¿ qué deben conocer los jugadores-as y otros estamentos de los clubes en materia antidopaje?

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Reunión Informativa Temporada 2009-10. ¿ Qué deben conocer los jugadores-as y otros estamentos de los clubes en materia antidopaje?. Comisión de la salud y prevención del dopaje. Introducción. - PowerPoint PPT Presentation

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¿ Qué deben conocer los jugadores-as y otros estamentos de los clubes en

materia antidopaje?

Reunión Informativa

Temporada 2009-10

Comisión de la salud y prevención del dopaje

Introducción

• El objetivo de la reunión es informar a todos los estamentos de los clubes de los aspectos básicos de la reglamentación antidopaje nacional e internacional.

“La lucha contra el dopaje y su prevenciónen baloncesto es

responsabilidad de todos los estamentos implicados”

¿ Qué es el dopaje?

No cumplir la normativa vigente

Marco Legal: Regulaciones nacionales

MARCO LEGAL: Organismos competentes

Internacional

• WADA

• UNESCO

• FIBA

• COI

Nacional

• Comisión de control y seguimiento de la salud y el dopaje (CCSSyD) dependiente del CSD

• Agencia Estatal Antidopaje

• Federaciones española de Baloncesto

¿ A quienes se les puede realizar un control de dopaje?

Cualquier jugador-a con licencia

federativa para participar en

competiciones nacionales e

internacionales

¿ Cuando se pueden realizar dichos controles?

• En las competiciones de las Ligas: – ACB – Adecco Oro,– Adecco Plata,– Femenina – Femenina 2

• Fuera de competición:– Sin aviso previo:

• Durante entrenamientos, concentraciones, torneos, o en cualquier momento durante todo el año

LOCALIZACIÓN

Localización de deportistas ( Real Decreto 641/2009 de 17 abril 2009, art. 43, 44,45)

• Obligación de los deportistas de facilitar su localización habitual ( delegar en club, explícitamente comunicarlo FEB)– Con licencia para competiciones oficiales de facilitar su localización

habitual ( anexo I)

– Los deportistas incluidos en el plan individualizado de controles ( anexo II) ( se les notifica)*

• Los anexos deben ser remitidos antes del inicio de cada trimestre ( 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre) a la FEB y CCSSyD

• Controles – En competición: durante las 24 horas– Fuera de competición: 8:00 hasta las 23 horas ( con 60

minutos de disponibilidad total para estos)

Formulario de localización de deportistas ( Resolución 30 Abril 2009)

Formulario de localización de deportistas ( Resolución 30 Abril 2009)

ANEXO II

Formulario de localización de deportistas ( Resolución 30 Abril 2009)

Formulario de localización de deportistas ( Resolución 30 Abril 2009)

ANEXO II

Formulario de localización de deportistas ( Resolución 30 Abril 2009)Programa trimestral

ANEXO II

¿ Quienes puede ser sancionados?

Cualquier implicado:

deportistas, médicos,

fisioterapeutas, entrenadores,

preparadores físicos,

directivos, otros implicados

¿ Quienes sancionan?Los comités disciplinarios de las federaciones deportivas españolas son los responsables de decidir las sanciones a imponer pero: Pueden ser recurridas por

•CSD ( CCSSyD)•FIBA•WADA

¿ Cuales son las sanciones deportistas?

• Las sanciones serán aplicadas dependiendo la tipificación de las mismas y la reincidencia o agravantes– La sanción inicial es de un periodo de suspensión de 2

años y la segunda infracción la suspensión es de por vida

– Las sanciones se pueden reducir si se prueba que existen circunstancias excepcionales o en el caso de las sustancias específicas

– Las sanciones por tráfico, prescripción, posesión son más severas.

Ley Orgánica de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte

• Titulo III: de la Tutela penal de la salud pública en actividades relacionadas con el dopaje en el deporte, se modifica el código Penal

• Se introduce un nuevo artículo Código Penal 361 bis:– Penas de cárcel e inhabilitación profesional

• 6 meses a 2 años e inhabilitación para empleo público, profesión u oficio 2 a 5 años.

• Agravan las penas en: – Menor edad

– Engaño o intimidación

– Prevalido de una relación de superioridad laboral o profesional

Ley Orgánica de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte

• Articulo 18: Sanciones a los médicos y demás personal sanitario de clubes o equipo

• Art. 14(1) apartados c,e,f,g y j (MUY GRAVES)

– Privación o suspensión licencia de 2 a 4 años y multa económica 6001 a 24000 euros

• Art. 14 (1): apartados h,i (MUY GRAVES)

– Privación o suspensión licencia de 4 a 6 años y multa económica 3001 a 6000 euros

• Art. 14(2) (GRAVES)

– Privación o suspensión licencia de 3 meses a 2 años y multa económica 1500 a 3000 euros ( agravantes)

agravantes: < edad, reincidencia

Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte

• Normativa que establece la relación de sustancias y métodos prohibidos en el deporte

• Clasifica : Sustancias y métodos prohibidos– En competición y fuera de competición

– En Competición

– Algunos deportes

– Sustancias específicas

– Programa de seguimiento

• Se publica anualmente

NO SIEMPRE SE INDICAN TODAS LAS SUSTANCIASAnte cualquier duda consulta medico club

¿ Puede un jugador-a ser tratado de sus enfermedades o lesiones?

• Si, pero supervisado por el médico del club

(aunque sea atendido por otros médicos ajenos la

mismo).

• En algunos casos, el deportista y el médico

deberán solicitar una autorización de uso

terapéutico, o realizar la declaración de uso.

Autorizaciones de uso terapéutico

• AUT– Cualquier sustancia

prohibida.– No se puede usar hasta

tener la autorización

• Declaración de uso– Glucocorticoesteroides ( vías intra o periarticular,

peritendinosa, peridural, intradérmica o inhalada)

– Organismo: Comité de AUT (CAUT)

– Requisitos:• Plazo solicitud:

– 21 días previo a competir * – Emergencia 10 días tras uso

• Formulario: Establecidos • Criterios: pruebas

complementarias

Organismo: CAUT, Comisiones Antidopaje federativas, Requisitos:

Formulario: Establecidos *

VALIDEZ DEL TIEMPO DE AUTORIZACIÓN Antiguas Beta 2 hasta 31/12/2009

Situaciones especiales

• Emergencia– Utilizar– Solicitar 10 días– Junto informe que

justifique la situación

Siempre declararlas en el control de dopaje

Las AUT internacionales hay que enviarlas a la AEA para su registro

Formularios AUT-deportista

Formulario Declaración uso-deportista

Declaración médica para AUT y Declaración Uso

Procesos de un control de dopaje • Selección de los

controles

• Responsables de la

recogida de muestras

• Selección de los

deportistas

• Notificación del control

• Presentación en área de

control

• CCSSD: unos mínimos obligatorios

• Determina la CSyPD de la FEB (sorteo ante notario)

• Médicos habilitados por el CSD (al menos uno del mismo sexo)

• Por sorteo , en el descanso del partido, jugadores en acta (Sobres firmados por el medico )

Los médicos habilitados entregan al médico en los últimos 5 minutos

• Inmediatamente tras el partido, salvo permiso si está acompañado

Procesos de un control de dopaje • Envío al laboratorio y

análisis

• Gestión de los

resultados y

comunicación

• Procedimiento

disciplinario

• Evaluación

• En una bolsa de seguridad

• Se analiza la muestra A y almacena la B

• Si en la A el resultado es adverso, se comunica al

deportista y puede solicitar un análisis de la

muestra B. Resultado Anómalos ( seguimiento)

• Si la muestra B se confirma el hallazgos adverso, se

informa al deportista y se pueden presentar

alegaciones

• Si la muestra B es negativa, se invalida el resultado

de la muestra A.

• Por el Comité disciplinario FD: expediente

disciplinario ( 2 meses +1 mes)

• Por la CCSSyD , FIBA y WADA

Procedimiento en la recogida de la muestra

Notificación al deportista• Los oficiales se lo comunican al

médico o al deportista mediante un formulario, en el cual se informa de:– Su selección y el tiempo para

acudir a la sala de control– El no acudir implica una sanción– Se recomienda ir acompañado por

el médico u otro acompañante– Con su firma el deportista:

• Se da por informado y acepta realizar el control

• Acepta la decisión del organismo competente

Recogida de la muestra

Área de control de dopaje• Inmediatamente tras la

competición, con un tiempo máximo de presentación es de 60 minutos con permiso especial, (si hay escolta)

• En la sala puede tomar bebidas envasadas y abiertas por el mismo.

– Envases de cristal o latas

– Sin cafeína ni alcohol

El jugador-a irán identificados No se puede usar el móvil

Coloración del agua inodoroEspejo

Procedimiento en la recogida de la muestra

Selección del recipiente para la recogida

• Cuando esta preparado para orinar, elige el recipiente sellado, graduado y estéril, envuelto en una bolsa de plástico.

Lavarse las manosNo tocar el material por dentro

Procedimiento en la recogida de la muestra

Provisión de la muestra de orinaUn oficial, del mismo sexo, le observará directamente y con discreción para proporcionar más 80 ml o 110 ml (EPO)– Se le requiere estar desvestido

desde la cintura hasta las rodillas.

Muestra de sangre ¿ Baloncesto?• Venopunción tras 10 min.

reposo• 6 ml (2* 3 ml)• No más de 3 intentos

Procedimiento en la recogida de la muestra

Selección del KIT de muestra

• El jugador-a podrá elegir

un Kit numerado con dos

botes ( A y B) que deben

tener el mismo número

( es importante comprobarlo)

Procedimiento en la recogida de la muestra

Distribución de la muestra

• La muestra se distribuye en el bote A ( al menos 50 ml 0 65 ml) y en el B ( al menos 25 ml o 35 ml ). Se debe comprobar que estén correctamente cerrados.

• El oficial del control mide el Ph y la densidad (5 ml)– pH ( 5-7)– Densidad

• 1005 ( refractómetro• 1010 (tira reactiva)

Procedimiento en la recogida de la muestra

Registro de información• El oficial del control

cumplimentará el acta de recogida, con los códigos de la muestra, la declaración de medicamentos los días previos

• Se debe comprobar todos los datos antes de firmar el impreso.

• Os entregarán una copia de color rosa, para el médico o para el jugador-a

Procedimiento en la recogida de la muestra

• Muestra parcial

– Procedimiento en aquellos casos que los jugadores-as no proporcionan la cantidad de orina necesaria, mediante otro recipiente en una bolsa sellada y un número de código.

Comentarios

• Los controles de dopaje son

necesarios pero la

prevención es

imprescindible para evitar

posibles errores y sus

consecuencias

MEDIDAS PREVENTIVAS

• Registro de prescripciones– Libro de registro

– Talonario de prescripción

– Copia Blanca para el jugador-a

– Copia rosa médico del club

– Copia amarilla para la Comisión Antidopaje de la FEB

Se revisan periódicamente por la Comisión de la salud y prevención del dopaje de la FEB

Libros registro y talonariosNuevas sanciones *

Riesgos de suplementos

• Hay un riesgo de que algunos suplementos puedan contener:– Ingredientes no listados en la etiqueta

que dan test dopaje positivos– Impureza introducidas en la

manufacturación – No es posible garantizar la seguridad de

muchos productos – Recomendación: no usar productos sin

garantías de seguridad– Último responsable deportista y en caso

de uso sanción

La notificación de utilización, prescripción de una sustancia prohibida sin la correspondiente AUT NO exime de sanción

Derechos de los jugadores• Ser informado de :

– La reglamentación antidopaje nacional e internacional

– De la notificación para pasar un control

• De:– Estar acompañado durante el control de dopaje

– Realizar todo el procedimiento y supervisarlo

– De ser observado por una persona del mismo sexo

– Recibir los resultados

– Solicitar y asistir a la apertura y análisis de la muestra B

– Tener posibilidad de aportar información adicional al organismo disciplinario

– Apelar las decisiones del mismo

Obligaciones de los jugadores

• Conocer los aspectos básicos de la normativa antidopaje vigente y seguirlos

• Solicitar cualquier prescripción por escrito, del médico del club o ajeno al mismo y guardar la copia.

• Consultar al medico del club cualquier duda o utilización de fármacos, suplementos, otros....

• Ser cuidadoso con los suplementos, preparados de plantas, etc. No utilizar nada sin total garantía.

Los deportistas se asegurarán de que ninguna sustancia prohibida se introduzca en su organismo, siendo responsables en cualquier caso

cuando se produzca la detección de su presencia en el mismo.( Ley Orgánica 7/2006 ( art. 13.)

Responsabilidad de los médicos y otros estamentos de los clubes

Los médicos • Conocer la normativa

vigente• Aplicarla

rigurosamente– Pretemporada

– Final

• Confidencialidad• Custodia información

Otros estamentos• Conocer la normativa

básica

• Aplicarla

• Consultar dudas al médico club

• Confidencialidad

¿ Por qué hay que luchar contra el dopaje?

• No es ético– Altera la integridad y finalidad del

deporte

– Modifica los resultados de la competición

– Proteger los derechos de los que no se dopan

– Traiciona la confianza del público

• Es peligroso para la salud de los deportistas– A corto

– A largo plazo

“ “ La luchaLa lucha y y la prevenciónla prevención

del dopaje en el deporte del dopaje en el deporte

es responsabilidad de todos los estamentoses responsabilidad de todos los estamentos”

GRACIAS

Comisión de la salud

y prevención del dopaje

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