adquisiciÓn de radios de comunicaciÓn portÁtiles …...-un (1) kit de programación compuesto...

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Página 1 de 14 FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN 1. OBJETO La presente negociación tiene como objeto la ADQUISICIÓN DE RADIOS DE COMUNICACIÓN PORTÁTILES CON SEGURIDAD DE VOZ PARA LA USATI DE LA CGR., cuyas características técnicas se encuentran detalladas en los documentos de condiciones especiales anexos al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de Puja por Cantidad: Posturas sucesivas con aumento de cantidades sobre un mismo valor total de negociación con un número mínimo de bienes a entregar para el ITEM 1, en una (1) operación, así: DESCRIPCION CANTIDAD mínima ITEM 1. Radio de comunicación con seguridad de voz de dos (2) vías, con batería adicional y accesorio de audio dos hilos, con tubo traslucido, adicionalmente debe venir: -Un (1) kit de programación compuesto para todos los radios objeto de adquisición con los siguientes elementos: - Una (1) licencia de software original para programación y calibración del radio. Instalado y funcionando en un equipo de cómputo en las instalaciones de la CGR del nivel central. - Un (1) cable de conexión para PC para el radio ofertado objeto de adquisición. La negociación incluye Con servicio de trasporte, configuración, mantenimientos preventivos y garantía especificada y los aspectos incorporados en el documento de condiciones especiales 40 Las características técnicas de los bienes y actividades a realizar por parte del vendedor se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales anexo, que hace parte integral de la ficha técnica de negociación. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios de cada uno de los elementos incluyendo el IVA correspondiente. El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la entrega de BIENES al comitente vendedor por encima o por debajo de la cantidad de bienes pactados en la rueda de negocios hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición en caso de aumento de las cantidades o la terminación anticipada en caso de disminución en cantidad de bienes, antes señalada de más o de menos, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con Quince (15) días CALENDARIO de anticipación a la fecha establecida de entrega de los BIENES. 2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN

UTILIZACIÓN

1. OBJETO

La presente negociación tiene como objeto la “ADQUISICIÓN DE RADIOS DE COMUNICACIÓN PORTÁTILES CON SEGURIDAD DE VOZ PARA LA USATI DE LA CGR.”, cuyas características técnicas se encuentran detalladas en los documentos de condiciones especiales anexos al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de Puja por Cantidad: Posturas sucesivas con aumento de cantidades sobre un mismo valor total de negociación con un número mínimo de bienes a entregar para el ITEM 1, en una (1) operación, así:

DESCRIPCION CANTIDAD

mínima

ITEM 1. Radio de comunicación con seguridad de voz de dos (2) vías, con batería adicional y accesorio de audio dos hilos, con tubo traslucido, adicionalmente debe venir: -Un (1) kit de programación compuesto para todos los radios objeto de adquisición con los siguientes elementos: - Una (1) licencia de software original para programación y calibración del radio. Instalado y funcionando en un equipo de cómputo en las instalaciones de la CGR del nivel central. - Un (1) cable de conexión para PC para el radio ofertado objeto de adquisición. La negociación incluye Con servicio de trasporte, configuración, mantenimientos preventivos y garantía especificada y los aspectos incorporados en el documento de condiciones especiales

40

Las características técnicas de los bienes y actividades a realizar por parte del vendedor se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales anexo, que hace parte integral de la ficha técnica de negociación. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios de cada uno de los elementos incluyendo el IVA correspondiente. El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la entrega de BIENES al comitente vendedor por encima o por debajo de la cantidad de bienes pactados en la rueda de negocios hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición en caso de aumento de las cantidades o la terminación anticipada en caso de disminución en cantidad de bienes, antes señalada de más o de menos, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con Quince (15) días CALENDARIO de anticipación a la fecha establecida de entrega de los BIENES.

2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

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El valor máximo de los bienes a adquirir será de CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($104.628.547,00), valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. Este recurso se ejecutará de acuerdo con los productos a adquirir hasta por los siguientes valores y partiendo de las siguientes cantidades mínimas:

CONCEPTO CANTIDAD

mínima

VALOR NEGOCIACIÓN

MAXIMO SIN IVA

PUJA POR CANTIDAD

Lote 1 - ITEM 1. Radio de comunicación con seguridad de voz de dos vías, con batería adicional y accesorio de audio dos hilos, con tubo traslucido, adicionalmente debe venir: - Un (1) kit de programación compuesto para todos los radios objeto de adquisición con los siguientes elementos: - Una (1) licencia de software original para programación y calibración del radio. Instalado y funcionando en un equipo de cómputo en las instalaciones de la CGR del nivel central. - Un (1) cable de conexión para PC para el objeto de adquisición.. La negociación incluye Con servicio de trasporte, configuración, mantenimientos preventivos y garantía especificada y los aspectos incorporados en el documento de condiciones especiales.

40 $ 104.628.547

3. PLAZOS PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo para la entrega de los PRODUCTOS objeto de la presente negociación se efectuara posterior al sexto día hábil contado a partir de la fecha de cierre de negociación sin que exceda el día 30 de noviembre de 2019. COSTOS DE ENTREGA: Los costos en que se incurra, de alistamiento, configuración, transporte, cargue, descargue e instalación a los bienes puestos en el sitio de entrega establecido, serán asumidos por el comitente vendedor. COORDINACIÓN DE ENTREGA: El comisionista vendedor entregará al comitente comprador, a través del comisionista comprador el cronograma de entregas de los elementos a partir del TERCER (3°) día hábil del cierre de la operación. Así mismo, el comitente vendedor informará al comitente comprador, a través de su Comisionista Comprador, mínimo con CINCO (5) días hábiles de anticipación a las fechas de entrega pactadas. De igual manera el comisionista vendedor suministrará al comisionista comprador la relación del personal que entregará los equipos y realizará la instalación del software necesario para la programación de los respectivos radios y el horario dispuesto para tal fin.

4. SITIO DE ENTREGA

La entrega de BIENES se deberá efectuar en la sede del nivel central de la Contraloría General de la

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República, ubicada en la carrera 69 No. 44-35 Piso 3 USATI. En la ciudad de Bogotá. El horario de entrega e instalación es de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m.

5. FORMA DE PAGO

El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. al comitente vendedor, en un único pago contra entrega y recibo a satisfacción de la totalidad de los BIENES objeto de adquisición. El plazo de pago a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. al comitente vendedor, será máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de entrega final de los bienes, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el siguiente párrafo que refiere la documentación requerida para efectos del pago. La documentación requerida para proceder con el único pago debe ser entregada por el vendedor al comprador en la sede central de la Contraloría General de la República (Carrera 69 No. 44 – 35, piso 1) a más tardar un (1) día hábil siguiente a la suscripción del acta de recibo a satisfacción por parte del supervisor designado, previa entrega de los BIENES, la cual se describe a continuación:

1. Totalidad de las Actas de Entrega de los equipos de comunicación y Acta de Recepción final de la totalidad de los bienes adquiridos suscrita con el supervisor en la ciudad de Bogotá D.C.

2. Certificación de recibido a satisfacción de la totalidad de los bienes expedida por el supervisor, en la que conste el grado de satisfacción en la ejecución del mismo, el desempeño del comitente vendedor en cualquiera de los siguientes grados: Excelente, bueno o malo.

3. Certificación expedida por el representante legal, o por el revisor fiscal si a ello hay lugar, en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, del período correspondiente.

4. Original de la factura, cuando las normas legales vigentes así lo exijan.

5. Copia del RUT, debidamente actualizado. El pago al comitente vendedor depende de la oportunidad y calidad en la presentación de los documentos e información señalados que en todos los casos deben ser allegados dentro del término concedido por la Bolsa para la acreditación de la entrega en el sistema dispuesto para estos efectos, en caso contrario el comitente comprador informara a través del comisionista comprador a la Bolsa, dicha situación para que proceda a la declaratoria de incumplimiento por no acreditación de la entrega. A partir de la radicación de la totalidad de documentos requeridos para el pago, en los plazos anteriormente informados, la supervisión contará con máximo ocho (8) días hábiles para su revisión y solicitará los ajustes a que haya lugar con la definición de tiempos máximos para subsanar, los cuales no podrán superar los tres (3) días hábiles. El tiempo de revisión de dicha subsanación por parte de la Supervisión será máximo de tres (3) hábiles una vez radicada dicha subsanación, en caso de ser necesario requerirá nuevamente subsanar bajo los plazos antes señalados, hasta que los documentos y la factura se encuentren avalados y aprobados en su totalidad por la Entidad. Sin perjuicio de lo anterior, el pago que se genere en virtud del contrato estará sujeto a la

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programación y aprobación del programa Anual Mensualizado de Caja -PAC y a la situación efectiva de los recursos por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

6. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN

A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad

Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40

(Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente

sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva

para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales

se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. Así como también que ha verificado que su

cliente está en condiciones de prestar el servicio con las condiciones establecidas en el documento

de condiciones especiales anexa a este documento; así mismo, deberá indicar el número del Boletín

de Negociación, el nombre de la Entidad Estatal y la identificación del Comitente Vendedor.

La certificación con todos los documentos señalados, debe ser entregada a más tardar al quinto (5)

día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación, antes de las 12:00 a.m.,

adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente Ficha

Técnica de Negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su

respectivo índice en una copia, que contendrá los documentos de carácter jurídico, técnico,

financiero y de experiencia.

El tercer (3) día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación la Unidad de Gestión

Estructuración remitirá antes de las 12:00 m a las Sociedades Comisionistas que hayan radicado

documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las Sociedades Comisionistas

Vendedoras, al segundo día hábil anterior a la fecha prevista para la celebración de la rueda de

negociación, a más tardar a las 02:00 p.m. deberán entregar los documentos objeto de revisión

sujetos a subsanación. La documentación que se allegue en este término deberá contener la carta

remisoria de la Comisionista Vendedora, indicando el número del Boletín de Negociación e

identificación del Comitente Vendedor.

Nota: En cumplimiento del artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación, será único, por lo que los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos, ni serán objeto de verificación documental.

6.1. CONDICIONES JURÍDICAS PREVIAS

1. Certificado de Existencia y de Representación Legal

Tratándose de persona jurídica, encontrarse inscrita en la Cámara de Comercio y tener vigente y renovada la matrícula mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, donde conste que el objeto social permita celebrar y ejecutar la negociación, y que la duración de la sociedad no es inferior a la vigencia de la misma y cinco (5) años más.

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2. Certificado de Matrícula de Persona Natural y del Establecimiento de Comercio (Si aplica)

Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce le permita celebrar y ejecutar la negociación.

3. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor (persona natural) y del representante legal (persona jurídica), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por el comitente comprador como condiciones de participación.

4. Documento privado de constitución de la figura asociativa; Consorcio o Unión Temporal Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual los requisitos jurídicos solicitados.

5. Certificado de pagos a la Seguridad Social y aportes Parafiscales. El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar), de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación.

6. Registro Único Tributario Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –. NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario, el cual deberá ser entregado al comisionista comprador dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la negociación. NOTA: Las condiciones incluidas en los numerales 7, 8, 9 y 10 deberán corresponder a la persona natural o el representante legal (persona jurídica) que, para todos los efectos, suscribe los documentos de condiciones de participación.

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7. Certificación de antecedentes fiscales No podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

8. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

9. Certificado Antecedentes Judiciales No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al comitente vendedor (persona natural y/o representante legal).

10. Certificación de no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales

Certificación con fecha de expedición no superior a Treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales.

11. Certificación de conocimiento y aceptación de todas y cada una de las obligaciones Certificación con fecha de expedición no superior a (30) treinta días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que conoce y acepta todas y cada una de las obligaciones, requisitos y demás condiciones establecidas en la ficha técnica de negociación y documento de condiciones especiales.

12. Certificación del Comitente Vendedor de no haber participado en operaciones declaradas incumplidas en negociaciones celebradas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia con el Comitente Comprador

Certificación con fecha de expedición no superior a (10) diez días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que no ha participado en operaciones declaradas incumplidas ni de forma individual, ni como integrante de consorcio o de unión temporal, en negociaciones en ruedas de negocios en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia con el COMITENTE COMPRADOR, durante el periodo comprendido en los últimos dos (2) años.

13. Registro Único de Proponentes.

Allegar Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad que

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corresponda, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación, bajo los términos establecidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Para tales efectos, deberá constar su inscripción y clasificación por el ítem a presentarse de acuerdo con la siguiente clasificación:

Grupo Código -

Segmento Código - Familia

Código - Clase Código

UNSPSC

(E) Productos

de uso final

43 Difusión de

tecnologías de Información y

Telecomunicaciones

19 Dispositivos

de comunicación y accesorios.

15 Dispositivos de comunicación

personal

43191500

6.2. CONDICIONES FINANCIERAS PREVIAS

Los indicadores solicitados deberán estar registrados en el RUP (con menos de 30 días de expedición), y con corte al 31 de diciembre de 2018:

INDICADOR FORMULA RANGO Índice de Liquidez

Activo Corriente/ Pasivo Corriente

Mínimo 1,40

Índice de Endeudamiento

Pasivo total / Activo Total

Máximo 68,18%

Razón de Cobertura de Intereses

Utilidad Operacional / Gastos de Intereses

Mínimo 2,70

Rentabilidad del Patrimonio

Utilidad Operacional / Patrimonio

Igual o superior a 16%

Rentabilidad del Activo

Utilidad Operacional / Activo Total

Igual o superior a 7%

Los comitentes vendedores extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP, deberán adjuntar Estados Financieros comparativos a 31 de diciembre de 2018 (Balance General, Estado de Resultados, Notas a los Estados Financieros) certificados por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal, si es del caso. Igualmente, deberán calcular cada uno de los indicadores solicitados anteriormente, y certificarse por Contador Público, Representante Legal y Revisor Fiscal, si es del caso, adjuntado fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigentes, del contador y revisor fiscal. Para el caso de participación de consorcios o, uniones temporales, los índices anteriormente señalados, se verificarán o determinarán, según el porcentaje de participación de cada integrante del consorcio, unión temporal y finalmente se suman para obtener el indicador correspondiente.

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NOTA:

1. Teniendo en cuenta que el resultado de los indicadores de Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional, son consecuencia de la aplicación de operaciones matemáticas, y para el caso del indicador de “Razón de Cobertura de Intereses” cuya fórmula propuesta en el Decreto 1082 de 2015 para su cálculo es : “Utilidad Operacional” dividido entre “Gastos de Intereses”, y que pueden existir empresas que no incurrieron en Gastos de Intereses en el ejercicio contable a evaluar, por lo tanto el denominador daría cero (0), lo cual desde el punto

de vista matemático, su resultado sería un valor indeterminado que tiende a infinito, es decir no se podría calcular este indicador; para este caso el comitente vendedor CUMPLE.

2. Si el resultado de cualquier indicador, ya sea de Capacidad Financiera o de Capacidad Organizacional, es negativo, el comitente vendedor NO CUMPLE.

6.3. CONDICIONES TÉCNICAS PREVIAS

1. REQUISITO DE EXPERIENCIA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL EN EL RUP: El comitente vendedor acreditará su experiencia mediante la información contenida en su Registro

Único de Proponentes. Por lo cual deberá allegar certificación suscrita por su representante legal

donde relacione el número del consecutivo de los contratos registrados en el RUP con los cuales

acreditará el requisito.

Los contratos deberán estar clasificados en el siguiente código UNSPSC, se deberá acreditar un valor mayor o igual a 153,88 SMMLV en mínimo uno (1) y máximo de tres (3) contratos registrados en el RUP, para lo cual se realizará la suma de los mismos.

CÓDIGO DESCRIPCION

43191500 Dispositivos de comunicación personal

ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL EN EL RUP PARA UNIONES TEMPORALES Y/O CONSORCIOS Cuando el comitente vendedor sea un consorcio o una unión temporal la experiencia será acreditada por la totalidad de sus integrantes, donde adicionalmente a los requisitos del numeral anterior, cada uno debe acreditar al menos un registro en el RUP que cumpla las características descritas en el numeral anterior. Para el cálculo de valor de los contratos acreditados se realizará la suma de los tres (3) registros de mayor valor presentados en los RUP de los integrantes del oferente plural, los cuales deberán igualar o superar 153,88 SMMLV. El comitente vendedor deberá acreditar experiencia en la ejecución de mínimo uno (1) máximo tres (3) contratos finalizados y entregados a satisfacción ejecutados dentro de los últimos tres (3) años ACREDITACIÓN EXPERIENCIA ESPECÍFICA: De conformidad con el Artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Artículo 221 del Decreto 19 de 2012, dadas la características técnicas del objeto a contratar y con el fin de verificar la

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experiencia específica en suministro, comercialización y/o venta de equipos de comunicación, situación que cabe aclarar, no puede ser verificada en el RUP puesto que corresponde a una condición contemplada en el cuarto nivel del código UNSPC y dicho documento de la Cámara de Comercio solo relaciona hasta el tercer nivel, en el mismo sentido, el RUP no relaciona el objeto de los contratos registrados por el posible oferente o sus condiciones particulares, por lo cual tampoco es posible evidenciar las cantidades de equipos suministrados en cada registro, anotando también, que un mismo contrato puede aportar experiencia múltiples códigos UNSPC sin discriminar ni valorar cuanto aporta a cada uno. Conforme a lo anterior, el comitente vendedor adicionalmente deberá allegar las certificaciones de los contratos registrados en el RUP con los que pretende acreditar los cuales deberán estar ejecutados con entidades públicas y/o privadas, o negociaciones en el escenario de Bolsa, cuyo objeto haya sido el suministro, comercialización y/o venta de equipos de comunicación y que la sumatoria del valor de los contratos sea igual o mayor 153,88 SMMLV. En las certificaciones se debe poder evidenciar, como mínimo, los siguientes datos:

- Entidad contratante - Entidad contratista - Fecha de Expedición de la certificación - Objeto - Fecha de Inicio - Fecha de Terminación. - Valor del contrato en pesos - Nombre, Firma y Cargo de quien expide la certificación. - Calificación: debe estar en el rango de aceptable, buena o excelente, o similar.

NO ACEPTARÁN CERTIFICACIONES CON CALIFICACIONES NEGATIVAS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA ESPECIFICA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA PARA UNIONES TEMPORALES Y/O

CONSORCIOS.

Cuando el comitente vendedor sea un consorcio o una unión temporal la experiencia especifica será acreditada por la suma de la experiencia especifica acreditada por sus integrantes, ejecutados en los últimos tres (3) años, cumpliendo con las características descritas en el numeral anterior, para el cálculo de valor de los contratos acreditados se realizará la suma de los tres contratos de mayor valor presentados, los cuales deberán igualar o superar 153,88 SMMLV. EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA1 Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, se aportará certificación emitida por la sociedad comisionista compradora en dicha negociación, las certificaciones de deberán contener mínimo la siguiente información de la operación:

• Nombre o razón social del comitente vendedor. • Objeto. • Número.

1 Teniendo en cuenta la participación de diversos proveedores en el Mercado de Compras Públicas la Entidad incluye la acreditación de experiencia a través de operaciones celebradas en la Bolsa.

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• Valor. • Calificación. (Si la certificación es expedida por el Departamento de Operaciones, deberá incluir si cumplió o no). • Fecha de Celebración.

NOTA: En caso de que la sociedad comisionista compradora en dicha negociación no se encuentre activa y no haya expedido la certificación la misma será expedida bajo los mismos términos por el Director del Departamento de Operaciones de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia, previa solicitud de la sociedad comisionista que está actuando por el comitente vendedor que desea acreditar la experiencia, solicitud que deberá efectuarse con la anticipación debida. 2. CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES DEL COMITENTE VENDEDOR.

Certificación suscrita por el representante legal del comitente vendedor cuya fecha de expedición no sea mayor a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, en la que certifique:

1. Que los bienes a entregar son nuevos, originales, no remanufacturados, o refurbished.

2. Que en caso de presentarse una actualización tecnológica en el hardware y/o software, que forme parte de los equipos a suministrar en cualquier momento anterior a la entrega definitiva, el comitente vendedor entregará los elementos actualizados, contando con autorización del comitente comprador y sin que esté incurra en costo adicional alguno. Se entiende que hay una actualización tecnológica en cualquiera de los elementos a negociar cuando se presenta una nueva versión en el mercado. En cualquier caso, el comitente vendedor no podrá negociar equipos, partes o programas que estén descontinuados por el fabricante original.

3. Que se compromete a cumplir con las exigencias fiscales y aduaneras, en caso de que

sean bienes importados.

4. Que se compromete a cumplir con los requisitos establecidos por la Entidad en el DCE y la FTN y las obligaciones del Comitente Vendedor.

3. CERTIFICACION DE GARANTÍA DE PRODUCTO

Certificación con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, donde se certifique que la garantía de cada uno de los bienes a negociar es de mínimo cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta final de recibo a satisfacción por parte de la supervisión delegada por el comitente comprador, sin perjuicio de la garantía de fábrica, en caso que el fabricante no garantice 5 años pueda ser respaldado el tiempo restante por comitente vendedor distribuidor de ser el caso.

Cuando el comitente vendedor ostente la calidad de FABRICANTE, la certificación será suscrita por su representante legal, cuando el comitente vendedor sea DISTRIBUIDOR AUTORIZADO la certificación será suscrita por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento. 4. CERTIFICACION DE FABRICANTE

Certificación suscrita por el representante legal del fabricante cuya fecha de expedición no sea mayor a treinta (30) días calendario previa radicación de documentos que acredite:

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Al comitente vendedor como Distribuidor Autorizado de los bienes a negociar.

Que cuenta con Centros Autorizados de servicio en Bogotá o cobertura de servicio técnico y el respaldo y suministro de repuestos mínimo por cinco (5) años.

5. CERTIFICACION DE RELACION DE MARCAS Relacionar documento donde se relacionen marca, modelo y referencia de los bienes que serán objeto de entrega. 6. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD El representante legal debe suscribir el acuerdo de confidencialidad anexo a la Ficha Técnica de Negociación.

7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de un (1) día hábil contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el tercer (3) día hábil siguiente a la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador.

8. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor de obligatorio cumplimiento para la ejecución de la negociación Obligaciones Generales del Comitente Vendedor Además de las previstas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y normas reglamentarias inherentes a la modalidad del proceso de selección y el reglamento de funcionamiento y operación de la Bolsa, y a las obligaciones derivadas de las disposiciones legales vigentes que regulan su actividad y las contenidas en los anexos de estos estudios, el comitente vendedor debe cumplir con las siguientes obligaciones: a) Cumplir con el objeto de la Negociación.

b) Suministrar conforme al documento de condiciones especiales, los bienes relacionados en la ficha

de negociación, en la forma y lugar establecido, los cuales deberán cumplir con las condiciones

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técnicas establecidas en los documentos de condiciones especiales.

c) Sin perjuicio de la autonomía técnica y administrativa, atender las instrucciones y lineamientos que durante el desarrollo de la Negociación se le impartan por parte de la entidad.

d) Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones y

entrabamientos.

e) Constituir las garantías requeridas tanto por el Sistemas de Compensación y Liquidación de la Bolsa, como las requeridas por el COMITENTE COMPRADOR, dentro de los términos correspondientes en el presente documento.

f) Las que le imparta el COMITENTE COMPRADOR o la persona que éste designe de conformidad

con lo establecido en la ficha técnica de negociación y los documentos de condiciones especiales, y que garanticen el cabal y oportuno cumplimiento del objeto de la Negociación.

g) Asumir por cuenta propia todos los costos y gastos que se generen por concepto de alistamiento,

transporte, empaque, carga, descarga, instalación, configuración y entrega en sitio de los elementos objeto de la Negociación en el lugar que le indique el supervisor designado por parte del COMITENTE COMPRADOR, en el lugar indicado por el comitente comprador.

h) Presentar la factura respectiva con el lleno de los requisitos fiscales, legales y administrativos

correspondientes y de acuerdo con la forma de pago presentada.

i) Cumplir con el acuerdo de confidencialidad presentado como condición de participación, adjunto a la presente ficha técnica de negociación.

j) Mantener en perfecto estado las instalaciones donde se efectuará la entrega e instalación de los

bienes objeto de la negociación, comprometiéndose a dejar los espacios de oficina igual a como estaban antes que iniciara el proceso de entrega e instalación, sin ningún costo adicional para el comitente comprador.

k) Las demás propias del objeto de la Negociación. Obligaciones Específicas del Comitente Vendedor.

1. Entregar radios de telecomunicaciones que cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas por la entidad.

2. Mantener las garantías de fábrica tanto para los radios como para sus accesorios.

3. Realizar dos mantenimientos preventivos y los correctivos a que haya lugar, durante el periodo de vigencia de la garantía de fábrica, coordinados por el supervisor designado por la CGR.

4. Garantizar un stock repuestos y suministrar los que se requieran durante el periodo de

garantía de fábrica, los cuales deben ser originales, nuevos, de primer uso, no

remanufacturados, y sin costo adicional para la Entidad, certificado directamente por el fabricante.

5. Realizar la transferencia de conocimientos, una vez entregado e instalado el software en el

equipo de cómputo de la CGR, en los términos solicitados por la entidad en su ficha técnica.

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6. Entregar los correspondientes manuales de instalación, administración, operación y

mantenimiento, catálogos de partes y componentes del sistema en medio físico y magnético; toda la documentación debe ser entregada en idioma español.

7. Entregar los bienes objeto de negociación, en el lugar señalado por el supervisor y asumir todos los riesgos y costos que se deriven del traslado.

8. Suministrar el personal, los medios y las herramientas idóneas para realizar las actividades de

programación y puesta en funcionamiento de los radios, para lo cual deberá entregar al supervisor del contrato el soporte cuyo personal técnico asignado está calificado y certificado por el distribuidor autorizado por el fabricante.

9. Asumir todos los costos inherentes al cumplimiento del objeto contractual.

10. Las demás que se deriven o sean inherentes al objeto y naturaleza del contrato y que

garanticen su cabal cumplimiento.

9. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación, tratándose de personas naturales o jurídicas de forma individual o de cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación tratándose de figuras asociativas (consorcio o unión temporal), las siguientes garantías: De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 2.2.1.2.1.2.18 del Decreto 1082 de 2015, además de las garantías exigidas por el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., y para asegurar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la operación, el comitente vendedor deberá constituir garantías que cubran como mínimo los siguientes amparos: Beneficiario: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Tomador: Comitente vendedor. Asegurado: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Se aclara que en el texto de la póliza deberá incluirse la entidad con su respectivo NIT: 899.999.067-2.

a) Cumplimiento: por valor asegurado correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor de

la operación más IVA y una vigencia igual al del término de ejecución de la negociación y seis

(6) meses más, contados desde el día de celebración de la operación.

b) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados: por un valor

asegurado correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor de la operación más IVA, por

el término de ejecución y tres (3) años, contados desde el día de celebración de la operación.

c) Calidad del Servicio: por un valor asegurado correspondiente al treinta por ciento (30%) del

valor de la operación más IVA, por el término de ejecución y tres (3) años, contados desde el

día de celebración de la operación.

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d) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales por un valor

asegurado equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la negociación más IVA y

vigente por el término de ejecución de la misma y tres (3) años más.

Parágrafo: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el comitente vendedor se compromete, dentro de los dos (2) días calendario, siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. En todo caso, corresponderá al comitente comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia, así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de las mismas.

10. SUPERVISIÓN

El comitente comprador por cuenta de quien se celebra esta operación utilizará mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la misma, para efectos de realizar el seguimiento a la correcta ejecución del contrato y de la negociación y cumplimiento satisfactorio del objeto del mismo. Por lo anterior, la supervisión y control de ejecución del contrato de comisión y de la operación de negociación en la Bolsa Mercantil de Colombia, serán ejercidas por el jefe de la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático USATI de la Contraloría General de la Republica, quien está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al comitente vendedor sobre asuntos de su responsabilidad quien estará obligado a acatarlas. La supervisión podrá designar personal de apoyo para el cumplimiento de la labor encomendada y, en todo caso, deberá ceñirse a la reglamentación interna de la Contraloría General de la Republica.