alumnos

24
MANUAL DE PROCEDIMIENTO CAPITULO 7 FECHA ALUMNOS 15 06 2006 SECCION Página I 1 DE 24 CAPITULO 7- ALUMNOS 7.1. NORMATIVA ESTE CAPÍTULO SE RIGE POR LOS LINEAMIENTOS DE LA REGULACIÓN AERONÁUTICA VENEZOLANA NÚMERO 60, LICENCIAS AL PERSONAL TECNICO AERONAUTICO Y RAV 141(ESCUELAS DE PILOTOS) 7.2.- CONDICIONES DE INGRESO: 7.2.1.- REQUISITOS El CIA tiene como norma para el ingreso para todos los cursos que los aspirantes a ser alumno, cumplan los siguientes requisitos: a.- Ser Venezolano o nacional de un país que otorgue tratamiento reciproco para otorgamiento de licencias a los venezolanos. b.- Hablar, leer y escribir el idioma castellano. c.- Haber aprobado los estudios de educación secundaria o su equivalente. d.- Poseer el certificado médico de aptitud psicofísica vigente, apropiada al tipo de licencia emitidas por la autoridad aeronáutica, para poder comenzar la fase de vuelo. e.- Edad mínima de ingreso de 17 años previa autorización notariada de los representantes legales. f.- Haber obtenido previamente la licencia de alumno piloto por parte del INAC, en caso de iniciar las fases de vuelos Elaborado por VERSION FECHA PAGINA Msc. Soc. JUDITH DELMORAL PINEDA ORIGINAL 15 6 06 1

Upload: carlos-alberto-romero-rico

Post on 08-Nov-2015

228 views

Category:

Documents


7 download

DESCRIPTION

Alumnos

TRANSCRIPT

Manual de Procedimientos

EDICION NUMERO 01Fecha

15012006

Capitulo 8

ALUMNOSPgina

PAGE

MANUAL DE PROCEDIMIENTO

CAPITULO 7FECHA

ALUMNOS15062006

SECCION Pgina

I17DE17

CAPITULO 7- ALUMNOS7.1. NORMATIVAESTE CAPTULO SE RIGE POR LOS LINEAMIENTOS DE LA REGULACIN AERONUTICA VENEZOLANA NMERO 60, LICENCIAS AL PERSONAL TECNICO AERONAUTICO Y RAV 141(ESCUELAS DE PILOTOS)7.2.- CONDICIONES DE INGRESO:7.2.1.- REQUISITOS El CIA tiene como norma para el ingreso para todos los cursos que los aspirantes a ser alumno, cumplan los siguientes requisitos:

a.- Ser Venezolano o nacional de un pas que otorgue tratamiento reciproco para otorgamiento de licencias a los venezolanos.

b.- Hablar, leer y escribir el idioma castellano.c.- Haber aprobado los estudios de educacin secundaria o su equivalente.

d.- Poseer el certificado mdico de aptitud psicofsica vigente, apropiada al tipo de licencia emitidas por la autoridad aeronutica, para poder comenzar la fase de vuelo.e.- Edad mnima de ingreso de 17 aos previa autorizacin notariada de los representantes legales.f.- Haber obtenido previamente la licencia de alumno piloto por parte del INAC, en caso de iniciar las fases de vuelosg.-Cumplir con las condiciones y requisitos de las normativas RAV: 60, 141, 142,143 y 147.

h.- El alumno debe anexar a su Currculum Vitae los siguientes documentos:

1.- Fondo negro y fotocopia del ttulo de bachiller (en caso de cursar estudios de bachillerato traer constancia de notas)

2.- Dos (02) Fotocopias de la cdula de identidad vigente.

3.- Dos (02) Fotografas tipo carnet (con palto y corbata).4.- Alumnos cursantes de otros CIA, debern consignar toda la documentacin que acredite los estudios realizados (constancias de notas de las evaluaciones en aire, tierra o cursos tericos).i.- El alumno debe haber obtenido un promedio no menor de 12 puntos en sus estudios del para obtener el titulo de bachiller y en caso de ser profesional universitario copia del titulo

j.- En caso de tener certificaciones de haber cursado estudios previos en el rea de aviacin, este ser sometido a una evaluacin por parte del jefe de operaciones del cia.

k.- Tener la licencia respectiva en caso de que aplique.

7.2.2.- PROCEDIMIENTOS EN EL CIA OFICINA RESPONSABLE: DIRECTOR DEL CIA.1.- El alumno solicita y llena el formato de Registro de Inscripcin del CIA RORICA ZULIA, (ver anexo) con bolgrafo de tinta azul o negro, en letra de imprenta. El cual contiene los datos personales, direcciones: fsica y correo electrnico, telfonos, experiencia, ttulos, y el nombre del curso al cual opta. 2.- El CIA, evala los documentos, acepta el inicio del curso, si el alumno cumple con los requisitos para la seleccin.3.- El CIA, informa al alumno sobre los trmites administrativos de la Inscripcin, y sus documentos anexos.

4.- El recibe del alumno la entrega del formato registro de inscripcin ante el CIA, con sus respectivos anexos, ante la oficina del director para su revisin final.

5.- El CIA, har entrega de una certificacin de inscripcin del interesado dirigida al INAC, la cual es un requisito indispensable de presentacin ante la autoridad aeronutica.6.- El CIA, informa al alumno que participe su toma la decisin de efectuarse o no los exmenes mdicos y solicitar la Licencia de Alumno Piloto, o espera hasta que preparado para dar inicio a la fase de vuelo.

7.- Si el alumno decide ir a efectuarse los exmenes, el director del CIA, hace entrega de un formato con los requerimientos del INAC, tanto para el Certificado mdico o para la Licencia de Alumno Piloto.8.- En cualquier escenario del punto 7, el Director del CIA, hace entrega de la Certificacin de Inscripcin del alumno dirigida al INAC (ver anexo).

9.-El hace entrega al alumno de la carta con la informacin referente a su ingreso como alumno dirigido al Director del Instituto Autnomo de Aeropuertos del Estado Zulia, a fin de que se inicie el procedimiento para obtener el carnet de acceso a la rampa de Aviacin General.9.- El CIA, supervisa la obtencin o no del carnet del Instituto.

10.- El CIA, en la seccin de archivo, inicia la conformacin del expediente del nuevo alumno y lo archiva, para resguardarlo por el espacio de tiempo de tres (03) aos, luego de su egreso. Las personas responsables de dicho resguardo son el jefe de los Instructores y Director. 7.2.3.- NORMATIVA A CUMPLIR POR EL CENTRO DE INSTRUCCIN El CIA, debe:

1.-Proporcionar un Trptico (ver anexo) contentivo con la informacin referente a los cursos, los requisitos y condiciones generales de ingreso, costos, horarios de actividades e informacin general.2.- El CIA suministra informacin al aspirante a ser alumno sobre la fecha de inicio, la fecha de culminacin y la fecha estimada de graduacin, tomando en consideracin el curso seleccionado por el estudiante.3.- El CIA hace entrega formal al alumno de los materiales, bibliografas y del Reglamento Interno (ver anexo) y lo orienta al respecto de los contenidos en los mismos.

4.- El CIA, debe solicita la entrega por parte del aspirante a ser alumno piloto del formato de Certificacin Inscripcin, contentivo de lo datos solicitados en el mismo los cuales deben ser llenados en letra de imprenta y en bolgrafo negro o azul.

5.- El CIA, solicita los originales y chequea las copias suministradas de las constancias de los estudios, experiencia y trabajos realizados por el alumno aspirante, a fin de constatar la veracidad de los mismos.

6.-El CIA, conforma el expediente de cada alumno y lo archiva en la seccin de archivo, para resguardarlo por el espacio de tiempo de tres (03) aos luego de su egreso. Las personas responsables de dicho resguardo son el jefe de los Instructores y Director.7.3.- INGRESO E INICIACIN DE LOS CURSOS: 7.3.1.- El CIA, para dar ingreso a un alumno deber1.- Hacer que el alumno llene el Formato de Registro de Inscripcin del CIA, el cual contempla:-Datos personales,-Seleccin del curso a ser iniciado, al cual debe anexar copia del certificado mdico si inicia fase de vuelos, -Copia del ttulo de Bachiller o notas certificadas de estudios, -Copia de ttulos o cursos complementarios

-Si es menor de edad copia de la autorizacin notariada de los representantes legales.

-Original y copias de las constancias de estudios y notas en caso de venir de otro CIA, en Venezuela.

-En caso de ser extranjero los requisitos de revlidas de la RAV.- Hacer entrega y explicacin del Pensum de Estudios y del reglamento interno del CIA

-Formar un expediente, el cual deber resguardar por el espacio de tiempo de tres (03) aos en las instalaciones administrativas del cia. 7.3.2.- Procedimiento del CIA para el caso de ingresos

Oficina responsable: La Direccin del CIA

A.-Procedimiento Fase de Vuelo:

1.- El CIA, solicita la Licencia de Alumno Piloto y del certificado mdico en original y verifica la veracidad de la fotocopia de los mismos.2.- La Direccin CIA, anexa al expediente del alumno los documentos referidos en el punto 1. 3.- El CIA, verifica la obtencin del carnet por parte del alumno para acceder la rampa de aviacin.

4.- Ordena al jefe de operaciones el inicio de la programacin del curso

Oficina: Jefe de Operaciones

1.- El jefe de operaciones designa el instructor para el nuevo alumno y hace conjuntamente con el Piloto Instructor la programacin de vuelo.2.- Se hace entrega al Piloto Instructor del nombre del alumno o el listado de los alumnos nuevos, tipo de curso, con las fechas probables de inicio y culminacin.

El Instructor:

1.- Programa y ejecuta las actividades tericas/ prcticas de las clases

2.- Programa y ejecuta las fechas de las pruebas de conocimiento, y las pruebas de prcticas de vuelo.

3.- Determina el nmero de horas adicionales de Instruccin utilizadas para cada prueba prctica, si los resultados han sido insatisfactorios.

B.-Procedimiento Fase Terica

Oficina: Direccin

Procedimiento:

1.- El CIA, verifica la obtencin del carnet por parte del alumno para acceder la rampa de aviacin.2.- La Direccin CIA, anexa al expediente del alumno los documentos referidos en el punto 1. 3.- Ordena al jefe de operaciones el inicio de la programacin del curso.

Oficina: Jefe de Operaciones

1.- El jefe de operaciones designa el instructor 2.- Conjuntamente con el instructor realiza la programacin de las clases tericas y prcticas.3.- Le hace entrega al Piloto Instructor del listado de los alumnos nuevos.

4.- Supervisa el desarrollo de la programacin.

5.- Recibe del instructor los resultados de las pruebas de conocimiento terico y prctico.

El Instructor:

1.- Programa y ejecuta las actividades tericas/ prcticas de las clases que se le asignen2.- Programa las fechas de las pruebas de conocimiento, y las pruebas de prcticas de vuelo.

3.- Determina el nmero de horas adicionales de Instruccin utilizadas para cada prueba prctica, si los resultados han sido insatisfactorios.

4.-Da instrucciones a los alumnos que deben firmar el formato control de asistencia a clase 7.4.- VERIFICACIN DEL PROGRESO DE ESTUDIOS:En la seccin de los tipos de exmenes se determinaron y el tipo de calificacin en el caso de pruebas escritas de la escuela en tierra; y en caso de las pruebas prcticas y tericas de la escuela en el aire.A continuacin se refleja el procedimiento y los parmetros determinados por el CIA, como exigencia al alumno para poder pasar de una instancia acadmica o fase de entrenamiento a la subsiguiente: 1.- Haber aprobado las materias tericas relativas al curso que este realizando ante el CIA y ante la autoridad aeronutica.2.- Haber aprobado la escuela en el aire ante el CIA y la autoridad aeronutica.3.- Cumplir con los requisitos para el ingreso en cada fase.

4.- Antes de dar inicio a la fase de Vuelo se realizarn prcticas en el Simulador de Vuelo, en la cual se efectuar una evaluacin terica / prctica de las teoras vistas en cada fase.

En el caso de la evaluacin de la teora antes de dar inicio a la fase de vuelo real, se efectuar una prueba oral la cual se evaluar la materia vista con la puntuacin siguiente:

E = Sobresaliente de 96 a 100 ,00 puntos

MB = Muy Bueno de 90 a 95,99 puntos

B = Bueno de 78 a 89,99 puntos

S = Suficiente de 70 a 77,99 puntos

D = Deficiente de 01 a 69,99 puntos Para los exmenes acadmicos, las reglas establecidas a los estudiantes sern de lograr un resultado mnimo de 70 % para aprobar el curso.

En caso de aprobacin se pasar a la sub fase siguiente; en caso que repruebe el examen, se le dar hasta dos (02) oportunidades y presentar adicionalmente un examen escrito. Estos resultados los presentar el instructor a fin de llevar el registro de notas individuales y colectivas ante el jefe de los instructores, el cual elaborar los listados correspondientes y los presentar ante el Departamento de Administracin.

En cada fase, en la sub fase de vuelos reales, se evaluar cada misin encomendada, con la utilizacin del formato Instruccin en Vuelo, con la nomenclatura de puntuacin respectiva, en caso de que repruebe la misin encomendada deber repetirse la misma hasta alcanzar los niveles satisfactorios requeridos para pasar a otra misin.En cada caso de evaluacin y especficamente en los exmenes escritos, el instructor llenar el formato correspondiente sobre listado de notas por materias, con los resultados obtenidos en la evaluacin y se har entrega ante el Departamento de Administracin a fin de que se efecte el registro correspondiente, elabore listado y publique el mismo en la cartelera del CIA.

En la Fase II, sub fase teoras y en la sub fase prcticas de vuelo se llevar el mismo procedimiento de la Fase I.En cada fase se deber efectuar evaluaciones continuas clasificadas en semanales, quincenales y mensuales en el caso de los exmenes escritos, segn el tipo de materia, los cuales debern ser diseados por cada instructor, bajo el visto bueno del jefe de los instructores, diseados en el caso de los exmenes prcticos de vuelo, la evaluacin debe ser cada vez que el alumno efecte cada misin y ser registrado sus resultados en cada expediente de los alumnos.

El contenido de los exmenes debe ser delimitado dentro de los lineamientos de las RAV, 141, 142, 143, 144; as mismo, dentro de los requerimientos del programa de evaluacin, ya expuesto; Igualmente dentro de las materias vistas durante el curso.Igualmente se debe llevar un control de la disciplina de cada alumno dentro de las instalaciones del CIA y durante las misiones de vuelo, las cuales deben ser valoradas con las puntuaciones establecidas.Dicho record ser registrado en el expediente de cada alumno a fin de ser evaluado y calificado al final del curso, dicho record, deber ser presentado ante el Departamento de Administracin, el cual anexar a cada expediente. En caso de indisciplinas continuas deber pasarse una (01) amonestacin por escrito, de repetirse la situacin se pasar la Direccin del CIA, a fin de tratar de solventar, conjuntamente con el instructor y el alumno. En caso de reincidencia se proceder a abrir un expediente administrativo y de seguir en ello, la expulsin del curso aplicando el reglamento del Cia.Experiencia mnima:

En todas las fases tericas, simuladas o prcticas de vuelo el alumno para pasar a la fase siguiente debe aprobar satisfactoriamente el 90% del contenido del curso.7.5.- REGISTRO, PUBLICACIN Y ARCHIVO DE LAS EVALUACIONES: 7.5.1.- ESCUELA EN TIERRAA criterio del instructor utilizar los mtodos de examen escrito u orales a medida que vaya cumpliendo el respectivo tema, a fin de evaluar el conocimiento obtenido por cada alumno en cada materia, dicha prueba ser corregida por el instructor y proceder a llenar el Formato de Registro de Evaluaciones (Ver Anexo) y las entregar en al jefe de los instructores, el cual realizar las coordinaciones necesarias a fin de publicarlas en la cartelera del CIA.7.5.2.- ESCUELA EN AIRE Y VUELO SIMULADO1.- Finalizado el post-vuelo, el instructor en presencia del alumno proceder a efectuar la evaluacin y calificacin correspondiente al perodo (s) de vuelo (s) realizado (s) durante el da y comparar las calificaciones anteriores a fin de determinar el progreso del alumno.

2.-El alumno piloto debe cumplir los requisitos de cada fase en el nmero de horas previstas. Caso contrario ser sometido a chequeo de descarte.

3.- Una vez cumplida la verificacin anterior, en caso de que el alumno no demuestre progreso en los ltimos tres (03) perodos de vuelo, el instructor solicitar al Director del Centro de Instruccin Aeronutica RORICA - ZULIA la designacin de otro instructor de vuelo, a fin de que el prximo vuelo se le efecte un chequeo de progreso al alumno.

4.- El piloto instructor designado para efectuar el chequeo de progreso podr proponer al Director del Centro de Instruccin de Aeronutica RORICA - ZULIA las siguientes soluciones:

a.- Cambio de instructor.

b.- Chequeo de descarte.

5.- En caso de que el piloto chequeador designado por el Centro de Instruccin Aeronutica RORICA - ZULIA recomiende el cambio de instructor, se efectuar un chequeo de progreso al alumno luego de haber cumplido (05) perodos de instruccin por un instructor diferente a los anteriores.

6.- En caso de que el piloto chequeador (designado por la direccin del centro) recomiende un chequeo de descarte, el alumno ser entrevistado antes de dicho chequeo por la Direccin del Centro de Instruccin Aeronutica.

7.- Si luego de haberse cumplido el chequeo de descarte el juicio concluyente de los instructores es el de que el alumno no tiene aptitudes para el vuelo este ser descartado, caso contrario la Direccin del Centro tendr la potestad de permitir que el alumno contine recibiendo instruccin de vuelo bajo estrictas observaciones. Las que deben ser anotadas en su hoja de evaluacin.

8..- Los Alumnos Pilotos en ningn momento darn por finalizado el perodo de vuelo hasta tanto no hayan cumplido con la ltima fase del vuelo, que es la evaluacin y calificacin hecha por el Instructor.

9.- El entrenamiento ser considerado completo cuando el estudiante haya demostrado un conocimiento de los Sistemas Aeronutico y de Aviones, y maestra de Maniobra de Vuelo apropiada a la instruccin \ adiestramiento del curso.

10.- Efectuar maniobras dentro de las limitaciones y capacidades de la aeronave, incluyendo el uso de los sistemas.

11. - Efectuar procedimiento de emergencia y maniobras apropiadas a la aeronave.

12.- Pilotaje de la aeronave con suavidad y exactitud.

13.- Tomar decisiones acertadas.

14.- Aplicar conocimientos aeronuticos.

15.- Demostrar maestra de la aeronave dentro de los lmites de las reglas prcticas, que el resultado de la maniobra jams se ponga en duda.

16.-Si es de la opinin del Instructor que si las reglas de ejecucin no se cumplen, o la tolerancia sigue excedida, el desempeo del estudiante no se considera satisfactorio, ser necesario cumplir un entrenamiento adicional, cada situacin ser evaluada en cada caso.

17.- Las reglas de ejecucin y el conocimiento del estudiante deben coincidir con aquellos aplicados con las reglas de prueba prctica del MINFRA / INAC. Apropiados a la evaluacin que se solicita en el caso del entrenamiento recurrente, apropiado a la evaluacin que mantienen.

18.-Los Instructores de vuelo y acadmico pondrn nfasis especial en las operaciones que son ms crtica a la seguridad de vuelo. 19.- Los alumnos registraran sus vuelos, entrenamiento en simulador en formato anexo, de la misma forma que ese hace con una bitcora de vuelo normal. (RAV 60-23)

20.- La bibliografa a utilizar durante sus estudios de aviacin en cualquier especialidad son los textos que al efecto ha elaborado el cia, pero se podrn utilizar todos aquellos que sean de publicacin legal y que trate los mismos temas que se plantean en los planes de estudios.,21.- Con respecto a los implementos de estudios estos son:

-Calculadora de mano (Porttil)

-Plotter

-Mapas aeronuticos del estado Zulia y de Venezuela (CK-26 y CK-27)

-Computador de vuelo-Maletn de vuelo

-Drenador de combustible

-Brjula-GPS porttil (Optativo)

-tiles escolares7.5.3.- ARCHIVO DE LAS EVALUACIONES Cada vez que se el instructor efecte una evaluacin como prueba escrita (examen) o evaluacin oral de las teoras o del entrenamiento en el aire, deber pasarlo por escrito la relacin en cuestin , as como su soporte fsico del examen a fin de ser archivado en el expediente correspondiente a cada alumno en particular.7.6.- ELABORACIN DE EXPEDIENTES, FICHAS DE INSTRUCCIN, TIPO DE INSTRUCCIN, Y DEPENDENCIA RESPONSABLE 7.6.1.- EXPEDIENTES:7.6.1.1.- NORMATIVA:

REGULACIN AERONUTICA VENEZOLANA RAV 141, SECCION 141.41 REGISTROS DE ENTRENAMIENTOOficina Responsable: Seccin de Archivo

Al ser aprobado el ingreso como alumno piloto se conforma un expediente del alumno inscrito, el cual comprende una carpeta marrn contentiva de:

- Formato registro de Inscripcin completamente lleno con los datos personales del alumno: Nombre y Apellido del Alumno as como con el Currculum Vitae y sus respectivos anexos que avalen su calificacin acadmica y profesional.-Copia de la licencia y certificado mdico.

-Nombre del curso, duracin la marca y modelo del equipo de vuelo de Instruccin utilizado.

-Fecha estimada, fecha de conclusin de la Instruccin de graduacin o transferencia a otro Centro.-Rendimiento en cada materia y el nombre del Instructor. A medida que vaya avanzando el alumno se archivarn sus pruebas escritas de progreso con sus respectivas calificaciones, pruebas de la instruccin en el aire, horas de vuelo, horas de simulador. Un registro actualizado de su progreso, reflejando los proyectos prcticos y/o trabajo de laboratorio concluidos o en proceso.

- La fecha y resultado de cada prueba de conocimiento, la prueba prctica de cada final de curso y el nombre del instructor que la efectu.

-El nmero de horas adicionales de Instruccin utilizadas para cada prueba prctica, cuyos resultados fueron insatisfactorios.

-El CIA deber velar por la conservacin de todos los expedientes requeridos: del alumno piloto; de los alumnos instructores; proeficiencias y cursos especiales, por un mnimo de dos (2) aos despus de haber completado el entrenamiento, pruebas o chequeos.

- Se efectuar una relacin en el programa Excel de los perodos de vuelo tanto de simulador como en el avin, as como las asistencias a sus clases tericas.7.7.- EDICIN Y PUBLICACIN DE LOS RESULTADOS FINALES DE LOS CURSOS7.7.1.- EDICIN Y PUBLICACINEl CIA, edita en un listado por cada materia y por orden alfabtico los resultados de la lista de las evaluaciones de en cada fase para cada tipo de curso y lo publicar en una comunicacin sellada y refrendada por el instructor y el director, la cual ser publicada en la cartelera del CIA. Dicha publicacin se programar de acuerdo a la finalizacin de cada fase o curso.

7.7.2.- ORDEN AL MRITOEl CIA, selecciona entre los alumnos con puntuaciones que tengan en promedio entre el rango de 90 a 100 puntos, para ser acreedores del orden al merito, como incentivo al alumnado, el cual le ser impuesto una ala de pecho con sus denominacin respectiva y su Diploma de Orden al Mrito (ver anexo) 7.7.3.- GRADUACINEl CIA solo permitir el acto de grado y la correspondiente emisin del Certificado de Graduacin para la obtencin de licencia o habilitacin, cuando el estudiante haya:

1.-Cursado en su totalidad el Plan de Estudio del curso o programa de instruccin correspondiente.

2.- Aprobados todos los exmenes parciales y finales en el CIA.

3.- Aprobado el examen terico y practico aplicado por la autoridad aeronutica.

4.- Cumplido a satisfaccin los tramites administrativos

El CIA organizar la ceremonia de acto de grado o culminacin de curso de los alumnos dependiendo de la cantidad mnima de graduandos, la cual es de diez (10) alumnos pilotos; y se llevar a efecto en un tiempo mnimo de diez (10) das hbiles luego de la fecha de culminacin de clases y exmenes. En la cual se har entrega del Diploma del Curso y de las certificaciones legales de culminacin del curso, El CIA, har entrega de los siguientes documentos: carta de egreso del CIA, constancia de notas, diploma de culminacin del curso, relacin de horas de vuelo., En caso de no haber ceremonia de graduacin, el CIA deber realizar la entrega de diplomas de curso, certificaciones legales de finalizacin de los cursos a los cinco (05) das hbiles de culminacin del curso correspondiente a fin de acreditar ante el INAC la culminacin del mismo.7.7.4.- NORMATIVALA GRADUACIN SE CEIR POR LA NORMATIVA EXPUESTA EN LA RAV 141; SECCION 141.39 CERTIFICADOS DE GRADUACIN 7.7.5.- EL CERTIFICADO DE GRADUACINEl Certificado de Graduacin otorgado por el CIA, contiene:1.-Nombre del centro y nmero de certificado del CIA.

2.-Nombre del estudiante.

3.-Nombre del curso o programa de instruccin aprobado.

4.-Fecha de graduacin.

5.-Indicacin donde se haga constar que el estudiante ha aprobado satisfactoriamente todas las pruebas correspondientes al plan de estudio del curso o programa realizado.

6.-Firma del Presidente y del Director del CIA7.-Indicacin donde se haga constar el tipo de Instruccin de Vuelo de Navegacin recibida por el estudiante durante el curso o programa de entrenamiento, si se encuentra establecido en el Plan de Estudio correspondiente.

El CIA, har entrega de certificados de acuerdo a su clasificacin y aprobacin correspondiente, tales como:

El CIA, har entrega del Certificado de Graduacin, firmado por el presidente y Director del Centro de Instruccin Aeronutica Civil RORICA - ZULIA, a los alumnos que hayan terminado satisfactoriamente los cursos:

Piloto Privado (ver anexo)Habilitacin Instrumental (ver anexo)Piloto Comercial (ver anexo)Piloto Instructor de Vuelo (ver anexo)Piloto Instructor de Vuelo instrumental (ver anexo)Piloto Instructor en Tierra (ver anexo)Piloto de Transporte de Lnea Area (ver anexo)Este formato se denominar: CERTIFICADO DE GRADUACION. 7.7.6.- CERTIFICADO DE ASISTENCIA.El CIA, har entrega del Certificado de Asistencia a clases, firmado por el Director del Centro de Instruccin Aeronutica RORICA - ZULIA, a los estudiantes que no hayan logrado pasar satisfactoriamente el curso para el cual se inscribieron.

Este formato se denominar CERTIFICADO DE ASISTENCIA. (Ver Anexo)7.7.7.- CERTIFICADO DE ENTRENAMIENTO DE HABILITACIN POR CLASE DE AERONAVE El CIA, har entrega del Certificado de Entrenamiento de Habilitacin, firmado por el Director del Centro de Instruccin de Aeronutica Civil RORICA, a los pilotos que completen satisfactoriamente el entrenamiento de actualizacin de vuelo escuela de tierra y curso de transicin de vuelo.

Este formato se denominar: CERTIFICADO DE ENTRENAMIENTO DE HABILITACIN POR CLASE DE AERONAVE (Ver Anexo)7.7.8.- CERTIFICADO DE LA HABILITACIN POR TIPO DE AERONAVE El CIA, har entrega del Certificado de Entrenamiento de Habilitacin por Tipo de Aeronave a cada piloto que haya completado satisfactoriamente el reentrenamiento de actualizacin de vuelo y de la habilitacin de vuelo instrumental, el Centro de Instruccin Aeronutica RORICA, les elaborar una carta de certificacin contentiva de las notas de las materias aprobadas por cada alumno piloto.

Esta carta indicar el nombre del estudiante, el titulo del curso, fecha en que finaliz el entrenamiento de vuelo y una anotacin que ha logrado completar satisfactoriamente el entrenamiento.

Este formato se denominar CERTIFICADO DE ENTRENAMIENTO POR TIPO DE AERONAVE, (Ver Anexo)7.7.9.- CERTIFICADO DE NOTAS DE LA ESCUELA EN TIERRA.Para cada piloto que haya completado satisfactoriamente el entrenamiento de la escuela en tierra, la Escuela de Aeronutica Civil RORICA les prepara una carta de certificacin.

Esta carta indicar el nombre del estudiante, el titulo del curso, fecha en que finaliz el entrenamiento de tierra y una relacin de las notas definitivas obtenidas en el curso; y la anotacin que logro completar satisfactoriamente el entrenamiento. Este formato se denominar CERTIFICADO DE NOTAS DE LA ESCUELA EN TIERRA. (Ver Anexo)7.7.10.- CERTIFICADO DE LOS CURSOS ESPECIALESPara cada piloto que haya completado satisfactoriamente el entrenamiento de actualizacin o cursos tericos, EL Centro de Instruccin de Aeronutica Civil RORICA les elabora el certificado de notas

Este indicar el nombre del estudiante, el titulo del curso, fecha en que finaliz el entrenamiento de los cursos tericos y una anotacin que ha logrado completar satisfactoriamente el entrenamiento.

Este formato se denominar CERTIFICADO DE CURSO ESPECIAL, (Ver Anexo)7.7.11.- CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTOPara cada persona que haya colaborado satisfactoria e incondicionalmente en el entrenamiento de actualizacin o cursos tericos, la Escuela de Aeronutica Civil RORICA, previa votacin para la respectiva seleccin, les elabora un diploma de reconocimiento en honor a su labor cumplida.

Este diploma contendr el nombre de la persona, el titulo y nmero del curso, y una anotacin de reconocimiento de los alumnos

.

Este formato se denominar DIPLOMA DE RECONOCIMIENTO; (Ver Anexo)7.7.12.- CARTA DE EGRESO

Para cada piloto que haya completado satisfactoriamente el entrenamiento de actualizacin o cursos tericos y prcticos, EL Centro de Instruccin de Aeronutica Civil RORICA les elabora la carta de egreso dirigida a la autoridad aeronutica, que indicar el nombre del estudiante, el titulo del curso, fecha en que finaliz el entrenamiento de los cursos tericos y una anotacin que ha logrado completar satisfactoriamente el entrenamiento; as como la relacin total de horas de vuelo cumplidas en caca caso.Este formato se denominar CARTA DE EGRESO (Ver Anexo) 7.8.- CEREMONIAEl CIA deber organizar una ceremonia de entrega de los documentos legales de culminacin del curso para la cual deber tener en consideracin las siguientes condiciones:1.- El nmero mnimo de alumnos pilotos graduandos ser de diez (10).

2.- Los alumnos Pilotos debern haber cumplido con todos los compromisos contrados con el CIA.

3.- Los alumnos Pilotos debern seleccionar y/o designar el maestro de ceremonia.

4.- Los alumnos Pilotos debern nombrar un padrino de graduacin

5.- Los alumnos pilotos debern consignar o comprar las presillas de ascenso ante la direccin del CIA.

6.- Los alumnos conjuntamente con la direccin del CIA seleccionarn la persona que consideren merecedora del Diploma de Reconocimiento por haber colaborado incondicionalmente con el curso.

7.-La Direccin del CIA y el grupo de graduandos coordinarn la organizacin y planificacin de la Ceremonia y sus gastos.

8.-La direccin del CIA y el grupo de graduandos determinarn el monto de la cuota por graduando para los efectos de los actos de graduacin. INTENCIONALMENTE DEJADA EN BLANCO

Por la autoridad aeronautica: _______________ Edicin nmero: 01 Fecha de Aprobacin: ____/____/_____ Numero de la ltima Revisin: _____ Fecha de Enmienda: ___/___/_____ Elaborado por: __________________

PAGE Elaborado porVERSIONFECHAPAGINA

Msc. Soc. JUDITH DELMORAL PINEDAORIGINAL1560617