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CONCEJO DE APARTADÓ Transparente, Responsable y Proactlio ! ALCALDÍA DE APARTAD() ACUERDO MUNICIPAL N°006 DEL 16 DE MAYO DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA PUBLICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE APARTADÓ" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE APARTADO En uso de sus atribuciones legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 313 de la Constitución Política, 32, y 91 de la Ley 136 de 1994, modificados por los artículos 18 y 29 de la Ley 1551 de 2012 ACUERDA ARTÍCULO 1°. El objeto del presente Acuerdo es formular la Política Pública de Participación Ciudadana en el Municipio de Apartadó. ARTÍCULO 2°. Para interpretar y aplicar el presente Acuerdo Municipal se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: Lineamiento de intervención en Participación Ciudadana que articula los planes, programas, proyectos y acciones que liderará la Administración Municipal, bajo las competencias que le confiere la ley. Esta política orienta el desarrollo de programas y proyectos específicos, así como un sistema de seguimiento y evaluación que permita dar cuenta de sus avances, siempre desde los principios que orientan la gestión del Municipio, los objetivos superiores del estado, la misión institucional y las metas del Plan de Desarrollo Municipal, promoviendo los intereses del conglomerado social en general, con el fin de educar a la ciudadanía en una actitud de vida proactiva con los intereses de la sociedad y que busque mejorar las condiciones de vida propias de la comunidad a partir de ejercicios democráticos. PARTICIPACIÓN CON INCLUSIÓN SOCIAL. Es el proceso que asegura que aquellos en riesgo de pobreza y exclusión social tengan las oportunidades y recursos necesarios para participar completamente en la vida económica, social y cultural disfrutando un nivel de vida y bienestar que se considere normal en la sociedad en la que ellos viven. La política Pública es un mecanismo institucional que favorece la inclusión social, permite acceder a beneficios tales como el empleo, acceso y la permanencia en los sistemas educativos y la búsqueda de protección social universal ante la enfermedad y la vejez. También contribuyen a lograr sociedades más cohesionadas la confianza en las instituciones estatales, una mejor institucionalidad de la política social que reduce o elimina el clientelismo político y la corrupción, el desarrollo del capital social, la aceptación de normas de convivencia y la disposición a participar en espacios de deliberación y en proyectos colectivos Estos factores generan sociedades con un mayor nivel de cohesión social, es decir, sociedades donde se conjugan mecanismos de inclusión social vinculados con la equidad y con comportamientos y valoraciones de las personas que favorecen el sentido de pertenencia a un proyecto común. Cra. 100 No. 96-06, 2do. Piso / Teléfono: 828 02 76 Cel: 3207621 153 E-mail: [email protected] / Apartado - Antioquia

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CONCEJO DE APARTADÓ

Transparente, Responsable y Proactlio ! ALCALDÍA DE APARTAD()

ACUERDO MUNICIPAL N°006 DEL 16 DE MAYO DE 2015

"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA PUBLICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE APARTADÓ"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE APARTADO

En uso de sus atribuciones legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 313 de la Constitución Política, 32, y 91 de la Ley 136 de 1994, modificados por los artículos 18 y 29 de la Ley 1551 de 2012

ACUERDA

ARTÍCULO 1°. El objeto del presente Acuerdo es formular la Política Pública de Participación Ciudadana en el Municipio de Apartadó.

ARTÍCULO 2°. Para interpretar y aplicar el presente Acuerdo Municipal se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

Lineamiento de intervención en Participación Ciudadana que articula los planes, programas, proyectos y acciones que liderará la Administración Municipal, bajo las competencias que le confiere la ley.

Esta política orienta el desarrollo de programas y proyectos específicos, así como un sistema de seguimiento y evaluación que permita dar cuenta de sus avances, siempre desde los principios que orientan la gestión del Municipio, los objetivos superiores del estado, la misión institucional y las metas del Plan de Desarrollo Municipal, promoviendo los intereses del conglomerado social en general, con el fin de educar a la ciudadanía en una actitud de vida proactiva con los intereses de la sociedad y que busque mejorar las condiciones de vida propias de la comunidad a partir de ejercicios democráticos.

PARTICIPACIÓN CON INCLUSIÓN SOCIAL.

Es el proceso que asegura que aquellos en riesgo de pobreza y exclusión social tengan las oportunidades y recursos necesarios para participar completamente en la vida económica, social y cultural disfrutando un nivel de vida y bienestar que se considere normal en la sociedad en la que ellos viven.

La política Pública es un mecanismo institucional que favorece la inclusión social, permite acceder a beneficios tales como el empleo, acceso y la permanencia en los sistemas educativos y la búsqueda de protección social universal ante la enfermedad y la vejez. También contribuyen a lograr sociedades más cohesionadas la confianza en las instituciones estatales, una mejor institucionalidad de la política social que reduce o elimina el clientelismo político y la corrupción, el desarrollo del capital social, la aceptación de normas de convivencia y la disposición a participar en espacios de deliberación y en proyectos colectivos Estos factores generan sociedades con un mayor nivel de cohesión social, es decir, sociedades donde se conjugan mecanismos de inclusión social vinculados con la equidad y con comportamientos y valoraciones de las personas que favorecen el sentido de pertenencia a un proyecto común.

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ARTÍCULO 3°. ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las disposiciones establecidas en este acuerdo deben ser de obligatorio cumplimiento para el Alcalde, los servidores públicos y la comunidad en general del Municipio de Apartadó.

ARTICULO 4°. ENFOQUE DE LA POLÍTICA. La Política Pública Participación ciudadana está enfocada en la democracia y la No violencia como forma de equilibrar y conciliar los distintos actores de la dinámica social, tanto de los poderes públicos, como de la sociedad en general.

La No violencia, se manifiesta en la no colaboración con los evidentes males sociales, es una desobediencia expresada en el rechazo al uso de toda forma de violencia, a la injusticia e inequidad en el desarrollo de la participación ciudadana, siempre pacíficamente, es una forma de ejercer el poder de una manera humanizadora, solidaria e integradora, respetando los derechos fundamentales y libertades individuales de los ciudadanos, afirmando la complementariedad entre el poder político y social.

ARTICULO 5°. PRINCIPIOS DE LA POLITICA: Son principios de la Política de Participación ciudadana.

5.1. Dignidad Humana y Reconocimiento: Es el respeto que merece toda persona sin importar su condición social o económica, la etnia o raza a la cual pertenece, su sexo, su religión o sus preferencias políticas. Este reconocimiento, que debe partir del propio individuo, implica la satisfacción de unas condiciones materiales y espirituales que le permitan vivir con dignidad.

5.2. Justicia Social: Busca la distribución equitativa de los recursos necesarios para la consolidación de una vida digna para todos.

5.3. Democracia: genera equidad en todos los procesos sociales, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los distintos grupos.

5.4. Participación: su ejercicio es estratégico para que todos los participantes incidan en las decisiones y el devenir de sus comunidades, de sus territorios en los ámbitos social, político, económico, cultural y ambiental. En otro nivel, la participación es decisiva en la construcción de relaciones equitativas en los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

5.5. Solidaridad: Ayuda mutua que debe procurarse todos los seres humanos en los diferentes ámbitos en los que transcurre su vida: familia, escuela, trabajo, comunidad.

5.6. Corresponsabilidad: Son corresponsables todas las Instituciones Públicas y privadas y ciudadanos(as) de construir una sociedad en condiciones de equidad e igualdad.

5.7. Inclusión: Todos los procesos administrativos, sociales, comunitarios, políticos, culturales, económicos y de participación propenderán porque se genere la inclusión de todos los actores sociales.

5.8. Respeto a la Diversidad: Es el reconocimiento de las diferencias existentes entre distintos grupos poblacionales y por sus particularidades, así como por la singularidad de sus demandas, necesidades e intereses.

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a través del fortalecimiento de las

procesos significativos en torno a la

cuidado, apropiación y utilización de

ARTICULO 6°. La Política Pública de Participación Ciudadana pretende disponer de las acciones, escenarios y actores para promover la Participación Ciudadana en el Municipio de Apartadó, como Práctica Social No violenta orientada a la exigibilidad de los derechos, el ejercicio de las libertades individuales, el respeto de la dignidad humana, el pluralismo, la identidad, la valoración de las diferencias, la participación democrática, la convivencia y la paz.

ARTICULO 7°. El Municipio de Apartadó, se compromete a desarrollar acciones tendientes a garantizar el acceso en igualdad de condiciones, a la Educación y Participación de todas las personas, en el marco de la formación de una ciudadanía activa y participativa en los distintos contextos situacionales, consciente de sus derechos y deberes, pluralista, respetuosa de las diferencias, y dispuesta a transformar el entorno a partir de la autogestión y el desarrollo de habilidades para la vida y el bienestar general.

Para ello, la Política Publica de Participación Ciudadana, se desarrollará en función de los siguientes lineamientos:

✓ Articulación de un lenguaje común para la Participación Ciudadana. ✓ Formación, capacitación en procesos de Educación y Participación Ciudadana. ✓ Generación de acciones de Participación Ciudadana en los distintos contextos

situacionales: familia, escuela, grupos sociales, espacios de articulación entre sociedad y estado, entre otros.

✓ Apropiación de estrategias de Educación Ciudadana consecuente con el cuidado del entorno (personas y territorio).

✓ Promoción de la Participación Ciudadana organizaciones sociales.

✓ Motivación de los actores con incentivos a Educación y la Participación Ciudadana.

✓ Firma de acuerdos ciudadanos para el uso, espacios públicos de beneficio común. Articulación interinstitucional.

✓ Diseño e implementación de directrices necesarias para construir común entre las secretarías y la ciudadanía alrededor de la la Participación Ciudadana.

✓ Implementación de proyectos transversales, enmarcados en la Ley fomentar aprendizajes orientados hacia el desarrollo de un Participación Ciudadana.

un lenguaje Educación y

tendientes a Cultura la

ARTICULO 8°. Para el desarrollo de la Política de Participación ciudadana se trabajará en coordinación con los siguientes organismos:

Presidencia de la República, Gobernación de Antioquia, Alcaldías de otros Municipios, Universidades, Organizaciones No Gubernamentales, Organismos de Cooperación Nacional e Internacional, Medios de Comunicación, entro otros.

ARTICULO 9°. Crease el Comité Interinstitucional de Participación Ciudadana, como organismo asesor, conformado por delegados permanentes de la siguiente manera:

✓ El Alcalde Municipal o su delegado ✓ El Personero o su delegado. ✓ El Coordinador de Participación Ciudadana del Municipio. ✓ 1 Representante del Concejo Municipal.

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✓ 1 Representante del Consejo Municipal de Participación Ciudadana. ✓ 1 representante de la Secretaría de Gobierno. ✓ 2 representantes de organizaciones sociales del municipio que ejecuten

procesos y proyectos relacionados con la Participación Ciudadana.

ARTICULO 100. FUNCIONES DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Son funciones del Comité Interinstitucional de Educación y Participación Ciudadana:

10.1. Asesorar al Alcalde sobre las acciones que se deben implementar para la puesta en marcha de la política; diseñar, formular y trazar los lineamientos que permitan la aplicabilidad de la política pública de Participación Ciudadana y realizar las gestiones necesarias ante las instituciones del estado y la empresa privada para adquirir recursos elementos y herramientas de apoyo.

10.2. Elaborar el Plan de Acción con estrategias, acciones, actividades, indicadores y metas relacionadas con la política.

10.3. Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes anuales y de la política ye informar sobre las gestiones adelantadas.

ARTICULO 11°. Créese la Mesa Intersectorial Participación Ciudadana como organismo promotor que hace las veces de espacio articulador de las acciones de la Política Pública entre el gobierno y la sociedad civil. En ellas deben participar Además de las instancias ya reconocidas de participación, los representantes de todos los espacios de participación ciudadana que existen en el Municipio y que se encuentran activos.

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ARTICULO 120. FUNCIONES DE LA MESA INTERSECTORIAL DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Son funciones de este organismo:

✓ Plantear y hacer seguimiento a los lineamientos y acciones descritos en la política.

Dar las sugerencias y aportes a las propuestas que plantea la Administración al respecto de la Política.

✓ Promover acercamientos con las comunidades en las que se desarrollan las estrategias allí consideradas. Para el desarrollo y ejecución de los programas y proyectos de la población, se consideran los programas sociales de la Secretaria de Inclusión social donde se fundamenta la aplicación de las diferentes políticas públicas. (Discapacidad, Adulto Mayor, Etnias, Juventudes, Mujer, Infancia).

ARTICULO 130. PROPÓSITO: Son propósitos de la presente política pública entre otros, los siguientes grupos poblacionales:

♦ DISCAPACIDAD.

"Con la INCLUSIÓN SOCIAL NADIE SE QUEDE POR FUERA", Es decir, hacia una cultura que promocione, reconozca, garantice o restituya los derechos y deberes de las personas con discapacidad y sus familias, entendidas estas como ciudadanos y ciudadanas.

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La inclusión social implica acceder, disponer, aportar y transformar las condiciones que determinan la desigualdad. También, reconocer y hacer uso de los recursos conceptuales, técnicos y metodológicos que contribuyen a reconstruir los lazos sociales y culturales para disfrutar de la vida y de la ciudad. Reconoce la etapa del ciclo de vida de la persona y de la familia, la etnia, género, sin tener en cuenta el estatus social.

Otro propósito, hacia la calidad de vida con dignidad. Es decir, hacia la búsqueda del bienestar de las personas con discapacidad sus familias, cuidadoras y cuidadores, mediante la satisfacción de necesidades que permitan conseguir una vida digna y libre desde las perspectivas: humana, social, económica, cultural y política.

Las dimensiones de la Política Pública de Participación ciudadana aplicable a (as personas en condición de Discapacidad se definen como:

a. Dimensión de desarrollo de capacidades y oportunidades. b. Dimensión ciudadanía activa. c. Dimensión cultural y simbólica. d. Dimensión de entorno, territorio y medio ambiente.

♦ ADULTO MAYOR.

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v Fortalecer las formas (de orgolizacieln 90muOtaria9 wis 9top p prornowor formas de ciudadanía: ✓ Aprovediar el capital social de los adultos mayores para el intercambio de

conocimientos y cualificación de la población adulta mayor hacia la productividad. ✓ Gestionar a nivel nacional la ampliación de cupos en el componente nutricional

del programa nacional de alimentación. Y Fomentar la participación artística de los Adultos Mayores en el rescate de la

historia y valores del Municipio. Y Gestionar la obtención de recursos para la dotación de uniformes para los

grupos de adultos mayores existentes en el municipio. Y Gestionar la adecuación de espacios para el desarrollo de actividades de los

centros días. ✓ Conformación de redes sociales de apoyo, establecidas como estrategias de la

protección social, con el fin de que los pobres mejoren sus condiciones de vida. Y Intervenciones públicas para asistir a personas, hogares y comunidades a

mejorar su manejo del riesgo y proporcionar apoyo a aquellos que están en extrema pobreza.

Y Diseño y aplicación de estrategias de solidaridad intergeneracional al interior de la familia y la sociedad.

✓ Fortalecimiento de la unidad familiar en torno a la solidaridad intergeneracional. Y Promoción del desarrollo de actividad física en toda la población a través de

todo el ciclo vital y crear hábitos que perduren en la edad adulta. ✓ Promover el deporte y la participación de las personas mayores en

competencias deportivas. Y Crear espacios que permitan a través de las personas mayores, el rescate de

las tradiciones, el saber popular y las costumbres de los diferentes grupos étnicos.

• ÉNFASIS DE LA POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA POBLACIÓN ADULTO MAYOR.

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✓ La comprensión de envejecimiento como proceso constitutivo de la vida misma que implica cambio permanente de un continuo vivir envejecer.

✓ La condición de personas como sujetos de derechos durante la vida en la comunicación como base de la convivencia y la solidaridad.

✓ Promoción del empoderamiento de las personas adultas mayores y de la movilización de organizaciones sociales.

✓ Desarrollo de mecanismos de denuncia y restitución para los casos de vulneración del derecho de las personas mayores.

✓ Acceso a la prestación integral de servicios de salud en condiciones de equidad, oportunidad, disponibilidad, y no discriminación.

✓ Diseño y aplicación de estrategias alternativas de convivencia para las personas mayores solas, Que vivan con familia o en centros de protección.

✓ Identificación de líderes comunitarios sociales como cuidadores y fortalecer su capacitación en el entorno gerontológico y liderazgo.

✓ Fortalecimiento de las políticas de mejoramiento de las viviendas, focalizadas a población pobre y vulnerable.

♦ ETNIAS

✓ Se debe promover el desarrollo integral para las diferentes etnias, su cultura, cosmovisión, organización social y proyecto de vida colectivo, bajo su propia autonomía, organización, participación e incidencia en la toma de decisiones.

✓ Reconocer y proteger los derechos humanos y definir acciones afirmativas como acciones para promover la inclusión mediante la definición de componentes de atención específica, políticas sectoriales que son más bien institucionales de bienestar social, cultura, salud, educación y organización comunitaria para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos.

✓ En esta política y plan se elabora una matriz de concertación donde se identifican los programas y proyectos de los ejes del Plan de desarrollo Municipal y las acciones propuestas por entidad así mismo se deja una columna para los acuerdos de la concertación.

♦ EQUIDAD DE GÉNERO.

✓ Garantizar el desarrollo integral de las mujeres y dar la aplicabilidad a las líneas de acción definidas en la política pública para las mujeres.

✓ Construcción de paz y transformación cultural. ✓ Autonomía Económica. ✓ Participación Social y política. ✓ Salud y derechos sexuales y reproductivos. ✓ Educación. ✓ Una vida libre de violencias.

♦ JUVENTUDES.

✓ Promoción de valores para la convivencia juvenil. ✓ Fortalecimiento de la participación juvenil para el desarrollo del Municipio.

✓ Fortalecimiento de las iniciativas que desarrollen las capacidades intelectuales y las expresiones estéticas juveniles, destrezas deportivas y lúdicas de la juventud.

✓ Respaldo a la formación de las habilidades y destrezas para la productividad económica juvenil.

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✓ Respaldo al libre desarrollo de la personalidad de la juventud.

♦ INFANCIA Y ADOLESCENCIA

✓ El Estado, la familia y la sociedad deben asumir conjuntamente el compromiso frente a la primera infancia para cumplir con la obligación, deber y responsabilidad que le corresponde a cada cual, de brindar a todos los niños y niñas del país las mejores oportunidades para su pleno desarrollo.

✓ Las posibilidades de hacer realidad la política se encuentran estrechamente ligadas a la iniciativa y capacidad de las autoridades territoriales para generar políticas, planes y/o programas, articulando las acciones y comprometiendo a las entidades y/o sectores responsables de la protección integral a la primera infancia, no solo a través de más y mejores servicios, sino impulsando el mejoramiento de las condiciones sociales, materiales y culturales, que rodean a los niños y su familia durante los primeros años de vida. Son las autoridades territoriales las llamadas a dinamizar, orientar y concertar la ejecución de la política, con sus respectivas acciones y la destinación de recursos, de acuerdo con el conocimiento de sus realidades. Por todo lo anterior la política de participación Ciudadana define las siguientes líneas estratégicas.

✓ Ofrecer atención a primera infancia. ✓ Mejorar la supervivencia y la salud de los niños y niñas, madres gestantes y

periodos de lactancia. ✓ Mejorar los procesos de identificación en la primera infancia. ✓ Promover el desarrollo integral de la primera infancia. ✓ Garantizar la protección y restitución de los derechos. ✓ Mejorar la Calidad de la atención integral. ✓ Fomentar la participación. ✓ Promover la comunicación y la movilización de la primera infancia.

ARTICULO 14° RECURSOS: La Administración movilizará los recursos humanos, físicos, sociales y económicos del Municipio, velando por la adecuada y efectiva aplicación de estos recursos, y promoverá la participación de los ciudadanos en esta política pública.

ARTICULO 15°. REGLAMENTACION: El presente Acuerdo será reglamentado por el Alcalde Municipal en coordinación con las Secretarias de Inclusión Social, Planeación, Gobierno y Educación, de conformidad con lo estipulado en el numeral 6 del artículo 91 de la ley 136 de 1994.

Parágrafo 1. Vinculación de Actores. En la reglamentación de esta política se tendrá en cuenta la participación de un grupo representativo de todos los sectores Sociales, de modo que se logre incluir sus necesidades e intereses y se asegure la coherencia de la política con las realidades del municipio.

Parágrafo 2. Legitimidad de la Política. La política tendrá un capítulo especial Destinado a su legitimación. No basta con que los actores asistan y participen sino que se logre llegar a un consenso general del contenido del texto, para que sea un asunto de todos y para todos.

ARTICULO 16°. Plan de Acción. La Administración Municipal liderará con los demás actores del proceso, el planteamiento de un plan de acción anual para el desarrollo de las estrategias enmarcadas dentro de la política pública.

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'Cv-v1.1.1- RA V. BERMUDEZ ROJAS

Secretaria General Apartadó, 16 de Mayo de 2015

CONCEJO DE APARTADÓ

Transparente, Responsable y Proactivo ! ARTICULO 170. Monitoreo, Evaluación y Seguimiento. La Administración Municipal realizará el monitoreo, evaluación y seguimiento a la Política Pública, a efectos de valorar los avances y determinar cambios y ajustes a los planes de acción establecidos, procurando síempre el cumplimiento del objetivo general de la política.

ARTICULO 180. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción publicación.

Dado en Apartadó en Sesiones Ordinarias del mes de Mayo de Dos Mil Quince.

Y

ALCALDÍA DE APARTAD()

RA V. BERMUDEZ ROJAS Secretaria General

HACE CONSTAR

Que este acuerdo fue discutido y aprobado en dos debates realizados los días 14 y 16 de Mayo de 2015, en sesiones ordinarias.

Cra. 100 No. 96-06, 2do. Piso / Teléfono: 828 02 76 Cel: 32 O 762115 3 E-mail: [email protected] / Apartadó - Antioquia

JE S dIRAL

O AGAMEZ

Pre 'dente

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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

ALCALDÍA DE APARTAD() OFICINA JURIDICA

ACUERDO N° 006 DE MAYO 16 DE 2015

(Cr iirmarkitt

1

,tl.go GE 0971

LUIS G Alc

"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA PÚBLICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE APARTADÓ"

Se hace constar que el Acuerdo N° 006 de 2015, aprobado en las Sesiones ordinarias del Concejo Municipal de Apartado en el mes de mayo de 2015, se recibe de la Secretaria de la misma Corporación, hoy diecinueve (19) de mayo de dos mil quince (2015), siendo las cuatro y cincuenta y nueve (04:59) de la tarde. Remítase al Despacho del Señor Alcalde, para su conocimiento y sanción legal.

hr) CCe4r1 -• H SMANY CA RILLON SAL1 AR Jefe Oficina Jurídica

Apartadó, 20 de Mayo de 2015.

En el Despacho del señor Alcalde Municipal, se sanciona legalmente el Acuerdo 006 de Mayo 16 de 2015 y se ordena su publicación. En original y dos (2) copias, remítase a la Sección Jurídica de la Gobernación de Antioquia para su revisión legal.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LDO AGUIRRE 119.11AWZST.ICatIATAZAR Jefe Oficina Jurídica

Elaboró: Yaneth P

Centro Administrativo Municipal / Cra 100 No. 1038-02,calle1038 Ne98-55/83 Tels.: 8 28 04 57 — 8 28 10 38 ext: 254 - 253 E-mail: iuridicaaanartado-antioquia.dov.co / www.apartado-antioquia.gov.co

¡Unidad y gestión para la prosperidad!