alquiler

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Complemento de pensión dirigido a aquellos pensionistas de jubilación o invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten carecer de vivienda en propiedad y residir, como residencia habitual, en una vivienda alquilada. La cuantía anual del complemento para el año 2014, asciende a 525 €. Plazo de presentación hasta el 31 de diciembre de 2014. Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos: 1. Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución. 2. Carecer de vivienda en propiedad. 3. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda. 4. No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal. 5. Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud. Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrán derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos. DOCUMENTACIÓN: 1. Solicitud 2. Fotocopia compulsada del documento que acredite la representación cuando la solicitud se suscriba por persona distinta al beneficiario pensionista no contributivo. 3. Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento, u otro medio de prueba válido en derecho (recibos, facturas, etc.) 4. Certificado de empadronamiento. OBTENCIÓN DE SOLICITUDES: En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid. En el Punto de Información de la Consejería de Asuntos Sociales (C/ O´Donnell, 50, planta baja). En la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid. En la página web del IMSERSO (www.imserso.es ) PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid o en la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid, (ventanilla única). Un saludo Trabajo Social CENTRO CONCERTADO POR LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Page 1: Alquiler

Complemento de pensión dirigido a aquellos pensionistas de jubilación o invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten carecer de vivienda en propiedad y residir, como residencia habitual, en una vivienda alquilada.

La cuantía anual del complemento para el año 2014, asciende a 525 €.

Plazo de presentación hasta el 31 de diciembre de 2014.

Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:

1. Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.

2. Carecer de vivienda en propiedad.

3. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.

4. No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o

de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.

5. Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrán derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.

DOCUMENTACIÓN: 1. Solicitud2. Fotocopia compulsada del documento que acredite la representación cuando la solicitud se

suscriba por persona distinta al beneficiario pensionista no contributivo.3. Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento, u otro medio de prueba válido en

derecho (recibos, facturas, etc.)4. Certificado de empadronamiento.

OBTENCIÓN DE SOLICITUDES:

En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

En el Punto de Información de la Consejería de Asuntos Sociales (C/ O´Donnell, 50, planta baja).

En la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

En la página web del IMSERSO (www.imserso.es)

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid o en la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid, (ventanilla única).

Un saludo Trabajo Social

CENTRO CONCERTADO POR LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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