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**' BOGOTA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO
Al contestar cite este número:
Radicado DADEP No. 20213020009291
*20213020009291*
Bogotá D.C, 25-01-2021
SAI 300 CORREO ELECTRÓNICO
Señor (a)
ANÓNIMO
carlosmarquez666@hotmail.com
Ciudad
REFERENCIA: RADICADO DADEP No. 20214080001232 DEL 05-01-2021. SDQS No. 20662021.
ASUNTO: DERECHO DE PETICIÓN.
Cordial saludo:
Acusamos recibo de petición, interpuesta a través del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones —
SDQS-, mediante la cual manifiesta "POR MEDIO DE LA PRESENTE SOLICITO LA RESTITUCION DEL
PREDIO DE USO PUBLICO ILEGALMENTE OCUPADO POR PARTICULARES Y EN LOS CUALES SE VIENEN
DISPONIENDO RESIDUOS SOLIDOS DE UNA MANERA INDEBIDA GENERANDO VECTORES Y PARA LO
CUAL SE SOLICITA NUEVAMENTE LA LIMPIEZA DEL LOTE, LA RESTITUCION DEL MISMO Y LA
INTERVENCION DIRECTA DE LOS VEEDORES AMBIENTALES EN EL PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA
CALLE 153 CON CARRERA 99 COSTADO SUR...". A lo cual, respecto al tema y con el fin de dar respuesta clara y oportuna a la petición, nos permitimos informar lo siguiente:
En primer lugar, la Defensoría del Espacio Público fue creada como Departamento Administrativo
que hace parte de la estructura orgánica y administrativa de Bogotá D. C., con la misión de
"contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en Bogotá, por medio de una eficaz defensa del
espacio público, de una óptima administración del patrimonio inmobiliario de la ciudad y de la
construcción de una nueva cultura del espacio público que garantice su uso y disfrute común y estimule la participación comunitaria".1
Para cumplir con su misión, dentro de las funciones de este Departamento Administrativo se
encuentran las de brindar asesoría técnica y jurídica a las autoridades locales (certifica la calidad de
los predios incorporados en el inventario de la propiedad inmobiliaria distrital) para el ejercicio de la recuperación del espacio público.
Ahora bien, una vez revisado el Sistema de Información de Espacio Público — SIDEP, el Sistema de
Información Geográfica de la Defensoría del espacio Público — SIGDEP y Mapas Bogotá, se encontró que los predios objeto de su interés, están identificados de la siguiente forma:
'Acuerdo 18 de 1999. "Por el cual se crea la Defensoría del Espacio Público".
Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15
PBX: (+571) 382 2510 I l Atención a la ciudadanía: 350 7062 Línea gratuita 018000127700 l l Línea 195 ..... "n"
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1 Identificación de Urbanización: 3682
Identificador de Predio: 15
Identificador RUPI: 3682-15
Nombre Urbanización: PINAR DE LA FONTANA
URBANIZACION (ETAPAS 1, 2, 3 Y 4)
Tipo Urbanización: PUBLICOS DE CESIÓN
Naturaleza del Urbanismo: URBANISMO LEGAL
Barrio: 009215 EL PINO
Unidad de Planeamiento Zonal: SUBA
Código de Localidad: 11
Tipo de Predio: PÚBLICO DE CESIÓN
Uso Nivel 2: AFECTACIÓN AL PLAN VIAL
Uso General, ZONAS VIALES
( Acerca • a o llegar er Compartir
9:*1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA BOGOT4 DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO
. Lote de Patrimonio Inmobiliario Distrital.
2:/ 7i Bogotá D.C. Año 2019 / 17
Fuente: Mapas Bogotá
Por lo anterior, dentro de la definición que enmarca el espacio público los andenes, parqueaderos,
zonas viales, zonas verdes, zonas peatonales, separadores, alamedas, zonas de servicios públicos,
rondas de preservación del sistema orográfico, cerros, humedales, franjas de control ambiental,
entre otras, hacen parte de este sistema y son zonas destinadas especialmente para la libre
circulación, permanencia, uso y goce de los ciudadanos. Sobre estas, se prohíben toda clase de
obstáculos, casetas, construcciones, instalación de elementos que no correspondan en su forma y
dimensiones a la institucional y/o cerramientos que privaticen y/o vulneren las zonas, o actividades
que cambien su uso,
En razón a lo anterior, este Departamento Administrativo se permite aclarar que es una entidad de
carácter técnico que presta asesorías jurídicas y técnicas a las demás entidades del orden distrital,
nacionales y judiciales para adelantar diligencias de recuperación de espacio público, por tanto,
dentro de su misionalidad no se encuentra facultada para llevar a cabo operativos de restitución.
En consecuencia, damos traslado por competencia a la Alcaldía de Suba para que se realicen las
acciones que haya lugar, esto de conformidad con el Decreto-Ley N21421 de 1993, numeral 7 del
artículo 86, el cual establece que le corresponde a los Alcaldes Locales: "Dictar los actos y ejecutar
las operaciones necesarias para la protección, recuperación y conservación del espacio público. Así
como en el Acuerdo 079 de 2003 en el numeral 5 del Artículo 193 "Competencia de los Alcaldes
Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15 PBX: (+571) 382 2510 I I Atención a la ciudadanía: 350 7062
Línea gratuita 018000127700 I I Línea 195
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BOGOT4 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA
DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO
Locales", función conferida el día de hoy a los inspectores de Policía de cada localidad a partir de la entrada
en vigor de la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia.
Adicionalmente, es procedente indicarle que en lo que respecta a los residuos y basuras, cabe
informar que el Capítulo II del Título XI de la Ley 1801 de 2016 está relacionado con la limpieza y el
manejo de basuras y establece que quien incurra en comportamientos contrarios a la limpieza,
recolección de residuos, escombros y malas prácticas habitacionales será objeto de la aplicación de
medidas correctivas, en ese sentido, también le invitamos para que denuncie ante el Comandante
de Policía de la Localidad con el fin de que proceda dentro del marco de sus funciones y
competencias.
Por lo anterior, remitimos copia de la presente respuesta al a la Unidad Administrativa Especial de
Servicios Públicos -UAESP, para que se evalué la situación objeto de denuncia y se brinde la
información correspondiente a su petición.
De acuerdo a lo expuesto, se brinda respuesta a su petición en los términos legales establecidos en
la Ley 1755 de 2015 y en el artículo 5° del Decreto Nacional 491 de 2020, agradeciendo su interés
por la preservación y buen uso del espacio público de la ciudad lo cual redundará en beneficio para
la calidad de vida de todos los ciudadanos.
Sin otro particular,
DRÍGUEZ Subdirector de Administración Inmobiliaria y de Espacio Público
Anexo: Certificado RUPI 3682-15.
Copia:
1. Alcaldía local de Suba. Dirección: cdi.suba@gobiernobogota.gov.co Teléfonos: (+57) 1 448 14 00. Anexo: Radicado
DADEP No. 20214080001232.
2. Estación De Policía de Suba. mebog.e11@policia.gov.co Anexo: Radicado Anexo: Radicado DADEP No.
20214080001232.
3. Unidad Administrativa Especial De Servicios Públicos-UAESP. Dirección: uaesp@uaesp.gov.co Anexo: Radicado Anexo:
Radicado DADEP No. 20214080001232.
14{; Proyectó: Yessika Vargas — Contratista SAI. 1
Revisó: Miguel Ángel Ortiz - Ingeniero Contratista SAI.
Revisó: Luis Alejandro Aragón — Ingeniero Contratista SAI.
Revisó: Jenny Soriano — Asesora S Fecha: Enero 2021.
Código de archivo: P/P262/KR99-CL153 ALZADA RUPI 3682-15
Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15 PBX: (+571) 382 2510 I I Atención a la ciudadanía: 350 7062 Línea gratuita 018000127700 I I Línea 195
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200-SRI MAYOR CUJIIRERNO UtBURIPAP V CONVIV.CIA
(Itynrylnwno Adminishmr:o la Deattneoda Espario
CERTIFICACIÓN DE BIENES DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DISTRITAL - SECTOR CENTRAL
INFORMACIÓN CATASTRAL (Fuente: Sistema de Información Catastral - Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD)
NOMENCLATURA No registra información LOCALIZACIÓN CARTOGRÁFICA
LOCALIDAD Suba
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BARRIO CATASTRAL 009213 El Pino
CÓDIGO DE SECTOR No registra información
CÓDIGO CHIP No registra Información
INFORMACIÓN URBANÍSTICA (Fuente: Secretaría Distrita1de,Rianeación — SDP:wediladurias Urbanas)
:mik.1‘
URBANIZACION Pinar de la Fontana Urbanizacion (etapas 1, 2, 3 y 4)
PLANO No CU4-S.388/4-06 o • • A MMMMM
DOCUMENTO DE
APROBACIÓN
Resolucion Número RES 07-4-0523 del 20 de abril de 2007 emitido/a por CURADURIA URBANA 4 Fuente: Mapa Digital -UAECD
INFORMACIÓN DEL REGISTRO UNICODEL PATRIMOM MMC~ ~ „ _,
0 - RUPI - (Fuente: Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP)
DESTINACIÓN USO PUBLICO
CÓDIGO RUPI No. URB. I 3682 l PREDIO 1 5 USO Zonas Viales - Afectacion Al Plan Vial - Reserva Plan Vial - Av. la Conejera.
UBICACIÓN KR 99 - CL 153 / CALZADA ÁREA (m2) 1301,8 según Acta de Recibo Número 082 del 16 de diciembre de 2015
ACTA Acta de Recibo Número 082 del 16 de diciembre de 2015 MOJONES 4,45,2A,2,3,4
DOCUMENTO DE
TRANSFERENCIA
El DADEP adelanta las acciones de saneamiento jurídicas necesarias para realizar la escrituración del bien
MATRÍCULA INMOBILIARIA
El DADEP adelanta las acciones de saneamiento jurídicas
necesarias para la asignación del folio de matricula inmobiliaria del bien.
VACIONW
En virtud del literal d), articulo 7, Acuerdo 18 de 1999, reglamentado por el Decreto Distrital 138 de 2002, corresponde a la Subdirección de Registro Inmobiliario expedir las certificaciones sobre los inmuebles que se lleven en el inventario General del Patrimonio Inmueble Distrital, previas las siguientes observaciones:
1. El predio descrito se considera un BIEN DE USO PÚBLICO, conforme el artículo 276 del Decreto Distrital 190 de 2004, decreto compilador de las normas del Plan de Ordenamiento Territorial contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, o la norma que lo modifique o lo sustituya, siempre y cuando se encuentre debidamente ejecutada la licencia de urbanismo expedida por la autoridad urbanística correspondiente 2. Los datos consignados son los que actualmente reposan en el Sistema de Información de la Defensorla del Espacio Público -SIDEP, por lo que para todos los efectos de carácter legal y administrativo, la información se debe verificar con los documentos legales y cartográficos originales expedidos por las autoridades competentes (folios de matrícula inmobiliaria, decretos, resoluciones, acuerdos, escrituras públicas, planos, actas de recibo o de toma de posesión y licencias de urbanismo, construcción, ocupación e Intervención del espacio público y demás documentos que para tal efecto determine la ley). Parágrafo La inscripción en el Sistema de Información de la Detensorla del Espacio Público -SIDEP, no constituye título de dominio ni sanea los vicios que tengan la titulación o posesión. 3. El DADEP adelanta un proceso de diagnóstico, saneamiento y titulación de la propiedad Inmueble del Distrito Capital, por lo que la información consignada queda sujeta a cambio conforme al resultado que se obtenga del anterior proceso. 4. El interesado debe comunicar al DADEP cualquier omisión o error en el registro de los documentos anotados. 5. La respuesta emitida se realiza con base en los datos de localización suministrados por el interesado. 6. El presente documento no es una autorización o licencia para intervenir en el predio descrito, ni para ejecutar construcciones, ampliaciones o remodelaciones, ni tampoco constituye permiso para obtener aprovechamiento económico del mismo, las cuales de requerirse, se deben adelantar ante las autoridades Distritales competentes.
El presente certificado tiene vigencia de Tres (3) meses a partir de la fecha de su expedición.
Cordialmente,
WALDO YECID ORTIZ ROMERO Subdirector de Registro Inmobiliario Revisó
Luis German Orozco Gonzalez Imprimió
Yessika Maria Vargas Ordonez Fecha
28 de enero de 2021 Código Archivo
P/P262/KR99-CL153/CALZADA
Cra 30 # 25 — 90 Piso 15 Tel: 3822510 www.dadep.gov.co Info: Línea 195
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.G.
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