actividad financiera del estado para estudiar

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Actividad financiera del Estado I.1.- CONCEPTO La Actividad Financiera del Estado es la función que éste desarrolla para procurarse los recursos necesarios y estar en condiciones de sufragar los gastos públicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo, mediante la prestación de los servicios públicos correspondientes. Asimismo, esta actividad se desenvuelve dentro de la Administración Pública y tiene como finalidad la satisfacción de las necesidades colectivas. Las actividades públicas, las funciones públicas son servicios de los cuales no puede prescindir una sociedad, como son La Justicia, La Defensa Nacional, La Seguridad Pública, Los Transportes, La Actividad Educativa, La Actividad Económica del Estado, El Crédito Público y Otras. El Estado para poder llevar a cabo su función financiera, requiere de ciertos recursos y una vez que los obtiene los administra y por último, los aplica para satisfacer las necesidades de la sociedad, que en si es el objetivo esencial de esta función. El Estado obtiene sus recursos por muy diversos medios, como la explotación de sus propios bienes y el manejo de sus empresas, así como por el ejercicio de su poder de imperio, con base en el cual establece las contribuciones que los particulares deberán aportar para los gastos públicos. Finalmente, su Presupuesto se complementará con otros mecanismos financieros, que en calidad de empréstitos vía crédito interno o externo, obtendrá de otros entes. Esta situación da origen a una necesaria relación de Interdependencia entre gobernantes y gobernados derivándose en la Importancia que tiene el Esta integrado por Las Necesidades Públicas: Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la actuación del Estado quien será garante de las principales necesidades que se originen dentro de una

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como se fundamenta la actividad financiera del estado

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Actividad financiera del Estado

I.1.- CONCEPTOLa Actividad Financiera delEstadoes lafuncinque ste desarrolla para procurarse losrecursosnecesarios y estar en condiciones de sufragar losgastospblicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo, mediante la prestacin de losservicios pblicoscorrespondientes. Asimismo, esta actividad se desenvuelve dentro dela AdministracinPblica y tiene como finalidad la satisfaccin de las necesidades colectivas.

Las actividades pblicas, lasfuncionespblicas sonserviciosde los cuales no puede prescindir unasociedad, como son LaJusticia, La Defensa Nacional, LaSeguridadPblica, Los Transportes, La Actividad Educativa, La Actividad Econmica del Estado, ElCrditoPblico y Otras.

El Estado parapoderllevar a cabo su funcin financiera, requiere de ciertos recursos y una vez que los obtiene los administra y por ltimo, los aplica para satisfacer las necesidades de la sociedad, que en si es elobjetivoesencial de esta funcin.

El Estado obtiene sus recursos por muy diversosmedios, como la explotacin de sus propiosbienesy el manejo de susempresas, as como por el ejercicio de su poder de imperio, con base en el cual establece las contribuciones que los particulares debern aportar para los gastos pblicos. Finalmente, suPresupuestose complementar con otros mecanismos financieros, que encalidadde emprstitos va crdito interno o externo, obtendr de otros entes.Esta situacin da origen a una necesaria relacin de Interdependencia entre gobernantes y gobernados derivndose en la Importancia que tiene el

Esta integrado por

Las Necesidades Pblicas:Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la actuacin delEstadoquien ser garante de las principales necesidades que se originen dentro de una colectividad, necesidades stas que solamente podrn ser satisfechas porel Estadodebido a que son de imposible cumplimiento por cada uno de los individuos que conforman el colectivo.

1.2.1.2-Servicios Pblicos:Son las actividades que el Estado realiza en procura de la satisfaccin de las necesidades pblicas. Se encuentran estrechamente vinculados a las necesidades frente a las cuales estn llamados a satisfacer, por lo cual se distinguir entreserviciospblicos esenciales y no esenciales.

1.2.1.3-Gasto Pblico:Son lasinversioneso erogaciones de riquezas que las entidades pblicas hacen para laproduccinde los servicios necesarios para la satisfaccin de las necesidades pblicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida pblica, que son llamadas propiamente servicios.

1.2.1.4-RecursosPblicos:Son losmediosmediante los cuales se logran sufragar losgastospblicos y constituyen todos losingresosfinancieros a la tesorera del Estado, cualquiera sea sunaturalezaeconmica o jurdica.

1.3- Renta Nacional:Es la sumatoria en trminos monetarios de losbienesy servicios producidos, distribuidos y vendidos en un pas durante untiempodeterminado, es decir dentro de un ejerciciofiscal.

1.4-Lasfuncionesde lasFinanzasen elprocesodedesarrollo:Las Finanzas tienen comofuncincontribuir aldesarrollo econmicode un pas, el Estado debe velar que exista unadistribucinequitativa de las riquezas, incentivar a los inversionistas y a laproduccin, crear unclimade confianzapoltica, establecer una estabilidad legal, disminuir la tasa de inflacin entre otras, ya que estasvariablesgeneranempleoe incentivan el crecimiento del aparato productivo. El desarrollo econmico de un pas depende de la buenagerenciayadministracinque de las finanzas realicen los representantes del Estado.

Estas actividades financieras requieren una regulacin para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por estas razones se crearon las normas contenidas en el derecho financiero, presupuestario y fiscal o tributario.Las actividades financieras del Estado, tienen como objeto el de manejar los recursos de la nacin de la manera mas eficiente utilizando herramientas que generen no solo rendimientos sino que permitan destinar los recursos a las diferentes reas que lo requieran y en la cantidad necesaria para con ello poder satisfacer las necesidades de los ciudadanos de manera integral y eficiente en las diferentes instancias.

Hacienda Nacional:Esta conformado por todas las actividades que manejan los recursos obtenidos por el Estado as como tambin la administracin de los bienes que posee y la institucin que se encarga de esta materia es el Ministerio de Hacienda con trayectoria desde la separacin dela GranColombiapero tal como se conoci recientemente fue creado el 30 de agosto de 1999, mediante decreto presidencial y posteriormente se le denomina Ministerio de Finanzas tal como se conoce en la actualidad.Este Ministerio se encarga de todo lo concerniente a las actividades fiscales y financieras, tales como polticas econmicas y monetarias nacionales e internacionales, planificaciones, elaboraciones de presupuestos, fiscalizacin, controles, control de las actividades de seguros, bancarias, cajas de ahorros y del mercado de capitales, etc.

b)El Fisco:En el cual intervienela Tesorera Nacionalque se encarga de todo lo concerniente a los tributos nacionales y aduaneros; la poltica arancelaria; la contabilidad pblica; etc.; es decir es el rgano dividido en varias instituciones publicas, que se encarga de la recaudacin de los recursos provenientes de los impuestos y dems tributos.

3.- Ingresos Pblicos:Es todo aquel dinero que entra en la administracin publica por cualquiera de estas razones: la recaudacin de impuestos en general, derechos de registro, impuestos aduanales, tasas y contribuciones especiales (tributos), los generados por bienes patrimoniales o de dominio publico, los que se producen en ocasin de la colocacin de la deuda pblica y aquellos producto de inversiones publica en empresas o industrias.Estos ingresos tambin son por operaciones que realicen los particulares con sus bienes, concesiones, etc.Especficamente en Venezuela estos ingresos son en gran medida, en primer lugar a la actividad petrolera y posteriormente gracias a los tributos.Los recursos pblicos suelen ingresar a travs dela Tesoreray pueden ser Originarios o Derivados.Se caracterizan por que los ingresos son percibidos por cualquier ttulo y adems tienen un significado econmico.Entre los ingresos ordinarios; es decir comunes y consecuentes estn:

a)Tributarios:Como se explica anteriormente son los ingresos obtenidos por la recaudacin de impuestos, tasas y otras contribuciones, los cuales son objeto del derecho fiscal.En otras palabras los ingresos tributarios es la cantidad de dinero que recibe el Estado en virtud del poder que le confieren las leyes para exigirle a los contribuyentes y con esto poder cubrir las necesidades ms esenciales de su poblacin.El cumplimiento de estas obligaciones es de carcter obligatorio y se encuentra establecido enla ConstitucinNacional, entre otros en el artculo 133.

b)No Tributarios:Los ingresos no tributarios son aquellos productos de inversiones pblicas, actividades productivas y rentas obtenidas en el ejercicio de sus funciones.

Ingresos Extraordinarios:Son aquellas entradas de dinero que son discontinuas y poco predecibles opredeterminablesrazn por la cual se utiliza para cubrir los gastos de la misma ndole; es decir no planificados.

Derecho financieroDerecho financiero, rama delDerecho pblico, es un conjunto de normas jurdicas que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos pblicos, normalmente previstos en elpresupuesto general del Estado.La actividad financiera del Estado genera un conjunto de relaciones jurdicas entre los distintos rganos pblicos. Esta actividad financiera del Estado genera relaciones jurdicas entre el estado y los particulares, y se da en dos situaciones: la primera en que el Estado asume un papel activo, por ejemplo al cobrar tributos, y un papel pasivo cuando se convierte en deudor en caso de un prstamo.

Delimitacin del Derecho financiero[editar]Existen dos tipos de normas:1. Normas delDerecho Privado: regulan las relaciones entre particulares ya sean personas fsicas o personas jurdicas.2. Normas delDerecho Pblico: regulan relaciones en las cuales alguna de las partes es un ente pblico. La Administracin no suele actuar como un particular sino que posee unos privilegios o prerrogativas.3. El Derecho Financiero es una rama del Derecho Pblico que organiza los recursos econmicos de laHacienda del Estadoy de los demsorganismos administrativosy regula los procedimientos de obtencin y percepcin de ingresos y organizacin del gasto que tales Administraciones Pblicas dedican a sus fines (necesidades de la sociedad).Contenido[editar]El Derecho Financiero, rama del Derecho pblico, es un conjunto de normas jurdicas que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos pblicos.Esto nos lleva a sostener que el Derecho Financiero se ocupa de una doble vertiente:1. Gastos2. IngresosIngresos[editar]El Derecho Financiero regula los distintos ingresos que acrecen y se destinan a las arcas de los entes pblicos. Cules son?Ingresos tributarios: Conocido como los tributos, son los ms importantes tanto a nivelo cualitativo como a nivel cuantitativo. Fueron objeto de un prolfico estudio por diversos autores lo que dio lugar a su gran importancia y que en la actualidad a esta rama del derecho se le denomine Derecho Financiero y Tributario.Ingresos crediticios: Son los que se obtiene un ente pblico mediante el crdito ( al principio se computa como ingreso pero luego supondr un gasto pues se convertir en una deuda).Ingresospatrimoniales: El Estado por su condicin de propietarios de bienes obtiene ingresos a travs de su cesin a terceros.Multasysanciones pecuniarias:o bienGastos[editar]Para la satisfaccin de las necesidades de la sociedad)Se ocupa de los gastos pblicos en los que afecta a los procedimientos formales que regulan la asignacin, el desembolso y el control en el empleo de los recursos pblicos. Existen 3 grandes fases importantes:La asignacin: Sinnimo de programacin: las autoridades ( ms bien polticas, Parlamento, C.A) programan el gasto pblico. Esta previsin se establece en un documento: el presupuesto, en el cual se especifica cunto vamos a gastar y en qu lo vamos a gastar. Este documento tiene efectos jurdicos pues tiene naturaleza de ley y por ello se habla de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el mbito Local (Pleno) ser un reglamento.Desembolso: (ejecucin) Es la fase del gasto.El control: En esta fase se lleva a cabo el control de los fondos pblicos es decir, se controla la ejecucin del gasto. Por eso se dice que controlamos lo que se gast. Aunque hay dos tipos de controles:-Control simultneo: realizado en el momento del gasto, es el ms efectivo porque previene de efectos posteriores y adversos-Control posterior.

Presupuesto pblicoPresupuesto Nacional,presupuestos del Estadoopresupuestos generalesde lospoderes pblicos, es el documentofinancierodel Estado u otro poder de laadministracin pblica, que equilibraingresos pblicosygasto pblicoen el ao fiscal. El presupuesto constituye la expresin cifrada, conjunta y sistemtica de lasobligaciones (gastos)que, como mximo, pueden reconocer y losderechos (ingresos)que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio (anual).

Elementos fundamentales del presupuesto del estado Carcter jurdico: El presupuesto es una institucin jurdica fundamental delDerecho Pblico, que sanciona la competencia delpoder legislativopara controlar la actividad financiera del Estado, como manifestacin del carcter representativo de la soberana popular que supone el parlamento. Carcter poltico Documento de elaboracin peridica, este carcter se deriva de su naturaleza poltica y de instrumento de control, que ha de ser renovado peridicamente. El presupuesto adopta una forma contable. Desde este punto de vista el presupuesto aparece formalmente equilibrado, lo cual no implica que desde el punto de vista econmico est equilibrado. El presupuesto supone una autorizacin de gastos y una previsin de ingresos Representa la concrecin del plan econmico del la Hacienda Pblica.Principios presupuestariosPrincipio de competencia popularCorresponde al pueblo, titular de la soberana nacional, la fijacin de todo cobro y pago del Estado. Esto se desarrolla en base a que al Poder legislativo le corresponde la aprobacin y promulgaPrincipio de universalidadLos presupuestos deben recoger la totalidad de los ingresos y gastos derivados de la actividad financiera del Estado, para que de esta forma sea adecuadamente controlable por el Parlamento.Principio de especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal[editar]Los recursos deben asignarse exactamente para los objetivo fijados en el documento presupuestario. Este principio queda atenuado a travs de las transferencias presupuestarias que autorizan el trasvase entre distitintos conceptos del presupuesto siguiendo los procedimientos establecidos. La autorizacin que supone el gasto pblico tiene como mbito temporal el que fija el presupuesto.Principio de publicidad[editar]La publicidad surge como una consecuencia inevitable al ser el presupuesto una cuestin que afecta a todos los ciudadanos que han determinado su contenido a travs del parlamento.El poder tributarioPara Villegas (2002) es la facultad que tiene el Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente tributos. La creacin obliga al pago por las personas sometidas a su competencia. Implica, por tanto, la facultad de generar normas mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una porcin de sus rentas o patrimonios para atender las necesidades pblicas.Caracteres dela Potestad TributariaIndica Moya, que los caracteres esenciales de la potestad tributaria son las siguientes:1. Abstracto:Para que exista un verdadero poder tributario, es necesario que el mandato del Estado se materialice en un sujeto y se haga efectivo mediante un acto de la administracin. Alessi (citado en Moya) considera que puede hablarse de poder tributario abstracto y poder tributario concreto, siendo este, complementario del abstracto.La Potestad Tributaria, al igual que las leyes, es abstracta, pero se deben aplicar en concreto.2. Permanente:La potestad tributaria perdura con el transcurso del tiempo y no se extingue. Slo se extinguir cuando perezca el Estado. Siempre que exista, ineludiblemente habr poder de gravar.3. Irrenunciable:El Estado no puede desprenderse ni delegar la potestad tributaria. El Estado puede delegar la facultad de recaudar y administrar los tributos. No puede renunciar a su poder de imposicin.4. Indelegable:Esta caracterstica es sinnima de la anterior, ya que el Estado no puede renunciar o desprenderse en forma total y absoluta de su potestad tributaria o facultad de imposicin tributaria.

LA OBLIGACION TRIBUTARIALa obligacin tributaria, surge entre el estado en las distintas expresiones del poder pblico, y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. La obligacin tributaria constituye un vnculo de carcter personal, aunque su cumplimiento se asegure mediante garanta real o con privilegios especiales.

Elementos de la Obligacin Tributaria.

1. Sujeto Activo: La figura del sujeto activo recae normalmente sobre el Estado sin embargo, la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo a otros entes u organismos pblicos tales como los ayuntamientos ; slo la ley puede designar el sujeto activo de la obligacin tributaria.

2. Sujeto Pasivo: La condicin sujeto pasivo puede recaer en general en todas las personas naturales y jurdicas o entes a los cuales el derecho tributario le atribuya la calidad de sujeto de derechos y obligaciones , de acuerdo a nuestro anlisis la capacidad tributaria de las personas naturales es independiente de su capacidad civil y de las limitaciones de ste.

La Actividad Financiera delEstadoes lafuncinque ste desarrolla para procurarse losrecursosnecesarios y estar en condiciones de sufragar losgastospblicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo, mediante la prestacin de losservicios pblicoscorrespondientes. Asimismo, esta actividad se desenvuelve dentro dela AdministracinPblica y tiene como finalidad la satisfaccin de las necesidades colectivas.

El Estado parapoder llevar a cabo su funcin financiera, requiere de ciertos recursos y una vez que los obtiene los administra y por ltimo, los aplica para satisfacer las necesidades de la sociedad, que en si es elobjetivoesencial de esta funcin.

El Estado obtiene sus recursos por muy diversosmedios, como la explotacin de sus propiosbienes y el manejo de susempresas, as como por el ejercicio de su poder de imperio, con base en el cual establece las contribuciones que los particulares debern aportar para los gastos pblicos. Finalmente, supresupuestose complementar con otros mecanismos financieros, que encalidad de emprstitos va crdito interno o externo, obtendr de otros entes.Las Necesidades Pblicas:Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la actuacin delEstado quien ser garante de las principales necesidades que se originen dentro de una colectividad, necesidades stas que solamente podrn ser satisfechas porel Estado debido a que son de imposible cumplimiento por cada uno de los individuos que conforman el colectivo.

Servicios Pblicos:Son las actividades que el Estado realiza en procura de la satisfaccin de las necesidades pblicas. Se encuentran estrechamente vinculados a las necesidades frente a las cuales estn llamados a satisfacer, por lo cual se distinguir entreserviciospblicos esenciales y no esenciales.Gasto Publico:Son lasinversioneso erogaciones de riquezas que las entidades pblicas hacen para laproduccinde los servicios necesarios para la satisfaccin de las necesidades pblicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida pblica, que son llamadas propiamente servicios.Recursos Pblicos:Son losmediosmediante los cuales se logran sufragar losgastospblicos y constituyen todos losingresosfinancieros a la tesorera del Estado, cualquiera sea sunaturalezaeconmica o jurdica.