actividad 3
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas
Escuela de Derecho
Estudiante: Génesis García
C.I: 21.129.836
Seccion: Saia/A
Asignatura: Derecho Tributario
Barquisimeto, Septiembre del 2015
EL DEREC
HO FINANCIERO
ÍNDICE:
Definición.
Fuentes del Derecho Financiero:
1. Constitución,
2. Ley,
3. Decretos Ley,
4. Reglamentos,
5. tratados internacionales.
Relación del derecho financiero con otras ramas del derecho:
1. derecho constitucional,
2. derecho administrativo,
3. derecho procesal,
4. Derecho penal,
5. derecho tributario.
Autonomía del derecho financiero.
EL DERECHO FINANCIERO:
El derecho financiero es la rama del derecho público que tiene como fin la
actividad de Estado y la finanza públicas, así como también se entiende
como norma jurídica que regula la actividad financiera del Estado para el
manejo de los gastos públicos.
De esta forma se puede encontrar como definición según Sainz lo
siguiente:
“Sainz (1999) La rama del Derecho Público interno que organiza los
recursos constitutivos de la Hacienda del Estado y de las restantes
entidades públicas, territoriales e institucionales, y regula los
procedimientos de percepción de los ingresos y de ordenación de los
gastos y pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de sus
fines.”
Esto quiere decir que el derecho financiero se encarga de organizar los
recursos sobre la hacienda del Estado y de las demás entidades públicas,
ordenando los pagos que destinan sus fines, el derecho financiero se
encargara del manejo y de la aplicación del patrimonio del Estado, por lo
tanto no se le considera autónomo.
En el ordenamiento jurídico venezolano nos establece las fuentes del
derecho financiero, comenzando con el código civil venezolano vigente,
este nos especifica que el derecho financiero tiene como fuente principal
la costumbre y principios generales del derecho, caracterizado por una
gran complejidad que lo predomina el concepto de fuente escrita, así
como también la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
nos señala sobre la Hacienda Pública, tomando en cuenta que está
compuesto por varias fuentes del derecho y no solo por las leyes.
Estas fuentes se caracterizan primero por las fuentes escritas que están
conformados, principalmente por la Constitución; ya que es la primera y
principal norma que rige a un país, seguidamente también tenemos las
leyes, que es la fuente principal del derecho que la definen como un acto
votado por el poder legislativo que es promulgado por el presidente de la
Republica, toda ley se considera como una orden general o especial que
posee un carácter permanente que regula un conjunto de persona de
actos o derechos que se aplican en un tiempo determinado.
Seguidamente en esta lluvia de ideas se entiende como decreto ley un
acto jurídico que se manifiesta en voluntad de la autoridad pública que
produce efecto por la administración pública o a los particulares,
ordenando, permitiendo o creando algo, de igual forma tenemos los
decretos legislativos, que son también normas del poder ejecutivo con
valor de ley, resultado la colaboración de la producción normativa de la
asamblea y el poder ejecutivo.
Los reglamentos son aquellas normas que aprueban el poder ejecutivo y
la administración pública, que tiene por objeto la legislación sobre las
materias no prevista en la ley.
Así como existen las fuentes escritas, también están las no escritas; como
lo son las costumbres que solo lo rige por el defecto de la ley aplicable
tomando en cuenta que no esté en contra a la moral y las buenas
costumbres del Estado; y como ultima fuente tenemos los tartados
internacionales que se consideran como fuentes indirecta; que habla
sobre la inexistencia de un poder legislativo en la comunidad internacional
que confiere los tratados una importancia primordial como medio de
creación y de codificación tanto de las normas internacionales no escritas
como de las que adolecen de falta de presión por encontrarse dispersas
en varios tratados.
En el derecho financiero existe las relaciones con otras ramas del derecho
como lo son; el derecho penal tributario que es la rama del Derecho
Público Interno que se encarga de imponer sanciones cuando se infringe
las normas, en el derecho constitucional se encarga del estudio de los
principios jurídicos que rigen la tributación en la constitución, también en
el derecho internacional se encarga de estudiar las normas que deben ser
aplicadas cuando dos o más países reclaman soberanía en relación a una
misma situación jurídica, seguidamente en el derecho procesal se
encargara de estudiar la relación jurídica que surge entre dos sujetos que
son los activos y los pasivos es decir el Estado y la persona
contribuyente.
BIBLIOGRAFIA:
Universidad Fermín toro, (2015) Educación a Distancia. “Documento en
línea” Disponible:
http://saia.uts.edu.ve/moodle/pluginfile.php/293484/mod_resource/content
/2/Derecho%20Financiero.pdf