actos administrativos generales

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actos administrativos generales: Son aquellos que interesan a una pluralidad de sujetos de derecho, sea formado por un número indeterminado de personas o un número determinado ACTOS DE EFECTOS GENERALES: Son los llamados “normativos”, crean normas que pasan a formar parte del ordenamiento jurídico. Son fuente de Derecho y deben ser publicados en la Gaceta Oficial que corresponda. Según su destinatario, son dirigidos a una pluralidad, es decir, van dirigidos a un número indeterminado de personas, haciendo especial énfasis en la diferencia que se origina entre lo que debe ser interpretado como Acto Administrativo de efecto general, de contenido normativo, y al de Efecto General, el cual aun cuando pueda no contener el efecto normativo, puede interesar a un indeterminado número de personas. Crean, declaran, modifican o extinguen situaciones jurídicas generales. Pueden ser tanto de efectos generales como de efectos particulares. No tienen un lapso de caducidad para ser impugnados. Art. (13 y 72 de la Lopa). ¿De dónde emanan estos Actos Administrativos?

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Trabajo de Actos Administrativos Generales. Universidad Gran Mariscal de Ayacucho, Mencion Derecho Administrativo. Falcultad de Derechos.

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Page 1: Actos Administrativos Generales

actos administrativos generales:

Son aquellos que interesan a una pluralidad de sujetos de derecho, sea formado por un número indeterminado de personas o un número determinado

ACTOS DE EFECTOS GENERALES:

Son los llamados “normativos”, crean normas que pasan a formar parte

del ordenamiento jurídico.

Son fuente de Derecho y deben ser publicados en la Gaceta Oficial que

corresponda.

Según su destinatario, son dirigidos a una pluralidad, es decir, van

dirigidos a un número indeterminado de personas, haciendo especial

énfasis en la diferencia que se origina entre lo que debe ser interpretado

como Acto Administrativo de efecto general, de contenido normativo, y al

de Efecto General, el cual aun cuando pueda no  contener el efecto

normativo, puede interesar a un indeterminado número de personas.

Crean, declaran, modifican o extinguen situaciones jurídicas generales.

Pueden ser tanto de efectos generales como de efectos particulares.

No tienen un lapso de caducidad para ser impugnados.

Art. (13 y 72 de la Lopa).

¿De dónde emanan estos Actos Administrativos?

Los actos administrativos de efectos generales, pueden originarse o emanar de diferentes órganos:

Administración Pública; vale mencionar, que el Presidente de la República puede reglamentar las leyes, situación que no implica, que tenga una potestad exclusiva para dictar actos administrativos de efectos generales.

Los Ministros, también pueden hacerlo; los órganos desconcentrados con autonomía funcional; la Administración Pública Descentralizada; Los Institutos Autónomos; Los Colegios Profesionales; también emanan de los otros órganos del Estado que ejercen el Poder Judicial, el Poder Legislativo, el Poder Electoral y el Poder Ciudadano.

Page 2: Actos Administrativos Generales

Características

- Son actos administrativos, dictados en ejecución indirecta y mediata de la Constitución; y directa y mediata de la legislación; es decir, son de carácter sublegal.

- Siempre van a ser de efectos generales, de carácter normativo, integran o modifican un ordenamiento jurídico.

- Están destinados a un número indeterminado o indeterminable de personas.

- Siempre estará subordinado a la Ley.