afectaciones prediales

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El Programa de Afectaciones Prediales, se elabora con el objetivo de reducir el impacto ambiental a la población afectada, por la construcción del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Línea 1, Tramo 2: Grau – San Juan de Lurigancho, principalmente a través de una compensación justa por la afectación de sus predios, por parte del Estado, conforme a las normas legales nacionales, teniendo presente los conceptos de propiedad y posesión, así como los lineamientos de políticas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial (BM).

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Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho

CAPITULO IX: PROGRAMA DE AFECTACIONES PREDIALES

9.1 Resumen Ejecutivo El Programa de Afectaciones Prediales, se elabora con el objetivo de reducir el impacto ambiental a la poblacin afectada, por la construccin del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho, principalmente a travs de una compensacin justa por la afectacin de sus predios, por parte del Estado, conforme a las normas legales nacionales, teniendo presente los conceptos de propiedad y posesin, as como los lineamientos de polticas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial (BM).

9.1.1 Descripcin del Proyecto El Proyecto del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho recorrer los distritos de Lima (Cercado), El Agustino y San Juan de Lurigancho, considerando al respecto desde la Av. Grau en el distrito de Lima (Cercado), hasta el distrito de San Juan de Lurigancho, con una longitud total de recorrido de 12.4 km, tramo en el que se construirn 10 estaciones de pasajeros, estando ubicada la primera en la Av. Grau (Estacin Grau), y la ltima en la Av. Bayvar (Estacin Bayvar). El derecho de va del viaducto aprobado, para la prolongacin de la Lnea 1 del SETMLC a San Juan de Lurigancho, mediante Ordenanza N 975-MML del 1809-2006, tramo Av. Aviacin / Av. Grau Av. Prceres de la Independencia, y la Ordenanza N 1101 MML del 07.12.2007, Av. Prceres de la Independencia hasta la Av. Bayvar, el cual se precisa en 18m, (9m a cada lado del eje del viaducto). Programa de Afectaciones Prediales

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 1

Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho

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Marco legal e institucional El Programa de Afectaciones Prediales, como parte integrante del Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Proyecto Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau-San Juan de Lurigancho, se realiza conforme a la legislacin peruana vigente, que garantiza la debida seguridad jurdica a los inversionistas a travs de normas realistas y claras de conservacin ambiental.

En este contexto se han considerado una serie de normas generales que estn relacionados con la ejecucin del Proyecto, como: Constitucin Poltica del Per Ley que facilita la ejecucin de obras pblicas viales, Ley N 27628 Reglamento Nacional de Gestin de Infraestructura Vial, Decreto Supremo N 034-2008-MTC Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, D.S N 002-2002-VIVIENDA-

Ley de Promocin del Acceso a la Propiedad Formal, D.L N 803 Ley General de Expropiaciones, Ley N27117 Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. Decreto Supremo N 154-2001-EF

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Ley que modifica la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, para regular la participacin de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales y fortalecer el proceso de

Descentralizacin y Regionalizacin. Ley N 27902

En el caso de las instituciones con injerencia directa en el Proyecto se consideran:Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 2

Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho

a)

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) Direccin General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA Autoridad Autnoma del Tren Elctrico AATE

b)

Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento Direccin Nacional de Construccin COFOPRI

c)

Municipalidad Provincial de Lima Metropolitana Municipalidad Distrital de El Agustino Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

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Metodologa de identificacin de afectaciones prediales En la metodologa para la identificacin de las afectaciones prediales se consideraron etapas como: Inventario y registro de informacin en instituciones que estn relacionadas con los objetivos del Proyecto como COFOPRI, Registros Pblicos, principalmente para obtener informacin catastral de los predios afectados. Levantamiento de informacin de campo donde se proceder a delimitar el rea de afectacin del predio, as como el empadronamiento

socioeconmico del propietario/posesionario del mismo. Delimitacin del predio Empadronamiento del predio Elaboracin de expedientes individuales y propuesta de programas de compensacin. Los recursos humanos que se consideraron para la realizacin del Programa, estuvieron representados por: Ingeniero CivilCaptulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 3

Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho

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Abogados Socilogos Ingenieros Gegrafos

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Identificacin de predios y conductores afectados Los criterios empleados para la identificacin de los predios y conductores afectados por la construccin del Proyecto, estuvieron basados en dos criterios: Afectacin por obra Afectacin por derecho de va

Se ha identificado que la implementacin del Proyecto Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, ocasionar la afectacin de 26 predios, 13 pertenecientes a personas naturales y 13 pertenecientes a personas jurdicas. En el Cuadro 9.1 se presenta el cuadro resumen de afectaciones prediales.

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 4

E

Cuadro 9.1 Ubicacin de predios afectados Padrn de afectados por la construccin del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2:Progresivas tem Cdigo Inicial Km. 001 002 003 004 005 006 TE-001 TE-002 TE-003 TE-004 TE-005 TE-006 TE-006-01 TE-006-02 TE-006-03 TE-006-04 TE-006-05 TE-006-06 TE-006-07 TE-006-08 TE-006-09 TE-006-10 TE-006-11 TE-006-12 TE-006-13 TE-006-14 TE-006-15 007 008 TE-007 TE-008 TE-008-01 21+827 21+831 21+860 22+131 22+212 22+340 22+339 22+339 22+339 22+339 22+339 22+361 22+370 22+369 22+376 22+382 22+388 22+394 22+410 22+410 22+425 22+511 22+441 22+452 Final Km. 21+831 21+842 21+880 22+339 22+535 22+561 22+359 22+359 22+359 22+359 22+361 22+366 22+400 22+376 22+382 22+388 22+394 22+400 22+425 22+425 22+440 22+535 22+541 22+470 Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Izquierdo Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Izquierdo Izquierdo Derecho Virgilio Senz Montenegro* Julia Iha Iha* Janet Gamarra Toledo* Campo Deportivo Colegio Tpac Amaru* Camal Conchucos Asociacin Sr. De los Milagros Joel Canchaya Hinostroza Vernica Mendo Nelly Canchaya Urquillo Ruth Corrales Fernando Remn Berrocal Dionisio Champi Pealoza Segundo Coronado Quiroz Antonio Rojas Areche Anglica Canchaya Garca Richard Torreblanca Anaya Cesar Bedon Canchaya Jos Urquilla Saldaa Rosa Antonio Quispe Hermanos Guerrero Maria Ramos Quea Transportes Gmez Yucra E.I.R.L. Luis Aliaga Carrasco Cirilo Hinostroza Ponce Propietario Propietario Lado de la va Apellidos y nombres del afectado Condicin jurdica de la tenencia (1) Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano rea afectada m 1.16 19.24 4.45 7,082.40 2,964.83 2,491.27 ---------------579.78 1,644.27 --rea remanente m 34.18 119.82 267.55 13,943.10 16,620.92 20,314.12 ---------------238.40 2,061.06

rea t

m

1

2

21,0

19,5 ----------------

22,8

8 --

3,7

E

Progresivas tem Cdigo Inicial Km. TE-008-13 TE-008-14 TE-008-15 009 010 011 012 013 014 015 TE-009 TE-010 TE-011 TE-012 TE-013 TE-014 TE-015 TE-015-01 TE-015-02 TE-015-03 TE-015-04 TE-015-05 TE-015-06 TE-015-07 TE-015-08 TE-015-09 TE-015-10 TE-015-11 TE-015-12 TE-015-13 TE-015-14 TE-015-15 TE-015-16 TE-015-17 22+520 22+535 22+535 22+541 22+541 22+541 22+551 22+547 22+595 22+595 22+595 22+595 22+600 22+605 22+612 22+625 22+630 22+640 22+650 22+660 22+672 22+678 22+684 22+698 22+702 22+698 22+694 Final Km. 22+528 22+541 22+541 22+561 22+561 22+561 22+561 22+561 22+712 22+612 22+600 22+600 22+605 22+612 22+625 22+630 22+640 22+650 22+658 22+672 22+678 22+684 22+693 22+702 22+712 22+702 22+696 Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Derecho Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Teresa Limaco Paredes Jos Luis Reyes Escalante Sara Bedia Bedon Brgida Aliaga Chavez Jos Araujo Aliaga Rosa Daz Cachay Simen Gmez Yucra Guillermina Carbonel Beneficencia de Lima* Beneficencia de Lima Jorge Salas Ferrer Martin Caro Salas Juana Candela Janeth Lujan Mrquez Luis La Rosa Reyes Zenobia Cndor Matos Giovanna Ros Lujan Rafael Estrada Barrantes Pedro Mora Navarro Sofa Soledad Gallegos Juana Gallegos Garca Juan Gallegos More Arsenia Bedregal Olivera Guadalupe Lpez Yaya Teodosia Rojas Chang Juan Carlos Mendizbal Maril Camacho Rojas Lado de la va Apellidos y nombres del afectado

Condicin jurdica de la tenencia (1)

Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano rea afectada m ---42.29 88.82 92.76 63.45 88.85 3,680.65 792.51 ----------------------------------rea remanente m ---73.81 0 0 0 0 169,647.580 877.38

rea t

m ----

Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano

1

173,3 ------------------

1,6

E

Progresivas tem Cdigo Inicial Km. 021 022 023 024 025 026 TE-021 TE-022 TE-023 TE-024 TE-025 TE-026 22+902 22+902 22+933 23+275 33+659 33+990 Final Km. 22+929 22+929 23+275 23+368 33+792 34+253 Izquierdo Izquierdo Derecho Derecho Izquierdo Derecho Sucesin Jovita Jaramillo Matos * Celestino Ciriaco Moreno Chvez EDEGEL MEPSA Instituto Peruano del Deporte Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ing. Agroindustrial Lado de la va Apellidos y nombres del afectado

Condicin jurdica de la tenencia (1) Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano rea afectada m 24.97 -1,637.25 1,336.98 13,814.61 17,267.29 rea remanente m 67.23 107.00 38,278.68 132,892.61 81,018.32 23,376.45

rea t

m

1

39,9

134,2

94,8

40,6

(* ) Considera un ancho adicional a la afectacin por obra, para efectos de reconfirmacin de reas remanentes, en un mximo de 1 m. NOTA: (1) Propietario / Posesionario / Arrendatario / Precario / Comunero (2) Rural / Urbano Elaborado por ECSA Ingenieros

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Programas para la liberacin de reas y compensacin de la poblacin afectada

El planteamiento de las alternativas de solucin factibles para las afectaciones y formulacin en el Programa de Afectaciones Prediales, toman en consideracin el mecanismo de tratamiento justo y equitativo, el anlisis socioeconmico y los puntos de vista de la poblacin directamente afectada.

A continuacin se refiere algunas consideraciones puntuales para las alternativas propuestas: Compensacin a los posesionarios/propietarios afectados, en proporcin a la magnitud de afectacin, dentro de los principios de isomera y equidad social, acordes con la realidad del pas y la situacin especfica de poblacin afectada. Participacin de la poblacin afectada, en las decisiones relacionadas a compensaciones determinadas. Reconocimiento a los titulares (posesionarios/propietarios) de los predios identificados, para evitar la especulacin y aparicin de nuevos pobladores afectados, incentivados por futuras compensaciones.

Se ha determinado los programas que sern implementados en tres fases: una fase que implica tanto el conjunto de acciones de preparacin necesaria para la hacer efectivas las alternativas de solucin como la ejecucin directa de las alternativas propuestas; y la segunda fase tiene por objetivo implementar acciones de seguimiento y supervisin de la aplicacin de las alternativas de solucin, para cumplir a cabalidad con el Programa de Afectaciones Prediales. En el cuadro 9-2 se presenta los programas respectivos de compensacin.

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 8

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Cuadro 9-2 Programas de Compensacin segn fases de implementacinCOMPONENTES PROGRAMAS Independizaciones Regulacin de la Tenencia Liberacin de reas Regularizacin de Tracto Sucesivo Sucesin Intestada Adquisicin de reas afectadas Rehabilitacin - Reubicacin y Construccin de Mdulos Seguimiento y supervisin Actividades durante la ejecucin de la Obra Vial Valuacin de predios Trato Directo Inscripcin y registro Rehabilitacin de Viviendas Reubicacin y Construccin de Mdulos Verificacin y rectificacin de expedientes individuales Monitoreo y evaluacin PROYECTOS

Elaboracin ECSA Ingenieros

Dentro de los programas se ha incluido las acciones de compensaciones por mejoras realizadas y por compromisos previos asumidos con arrendatarios.

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Presupuesto del Programa de Afectaciones Prediales

El presupuesto para la implementacin de los programas y proyectos del Programa de Afectaciones Prediales asciende a S/. 27512,496.37 (veintisiete millones quinientos doce mil cuatrocientos noventa y seis con 37/100 nuevos soles), segn se detalla en el Cuadro 9-3.

Cuadro 9-3 Presupuesto del Programa de Afectaciones PredialesPROGRAMAS Programa de Regulacin de la Tenencia Adquisicin de reas afectadas Rehabilitacin - Reubicacin y Construccin de Mdulos Verificacin y rectificacin de expedientes individuales Monitoreo y evaluacin Total S/. Elaboracin ECSA Ingenieros Costo S/. 18,700.00 25963,762.33 1478,534.04 22,500.00 29,000.00 27512,496.37

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Cronograma de Implementacin

A continuacin se presenta el cronograma para la implementacin del Programa de Afectaciones Prediales:

Cronograma de Implementacin del Programa de Afectaciones PredialesProgramas Programa de Regulacin de la Tenencia Adquisicin de reas afectadas Rehabilitacin de Edificaciones Actividades durante la ejecucin de la Obra Vial Proyecto Independizaciones Regularizacin de Tracto Sucesivo Sucesin intestada Valuacin de predios Trato Directo Inscripcin y registro Habilitacin de terrenos Construccin de Viviendas Verificacin y rectificacin de expedientes individuales Monitoreo y evaluacin X X X X X X X X X X X X X Mes 1 X X X X X X X X X Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6

9.2 Introduccin El Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau-San Juan de Lurigancho, considera la ejecucin de obras nuevas en sectores urbanos, situacin que podra generar la afectacin directa e indirecta, de algunos terrenos y viviendas que se encuentran aledaos al viaducto, por lo que se considera necesario elaborar un Programa de Afectaciones Prediales, que permita reducir el impacto ambiental ocasionado en la poblacin afectada.

Objetivo Asegurar una compensacin justa y equitativa a los propietarios cuyos predios, se vean afectados, como consecuencia de la ejecucin del Proyecto.

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9.3 Descripcin del Proyecto 9.3.1 Ubicacin poltica del Proyecto El Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho se ubica polticamente en tres distritos de la provincia y regin de Lima. (Cuadro 9.4)

Cuadro 9.4 Ubicacin poltica del ProyectoRegin Lima Provincia Lima Distrito Cercado de Lima El Agustino San Juan de Lurigancho Elaboracin del Consultor Av. Grau Av. Locumba Av. Prceres de la Independencia Avenidas

9.3.2 Caractersticas tcnicas del Proyecto 9.3.2.1 Descripcin del trazo y recorrido El Proyecto del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho, tiene una longitud de 12.4 km, que comprende una lnea de ferrocarril urbano a doble va. Adems el Proyecto considera la construccin de 10 estaciones.

El recorrido del tramo 2, extensin de la Lnea 1 del SETMLC a San Juan de Lurigancho, se desarrolla dentro del rea urbana, inicindose en una zona del Cercado de Lima con fuerte deterioro, atravesando luego por un espacio con asentamientos humanos precarios, altamente tugurizados en el distrito de El Agustino, recorriendo finalmente, gran parte del rea urbana consolidada del distrito de San Juan de Lurigancho.

El trazo se inicia en la cola de va de la Estacin Intermodal Grau, en el cruce de la Av. Grau con el Jr. Jos de Rivera y Dvalos, siguiendo sobre el eje de las

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siguientes vas: Av. Grau, Av. Locumba, Prolongacin Locumba, va margen izquierda del ro Rmac, bajo el puente Huscar y la Av. Prceres de la Independencia, para concluir en las proximidades de la Av. Bayvar. El proyecto contempla la construccin del viaducto y su equipamiento electromecnico.

Asimismo, se cuenta con un derecho de va, de 18 metros, para la prolongacin de la Lnea 1 del SETMLC a San Juan de Lurigancho, aprobado mediante ordenanzas N 975 y N 1101.

La seccin vial normativa fue coordinada con el Instituto Metropolitano de Planificacin de la MML de Lima y se encuentra normado en el Sistema Vial Metropolitano, tal como se aprecia en los grficos 9.1, 9.2, 9.3 y 9.4. Grfico 9.1 Seccin normativa Aviacin Locumba

Grfico 9.2 Seccin normativa Grau Cementerio

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 12

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Grfico. 9.3 Seccin normativa Malecn Checa - Lurigancho

Grfico 9.4 Seccin normativa tramo Lurigancho - Bayvar

9.3.2.2 Superestructura de la va La superestructura de la va principal estar formada por rieles de tipo 50 UNI o equivalentes, soldados con la soldadura aluminotrmica u otra equivalente, colocados sobre durmientes de concreto armado bi-bloques, con intereje de 60 cm o bien 1,667 durmientes por km y con espesor del balasto, debajo del plano de apoyo del durmiente de 25 cm.

El patio taller estar formado por vas con rieles tipo 36 UNI o equivalentes, colocadas sobre durmientes de madera, apoyados sobre el balasto con intereje de

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66.6 cm o bien 1,500 durmientes por km y con un espesor del balasto de 20 cm. Al final de las vas se instalarn parachoques de acuerdo al ancho de va, de 1,435 mm y compatibles al tipo de vehculo que se utilizar.

9.3.3 Caractersticas geomtricas de la va en la lnea En el cuadro 9.5 se presentan los parmetros principales de diseo del viaducto.

Cuadro 9.5 Parmetros de diseo del viaductoParmetros Carga mxima por eje de un coche cargado Carga mxima por eje de la locomotora de maniobra Radio de curvatura mnimo horizontal Radio de curvatura mnimo vertical Pendiente mxima Pendiente mxima en construcciones nuevas, vas de estacionamiento en patio o vas auxiliares para estacionamiento en la lnea Pendiente en estaciones, vas de maniobra y terminal Velocidad mxima actual 0.5 % 80 km/h Caractersticas 11.58 t 17.00 t 250 m 3.000 m 3.5 % 0.15%

Fuente: Autoridad Autnoma del Sistema del Tren Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE

9.3.4

Caractersticas tcnicas de las estaciones proyectadas

Todas las estaciones, con la finalidad de cumplir la normatividad vigente, contarn con accesos para discapacitados, las que consideran rampas, equipo salva escaleras, ascensores u otros.

Algunas de las estaciones de pasajeros, por su condicin de estaciones intermodales y/o terminales, sern equipadas como mnimo con dos (02) escaleras mecnicas (subida y bajada), por cada andn de pasajeros, lo que permitir una mayor fluidez del usuario.

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En el cuadro 9.6, se muestran las principales caractersticas que debern cumplir las nuevas estaciones: Cuadro 9.6 Parmetros en las estacionesParmetros Longitud de andenes, mnimo Ancho de andenes laterales, mnimo Desnivel entre tope del riel y andn - Altura de andn Separacin mxima entre borde de andn y vagones Separacin mxima entre borde de andn y vagones Glibo mnimo entre tope de riel y estructura sobre pasante Glibo mnimo entre calzada y estructuras sobre pasante Glibo mnimo entre calzada y estructuras sobre pasante Pendiente mxima del perfil en estaciones Radio de curvatura horizontal mnimo 120 m. 4,0 m 1,05 m 10 cm (para estacin en recta) 15 cm (para estacin en curva) 4,6 m 5,2 m. (en zona urbana) 5,5 m. (en autopistas) 0,50 %. 800 m. (para estacin en curva) Caractersticas

Fuente: Autoridad Autnoma del Sistema del tren Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE

En el Cuadro 9.7 se sealan las estaciones proyectadas a construir en el Proyecto: Cuadro 9.7 Estaciones proyectadasEstaciones El Angel Martinete Caja de Agua Pirmides del Sol Los Jardines Los Postes San Carlos San Martn Santa Rosa Bayvar El Agustino Cercado de Lima San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho San Juan de Lurigancho Distrito

Fuente: Autoridad Autnoma del Sistema del tren Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE

9.3.5

Suministro elctrico

Para atender toda la extensin de la Lnea 1, Tramo 2 sern instalados los siguientes sistemas de alimentacin elctrica: Catenaria para todo el tramo.

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 15

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-

Red de cables de media tensin para alimentar las subestaciones de rectificacin y las cabinas elctricas.

-

Subestaciones de rectificacin: Subestaciones de transformacin.

9.3.6

Sealizacin de maniobras

La sealizacin de las maniobras tiene el objetivo de asegurar el mando y el enclavamiento de los aparatos cambiavas, as como el mando de las seales que autorizan la circulacin en las zonas correspondientes. La concepcin y la realizacin del sistema de sealizacin tomarn en cuenta los siguientes objetivos: Facilidad de operacin Seguridad Disponibilidad

El sistema de sealizacin est diseado de forma tal que garantice que la distancia entre dos trenes sea mayor que la distancia de frenado de los mismos. El tren que va adelante estar protegido por una seal con indicacin de detencin absoluta para el segundo tren.

Para ayudar al conductor, el sistema de conduccin contar con un dispositivo de sealizacin en cabina que repita a bordo las condiciones de sealizacin de la va.

9.3.7

Mando centralizado de automatizacin y control

El sistema de mando central considerar los recursos que permitan controlar en forma centralizada y operar: Las funciones de mando de trfico de la lnea.

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 16

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-

Las funciones de mando de distribucin de energa y traccin a la lnea. Las funciones de mando de los equipos de estaciones.

9.3.8

Telecomunicaciones

Las telecomunicaciones entre las estaciones debern estar basadas en un tendido de cable de fibra ptica, para transportar todas las informaciones del sistema, que deber substituir el cable multi-conductor de cobre actualmente existente en el primer Tramo de la Lnea. Las telecomunicaciones comprendern los siguientes sistemas: Sistema de telefona IP Sistema de telefona de emergencia Sistema de difusin sonora Sistema de radio troncalizado terrestre - tetra Sistema de relojera Sistema de circuito cerrado de televisin Sistema de grabacin digital de vdeo Sistema de grabacin digital de audio Sistema de gestin de audio y vdeo Sistema de control de pasajeros

9.3.9

reas Auxiliares del Proyecto

Campamentos Se emplearn campamentos mviles temporales a lo largo de la zona de emplazamiento del viaducto, los cuales irn desplazndose de acuerdo a los trabajos en los frentes de trabajo.

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Estos campamentos mviles estarn equipados para albergar maquinaria de obra, equipos, herramientas, servicios higinicos entre otros. Adems de contar con equipos para hacer frente a labores nocturnas, en caso de ser requeridos.

Canteras Para la ejecucin de las diversas obras de construccin del Proyecto, se necesitar material de relleno y agregados (arena y piedras), los cuales sern comprados directamente a distribuidores autorizados en la ciudad de Lima, o en su defecto, dichos agregados vendrn en el concreto pre-mezclado, adquiridos tambin de empresas de distribucin de dicho material, empresas que debern contar con todas las autorizaciones respectivas, tanto en las etapas de explotacin, fabricacin y distribucin de los materiales antes mencionados.

-

Depsitos de material excedente

El material excedente, resultante de la actividad constructiva, ser colocado en rellenos sanitarios y su recoleccin y transporte ser efectuado por una Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Slidos (EPS-RS), la misma que deber estar registrada en la DIGESA - Ministerio de Salud.

Las actividades relacionadas con los depsitos de material de excedente debern ser llevadas de acuerdo con lo normado en la Ley General de Residuos Slidos y su respectivo reglamento. (Ley N 27314 del 21.07.2000) y su reglamento. (D.S. N 0572004-PCM del 24.07.2004)

9.3.10 Etapas de ejecucin del Proyecto Se plantea ejecutar el Proyecto en dos etapas:

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Etapa I: Ejecucin de obras civiles y electromecnicas Se ejecutarn las obras civiles, electromecnicas y adecuaciones al material rodante existente que se requieran para poner en operacin la Lnea 1, Tramo 2 las cuales sern ejecutadas por la Autoridad Autnoma del Tren Elctrico MTC.

Etapa II: Suministro de material rodante, operacin y mantenimiento El Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC, concesionar la operacin y mantenimiento, as como el suministro de material rodante adicional para brindar el servicio comercial al pblico.

El plazo de la concesin ser determinado por el MTC en funcin a las evaluaciones econmicas que realice en base a la situacin del Proyecto.

Las caractersticas del servicio de la Lnea 1, Tramo 2 son: 80 km/h (velocidad mxima en la Lnea) 40 km/h (velocidad comercial, incluyendo el tiempo en las paradas) 30 minutos (entre la estacin Grau y la estacin Bayvar) 0% de gases contaminantes (fuente de poder: energa elctrica) 6 minutos entre trenes (100% puntual, frecuencia de trenes controlada) 10 estaciones de pasajeros (100% seguras y modernas) 1 patio taller (talleres de mantenimiento y puesto central de operaciones)

9.3.11 Recursos humanos, maquinarias e insumos La cantidad de recursos humanos, maquinarias e insumos a emplear durante la ejecucin e implementacin del Proyecto, ser establecida por la empresa Contratista, en los estudios de ingeniera definitiva.

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9.4 Programa de Afectaciones Prediales 9.4.1 Marco legal e institucional El Proyecto se inscribe dentro del plan integral de modernizacin del sistema de transporte urbano en el que tienen participacin tanto el Gobierno Nacional como la Municipalidad Metropolitana de Lima. El mismo constituye la primera etapa de una iniciativa a largo plazo cuyo objetivo es ofrecer una alternativa de transporte urbano masivo para las ciudades de Lima y Callao.

Se busca contribuir a mejorar la calidad de vida de las poblaciones ubicadas en su zona de influencia, a travs de ahorros en tiempo de viajes e incremento en la calidad y seguridad del transporte.

Se trata de un Proyecto de gran importancia para el Per y CAF. El Tren Elctrico es una necesidad impostergable para Lima pues representa una solucin de alta capacidad para el problema del transporte urbano, ofreciendo a los pasajeros un servicio ms rpido, seguro, econmico y limpio.

El Tren Elctrico de Lima es un medio de transporte masivo, econmico, seguro y no contaminante, que permitir la movilizacin de personas de diferentes sectores de la ciudad, conectando con el Centro de Lima a distintos distritos como son El Agustino y San Juan de Lurigancho; el presente se enmarca dentro del Tramo 2: Grau San Juan de Lurigancho.

El Programa de Afectaciones Prediales, como parte integrante del Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Proyecto, se realiza conforme a la legislacin

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peruana vigente, relacionada a los procesos de transferencia, adquisicin y eventual expropiacin de predios, por parte del Estado.

A modo de complementar la informacin y los mecanismos del proceso de compensacin de los predios afectados, se han considerado los lineamientos sobre reasentamiento involuntario de la poblacin dados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial (BM).

Asimismo, se consideran las instituciones que estn involucradas, directa e indirectamente, pblicas y privadas con la ejecucin del Proyecto.

9.4.1.1 Normas generales aplicables al Proyecto En el Cuadro 9.8 se presentan las normas de cada uno de los argumentos legales empleadas en la elaboracin del PACRI.

Cuadro 9.8 Normatividad legal general aplicable al ProyectoNorma Constitucin Poltica del Per Descripcin En el captulo III De la Propiedad, se establece que el derecho de propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de su propiedad, sino exclusivamente por causa de seguridad nacional o necesidad pblica, declarada por Ley, y previo pago en efectivo de indemnizacin justipreciada que incluya compensacin por eventual perjuicio (Art. 70). La reparacin de daos y perjuicios deber estimarse de acuerdo a la finalidad a que estaba destinado el bien al disponerse la expropiacin. Para ello, se deber reconocer los casos en que la expropiacin afecte actividades comerciales, productivas, servicios, o cualquier otra. Es decir, considerando la finalidad a que est destinado el bien. El artculo 89 reconoce que las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurdicas. Adems, son autnomas en su organizacin, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposicin de sus tierras, as como en lo econmico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La

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Norma el artculo 88 de la Constitucin. Ley que facilita la Ejecucin de Obras Pblicas Viales

Descripcin propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en Faculta a las entidades de Estado al trato directo, para la adquisicin de los inmuebles necesarios para la construccin de una obra pblica vial. Segn el procedimiento establecido para el trato directo, el precio que la entidad

Ley N 27628

ejecutora de una obra vial deba pagar a los propietarios de los inmuebles, por el trazo de la va, es el valor comercial actualizado del bien ms un porcentaje del 10%, de dicho valor. La entidad encargada de fijar el valor comercial actualizado es la Direccin Nacional de Construcciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento. Asimismo, se faculta a COFOPRI, a ejecutar el saneamiento fsicolegal de los predios comprometidos por el trazo de vas pblicas. Para el saneamiento de las viviendas ubicadas en las zonas urbanas formales, son aplicables el Cdigo Civil, el Reglamento de las Inscripciones. La Ley deja como mtodo supletorio de adquisicin de inmuebles, la expropiacin establecida en la Ley N 27117, Ley General de Expropiaciones.

Aprueban el Reglamento Nacional de Gestin de Infraestructura Vial Decreto Supremo N 034-2008-MTC Crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL Decreto Supremo N 033-2002-MTC Aprueba Reglamento Organizacin Funciones Ministerio Vivienda Decreto Supremo N 002-2002VIVIENDA el de y del de

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, est a cargo de la gestin de la infraestructura de la Red Vial Nacional. Tiene a su cargo las responsabilidades de construccin, mejoramiento, rehabilitacin y conservacin de la red vial nacional.

PROVAS Nacional

actuar

en

representacin

del

Estado,

asumiendo

la

responsabilidad de adquirir los predios necesarios para la construccin de la va y la liberacin de su derecho, siendo el responsable de apoyar los procesos, a travs de la suscripcin de los convenios que sean necesarios, si las condiciones de la aplicacin del PACRI as lo requieren.

El Ministerio de Vivienda tiene como misin mejorar las condiciones de vida de saneamiento, construccin, la poblacin facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios bsicos, propiciando el ordenamiento, crecimiento, conservacin, mantenimiento y proteccin de los centros de poblacin y sus reas de influencia, fomentando la participacin de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversin privada.

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Norma Establece rgimen extraordinario formalizacin titulacin predios rurales Decreto Legislativo N 1089 Reglamento aprobado Decreto N VIVIENDA por Supremo 032-2008el temporal de y de

Descripcin El Organismo de Formalizacin de la Propiedad Informal COFOPRI, es el ente del Ministerio de vivienda, saneamiento y construccin encargado de llevar a cabo los procesos de saneamiento fsico legal de los predios afectados por el Proyecto, dentro de los alcances del Programa. COFOPRI, en coordinacin con el consultor, se encargar del saneamiento fsico legal de los derechos de propiedad existentes en los asentamientos informales ubicados en el sector rural, con el objetivo de alcanzar su inscripcin registral y titulacin. El procedimiento administrativo a aplicarse ser principalmente el de declaracin de propiedad por prescripcin adquisitiva de dominio, el mismo que comprende las siguientes etapas: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) Determinacin de la unidad territorial a formalizar Diagnstico fsico - legal Promocin, difusin Levantamiento catastral: empadronamiento y linderacin de los predios Elaboracin de planos Calificacin Anotacin preventiva de la existencia del procedimiento de declaracin de propiedad por prescripcin adquisitiva de dominio Notificacin al propietario y a terceros Emisin de resolucin

10) Emisin e inscripcin de certificados de declaracin de propiedad Tambin son de aplicacin a este procedimiento las disposiciones que rigen las etapas del procedimiento de formalizacin y titulacin de predios rsticos de propiedad del Estado, en todo aquello que resulte pertinente. Aprueba reglamento Organizacin Funciones Ministerio Transportes Comunicaciones Decreto N Supremo el de y del de y La Direccin General de Asuntos Socio Ambientales DGASA, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, autoridad ambiental del Subsector Transportes, tiene entre sus funciones la de formular de polticas, estrategias y normas socio-ambientales, proponer programas y planes de manejo socio ambiental; velar por el cumplimiento de las normas de conservacin del ambiente, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales, durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte, y conducir los procesos de expropiacin y reubicacin, que las mismas requieran. 021-2007-MTC, El valor comercial de los predios afectados por obras pblicas, ser determinado por la Direccin Nacional de Construccin del Ministerio de vivienda construccin y saneamiento. Este valor servir de base para el clculo de las indemnizaciones pertinentes.

artculo 73 Precisa que la Direccin Nacional de Construccin ser el rgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de los bienes muebles

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Norma que le requieran las entidades y empresas Sector Pblico del

Descripcin

Resolucin Ministerial N 6312007-VIVIENDA Aprueba las Considere directrices necesarias y la estructura sugerida para la elaboracin del Plan de Compensacin y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para los proyectos de infraestructura de transporte. Dado que el presente Plan se enmarca en este tipo de proyectos, se han tomado las consideraciones necesarias para su elaboracin. Directrices para la Elaboracin y Aplicacin de Planes de Compensacin y Reasentamiento Involuntario para Proyectos de Infraestructura de Transporte. Resolucin Directoral N 0072004-MTC/16 Ley de Promocin del Acceso a la Propiedad Formal Decreto Legislativo N 803 La presente ley crea un nuevo mecanismo institucional que permitir que la propiedad predial de los sectores informales de menores recursos se pueda convertir en activos lquidos que puedan integrarse al mercado y ser objeto de transacciones, incrementando el valor de las propiedades y posibilitando a sus propietarios el acceso a los servicios de infraestructura bsica. Crase la Comisin de Formalizacin de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector mximo encargado de disear y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rpida un Programa de Formalizacin de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto. Ley General de La interpretacin de esta Ley, est referida a la necesidad de expropiacin de aquellos predios que resulten afectados por obras de proyectos declarados de inters nacional. Define la expropiacin, como la transferencia forzosa del derecho de Ley N 27117 propiedad privada, autorizada nicamente por ley expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, regiones o gobiernos locales y previo pago de indemnizacin justipreciada que incluya compensacin por el eventual perjuicio. En la ley que se expida en cada caso, deber sealarse la razn de necesidad pblica o seguridad nacional que justifica la expropiacin, as como tambin el uso o destino que se dar al bien o bienes a expropiarse. La indemnizacin justipreciada comprende el valor de la tasacin comercial Expropiaciones

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Norma

Descripcin actualizada del bien (predio), ms la compensacin que debe abonarse al sujeto pasivo con la entrega de dinero, efectiva y total. El valor comercial lo determinar la Direccin Nacional de Construcciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento.

Reglamento General Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. de

En el Art. 2, define como bienes de dominio pblico, entre otros, a aquellas obras pblicas de aprovechamiento o utilizacin general, cuya conservacin y mantenimiento le corresponde a una entidad estatal, as como a todos aquellos a los que por ley se les confiera tal calidad. As tambin, define en su artculo 3, a los bienes de dominio privado del Estado. En el Art. 17, se precisa que puede darse la transferencia patrimonial predial entre

Decreto

Supremo

entidades pblicas pertenecientes a diversos sectores. En el Art. 34, se obliga a la Superintendencia de Bienes Nacionales a visar los contratos de compra-venta en los que el Estado interviene. La presente Ley tiene por objeto modificar y complementar la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales con el fin de fortalecer el proceso de descentralizacin, y garantizar su desarrollo ordenado y progresivo, de acuerdo con lo sealado en el artculo 188 de la Constitucin Poltica del Per.

N 154-2001-EF Ley que modifica la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales N 27867, para regular la participacin de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales y fortalecer el proceso de Descentralizacin y Regionalizacin Ley N 2790 Cdigo Civil Decreto Legislativo N 295 Ley Orgnica de

Establece que la propiedad es el poder jurdico que permite usar, disfrutar, disponer, y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armona con el inters social y dentro de los lmites de la Ley. El artculo 896 seala que la posesin es el ejercicio de hecho de uno o ms poderes inherentes a la propiedad, por tanto, es susceptible de transferencia. Los gobiernos locales son entidades bsicas de la organizacin del Estado y canales inmediatos de participacin vecinal. Son elementos esenciales del gobierno local: el territorio, la poblacin y la organizacin.

Municipalidades Ley N 27972 Ley de los Derechos de Participacin y Control Ciudadanos

Entre otros derechos consagra la iniciativa en la formulacin de leyes y dispositivos municipales y regionales. La revocatoria de autoridades y la demanda de rendicin de cuentas estn entre sus principales atribuciones.

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Norma Ley N 26300 Ley Regularizacin Edificaciones, de de del

Descripcin

Establece los procedimientos para el saneamiento de la titulacin y de unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comn, tales como departamentos en edificios, quintas, casas en copropiedad, centros y galeras comerciales o campos feriales, otras unidades inmobiliarias con bienes comunes y construcciones de inmuebles de propiedad exclusiva-, as como el procedimiento para la tramitacin de la declaratoria de fbrica y el rgimen legal de las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comn.

Procedimiento para la Declaratoria de Fbrica Rgimen Unidades Inmobiliarias Propiedad Exclusiva Ley N27157 Ley Orgnica de y de Propiedad Comn de y del de

La presente Ley Orgnica establece y norma la estructura, organizacin, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organizacin democrtica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitucin y a la Ley de Bases de la Descentralizacin.

Gobiernos Regionales Ley 27867

9.4.1.2 Normas especficas aplicables

Cuadro 9.9 Normatividad legal especficas aplicable al ProyectoNorma Decreto Supremo N 001-86-MIPRE 20 de febrero de 1986 Ley N 24565 30 de octubre de 1986 La norma antes mencionada se eleva a rango de ley. Con estas dos normas mencionadas tambin se crea la Autoridad Autnoma del Proyecto Especial Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao-AATE, ala que se encarga las funciones de planificacin, coordinacin, supervisin, control y ejecucin del sistema. Resolucin Ministerial N 024.1-88.MIPRE 1 de febrero de 1988 Decreto Supremo N 057-90-MIPRE 12 de julio de 1990 Se transfiere la AATE del Ministerio de la Presidencia a la Presidencia del Consejo de Ministros. Se aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones de la AATE. Descripcin Creacin del Proyecto Especial Sistema elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el mbito del Ministerio de la Presidencia.

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Norma Decreto Supremo N 172-91-PCM 11-11-1991 Decreto de Urgencia N 058-2001 1 de junio del 2001 Ley N 28253 12 de junio de 2004 ministerio de Transportes.

Descripcin Se transfiere la AATE de la Presidencia del Consejo de Ministros al

Se transfiere la administracin de la ATTE del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, incluyendo recursos presupuestales, activos, personal y acervo documentario. Se declara de necesidad pblica la continuacin de la ejecucin del Sistema Elctrico del Transporte Masivo de Lima y Callao y adems dispone la liberacin de impuestos a la importacin de bienes que se destinen directamente a la ejecucin del Proyecto Especial des Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.

Ordenanza N 975 MML 18 de setiembre de 2006 Ordenanza N 1101-MML 7 de diciembre de 2007 Derecho de

Se aprob el trazo y el derecho de va de la Lnea 1 del SETMLC, en el tramo Av. Aviacin / Av. Grau Av. Prceres de la Independencia.

Complement el derecho de va de la Lnea 1 sobre la Av. Prceres de la Independencia, extendindolo hasta la Av. Bayvar.

La AATE retorna al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo la modalidad fusin por absorcin, convirtindose en la Unidad Ejecutora Autoridad Autnoma del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao dentro del Sub Sector Transportes. Ley General del sistema Nacional de Bienes Estatales que regula el

Urgencia N 063-09 07 de junio de 2009

Ley N 29151 Ley General del Sistema de Bienes Estatales

mbito, organizacin, atribuciones y funcionamiento del sistema Nacional de Bienes Estatales. La citada Ley le asigna a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la calidad de Ente Rector responsables de normar los actos de adquisicin, disposicin, administracin, supervisin y registro de bienes. La presente norma tiene por objeto reglamentar la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales desarrollando los mecanismos y procedimientos que permiten una eficiente gestin de los bienes estatales, maximizando su rendimiento econmico y social, sosteniendo una plataforma de informacin segura, confiable e interconectada, contribuyendo al proceso de descentralizacin y modernizacin de la gestin del Estado.

Decreto Supremo N 007-2008-VIVIENDA

Ley N 23733 Ley Universitaria

Que brinda las disposiciones generales del rgimen acadmico y administrativo de las universidades.

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9.4.1.3 Normativa Referencial

Se ha considerado, a modo de fortalecer el esquema de desarrollo formal propuesto en los trminos de referencia y la legislacin nacional especfica, relacionada al Programa de Afectaciones Prediales, el empleo de polticas internacionales, en materia de reasentamiento involuntario. Las polticas consideradas provienen del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Banco Mundial (BM), y que sern tomadas como referenciales para el Programa.

Cuadro 9.10 Normatividad referencial aplicable al ProyectoNorma Poltica Operativa OP y B 4.12 del Banco Mundial Involuntario Reasentamiento En comparacin a la poltica anterior, sta tiene no solo un esquema de desarrollo similar, sino adems, el objetivo de que la poblacin afectada mejore su nivel de vida, en conformidad a la teora del desarrollo sostenible. Poltica Operativa BID Reasentamiento Involuntario 710 Esta poltica operativa fue aprobada por el Banco Interamericano de Desarrollo el 22 de julio de 1998, y se aplica a todas las operaciones financiadas por el Banco, tanto del sector pblico como del privado; excluyendo los planes de colonizacin as como el asentamiento de refugiados o vctimas de desastres naturales. El objetivo de la presente poltica es minimizar alteraciones perjudiciales en el estilo de vida de las personas que sern afectadas a consecuencia del Proyecto. Esta poltica abarca todo desplazamiento fsico involuntario de personas causado por Proyectos financiados por el Banco. A travs de las directivas de esta poltica, las personas afectadas sern indemnizadas de manera equitativa y adecuada, logrando estndares mnimos de calidad de vida, de acceso a la tierra, recursos naturales y servicios (tales como agua potable, saneamiento, infraestructura comunitaria, titulacin de tierras) que sean como mnimo, equivalentes a los que tienen actualmente. Descripcin Dada en diciembre del 2001, en base en la normativa sugerida del Banco Mundial en materia de reasentamiento poblacional para los Proyectos de Inversin que lo requieran. Esta normativa reemplaza a la poltica operativa precedente 4.30 Desplazamiento Involuntario (junio 1990).

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Norma

Descripcin Asimismo, recobrarn todas las prdidas por dificultades transitorias, experimentarn un mnimo desmantelamiento de sus redes sociales, oportunidades de trabajo o produccin y del acceso a recursos naturales, y servicios pblicos, as como dispondrn de oportunidades para el desarrollo social y econmico.

9.4.2 Marco institucional En este tem se mencionan nicamente a las instituciones que de forma directa, se prev tendrn injerencia en la aplicacin del presente Programa:

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) Organismo gubernamental cuyos objetivos entre otros, consisten en promover o proporcionar infraestructura vial terrestre, area y acutica adecuada, velar por que los servicios de transporte se brinden de manera eficiente, segura y sostenible; y promover el desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones y el acceso universal a los mismos; as como fomentar la innovacin tecnolgica y velar por la asignacin racional y el uso eficiente de los recursos.

-

Direccin General de Asuntos Socio Ambientales DGASA

Es la autoridad ambiental del Subsector Transportes. Tiene entre sus funciones la formulacin de polticas, estrategias y normas socio-ambientales, proponiendo programas y planes de manejo socio-ambientales.

As mismo, vela por el cumplimiento de las normas de conservacin del ambiente, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales

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durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte; y conducir los procesos de expropiacin y reubicacin que las mismas requieran.

-

Autoridad Autnoma del Tren Elctrico - AATE

El Proyecto Especial Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao fue creado mediante el Decreto Supremo N 001-86-MIPRE del 20 de febrero de 1986 en el mbito del Ministerio de la Presidencia. Se eleva a rango de Ley mediante Ley N 24565 del 30 de octubre de 1986. Con las normas mencionadas tambin se crea la Autoridad Autnoma del Proyecto Especial Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao AATE, a la que se encarga las funciones de planificacin, coordinacin, supervisin, control y ejecucin del sistema.

Tiene como objetivo el establecimiento de un Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, que permita dotar a las zonas de alta densidad poblacional y perifricas de una infraestructura de transporte necesaria para la rpida movilizacin de su poblacin, de manera segura y econmica, integrado a otros medios de transporte, con amplia cobertura y respetando el ambiente.

Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento Tiene como misin mejorar las condiciones de vida de la poblacin, facilitando su acceso a una Vivienda adecuada y a los servicios bsicos, propiciando el ordenamiento, crecimiento, conservacin, mantenimiento y proteccin de los centros de poblacin y sus reas de influencia, fomentando la participacin de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e Inversin privada.

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-

Direccin Nacional de Construccin

Es el rgano de lnea del Vice ministerio de Construccin y Saneamiento encargado de proponer y formular lineamientos de poltica, procedimientos, normas, estudios y promover el desarrollo de la construccin.

Tiene como funcin, formular los valores oficiales de terrenos urbanos y rsticos de todo el pas, y de ejecutar las valuaciones de bienes muebles e inmuebles a nivel nacional, solicitados por el pblico usuario, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolucin Ministerial N 010-2007-VIVIENDA.

-

Organismo de Formalizacin de la Propiedad Informal COFOPRI

Ente del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento encargado de llevar a cabo los procesos de saneamiento fsico legal de los predios afectados por el Proyecto, en los asentamientos informales ubicados en el sector rural, con el objetivo de alcanzar su inscripcin registral y titulacin. Este proceso se llevar a cabo aplicando las disposiciones establecidas en el Rgimen Temporal Extraordinario de Formalizacin y Titulacin de Predios Rurales aprobado por DL 1089 (12/06/08) y su Reglamento aprobado por DS N 0322008-VIVIENDA (14/12/08).

Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidades Distritales de El Agustino y San Juan de Lurigancho Son entidades bsicas de la organizacin territorial del Estado. Es el elemento esencial del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacin. Se rigen por la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972, del 27 de mayo de

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2003. Son autoridades que institucionalizan y gestionan los intereses propios de la colectividad.

Los gobiernos locales constituyen el nivel de gobierno de mayor cercana a la poblacin y de all lo importante de su rol en la gestin ambiental. Representan al vecindario, promueven la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armnico de su circunscripcin; en armona con las polticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento econmico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental1.

El ejercicio de las competencias y funciones especficas de las municipalidades se realiza de conformidad y con sujecin a las normas tcnicas sobre la materia.

9.4.3 Metodologa de identificacin de afectaciones prediales La identificacin de los predios, y sus respectivos conductores, que sern afectados por las obras del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Lnea 1, Tramo 2: Grau-San Juan de Lurigancho, se ha realiz teniendo como base los Trminos de Referencia del Estudio, y el derecho de va establecido para el Proyecto.

Asimismo, se ha considerado la identificacin de predios vulnerables, que puedan ser afectados como consecuencia del proceso constructivo del viaducto, como

1

Ley N 27972 Ttulo Preliminar artculo X.

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viviendas, a fin de contemplar la indemnizacin o compensacin de la poblacin afectada.

9.4.3.1

Etapas del proceso metodolgico

El proceso metodolgico a consider una primera etapa de gabinete, en la cual se recopil la informacin predial en las instituciones pblicas como COFOPRI, y la informacin del trazo de ingeniera del Proyecto2, que fue superpuesto para poder realizar un plano preliminar de afectaciones prediales.

Previa a la salida de campo se realiz el diseo de la entrevista de campo, en base al modelo propuesto por el MTC, para este tipo de estudio.

Recopilacin de informacin de base

Una vez realizada la identificacin preliminar de los predios afectados, se acudi a instituciones como COFOPRI y Registros Pblicos para solicitar la informacin registral (partidas de inscripcin y ttulos de propiedad) de los predios identificados, as como los titulares de los mismos.

Levantamiento de Informacin de Campo

Las actividades de trabajo de campo se han de iniciar con el reconocimiento de las reas en las que se plantea la ejecucin del viaducto, periodo en el cual se proceder a refrendar la lista de predios identificados como posibles afectados en la etapa inicial de gabinete.

2

Al momento se est realizando el ajuste del trazo del Viaducto.

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Una vez que se haya definido la afectacin de un predio, se proceder a la evaluacin de sus caractersticas fsicas, socioeconmicas y legales, a travs de las actividades de empadronamiento y delimitacin, tal como a continuacin se detalla: Delimitacin: Consiste en el levantamiento catastral del predio, en el cual se establecen sus lmites y se resaltan las principales caractersticas de las inmediaciones. Empadronamiento: Consiste en la recopilacin de la informacin del predio afectado y de sus conductores, actividad que se realizo en tres niveles: Tcnico: Se realiz la evaluacin del predio afectado en base a sus caractersticas de construccin, antigedad y/o uso del terreno. Legal: Comprendio la recopilacin de la documentacin que sustente la propiedad y/o posesin del predio afectado. Socio-Econmico: Se recopil la informacin socioeconmica de los conductores de los predios afectados, a los cuales se les aplicaron las entrevistas socioeconmicas preparadas en base a los modelos del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, para este tipo de estudios.

Elaboracin de expedientes individuales y propuesta de programas de compensacin

Posteriormente, en la etapa de gabinete final, se realiz el anlisis legal, de los predios afectados, y socioeconmico, de sus conductores, en base a lo cual se plantearon los programas de compensacin, acorde a las perspectivas de la poblacin y su anlisis socioeconmico, que permitan resarcir la afectacin predial ocasionada por el Proyecto.

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Asimismo, en base al procesamiento de la informacin recopilada en campo, se elaboraron los expedientes individuales de los afectados, los cuales contienen la informacin que sustenta la propiedad y/o posesin del predio y los planos individuales de cada predio, donde se aprecie su ubicacin referencial en relacin al Proyecto y su rea afectada y remanente.

9.4.3.2 Recursos humanos utilizados El desarrollo del presente Programa ha estado dirigido por un Ingeniero Civil especialista en afectaciones prediales, con experiencia en el desarrollo de planes de compensacin y reasentamiento, complementado con la participacin de un Ingeniero Civil, especialista en obras civiles y personal tcnico de apoyo, que han desarrollado labores en campo y gabinete. A continuacin se muestra el detalle del personal empleado:

-

Personal Clave: Ingeniero Civil. Especialista en planes de compensacin y

reasentamiento involuntario. Ingeniero Civil. Especialista en obras civiles Personal Profesional - Tcnico de apoyo: Abogado. Socilogo. Ingeniero Gegrafo. Asistente Social. Asistentes Sistemas de Informacin Geogrfica (SIG)

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9.4.4 Identificacin de predios y conductores afectados Se ha identificado que la afectacin predial por la ejecucin del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao Lnea 1, Tramo 2: Grau-San Juan de Lurigancho, entre el inicio del Jr. Locumba (Cercado de Lima) y la margen izquierda del ro Rmac (afectacin por Viaducto), y las inmediaciones del cruce de la Av. Prceres de la Independencia y Av. Bayvar (San Juan de Lurigancho).

Los criterios empleados para la identificacin de los predios afectados son los siguientes:

Afectacin por obra Considera los siguientes aspectos: Ancho de seccin vial: Comprende un ancho de 34 m, 17 m a ambos lados del eje, desde la Prolongacin Locumba (Km 22+150) hasta la estacin Martinete (Km 22+915).3 (Ver Anexo 12.1Normatividad) Ancho de Estacin: establece un ancho de 34 m, el cual considera un ancho de 22 m para la estacin propiamente dicha (incluye escaleras laterales de las estaciones), 12 m para la movilizacin y desmovilizacin de materiales y equipos4. (Ver Anexo 12.1Normatividad) Considera las siguientes estaciones: 3 4

Estacin El ngel Estacin Martinete Estacin Caja de Agua Estacin Pirmide del Sol Estacin Los Jardines

Carta N 46-2010-MTC/33.4 Carta N 44-2010-MTC/33.4 Informe N 016-2010-MTC/33.1.2

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 36

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-

Estacin Los Postes Estacin San Carlos Estacin Santa Rosa Estacin Bayvar

reas Complementarias: Considera la afectacin permanente (durante el periodo de vida del Proyecto) ocasionada por la implementacin del Patio de maniobras.

Afectacin por derecho de va Comprende el ancho de derecho de va de, 18 m, 9 m a cada lado del eje proyectado5. (Ver Anexo 12.1 Normatividad) (Ver Anexo 12.2 Planos Claves)

En el Cuadro 9.11 se presenta la relacin de los predios afectados por la ejecucin del Proyecto.

5

Ordenanza 975MML

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E

Cuadro 9.11 Ubicacin de predios afectados Padrn de afectados por la construccin del Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao. Lnea 1, Tramo 2:Progresivas tem Cdigo Inicial Km. 001 002 003 004 005 006 TE-001 TE-002 TE-003 TE-004 TE-005 TE-006 TE-006-01 TE-006-02 TE-006-03 TE-006-04 TE-006-05 TE-006-06 TE-006-07 TE-006-08 TE-006-09 TE-006-10 TE-006-11 TE-006-12 TE-006-13 TE-006-14 TE-006-15 007 008 TE-007 TE-008 TE-008-01 21+827 21+831 21+860 22+131 22+212 22+340 22+339 22+339 22+339 22+339 22+339 22+361 22+370 22+369 22+376 22+382 22+388 22+394 22+410 22+410 22+425 22+511 22+441 22+452 Final Km. 21+831 21+842 21+880 22+339 22+535 22+561 22+359 22+359 22+359 22+359 22+361 22+366 22+400 22+376 22+382 22+388 22+394 22+400 22+425 22+425 22+440 22+535 22+541 22+470 Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Izquierdo Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Derecho Izquierdo Izquierdo Derecho Virgilio Senz Montenegro* Julia Iha Iha* Janet Gamarra Toledo* Campo Deportivo Colegio Tpac Amaru* Camal Conchucos Asociacin Sr. De Los Milagros Joel Canchaya Hinostroza Vernica Mendo Nelly Canchaya Urquillo Ruth Corrales Fernando Remn Berrocal Dionisio Champi Pealoza Segundo Coronado Quiroz Antonio Rojas Areche Anglica Canchaya Garca Richard Torreblanca Anaya Cesar Bedon Canchaya Jos Urquilla Saldaa Rosa Antonio Quispe Hermanos Guerrero Maria Ramos Quea Transportes Gmez Yucra E.I.R.L. Luis Aliaga Carrasco Cirilo Hinostroza Ponce Propietario Propietario Lado de la va Apellidos y nombres del afectado Condicin jurdica de la tenencia (1) Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano rea afectada m 1.16 19.24 4.45 7,082.40 2,964.83 2,491.27 ---------------579.78 1,644.27 --rea remanente m 34.18 119.82 267.55 13,943.10 16,620.92 20,314.12 ---------------238.40 2,061.06

rea t

m

1

2

21,0

19,5 ----------------

22,8

8 --

3,7

E

Progresivas tem Cdigo Inicial Km. TE-008-12 TE-008-13 TE-008-14 TE-008-15 009 010 011 012 013 014 015 TE-009 TE-010 TE-011 TE-012 TE-013 TE-014 TE-015 TE-015-01 TE-015-02 TE-015-03 TE-015-04 TE-015-05 TE-015-06 TE-015-07 TE-015-08 TE-015-09 TE-015-10 TE-015-11 TE-015-12 TE-015-13 TE-015-14 TE-015-15 TE-015-16 22+514 22+520 22+535 22+535 22+541 22+541 22+541 22+551 22+547 22+595 22+595 22+595 22+595 22+600 22+605 22+612 22+625 22+630 22+640 22+650 22+660 22+672 22+678 22+684 22+698 22+702 22+698 Final Km. 22+520 22+528 22+541 22+541 22+561 22+561 22+561 22+561 22+561 22+712 22+612 22+600 22+600 22+605 22+612 22+625 22+630 22+640 22+650 22+658 22+672 22+678 22+684 22+693 22+702 22+712 22+702 Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Derecho Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Pedro Bedon Escalante Teresa Limaco Paredes Jos Luis Reyes Escalante Sara Bedia Bedon Brgida Aliaga Chavez Jos Araujo Aliaga Rosa Daz Cachay Simen Gmez Yucra Guillermina Carbonel Beneficencia de Lima* Beneficencia de Lima Jorge Salas Ferrer Martin Caro Salas Juana Candela Janeth Lujan Mrquez Luis La Rosa Reyes Zenobia Cndor Matos Giovanna Ros Lujan Rafael Estrada Barrantes Pedro Mora Navarro Sofa Soledad Gallegos Juana Gallegos Garca Juan Gallegos More Arsenia Bedregal Olivera Guadalupe Lpez Yaya Teodosia Rojas Chang Juan Carlos Mendizbal Lado de la va Apellidos y nombres del afectado

Condicin jurdica de la tenencia (1)

Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano Urbano rea afectada m ----42.29 88.82 92.76 63.45 88.85 3,680.65 792.51 --------------------------------rea remanente m ----73.81 0 0 0 0 169,647.580 877.38

rea t

m -----

Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano

1

173,3 -----------------

1,6

E

Progresivas tem Cdigo Inicial Km. 020 021 022 023 024 025 026 TE-020 TE-021 TE-022 TE-023 TE-024 TE-025 TE-026 22+857 22+902 22+902 22+933 23+275 33+659 33+990 Final Km. 22+862 22+929 22+929 23+275 23+368 33+792 34+253 Izquierdo Izquierdo Izquierdo Derecho Derecho Izquierdo Derecho Mariano Santos Rojas Collahuacho Sucesin Jovita Jaramillo Matos * Celestino Ciriaco Moreno Chvez EDEGEL MEPSA Instituto Peruano del Deporte Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ing. Agroindustrial Lado de la va Apellidos y nombres del afectado

Condicin jurdica de la tenencia (1) Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

Terreno Tipo de predio (2) Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano rea afectada m 2.52 24.97 -1,637.25 1,336.98 13,814.61 17,267.29 rea remanente m 79.21 67.23 107.00 38,278.68 132,892.61 81,018.32 23,376.45

rea t

m

1

39,9

134,2

94,8

40,6

(* ) Considera un ancho adicional a la afectacin por obra, para efectos de reconfirmacin de reas remanentes, en un mximo de 1 m. NOTA: (1) Propietario / Posesionario / Arrendatario / Precario / Comunero (2) Rural / Urbano Elaborado por ECSA Ingenieros

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9.4.5 Anlisis Legal de los predios afectados Para efectuar un anlisis detallado de las afectaciones prediales, es indispensable mencionar, que stas nicamente se pueden determinar una vez fijado, por resolucin, el derecho de va que debe aplicarse.

La Ordenanza Municipal N 975 MML de fecha 18.09. 2006 aprueban el Trazo y Derecho de Va de la Lnea 1 del Tren Urbano propuesto por la Autoridad Autnoma del Proyecto Especial Sistema Elctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, para el Tramo Av. Aviacin Av. Grau Av. Prceres de la Independencia, correspondiente al eje vial: Av. Aviacin Av. Grau Av. Locumba, - Prolongacin Locumba Va Margen Izquierda Puente sobre el Ro Rmac Av. Prceres de la Independencia.

Cuando se habla de poblacin afectada se refieren a aquella que se encuentra en posesin o propiedad de un terreno o edificacin y sobre la que se debe intervenir afectando sus derechos reconocidos o adquiridos sobre el predio y/o sus mejoras. Intervencin que obedece a la necesidad de liberar las reas afectadas, por la ejecucin de las obras viales y por el derecho de va, que por ley se aplica.

Para efectos del Programa de Afectaciones Prediales, se consideran dos criterios de tenencia del predio afectado: posesin y la propiedad. En el caso de propiedad o posesin individual es considerado un solo afectado, an cuando en el terreno existan edificaciones. Todas las afectaciones se determinan de acuerdo al trazo de eje aprobado por ley. El cuadro 9.12 muestra la cantidad de predios afectados por localidad:

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 41

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Cuadro 9.12 Numero de Predios afectados por distritoProvincia Lima Distrito El Agustino Lima (Cercado) San Juan de Lurigancho TOTAL Fuente: Trabajo de campo Elaboracin ECSA Ingenieros Afectados 13 11 02 26

9.4.5.1

Definicin de predio

Entindase predio como una superficie encerrada en un permetro, delimitado por una lnea poligonal continua y cerrada; se extiende al subsuelo y al sobresuelo comprendido dentro del plano vertical del permetro. En este sentido para efectos del presente Programa son considerados predios los lotes, terrenos, viviendas, locales, oficinas, tiendas o cualquier tipo de unidad inmobiliaria identificable, instalaciones fijas y permanentes que constituyan parte integrante de ellos y que no pudieran ser separadas, sin alterar, deteriorar o destruir la edificacin.

Asimismo se incluyen en esta definicin de predio, al terreno en s, ms las mejoras realizadas en l, llmese edificaciones, instalaciones fijas (muros) y que forman parte integrante del mismo.

En los Cuadros 9.13 y 9.14 se muestran la relacin de afectados de acuerdo a su condicin (persona natural y/o persona jurdica).

Cuadro 9.13 Relacin de personas naturales afectadasProgresivas tem Cdigo Inicial Km. 001 002 TE-001 TE-002 21+827 21+831 Final Km. 21+831 21+842 Lado de la va Izquierdo Izquierdo Apellidos y nombres del afectado Virgilio Senz Montenegro Julia Iha Iha

Tipo de predio

Urbano Urbano

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 42

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003 004 005 006 007 008 009 010 011 012 013

TE-003 TE-008 TE-009 TE-010 TE-011 TE-012 TE-013 TE-019 TE-020 TE-021 TE-022

21+860 22+441 22+541 22+541 22+541 22+551 22+547 22+851 22+857 22+902 22+902

21+880 22+541 22+561 22+561 22+561 22+561 22+561 22+857 22+862 22+929 22+929

Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo Izquierdo

Janet Gamarra Toledo Luis Alberto Aliaga Carrasco Brgida Aliaga Chavez Jos Arnulfo Araujo Aliaga Rosa Teotista Daz Cachay Simen Gmez Yucra Guillermina Teresa Carbonel Magallanes Mximo Nicols Collahuacho Mariano Santos Rojas Collahuacho Sucesin Jovita Jaramillo Matos Celestino Ciriaco Moreno Chavez

Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano

Elaboracin ECSA Ingenieros

Cuadro 9.12 Relacin de personas jurdicas afectadasProgresivas tem Cdigo Inicial Km. 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011 012 013 TE-004 TE-005 TE-006 TE-007 TE-014 TE-015 TE-016 TE-017 TE-018 TE-023 TE-024 TE-025 TE-026 22+131 22+212 22+340 22+511 22+595 22+595 22+712 22+712 22+814 22+933 23+276 33+659 33+990 Final Km. 22+339 22+535 22+561 22+535 22+712 22+612 22+817 22+916 22+837 23+275 23+368 33+792 34+253 Lado de la Va Izquierdo Izquierdo Derecho Izquierdo Derecho Izquierdo Izquierdo Derecho Izquierdo Derecho Derecho Izquierdo Derecho Tipo de Predio Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano Urbano

Apellidos y nombres del afectado

Campo Deportivo Colegio Tpac Amaru Camal Conchucos Asociacin Sr. De Los Milagros Transporte Gmez Yucra E.I.R.L. Beneficencia de Lima Beneficencia de Lima Ex Planta de Cemento Lima EDEGEL EDEGEL EDEGEL MEPSA Instituto Peruano del Deporte Universidad Nacional Mayor de San Marcos Facultad de Ing. Agroindustrial

Elaboracin ECSA Ingenieros

9.4.5.2 Tenencia de la afectacin De acuerdo a la documentacin recopilada, parte de la cual fue proporcionada por algunos afectados, se ha identificado que existen la tenencia de los predios se encuentran en calidad de propiedad y posesin. El anlisis de la informacin registral se encuentra en el cuadro 9.12.Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 43

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Cuadro 9.12 Condicin Jurdica de Tenencia de Predios AfectadosItem Cdigo Progresiva Inicial km 001 002 003 004 005 TE-001 TE-002 TE-003 TE-004 TE-005 21+827 21+831 21+860 22+131 22+212 Final km 21+831 Virgilio Senz Montenegro 21+842 Julia Iha Iha Propietario Propietaria Propietaria Propietario Propietario - Ficha N 87699 - Minuta de Compra Venta de fecha 10 de Noviembre de 1978. - Ficha N 219390. - Ficha N 87837, Partida Electrnica N 44395568 - No facilito documentos - Partida Electrnica N 11144856 - Reg. Personas Jurdicas Partida N 11023643 - Escritura Pblica de Compra Venta de fecha 9 de Noviembre del 2006. - Minuta de Compraventa de fecha 9 de Abril de 2008. - Registro Mercantil Partida Electrnica N 03002001. - Escritura Pblica de Compra Venta de fecha 23 de Febrero de 2001. - Escritura Pblica de Compra Venta de Derechos y Acciones, Aclaracin y Otros, de fecha 26 de Diciembre de 2006. - Escritura Pblica de Divisin, Particin, Independizacin y Adjudicacin de fecha 9 de nov. del 2006.- Escritura Pblica de Compra Venta de fecha 28 de Junio de 1997. - Minuta de Compra Venta de fecha 13 de Junio de 2008.

Nombre del afectado

Condicin de tenencia

DOCUMENTACION LEGAL (Antecedente Reg. Propiedad)

COMENTARIOS - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo, el predio figura inscrito a favor del anterior propietario. - Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Se est realizando la bsqueda registral - Apto para contratar con el Estado - Predio no se encuentra independizado de la matriz. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Predio no se encuentra independizado de la matriz. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Predio no se encuentra independizado de la matriz. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo.- Predio no se encuentra independizado de la matriz Tomo 132, Fojas 132. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Predio no se encuentra independizado de la matriz Part. Electrnica N 49019121 - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo.

21+880 Janet Gamarra Toledo 22+339 Campo Deportivo Colegio Tpac Amaru 22+535 Camal Conchucos Hermanos Canales Mendoza 22+561 Asociacin Sr. De Los Milagros

006

TE-006

22+340

Propietario

007

TE-007

22+511

22+535 Transportes Gmez Yucra E.I.R.L Simen Gmez Yucra

Propietario

008

TE-008

22+441

22+541 Luis Alberto Aliaga Carrasco Dora Alicia Lpez Lazo

Propietario

009 010 011

TE-009 TE-010 TE-011

22+541 22+541 22+541

22+561 Brgida Aliaga Chavez 22+561 Jos Arnulfo Araujo Aliaga 22+561 Rosa Teotista Daz Cachay

Propietario Propietario Propietario

- Escritura Pblica de Compra Venta de fecha 01 de Abril de 1997.

- Predio no se encuentra independizado de la matriz. - Se deber Regularizar el Tracto

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 44

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Item Cdigo

Progresiva Inicial km Final km Nombre del afectado

Condicin de tenencia

DOCUMENTACION LEGAL (Antecedente Reg. Propiedad) Sucesivo.

COMENTARIOS

012 013 014 015 016 017 018 019 020 021

TE-012 TE-013 TE-014 TE-015 TE-016 TE-017 TE-018 TE-019 TE-020 TE-021

22+551 22+547 22+595 22+595 22+712 22+712 22+814 22+851 22+857 22+902

22+561 Simen Gmez Yucra 22+561 Guillermina Teresa Carbonel Magallanes 22+712 Beneficencia de Lima 22+612 Beneficencia de Lima 22+817 Ex Planta de Cementos Lima 22+916 EDEGEL 22+837 EDEGEL 22+857 Mximo Nicols Collahuacho Alicia Domnguez Salazar 22+862 Mariano Santos Rojas Collahuacho 22+929 Sucesin Jovita Jaramillo Matos Celestino Ciriaco Moreno 22+929 Chavez Amanda Alicia Alcntara Mesas 23+275 EDEGEL 23+368 MEPSA 33+792 Instituto Peruano del Deporte Universidad Nacional Mayor de 34+253 San Marcos Facultad de Ing. Agroindustrial

Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

- Predio no se encuentra independizado de la matriz. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Predio no se encuentra independizado de la - Minuta de Compraventa de fecha 9 de Abril de matriz. - Esposo fallecido. 2008. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Minuta de Compraventa de fecha 22 de Junio de 2009. - Tomo 671, As. 1, Fojas 13* - Tomo 671, As. 1, Fojas 13** - Tomo 243, Fojas 415 y Partida Electrnica N47524121 - Partida Electrnica N 11667136 - Ficha N 1627556 - Partida Electrnica N 879670 - Partida Electrnica N P02175666 As. 0005 - Partida Electrnica N PO2175653 As. 00002 - Apto para Transferencia. - Apto para Transferencia. - Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Titular fallecida, se deber gestionar la sucesin intestada. - Se deber Regularizar el Tracto Sucesivo. - Apto para contratar con el Estado

022 023 024 025 026

TE-022 TE-023 TE-024 TE-025 TE-026

22+902 22+933 23+275 33+659 33+990

Propietario Propietario Propietario Propietario Propietario

- Partida Electrnica N 879658

- Partida Electrnica N 11817340 - Tomo 238-A y Tomo 238-BFicha N 335747-A y su continuacin en la Partida Electrnica N 43160850 (Matriz) Partida Electrnica N 12356197 Ficha N 335747-A y su continuacin en la Partida Electrnica N 43160850 (Matriz) As. D00002, As.D00003

- Apto para contratar con el Estado - Apto para contratar con el Estado - Apto para Transferencia. - Apto para Transferencia.

Fuente: Trabajo de campo Elaboracin ECSA Ingenieros

Captulo IX: Programa de Afectaciones Prediales / Pg. 45

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La evaluacin de la condicin jurdica de los predios afectados y el trabajo de campo realizado, ha permitido identificar algunas particularidades, las cuales se mencionan a continuacin: Oficinas Administrativas del Cementerio Presbtero Maestro Respecto a la afectacin en las oficinas administrativas del Cementerio Presbtero Maestro de propiedad de la Beneficencia Pblica, con fecha 15 de setiembre del presente ao se curs a la Directora Nacional de Cultura la Carta N EC/812-10, solicitando pronunciamiento formal respecto a si la oficinas anexas al Cementerio Presbtero Maestro de propiedad de la Beneficencia Pblica, estaban consideradas como Patrimonio Cultural Arquitectnico y de ser as si es que se encontraban en condicin de intangibles. A este respecto mediante Oficio N019 de fecha 12 de octubre, el Ministerio de Cultura indica que el mencionado cementerio, fue declarado Patrimonio Cultural de la Nacin mediante Resolucin Suprema N 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972, publicado el 23 de enero de 1973 y que por tanto se encontraba dentro del marco de proteccin de la Ley de Patrimonio Cultural de la Nacin, Ley N 28296.

La

Autoridad Autnoma del Tren Elctrico, como titular del Proyecto viene

realizando coordinaciones interinstitucionales con la Direccin de Registro y Estudio del Patrimonio Histrico del Ministerio de Cultura, con el objeto de solicitar la intervencin de las reas mencionadas y poder proceder a liberarlas a favor del Proyecto.

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Asociacin de Vivienda Virgen del Carmen del Quinto Patio Respecto al predio afectado de la Beneficencia Pblica, denominado Quinta Virgen del Carmen del Quinto Patio, encontramos dentro del mismo, personas naturales que se encuentran en calidad de precarios y que actualmente cumplen nicamente con el pago de arbitrios municipales. Sin embargo, cabe resaltar, que la Beneficencia de Lima, en mrito al Decreto Supremo N 012-2009MIMDES, suscribi una Minuta de Promesa de Venta con los arrendatarios. La mencionada norma refiere que conforme al literal f) del artculo 5 de la Ley N 29415, Ley de Saneamiento Fsico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacin Urbana, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es la entidad de la cual dependen las Sociedades de Beneficencia Pblica, por lo que efecta las acciones pertinentes para realizar las transferencias, compra ventas, permutas de sus bienes as como formula los mecanismos que posibiliten y agilicen la disposicin de predios bajo su dominio.

Adems, indica que las Sociedades de Beneficencia Pblica son propietarias de un gran nmero de predios sub-utilizados, en condiciones de irrecuperabilidad y tugurizacin, los mismos que se encuentran en posesin precaria (Cdigo Civil) por personas de escasos recursos econmicos. En ese sentido, el referido decreto establece normas especficas para adjudicar directamente con

exclusivos fines de vivienda, la propiedad de los predios en mencin a favor de sus ocupantes, de modo se generen las condiciones para incluirlos en los procesos de destugurizacin y renovacin urbana.

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De igual modo, con fecha 23 de Octubre de 2010 se aprob el Decreto Supremo N011-2010-VIVIENDA, que aprueban Reglamento de la Ley de Saneamiento Fsico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacin Urbana, y que regula la aplicacin de la Ley N 29415.

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Asociacin Seor de los Milagros El predio pertenece a la Asociacin de Vivienda Seor de los Milagros de Conchucos, sin embargo, se encuentran dentro del predio en mencin, personas sin derechos acreditados, por lo que actualmente existe un proceso de Desalojo en el Poder Judicial, y cuyos antecedentes se podrn apreciar en el Expediente Individual de la mencionada asociacin.

Los ocupantes precarios constituyeron una Asociacin denominada Quinta Francia y dentro de los asociados se encuentran cuatro que han interpuesto Demandas de Prescripcin Adquisitiva de Dominio ante el Poder Judicial y que se encuentran tambin pendientes de resolver, por lo que se considera al predio afectado como Predio en Litigio. En el expediente individual se acompaan antecedentes de los procesos judiciales antes mencionados.

El predio actualmente no se encuentra independizado de la Matriz, la cual est an a nombre de los anteriores propietarios, Instituto de las Franciscanas Misioneras de Mara, pero cuenta con la respectiva escritura pblica de compra venta y cuyos antecedentes se acompaan en su respectivo expediente individual.

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Dentro de este predio se encuentran directamente afectados algunos de los ocupantes precarios (poseedores) que a pesar de no contar con justo ttulo efectuaron construcciones de viviendas, las cuales actualmente ocupan y que se ha considerado relevante reconocer mediante el pago de mejoras.

As mismo se han identificado dentro de este mismo predio seis edificaciones, las cuales han sido construidas por asociados de Asociacin de Vivienda Seor de los Milagros de Conchucos, las cuales debern ser valuadas y reconocidas en su momento.

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Luis Alberto Aliaga Carrasco y su cnyuge Dora Alicia Lpez Lazo Luis Alberto Aliaga Carrasco y su cnyuge Dora Alicia Lpez Lazo son propietarios del predio, sin embargo, dentro del predio en mencin se encuentran personas sin derechos acreditados, por lo que actualmente existe un proceso de Desalojo en el Poder Judicial, y cuyos antecedentes se podrn apreciar en su respectivo Expediente Individual. El predio actualmente no se encuentra independizado de la Matriz, la cual est an a nombre de los anteriores propietarios, Instituto de las Franciscanas Misioneras de Mara, pero cuenta con la respectiva escritura pblica de compra venta y cuyos antecedentes se acompaan en su respectivo expediente individual. Cabe resaltar que en el expediente tambin se acompaan antecedentes de los procesos judiciales que se encuentran pendientes de resolver. Los ocupantes precarios constituyeron una Asociacin denominada Quinta Francia los cuales efectuaron edificaciones destinadas a viviendas las cuales sern valuadas y reconocidas a favor de los mencionados poseedores.

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Sector al que pertenecen los predios afectados: Pblico o Privado En el cuadro 9.13 se presenta la condicin jurdica de la tenenci