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Adquisiciones materiales; ARTEFACTOS PARA ALUMBRADO (RECONVERSION PARQUE LUMINICO) M E M O R I A D E S C R I P T I V A El Poder Ejecutivo Nacional aprobó, a través de Decreto N° 140/2007 los lineamientos del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONUREE). La autoridad encargada de su implementación es la Secretaría de Energía de la Nación dependiente del Ministerio de Planificación Federal. Inversión Pública y Servicios, organismo a cargo de dictar la normativa vigente para la aplicación del Programa. El PRONUREE, entre otras particularidades, desarrolla el proceso de adhesión de los municipios para el canje y cambio de luminarias de alumbrado público. Por lo expuesto y a los fines de desarrollar el PRONUREE, la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos, llama a Licitación Pública para la adquisición de materiales necesarios para llevar a cabo la RECONVERSIÓN PARQUE LUMINICO, a los efectos de cumplir con las cláusulas del Convenio Específico, suscripto entre la Secretaria de Energía dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y esta Comuna/Municipio. Este proyecto contempla el reemplazo de las luminarias utilizadas en el alumbrado público por luminarias nuevas de mayor eficiencia, incluyendo el equipo auxiliar incorporado y las lámparas de sodio de alta presión de 100 y 250 W del tipo para sodio. Las luminarias destinadas a recambio deberán cumplimentar con los requerimientos, especificaciones técnicas y Normas que forman parte del presente legajo. 1

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Adquisiciones materiales; ARTEFACTOS PARA ALUMBRADO (RECONVERSION PARQUE LUMINICO)

M E M O R I A D E S C R I P T I V A

El Poder Ejecutivo Nacional aprobó, a través de Decreto N° 140/2007 loslineamientos del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía(PRONUREE). La autoridad encargada de su implementación es la Secretaría deEnergía de la Nación dependiente del Ministerio de Planificación Federal.Inversión Pública y Servicios, organismo a cargo de dictar la normativa vigentepara la aplicación del Programa. El PRONUREE, entre otras particularidades,desarrolla el proceso de adhesión de los municipios para el canje y cambio deluminarias de alumbrado público.

Por lo expuesto y a los fines de desarrollar el PRONUREE, laMunicipalidad de San Nicolás de los Arroyos, llama a Licitación Pública para laadquisición de materiales necesarios para llevar a cabo la RECONVERSIÓNPARQUE LUMINICO, a los efectos de cumplir con las cláusulas del ConvenioEspecífico, suscripto entre la Secretaria de Energía dependiente del Ministeriode Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y esta Comuna/Municipio.

Este proyecto contempla el reemplazo de las luminarias utilizadas en elalumbrado público por luminarias nuevas de mayor eficiencia, incluyendo elequipo auxiliar incorporado y las lámparas de sodio de alta presión de 100 y250 W del tipo para sodio. Las luminarias destinadas a recambio deberáncumplimentar con los requerimientos, especificaciones técnicas y Normas queforman parte del presente legajo.

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La Universidad Tecnológica Nacional (UTN) controlara que los materialesa comprar cumplan con las especificaciones técnicas requeridas, que esténcertificados bajo Norma IRAM y que efectivamente sean tales artefactos los quese adquieran y luego colocan.

Los materiales, componentes y equipos a utilizar e incorporar a lasinstalaciones de alumbrado público serán nuevos y de primera calidad,deberán entregarse la totalidad de las luminarias armadas y probadas.

Los materiales a proveer deberán contar con una garantía escrita de 6,meses o superior. Los elementos que fallen dentro del plazo de garantía bajocondiciones normales de uso, serán entregados al fabricante y deberánreponerse dentro de los 10, días siguientes.

El proveedor deberá presentar en la oficina de la Secretaria de Obras yServicios Públicos de esta Comuna / Municipio 5, días antes del Acto Licitatorio1 muestra de todos y cada uno de los materiales para su aprobación, debiendoentregar copia autenticada por los laboratorios de los protocolos y EnsayosTipo y toda la información técnica que crea conveniente. La aprobación de lasmuestras, no exime al contratista o proveedor por la calidad de los materialesni del cumplimiento de os requisitos establecidos en los requerimientos,especificaciones técnicas y Normas que forman parte del presente legajo.Además también 5, días antes del Acto Licitatorio, se le requerirá al proveedorcontar con un stock mínimo de 1000, luminarias completas, el cual serácertificado por personal de la Dirección de Alumbrado, estando a cargo de laempresa el costo del traslado del personal municipal designado a tal fin.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

OBJETO DEL LLAMADO:

Art. 1°): El presente llamado se efectúa para la contratación que se mencionaen detalle en la propuesta y en el Pliego de Especificaciones Particulares, queforman parte de la documentación de este acto contractual y que se agregananexo al presente Pliego de Condiciones Generales.

Art. 2°): Las propuestas serán abiertas en el loca, día y hora indicados en laCláusulas Particulares en presencia de las autoridades correspondientes einteresados que concurran, labrándose el acta que será firmada por lasautoridades y demás asistentes que lo deseen. Si el día fijado para la aperturafuera feriado o asueto administrativo, este tendrá lugar el primer día hábilsiguiente a la misma hora. Sólo se tomarán en consideración las propuestasque hubieran sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura. Las que sereciban por correspondencia con posterioridad serán acumuladas al expedientede Licitación con la constancia correspondiente. Los proponentes quedaninvitados a presenciar la apertura de las propuestas.

PRESENTACION DE LA PROPUESTA:

Art. 3°): La presentación de la oferta sin observación al Pliego de Bases yCondiciones Particulares o Generales, implica su conocimiento, aceptación y elsometimiento a todas sus Disposiciones y del Reglamento de Contratacionesen general.

Art. 4°): Para la presentación se requiere estar inscripto en el Registro Único yPermanente de Proveedores de la Comuna / Municipio.

Art. 5°): Las propuestas se redactarán en lo posible a máquina, cada foja seráfirmada por el proponente y se entregarán personalmente en la Dirección deCompras y Contrataciones, o serán enviadas por pieza certificada con la debidaanticipación.

Art. 6°): En el o los sobres que contengan las propuestas, que estaránperfectamente cerrado/s, se indicará en forma destacada el Nombre yDomicilio de la Comuna / Municipio. Número de Licitación. Fecha y Hora de

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Apertura de la Propuesta y Número de Expediente o Suministro si lo hubiera.No se considerarán las propuestas que contengan enmiendas, interlíneas oraspaduras, que no estén debidamente salvadas con la firma del proponente.

COTIZACIÓN:

Art. 7°): La cotización se hará exclusivamente por la unidad de medida que seestablezca en las Cláusulas Particulares, por cantidades netas, en peso,capacidad y volumen, libre de envases o gastos de embalaje. Si el productotuviera envase especial y el mismo debiera devolverse, el flete, acarreorespectivo ida y vuelta, deberán ser por cuenta del oferente. Cada renglón seformulará en precio unitario y total. En caso de no existir concordancia entreambos, se tomará como base el primero para determinar el total de lapropuesta. El monto de la propuesta se formulará en letras y números. Elproponente puede formular oferta por todo o parte de los objetos solicitados.Como alternativa, después de haber cotizado por renglón puede ofrecer por eltotal de los efectos sobre la base de su adjudicación integra.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ ACOMPAÑAR A LA PROPUESTA EN EL ACTO DEAPERTURA:

Art. 8°): En el acto de apertura él o los oferentes deben presentar la siguientedocumentación en sobre cerrado que indique el número de Licitación, fecha yhora de apertura. Los mismo se entregaran personalmente o serán remitidospor correo por pieza certificada:

a) Pliego de Condiciones Generales y de Especificaciones Particularesfirmado en todas sus fojas.

b) El documento de garantía a que se refiere el Art. 9° en las formasestablecidas en los artículos 10 al 12.

c) Descripción de objetos o servicios afectados y catálogo cuandocorresponda.

d) El recibo de la muestra si ésta hubiera sido presentado por separado.

e) Propuesta.

f) Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proveedores de laMunicipalidad de San Nicolás.

GARANTIA:

Art. 9°): La garantía afianza el cumplimiento de todas las obligacionesestablecidas en él o los Pliegos de Bases y Condiciones, de parte del oferenteen su calidad de tal o de adjudicatario, si así resultare y podrán constituirse enalguna de las formas siguientes:

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I. Dinero en efectivo, giro o cheque cruzado contra una entidad bancariadel lugar en que se realice la operación.

II. Títulos de la Deuda Pública Provincial que se aceptarán a su valorescrito.

III. Pagaré a la vista y a la Orden de la Municipalidad de San Nicolás de losArroyos con cláusula “Sin Protesto” (Art. 50 – Decreto 5965/63), enformulario oficial que se facilitará en la Comuna / Municipio firmado porquienes tengan uso de razón social. Esta garantía se admitirá cuando enlos pliegos de Condiciones Particulares no se estipule lo contrario.

IV. Seguro de Caución y el comprobante del pago de la Póliza. Laaseguradora deberá constituirse en fiador solidario, liso, llano y principalpagador, sin restricciones ni salvedades, renunciando a los beneficios dedivisión y exclusión, fijando domicilio en la ciudad de San Nicolás de losArroyos.

Con la propuesta se adjuntara en concepto de garantía el 1% del PresupuestoOficial y en el caso de no determinarse éste, el porcentaje del 1% sobre elmonto total de la oferta. La omisión del Pagaré de Garantía no será causal derechazo de la oferta, si se cumple tal obligación durante el acto de apertura.

El proveedor adjudicatario deberá garantizar a satisfacción de la Comuna /Municipalidad el cumplimiento del contrato mediante la presentación de unagarantía equivalente al 5% del monto adjudicado, éste trámite deberácumplirse dentro de los cinco (5) días de notificado.

De constituirse la garantía de Ejecución de Contrato (5%) con pagaré,el mismo deberá venir sellado por el Banco Provincia de Buenos Aires,a fin de cumplimentar con la siguiente ley de sellos.

La devolución de la garantía de oferta a los proveedores que no hubierenresultado adjudicatarios, se efectuará luego de la promulgación de decretorespectivo y las garantías por adjudicación una vez cumplida la presentación.

Art. 10%): Los oferentes deberán acompañar a sus respectivas propuestas, loscomprobantes de los depósitos efectuados en la forma que se establezca en lasClausulas Particulares, cuando la garantía se constituya en efectivo o títulos.

Art. 11°): Si la garantía se constituyera en pagaré, cheque cruzado, giro, fianzabancaría o aval bancario, estos documentos será agregado por el oferente a lapropuesta.

Art. 12°): Si el oferente formulara dos o más propuestas por un mismo renglóno presentara alternativa, el monto de la garantía se calculará teniendo encuenta la propuesta de mayor importe.

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OBLIGACION DE LEVANTAR EL PAGARÉ DE GARANTÍA:

Art. 13°): El proveedor que interviene en una Licitación ya sea en su calidad deoferente o adjudicatario, contrae la obligación de levantar el pagaré quesuscriba, si así hubiera constituido garantía, antes de efectuar cualquierreclamo.

MUESTRAS:

Art. 14°): La exigencia de presentar muestras, estará determinada en losPliegos de Especificaciones Particulares, si no se hace mención de ello, seráfacultativo del oferente su presentación.

La devolución de la muestra del o los oferentes que no resulten adjudicatariosse efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha deacto licitatorio. Pasado dicho lapso, las mismas quedarán de propiedad de laMunicipalidad “Sin Cargo”, quedando facultada la misma para resolverlibremente sobre su uso, venta o destrucción. En el caso de firmasadjudicatarias, existirá el mismo plazo, pero a partir de la fecha en que secumplimente totalmente la prestación o el contrato.

Cuando se soliciten muestras, estas se entregarán bajo recibo (remito),confeccionados en triplicado por el interesado, recibo que deberá agregar a lapropuesta. Las muestras serán entregadas en el lugar que determinen lasCláusulas Particulares.

Los proponentes no tendrán derecho alguno por los deterioros o destruccióntotal de las muestras a raíz de los análisis o experimentos a que hayan sidosometidas, salvo advertencia previa especificada en la propuesta, cuando elvalor de la misma lo justifique.

DEFECTO DE FORMA:

Art. 15°): La Municipalidad podrá aceptar la oferta que contenga defecto deforma, salvo las causas que se indican en el Art. 16°).

Se entenderá por Defecto de Forma;

• Plazo de Mantenimiento o de Provisión que excedan discretamente loestablecido y no constituya un inconveniente su presentación.

• Errores evidentes en los cálculos.

• Otros defectos formales y no de fondo.

RECHAZO DE LA OFERTA:

Art. 16°): Se desestimarán en el mismo acto de apertura las ofertas que;

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a) No estén firmadas por el oferente

b) Estén escrita con lápiz común.

c) Carecieran de la garantía exigida y en el mismo acto de apertura noestuviere presente algún representante de la empresa autorizado paraconstituir la misma, cuando se acepte su constitución con pagaré a lavista.

d) Formuladas por firmas no habilitadas por el Registro Único deProveedores de la Municipalidad.

e) No mantengan el Plazo fijado en cada caso para la adjudicación de laLicitación.

f) En lugar de especificaciones, su oferta se remita a muestras presentadaso a presentar en el acto licitatorio, en reemplazo de las mismas.

g) Que tengan raspaduras, interlineas o enmiendas en las partesfundamentales: PRECIO, CANITDADES, PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAOFERTA. PLAZO DE ENTREGA o alguna otra que haga a la esencia delcontrato y no haya sido debidamente salvada.

h) Las ofertas que contengan cláusulas en contraposición con la Licitación.

i) La falta de presentación en el acto de apertura de toda ladocumentación que debe integrar la Licitación, de acuerdo al Artículo 8°)de este Pliego.

j) Todas las causas de rechazo que pasaren inadvertidas en el Acto deApertura de las propuestas, podrán sufrir efectos posteriores, si secomprobaren durante el estudio de las propuestas.

EXIGENCIA DE LA MARCA:

Art. 17°): Queda entendido que si en el detalle de los elementos, efectos, etc.,que se licitan se determinara una marca o tipo, es al solo fin de señalar conprecisión las características generales del objeto pedido, sin que ello impliqueque no pueda el proponente ofrecer artículos similares de otras marcas peroespecificando claramente lo que ofrece. De no hacerlo así, se estimara quecotiza la marca señalada en el pedido y su entrega deberá ajustarse a lamisma.

DESCUENTOS:

Art. 18°): Los descuentos ofrecidos por pago dentro de un plazo determinado,serán considerados a los efectos de la comparación de ofertas.

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INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS:

Art. 19°): Los precios establecidos en la s Propuestas y en el Contrato, seráninvariables, salvo que en las Cláusulas Particulares se determine otraalternativa.

FACULTAD DE ACEPTAR O RECHAZAR LAS PROPUESTAS:

Art. 20°): La Municipalidad podrá rechazar todas las propuestas sin queello confiera derecho alguno a los oferentes.

ERRORES DE LA COTIZACIÓN:

Art. 21°): En caso de error evidente, debidamente comprobado a exclusivojuicio de la Municipalidad, se desestimará la oferta sin penalidades, si el errores denunciado o advertido antes de la adjudicación.

EMPATE DE LA OFERTA:

Art. 22°): En caso de igualdad de precios, la adjudicación recaerá en lapropuesta que ofrezca elementos de mayor calidad, si ello surgiera de lascaracterísticas especificadas en la oferta y/o de las muestras presentadas.

De mantenerse la igualdad se solicitará a los respectivos proponentes, que porescrito y dentro de tres (3) días formule una mejora de precios.

Cuando el domicilio del oferente diste más de cien (100) kilómetros de la cededonde se efectuó la apertura, dicho término se extenderá ocho (8) días.

Las nuevas propuestas que en consecuencia se presenten, serán abiertas enlugar, día y hora establecidos en el requerimiento, labrándose el actapertinente. El silencio del oferente invitado a desempatar se entenderá que nomodifica la oferta, procediéndose en consecuencia. De subsistir la igualdad, porno lograrse la modificación de los precios o por resultar éstos nuevamenteempatados, se procederá a realizar un sorteo.

Los sorteos los efectuará la Comisión de Pre-Adjudicaciones, en presencia delos interesados que concurrieran, labrándose el acta correspondiente.

MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:

Art. 23°): El Plazo mínimo para el Mantenimiento de la Oferta, será de treinta(30) días hábiles posteriores a la apertura de los sobres, tal plazo quedaráautomáticamente prorrogado por treinta (30) días adicionales, salvo expresamanifestación en contrario por parte del oferente, hecha con antelación de diez(10) días corridos al vencimiento de la misma. La modificación de este plazocondicionará la propuesta.

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COMPARACIÓN DE PRECIOS CON MONEDA EXTRANJERA:

Art. 24°): Para la comparación de precios, en el caso de que la Municipalidadaceptara la cotización en moneda extranjera, se calcularán los precioscotizados al tipo de cambio vendedor vigente al cierre del día anterior a de lasaperturas de las ofertas.

DISMINUCIÓN O AUMENTO DE LA PRESENTACIÓN:

Art. 25°): Cuando por la naturaleza de la presentación exista la posibilidad defraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta solicitada, podrácotizarse en más o en menos según lo permitida el fraccionamiento mínimo,dejándose debida constancia en la oferta.

Igualmente y aun cuando no lo estipule el Pliego de EspecificacionesParticulares o Técnico, y siempre a criterio de la Municipalidad podrá ampliarseo disminuirse hasta un 20% del total adjudicado.

COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:

Art. 26°): La adjudicación será comunicada al interesado dentro del Plazo deMantenimiento de la Oferta, mediante Orden de Compra o por Orden deProvisión o cualquier otra forma, constituyendo esa comunicación la orden paracumplimentar el compromiso en las condiciones estipuladas.

CONTRATO:

Art. 27°): El contrato queda perfeccionado con el solo hecho de la adjudicaciónpor autoridad facultada para contratar dentro de los plazos a que se refiere elArt. 23°) en el Pliego, librándose cuando corresponda la Orden de Provisión y/ode Compra, con la descripción, cantidades, precio, condiciones, etc., de loselementos adquiridos o de los servicios.

VENCIMIENTO DEL CONTRATO:

Art. 28°): Vencido el plazo de cumplimiento del contrato sin que los elementosfueran entregados o prestados los servicios en forma parcial o total o en elcaso de rechazo, se intimará su cumplimiento en un plazo perentorio bajoapercibimiento de rescisión del contrato, aplicándose en su caso laspenalidades previstas en los Art. 31°), 32°) y 33°) y los que se fijen en el Pliegode Especificaciones Particulares.

PLAZO DE ENTREGA:

Art.29°): Los adjudicatarios cumplirán la prestación a que se hubieren obligadoajustándose a las formas, plazos, lugar y demás especificaciones establecidasen la Licitación de Precios.

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Las entregas deberán efectuarse en el lugar fijado en los Pliegos deEspecificaciones Particulares y Órdenes de Compra o Provisión. El transporteserá por cuenta del adjudicatario y las entregas realizadas en el lugardeterminado, debiendo ser puesta la mercadería en depósito o los lugares derecepción indicados, con personal del contratado.

Si no se determinarán plazos de entrega o el oferente no lo declaraexpresamente, se entenderá que la misma es inmediata, es decir dentro de las24 hs. de recibida la comunicación de la adjudicación.

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE ENTREGA:

Art. 30°): El adjudicatario podrá solicitar por escrito la prórroga del Plazo deEntrega antes del vencimiento del mismo por causas debidamente justificadas,quedando su aceptación a criterio de la Municipalidad, la cual resolverá yefectuará la comunicación respectiva al solicitante.

PENALIDADES:

Art. 31°): Salvo causa de fuerza mayor o fortuitas debidamente comprobadas asolo juicio de la Municipalidad, se aplicarán las penalidades siguientes;

a) Perdida de la garantía por desistimiento de la oferta dentro del Plazo deMantenimiento, antes de resolverse la adjudicación.

b) Multa en la proporción que se establece en el Art. 33°) de este Pliego o elque se estipule en los Pliegos de Especificaciones Particulares, aladjudicatario que no cumpliera el compromiso en los términos ycondiciones pactados o que, habiéndose cumplido fuera motivo derechazo.

c) Pérdida de garantía sin perjuicio de las acciones a que hubiera lugar,cuando se transfera el contrato.

Art. 32°): El incumplimiento total o parcial de las adjudicaciones, cualquierafuera la causa, salvo la de fuerza mayor o fortuita, previamente aceptada porla Municipalidad, autoriza a rescindir el contrato y a aplicar las siguientesmedidas:

a) Pérdida de la garantía del 5% del total adjudicado en proporción a lo nocumplido.

b) Ejecución del contrato en forma parcial y/o total por tercero, a cualquierprecio que pudiera resultar. Si el nuevo precio es menor, la diferenciaqueda a favor de la Municipalidad.

c) Apercibimiento, suspensión, inhabilitación o eliminación del RegistroÚnico de Proveedores de la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos.

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Los proveedores y/o contratistas responderán por los perjuicios, pérdidas ydaños que resulten del incumplimiento parcial o total del contrato.

MORA Y MULTA POR MORA:

Art. 33°): Salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobados, a juicio dela Municipalidad se aplicará a los proveedores un recargo por multa del 2% delvalor de los elementos no entregados en término por cada semana o fracciónno menor de cuatro días.

Se considerará producida la mora por el simple vencimiento del plazo sinnecesidad de interpelación Extrajudicial o Judicial. Vencido el plazo sin que lamercadería o servicio fuera entregado o prestado o si hubiere sido rechazadosin perjuicio de la multa señalada, se intimará su entrega en un plazo que nopodrá exceder de dos (2) semanas bajo apercibimiento de rescisión delcontrato en las condiciones expuestas en el art. 32).

SANCIONES:

Art. 34°): Sin perjuicio de las penalidades contractuales (multas, pérdida degarantías, etc.), se aplicarán a los oferentes o adjudicatarios las sanciones delapercibimiento, suspensión, inhabilitación o eliminación del Registro Único deProveedores, de acuerdo a lo siguientes:

1. Apercibimiento:

a) Por desistimiento de oferta o adjudicación

b) Por rechazo de prestaciones por causa fundada, aun cuandoposteriormente diera cumplimiento al contrato dentro del plazoestipulado para la entrega.

c) Por incurrir en incorrecciones que lleguen a constituir hechosdolosos.

2. Suspensiones:

a) Hasta 12 meses; la firma que sea pasible de apercibimiento dentrodel periodo de un (1) año a partir del apercibimiento anterior.

b) Hasta 3 años; al que cumplida la suspensión sea pasible dentrodel término de dos (2) años de un nuevo apercibimiento.

c) El que no diera cumplimiento en la forma parcial o total a susobligaciones contractuales.

d) El que no cumpliera oportunamente la intimación de hacerefectiva la garantía o cualquier otra intimación relativa al reintegro

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que deba efectuar por compras realizadas por su cuenta comoconsecuencia de incumplimiento contractual. El recurso que seredujere contra esa intimación no tendrá efecto suspensivo.

e) De 3 a 5 años; al que incumplida la suspensión impuestaanteriormente, incurriera dentro del término de cinco (5) años ennueva infracción.

f) De 5 a 10 años; será aplicada la nueva sanción de 5 a 10 años desuspensión cuando se compruebe que el proponente oadjudicatario, ha cometido hecho doloroso o se ha probado laexistencia de tentativas de comisión de hechos, dolosos paraobtener la adjudicación o habiéndola obtenido, los cometió paradar mal cumplimiento a las prestaciones.

3. Eliminación:

Las firmas sancionadas con cinco años de suspensión (casos dereincidentes) y a diez años (hechos dolosos) de reincidir al término de lamisma en una nueva infracción, serán eliminadas del Registro Único deProveedores en forma definitiva.

ALCANCE DE LAS SANCIONES:

Art. 35°): Las sanciones alcanzarán a las firmas respectivas e individualmente asus componentes.

Las medidas aplicadas se comunicará a los siguientes organismos de laProvincia de Buenos Aires; Municipalidades. Registros de Licitaciones yContaduría General del Ministerio de Economía y Hacienda.

HECHOS DOLOSOS:

Art. 36°): Se entienden por hechos dolosos:

a) Aquellos de los que resulte manifiesta la intención del oferente oadjudicatario de conseguir la ejecución de un acto o sustraerse al debidocumplimiento de sus obligaciones, sea por aserción de lo que es falso osimulación de lo verdadero, sea por empleo de cualquier artificio, astuciao maquinación.

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b) Entrega de mercadería en cantidades inferiores a la contratadas.

c) Entrega de mercadería de calidad inferior a la contratada, aun cuandofuera necesario practicar análisis para comprobar la infracción, siempreque resultará una diferencia que no pudiera pasar inadvertida aladjudicatario de haber adoptado las precauciones indispensables.Igualmente esta diferencia surge al comparar la calidad de las muestraso bien por no ajustare a las especificaciones de la contratación o por eldictamen de un técnico o profesional idóneo en el rubro correspondiente.

AFECTACION DE LA MULTA:

Art. 37°): Las multas y cargos que se formulen afectarán por su orden;

a) A los intereses del contrato o de otros o de otros contratos entre laMunicipalidad y el Proveedor, contratista o concesionario, que estuvierenreconocido o liquidados para su pago.

b) A las facturas emergentes de contrato que estén al cobro en trámite.

c) A la correspondiente a la garantía.

d) A los créditos del contratante emergente de otros contratos aún de otrasmunicipalidades y organismos de la Provincia de Buenos Aires, quedandoestablecido que el adjudicatario presta su conformidad paracompensación respectiva.

COMPUTOS DE PLAZO:

Art. 38°): Los plazos se contaran;

a) Cuando se fijen en días hábiles, laborales, útiles o similares, según loslaborales de harario normal para la administración pública en general.

b) Cuando se fijen en semanas por periodos de siete días corridos.

c) Cuando se fijen por determinados periodos de días, se entenderáncorridos a partir de la fecha de apertura a menos que se aclare que sondías hábiles, laborales, etc.

d) Cuando se fije el término de un año se entenderá por 360 días corridos.

PAGOS DE FACTURAS:

Art. 39°): Para iniciar la gestión de pago, el adjudicatario, deberá presentar lascorrespondientes facturas, ya sea por la provisión o prestación total o parcialrealizada, según se establezca en las Cláusulas Particulares y/o propuesta yconstancia de la recepción definitiva de los elementos o del cumplimiento delservicio.

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Art. 40°): De existir divergencias en los distintos artículos y/o cláusulas de ladocumentación que sirve de base a la Licitación, éstos se regirán por losartículos y/o cláusulas del o de los Pliegos de Especificaciones Particulares quemodifican al Pliego de Condiciones Generales.

PLIEGO DE CONDICONESPARTICULARES

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I)- CALIDAD Y CARACTERÍSTICAS.

1.-La calidad, medida, características, composición, etc., de los efectos aproveer y/o determinación de los servicios a prestar se establecen en la“PROPUESTA” que forma parte de la documentación de este acto contractual.

II)-FECHA Y LUGAR DE APERTURA.

2.-La apertura se efectuará el día 21 de Julio del 2014 a las 10:00 Hs. en laDirección de Compras y Contrataciones, calle Rivadavia 51 – Planta Baja -Provincia de Buenos Aires, estando las actuaciones a la vista de los oferenteshasta 24 horas posteriores a la fecha de apertura, pudiendo presentarseobservaciones y/o impugnaciones hasta las 48 horas posteriores a la fecha deapertura.

El valor del Pliego se estable en $ 2.000,00 (Pesos; Dos Mil), que podráadquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones (Rivadavia 51) previopago en la Tesorería Municipal del importe correspondiente, hasta dos horasantes de la fijada para la apertura.

III)-GARANTÍA.

3.-Podrá constituirse de acuerdo a las formas determinadas en el Artículo 9°del Pliego de Bases y Condiciones Generales que forma parte de este actocontractual.

4.-Cuando se constituye en dinero efectivo y/o en títulos de la deuda públicaprovincial o nacional previo al acto de apertura, deberá efectuarse elrespectivo depósito en Tesorería Municipal, dependencia que extenderá elrespectivo recibo.

5.-El comprobante de la constitución de la garantía del 1% del total de lapropuesta y/o recibo extendido por la Tesorería Municipal, deberá agregarse ala documentación que se presenta en la apertura del acto contractual.

IV)-PLAZO DE MANTEMIENTO DE LA PROPUESTA

6.-El plazo mínimo para el mantenimiento de la oferta será de 30 días hábilesposteriores a la apertura de los sobres; tal plazo quedará automáticamenteprorrogado por 30 días adicionales; salvo expresa manifestación en contrariopor parte del oferente, hecha con antelación de 10 días corridos al vencimientode la misma. La modificación de este plazo condicionará la propuesta.

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V)-PRESENTACIÓN DE MUESTRAS Y/O INDICACIÓN DE MARCAS.

7.-Las muestras de cada uno de los rubros que se coticen, cuando así seindique en la propuesta, deberán ser presentadas debidamenteindividualizadas por renglón y firma a que corresponda. En la Secretaria deObras y Servicios Públicos, ubicada en Rivadavia 51 – 1° Piso. Esto permitiráapreciar la calidad del o los efectos ofrecidos.

8.-Cuando se establezca que debe mencionarse la marca del producto o delefecto cotizado, a continuación de la descripción del mismo en la “Propuesta”,se indicará la marca correspondiente. En los renglones donde la Municipalidaddetermine marca o similar de un artículo o efectos pedidos, deberá aclarar enla propuesta la marca y característica de lo que se cotice, caso contrario seconsiderará que se ofrece el original solicitado.

9.-La omisión de estos requisitos será causal de desestimación de la ofertapresentada y/o rechazo en el mismo acto de apertura.

VI) MULTAS Y PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.

10.-Se establece en los artículos 31° al 37° del Pliego de Bases yCondiciones-Cláusulas Generales.

VII) RETENCIONES

11.-EL MUNICIPIO PROCEDERA A RETENER A LOS ADJUDICATARIOS QUENO TRIBUTEN LA TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE ENEL PARTIDO DE SAN NICOLAS, LA TASA POR SERVICIOS INDIRECTOS YDIRECTOS VARIOS ESTABLECIDA EN TITULO XXVI ART. 131 YSIGUIENTES DE LA ORDENANZA FISCAL Y TARIFARIO VIGENTE,CONSISTENTE EN EL 40% (CUARENTA POR MIL) DEL IMPORTE NETO DEIVA.

VIII) MATERIALES A COTIZAR

ITEM 1 y 2:

I. 900 ARTEFACTOS PARA ALUMBRADO TIPO MRZ54L CON TULIPADE POLICARBONATO CON CAJA PORTAEQUIPO PARA COLUMNA,HASTA 250W. PROTECCIÓN MECANICA IP65. ESPEJO ENTERIZOE40. APTAS PRONUREE. CON EQUIPO AUXILIAR PARA SODIO DE100W Y LÁMPARA DE 100W DE SODIO PRIMERA CALIDAD. SEGÚNESPECIFICACIONES TECNICAS HOMOLOGADAS POR LASECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION.

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II. 580 ARTEFACTOS PARA ALUMBRADO TIPO JC250 CON TULIPA DEPOLICARBONATO CON CAJA PORTAEQUIPO PARA COLUMNA,HASTA 250W. PROTECCIÓN MECANICA IP65. ESPEJO ENTERIZOE40. APTAS PRONUREE. CON EQUIPO AUXILIAR PARA SODIO DE250W Y LÁMPARA DE 250W DE SODIO PRIMERA CALIDAD. SEGÚNESPECIFICACIONES TECNICAS HOMOLOGADAS POR LASECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION.

IX) PLAZO DE ENTREGA

El plazo de entrega será de;

1) 50% A LOS 30 DIAS DE RECIBIDA LA ORDEN DE COMPRA

2) 50% RESTANTE DENTRO DE LOS 60 DÍAS DE RECIBIDA LA ORDENDE COMPRA

X) FORMA DE PAGO

Los pagos se realizaran dentro de los 30 días de recibida la factura enla Dirección de Compras y Contrataciones.

XI) PRESUPUESTO OFICIAL

Presupuesto Oficial: $ 2.562.136,00 (Pesos; DOS MILLONES QUINIENTOSSESENTA Y DOS MIL CIENTO TRENTA Y SEIS)

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Sello de la Firma Firma Oferente

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONESTÉCNICAS

1. GENERALIDADES

Las luminarias serán de tamaño adecuado para funcionar correctamente conlámpara de vapor de sodio de alta presión de la potencia a utilizar. Deberácumplimentar las especificaciones técnicas y los requerimientos en las NormasIRAM AADL J 2020 – IRAM AADL J 2021 –IRAM AADL J 2028.

Los materiales solicitados deben ser originales y de marca reconocida

2. SISTEMA DE MONTAJE

Según a qué sistema existente reemplacen, las luminarias serán adecuadaspara ser instaladas en columnas con acometida horizontal o bien suspendidasde cables de acero sobre la calzada.

2.1. Montaje sobre columna

La carcasa será de aluminio inyectado o construida en fundición de aluminio alsilicio, apta para ser colocada en pescante horizontal de 60mm o 42mm sin usode piezas adicionales, terminadas según lo indicado en el punto 3.g de lapresente especificación.

Deberá tener un sistema que la fije a la columna de modo de impedirel deslizamiento en cualquier dirección.

Poseerá una bandeja o tapa porta-equipo, desmontable, que contendrá elequipo auxiliar (balasto, ignitor y capacitor) para la potencia máxima a utilizar.

Deberá tener grabados en forma indeleble la marca, el modelo y el país deorigen, de acuerdo a lo indicado en las normas IRAM – AADL J 2020 Y 2028.

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Deberá tener un compartimiento porta equipo auxiliar, que cumpla con loindicado en el punto 3. De no poseerla se utilizarán equipos de intemperie (verAnexo 1).

2.2. Montaje mediante suspensión desde cables de acero

Las carcasas serán construidas en fundición de aluminio al silicio o aluminioinyectado, con aleación controlada de acuerdo a Normas, terminadas conpintura termoplástica en polvo, aplicada electrostáticamente y horneada a altatemperatura.

Podrá tener en la parte superior una cámara porta equipos, totalmenteindependiente de la óptica, la que deberá cumplir con lo indicado en el punto3. De no poseerla, se utilizarán equipos auxiliares tipo intemperie (ver Anexo1).

3. CARACTERISTICAS TECNOLÓGICAS

La carcasa estará construida de forma tal que el acceso al sistema óptico, demodo que resulte cómodo y rápido para reposición de lámparas.

El compartimiento destinado a incorporar el equipo auxiliar tendrácaracterísticas tales que aseguren una adecuada disipación de calor generadotanto por el balasto como por la lámpara en servicio. Su grado de hermeticidadserá IP23, o superior.

Si la luminaria contiene al equipo auxiliar, éste deberá fijarse sobre una placaporta equipo. Los elementos eléctricos deben poder funcionar sin deterioro (elbalasto no debe superar la temperatura Tw indicada por el fabricante) dentrode la luminaria, estando ésta a una temperatura ambiente de 30° C.

Los conductores que conecten el equipo auxiliar, los bornes del portalámparasy los terminales de la línea deberán conectarse a borneras fijas en la carcasa.No se admitirán bornes sueltos ni empalmes en los conductores.

Las posiciones de los conductores de líneas deberán estar identificadas sobrela carcasa. La carcasa debe poseer un borne de puesta a tierra claramenteidentificado, con continuidad eléctrica a las partes metálicas de la luminaria.

a. CARCASA

El cuerpo, aro porta tulipa y tapa porta equipo de la luminaria serán dealeación de aluminio inyectado de un espesor mínimo de 2,0mm o de fundiciónde aluminio.

Deberá ser fabricada con aluminio nuevo. No se admitirá aluminio tipo“carter”, como tampoco se admitirán luminarias recicladas.

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Deberá suministrarse información cualitativa y centesimal de la composiciónde la aleación utilizada.

b. REFLECTOR

El recinto óptico contendrá un reflector de aluminio abrillantado, anodizado ysellado. En conjunto con el portalámparas, tendrá posibilidad de ajuste segúnproyecto, y deberá ser envolvente respecto de la lámpara de una o más partes,extraíble en una sola unidad. La pantalla reflectora tendrá suficiente rigidezcomo para permitir su desarmado, limpieza y nuevo armado sin deformarse.

Debe ser intercambiable y su sujeción será tal que en ocasión de cadareposición de lámpara no resulte modificada la distribución luminosa. No seadmite el uso de la carcasa o cuerpo del artefacto como superficie reflectora.

c. SISTEMA DE CIERRE

La tulipa será de vidrio o de boro silicato prensado según IRAM AADL J2020resistente al shock térmico o de policarbonato anti vandálico con protecciónU.V. Irá montada en un aro según punto a., de modo tal que asegure unapresión de cierre uniforme, otorgando al sistema óptico una hermeticidad degrado IP54 como mínimo mantenida en el tiempo.

El cierre estará asegurado por juntas o burletes de silicona deadecuada elasticidad las que no deberán degradarse por la acción delcalor, de las radiaciones ultravioletas, humedad o por la presiónproducida por el cierre de acero inoxidable, según IRAM AADL J2020/2021.

El aro de apertura del sistema óptico y la tapa porta-equipo deberán serindependientes y de modo que la fuerza de gravedad tienda a abrirlas y no acerrarlas, con mecanismos seguros de rápida y fácil operación sin hacer uso deherramientas auxiliares.

La cubierta de cierre y la tapa porta-equipo, serán desmontables y sevincularán a la carcasa mediante un sistema de absoluta rigidez y excelentecalidad, que la soporte y que permita el giro de apertura de ambos elementos.El cierre estará asegurado por juntas o burletes de silicona, las que no deberándegradarse por la acción del calor, de las radiaciones ultravioletas, de lahumedad por la presión producida por el cierre de acero inoxidable. No seadmitirá el pegado de la tulipa en el recinto óptico para lograr el grado IP54.

Durante la apertura no deberá existir posibilidad que caiga accidentalmenteninguno de los elementos.

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d. COMPONENTES AUXILIARES

Los tornillos ó resortes exteriores serán deberán responderá IRAM-AADLJ2028-1 y J2021 para asegurar una absoluta protección contra la acción de laintemperie. El resto de la tornillería será de hierro zincado según IRAM.

Los equipos auxiliares (balasto, ignitor y capacitor) deberán cumplir con lasnormas IRAM e IEC correspondientes y ser fabricados por empresas consistema de gestión de la calidad según normas ISO 9000:2000

Los componentes auxiliares deberán cumplir con las siguientes normas:

Los balastos para lámparas de vapor de sodio de alta presión: IEC61347-2-9 /IEC 60929.

Los capacitares: IEC 61048-IEC 61049/ IRAM 2170 /1-2

Los ignitores: IEC 61347 -2-1 / IEC 60927

Deberán, asimismo, suministrarse datos garantizados de los mismos (verAnexo I)

e. PORTALÁMPARAS

El portalámparas debe ser de porcelana de uso eléctrico, con conexionesposteriores a mordazas, contacto central a pistón autoventilado que ejerza unapresión efectiva sobre el contacto de la lámpara mediante resorte de aceroinoxidable. Debe superar el ensayo de continuidad eléctrica aflojando lalámpara 1/6 de vuelta como mínimo, sin apagarse. Debe tener resorte de aceroinoxidable en las espiras que impidan el aflojamiento de la lámpara debido alas vibraciones a la que pudiera estar sometida la luminaria.

Debe cumplir con los ensayos de rigidez dieléctrica y accesibilidad segúnNorma IRAM AADL J 2028 una vez roscada la lámpara. Todas las piezas queconducen corriente deben ser de bronce pasivado y tratado superficialmentepara impedir su corrosión.

La luminaria en la que el portalámparas esté montado sobre un soporteregulable que permita el desplazamiento de la lámpara en forma axial en elplano horizontal (regulación en el semiplano C) y en el plano vertical(regulación en el ángulo Gamma), con el fin de adaptar la distribución luminosaa distintas geometrías de montaje IRAM 2015 Y IRAM-AADL J2028-1

f. CONDUCTORES

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Los conductores serán de cobre electrolítico, de 1 mm2 de sección mínima.

Las conexiones eléctricas deberán asegurar un contacto correcto y seráncapaces de soportar los ensayos previstos en IRAM AADL J 2021 y J 2028.Tendrán un aislamiento que resista picos de tensión de al menos 2,5kV y unatemperatura ambiente de 200° C. IRAM-AADL J2021 Y IRAM-NM 280

g. TERMINACIÓN DE LA LUMINARIA

Toda la parte metálica de la luminaria deberá ser adecuadamentetratada, a fin de resistir la acción de los agentes atmosféricos.

Las partes de aluminio serán sometidas a un tratamiento de pre-pintado conprotección anticorrosiva y base mordiente para la pintura, protegida conpintura termo contraíble en polvo poliéster horneada.

h. REQUERIMIENTO LUMINOSO MÍNIMO

Distribución luminosa:

Deberá ser asimétrica, angosta o media, de acuerdo a IRAM AADL J 2022-1.Será conveniente que la relación entre Imax/I o sea mayor a 2.

Angulo vertical de máxima emisión:

Estará comprendido entre los 60° y 70° medidos en el plano vertical demáxima emisipon.

Distribución luminosa transversal:

Será angosta o media de acuerdo a IRAM AADL J 2022-1

Limitación del deslumbramiento:

la limitación al deslumbramiento debe satisfacer la norma IRAM-AADL J 2022-1para luminarias semi-apantalladas. Esto se verificara con la información deensayo fotométrico presentada para la lámpara respectiva.

Rendimiento:

El rendimiento de la luminaria en el hemisferio inferior no será menor al 70%.

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El rendimiento en el hemisferio inferior, lado calzada, a dos veces la altura demontaje no será inferior al 40%. La emisión luminosa en el hemisferio superiorno será mayor del 3% del flujo total emitido por la lámpara.

Documentación a presentar por el Oferente:

• Curvas de distribución

• Curvas de utilización

• Curvas Isolux

• Curvas Isocandela

Con la oferta se deberán presentar fotometrías completas de las luminarias asuministrar, realizadas por un laboratorio oficial, y los cálculos fotométricos quedemuestren el cumplimiento de los niveles de iluminación requeridos pornorma.

Se dará prioridad a los oferentes que presenten propuestas con luminarias yequipos auxiliares de Industria Nacional, dando cumplimiento al Régimen deCompre Trabajo Argentino, Ley 25.551 y decreto N° 1600/02 y sus normascomplementarias.

Todas las luminarias y equipos auxiliares deberán cumplir con lascertificaciones previstas en la Res. 92/98 – Lealtad Comercial y con las leyesNros. 22.415 y 22.802 y el Decreto n° 1474 del 23/08/1.994, para garantizar alos consumidores la seguridad en la utilización del equipamiento eléctrico debaja tensión en condiciones previsibles o normales de uso.

i. SOBRE ELEVACIÓN DE TENSIÓN DE ARCO DE LÁMPARA

El diseño óptico será tal que, en condiciones normales de funcionamiento, latensión de arco de la lámpara de vapor de sodio no aumentará, respecto a losde la lámpara desnuda, los siguientes valores:

Para lámparas: tubulares ovoidales70W 5V 5V100W 7V 5V150W 7V 5V250W 10V 10V

El Municipio licitante se reserva el derecho a verificar estos valores, previo a laadjudicación.

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j. CALIDAD DE LAS LÁMPARAS

Las lámparas de sodio de alta presión serán del tipo ALTA PERFORMANCE,denominada como PLUS PIA, SUPER, EXTRA OUTPUT, etc.

Las lámparas serán adecuadas para funcionar correctamente con una tensiónde red de 220V +/- 5% nominal y una frecuencia de 50 ciclos por segundo.Mediante el equipo auxiliar correspondiente habrán de cumplir correctamentela norma IEC 662 o IRAM 2457. Las ofertas deben acompañarse de folletostécnicos editados en el país de origen de la lámpara y/o sus representantes ennuestro país en los que constará, además de las indicaciones necesarias parajuzgar sobre lo requerido en estas especificaciones, los siguientes datos:

• Curva de supervivencia / duración

• Gráfico de emisión luminosa / duración

• Valor de la emisión luminosa a las 100 horas.

• Vida media.

Las lámparas deberán, además, cumplir con las exigencias de la norma IEC62035, que deberá ser certificado por una certificadora Argentina, encumplimiento de los fijado por Resolución 92/98 correspondiente aCERTIFICACIÓN DE MARCA.

La vida media garantizada para las lámparas deberá ser de 28.000 horas, parapotencias de hasta 100W y 32.000 horas para las de 150W. Vida media es laque alcanzarán las lámparas con 10 (diez) horas por cada encendido, para elmomento en que el 50% de las lámparas de esa partida hayan fallado.

Se deberá adjuntar a la oferta una garantía en original emitida por el fabricantede la lámpara, refrendando todo lo anunciado anteriormente.

4. CONDICIONES de CONTRATACION

MÓDULOS A COMPRAR.

El Municipio deberá indicar la cantidad de luminarias que necesita cambiarpara reducir la potencia de alumbrado público sin disminuir el nivel deiluminación ni la uniformidad. La provisión será igual al 100% de lo requerido sidicha cantidad es menor o igual a 100 unidades. Si la cantidad fuera mayor, laprovisión será del 10% del total a cambiar o de 100 unidades, la cantidad queresulte mayor. Una vez cumplimentada la instalación de esa primera cantidad yverificada la ejecución de la misma por par el ente de control (UTN), elmunicipio podrá solicitar una nueva provisión, en iguales condiciones, las que

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podrá repetir hasta completar el reemplazo de todas las luminarias obsoletasinstaladas en su jurisdicción.

LEGISLACIÓN Y NORMAS

Se dará prioridad a los oferentes que presenten propuestas con luminarias yequipos auxiliares de Industria Nacional, dando cumplimiento al Régimen deCompre Trabajo Argentino, Ley 25.551 y decreto N° 1600/02 y sus normascomplementarias.

Todas las luminarias y equipos auxiliares deberán cumplir con lascertificaciones previstas en la Res. 92/98 – Lealtad Comercial y con las leyesNros. 22.415 y 22.802, y el Decreto n° 1474 del 23/08/1.994, para garantizar alos consumidores la seguridad en la utilización del equipamiento eléctrico debaja tensión en condiciones previsibles o normales de uso.

DEPOSICIÓN FINAL DE LÁMPARAS

Las lámparas mezcladoras y las de vapor de mercurio que sean retiradas delservicio deberán recibir un tratamiento adecuado de deposición final, tal que elresiduo que pudieran generar no afecte el medio ambiente, y en particular nopongan en riesgo la salud de las personas.

Especificaciones Técnicas de Equipos Auxiliares

Para Lámparas de Vapor de Sodio Alta Presión

Condiciones Generales

El equipo estará constituido por un balasto, un ignitor y un capacitor, diseñadosadecuadamente para proveer las condiciones de arranque y funcionamientonormales para una lámpara de vapor de sodio alta presión de la potencia quese indique en cada caso, cumplimentando las condiciones que se exigen másadelante en la presente especificación.

El Equipo Podrá Ser:

• Para Incorporar: en el caso que se utilice una luminaria con artefactoporta equipo.

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• Para Intemperie: en el caso de que la luminaria no cuente conartefacto porta equipo. En este caso, el equipo se colocará a unadistancia menor o igual a dos metros de la luminaria.

BALASTO

A.1 Generalidades

El balasto será apto para operar una lámpara de sodio alta presión de lapotencia solicitada y deberá contar con Sello IRAM de Conformidad de laFabricación acorde a la norma IEC 61347-2-9 (Ex 60922) e IEC 60923

A.2 Construcción

A.2.1 Los balastos para incorporar:

Deberán estar impregnados al vacío con resina poliéster de clase térmica155°C, para protegerlos de la humedad, mejorar la transmisión de calor al exterior,la rigidez dieléctrica y la vida útil del balasto.

Deberán tener borneras para conectar al resto del circuito de materialPoliamida 6.6 auto extinguible, tensión eficaz de trabajo 400 V, de forma troncoovales para evitar el desprendimiento del tornillo al desenroscarcompletamente el mismo. El grado de protección de las borneras será IP 20. Nose aceptarán borneras con contactos accesibles.

Los terminales serán de bronce o latón con tratamiento anticorrosivo, como porejemplo, niquelado. Los tornillos deberán ser de hierro para asegurar suresistencia mecánica y también contarán con tratamiento anticorrosivo.

A.2.2 Los balastos para intemperie:

Contendrán el balasto para incorporar, el ignitor y el capacitor alojados en unacaja protegida conta la corrosión. El recinto que alojará el balasto estará rellenocon resina poliéster con carga mineral (carbonato de calcio) y el recinto delcapacitor e ignitor deberá ser accesible con el uso de herramientas para laposible reparación o reemplazo de los componentes.

A.3 Montaje

• El balasto para Incorporar permitirá una fijación en planta o lateral

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• El balasto para Intemperie tendrá orificios de fijación superior einferior para fijar a la columna de alumbrado.

A.4 Calentamiento

El ensayo se realizará haciendo circular por el balasto una corriente igual a laque circula con una lámpara de referencia a la tensión nominal declarada en elbalasto acorde a la Norma IEC 61347-2-9

Se deberá verificar que el calentamiento no sea superior al t marcado y el Twno deberá ser inferior a 130 °C

A.5 Arrollamientos

Los balastos deberán tener los arrollamientos de cobre, realizados sobre uncarrete de poliamida 6.6 con carga de fibra de vidrio. Esto evitará lapropagación de flama en caso de que el carrete entrara en contacto con elfuego.

La clase térmica del esmalte del alambre será de 180 °C y el grado deaislación eléctrica será GRADO 2.

Los arrollamientos no deberán quedar expuestos para evitar golpes quedañaran a los mismos, debiéndose colocar sobre las boninas de tapas deprotección con un grado de protección IP20. Estas tapas deben soportar lastemperaturas máximas de funcionamiento del balasto cumpliendo con elensayo de hilo incandescente.

A.6 Pérdidas del Balasto

La pérdida del balasto será ensayada a la corriente que circule con unalámpara de referencia a tensión y frecuencia nominales del balasto. Está serácomo máxima, la declarada por el fabricante. Esta pérdida deberá medirseluego de que el balasto en condición de reposo estabilice su temperatura. Si latemperatura de medición es diferente a 20° C, se corregirán las pérdidas delcobre a esa temperatura, tomando la variación de la resistencia que existaentre el valor de estabilización y los 20° C.

A.7 Potencia de Lámpara

El balasto con una lámpara de vapor de sodio alta presión de la potenciacorrespondiente al equipo considerado, cumplirá con las pautas de la NormaIEC 60923 en modo de funcionamiento.

A.8 Corriente de Cortocircuito

El balasto tendrá una corriente cortocircuito máxima de:

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Potencia de Lámpara Corriente deCortocircuito(Máxima)

70 1.96100 2.4150 3.2

A.9 Forma de Onda de la Corriente

El factor de cresta de la corriente de lámpara a tensión de arco y de rednominales no será superior a 1,7.

B.1 Generalidades

El ignitor será del tipo derivación para 70W y del tipo serie para 100 y 150W,apto para operar una lámpara de sodio alta presión de alta eficiencia de lapotencia solicitada y deberá contar con Sello IRAM de Conformidad de laFabricación acorde a la norma IEC 61347-2-1 (Ex IEC 60926) e IEC 60927

B.2 Construcción

Los componentes del ignitor estarán montados dentro de una caja depolipropileno auto extinguible rellena de poliéster con carga mineral (carbonatode calcio) para favorecer la disipación de calor de los componentes. La caja delignitor deberá cumplir el ensayo de hilo incandescente.

Los ignitores se proveerán con cables de salida para su conexión al resto delcircuito.

B.3 Temperatura de Operación

El ignitor será apto para operar en recinto que no superen los 70 °C.

B.4 Parámetros Eléctricos

Los ignitores deberán cumplir con los siguientes parámetros eléctricos:

Potencia de Lámpara 70 W 100 y 150 WTipo de Ignitor Derivación SerieTensión de pulso mínima 1800 3500Tensión de pulsomáxima

2300 5000

Ancho de pulso mínimo(Medido al 90% de Vpico Mínima

1 us 3 x 330 ns

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Pulsos por ciclo mínimo 2 6Posición del pulso ° Elec. 60° a 100° 60° a 100°

CAPACITOR

B.1 Generalidades

El capacitor deberá contar con Sello IRAM de Conformidad de la Fabricaciónacorde a la norma IEC 61048 e IEC 61049 o IRAM 2170-1-2

B.2 Construcción

La carcasa del capacitor será de material plástico auto extinguible. La bobinaserá de polipropileno metalizado en aluminio del tipo autorregenerable yencapsulada dentro de la carcasa con resina poliuretánica.

La resistencia de descarga estará contenida dentro de la carcasa.

B.3 Temperatura de Operación

Serán aptos para funcionar en un rango de temperatura de -25° C a +85° C.

B.4 Parámetros Eléctricos

El capacitor deberá corregir el factor de potencia a 0,9.

Su capacidad, según la potencia de la lámpara deberá ser:

Potencia de Lámpara Capacidad

70W 10 uF100W 12.5 uF150W 20 uF

CONSIDERACIONES

C.1 Garantía

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El proveedor deberá otorgar una garantía de 4 años a partir de la fecha defabricación contra cualquier defecto de material, componentes o defectos defabricación de los productos ofertados.

C.2 Sistema de Calidad

La empresa fabricante de los equipos deberá tener un Sistema de Gestión de laCalidad ISO 9001:2000 certificado por un organismo internacional, como serla red internacional IQ Net para garantizar la continuidad de los equipos y unpermanente sistema de atención y reclamo de Clientes.

C.3 Documentación a Presentar:

Se deberá presentar con la oferta:

C.3.1) Copia de las licencias IRAM correspondientes a la Certificación de la fabricación acorde con las normas citadas con anterioridad. El mismo deberá especificar el producto en cuestión. La licencia deberá estar en vigencia.

• Balastos: IEC 60347-1 e IEC 60923

• Ignitores: IEC 60347-1 e IEC 60927

• Capacitores: IEC 61048 e IEC 61049 o IRAM 2170-1-2

C.3.2) Copia de los certificados de gestión de la calidad aseguramiento de la calidad ISO 9001:2000.

C.3.3) Certificado de Garantía por escrito emitido y firmado por el fabricante.

c.3.4) Lista de datos garantizados, emitida y firmada por el fabricante, de cumplimiento de todos los requisitos de la presente especificaciones (balastos, ignitores y capacitores).

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE DOBLE NIVELDE POTENCIA

Para Lámpara de Vapor de Sodio Alta Presión – Doble Nivel dePotencia Uso Interior

Condiciones Generales

Estará constituido por una bandeja armada con un balasto, un ignitor y unconmutador electrónico, diseñados adecuadamente para proveer las

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condiciones de arranque y funcionamiento normales para lámpara de sodio altapresión de la potencia que se indique en cada caso, cumplimentando lascondiciones que se exigen más adelante en la presente especificación.

BALASTO

A.1 Generalidades

El balasto será apto para operar una lámpara de sodio alta presión de lapotencia solicitada y deberá cumplir con las normas IEC 61347-1 y 60923

A.2 Construcción

El balasto será del tipo para incorporar (uso interior) con devanado adicionalpara doble nivel de potencia y deberá poseer las indicaciones decaracterísticas de acuerdo a lo especificado en la norma IEC 61347-1 e IEC60923.

El balasto deberá ser impregnado al vacío con resina poliéster de clasetérmica 155 °C, para protegerlo de la humedad, mejorar la transmisión de caloral exterior, la rigidez dieléctrica y la vida útil del balasto.

Deberá tener borneras para conectar al resto del circuito de material Poliamida6.6. auto extinguible, tensión eficaz de trabajo 400 V, de forma tronco ovalespara evitar el desprendimiento del tornillo al desenroscar completamente elmismo. El grado de protección de las borneras será IP 20. No se aceptaránborneras con contactos accesibles.

Los terminales serán de material con tratamiento anticorrosivo, como porejemplo, niquelado.

Los tornillos deberán ser de hierro para asegurar su resistencia mecánica, conun tratamiento anticorrosivo, como por ejemplo niquelado.

A.E Montaje

El balasto permitirá una fijación en planta o lateral.

A.4 Calentamiento

El ensayo se realizara haciendo circular por el balasto una corriente igual a laque circula con una lámpara de referencia a la tensión nominal declarada en elbalasto acorde a la Norma IEC 61347-2-9. Si el balasto posee varias tensionesde funcionamiento se someterá a la más alta de ellas.

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Se deberá verificar que el calentamiento no sea superior al t marcado y el Twno deberá ser inferior a 130 °C

A.5 Arrollamientos

Los balastos deberán tener los arrollamientos de cobre, realizados sobre uncarrete de poliamida 6.6 con carga de fibra de vidrio. Esto evitará lapropagación de flama en caso de que el carrete entrara en contacto con elfuego. La clase térmica del esmalte del alambre será de 180 °C y el grado deaislación eléctrica será GRADO 2. Los arrollamientos no deberán quedarexpuestos para evitar golpes que dañaran a los mismos, debiéndose colocarsobre las boninas de tapas de protección con un grado de protección IP20.Estas tapas deben soportar las temperaturas máximas de funcionamiento delbalasto cumpliendo con el ensayo de hilo incandescente.

A.6 Pérdida del Balasto

La pérdida del balasto será ensayada a la corriente que circule con unalámpara de referencia a tensión y frecuencia nominales del balasto. Está serácomo máxima, la declarada por el fabricante. Esta pérdida deberá medirseluego de que el balasto en condición de reposo estabilice su temperatura. Si latemperatura de medición es diferente a 20°C, se corregirán las pérdidas delcobre a esa temperatura, tomando la variación de la resistencia que existaentre el valor de estabilización y los 20°C

A.7 Potencia de Lámpara

El balasto, operando en condiciones de plena potencia, con una lámpara devapor de sodio alta presión de la potencia correspondiente al equipoconsiderado, cumplirá con las pautas de la Norma IEC 60923 en modo defuncionamiento.

A.8 Potencia de Línea

En condiciones de ahorro de energía, operando con todos sus bobinados y lalámpara de referencia, el equipo consumirá un 40% menos de la potencia delínea en condición normal.

A.9 Corriente de Cortocircuito

El balasto tendrá una corriente de cortocircuito máxima de:

Potencia deLámpara

Corriente de Cortocircuito(Máxima)

70 1.96100 2.4150 3.2250 5.4

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400 8.2

A.10 Forma de Onda de la Corriente

El factor de cresta de la corriente de lámpara a tensión de arco y de rednominales no será superior a 1,7.

IGNITOR

B.1 Generalidades

Los ignitores serán de tipo superposición (serie / independientes) paracompatibilidad con lámparas de Sodio Alta Presión de alto rendimiento eindependizarse de los bobinados del reactor, prolongando la vida útil delbalasto por no exponer el mismo a alta tensión en los sucesivos arranques.

El ignitor será apto para operar una lámpara de sodio alta presión de lapotencia solicitada y deberá cumplir con las normas IEC 61347-1 e IEC60927

B.2 Construcción

Los componentes del ignitor estarán montados dentro de una caja depolipropileno auto extinguible rellena, de poliéster con carga mineral(carbonato de calcio) o poliuretano para favorecer la disipación de calor de loscomponentes. La caja del ignitor deberá cumplir el ensayo de hiloincandescente.

Los ignitores se proveerán con cables de salida para su conexión al resto delcircuito, siendo el cable de salida de alta tensión de tipo siliconado, para evitarla degradación del aislante del mismo con la temperatura (quebraduras típicasde los conductores con aislante de PVC) y así evitar las fugas de alta tensiónhacia el resto de los componentes del sistema.

B.3 Temperatura de Operación

El ignitor será apto para operar en recintos que no superen los 70°C.

B.4 Parámetros Eléctricos

Los ignitores deberán cumplir con los siguientes parámetros eléctricos:

Potencia de Lámpara 70 W 100 a 400 WTipo de Ignitor Serie SerieTensión de pulso mínima 1800 3500 VTensión de pulso 2300 5000mV

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máximaAncho de pulso mínimo(Medio al 90% de V picoMínima)

1 us (3 x 330 ns) 1 us (3 x 330 ns)

Pulsos por ciclo mínimo 6 6Posición del pulso ° Elec. 60 a 90 grados

eléctricos60 a 90 gradoseléctricos

CONMUTADOR

C.1 Generalidades

Los componentes del conmutador estarán montados dentro de una caja depolipropileno auto extinguible.

C.1 Construcción

C.1.1. La carcaza del equipo electrónico será de polipropileno auto extinguibleresistente al ensayo de hilo incandescente.

C.1.2 Se proveerán cables a salida para conexión al resto del circuito

C.1.3 Los Conmutadores podrán ser de dos tipos:

• Con línea de mando: para realizar la reducción de la potencia desde lacabecera de línea en los horarios que sean convenientes. Pudiendocompensar las diferencias estacionales a lo largo del año.

• Con temporizador: para realizar la reducción de potencia en formaautomática luego de un período opcional de entre 4 y 6 horas en pasosde ½ hora a definir en el momento de la fabricación luego delfuncionamiento a pleno flujo.

C.1.4 Los equipos de tipo temporizados, deberán contar con un sistema parapoder conmutar al estado de “ahorro de energía” sin necesidad de esperar eltiempo ajustado en el Timer y poder realizar, por ejemplo, mediciones depotencia de línea.

c.1.5 Los equipos Doble Nivel de Potencia deberán contar con borne paraconexión de un capacitor auxiliar adicional, de tal manera de mantenerconstante el factor de potencia en ambos estados de conmutación.

CONSIDERACIONES

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D.1 Construcción General de Equipos Doble Nivel de Potencias.

Los equipos armados en bandejas de Doble Nivel de Potencia deberán contarcon borneras para conectar al resto del circuito dentro de la luminaria dematerial Poliamida 6.6 auto extinguible, tensión eficaz de trabajo 400 V, deforma tronco ovales para evitar el desprendimiento del tornillo al desenroscarcompletamente el mismo. El grado de protección de las borneras será IP 20.No se aceptarán borneras con contactos accesibles.

Los terminales serán de material con tratamiento anticorrosivo, como porejemplo niquelado.

Los tornillos deberán ser de hierro para asegurar su resistencia mecánica, conun tratamiento anticorrosivo, como por ejemplo niquelado.

La bornera del equipo deberá tener la opción de colocar un capacitor adicionaly el conmutador deberá manejar dicho contacto para corregir el factor depotencia en ambos modos de trabajo, de tal manera que ambos capacitoresestén conectados a plena potencia y el auxiliar se retira de funcionamiento enforma automática cuando el equipo opera a potencia reducida.

D.2 Garantía

El proveedor deberá otorgar una garantía de 4 años a partir de la fecha defabricación, contra cualquier defecto de material, componentes o defectospropios de fabricación de los productos ofertados.

D.3 Sistema de Calidad

La empresa fabricante de los equipos deberá tener un Sistema de Gestión de laCalidad ISO 9001:2000 certificado por un organismo internacional, como ser lares internacional IQ Net para garantizar la continuidad de los equipos y unpermanente sistema de atención y reclamos de Clientes.

D.4 Documentación a Presentar:

Se deberá presentar con la oferta:

a) Copia de los certificados de gestión de la calidad aseguramiento de lacalidad ISO 9001:2000.

b) Lista de datos garantizados, emitida y firmada por el fabricante, decumplimiento de todos los requisitos de la presente especificación(balastos, ignitores y capacitores).

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c) Con cada partida se deberá presentar los protocolos que deberán incluirlos siguientes ensayos:

Para Balastos:

Calentamiento

Rigidez dieléctrica

Potencia en lámpara

Corriente de Cortocircuito

Destructivo para verificar el material del carrete de la bobina y suresistencia al calor y al fuego

Para ignitores:

Tensión de pulso

Ancho de pulso

Cantidad de pulsos por ciclo

Rigidez dieléctrica

Destructivo para verificar la construcción y su resistencia al calor y alfuego

Para Conmutadores:

Rigidez dieléctrica

Destructivo para verificar la resistencia al calor y al fuego del envase

Verificación del comando manual

Verificación del contacto para el capacitor auxiliar

NOTA: Todos los protocolos de los ensayos enunciados y/o solicitadosen las especificaciones técnicas de las luminarias, deberán serexpedidos en original y/o copias autenticadas, por un laboratorioreconocido por organismos certificador, tales como: la Comisión deInvestigación Científica de la Provincia de Buenos Aires (CIC), el

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Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y/o la UniversidadNacional de Tucumán (UNT).

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