actividad inicial contabilidad
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CONTABILIDAD 102004A_220
LEY 1314 13 JULIO 2009
TUTOR
SILVA BARRIOS MIGUEL
INTEGRANTE
LISDEY LUCIA MANCHEGO PLAZA
CODIGO:
1069485639
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD
12/02/15
INDICE
1 Introducción……………………………………………………………….. 1
2 Objetivos…………………………………………………………………… 2
3 Ensayo de la ley 1314 del 13 julio de 2009……………………………. 3
4 Conclusión…………………………………………………………………. 4
5 Bibliografía…………………………………………………………………. 5
INTRODUCCION
Ley que se ha diseñado para el propósito de mantener la integridad de la información de
los datos contables, financieros y económicos, con la finalidad de facilitar las igualdades
entre las cantidades comerciales, ya que son necesarias algunas normas debido a la
diversidad de evaluaciones y procesos aplicables a la información contable.
La sociedad ha considerado que esta norma es necesaria para poder observar una
conducta en el ser humano ordenada en todas sus actividades contables, razón por la
cual existen leyes de derecho penal.
Colombia es un país que se ha destacado por su excelencia y respeto de sus normas.
Consiguiente a esto las leyes son necesarias para mantener el orden en la dirección y en
la formación de sus operaciones económicas, esta ley regula los principios y las normas,
también reforma el consejo técnico de la contaduría pública y le asigna unas nuevas
funciones y se clasifica en tres categorías la de las grandes empresas, la delas pequeñas
empresas y medianas empresas y las de régimen simplificado, escenarios en que actúa el
contador público. Además eleva a categoría legal, es decir obligatoria, la auditoría
integral.
OBJETIVOS GENERAL
Estudiar los procesos contables pertenecientes a la ley 1314 del 13 de julio de 2009 estipulada en la constitución.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1 Analizar la importancia de los principios y normas de la contabilidad.
2 Afianzar los conocimientos sobre sus beneficios.
LEY No 1314 13 JULIO 2009
“POR LA CUAL SE REGULAN LOS PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA Y DE ASEGURAMIENTO DE INFORMACION
ACEPTADOS EN COLOMBIA, SE SEÑALAN LAS AUTORIDADES COMPETENTES EL
PROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICION Y SE DETERMINAN LAS ENTIDADES,
RESPONSABLES DE VIGILAR SU CUMPLIMIENTOS.
Regla que consistente en La concertación de Estándares de Contabilidad y
Aseguramiento de la Información de alta calidad, reconocidos a nivel internacional, lo cual
les permitirá a pequeños y grandes empresarios del país y a los Contadores Públicos,
inscribirse desde el reconocimiento del entorno nacional en el proceso de la globalización
económica. Esta norma consiste en:
•Reglamentar la convergencia de nuestras normas contables con las internacionales,
Evitar la incoherencia de reglamentaciones entre superintendencias y otros organismos
del estado, Imponer al Consejo Técnico de la Contaduría Pública como redactor único de
las normas de convergencia, Separar las normas contables de las tributarias, Fijar plazos
(desde el 2010 hasta el 2014) para la puesta en marcha de la convergencia, Obligar a
llevar contabilidad al Régimen Simplificado De acuerdo con el comunicado del Gobierno
Nacional, la nueva ley de contabilidad:
1) Facilita el acercamiento de las normas colombianas al sistema internacional, resuelve
la diversidad y desarticulación de regulaciones, así como los conflictos con la contabilidad
tributaria.
2) Establece normas de contabilidad e información financiera que conforman un sistema
único y homogéneo de alta calidad, lo cual facilita el control de la información contable
relacionada con la inversión extranjera. La transparencia en los reportes financieros
reduce los costos de transacción para las empresas, facilitan el desarrollo del mercado
decapítales y posibilitan la interpretación uniforme y comparable con compañías de otras
latitudes.
3) La nueva Ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la
normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores
públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación, promulgación y
aseguramiento.
BENEFICIOS DE LA LEY
•Mejorar la productividad de las empresas colombianas
•Mejorar la Competitividad de las compañías del país
•Mejorar el desarrollo armónico de la actividad empresarial
•Fortalecer la arquitectura financiera nacional
•Disminuir los riesgos de crisis en el sector privado
•Disminuir los efectos negativos asociados con las crisis
•Permitir a los inversionistas, nacionales o extranjeros, desarrollar sus propuestas de
inversión y adoptar sus decisiones de manera informada
•Contribuir a la inversión extranjera directa y de portafolio
•Permitir a las grandes empresas la utilización de normas ajustadas a los mercados
internacionales, entre otra.
Esta ley se hace con el fin de mejorar la productividad, la competitividad y el desarrollo
armónico de las actividades empresariales de quienes operan en el país, es necesario
que el Estado establezca normas de contabilidad e información financiera y de
aseguramiento de información, que conformen un sistema único y homogéneo de alta
calidad, comprensible y de forzosa observancia, por cuya virtud los informes contables y,
en particular, los estados financieros, brinden información comprensible, transparente,
comparable, pertinente, confiable y útil para la toma de decisiones económicas por parte
del Estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, los inversionistas
actuales o potenciales y otras partes interesadas.
Posterior a esto el gobierno conforma un grupo de consejo técnico de la contaduría
pública en el cual garantiza una mejor combinación de las habilidades técnicas y
experiencias en la materia a las cuales hace referencia este artículo, esto lo hace para
obtener proyectos de normas de alta calidad.
CONCLUSION
La finalidad del anterior trabajo da a conocer la importancia de la integridad de los datos
contables de una determinada ley la cual permite la igualdad de cantidades en cuanto a
precios regulados por los contadores de pequeñas y grandes organizaciones sociales con
un fin comercial.
Esta ley le otorga facultades al Presidente de la República para que, a través de las
entidades señaladas en la misma ley (Consejo Técnico de la Contaduría Pública,
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Ministerio de Hacienda y Crédito Público),
expida las normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la
información, que conformen un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible
y de forzosa observancia, por cuya virtud los informes contables y, en particular, los
estados financieros, brinden información financiera comprensible.
BIBLIOGRAFIA
https://www.superfinanciera.gov.co/SFCant/NormativaFinanciera/ley1314_09.pdf
http://www.incp.org.co/document/aplicacion-decreto-1851-de-2013/