acuerdo no. 03 de abroñ 16 de 2012, facultades venta de vehiculo

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ACUERDO No. 03 Abril 16 2012 “POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL PARA LA VENTA DE UN VEHICULO DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE COCORNÀ” El Honorable Concejo Municipal de Cocornà, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y especialmente las conferidas por el Artículo 313 de la Constitución Política, artículo 32 de la Ley 136 de 1994 y, CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con lo ordenado por el artículo 313 de la Constitución Política, es atribución de los Concejos Municipales autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo. 2. Que es atribución del Concejo Municipal conforme al numeral 3 del artículo 32 de la ley 136 de 1994, reglamentar la autorización al Alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo. 3. Que el Municipio de Cocornà cuenta dentro de su inventario de bienes muebles e inmuebles con un Vehículo Campero, Marca Mitsubishi, Línea Montero, Cilindraje Sport 3000, Placas OCD 206, Modelo 1997, Servicio Oficial, Carrocería Tipo STATION WAGON, Color blanco, Número de motor 6G72AK2095, Número de serie JAALS31P9VPO12371, Número de chasis K860VP12371. 4. Que la actual Administración Municipal de Cocornà, considera que el vehículo mencionado en el numeral anterior, genera sobrecostos en la operatividad y mantenimiento para el presupuesto del Municipio, que pueden ser disminuidos con la adquisición de un nuevo vehículo más económico en consumo del combustible, repuestos y mano de obra.

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Page 1: Acuerdo no. 03 de abroñ 16 de 2012, facultades venta de vehiculo

ACUERDO No. 03 Abril 16 2012

“POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL PARA LA VENTA DE UN VEHICULO DE PROPIEDAD DEL

MUNICIPIO DE COCORNÀ”

El Honorable Concejo Municipal de Cocornà, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y especialmente las conferidas por el Artículo 313 de la

Constitución Política, artículo 32 de la Ley 136 de 1994 y,

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con lo ordenado por el artículo 313 de la Constitución Política, es atribución de los Concejos Municipales autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.

2. Que es atribución del Concejo Municipal conforme al numeral 3 del artículo 32 de la ley 136 de 1994, reglamentar la autorización al Alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo.

3. Que el Municipio de Cocornà cuenta dentro de su inventario de bienes muebles e inmuebles con un Vehículo Campero, Marca Mitsubishi, Línea Montero, Cilindraje Sport 3000, Placas OCD 206, Modelo 1997, Servicio Oficial, Carrocería Tipo STATION WAGON, Color blanco, Número de motor 6G72AK2095, Número de serie JAALS31P9VPO12371, Número de chasis K860VP12371.

4. Que la actual Administración Municipal de Cocornà, considera que el vehículo mencionado en el numeral anterior, genera sobrecostos en la operatividad y mantenimiento para el presupuesto del Municipio, que pueden ser disminuidos con la adquisición de un nuevo vehículo más económico en consumo del combustible, repuestos y mano de obra.

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