alegatos de apertura y de conclusion idaira julio y yalitza quintero

20
Universidad Latina Maestría en Derecho Procesal Principios del Debido Proceso y Tutela Judicial Enjuiciamiento Penal Trabajo Final Alegatos de Apertura y Alegatos de Conclusión Presentado a consideración de: Profesor Carlos Enrique Herrera Ruiz Integrantes: Julio, Idaira Quintero, Yalitza Noviembre, 2014.

Upload: maestriaderecho

Post on 26-Jul-2015

155 views

Category:

Law


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Universidad LatinaMaestría en Derecho Procesal Principios del Debido Proceso y Tutela JudicialEnjuiciamiento Penal  

 Trabajo FinalAlegatos de Apertura y Alegatos de ConclusiónPresentado a consideración de:Profesor Carlos Enrique Herrera Ruiz

Integrantes:Julio, IdairaQuintero, Yalitza 

 Noviembre, 2014.

Page 2: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

ALEGATOS DE APERTURA

Page 3: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Antecedentes

0Surgen principalmente del juicio oral norteamericano.0El juicio es por lo general público y oral, con

participación directa de todas las partes.0Todas las fases previas se limitan a la investigación

por parte del ejecutivo.0Al inicio del juicio, el fiscal debe probar que el

acusado cometió el delito o delitos que se le imputan. 0El acusado no tiene obligación alguna de rendir

testimonio.

Page 4: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Concepto 0Actividad fundamental del litigante; constituye la oportunidad para presentar su teoría del caso ante el tribunal. Por medio del alegato de apertura los jueces

tomarán por primera vez contacto con los hechos y antecedentes que fundamentan el caso de la parte. En

otras palabras, el alegato de apertura es por excelencia el momento para ofrecer al juez un punto de vista para la apreciación de la prueba, de tal manera que si el juez la mira desde allí, verá en ella lo que el sujeto procesal ve

Page 5: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Finalidad

0Convencer a los jueces de la coherencia y veracidad de su postura ante lo sucedido.

0Organizar la información y el relato para los jueces.

0Darle al juzgador una vista coherente de su teoría del caso

0Anticipar el orden y contenido de la prueba que va a presentar.

Page 6: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Sujetos Procesales

0FiscalEl Fiscal expone su teoría del caso, consistente en los hechos establecidos en la acusación, la calificación jurídica y las pruebas ofrecidas. Debe ilustrar en forma completa y detallada al Juez sobre las circunstancias del caso, lo cual deberá hacer de una forma clara, simple, directa y convincente. Es obligatorio para la Fiscalía.

Page 7: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Querellante0Exponer su teoría del caso. Se encargará de repetir las

cuestiones de hecho, pero además hará un panorama sobre la discusión que vendrá respecto de la calificación legal que propone la acusación.

Defensa 0 Resaltar la inocencia del acusado o destacar la existencia

de causas de justificación o atenuantes de la pena que pudiese utilizar a su favor.

0 Dos estrategias: negar categóricamente los hechos de los que se acusa a su cliente; o aceptar los hechos, pero indicar que no sucedieron de la forma mencionada en la acusación.

0 La presentación de alegatos iniciales es opcional.

Page 8: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Estructuración 0Presentación de hechos y no de conclusionesPresentación de los elementos fácticos del caso y, eventualmente, su vinculación con las normas aplicables, pero no extraer conclusiones de la prueba que aún no se ha presentado al juicio.

0 La extensión del alegatoConcentrar los elementos del alegato en un tiempo menor y ello no perjudica su claridad ni su estructura, es conveniente realizarlo tan breve como sea posible. El exceso de información puede traducirse en confusión y no necesariamente en más elementos para la comprensión del caso.

Page 9: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

0No emitir opiniones personales No debe contaminarse con opiniones personales del litigante. La introducción de opiniones del abogado le quitan credibilidad y fuerza al planteamiento.

0Cuidado con exagerar la prueba.Mencionar en el alegato de apertura solo aquellos hechos que los testigos o el resto de las pruebas que se presentarán en juicio realmente pueden acreditar. La exageración del abogado no suple las deficiencias de la prueba, más bien todo lo contrario.

Page 10: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

0 Anticipar las propias debilidades y explicarlas razonablemente.

Plantear nuestra teoría del caso en la forma más transparente posible desde el inicio del juicio, sin ocultar información que pueda ser conocida por la contraparte y que pudiera en definitiva ser usada en nuestra contra.

0 Personalizar el conflicto.Darle un contenido real a las abstracciones y palabras con las que suelen formularse las acusaciones y mostrar que detrás del caso existe un problema con protagonistas que son personas. Detrás de esas personas hay motivaciones, historias, puntos de vista. Será importante mostrarle eso al tribunal pues conocer esa información puede permitir que valoren o procesen de una manera distinta el caso.

Page 11: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

0El juez no conoce el caso.El litigante debe preguntarse “si yo no supiera nada de este caso, ¿tendría sentido lo que estoy escuchando? ¿me bastaría? ¿entendería la historia? ¿le creería?Exponen desde la imagen mental que ellos tienen del “expediente”, y no desde la necesidad de información que tienen los jueces.

0Credibilidad. El éxito en la litigación en juicios orales dependerá de la capacidad que tengan los abogados de construir credibilidad para sus teorías del caso, para las pruebas que presentan e incluso de ellos mismos como litigantes profesionales y confiables.

Aspectos estratégicos

Page 12: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Esquematización 0 Introducción: que contenga la información esencial que es

de interés.0 Identificación de los principales intervinientes.0La escena: descripción clara del lugar.0Bases para la absolución o condena: el derecho.

REGULACIÓN LEGAL EN PANAMÁ“Artículo 367. Presentación inicial. Inmediatamente, el Presidente del Tribunal ordenará al Fiscal que presente su teoría del caso, luego al querellante y finalmente al defensor y a los intervinientes si los hubiera.El Juez, atendiendo a la complejidad del juicio, podrá limitar el tiempo de las intervenciones.

Page 13: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

JULIO, IDAIRAQUINTERO, YALITZA

ALEGATOS DE CONCLUSIÓN O FINAL

Page 14: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

EL ALEGATO DE CONCLUSIÓN

• El litigante debe ser capaz de iluminar el juicio del juzgador a través del alegato final

• La teoría del caso debe ser creíble y legalmente suficiente.

• El alegato final es el único debate explícito de los litigantes por la credibilidad de sus respectivas teorías del caso.

• A diferencia del resto del juicio, el escenario del alegato final es esencialmente argumentativo.

Page 15: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

ELEMENTOS DEL ALEGATO DE CONCLUSION

1. Lo que ocurrió (los hechos que finalmente conocemos)2. Por qué ocurrió (causas y motivos)3. Porqué esta versión debe ser creída (la prueba

verosímil)4. Cómo podemos estar seguros (los detalles

consistentes).

Page 16: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

Estructura

a. Estructura Temática

b.Estructura cronológica

c. El alegato “relación” o “listas de testigo”.

Page 17: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

El alegato como sentenciaEn la medida en que nuestro alegato final cubra satisfactoriamente todos los elementos necesarios, la historia que presentará será persuasiva.

Un buen alegato final debiera comportarse como un borrador de sentencia para los jueces.

El objetivo es reestructurar la prueba que se ha escuchado durante el juicio para conformar el relato que subyace a su teoría del caso, de allí que debe tener una historia persuasiva, es como una sentencia, acotó. Master en Derecho Penal del Poder Judicial de Costa Rica, Alejandro Rojas Aguilar en el Seminario, “Argumentación Jurídica y Proceso Acusatorio”, realizado por el Órgano Judicial.

Page 18: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

REGULACIÓN LEGAL DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

ARTICULO 371 del Código de Procedimiento Penal Panameño.

“Artículo 371. Alegato de Conclusión. Terminada la recepción de las pruebas, el Presidente concederá, sucesivamente, la palabra al Fiscal, al querellante y al defensor,

para que en ese orden, por un término que no exceda de una hora, expresen sus alegatos finales.

 

No se podrán leer memoriales ni libros de texto, sin perjuicio de la lectura parcial de notas. Agotada la fase de alegatos se concederá un término razonable para que las

partes puedan replicar, pero corresponderá al defensor la última palabra. La réplica se limitara a la refutación de los argumentos adversarios que antes no hubieran sido

discutidos.

 

Quien preside el juicio impedirá cualquier divagación, repetición e interrupción. Al finalizar el alegato, el orador expresara sus conclusiones de un modo concreto.”

 

Page 19: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

DERECHO COMPARADO

Costa RicaVenezuelaEspaña

Page 20: Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero

GRACIAS!!!!