el paraíso oculto que debemos mostrar a nuestros clientes

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BIENVENIDOS

HIDDEN PARADISE

El paraíso oculto que debemos mostrar a nuestros clientes.

HIDDEN PARADISEI n s p i r a d o s e n t u s

S e n t i m i e n t o s

LOGO

H i d d e n

P a r a d i s e

HISTORIAFue en la ciudad de Guayaquil, en el

mes de enero del 2012 donde se estableció HIDDEN PARADISE.

Comenzó siendo el detalle infaltable que brindaban en cada evento sus accionistas hasta convertirse en el rincón destinado al servicio de los mensajes del corazón.

HIDDEN PARADISE

ACCIONISTAS

Es una empresa de sociedad anónima con tres accionistas:

Ma. Gabriela GómezNey SuárezIsabel Guerrero

Somos una joven empresa dedicada a la fina decoración floral; especializada en el diseño y armado de arreglos florales para cada ocasión, con el fin de transmitir y materializar los sentimientos de nuestros clientes, inspirados siempre en la naturaleza

MISION

HIDDEN PARADISE

Posicionarnos en el mercado en base a nuestro servicio de excelencia, calidad, variedad, innovación y confianza, convirtiéndonos así en la mejor elección del consumidor, creciendo cada día mas, para lograr ser también empresa productora de nuestras flores.

HIDDEN PARADISE

VISION

Nuestros productos, servicios y atención tendrán siempre la misma calidad, de tal manera que cubran las necesidades de nuestros clientes dejándolos plenamente satisfechos.

POLITICA DE CALIDAD

HIDDEN PARADISE

VALORES

Compromiso

Confianza

Innovación

Puntualidad

Integridad

HIDDEN PARADISE

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

accionistas

Jefe Financiero

contador

Asistente contable

cajera

Administrador

Coordinador de Recursos

Humanos

repartidor

Personal de

limpieza

Jefe de ventas

Supervisor de decoración

diseñadordecorador

NUESTROS PRODUCTOS

UBICACIÓN

C.C. San Marino Shopping, Local 47 primer piso.

REGLAMENTO INTERNODE LA EMPRESA HIDDEN PARADISE S.A.

  Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 del Código del Trabajo en vigencia, y para

los efectos legales determinados en el artículo 42 numeral 12 y en el artículo 44 literal a) del mismo Cuerpo de Leyes, y, en general, para el mejor desenvolvimiento de las relaciones laborales entre la empresa y sus trabajadores, la Empresa HIDDEN PARADISE S.A. expide el siguiente Reglamento Interno de Trabajo que no podrá estar en contradicción con lo que establece el Código del Trabajo vigente.

  CAPITULO I  PRECEPTOS FUNDAMENTALES Art. 1. El Señor NEY SUAREZ, es el Administrador General de la HIDDEN PARADISE y en

consecuencia es el representante legal de la empresa y de sus accionistas, HIDDEN PARADISE S.A. está ubicado en el centro comercial San Marino Shopping local 47 primer piso, en la Ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas.

CAPITULO IV  DE LAS REMUNERACIONES Y OTROS BENEFICIOS Art. 15.- La remuneración mensual de los trabajadores, será pagada por el empleador en

dividendos quincenales, mediante crédito o depósito, en la Cuenta de Ahorros o Cuenta Corriente, que para el efecto el empleado deberá abrirla en una institución bancaria de la localidad, designada por el empleador.

CAPITULO IV DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO Art. 19.- Por la naturaleza de la necesidades, y por las modalidades y actividad de trabajo propia de la

Empresa HIDDEN PARADISE S.A. considerando que por la naturaleza de su actividad de servicio la mayor parte de sus actividades laborales deberá ser en forma ininterrumpida, tomará como jornadas de trabajo obligatorio todos los días de la semana, a cuyo efecto establecerá de común acuerdo con los trabajadores el tiempo de descanso forzoso que considerará 48 horas consecutivas, de conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo, y buscando una reingeniería que permita descansos los fines de semanas en turnos rotativos establecidos.

LAS HORAS SUPLEMENTARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS Art. 23.- La Empresa HIDDEN PARADISE S.A., podrá solicitar a sus trabajadores, de acuerdo con la ley,

la realización de labores en horas suplementarias y/o extraordinarias. Los trabajadores no podrán laborar horas excedentes, sin autorización expresa de su correspondiente Jefe Departamental.

 Por tanto, no habrá derecho a cobrar o a liquidar trabajos por horas suplementarias o extraordinarias que no hayan sido autorizadas.

DE LAS VACACIONES Art. 25.- La empresa formulará anualmente las vacaciones del personal de empleados, en sus cuadros

respectivos, y se hará conocer con tres meses de anticipación el período en que se concederán las vacaciones.

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