológica o no.
Entre las principales prácticas de buena construcción cabe mencionar: el uso de madera
secada a un contenido de humedad compatible con las condiciones de equilibrio higroscópico del
ambiente en que se utilizará dicha madera, la protección de los revestimientos de madera ante
exposiciones directas a la lluvia y el sol y la materialización de soluciones constructivas que
permitan la activación de mecanismos de evacuación de eventuales acumulaciones de agua o de
humedad, basados en principios gravitacionales o de ventilación. El primer aspecto exige la
aplicación de técnicas de secado sobre la madera de construcción y el conocimiento de las
humedades de equilibrio higroscópico de la madera. En su nueva redacción la norma NCh 1198
(9) establece valores referenciales para este parámetro. El proceso de secado, además de impedir
el desarrollo de hongos e insectos, bien llevado minimiza los problemas de torceduras y alabeos
que se pueden manifestar en la madera construida verde. En la actualidad no existen normas
nacionales que lo regulen, recurriendo cada empresa al uso de antecedentes extranjeros o bien a
su propia experiencia. Debe destacarse la existencia de un marcado déficit de infraestructura de
secado en el mercado nacional, lo que obliga en muchas situaciones a prescindir de estas
consideraciones. La aplicación de procesos de buena construcción es consecuencia de una
tradición en construcción en madera, que en Chile lamentablemente se perdió. Se hace necesario
en este sentido una divulgación de las mismas entre los profesionales de la construcción,
complementada con intensa capacitación de carpinteros, labor ésta última que está siendo
acometida por la Cámara Chilena de la Construcción.
Un tópico íntimamente relacionado con el anterior, que involucra constantes y considerables
inversiones y cuyos resultados distan de ser exitosos, es el constituido por las pinturas, los
barnices y las tinturas. En este terreno el oscurantismo sigue predominando, existiendo una
falencia alarmante de referencias normativas eficientes y confiables. Las soluciones varían entre
los baño en alquitrán o en soluciones de sulfato de cobre hasta las aplicaciones de aceite de linaza,
decidiendo cada constructor su propia receta, casi siempre absolutamente inócua y muchas veces
incluso perjudicial. Es este un terreno que debe ser legislado y reglamentado en el breve plazo,
dado que afecta una alta proporción de las aplicaciones de madera a la vista. Basta una visita por
Santa María de Manquehue, La Dehesa o Los Dominicos, sectores que se caracterizan por el
elevado costo de sus residencias, para comprobar el lamentable aspecto de las maderas usadas al
exterior, incluso en viviendas de construcción reciente.
VII NORMA DE CÁLCULO
Finalmente, una breve mención a la norma NCh 1198 (9), actualmente en revisión,
documento que regulará el dimensionamiento de las construcciones de madera. Su oficialización
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provocará mas de alguna sorpresa entre los calculistas nacionales, dado que reformulará
completamente la problemática del cálculo estructural en madera, lo que inevitablemente
afectará también la tecnología de la construcción. Aprovechando los resultados de la
investigación nacional e internacional en este campo y considerando especialmente la
desarrollada durante los últimos quince años, se está realizando un procesamiento sistemático de
la misma, que permitirá contar con especificaciones regulatorias fundamentadas racional y
empíricamente, para una gran parte de las posibilidades constructivas que en la actualidad
permiten la madera y sus materiales derivados. Como consecuencia de lo anterior, quedarán
abiertas las puertas para la concepción y desarrollo de tipologías y sistemas constructivos
estructurados en la madera y sus derivados, altamente competitivos frente a las alternativas en
acero, hormigón o albañilerías, situación que indudablemente ampliará considerablemente el
espectro potencial de acción de las empresas constructoras que decidan incursionar
eficientemente en este campo.
REFERENCIAS
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especificaciones", Norma NCh 174 Of. 86. Instituto Nacional de Normalización,
Santiago, Chile, 1986.
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medición", NCh 992 Of. 77. Instituto Nacional de Normalización, Santiago, Chile, 1977.
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Revista de Ingeniería de Construcción, N°4, Marzo 1988
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