aforismos y expresiones en latín

9
AFORISMOS Y EXPRESIONES EN LATÍN DE USO EN DEL DERECHO 1) A contrario sensu.- interpretación en sentido contrario (A.G.) 2) A fortiori.- Argumento por razón del más fuerte. 3) Agere non valenti non currit praescriptio.- No corre la prescripción contra quien no tiene virtud (está legitimado) para actuar 4) A limine litis.- Expresión latina que significa la inadmisión de una demanda por carecer de los requisitos legales o adolecer de defectos formales. 5) A maiori ad minus.- Argumento de mayor a menor 6) a mensa et toro: divorcio vincular 7) A minori ad maius.-Argumento de menor a mayor 8) A non domino.-Argumento del que no es propietario 9) A pari.- Argumento fundado en razones de semejanza e igualdad 10) A posteriori.- Argumento según las consecuencias 11) A priori.- Argumento de lo que precede 12) A quo.- De quien 13) Ab absurdo, ab absurdum .- Por lo absurdo (Alejandro Garzo) 14) Ab contraris.- Por los contrarios (A.G.) 15) Ab initio.- Desde el principio 16) Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. 2.-Sucesión hereditaria regulada por la ley cuando una persona fallece sin testamento válido. 3.- Procedimiento para distribuir los bienes de esa persona 17) Ab origine.- Desde el origen (A.G.) 18) Ab ovo.- Desde el huevo (A.G.) 19) Ab uno disce omnes.- Por uno solo conoce a los demás (A.G.) 20) Ab utraque parte.-De una parte y de la otra 21) Aberratio ictus: cuando lo ocurrido no concuerda con lo pensado 22) Abusus non tollit usum. El abuso no quita el uso (A.G.) 23) Abusus non usus, sed corruptela.- El abuso no es uso, es corruptela 24) Accesorium non ducit, sed sequitur suum principalei.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal 25) Accesorium sequitur principale: Lo accesorio depende de lo principal y sigue la suerte de éste. 26) Accipiens: sujeto que recibe el pago. 27) Actio: medio jurídico utilizado por el particular para poder entrar en un proceso determinado con el fin de proteger sus intereses. 28) Acta publica probanti se ipsa.- Los instrumentos públicos se prueban por sí mismos 29) Actio ad exhibendum.- Facultad que tiene todo el que pretende entablar demanda sobre una cosa mueble, de pedir a su poseedor que se la muestre con el fin de identificarla debidamente. 30) Actio aestimatoria.-La que corresponde al comprador para exigir del vendedor una rebaja del precio cuando la cosa vendida adolece de vicios o defectos ocultos

Upload: monica-del-cid

Post on 14-Sep-2015

14 views

Category:

Documents


7 download

DESCRIPTION

Glosario

TRANSCRIPT

AFORISMOS Y EXPRESIONES EN LATN DE USO EN DEL DERECHO

1) A contrario sensu.- interpretacin en sentido contrario (A.G.)2) A fortiori.- Argumento por razn del ms fuerte.3) Agere non valenti non currit praescriptio.- No corre la prescripcin contra quien no tiene virtud (est legitimado) para actuar4) A limine litis.- Expresin latina que significa la inadmisin de una demanda por carecer de los requisitos legales o adolecer de defectos formales.5) A maiori ad minus.- Argumento de mayor a menor6) a mensa et toro: divorcio vincular7) A minori ad maius.-Argumento de menor a mayor8) A non domino.-Argumento del que no es propietario9) A pari.- Argumento fundado en razones de semejanza e igualdad10) A posteriori.- Argumento segn las consecuencias11) A priori.- Argumento de lo que precede12) A quo.- De quien13) Ab absurdo, ab absurdum .- Por lo absurdo (Alejandro Garzo)14) Ab contraris.- Por los contrarios (A.G.)15) Ab initio.- Desde el principio16) Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. 2.-Sucesin hereditaria regulada por la ley cuando una persona fallece sin testamento vlido. 3.- Procedimiento para distribuir los bienes de esa persona17) Ab origine.- Desde el origen (A.G.) 18) Ab ovo.- Desde el huevo (A.G.)19) Ab uno disce omnes.- Por uno solo conoce a los dems (A.G.)20) Ab utraque parte.-De una parte y de la otra21) Aberratio ictus: cuando lo ocurrido no concuerda con lo pensado22) Abusus non tollit usum. El abuso no quita el uso (A.G.)23) Abusus non usus, sed corruptela.- El abuso no es uso, es corruptela24) Accesorium non ducit, sed sequitur suum principalei.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal25) Accesorium sequitur principale: Lo accesorio depende de lo principal y sigue la suerte de ste.26) Accipiens: sujeto que recibe el pago.27) Actio: medio jurdico utilizado por el particular para poder entrar en un proceso determinado con el fin de proteger sus intereses.28) Acta publica probanti se ipsa.- Los instrumentos pblicos se prueban por s mismos29) Actio ad exhibendum.- Facultad que tiene todo el que pretende entablar demanda sobre una cosa mueble, de pedir a su poseedor que se la muestre con el fin de identificarla debidamente.30) Actio aestimatoria.-La que corresponde al comprador para exigir del vendedor una rebaja del precio cuando la cosa vendida adolece de vicios o defectos ocultos31) Actio aquae pluviae arcendae: accin por la que el que vari el curso natural de las aguas, causando dao al demandante, ha de volver stas a su curso normal.32) Actio damni infecti.-Accin por daos y perjuicios33) Actio de in rem verso.-Accin de enriquecimiento sin causa34) Actio in personam.-Accin personal35) Actio in rem scripta.-Accin real36) Actio semel extincta non reviviscit.- La accin extinguida no revive37) Actore non probante, reus absolvitur.- Si el actor no prueba, el reo es absuelto38) Actori incumbis onus probandi.- El actor tiene la carga de la prueba39) Ad calendas Graecas.- Plazo que nunca ha de cumplirse40) Ad efesios.- Totalmente fuera del asunto41) Ad effectum vivendi.-A los efectos de ser visto42) Ad hoc.- Argumento referido al caso que se considera43) Ad pedem litterae.- Al pie de la letra44) Ad nutum.- A voluntad45) Ad referndum.-A condicin de ser aprobado por otro sujeto46) Addenda.- Adiciones a una obra escrita47) Ad libitum.- A gusto48) Ad litteram (pedem).- al pie de la letra (A.G.)49) Ad pedem litterae.-Al pie de la letra50) Ad quem.- Hacia quien (Traduccin literal) En la prctica se refiere al Magistrado (que conoce de la apelacin) (Gracias Enrique)51) Ad solemnitatem.-Solemnidad exigida para la validez del acto52) Ad valorem.- Al valor53) Adhuc sub judice lis est.- El pleito est todava con el juez. (A.G.)54) Aequitas praefertur rigori.- Es preferible la equidad al rigor55) Affectio societatis.- Intencin de constituir sociedad56) Affirmanti incumbit probatio.- A quien afirma, incumbe la prueba57) Alieni iuris.- Estar sometido al poder de otro58) Animus confidenti.-Voluntad de confesar59) Animus domini.- Intencin de ser propietario60) Animus laedendi.- Intencin de lesionar61) Animus rem sibi habendi.- Intencin de tener la cosa para s62) Bis de eadem re ne sit actio.- No se repita la accin por un mismo asunto63) Bonae fidei possessor suos facit fructus consumptos.- El poseedor de buena fe hace suyos los frutos consumidos64) Caeteris paribus.- Si las circunstancias no cambian65) Calumniare est falsa crimina intendere.- Calumniar es imputar falsos delitos66) Casus belli.- Caso de guerra67) Casus fortuitus a mora excusat.- El caso fortuito excusa la mora68) Causa causae causa causati.- La causa de la causa es causa del mal causado69) Causa criminalis non praeiudicat civile.- La causa criminal no prejuzga a la civil70) Causa judicati individua est.- La cosa juzgada es indivisible71) Causa petendi.- Hechos alegados como fundamento de la pretensin72) Cessante ratione legis, lex ipsa cessat.- Cesando el motivo de la ley, cesa la ley misma73) Citra petitum.- Dejar de resolver cuestiones planteadas74) Cogitationis poenam nemo patitur.- El pensamiento no delinque75) Compensatio lucri cum damno.- El lucro obtenido por el damnificado se compensa con el dao76) Concilium fraudis.- Concierto fraudulento77) Condictio sine qua non.- Condicin necesaria78) Contra non valentem agere non currit praescriptio.- No corre la prescripcin, contra el que no puede valerse.79) Corpus delicti.- Cuerpo del delito80) Culpa in contrahendo.- Omisin de diligencia en el momento de la celebracin del contrato, que tiene como consecuencia que le falte alguno de sus requisitos esenciales o concurre algn defecto que lo invalide81) Culpa in eligendo.- Infraccin del deber de diligencia en la eleccin de una persona, que obliga al que la contrat a asumir la responsabilidad de los daos que sta cause a terceros.82) Culpa in vigilando.- Omisin del deber de vigilancia que sirve de fundamento a la responsabilidad por el dao causado por otro, obligando a indemnizar al que incumple su deber de vigilancia a quien sufri el dao.83) De auditu.- De odas84) De facto.- De hecho85) De iure.- De derecho86) De lege ferenda.- De una ley a dictarse87) De lege lata.- De una ley vigente88) De visu et de audito.- Por haberlas visto y odo89) Divulgatio legis.- Publicidad de la ley90) Dolus non praesumitur.- El dolo no se presume91) Dura lex, sed lex.- La ley es dura, pero es la ley92) Electa una via, non datur recursus ad aliam.- Elegida una va, no es apto recurrir a otra93) Erga omnes.- Frente a todos94) Error in iudicando.- Error judicial de fondo95) Error in procedendo.- Error judicial de forma96) Ex nihilo, nihil.- De la nada, nada97) Ex nunc.- Desde ahora98) Ex officio.- De oficio99) Ex post facto.- Posterior al hecho100) Ex tunc.- Desde entonces101) Exceptio firmat regulam.- La excepcin confirma la regla102) Exceptio non adimpleti contractus.- Excepcin de incumplimiento contractual103) Extra commercium.- Fuera del comercio104) Extra petitum.- Fuera de lo solicitado105) Favor matrimonii.- En favor de la validez del matrimonio106) FIAT AEQUITAS PEREAT MUNDUS = Hagase la equidad aunque perezca el mundo.107) Fiat iustitia pereat mundus: hagase la justicia aunque perezca el mundo. Atribuido a Philipp Melanchthon en su libro de 1521 Loci communes fue el logo del Emperador Fernando I (hijo de Juana la Loca y hermano de Carlos I)108) Ficta confessio.- Confesin ficta109) Fumus boni iuris: apariencia de buen derecho.110) Hic et nunc.- Aqu y ahora111) Honeste vivere, neminem laedere, suum cuique tribuere.- Vivir honestamente, no daar a otro, dar a cada uno lo suyo112) Ibidem.- En el mismo lugar113) Ignorantia facti, non iuris excusatur.- Se excusa la ignorancia del hecho, mas no la del derecho114) In articulo mortis.- Celebrado en proximidad de la muerte115) In claris non fit interpretatio.- si la norma fuera ms clara, no hara falta interpretacin.116) In dubio pro debitoris.- En la duda, hay que estar a favor de la liberacin del deudor117) In dubio pro operario.- En la duda, hay que estar a favor del trabajador118) In dubio pro possesore.- En la duda, hay que estar a favor del poseedor119) In dubio pro reo.- En la duda, hay que estar a favor del reo120) In dubio semper id, quod minus est, debetur.- En la duda siempre es debido lo que es menos121) In extenso.- En su totalidad122) In fine.- Al final123) In ius vocatio.- Llamado en justicia124) In limine.- Al comienzo125) In limine litis.- Al comienzo del proceso126) In situ.- En el mismo sitio127) In solidum.- Solidariamente128) In statu quo ante.- En la situacin en la que se est129) In terminis.- En los propios trminos130) Incerto exitu victoriae.- Siendo incierto el resultado de la victoria131) Interpretatio largo sensu.- Interpretacin en sentido general132) Interpretario stricto sensu.- Interpretacin en sentido estricto133) Intuitu personae.- En consideracin a la persona134) Invito domino.- Contra la voluntad del propietario135) Ipsa natura rei.- La misma naturaleza de las cosas136) Iter criminis.- Camino del delito137) Iura novit curia.- El juez conoce el derecho138) Iure imperii.- Acto del Estado como autoridad139) Iure proprio.- Por propio derecho140) Iuris sanguinis.- Por derecho de la sangre o parentesco141) Iuris soli.- Por derecho del suelo o territorio142) Iuris dictio.- Declaracin del derecho143) Iuris et de iure.- Presuncin que no admiten la prueba en contrario144) Iuris tantum.- Presuncin que admite la prueba en contrario145) Ius distrahendi.- Facultad para instar la venta de la cosa gravada146) Ius gentium est quod naturalis ratio inter omnes homines constituit.- El derecho de gentes es el que la razn natural ha establecido entre todos los hombres147) Ius est ars boni et aequi.- El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo148) ius nubendi(ius connubii (que son expresiones equivalentes).- Ambas expresiones encierran un complejo unitario de situaciones jurdicas: la capacidad para contraer matrimonio, que es al mismo tiempo derechoa contraerlo, y el poder de hacer surgir el vnculo matrimonial.149) Iustitia est constants et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere.- La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo150) Lapsus calami.- Por error.(A.G.)151) Latu sensu.- En sentido amplio152) Lege ferenda.- De una ley a dictarse153) Lege lata.- De una ley vigente154) Legitimatio ad causam.- Identidad lgica que debe existir entre el titular de la accin y quien la ejercita155) Lex domicilii.- Ley del domicilio156) Lex loci celebrationis.- Ley del lugar de celebracin157) Lex loci executionis.- Ley del lugar de ejecucin de la obligacin158) Lex posterior derogat priori.- La ley posterior deroga a la anterior159) Lex posterior generalis not derogat priori speciali.- La ley posterior no deroga la ley especial anterior160) Lex rei sitae.- Ley del lugar donde est la cosa161) Litis denuntiatio.- Denuncia del pleito162) Litiscontestatio.- Apertura de un proceso por demanda y responde163) Locus regit actum.- El lugar de celebracin, rige el acto164) Mala fides superveniens nocet.- La mala fe sobrevenida perjudica165) Manu militari.- Por la fuerza armada166) Mens legis.- Voluntad del legislador167) Motu proprio.- Por propia iniciativa168) Mora accipiendi.- Retraso del acreedor que se niega a recibir el pago169) Mora solvendi.- Retraso del deudor en el pago170) Natura humana non est immobilis sicut divina.- La naturaleza humana no es inconmovible como la divina (T. de Aquino)171) Natura autem hominis est mutabilis.- La naturaleza del hombre es mutable ( T. de Aquino)172) NARRA MIHI FACTUM, DABO TIBI IUS= Dime los hechos y te dire el derecho, basado en el principio de que las partes solo estan obligadas a fundar mediante hechos sus demandas y contestaciones y no en establecer los articulos aplicables, situacion que si obliga por disposicion expresa a los jueces de fundamentar sus resoluciones, aunque en mi opinion no esta demas darle una ayudadita (Ver Iura novit curia)173) Ne procedat iudex ex officio.-No proceda el juez de oficio174) Negotiorum gestio.- Gestin de negocios175) Neminen laedere.- obligacin de no hacer dao a otro176) Nemo auditur propiam turpidunem allegans.- Nadie puede alegar contra sus propios actos.177) Nemo dat quod non habet.- Nadie da, lo que no tiene178) Nemo esse iudex in sua causa potest.- Nadie puede ser juez en propia causa179) Nemo inauditus condemnetur.- Que no se condene a nadie, sin ser odo180) Nemo plus iuris ad alium transferre potest, quam ipse haberet.- Nadie puede transmitir a otro ms derecho del que tuviere181) Nemo tenetur edere contra se.- Nadie puede ser obligado a ofrecer prueba en su contra182) Nihil obstat.- Nada se opone183) Non bis in idem.- No dos veces por la misma causa184) Novatio non praesumitur.- La novacion no se presume, ha de ser expresa185) Novatione tollitur obligatio.- La obligacin se extingue por la novacin186) Nullum crimen, nulla poena sine lege.- Ningn delito, ninguna pena, sin ley187) Nunquam nuda traditio transferit dominium, sed ita si venditio, aut aliqua justa causa praecesserit, propter quam traditio sequeretur.- La tradicin no transfiere el dominio si no se encuentra precedida de venta o de otra justa causa.188) Obiter dicta.- Argumentos que corroban la decisin principal189) Obligatio est iuris vinculum, quo neccesitate adstringimur alicuis rei solvendae secundum iura nostrae civitatis.- La obligacin es un vnculo que nos constrie a cumplir una prestacin conforme a las leyes de nuestra ciudad190) Occasio legis.- Condiciones que generaron la ley191) Omisso medio.- Se omite lo que est en el medio192) Onus probandi incumbit actore.- La carga de la prueba corresponde al actor193) Ope legis.- De pleno Derecho, por imperativo legal194) Pacta legem contractui dant.- Los pactos dan fuerza de ley al contrato195) Pacta sunt servanda.- Los pactos son para cumplirse196) Par conditio creditorum.- Igualdad de los acreedores (Principio que rige en el Derecho concursal, segn el cual todos los crditos son de igual condicin y, salvo que existan crditos privilegiados, todos los acreedores vern satisfechos sus crditos conjuntamente y en proporcin.)197) Par in parem non habet imperium.- Los iguales no tienen jurisdiccin uno sobre el otro198) Per capita.- Por cabeza199) Plus petitio.- Reclamacin por un monto superior al debido200) Post scriptum.- Despus de escrito201) Prior tempore, prior iure.- Primero en el tiempo , primero en el derecho202) Prior in temporis, potior in iure.- El primero en el tiempo es preferido en el derecho203) Probatio diabolica.-principio inverso del Onus probandi incumbit actore:pues supone que es acusado quien debe probar su inocencia (No admitido en DModerno) Por su naturaleza jurdica y racionalmente perversa, este tipo de prueba es rechazada por los tribunales modernos sujetos al Estado de Derecho y a los procedimientos garantistas, pues supone una inversin del onus probandi o carga de la prueba. Por extensin, es tambin excluda de cualquier procedimiento racional de prueba. Por ejemplo: Es posible demostrar la existencia de jirafas en un bosque del Canad, e incluso dar una prueba concluyente de que s existe vida inteligente en el planeta Jpiter, pero en riguroso rigor, rigurosamente, no es posible probar que no existen jirafas en un bosque, ni tampoco que no haya vida, inteligente o no, en ningn otro lugar. (Gracias Bona por el aporte)204) Pro rata parte.- Proporcionadamente a205) Procurator in rem suam.- Procuracin en causa propia206) Qui tacet consentire videtur.-Quien calla, otorga207) Quid pro quo.- Una cosa por otra208) Quis, quid, quorum quo, que iure petatur, et a quo, ordinae confectus quis quid libelus habet.- Quien elabore una demanda debe precisar, quien demanda (actor: sujeto activo de la relacin procesal), qu es lo que reclama (la pretensin, las prestaciones que exige, de dar, hacer o no hacer), contra quien (el demandado, sujeto pasivo de la relacin procesal), con qu derecho (es decir, cual es el fundamento legal que le otorga un derecho, una facultad sustantiva o titularidad del derecho reclamado -legitimacin ad causam-, y una facultad procesal, derecho de accin para poner en movimiento al rgano jurisdiccional -legitimacin ad procesum-, que se identifica con la personalidad) y ante quien (el rgano jurisdiccional competente por razn de la materia, la cuanta, el territorio, etc).209) Quod initio vitiosum est, non potest tractu temporis convalescere.- Lo que es vicioso en su principio, no puede convalidarse por el transcurso del tiempo210) QUOD NON EST IN ACTIS NON EST IN MUNDUS = lo que no existe en actas (expediente) no existe en el mundo211) Quod nullum est, nullum producit effectum.- Lo que es nulo, produce efecto nulo212) Quorum.- Nmero mnimo de asistentes para llegar a acuerdos vlidos213) RATIO DECIDENDI, La razn para decidir necesaria para sentar jurisprudencia (Aporte de Luis Garca)214) Ratio essendi.- razn de ser.215) Ratio iuris.-Razn de derecho216) Ratio legis.- Finalidad de la ley217) Ratione loci.- En razn del lugar218) Rationae materiae.- En razn de la materia219) Rationae personae.- En razn de la persona220) Rationae quantitatis.- En razn de la cantidad221) Rationae territorii.- En razn del territorio222) Ratione temporis.- La potestad queda atribuida a un rgano durante un determinado periodo temporal. As, el rgano sera o no competente dependiendo de si se encuentra dentro del marco temporal durante el cual se estipul que tendra competencia.223) Rebus sic stantibus.- Que las cosas permanezcan en ese estado224) Reformatio in melius.-Reforma en sentido favorable225) Reformatio in peius.- Reforma en sentido desfavorable226) Res clamat pro domino suo.- La cosa reclama a su dueo227) Res mobilis, res vilis: literalmente cosa movible cosa inservible, denotando el escaso valor de los bienes muebles en relacin con los bienes inmuebles228) Res non verba.- Hechos no palabras229) Res nullius.- Cosa de nadie230) Res perit domino.- La cosa perece para su dueo231) Salva rerum substantia.- Obligacion de conservar la forma y substancia (del bien usufructuado)232) Semel heres, semper heres.- Una vez heredero, siempre heredero. Hace referencia a la irrevocabilidad de la institucin del heredero233) Sic utere tuo ut alienum non laedas.- Utiliza lo tuyo sin perjudicar lo ajeno234) Sine actione agis.- Carencia de accin ni derecho (negacin del derecho aducido por la contraparte).(A.G.)235) Sine die.- Sin trmino fijo236) Sine qua non (Condicin): Aquella condicin sin la cual no se har algo o se tendr por no hecho237) Societas delinquere non potest.- las personas juridicas (sociedades, fundaciones,) no pueden protagonizar acciones delictivas (Referido al Derecho Penal)238) Stare decisis.- Estar a lo decidido239) Status quo.- Mantenimiento en el estado en que est240) Sub judice.- Bajo la decisin del juez. (A.G.)241) Summa lex summa iniuria.- Expresin atribuida a Cicern, cuyo significado sera algo parecido a esto la aplicacin estricta de la ley puede llevar a la mayor de las injusticias. Se contrapone al brocardo latino: dura lex, sed lex (J.A.)242) Terminus a quo.- Trmino a partir del cual243) Terminus ad quem.- Trmino hasta el cual244) Thema decidendi.- Tema de decisin245) Traditionibus et usucapionibus dominia rerum, non nudis pactis transferuntur.- La propiedad de las cosas no se transfiere por los meros pactos, sino por la tradicin y la usucapin.246) Ubi emolumentum, ibi onus.- Quien se beneficia de un trabajo tiene que soportar los riesgos que origina247) Ubi lex non distinguit, non distinguere debemus.- Donde la ley no distingue, no es dable distinguir, es decir, debe aplicarse la ley en forma estricta, apegada a su letra o a su sentido, a su interpretacin, pero no incluir hiptesis no contenidas en la norma.248) Ubi rem mea invenio, ibi vindico.- Donde encuentro la cosa, all la reivindico. (Entiendo que se refiere a la aplicacin de las leyes conforme al lugar en el que se encuentra la cosa)249) Ultra petitum.- Ms de lo pedido250) Ultra vires hereditatis.- Obligarse ms all del haber hereditario251) Ut infra.- Como abajo252) Ut supra.- Como arriba253) Uti possidetis iuris.- Como poseis, segn a derecho, seguiris poseyendo254) VACATIO LEGIS. Vaco legal, plazo en el que entra en vigor una ley255) VADES. Fiador que garantiza la comparencia del demandado ante el magistrado en el procedimiento de las legis actiones y posiblemente en el per formulan respondiendo pecuniariamente. Primitivamante era un rehn que el demandante retena hasta la comparencia del demandado256) Verba volant, scripta manent.-Las palabras vuelan, los escritos perduran257) Vinculum iuris.- Vnculo de derecho