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Sección Gestión de Información y Documentación Proceso Gestión Centro de Conocimiento Institucional Centro de Información Digital Actas del Honorable Concejo Municipal SESIÓN EXTRAORDINARIA 56 Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el salón de sesiones del edificio “Tomás López De El Corral”, a las diecisiete horas del día seis de Agosto de dos mil doce, con la siguiente asistencia. Ocuparon curul los regidores: SONIA ZAMORA BOLAÑOS, Presidenta OLGER LAWSON MARCHENA, Vicepresidente ALEXANDER CANO CASTRO REINA ACEVEDO ACEVEDO ROLANDO LUIS MURILLO CRUZ DAGUER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ FLORA EUGENIA BERMÚDEZ SALGUERO DOUGLAS QUESADA ALTAMIRANO CC/ ALTAMIRANO QUESADA PATRICIA MARÍN GÓMEZ FLOR ZAMORA ALVAREZ MA. EUGENIA RIVERA ARAYA. REGIDORES SUPLENTES: OLGA DINIA PÈREZ BONILLA, MARÍA LINNETT GÓMEZ SÁNCHEZ, ALEXANDRA GARCÍA BROWN, ALFREDO FALLAS QUESADA, JUANA ISABEL LEAL VILLAFUERTE, ORLANDO FRANCISCO RAMÍREZ CASTRO, BLANCA SUÑOL OCAMPO, YAMILETTE QUESADA PACHECO, MARVIN ALBERTO MARÍN ZÚÑIGA, MARLON ARAYA BOLAÑOS. SÍNDICOS PROPIETARIOS: CARMEN MARÍA GÓMEZ ASCH, MARÍA ESTHER CÉSPEDES ARAYA, VÍCTOR HUGO LANZA GUEVARA, JOSÉ MARTÌ ROJAS VALLADARES, JUAN GUILLERMO NÚÑEZ VÁSQUEZ, SONIA PATRICIA ZÚÑIGA JIMÉNEZ, MARÍA ESTHER SALAS GONZÁLEZ, MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ FONSECA, WILLIAM ANTONIO ABARCA VALVERDE, MELVIN SOLANO MIRANDA, DANIEL DOÑA HOOKER CC/ DANY DOÑAS HOOKER, SÍNDICOS SUPLENTES: MAURICIO ALFREDO OLIVA TORRES, RONALD ENRIQUE NARANJO SOLÍS, LIGIA MARÍA ROJAS DONATO, JOAN CORTÉS CASTRO, KATTIA SIBAJA MOLINA, GUILLERMO VARGAS ZEPEDA, ABELARDO MÉNDEZ GARRO, YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA, KATTIA SOLANO BARRANTES, NIDIA BARRANTES MURILLO. Alcalde Municipal: DOCTORA SANDRA GARCÍA PÉREZ, Vicealcaldesa. Jefe Departamento Secretaría Municipal: LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN. Dirección de Auditoría: LICENCIADO ISRAEL BARRANTES SÁNCHEZ Dirección de Comunicaciones: LICENCIADO GILBERTO LUNA MONTERO Dirección Legal: LICENCIADO MARIO VARGAS SERRANO Grabación y control de asistencia: SEÑORES, JUAN CARLOS CÉSPEDES OVIEDO/ JENNIFER MONTERO MORALES. Asesores: Licenciados, OSCAR PÉREZ CARPIO, MÓNICA SALAS MURILLO, MAURICIO VALERIO JIMÉNEZ, WALTER CHAVES OLIVARES, DIDIER CARRANZA RODRÍGUEZ, ADRIANA ROJAS RIVERO, KARIM BEN AMAR, JUAN CARLOS CORDERO OVIEDO. SEÑORES: FABIÁN ROJAS FUERTES, FERNANDO JIMÉNEZ DEBERNARDI, SEIDY VEGA ROMERO, MARÍA DE LOS ÁNGELES ELIZONDO CASTRO, ALEIDA SOLANO TORRES. En acatamiento del Acuerdo 1, Artículo II de la Sesión Extraordinaria 55 celebrada por el Concejo Municipal el día 23 de Julio de 2012, se incluye el Orden del día a desarrollar en esta sesión: ORDEN DEL DÍA. - ARTÍCULO UNO.- AUDIENCIAS …es nuestra Red!

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Page 1: Actas del Honorable Concejo Municipal …es nuestra Red!...PRIMERO: Una vez analizada toda la prueba y la documentación del expediente de marras recomienda, rechazar el presente Recurso

Sección Gestión de Información y Documentación Proceso Gestión Centro de Conocimiento Institucional

Centro de Información Digital

Actas del Honorable Concejo Municipal

SESIÓN EXTRAORDINARIA 56

Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el salón de sesiones del edificio “Tomás López De El Corral”, a las diecisiete horas del día seis de Agosto de dos mil doce, con la siguiente asistencia. Ocuparon curul los regidores:

SONIA ZAMORA BOLAÑOS, Presidenta OLGER LAWSON MARCHENA, Vicepresidente ALEXANDER CANO CASTRO REINA ACEVEDO ACEVEDO ROLANDO LUIS MURILLO CRUZ DAGUER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ FLORA EUGENIA BERMÚDEZ SALGUERO DOUGLAS QUESADA ALTAMIRANO CC/ ALTAMIRANO QUESADA PATRICIA MARÍN GÓMEZ FLOR ZAMORA ALVAREZ MA. EUGENIA RIVERA ARAYA.

REGIDORES SUPLENTES: OLGA DINIA PÈREZ BONILLA, MARÍA LINNETT GÓMEZ SÁNCHEZ, ALEXANDRA GARCÍA BROWN, ALFREDO FALLAS QUESADA, JUANA ISABEL LEAL VILLAFUERTE, ORLANDO FRANCISCO RAMÍREZ CASTRO, BLANCA SUÑOL OCAMPO, YAMILETTE QUESADA PACHECO, MARVIN ALBERTO MARÍN ZÚÑIGA, MARLON ARAYA BOLAÑOS. SÍNDICOS PROPIETARIOS: CARMEN MARÍA GÓMEZ ASCH, MARÍA ESTHER CÉSPEDES ARAYA, VÍCTOR HUGO LANZA GUEVARA, JOSÉ MARTÌ ROJAS VALLADARES, JUAN GUILLERMO NÚÑEZ VÁSQUEZ, SONIA PATRICIA ZÚÑIGA JIMÉNEZ, MARÍA ESTHER SALAS GONZÁLEZ, MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ FONSECA, WILLIAM ANTONIO ABARCA VALVERDE, MELVIN SOLANO MIRANDA, DANIEL DOÑA HOOKER CC/ DANY DOÑAS HOOKER, SÍNDICOS SUPLENTES: MAURICIO ALFREDO OLIVA TORRES, RONALD ENRIQUE NARANJO SOLÍS, LIGIA MARÍA ROJAS DONATO, JOAN CORTÉS CASTRO, KATTIA SIBAJA MOLINA, GUILLERMO VARGAS ZEPEDA, ABELARDO MÉNDEZ GARRO, YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA, KATTIA SOLANO BARRANTES, NIDIA BARRANTES MURILLO. Alcalde Municipal: DOCTORA SANDRA GARCÍA PÉREZ, Vicealcaldesa. Jefe Departamento Secretaría Municipal: LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN. Dirección de Auditoría: LICENCIADO ISRAEL BARRANTES SÁNCHEZ Dirección de Comunicaciones: LICENCIADO GILBERTO LUNA MONTERO Dirección Legal: LICENCIADO MARIO VARGAS SERRANO Grabación y control de asistencia: SEÑORES, JUAN CARLOS CÉSPEDES OVIEDO/ JENNIFER MONTERO MORALES. Asesores: Licenciados, OSCAR PÉREZ CARPIO, MÓNICA SALAS MURILLO, MAURICIO VALERIO JIMÉNEZ, WALTER CHAVES OLIVARES, DIDIER CARRANZA RODRÍGUEZ, ADRIANA ROJAS RIVERO, KARIM BEN AMAR, JUAN CARLOS CORDERO OVIEDO. SEÑORES: FABIÁN ROJAS FUERTES, FERNANDO JIMÉNEZ DEBERNARDI, SEIDY VEGA ROMERO, MARÍA DE LOS ÁNGELES ELIZONDO CASTRO, ALEIDA SOLANO TORRES. En acatamiento del Acuerdo 1, Artículo II de la Sesión Extraordinaria 55 celebrada por el Concejo Municipal el día 23 de Julio de 2012, se incluye el Orden del día a desarrollar en esta sesión: ORDEN DEL DÍA.

- ARTÍCULO UNO.- AUDIENCIAS

…es nuestra Red!

Page 2: Actas del Honorable Concejo Municipal …es nuestra Red!...PRIMERO: Una vez analizada toda la prueba y la documentación del expediente de marras recomienda, rechazar el presente Recurso

- ARTÍCULO DOS.- TRÁMITE URGENTE

ARTÍCULO UNO. AUDIENCIAS.- No hay ARTÍCULO DOS. TRÁMITE URGENTE.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 038-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Vota en contra el edil: MURILLO CRUZ. Se acuerda: ACUERDO 01.-RECHAZAR RECURSO PRESENTADO POR RAQUEL PORTILLA CARVAJAL.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 038-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 3430: Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio, contra Acuerdo 21, Artículo IV, Sesión Ordinaria 97 del 06-03-12, presentado por la Licda. Raquel Portilla Carvajal.

HECHOS

PRIMERO: Que el día 06 de marzo del año 2012 el Honorable Concejo Municipal toma el Acuerdo Municipal No. 21, artículo IV de la Sesión Ordinaria No. 97, donde se acuerda rechazar el Recurso de Revisión presentado por la Señora Kattia Rodríguez y Virgilio Caamaño Berrocal por el fondo del asunto en contra del Acuerdo Municipal No. 5, Artículo IV de la Sesión Ordinaria No. 79 del día 01 de noviembre del año 2011, ya que es claro que el Pedro Rossi puede ingresar y salir de su casa de habitación de forma peatonal por medio de una alameda pública que colinda con su propiedad según el informe registral y plano catastrado de la finca 1-501599-000. SEGUNDO: Posteriormente el día 16 de marzo del año 2012, la señora Raquel Portilla Carvajal en calidad de Apoderada especial de los recurrentes, presentan formalmente Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad concomitante en contra del Acuerdo Municipal No. 21, Artículo IV de la Sesión Ordinaria No. 97 de fecha 06 de marzo del año 2012, por no estar conforme con el contenido del mismo.

EN CUANTO A LA FORMA

PRIMERO: Después de haber analizado toda la documentación que conforma el presente Expediente Administrativo y la prueba existente, se desprende que la parte recurrente, presentaron su Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad concomitante dentro del término de Ley y el mismo cumple con los requisitos de forma establecidos en la normativa vigente.

EN CUANTO AL FONDO

PRIMERO: Esta Comisión después de haber visto la prueba aportada por la recurrente y analizada la normativa vigente aplicable a este caso en concreto, consideramos que el Acuerdo Municipal No. 21, Artículo IV de la Sesión Ordinaria No. 97 de fecha 06 de marzo del año 2012, se encuentra ajustado a derecho, ya que en el mismo lo único que se establece es que el Acuerdo Municipal No. 5, Artículo IV de la Sesión Ordinaria No. 79 del día 01 de noviembre del año 2011, se encuentra ajustada a derecho puesto que es claro que el Pedro Rossi solo puede ingresar y salir de su casa de habitación de forma peatonal por medio de una alameda pública que colinda con su propiedad según el informe registral y plano catastrado de la finca 1-501599-000, lo cual no contraviene la normativa vigente en esta materia. SEGUNDO: En este caso en concreto es evidente y manifiesto que se otorga el derecho de paso peatonal al señor Pedro Rossi, ya que el, como todos los demás vecinos y colindantes a dicha alameda publica tienen el derecho a usar la misma como paso exclusivamente peatonal.

POR LO TANTO

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: Una vez analizada toda la prueba y la documentación del expediente de marras recomienda, rechazar el presente Recurso de Revocatoria y Nulidad concomitante, presentado por la señora Raquel Portilla, dado que el mismo debe de ser rechazado por el fondo del asunto, en vista que de la documentación y la prueba que se aporta no se desprende que exista una verdadera causa ni fundamentación jurídica para determinar que el acuerdo recurrido no se ajuste a derecho, ya que este acuerdo se tomó simplemente con el fin de que el señor Pedro Rossi pueda ingresar y salir de su casa de habitación de forma peatonal por medio de una alameda pública que colinda con su propiedad. (Ver informe registral y plano catastrado de la finca 1-501599-000, en este sentido).

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SEGUNDO: Admitir el recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, II Circuito Judicial, Goicoechea y se emplaza a los recurrentes para que dentro del término de cinco días hábiles, comparezcan por escrito, ante la Sección Tercera del Tribunal Contencioso Administrativo, Segundo Circuito Judicial, San José, Goicoechea, apercibido de su obligación de señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial, o bien un número de fax donde oír notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas. TERCERO: Notifíquese al interesado al lugar señalado para el efecto”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 030-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Vota en contra el edil: MURILLO CRUZ. Se acuerda: ACUERDO 02.-APROBAR SOLICITUD REVISIÓN AVALÚO PRESENTADO POR YOCONDA SOLER ALAS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 030-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, BERMÚDEZ SALGUERO, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 3603/06-10: Expediente relacionado con el Recurso de apelación contra la resolución 067-PV-2012 del proceso de valoraciones interpuesto por la señora Yoconda Soler Alas sobre su avalúo 1201102658.

RESULTANDO

I.- Que el 19 de Octubre de 2011, se realiza por parte de esta Administración Tributaria el avalúo número 1201102658, el cual fue notificado el 22 de Octubre de ese mismo año. II.- Que el 28 de Octubre de 2011, se presenta en la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de San José, escrito donde se muestra disconformidad con el avalúo realizado por la Administración y al que se le asigna el comprobante de trámite número 241482, y se indica lo siguiente en lo conducente:

“Me presento ante ustedes dentro del término de la ley, para apelar el avalúo de mi propiedad matrícula 201912-000 del partido de San José, cita Distrito Mata Redonda, 150 metros al sur del MEIC; por encontrarme conforme con dicho avalúo, únicamente en el valor de la construcción que ustedes estiman el cuadro 4 Construcciones Instalaciones y obras complementarias en el avalúo # 1201102658 de fecha 13 de agosto de 2010, el cual no coincide en ninguna forma con el valor del m2que ustedes estipulan o estiman en el Certificado de Uso de Suelos # 158626 de julio del 2009, ver copia adjunta. En dicho Certificado de Uso de Suelo la Municipalidad de San José se valoró el m2, de construcción (valor base) en 150000.00 ciento cincuenta mil colones, y en el avalúo #1201102658, ver copia adjunta, el valor base del m2esta estimado en 315000.00 trescientos quince mil colones. La presente apelación y disconformidad es con relación a la diferencia del 110% de más en el valor base que se estipula en el Certificado de Uso de Suelos dicho y la notificación del avalúo en cuestión. Considero que el índice inflacionario del costo del m2, construcción está fuera de proporción y no se apega a la realidad si se compara el certificado de uso de Suelos del 2009 y la notificación de avalúo del 2010.”

III-. Que mediante Oficio N° 4855-PV-2011, del 12 de Diciembre de 2011, la Arq. Úrsula Córdoba Ocampo, Profesional Valuador, remite el presente asunto a este Departamento y con el criterio técnico respectivo e indica:

“...En los siguientes puntos, me referiré a las variables que intervienen en el cálculo del avalúo. Le remito a usted el expediente de la solicitud # 241482 para lo que corresponda. - El permiso de construcción, es del año 2009, el valor del avalúo es valor actual. - El solicitante no da la información de los metros de construcción que tiene la propiedad, ni aporta

pruebas(planos constructivos), como tampoco deja un N° de teléfono para coordinar una visita y medir la construcción, ya que el día en que se realizó el avalúo no se encontraba nadie, y se cálculo con vistas áreas.

- En cuanto a la disconformidad al porcentaje de diferencia en el m2, de construcción desde el año 2009 a la fecha, yo no tengo control, ya el valor del m2, de construcción lo estipula hacienda, mi obligación es dar un criterio técnico sobre la tipología que tiene la casa según sus características y calcular el valor ubicándola en la variable de la tipología correspondiente, que le asigna hacienda. Nota: El día viernes 2 de Marzo del 2012, se logra ubicar al interesado para solicitarle una cita de una nueva inspección a la propiedad para tomar las mediadas de la construcción, pero el solicitante no coopera para dicha visita, ya que su pretensión es que la inspección se realice después de las 8 pm o Sábado o Domingo, horas y días fuera de horario laboral.

IV. Por su parte el Proceso Valoraciones, responde la revocatoria con la resolución administrativa número 067-PV-2012, en la cual rechaza el recurso por no tener los fundamentos probatorios para revocar el avalúo, la cual fue notificada el día 29 de Marzo de 2012.

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V.- Que el 23 de Abril del año 2012, se presenta la apelación ante el Concejo Municipal, en contra de la resolución de la revocatoria número 067-PV-2012. VI.- Con fecha de 16 Mayo de 2012, la Comisión de Asuntos Jurídicos y de acuerdo con la directriz por este despacho, se indica devolver el expediente al Proceso de Valoraciones para que remita criterio técnico jurídico, el cual es remitido a nuestro Proceso con el oficio ALCALDIA-2536-2012. VII.- Atendiendo dicha solicitud, este Proceso de Valoraciones, ordena una nueva inspección de la propiedad valorada para verificar lo resuelto, la cual debe ser efectuada por otro profesional distinto a que realizó el avalúo, con el fin de ir de conformidad con el principio de legalidad, igualdad y del derecho de defensa. VIII.- Remite, informe del mismo la Ing. Cindy Chavarría Mora, la cual le fue asignada para la nueva inspección, el cual deja ver que efectivamente se tomaron parámetros de valoración por parte de la encargada de la primera valoración de forma desajustada, por lo que dicho informe establece los nuevos valores a consignar.

CONSIDERANDO

Sobre la forma: I.-Siendo que en Derecho corresponde analizar en primer término los aspectos formales del recurso o lo que es lo mismo, los elementos formales que deben contener todas la gestiones recursivas, es posible advertir, que lo que respecta a la temporalidad o el tiempo que existe para recurrir, fueron respetados en los casos particulares de forma correcta, ello según el plazo que se dispone en el numeral 19 de la ley Sobre el Impuesto De Bienes Inmuebles, que prevé un plazo de quince días hábiles contados a partir de la notificación correspondiente, de manera que una vez revisado el caso que nos ocupa, no cabe duda alguna, en cuanto a que el recurso que ahora se presenta, de conformidad con el numeral de marras, lo fue, dentro del plazo previsto legalmente, por lo que este aspecto formal se tiene por cumplido y se pasan a criterio las cuestiones de fondo planteadas por él recurrente ya analizadas anteriormente. Sobre el fondo.- Único: Cabe destacar que el recurso de revocatoria fue rechazado por ésta Área, al no ajustarse a los parámetros establecidos en el ordinal 33 del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, no obstante, la recurrente interpone Recurso de Apelación, para dicho recurso prevé necesario realizar una nueva inspección para verificar los puntos que aleja la recurrente, considera este Proceso que lo procedente es acoger el Recurso de Apelación en relación a lo relevante a Obras complementarias y construcción con base en los siguientes términos: Por motivo de la nueva visita, a la propiedad por la Ing. Cindy Chavarría Mora, logra verificar las inconsistencias, tomando en cuenta las características de la construcción que se presentan en el cuadro visto a folio 43 y comparándolos con las del avalúo 1201102658, se encuentran diferencias en cuanto a tipología, edad y área de construcción, por lo que se procede a realizar un cálculo nuevo de la construcción. Es importante aclararle a la señora Soler que si bien es cierto que hay inconsistencias en el área de construcción, esta no tiene ningún vínculo con la descrita en el permiso de construcción del año 2009, ya que este permiso se solicitó para remodelaciones de tapia y verjas y no para construir la casa, por lo que queda claro que esa área corresponde a la medida de obras complementarias, el valor de las obras complementarias será sumado al valor del terreno y de la vivienda, para así obtener el valor total del inmueble, por lo cual se deben tomar los siguientes valores: Valor de terreno: ¢ 44, 986,500.00 Valor de la construcción: ¢ 19, 662,516.93 Valor de obras complementarias ¢ 8, 250,000.00 Total: ¢ 72, 899,016.93 Conforme a lo anterior, el avalúo de referencia se modifica en su totalidad en la suma de setenta y dos millones ochocientos noventa y nueve mil dieciséis colones con noventa y tres céntimos (¢72, 899,016.93). Así las cosas, y de conformidad con los ordinales 11 de la Carta Política, 11, 13 y 16 de la Ley General de la Administración Pública, 1, 2, 3,10, 10 bis, 12, 16 y 17 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, 19 y 33 del Reglamento a la Ley 7509, así como en los numerales 147 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y las consideraciones dadas en esta resolución, se debe declarar con lugar el recurso presentado por la señora Yoconda Soler Alas en relación a la construcción y obras complementarias, contra el avalúo número 1201102658 de fecha 19 de Octubre de 2011, efectuado a la finca del partido de San José con número de folio real 201912-000, y por consiguiente, se procede a modificar el avalúo recurrido, estableciéndose un monto total por el valor de la propiedad por la suma de ¢72,889,016.93, valor que se constituye la base para determinar el impuesto.

POR TANTO

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: En mérito de lo expuesto, y con base en el criterio del Departamento Proceso de Valoraciones de la Municipalidad de San José 1989-PV-2012, se acuerda que el avalúo N° 1201102658, y se acuerda acoger en todos los extremos relevantes a la construcción y obras complementarias el recurso de apelación presentado ante la resolución 067-PV-2012, y en consecuencia modificar el avalúo apelado quedando con los valores establecidos en el considerando único. SEGUNDO: Notifíquese a los interesados al medio señalado para tal efecto”.

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ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 031-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Vota en contra el edil: MURILLO CRUZ. Se acuerda: ACUERDO 03.- RECHAZAR RECURSO PRESENTADO POR ERICK CALDERÓN CHAVES (FRANSOUNO S.A.).- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 031-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 3755/06-10: Expediente relacionado con el Recurso de revocatoria y apelación contra la resolución DGT-1-222-2012 del Departamento de Gestión Tributaria interpuesto por el señor Erick Calderón Chaves de Fransouno S.A

RESULTANDO

PRIMERO: Cabe destacar que la resolución impugnada tuvo por demostrados lo que a continuación se detalla a efectos de que se resuelva el recurso vertical conforme al orden jurídico vigente:

a) Que la sociedad FRANSOUNO S.A. mediante comprobante en trámite número 212338 con fecha 12 de enero del 2011, presenta declaraciones juradas del impuesto sobre las patentes: 1372016010001, 1438563110001 y 143856404002.

b) Que la sociedad presentó las declaraciones del impuesto de patentes ante los municipios de Curridabat, Garabito, Heredia, Montes de Oca, esto ante el requerimiento de dicha información por parte de esta Administración.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anterior y con base en el informe técnico presentado por el Lic. José Luis Rodríguez Orozco y los documentos aportados por el recurrente, se determinó que la empresa declaró ante esta Administración un total de ingresos brutos de ¢205.201.927.76, suma que no es concordante con lo declarado ante la Dirección General de Tributación, resultando una diferencia de ¢331.609.770.24, de los cuales la suma de ¢317.941.398.71 se logra comprobar que corresponde a ingresos reportados ante otros cantones, no obstante la suma de ¢13.668.371.5, no fueron declarados como se solicitó mediante oficio 121-DGT-02-2011.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Como fundamento del reclamo contra la resolución DGT-1-222-2012 aduce el representante de la sociedad contribuyente que la diferencia generada corresponde a los ingresos percibidos en la Sucursal de Santa Ana, misma que fue cerrada en abril del 2010 y que por dicha situación no existe declaración jurada del impuesto de patentes para ese período. SEGUNDO: De la anterior situación resulta necesario dejar claro que la solicitud de información adicional al contribuyente, (Copia de declaración jurada ante otros municipios) encuentra fundamento expreso en el numeral 9 párrafo primero de la Ley 5694, en el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios citados, y que dicha atribución corresponde a un proceso de fiscalización, potestad otorgada en la ley de Patentes para el Cantón de San José, esta Administración recurre a la integración del ordenamiento jurídico para cumplir con las funciones que le corresponden, de esta forma al determinarse inconsistencias en la declaración jurada del impuesto de patentes. TERCERO: Es por ello que lo actuado por la Municipalidad de San José forma parte de las potestades de comprobación e investigación que tiene el Gobierno Local, en su condición de administración tributaria, pues de conformidad con el artículo 103 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, toda Administración Tributaria está facultada para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por todos los medios y procedimientos legales, con el objeto de cerciorarse de la veracidad del contenido de las declaraciones juradas por los medios y procedimientos de análisis e investigación legales que estime convenientes, al efecto de determinar la verdadera magnitud del hecho imponible y el tributo correspondiente. Por su parte el ordinal 123 faculta a la administración verificar la información brindada por el contribuyente, al respecto indica:

“Artículo 123. Verificación de las declaraciones, libros y demás documentos. Las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes y responsables y cualesquiera libros, escrituras y demás documentos, en cuanto en ellos deba constar la información relativa a la liquidación o al pago de los tributos, están sujeto a la comprobación de la Administración Tributaria…”

CUARTO: Así las cosa, esas facultades se practican para verificar cual es la situación real del obligado tributario, quedando este último compelido por la ley no solo a soportar esas labores, sino a colaborar con ellas, suministrando la información que le sea requerida que resulte de relevancia para determinar la carga impositiva que corresponde.

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QUINTO: Es por ello que los Gobiernos locales, en ejercicio de su potestad tributaria se le reconoce la facultad para que definan los parámetros y bases imponibles de este tributo, cuyo hecho generador siempre es el mismo: el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada, esto es, un cantón específico. Por ello es que en cada municipalidad el impuesto a pagar es diferente. SEXTO: En el caso de este Municipio se definió en el artículo 5 de la Ley N° 5694 del 9 de junio de 1975, denominada Ley del Impuesto de Patentes de la Municipalidad de San José, como factores determinantes de la imposición de dicho impuesto los ingresos brutos que perciban las personas físicas o jurídicas afectas al impuesto, durante el ejercicio económico anterior al período que se grava, de tal suerte que, es evidente que los factores sobre los cuales se calcula el impuesto de marras es sobre la totalidad de los ingresos, en forma independiente de la naturaleza de los mismos. Establece como factor determinante de la imposición, la renta líquida gravable y las ventas o los ingresos brutos que perciban las personas físicas o jurídicas afectas al impuesto, durante el periodo fiscal anterior al año en que se da la imposición. SÉTIMO: Al respecto la Ley del Impuesto de Patentes de Actividades Lucrativas de la Municipalidad de San José (5694) en su artículo 5 establece lo siguiente:

“Cuando la actividad principal se desarrolle fuera del Cantón Central de San José, pero el contribuyente realice también actividades lucrativas en este Cantón por medio de sucursales, agencias o similares, a juicio de la Municipalidad, las personas físicas o jurídicas que operen a este nivel, deberán pagar a la Municipalidad de San José, el impuesto que se determine, porcentualmente, entre las municipalidades involucradas, de conformidad con lo declarado en un informe porcentual declaratorio por parte del Patentado, donde se demuestre lo percibido por concepto de ingresos en cada Municipalidad: los datos serán verificados por la Municipalidad de San José, en las otras Municipalidades.”

OCTAVO: De acuerdo con lo antes mencionado, esta Administración Tributaria, en ejercicio de su potestad concedida por el ordenamiento jurídico, tiene la facultad de determinar la manera en que se determinará el impuesto de patente, esto con el aval del Poder Legislativo. NOVENO: Al comprobarse que la empresa no logró justificar los ingresos generados en el cantón de Santa Ana, no aportando copia de la declaración de impuestos de patentes ante ese Municipio, no es posible determinar por parte de esta Administración lo alegado por el contribuyente. DÉCIMO: Siendo que mediante informe técnico se determina que existe una diferencia de ¢13.668.371.5, la cual no fue declarada como se solicitó.

POR TANTO La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: En mérito de lo expuesto, y con base en el criterio del Departamento de Gestión Tributaria de la Municipalidad de San José 400-DGT-2012, y al no existir justificación clara de las diferencias encontradas, y no aportar la sociedad recurrente la documentación requerida en su momento, se resuelve rechazar el recurso de apelación presentado por el señor Erick Calderón Chaves representante legal de FRANSOUNO S.A. contra la resolución N° DGT-1-222-2012 y que la misma se mantenga en todos sus extremos. SEGUNDO: asimismo se advierte que contra esta resolución es procedente el Recurso de Revocatoria ante este Concejo, en caso que el Recurrente desee utilizar el recurso de Apelación en subsidio ante el Tribunal Contencioso Administrativo, el cual deberá interponerse dentro del plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO SEÑALAR LUGAR O MEDIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DEL CIRCUITO JUDICIAL EN EL CUAL TIENE SU SEDE EL TRIBUNAL, se deberá de trasladar el respectivo expediente administrativo debidamente foliado; en caso de que se traten de copias las mismas deben estar certificadas por el funcionario competente, según los lineamientos dados por el Tribunal Contencioso Administrativo. TERCERO: Notifíquese al interesado al lugar y/o medios señalados para el efecto”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 032-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Vota en contra el edil: MURILLO CRUZ. Se acuerda: ACUERDO 04.- RECHAZAR RECURSO PRESENTADO POR ADELIA ACOSTA HERNÁNDEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 032-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, BERMÚDEZ SALGUERO, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 3602/06-10: Expediente relacionado con el Recurso apelación con nulidad concomitante, contra la resolución de Proceso de valoraciones sobre el avalúo 12011104859, interpuesto por la señora Adelia Acosta Hernández.

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RESULTANDO PRIMERO: Como primer punto de impugnación indica la contribuyente que a su propiedad no se presentó ninguna autoridad municipal a efectuar la valoración razón por la cual el acto municipal adolece de un vicio formal. Sobre este particular, según informe técnico N° 4725-OV-2010 efectuado por la Ing. Lucrecia Villegas Rojas y mencionado en la resolución objeto de apelación, se afirma que la valoración se realizó mediante visita efectuada el día 22 de junio del año 2011 por la profesional, el mismo reporte señala que no fue posible ingresar al inmueble, logrando realizar la estimación fuera del mismo, aplicando los parámetros establecidos por ley. Situación que no genera vicio alguno en la actuación por parte de la Administración, siendo que ante el impedimento de ingresar a la propiedad, es posible determinar las características del inmueble y en este caso de la construcción desde afuera. SEGUNDO: Segundo punto del reclamo, indica la contribuyente que motivo de nulidad es que el acto administrativo notificado al interesado, debe indicar los recursos que caben contra el mismo generando así, según la inconforme, nulidad absoluta.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Al respecto, según la Ley de Impuestos sobre bienes inmuebles (N°7509) en su numeral 16 señala que es deber del contribuyente presentar declaración del valor de los bienes inmuebles, al respecto determina:

“Los sujetos pasivos de los bienes inmuebles deberán declarar, por lo menos cada cinco años, el valor de sus bienes a la municipalidad donde se ubican. El valor declarado se tomará como base del impuesto sobre bienes inmuebles, si no se corrigiere dentro del periodo fiscal siguiente a la presentación de la declaración, sin perjuicio de que la base imponible se modifique, según los artículos 14 y 15 de la presente ley…”

SEGUNDO: En caso de que el sujeto pasivo no cumpla la obligación establecida en el enunciado anterior, y no se presente ante la Administración Tributaria a realizar la declaración correspondiente, la misma normativa en su numeral 17 contempla dicha inobservancia, al respecto indica:

“Cuando no exista declaración de bienes por parte del titular del inmueble, conforme al artículo anterior, la Administración Tributaria estará facultada para efectuar, de oficio, la valoración de los bienes inmuebles sin declarar. En este caso la Administración Tributaria no podrá efectuar nuevas valoraciones sino hasta que haya expirado el plazo de cinco años contemplado en la presente Ley. La valoración general se hará considerando los componentes del terreno y construcción, si ambos estuvieren presentes en la propiedad, o únicamente el terreno, y podrá realizarse con base en el área del inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad y en el valor de la zona homogénea donde se ubica el inmueble dentro del respectivo distrito. Para tales efectos, se entenderá por zona homogénea el conjunto de bienes inmuebles con características similares en cuanto a su desarrollo y su uso específico. En esos casos de valoración o modificación de la base imponible, si el interesado no hubiere señalado el lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro municipal, se le notificará mediante los procedimientos de notificación de la Ley de Notificaciones, citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, N° 7637 del 21 de Octubre de 1996. De haberse indicado lugar para recibir notificaciones, la Administración Tributaria procederá conforme al dato ofrecido por el administrado.”

TERCERO: La valoración mencionada en el numeral anterior se refiere a una valuación general con respecto a los bienes inmuebles, la cual se realiza cada cinco años y contra ella cabe recurso de revocatoria, tal y como lo contempla en artículo 19 de la Ley N°7509 que al respecto indica: “En todas las municipalidades, se establecerá una oficina de valoraciones que deberá estar a cargo de un profesional capacitado en esta materia incorporado al colegio respectivo. Esta oficina contará con el asesoramiento directo del Órgano de Normalización Técnica.

Cuando exista una valoración general o particular de bienes inmuebles realizada por la municipalidad, y el sujeto pasivo no acepte el monto asignado, este dispondrá de quince días hábiles, contados a partir de la notificación respectiva, para presentar formal recurso de revocatoria ante la oficina de valoraciones. Esta dependencia deberá resolverlo en un plazo máximo de quince días hábiles. Si el recurso fuere declarado sin lugar, el sujeto pasivo podrá presentar formal recurso de apelación ante el Concejo Municipal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la oficina.

El contribuyente podrá impugnar la resolución del Concejo Municipal ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles, según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. El citado Tribunal deberá resolver en un plazo máximo de cuatro meses contados desde la interposición del recurso.

Mientras el Tribunal no se pronuncie sobre el fondo del asunto en resolución administrativa, continuará aplicándose el avalúo anterior y conforme a él se cobrará. Una vez dictada esta resolución y notificadas las partes, se dará por agotada la vía administrativa.

La resolución podrá recurrirse ante el Tribunal Superior Contencioso-Administrativo, de acuerdo con el artículo 83 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,”

CUARTO: Con relación a lo anterior es proceder del contribuyente declarar el valor del inmueble, y a falta de su obligación, la Administración realizará la valoración del mismo mediante visita a la propiedad, dicho avalúo es notificado al sujeto pasivo según la normativa correspondiente (Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales). A su vez el contribuyente en caso de estar inconforme con la valoración debe

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interponer recurso de revocatoria en un plazo de 15 días hábiles ante la Oficina de Valoraciones, tal y como lo realizó la recurrente en el caso que nos ocupa, no existiendo vicio alguno. QUINTO: Como la norma lo indica, el procedimiento de valoración del inmueble y la actividad recursiva contra dicho acto se tutelan a la luz de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles, y en cuanto a la notificación del mismo se ampara en la Ley N°7637, misma que define los lineamientos sobre los cuales se debe dar conocimiento al contribuyente sobre el acto efectuado por la Administración Tributaria Municipal. A su vez la normativa no menciona la obligación de indicar en la valoración los recursos que contra esta le asisten, siendo deber del contribuyente en caso de que de estar inconforme, acudir a la Ley 7509. SEXTO: Por otra parte, como tercer motivo del reclamo, señala la inconforme que en el avalúo objeto de impugnación no se refiere a los acabados de la casa tales como el tipo de construcción, material y calidad de los mismos, ni la desvaloración conforme a la edad de la construcción, el valor por metro cuadrado. SÉTIMO: Dicho motivo fue aclarado en la resolución 063-PV-2012 siendo que la misma, y según informe realizado por la profesional a cargo de la valoración, especifica con claridad cuáles fueron los factores determinantes de la imposición de tal rubro y que están presentes en el avalúo notificado, al respecto es necesario citar lo que en su momento resolvió este Departamento en la resolución impugnada. “… A su vez la profesional valuadora en su oficio 4725-OV-2010 del 01 de Noviembre del 2011 se refiere a los criterios técnicos determinados en el avalúo impugnado, al respecto señala lo siguiente: “Con respecto a la carencia de elementos técnicos que la contribuyente anota tengo que indicar que para llegar a la valoración de la construcción en el cuadro No. 4 si se indica el tipo de construcción VC04 (vivienda en concreto 04), el estado regular (5), los materiales se adjuntan en el Anexo 1 del avalúo con la debida descripción de códigos utilizados en construcción, instalaciones y obras complementarias y la depreciación si se realiza según el método de Ross-Heideck. Lo anterior según la Gaceta No.30 Alcance No. 12 del 11 de febrero del 2011.” OCTAVO: De este modo es evidente que el avalúo impugnado especifica cada una de las características del inmueble, ajustando las mismas a los criterios técnicos emitidos por un Órgano especializado en la materia, conocido como Órgano de Normalización Técnica quien es el encargado de dictar los parámetros sobre los cuales se valoran las características del inmueble y los cuales son publicados en el Diario Oficial La Gaceta. NOVENO: Indica la contribuyente que en cuanto a la edad de la construcción y el valor por metro cuadrado, el avalúo no indica bajo qué criterios técnicos se estimó. Sobre dicho reclamo recurrimos a lo indicado por la profesional a cargo de la valoración en su informe N° 4725-OV-2010 en el cual indica la metodología empleada para determinar el área de construcción mediante el programa de AutoCAD donde se estimó según la visita realizada al inmueble. Con relación a la edad de construcción la misma se determina de forma subjetiva tomando como referencia el plano catastro del terreno, tal como lo indica Ing. Villegas Rojas:

“Con respecto a la diferencia entre el avalúo de oficio del año 2004 y el del presente año, el pasado valuador tomo un año de construcción diferente, el cual yo no puedo verificar si el que él tomó está correcto debido a que yo no tengo acceso a planos constructivos, solo el plano catastro del terreno y este indica que en el año 1970 todavía no tenía construcción, yo indiqué de forma subjetiva que aproximadamente 5 años después construyeron por eso puse 35 años de edad. Además no me están indicando el año correcto de construcción ni aportan ninguna prueba con respecto a la edad de la construcción…”

DÉCIMO: Como último fundamento de impugnación, indica la recurrente que la valoración objeto de reclamo es inconsistente con lo determinado en el 2004 mediante el avalúo número 1200407831 con respecto al área de construcción y el valor del inmueble, siendo que en 6 años no se realizó construcción alguna. Sobre este particular la resolución N°063-PV-2012 se refirió que en cuanto al año de construcción que se determina en la valoración del 2004 y el cual el profesional valuador tomo un año diferente desconociendo la Ing. Lucrecia Villegas la fuente en que se determinó en ese momento. En cuanto al área establecida en el avalúo del 2004 con relación al impugnado, la profesional valuadora indica en su informe la metodología empleada para determinarla a falta de poder ingresar al inmueble, y a falta de pruebas por parte de la contribuyente se determina el área de construcción para un total de 391.82 metros cuadrados determinados en la valoración impugnada. UNDÉCIMO: Al respecto, en la apelación la recurrente no menciona el año de construcción ni aporta prueba al respecto, incumpliendo con lo previsto en el ordinal 33 del Reglamento a la Ley N° 7509 (Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que exige que deben indicarse los factores del avalúo que se recurren y la prueba que confirme su dicho, tal requisito no se ve cumplido en el plexo recursivo, siendo que solo se limita a indicar una serie de puntos por los cuales la recurrente pretende que se tomen en cuenta pero sin ningún tipo de prueba que pueda versar sobre lo indicado apartándose de todo fundamento lógico jurídico probatorio. DUODÉCIMO: Es preciso aclarar que tanto el avalúo objeto de este recurso, como cualquier otro de los efectuados por este Gobierno Local, se encuentran fundados en criterios técnicos, siendo que los avalúos, además de ser llevados a cabo por profesionales en el área, son el resultado de una visita de campo al sitio a valorar, pero siempre aplicando todos los criterios técnicos- científicos que en respeto del principio de legalidad proceden, tanto para la construcción en caso de que esta exista, como parte del terreno. Además no hay ilegalidad, si se han utilizado todas las variables legalmente permitidas, que constan en la plataforma de valores de terrenos por zonas homogéneas, que emite el Órgano de Normalización Técnica y se observa que en el avalúo se tomaron en cuenta los factores como la topografía, la ubicación, el equipamiento urbano, los servicios públicos del terreno, entre otros,

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que con el método comparativo, requiere implementar los factores de corrección o de ajuste, para individualizar el valor de este predio, con relación al valor del lote tipo, entregado por el Órgano de Normalización Técnica.

POR TANTO

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: En mérito de lo expuesto, y con base en el criterio de Proceso de Valoraciones de la Municipalidad de San José 1931-PV-2012, SE RECHAZA el recurso de apelación presentado por ADELIA ACOSTA HERNÁNDEZ contra la resolución 063-PV-2012 y que la misma se mantenga en todos sus extremos. SEGUNDO: se emplaza al interesado ante el Tribunal Fiscal Administrativo, según el procedimiento indicado por el artículo 19 de la Ley de Bienes Inmuebles, mismo que deberá interponerse dentro del plazo de quince días hábiles, DEBIENDO SEÑALAR LUGAR O MEDIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DEL CIRCUITO JUDICIAL EN EL CUAL TIENE SU SEDE EL TRIBUNAL, se deberá de trasladar el respectivo expediente administrativo debidamente foliado; en caso de que se traten de copias las mismas deben estar certificadas por el funcionario competente, según los lineamientos dados por el Tribunal Fiscal Administrativo. TERCERO: Notifíquese al interesado al medio señalado para tal efecto”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por Unanimidad mediante votación nominal solicitada por la señora Regidora Marín Gómez, se RECHAZA el Dictamen No. 035-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Votan en contra la totalidad de miembros presentes. Se acuerda: ACUERDO 05.- RECHAZAR ASUNTOS REFERENTES A EXPEDIENTE 3687/10-16 (CRUZ ROJA COSTARRICENSE, JUEGOS SOCIALES IBEROAMERICANOS Y OPER BINGO DE COSTA RICA); Y EXPEDIENTE 3730/10-16 (ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE).- “Se rechaza tomar acuerdo en referencia a dictamen No. 035-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS suscrito por los miembros: BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 3687/ 10-16, Expediente relacionado la solicitud de los señores Miguel Carmona Jiménez, presidente de la Cruz Roja Costarricense, Luis Szlak Mandelbaum, presidente de Juegos Sociales Iberoamericanos y José Daniel Duarte Camacho presidente de Oper Bingo de Costa Rica S.A para que se declare lo interlocutorio inadmisible el recurso o en su defecto se rechace en todos sus extremos y por el fondo. Y Expediente 3730/ 10-16:, Expediente relacionado con respuesta de la Asociación Cruz Roja Costarricense al señor Víctor Hugo Víquez Chaverri diputado de la Asamblea Legislativa en referencia a la patente promovida ante la Municipalidad de Heredia para la apertura de una sala de juego de Bingo de la Cruz Roja.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: En 2009, La municipalidad de San José concedió a la empresa Juegos Sociales Iberoamericanos SA licencia comercial para explotar un local comercial denominado ¨Gran Bingo Mil Colones¨ ubicado en calle 0 y 2 para la explotación de un total de 150 máquinas electrónicas de bingo mediante Resoluciones Nº 614-MAQ-2008 del 05 de noviembre del 2008 y 025-MAQ-2009 del 15 de enero de 2009. SEGUNDO: El 29 de setiembre del 2009, la Asociación Costarricense de Casinos en representación de los intereses colectivos de la Asociación y sus asociados interpuso recurso extraordinario de revisión contra las resoluciones Números 614-MAQ-2008 autorizando la explotación de 100 maquinas electrónicas de bingo a la empresa JUEGOS SOCIALES IBEROAMERICANOS SA y 025-MAQ-2009 autorizando la ampliación de 50 máquinas electrónicas de Bingo , ambas resoluciones entendidas como autorización conferida al beneficio de la Benemérita Cruz Roja Costarricense en aplicación del principio de silencio positivo en aplicación del artículo 80 del Código Municipal y los artículos 330-331 de la Ley General de Administración Pública. TERCERO: El 14 de junio del 2010, el Concejo Municipal mediante Acuerdo 23, Articulo I rechaza por el fondo el recurso extraordinario de revisión formulado por la Asociación Costarricense de Casinos y emplaza tanto la entidad recurrente (Asociación de Casinos) así como a las demás entidades interesadas en ello de acuerdo al contenido o los derechos que se desprenden o derivan de los actos administrativos impugnados (Asociación Cruz Roja Costarricense, Juegos Sociales Iberoamericanos S.A y Oper Bingos de Costa Rica S.A), todo a fin de no causar indefensión alguna, y para que dentro del plazo de 5 días hábiles contados a partir de la notificación a este acuerdo se presente ante el Tribunal Contencioso Administrativo para expresar agravios o defender sus derechos. CUARTO: El 30 de junio del 2010, el recurrente presenta un recurso de apelación admitido ante el Concejo Municipal contra el Acuerdo 10, Articulo IV de la Sesión Ordinaria 23 del día 5 de octubre del 2010 resolviendo elevar el recurso de apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo y emplazar tanto al recurrente como a otras organizaciones ante el Tribunal mencionado.

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QUINTO: El 24 de octubre de 2010, el recurrente solicita ante el Tribunal Contencioso Administrativo acoger el recurso de apelación contra el Acuerdo 23, Articulo 1 de la Sesión Extraordinaria 03 del día 14 de junio 2010, declarar procedente el recurso de revisión y anular por vicios de nulidad absoluta las Resoluciones Nº 614-MAQ-2008 y 025-MAQ-2009. SEXTO: El 13 de enero del 2011, las siguientes organizaciones: Asociación Cruz Roja Costarricense- Juegos Sociales Iberoamericanos y Oper Bingo de Costa Rica SA se apersonan ante el Tribunal Contencioso Administrativo en el proceso para que se rechace el recurso incoado por la Asociación de Casinos SETIMO: El 21 de Octubre del 2011, el Tribunal Contencioso Administrativo conoció el recurso de apelación resolviendo por un lado enderezar los procedimientos al efecto de que la sociedad Juegos Sociales Iberoamericanos SA, y la Cruz Roja Costarricense puedan hacer sus alegatos de defensa y por otro lado anular el acuerdo venido en alzada. OCTAVO: El 26 de Junio del 2012, se procedió a la audiencia atender las siguientes organizaciones: Asociación Cruz Roja Costarricense- Juegos Sociales Iberoamericanos y Oper Bingo de Costa Rica SA para presentar sus alegatos de defensa y pruebas de descargo.

POR TANTO

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: anular el Acuerdo Municipal numero 10, Articulo IV, de la Sesión Ordinaria 23 celebrada el 5 de octubre de 2010 emplazando el recurrente y los demás entidades interesadas en la elevación del Recurso de Apelación contra el Acuerdo Municipal número 23, articulo I, de la Sesión extraordinaria 03 del 14 de Junio de 2010 ante el Tribunal Contencioso Administrativo. SEGUNDO: enderezar el procedimiento mediante Audiencia pública la cual fue notificada a las partes mediante Oficios 2420-SM notificado el 12 de Mayo a las siguientes partes: Asociación Costarricense de Casinos, Oper Bingo de Costa Rica S.A., Juegos Sociales Iberoamericanos y Asociación Cruz Roja Costarricense. TERCERO: La Audiencia fue celebrada el 26 de Junio de 2012 para que las partes presenten sus alegatos de defensa y pruebas de descarga los cuales constan en el Oficio de la Asociación Cruz Roja Costarricense 0410-06-12-Pres recibido el 26 de Junio de 2012 y la Audiencia oral constando en la Minuta grabada ese mismo día(Adjunto soporte mediático). CUARTO: remitir al Tribunal Contencioso Administrativo, Sección tercera para que conozca el fondo”. RECHAZADO.- Por ocho votos para la dispensa, y por diez votos para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Votan en contra para la Dispensa los ediles: MURILLO CRUZ, RIVERA ARAYA y LAWSON MARCHENA. Vota en contra para el fondo y aprobación definitiva el edil: LAWSON MARCHENA. Se acuerda: ACUERDO 6.-TENER POR CONOCIDO INFORME DE AUDITORÍA 040-INF-A-2011 “GESTIÓN DE PRESUPUSTO Y TOMA DE DECISIONES DE TI”.- “Acójase y apruébese moción suscrita por la señora Regidora Zamora Bolaños, que dice:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la Auditoría Interna remite a este Honorable Concejo Municipal, para su conocimiento, el Informe de Auditoría Nº 040-INF-A-2011, denominado “GESTIÓN DEL PRESUPUESTO Y TOMA DE DECISIONES DE TI”. SEGUNDO: Que el referido informe esgrima una serie de recomendaciones a la Administración de vital importancia, para el mejoramiento de control interno. Todo en aplicación de los artículos 103, inciso c), del Reglamento de Orden y Debates del Concejo Municipal y el artículo 36 de la Ley de Control Interno.

POR LO TANTO:

Este Concejo Municipal con fundamento en los artículos supra citados acuerda: Tener por conocido el informe de Auditoría Nº 040-INF-A-2011, denominado “GESTIÓN DEL PRESUPUESTO Y TOMA DE DECISIONES DE TI”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Por diez votos para la dispensa, y por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Vota en contra para la Dispensa el edil: LAWSON MARCHENA. Se acuerda: ACUERDO 7.-TENER POR CONOCIDO INFORME DE AUDITORÍA 042-INF-A-2011 “CONVENIOS Y CONTRATOS MUNICIPALES”.- “Acójase y apruébese moción suscrita por la señora Regidora Zamora Bolaños, que dice:

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CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Auditoría Interna remite a este Honorable Concejo Municipal, para su conocimiento, el Informe de Auditoría Nº 042-INF-A-2011, denominado “CONVENIOS Y CONTRATOS MUNICIPALES”. SEGUNDO: Que el referido informe esgrima una serie de recomendaciones a la Administración de vital importancia, para el mejoramiento de control interno. Todo en aplicación de los artículos 103, inciso c), del Reglamento de Orden y Debates del Concejo Municipal y el artículo 36 de la Ley de Control Interno.

POR LO TANTO:

Este Concejo Municipal con fundamento en los artículos supra citados acuerda: Tener por conocido el informe de Auditoría Nº 042-INF-A-2011, denominado “CONVENIOS Y CONTRATOS MUNICIPALES”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Por UNANIMIDAD para la dispensa, y por diez votos para el fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Vota en contra para el fondo y aprobación definitiva el edil: LAWSON MARCHENA. Se acuerda: ACUERDO 8.-TENER POR CONOCIDO INFORME DE AUDITORÍA 044-INF-A-2011 “SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN”.- “Acójase y apruébese moción suscrita por la señora Regidora Zamora Bolaños, que dice:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la Auditoría Interna remite a este Honorable Concejo Municipal, para su conocimiento, el Informe de Auditoría Nº 044-INF-A-2011, denominado “SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN”. SEGUNDO: Que el referido informe esgrima una serie de recomendaciones a la Administración de vital importancia, para el mejoramiento de control interno. Todo en aplicación de los artículos 103, inciso c), del Reglamento de Orden y Debates del Concejo Municipal y el artículo 36 de la Ley de Control Interno.

POR LO TANTO:

Este Concejo Municipal con fundamento en los artículos supra citados acuerda: Tener por conocido el informe de Auditoría Nº 044-INF-A-2011, denominado “SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

PALABRAS E INCIDENCIAS SUSCITADAS DURANTE LA PRESENTE SESIÓN

INICIO DE SESIÓN. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Siendo las diecisiete con trece minutos se da inicio a la Sesión Extraordinaria número cincuenta y seis del día seis de agosto de dos mil doce”.

VOTACIÓN NOMINAL DICTAMEN 035 DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS- CRUZ ROJA COSTARRICENSE, JUEGOS SOCIALES IBEROAMERICANOS Y OPEN BINGO COSTA RICA S.A.

(Rechazada). REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Por el fondo los señores Regidores que estén de acuerdo, por el fondo tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias y muy buenas tardes a las y los señores Regidores Propietarios, Suplentes, las y los señores Síndicos Propietarios, Suplentes, señor Auditor, señores de la administración, señora Vicealcaldesa. Mi consulta es la siguiente, entiendo por el fondo lo que está diciendo la Licenciada Adriana Rojas, pero donde no me calza es que qué tenemos que ver nosotros con la Municipalidad de Heredia, absolutamente nada y aquí dice, expediente relacionado con respuesta a la Asociación Cruz Roja Costarricense y al señor Víctor Hugo Víquez Chaverri, Diputado de la Asamblea Legislativa, en referencia a la patente promovida ante la Municipalidad de Heredia para la apertura de una sala de juego de bingos de la Cruz Roja, entonces dice que por lo tanto esta Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, pide anular el acuerdo, entonces no sé qué tiene que ver la

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Municipalidad de Heredia con la Municipalidad de San José, si me puede aclarar la Licenciada Rojas se lo agradezco, gracias, perdón si nos puede aclarar corrijo, gracias”. LICENCIADA ADRIANA ROJAS RIVERO, ASESORA PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO: “El caso que nosotros estamos viendo es ante el Municipio de San José, no es ante la Municipalidad de Heredia, Mónica había hecho la observación, eso tiene que ser un error en el tema del asunto, porque el caso que estamos conociendo es de la Municipalidad de San José, en la Cruz Roja en San José”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Gracias señora Presidenta, entonces yo creo que si ya hicieron el análisis, me parece a mí que lo más razonable y lo más pronto a la legalidad es corregir porque a nosotros nos están trayendo el expediente tal, relacionado con tal y nos dice que es Heredia y Heredia no tiene nada que ver con San José, así es que me parece a mí que esto es mejor, no tenemos ni que aprobarlo ni anularlo, tienen que corregirlo, muchas gracias señora Presidenta”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Cano Castro”. REGIDOR CANO CASTRO: “Gracias señora Presidenta, yo quisiera que como nosotros comenzamos un nuevo proceso y dimos audiencias y todo, yo quisiera ver si el Departamento Legal se puede pronunciar nuevamente sobre esto, una vez que nosotros hicimos como otro proceso nuevo al abrir y dar audiencias y escuchar parte, a ver si existe un criterio legal”. LICENCIADA ADRIANA ROJAS RIVERO, ASESORA PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO: “Ya existe el criterio de la administración legal y va en el mismo sentido, don Douglas, en el momento en que dice asunto, dice dos números de expedientes, dice expediente treinta y seis ochenta y siete, diez dieciséis, expediente relacionado a la solicitud de los señores Miguel Carmona Jiménez, Presidente de la Cruz Roja Costarricense, Luis Szlak Mandelbaum, Presidente de los Juegos Sociales Iberoamericanos y José Daniel Duarte Camacho, Presidente de Open Bingo Costa Rica S.A. para que se declare el interlocutor inadmisible recurso en su defecto se rechaza en todos sus extremos por el fondo, punto, hasta ahí es lo que yo acabo de explicar, el otro acumularon ese expediente y desconozco la razón porque el compañero Karin hizo este dictamen y no sé por qué, pero si gusta le damos la palabra a Karin que resuelva eso”. SEÑOR KARIN BEN AMAR, ASESOR DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA: “Buenas noches, no sé si se vio el “por tanto” del dictamen, sí, sobre el asunto yo estoy llegando, en el caso del expediente mencionando la respuesta de la Asociación Cruz Roja al señor Víctor Hugo Víquez, Diputado de la Asamblea Legislativa, realmente una copia que fue transmitida por conocimiento a la administración municipal, pero de ninguna manera fue dirigida directamente al Concejo como tal, entonces fue realmente una respuesta que se dio de parte de la Asociación de Cruz Roja al Diputado Hugo Víquez Chaves”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Entonces es entendible que nosotros…la formalización es declarar inadmisible el recurso ofrecido para que se rechace en todos sus extremos y por el fondo, es así licenciada?, pero aquí no dice que estamos dando audiencia, ah ok”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”.

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REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Con eso de la audiencia es un proceso que se lleva en el Contencioso, que ya pasó por el Concejo, se supone que en todas las instancias que tenía que recurrir, el Contencioso ordena que hay que hacerle una audiencia porque ellos en el Contencioso alegaron que no se les dio audiencia acá, entonces lo que se hizo fue nada más acatar lo que ordena el Contencioso y la Comisión de Jurídicos que es a la que envía el Contencioso y la administración el documento que llega, procede en una sesión de Comisión de Asuntos Jurídicos, a darle la audiencia, la audiencia se les da y por ende se resuelve y se traslada ya para que el Contencioso resuelva por el fondo, porque lo único que teníamos que hacer era la audiencia, tal vez como está el de Heredia que explique nada más la parte del de Heredia por qué se acumula ese, pero la otra parte de la audiencia no tiene que ver nada con esto porque es el proceso del Contencioso”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Los señores Regidores que estén de acuerdo, por el fondo tiene la palabra la Regidora Bermúdez Salguero”. REGIDORA BERMÚDEZ SALGUERO: “Gracias señora Presidenta, solo para estar segura, el expediente treinta y seis ochenta y siete, es por el que nos estamos pronunciando, que se pide anular el acuerdo municipal, enderezar el procedimiento, etcétera, etcétera y el otro expediente el treinta y siete treinta diez dieciséis, que es el de la consulta de Víctor Hugo Víquez, simplemente se conoce y se archiva, nada más para que quede eso claro, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Los señores Regidores que estén de acuerdo con el dictamen número treinta y cinco de la Comisión de Asuntos Jurídicos, sírvanse levantar la mano, cuatro votos”. REGIDOR CANO CASTRO: “Presidenta solo para que conste que yo pido por favor otro criterio legal después de lo de las audiencias, que se refiere el criterio legal, de parte de ellos después de que vimos este procedimiento nosotros”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ. “Le pido revisión y le pido votación nominal para que cada uno justifique por qué no vota, porque esto es cumpliendo con un mandato del Tribunal, entonces le pido votación nominal y le pido revisión en esa votación”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “No se ha votado porque ella está pidiendo revisión, no se ha votado. Vean quiero pedirle un favor a los Asesores es que parece mentira pero son los que hacen más bulla, yo no digo que todos, lo voy a someter a revisión sin ningún problema y con votación nominal, le doy la palabra a un representante del Partido Unidad Social Cristiana, a dónde dice que no? Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Yo le pido entonces que me justifiquen jurídicamente por qué no cabe, cabe la revisión porque sin micrófono lo están aceptando los Regidores, simplemente se vota y dice que no tiene los votos y se va a rechazar, le dan la palabra a Alexander Cano para hablar del mismo tema, pues pido la palabra y pido revisión y que esa revisión sea nominal, si a mí me justifican jurídicamente que es improcedente pues yo retiro la petición, pero sí quiero que si mi petición es rechazada me la justifiquen jurídicamente por qué no se puede y dónde dice que una revisión no se puede pedir nominal, que mis palabras consten en el acta y las respuestas también”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Aquí la señora Secretaria me está diciendo que sí se puede y los otros Asesores me están diciendo que sí se puede, tiene la palabra un representante de la Fracción Unidad Social Cristiana”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA, PARTIDO UNIDAD SOCIAL CRISTIANA: “No voy a hacer uso de la palabra señora Presidenta”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra un representante del Partido Liberación Nacional”. REGIDOR CANO CASTRO, PARTIDO LIBERACIÓN NACIONAL: “Gracias, no vamos a hacer uso de la palabra”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra un representante del Pase”. REGIDORA QUESADA PACHECO, PARTIDO ACCESIBILIDAD SIN EXCLUSIÓN: “No vamos a hacer uso de la palabra”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra un representante del Movimiento Libertario”. REGIDORA SUÑOL OCAMPO, PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO: “Muchas gracias señora Presidenta, buenas tardes señora Alcaldesa en ejercicio, señores Regidores, Regidoras, Síndicos, Síndicas, Asesores, Asesoras y miembros de la administración, miren en este caso yo entiendo la necesidad de votar porque obviamente está en medio una resolución del Tribunal Contencioso para efectos de base para poder tomar este dictamen; sin embargo yo creo que en el caso que nos ocupa tiene que ver más que nada no solamente la forma o la audiencia que se dio o si es conveniente a Heredia o San José, sino tenemos que ver el fondo de lo que estamos tratando y en ese sentido yo creo que merece la discusión del caso, en este sentido el dictamen no está indicando claramente o no le hicieron saber a los miembros del Concejo Municipal qué es lo que está respondiendo la Municipalidad de San José en el caso en el que se sumaron los dos expedientes y yo creo que eso es lo que le está quedando no claro a los señores Regidores, qué es lo que responde la Municipalidad de San José en el específico y en el número de expediente que le corresponde, porque aunque se hayan sumado, yo creo que aquí hay un problema porque lo que venimos hablando de los casinos y la Cruz Roja, hace mucho tiempo se dijo que eran nulos todos los recursos de revisión que han presentado los señores de los casinos por improcedentes, entonces a mí me parece que si nosotros hemos tomado una serie de acuerdos anteriores, hemos dicho que es improcedente la revisión de las patentes de los permisos, el Contencioso nos pida a nosotros una revisión y que le demos audiencia a la parte, cuando nosotros ya hemos tomado acuerdos donde hemos dicho que no caben las revisiones de nulidad de las patentes otorgadas. Entonces aquí hay algo más importante que ver si don Víctor Hugo politizó el expediente en Heredia y si el Contencioso no ha entendido el problema y nos unió y nos hizo una sola cosa, yo creo que aquí aunque el Contencioso haya dicho que los unió, deberíamos separarlos porque aquí nosotros como Municipalidad y nosotros como Concejo ya resolvimos hace mucho tiempo. Muchas gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra un representante del Pac”. REGIDOR HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA: “Gracias señora Presidenta, buenas tardes compañeras y compañeros Regidores, compañeros y compañeras Síndicas, señora Presidenta, señora Alcaldesa en ejercicio, señora Secretaria, compañeros y compañeras Asesoras y vecinos de San José que nos acompañan. La duda que nos mantiene a nosotros como fracción es el haber vinculado los dos expedientes que en jurídicos yo creo que se discutió solamente el tema de la audiencia y cómo tenía que hacerse, incluso se iba a someter a una revisión un poquito más exhaustiva de los Asesores Legales, porque con el asunto propio de las audiencias y elevar al Tribunal Contencioso las audiencias el Tribunal va a revisar también la formalidad de la cual se tomó la audiencia, si se cumplió con todos los requisitos, entonces no es solamente hacer un… el “por tanto” es un poco más amplio porque el Tribunal lo revisará también en la forma en que se llevó a cabo la audiencia, yo pensaba que el dictamen se iba a redactar y se nos iba a tomar en consideración en la próxima Comisión de Jurídicos, pero bueno se presentó el dictamen y sí nos gustaría que se separaran los temas, uno lo que consultó el diputado y el otro tema lo que se refiera a la orden que nos envió el Tribunal Contencioso, gracias”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Le doy la palabra a la señora Secretaria”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Iniciamos la votación nominal con la intervención del señor Regidor Altamirano Quesada, su voto por favor”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias señora Secretaria, yo hago la consulta precisamente porque aunque ya haya un documento del Tribunal Contencioso Administrativo en la sección tercera, para que esto se conozca a fondo, entonces lo vamos a conocer a fondo según dicta el Tribunal Contencioso Administrativo; en el expediente que nosotros venimos aquí o que nos presentan para que lo valoremos, lo discutamos y lo aprobemos, aparece muy claro la primera parte, pero junto a este expediente al treinta y seis ochenta y siete diez guion dieciséis, aparece el treinta y siete treinta guion diez dieciséis, qué cambia? De treinta a ochenta y siete porque es la misma fecha y el mismo número de expediente y dentro de lo relacionado a la Cruz Roja Costarricense entiendo la ingerencia del señor Diputado Víctor Hugo Víquez Chavarría porque él vive en la Provincia de Heredia y fue electo en la Provincia de Heredia y habla de una apertura de una sala y dentro de la Comisión de Asuntos Jurídicos de este Concejo Municipal, recomienda a nosotros el honorable Concejo, anular el Acuerdo número diez, Artículo cuatro de la Sesión Ordinaria veintitrés celebrada el cinco de octubre de dos mil diez, emplazando al recurrente a las demás entidades, ojo, emplazando al recurrente y demás entidades interesadas en la elevación del recuso de apelación contra el acuerdo municipal número veintitrés y dentro del mismo formato que nos están entregando de la sesión extraordinaria, aparece el segundo inciso que dice “enderezar el procedimiento”, en el tercero que la audiencia celebrada del veintiséis de junio para que las partes presenten alegatos y defensas y pruebas de descargo, las cuales constan en el oficio de la Asociación de la Cruz Roja y en el cuarto, remitir ante el Tribunal Contencioso Administrativo, sección tercera para que se conozca a fondo. Me parece a mí que los compañeros acá tienen toda la razón y creo que mi recomendación es que esto se haga bajo un solo expediente para que nosotros no vayamos a confundirnos y aquí quiero aclarar que el Contencioso Administrativo necesita conocerlo a fondo y para conocerlo a fondo, aquí lo dice, cuarto, remitir al Tribunal Contencioso Administrativo sección tercera, para que conozca el fondo. Entonces me parece a mí que si hay una confusión y creo que no voy a decirle a los señores del Tribunal Contencioso Administrativo ya que esto tiene un soporte mediático, pues que yo también me confundí, así es que mi voto señora Presidenta es negativo, muchas gracias”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Su voto por favor señor Regidor Hernández Vásquez”. REGIDOR HERNÁNDEZ VÁSQUEZ: “Gracias señora Secretaria, efectivamente viendo el dictamen, en el dictamen solo se resuelve un expediente que es el expediente que trata sobre el tema que ordena del Tribunal Contencioso Administrativo, darle trámite según y cómo se tiene que hacer el trámite correspondiente legal a la audiencia, entonces acá se están mezclando dos expedientes que no se mencionan en el “por tanto” de ahí y se nos está diciendo en el resumen que ambos expedientes se resuelven por un solo “por tanto”, no estando eso claro en ese “por tanto” y uno de los acuerdos que creo se tomó en Jurídicos con relación a la nota del señor Víctor Hugo Víquez, era que se iba a archivar porque la nota no tenía mayor consideración a nosotros, o sea era una nota que hacía referencia a otras cosas, a la Municipalidad de Heredia propiamente, entonces no creo que se deban estar mezclando los expedientes y mi voto es negativo, gracias”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Su voto señor Regidor Murillo Cruz”. REGIDOR MURILLO CRUZ: “Gracias señora Secretaria, buenas tardes señora Presidenta, señora Alcaldesa en ejercicio, compañeros Regidores Propietarios, Suplentes, Síndicos, Síndicas: qué tema más complicado es este, es un tema que tiene varios años de estar en la corriente municipal, que trae tantos enredos técnicos legales que uno no sabe ni siquiera qué pensar sobre este tema; me llama poderosamente la atención ver que con todo el respeto a los Asesores que el compañero Karin emita un criterio sin ser él abogado, con todo el respeto, no estoy diciendo que no pueda saber de leyes pero me llama mucho la atención eso y me llama también poderosamente la atención saber que no hay un criterio técnico de la Dirección Legal, entonces más me llama la atención, ahora tengo entendido que la consulta del señor Diputado es otra cosa a lo que se quiere hacer acá, entonces se está confundiendo, entonces por eso es que mi voto es negativo en este momento gracias”.

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LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Acevedo Acevedo, su voto por favor”. REGIDORA ACEVEDO ACEVEDO: “Debido a la confusión que hay y realmente yo firmé ese dictamen lo voto negativo para que vuelva a la comisión, mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señor Regidor Cano Castro, su voto por favor”. REGIDOR CANO CASTRO: “Gracias, será porque yo sí no soy abogado y no entiendo mucho de leyes, pero ahora sí “se me revolvió más el tamal”, pero sí yo quiero que quede constando en actas que yo pido un criterio legal a la administración y lástima que estamos en votación nominal porque creo que ahí hay abogados de la administración que se hubiesen referido al tema; pero yo siento que nosotros…, yo no estoy en contra de lo que nos ordena el Tribunal Contencioso, al contrario, estamos cumpliendo, ok, estamos cumpliendo, pero yo quiero oír de la administración que nos diga si cumplieron, lo hicieron bien, así era y entonces votar tranquilamente, yo sí pediría por favor que quede constando en actas que yo pido un criterio de la administración, del Departamento Legal sobre eso y mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Zamora Álvarez su voto por favor”. REGIDORA ZAMORA ÁLVAREZ: “Mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Rivera Araya su voto por favor”. REGIDORA RIVERA ARAYA: “Mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señor Regidor Lawson Marchena, su voto por favor”. REGIDOR LAWSON MARCHENA, VICEPRESIDENTE MUNICIPAL: “Buenas tardes y gracias señora Presidenta y buenas tardes a todas y a todos, dado que hay una confusión con el expediente porque aparecen precisamente dos expedientes vinculados, uno de la Municipalidad de Heredia contra la orden del Tribunal Contencioso Administrativo, creo que el expediente debe ir otra vez a Jurídicos porque está confuso, mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Bermúdez Salguero, su voto por favor”. REGIDORA BERMÚDEZ SALGUERO: “Gracias señora Secretaria, primero yo sí quiero aclarar que mi Asesor envió un dictamen y el dictamen no incluía el segundo expediente, ese segundo expediente lo adjuntaron en la Oficina de Comisiones, entonces el dictamen aquí lo tengo como lo envió mi Asesor está claro, no incluye el expediente al cual nos estamos refiriendo y el “por tanto” lo que dice es anular el acuerdo municipal, enderezar el procedimiento e indica que ya la audiencia fue celebrada el veintiséis de junio y se remite al Tribunal Contencioso Administrativo, eso fue todo lo que hizo mi Asesor, me parece que aquí malintencionadamente se está haciendo creer que fue un error de mi Asesor que la verdad es que ni siquiera debería de estar haciendo criterios en la Comisión de Jurídicos que se hace como una colaboración y que se hace con mucho gusto, pero no me parece a mí justo que se venga aquí a jugar con el trabajo de una persona y emitir criterios sin conocer el dictamen que emitió mi Asesor y sin conocer quién causó la confusión en este dictamen, mi voto es negativo, porque sí, claro que lo enredaron y echaron a perder el trabajo de mi Asesor, gracias”.

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LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Marín Gómez, su voto por favor”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Qué difícil pero yo no puedo estar de acuerdo con algunas palabras que se han dicho aquí, primero si Robert Arias no es representante de la Dirección Legal, que me manden una nota de la Dirección Legal y me digan que Robert Arias no es, porque los miembros de la Comisión de Jurídicos que estuvieron ahí ese día, ahí estaba don Robert Arias y recuerdo que del dictamen primero que traía Karin casi que lo volvieron a redactar, porque yo no me di cuenta del enredo porque si ustedes ven el dictamen yo no voté, yo me abstuve de votar, porque aquí a veces cuando uno se abstiene de votar tiene que explicarle a todos, porque aquí cualquiera puede hacer de todo, pero Patricia Marín tiene que explicarle a todos por qué hace las cosas, yo no estoy excusándome porque Jorgito Hidalgo yo lo aprecio mucho, o porque quiera favorecerlo porque no, pero yo creo que tampoco afectaría que vote o no vote, pero Jorge Hidalgo para los que no saben que se han preguntado y han dicho tanta cosa, Jorge Hidalgo es testigo en los procesos que yo llevé contra el Municipio y todavía hay uno pendiente y don Jorge Hidalgo es testigo, entonces por ética no puedo yo venir a votar algo que se esté viendo él si yo lo llevo como testigo en uno de mis juicios, por eso es que yo me he excusado cuando se ha votado algo de Jorge Hidalgo, no porque tenga algo que ver con los casinos o mi interés, pero yo lo sometí en la comisión, pero no participé cuando se estaban haciendo las cosas y entonces cuando se da eso, no puedo aceptar tampoco que digan que ahora aquí se han inventado cosas y se quiere decir que fue un Asesor el que lo hizo, tampoco voy a aceptar que diga que la secretaria de la comisión fue la que tuvo la culpa porque así tampoco es, porque ahí los Asesores que están aquí sentados en este Concejo, se discutió y cada uno de ellos aportó y que me digan los Asesores si así no es; entonces ahora muy fácil venir, cuando se le está tratando de enderezar esto, si está mal, está mal, la semana pasada ahí dijimos que solo los ríos no se devuelven y yo lo digo, si el dictamen viene con ese enredo, porque al principio yo creí que lo habían adjuntado como referente del expediente, porque realmente el “por tanto” lo que dice es lo que la comisión aprobó, entonces si aquí no sé, a veces llama mucho la atención ver la actitud de los compañeros, porque si yo recuerdo no es el primer expediente que viene así, a veces aquí se han dado otras cosas con otros expedientes y se devuelven a la comisión y yo no veo a ninguno de ustedes hacer el alboroto que se hizo, porque es mejor hacer un receso, explicar las cosas y llamar a la secretaria de la comisión a ver qué fue lo que pasó y el problema se puede arreglar, pero no es estar quitándome la carga yo para tirársela a otro porque el otro es el culpable, por lo menos yo no acepto que aquí se diga que la secretaria de la comisión es la culpable, porque la secretaria de la comisión lo único que hace es redactar el acuerdo que se queda en la comisión y ahí participan todos los Asesores incluyendo a Robert Arias, que mis palabras consten en el acta mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Señora Regidora Zamora Bolaños, su voto por favor”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “En vista de la confusión mi voto es negativo”. LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN, SECRETARIA MUNICIPAL: “Esta votación tiene un rechazo unánime”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Queda rechazada y se devuelve a la Comisión de Asuntos Jurídicos, tiene la palabra el Regidor Cano Castro”. REGIDOR CANO CASTRO: “Sé que no hay nada en discusión, solo para decirle a las compañeros, yo valoro mucho el criterio de los señores Asesores e inclusive de diferentes fracciones cuando externan sus opiniones en las comisiones y valoro mucho su trabajo y creo que Karin es una persona que aporta bastante a las comisiones e inclusive creo que él era uno de los que pensaba, no lo dijo, pero pensaba igual tal vez tener un criterio, porque yo ni siquiera estoy hablando de la confusión que hubo ahí de los documentos, hablo de que simplemente quiero un criterio legal de que diga que hicimos las cosas bien o las hicimos mal, se que las hicimos bien y obedecimos lo del Contencioso, pero sí quisiera ese criterio legal ahí, gracias”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Yo nada más quiero decir algo, sí hay un criterio legal aquí, porque para que este dictamen salga tiene que haber un criterio legal”.

MOCIÓN RELACIONADA CON EL INFORME DE AUDITORÍA 040 INF A 2011 DENOMINADO GESTIÓN DEL

PRESUPUESTO Y TOMA DE DECISIONES DE TI. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Por la dispensa los señores Regidores que estén de acuerdo sírvanse levantar la mano, Alex usted está votando? Es un Informe de Auditoría, ocho votos, votan en contra el Regidor Murillo Cruz por no estar en su curul, la Regidora Rivera Araya y el Regidor Lawson Marchena, tiene dispensa, tiene la palabra por fondo el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias señora Presidenta, el origen de este dictamen de la Auditoria o de este pronunciamiento de la Auditoría en base al comunicado de la Contraloría General de la República para el dos mil once, nosotros lo analizamos y la conclusión general que pudimos interpretar es que el despacho de la Auditoría el cinco de diciembre tanto en el proceso de creación como en el manejo de presupuesto y como el funcionamiento del comité gerencial, se ha llevado a cabo según los lineamientos establecidos por la Municipalidad de San José a pesar de que debe poner… hace una recomendación cuidado (sic) en la aceptación de la minutas por parte de los integrantes del Comité Gerencial de Tecnologías de Información y a mí me parece que el despacho del Auditor no solamente está dando resultados satisfactorios, sino que ha encontrado algunas debilidades de control interno y de alguna u otra forma en la conclusión general cree que debe de poner en orden y más cuidado en la aceptación de las minutas por parte de los integrantes del Comité Gerencial, por qué quiero decir esto? Bueno porque a mí me parece que dentro de la gestión municipal y la Gerencia de Provisión de Servicios con la Gerencia de Tecnologías de Información, asimismo con el Alcalde, tienen a cargo la coordinación del Comité Gerencial de Tecnologías de Información y me parece pues que en ninguna parte del informe habla más que una pequeña conclusión general en donde pide que se le ponga mayor especial…, perdón, poner especial cuidado en la aceptación de las m inutas, muchas gracias señora Presidenta”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Bermúdez Salguero”. REGIDORA BERMÚDEZ SALGUERO: “Gracias señora Presidenta, yo no estoy recibiendo últimamente los Informes de Auditoría y pensé que era yo solamente la que tenía el problema, pero veo que de esta fila nadie los está recibiendo, tal vez sería bueno conversar con el Auditor para que nos siga mandando los informes y tal vez si del resumen ejecutivo se puede leer la conclusión del informe, porque es corto, por lo general es de un párrafo, tal vez si se puede leer la conclusión para que los compañeros puedan votarlo, aunque es de mero conocimiento, es bueno saber la conclusión del informe gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Le doy la palabra al señor Asesor”. LICENCIADO OSCAR PÉREZ CARPIO, ASESOR DE PRESIDENCIA: “Este es el Informe cero cuarenta Gestión de presupuesto y toma de decisiones d, f, e, la conclusión general básicamente dice lo siguiente, “este despacho considera que el cinco de diciembre de dos mil once tanto el proceso de creación y el manejo de presupuesto de TI como el funcionamiento del Comité Gerencial se ha llevado a cabo según los lineamientos establecidos por la Municipalidad de San José a pesar de que se debe poner especial cuidado en la aceptación de las minutas por parte de los integrantes del Comité Gerencial de Tecnologías e Información”, esa es la recomendación básica que tiene este informe”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Lawson Marchena”.

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REGIDOR LAWSON MARCHENA, VICEPRESIDENTE MUNICIPAL: “Gracias señora Presidenta, este informe no se me envió al correo y creo que sería importante que estos informes precisamente y aquí está don Israel sea él el que los explique y con mucho respeto don Oscar, creo que para eso tenemos aquí al señor Auditor para que nos aclare las dudas de estos informes, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el señor Asesor”. LICENCIADO OSCAR PÉREZ CARPIO, ASESOR DE PRESIDENCIA: “Yo quiero aclarar que la función mía acá es leer los informes, si por alguna eventualidad algún Regidor me pregunta alguna consulta legal yo con mucho gusto, nunca hemos estado en desacuerdo que cuando se pida un criterio de la administración o de la Auditoría, se llama al profesional que esté presente y que haya mandado la administración como es el caso del señor Auditor que se encuentra aquí”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Esos son los dictámenes que venían en una sola moción hace un tiempo y que se cambiaron ahora moción por moción, si bien yo acepto que aquí un Regidor diga que no le llegó al correo, vamos a seguir en ese jueguito, no llegó al correo y se sacaron hace quince días para pasarlos moción por moción y cómo es posible que si tienen Asesores los Asesores no vean que eso está presentado ahí desde febrero y marzo haciendo fila, porque yo tengo el informe de mi Asesora y no es que aquí vayan a creer que es que yo vengo a defender a nadie, aquí yo no defiendo a nadie, cada quien que se defienda solo, pero no hallo lógico que los informes estén haciendo fila y que no los vean y que pidan tiempo porque hace unas semanas aquí los dictámenes se sacaron porque venían en una sola moción, para que vengan moción por moción y si tenemos Asesores y no lo están viendo entonces vamos a seguir o sea yo sí quiero que me expliquen si los vamos a dejar, si no se van a votar, que los Asesores o el Regidor que los quiera ver la próxima semana ya los haya visto y que los discuta con el Auditor, porque yo me levanté a preguntarle al Auditor si le han consultado o han hablado con él sobre estos informes, porque no se trata solo de que yo me puedo oponer pero tengo que darle la justificación de por qué, como cuando vino aquí el de los Mupis lo justificamos por qué queríamos una ampliación y así se aprobó, pero no es nada más tenernos ahí y seguir teniéndolos una semana más, quince días más y no los leemos. Entonces yo no digo, yo no desconfío de que un Regidor diga que no los recibió, pero está bien no lo recibió, pero dónde están los Asesores que tiene cada fracción que no ve lo que está puesto en el Orden del Día, porque ahí los recibidos que tienen esos Informes de Auditoría hay unos desde febrero y otros desde marzo; entonces yo sí quiero que mis palabras consten en el acta y la respuesta también si vamos a seguir con ese jueguito de que no lo votamos pero no lo revisamos tampoco, entonces para qué queremos no votarlos?”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Le doy la palabra al señor Asesor”. LICENCIADO OSCAR PÉREZ CARPIO, ASESOR DE PRESIDENCIA: “Yo quiero también agregar a lo que dije hace un rato, estos informes datan desde febrero del dos mil once y tenemos memorándum donde la Presidencia en su oportunidad en tiempo y forma, porque de acuerdo a la Ley de Control Interno la votación de estos informes tiene un plazo por parte del Concejo aunque sean de mero conocimiento, donde constan esos memorándum en que la Presidencia en tiempo y forma desde la época del señor ex presidente Cano, se le comunicó a todas las fracciones, está el recibido conforme y de acuerdo a lo que establece la Ley de control Interno desde el momento en que se pone en conocimiento ese memorándum ya se está poniendo en conocimiento y cumpliendo con lo que establece la Ley de Control Interno. Por razones que se han dado hemos ido aceptando la propuesta de los mismos Regidores que por favor se vuelva porque no lo han estudiado, entonces nosotros volvemos a prorrogar, a Cano le consta y a la señora Presidenta nueva, nos vuelven a decir que no los han visto y volvemos a prorrogar y hemos tenido esa paciencia, el problema es que ya el plazo se postergó y ya está vencido”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Yo quiero decirles que esos informes hace tiempo están ahí, a mí lo que me llama la atención es que los Asesores van y ven las cosas y después dicen que no, que no las han visto, ahí han estado a la disposición, hay mucho tiempo para leerlos, entonces no es culpa de nosotros, tiene la palabra la Regidora Suñol Ocampo”. REGIDORA SUÑOL OCAMPO: “Muchas gracias señora Presidenta, miren qué bonito escuchar esas palabras de que los Asesores deben ser más consecuentes con sus deberes de atender mayormente a los Regidores, pero eso no puede ser si el Regidor no exige, si el Regidor no pide es muy difícil que el Asesor sepa qué es lo que quiere, pero yéndonos a dónde debe ir la discusión es la siguiente, hay un espacio en la agenda ordinaria donde dice dictámenes e Informes de Auditoría, si en este Concejo Municipal durante los últimos treinta meses de gestión se pusiera con anterioridad en agenda qué informes se van a conocer, por favor el señor Auditor que está aquí presente, podría traer a su columna de profesionales que les pagamos disponibilidad, que tienen carro y que estarían aquí diciéndoles cuál fue la metodología que usaron para hacer cada uno de los estudios y por qué llegaron a la pequeña conclusión que don Oscar dice que él se limita no más a leer, entonces? Lo que dice don Oscar es cierto, si alguien quiere verificar si lo que se está diciendo tiene algún problema jurídico, don Oscar lo puede verificar, pero la única gente que puede decir cómo se hizo el informe, es la Auditoría y sus profesionales, así que yo sí, en definitiva, yo personalmente me voy a sacudir, a mí no me va a venir a decir nadie que algo que está tirado desde el dos mil once y porque ya venció el plazo yo me lo tengo que tragar, yo lo siento a mí me explican por qué el Comité Gerencial de TI, o sea de Tecnologías de la Información, no tiene actas, por qué compramos millones de colones en computadoras y hacemos un avance tecnológico, perdonen aquí se hizo una emisión de bonos gigantesca en millones para la modernización TI, o es que me parece? Cuánto doña Eugenia; es una fortuna la emisión que se hizo en bonos para el mejoramiento TI y si yo entro a la página web de la Municipalidad de San José, no ha cambiado en los últimos cinco años; así que no me vengan con cuentos, este primer informe que están diciendo que no hay actas, TI, los gerentes tienen que hacerlas, tienen que decirnos en qué se van a invertir los bonos, entonces con todo respeto doña Sonia, yo entiendo pero si pusiéramos en la agenda así con esa vehemencia que usted dice, que el Asesor debe estar informado, bueno, por qué no ponemos en agenda de previo para que todos estemos informados de lo que se va ver, mire esto es bochornoso, trámite urgente y nadie sabe a que veníamos hoy, nadie sabe, por qué no nos mandan el trámite urgente desde la semana pasada para que sepamos? Don Oscar, el trámite urgente debería de tener nombres y apellidos, deberíamos de decir qué dictámenes se van a leer, no, no, entonces ese es el cuento que me dijeron hace unos meses, que la señora Presidenta tiene la potestad de poner lo que a ella le dé la gana en el folder de trámite urgente, perfecto, entonces yo le digo a los señores Regidores que si a ustedes les dio la gana hoy poner en trámite urgente esto y no lo quieren votar no lo voten”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Hernández Vásquez, tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias, caramba Blanquita usted muchas veces yo le he escuchado y ha regañado en reiteradas ocasiones, perdón ha intentado regañar en reiteradas ocasiones a los Asesores, es más casi que les ha dicho hasta que no trabajan, eso no porque yo lo diga, sino que ella lo ha dicho, pero a mí me parece que Blanquita hoy acá… y aquí tengo que apoyar las palabras de la Regidora Marín Gómez, esto ya viene dentro de alguna forma haciendo fila y me acuerdo que todos pidieron que por favor se hiciera en la forma como se está haciendo ahora. Ahora, esto es un informe, lo que Blanca Suñol está diciendo es totalmente aparte, que yo me acuerdo que la semana pasada muchos dijimos que ojalá que empezáramos a dictar políticas en la administración, eso es Blanca, dictar políticas de la administración y comparto las palabras de la compañera Bermúdez Salguero de la semana pasada, eso que usted está diciendo Blanca es lo que hay que hacer, pero no confundamos el arroz con los frijoles, esto es un informe y nos está llamando la atención el señor Auditor, bueno empecemos nosotros a evaluar el por qué diez mil millones de colones y no vayamos muy largo Blanca y ni siquiera aparece en el website el Concejo Municipal, entonces de qué se asusta? No nos asustemos, empecemos a dictar pautas políticas reales y genuinas, pero “no le atravesemos el caballo” en donde sí “tenemos que tirar los misiles”, “sacar los dardos” y “sacar todo el armamento” en la pauta política que este Concejo le debe decir a la administración que tiene que hacer, pero en esto, yo tengo acá mire, yo tengo absolutamente todos los informes de la Auditoría y me parece que nosotros nos sentamos, pero quiero decir algo acá, yo creo que ya está bueno que algunos Regidores dejen de estar regañando casi que insultando la inteligencia de muchos Asesores, me parece que aquí quien tiene que regañar y que no debe de hacerlo inclusive, quien tiene que llamar la atención y en privado somos nosotros hacia nuestros propios Asesores y no venir aquí a ventilar cosas que no tengan que hacerse. Repito Blanca, yo me apunto con usted, con el Movimiento Libertario, si tenemos que de verdad hacer fila y decirle al Pac y decirle a Liberación Nacional y decirle al Pase que empecemos a dictar pautas políticas, pues lo hacemos, pero no confundamos, me parece que don Oscar aquí hoy tengo que darle a usted la razón, usted está siguiendo un lineamiento de parte de la Presidencia y

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me parece que el informe tal y cual viene haciendo fila hace bastante rato, así es que ustedes lo pidieron y una vez que lo pidieron hoy pues sacan un montón, entonces ahí es donde uno dice dónde estoy? Muchas gracias señora Presidenta”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Cano Castro”. REGIDOR CANO CASTRO: “Gracias señora Presidenta, primero que todo yo quiero secundar en parte las palabras que dijo la Regidora Marín Gómez cuando habla del señor Auditor, cuando él se ofreció aquí, que él venía hasta una hora antes cuando íbamos a ver temas y alguien quisiera que se le explicara, él venía con mucho gusto y se apersonaba y explicaba el dictamen que fuéramos a ver, a don Oscar sé la lucha que ha dado con este tema porque desde mi gestión cuando estuve de Presidente, a él le correspondía lo que eran los temas, siento de que nosotros verdad no estamos haciendo las cosas como se dice, creo que ya estos dictámenes tienen mucho tiempo, ya tienen vencimiento, sí correcto, creo que aquí hay trabajo de parte de los señores Asesores los cuales les reconozco su trabajo, pero sí poner un poquito más de atención en esto y no buscar culpables porque yo siento de parte de la Auditoría ellos han cumplido con enviarlos y que nosotros un tiempo para recibirlos y darlos por conocidos aquí en la administración”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Murillo Cruz”. REGIDOR MURILLO CRUZ: “Gracias señora Presidenta, aquí como que últimamente se están molestando porque uno lleva la contraria, o se molestan, con todo el respeto al señor Karin, en lo personal me parece que es una persona muy sana, una buena persona, aquí nadie ha querido insultarlo a él, el tema laboral es otra cosa, aquí que no se confundan las palabras de la ponzoña, porque eso es otra cosa, aquí tiene que gobernar la libertad de expresión y no porque yo discrepe de alguien signifique que esa persona es mala, o es corrupta, el problema es que el corazón le dicta a la boca muchas veces lo que siente y lo que vive. Aquí desgraciadamente todo esto se frenó porque creyeron o dieron a entender un montón de cosas que quién sabe qué venía ahí metido y que querían, no, de mero trámite es esto nada más, punto, pero aquí gobierna más la maldad en algunos casos cuando se quiere entorpecer o frenar la labor de la administración o de la Municipalidad y ahora aquí llegan y quieren decir que estamos como desacreditando al señor Karin o a otros Asesores, no, cada fracción tiene su Asesor y “cada quien mata pulgas como quiere” y a como le gusta y cada fracción tiene que aprender a respetar a los Asesores, porque cada Asesor es nombrado por las diferentes fracciones, así como don Oscar está a tiempo completo con la señora Presidenta, nosotros tenemos a don Walter y a don Mauricio y nosotros sabremos cómo nos trabajan ellos a nosotros, si nos trabajan bien, mal o regular, pero es problema de nosotros, de Liberación Nacional, no es problema de ningún otro Regidor o de ningún otro miembro de este Concejo Municipal, yo no tengo que andar calificando el trabajo de nadie, pero aquí se ha querido dar a entender algo que no es, no confundamos “la gordura con la hinchazón” y sobre todo que respetemos la expresión, la libertar de expresión, por eso es que vivimos en un país democrático y las mayorías mandan y muchas veces las mayorías están de un lado que tal vez a uno no le parece, pero esa es la mayoría y hay que respetarla, pero aquí hay gente que irrespeta la voluntad de la mayoría y ya eso se viene dando hace muchos meses atrás, aquí la gente se enoja, saca pecho e insulta e insinúa cosas, aquí hay gente que dice cosas que no son, lástima que no tienen el valor para decirlo en el micrófono para que quede grabado, porque aquí hay gente que trabaja a espaldas de la gente y pone a pelear a los miembros de este Concejo, eso no es asesorar, eso es enredar y enmarañar el Concejo Municipal, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Por el fondo los Regidores que estén de acuerdo con el Informe número cuarenta de la Auditoría, sírvanse levantar la mano, diez votos, acuerdo firme diez votos, vota en contra el Regidor Lawson Marchena”.

PALABRAS DEL SEÑOR AUDITOR MUNICIPAL EN RELACIÓN A LOS INFORMES DE AUDITORÍA.

REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Don Israel”. LICENCIADO ISRAEL BARRANTES SÁNCHEZ, AUDITOR MUNICIPAL:

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“Muy buenas noches y muchas gracias a todos, miren se los digo con todo respeto, de verdad que de pronto es lastimoso que estemos otra vez con lo mismo y quiero decirles algo con mucho cariño, yo creo que es la tercera o la cuarta ocasión en que yo estoy acá refiriéndome a este tema, ya les he dicho en múltiples ocasiones dos situaciones que me preocupan con respecto a los Informes de Auditoría, primero que es sumamente difícil que yo en este momento de memoria me vaya a acordar de una situación de unos informes que tienen seis, siete o más meses atrás, que me pueda referir a una particularidad como la que en este momento me pide la Regidora Bermúdez de memoria, tampoco sería en este momento responsable de mi parte decir que se ha cumplido un ochenta o un noventa por ciento o que no se ha cumplido las recomendaciones, tendría necesariamente que ver el expediente y para venir acá en este momento y poderme referir a estos casos, figúrense ustedes que yo ni siquiera pensé que se iba a ver en la agenda de hoy y mucho menos sabía que los Informes de Auditoría que están discutiendo ustedes en ese momento o que están conociendo, ni siquiera sabía siquiera que estaba en la agenda, pero para mí es materialmente imposible poderme referir a todo este tipo de situaciones y les recuerdo otra vez, ya les he pedido en varias ocasiones que saquemos un espacio en las sesiones, en las ordinarias o en las extraordinarias, o en las que ustedes determinen para ver solamente asuntos de Auditoría, hace un rato recordaba la Regidora doña Blanca esa situación, de que ya había un ofrecimiento del Departamento de Auditoría de venir a discutir acá si era del caso con los auditores encargados de cada estudio para ver las particularidades, pero les repito otra vez, en este momento de memoria sería irresponsable de mi parte decirles en qué estado están, o que en este momento me acuerdo de uno u otro informe, nosotros manejamos cualquier cantidad de estudios, en este momento estamos manejando cerca de veinte, veinticinco estudios, iguales algunos que están en proceso, otros que están de salida, es muy difícil para mí le repito de memoria poderme referir a este tema”.

MOCIÓN RELACIONADA CON EL INFORME DE AUDITORÍA 044 INF A 2011 DENOMINADO SEGURIDAD DE

LA INFORMACIÓN. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Por la dispensa los señores Regidores que estén de acuerdo con el Informe número cuarenta y cuatro de Auditoría sírvanse levantar la mano, once votos, por el fondo tiene la palabra la Regidora Bermúdez Salguero”. REGIDORA BERMÚDEZ SALGUERO: “Gracias señora Presidenta, este Informe de Seguridad en la Información a mí me parece que si es bien delicado en el sentido que lo que arroja como resultado es que hay deficiencias e inconsistencias en el manejo de la información, entonces dice que la información no es fiable para la toma de decisiones, cobro de tributos, estadísticas y gestión de trámites, o sea no es fiable para nada, si no tenemos información fiable para tomar decisiones, estamos mal y si tampoco podemos cobrar los tributos bien porque la información no es fiable, creo que esto ameritaría una comisión especial que le de seguimiento a este tema que es importantísimo, tenemos que asegurar la información, darle seguimiento a este informe a mí me parece fundamental, yo diría que incluso tal vez ya que está el Auditor aquí que nos dé la oportunidad de explicarnos y darnos un informe de seguimiento que hicieron ellos, porque estar con la información suelta, que no podemos ni siquiera cobrar bien los tributos, es peligrosísimo, en una Municipalidad de este tamaño yo diría que es vital tener información fiable. Entonces a mí me encantaría que el Auditor nos pudiera hacer tal vez darle de una vez un chance en una sesión y que venga y nos dé un informe de seguimiento de este informe, es fundamental, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias señora Presidenta, yo creo que aquí podemos presentar señora Presidenta una o dos mociones, aquí la Auditoría nos está recomendando a nosotros qué es lo que está pasando y también nos da una conclusión general y ese departamento logra determinar y evaluar que los controles de las medidas ambientales, el acceso lógico y físico de la Dirección de Tecnologías de Información, dice una correcta administración en las distintas áreas e ingreso al equipo de cómputo, pero dice “ de esta forma se satisfacen los principios de confiabilidad y disponibilidad y con respecto a la calidad de los datos se detectó deficiencias, evidenciando que la información no es confiable para la toma de decisiones que es lo más importante”, “sin cacao no se puede hacer chocolate” dice: “el cobro de los tributos, estadísticas y gestión de trámites entre otros” y aquí él menciona a dos personas, perdón la Auditoría menciona a dos personas que es al señor Warner Vargas, Jefe del Departamento de Desarrollo de Sistemas y lo más serio dice al Licenciado Edgar Sandoval Montero, Gerente Administrativo Financiero y qué es lo que le está pidiendo, bueno, gestionar una implementación de controles de revisión de la información que procesen en el sistema de urbanos, bienes inmuebles y patentes y monitoreo de alarmas, como también la determinación de los campos del llenado obligatorio del sistema y a dónde va la moción que este Concejo señora Presidenta, inclusive usted la puede presentar, es pedirle precisamente como Concejo Municipal al señor Edgar Sandoval o en

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este caso a la administración que gestione una implementación más drástica en base a los controles de revisión de información que procesa lo que acabo de enmarcar y en conclusión general pues se puede determinar que la evaluación de los controles carece de muchos fundamentos y tiene muchas deficiencias y está evidenciando que la información no es confiable, o sea aquí nos están diciendo señores Regidores qué es lo que tenemos que hacer, nos están llamando la atención, nos están diciendo señores quieren ordenar la casa? Bueno aquí tienen tomen, empiecen a ordenarla ya, pero si nosotros no lo hacemos porque a alguien se le ocurrió presentarla y ahí comparto con mi compañero Luis Murillo, pues nos vamos ahí con las baterías contra él, contra la persona que lo presenta, pero yo creo que si aquí de verdad con sentido común, con los principios bien establecidos nosotros aplicamos estas recomendaciones tales y cuales, yo lo dije, aquí estoy y todavía estoy esperando, bueno hagámoslo, me parece que aquí está ya cómo y de qué forma aplicar los sistemas políticos del cual la administración pues sigue haciendo caso omiso a lo que nosotros le decimos muchas gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Suñol Ocampo”. REGIDORA SUÑOL OCAMPO: “Gracias doña Sonia, miren yo vuelvo a insistir, a ustedes les encanta decir que son de mero trámite, pero aquí nada es de mero trámite, lo que es de mero trámite es la recomendación que nos hace la Auditoría, porque si yo me pongo a analizar que tenemos una base de datos que no es fiable, estamos pero muy, muy fregados, muy, muy fregados y si ustedes me dicen que a pesar de que digan que eso está tirado desde febrero de dos mil once yo voy a levantar la mano para que los señores funcionarios sigan cobrando su salario de siete y treinta, a cuatro y no quiero recordar los dos millones de dólares que se perdieron con la consultoría mexicana, no lo quiero recordar porque ya eso pasó y estamos esperando lo que diga el Contencioso y ya pasó, pero entonces cómo hago yo con la basura que hay en la base de datos, entonces no me pueden decir, nadie me puede decir que esto es de mero trámite, que yo alzo la mano… bueno yo no voto, pero yo no me atrevo a votar algo que es de mero trámite para que mañana me diga alguien que simplemente se descargan o se cargan datos de personas que tienen deudas y no sabemos qué pasa. Ahora yo no dudo de la honestidad de los funcionarios, del trabajo que realizan, de todo el compromiso que tienen con la gestión pública, que ellos son personas que cumplen a cabalidad todo lo que dice la ley, jamás, pero sí me gustaría tener una respuesta clara a las recomendaciones que se hacen y el único jerarca bifronte que puede pedirle eso a la administración es este Concejo Municipal, porque yo como josefina si hoy esta noche me voy de aquí sabiendo que ustedes no piden cuentas a la Comisión TI que invierte miles de millones de colones de mis impuestos y no lleva actas, de que no se puede analizar asuntos de convenios, porque no se cumplen las recomendaciones de la Auditoría desde hace once meses y ahora votan por mero trámite que la base de datos no es fiable, señores ustedes son parte del desorden que tiene la Municipalidad de San José y que esos cincuenta mil millones que aprueban que dentro de un mes tienen que volver a aprobar, es para tirarlos a la basura, por qué? Porque en ese presupuesto deberían venir dineros para corregir las deficiencias que hemos detectado desde febrero del dos mil once, pero yo no voto, yo estoy aquí en la segunda fila, pero una cosa es clara, que entiendo lo que está pasando, aquí a mí nadie me va a engañar, nadie me va a decir que ya todo está hecho, que ya se cumplió el plazo y que entonces ahora hay que votar esto a la carrera y que los funcionarios han hecho todo lo que han podido en su vida, porque yo creo que hay más qué hacer, hay mucho trabajo por hacer y ustedes son los llamados a llamar al orden, a cumplir metas y si no lo hacen, señores perdonen, pero no estamos cumpliendo con lo que nos ha pedido el mandato popular, el pueblo, fiscalizar que nuestros dineros lleguen a buen puerto, muchas gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Blanquita no nos equivoquemos, los Regidores Suplentes no en vano están atrás, tienen voz, que usted de los suplentes es la que mayormente hace uso de ese derecho que tiene, no vota es cierto, tenemos más responsabilidad los que votamos, pero yo creo que los Regidores que están aquí que no votan y tienen conocimiento no pueden declarar omisión o desconocimiento, entonces tal vez no en igual grado, pero todos tienen responsabilidad, no crea que el asunto solo alcanza la primera fila y con respecto al desorden, cómo no vamos a ser parte de un desorden si este Concejo últimamente se ha caracterizado porque somos desordenados y porque hacemos desorden. Entonces lo que me llama la atención es que aquí se diga de los dictámenes de mero trámite y que de los asuntos de mero trámite que se votan, por más que a algunos no les guste, no podemos brincarnos procedimientos, si ustedes van a la Contraloría y preguntan cómo son los procedimientos de los informes y cómo se tienen que hacer y cuándo tiene que actuar el Concejo, ya sabrán entonces los que desconocen, cuándo tiene que actuar el Concejo, diferente sería y aquí lo han dicho y lo he dicho, diferente sería que aquí pasen esos informes y cada dos meses o cada tres meses, según se requiera, según sea el nivel de trabajo que hay, así dará para dos o

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tres meses, diferente sería que este Concejo recibiera aquí al Auditor cada dos meses y nos dé un informe de en qué condiciones está cada punto que se ha recomendado a la administración; si no está atendiendo las recomendaciones, si además de que nosotros aquí aprobamos y cuando recomienda el Concejo por lo general en su noventa y cinco por ciento, todo va a que lo acate el Alcalde y eso es lo que aprobamos, pero no traemos al Auditor aquí a que nos dé un informe un día equis, en una sesión extraordinaria y nos diga, vamos por aquí, esto está así, para que ya entonces nos diga qué acciones tiene que tomar el Concejo, pero no se trata nada más de cacarear, porque aquí no podemos tener una carreta con cuatro bueyes y que dos jalen para un lado y dos para el otro, no, todos tienen que jalar al mismo lado si no, no caminamos y lo que está pasando aquí es eso, que queremos tal vez algunos hacer tanto que al paso no hemos hecho nada, estamos contando que tenemos dos años y un poquito y se ha hablado de política, se ha hablado de una cosa, se ha hablado de otra y sin embargo no caminamos como queremos caminar, yo creo que si todos nos ponemos de acuerdo, llegará el momento en que tengamos al Auditor ahí sentado y nos diga ok, ahora sí, porque el Auditor depende de nosotros, podemos traerlo aquí a que nos dé ese informe, pero es más fácil cacarear y cacarear y cacarear, porque no hacemos ni tomamos las decisiones que tenemos que tomar, mientras sigamos así, así van a seguir las cosas, hoy se enojan en unas dos o tres semanas todo el mundo está votando igual y no hay nadie aquí molesto; porque así es, si yo me voy a revisar las actas desde el dos mil diez a la fecha, son pocas las veces en las intervenciones de los Regidores que están molestos por los informes de Auditoría, son pocas, entonces no podemos querer ordenar lo que no hemos ordenado desde el inicio, entonces cada uno sabe el grado de responsabilidad que tiene, unos más unos menos, pero aquí olvídese, nos mojamos todos Blanquita”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Murillo Cruz”. REGIDOR MURILLO CRUZ: “Gracias señora Presidenta, cuando se escucha vehementemente aquí de parte de algunas personas que todo está malo, que hay que tener cuidado, un montón de cosas hablando tal vez muchas veces queriéndole llevar la contraria al señor Auditor, tal vez no en el fondo, pero tal vez en el procedimiento y uno escucha tantas cosas, pero lo que me llama a mí poderosamente la atención es que hasta el momento a nadie, con todas las cosas que dice Blanca y que yo la respeto porque es la forma de ver ella las cosas y tal vez de analizarlas, yo no he visto aquí a nadie que el Ministerio Público se lo lleve o algo así por el estilo, o sea son “novelas de brujas” para arriba y para abajo y uno no sabe muchas veces si será verdad o será mentira pero hasta el momento la Auditoría como dice Patricia Marín, la Auditoría señala y tiene que presentar a la Contraloría General de la República todos esos informes y todo esto y son ellos los que dirán si las cosas están mal o están buenas, si la Contraloría las avala qué hacemos nosotros? No entiendo yo a dónde queremos llegar cada vez que se ven Informes de Auditoría y llama, se los digo poderosamente la atención porque aquí se dijo en algún momento abiertamente que nosotros y lo digo que mi persona, que don Douglas, que don Daguer, estamos hechos a un lado porque entorpecemos porque un montón de cosas y a final de cuentas han pasado los meses y doña Patricia Marín lo acaba de decir, utilizo las palabras de ella: “el Concejo está muy desordenado” y con todo respeto ninguno de nosotros tres, por lo menos yo, hablo de mis propios actos, estamos entrometiendo absolutamente en nada y entonces digo a dónde estará el problema? Porque nosotros éramos los malos de la película y seguimos siendo los malos de la película pero a veces la cosa no camina y eso, palabras de doña Patricia Marín, no estoy inventando nada, entonces me llama poderosamente la atención el ver cómo no nos entendemos, esa es la palabra o cómo convergemos para que sea una palabra más sexy, cómo converger, porque están en un puro pleito, yo me muero de la risa a veces que vengo aquí al Concejo el ver el pleito que se tienen, que tantas horas metidos aquí en el Concejo, que llegaron desde las ocho de la mañana y son las diez de la noche y están aquí, pero eso es lo que se quería y eso es lo que se quiere, para eso estamos acá, para eso somos Regidores, como lo dije yo un día, aquí podemos quedarnos hasta las cinco de la mañana si quieren y como lo dijo doña Blanca Suñol un día, “no tenemos perros que nos ladren”, podemos quedarnos hasta las diez de la noche, once la noche, la hora que quieran, pero yo creo que haciendo una reflexión hay que plantear cosas de trabajo para solucionar, no es replantear cosas para despedazar ni separar, es para unir y salir adelante, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Para pedirle que consten las palabras de todos en el acta”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Los señores Regidores que estén de acuerdo con el Informe de Auditoría número cuarenta y cuatro, sírvanse levantar la mano, diez votos, acuerdo firme diez votos, no vota el Regidor Lawson Marchena”.

FINAL DE LA SESIÓN.

“Siendo las diecinueve horas con un minuto se levanta la sesión”.

AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON UN MINUTO LA SEÑORA PRESIDENTA ZAMORA BOLAÑOS LEVANTA LA SESIÓN.-

PRESIDENTA SECRETARIA