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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE GOBIERNO 1 | Sala de Gobierno ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 16 DE ENERO DE 2017. 1 1. MAGISTRADOS Y JUECES 1.1. Aprobar el acta nº 29, de la sesión plenaria de esta Sala de Gobierno, celebrada el día 10 de octubre de 2016. Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial. 1.2. Ratificar el acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2016, del Sr. presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se emite informe con relación a varias solicitudes de renovación de comisión de servicios con relevación de funciones para el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, en los mismos términos indicados en su día cuando se informó por este Tribunal Superior de Justicia -al que esta Sala de Gobierno expresamente se remite- sobre las peticiones iniciales respectivas de concesión de la comisión de servicio, siendo por lo tanto dicho informe: - Favorable respecto de las peticiones de las magistradas D.ª María Jesús Vegas Torres y D.ª Raquel Blázquez Martín, con destino en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y en el Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid, respectivamente. - Negativo respecto de las peticiones de los magistrados D. José Ángel Folguera Crespo, D. Francesc Lacueva Abad y D. Antonio Hernández Vergara, con destino en el Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid, en el Juzgado de lo Penal nº 6 de Alcalá de Henares y en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Fuenlabrada, respectivamente. Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial. 1.3. Ratificar el acuerdo de fecha 16 de diciembre de 2016, del Sr. presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se emite informe con relación a la solicitud de renovación de comisión de servicios con relevación de funciones, para el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, de la magistrada M.ª Teresa del Caso Jiménez, titular del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Alcobendas, en los mismos términos indicados en su día cuando se informó por este Tribunal Superior 1 Asistentes a la sesión: Sr. Vieira Morante, que la preside, Sr. Quintana Carretero, Sra. de la Cueva Aleu, Sr. Porres Ortiz de Urbina, Sr. Viejo Llorente, Sra. Iglesias Sánchez, Sr. Moreno García, Sr. Vieites Pérez, y Sr. Palazuelos Morlanés, que actúa como secretario. Todos los acuerdos son aprobados por unanimidad, salvo que se refiera otra circunstancia en nota al pie del apartado respectivo.

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE M ADRID

SALA DE GOBIERNO

1 | S a l a d e G o b i e r n o

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL

DÍA 16 DE ENERO DE 2017. 1

1. MAGISTRADOS Y JUECES

1.1. Aprobar el acta nº 29, de la sesión plenaria de esta Sala de Gobierno, celebrada

el día 10 de octubre de 2016.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.2. Ratificar el acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2016, del Sr. presidente del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se emite informe con relación a

varias solicitudes de renovación de comisión de servicios con relevación de

funciones para el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, en los mismos términos

indicados en su día cuando se informó por este Tribunal Superior de Justicia -al

que esta Sala de Gobierno expresamente se remite- sobre las peticiones iniciales

respectivas de concesión de la comisión de servicio, siendo por lo tanto dicho

informe:

- Favorable respecto de las peticiones de las magistradas D.ª María Jesús

Vegas Torres y D.ª Raquel Blázquez Martín, con destino en la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y

en el Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid, respectivamente.

- Negativo respecto de las peticiones de los magistrados D. José Ángel

Folguera Crespo, D. Francesc Lacueva Abad y D. Antonio Hernández

Vergara, con destino en el Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid, en el

Juzgado de lo Penal nº 6 de Alcalá de Henares y en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Fuenlabrada, respectivamente.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.3. Ratificar el acuerdo de fecha 16 de diciembre de 2016, del Sr. presidente del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se emite informe con relación a

la solicitud de renovación de comisión de servicios con relevación de funciones,

para el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, de la magistrada M.ª Teresa del

Caso Jiménez, titular del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Alcobendas, en los

mismos términos indicados en su día cuando se informó por este Tribunal Superior

1 Asistentes a la sesión: Sr. Vieira Morante, que la preside, Sr. Quintana Carretero, Sra. de la Cueva Aleu, Sr.

Porres Ortiz de Urbina, Sr. Viejo Llorente, Sra. Iglesias Sánchez, Sr. Moreno García, Sr. Vieites Pérez, y Sr.

Palazuelos Morlanés, que actúa como secretario. Todos los acuerdos son aprobados por unanimidad, salvo

que se refiera otra circunstancia en nota al pie del apartado respectivo.

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE M ADRID

SALA DE GOBIERNO

2 | S a l a d e G o b i e r n o

de Justicia –al que esta Sala de Gobierno expresamente se remite- sobre la

petición inicial respectiva de concesión de la comisión de servicio, siendo por lo

tanto dicho informe en sentido negativo.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.4. Ratificar el acuerdo de fecha 22 de diciembre de 2016, de la Presidencia de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, adscribiendo a la magistrada D.ª Cristina

Villa Cuesta al Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid, de conformidad

con lo establecido en el artículo 355 bis. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese al Juzgado Decano de Madrid

y al Juzgado de primera instancia nº 18, así como a la interesada y a la juez

sustituta Dª Teresa Fernández de Córdoba, con instrucción de que contra el

mismo cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.5. Ratificar el acuerdo de fecha 22 de diciembre de 2016, de la Presidencia de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, adscribiendo a la magistrada D.ª M.ª

Gladys López Manzanares al Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid, de

conformidad con lo establecido en el artículo 355 bis. de la Ley Orgánica del

Poder Judicial.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese al Juzgado Decano de Madrid

y al Juzgado de primera instancia nº 84, así como a la interesada y al magistrado

D. Jesús de Jesús Sánchez, con instrucción de que contra el mismo cabe recurso

de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por

los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.6. Asumir el informe de (la) Presidencia [del TSJM] sobre la situación y destinos a

fecha de 16-1-2017 de los jueces de adscripción territorial y jueces de apoyo al

juez de adscripción territorial en el ámbito territorial del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, a efectos de lo previsto en el artículo 347 bis de la Ley

Orgánica del Poder Judicial y dar traslado del mismo al CGPJ, del tenor literal

siguiente:

INFORME DE SITUACIÓN A FECHA DE 16/01/2017

ESC. JUEZ ADSCRIPCIÓN

TERRITORIAL DESTINO ACTUAL CAUSA

2991 RUBIO CABRERO, MARÍA

TERESA

50% Sección 29ª y 50%

refuerzo A. Provincial

50% (…) y 50% refuerzo secciones

penales

2994 ABAD SUÁREZ, SUSANA

MATILDE

Juzgados de lo

Mercantil Refuerzo Juzgados nº 1, 10, 11

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SALA DE GOBIERNO

3 | S a l a d e G o b i e r n o

3402 GONZÁLEZ TIMOTEO,

ALICIA

Juzgados Penales VSM

de Madrid

Refuerzo Juzgados nº 33, 34, 35, 36

y 37.

3581 POZO SÁNCHEZ,

FRANCISCO JOSÉ DEL

Juzgados de lo Social

Madrid nº 1, 2 y 5

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

3648 GARCÍA FERNÁNDEZ,

MARTA

Juzgados de lo

Mercantil Refuerzo Juzgados nº 5, 7, 9.

3714 VARGUES VALENCIA,

FRANCISCO BORJA

Juzgados Penales VSM

de Madrid

Refuerzo Juzgados nº 33, 34, 35, 36

y 37

3855 JIMÉNEZ GENTIL, JACOB Juzgados de lo Social

Madrid nº 3, 6 y 9

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

3882 OLMEDO PALACIOS,

MANUEL

Juzgados de lo Penal

Móstoles

Refuerzo ejecutorias Juzgados nº 1

a 6

3886 FERNÁNDEZ MUÑOZ,

ROBERTO

J. Instrucción nº 2

Alcobendas

Comisión de servicio en el GT del

TS

3894 PIÑONOSA ROS,

FRANCISCO JAVIER

Juzgados de lo Social

Madrid nº 7, 8 y 10

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

3901 ABAD ARRANZ, Mª

TERESA

J. Instrucción nº 21

Madrid Reducción Jornada 80% titular

3912 TOSCANO TINOCO,

JUAN JOSÉ

Audiencia Provincial

Sección nº 17ª (penal)

Refuerzo juicio oral especial

complejidad

3913 GARCÍA FUENTES,

SANDRA

Juzgados de lo Social

Madrid nº 11, 12 y 13

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

3964 MORENO SANTAMARÍA,

ARÁNZAZU

Juzgado de lo Penal nº

31 Madrid (…)

3965 BARÉS BONILLA, PILAR En servicios especiales

en GT del TS -------------------------------------------

4104 CARANZO RUBIO,

JAVIER

Juzgados de lo Social

Madrid nº 20, 24 y 27

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4199 BUSTAMANTE GIL, MARÍA

CRISTINA

Juzgados de lo Penal nº

1, 3 y 10 de Madrid Refuerzo

4221 HIDALGO SERNA,

SOLEDAD ESTER

Juzgados de lo Social

Madrid nº 15, 16 y 18

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4250 RAYA PÉREZ, ELENA Juzgados de lo Social

Madrid nº 17, 19 y 23

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4253 MUÑOZ GONZÁLEZ,

MARÍA VICTORIA

Juzgados de lo

Mercantil Refuerzo Juzgados nº 2, 3 y 8.

4309 ABASCAL JUNQUERA,

ALEJANDRO

Juzgado de lo Penal nº

5 de Alcalá de Henares Vacante por servicios especiales

4375 AMOR VEGAS, SIRA

MARIA

En servicios especiales

en CGPJ -------------------------------------------

4376 BEARDO OLIVARES,

MARIA FÁTIMA

Juzgados de lo Social

Madrid nº 26, 28 y 32

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4379 ALONSO FERNÁNDEZ,

SARA

Juzgados de lo Social

Madrid nº 29, 30 y 37

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4398 PRADA RODRÍGUEZ,

BEATRIZ VICTORIA

Juzgados de lo Social

Madrid nº 34, 39 y 40

Refuerzo de 10 JAT aprobado por

el CGPJ

4410 MARTÍN LECHÓN,

MIGUEL

Refuerzo Juzgados de lo

Social nº 37 y 38 de

Madrid

Refuerzo 2 JAT S.G.19-6-2016 (…)

4444 HERMOSO BELMONTE,

GRACIELA

Juzgado de lo Social nº

15 de Madrid

Refuerzo 2 JAT S.G. de 19-6-2016

(…)

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SALA DE GOBIERNO

4 | S a l a d e G o b i e r n o

4496 CUESTA GÓMEZ, JUAN

ALBERTO

Juzgados de lo

Mercantil Refuerzo Juzgados nº 4, 6 y 12.

4499 RODRIGO DÍAZ, DELIA Juzgados de Alcalá de

Henares

Refuerzo ejecutorias Juzgados nº

1º a 6ª

4547 PRESTEL CORROCHANO,

BEATRIZ

Juzgados de lo Penal nº

1, 3 y 10 de Madrid Refuerzo

4587 MATEO GOIZTUETA,

ANGEL

Juzgados de lo

Contencioso

Administrativo

Refuerzo Juzgados nº 30, 27,16, 22,

26,13 y 25

ESC. JUECES DE APOYO AL

JAT 66ª PROMOCIÓN DESTINO ACTUAL CAUSA

2 RODRIGUEZ MACHADO,

ALBA

Juzgados de lo

Contencioso

Administrativo nº 8 y 30

50% (…) en nº 8 y refuerzo en nº 30

7 BUESO HERNÁNDEZ,

LAURA

Juzgado Mixto nº 1de

Alcorcón Comisión de servicio en GT del TS

11 LEYVA DUQUE, FÁTIMA Juzgado 1ª Instancia nº

5 de Alcobendas Comisión de servicio en GT del TS

15 BLANCO RUEDA, JENIFER Juzgado 1ª Instancia nº

7 Móstoles (familia) Refuerzo

21 MÉRIDA MUÑOZ, VICTOR Juzgado Mixto nº 5 de

Colmenar Viejo Comisión de servicio en GT del TS

23 VICENTE PEREZ, DANIEL Juzgado Mixto nº 1 de

Leganés

Comisión de servicio en A.

Provincial

24 ALEGRE BORGE, LAURA

Juzgados de Tutelas e

Incapacidades de

Madrid (5)

Refuerzo de los cinco Juzgados

29 CODON ALAMEDA,

ALFONSO

Juzgado Mixto nº 7 de

Parla Comisión de servicio en M. Justicia

30 BURGOS NEIRA, JAVIER Juzgado Mixto nº 2 de

Navalcarnero Refuerzo

33 GOMEZ

HERNANGOMEZ, ANA

Juzgados de lo Social nº

1 y 2 de Móstoles Refuerzo

34 MOLINA PÉREZ, JUAN

PABLO

Juzgado 1ª Instancia nº

6 Alcalá de Henares Refuerzo

38 GARCIA MATILLA, ALBA

MARIA

Juzgado de lo Mercantil

nº 5 de Madrid

Liberación reparto del titular por 2

meses

39 CUATRECASA

MONFORTE, CARLOTA

Juzgado Mixto nº 6 de

Getafe (…).

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial.

1.7. Tomar conocimiento de los acuerdos de la presidencia de este Tribunal Superior

de Justicia de 16 y 23 de diciembre de 2016 sobre oferta y adscripción de plazas

a los jueces de adscripción territorial D.ª Cristina Bustamante Gil y D. Alejandro

Abascal Junquera y ratificar la adscripción de D.ª Cristina Bustamante Gil hasta el

30 de mayo de 2016, sin perjuicio de ulteriores prórrogas, al refuerzo de los

Juzgados de lo Penal números 1, 3 y 10 de Madrid y la adscripción de D.

Alejandro Abascal Junquera al Juzgado de lo penal nº 5 de Alcalá de Henares

hasta la reincorporación de su titular.

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SALA DE GOBIERNO

5 | S a l a d e G o b i e r n o

Los magistrados tomarán posesión en el destino adjudicado el siguiente día hábil

de su cese en el Juzgado de lo Penal nº 11 de Madrid en el caso de D.ª M.ª

Cristina Bustamante, y en la comisión de servicios que está llevando a cabo en

un juzgado central de instrucción en el de D. Alejandro Abascal.

En el supuesto de que estén disfrutando de permisos concedidos, tomarán

posesión al siguiente día hábil a su finalización.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese a los interesados, con

instrucción de que contra el mismo cabe recurso de alzada ante el Consejo

General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas, y dese traslado del mismo a los Juzgados Decanos de

Madrid y Alcalá de Henares para su conocimiento y a fin de que lo comuniquen

a los Juzgados afectados.

1.8. Ratificando el acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2016, de la Presidencia de

este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, prorrogar por un periodo de seis

meses a contar desde el 11 de enero de 2017 a la magistrada, juez de

adscripción territorial, D.ª Teresa Rubio Cabrero en el refuerzo de las secciones

penales de la Audiencia Provincial, asumiendo el equivalente al 50% de la carga

de trabajo de un magistrado de estas secciones, y adscribirla por igual periodo a

la Sección Vigésimo Novena de la Audiencia Provincial para que atienda el 50%

de (…).

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese a la Presidencia de la

Audiencia Provincial de Madrid a fin de que lo ponga en conocimiento de las

secciones afectadas, así como a la interesada, con instrucción de que contra el

mismo cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.9. Ratificando el acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2016, de la Presidencia de

este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, mantener la adscripción de D.ª Alba

Rodríguez Machado al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de

Madrid, para que se haga cargo del 50% de la carga de trabajo de la que está

exenta la magistrada titular en los términos ya aprobados por esta sala, y en

relación con el 50% restante, adscribirla al Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 30 de Madrid, con la finalidad de que lo refuerce para reducir

la pendencia de señalamientos en dicho juzgado.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese al Juzgado Decano de Madrid,

a su delegación en los Juzgados de lo contencioso administrativo, a los Juzgados

de igual clase 8 y 30, así como a la interesada, con instrucción de que contra el

mismo cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los

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SALA DE GOBIERNO

6 | S a l a d e G o b i e r n o

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.10. Dar audiencia a los magistrados integrantes de la Sala [de lo Contencioso-

Administrativo del TSJM, respecto de la propuesta de liberación parcial de

ponencias a su presidente], conforme a lo dispuesto en el art. 34.3 del

Reglamento 1/2005, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese a la Presidencia de la Sala de

lo Contencioso Administrativo de este TSJM, a fin de que se dé el trámite de

audiencia acordado a los Magistrados de la Sala.

1.11. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces del partido

judicial de Arganda del Rey, celebrada el día 20 de diciembre de 2016.

2. NO APROBAR el cambio de norma de reparto referido en dicha acta, ya que

posibilitaría la elección de juzgado por un demandante, todo ello sin perjuicio de

que la junta de jueces proponga otro sistema que evite ese efecto.

3. Interesar de la magistrada-juez decana de Arganda del Rey que con la mayor

urgencia se remita a esta Sala de Gobierno la hoja Excel cumplimentada con la

correspondencia entre las “Clases de registro” aprobadas por el CGPJ y las

normas de reparto de ese partido judicial, adaptada a las nuevas

modificaciones de las normas de reparto aprobadas.

4. Dado que la presentación de escritos iniciadores del procedimiento a través

de LexNet requiere la especificación de la clase de registro, con el código

correspondiente aprobado por el CGPJ, comunicar a todos los decanatos del

territorio sobre el que el TSJM extiende su jurisdicción que necesariamente toda

modificación de normas de reparto que aprueben las juntas de jueces deben

aparejar la modificación correspondiente de la citada página Excel, por lo que

no se pronunciará la Sala de Gobierno sobre la modificación propuesta si no se

acompaña la página Excel con la modificación oportuna.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al Juzgado Decano de Arganda del Rey.

1.12. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces del partido

judicial de Colmenar Viejo, celebrada el día 15 de noviembre de 2016.

2. Aprobar las modificaciones de las normas de reparto acordadas en los puntos

primero y segundo de dicha acta.

3. Aprobar la exención del reparto de asuntos al Juzgado Decano acordada en

el punto tercero de dicha acta.

4. Aprobar las modificaciones de las exenciones de reparto de asuntos, con

relación al Juzgado nº 2, encargado del Registro Civil, y al Juzgado de Violencia

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SALA DE GOBIERNO

7 | S a l a d e G o b i e r n o

sobre la Mujer, acordadas respectivamente en los puntos cuarto y quinto de

dicha acta.

5. Interesar de la magistrada-juez decana de Colmenar Viejo que, con la mayor

urgencia, se remita a esta Sala de Gobierno la hoja Excel cumplimentada con la

correspondencia entre las “Clases de registro” aprobadas por el CGPJ y las

normas de reparto de ese partido judicial, adaptada a las nuevas

modificaciones de las normas de reparto aprobadas.

6. Dado que la presentación de escritos iniciadores del procedimiento a través

de LexNet requiere la especificación de la clase de registro, con el código

correspondiente aprobado por el CGPJ, comunicar a todos los decanatos del

territorio sobre el que el TSJM extiende su jurisdicción que necesariamente toda

modificación de normas de reparto que aprueben las juntas de jueces deben

aparejar la modificación correspondiente de la citada página Excel, por lo que

no se pronunciará la Sala de Gobierno sobre la modificación propuesta si no se

acompaña la página Excel con la modificación oportuna.

Con certificación, particípese este acuerdo en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a la magistrada-juez decana

de Colmenar Viejo con indicación a la misma de que deberá dar la publicidad

suficiente a las nuevas normas de reparto (mediante publicación en el tablón de

anuncios del Decanato), conforme a lo dispuesto en el art. 12.6 del Reglamento

1/2000 de los Órganos de Gobierno de los Tribunales; particípese asimismo lo

acordado a los Ilustres Colegios de Procuradores y de Abogados con sede en la

Comunidad de Madrid, con remisión de las citadas normas, a los efectos de lo

dispuesto en el artículo citado.

1.13. Proponer en comisión de servicio, sin relevación de funciones, a D. Pedro Arduán

Rodríguez, titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 de Madrid, para

atender el 50% del Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid en los términos

aprobados por la Sala de Gobierno de 25 de abril de 2016, visto que su juzgado

es el que tiene una menor pendencia de entre los que han solicitado la

comisión.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.14. Tomar conocimiento de las sentencias dictadas por la magistrada titular del

juzgado [de lo Penal nº 30 de Madrid] y de las dictadas por la juez de

adscripción territorial que atiende el 50% de (…), correspondiente al periodo

comprendido entre el 10 de junio de 2016 y el 23/12/2016.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y notifíquese a la letrada del Juzgado de lo

Penal nº 30 de Madrid, que lo pondrá en conocimiento de las magistradas

interesadas.

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SALA DE GOBIERNO

8 | S a l a d e G o b i e r n o

1.15. 1. Aprobar el calendario anual del servicio de guardia, para el año 2017, del

partido judicial de San Lorenzo de El Escorial.

2. Dar traslado del citado calendario al Consejo General del Poder Judicial, al

Presidente y Fiscal Superior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al

Presidente y Fiscal Jefe de la correspondiente Audiencia Provincial, a la

Consejería de Justicia y de Interior de la Comunidad Autónoma, a los Colegios

de Abogados y Procuradores, así como a los Cuerpos de Policía Judicial del

correspondiente territorio. Publíquese en el Boletín Oficial de la Comunidad

Autónoma, de conformidad con el art. 46 del Reglamento 1/2005, de 15 de

septiembre de 2005, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de San

Lorenzo de El Escorial.

1.16. Aprobar los llamamientos para sustituciones que se detallan en el Cuadro

referido, incorporado al expediente.

Hágase saber que contra este acuerdo cabe interponer recurso de alzada o de

revisión, en su caso, ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos y

por los motivos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, en unión

de antecedentes, a las presidencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

y de la Sala de lo Social de este TSJM, a la presidencia de la Audiencia Provincial

de Madrid y a los Decanatos de los Juzgados de Madrid y de Fuenlabrada.

1.17. 1. Tomar conocimiento del acuerdo de fecha 10 de enero de 2017, de la

Presidencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior

de Justicia de Madrid relativo al traslado de expedientes de la Sección Primera a

la Sección Cuarta de dicha sala.

2. Aprobar el traslado de los procedimientos originariamente asignados a la

Sección Primera de la Sala y pendientes de resolución en la misma, relativos a las

materias “impuestos especiales”, “impuesto sobre Aduanas y tráfico exterior” y

“otros ingresos de derecho público, de naturaleza tributaria, de ámbito estatal

que no correspondan a la Sección quinta”, a la Sección Cuarta para que

continúen tramitación ante esta última, debidamente relacionados con

indicación del concreto trámite en que se encuentra cada uno de ellos, y,

dejando constancia de tal remisión de asuntos desde la Sección Primera a la

Sección Cuarta en cada uno de los procedimientos afectados, para su

conocimiento por las partes.

Hágase saber que contra este acuerdo cabe interponer recurso de alzada o de

revisión, en su caso, ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos y

por los motivos y forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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SALA DE GOBIERNO

9 | S a l a d e G o b i e r n o

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, en unión

de antecedentes, a la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y

a los presidentes de las Secciones Primera y Cuarta, así como a los letrados de las

secciones afectadas y de la Sala.

2. RELATIVO A MAGISTRADOS SUPLENTES Y JUECES SUSTITUTOS

2.1. 1. Tomar conocimiento de la sentencia 5647/2016 de la Sala Tercera del Tribunal

Supremo, dicta en el recurso nº 4338/2016, interpuesto contra resoluciones del

Consejo General del Poder Judicial dictadas en recursos de alzada nº 36/2015 y

373/2015.

2. Interesar que en sustituciones cortas, antes de efectuar el llamamiento se

solicite información de los señalamientos que conlleva y que, en todo caso, se

agoten las posibilidades de sustitución entre magistrados y jueces titulares. En

aplicación del mismo criterio establecido en esta sentencia, la sustitución

profesional abarcará también el tiempo empleado para dictar las sentencias o

resoluciones sobre los asuntos conocidos durante la sustitución, hasta el plazo

máximo establecido en las normas procesales.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, a los presidentes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y de lo

Social de este Tribunal Superior de Justicia, al de la Audiencia Provincial de

Madrid, y al magistrado decano de Madrid y a los de los 20 partidos judiciales de

la periferia de Madrid.

2.2. 1. Darse por enterada del contenido de la comunicación del Ministerio de

Justicia participando el importe de gasto en magistrados suplentes y jueces

sustitutos imputado en el mes de diciembre de 2016 al Tribunal Superior de

Justicia de Madrid.

2. Interesar al Ministerio de Justicia el incremento de este presupuesto dado el

efecto que va a producir la sentencia 5647/2016, de la Sala Tercera del Tribunal

Supremo dictada en el recurso 4338/2016, interpuesto contra resoluciones del

Consejo General del Poder Judicial dictadas en los recursos de alzada 369/2015 y

373/2015.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, en unión de antecedentes, y al Ministerio de Justicia.

2.3. Asumir la propuesta de acuerdo de 10 de enero de 2017 de Presidencia de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre modificación de los criterios de

llamamiento de magistrados suplentes y jueces sustitutos aprobados por la Sala

de Gobierno de este Tribunal en su reunión de 14 de septiembre y 5 de octubre

de 2015 respecto el punto 3.7, que quedará redactado en los siguientes

términos:

3.7.- En los supuestos de bajas de larga duración donde se produce la

momentánea reincorporación del magistrado o juez titular por pocos días, así

como en comisiones de servicio con breve interrupción, podrá llamarse al

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10 | S a l a d e G o b i e r n o

mismo magistrado suplente o juez sustituto que había actuado antes de la

breve reincorporación del titular. Se equipararan a estas situaciones las

adscripciones de magistrados, JAT o jueces de apoyo que por cualquier

circunstancia vayan a durar pocos días y que en todo caso no superen los

dos meses.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, a los Presidentes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y de lo

Social de este Tribunal Superior de Justicia, al de la Audiencia Provincial de

Madrid, y al magistrado Decano de Madrid y a los de 21 partidos judiciales de la

periferia de Madrid, dese traslado a los magistrados suplentes y jueces sustitutos

nombrados para el año judicial 2016/2017.

2.4. Darse por enterada de los informes de actuación remitidos por la magistrada

suplente, D.ª María Cruz Álvaro López, durante los meses de septiembre, octubre,

noviembre y diciembre de 2016.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial y a la

interesada.

2.5. Tomar conocimiento de la no atención el pasado 9 de diciembre de 2016 por

parte de la juez sustituta para el orden civil, D.ª (…), para atender el Juzgado de

Primera Instancia nº 18 de Madrid.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, al

magistrado juez Decano de Madrid y a la interesada, haciéndole saber que

contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del

Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas.

2.6. Tomar conocimiento de la no atención el pasado 9 de diciembre de 2016 por

parte de la juez sustituta para el orden civil, D.ª (…), para atender el Juzgado de

Primera Instancia nº 18 de Madrid.

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, al

magistrado juez Decano de Madrid y a la interesada, haciéndole saber que

contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del

Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas.

2.7. Ratificar todos los llamamientos efectuados a que se ha hecho referencia en el

anexo 1 de magistrados suplentes y jueces sustitutos nombrados para el año

judicial 2016/2017, llamamientos que, salvo aquellos en que se haya nombrado

por un periodo más corto por conocerse de antemano la fecha de su

finalización, se entienden hechos hasta la finalización del mes natural en que se

acordaron, sin perjuicio de su posible prórroga, en su caso por otro mes natural o

por otro plazo diferente, en función de sus circunstancias, o hasta que haya

disponibilidad de magistrados o jueces adscritos a la Presidencia del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid en virtud del artículo 355 bis de la LOPJ (o del

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11 | S a l a d e G o b i e r n o

antiguo artículo 118 de la LOPJ), jueces de adscripción territorial, jueces de

apoyo al juez de adscripción territorial o jueces en prácticas que pudieran

hacerse cargo de la plaza vacante o en la que el titular esté ausente hasta el

nombramiento de nuevo titular o su reincorporación.

Notifíquese a los interesados y con certificación comuníquese al Consejo General

del Poder Judicial, al Presidente Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de la Audiencia Provincial, y a los

decanos de los juzgados de Madrid Capital, y de los de Alcalá de Henares,

Arganda del Rey, Fuenlabrada, Navalcarnero, Torrejón de Ardoz y Valdemoro

relacionados en el anexo I que se adjunta al presente.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo

General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas.

3. RELATIVO A JUECES DE PAZ

3.1. Ratificar el acuerdo de la Presidencia del TSJM, de fecha 15 de noviembre de

2016, en el que se dispone “prorrogar la jurisdicción de D. Javier Sánchez Pardo,

juez de paz de Cubas de la Sagra, sobre el Juzgado de Paz de Torrejón de la

Calzada, hasta el nombramiento y toma de posesión de juez de paz titular o

sustituto de Torrejón de la Calzada”.

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.2. Ratificar el acuerdo de la Presidencia del TSJM, de fecha 4 de enero del 2017, en

el que se dispone que:

Habiéndose hecho constar, al encontrarse la plaza vacante de Juez de Paz

sustituto en dicha localidad, el visto bueno del juez de paz titular de Fuente el

Saz de Jarama, D. Francisco José Javier Bosch Novela, se procede, respecto

del periodo vacacional solicitado, que son los días 28, 29 y 30 de diciembre

de 2016 y los días 2, 3, 4 y 5 de enero del 2017, cumplido el trámite de

audiencia previsto en el artículo 212.1 de la LOPJ, y de conformidad con el

artículo 25.2 del Reglamento 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, a

prorrogar con carácter retroactivo la jurisdicción del Sr. juez de paz de Fuente

el Saz de Jarama, D. Francisco José Javier Bosch Novela, sobre el Juzgado de

Paz de Algete.

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12 | S a l a d e G o b i e r n o

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.3. Ratificar el acuerdo de la Presidencia del TSJM, de fecha 21 de diciembre de

2016, en el que se dispone que:

Visto que la expiración del mandato del juez de paz titular de la localidad de

Perales De Tajuña, D.ª Petra Manzanedo Mateo, es de fecha 12 de diciembre

de 2016 y, habiéndose acordado el nombramiento de nuevo juez de paz

titular para dicho municipio, prorróguese su mandato y llévese a la próxima

Sala de Gobierno para la ratificación de dicha prórroga de cargo del

anteriormente mencionado hasta que se produzca la toma de posesión del

nuevo juez de paz titular, si se estima oportuno.

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

3.4. Ratificar el acuerdo de la presidencia del TSJM, de fecha 22 de diciembre de

2016, en el que se dispone que:

Dada cuenta, visto el anterior escrito, de fecha 20 de diciembre de 2016,

remitido por el Ayuntamiento de la Villa de Robregordo, y visto su contenido,

al encontrarse la plaza vacante de juez de paz titular y sustituto en dicha

localidad, y adjuntando el visto bueno del juez de paz titular de Somosierra, D.

Juan García Torres con D.N.I (…), se procede, hasta el nombramiento de juez

de paz titular de la localidad de Robregordo, cumplido el trámite de

audiencia previsto en el artículo 212.1 de la LOPJ, y de conformidad con el

artículo 25.2 del Reglamento 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, a

prorrogar la jurisdicción del Sr. juez de paz de Somosierra, D. Juan García

Torres, sobre el Juzgado de Paz de Robregordo.

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

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13 | S a l a d e G o b i e r n o

3.5. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 13 de

diciembre de 2016 del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada y nombrar juez

de paz titular a D.ª Mónica Lourdes Lara Sacido.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Valdemoro,

Partido Judicial al que pertenece, al alcalde presidente del Ayuntamiento de

Torrejón de la Calzada, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.6. Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 13 de

diciembre de 2016 del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada y nombrar juez

de paz sustituta a D.ª Cristina Gaitán Arenas.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Valdemoro,

Partido Judicial al que pertenece, al alcalde presidente del Ayuntamiento de

Torrejón de la Calzada, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.7. Ratificar el acuerdo de la presidencia del TSJM, de fecha 22 de diciembre de

2016, en el que se dispone:

Visto que la expiración del mandato del juez de paz titular de la localidad de

Tres Cantos, D.ª Soledad Vargas Soria, es de fecha 4 de enero de 2017 y,

habiéndose acordado el nombramiento de nuevo juez de paz titular para

dicho municipio, prorróguese su mandato y llévese a la próxima Sala de

Gobierno para la ratificación de dicha prórroga de cargo del anteriormente

mencionado hasta que se produzca la toma de posesión del nuevo juez de

paz titular, si se estima oportuno.

Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder

Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de

ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el

Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que

establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas.

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14 | S a l a d e G o b i e r n o

4. ÁREA DISCIPLINARIA

[Sin asuntos.]

5. MEDIDAS DE APOYO Y SEGUIMIENTO

5.1. Darse por enterada del alarde formulado por D.ª Juana Patricia Rivas Moreno,

como magistrada-juez cesante del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº

26 de Madrid, y conforme al art. 127 del reglamento de la carrera judicial,

trasladar al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de

las copias del alarde recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al órgano judicial afectado.

5.2. Darse por enterada del alarde formulado por D.ª Beatriz Prestel Corrochano,

como JAT cesante del Juzgado de lo Penal nº 29 de Madrid, y conforme al art.

127 del reglamento de la carrera judicial, trasladar al Servicio de Inspección del

Consejo General del Poder Judicial una de las copias del alarde recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al órgano judicial afectado.

5.3. Darse por enterada del alarde formulado por D. Adrián Márquez Fernández,

como juez de apoyo al JAT cesante del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de

Alcalá de Henares (Madrid), y conforme al art. 127 del reglamento de la carrera

judicial, trasladar al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder

Judicial una de las copias del alarde recibidas.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al órgano judicial afectado.

5.4. Darse por enterada del alarde formulado por D. Francesc Lacueva Abad, como

magistrado-juez titular cesante del Juzgado de lo Penal nº 5 de Alcalá de

Henares (Madrid), y conforme al art. 127 del reglamento de la carrera judicial,

trasladar al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de

las copias del alarde recibidas, poniendo de manifiesto que se ha reducido a la

mitad la pendencia del juzgado.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y al órgano judicial afectado.

5.5. Tomar conocimiento del contenido del informe de evolución de la medida de

apoyo adoptada para el Registro Civil Central.

Notifíquese el presente acuerdo, en unión de antecedentes al Servicio de

Inspección del Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento.

5.6. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por las

Secciones Quinta y Vigesimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid sobre

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15 | S a l a d e G o b i e r n o

la actuación de la magistrada juez de adscripción territorial Dña. Teresa Rubio

Cabrero.

Particípese el presente acuerdo, en unión de antecedentes, al Servicio de

Inspección del Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento.

5.7. Tomar conocimiento del contenido de la comunicación remitida por la

Presidencia de la Audiencia Provincial de Madrid en relación a la evolución de la

medida de refuerzo por el juez de adscripción territorial D. Juan José Toscano

Tinoco en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Particípese el presente acuerdo, en unión de antecedentes, al Servicio de

Inspección del Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y

efectos.

5.8. Proponer en comisión de servicio, sin relevación de funciones, a D. Ignacio José

Fernández Soto, magistrado de la Sección Treinta de la Audiencia Provincial de

Madrid, para que asuma la mitad de la carga de trabajo de un magistrado de la

Sección Primera de la referida audiencia, debiendo resolver mensualmente 17

ponencias, presentar todas las resoluciones en formato electrónico y acudir al

menos dos días semanales a la sección para asistir a juicios y a las

deliberaciones, fundándose la propuesta en que el magistrado Sr. Fernández

Soto tiene amplia experiencia en la jurisdicción penal, pertenece a una sección

penal de la audiencia provincial que está ubicada en la misma sede que la

sección a reforzar, y su sección es la que menos pendencia tiene de entre los

órganos judiciales de los solicitantes.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

5.9. Ratificar el acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de

fecha 23 de diciembre de 2016 en los pronunciamientos número 1º, 2º y 3º con el

siguiente contenido:

1º.- Prorrogar por un período de seis meses a contar desde el 11 de enero de

2017 a la magistrada JAT D.ª Teresa Rubio Cabrera en el refuerzo de las

Secciones penales de la Audiencia Provincial, asumiendo el equivalente al

50% de la carga de trabajo de un magistrado de estas secciones, y adscribirla

por igual período a la Sección 29ª de la Audiencia Provincial para que

atienda el 50% de (…).

2º.- Como regla general la magistrada JAT será adscrita a la Sección 29ª.

La magistrada JAT podrá ser adscrita a las restantes secciones penales de la

Audiencia Provincial para refuerzo por circunstancias sobrevenidas, tales

como juicios o resoluciones de especial complejidad. En este caso, el/la JAT

asumirá el 50% de carga de trabajo en la Sección 29ª correspondiente a (…) y

otro 50% en la otra Sección reforzada.

Para realizar esta adscripción el Presidente de la Audiencia Provincial realizará

la propuesta con indicación del plazo, previo trámite de audiencia, para su

aprobación por la Sala de Gobierno del TSJM.

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16 | S a l a d e G o b i e r n o

3º.- Reglas de reparto:

En el caso de que la magistrada JAT preste servicios en la Sección 29ª le

corresponderá, por reparto informático, la misma carga de trabajo que un

magistrado titular, con una dedicación al 100%.

En el caso de que preste servicios en la Sección 29ª y en otra Sección

conjuntamente el reparto de la carga de trabajo se realizará de la siguiente

forma:

- En la Sección 29ª: el 100% de los asuntos de primera instancia de un

titular y el 40% de los restantes asuntos (6RPL, 4 RAA y 3 RAF/ADL),

partiendo de que un magistrado titular tienen como media la siguiente

carga de trabajo: 5 asuntos de enjuiciamiento, 16 RPL, 10 RAA y 7

ADL/RAF (total 38 asuntos).

- En la Sección concurrente: el 60% de los “restantes asuntos” (10RPL,

6RAA y 4ADL). Se le asignarán en esta Sección los primeros asuntos

ingresados de las clases antes expresadas en el mes anterior.

Notifíquese el presente acuerdo al Presidente de la Audiencia Provincial de

Madrid, al magistrado de la Sección Vigesimonovena de la Audiencia Provincial,

a la JAT Dña. Teresa Rubio Cabrera, con instrucción de que cabe interponer

recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos,

formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con

certificación en unión de antecedentes elévese al Consejo General del Poder

Judicial.

5.10. Ratificar el acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de

fecha 23 de diciembre de 2016, en relación a la medida de refuerzo para el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de Madrid con una juez de

apoyo al JAT, en los siguientes pronunciamientos:

Objeto:

La juez de apoyo deberá centrar su actividad en la celebración de vistas y el

dictado de las sentencias de los procedimientos abreviados que le sean

atribuidos, incluidas las de aclaración o rectificación.

Las actuaciones previas del procedimiento corresponderán al magistrado

titular del Juzgado reforzado.

Una vez dictada por la juez de apoyo la resolución definitiva correspondiente,

pasará el asunto nuevamente a la competencia del magistrado titular del

Juzgado reforzado para su ejecución o actuaciones siguientes, tales como

admisión y tramitación de recursos, impugnación de tasaciones de costas,

etc.

Reglas de asignación de cargas de trabajo y asuntos:

La asignación de asuntos a la juez de apoyo y la determinación de la carga

de trabajo que le corresponderá se ajustará a las siguientes reglas:

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17 | S a l a d e G o b i e r n o

1º.- Se asignará a la juez de apoyo una carga mensual de trabajo de

referencia consistente en la celebración de vistas y dictado durante el

período de duración de hasta 20 sentencias de procedimientos abreviados,

así como el dictado, en su caso, de los autos de aclaración o subsanación y

complemento de las mismas que procedan.

La cifra de resoluciones a dictar debe ser de sentencias, no computándose

desistimientos, satisfacciones extraprocesales, etc.

En el caso de periodos inferiores al mes la carga de trabajo será la parte

proporcional que corresponda al periodo de tiempo.

2º.- El letrado de la Administración de Justicia del Juzgado nº 30 atribuirá los

procedimientos que puedan señalarse para su celebración a la juez de

apoyo hasta completar el número de los asignados, de entre los más antiguos

de los señalados.

Se le realizarán los señalamientos de los juicios, y de acuerdo con la juez de

apoyo, el día que se disponga de sala de vistas en las siguientes semanas:

- 23 a 27 de enero 2017.

- 30 de enero a 3 de febrero 2017.

- 13 a 17 de febrero de 2017.

- 27 de febrero a 3 de marzo 2017.

- 13 a 17 de marzo 2017.

- 27 a 31 de marzo 2017.

3º.- Entrega de resoluciones: La totalidad de las sentencias asignadas a la juez

de apoyo como carga de trabajo habrán de ser dictadas y entregadas en la

Secretaría del Juzgado hasta el día último del plan inclusive, sin perjuicio del

cumplimiento de los plazos procesales.

4º.- Iniciación: desde el 9 de enero de 2017.

5º.- La duración del plan será de tres meses salvo que con anterioridad la juez

de apoyo sea destinada fuera del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid.

6º.- A la finalización del refuerzo se deberá informar a través de la delegación

del Decanato de Madrid en los Juzgados de lo contencioso administrativo

sobre el número de juicios celebrados y sentencias dictadas por la juez de

apoyo.

Notifíquese el presente acuerdo, al Decanato de los juzgados de Madrid y a su

delegación en los juzgados de lo contencioso-administrativo, al magistrado

titular del Juzgado de lo contencioso- administrativo nº 30 de Madrid y a la juez

de apoyo Dª Alba Rodríguez Machado, con instrucción de que contra el mismo

cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en

los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

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SALA DE GOBIERNO

18 | S a l a d e G o b i e r n o

Públicas, con certificación en unión de antecedentes elévese al Consejo

General del Poder Judicial

5.11. 1. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por las

magistradas jueces de adscripción territorial de refuerzo en los Juzgados de lo

Penal de Madrid nº 1, 3 y 10 en cuanto a la falta de medios materiales y

personales desde el inicio de la medida, poniendo de manifiesto que si a fecha

31 de enero de 2017 no se han resuelto todas las deficiencias anteriormente

mencionadas, necesarias para la eficacia de este refuerzo, singularmente el

número de funcionarios solicitado y aprobado por la Comisión Permanente en

fecha 21/07/2016, se dejará sin efecto la presente medida devolviendo las

causas a los juzgados reforzados.

2. Recabar, a través del Secretario de Gobierno de este Tribunal, información

detallada de las plazas de funcionarios que están vacantes en los órganos

judiciales de la Comunidad de Madrid.

Notifíquese el presente acuerdo al Decanato de los Juzgados de Madrid, a los

magistrados de los Juzgados de lo Penal nº 1, 3 y 10 de Madrid, a las jueces de

adscripción territorial, al Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid a la Consejeria de Justicia de la Comunidad de Madrid, con

instrucción de que cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General

del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas, y en unión de antecedentes, remítase testimonio al

Consejo General del Poder Judicial, y remítase testimonio, en unión de

antecedentes al Consejo General del Poder Judicial.

5.12. Tomar conocimiento del contenido de la comunicación del delegado del

decano de los juzgados de lo social de Madrid sobre la relación de los JAT y

letrados de la Administración de Justicia de refuerzo en los 30 juzgados con

mayor pendencia.

Particípese el presente acuerdo en unión de antecedentes al Servicio de

Inspección del Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y

efectos.

5.13. Ratificar el acuerdo del presidente de este Tribunal Superior de Justicia de

Madrid de fecha 23 de diciembre de 2016 por el que se prorroga el refuerzo del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Navalcarnero con el juez de

apoyo al JAT D. Javier Burgos Neira hasta el 30 de abril de 2017, salvo que con

anterioridad sea destinado fuera del ámbito del Tribunal Superior de justicia de

Madrid, en cuyo caso se dará por finalizado el refuerzo.

Notifíquese el presente acuerdo al Decanato de los Juzgados de Navalcarnero,

al titular del juzgado afectado y al juez de apoyo al JAT, con instrucción de que

puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del

Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los

motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con certificación en

unión de antecedentes elévese al Consejo General del Poder Judicial.

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19 | S a l a d e G o b i e r n o

5.14. Informar favorablemente a la medida de refuerzo solicitada por el Juzgado de

Instrucción nº 2 de Madrid consistente en el nombramiento de un funcionario del

cuerpo de tramitación por el plazo de 6 meses.

Particípese el presente acuerdo con certificación, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos.

5.15. Informar favorablemente a la solicitud de medida de refuerzo de los Juzgados de

lo Social nº 1 y nº 2 de Móstoles consistente en el nombramiento de un

funcionario por el plazo de 6 meses.

Particípese el presente acuerdo con certificación y en unión de antecedentes al

Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos.

5.16. Prorrogar por quince días el plazo para la elaboración del alarde a la Ilma. Sra.

magistrada D.ª Gladys López Manzanares con motivo de su cese en el Juzgado

de Primera Instancia nº 58 de Madrid.

Particípese el presente acuerdo a la Ilma. Sra. magistrada D.ª Gladys López

Manzanares y al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial

para su conocimiento y efectos.

6. ASUNTOS VARIOS

6.1. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por el

Consejo General del Poder Judicial, con relación a acuerdos dictados por esta

Sala de Gobierno, o que afectan al ámbito del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, incorporadas al expediente gubernativo con registro de entrada nº

187/2017.

6.2. 1. Tomar conocimiento del contenido del acuerdo adoptado por la Comisión

Permanente de dicho órgano, en su reunión de fecha 24/11/2016, aprobatorio

del “informe-propuesta elaborado por el Servicio de Estudios e Informes que

contiene los criterios generales para la asignación de la competencia para

conocer de la ratificación de los internamientos involuntarios urgentes por

trastorno psíquico y otras actuaciones de naturaleza civil de carácter

inaplazable”.

2. Dar traslado del citado acuerdo a los decanatos de los juzgados del territorio

sobre el que el TSJM extiende su jurisdicción y encomendar al magistrado-juez

decano de Madrid la realización, en su caso, de un proyecto de protocolo de

actuación y la propuesta de un servicio de guardia para los juzgados de la

jurisdicción civil.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, así como a todos los juzgados decanos del territorio sobre el que el TSJM

extiende su jurisdicción.

6.3. 1. Tomar conocimiento del contenido del acuerdo adoptado por la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión celebrada el

día 21 de diciembre de 2016, en el que se aprueba la atribución en exclusiva del

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20 | S a l a d e G o b i e r n o

conocimiento de los asuntos civiles que puedan surgir al amparo de la Ley

24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2011, de 7 de diciembre, de

Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño

Industrial, a los Juzgados de lo Mercantil números 7, 8, 9 y 10 de Madrid, con

efectos a partir del día 1 de abril de 2017.

2. Ratificar el escrito de fecha 30 de diciembre de 2016, del magistrado-juez

decano de los juzgados de Madrid, dirigido al Consejo General del Poder

Judicial, en el que se solicita a este órgano la rectificación del acuerdo

antedicho, en el sentido de que la atribución exclusiva de asuntos mencionada

en el mismo en relación a los juzgados de lo mercantil de Madrid, ha de

conferirse a los Juzgados números 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de Madrid.

6.4. Asumir el informe que más abajo se transcribe, elaborado por el Sr. secretario de

gobierno de este tribunal superior de justicia, de 12 de enero de 2017, respecto

de la consulta elevada por la magistrada-juez decana de los juzgados de

Collado Villalba, de 23 de diciembre de 2017, con relación a la presentación de

atestados por vía telemática, y trasladar a la Consejería de Presidencia, Justicia y

Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Justicia el

escrito de la magistrada-juez decana, para que establezcan un sistema de

presentación telemática de escritos por parte de las fuerzas y cuerpos de

seguridad del Estado, que posibilite su inmediato conocimiento por el juzgado

competente, discriminando los asuntos que exijan una respuesta urgente por

parte del juzgado, debiendo trasladarse mientras tanto los escritos en formato

papel:

I.- ANTECEDENTES

La magistrada-juez decana de los juzgados de Collado Villalba (Madrid) ha

formulado consulta a la presidencia de este Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, sobre la presentación telemática de atestados por parte de las

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a partir del 1 de enero de 2017.

El Excmo. Sr. presidente de este tribunal superior de justicia, mediante acuerdo

de fecha 30 de diciembre de 2016, ha dispuesto que se diera traslado de

dicha consulta a este secretario de gobierno para la elaboración de un

informe al respecto y su elevación a la consideración de la sala de gobierno

de dicho tribunal, en su sesión plenaria prevista para el próximo día 16 de

enero de 2017.

Por acuerdo adoptado en el día de la fecha por este secretario de gobierno

se ha dispuesto la elaboración del referido informe.

II.- FUNDAMENTACIÓN JURIDICA

A la cuestión ahora analizada le son de aplicación las siguientes normas y

preceptos jurídicos:

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21 | S a l a d e G o b i e r n o

La Disposición Final Duodécima de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de

reforma de la Ley 112000, de 7 de enero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil

relativa al uso por los interesados que no sean profesionales de la justicia de

los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la

presentación de escritos y documentos y la realización de actos de

comunicación procesal, ha establecido que dicha medida entrará en vigor el

1 de enero de 2017.

El artículo 2, apartado c) del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre,

sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia, en

relación con la Disposición Final Cuarta de dicha normativa, ha venido a

establecer bajo el concepto de presentaciones electrónicas las realizadas por

las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a través de un canal

electrónico.

Por tanto, a partir del 1 de enero de 2017, tal y como dispone la Ley 42/2015

de 5 de octubre de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se extiende la

obligatoriedad de utilizar medios electrónicos con la Administración de

Justicia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Policía Nacional, Guardia Civil,

Policías Locales, etc.,), de manera que dichos cuerpos policiales deberán

presentar telemáticamente los atestados policiales ante los Juzgados y

Tribunales.

No obstante, de las últimas y recientes reuniones recabadas tanto del

Ministerio de Justicia, como de la Comunidad de Madrid, que han sido

debidamente difundidas a los diferentes Letrados de la Administración de

Justicia de los diferentes tribunales de dicha Comunidad, mediante las

oportunas reuniones celebradas en los días 27, 28 y 29 de diciembre de 2016,

así como de la reciente reunión del Comité Técnico Estatal (CTEAJE),

celebrada en el día de ayer, se han podido obtener las siguientes

informaciones, relativas a la consulta planteada:

Presentación telemática de atestados policías en órgano judiciales.

Respecto a las presentaciones de atestados por parte de Policía Nacional y

Guardia Civil en la Comunidad de Madrid, está pendiente de homologación

por parte del Ministerio de Justicia del procedimiento de descarga de escritos

de forma unidireccional, homologación que está previsto que se produzca,

según manifestaciones de MADRID DIGITAL (antes ICM), para la semana del

16 de enero de 2017. Tras dicha homologación, se procederá a realizar un

desarrollo mediante la instauración de un programa piloto con dos o tres

Comisarías, estando previsto que a finales de enero de 2017 este

procedimiento este operativo para la Policía Nacional y Guardia Civil. Siendo

a partir de este momento cuando los órganos judiciales podrán requerir o

exigir la presentación exclusivamente por vía telemática de los atestados

policiales. En el momento en que esta funcionalidad se halle plenamente

operativa y se ponga en conocimiento de este Tribunal Superior de Justicia, se

dará traslado a todos los órganos judiciales a los efectos oportunos.

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22 | S a l a d e G o b i e r n o

En cuanto a la Policía Local, una vez que se haya producido la homologación

antes mencionado por parte del Ministerio de Justicia, los buzones

correspondientes serán activados de forma progresiva y bajo petición de las

Policías Locales correspondientes.

Actos de comunicación (Notificaciones) con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

del Estado.

Esta funcionalidad no estará operativa hasta el mes de abril de 2017, según

las previsiones de la Agencia MADRID DIGITAL, del mismo modo tan pronto

como esté disponible tal funcionalidad se pondrá oportunamente en

conocimiento de los diferentes órganos judiciales de la Comunidad de

Madrid.

Se recuerda, asimismo, que el correo electrónico no es un medio idóneo o

adecuado para la presentación de atestados policiales, por no reunir los

requisitos ni medidas de seguridad y garantía exigidos en la Ley 18/2011, de 5

de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la

comunicación en la Administración de Justicia.

Como consecuencia de ello, se pueden obtener las siguientes:

CONCLUSIONES:

La presentación telemática de atestados por parte de las Fuerzas y Cuerpos

de Seguridad del Estado en la Comunidad de Madrid, no está operativa en la

actualidad, por lo que dicha presentación deberá seguir efectuándose en la

forma habitual en que venía realizándose hasta ahora.

No disponiéndose en la actualidad de los medios técnicos adecuados, el

proceso para la presentación telemática de atestados policiales no se

encuentra operativo, lo que impide la elaboración de protocolos de

actuación.

El correo electrónico no es un medio idóneo o adecuado para la

presentación telemática de atestados policiales, por no reunir los requisitos, ni

medidas de seguridad y garantía exigidos en la Ley 18/2011, de 5 de julio.

En cuanto a la problemática que pueda surgir con la implantación del nuevo

sistema de presentación de atestados policiales, habrá de estarse, en su caso,

al sistema de presentación telemática que se establezca y las incidencias de

carácter técnico deberán dirigirse al centro de atención de usuarios

correspondiente.

En último término, señalar que la información que se facilita en el presente

informe, es una información esencialmente cambiante, puesto que se está

trabajando en la actualidad sobre dicha materia, por lo que día a día la

situación puede cambiar. No obstante, las diferentes modificaciones, cambios

o innovaciones que se vayan introduciendo podrán ser consultadas en la

página de inicio del sistema de gestión procesal IUS-MADRID en la pestaña de

"Novedades", sin perjuicio que desde esta Secretaría de Gobierno se vaya

comunicando a los diferentes letrados de la administración de justicia la

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23 | S a l a d e G o b i e r n o

información que sobre la materia se vaya facilitando por parte de la

Comunidad de Madrid o del Ministerio de Justicia.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese asimismo al Ministerio de

Justicia, a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la

Comunidad de Madrid, y al Juzgado Decano de Collado Villalba.

6.5. 1. Tomar conocimiento del contenido de los acuerdos de la magistrada-juez

decana de los juzgados de Móstoles, de fecha 20/12/2016 y de fecha

03/01/2017, con relación a la solicitud, a la Comunidad de Madrid, de dotación

urgente de sala de vistas adecuada para la celebración del acto del juicio

penal nº 4473/2015 del Juzgado de Instrucción nº 2, por motivo de la prevista

asistencia multitudinaria de partes, junto con posibles testigos y público

2. Trasladar a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de

la Comunidad de Madrid el acuerdo de la decana de 3 de enero, requiriendo la

urgente dotación de un local para la celebración del juicio oral referido en un

lugar comprendido dentro del territorio de la jurisdicción del juzgado de

instrucción mencionado.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Móstoles y a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de

la Comunidad de Madrid.

6.6. Tomar conocimiento de la documentación facilitada por la decana de los

juzgados de Torrejón de Ardoz y por el Presidente del TSJM, con relación al

incendio producido en fecha 11/01/2017 en la sede judicial sita en C/Granados,

nº 18, y ratificar la medida de suspensión de actividad adoptada por la decana

hasta que se garantice que las instalaciones de los juzgados están en las debidas

condiciones de salud, higiene y seguridad de los funcionarios y los usuarios de la

Administración de Justicia.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Torrejón de Ardoz y a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del

Gobierno de la Comunidad de Madrid.