acta pleno de majadahonda febrero 2014

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2014. En Majadahonda, siendo las diez horas y dieciocho minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO CONCEJALES QUE HAN EXCUSADO SU ASISTENCIA: Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES (Excusada por D. Juan Santana) SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.

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Page 1: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION

ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA EL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2014.

En Majadahonda, siendo las diez horas y dieciocho minutos del día veintiséis

de febrero de dos mil catorce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de

Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se

detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente

convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES:

Por el Grupo Municipal Popular:

D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ

Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ

D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ

Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO

D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ

D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ

D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE

Dª LAURA NISTAL MARCOS

Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI

Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN

Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ

Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO

D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ

Por el Grupo Municipal Socialista:

D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO

D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO

Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA

D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ

Por el Grupo Municipal UPYD:

Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN

D. JAVIER GIL CACHO

Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO

Por el Grupo Municipal Izquierda Unida:

D. JUAN SANTANA URIARTE

Por el Grupo Municipal Centrista:

Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO

D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO

CONCEJALES QUE HAN EXCUSADO SU ASISTENCIA: Dª MARÍA

SOL PIÑUELA PAREDES (Excusada por D. Juan Santana)

SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano

INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

1.(21/14) APROBACIÓN, si procede, del Borrador del Acta de

la sesión ordinaria celebrada el 27 de diciembre de

2013.

La Portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que el cuarto párrafo de la página 28 de dicho borrador de acta, acaba

en puntos suspensivos y cree que ello puede deberse a que no se

escuche bien la grabación por lo que solicita que se añada a dicho

párrafo el siguiente texto: “… obtuvo a precio cero la parcela en

cuestión, salvo los costes de urbanización de la misma, por lo que se

debe solicitar un informe a los servicios jurídicos municipales sobre la

viabilidad de la reversión de la parcela al Ayuntamiento en los mismos

términos económicos en los que la obtuvo el IVIMA en su día, y que,

en todo caso, si ello no fuera jurídicamente posible, el coste no

excediera de lo que en su día costeó el IVIMA en concepto de

urbanización de dicha parcela.”

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA aprobar el Borrador del acta de la sesión

ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2013, con la modificación

antes indicada.

2.(22/14) RESOLUCIÓN del Recurso de Reposición interpuesto

por el Grupo Municipal Centrista y corrección de

errores materiales en el Acuerdo temporal a suscribir

entre este Ayuntamiento y PLANIGER, S.A. aprobado

por el Pleno de 27 de diciembre de 2013 para la

Gestión del Servicio público de Residencia de Mayores

y Centro de Día Valle de la Oliva. (1.5/2.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Directora Técnica

de Régimen Interior, Organización, Calidad y Servicios

Page 3: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Jurídicos, de 13 de febrero de 2014, constando el Vº Bº del

Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana, para que pase el expediente a resolución por el órgano

competente, cuyo texto es el siguiente:

“ANTECEDENTES

PRIMERO.- El Pleno de la Corporación, en sesión

celebrada el 29 de mayo de 2013 acordó, entre otros asuntos la

adquisición mediante reversión, la parcela 02 del Área de

Oportunidad y el edificio sobre ella construido, abonando la

compensación económica procedente, derivada de los informes

técnicos que asciende a 6.864.973,49 €.

Igualmente se aprobó que el contrato de industria entre

PAMMASA y PLANIGER, S.A deberá ser resuelto previamente,

obligándose la empresa a continuar con la prestación del

servicio en las mismas condiciones por el tiempo indispensable

hasta la nueva adjudicación o bien subrogarse en él el

Ayuntamiento por ese tiempo intermedio, dejando constancia

que los derechos y obligaciones generados con anterioridad a la

subrogación deberán ser liquidados entre PAMMASA y

PLANIGER, sin que el Ayuntamiento responda de ellos.

SEGUNDO.- El Consejo de Administración de la empresa

municipal PAMMASA aprobó la resolución del contrato de

industria que tenía suscrito con la empresa PLANIGER, S.A., en

sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2013.Dicho acuerdo

se ha incorporado al expediente.

TERCERO.- La Concejalía de Servicios Sociales redactó un

borrador de acuerdo a suscribir con la actual empresa que

gestiona la Residencia por el tiempo indispensable hasta la

adjudicación del contrato de gestión de Servicio público que se

está tramitando en la actualidad. Este acuerdo combina las

obligaciones que correspondían a PLANIGER como

consecuencia de su relación contractual con PAMMASA y las

relaciones con el Ayuntamiento recogidas en el Convenio que

las regulaba hasta este momento.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

CUARTO.- Este borrador de acuerdo fue aprobado por el

Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 27 de

diciembre de 2013.

QUINTO.- Mediante escrito presentado en este Ayuntamiento

el 24 de enero de 2014 se ha interpuesto en tiempo y forma

recurso de reposición por el Grupo Municipal Centristas de

Majadahonda a través del que formula las siguientes

alegaciones:

1. Que el soporte legal del acuerdo del Pleno recurrido

estriba en que “recoge las obligaciones de la empresa

gestora de forma similar a las que tenía en el contrato,

que hasta ahora la unía a PAMMASA”, aunque considera

que estas condiciones se han variado sustancialmente

porque se han dejado sin efecto los incrementos ligados al

IPC desde 2004 respecto del importe que la empresa debe

satisfacer al Ayuntamiento pero sí se han actualizado los

importes que el Ayuntamiento debe satisfacer a la

empresa.

2. En ello creen apreciar “una modificación del contrato que

va claramente a favor de la empresa y en contra de los

legítimos intereses del Ayuntamiento”

3. Que además de lo anterior, “supone un cambio sustancial

en la forma de gestión, al resolverse un contrato de

arrendamiento, que hasta ahora estaba vigente entre

PLANIGER y PAMMASA, y pasar a estipularse en

contrato de servicios por el que se cobra un canon. A

partir de ese momento nos encontramos ante la gestión del

servicio público de la Residencia de Mayores, con un

nuevo acuerdo y unas nuevas condiciones”. A la vista de

lo que exponen consideran que “en sentido estricto se está

haciendo un nuevo contrato sin el debido proceso

regulado por el Texto Refundido de la Ley de Contratos

del Sector Público”.

4. Que al existir, a su entender, “una nueva relación

contractual, ahora entre el Ayuntamiento y Planiger, el

procedimiento y los informes que justifican el nuevo

acuerdo resultan completamente inadecuados”

Page 5: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5. Que “el Ayuntamiento debería abrir un expediente

informativo para aclarar las razones y circunstancias en

las que unas condiciones económicas tan diferentes, que

suponen un gasto improcedente y un enriquecimiento

injusto para la empresa, se han dado por válidas”

Termina solicitando la nulidad o anulación del acuerdo

recurrido por variar sustancialmente las condiciones respecto

de las anteriores pactadas con PAMMASA.

SEXTO.- Se ha emitido informe por la Responsable de los

Servicios de Mayores con fecha 6 de febrero de 2014 en el que

literalmente se señala que:

“Con fecha 23 enero, se recibe RECURSO DE REPOSICIÓN

presentado por Dña. Mercedes Pedreira de Vivero, portavoz del

Grupo Municipal Centrista del Ayuntamiento de Majadahonda en el

que.

Realiza una observación en relación al canon establecido en el citado

acuerdo. En el mismo aparece reflejada la cantidad de 250.000€ que,

efectivamente corresponde a la cuantía del inicio del contrato entre

PAMMASA y PLANIGER sin que se hubiera tenido en cuenta el

incremento experimentado a lo largo de estos años.

Esto no corresponde en ningún caso a la intención de procurar unas

condiciones más beneficiosas a la gestora. Corresponden únicamente

a un error que será subsanado. Realizados los correspondientes

cálculos y según la información proporcionada por PAMMSA, la

cantidad a reflejar, será de 305.566,79€

En cuanto a lo reflejado en el Acuerdo sobre el coste diario por plaza

que el Ayuntamiento debe abonar , 63,85€/día, es un dato controlado

y manejado directamente por esta Concejalía desde el inicio del

”Acuerdo de colaboración entre el Ayuntamiento de Majadahonda y

Planiger S.A. para la gestión de las plazas subvencionadas por la

Concejalía de Servicios Sociales y Familia en la Residencia Valle de

la Oliva de Majadahonda” y se ajusta al incremento correspondiente

de revisión de precios.

En otro orden de cosas, tras la lectura del resto del acuerdo y

observados errores de concepto o de redacción, se proponen

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

modificaciones del texto del acuerdo como subsanación de error y/o

modificación de redacción:

En el apartado “Exponen” “Primero”; en el segundo párrafo, aparecía

“arrendamiento financiero”, modificándose por “arrendamiento de industria”

En el párrafo tercero de la segunda estipulación aparecía: “La Residencia tendrá capacidad para atender un número de 138 usuarios, en 18 habitaciones dobles y 102 individuales, sin

contar las plazas asignadas a enfermería”. Se modifica, quedando

redactado “El Centro se distribuye en un total de 116 habitaciones, de las cuales 14 son habitaciones dobles, 84 son habitaciones individuales con baño compartido y 18 habitaciones individuales”.

En la Estipulación Sexta.- mantenimiento del inmueble se recogía:

“La gestora asume la obligación de conservar el inmueble en perfecto

estado evitando su deterioro físico, estético tanto exterior como

interior para lo que suscribirá y mantendrá vigentes durante la

duración del presente acuerdo, cuantos contratos de mantenimiento

del inmueble y de todos sus accesorios e instalaciones sean

necesarios”

Se modifica, quedando redactado de la siguiente manera:“La

gestora asume la obligación de evitar cualquier deterioro del inmueble,

físico y/o estético tanto exterior corno interior para lo que suscribirá y

mantendrá vigentes durante la duración del presente acuerdo, cuantos

contratos sean necesarios para efectuar un mantenimiento que permita que

el inmueble y todos sus accesorios e instalaciones se mantenga en las

condiciones actuales”.

SÉPTIMO.- Se ha emitido informe de Secretaría General de

fecha 10 de febrero de 2014 y de Intervención de fecha 13 de

febrero de 2013.

LEGISLACIÓN APLICABLE

1. Ley 33/03, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las

Administraciones Publicas (en adelante, LPAP)

2. Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado

por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio (en adelante,

RB)

3. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del

Régimen Local, en adelante LRBRL.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4. Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento

y régimen jurídico de las Entidades Locales.

5. Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de

contratos del Sector Público.

6. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de

las AAPP y del Procedimiento administrativo común.

Visto cuanto queda expuesto, de acuerdo con los informes

de la Responsable del Área Gerontológica, de Secretaría

General y de Intervención, previo dictamen de la

correspondiente Comisión Informativa se PROPONE al Pleno

de la Corporación, órgano competente para la resolución del

Recurso de Reposición interpuesto frente al acuerdo plenario

recurrido de 27 de diciembre de 2013, la adopción de la

siguiente

RESOLUCIÓN

PRIMERO.-Estimar parcialmente la alegación primera

corrigiendo el error manifestado en el texto del acuerdo a

suscribir con la empresa PLANIGER en el sentido de recoger

que la contraprestación que debe satisfacer al Ayuntamiento

será de 305.566,79 €, permaneciendo el resto de circunstancias

económicas inalteradas.

SEGUNDO.-Desestimar las alegaciones segunda y tercera por

los motivos expuestos en el informe de Secretaría General de 10

de febrero de 2014 obrante en el expediente.

TERCERO.-Corregir los siguientes errores materiales

observados en el texto aprobado por acuerdo del pleno de 27

de febrero de 2013:

En el apartado “Exponen” “Primero”; en el segundo

párrafo, donde dice “arrendamiento financiero”,

modificándose por “arrendamiento de industria”

En el párrafo tercero de la segunda estipulación donde

dice: “La Residencia tendrá capacidad para atender un

número de 138 usuarios, en 18 habitaciones dobles y 102

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

individuales, sin contar las plazas asignadas a

enfermería”, debe decir ““El Centro se distribuye en un

total de 116 habitaciones, de las cuales 14 son

habitaciones dobles, 84 son habitaciones individuales

con baño compartido y 18 habitaciones individuales”.

En la Estipulación Sexta.- mantenimiento del inmueble

donde dice : “La gestora asume la obligación de

conservar el inmueble en perfecto estado evitando su

deterioro físico, estético tanto exterior como interior para

lo que suscribirá y mantendrá vigentes durante la

duración del presente acuerdo, cuantos contratos de

mantenimiento del inmueble y de todos sus accesorios e

instalaciones sean necesarios” debe decir “La gestora

asume la obligación de evitar cualquier deterioro del

inmueble, físico y/o estético tanto exterior corno interior

para lo que suscribirá y mantendrá vigentes durante la

duración del presente acuerdo, cuantos contratos sean

necesarios para efectuar un mantenimiento que permita

que el inmueble y todos sus accesorios e instalaciones se

mantenga en las condiciones actuales”.

No obstante, la Corporación con su superior criterio

resolverá lo que estime más conveniente.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Áreas y

Servicios de 19 de febrero de 2014, favorable.

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, indica que nuevamente se va a tratar en esta sesión plenaria

de la Residencia de Mayores Valle de la Oliva, esta vez con ocasión

del recurso de reposición interpuesto por el grupo municipal Centrista.

A continuación recuerda que, en el mes de mayo de 2013, el

Pleno acordó la adquisición, mediante reversión, de dicha residencia,

la resolución del contrato de industria que venía rigiendo las

relaciones entre PAMMASA y PLANIGER y también la obligación de

la empresa que actualmente gestiona esa residencia para que siga

gestionándola en las mismas condiciones y por el tiempo

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

indispensable hasta que se adjudiquen esos servicios a una nueva

empresa.

Manifiesta que el Consejo de Administración de esta empresa

municipal aprobó, en el mes de diciembre, la rescisión del contrato de

industria que tenía suscrito con PLANIGER y por ello este

Ayuntamiento redactó un documento en el que figuraban los términos

del acuerdo adaptado a la nueva realidad entre este Ayuntamiento y

PLANIGER, documento en el que se recogían las obligaciones y los

deberes que ambas entidades tenían.

Indica que, en el Pleno celebrado en el mes de diciembre, se

aprobó ese acuerdo y el grupo municipal Centrista, en el mes de enero

de 2014, presentó un recurso de reposición del que se admite la

primera de las alegaciones que se presentaron y por ello se corrige un

error en el texto del acuerdo que el Pleno adoptó por lo que el equipo

de gobierno agradece al grupo Centrista el que haya puesto de

manifiesto ese error.

Sigue diciendo que las alegaciones segunda y tercera se

desestiman por los motivos expuestos en el informe de Secretaría

General que obra en este expediente.

Termina su intervención aclarando que los pliegos de

condiciones del nuevo concurso ya han sido publicados y varias

empresas han mostrado su interés en gestionar la Residencia de

Mayores Valle de la Oliva.

El Concejal del grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que su grupo, en este punto del orden del día, desea fijar su posición

respecto a lo que considera el desatino de la Residencia de Mayores de

Majadahonda.

Sigue diciendo que su grupo, desde el principio, ha estado en

desacuerdo con la creación del servicio, con su modelo de gestión, con

el reglamento, con el anteproyecto de obra y con los pliegos de

condiciones como se puede demostrar por las votaciones que constan

en las actas de las sesiones plenarias en las que se han tratado todos

esos asuntos y además, el 27 de diciembre de 2013, su grupo también

estuvo en contra del acuerdo de “alargue” del contrato que se firma

con PLANIGER porque considera que se trata de un nuevo contrato ya

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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que este Ayuntamiento no se subroga en el contrato anterior que dicha

empresa tenía suscrito con PAMMASA, contrato nuevo que, desde el

punto de vista de su grupo, favorece a PLANIGER y que ahora,

gracias al recurso de reposición que ha presentado el grupo Centrista,

va a favorecerla menos.

Manifiesta que su grupo ha presentado algunas alternativas sobre

este tema pero se está en una dinámica de 14 concejales del Partido

Popular y 11 de la oposición, dinámica que espera que se tuerza en

algún momento para llegar a acuerdos en el Pleno o incluso antes pero

cree que en estos momentos no hay posibilidad de alcanzarlos porque

el equipo de gobierno del grupo Popular se empeña, legítimamente, en

hacer las cosas a su manera y las hace obligando a los grupos de la

oposición a presentar recursos de reposición que, curiosamente,

corrigen un error que asciende a 55.000 euros anuales.

Indica que es triste y sorprendente que sea necesario presentar un

recurso de reposición para corregir ese tipo de errores y además

considera que el equipo de gobierno, en este caso, aprovechando que

“el Pisuerga pasa por Valladolid”, demuestra, al resolver ese recurso

de reposición, que ese contrato era manifiestamente mejorable y,

contando con un poco más de tiempo para pensar, decide cambiar

muchas de sus especificaciones, cambios que a su grupo no extrañan

por considerar que el ambiente en algunos departamentos de este

Ayuntamiento es irrespirable.

Añade que no es cierto, como dice el Sr. Alcalde, que su grupo

eche la culpa de lo que ocurre a los técnicos municipales sino que

entiende que la situación en que se encuentran algunos departamentos

del Ayuntamiento lleva a los trabajadores municipales a no hacer

correctamente su trabajo porque, reitera, el ambiente en algunos

departamentos es irrespirable porque las relaciones del equipo de

gobierno con los representantes de los trabajadores no son buenas y

además cree que los políticos no se repasan los acuerdos que firman

los técnicos porque, si lo hicieran, quizá no fuera necesario presentar

recursos de reposición.

Manifiesta además que, dependiendo de qué técnico haga un

informe, se pueden obtener resultados distintos lo que conlleva a

confrontaciones dentro de este Ayuntamiento por lo que a su grupo no

le extraña que pasen cosas como la que ha ocurrido en el caso de esta

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Residencia de Mayores porque este Ayuntamiento, gobernado por el

Partido Popular, se ha convertido en “el ayuntamiento de los líos” .

Reitera que deben ser los grupos de la oposición, mediante la

presentación de recursos, los que están llamando la atención sobre

errores de importancia como el que hoy se está reconociendo lo que es

una oportunidad única para que los grupos de la oposición hagan

política pero también es un peligro constante para los vecinos porque

son los que al final pagan todo por lo que considera que va a ser

necesario que los grupos de la oposición interpongan recursos de

reposición, de forma permanente, contra todos los acuerdos que se

adopten.

Termina su intervención diciendo que el resto de alegaciones

presentadas por el grupo Centrista se desestiman en base a un informe

firmado por la misma Directora de Régimen Interior, Calidad,

Organización y Servicios Jurídicos que emitió el informe jurídico que

validaba el contrato a suscribir con PLANIGER y que ahora se

modifica y añade que, sin pretender contradecir los planteamientos

jurídicos utilizados para la desestimación del recurso ni poner en

entredicho la capacitación de nadie, a su grupo le suena mejor la

música y el sentido que tienen las alegaciones segunda y tercera que la

interpretación que se realiza para desestimarlas.

El Viceportavoz del grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que éste es otro punto que afecta a la

Residencia de Mayores y añade que su grupo siempre dice que las

cosas mal hechas y con una mala planificación fruto de la

improvisación, tienen que presentarse una y otra vez al Pleno para

irlas poniendo parches constantemente e ir solucionando los

problemas que van surgiendo lo que, desde el punto de vista de su

grupo, es fruto de la desastrosa planificación a la que ya les tiene

acostumbrados el equipo de gobierno.

Sigue diciendo que este tema de la Residencia de Mayores

“Valle de la Oliva”, vuelve a tratarse en esta sesión plenaria por el

recurso interpuesto por el grupo municipal Centrista en el que alega

una serie cuestiones y su grupo desea hacer hincapié en una muy

llamativa porque pone de manifiesto que los errores que se cometen

siempre van a favor de las empresas que prestan servicios y nunca

benefician a este Ayuntamiento.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que el error, en este caso, se produjo porque se había

olvidado que el contrato que tiene PLANIGER con este

Ayuntamiento, actualizado con el IPC, debería ascender a 305.000

euros y no a 250.000 euros como figuraba en el acuerdo a suscribir

con esa empresa y añade que, lógicamente, esa empresa aceptó porque

parece que “tampoco se dio cuenta” de ese afortunado error que le

ahorraba 55.000 euros.

Indica que es curioso que sí figurase, en ese mismo acuerdo, el

precio de las plazas que tiene que pagar este Ayuntamiento con el IPC

actualizado y de hecho figuraba el precio de 63,85 euros y no 55 euros

por lo que, insiste, es curioso que ahí no se haya producido ningún

error porque el precio de las plazas se ha calculado conteniendo la

revisión del IPC lo que no ha ocurrido con el canon que la empresa

debía pagar a este Ayuntamiento. Reitera a continuación que es

curioso que los errores siempre beneficien a las empresas que prestan

servicios a este Ayuntamiento.

Manifiesta que su grupo ya se está acostumbrando a que todos

los contratos y acuerdos que adopta este Ayuntamiento tengan que ser

corregidos mediante los recursos que interpone la oposición (ya sea un

grupo en solitario, dos, tres o los cuatro grupos en conjunto) por lo que

considera que el papel de la oposición, en esta legislatura, está siendo

esencial para frenar los errores y adjudicaciones irregulares que realiza

el equipo de gobierno y añade que la oposición se está viendo forzada

a corregir, a golpe de recurso de reposición, todos los planes

improvisados del equipo de gobierno.

Termina su intervención reconociendo el trabajo que ha

realizado el grupo municipal Centrista.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, disculpa la ausencia de su compañera de grupo, Sra.

Piñuela, por cuestiones de salud y por ese motivo tampoco ha podido

asistir a la Junta de Accionistas de PAMMASA pero en esa sesión no

quiso exponerlo aunque su grupo tampoco entendía, como Unión

Progreso y Democracia, la convocatoria de una sesión extraordinaria

en cuyo orden del día solo se incluye la aprobación de un acta.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que se ha hablado mucho, quizá demasiado, de

esta Residencia de Mayores del Valle de la Oliva, tema que considera

que no debería haberse tratado tanto aunque, cuando las cosas no se

hacen bien, acaban de la forma en que está ocurriendo en este caso.

Manifiesta que no se va a referir, en este momento, a todos los

antecedentes de esta residencia y por ello se remite a las

intervenciones que su grupo realizó y que figuran en las últimas seis o

siete sesiones plenarias en las que se ha tratado sobre la gestión, desde

el punto de vista de su grupo, desastrosa y negligente de esta

residencia de mayores.

Añade que, por desgracia, esta residencia se ha convertido en el

ejemplo más paradigmático del modelo de gestión de privatización de

los servicios públicos, modelo que aplica el equipo de gobierno en el

que se ponen los servicios públicos al beneficio económico de las

empresas y en el que, si el negocio es rentable, las empresas están

contentas pero si no lo es, el equipo de gobierno socializa las pérdidas

y además en este modelo no se realiza un control efectivo y esta

residencia de mayores es un claro ejemplo de ello y dice esto porque ni

PAMMASA, ni este Ayuntamiento, han asegurado el mejor

funcionamiento de un contrato privado sobre un servicio público.

Recuerda a continuación que en el Pleno celebrado en el mes de

diciembre de 2013, en el que se aprobó el contrato a suscribir entre

PLANIGER y este Ayuntamiento, todos los grupos de la oposición

avisaron al equipo de gobierno de que lo que se estaba haciendo no era

lo correcto y no lo era no solo por el modelo de gestión sino también

porque se estaba aplicando el canon correspondiente al ejercicio 2004

cuando debería estar aplicándose el canon correspondiente al año 2013

recogiendo todas las actualizaciones del IPC que correspondían.

Añade que en esa sesión plenaria se avisó de que el canon que

debería abonar la empresa debía ser de 310.000 euros aunque parece

que ahora la cifra correcta es de 305.000 euros y de hecho recuerda

que, al menos su grupo, pidió al equipo de gobierno que rectificara

entendiendo que se podía haber producido un error y considera curioso

que ese error no se rectificara en esa sesión lo que entiende que puede

deberse a que el equipo de gobierno considera que los grupos de la

oposición nunca tienen razón porque tienen menos miembros.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que el equipo de gobierno solo se ha dado cuenta de ese

error material cuando el grupo Centrista ha presentado recurso de

reposición pero entiende que no habría sido necesario presentar ese

recurso y bastaba con leer las actas de las sesiones plenarias para

comprobar que todos los grupos de la oposición pedían al equipo de

gobierno que rectificara porque, al menos, se había cometido un error

al no tener en cuenta las actualizaciones del IPC.

Continúa diciendo que en esa sesión de 27 de diciembre de 2013

no se rectificó ese error y añade que a su grupo le preocupa, no solo

que el equipo de gobierno no haga caso de las advertencias que

realizan los grupos de la oposición sino también que no se controle y

los errores se detecten tarde a pesar de que siempre benefician a las

empresas privadas que gestionan los servicios públicos de este

Ayuntamiento y nunca se producen a la inversa.

Termina su intervención aclarando que a su grupo también le

preocupa la apuesta por un modelo de gestión de privatización de

servicios públicos en el que ni siquiera se controlan esos servicios

públicos privatizados.

El Viceportavoz del grupo municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que lo que se está presentando en este momento es la resolución

de un recurso presentado por su grupo en relación a una serie de

cuestiones que afectan al acuerdo suscrito con PLANIGER para la

gestión de la Residencia de Mayores “Valle de la Oliva”. Añade que

muchas de esas cuestiones ya fueron expuestas en una sesión plenaria

anterior y fueron puestas de manifiesto por varios grupos de la

oposición que evidenciaron que se estaban produciendo desajustes

pero al equipo de gobierno le dio igual porque aprobaron dicho

acuerdo.

Pregunta a continuación qué hubiera pasado si su grupo no llega

a presentar ese recurso de reposición y si no se hubiera corregido

porque, como se ha dicho durante este debate, los errores siempre

benefician a las empresas que prestan los servicios públicos.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, todo se hace en

este Ayuntamiento con excesiva ligereza lo que no se debe a los

informes que emiten los técnicos sino a la falta de diligencia de los

concejales.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Añade que se va a realizar, en este caso, un acuerdo que preserva

las condiciones que PLANIGER tiene con PAMMASA y pregunta si

el equipo de gobierno pidió un certificado a esa empresa municipal

para que detalle las condiciones que actualmente tiene con

PLANIGER, certificado que cree que no ha sido pedido porque no

figura incorporado al expediente.

Sigue diciendo que no solo es grave esa falta de certificado sino

también el que siga sin pedir a PAMMASA, cuando se responde al

recurso de reposición, ese certificado en el que consten las relaciones

contractuales que tiene con PLANIGER para que este Ayuntamiento

las conozca antes de dar continuidad a ese contrato y además entiende

que no se justifican las decisiones que se adoptan, forma de actuar que

es muy normal en la actualidad y de hecho ha ocurrido recientemente

en la compra por este Ayuntamiento al IVIMA, de la parcela RO6,

asunto en el que los grupos de la oposición han dicho en muchas

ocasiones, y también el Sr. Interventor, que es necesario incorporar a

ese expediente un informe de los servicios técnicos municipales

valorando esa parcela pero la realidad es que no se ha incorporado.

Indica que su grupo no sabe si la ligereza con la que se tramitan

los expedientes se produce sin querer, por error o por otras cuestiones

y, si alguien recurre el acuerdo que se adopta, el equipo de gobierno

siempre dice que se trata de un error.

Aclara que este caso es más grave aún porque, aunque es posible

que nadie haya detectado la necesidad de pedir a PAMMASA un

certificado sobre las relaciones contractuales que mantiene con

PLANIGER, se emite un informe jurídico que no lo es, desde el punto

de vista de su grupo, porque cita unas normas pero las soslaya y olvida

y únicamente viene a decir que se ha estudiado el acuerdo que tenía

esta empresa con PAMMASA y se ha comprobado que las

condiciones son similares pero la realidad es que no son similares y la

justificación que se da es que se había producido un error.

Manifiesta que el fin de ese informe jurídico es decir, casi en

términos notariales, que las condiciones eran las mismas pero la

realidad es que no eran iguales y además ahora se dice, en el informe

emitido para responder al recurso de reposición interpuesto por su

grupo, que se han realizado los correspondientes cálculos y, según

información proporcionada por PAMMASA, la cantidad a reflejar será

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de 305.000 euros y también se dice que el dato referente a las plazas

era controlado por la concejalía por el acuerdo de colaboración que

existe pero está claro que se sigue sin pedir el certificado a nuestra

empresa municipal sobre las condiciones contractuales que tiene con

PLANIGER. A continuación pregunta si es o no cierto que esas

condiciones tienen que ser certificadas y también cómo el equipo de

gobierno se atreve otra vez a presentar otro informe jurídico diciendo

que se cumplen ahora las condiciones sin traer la necesaria prueba

documental que es la certificación de PAMMASA en la que se indique

cuáles son esas relaciones contractuales.

A continuación pregunta al Concejal Delegado de Bienestar

Social, Salud y Familia si puede certificar que las condiciones que se

establecen ese acuerdo son las que deben estarlo porque son las que

PAMMASA tiene en su relación contractual con PLANIGER y

también si nuestra empresa municipal tiene las relaciones que debería

tener, en estos momentos, según el contrato que suscribió con

PLANIGER. Pregunta además si dicho concejal es capaz de decir que

es así sin contar con ese certificado y después de que se haya cometido

el error anterior. Aclara que dicho concejal debe pensar muy bien

antes de responder a esas preguntas que ha realizado porque podría

suceder que se cometieran errores por tercera vez.

Manifiesta además que en ese informe jurídico se reconoce no

solo el error que consta en el recurso de reposición interpuesto sino

también otros que se presentan en esta sesión plenaria para, de paso,

solucionarlos también pero su grupo entiende que lo que se identifica

como error es realmente un cambio manifiesto de la estipulación sexta

porque, donde antes se decía que la empresa adjudicataria debía

mantener la residencia en perfectas condiciones como se le entregó en

origen y que eso es para dar continuidad a la relación contractual que

mantenía con PAMMASA, se dice que lo que la empresa tiene que

evitar es su deterioro lo que, desde el punto de vista de su grupo, no es

un error como se presenta al Pleno sino un cambio del acuerdo.

Termina su intervención aclarando que, ante la falta de tiempo,

seguirá, durante el segundo turno de intervenciones, desgranando este

acuerdo y el informe jurídico emitido porque, desde el punto de vista

de su grupo, no tienen desperdicio.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, agradece al Viceportavoz del grupo municipal Centrista que

haya detectado ese error que es simplemente de transcripción porque

ha quedado claro que la intención del equipo de gobierno era

subrogarse en las condiciones que tenía PAMMASA con PLANIGER

y dice esto porque este Ayuntamiento va a asumir el contrato que tenía

nuestra empresa municipal y no se trata de una subrogación porque esa

figura no existe en el contrato de industria.

Sigue diciendo que los grupos de la oposición están discutiendo

de cuestiones técnicas cuando solo se ha producido un error material y

añade que la tramitación del expediente se está realizando con total

claridad y transparencia y la realidad es que no hay nada que esconder,

no hay intencionalidad y tampoco ganas de favorecer a una empresa.

Aclara que los miembros del equipo de gobierno forman parte de esta

Corporación para favorecer a los vecinos de Majadahonda, trabajar por

ellos, resolver sus problemas y hacer las cosas como se deben hacer.

Aclara que esta residencia de mayores tenía que pasar a ser de

titularidad municipal y eso es precisamente lo que se está haciendo y

pregunta a los grupos de la oposición por qué no apoyan esa decisión

que, desde su punto de vista, es impecable porque los pliegos de

condiciones se han publicado y algunas empresas ya se han mostrado

interesadas porque esos pliegos son intachables.

Añade que los técnicos de su concejalía han trabajo de forma

infatigable y rigurosa en un expediente muy grande y lo han hecho en

un tiempo récord y con una profesionalidad indudable y pide a los

grupos de la oposición que no ataquen a los técnicos municipales por

un error material.

Manifiesta que el Concejal del Grupo Socialista, Sr. Ventura, ha

indicado anteriormente que hay técnicos en las concejalías que se

llevan mal pero desea dejar claro que el ambiente entre los técnicos de

Bienestar Social es bueno y, como concejal de gobierno, felicita

públicamente a sus técnicos y, aunque reconoce que se pueden

producir errores, entiende que no se puede criticar ese error material

de transcripción en un expediente que contiene muchísimos folios,

error que se ha producido porque en el documento que envía

PAMMASA no hace referencia a las actualizaciones del IPC.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención felicitando al grupo municipal Centrista

por el recurso que ha interpuesto y pregunta si realmente algún grupo

político consideraba que se intentaba favorecer a la empresa y añade

que lo que el equipo de gobierno pretende es arreglar una situación

anterior y pide a los grupos de la oposición que miren al futuro porque

se están haciendo las cosas bien y entiende que deberían reconocer que

los Servicios Sociales de este Ayuntamiento hacen las cosas bien.

El Concejal del grupo municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que lo que ha dicho anteriormente es que hay departamentos de este

Ayuntamiento en los que el ambiente de trabajo es irrespirable lo que

puede demostrar en cualquier momento.

El Sr. Presidente pide al Sr. Ventura que lo demuestre en este

momento.

El concejal del grupo municipal Socialista, Sr. Ventura, aclara

que el Sr. Presidente puede preguntar al Concejal Delegado de

Urbanismo sobre la situación que tiene en su departamento.

Sigue diciendo que los errores que se descubren, siempre tienen

la misma dirección y el mismo beneficiario lo que podría ser una

casualidad o no.

Aclara que los informes jurídicos emitidos en este expediente

demuestran, desde el punto de vista de su grupo, que no se aguantan

cuando se les inspecciona de forma más profunda lo que crea

inseguridad al grupo Socialista que tiene miedo de que ahora los

grupos de la oposición tengan que creer que no pasa nada y que todo

está bien hecho pero considera posible que nuevamente se detecten, en

cualquier otro momento, errores que sigan beneficiando a los mismos.

A continuación considera que si el equipo de gobierno hubiera

escuchado lo que decían los grupos de la oposición en todo el trayecto

de este asunto y, en concreto, en lo que dijeron en el Pleno de 27 de

diciembre de 2013, no se estaría hablando en estos momentos de este

asunto y dice esto porque recuerda que todos los grupos de la

oposición dijeron al equipo de gobierno que había que cobrar a

PLANIGER las revisiones de precios del IPC de todos los años en que

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

había prestado sus servicios y no poner como canon la cantidad

prevista en el primer contrato que se realizó con la misma.

Termina su intervención insistiendo en que, si el equipo de

gobierno hubiera aceptado lo que decían los grupos de la oposición en

la sesión plenaria de 27 de diciembre de 2013, no se estaría hablando

en estos momentos otra vez de esta residencia de mayores.

El viceportavoz del grupo municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Ventura, indica que, desde el punto de vista de su

grupo, el equipo de gobierno está demostrando que es incapaz de

gobernar y de controlar los acuerdos que salen de sus propias

concejalías delegadas.

Aclara que este asunto sobre el que se está debatiendo no es una

cuestión técnica sino una discusión sobre el control que ejercen los

concejales del equipo de gobierno en sus concejalías delegadas y de la

documentación que se presenta en las sesiones plenarias.

Añade que el trabajo que ha realizado el grupo Centrista debería

haber sido realizado por el equipo de gobierno porque es el que

debería haber controlado los acuerdos y contratos que se presentan al

Pleno.

Manifiesta a continuación que el responsable final del acuerdo

es el correspondiente concejal delegado, en este caso el de Bienestar

Social y dice esto porque, cuando las cosas se hacen bien, es dicho

concejal el que aparece en la foto y también es el responsable cuando

se hacen mal porque es la cabeza de su concejalía y por ello debe

responsabilizarse del trabajo que se hace en la misma.

Pregunta por qué el equipo de gobierno, si se tratara de un mero

error de transcripción, no lo corrigió cuando le avisó la oposición

porque de esa forma no tendría que haber esperado a que se presentara

un recurso de reposición y añade que es casual que, a los cinco o seis

días de esa presentación, se emita un informe en el que se dice que se

ha detectado ese error.

A continuación considera que el trabajo de Servicios Sociales

deja mucho que desear porque su grupo solo escucha palabras bonitas

pero ningún plan ambicioso.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que su grupo no está de acuerdo en que esté bien lo que se

está haciendo con la Residencia de Mayores “Valle de la Oliva” y

considera, como ha dicho en otras muchas ocasiones, que es una

operación financiera para salvar la situación económica de

PAMMASA inyectándole 4 millones de euros de liquidez lo que se

justifica diciendo que nuestros mayores se van a quedar en la calle

pero el equipo de gobierno sabe que eso no es cierto porque está claro

que se podría obligar a la empresa concesionaria a que cumpliera el

acuerdo que suscribió y a nuestra empresa municipal para que

mantuviera la residencia en las debidas condiciones pero no se hace.

Termina su intervención reiterando que su grupo está de acuerdo

con el recurso interpuesto por el grupo Centrista y cree que los errores

que se han cometido no son de transcripción sino que van mucho más

allá y se deben al deficiente control que el equipo de gobierno ejerce

sobre el trabajo de sus concejalías.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo, en ningún momento, ataca a los

técnicos municipales y recuerda que en la sesión plenaria celebrada el

27 de diciembre de 2013, se advirtió al máximo responsable político

de la Concejalía de Bienestar Social de que, al menos, se estaba

cometiendo un error y entiende que ese responsable político debería

haber avisado a los técnicos de su concejalía de que se había detectado

un posible error o una mala transcripción porque ese posible error

suponía el 25% del precio que se debería estar cobrando a la empresa

concesionaria.

A continuación pregunta qué hubiera pasado si el grupo

Centrista no hubiera presentado un recurso de reposición contra ese

acuerdo y responde que la empresa adjudicataria del servicio habría

estado pagando, en ese caso, un canon muy inferior al que le

correspondería. Aclara que el Ayuntamiento no reconoció ese error

hasta que no se presentó ese recurso, error que, reitera, supone el 25%

del precio que debería pagar PLANIGER.

Aclara que su grupo no apoya la gestión que está llevando a

cabo la Concejalía de Bienestar Social porque no apoya ese modelo de

gestión lo que ha dejado claro desde el primer momento en que se

introducían criterios para la recuperación de la residencia y también

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

cuando se construyó esta residencia, se cedió a PAMMASA y se

privatizó.

Termina su intervención diciendo que su grupo no va a apoyar

este punto del orden del día y no lo va a hacer no solo porque no le

parezca bien que se rectifique el canon (seguramente tampoco hubiera

votado a favor aunque se hubiera cobrado una cantidad muy superior)

sino porque no está a favor de la privatización de un servicio público

como es el de residencia de mayores.

El viceportavoz del grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica al Concejal Delegado de Bienestar Social que no achaca a los

técnicos municipales el problema que ha surgido en este caso sino a él

directamente como concejal porque considera que el equipo de

gobierno siempre echa la culpa a los técnicos y dice a los grupos de la

oposición que vayan contra los técnicos pero desea dejar claro que su

grupo va directamente contra el Concejal Delegado de Bienestar y

contra los concejales que votaron a favor de este asunto. A

continuación pregunta a los miembros del equipo de gobierno si

realmente se preocupan tanto como dicen por el dinero público que

gestionan como por el suyo propio.

Aclara a continuación que los miembros de su grupo sí se

preocupan por el dinero de los vecinos y por ello estudian los

expedientes sobre los que tiene que votar y se dan cuenta de los

errores y problemas que contienen y lo hacen así a pesar de no ser

ninguno de ellos concejal delegado.

Reitera que su grupo va directamente contra el Concejal

Delegado de Bienestar Social como responsable de este expediente y

lo hace porque después de haber presentado un recurso de reposición y

haber reconocido que existía un error, sigue sin incorporarse al

expediente un certificado de PAMMASA en el que consten las

relaciones contractuales que tiene con la empresa adjudicataria y

además dicho concejal delegado no ha respondido a la pregunta de si

está seguro que ya se cumplen.

Sigue diciendo que le hace gracia que dicho concejal haya dicho

sobre el recurso que su grupo ha presentado, que únicamente se pedía

que este Ayuntamiento se subrogase en ese contrato y, aunque no se

puede hacer esa subrogación, su grupo cree que tampoco se puede

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

suscribir ese acuerdo temporal pero para hacerlo se soslaya, por la

excepcionalidad, toda la legislación vigente en materia de contratos y

pregunta por qué el equipo de gobierno soslaya esa legalidad hacia un

lado y no hacia otro.

Añade que el equipo de gobierno, por la excepcionalidad, va a

dar continuidad a la prestación de los servicios por la misma empresa

sin realizar un procedimiento de contratación y lo hace, por la

excepcionalidad, saltándose la Ley de Contratos pero no quiere

hacerlo para realizar una subrogación. Indica además que el mismo

informe jurídico que dice que no se cumple una parte de la legalidad,

informa que la otra sí se cumple por la excepcionalidad.

Manifiesta que, en el recurso interpuesto por su grupo, también

se pedía la incoación de un expediente y, aunque entiende que el

técnico responsable haya podido cometer un error, recuerda que se ha

emitido con posterioridad un informe jurídico que no es tal porque,

aunque relaciona toda la normativa de aplicación, la ignora y no la

analiza para informar sobre la legalidad de la operación y lo único que

hace es refrendar, casi notarialmente, que las condiciones

contractuales son las mismas y por ello su grupo ha dicho que es

necesario revisar esa cuestión.

Aclara que ahora, al recibir la respuesta al recurso de reposición,

sigue sin ver el certificado de PAMMASA sobre las condiciones que

tenía firmadas con PLANIGER y por ello su grupo está preocupado

porque no sabe hasta qué punto se puede admitir, por tercera vez, la

comisión de un error de esa magnitud.

Indica además que el equipo de gobierno, aprovechando la

corrección de ese error, cuela una modificación de la cláusula sexta de

ese contrato para exonerar a la empresa concesionaria de esta

residencia y a su grupo le gustaría conocer lo que PAMMASA está

haciendo para recuperar el dinero que cuestan las reparaciones que hay

que realizar.

Manifiesta que a su grupo también le gustaría conocer si esta

empresa tiene depositadas dos fianzas (una ante el Ayuntamiento y la

otra debe seguir siendo mantenida por PAMMASA) y pregunta, si no

es así, si se ha devuelto la que depositó ante nuestra empresa

municipal y se ha dejado, por tanto, que PLANIGER “se vaya de

rositas”.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Reitera que todo lo que ve en este asunto e incluso la nueva

modificación que se va a aprobar, van siempre a favor de la empresa

adjudicataria de los servicios.

Termina su intervención aclarando que su grupo va a votar en

contra de todo este asunto porque el equipo de gobierno vuelve a

presentar más de lo mismo y considera responsable de ello al Concejal

Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia al que pide que cuide el

dinero público como el propio y considera que si el dinero fuera de

dicho concejal, seguramente no se le hubiera colado que la empresa

debería pagar 55.000 euros más porque está seguro que, si fuera suyo

el dinero, hubiera revisado esa cuestión en profundidad.

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, indica que atiende mucho mejor el dinero público que el

suyo propio.

A continuación indica al portavoz del grupo municipal Izquierda

Unida-Los Verdes que está convencido de que si el grupo Centrista no

hubiera detectado ese error material, se habría detectado cuando se

hubiera ido a cobrar el canon porque el espíritu de ese convenio es

mantener las mismas condiciones que se tenían anteriormente.

Agradece seguidamente al grupo Centrista la detección de ese

error y recuerda que todos son ayuntamiento.

Continúa diciendo que en este caso ha existido transparencia y el

expediente se deja a disposición de la oposición y añade que el equipo

de gobierno trabaja por los vecinos y quiere hacerlo bien.

Pregunta para qué se han creado las comisiones informativas,

pregunta que hace porque ese expediente se presentó en una comisión

informativa y en ella los grupos de la oposición podrían haber

realizado aportaciones pero no dijeron nada. Añade que se cobran

dietas por asistencia a las comisiones informativas pero, reitera, los

grupos de la oposición no realizaron ninguna aportación.

Ante el comentario que hacen los grupos de la oposición sobre

que ese expediente se presentó de urgencia en la comisión informativa,

el Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia manifiesta

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

no recordar que se presentara de urgencia y añade que, si hubiera sido

así, no estaría mal porque la ley también reconoce esas urgencias y

recuerda que este expediente se dejó a disposición de los grupos de la

oposición.

Insiste en que este expediente no se incluyó de urgencia en la

comisión informativa sino que formaba parte de su orden del día.

A continuación reitera el ofrecimiento que ha realizado en otras

ocasiones y se pone a disposición de los grupos de la oposición.

Termina su intervención diciendo que este expediente estaba

incluido en el orden del día de esa comisión informativa por lo que no

se presentó de urgencia y añade que le gustaría que los grupos de la

oposición colaboren con el equipo de gobierno y suban a este tren

porque entiende que se está haciendo lo adecuado respecto a esta

residencia de mayores.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al grupo municipal Popular y diez

(10) votos en contra correspondientes a los grupos municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes

y Centrista, ACUERDA:

PRIMERO.-Estimar parcialmente la alegación primera corrigiendo el

error manifestado en el texto del acuerdo a suscribir con la empresa

PLANIGER en el sentido de recoger que la contraprestación que debe

satisfacer al Ayuntamiento será de 305.566,79 €, permaneciendo el

resto de circunstancias económicas inalteradas.

SEGUNDO.-Desestimar las alegaciones segunda y tercera por los

motivos expuestos en el informe de Secretaría General de 10 de

febrero de 2014 obrante en el expediente.

TERCERO.-Corregir los siguientes errores materiales observados en

el texto aprobado por acuerdo del pleno de 27 de febrero de 2013:

En el apartado “Exponen” “Primero”; en el segundo párrafo,

donde dice “arrendamiento financiero”, modificándose por

“arrendamiento de industria”

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el párrafo tercero de la segunda estipulación donde dice: “La

Residencia tendrá capacidad para atender un número de 138

usuarios, en 18 habitaciones dobles y 102 individuales, sin

contar las plazas asignadas a enfermería”, debe decir ““El

Centro se distribuye en un total de 116 habitaciones, de las

cuales 14 son habitaciones dobles, 84 son habitaciones

individuales con baño compartido y 18 habitaciones

individuales”.

En la Estipulación Sexta.- mantenimiento del inmueble donde

dice : “La gestora asume la obligación de conservar el

inmueble en perfecto estado evitando su deterioro físico, estético

tanto exterior como interior para lo que suscribirá y mantendrá

vigentes durante la duración del presente acuerdo, cuantos

contratos de mantenimiento del inmueble y de todos sus

accesorios e instalaciones sean necesarios” debe decir “La

gestora asume la obligación de evitar cualquier deterioro del

inmueble, físico y/o estético tanto exterior corno interior para lo

que suscribirá y mantendrá vigentes durante la duración del

presente acuerdo, cuantos contratos sean necesarios para

efectuar un mantenimiento que permita que el inmueble y todos

sus accesorios e instalaciones se mantenga en las condiciones

actuales”.

3.(23/14) INADMISIÓN a trámite de la solicitud de revisión de

oficio formulada por Dª María Mercedes Pedreira de

Vivero contra la resolución nº 0706/2013 en relación al

expediente de restablecimiento del orden urbanístico

vulnerado por ejecución de obras consistentes en

apertura de puertas en valla comunitaria en c/velero 14

Bajos A y D. (12.4.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la TAG

del Servicio de Licencias de Obra Mayor y Disciplina

Urbanística, de 14 de febrero de 2014, constando el Vº Bº del

Secretario General, del Concejal Delegado de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda y del Concejal

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización,

Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, para que

pase el expediente a resolución por el órgano competente, cuyo

texto es el siguiente:

“Vista la solicitud formulada por DOÑA MARIA MERCEDES

PEDREIRA DE VIVERO, Concejal del Ayuntamiento de

Majadahonda y Portavoz del Grupo Centrista, conforme a lo

dispuesto en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28

de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

entidades locales, cabe señalar los siguientes

HECHOS

PRIMERO: Con fecha 21 de febrero de 2013 el Concejal

Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y

Vivienda dicta resolución que literalmente establece:

“PRIMERO: ESTIMAR las alegaciones presentadas con fechas 27

de diciembre de 2012 (R.E. Nº 22601) y 22 de enero de 2013 (R.E.

Nº 1223) por D. Juan Carbonell, en su condición de propietario de la

vivienda situada en la C/Velero 14 bajo D y por D. Ramón

Barriocanal Jiménez, en su condición de propietario de la vivienda

situada en la C/Velero Nº 14 Bajo A, respectivamente, por

encontrase a fecha del requerimiento de legalización efectuado

mediante la resolución Nº 3063/2012 de 29 de octubre de 2012, del

Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad,

Movilidad y Vivienda, legalizadas las obras consistentes en la

apertura de puertas en valla comunitaria a la vía pública desde los

espacios libres de aprovechamiento exclusivo de las viviendas

situadas en la C/Velero Nº 14, bajos A y D de Majadahonda

(Madrid), en virtud de las solicitudes de comunicación con

declaración responsable tramitadas bajo los números de expediente

274/2012 y 275/2012.

SEGUNDO: Resolver expresamente el archivo del expediente de

restablecimiento de la legalidad urbanística 11/2012, tramitado por

el Servicio de Urbanismo y Vivienda.

TERCERO: Determinar y exigir las responsabilidades y sanciones a

que hubiera lugar, por los hechos presuntamente constitutivos de

infracción urbanística consistentes en la apertura de puertas en valla

comunitaria a la vía pública, desde los espacios libres de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aprovechamiento exclusivo de las viviendas situadas en la C/Velero

Nº 14, bajos A y D de Majadahonda (Madrid), careciendo de las

preceptivas autorizaciones municipales.

CUARTO: Notificar la resolución que se adopte en base al presente

informe propuesta a los interesados, efectuando comunicación

simultánea de la misma a la Consejería competente en materia de

ordenación urbanística de la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO: Con fecha 26 de febrero de 2013, con

posterioridad a la resolución a que hace referencia el punto

anterior, emite informe el Jefe de Servicio de Urbanismo y

Vivienda dirigido al Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de

la Ciudad y Vivienda, y al Concejal de Recursos Humanos,

Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y

Movilidad Urbana; que literalmente indica:

“A la vista del informe-propuesta de resolución realizado por el

T.A.G. con fecha 21 de febrero de 2013, remitida a este Servicio

junto con un escrito que más adelante analizaremos hemos de

señalar lo siguiente:

1. La propuesta de resolución propone en primer lugar ESTIMAR,

las alegaciones presentadas por los infractores en base a que estos

habían presentado solicitudes de comunicación con declaración

responsable tramitadas bajos los números de expediente 274/2012

y 275/2012.y en segundo lugar resolver expresamente el archivo del

expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística.

Las actuaciones comunicada a las que hace referencia la T.A.G.

fueron presentadas por registro de entrada números 13173 y 13174

con fecha 10 de julio de 2012, y las obras según queda acreditado

tanto en la denuncia de la policía municipal como en la denuncia de

la comunidad de propietarios, ambas de fecha 11 de julio de 2012,

finalizaron ese mismo día como se puede apreciar en el reportaje

fotográfico aportado por la Policía Municipal y obrante en el

expediente.

El Servicio de Urbanismo y Vivienda, tiene por costumbre antes de

la apertura del correspondiente expediente de Restablecimiento del

Orden Urbanístico Vulnerado dirigirse al Servicio responsable de la

tramitación de licencias de obra menor o actuación comunicada a

fin de comprobar la existencia de la solicitud correspondiente, y que

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

probablemente por la coincidencia de las fechas el Servicio no

tuviese constancia de dicha solicitud.

En el expediente administrativo figura informe Técnico de fecha 3 de

octubre en el que se indicaba que las obras realizadas no estaban

amparadas por licencia alguna. También se indicaba que las

mismas no era posible legalizarlas por contravenir el Art. 148.5,

relativo a accesos comunes a las viviendas, el Art. 130 y 131, en lo

que respecta a las condiciones de estética y salvaguarda (ambos

del P.G.O.U.M.) así como lo establecido en la Ley 8/1999

reguladora de la Propiedad Horizontal.

Con independencia de lo indicado en el informe técnico

mencionado, el T.A.G. realiza informe propuesta de resolución con

fecha 23 de octubre de 2012, en la que entre otras, propone

REQUERIR a la propiedad para que en el plazo de 2 meses solicite

la legalización de las obras en ejecución sin licencia, así como

adoptar la medida cautelar consistente en ordenar la suspensión

inmediata de las obras. El Técnico que suscribe advirtió

verbalmente al Concejal Delegado del Área de la inutilidad de la

propuesta realizada, primero porque las obras ejecutadas no son

legalizables y segundo porque como ya hemos indicado, estaban

prácticamente finalizadas el día de la denuncia.

2. Respecto a la solicitud de Declaración Responsable, el Servicio

de Urbanismo y Vivienda, tuvo conocimiento de la existencia de las

mismas cuando los infractores, en contestación a la Resolución

adoptada y por la que se concede un plazo de dos meses para

legalizar, aportan con fecha 27 de diciembre de 2012 y 22 de enero

del 2013, las fotocopias de las actuaciones comunicada.

3. Independientemente de la documentación aportada el Servicio

de Urbanismo y Vivienda, volvió a emitir informe técnico el 4 de

febrero de 2013 en el mismo sentido indicado en el informe de fecha

3 de octubre de 2012 : “Las obras no son legalizables”.

Consideramos por tanto incorrecta el informe-propuesta

de resolución realizada y firmada por la T.A.G. del

Servicio Jurídico de Urbanismo con fecha 21 de febrero

de 2013 por los siguientes motivos:

Se da preeminencia en el orden jurídico a la

declaración responsable presentada por la propiedad,

frente a los informes técnicos de fecha 3 de octubre de

2012 y 4 de febrero de 2013, en los que con

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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contundencia se afirma que las obras no son

legalizables.

No se comprueba la veracidad de lo señalado en la

declaración responsable que señala en su impreso:

“….que en ningún caso pueden afectar a la estructura, a

la fachada,…” siendo que las obras declaradas afectan

a un elemento común del edificio como es la valla de

separación con la vía pública (valla de titularidad de la

comunidad que se opone por escrito a la obra).

Se concede validez a la declaración responsable

cuando legalmente la misma no puede amparar la

ejecución de obras que vayan contra el ordenamiento

urbanístico y el Plan General.

Respecto al contenido del escrito dirigido al Jefe del

Servicio de Urbanismo y Vivienda de fecha 22 de febrero

de 2013 que dice:

“…… resulta oportuno efectuarle las siguientes consideraciones

al respecto:

Con el fin de evitar situaciones como la ocurrida, antes de proceder

a la apertura de un expediente de restablecimiento de la legalidad

urbanística se deberá de contrastar con el Servicio Municipal

correspondiente que las obras objeto del mismo no se encuentran

ya legalizadas, en trámite de legalización o, en su caso, amparada

por licencia.

En cumplimiento de la Circular 1/2013 elaborada por Secretaría

General con fecha 12 de febrero de 2013, “en la medida de lo

posible, los informes técnicos se emitirán con un criterio único y

uniforme para evitar desigualdades de trato”. No siendo admisible

que unas mismas obras se consideren por un Servicio Municipal

como no legalizables en tanto que por otro son autorizadas.”

Sobre este escrito indicar lo siguiente:

La T.A.G. firmante del escrito, no solo propone una

resolución incorrecta del expediente, sino que además se

ha extralimitado en sus funciones pues no forma parte de

sus competencias advertir al Jefe del Servicio de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Urbanismo. En todo caso, debería haberlo puesto en

conocimiento de sus superiores para que estos actuaran

en consecuencia.

Actúa de mala fe al afirmar que existen informes

contradictorios, pues los únicos informes que se han

realizado son los del Servicio de Urbanismo.

En consecuencia, ante la falta de rigor en la resolución

del expediente y la improcedencia puesta de manifiesto

en la nota de la T.A.G. remitida al Técnico que suscribe,

se solicita a la Corporación se adopten las medidas

disciplinarias que procedan.”

TERCERO: Dicho informe motivó la apertura del expediente

informativo P22-10/13, cuya resolución, a su vez, derivó en el

expediente informativo P22-11/13, cuya apertura se acuerda en

virtud de resolución nº 890/2013, de fecha 17 de abril de 2013,

del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana. Ambos expedientes figuran custodiados en las

dependencias de RRHH.

CUARTO: A la vista de la solicitud de 14 de noviembre de 2013

(RE: 19869) los grupos políticos PSOE, UPyD, IU-LV, y CMJ

obtuvieron acceso a los expedientes referenciados en el punto

anterior que habían dado lugar a las Resoluciones nº 0781/2013

y 2475/2013, de fechas 2 de abril y 13 de noviembre de 2013

respectivamente, del Concejal Delegado de Recursos Humanos,

Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y

Movilidad Urbana.

Con posterioridad a su puesta la disposición de los antecitados

expedientes, DOÑA MARIA MERCEDES PEDREIRA DE

VIVERO, Concejal del Ayuntamiento de Majadahonda y

Portavoz del Grupo Centrista, solicitó por escrito con fecha 3

de diciembre de 2013 (RE: 21065) al Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, acceso a

los expedientes de su concejalía incluidos en dichos expedientes

informativos, entre los que está el expediente 11/2012 de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Disciplina Urbanística. Dicho escrito, que pasa a incorporarse,

junto con los que trae consecuencia, al presente expediente,

indicaba literalmente:

“Le ruego de las órdenes oportunas para que me facilite a la mayor

brevedad posible la documentación que se relaciona a continuación:

- Expediente de la C/ Velero, 14, bajo A

(…)”

QUINTO: Habiendo tenido ocasión de examinar el expediente

de razón, entre otros, DOÑA MARIA MERCEDES PEDREIRA

DE VIVERO solicita mediante escrito de 4 de febrero de 2014

(RE: 1912) lo siguiente:

“I. Que se instruya, con carácter de urgencia, procedimiento de revisión

de la Resolución del Concejal de Urbanismo de 21 de febrero de 2013

(folios 66 y 67).

II. Que se requiera a la propiedad o se ejecute sustitutoriamente el

restablecimiento del cierre exterior del conjunto residencial Velero 6-

18, también denominada “Atalaya de los Negrillos” suprimiendo los

accesos a la vía pública practicados en la valla exterior y común por

los propietarios de los bajos A y D de la Calle Velero 14.

III. Que se instruya expediente para conocer la tramitación de la

“declaración responsable” de los citados propietarios, de fecha 10 de

julio de 2012, e identificar la fecha de entrada en los Servicios de

Urbanismo.

IV. Que se proceda a identificar a los responsables de la permanencia de

una situación de flagrante ilegalidad urbanística y en su caso se

investigue los motivos y causas que han dado origen a dicha anómala

situación por si en las actuaciones pudiera haber concurrido, a la vista

de las personas afectadas, supuesto de tráfico de influencias y en ese

caso se proceda a poner en conocimiento de la fiscalía.

V. Que se inicie expediente de responsabilidad contra los firmantes

responsables de las “declaraciones responsables” al haber omitido

referencia alguna a la ilegalidad de lo pretendido.”

SEXTO: Con fecha 13 de febrero de 2014 el Concejal Delegado

de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, dirige

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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escrito al Jefe de Servicio de Obras, Mantenimiento y

Actividades por el que le requiere informe sobre el asunto en

cuestión.

SÉPTIMO: Con fecha 14 de febrero de 2014, emite informe el

Jefe de Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades que

literalmente indica:

“Con fecha 13 de febrero de 2014, se me solicita que emita informe, con

carácter previo a la resolución del expediente de restablecimiento de

legalidad urbanística 11/2012 por la apertura de puertas en vallado en C/

Velero nº 14, bajos A y D, sobre los siguientes aspectos.

1. Si la apertura de puertas auxiliares en vallas entra dentro de los procedimientos de declaración responsable y, en consecuencia fueron correctamente solicitados por los interesados.

A este respecto nos remitimos a las Hojas de Solicitud de

Comunicación con Declaración Responsable aprobadas y publicadas por

este Ayuntamiento en las que además de incluirse aquellas actividades

comerciales minoristas y de servicios definidas en los anexos de las

vigentes leyes que tienen por objeto su dinamización (por declaración

responsable) también se recogen (ya que con esa intención se hizo)

aquellas pequeñas intervenciones que venían tramitándose como

actuaciones comunicadas y/o obras menores que, por su escasa

relevancia, bastaría una comunicación previa al Ayuntamiento para su

realización quedando pendiente su comprobación a la pertinente visita de

inspección (en este caso realizada por el Servicio de Obras Mayores y

Disciplina Urbanística al existir denuncias de la policía).

En el apartado 4 de la hoja de solicitud se incluyen, como

actuaciones a realizar como Comunicación con declaración responsable,

aquellas obras en “cerramientos de fincas, muros y vallados”. Las obras

pretendidas se pueden incluir en este apartado teniendo en cuenta que se

está interviniendo en un cerramiento de parcela, no en la fachada del

edificio.

En el apartado 6 de la hoja de solicitud se incluyen, como

actuaciones a realizar como Comunicación con declaración responsable,

aquellas “Obras de acondicionamiento puntual EN VIVIENDAS

consistentes en levantar/demoler tabiques y sustituir acabados que en

ningún caso pueden afectar a la estructura, a la fachada o a las

condiciones de seguridad y funcionamiento de los edificios (…)”. Las obras

pretendidas se podrían también incluir, como se ha hecho, en este

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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apartado teniendo en cuenta que la intervención en un cerramiento de

parcela en ningún caso afecta a la estructura, fachada ni a las condiciones

de seguridad y funcionamiento del edificio.

Por tanto, el técnico que suscribe entiende que las obras de

modificación de vallados pueden solicitarse y ejecutarse bajo el

procedimiento de comunicación con declaración responsable.

2. Si dichas comunicaciones con declaración responsable de 10 de julio de 2012 (RE 13.173 y 13.174) fueron revisadas por su servicio como competentes para efectuar dicha revisión y en ese caso, cuál fue el resultado de la misma.

Dichas comunicaciones con declaración responsable tienen registro

de entrada en nuestra concejalía nº 2.459 y 2.460 de 12 de julio de 2013.

Se procedió a su revisión documental en el plazo de 10 días establecido

por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tras dicha revisión documental favorable (no fue necesario ningún

requerimiento de subsanación) el procedimiento establecido habilita al

solicitante, tal y como se establece en la hoja de solicitud, para el ejercicio

de las obras, sin prejuzgar en modo alguno la situación y efectivo acomodo

de las condiciones de la actuación a la normativa aplicable, ni limitar el

ejercicio de las potestades administrativas de comprobación, inspección,

sanción y en general de control que a la Administración le estén atribuidas

por el ordenamiento sectorial aplicable en cada caso.

En cualquier caso, la apertura de puertas de acceso practicadas en

vallas de cerramiento han de considerarse obras de escasa entidad que no

afectan a la fachada de los edificios y por tanto a su estética y sin embrago

sirven para facilitar las labores de mantenimiento de los jardines de dichos

patios liberando a los portales y zonas comunes de las molestias que dicho

mantenimiento pudiera conllevar.

Por otro lado, el Plan General en su art. 148.5 establece que “en

edificios de viviendas colectivas se podrá acceder a cada una de las

viviendas desde el espacio público a través de espacios comunes”. No se

incumple este artículo por cuanto la instalación de estos accesos

independientes en ningún caso impide que se pueda acceder a las

viviendas desde las zonas comunes del edificio única determinación a la

que obliga este artículo.

Finalmente no encontramos tampoco ningún precepto en el vigente

Plan General que se oponga a la apertura en vallas de cerramiento y

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

tampoco dicho nuevo acceso comporta la obtención por el interesado de un

nuevo número de policía.

3. Adjunte copia compulsada de dichas comunicaciones con declaración responsable.

Se adjunta fotocopia de toda la documentación que figura en ambos

expedientes.”

A los anteriores HECHOS le son de aplicación los

siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- En relación con el solicito PRIMERO del

escrito relativo a la solicitud de instrucción con carácter de

urgencia del Procedimiento de Revisión de Oficio de la

Resolución del Concejal de Urbanismo de 21 de febrero de

2013, hay que indicar que el art. 46 del Texto refundido de la

Ley del Suelo (TRLS) remite al art. 102.1 del la Ley 30/1992 de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que

regula la REVISIÓN DE ACTOS NULOS y establece que: “Las

Administraciones Públicas, en cualquier momento, por iniciativa propia o a

solicitud del interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u

órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere,

declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto

fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los

supuestos previstos en el artículo 62.1”.

El artículo 62.1 de la Ley 30/1992 establece que: “Los actos de las

Administraciones públicas son nulos de pleno derecho en los casos

siguientes:

a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo

constitucional.

b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la

materia o del territorio.

c) Los que tengan un contenido imposible.

d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como

consecuencia de ésta.

e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales

para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.

f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los

que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos

esenciales para su adquisición.

g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de

rango legal.

En primer lugar, DOÑA MARIA MERCEDES PEDREIRA

DE VIVERO, Concejal del Ayuntamiento de Majadahonda y

Portavoz del Grupo Centrista, no ha probado su carácter de

interesada en el procedimiento, requisito impuesto por la ley

para la solicitud de revisión de oficio, como así tampoco alega

cual es el interés público ni apela a la acción pública en materia

urbanística, reconocida en el art. 48 TRLS. Esta acción pública

implica una serie de consecuencias que han sido tratadas por la

doctrina y la jurisprudencia, entre otras, conviene matizar que,

aunque la acción pública en principio no requiere interés

legítimo, conviene, no obstante acreditar que no se interpone en

abuso de derecho, es decir, acreditando cual es el beneficio o

interés público perseguido con dicha acción. Este título de

legitimación debe ser así interpretado restrictivamente, y en

todo caso bajo el principio de buena fe; véanse en este sentido

las Sentencias del Tribunal Supremo de 22 de enero de 1980,

RJ 244; 4 de marzo de 1992, RJ 3223.

Sin perjuicio de lo anterior, tampoco ha argumentado la

solicitante en su escrito vicio de nulidad de conformidad con el

art. 62.1 de dicha ley, pareciendo encajar su solicitud dentro del

apartado f) de dicho artículo al indicar en su exponendo

DÉCIMO PRIMERO que “Los criterios mantenidos en su última

resolución por el Sr. Concejal y el Servicio Jurídico de Urbanismo resultan,

además de contrarios a la legalidad, enormemente peligrosos para el

mantenimiento de una mínima disciplina urbanística en nuestra ciudad”. Sin

embargo, no menciona artículo o disposición normativa alguna

que se vulnere con dicha resolución en apoyo de su afirmación.

Indica en el siguiente párrafo que es contrario a la normativa

urbanística, en general, y al Real Decreto Ley 19/2012. Pues

veámoslo detenidamente.

La resolución que solicita sea revisada se enmarca dentro de los

procedimientos de restablecimiento de legalidad urbanística y

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

más en concreto en el procedimiento establecido en los artículos

193 y ss. de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid

(LSCM). Establece dicho artículo 193 lo siguiente: “Cuando un

acto de construcción, edificación o uso del suelo sujetos a intervención

municipal se realizase sin licencia u orden de ejecución conforme a esta

Ley o sin ajustarse a las condiciones señaladas en una u otra, el Alcalde

dispondrá la suspensión inmediata del acto, practicando simultáneamente

comunicación de esta medida a la Consejería competente en materia de

ordenación urbanística y al interesado”. Dicho procedimiento fue

iniciado mediante Resolución 3063/2012, de 29 de octubre, y

notificado a los interesados.

Dentro del plazo de legalización concedido al efecto, de

conformidad con el artículo 194.1 LSCM, ambos interesados

introducen alegaciones en fechas 27 de diciembre de 2012 (RE:

22601) y 22 de enero de 2013 (RE: 1223), en las que adjuntan

Comunicación con Declaración responsable que especifica la

obra referente a la notificación efectuada, así como el pago del

ICIO y la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.

A la vista de dichos documentos, se pone fin al procedimiento de

restablecimiento de legalidad estimando las alegaciones por

entender que la obra estaba amparada por dicha comunicación

con declaración responsable.

Queda claro, por tanto, que el procedimiento cumple

perfectamente con los requisitos establecidos en la normativa

urbanística en materia de protección de la legalidad

urbanística.

El apartado tercero del art. 102 de la Ley 30/1992 indica

literalmente que “El órgano competente para la revisión de oficio podrá

acordar motivadamente la inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas

por los interesados, sin necesidad de recabar dictamen del Consejo de

Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando las mismas

no se basen en alguna de las causas de nulidad del artículo 62 o carezcan

manifiestamente de fundamento, así como en el supuesto de que se

hubieran desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes sustancialmente

iguales.”

En este sentido, procedería por tanto la inadmisión a trámite de

la solitud formulada por DOÑA MARIA MERCEDES

PEDREIRA DE VIVERO.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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SEGUNDO.- En cuanto al solicito SEGUNDO, relativo a la

solicitud de requerimiento o ejecución sustitutoria del

restablecimiento del cierre exterior, no habiendo lugar a la

revisión de oficio de la resolución por los motivos expuestos en

el fundamento primero de la presente, se debe desestimar del

mismo modo dicha solicitud.

TERCERO.- En relación con el solicito TERCERO del

escrito se ha de indicar varias cuestiones.

De conformidad con el artículo 71 bis de la Ley 30/1992,

introducido por el número tres del artículo 2 de la Ley 25/2009,

de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su

adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de

servicios y su ejercicio, “se entenderá por declaración responsable el

documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su

responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa

vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su

ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se

compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo

inherente a dicho reconocimiento o ejercicio”. (…) 3. Las declaraciones

responsables y las comunicaciones previas producirán los efectos que se

determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permitirán, con

carácter general, el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio

de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las

facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las

Administraciones Públicas.”

En el mismo sentido se manifiesta La Ley Reguladora de Bases

de Régimen Local en su artículo 84 al indicar que “Las Entidades

locales podrán intervenir la actividad de los ciudadanos a través de los

siguientes medios: c) Sometimiento a comunicación previa o a declaración

responsable, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 bis de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.

El presente caso, de apertura de puertas en la valla

comunitaria, de conformidad con el informe del Jefe de Servicio

de Obras, Mantenimiento y Actividades, está sujeto a su

intervención mediante declaración responsable, al ser una obra

de acondicionamiento puntual EN VIVIENDA que no afecta a

estructura, fachada o condiciones de seguridad y

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

funcionamiento de los edificios. Es más, el propio cerramiento

de la finca mediante valla, sería susceptible también de

declaración responsable, no requiriendo por tanto licencia o

autorización previa.

En este sentido, la solicitante hace suya expresamente la

fundamentación del jefe de servicio de urbanismo y vivienda

para afirmar que dicha obra tiene carácter de no legalizable

calificándola de “obra ilegal”, y que la declaración

responsable en ningún caso puede amparar obras que vayan

contra el ordenamiento urbanístico; y no considerando la

fundamentación del resto de los técnicos municipales obrantes

en el expediente, ni siquiera la del Jefe de Servicio de Obras,

Mantenimiento y Actividades, dependencia encargada de la

tramitación de estos procedimientos de obra menor. En este

sentido, hay que puntualizar dos cosas: que la obra pretendida

sí entra dentro de los casos de sometimiento a declaración

responsable, y que la misma cumple con los requisitos

establecidos en la normativa urbanística de aplicación.

En cuanto a lo primero, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre,

sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su

ejercicio, ha incorporado, parcialmente, al Derecho español, la

Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,

de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el

mercado interior. Indudablemente esta Ley, junto con el

conjunto de disposiciones normativas derivadas de la propia

Directiva de Servicios (incluido el Real Decreto Ley 19/2012,

de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del

comercio y de determinados servicios, ahora Ley 12/2012, de

26 de diciembre, que deroga el anterior) hacen hincapié en el

ejercicio de las actividades comerciales, pero el llamamiento de

la propia Directiva así como en otros acuerdos europeos van

más allá (piénsese por ejemplo en el Programa de Acción de de

Reducción de Cargas Administrativas de la UE, aprobado por

el Consejo europeo de Primavera de 2007, a propuesta de la

Comisión, un ambicioso programa de acción destinado a

reducir la carga administrativa surgiendo en consecuencia el

Plan de Acción para la Reducción de la Cargas

Administrativas, aprobado por el Consejo de Ministros el 20 de

junio de 2008). Ello supone la generalización y cambio de

mentalidad de limitación de las autorizaciones previas, no sólo

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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en relación con las licencias de actividades, sino en otros

ámbitos de actuación municipal, y en concreto en las licencias

urbanísticas, en aplicación del Considerando 9 de la propia

Directiva.

En este sentido se ha manifestado abundantemente la doctrina,

pudiendo señalar por ejemplo a autores como FRANCISCO

ANTONIO CHOLBI CACHÁ, el cual pone de manifiesto, cómo

la comunicación previa y la declaración responsable cobran

especial relieve y actualidad en materia de licencias

urbanísticas tras la Directiva de Servicios, “sin perjuicio de que la

propia Directiva señala su no aplicación a la normativa reguladora de la

ordenación urbanística.” Posteriormente, el autor junto con

VICENTE MERINO MOLINS, manifiestan que si bien es cierto

que la Directiva no es de aplicación directa al urbanismo por

quedar excluido de forma expresa, sí le afectan determinados

aspectos generales del procedimiento administrativo relativos a

la simplificación del mismo o a servicios profesionales, que

puedan incidir en la materia. Incluso concluyen: “Sea como fuere,

evitar un trato discriminatorio será obligatorio en cualquier caso, al margen

de las materias que puedan encontrarse excluidas, en principio, del

contenido de la Directiva”. Además, cuando el Real Decreto Ley

8/2011, de 1 de julio, mantiene la exigencia de un acto

administrativo expreso de conformidad previo para las

actuaciones urbanísticas señaladas en el artículo 23, está

posibilitando que para el resto de actuaciones urbanísticas,

pueda suprimirse o sustituirse la autorización previa si resulta

conveniente. Dicho artículo 23, derogado por la Ley 8/2013, de

26 de junio de rehabilitación, regeneración y renovación

modifica los art. 8 y 9 TRLS, incorporando dicho art. 23 ahora

a la propia Ley del Suelo, con lo que el legislador ratifica la

regla del silencio negativo en la obtención de las licencias de

edificación recogiéndose los cuatro supuestos en los que se

aplica (movimientos de tierras; obras de edificación e

instalaciones de nueva planta; ubicación de casas

prefabricadas; y tala de masas arbóreas). Como vemos, en

ninguno de esos cuatro supuestos encaja la obra menor que nos

ocupa.

Junto a lo anteriormente dicho basta con dedicar un tiempo a la

lectura de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de

racionalización y sostenibilidad de la Administración Local

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

para apreciar el cambio de la intervención administrativa en la

actividad de los ciudadanos.

Destacando las palabras de GARCÍA GARRO, Mª ARÁNZAZU

(Tesis Doctoral “impacto de la directiva de servicios en las

licencias urbanísticas y de actividades”. Universidad

Complutense de Madrid. 2013.) “Son actuaciones de escasa

entidad, que forman parte de las tradicionalmente denominadas

obras menores, que no afectan a parámetros urbanísticos que

controlar, tales como altura, volumen, ocupación,

edificabilidad, o usos posibles. Actuaciones para las que antes

de la Directiva, la mayor parte de las Ordenanzas Municipales

disponía el régimen de la Comunicación Previa, y que cuando el

ciudadano las comunica, al no haber nada que controlar, los

Ayuntamientos “les dan un carpetazo sin más”, lo que supone

una obligación para el particular y un trabajo para la

Administración innecesario, ineficaz e ineficiente, que a todas

luces debe desaparecer.

La repercusión urbanística de este tipo de actuaciones es

inexistente, lo que determina que resulte innecesario e

injustificado el mantenimiento de cualquier control municipal

preventivo, incluso la comunicación previa o declaración

responsable, por lo que deben ser actuaciones que puedan

realizarse libremente por el ciudadano, sin ningún tipo de

injerencia, ni de limitación burocrática previa, sin perjuicio de

los controles posteriores que pueda practicar el Ayuntamiento

competente con el fin de verificar la entidad de las obras

ejecutadas. Nos confirma el carácter desproporcionado del

sometimiento de este tipo de actuaciones menores a la previa

licencia, comunicación previa o declaración responsable, el

propio hecho de que el régimen represivo también resulte

desproporcionado en estos casos, ya que al tratarse de

actuaciones que no requieren proyecto y que siempre son

actuaciones legalizables, puesto que su ejecución no implica la

alteración de parámetro urbanístico alguno, resulta que el

procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística

acabaría con la legalización, o en caso de no solicitarse la

correspondiente licencia de legalización, el acuerdo de

demolición no es la más acabada y óptima solución para este

tipo de obras, pues como ha afirmado el Tribunal Supremo en

Sentencia de 21 de febrero de 1994, en su fundamento de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

derecho tercero, no tendría ningún sentido dicha demolición si

posteriormente puede autorizarse la misma construcción,

resultando por tanto desproporcionado ordenar su demolición.

Aún así, en numerosas ocasiones, las denuncias que realizan los

vecinos, por obras sin licencia, son las relativas a este tipo de

actuaciones menores, alegando ruidos, así como ausencia del

consentimiento de la comunidad de propietarios, trasladando

simplemente a la Administración las malas relaciones vecinales

o cuestiones civiles, aspectos todos ellos que exceden de las

competencias municipales en materia de urbanismo.”

Sin entrar a realizar una labor de tesis en relación con el asunto

referido, es indudable que cada administración local, en virtud

de su autonomía local, y siempre de conformidad con la

legislación vigente ha de regular mediante ordenanzas los

distintos procedimientos, algo que para el caso de las licencias

urbanísticas se está actualmente realizando en el Ayuntamiento

de Majadahonda en vistas a la aprobación de la futura

ordenanza de tramitación de licencias. Es por ello que en este

ayuntamiento, a la vista de la normativa europea, su efecto

directo, y la obligatoriedad del cumplimiento de los principios y

directrices dada por la misma, se realizó una relación completa

de los actos que no precisan de licencia urbanística, incluyendo,

además de los establecidos en las leyes, las pequeñas obras de

mejora de los acabados de las viviendas y locales, por entender

que la intervención de la Administración en la actividad de los

vecinos debe ser proporcional a la trascendencia de las obras.

Todos ellos son los que encontramos en los modelos de solicitud

puestos a disposición del ciudadano, entre los que se encuentran

los vallados de fincas y las reformas puntuales en vivienda.

Aclarado pues que el procedimiento aplicable para las obras

solicitadas era el de presentación de la comunicación con

declaración responsable, procede ahora fundamentar su ajuste

a normativa urbanística. El Jefe de Servicio de Urbanismo y

Vivienda fundamentó en informe de 3 de octubre de 2012 el

carácter ilegalizable de dichas obras basándose en:

- Art. 148.5 PGOUM: “En edificios de viviendas colectivas

se podrá acceder a cada una de estas viviendas desde el

espacio público exterior a través de espacios comunes”.

En referencia a este artículo hay que indicar que en

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

primer lugar, el mismo establece una posibilidad o

derecho al emplearse el término “se podrá”, y no

establece limitación en contra, para lo cual la redacción

debería haber incluido expresiones tipo “se deberá” o “se

tendrá”. En cualquier caso, ha quedado fundamentado en

el expediente que las puertas dan acceso a un espacio

libre de la vivienda colectiva (folios 14 a 25) y hay que

remitirse a la fundamentación al respecto del informe

jurídico propuesta de resolución de 23 de octubre de

2012.

- Art. 130 y 131 POUGM: Criterio estético.

- Ley 8/1999 de Propiedad Horizontal en cuanto al

requisito de la autorización de la Comunidad de

Propietarios.

En estos dos últimos puntos, hemos de remitirnos a las

consideraciones jurídicas puestas de manifiesto en el informe

jurídico propuesta de resolución de 23 de octubre de 2012, sin

perjuicio de que los conflictos entre la comunidad de

propietarios y cada propietario se puedan dirimir en el orden

jurisdiccional civil.

Con posterioridad a dicho informe, ni los sucesivos informes del

Jefe de Servicio, ni el propio escrito de la solicitante

fundamentan qué normativa urbanística se contraviene con la

realización de estas obras, y sin embargo en el propio informe

del Jefe de Servicio de Obras, Mantenimiento de la Ciudad y

Actividades, competente para la resolución de las mismas por el

contrario se fundamenta que sí son legales, no habiendo

encontrado este Servicio Jurídico disposición normativa alguna

que indique lo contrario. Así tampoco se ha fundamentado por

la Comunidad de Propietarios en su escrito normativa

urbanística que se vulnere con dicha actuación, ni la misma ha

interpuesto recurso de reposición ni contencioso administrativo

frente a la Resolución 0706/2013.

Queda, pues, claro que dichas obras son conformes a la

normativa urbanística de aplicación, son obras plenamente

legales, y no encuentra este Servicio Jurídico disposición

normativa alguna que estén vulnerando.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

CUARTO.- En relación con la fecha de entrada en los

Servicios de Urbanismo de estas declaraciones responsables se

ha de indicar que las mimas tuvieron entrada en el Registro

General del Ayuntamiento correlativamente el día 10 de julio de

2012, y el mismo pasó a dar traslado al Servicio competente en

la materia que no era el de Urbanismo y Vivienda sino el de

Obras, Mantenimiento de la Ciudad y Actividades; servicio que

procedió a dar trámite oportuno y que, al ser una declaración

responsable, no requiere acto expreso, sino que se entiende

autorizado, con la habilitación a partir desde el momento de su

presentación para la ejecución del derecho, a no ser que medie

requerimiento por parte de la administración. Dicho

requerimiento no fue efectuado ya que, el servicio encargado de

la tramitación consideró correcta la solicitud, de forma que

procedió al archivo de la misma, todo ello sin perjuicio del

ejercicio de comprobación inspección y control posterior que

pudiera efectuarse.

No es labor de este Servicio Jurídico proponer que se instruya

expediente alguno para conocer la tramitación de la

declaración responsable, correspondiendo ello al equipo de

gobierno en caso de considerarlo oportuno.

Finalmente en cuanto al cómputo de plazos a efectos legales hay

que indicarle a la solicitante que, como sabrá, el mismo empieza

desde la entrada del documento, con independencia de la

materia, en el registro general del Ayuntamiento, único órgano

administrativo existente de este municipio, de conformidad con

el art. 38 de la Ley 30/1992, y la Ley Reguladora de Bases de

Régimen Local. El Servicio de Urbanismo y Vivienda, era esto,

un servicio, y no así un órgano administrativo, ni mucho menos

órgano competente.

QUINTO.- En relación con el solicito CUARTO en el que

se indica que se identifique a los responsables de la

permanencia de una situación de flagrante ilegalidad

urbanística y en su caso se investigue los motivos y causas que

han dado origen a dicha anómala situación por si en las

actuaciones pudiera haber concurrido, a la vista de las

personas afectadas, supuesto de tráfico de influencias y en ese

caso se proceda a poner en conocimiento de la fiscalía, hay que

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

indicar que carece de sentido plantear esta responsabilidad

toda vez que se ha argumentado que no existe tal situación

ilegal.

En cualquier caso, no corresponde al Servicio Jurídico la

apreciación del deber de apertura o no de un expediente de

responsabilidad en este sentido, pudiendo la propia solicitante

acudir a los Tribunales competentes en la materia o a la propia

Fiscalía si así lo considera oportuno.

En cualquier caso sí es preciso advertir que el “tráfico de

influencias” está tipificado en el art. 148 del Código Penal

estableciendo que “El funcionario público o autoridad que

influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose

del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra

situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste

o con otro funcionario o autoridad para conseguir una

resolución que le pueda generar directa o indirectamente un

beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las

penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al

duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación

especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis

años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se

impondrán en su mitad superior”. En esa línea, la imputación

de un delito realizada con conocimiento de su falta de

veracidad, así como la expresión que lesione la dignidad de otra

persona poseen, de la misma manera, encaje en hechos típicos

del Código Penal.

SEXTO.- Finalmente, en cuanto al solicito QUINTO, no ha

lugar a inicio alguno de responsabilidad contra los firmantes de

las declaraciones responsables, pues ha quedado fundamentado

que la solicitud no consistía en la realización de ninguna

actuación u obra ilegal.

SÉPTIMO.- Corresponde al Pleno la competencia para la

resolución de la revisión de oficio planteada, teniendo en cuenta

lo dispuesto en los art. 103.5 de la Ley 30/1992 y 22.2 k) de la

Ley 7/1985, sobre la declaración de lesividad, pues si ésta es

sometida al Pleno, con mayor razón la revisión de oficio de los

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

actos nulos de pleno derecho, por la mayor gravedad de éstos y

sus consecuencias jurídicas, corresponderá también a dicho

órgano municipal. Fundamenta esta tesis lo dispuesto en el art.

110.1 LRBRL, que establece que corresponderá al Pleno de la

Corporación la declaración de nulidad de pleno derecho y la

revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria, en los

casos y de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley

58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,

entendiéndose aplicable esta facultad al resto de actos

administrativos. así parece desprenderse de lo concluido por el

TS en sus Sentencias de 2 de febrero de 1987 y de 9 de marzo

de 2004. En ésta última, nuestro Alto Tribunal expresa: "La

competencia corresponde al Pleno del Ayuntamiento, pues la

Ley 30/92, en su redacción originaria, aquí aplicable, atribuye

al "órgano competente en la materia" la competencia para

declarar la lesividad de los actos municipales (artículo 103-4),

lo que constituye una competencia análoga a la de revisarlos

por nulidad de pleno derecho o por infracción manifiesta del

ordenamiento jurídico".

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho referidos,

conforme al Artículo 169 del Texto Refundido de Régimen

Local, procede elevar al Pleno, previo dictamen de la comisión

informativa, la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO.- INADMITIR A TRÁMITE la solicitud de revisión

de oficio formulada por DOÑA MARIA MERCEDES

PEDREIRA DE VIVERO, de conformidad con el apartado

tercero del art. 102 de la Ley 30/1992 a la vista del fundamento

de derecho primero de la propuesta de resolución.

SEGUNDO.- DESESTIMAR las alegaciones y solicitudes

SEGUNDA A QUINTA del mismo escrito de conformidad con la

argumentación de los fundamentos segundo a sexto de la

propuesta de resolución.

No obstante el órgano municipal competente adoptará el

acuerdo que estime más oportuno.”

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 20 de febrero de 2014,

favorable.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que se trata de unas obras cuya licencia se solicitó en

julio de 2012 y sobre las que se emite informe por el jefe del servicio

de urbanismo con fecha 3 de octubre de 2012. Añade que la técnico de

administración general fundamenta, en el informe que ha emitido, que

esas obras, desde el punto de vista jurídico, no son manifiestamente

legalizables tal y como se recogía en el informe del técnico citado

anteriormente y propone iniciar un procedimiento que podría haber

concluido de dos formas, con la legalización de la obra o con la orden

de restablecimiento de la legalidad urbanística si ésta hubiera sido

vulnerada.

Sigue diciendo que la propuesta de resolución de 21 de febrero

de 2013 lleva el visto bueno del jefe del servicio de obras de este

Ayuntamiento y a continuación se produce la resolución del concejal

delegado de fecha 21 de febrero de 2013, la remisión del expediente

del técnico de administración general al jefe del servicio de urbanismo

con fecha 22 de febrero de 2013 y, en lugar de producirse la

notificación a los interesados, se paran los expedientes, circunstancia a

la que no se alude en la solicitud presentada por la portavoz del grupo

municipal Centrista, parón que no está justificado pero al final el

expediente continúa su tramitación y el 26 de febrero, el jefe del

servicio de urbanismo emite otro informe, haciendo referencia al

emitido anteriormente, en el que se dice que mantiene su tesis anterior

y finalmente la notificación al interesado se produce el 29 de abril de

2013.

Aclara que, hasta este momento, ha sucedido lo que es normal

porque, cuando se producen discrepancias entre informes técnicos,

éstas se resuelven por la vía jurídica y se notifica la resolución al

particular.

Indica que el Grupo Centrista, con fecha 3 de diciembre de

2013, solicita, de forma un poco inhabitual, la puesta a su disposición

de una serie de expedientes y el equipo de gobierno los pone a su

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

disposición y el 13 de febrero de 2013, el grupo Centrista presenta un

escrito en el que solicita la revisión de oficio de los expedientes de la

c/ Velero, 14 bajos A y B.

Aclara que, como todos saben, la tramitación de una solicitud de

revisión de oficio tiene que concluir en el Pleno lo que lleva a

entender que dicho grupo tenía interés en que el Pleno se pronunciara

sobre las manifestaciones que vertía en el escrito que presentó.

Sigue diciendo que en ese escrito, el grupo Centrista acusa de

que este Ayuntamiento, a través de algunos de sus funcionarios, está

tolerando la ilegalidad urbanística y además pretende convertir el

escrito de un particular en una denuncia cuando no lo es.

Aclara que este Ayuntamiento requiere a los vecinos afectados

para que aporten determinada documentación y en el escrito del grupo

Centrista se alude a que ese requerimiento, aunque forma parte de un

procedimiento normal, le causa sorpresa y además prejuzga la

actuación de los vecinos cuando parece estar claro que la obra

realizada coincide con lo declarado lo que se puede comprobar con las

fotografías de las obras que se han aportado.

Manifiesta que es cierto que, en un momento determinado, el

jefe del servicio de urbanismo emite un informe denegando la

legalización de esas obras pero desea llamar la atención sobre un

hecho que es importante desde su punto de vista puesto que se está

denegando un derecho a dos vecinos y para hacerlo hay que armarse

de buenas razones que tienen que estar fundamentadas en la normativa

vigente. Aclara que quien puede determinar si la aplicación de la

normativa vigente es correcta o no, en el caso de este Ayuntamiento,

es el servicio jurídico municipal, servicio que está centralizado y

depende de la Secretaría General.

Indica a continuación que el servicio jurídico, en ejercicio de sus

atribuciones, tramita el expediente conforme al procedimiento

recogida en la normativa vigente (Ley 30/1992 de Procedimiento

Administrativo y Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid) y da a los

interesados el plazo preceptivo de dos meses para que aleguen y

demuestren lo que estimen conveniente y considera que lo extraño

hubiera sido que esos interesados no hubieran tenido la oportunidad de

presentar alegaciones en los plazos que establece la ley.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continua diciendo que no hay nada novedoso en este caso

porque lo único que se hace es aplicar la ley de forma correcta y

además no hay vulneración acreditada de la normativa urbanística

porque “un podrá” no puede convertirse en una limitación de

derechos.

Manifiesta además que los criterios estéticos que aparecen en los

planes de urbanismo son, como mínimo, criterios jurídicos

indeterminados y muy controvertidos y, sobre todo, lo son si se

utilizan para fundamentar la negación de un derecho.

Indica, en cuanto a un supuesto incumplimiento de la Ley de

Propiedad Horizontal, que este Ayuntamiento no tiene que aplicar

dicha ley porque es un tema entre privados y, si la comunidad de

propietarios en la que se han realizado las obras entiende que se

vulnera esa ley, deberá acudir a la vía civil.

Continúa diciendo que el grupo Centrista insiste, en su solicitud,

en decir que el concejal delegado y el servicio jurídico han actuado

con un criterio contrario a la legalidad y también manifiesta que existe

un peligro en el mantenimiento de una mínima disciplina urbanística

pero el equipo de gobierno entiende que no es así.

Termina su intervención indicando que durante este debate ha

ido desgranando el escrito presentado por la portavoz del grupo

Centrista en el que, desde su punto de vista, se hacen unas acusaciones

muy graves y dice esto porque se acusa a un funcionario de este

Ayuntamiento de tráfico de influencias y a un concejal de connivencia

en ese tráfico de influencias y por ello le gustaría que la portavoz del

Grupo Centrista explique, durante su intervención, qué hay detrás de

todo este expediente porque la realidad es que no lo ha explicado a

pesar de haber difamado el buen nombre de una serie de personas y

considera que el Pleno debe tener, al menos, una explicación sobre

ello.

La concejal del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de Oca,

indica que en este punto del orden del día se ve, una vez más, la mala

gestión del Sr. Alcalde y de su equipo de gobierno cuyas consecuencia

son pagadas por todos los vecinos y entiende, como indicó

anteriormente su compañero de grupo, que este Ayuntamiento se está

convirtiendo en “la casa de los líos”.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que el escrito presentado por el grupo Centrista,

tiene tres puntos importantes, una vulneración de los derechos de

todos los miembros corporativos porque pide una serie de expedientes

en los que cree que existe falta de disciplina urbanística pero no se los

facilitaron amparándose en una mala interpretación del artículo 14 del

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de

las Entidades Locales. Añade que otro de los puntos es el

restablecimiento de la legalidad urbanística y el tercero es un presunto

tráfico de influencias según detalla el grupo Centrista en su escrito.

Sigue diciendo que el 9 de julio de 2012, la Policía Local levanta

acta de infracción en la c/ Velero, 14, bajos A y B por la realización de

obras sin licencia. Aclara que las obras consisten en la apertura de una

puerta que sale del jardín de esas viviendas al exterior y añade que

esas obras han sido realizadas sin consultar a la comunidad de

propietarios ni a su presidente.

Indica que, según el informe del servicio técnico de urbanismo,

aunque se presentara solicitud de legalización de esas obras no se

podría conceder licencia porque el Plan General vigente dice que en

los edificios de viviendas colectivas se podrá acceder a cada una de las

viviendas solamente a través de los espacios comunes y no

directamente desde la calle.

Aclara que, según estipula el Plan General, se debe solicitar

licencia de obra mayor para aquéllas en las que se modifica la

estructura y la fachada y considera que en este caso, al realizarse la

apertura de un hueco, se está modificando la fachada aunque se haga

en la valla de cerramiento exterior comunitaria y además recuerda que

la Ley 8/1999 Reguladora de la Propiedad Horizontal, requiere, para la

realización de cualquier obra en las zonas comunes como ocurre en

este caso, el acuerdo de la junta de propietarios.

Añade que se puede leer, en el expediente que ha generado ese

recurso, que estas obras contravienen el Plan General, que se han

hecho en contra de la comunidad de propietarios y además no tienen

licencia a pesar de que debían tenerla puesto que se modifica la

fachada.

Sigue diciendo que en la página 15 de este expediente consta un

documento en el que se describen las viviendas y en la descripción que

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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se hace para los bajos se dice que todos cuentan con un jardín o terraza

de uso y disfrute lo que no quiere decir que esos pisos bajos tengan ese

jardín en propiedad puesto que es comunitario y, como esas viviendas

de planta baja son las únicas que tienen acceso a ese jardín, tienen su

uso y disfrute pero ello no significa que sus propietarios puedan hacer

modificaciones y menos si la comunidad de propietarios no las ha

autorizado.

Termina su intervención diciendo que, a pesar de que en los

informes que ha emitido el jefe del servicio de urbanismo queda claro

que las obras que se han realizado no se ajustan a la legalidad, han

sido legalizadas amparándose en el Real Decreto Ley 19/2012, de

Liberalización del Comercio aunque su grupo entiende, como también

se dice en la solicitud del grupo Centrista, que ese Decreto nunca

puede amparar la no exigencia de licencia para una obra estrictamente

ligada a un uso residencial y que no tiene ninguna vinculación con las

actividades comerciales.

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

indica que su grupo no entiende por qué el equipo de gobierno se

empeña en no revisar de oficio esos expedientes a pesar de que crean

un precedente en lo que afecta a legalizaciones de obra arbitrarias a

través de declaraciones responsables que, en este caso, además se

presentan con posterioridad a inspecciones de la Policía Local.

Sigue diciendo que su grupo y el grupo Centrista tuvieron

noticias de este expediente examinando otro distinto en el despacho de

recursos humanos y les pareció que era necesario estudiarlo con más

detenimiento y añade que su grupo está totalmente en contra de la

negativa de admitir a trámite la solicitud presentada por el grupo

Centrista.

Termina su intervención aclarando que su grupo desea escuchar

lo que tiene que decir el grupo Centrista porque es el que ha planteado

la solicitud de revisión de oficio que se está tratando en estos

momentos.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que este tema es complejo y muy técnico y

reconoce que no tiene capacidades técnicas para entenderlo

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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correctamente pero, a pesar de ello, hay determinadas cuestiones en

este expediente que no le quedan claras y considera que hay algunos

aspectos dudosos como ocurre con la disparidad de criterios técnicos

porque, mientras que el jefe del servicio de urbanismo dice que esas

obras no pueden ser legalizadas, el servicio jurídico dice que sí pueden

serlo y además parece que durante todo el proceso de tramitación de

este expediente se producen sanciones a una de las partes que

interviene en ese conflicto de pareceres y además considera posible

que el conflicto generado por estas obras pueda afectar no solo a un

hecho puntual sino a toda la regulación de la disciplina urbanística de

este municipio.

Sigue diciendo que constan una serie de informes en los que se

hacen algunas aseveraciones que, desde el punto de vista de su grupo,

son cuanto menos dudosas porque, por ejemplo, no entiende cómo se

puede señalar que, en la actualidad, se está trabajando en una futura

ordenanza de tramitación de licencias urbanísticas para decir,

inmediatamente después, que estas obras se pueden realizar porque así

lo marca una directiva de servicios.

Termina su intervención aclarando que no es técnico y no

conoce estos temas pero insiste en que ve dudosas algunas cuestiones

y por ello le gustaría oír los argumentos del grupo que ha presentado el

recurso y también las respuestas que dará el equipo de gobierno pero,

reitera, su grupo entiende que este asunto debe esclarecerse lo máximo

posible para que puedan resolverse todas las dudas que ha generado

este expediente.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que, desde su punto de vista, el Concejal Delegado de Recursos

Humanos, ha obviado, en su intervención, muchas cuestiones

importantes que ahora va a intentar poner de manifiesto.

Sigue diciendo que parece que el interés público, en temas de

disciplina urbanística, desaparece en el caso de determinadas

infracciones y añade que en este caso se realizan obras por un

particular en un elemento común de una urbanización, obras que son

denunciadas por la Policía Local y por la comunidad de propietarios

que las considera ilegales.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Aclara que se instruyó el correspondiente expediente, se descartó

la posibilidad de legalización, se concedió plazo para que los

interesados solicitaran esa legalización que no se atendió, se ordenó

suspender las obras pero no se atendió y se notificó la infracción a la

Consejería de la Comunidad de Madrid.

Manifiesta que, tres meses después, aparecieron unas

declaraciones responsables, desde el punto de vista de su grupo,

irresponsables porque tienen fecha posterior a la inspección realizada

por la Policía Local por lo que considera que no pueden servir para

evitar la infracción ya cometida.

Añade que esas declaraciones responsables fueron informadas

desfavorablemente por el arquitecto municipal y por la responsable del

servicio jurídico de urbanismo que, en octubre de 2012, fue

contundente en su informe al considerar las obras ilegales y

propugnaba la inmediata paralización de las mismas pero,

curiosamente, esa misma responsable, en el mes de febrero de 2013, se

olvidó de las consecuencias de esa ilegalidad y aceptó las

declaraciones de los infractores como una pócima mágica que todo lo

arregla y optó por el archivo del expediente por el hecho de haber

pasado 10 días sin que este Ayuntamiento contestara lo que, desde el

punto de vista de su grupo, se puede denominar “barra libre a la

indisciplina urbanística”.

Aclara que ahora, cuando su grupo ha denunciado esta

bochornosa situación, el equipo de gobierno ha solicitado informe a un

trabajador que no tiene nada que ver con este expediente y que, desde

el punto de vista de su grupo y según las instrucciones que dictó el

Concejal de Urbanismo, no tiene competencia para tramitar

expedientes de restauración del orden urbanístico vulnerado.

Manifiesta que su grupo no entiende por qué el equipo de

gobierno pide ese informe al jefe del servicio de obras en concreto y

no lo pide a los funcionarios que, a partir del mes de noviembre, son

los responsables de esa tramitación (dos aparejadores del servicio

urbanismo) y dice esto porque, en el mes de noviembre, el Concejal

Delegado de Urbanismo dictó una instrucción y el Sr. Alcalde dictó

también un decreto por el que se dividían las competencias de la

Concejalía de Urbanismo y ese técnico no aparece, en esos

documentos, como responsable del servicio de disciplina urbanística.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Indica que su grupo se preguntó qué es lo que pasaba en ese

expediente y también quién era el dueño de esas puertas, pregunta que

hacer por considerar que debe ser una persona muy importante porque

ha conseguido que este Ayuntamiento cambie sus criterios porque no

entiende que en la resolución de febrero de 2013 se siga manteniendo

por el Concejal de Urbanismo que se ha producido una infracción y

pide que se depuren responsabilidades (folio 78 de este expediente) y

ahora el Concejal Delegado de Recursos Humanos, utilizando otro

informe-propuesta de la misma funcionaria del servicio jurídico que

cambia de criterio, avala ahora esas obras y las da por buenas.

Pregunta si lo que se está haciendo en este caso se hace con

todos los vecinos que cometen ilegalidades o irregularidades

urbanísticas y añade que su grupo entiende que el equipo de gobierno

debe dejar de olvidarse del interés público y de velar por los intereses

de determinadas empresas y particulares.

Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, el informe

que se utiliza para desestimar la solicitud que ha presentado su grupo y

la propuesta del concejal delegado que se basa en dicho informe,

mantienen un tono bastante suficiente y despectivo con respecto a la

oposición y considera que no se debe decir en un informe que su grupo

no es competente para denunciar porque lo cierto es que cualquier

vecino puede denunciar las irregularidades urbanísticas y pregunta a

continuación si el equipo de gobierno cree que los vecinos han elegido

al Grupo Centrista para que no vea lo que ocurre en este municipio.

Sigue diciendo que en ese informe se dice además que se hace

“seguidismo de un técnico” y desea dejar claro que eso no es cierto y

añade que ese técnico, durante todo el tiempo de tramitación de este

expediente, es el responsable del servicio de disciplina urbanística.

Manifiesta que en dicho informe jurídico también se dice que el

grupo Centrista debe acudir al juzgado y sobre ello desea dejar claro

que su grupo acudirá a donde estime oportuno y además se dice que

se le va a denunciar por presentar esa denuncia pero lo cierto es que su

grupo solo ha pedido que se averigüe lo que ha ocurrido en este caso y

la contestación que recibe es que ella también puede ser responsable

penal.

Continúa su intervención pidiendo al equipo de gobierno que

rectifique su criterio y averigüe, sobre todo, qué es lo que ha ocurrido

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

en este caso y además pregunta cómo se pueden interpretar las normas

para tolerar la permanencia de una ilegalidad urbanística y cómo se

pueden retorcer los argumentos hasta señalar que la puerta abierta de

forma ilegal, se construyó en interés de la comunidad de propietarios

cuando esa comunidad de propietarios, según consta en el expediente,

presentó un escrito el 9 de julio denunciando la realización de obras

desde el 8 de julio y además dice que no están de acuerdo con esas

obras.

Continúa diciendo que si el equipo de gobierno mantiene esa

postura, su grupo cree que debería comunicarse a todos los vecinos de

Majadahonda que todo vale, aunque se trate de la mayor barbaridad,

en materia de infracciones urbanísticas sujetas a comunicación previa

o declaración responsable y que basta con que transcurran 10 días

desde la presentación de esa declaración y pregunta si el equipo de

gobierno puede imaginar lo que ocurriría si esas declaraciones

responsables se presentaran en el mes de agosto por es posible, en ese

caso, que en el mes de septiembre se hayan abierto muchísimas

puertas en este municipio y, como habrían transcurrido más de 10 días,

este Ayuntamiento estaría obligado a legalizarlas.

Aclara que en este caso se presenta una declaración responsable

en la que no se dice nada y además no aparece registrada en el

departamento de urbanismo y, hasta que su grupo denuncia estos

hechos, se archiva el caso después de haber informado y notificado

que se abría expediente.

Añade que los informes son emitidos siempre por un mismo

técnico a pesar de que en cada uno de esos informes dice cosas

diferentes y entiende, como es lógico, que el mismo técnico que

archivó el expediente no puede dar la razón a su grupo cuando

protestó y cree que lo que tendría sentido es que ese informe hubiera

sido realizado por alguien que no estuviera tan implicado en este

expediente porque podría tener una visión más amplia de lo que su

grupo plantea.

Manifiesta además que en ese informe también se dice lo que

opinan una serie de señores que, aunque son muy respetables, opinan

sobre cuestiones diferentes al caso de que se trata y hablan de

pequeñas obras a las que se les puede conceder licencia lo que su

grupo sabe sin que se lo tenga que decir ningún experto.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Pregunta seguidamente por qué no se dice en ese informe,

cuando se relatan los hechos, que la denuncia de la Policía Local se

formuló un día antes de que se presentara en el Registro la declaración

responsable (la Policía Local denunció las obras el 9 de julio y la

declaración responsable se presentó el 10 de julio) y cree que ha sido

así porque los dueños de las viviendas no estaban cuando les denunció

la Policía Local y, cuando el obrero se lo dijo, presentaron la

declaración responsable.

Aclara que el informe se pide a un técnico que no tiene

competencias en materia de disciplina urbanística cuando su grupo

denuncia los hechos, y no antes, y pregunta por qué se le pide ese

informe porque parece que se han legalizado las obras sin ese informe

y solo con la declaración de los interesados.

Termina su intervención diciendo que en ese informe también se

habla de vallas y cerramientos pero sin referirse a ningún lugar por lo

que entiende que se hace con carácter general y pregunta si eso es

aplicable a las urbanizaciones y a las zonas comunes porque el artículo

148 del Plan General dice que solo se podrá acceder a los espacios

privados de las urbanizaciones por las zonas comunes y está claro que

las calles no son zonas comunes.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que es cierto que la declaración responsable se

presentó el 10 de julio por lo que está claro que no se presentó 3 meses

después de la denuncia de la Policía como ha indicado anteriormente

la Portavoz del Grupo Centrista y lo que ha ocurrido es que se volvió a

solicitar a los interesados la declaración responsable que recibió el

visto bueno del jefe del servicio de obras.

Sigue diciendo que la Ley de Propiedad Horizontal no es

aplicable en este Ayuntamiento y son los vecinos los que tendrán que

resolver ese problema.

Aclara que el fondo de esta cuestión no es dirimir qué grupo

tiene razón en el plano técnico, si es el grupo Centrista o el equipo de

gobierno, sino que se trata de que se está tramitando un expediente

sobre el que se han emitido una serie de informes con criterios

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

divergentes pero considera que el criterio que debe primar es el

jurídico porque así es como funcionan todas las administraciones.

Manifiesta que, desde el punto de vista del equipo de gobierno,

la conclusión de este expediente está mucho más cerca de lo que es

general en Majadahonda que de lo contrario.

Indica que no sabe si la declaración responsable es buena o mala

y tampoco sabe si lo es o no la directiva europea pero lo que sí sabe es

que la normativa ha cambiado y parece que en este momento, en base

a la normativa vigente, a la jurisprudencia y a la doctrina jurídica, se

impone la prudencia porque, como ha dicho la Portavoz del Grupo

Centrista, es necesario tener cuidado porque es posible que este

municipio, en el mes de septiembre, esté lleno de puertas de entrada a

pisos bajos en urbanizaciones pero recuerda que eso no es contrario a

derecho sino a favor porque se está facilitando a los vecinos que

puedan llevar a cabo determinadas actuaciones sin necesidad de contar

con el permiso de la administración y en ese caso la administración

deberá controlar que todo es conforme a lo que la normativa establece.

Aclara que la Policía Local no declara legales o ilegales unas

obras sino que únicamente revisa si tienen permiso o no del

Ayuntamiento y comunica el acta que ha levantado a los servicios

técnicos municipales.

Termina su intervención diciendo que al equipo de gobierno le

parece grave que el grupo Centrista acuse de forma tan velada, tan

directa y tan extrema a un funcionario municipal de un delito tan grave

y añade que hasta ahora no ha dicho nada en qué se fundamenta para

hablar de tráfico de influencias y además considera que el grupo

Centrista acusa a la funcionaria de un delito de prevaricación y no de

tráfico de influencias y añade que le gustaría escuchar las razones que

tiene dicho grupo para realizar esas acusaciones porque, si no lo hace,

estaría acusando de un delito sin pruebas.

La Portavoz del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de Oca,

indica que el Plan General regula la edificación en Majadahonda y

todos los vecinos deben ajustarse al mismo y añade que este tipo de

obra, según el artículo 148.5 del Plan General, requiere licencia

porque determina que en edificios de viviendas colectivas se podrá

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

acceder a cada una de las viviendas desde el espacio público exterior a

través de espacios comunes y no directamente a través de la calle.

Añade que este expediente se ha resuelto simplemente por un

acto comunicado que ha sido autorizado simplemente por los servicios

jurídicos y el concejal delegado responsable pero realmente esas obras

requieren licencia de obra mayor y considera que su autorización

mediante una declaración responsable está en contra de lo que

determina el Plan General.

Aclara que si este Ayuntamiento no hace caso a lo que determina

el Plan General, todos los vecinos harán lo que quieran y posiblemente

pase lo que ha indicado la portavoz del grupo Centrista y es que van a

abrir puertas en todos los bajos de las urbanizaciones para acceder a

sus viviendas directamente desde la calle lo que lógicamente es más

cómodo pero su grupo considera que no debería permitirse esa

apertura por contravenir, como ha dicho anteriormente, el Plan

General.

Termina su intervención diciendo que hay mal ambiente en este

Ayuntamiento y de hecho hay problemas con la Policía Local, con

Urbanismo, con los sindicatos, etc., y su grupo entiende que ese mal

ambiente debe solucionarse.

El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno ha firmado,

ayer mismo, un acuerdo con los sindicatos y con la Policía Local y

añade que no se puede firmar directamente lo que los sindicatos piden

porque es necesario defender los intereses municipales.

La Concejal del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de Oca,

aclara que lo que ha dicho es que hay un mal ambiente en varios

departamentos de este Ayuntamiento (Policía Local, Urbanismo,

sindicatos, etc.)

El Sr. Presidente indica que eso es solo una opinión del grupo

municipal Socialista y añade que es posible también que los grupos de

la oposición no se lleven bien con algunos departamentos municipales.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Madrigal, indica que, desde el punto de vista de su grupo, no sería

malo hacer una revisión de oficio de este expediente e incluso cree que

podría ser bueno para todos porque así podrían enterarse de lo que

todavía no conocen y no entiende por qué el equipo de gobierno se va

a negar a dicha revisión.

Sigue diciendo que le sorprendió, como le ocurrió también a la

portavoz del grupo Centrista, el tono “jocoso” del informe jurídico que

obra en este expediente y las alusiones que hace a unos supuestos

expertos.

Termina su intervención considerando que este expediente es un

peligroso precedente para legalizaciones de obra arbitrarias con

declaraciones responsables.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que, después del debate que se ha producido, va a

salir del Pleno en las misma situación en la que entró, es decir,

teniendo las mismas dudas porque no se ha producido ninguna

clarificación de este asunto y considera que lo lógico en este caso sería

intentar esclarecer al máximo este asunto.

Sigue diciendo que no sabe si la revisión de oficio genera

muchos problemas aunque entiende que no debe ser así porque podría

ser natural y normal revisar este caso en el que existe disparidad de

criterios y, si fuera necesario, se debería abrir además un expediente

informativo para esclarecer la disparidad de informes técnicos,

doctrina jurídica que va cambiando, etc. por lo que, reitera, lo más

lógico sería esclarecer todas estas cuestiones. Añade que los

expedientes informativos no suponen ningún problema porque

simplemente pretenden que se pueda conocer, entre todos, lo que ha

ocurrido y contrastar las disparidades de criterios que existen en este

expediente, a nivel técnico y a nivel del grupo que ha presentado el

recurso.

Termina su intervención insistiendo en que su grupo continúa

teniendo dudas y le gustaría que se esclarecieran.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que, desde su punto de vista, el Concejal Delegado de Recursos

Humanos y Régimen Interior ha obviado determinadas partes de este

expediente.

Sigue diciendo que va a hacer un relato de este expediente y le

gustaría que el Sr. Secretario certificara, en algunos momentos, lo que

está diciendo.

Aclara que la comunicación al Ayuntamiento de la realización

de las obras debe ser previa a la inspección que realiza la Policía Local

porque, si no es así, es necesario instruir un expediente de disciplina

urbanística. Añade que, en este caso, se ha producido una denuncia de

la Policía Local y una denuncia del presidente de la comunidad de

vecinos.

Sigue diciendo que la valla en la que se han abierto esas puertas

no es de los propietarios de la vivienda que disfrutan del jardín sino de

la comunidad de propietarios por lo que, desde el punto de vista de su

grupo, este Ayuntamiento está autorizando a unos vecinos, a romper la

valla de la comunidad de propietarios sin su permiso lo que entiende

que no es una actuación comunicada porque nadie puede abrir una

puerta en una zona que no es de su propiedad.

Añade que, en este caso, las puertas se han abierto en un

perímetro de una urbanización cuyo presidente denuncia que la

comunidad de propietarios no concede el permiso para abrirlas y, a

pesar de ello se abren sin haber presentado la actuación comunicada.

Aclara que la Policía denuncia esas obras y, al día siguiente, es cuando

los propietarios de los pisos bajos presentan en este Ayuntamiento la

actuación comunicada.

Aclara que los propietarios de esas viviendas presentan la

actuación comunicada tres meses después de la denuncia de la Policía

Local, actuaciones comunicadas que obran en las páginas 39 y 50 (se

han abierto dos puertas) y añade que es curioso que en esas

actuaciones comunicadas solo conste el sello del Registro de Entrada

en este Ayuntamiento pero en las páginas 95 y 100 del expediente

aparecen esas actuaciones comunicadas con todos los sellos que deben

figurar y eso aparece después de que su grupo haya presentado el

escrito que ha motivado la inclusión de este asunto en el Pleno y que

figura en la página 86 de este expediente.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica a continuación que su grupo no comparte los informes

jurídicos que ha emitido una funcionaria en este expediente y que el

equipo de gobierno ha hecho suyos en el que se dice, por ejemplo, que

en este sentido la solicitante hace suya expresamente la

fundamentación del jefe del servicio de urbanismo y vivienda para

afirmar que dicha obra tiene carácter de no legalizable calificándola de

obra ilegal y que la declaración responsable en ningún caso puede

amparar obras que vayan contra el ordenamiento urbanístico y no

considerando la fundamentación del resto de los técnicos municipales

obrantes en el expediente y ni siquiera la del jefe del servicio de obras,

mantenimiento y actividades, dependencia encargada de la tramitación

de estos procedimientos de obra menor y también dice que en ese

sentido hay que puntualizar dos cosas, que la obra pretendida sí entra

dentro de los casos de sometimiento a declaración responsable y que la

misma cumple con los requisitos establecidos en la normativa

urbanística de aplicación.

Aclara que su grupo desea que el Sr. Secretario diga cuántos

informes han emitido los técnicos municipales antes de que su grupo

presentara el escrito porque la realidad es que, antes de que presentara

ese escrito, el único informe técnico que obra en este expediente es el

del jefe del servicio de urbanismo y de la aparejadora que realizó una

visita de inspección.

Continúa diciendo que el informe del jefe del servicio de obras

tiene fecha de 14 de febrero de 2014 y aclara que su grupo presentó su

escrito el 4 de febrero por lo que está claro que no podía conocer el

informe que se ha emitido con posterioridad. Aclara que se va a

inadmitir el escrito que su grupo ha presentado utilizando diversos

argumentos entre los que figura que el grupo Centrista no hace caso al

informe del jefe del servicio de obras pero desea dejar claro que ese

informe se ha emitido con posterioridad a su solicitud.

Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de

su grupo, el equipo de gobierno está haciendo algo que no debe hacer

y por ello les pide que revisen esta actuación y añade que su grupo va

a decidir qué medidas va a tomar respecto a este asunto aunque le

gustaría poder explicarlas en este momento.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente recuerda a la portavoz del grupo Centrista que

ha utilizado en su intervención más del doble del tiempo que le

correspondía cuando anteriormente no ha permitido que el concejal

delegado terminase su intervención a pesar de tener que explicar este

asunto y contestar a todos los grupos municipales.

La portavoz del grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que es su

grupo el que tiene que explicar este asunto porque es el que ha

presentado el recurso.

El Sr. Presidente indica que no es así porque el que tiene que

explicar los argumentos en contra de las acusaciones del grupo

Centrista, y de todos los grupos de la oposición, es el correspondiente

concejal delegado y la realidad es que solo ha dispuesto de tiempo

para explicar la mitad de los argumentos que tenía preparados.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que la primera intervención del concejal delegado duró 7 minutos.

El Sr. Presidente aclara que no es cierto porque esa primera

intervención del Sr. Carnevali duró 5:30 minutos lo que puede

comprobarse por la grabación que se hace de esta sesión y pide al

grupo Centrista que no engañe.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que es cierto que hay una diferencia entre el tiempo

en que se debió presentar la declaración responsable y cuándo se

presentó realmente y por ello se ha abierto un expediente al respecto

pero recuerda que esa es una cuestión menor prevista en la normativa

de forma marginal y, si al final es necesario sancionar, se sancionará

por no haber presentado esa declaración responsable en plazo.

Sigue diciendo que, si se considera oportuno, todos los grupos

municipales pueden reunirse para hablar de este expediente pero,

reitera, la revisión de oficio, como conoce el grupo Centrista, está

tasada por la ley en lo que se refiere a sus causas y además se establece

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

quién está legitimado para solicitar esa revisión de oficio y, aunque

lamenta tener que decirlo, el grupo centrista, según los servicios

jurídicos municipales, no está legitimado para solicitar esa revisión y

añade que, desde su punto de vista, el grupo Centrista está

“machacando” a los funcionarios del servicio jurídico municipal sin

ningún tipo de fundamento.

Considera a continuación que el grupo Centrista no debe advertir

de nada porque cree que ese no es el papel que deben desarrollar los

políticos y considera tremendo que los políticos, desde su atalaya y su

poder, estén “machacando” a los funcionarios de este Ayuntamiento

sin ningún tipo de motivo y añade que el equipo de gobierno piensa

que el grupo Centrista lo está haciendo de palabra y por escrito y pide,

independientemente del fondo de esta cuestión de la se podrá hablar

cuando quiera dicho grupo, que cuando acuse a alguien de tráfico de

influencias, lo demuestre.

Termina su intervención diciendo que si de verdad el grupo

Centrista cree que ha existido tráfico de influencias en este caso, debe

presentar en la Fiscalía la correspondiente denuncia pero está

convencido de que dicho grupo no lo va a hacer porque siempre

“amaga y no da” y plantea este tipo de asuntos para crear una especie

de sentimiento destructivo para que parezca que en este Ayuntamiento

existe una corrupción institucionalizada cuando no es así porque

solamente se ha producido una divergencia de opiniones en un tema

que se escapa a los políticos pero que el grupo Centrista se ha

empeñado en que se trate en el Pleno para enfrentar, tensionar y

provocar al equipo de gobierno pero no lo va a conseguir.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al grupo municipal Popular y diez

(10) votos en contra correspondientes a los grupos municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes

y Centrista, ACUERDA:

PRIMERO.- INADMITIR A TRÁMITE la solicitud de revisión de

oficio formulada por DOÑA MARIA MERCEDES PEDREIRA DE

VIVERO, de conformidad con el apartado tercero del art. 102 de la

Ley 30/1992 a la vista del fundamento de derecho primero de la

propuesta de resolución anteriormente transcrita.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

SEGUNDO.- DESESTIMAR las alegaciones y solicitudes

SEGUNDA A QUINTA del mismo escrito de conformidad con la

argumentación de los fundamentos segundo a sexto de la propuesta de

resolución anteriormente transcrita.

4.(24/14) RESOLUCIÓN de alegaciones presentadas por D.

Francisco Javier Fitz-James Stuart De Soto, en nombre

y representación de Romanillos S.A. y otros, y

adopción de medidas para la recuperación de oficio del

camino de uso público denominado “de Romanillos a

Madrid”. (1.8)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la

Directora Técnica de Régimen Interior, Organización,

Calidad y Servicios Jurídicos y del Secretario General, de 17

de febrero de 2014, constando el Vº Bº del Concejal Delegado

de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda y del

Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana, para que pase el expediente a resolución por el órgano

competente, cuyo texto es el siguiente:

“ANTECEDENTES

1. Con fecha 26 de junio de 2013, el Pleno de la

Corporación acordó lo siguiente:

“Primero.- Incoar expediente de recuperación de oficio de la posesión

del camino de uso público conocido como “de Romanillos a Madrid”,

que discurre por la finca ubicada entre los términos municipales de

Boadilla del Monte y Majadahonda denominada “Finca Romanillos” y

ubicado en el polígono nº 18 del Catastro de Bienes Inmuebles de

Naturaleza Rústica de Majadahonda.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Segundo.- Conceder a la SOCIEDAD ROMANILLOS, S.A. un plazo

de audiencia de 10 días para formular alegaciones y presentar los

documentos e informaciones que estime pertinentes.

Tercero.- Establecer como medida cautelar la apertura inmediata del

camino de uso público retirando los obstáculos o elementos

empleados para el cerramiento que impidan el adecuado uso del

camino por viandantes y vehículos, en tanto se sustancia el

expediente y se dicta resolución definitiva, con el fin de permitir el

tránsito de personas y/o vehículos como ha venido sucediendo hasta

la fecha.

Cuarto.- En caso de no proceder a la retirada de dichos obstáculos

tras el requerimiento correspondiente, los órganos competentes de la

Corporación podrán actuar en ejecución del presente acuerdo, en la

forma que legalmente proceda, utilizando todos los medios

compulsorios legalmente admitidos.”

2. Con fecha 05 de julio de 2013, se notifica dicho acuerdo

al interesado.

3. Con fecha 16 de julio de 2013, D. Francisco Javier Fitz-

James Stuart De Soto, en nombre y representación de

Romanillos, S.A., se persona en este Ayuntamiento y retira

copia del expediente completo.

4. Con fecha 16 de julio de 2013, Registro de Entrada núm.

13688, se recibe escrito de la Dirección General de

Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid,

indicando que se ha presentado denuncia en su Área de

Disciplina Ambiental por el corte del citado camino. Nos

remiten copia para que se adopten, por este

Ayuntamiento, las medidas que se consideren oportunas.

5. Con fecha 17 de julio de 2013 y Registro de Entrada núm.

13751, D. Francisco Javier Fitz-James Stuart De Soto, en

nombre y representación de Romanillos, S.A. presenta

escrito de alegaciones dentro del plazo concedido al

efecto, indicando que no han ejecutado la medida

cautelar.

6. Con fecha 18 de julio de 2013, el Oficial Jefe de la Policía

Local, tras visita a la zona informa que, efectivamente, no

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

se ha cumplido la medida cautelar acordada por el Pleno

Municipal y notificada a la propiedad.

7. Con fecha 19 de julio de 2013, Registro de Salida núm.

8638, se envía escrito al Comandante de la Guardia Civil

SEPRONA, al Jefe del Área de Vías Pecuarias y al

Director Conservador del Parque Regional de la cuenca

media del Guadarrama, convocando una reunión urgente

para tratar los pormenores de las actuaciones a seguir y

coordinarlas adecuadamente.

8. Con fecha 23 de julio de 2013, Registro de Salida núm.

8691, se envía escrito a la Dirección General de

Cooperación con la Administración Local, adjuntando

informe topográfico del que resulta que el mojón nº 8, que

señala la línea límite entre los términos municipales de

Majadahonda y Boadilla del Monte no se encuentra en su

correspondiente ubicación, escrito al que se adjuntaba

informe topográfico, sin que por el momento se haya

recibido respuesta sobre el particular.

9. Con fecha 25 de julio de 2013, la Unidad de Medio

Ambiente de la Policía Local, tras visita a la zona,

informa que en la puerta de acceso al camino existe una

piedra de grandes dimensiones, permitiendo el paso

peatonal pero impidiendo el paso de vehículos de los

servicios de urgencias.

10. Con fecha 26 de julio de 2013, la Unidad de Medio

Ambiente de la Policía Local, tras nueva visita a la zona,

informa que existen carteles señalizando coto privado de

caza ubicados a ambos lados del citado camino.

11. Con fecha 26 de julio de 2013, Registro de Salida núm.

8777, se envía escrito al Director conservador del Parque

Regional de la cuenca media del Guadarrama, solicitando

copia compulsada de los expedientes que, en el ejercicio

de sus competencias, hubieran tramitado sobre la finca de

referencia, en especial sobre autorización del vallado de

la misma. Se remite copia de las alegaciones formuladas

en el expediente que se sigue en este Ayuntamiento para

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

que informen sobre si está permitido la entrada de

vehículos a motor en dicha finca.

Indicamos también la preocupación de esta

Administración por los riesgos que puede ocasionar la

proximidad del coto de caza que explota la propiedad

para las personas que utilizan el camino de uso público.

Tampoco en esta ocasión se ha producido respuesta del

referido Organismo.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del

Régimen Local

Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se

aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades

Locales

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las

Administraciones Públicas

CONSIDERACIONES JURIDICAS

a) La recuperación en vía administrativa requiere acuerdo

previo de la Corporación al que se acompañarán los

documentos acreditativos de la posesión, salvo que se trate

de repeler usurpaciones recientes.

Para que la reivindicación administrativa sea procedente

precisa, como señala la S/TS de 17 de enero de 1985,

expediente contradictorio con audiencia del interesado.

Trámite que ha de ser evacuado necesariamente, incluso

instruido el procedimiento y antes de redactar la propuesta

de resolución se ha de poner de manifiesto a los interesados

para que puedan formular alegaciones y presentar los

documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

No obstante la inexistencia de un procedimiento detallado

en las normas locales, a modo de referencia podemos

emplear el regulado en el art. 56 de la ley 33/03, que este

punto no es básico y que relaciona el siguiente:

“a) Previa audiencia al interesado y una vez comprobado el hecho de

la usurpación posesoria y la fecha en que ésta se inició, se requerirá al

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ocupante para que cese en su actuación, señalándole un plazo no

superior a ocho días para ello, con la prevención de actuar en la forma

señalada en los apartados siguientes si no atendiere voluntariamente el

requerimiento.

b) En caso de resistencia al desalojo, se adoptarán cuantas medidas

sean conducentes a la recuperación de la posesión del bien o derecho,

de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V del título VI de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para lanzamiento podrá solicitarse el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos

de Seguridad, o imponerse multas coercitivas de hasta un cinco por

100 del valor de los bienes ocupados, reiteradas por períodos de ocho

días hasta que se produzca el desalojo.”

Mientras se sustanciaba este procedimiento y con el fin de

evitar perjuicios a los vecinos que ven interrumpido su paso

por el camino, se estimó la conveniencia de establecer como

medida cautelar la apertura inmediata del camino de uso

público retirando los obstáculos o elementos empleados para

el cerramiento que impidan el adecuado uso del camino por

viandantes y vehículos. Se procedió a la apertura al uso

peatonal, no así al de vehículos.

b) Por lo que se refiere a las alegaciones del interesado

formuladas en el trámite otorgado al efecto, son meras

reproducciones de las ya expuestas y contestadas en el

expediente iniciado por el Catastro con ocasión de las

discrepancias observadas.

c) No obstante, volvemos reproducir la postura municipal

soportada en la documentación que obra en este expediente:

1. Queda acreditado a través del soporte documental

aportado por la parte y completado ahora con los

documentos obrantes en el Archivo de este

Ayuntamiento, que la finca de “Romanillos” no es

una, sino que a efectos registrales está dividida en

varias fincas.

2. Que las descripciones de esas fincas muestran

claramente que algunas de ellas limitaban con

caminos y arroyos, por lo tanto estos linderos no

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pertenecen a la finca, sino que precisamente la

delimitan de las fincas contiguas (art. 9 de la Ley

Hipotecaria). Por tanto, la misma documentación

aportada por la parte demuestra que estos caminos,

en concreto Romanillos, no forman parte de su finca

registral como alegan los reclamantes.

3. Que catastralmente desde, al menos, 1942 los

caminos y los arroyos se descuentan de las fincas

privadas para cuadrar sus superficies.

4. Que algunas de esas fincas con las que limita se

corresponden con caminos públicos reflejados como

tales en el catastro, información no contradicha con

la registral. Según el art. 3 del Real Decreto

Legislativo 1/2004, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario “a

los solos efectos catastrales, salvo prueba en

contrario, y sin perjuicio del Registro de la

Propiedad, cuyos pronunciamientos jurídicos

prevalecerán, los datos contenidos en el Catastro

Inmobiliario se presumen ciertos”. Por ello, no

quedan probadas las afirmaciones de la propiedad

que no parecen corresponderse con la información

registral, no desvirtuando la información catastral.

5. Que en el Ayuntamiento de Majadahonda se ha

creado una Comisión de Investigación de la

titularidad y posesión de los caminos públicos, ya

que no se encuentra ninguno de ellos inventariado ni

registrado. En ella se va a proceder a la citación de

personas del término que por su edad puedan

atestiguar fehacientemente que esos caminos han

sido y son de uso público. Testimonios que se harán

llegar convenientemente a ese Catastro.

6. El uso público ininterrumpido desde hace más de 30

años determina con claridad la naturaleza del

camino tal y como se concluía en el informe del

Servicio de Patrimonio integrado en la Dirección

Técnica de Régimen Jurídico, Organización, Calidad

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

y Servicios Jurídicos, de fecha 3 de mayo de 2013

obrante en el presente expediente.

Todas estas consideraciones se han presentado ante el

Catastro con ocasión del expediente de subsanación de

discrepancias que ese Organismo ha abierto sobre este bien.

Como consecuencia de los trabajos realizados por la Comisión

creada al efecto el 15 de abril de 2013 obran en el expediente

cuatro actas de inspección realizadas in situ con los testigos

citados al efecto, todos ellos entre 73 y 84 años de edad, que

apoyándose en planos y fotos aéreas, así como en elementos

del terreno, (restos del pontón que servía de acceso a este

camino, puntos de intersección con otros caminos, etc)

identifican claramente el lugar por el que transcurría el

camino de Romanillos. Cosa distinta es que en la actualidad

este camino se ha movido como consecuencia del paso del

tiempo habiéndose borrado incluso su discurso en algunos

puntos.

Por ello, para mayor seguridad jurídica debe deslindarse el

camino de la propiedad privada.

Para ello, debe convocarse a una representación de los

Ayuntamientos de Boadilla del Monte y de Majadahonda, de la

Dirección General de Administración Local de la Comunidad

de Madrid asistidos de cuantos técnicos en la materia se

consideren necesarios, para que en presencia de los

propietarios y de los testigos se estaquille sobre el terreno el

camino.

Visto cuanto queda expuesto, previo dictamen de la Comisión

informativa correspondiente se PROPONE AL PLENO, la

adopción de la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Desestimar las alegaciones presentadas por D. Francisco

Javier Fitz-James Stuart De Soto, en nombre y

representación de D. Jacobo Hernando, Dña. Carmen

Eugenia, Dña. María Eugenia y D. Luis Esteban Fitz-

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

James Stuart Gómez y de la mercantil Romanillos, S.A

contra el acuerdo de pleno de 26 de junio de 2013.

2. Requerir a la propiedad para que retire cuantos

obstáculos puedan impedir el paso a vehículos de

seguridad por el referido camino.

3. Declarar que el Camino de Romanillos ha estado abierto

al uso público sin limitación alguna durante más de

treinta años, por lo que con independencia de su

titularidad que ahora no se prejuzga, el uso es de uso

público.

4. Convocar a una representación de los Ayuntamientos de

Boadilla del Monte y de Majadahonda, de la Dirección

General de Administración Local de la Comunidad de

Madrid asistidos de cuantos técnicos en la materia se

consideren necesarios, para que en presencia de los

propietarios y de los testigos se estaquille sobre el terreno

el camino.

No obstante, la Corporación decidirá lo que estime más

conveniente.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 20 de febrero de 2014,

favorable.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,

Sr. Pérez González, indica que, en este punto del orden del día, se

presenta la resolución de las alegaciones presentadas por la Sociedad

Romanillos contra el acuerdo plenario de 26 de junio de 2013

referidas a la apertura, en la Finca Romanillos, del camino que se

considera de uso público.

Termina su intervención diciendo que, como figura en este

expediente, este Ayuntamiento se va a ratificar en dicho acuerdo

plenario y declara el Camino de Romanillos como de uso público y

además se va a convocar a una representación de este Ayuntamiento,

del de Boadilla del Monte y de la Dirección General de

Page 71: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

71

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Administración Local de la Comunidad de Madrid para que, asistidos

de los técnicos que consideren necesarios y en presencia de testigos, se

estaquille dicho camino.

El portavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su grupo celebra que el informe de Secretaría General rechace las

alegaciones que han presentado los propietarios de la Finca

Romanillos y la Sociedad Romanillos S.A.

Sigue diciendo que su grupo da por supuesto que este asunto va

a aprobarse en esta sesión plenaria y por ello le gustaría pedir al

equipo de gobierno que tenga una especial diligencia y premura en

asegurar los puntos que se plantean en el informe de Secretaría

General como es requerir a la propiedad para que retire cuantos

obstáculos puedan impedir el paso por el referido camino, declarar que

el Camino de Romanillos es de uso público y convocar a una

representación de los ayuntamientos de Boadilla del Monte y de

Majadahonda para que, en presencia de los propietarios y testigos, se

estaquille el camino sobre el terreno.

Aclara seguidamente que su grupo quiere aprovechar este punto

del orden del día para agradecer los escritos y denuncias que, de forma

desinteresada, han realizado diferentes vecinos y asociaciones

haciendo especial mención al Presidente de la Asociación Amigos de

los Caminos, Sr. Benavides, por su perseverancia y por los numerosos

escritos y denuncias que ha presentado y considera que, gracias a ellos

y no al equipo de gobierno municipal, se ha podido detectar ese

vallado ilegal y las repentinas desapariciones de carteles que indicaban

que los caminos eran públicos y también la aparición de otros carteles

intimidatorios indicando que se trataba de caminos privados cuando

no lo eran.

Manifiesta además que todos esos vecinos han ayudado también

en las diferentes visitas institucionales al lugar y han aportado

información histórica de utilidad respecto a esos caminos y al uso

público que se ha venido haciendo de ellos por parte los vecinos por lo

que, reitera, considera necesario agradecer a esos vecinos y

asociaciones su participación desinteresada en este asunto.

Reitera a continuación el apoyo de su grupo para resolver todas

las cuestiones que afectan a este expediente cuanto antes y también

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Pleno ordinario 26-2-2014

72

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

para evitar que vuelvan a suceder en el futuro o para que se resuelvan

de una forma más eficaz y más rápida.

Termina su intervención preguntando al equipo de gobierno si se

ha hecho algo respecto a la realización de un mapa de caminos y vías

rústicas en este municipio, mapa que su grupo pidió en octubre de

2001 y que resultó aprobado por unanimidad en el Pleno y además

también recuerda que todos los grupos políticos de este Ayuntamiento,

incluido el Popular, aprobó por unanimidad en el Pleno de abril de

2013 y que incluía, en uno de sus apartados, la realización de ese mapa

de caminos y vías rústicas.

La concejal del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Fernández Alonso, manifiesta que no va a repetir algunas

cuestiones que han sido expuestas por el portavoz del grupo Socialista

y con las que su grupo está de acuerdo y a continuación muestra su

alegría por el contundente informe emitido por la Secretaría General

que resuelve las alegaciones presentadas por la propiedad y que

demuestra que los propietarios de la Finca Romanillos tienen que

cumplir la ley como el resto de ciudadanos.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo también está de acuerdo con la

resolución de alegaciones que se plantea y también se suma a las

felicitaciones que el grupo Socialista ha realizado a favor de la

Asociación de Amigos de los Caminos por sus denuncias e insistencia

en defensa de los caminos públicos.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA:

PRIMERO. Desestimar las alegaciones presentadas por D.

Francisco Javier Fitz-James Stuart De Soto, en nombre y

representación de D. Jacobo Hernando, Dña. Carmen Eugenia, Dña.

María Eugenia y D. Luis Esteban Fitz-James Stuart Gómez y de la

mercantil Romanillos, S.A contra el acuerdo de pleno de 26 de junio

de 2013.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

SEGUNDO. Requerir a la propiedad para que retire cuantos

obstáculos puedan impedir el paso a vehículos de seguridad por el

referido camino.

TERCERO. Declarar que el Camino de Romanillos ha estado

abierto al uso público sin limitación alguna durante más de treinta

años, por lo que con independencia de su titularidad que ahora no se

prejuzga, el uso es de uso público.

CUARTO. Convocar a una representación de los Ayuntamientos

de Boadilla del Monte y de Majadahonda, de la Dirección General de

Administración Local de la Comunidad de Madrid asistidos de

cuantos técnicos en la materia se consideren necesarios, para que en

presencia de los propietarios y de los testigos se estaquille sobre el

terreno el camino.

5.(25/14) INADMISIÓN a trámite de la solicitud de revisión

para la declaración de nulidad de pleno derecho de las

liquidaciones por el impuesto sobre el Incremento del

Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana relativo a

la Herencia Yacente de José María Maldonado Nausía.

(3.2.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Tesorero

Municipal, de 21 de enero de 2014, cuyo texto es el siguiente:

“Vista la instancia presentada en fecha 18 de diciembre de 2013

por D.Eduardo Maldonado Trinchant, en representación de la

Herencia Yacente de D. José Maldonado Nausía , solicitando el

inicio de un procedimiento especial de revisión para la

declaración de la supuesta nulidad de las liquidaciones por el

Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de

Naturaleza Urbana aprobadas, en el seno del procedimiento de

comprobación limitada nº 1079345, por Resolución de la

Concejal-Delegada de Hacienda nº 0085 /2013 de fecha 16 de

enero de 2013, confirmadas, tras ser recurridas en reposición,

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

por Decreto de Alcaldía nº 0529/2013 de fecha 4 de marzo de

2013, en función de los siguientes

HECHOS

1º. En fecha 15 de noviembre de 2011 se produjo la

transmisión “mortis causa” por fallecimiento de D. José

María Maldonado Nausía del 40% de la siguiente fina

urbana:

- Parcela con inmueble sita en calle Nicaragua nº9 de

Majadahonda. Referencia Catastral:

6511401VK2861S0001SF Valor catastral del suelo

en el ejercicio 2011 de 11.579.662,28€, siendo el

valor del 40% del suelo de 4.631.864,91€

2º. D. José María Maldonado Nausía adquiríó, con carácter

ganancial, para él y su esposa, ahora viuda, Dª.María

Clorinda Trinchant Trinchant, el 80% de la parcela en

virtud de escritura de compra de fecha 10 de septiembre

de 1968, ante el notario de Madrid D. Manuel Amorós

Gozálbez.

3º. A efectos del Impuesto Sobre el Incremento de Valor de

los Terrenos de Naturaleza Urbana (en adelante

I.I.V.T.N.U) el período de generación del incremento de

valor entre la fecha de adquisición 10-09-1968 y la de

transmisión 15-11-2011 es superior al máximo

computable de 20 años, por lo que se computan 20 años.

4º. D. Eduardo Maldonado Trinchant en nombre de la

Herencia Yacente de D. José Maldonado Nausía, presentó

en fecha 14 de junio de 2012, una vez transcurrido el

plazo legal de 6 meses, escrito comunicando la muerte de

éste último y la titularidad que ostentaba sobre la finca de

referencia, así como una suspensión provisional por el

plazo de 6 meses más.

5º. Con fecha 17 de diciembre de 2012 se elaboró la

propuesta de liquidación por la jefa de S. Recaudación e

Inspección, contra la Herencia Yacente de José

Maldonado Nausía, notificada el 19 de diciembre de

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Pleno ordinario 26-2-2014

75

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

21012.La propuesta contemplaba una liquidación por el

I.I.V.T.N.U por importe de 466.891,88€, más una

liquidación por recargo de extemporaneidad -por la

declaración extemporánea del I.I.V.T.N.U - de

23.344,60€, si bien el importe de dicho recargo sería

reducido a 17.583,45€ en caso de conformidad y pronto

pago. Frente a dicha propuesta se presentó escrito de

alegaciones a través de la oficina de Correos en fecha 3

de enero de 2012 en la que D. Eduardo Maldonado

Trinchant, actuando en nombre y representación de la

Herencia Yacente de D. José Maldonado Nausía mostraba

su disconformidad con la liquidación propuesta alegando

básicamente la falta de realización del hecho imponible,

la transmisión inmobiliaria hasta que se produzca la

disolución de la sociedad legal de gananciales.

Manifestando literalmente que “Por lo tanto, hasta que se

produzca la disolución de la sociedad legal de

gananciales, no se produce el hecho imponible que grava

el impuesto (su transmisión), ya que bien podría

adjudicarse ese inmueble en su totalidad al cónyuge

supérstite

6º. Con fecha 29 de enero de 2013 se notificó Resolución de

la Concejal-Delegada de Hacienda nº 0085 /2013 de

fecha 16 de enero de 2013, que aprobaba la liquidación

inicialmente propuesta desestimando las alegaciones por

los siguientes motivos:

“ - De acuerdo con el art. 109 del R.D.Legislativo

2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto

refundido de la actual Ley Reguladora De Las Haciendas

Locales y el art. 8 de la ordenanza municipal nº4, el

devengo del impuesto se produce en la fecha de la

transmisión, que en el caso de la transmisiones “mortis

causa” sucede en el momento de la defunción del

causante.

- De acuerdo con el art. 1392.1 del Código Civil, la

sociedad de gananciales concluirá de pleno derecho:

“Cuando se disuelva el matrimonio”. Y de acuerdo con el

art. 85 del mismo cuerpo legal “El matrimonio se

disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su

Page 76: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

celebración, por la muerte o la declaración de

fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio”.

- El art. 35.4 LGT establece “ Tendrán la

consideración de obligados tributarios, en las leyes en que

así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de

bienes y demás entidades que, carentes de personalidad

jurídica, constituyan una unidad económica o un

patrimonio separado susceptible de imposición”

Por tanto, la fecha de la muerte del causante, 15 de

noviembre de 2011, determina, la disolución del régimen

económico matrimonial de gananciales y la transmisión

inmobiliaria. El hecho de que no exista aún la escritura de

aceptación y adjudicación de los bienes es lo que

determina que el sujeto Pasivo del impuesto sea la

Herencia Yacente de D. José María Maldonado Nausía.

Pero en ningún caso, una vez transcurrido el plazo legal

para la declaración de éste impuesto, la aprobación de la

liquidación correspondiente por parte de esta

Administración puede estar supeditada, como pretende la

parte alegante, al previo otorgamiento de la escritura

pública de liquidación de la sociedad ganancial y

adjudicación de la herencia del difunto por parte de los

herederos. “

7º. Con fecha 13 de febrero de 2013 se presentó por D.

Eduardo Maldonado Trinchant, actuando en nombre y

representación de la Herencia Yacente de D. José

Maldonado Nausía, Recurso de Reposición contra la

Resolución de la Concejal-Delegada de Hacienda nº

0085 /2013 de fecha 16 de enero de 2013. En dicho se

niega de nuevo que se haya realizado el hecho imponible

solicitando que la “liquidación debe posponerse al

momento en que la partición hereditaria determine la

sujeción a dicho Impuesto”. Además se aportaba una

sentencia del Tribunal Superior de Justicia Del

Principado de Asturias (sentencia 9037/2009, de 28 de

diciembre de 2009) y la Consulta Vinculante de la DGT (V

2081/2009 de 21 de septiembre de 2009) de aplicación en

el supuesto de que se hubiera adjudicado la totalidad de

la propiedad perteneciente al difunto al cónyuge viudo en

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pago de la liquidación de la sociedad conyugal. Supuesto

de hecho que el recurrente planteaba como posible hecho

futuro, pero que no había acaecido en el momento de

aprobación de la liquidación.

8º. Con fecha 15 de marzo de 2013 se notificó Decreto de

Alcaldía nº 0529/2013 de fecha 4 de marzo de

desestimando el recurso de reposición por los siguientes

motivos:

“I. El IIVTNU ya se ha devengado. De acuerdo con el

art. 109 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el

que se aprueba el texto refundido de la actual Ley

Reguladora De Las Haciendas Locales y el art. 8 de la

ordenanza municipal nº4, el devengo del impuesto se

produce en la fecha de la transmisión, que en el caso de la

transmisiones “mortis causa” sucede en el momento de la

defunción del causante.

El recurrente condiciona erróneamente la realización del

hecho imponible a la futura partición hereditaria,

devengándose o no el impuesto en función de las acuerdos

particionales a que lleguen los herederos y el cónyuge

viudo. Cuando lo cierto es que en las transmisiones

“mortis causa” el devengo se produce en la fecha del

fallecimiento del causante, con total independencia de la

fecha de aceptación de la herencia o del momento en que

se realicen las operaciones particionales. Así, la STJ

Cataluña de 6 de marzo 202 (JT 2002, 609) nos recuerda

que dicha conclusión “resultante de los principios propios

del derecho civil en materia de sucesión “mortis causa”

no puede ceder por la circunstancia de la mayor o menor

complejidad de las operaciones particionales”. “La fecha

del devengo de las transmisiones dominicales

inmobiliarias por herencia o sucesión abintestato tiene

lugar el día del fallecimiento del causante transmitente,

no cuando se formaliza la protocolización de las

operaciones particionales del caudal hereditario”, ST

Supremo de 7 de octubre de 1995, y en el mismo sentido

las de 30 de septiembre de 1996 y de 30 de noviembre de

1996 entre otras.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

II. El plazo máximo para la declaración por IIVTNU,

por causa de muerte ya ha sido rebasado. Conforme el

art. 1110 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por

el que se aprueba el texto refundido de la actual Ley

Reguladora De Las Haciendas Locales y el art. 10 de la

ordenanza municipal nº4. Los Herederos podían haber

realizado ya el cuaderno particional, pero no ha sido así y

el Ayuntamiento no puede condicionar la aprobación de la

correspondiente liquidación por IITVNU, al desarrollo de

las futuras operaciones de adjudicación hereditaria, que

perfectamente podrían tener lugar una vez transcurrido el

período de prescripción de 4 años.

III. El sujeto pasivo es la Herencia Yacente. Fue el

propio recurrente el que identificándose como

representante de la Herencia Yacente declaró el hecho

imponible producido por el fallecimiento de su padre. Y es

efectivamente la H Y, al no haberse realizado aún la

correspondiente escritura de aceptación y adjudicación

hereditaria, el sujeto pasivo del impuesto, no el cónyuge

viudo, ni sus hijos a título individual. art. 35.4 LGT

establece “ Tendrán la consideración de obligados

tributarios, en las leyes en que así se establezca, las

herencias yacentes, comunidades de bienes y demás

entidades que, carentes de personalidad jurídica,

constituyan una unidad económica o un patrimonio

separado susceptible de imposición”

IV. El supuesto de hecho planteado por el recurrente, la

adjudicación de la totalidad del derecho de propiedad del

causante (sobre la finca en cuestión) al cónyuge viudo en

virtud de la liquidación de gananciales, no ha sucedido, se

trata de una mera hipótesis de futuro, y por lo tanto no es

de aplicación al caso concreto ni la sentencia, ni la

consulta vinculante aportada.

Todo lo contrario, la misma consulta de la DGT

V22081/2009 aportada por el recurrente confirma la

liquidación efectuada. Así dice textualmente: “en el caso

de que no se determine de forma concreta qué bienes se

adjudican por cada uno de los conceptos (y este es el caso

a no existir liquidación de gananciales ni cuaderno

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Pleno ordinario 26-2-2014

79

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

particional) habrá que calcular sobre cada uno de los

bienes adjudicados qué porcentaje corresponde a la

disolución de gananciales y a la herencia (…) el

porcentaje sobre los bienes inmuebles urbanos

adjudicados que corresponda a la disolución de

gananciales, no dará lugar a la sujeción al IIVTNU. Por

el contrario, el porcentaje que corresponda al pago de los

derechos hereditarios, sí estará sujeto al IIVTNU. “ Y esto

es exactamente lo que ha hecho el Ayuntamiento de

Majadahonda a calcular el IIVTNU no sobre el 80% del

que eran titulares en régimen de gananciales los

cónyuges, sino exclusivamente sobre el 40% que

corresponde a los derechos hereditarios . “

9º. Con fecha 24 de septiembre de 2013 se admitió a trámite

por el juzgado de lo contencioso-administrativo nº21 de

Madrid el recurso de reposición presentado contra el

Decreto de Alcaldía desestimando el recurso de

reposición.

10º. Con fecha 12 de diciembre de 2013 D. Eduardo

Maldonado Trinchant presenta ante este Ayuntamiento

instancia solicitando la nulidad de pleno derecho de las

liquidaciones por I.I.V.T.N.U amparándose en el art. 217.

1 c) de la Ley general Tributaria. Alega en dicha solicitud

la ausencia de hecho imponible con base a que en la

escritura de liquidación de la sociedad conyugal y de

herencia de D. José María Maldonado Nausía, otorgada

en Madrid en fecha 31 de octubre de 2013, la finca objeto

del impuesto es adjudicada en el 80% que era propiedad

del matrimonio Maldonado-Trinchant a la viuda Dª.

Clorinda Trinchant Trinchant, que tras haber renunciado

a la herencia -después de que su representante e hijo la

hubiera aceptado en su nombre por un supuesto error-

recibió dicho 80% de la finca en pago de su mitad

ganancial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. El art. 217 de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17

de diciembre establece que podrá declararse la nulidad de

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Pleno ordinario 26-2-2014

80

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pleno derecho de los actos dictados en materia tributaria, así

como de las resoluciones de los órganos económico-

administrativos, que hayan puesto fin a la vía administrativa o

que no hayan sido recurridos en plazo, en los siguientes

supuestos.

a) Que lesionen los derechos y libertades susceptibles de

amparo constitucional.

b) Que hayan sido dictados por órgano manifiestamente

incompetente por razón de la materia o del territorio.

c) Que tengan un contenido imposible.

d) Que sean constitutivos de infracción penal o se dicten

como consecuencia de ésta.

e) Que hayan sido dictados prescindiendo total y

absolutamente del procedimiento legalmente establecido

para ello o de las normas que contienen las reglas

esenciales para la formación de la voluntad en los

órganos colegiados.

f) Los actos expresos o presuntos contrarios al

ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades

o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales

para su adquisición.

g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una

disposición de rango legal.

La revisión de oficio es una potestad excepcional de la

Administración para dejar sin efecto sus propios actos y

disposiciones al margen de cualquier intervención de la

jurisdicción contenciosa-administrativa , razón por la cual esta

potestad de expulsión de los actos administrativos de la vida

jurídica debe ser objeto de interpretación restrictiva y sólo se

justifica en aquellos supuestos en que los actos a revisar

adolezcan de un defecto de la máxima gravedad, es decir, que

estén viciados de nulidad radical o de pleno derecho.

El contribuyente alega que acto de aprobación de las

liquidaciones por I.I.V.T.N.U es un acto de contenido

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

imposible, pero evidente las liquidaciones aprobadas pueden

abonarse perfectamente por la herencia yacente o tras la

disolución de ésta por los sucesores de la misma los herederos.

La oposición del contribuyente no se trata pues realmente en

que el acto de la Administración tenga un contenido imposible

de “facto”, sino en la negación jurídica de la realización del

hecho imponible, cuestión planteada reiteradamente por el

mismo a lo largo del procedimiento de aprobación de las

liquidaciones.

El interesado ya conoce la opinión del Ayuntamiento a la

alegación de la falta de realización del hecho imponible, como

se puede ver en los hechos relatados. Así, vg, el Decreto de

Alcaldía nº 0529/2013 en contestación a su recurso de

reposición decía “El recurrente condiciona erróneamente la

realización del hecho imponible a la futura partición

hereditaria, devengándose o no el impuesto en función de las

acuerdos particionales a que lleguen los herederos y el cónyuge

viudo. Cuando lo cierto es que en las transmisiones “mortis

causa” el devengo se produce en la fecha del fallecimiento del

causante, con total independencia de la fecha de aceptación de

la herencia o del momento en que se realicen las operaciones

particionales. Así, la STJ Cataluña de 6 de marzo 202 (JT

2002, 609) nos recuerda que dicha conclusión “resultante de los

principios propios del derecho civil en materia de sucesión

“mortis causa” no puede ceder por la circunstancia de la mayor

o menor complejidad de las operaciones particionales”. “La

fecha del devengo de las transmisiones dominicales

inmobiliarias por herencia o sucesión abintestato tiene lugar el

día del fallecimiento del causante transmitente, no cuando se

formaliza la protocolización de las operaciones particionales

del caudal hereditario”, ST Supremo de 7 de octubre de 1995, y

en el mismo sentido las de 30 de septiembre de 1996 y de 30 de

noviembre de 1996 entre otras”.

La liquidación del I.I.V.T.N.U por el Ayuntamiento, que se

realizó una vez expirado el plazo de declaración del impuesto y

habiendo pasado más de 1 año desde el fallecimiento del

causante, no se puede hacer depender, en cuanto a su validez o

nulidad, de las futuras operaciones particionales realizadas por

los herederos. Esta opinión del Ayuntamiento, ya reiterada,

resulta igualmente aplicable al hecho de que ya se haya

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

otorgado, casi dos años después del fallecimiento, la

correspondiente escritura de liquidación ganancial y

adjudicación hereditaria, pues la misma no puede alterar una

liquidación ya aprobada y firme en vía administrativa. Todo

ello, sin perjuicio de lo que dicten los Tribunales de la

Jurisdicción Contenciosa Administrativa donde están

recurridas las liquidaciones .

II. El art. 217.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17

de diciembre establece que se podrá acordar motivadamente la

inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas por los

interesados, sin necesidad de recabar dictamen del órgano

consultivo, cuando el acto no sea firme en vía administrativa o

la solicitud no se base en alguna de las causas de nulidad del

apartado 1 de este artículo o carezca manifiestamente de

fundamento, así como en el supuesto de que se hubieran

desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes

substancialmente iguales.

III. El art. 110 de la Ley 7/1982 de Bases del Régimen Local

establece que “corresponderá al Pleno de la Corporación la

declaración de nulidad de pleno derecho y la revisión de los

actos dictados en vía de gestión tributaria, en los casos y de

acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 153 y

154 de la Ley General Tributaria.” La referencia a los artículos

154 y 154 de la Ley General Tributaria debe entenderse hecha

en la actualidad al artículo 217 de la actual Ley 58/2003, de 17

de diciembre, General Tributaria («B.O.E.» 18 diciembre)

SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO

1. Inadmitir a trámite la instancia presentada en este

Ayuntamiento el 18 de diciembre de 2013, en la que D.

Eduardo Maldonado Trinchant, en representación de la

Herencia Yacente de D. José María Maldonado Nausía,

solicitaba el inicio de un procedimiento especial de

revisión en el que se declarara la nulidad de pleno

derecho de las liquidaciones por el Impuesto sobre el

Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza

Urbana aprobadas por Resolución de la Concejal-

Delegada de Hacienda nº 0085 /2013 de fecha 16 de

enero de 2013, confirmadas, tras ser recurrida en

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

reposición, por Decreto de Alcaldía nº 0529/2013 de

fecha 4 de marzo de 2013.

Y ello con base a que la oposición del contribuyente

no se trata realmente en que el acto de la Administración

tenga un contenido imposible de “facto”, sino en la

negación jurídica de la realización del hecho imponible,

cuestión planteada reiteradamente por el mismo a lo largo

del procedimiento de aprobación de las liquidaciones y

reiteradamente desestimada.

2. Notificar el acuerdo de inadmisión a los interesados

indicando que contra la resolución expresa del acuerdo

de inadmisión a trámite de la solicitud presentada, que

pone fin a la vía administrativa, podrá interponer

recurso CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el

plazo de dos meses a partir de la recepción del

mismo ante los Juzgados de esta Jurisdicción.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por mayoría de

veinte (20) votos a favor correspondientes a los grupos municipales

Popular, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y

Centrista, ningún (0) voto en contra y cuatro (4) abstenciones

correspondientes al grupo municipal Socialista, ACUERDA:

Primero.- Inadmitir a trámite la instancia presentada en este

Ayuntamiento el 18 de diciembre de 2013, en la que D. Eduardo

Maldonado Trinchant, en representación de la Herencia Yacente de D.

José María Maldonado Nausía, solicitaba el inicio de un

procedimiento especial de revisión en el que se declarara la nulidad de

pleno derecho de las liquidaciones por el Impuesto sobre el

Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana aprobadas

por Resolución de la Concejal-Delegada de Hacienda nº 0085 /2013

de fecha 16 de enero de 2013, confirmadas, tras ser recurrida en

reposición, por Decreto de Alcaldía nº 0529/2013 de fecha 4 de marzo

de 2013. Y ello con base a que la oposición del contribuyente no se

Page 84: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

84

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

trata realmente en que el acto de la Administración tenga un

contenido imposible de “facto”, sino en la negación jurídica de la

realización del hecho imponible, cuestión planteada reiteradamente

por el mismo a lo largo del procedimiento de aprobación de las

liquidaciones y reiteradamente desestimada.

Segundo.- Notificar el acuerdo de inadmisión a los interesados

indicando que contra la resolución expresa del acuerdo de inadmisión

a trámite de la solicitud presentada, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponer recurso CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO en el plazo de dos meses a partir de

la recepción del mismo ante los Juzgados de esta Jurisdicción.

6.(26/14) DAR CUENTA del informe de Intervención sobre el

cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria y cálculo de la regla del gasto tras la

ejecución del cuarto trimestre de 2013. (3.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME de la Técnico de Control Interno y del

Interventor, de 14 de febrero de 2014, cuyo texto es el

siguiente:

“1. Normativa aplicable.

CE Constitución Española de 1978 artículo 135.

LPGE 2014: Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2014

LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local.

TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

mayo.

RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley

Page 85: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

85

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las

Haciendas Locales.

ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad

Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de

noviembre.

LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril Ley

Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera.

LMLM: Ley 3/2004, de 29 de diciembre, modificada por

Ley 15/2010, de Medidas de Lucha contra la Morosidad

en las operaciones comerciales

RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que

se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a

las entidades locales de aplicación en todo aquello que no

sea contrario a la LOEPSF.

Orden HAP/2105/2012 de 1 de octubre por la que se

desarrollan las obligaciones de suministro de información

previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Fiscal.

EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por

la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las

Entidades Locales

LRSAL: Ley 27/2013 de 27 de diciembre de

Racionalización y Sostenibilidad de la Administración

Local.

2.- Otras disposiciones y documentos de referencia o de

aplicación.

SEC: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales.

MANUAL SEC: Manual de cálculo del déficit en

Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones

Locales confeccionado por la Intervención General del

Estado.

Nota informativa emitida por la Secretaría General de

Coordinación Autonómica y Local de15/01/2014, relativa

a la aplicación de la Disposición transitoria décima de la

LRSAL.

Page 86: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

86

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3.- El objetivo de estabilidad presupuestaria en la

ejecución del cuarto trimestre del Presupuesto General para el

ejercicio 2013.

Dispone el artículo 3 de la LOEPSF que la elaboración,

aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás

actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos

sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se

realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente

con la normativa europea, entendiendo como estabilidad

presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de

equilibrio o superávit estructural.

Por otro lado el artículo 4 de la misma Ley define la

sostenibilidad financiera como la capacidad para financiar

compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los límites

de déficit y deuda pública.

Como mecanismo de control de cumplimiento de las

obligaciones expuestas, el artículo 16 de la Orden

HAP/2105/2012 de 1 de octubre establece que las

Corporaciones Locales están obligadas a suministrar, antes del

último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre

del año la actualización del informe de la intervención del

cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y

del límite de la deuda.

3.1.- Entidades que componen el Presupuesto General y

delimitación sectorial de acuerdo con el Sistema Europeo de

Cuentas Nacionales y Regionales.

De acuerdo con la clasificación de entidades contenida en el

Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC),

que queda recogida en el artículo 2 de la LOEPSF, el sector

público se considera integrado por las siguientes unidades:

a) Administración central, que comprende el Estado y los

organismos de la administración central.

b) Comunidades Autónomas.

c) Corporaciones Locales.

d) Administraciones de Seguridad Social.

Page 87: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

87

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Por otro lado, El resto de las entidades públicas empresariales,

sociedades mercantiles y demás entes de derecho público

dependientes de las administraciones públicas, no incluidas en

el apartado 1 del citado artículo 2 de la LOEPSF, tendrán

consideración de sector público y quedarán sujetos a lo

dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se

refieran a las mismas.

Por tanto, las entidades dependientes del Ayuntamiento de

Majadahonda se agruparán, a efectos del cumplimiento del

objetivo de estabilidad presupuestaria, de la siguiente forma

Grupo de consolidación según el artículo 2.1 de la

LOEPSF:

El Ayuntamiento como entidad matriz

El Organismo Autónomo “Patronato Monte del

Pilar”

Entidad objeto de evaluación individual según

el artículo 2.2 de la LOEPSF:

Sociedad Anónima de capital

íntegramente municipal “PATRIMONIO

MUNICIPAL DE MAJADAHONDA,

S.A.” (PAMMASA)

3.2.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo

2.1 de la LOEPSF.

Para evaluar el cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria hay que tener en cuenta las modificaciones que

se han realizado sobre los estados de ingresos y gastos del

Presupuesto, así como la ejecución del mismo en el cuarto

trimestre del ejercicio.

Como quiera que a la fecha de remisión al MINHAP

(31/01/2014) de la información de la ejecución presupuestaria

de 2013, no se habían contabilizado todas las operaciones

imputables a dicho ejercicio1, se ha realizado una estimación,

1 El plazo para el registro de las facturas correspondientes al mes de diciembre no se cerró

hasta el 243/01/2014 y los ingresos tributarios no se recibenn en Intervención para su

aplicación hasta finales del mes de febrero

Page 88: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

88

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

considerando que todas las facturas presentadas resultarían

conformes y susceptibles de reconocimiento presupuestarios, y

que la recaudación líquida correspondiente al mes de diciembre

sería equivalente a la registrada para ese mismo mes en el

ejercicio anterior.

Aplicando los criterios anteriores, se han realizado los

siguientes cuadros:

INGRESOS AYUNTAMIENTO

CAP. DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS

Previsiones Iniciales

Estimación Previsiones Definitivas

Derechos Netos Recaudación

liquida

Recaudación liquida

cerrados

1 IMPUESTOS DIRECTOS. 39.690.293,00 39.690.293,00 45.687.796,43 38.243.484,87 4.747.889,55

2 IMPUESTOS

INDIRECTOS. 840.000,00

840.000,00 1.388.507,29 1.083.367,58 75.998,11

3 TASAS Y OTROS

INGRESOS. 6.005.247,00

6.114.632,95 5.187.115,57 3.678.194,77 307.834,08

4 TRANSFERENCIA

CORRIENTES. 17.267.387,00

17.375.578,78 15.546.063,61 14.178.025,10 702.169,51

5 INGRESOS

PATRIMONIALES. 2.694.275,00

2.694.275,00 4.030.680,20 3.282.748,23 253.004,43

Total operaciones

corrientes 66.497.202,00 66.714.779,73 71.840.163,10 60.465.820,55 6.086.895,68

6 ENAJENACIÓN DE

INVERSIONES REALES. 133.000,00 133.000,00 274.593,64 12.486,15 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL. 60,00 60,00 0,00 0,00 0,00

Total operaciones de

capital 133.060,00 133.060,00 274.593,64 12.486,15 0,00

OPERACIONES NO

FINANCIERAS 66.630.262,00 66.847.839,73 72.114.756,74 60.478.306,70 6.086.895,68

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 30,00 37.460.625,70 175.900,00 58.192,76 63.847,11

9 PASIVOS FINANCIEROS.

0,00 0,00

OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 37.460.625,70 175.900,00 58.192,76 63.847,11

Suma Total Ingresos. 66.630.292,00 104.308.465,43 72.290.656,74 60.536.499,46 6.150.742,79

Page 89: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

89

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

GASTOS AYUNTAMIENTO

CAP.

DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS

Créditos Iniciales

Estimacion Créditos

definitivos

Obligaciones Reconocidas

Pagos liquidos Pagos

liquidos (cerrados)

1 GASTOS DE PERSONAL. 29.599.495,00 29.244.558,75 26.765.902,71 26.743.116,85 21.507,61

2 GASTOS CORRIENTES EN

BIENES Y SERVICIOS. 29.747.976,00 35.367.082,48 29.275.419,35 22.312.756,02 14.056.708,88

3 GASTOS FINANCIEROS. 507.425,00 888.694,34 487.988,66 171.352,89 251.245,89

4 TRANSFERENCIAS

CORRIENTES. 2.163.165,00 2.454.954,02 1.819.379,66 1.471.956,23 739.370,39

Gastos corrientes 62.018.061,00 67.955.289,59 58.348.690,38 50.699.181,99 15.068.832,77

6 INVERSIONES REALES. 551.000,00 27.600.085,31 8.562.395,62 7.776.934,09 812.537,13

7 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL. 0,00 0,00 0,00 0,00 12.000,00

Gastos de capital 551.000,00 27.600.085,31 8.562.395,62 7.776.934,09 824.537,13 GASTOS NO FINANCIEROS 62.569.061,00 95.555.374,90 66.911.086,00 58.476.116,08 15.893.369,90

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 30,00 5.065.572,45 178.900,00 178.900,00 36.000,00

9 PASIVOS FINANCIEROS. 3.719.000,00 3.319.000,00 1.811.376,65 1.240.623,01 0,00 GASTOS FINANCIEROS 3.719.030,00 8.384.572,45 1.990.276,65 1.419.523,01 36.000,00

Suma Total Gastos. 66.288.091,00 103.939.947,35 68.901.362,65 59.895.639,09 15.929.369,90

INGRESOS PATRONATO MONTE DEL PILAR

CAP DENOMINACIÓN DE LOS

CAPÍTULOS Previsiones

Iniciales

Estimación Previsiones Definitivas

Derechos Netos

Recaudación liquida

Recaudación líquida

cerrados

4 TRANSFERENCIA

CORRIENTES. 919.448,00 919.448,00 919.448,00 750.000,00 139.347,42

Total de operaciones corrientes:

919.448,00 919.448,00 919.448,00 750.000,00 139.347,42

7 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL 12.000,00

Total operaciones de

capital 12.000,00

TOTAL INGRESOS 919.448,00 919.448,00 919.448,00 750.000,00 151.347,42

Page 90: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

90

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

GASTOS PATRONATO MONTE DEL PILAR.

CAP DENOMINACIÓN DE LOS

CAPÍTULOS Créditos Iniciales

Créditos Totales

Obligaciones Reconocidas

Pagos liquidos

Pagos liquidos cerrados

1 GASTOS DE PERSONAL. 197.576,00 185.576,00 140.241,73 140.241,73 0,00

2

GASTOS CORRIENTES

EN BIENES Y

SERVICIOS.

721.872,00 733.872,00 732.254,53 612.045,35 112.511,68

Total operaciones corrientes

919.448,00 919.448,00 872.496,26 752.287,08 112.511,68

7 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL TOTAL GASTOS 919.448,00 919.448,00 872.496,26 752.287,08 112.511,68

Ajustes en el presupuesto de las entidades comprendidas

en el grupo del artículo 2.1 de la LOEPSF.

Dichos ajustes son los siguientes:

Impuestos, tasas y otros ingresos:

En la contabilidad presupuestaria, los ingresos se

registran en el momento en que se reconoce el respectivo

derecho, que puede ser previo o simultáneo al cobro, según

provenga, respectivamente, de liquidaciones de contraído previo

o no. Actualmente el SEC establece que el criterio para la

imputación de los ingresos fiscales es el de caja. Por tanto, a

efectos de la elaboración de las cuentas en contabilidad

nacional, las rúbricas de impuestos se registran por el importe

total realizado en caja en cada ejercicio, ya sea de presupuesto

corriente o de cerrados.

De acuerdo con este criterio, si el importe de tales

derechos reconocidos supera el valor de los cobros, tanto del

ejercicio corriente como de los cerrados, se efectuará un ajuste

negativo que reducirá el saldo presupuestario, incrementando el

déficit público a efectos del SEC. Si, por el contrario, la cuantía

de los derechos reconocidos es inferior al importe de los cobros

del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados, el ajuste

positivo, resultante de la diferencia de valores, disminuirá el

Page 91: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

91

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

déficit en Contabilidad Nacional.

Aplicando, por tanto el criterio expuesto los ajustes por

ingresos de los capítulos uno a tres que resultan son los

siguientes:

PRESUPUESTO 2013

Derechos Reconocidos

Netos Recaudación Líquida Cte.

Recaudacion cerrados

RECAUDACION TOTAL Menor deficit

Mayor déficit

I.Impuestos

directos 45.687.796,43 42.255.642,45 3.614.001,48 45.869.643,93 181.847,50

II.Impuestos

indirectos 1.388.507,29 1.764.950,92 57.848,29 1.822.799,21 434.291,92

III.Tasas y otros

ingresos 5.187.115,57 3.808.984,10 234.317,35 4.043.301,45 1.143.814,12

Intereses

Presupuestariamente se imputan los intereses explícitos e

implícitos de deudas en el momento del reconocimiento de la

obligación, esto es, según su vencimiento, recogiéndose en el

Capítulo III “Gastos financieros” del estado de gastos del

Presupuesto.

En la Contabilidad Nacional, por el contrario, rige el principio

de devengo; así, a fin de ejercicio deberán incorporarse los

intereses explícitos devengados, tanto vencidos como no

vencidos

De este modo, por la diferencia entre los intereses devengados y

las obligaciones reconocidas en el Presupuesto puede surgir:

a) Un mayor gasto no financiero a efectos de la Contabilidad

Nacional, cuando la cuantía devengada supere el importe de las

obligaciones reconocidas en el período; en este caso, el ajuste

supondrá un mayor déficit

b) Un menor gasto no financiero en la Contabilidad

Nacional que el reconocido en el Presupuesto, cuando la

cuantía devengada sea inferior a las obligaciones reconocidas;

aquí, el ajuste determinará una mayor capacidad de

Page 92: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

92

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

financiación o menor déficit.

PRESUPUESTO

2013

Intereses

reconocidos 2013

Intereses

devengados 2013

Menor

déficit

82.953,43 76.392,30 6.561,13

Obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto:

En la Contabilidad Presupuestaria se recogen aquellas

obligaciones vencidas y exigibles para las que se ha dictado el

correspondiente acto formal de reconocimiento y liquidación.

Sin embargo, puede suceder que a final del ejercicio existan

obligaciones vencidas y exigibles que, por diversos motivos, no

hayan sido objeto de reconocimiento formal en dicha

Contabilidad; el importe de dichas obligaciones, en virtud de lo

establecido en la vigente ICAL(n), debe recogerse en el Balance

de Situación de la entidad a 31 de diciembre, a través del saldo

acreedor de la cuenta “413 Acreedores por obligaciones

pendientes de aplicar a presupuesto”.

En la Contabilidad Nacional el principio del devengo se

enuncia con carácter general para el registro de cualquier flujo

económico y, en particular, para las obligaciones. La aplicación

de este principio implica el cómputo de cualquier gasto

efectivamente realizado en el déficit de una unidad pública, con

independencia del momento en que tiene lugar su imputación

presupuestaria.

Por tanto, si el saldo final de la cuenta es mayor (menor) que el

inicial, la diferencia dará lugar a un ajuste por mayor (menor)

gasto no financiero en contabilidad nacional, aumentando

(disminuyendo) el déficit inicial de la corporación local.

Para el ejercicio 2013, en congruencia del criterio seguido para

la aplicación de gastos, se ha considerado que no quedará

ninguna obligación pendiente de aplicar al Presupuesto, por lo

que no procedería realizar ningún ajuste por este concepto.

Page 93: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

93

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Los ajustes referidos anteriormente no proceden sobre el

Presupuesto del Patronato Monte del Pilar, ya que no tiene

ingresos de carácter tributario, no tiene pendientes operaciones

de préstamo y no tiene operaciones pendientes de aplicar al

presupuesto.

CAPACIDAD DE FINANCIACION CONSOLIDADA 4º

TRIMESTRE 2013

La capacidad de financiación consolidada, considerando los

ajustes recomendados por el MANUAL SEC, es positiva por

valor de 4.729.508,91 €

INGRESOS NO FINANCIEROS

GASTOS NO FINANCIEROS AJUSTES

CAPACIDAD/ NECESIDAD DE FINANCIACION

AYTO . MAJADAHONDA 72.114.756,74 66.911.086,00 -521.113,57 4.682.557,17

PATRONATO MTE. DEL PILAR 919.448,00 872.496,26 0,00 46.951,74

TOTAL 72.114.756,74 67.783.582,26 -521.113,57 4.729.508,91

4.- Regla de Gasto

Dispone el artículo 12 de la LOEPSF:

“1. La variación del gasto computable de la Administración Central, de las

Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar

la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio

plazo de la economía española.

No obstante, cuando exista un desequilibrio estructural en las cuentas

públicas o una deuda pública superior al objetivo establecido, el crecimiento

del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en los

respectivos planes económico-financieros y de reequilibrio previstos en los

artículos 21 y 22 de esta ley.

2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en el apartado

anterior, los empleos no financieros definidos en términos del Sistema

Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la

deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del

gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de

Page 94: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

94

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades

Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de

financiación.

3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la tasa

de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la

economía española, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión

Europea en aplicación de su normativa. Esta tasa se publicará en el informe

de situación de la economía española al que se refiere el artículo 15.5 de

esta Ley. Será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y

cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la

elaboración de sus respectivos Presupuestos.

4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos

permanentes de la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la

aplicación de la regla en los años en que se obtengan los aumentos de

recaudación podrá aumentar en la cuantía equivalente”.

Para las Corporaciones Locales se cumple la Regla de

Gasto, si la variación, en términos SEC, del gasto computable

de cada Corporación Local, entre dos ejercicios económicos, no

supera la tasa de referencia de crecimiento del Producto

Interior Bruto de medio plazo de la economía española (1,7%),

modificado, en su caso, en el importe de los incrementos

permanentes y disminuciones de recaudación derivados de

cambios normativos.

El legislador ha optado por limitar sólo el crecimiento

nominal de los gastos no financieros (capítulos 1 al 7 del

presupuesto), excluyendo además los gastos por intereses

(capítulo 3) y las prestaciones por desempleo no discrecionales

(parte del capítulo 4).

4.1.-Calculo de la Regla de Gasto

Para las unidades sometidas a un Plan General de

Contabilidad Pública y que presentan liquidación del

Presupuesto, una aproximación inicial al concepto de “empleos

no financieros excluidos los intereses de la deuda” es la suma de

los gastos de los capítulos 1 a 7 del Presupuesto de gastos,

teniendo en cuenta que, en el caso del capítulo 3, “Gastos

Financieros”, únicamente se incluirán los gastos de emisión,

formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas

Page 95: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

95

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

y otras operaciones financieras, así como los gastos por

ejecución de avales, debido a que estos gastos no se consideran

intereses según el Sistema Europeo de Cuentas.

Sobre este importe habrá que realizar una serie de ajustes

que permitan aproximar los gastos presupuestarios a los empleos

no financieros según los criterios del Sistema Europeo de

Cuentas (SEC-95).

Los ajustes realizados son los siguientes:

a) Enajenación de terrenos e inversiones reales:

El Sistema Europeo de Cuentas considera la inversión de

una unidad pública como un gasto no financiero que debe

valorarse por la diferencia entre las adquisiciones y las

enajenaciones de los activos fijos, materiales e inmateriales

realizadas en el ejercicio.

Por tanto, deberán considerarse como menores empleos

no financieros y, en consecuencia, realizar ajustes de menor

gasto, los derechos reconocidos en el capítulo 6 de presupuesto

de ingresos.

Enajenación de viviendas Avance liquid.2013

LA SACEDILLA 61902 133.000,00

TOTAL 133.000,00

b) Gastos pendientes de aplicar al presupuesto:

La aplicación del principio de devengo del Sistema

Europeo de Cuentas implica la imputación de cualquier gasto

efectivamente realizado con independencia del momento en que

se decida su imputación presupuestaria. Por tanto, las

cantidades pendientes de aplicar al presupuesto darán lugar a

ajustes de mayores empleos no financieros (+), mientras que las

cantidades aplicadas al presupuesto implicarán ajustes de

menores empleos no financieros(-).

Page 96: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

96

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Como se ha dicho, en congruencia del criterio seguido

para la aplicación de gastos, se ha considerado que no quedará

ninguna obligación pendiente de aplicar al Presupuesto de

2013, por lo que no procedería realizar ningún ajuste por este

concepto.

Una vez obtenidos los empleos no financieros mediante la

aplicación de los ajustes SEC, es necesario excluir los gastos

financiados con fondos finalistas procedentes de la Unión

Europea u otras Administraciones Públicas para hallar el gasto

computable del ejercicio.

SUMA CAPITULOS 1 A 7 DE GASTOS 66.911.086,00

INTERESES DE LA DEUDA (-) 487.988,66

total 66.423.097,34

AJUSTES SEC-95

ENAJENACION DE TERRENOS E

INVERSIONES REALES (-) 133.000,00

GASTOS PENDIENTES DE APLICAR AL

PRESUPUESTO 413 (+/-) 0,00

AJUSTE POR GRADO DE EJECUCION

(+)

TOTAL AJUSTES SEC-95 -133.000,00

EMPLEOS NO FINANCIEROS EN

TERMINOS SEC 66.290.097,34

TRANSFERENCIAS INTERNAS(-) 0,00

UE -41.317,08

ESTADO (-) -12.299,25

COMUNIDAD AUTONOMA (-) -3.956.143,78

TOTAL GASTOS FINANCIADOS

FONDOS FINALISTAS -4.009.760,11

GASTO COMPUTABLE DEL

EJERCICIO 61.360.889,23

El resultado del gasto computable debe ser modificado, en

su caso, en el importe de los incrementos permanentes o

disminuciones de recaudación derivados de cambios normativos

según dispone el artículo 12 de la LOEPSF 2/2012.

Page 97: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

97

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En este caso se han introducido modificaciones por

incrementos de recaudación como consecuencia de la

modificación aprobada por el Pleno de 27-12-2012 y publicada

en el BOCAM Nº 311 de 31 de diciembre de 2012 de las

Ordenanzas Fiscales nº 2 y nº 4 reguladoras del Impuesto de

bienes inmuebles y de Incremento de Valor de los terrenos de

naturaleza urbana.

Como resultado, el gasto computable aumentará en la

cuantía efectivamente recaudada como consecuencia de estos

cambios normativos.

INCREMENTOS / DISMINUCIONES DE RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS

INCREMENTOS/DISMINUCIONES DE RECAUDACION IVTNU (+/-) 1.549.068,69

INCREMENTOS/DISMINUCIONES DE RECAUDACION IBI (+/-) 3.252.371,48

PIE (+) 0,00 TOTAL INCREMENTOS RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS

4.801.440,17

5.- Conclusión

De los datos anteriores se deduce:

Según la estimación realizada tras la ejecución del cuarto

trimestre del Presupuesto de 2013, el Ayuntamiento de

Majadahonda se encontraría al término de dicho ejercicio

en una situación de superávit, en términos del SEC, por

REGLA DE GASTO 4º TRIMESTRE 2013

ENTIDAD

GASTO COMPUTABLE LIQ.2012 (1)

TASA DE REFERENCIA (2)

AUMENTOS/DISMINUCIONES (3)

LIMITE REGLA DE GASTO (4)

GASTO COMPUTABLE 2013 (5)

AYTO. MAJADAHONDA 61.050.405,54 62.088.262,43 4.801.440,17 66.889.702,60 61.360.889,23 O.A. PATRONATO MONTE DEL PILAR 961.168,52 977.508,38 0 977.508,38 919.448,00

TOTAL DE GASTO COMPUTABLE 62.011.574,06 63.065.770,81 4.801.440,17 67.867.210,98 62.280.337,23

Diferencia entre el límite de la Regla de gasto y el gasto

computable Pto. 2013 5.586.873,75 % incremento gasto

computable 2013 s/2012 0,00

Page 98: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

98

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

valor de 4.729.508,91 €

Para ese mismo periodo, se cumple la limitación de regla

de gasto, siendo el límite del gasto no financiero de

5.586.873,75 €.

6.- Informe del nivel de deuda viva.

De los datos obtenidos de la contabilidad municipal se

obtienen los siguientes resultados, significando que en el

concepto de deuda viva no incluye la deuda comercial con

proveedores de bienes y servicios, ya sean empresas y

particulares:

ENTIDAD

Deuda a corto plazo

Emisiones de deuda

Operaciones con entidades de crédito

Factoring sin recurso

Avales ejecutados

Otras operaciones de crédito

Con administraciones públicas

Total Deuda viva a 31-12-2013

AYTO. MAJADAHONDA 0,00 0,00 16.788.452,58 0,00 0,00 2.282.282,06 0,00 19.070.734,64 O.A. PATRONATO MONTE DEL PILAR 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total Corporacion Local 0,00 0,00 16.788.452,58 0,00 0,00 2.282.282,06 0,00 19.070.734,64

7.- Periodo medio de pago a proveedores.

Según el informe de 28/01/2014 del Tesorero, que se

adjunta al presente informe, el periodo medio de pago a

proveedores, calculado según lo informado en la Nota relativa a

la aplicación de la Disposición transitoria décima de la LRSAL,

que también se adjunta, acumulando los datos de todo el

ejercicio 2013, se fija en 56.62 días.

8.- Aplicación de la Disposición transitoria décima de la

LRSAL

La disposición transitoria décima de la LRSAL, dispone que:

1. A las Entidades Locales que cumplan con los objetivos de estabilidad

presupuestaria y deuda pública, y además su período medio de pago

a los proveedores no supere en más de 30 días el plazo máximo

previsto de la normativa de morosidad, no les aplicará, con carácter

excepcional, los límites previstos en los artículos 75 bis y ter y 104 bis

de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen

Local hasta el 30 de junio de 2015

Page 99: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

99

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2. El cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado anterior,

será verificado por la Secretaría General de Coordinación Autonómica

y Local del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que,

en virtud de la información comunicada por las Entidades Locales al

mencionado Ministerio, publicará una lista de las Entidades Locales

que cumplen los requisitos previstos en el apartado anterior.

3. La excepción prevista en esta disposición podrá aplicarse a las

Entidades Locales que cumplan con los requisitos mencionados en el

apartado primero en el momento de la entrada en vigor de esta Ley y

se mantendrá su aplicación hasta el 30 de junio de 2015 en tanto

sigan cumpliendo los requisitos mencionados.

4. En ningún caso, las Entidades Locales en las que concurran los

requisitos a los que se refiere esta disposición, podrán incrementar el

número total de puestos de trabajo de personal eventual o cargos

públicos con dedicación exclusiva respecto al que disponían a 31 de

diciembre de 2012.

Considerando los datos que constan en el presente

informe, que son idénticos a los remitidos al MINHAP (que se

adjunta como anexo), el Ayuntamiento de Majadahonda

cumpliría los requisitos establecidos en la Dispsición transitoria

décima de la LRSAL, por lo que no tendría que aplicar los

límites previstos en los artículos 75 bis y ter y 104 bis de la Ley

7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen

Local hasta el 30 de junio de 2015, según la redacción dada por

la citada LRSAL, siempre que se verique dicho cumplimiento

por la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local

del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y siga

cumpliendo dichos requisitos hasta la mencionada fecha.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

informe de Intervención anteriormente transcrito sobre el

cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y cálculo de la

regla de gasto del cuarto trimestre de 2013.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

7.(27/14) APROBACIÓN inicial del expediente de modificación

de créditos 004/14/ES/01 por suplemento de crédito en

el programa “Parques y Jardines”. (3.1.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME del Interventor Accidental, de 17 de febrero de

2014, cuyo texto es el siguiente:

“En el Pleno de la Corporación de enero de 2013, se

habilitaron créditos para las anualidades de dicho ejercicio de

distintas actuaciones de inversión.

En las memorias que se acompañaron al expediente

constaban las de los siguientes arques según las anualidades

que a continuación se reflejan:

Título Anualidad

2013

Anualidad

2014

Nuevo Parque Recinto

Ferial 67.760,00 1.795.240,00

Nuevo Parque de

Colón 19.360,00 552.365,00

Nuevo Parque Cerro

del Aire 21.175,00 774.825,00

Con fecha 13 de febrero, se recibo providencia del

Alcalde Presidente instando a que se realicen los trámites

oportunos para habilitar la dotación presupuestaria necesaria

para la anualidad del presente ejercicio para las actuaciones de

los nuevos parques. En cumplimiento de la misma, desde la

concejalía de Medio ambiente, Jardines y Limpieza se ha

notificado a estos servicios económicos las anualizaciones de

las actuaciones pendientes en función de la ejecución prevista,

así como los conceptos exactos de ejecución:

Page 101: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Título Anualidad

2014

Anualidad

2015

Nuevo Parque Recinto

Ferial 71.959,18 2.802.493,10

Nuevo Parque de Colón 27.636,40 0,00

Nuevo Parque Cerro del

Aire 814.683,45 774.825,00

TOTAL 914.279,03 3.577.318,1

Además de las cantidades anteriores, informan que en

2014 ya existe crédito para la ejecución de la obra del Nuevo

parque de Colón por 849.529,29€ (efectivamente se han

incorporado remanentes de crédito de 2013) y solicitan

100.000,00€ más para obras de reparación, que no son objeto

del presente informe por no poder ser financiados con recursos

del patrimonio público del Suelo.

La financiación de la modificación de créditos provendrá,

de recursos pendientes de afectar de enajenaciones de solares,

que conforman desviaciones de financiación positivas de

ingresos afectados, y que se encuentran en los Remanentes de

tesorería de años anteriores.

Estos recursos se encuentran pendientes de afectar al

haber desistido en todo o en parte de algunos proyectos, bien

por ser actuaciones que ya no se van a ejecutar, o por el exceso

de dotación una vez adjudicados los contratos, con el

consiguiente ahorro de las bajas de licitación.

La modificación de créditos que se puede realizar es la

siguiente:

Tipo

modificación Título Financiación

Anualidad

2014

Aplicación

presupuestaria

Proyecto

de gasto

Suplemento

Nuevo

Parque

Recinto

Ferial

Parcela 71.959,18 007-1710-

60900

2013-2-

INVPJ-001

Suplemento

Nuevo

Parque de

Colón

Parcela 27.636,40 007-1710-

60900

2013-2-

INVPJ-001

Page 102: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

102

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Tipo

modificación Título Financiación

Anualidad

2014

Aplicación

presupuestaria

Proyecto

de gasto

Suplemento

Nuevo

Parque Cerro

del Aire

Parcela 814.683,45 007-1710-

60900

2013-2-

INVPJ-001

TOTALES 914.279,03

Consta pronunciamiento expreso sobre que las

actuaciones no pueden demorarse a otro ejercicio económico y

que aún existiendo crédito en aplicación presupuestaria, resulta

insuficiente y no susceptible de ampliación en las memorias que

constan en el expediente.

1.- Normativa aplicable

Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales (TRLHL), aprobado por RD 2/2004 de 5 de

marzo, art. 182.

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la LHL

en materia de presupuestos (RDP).

Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de

Madrid.

Bases de Ejecución del Presupuesto General 2014.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

(LGP).

Las Bases de ejecución del Presupuesto para 2014 dicen

sobre las modificaciones de crédito:

BASE 7. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.

1.- De acuerdo con el artículo 35 del Real Decreto 500/1990,

son aquellas modificaciones del Estado de Gastos del

Presupuesto que tienen como finalidad la asignación de

crédito para la realización de gastos específicos y

determinados, no previstos inicialmente en el Presupuesto

y que, por razones de urgencia, emergencia o cualquier

otra de interés general apreciada por el Sr. Alcalde, o

Page 103: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

103

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

autoridad en quien delegue, no puedan demorarse a otro

ejercicio económico.

Se denominará “crédito extraordinario” la

modificación que requiera la creación de una nueva partida

presupuestaria, o “suplemento de crédito”, cuando aún

existiendo aplicación presupuestaria para la imputación de

dichos gastos, el crédito consignado resulte insuficiente y

no susceptible de ampliación.

2.- Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito

podrán ser financiados, indistintamente, por los siguientes

recursos:

• Remanente líquido de tesorería positivo del ejercicio

anterior.

• Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados

en el ejercicio.

• Anulaciones o Bajas de los créditos de otras

aplicaciones presupuestarias.

• Los recursos procedentes de operaciones de crédito,

siempre que financien gastos de inversión.

• Excepcionalmente se podrán financiar gastos

corrientes con operaciones de crédito, siempre que el

expediente se ajuste a los requisitos y limitaciones

establecidas en el apartado 5º del artículo 177 del

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales.

3.- La aprobación le corresponderá al Pleno Municipal y se

tramitará mediante el oportuno expediente, incoado por

orden del Sr. Alcalde o autoridad en quien delegue que, en

todo caso, contendrá una memoria suscrita por dicho

órgano justificativa de la necesidad de la referida

modificación, del carácter específico y determinado de los

gastos a realizar y la imposibilidad de demorarlo a

ejercicios posteriores; el referido expediente se sustanciará

con la acreditación de lo siguiente:

• Estadillo presupuestario en el que constarán las

aplicaciones presupuestarias de gastos que sufrirán

Page 104: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

104

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

modificación y en su caso las aplicaciones

presupuestarias de gastos que se anulan o dan de

baja y los ingresos y su justificación.

• Informe del Interventor.

• Dictamen de la Comisión informativa de Economía y

Hacienda.

• Acuerdo de aprobación inicial por el Pleno

Municipal que, de no mediar reclamaciones, se

convertirá en aprobación definitiva.

• Publicación inicial en el BOCM.

• Acuerdo de aprobación definitiva del Pleno

Municipal, si fuese necesario.

Publicación definitiva en el BOCM.

2.- Financiación de la modificación de crédito.

La financiación necesaria se obtiene de las desviaciones

de financiación positivas de ejercicios anteriores, que se

encuentran en el SICAL en los siguientes proyectos de gasto por

el total de recursos disponibles siguientes:

Proyecto Denominación Gasto

s

Previs

tos

Ingresos

Previstos

2006-8-

60001-1 Enajenación solares 0,00

29.263.836,

55

El artículo 176 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo

de la Comunidad de Madrid (en adelante LSCM), dispone

sobre el destino de los bienes integrantes de los patrimonios

públicos de suelo lo siguiente:

“Los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo,

una vez incorporados al proceso urbanizador o edificatorio, se

destinarán, de conformidad con las técnicas y los procedimientos

establecidos en la presente Ley, a cualquiera de los siguientes fines:

a) Construcción, rehabilitación o mejora de viviendas sujetas a

algún régimen de protección pública o de integración social, en el

Page 105: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

105

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

marco de las políticas o programas establecidos por las

Administraciones públicas.

b) Conservación o mejora del medio ambiente, o la protección

del patrimonio histórico-artístico.

c) Actuaciones públicas para la obtención de terrenos y

ejecución, en su caso, de las redes de infraestructuras,

equipamientos y servicios públicos.

d) Actuaciones declaradas de interés social.

e) Conservación y ampliación de los patrimonios públicos de

suelo.

f) A la propia gestión urbanística, con cualquiera de las

siguientes finalidades:

1º Incidir en el mercado inmobiliario, preparando y enajenando

suelo edificable.

2º Pagar en especie, mediante permuta, suelo destinado a

redes públicas.”

3º Compensar, cuando proceda, a quienes resulten con

defecto de aprovechamiento, como consecuencia de operaciones de

equidistribución, o de la imposición de limitaciones singulares.”

A la vista de las actuaciones propuestas, esta Intervención

considera ajustada su financiación con recursos del Patrimonio

municipal del suelo, al considerar integradas las mismas en el

supuesto 176.c) de la LSCM.

La relación propuesta contiene actuaciones cuya

ejecución se extiende más allá del ejercicio 2014. Por este

motivo, en cada anualidad presupuestaria deberán instruirse las

modificaciones de crédito perceptivas que permitan habilitar los

créditos adecuados y suficientes para su ejecución. Dichas

modificaciones de créditos se financiarán, al igual que la

presente, con las desviaciones de financiación positivas de

ejercicios anteriores.

3.- Órgano competente:

El órgano competente para la aprobación de los créditos

extraordinarios y los suplementos de crédito es el Pleno de la

Corporación, necesitando dictamen de la Comisión informativa.

4.- Propuesta de resolución:

A la vista del informe anterior, podría proponerse al

Pleno de la Corporación la siguiente:

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Pleno ordinario 26-2-2014

106

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1) Aprobar los siguientes suplementos de crédito en el

Presupuesto de 2014, cuya suma asciende a 914.279,03€.

Aplicación

presupuestaria Programa Económica Importe

Proyecto de gasto

007-1710-60900

PARQUES Y JARDINES

INVERSIÓN NUEVA INFRAESTRUCTURAS Y BIENES USO GENERAL

914.279,03 2013-2-INVPJ-

001

2) Financiar las modificaciones de créditos anteriores con la

desviación positiva del proyecto de gasto 2006-8-60001-1

Enajenación de solares, en la misma cuantía.

3) Una vez aprobado inicialmente el expediente por el Pleno

de la Corporación, exponer al público el acuerdo, de tal

manera que se considerará definitivamente aprobado si,

durante el período de exposición, no se reciben

reclamaciones al mismo.

B) PROPUESTA de la Concejal Delegada de Economía y

Hacienda, de 17 de febrero de 2014, constando el Vº Bº del

Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana, para que pase el expediente al Pleno para su aprobación,

cuyo texto es el siguiente:

“Visto el informe de la Intervención Municipal de 17 de

febrero de 2014, propongo al Pleno de la Corporación:

1) Aprobar los siguientes suplementos de crédito en el

Presupuesto de 2014, cuya suma asciende a 914.279,03€.

Aplicación

presupuestaria Programa Económica Importe

Proyecto de gasto

007-1710-60900 PARQUES Y JARDINES INVERSIÓN NUEVA INFRAESTRUCTURAS Y BIENES USO GENERAL

914.279,03 2013-2-INVPJ-001

Page 107: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

107

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2) Financiar las modificaciones de créditos anteriores con la

desviación positiva del proyecto de gasto 2006-8-60001-1

Enajenación de solares, en la misma cuantía.

3) Una vez aprobado inicialmente el expediente por el Pleno

de la Corporación, exponer al público el acuerdo, de tal

manera que se considerará definitivamente aprobado si,

durante el período de exposición, no se reciben

reclamaciones al mismo.”

C) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,

Sr. Pérez González, indica que se presenta en este momento la

aprobación de un expediente de modificación de créditos para poder

seguir con las obras e inversiones que el equipo de gobierno puso en

marcha en el año 2013 y añade que algunas de esas inversiones iban

con cargo a la anualidad 2013 en y otras con cargo a la de 2014.

Aclara que este expediente se refiere a la dirección facultativa y

coordinación de seguridad y salud en los Parques Cerro del Aire y

Colón a realizar en el año 2014 y la redacción del proyecto del nuevo

parque en el Recinto Ferial de los Negrillos que se realizará en 2015.

Sigue diciendo que las inversiones que se plantean en este

expediente son una continuidad de las aprobadas en el ejercicio

anterior y que estaban incluidas en el Plan de Inversiones del equipo

de gobierno que afecta a diversas concejalías y a diversas anualidades

y que cumple todas las normas que se han impuesto respecto a la

Regla de Gasto por lo que entiende que el equipo de gobierno está

cumpliendo, de forma escrupulosa, lo que figuraba en su programa

electoral y que los vecinos conocían y de hecho, en el año 2013, ya se

han ejecutado muchas de las obras previstas como las realizadas en los

Parques de Ferencváros y Laguna Vieja.

Termina su intervención aclarando que muchos vecinos han

mostrado su alegría por la realización de esas obras y porque van

viendo cómo, poco a poco, este municipio va mejorando,

modernizando y realizando nuevas inversiones para que una ciudad

Page 108: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

108

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

como la nuestra siga en ese grado de excelencia y calidad que merece

y que merecen nuestros vecinos.

El portavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que el equipo de gobierno presenta, en esta sesión, la aprobación

inicial de una nueva modificación de créditos para el programa de

parques y jardines por valor de 914.000 euros.

Sigue diciendo que su grupo está en contra de lo que, desde su

punto de vista, es un despilfarro de los recursos de este municipio que

se sustentan en los impuestos de los ciudadanos.

Aclara que esta modificación de créditos que se presenta para

aprobación, está vinculada a diversos aumentos de créditos para la

ejecución de tres nuevos parques de Majadahonda que suponen la

cantidad de 4.566.000 euros (7% del Presupuesto anual) lo que

considera una barbaridad.

Indica que esa cantidad de dinero se distribuye de la siguiente

forma: el nuevo parque del Recinto Ferial costará 2.874.000 euros, el

nuevo parque de Colón 877.000 euros y el nuevo parque Cerro del

Aire 814.000 euros y entiende que estos datos demuestran un poco las

prioridades del equipo de gobierno del Partido Popular con respecto a

su gestión en Majadahonda.

Manifiesta que no existe ningún informe técnico que avale y

justifique estas inversiones como su grupo ya expuso en las

alegaciones que presentó a la primera aprobación inicial de

modificación de créditos por un importe de 849.000 euros, cantidad un

53% mayor de la prevista en la sesión plenaria celebrada en el año

2013 y añade que tampoco existen informes que justifiquen los

aumentos que han sufrido los presupuestos del nuevo Parque de Colón

(aumento del 53%) y el nuevo parque del Recinto Ferial (aumento del

54%).

Pregunta cómo el equipo de gobierno va a justificar esos

aumentos y pregunta si los servicios técnicos municipales han

justificado, de forma objetiva y mediante algún informe, la necesidad

de dicha ampliación presupuestaria para dar cobertura a las

modificaciones de ambos proyectos iniciales y aclara que, al menos,

en el proyecto del Parque de Colón no existía ese informe justificativo.

Page 109: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

109

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A continuación reconoce el gran esfuerzo que ha hecho el

equipo de gobierno para hablar con diferentes asociaciones y debatir

sobre obras de este tipo pero a su grupo le “cojea” esta cuestión por

considerar que esas conversaciones las ha mantenido de cara a la

galería porque ya se habían realizado los proyectos.

Continua su intervención diciendo que más allá de que es

importante que se hable con diferentes asociaciones, su grupo, junto

con otros grupos políticos que están trabajando en este asunto, piden

que el equipo de gobierno abra la participación de los vecinos en este

tipo de inversiones y piensa que para ello se podrían utilizar las cartas

que el equipo de gobierno envía a nuestros vecinos y preguntarles o

convocarles al salón de actos para debatir sobre las diferentes

inversiones o mejoras a realizar en los parques y jardines de este

municipio.

Termina su intervención insistiendo en que es necesario dejar

opinar a los vecinos y entiende que se les debe preguntar, de alguna

forma, si están de acuerdo con la modificación de créditos en parques

y jardines.

El viceportavoz del grupo municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que este expediente de modificación de

créditos consta de dos partes diferenciadas, una que se refiere a las

correcciones que hay que hacer por los conocidos olvidos del equipo

de gobierno y la otra se refiere a las nuevas inversiones en los parques

con las que su grupo no está de acuerdo.

Sigue diciendo que Unión Progreso y Democracia no cree que

éste sea el momento adecuado para gastar 814.000 euros en el Parque

Cerro del Aire, 2.874.000 euros en el Parque del Recinto Ferial y

877.000 euros en el Parque de Colón y, aunque no sabe cuál sería el

momento oportuno para gastar en parques lo que considera una

barbaridad de dinero, está claro, desde el punto de vista de su grupo,

que éste no es el momento de hacerlo.

Aclara que se pueden hacer parques pero no considera correcto

hacerlos con ese coste y dice esto porque su grupo no puede entender

que el nuevo parque del Recinto Ferial vaya a costar el equivalente a

Page 110: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

110

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

todo el presupuesto de Servicios Sociales de un año incluyendo sus

gastos de personal.

Insiste en que gastar este dinero en parques es un despilfarro de

los recursos municipales y considera que, en lugar de realizar nuevos

parques como el de la Laguna o Ferencvaros, esos parques deberían

mantenerse en las debidas condiciones porque, de no hacerse así, los

parques estarán tan destrozados que necesitarán rehacerse

completamente, punto al que considera que no debe llegarse nunca.

Manifiesta que otra de las cuestiones importantes para su grupo

en esta modificación de créditos son los famosos olvidos del equipo de

gobierno que, desde el punto de vista de su grupo, no son tales sino

que son una incapacidad total de gestión.

Aclara que el Parque de Colón va a pasar de tener un coste de

500.000 euros, a tenerlo, con esos olvidos del equipo de gobierno, de

850.000 euros y ahora se han producido unos nuevos olvidos que

suponen otros 27.000 euros por lo que esas obras, hasta el momento,

van a costar 877.000 euros y considera posible que, en los meses

siguientes, se detecten nuevos olvidos a pesar de que el equipo de

gobierno siempre habla de que planifica su gestión pero la realidad es

que las obras que se realizan van aumentando siempre su precio en

función de las cuestiones que van apareciendo porque, desde el punto

de vista de su grupo, el equipo de gobierno no tiene ningún plan.

Sigue diciendo que también se han producido olvidos en el

Parque Cerro del Aire también y la realidad es que ese parque va a

costar 2.800.000 euros a pesar de que el coste previsto inicialmente

fue de 1.800.000 euros, olvido que asciende a 1 millón de euros.

Aclara que su grupo siempre ha pedido un Plan de Inversiones a

largo plazo y que el equipo de gobierno planifique, al inicio de la

legislatura, las que va a realizar cada uno de esos años para que no se

produzcan olvidos como los que ha indicado anteriormente y también

para que se pregunte a los vecinos si realmente quieren gastar más de

5,2 millones de euros en parques en esta legislatura.

Indica que el Sr. Alcalde siempre dice que ésta es la legislatura

del pequeño detalle pero lo cierto es que el equipo de gobierno se va a

gastar 5,2 millones de euros en parques, 5 millones de euros en

adquirir una parcela al IVIMA y 7 millones de euros en la Residencia

Page 111: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

111

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de Mayores del Valle de la Oliva por lo que su grupo entiende que la

legislatura del pequeño detalle se ha convertido en 17 millones de

euros en esas cuestiones mientras que, por ejemplo, se olvida de los 7

millones de euros que debía destinar a la regeneración del casco.

Termina su intervención diciendo que su grupo no está de

acuerdo con la modificación de créditos que se propone por esos

aumentos en los gastos que considera no justificados y porque

considera que hay otras inversiones más prioritarias que las cantidades

de dinero que se van a gastar en los parques.

El Sr. Presidente aclara que los 5 millones de euros que se van a

pagar al IVIMA por la adquisición de una parcela, no son un gasto

para este Ayuntamiento porque ese dinero se va a recuperar

íntegramente lo que se verá en el futuro.

Recuerda, respecto a los comentarios sobre la regeneración del

casco, que se acaban de terminar las obras en el Parque de Ferencváros

que está en la zona de influencia del casco y también se está

realizando la peatonalización del Mercadillo.

Termina su intervención aclarando que ésta es la legislatura del

pequeño detalle porque realmente no se están haciendo grandes obras

nuevas sino que se está arreglando lo que se tiene porque los parques

llevan más de 20 años sin remodelar e incluso los grupos de la

oposición han criticado en esta legislatura, en algunas ocasiones, que

el Parque de Colón estaba en mal estado aunque ahora digan que no lo

está y que no es necesario gastarse dinero en el mismo.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que el Concejal Delegado de Medio Ambiente ha

explicado que esta modificación de créditos es necesaria para

continuar con las inversiones pero su grupo cree que es “un suma y

sigue” porque “con la que está cayendo” como se oye en muchas

ocasiones, este Ayuntamiento va a gastar 877.000 euros en el Parque

de Colón, 814.000 euros en el Parque Cerro del Aire y, como no era

suficiente con la cantidad de 1.863.000 euros en el Parque del Recinto

Ferial, el equipo de gobierno va a gastar 1 millón de euros más por lo

que ese parque costará aproximadamente 3 millones de euros y, desde

el punto de vista de su grupo, es indecente ese gasto de dinero público

Page 112: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

en esos pequeños detalles porque, como ha dicho anteriormente el Sr.

Alcalde, este Ayuntamiento no está haciendo grandes obras pero su

grupo considera que el equipo de gobierno convierte esas pequeñas

obras en faraónicas. A continuación pregunta, si realmente ésta es la

legislatura del pequeño detalle, que hará el equipo de gobierno en la

siguiente legislatura si vuelve a ganar las elecciones.

A continuación indica que es posible que hiciera falta, en la zona

de Los Negrillos, un parque o una zona verde como piden los vecinos

al igual que otros muchos vecinos de esa zona reclaman tener espacios

deportivos abiertos pero la realidad es que se van a gastar 3 millones

de euros en un parque que, según la descripción del proyecto solo va a

tener dos pequeños parques infantiles y un carril bici interno y además

considera necesario preguntar a los vecinos de esta zona por la

necesidades que tienen.

Aclara que su grupo no entiende el concepto de austeridad que

tiene el equipo de gobierno ni tampoco el que tiene sobre demanda y

necesidades vecinales porque nunca se pregunta a los vecinos por sus

demandas y necesidades.

Termina su intervención diciendo que su grupo no va a apoyar

este expediente porque no entiende que el equipo de gobierno gaste

alegremente 5 millones de euros en arreglar unos parques.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo entiende que se presenta esta modificación de créditos

para seguir “tirando el dinero de los vecinos” porque quizá el equipo

de gobierno no consiga mayoría en la próxima legislatura y no pueda

seguir haciendo lo que quiera con el dinero que tanto trabajo ha

costado tener a este Ayuntamiento.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, es un

disparate gastar esa cantidad de dinero en el Parque de Colón y que

todo se vaya a realizar en una zona para quitar las pistas de baloncesto

y poner un jardín cuando esas canchas son gratis y son utilizadas por

muchos vecinos.

Aclara que su grupo tampoco entiende el argumento que se

utiliza de que los parques, en el momento en que son creados, dan

respuesta a las exigencias de un determinado número de población

Page 113: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

113

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

existente en aquel entonces y ahora, en el momento actual, ni las

exigencias ni la población son las mismas por lo que se debe proceder

a su actualización y añade que su grupo no puede entender que se

proceda a remover tierras para volverlas a poner, a quitar los bordillos

para volverlos a colocar, etc.

Manifiesta, como ha dicho el viceportavoz de Unión Progreso y

Democracia, que el Parque de Colón es el “parque del olvido” y añade

que, desde el punto de vista de su grupo y por sensibilidad, el equipo

de gobierno no debería gastar esa cantidad de dinero en hacer unos

parques que podrían realizarse, para disfrute de los vecinos, por

muchísimo menos dinero por lo que se podría dedicar esa diferencia

de dinero a otras muchas cuestiones.

Termina su intervención diciendo que es habitual que su grupo

diga que se va a abstener porque se trata de una aprobación inicial y se

pueden presentar alegaciones pero en este caso va a votar en contra

por no estar de acuerdo con que el equipo de gobierno gaste ese

despropósito de dinero en realizar esas obras en unos parques que

posiblemente queden como el Parque de la Plaza de la Constitución en

el que este Ayuntamiento gastó 17 millones de euros y tiene muy poco

uso.

El Sr. Presidente pregunta a la portavoz del grupo Centrista

cómo ha podido decir que en ese parque se gastaron 17 millones de

euros y cree que ha dicho esa cifra teniendo en cuenta el coste de la

Casa de la Música que todavía no se ha construido.

La portavoz del grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que ese

dinero equivale a la suma de los 3 millones de euros que se pagaron a

un determinado vecino, de los 8 millones de euros que se pagaron a

otro y el coste de 5 millones de las obras de construcción.

El Sr. Presidente aclara que realmente ese parque costó 5

millones de euros porque el resto del dinero se pagó por la adquisición

de terreno que ha pasado a ser patrimonio de este Ayuntamiento.

Page 114: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que ese dinero se pagó a esos vecinos para que este municipio tuviera

un gran parque.

El Sr. Presidente indica que ese dinero se pagó para que este

municipio contara con más patrimonio y precisamente esa es la

diferencia por la que el Partido Popular gobierna en este municipio y

el grupo Centrista está en la oposición lo que dice solamente en el

sentido de que hay diferencias en la forma de pensar.

Termina su intervención aclarando que son los ciudadanos los

que tienen que elegir el partido al que votan y añade que ese dinero

proviene el urbanismo y no de los impuestos de los ciudadanos por lo

que solo puede gastarse en la realización de inversiones como pueden

ser los parques.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que ese dinero proviene de la venta del patrimonio de los ciudadanos.

El Sr. Presidente insiste en que ese dinero no proviene de los

impuestos que pagan los ciudadanos.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. Pérez González, indica que nadie sabe lo que

ocurrirá en las próximas elecciones pero puede suceder que el equipo

de gobierno aumente su mayoría gracias a todas las actuaciones que

está realizando con las que están contentos la mayoría de nuestros

vecinos.

Sigue diciendo que en este Ayuntamiento, por el Canal Xperta o

por otras vías, se reciben escritos de vecinos mostrando su alegría con

las obras ya realizadas en los Parques Ferencváros y Laguna Vieja y

por ello el equipo de gobierno va a seguir realizando las otras

actuaciones que tenía previstas en parques y, por ejemplo, en el Parque

Cerro del Aire se van a recuperar, para disfrute de los vecinos, miles

de metros ocupados por instalaciones de un antiguo parque de ocio y

además se van a realizar zonas verdes y zonas de juego infantil.

Page 115: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica además que se va a realizar un gran parque en el Recinto

Ferial para disfrute de los vecinos de la zona y de otros muchos que

irán allí puesto que se van a recuperar miles de metros cuadrados y

añade se van a instalar también zonas de juegos infantiles, zonas

dedicadas a los mayores, carriles bici y otras muchas instalaciones.

Manifiesta que se va a cambiar el Parque de Colón porque es

muy antiguo y además se van a variar sus usos, se van instalar zonas

de juego infantiles, se van a mejorar las zonas destinadas a los

mayores, las áreas caninas, etc. y entonces se podrá comprobar cuántos

vecinos van a estar contentos con esas obras que se van a realizar y

está convencido de que serán muchos más los contentos que los pocos

que ahora están reticentes con los proyectos.

Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno está

manteniendo reuniones con esos vecinos e incluso está pensando

realizar algunos cambios que ellos han propuesto en los proyectos para

que la mayor parte de nuestros vecinos estén contentos con el equipo

de gobierno porque trabaja por este municipio, por la excelencia de

esta ciudad, para evitar que muera y para conseguir que sea una de las

punteras de la Comunidad de Madrid.

El Sr. Presidente recuerda que se decía que la zona peatonal de

la Gran Vía iba a ser un desastre pero ahora todos pueden comprobar

que esa zona está llena de gente y también recuerda el llamado “túnel

de la risa”.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al grupo municipal Popular y diez

(10) votos en contra correspondientes a los grupos municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes

y Centrista, ACUERDA:

PRIMERO. Aprobar los siguientes suplementos de crédito en el

Presupuesto de 2014, cuya suma asciende a 914.279,03€.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aplicación presupuestaria

Programa Económica Importe Proyecto de gasto

007-1710-60900

PARQUES Y JARDINES

INVERSIÓN NUEVA INFRAESTRUCTURAS Y BIENES USO GENERAL

914.279,03 2013-2-INVPJ-

001

SEGUNDO. Financiar las modificaciones de créditos anteriores

con la desviación positiva del proyecto de gasto 2006-8-60001-1

Enajenación de solares, en la misma cuantía.

TERCERO. Exponer al público este acuerdo, de tal manera que

se considerará definitivamente aprobado si, durante el período de

exposición, no se reciben reclamaciones al mismo.

8.(28/14) PUESTA A DISPOSICIÓN del Pleno de la

Corporación de las cuentas justificativas de gastos de

los grupos políticos municipales de 2013. (3.1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME del Interventor Acctal, de 17 de febrero de 2014,

constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad

y Movilidad, para que pase el expediente a resolución por el

órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“1. Naturaleza de este informe

Las asignaciones con cargo a los Presupuestos anuales de

las dotaciones económicas a los Grupos Políticos Municipales

están reguladas por el art. 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) en la

redacción de la Ley 11/1999, de 21 de abril.

Según consta en las Bases de ejecución, las dotaciones

económicas a los Grupos Políticos del Ayuntamiento de

Majadahonda, se harán efectivas mediante subvención a cada

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Pleno ordinario 26-2-2014

117

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Grupo Político Municipal.

Así mismo en las Bases de ejecución consta que antes del

31 de enero, cada Grupo Político presentará cuenta justificativa

de los gastos realizados durante el ejercicio anterior,

acompañada de los documentos justificativos de dichos gastos y

de los extractos de la cuenta con la relación de todos sus

movimientos durante el referido período, en el modelo que, a tal

efecto, facilite la Intervención municipal. Dicha cuenta y los

documentos adjuntos se elevarán al Peno de la Corporación

para su fiscalización y, en su caso, aprobación, de acuerdo con

lo dispuesto en el apartado 3º del citado artículo 73 de la Ley

7/1985.

En consecuencia con lo anterior, este informe no tiene

carácter de informe de fiscalización previa a los efectos del art.

4.1 a) del RD 1174/87 pues los gastos y los pagos ya han sido

realizados y la fiscalización de los mismos corresponde al

Pleno.

Por tanto, la Intervención ha comprobado el cumplimiento

de los requisitos formales de las facturas presentadas, la

corrección de las cuentas justificativas y su cuantificación

respecto a los importes concedidos como subvención.

Con fecha 13 de febrero se ha dado traslado del informe

inicial a cada uno de los grupos políticos para que puedan

presentar las alegaciones que consideraran convenientes.

Las comunicaciones recibidas al respecto de incluyen

como anexo al presente informe.

2. Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de

Régimen Local (LRBRL) en la redacción de la Ley

11/1999 de 21 de abril, art. 73.3.

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales.

RD 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la LHL en

materia de Presupuestos (RDP).

Page 118: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

118

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Orden EHA/3565/2008, de 3 diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades

locales.

Bases de Ejecución del Presupuesto General de 2013.

Código de Comercio, art. 24.

Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, por el que se

modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor

Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29

de diciembre, el Reglamento de los Impuestos Especiales,

aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y

el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de

facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de

28 de noviembre.

3. Subvención aprobada por el Pleno de la corporación.

Por acuerdo del Pleno de 15 de junio de 2011, modificado

el 30 de enero de 2013 por el mismo órgano, y en función del

número de concejales que forman cada grupo, las subvenciones

que se aprobaron para el período enero a diciembre de 2013, y

que son objeto de este informe, son las siguientes:

Grupo municipal Componente

fijo Componente

variable Total

Grupo Municipal Popular 1.200,00 17.640,00 18.840,00

Grupo Municipal Socialista 1.200,00 5.040,00 6.240,00

Grupo Unión Progreso y Democracia 1.200,00 3.780,00 4.980,00

Grupo Centristas Majadahonda 1.200,00 2.520,00 3.720,00

Grupo Municipal Izquierda Unida 1.200,00 2.520,00 3.720,00

TOTALES 37.500,00

4. Grupo Municipal Popular.

En tiempo y forma, el 22 de enero de 2014, se presentan los

siguientes justificantes:

FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE

02/01/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 13086 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/02/2013 BM TERRA MAJADAHONDA

A/ 130215 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

Page 119: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

119

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

S.L.U.

01/03/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130341 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/04/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130467 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/05/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130593 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/06/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130719 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/07/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130847 Serv. aparcamiento 11 concejales 459,99 €

01/08/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 130971 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

01/09/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 131091 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

01/10/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 131221 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

01/11/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 1301349 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

01/12/2013 BM TERRA MAJADAHONDA S.L.U.

A/ 131483 Serv. aparcamiento 11 concejales. 459,99 €

23/05/2013 MEYDIS 2013 1005 45

Sobres, cartas, ensobrado y buzoneo Mayo 2013

3.178,37 €

28/01/2013 FOTOGRAFIARTE 0112058 Reportaje fotográfico Acto PP Navidad 2012

76,23 €

26/03/2013 FOTOGRAFIARTE 0313080 1 Fotografía directiva 64,13 €

17/07/2013 FOTOGRAFIARTE 0713043 1 Reportaje fotográfico 76,23 €

04/11/2013 FOTOGRAFIARTE 1113005 2 Reportajes fotográficos 133,10 €

02/10/2013 MERCADO 8 IDEAS 0478/1013F Diseño, maquetación, selec. Fotos, etc. de pág. PP para Boletín de Majadahonda.

520,30 €

06/11/2013 MERCADO 8 IDEAS 0480/1113F Dirección, realización, maquetación y reproducción de arte.

665,50 €

09/12/2013 LA TORRE WALLACE

F13-1346 Gráficas campaña, creatividades, artes fina- les e Impresión.

7.865,00 €

03/12/2013 MERCADO 8 IDEAS 0481/1213F Diseño, maquetación, selec. Fotos, etc. de pág. PP para Boletín de Majadahonda diciembre.

484,00 €

14/01/2014 "CAIXA CATALUÑA"

Comisión mantenimiento, correo y emisión de transferencias

-0,21 €

14/01/2014 AYTO MAJADAHONDA

Reintegro sobrante 2013 257,47 €

TOTAL JUSTIFICADO 18.840,00 €

Del examen de los justificantes se desprende:

Page 120: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

120

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.

Comprende debidamente relacionadas las facturas y

documentos originales por importe inferior al

subvencionado, motivo por el que reintegra 257,47€ a la

Tesorería Municipal, por lo que se considera

cuantitativamente justificada la subvención.

Los fondos se encuentran en la entidad Catalunya Caixa.

Presenta saldo cero a 15 de enero de 2014.

Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas

en la normativa relativa a su expedición.

Se han agrupado cincuenta apuntes de comisiones

bancarias cargadas y retrocedidas. Responden a

comisiones de mantenimiento, transferencia, correo e

Internet. El saldo de las mismas es a favor del grupo

municipal en 21 céntimos. Una de ellas es una retrocesión

pendiente de 2012 y dos de ellas los son de 2014.

Consta extracto de cuenta con los movimientos de los

fondos de 25 de enero de 2013 hasta el 14 de enero de

2014.

5. Grupo Municipal Socialista.

Con fecha 30 de enero de 2014, en tiempo y forma, se

presentan los siguientes justificantes:

FECHA TERCERO FACTURA CONCEPTO IMPORTE

09/05/2013 Agencia Tributaria 1123325722294 Retenciones e ingresos IRPF 4T. ejercicio 2012

36,75 €

09/05/2013 Agencia Tributaria 1123395129062 Complementaria retenciones e ingresos IRPF T 2012

504,00 €

10/05/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13067 Tarjeton impreso a 4/4 tintas Flyer PSOE Majadahonda

780,45 €

09/05/2013 Martín-Rico Procuradores SLP E130241 Suplidos y Honorarios 184,23 €

31/07/2013 Agencia Tributaria 281002379663P Sanción 112,50 €

02/10/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13138 Dominio PSOE Majadahonda. 121,00 €

04/11/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13157 Tarjeton impreso a 4/4 tintas Flyer PSOE Majadahonda

780,45 €

14/11/2013 Majadahonda reparto postal SL

0225/2013 Reparto Boletín Información Ciudadana

914,76 €

20/11/2013 Sombralia SL 031279 Carpa plegable 313,39 €

11/12/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13195 Web Grupo PSOE Majadahonda. Rediseño y mantenimiento del portal

544,50 €

14/12/2013 Majadahonda reparto postal 0260/2013 Reparto Boletín Información 508,20 €

Page 121: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

121

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

SL Ciudadana

18/12/2013 Gabinete Emepe 201313140 Inserción 1 Barner en página de inicio durante un mes

350,00 €

19/12/2013 Madridiario SL C.P. 428/13 Campaña de publicidad Institucional 350,00 €

31/12/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13192 RoIIUP Grupo Municipal PSOE Majadahonda. Diseño gráfico y portes

363,00 €

31/12/2013 Compañía para la aplicación del diseño multimedia SL

13193 Carpa Grupo Municipal PSOE, Rotulacion en vinilo a color. Portes

193,60 €

16/01/2014 Agencia Tributaria 281410334989N Sanción 5,63 €

14/01/2014 "CAIXA CATALUÑA" Comisión mantenimiento, correo y emisión de transferencias

75,18 €

14/01/2014 AYTO MAJADAHONDA Reintegro sobrante 2013 102,36 €

TOTAL JUSTIFICADO 6.240,00 €

A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo siguiente:

La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.

Comprende debidamente relacionadas, las facturas y

documentos originales por importe inferior al

subvencionado, así como justificante del reintegro por la

diferencia, de 112,36€ a la Tesorería Municipal. Se

considera cuantitativamente justificada la subvención.

Los fondos se encuentran en la entidad La Caixa. La

cuenta presenta un saldo inicial anterior al cobro de la

dotación emitida por el Ayuntamiento de 150,25€, que se

mantiene el 29 de enero de 2014. Consta extracto de

cuenta con los movimientos de los fondos desde el 30 de

abril de 2013 hasta el 29 de enero de 2014.

Las facturas cumplen, en general, las obligaciones

formales exigidas en la normativa relativa a su

expedición, con la siguiente excepción:

La factura de 09/05/2013 de Martín-Rico

Procuradores SLP por Suplidos y Honorarios es una

fotocopia.

Se justifica con cargo a la dotación el modelo 111 del

ejercicio 2012 presentado extemporáneamente, por

540,75€, así como la sanción correspondiente de 112,50€

y el recargo de apremio del mismo por 5,63€.

Page 122: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

122

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En este sentido, esta Intervención ha constatado que en la

justificación de la dotación del ejercicio 2012, se

incluyeron dos facturas de servicios profesionales con las

consiguientes retenciones de IRPF. Las cantidades

abonadas con cargo a la dotación, lo fueron por el

importe neto, por lo que considerar como gasto de 2013

los ingreso de las retenciones practicadas en 2012, no

duplicaría en ningún momento ni el gasto ni la

justificación.

FACTURA FECHA TERCERO BASE IVA IRPF IMPORTE

2012-21 31/08/2012 Sergio Delgado Pantoja 245,00 44,10 -36,75 252,35 €

2012-37 31/12/2012 Sergio Delgado Pantoja 2.400,00 € 504,00 -504,00 2.400,00 €

Se han agrupado catorce apuntes de distintas comisiones

bancarias cargadas, que suman 75,18€.

6. Grupo Municipal Centristas Majadahonda.

Con fecha 31 de enero de 2014, en tiempo y forma, se

presentan los siguientes justificantes:

FECHA FRA. TERCERO FACTURA. CONCEPTO IMPORTE

18/03/2013 CREATIVITY ROOM S.L.

012/2013 Mantenimiento del site, actualización e incorporación de contenidos de la web periodo 01-03/2013

326,70 €

08/01/2013 CREATIVITY ROOM S.L.

002/2013 Renovación dominio de la Web centrista. Vigencia anual.

435,60 €

01/07/2013 CREATIVITY ROOM S.L.

025/2013 Mantenimiento del site, actualización e incorporación de contenidos de la web periodo 04-06/2013

326,70 €

01/10/2013 CREATIVITY ROOM S.L.

028/2013 Mantenimiento del site, actualización e incorporación de contenidos de la web periodo 07-09/2013

326,70 €

26/12/2013 CREATIVITY COMUNICACION.

014/2013 Mantenimiento del site, actualización e incorporación de contenidos de la web periodo 10-12/2013

326,70 €

30/12/2013 CREATIVITY COMUNICACION.

015/2013 Campaña Informativa 2013, Producción: Fotomecánica, impresión, manipulad y personalización de 18.500 trípticos mailing.

1.902,72 €

30/01/2014 AYTO MAJADAHONDA

Reintegro sobrante 2013 5,23 €

CATALUÑA CAIXA

Intereses y comisiones 69,65 €

TOTAL JUSTIFICADO 3.720,00 €

Page 123: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

123

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo

siguiente:

La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.

Comprende debidamente relacionadas las facturas

originales por importe inferior al subvencionado, y

justificante del reintegro de 5,23 € a la Tesorería

Municipal, por lo que se considera cuantitativamente

justificada la subvención.

Los fondos se encuentran en la entidad Catalunyacaixa.

La cuenta presenta saldo cero el 30 de enero de 2014.

Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas

en la normativa relativa a su expedición.

Se han agrupado veinte apuntes de comisiones bancarias

cargadas y retrocedidas. Asciende la suma a 69,95€.

Consta extracto de cuenta con los movimientos de los

fondos del 30 de enero de 2013 al 30 de enero de 2014.

7. Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.

Con fecha 9 de enero de 2014, en tiempo y forma, se

presentan los siguientes justificantes:

FECHA FRA. Tercero FRA. CONCEPTO IMPORTE

01/01/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000036 Cuota mensual página Web. Periodo 01/01 a31/01/2013.

38,72 €

01/02/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000086 Mantenimiento página Web periodo 01/02 al 28/02/2013.

38,72 €

05/02/2013 Photocopy 2997 Fotocopias 25,00 € 15/02/2013 Photocopy 3003 Fotocopias 40,79 € 18/02/2013 Photocopy 3005 Fotocopias 24,00 € 01/03/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000128 Mantenimiento página Web.

Periodo 01/03 a 31/03/2013. 38,72 €

01/04/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000174 Mantenimiento página Web periodo 01/04 al 30/04/2013.

38,72 €

16/04/2013 Carlin Chamero,S.A. 3264 Aplac. etiquetas 17,85 € 22/04/2013 Carlin Chamero,S.A. 9817 Aplac. etiquetas 17,85 € 19/04/2012 Juan Luis Vacas 0290 Reparto información municipal 399,30 € 01/05/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000222 Mantenimiento página Web

periodo 01/05 al 31/05/2013. 38,72 €

10/05/2013 Photocopy 3077 Fotocopias 96,65 € 01/06/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000266 Mantenimiento página Web

periodo 01/06 al 30/06/2013. 38,72 €

05/06/2013 Juan Luis Vacas 0293 Reparto información municipal 423,50 € 01/07/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000317 Mantenimiento página Web

periodo 01/07 al 31/07/2013. 38,72 €

01/08/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000357 Mantenimiento página Web periodo 01/08 al 31/08/2013.

38,72 €

Page 124: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

124

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

01/09/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000397 Mantenimiento página Web periodo 01/09 al 31/09/2013.

38,72 €

10/09/2013 Correos FR20130910338842

Sellos franqueo 74,00 €

30/09/2013 Photocopy 3168 Fotocopias 5,00 € 30/09/2013 Photocopy 3170 Fotocopias 24,00 € 01/10/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000453 Mantenimiento página Web

periodo 01/10 al 30/10/2013 y Renovación por un año el dominio principal.

68,97 €

01/11/2013 Enixe Diseño Y Comunicación

1301000501 Mantenimiento página Web periodo 01/11 al 30/11/2013.

38,72 €

21/03/2013 Juan Luis Vacas 0297 Reparto información municipal. 423,50 € 01/12/2013 Enixe Diseño Y

Comunicación 1301000556 Mantenimiento página Web

periodo 01/12 al 31/12/2013. 38,72 €

23/07/2013 Photocopy 3209 Fotocopias. 35,44 € 23/07/2013 Photocopy 3210 Fotocopias. 13,50 € 11/12/2013 Graficas Le Cop D'or A/13601 Revista díptico A·3 820,63 € 16/12/2013 Juan Luis Vacas 0298 Reparto información municipal. 719,95 € 23/12/2013 Carlin Chamero,S.A. 9766 Calendarios, papel 28,41 € 24/12/2013 Folder A-152496 Taladradora 4 agujeros 19,66 € 09/01/2014 Ayto Majadahonda Reintegro sobrante 2013 16,08 €

TOTAL JUSTIFICADO 3.720,00 €

Del examen de los justificantes se desprende:

La cuenta justificativa se presenta debidamente

rubricada. Comprende debidamente relacionadas, las

facturas y documentos originales por importe menor al

subvencionado y justificante del reintegro de 16,08 € a la

Tesorería Municipal, por lo que se considera

cuantitativamente justificada la subvención.

Los fondos se encuentran en la entidad

Catalunyacaixa. El saldo a 31 de diciembre ascendía a la

cantidad reintegrada a la Tesorería Municipal. El 2 de

enero de 2014 ha sido cargada una comisión de

mantenimiento de 40€.

Las facturas cumplen las obligaciones formales

exigidas en la normativa relativa a su expedición.

Se han agrupado dos apuntes de comisiones

bancarias, uno en cargo y después retrocedido.

Consta extracto de cuenta con los movimientos de

los fondos del 30 de abril de 2013 al 2 de enero de 2014.

Page 125: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

125

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

8. Grupo Municipal U.P.y D.

Con fecha 21 de enero de 2014, en tiempo y forma, se presentan

los siguientes justificantes:

FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE

14/01/2013 BANKIA Cargo por cobro de servicios 9,26 € 01/02/2013 BANKIA Cargo de intereses 0,01 € 01/03/2013 BANKIA Cargo por cobro de servicios 3,00 € 01/04/2013 BANKIA Cargo por cobro de servicios 3,00 € 01/05/2013 BANKIA Cargo por cobro de servicios 3,00 € 01/05/2013 BANKIA Cargo por cobro de servicios 0,35 € 24/05/2013 GRAFICAS LE COP D'OR A-13196 500 cuartillas tamaño A5 143,99 € 04/10/2013 GRAFICAS LE COP D'OR A-13452 Cuartillas A-. 18.500 698,17 € 19/12/2013 JUAN LUIS VACAS 0299 Reparto Majadahonda 762,30 € 10/10/2013 BMTERRA B-001 Aparcamiento concejal 215,22 € 18/12/2013 GRAFICAS LE COP D'OR A-13615 Cuartillas A5 698,17 € 19/12/2013 GRAFICAS LE COP D'OR A-13620 Calendarios 106,48 € 22/10/2013 JUAN LUIS VACAS 0233 Reparto Majadahonda 762,30 € 27/12/2013 BMTERRA B-002 Aparcamiento concejal 141,52 € 17/01/2014 AYTO MAJADAHONDA Reintegro sobrante 2013 1.433,23 €

TOTAL JUSTIFICADO 4.980,00 €

A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo siguiente:

La cuenta justificativa se presenta debidamente

rubricada. Comprende debidamente relacionadas, las

facturas originales y documentos por importe menor al

subvencionado. justificante del reintegro de 1.433,23 € a

la Tesorería Municipal, por lo que se considera

cuantitativamente justificada la subvención.

Los fondos se encuentran en la entidad Bankia. El

saldo a 17 de enero de 2014, después del reintegro de los

fondos no gastados, ascendía a 20,00€, cantidad

ingresada por el grupo municipal el 15 de enero de 2013

para evitar comisiones por descubierto, mientras se

aprueba la dotación anual del Ayuntamiento.

Constan seis comisiones bancarias, cuya suma total

asciende a 18,62€. Ya en 2014, se han cargado 2,15€ por

la transferencia realizada a la Tesorería Municipal.

Page 126: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

126

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Las facturas cumplen, en general, las obligaciones

formales exigidas en la normativa relativa a su

expedición.

Consta extracto de cuenta con los movimientos de

los fondos del 14 de enero de 2013 al 14 de enero de

2014.

9. Conclusiones.

A la vista de los datos anteriores, las cuantías

subvencionadas han sido suficientemente justificadas. Las

cantidades no justificadas y reintegradas de la subvención se

formalizan como un reintegro de pagos del ejercicio corriente,

por lo que suponen un menor gasto a aplicar al presupuesto.

En base a todo lo anteriormente informado, se pone la

disposición del Pleno de la Corporación la justificación de las

subvenciones otorgadas a los Grupos municipales del año 2013,

en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley reguladora de Bases

del Régimen Local, para que, de considerarlo adecuado, adopte

la siguiente:

RESOLUCIÓN

1. Que habiendo justificado el Grupo Municipal Popular la

subvención del año 2013 por importe de 18.840,00€, se

toma conocimiento de la misma y se da por justificada la

dotación entregada.

2. Que habiendo justificado el Grupo Municipal Socialista la

subvención del año 2013 por importe de 6.240,00€, se

toma conocimiento de la misma y se da por justificada la

dotación entregada.

3. Que habiendo justificado el Grupo Municipal Unión,

progreso y Democracia la subvención del año 2013 por

importe de 4.980,00€, se toma conocimiento de la misma y

se da por justificada la dotación entregada.

4. Que habiendo justificado el Grupo Municipal Centristas

Majadahonda la subvención del año 2013 por importe de

Page 127: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

127

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3.720,00€, se toma conocimiento de la misma y se da por

justificada la dotación entregada.

5. Que habiendo justificado el Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes la subvención del año 2013 por importe

de 3.720,00€, se toma conocimiento de la misma y se da

por justificada la dotación entregada.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

C) ESCRITO del Grupo Municipal Socialista, de 25 de febrero

de 2014, dirigido al Sr. Interventor, cuyo texto es el siguiente:

“Desde el Grupo Municipal Socialista de Majadahonda

presentamos la factura original (09/05/2013 Martín-Rico

Procuradores SLP) que teníamos pendiente de entregar a la

Intervención del Ayuntamiento de cara a subsanar las

obligaciones formales exigidas en la normativa para la

justificación de las cuentas de 2013.”

D) NOTA del Jefe de Fiscalización Previa, de 25 de febrero de

2014 cuyo texto es el siguiente

“Se remite la factura original que el Grupo Municipal

Socialista ha depositado en esta Intervención en el día de hoy,

para que conste en el expediente de referencia.”

Dicha factura es la nº E130241, presentada por Martín-

Rico Procuradores S.L.P., de fecha 20 de junio de 2013.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira,

solicita al Sr. Alcalde que se realice una votación individualizada de

cada una de las cuentas justificativas de gastos de cada grupo político.

El Sr. Presidente aclara que no tiene inconveniente en que se

proceda a realizar una votación por cada cuenta justificativa pero

Page 128: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

128

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

recuerda que se actuó de esa forma en un determinado ejercicio porque

se habían producido divergencias.

Termina su intervención pidiendo al Sr. Secretario que informe

si es posible proceder a la votación de la forma solicitada por el grupo

Centrista.

El Sr. Secretario manifiesta que el Sr. Alcalde dirige los

debates y puede someter las propuestas a votación en una forma u otra

siempre que existan motivos como es el caso.

El Sr. Presidente manifiesta que, de acuerdo con la solicitud de

los grupos políticos, autoriza esa votación individualizada y añade que

va a comenzar sometiendo a votación las cuentas justificativas de los

grupos políticos con menor representación para finalizar con el que

tiene mayor representación política.

Sometida a votación la cuenta justificativa de gastos del grupo

municipal Centrista, la Corporación, por dos (2) votos a favor

correspondientes al grupo Centrista, ningún (0) voto en contra y

veintidós (22) abstenciones correspondientes a los grupos municipales

Popular, Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-

Los Verdes, ACUERDA tomar conocimiento de la subvención que se

concedió a dicho grupo en el año 2013 por importe de 3.720,00 € y dar

por justificada la dotación entregada.

Sometida a votación la cuenta justificativa de gastos del grupo

municipal Izquierda Unida-Los Verdes, la Corporación, por un (1)

voto a favor correspondiente al grupo Izquierda Unida-Los Verdes,

ningún (0) voto en contra y veintitrés (23) abstenciones

correspondientes a los grupos municipales Popular, Socialista, Unión

Progreso y Democracia y Centrista, ACUERDA tomar conocimiento

de la subvención que se concedió a dicho grupo en el año 2013 por un

importe de 3.720,00 € y dar por justificada la dotación entregada.

Page 129: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

129

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sometida a votación la cuenta justificativa de gastos del grupo

municipal Unión Progreso y Democracia, la Corporación, por tres (3)

votos a favor correspondientes al grupo municipal Unión Progreso y

Democracia, ningún (0) voto en contra y veintiuna (21) abstenciones

correspondientes a los grupos municipales Popular, Socialista,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA tomar

conocimiento de la subvención que se concedió a dicho grupo en el

año 2013 por un importe de 4.980,00 € y dar por justificada la

dotación entregada.

Sometida a votación la cuenta justificativa de gastos del grupo

municipal Socialista, la Corporación, por cuatro (4) votos a favor

correspondientes al grupo municipal Socialista, ningún (0) voto en

contra y veinte (20) abstenciones correspondientes a los grupos

municipales Popular, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-

Los Verdes y Centrista, ACUERDA tomar conocimiento de la

subvención concedida a dicho grupo en el año 2013 por un importe de

6.240,00€ y dar por justificada la dotación entregada.

Sometida a votación la cuenta justificativa de gastos del grupo

municipal Popular, la Corporación, por catorce (14) votos a favor

correspondientes al grupo municipal Popular, ningún (0) voto en

contra y diez (10) abstenciones correspondientes a los grupos

municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda

Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA tomar conocimiento de la

subvención concedida a dicho grupo en el año 2013 por un importe de

18.840,00 € y dar por justificada la dotación entregada.

CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN

CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY 7/85,

DE 2 DE ABRIL

9.(29/14) DAR CUENTA de los Decretos y Resoluciones dictados

por la Alcaldía y Concejales Delegados del núm.

2690/13 al 2910/13 y del núm. 0001/14 al 0050/14, todos

ellos inclusive.

El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por

fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la

Page 130: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

130

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Alcaldía y Concejales Delegados núms. 2690/13 al 2910/13 y del

0001/14 al 0050/14, todos ellos inclusive. Todo ello al efecto de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades

Locales y consiguientemente ser conocidos por todos los miembros de

la Corporación.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales

Delegados del núm. 2690/13 al 2910/13 y del 0001/14 al 0050/14,

todos ellos inclusive.

10.(30/14) DAR CUENTA de los acuerdos adoptados por la Junta

de Gobierno Local en las sesiones ordinarias y

extraordinarias celebradas en las sesiones de 7, 13, 20,

y 27 de enero de 2014.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones

ordinarias y extraordinarias de 7, 13, 20 y 27 de enero de 2014.

11. PROPOSICIONES NO URGENTES O MOCIONES

ORDINARIAS:

11.1 (31/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes para

democratizar las inversiones municipales

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del

Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha tenido entrada

en el Registro General el 20 de febrero de 2014, nº 2905, cuyo texto es

el siguiente:

Page 131: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

131

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“En los últimos años, la política de inversiones llevada a cabo por los

distintos equipos de gobierno ha sido muy controvertida y, en

ocasiones, contestada por una gran parte de los vecinos que, al fin y

al cabo, son quienes deben beneficiarse de las inversiones que realiza

el Ayuntamiento.

Las obras de peatonalización del Bulevar Cervantes, la

ampliación de la peatonalización de la Gran Vía o la Plaza de la

Constitución, que se llevó por delante el colegio más antiguo del

municipio, son ejemplos de inversiones millonarias que no fueron

compartidas y mucho menos tuvieron en cuenta la opinión ni de los

majariegos ni de los comerciantes de la zona y que han supuesto

importantes trastornos para su vida: impactos económicos negativos y

cierres de comercios, trastornos en la movilidad de la zona,

problemas de aparcamiento …

Recientemente, a través de los medios de comunicación, los

vecinos han podido conocer los diferentes proyectos que pretende

poner en marcha el Partido Popular en Majadahonda (remodelación

del Parque de Colón o del Parque del Cerro del Aire, túnel de Santa

Bárbara, Mercado de Santa Catalina, zona azul en el aparcamiento

de las Erillas, etc.), actuaciones que no son entendidas ni compartidas

por una parte importante de los ciudadanos. El Equipo de Gobierno

justifica estas obras como demandas ciudadanas o peticiones de los

comerciantes, sin que en ningún caso se avale con ningún dato real y

contrastable.

Mientras el grupo de trabajo de participación sigue

paralizado, los vecinos y vecinas de Majadahonda, especialmente los

y las más afectadas, nos exigen tener voz para poder decidir no sólo

lo que se hace con su dinero, sino lo que se hace con sus calles,

parques, plazas …. es decir, con su entorno más cercano y que más

afecta a su vida cotidiana.

El artículo 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases del Régimen Local establece: “De conformidad con la

legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, cuando ésta

tenga competencia estatutariamente atribuida para ello, los Alcaldes,

previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del

Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos

asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que

Page 132: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

132

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con

excepción de los relativos a la Hacienda local.”

Existe, por tanto, un marco legal en el que los vecinos y

vecinas de Majadahonda pueden ejercer su derecho a ser consultados

según reconoce el artículo 18 de la citada Ley. Consideramos que es

una cuestión de voluntad política la de someter estos proyectos a

consulta ciudadana.

Por todo ello, el Grupo Municipal de IU-LV propone al Pleno

para su aprobación la siguiente:

MOCIÓN

1. Que se elaboren planes generales de inversiones donde se

cuente con la participación de colectivos vecinales, de

comerciantes y otros agentes sociales para dotar de un sentido

estratégico las inversiones del municipio.

2. Una vez elaborados los planes de inversiones se pondrá a

disposición de los vecinos y vecinas toda la información para

valorar la necesidad e idoneidad de dichas inversiones.

3. Que se realicen asambleas vecinales en las distintas zonas del

municipio donde se expliquen los planes de inversiones y se

recojan las necesidades y propuestas para dichas zonas. En

estas asambleas estarán representados los grupos políticos que

componen la corporación municipal.

4. Que se sometan a consulta ciudadana, como permite el artículo

71 de la Ley de Bases de Régimen Local, estos planes de

inversiones y también sea sometida a este procedimiento

cualquier inversión que supere los 100.000 €. Además, siempre

que existan garantías técnicas suficientes, se utilizará de forma

complementaria como método de consulta la página Web del

Ayuntamiento, tal y como se reconoce en el punto 3 del artículo

70 bis de la citada Ley.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

Page 133: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

133

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes.

Sr. Santana, explica que las distintas políticas de inversiones llevadas

a cabo por los distintos equipos de gobierno tienen detractores y no

detractores y uno de los ejemplos es el del famoso “túnel de la risa” y

también hay otras como la peatonalización del Bulevar Cervantes

realizada recientemente, la Plaza de la Constitución que se llevó por

delante al colegio más antiguo de este municipio y que, como todos

pueden ver, tiene muy poco uso.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno no ha contado con la

opinión de los vecinos para realizar esas inversiones e incluso, en

algunos casos, esas obras han generado importantes trastornos para su

vida normal y de hecho, en algunas de las zonas donde se realizaban se

produjeron cierres de comercio, existían problemas de movilidad y de

aparcamiento, etc., tónica que considera habitual en las inversiones

que se realizan sin consultar a los vecinos.

Manifiesta que ahora los vecinos han conocido, por los medios

de comunicación, las nuevas inversiones que tiene previsto llevar a

cabo el equipo de gobierno en esta legislatura y otras que se han

adelantado para la siguiente como pueden ser los famosos parques o el

famoso Mercado de Santana Catalina que parece que va a realizarse en

la siguiente legislatura aunque en ésta se ha aprobado el anteproyecto

y por ello en esta Moción se pide, puesto que el artículo 71 de la Ley

Reguladora de Bases de Régimen Local establece la posibilidad,

previa autorización y acuerdo por mayoría absoluta de la corporación,

de que se someta a consulta popular aquellos asuntos de competencia

propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia

para los intereses de los vecinos.

Termina su intervención aclarando que su grupo cree que, en

virtud de ese marco legal, se puede plantear la realiza de una consulta

a los ciudadanos de cara a esas inversiones que se van a realizar y por

ello la parte propositiva de esta Moción pide que, cuando se elaboren

planes generales de inversiones en cada legislatura, se cuente con la

participación de los colectivos vecinales, comerciantes y agentes

sociales; que una vez elaborados esos planes generales compartidos de

inversiones se pueda poner a disposición de los vecinos toda la

información necesaria para que ellos puedan valorar; que esas

inversiones se lleven a asambleas vecinales en las distintas zonas del

municipio donde se expliquen y se recojan las propuestas y

Page 134: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

134

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

necesidades que tienen los vecinos de cara a las inversiones y que se

sometan a consulta vecinal todos los planes de inversiones y sobre

todo las inversiones que superen la cuantía de 100.000 euros.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que las mociones que presenta Izquierda Unida-Los Verdes tienen su

parte propositiva dividida en muchos apartados y por ello su grupo

suele estar de acuerdo con algunos apartados pero no con otros.

Sigue diciendo que su grupo comparte, en este caso, la idea de

racionalizar el dinero de los ciudadanos y que se invierta con lógica y

mesura pero considera complicado consultar a los vecinos la

realización de las inversiones cuya cuantía ascienda a más de 100.000

euros y cree que sería más oportuno determinar una cantidad bastante

mayor.

Aclara que los corporativos son los representantes de los vecinos

y por ello considera oportuno discutir sobre las inversiones y cree que

cuestión distinta es el fomento de la participación de los vecinos con la

que su grupo está totalmente de acuerdo y de hecho lleva mucho

tiempo peleando por la creación y funcionamiento de los consejos

sectoriales pero todavía no lo ha conseguido.

Añade que su grupo está totalmente de acuerdo con la

participación de los vecinos para que puedan dar sus opiniones pero

no sabe si lo que se solicita en el apartado 4 de la parte propositiva de

esta Moción es viable o no y tampoco sabe si 100.000 euros es la

cantidad correcta para realizar esa consulta popular o sería necesario

determinar una cifra bastante más elevada.

Indica que su grupo también está de acuerdo en que se realicen

asambleas vecinales para explicar a los vecinos los proyectos que se

tienen.

Reitera que su grupo tiene dudas respecto al apartado 4 de esta

Moción pero está de acuerdo, en general, con esta Moción porque

considera necesario contar con los ciudadanos para realizar

inversiones con el dinero de su patrimonio y también considera

necesario buscar la fórmula más conveniente para hacerlo porque

quizá no deba realizarse una consulta reglada como figura en el

apartado 4 de esta Moción.

Page 135: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo que quizá se debería dejar esta Moción sobre

la mesa para buscar una fórmula que permita consultar a los

ciudadanos que no sea la que se solicita en el apartado 4 de esta

Moción que parece que fuera a realizarse un referéndum y, si se

buscara otra fórmula distinta a la propuesta, su grupo votaría a favor

pero, si no fuera así, no votará a favor porque no ve claro que el

sistema de consulta vecinal reglada sea operativo.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, todos los grupos

políticos deben buscar una fórmula para que los vecinos participen y

evitar que se enteren de las inversiones cuando ya han sido realizadas.

Termina su intervención diciendo que no sabe si cuando el

Concejal Delegado de Medio Ambiente se reúne con los vecinos les

informa del precio que van a tener que pagar por cada una de las

inversiones que se van a realizar y, si lo hiciera así, quizá los vecinos

ya no estuvieran tan contentos.

La concejal del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Fernández Alonso, indica que, para abordar temas como el que se

plantea en esta Moción, su grupo presentó al Pleno una propuesta para

la elaboración de un reglamento de participación ciudadana, propuesta

que fue aprobada por unanimidad hace tres años.

Sigue diciendo que las inversiones millonarias que se hacen, a

veces por capricho y sin contar con nadie y ni siquiera con el resto de

grupos políticos de esta Corporación, no son buenas y su grupo cree

que esas inversiones deben ser valoradas por los vecinos en prioridad

y coste.

Manifiesta que este Ayuntamiento, en dos años, va a gastar la

cantidad de 5,2 millones de euros en parques mientras que se han

desafectado 7 millones de euros que estaban destinados a la

regeneración integral del casco y su grupo se pregunta si eso es lo que

desean los vecinos, pregunta que se hace porque cree que los partidos

políticos no tienen una varita mágica que permita adivinar el

pensamiento y recuerda además que en el programa con el que el

Partido Popular se presentó a las elecciones solo figuraba la inversión

del Parque de Los Negrillos y no las demás que se están llevando a

cabo.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo cree que todas las formas de participación, aunque

sean puntuales, son bienvenidas hasta que se elabore el reglamento de

participación ciudadana consensuado por todos los grupos políticos.

El portavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que esta Moción es muy interesante porque genera el debate que su

grupo ha intentado promover en diferentes sesiones plenarias y en los

debates de los Presupuestos anuales.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, ha

llegado ya el momento no solo de democratizar las inversiones sino

también de modernizar la toma de decisiones y el contacto y

participación con los vecinos de este municipio y considera que este

Ayuntamiento está en disposición de poder hacerlo porque tenemos

recursos para ello, somos pujantes en la formación de nuestros vecinos

y está convencido de que la mayoría tiene acceso a internet en sus

viviendas por lo que entiende que existe capacidad más que suficiente

para democratizar las inversiones con la participación de los vecinos

en la toma de decisiones.

Indica que el equipo de gobierno siempre dice que son unos

gobernantes aplicados con el dinero de los vecinos de Majadahonda y

cree que en este caso tiene una interesante oportunidad para

demostrarlo.

Manifiesta que, a día de hoy, la participación ciudadana y

política va más allá del examen cada cuatro años y considera que el

Partido Popular se parapeta en que los ciudadanos les eligieron y en

que tiene mayoría y, aunque es cierto que obtuvo mayoría absoluta y la

utiliza en las diferentes decisiones que toma utilizando “el rodillo” de

forma constante, su grupo cree que el equipo de gobierno olvida que

los grupos de la oposición representan el 44%.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno también olvida que, a

día de hoy, la ciudadanía está pidiendo participar no solo por las redes

sociales sino a través de la recogida de firmas que se vienen

realizando.

Page 137: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que su grupo va a votar a

favor de esta Moción y tiende la mano nuevamente al equipo de

gobierno, al igual que ya lo hizo en los Presupuestos del ejercicio

2013.

La Concejal Delegada de Participación Ciudadana,

Comunicación y Urbanizaciones, Sra. Nistal, indica que le hace gracia

que todos los grupos de la oposición hayan dicho que esta Moción es

muy interesante pero nadie haya hablado de democracia y solo lo haya

hecho un poco el portavoz del grupo Socialista y por ello desea

recordar que la democracia es un sistema establecido de participación

porque los ciudadanos confieren legitimidad a sus representantes y

recuerda además que la legitimidad que confirieron las urnas en

Majadahonda, la tiene el equipo de gobierno del Partido Popular

porque. en el año 2011, tras haber ejecutado obras que figuraban en su

programa electoral como la de la Plaza de la Constitución, el Bulevar

Cervantes o la ampliación de la calle Gran Vía, la mayoría de los

majariegos volvió a confiar en el Partido Popular que, como ha dicho

anteriormente, ganó con mayoría absoluta unas elecciones en las que

contó con el 51,56% de los votos.

A continuación pregunta al portavoz de Izquierda Unida-Los

Verdes si esa mayoría no le parece legitimidad suficiente y añade que

si los ciudadanos hubieran votado la creación de un museo de la

ciudad o que no hubiera en Majadahonda más colegios concertados

como figuraba en el programa electoral de Izquierda Unida-Los

Verdes, hubieran confiado más en dicho grupo pero considera que los

datos son abrumadores porque solo el 9% de los majariegos creyeron

en el proyecto de Izquierda Unida-Los Verdes.

Manifiesta que el equipo de gobierno del Partido Popular

gobierna para todos los vecinos y considera que no lo ha debido hacer

muy mal porque la mayoría de la ciudadanía sigue respaldándole.

Indica que el equipo de gobierno escucha a los vecinos y lo hace

a través de cauces de participación abiertos y puede que Izquierda

Unida no lo vea así porque no lo denominan asambleas sino

encuentros con los vecinos, encuentros que se realizan, por zonas, una

vez al mes lo que da un total de unos 10 encuentros anuales (en

verano no se realizan) en los que el Sr. Alcalde se reúne con todos los

Page 138: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

138

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

vecinos que quieran asistir y además se celebran reuniones con el

tejido asociativo y con agentes sociales.

Insiste en que el equipo de gobierno escucha a todos los vecinos

y les informa sobre los proyectos previstos y recuerda además que esta

misma semana se han celebrado tres reuniones con asociaciones

representativas y el equipo de gobierno sigue celebrándolas porque la

voz de los vecinos cuenta mucho para el equipo de gobierno.

Manifiesta a continuación que va a aprovechar este punto del

orden del día para decir que el equipo de trabajo de participación

ciudadana está parado porque es imposible llegar a un acuerdo con los

grupos de la oposición para avanzar e insiste en que el equipo de

gobierno continúa trabajando y en la siguiente sesión plenaria se

presentará al Pleno la creación del Consejo Económico y Social cuyo

borrador de estatutos está en poder de los grupos de la oposición desde

el 12 de junio de 2013 y aún no han contestado.

Pregunta al portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes respecto a

la realización de consultas ciudadanas, si cree que la ciudad avanzaría

si hubiera que hacer una consulta popular por cada inversión. Aclara

que, desde su punto de vista, la respuesta a esa pregunta es que no

avanzaría la ciudad y cree que quizá lo que desee Izquierda Unida-Los

Verdes sea que la ciudad no avance, que no se haga nada y que se

estanque pero lamenta decir que esta ciudad mira hacia adelante y

mejora cada día.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno cree en la

democracia pero, cada día que pasa, tiene más claro que Izquierda

Unida-Los Verdes quiere desvirtuarla y ganar en la calle lo que no es

capaz de ganar en las urnas y entiende que lo ha dejado claro en la

web en la que ha llamado a la participación ciudadana “ciberagitación”

lo que, desde su punto de vista, tiene un aire revolucionario más

propio de otros sistemas que de la democracia.

Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha

expuesto, el equipo de gobierno del Partido Popular va a votar en

contra de esta Moción.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

recuerda que el grupo Centrista le ha presentado una sugerencia

Page 139: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

respecto al límite de los 100.000 euros y aclara que su grupo la acepta

y está dispuesto a retirar esa parte para que los planes de inversiones y

todas las que sean de interés general y supongan una determinada

cuantía tengan que ser sometidas a consulta.

Sigue diciendo que su grupo se esperaba la respuesta que ha

dado el equipo de gobierno y por ello ha consultado el Diccionario de

la Real Academia de la Lengua para conocer lo que significa

democratizar y en el mismo se dice que es hacer algo accesible a un

gran número de personas por lo que entiende que la acepción

“democratizar” dentro de los planes de inversiones está perfectamente

regulada.

Añade que su grupo no pone en duda la legitimidad del equipo

de gobierno que salió de unas urnas en las que obtuvo el 51% de los

votos aproximadamente y su grupo solo obtuvo el 9% y precisamente

por eso el Partido Popular es el que gobierna este Ayuntamiento e

Izquierda Unida-Los Verdes está en la oposición.

Indica que esos resultados electorales no quieren decir que el

único sistema aceptable sea el que una mayoría absoluta decida sobre

toda la población en función de cosas que ni siquiera figuraban en el

programa electoral y dice esto porque el equipo de gobierno del

Partido Popular tiene un contrato-programa con la ciudadanía que es

lo que se recoge en su programa electoral y recuerda que en dicho

programa no figuraba el gasto de 877.000 euros del Parque de Colón,

tampoco se decía nada sobre el Mercado de Santa Catalina y sí

figuraba la creación de un nuevo parque en el Recinto Ferial pero no

se decía que iba a costar la cantidad de 3 millones de euros.

Manifiesta que es cierto que los encuentros del Sr. Alcalde con

los vecinos son distintos a las asambleas ciudadanas que plantea su

grupo porque esas asambleas ciudadanas son cauces establecidos y

regulados y los encuentros del Sr. Alcalde con los vecinos son

informales y el equipo de gobierno puede aceptar o no alguna

sugerencia y por ello ha insistido anteriormente en que las asambleas

ciudadanas tienen una concepción distinta puesto que introducen una

regulación y por ello la opinión de los vecinos debería contar.

Termina su intervención diciendo que es evidente que el grupo

de trabajo de participación ciudadana no trabaja porque , desde el

punto de vista de su grupo, no se ha querido que funcione.

Page 140: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente aclara que los encuentros que mantiene con los

vecinos es un cauce más de participación y añade que una parte de esta

Moción le gusta pero no todo lo que se dicen en la misma.

Sigue diciendo que está de acuerdo en que el Alcalde y el equipo

de gobierno tienen que reunirse con las fuerzas vivas de esta ciudad

cuando haya algún tema importante y de hecho estas reuniones se

vienen celebrando y el equipo de gobierno acepta muchas de la

sugerencias que realizan los vecinos y cuestión distinta es que la

representación de los ciudadanos se determine por los cauces a los que

ha aludido el portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes.

Insiste en que el equipo de gobierno está de acuerdo en que la

participación de los vecinos no debe limitarse a las elecciones sino que

debe existir una mayor participación pero no está de acuerdo en

celebrar un referéndum cada vez que haya que realizar una inversión

en Majadahonda.

Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno va a

votar en contra de esta Moción porque la forma en que Izquierda

Unida-Los Verdes entiende la participación ciudadana no es la misma

que la que considera necesaria el equipo de gobierno.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al grupo

municipal Popular y diez (10) votos a favor correspondientes a los

grupos municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

11.2 (32/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes para la

aplicación de reducciones en el alquiler de las

viviendas públicas de Majadahonda (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha tenido entrada en el

Page 141: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Registro General el 20 de febrero de 2014, nº 2906, cuyo texto es el

siguiente:

“El acceso a una vivienda digna puede verse afectado cuando el

precio de la misma es inasequible para un amplio sector de la

población y es obligación de los poderes públicos favorecer este

derecho. Como norma general, es recomendable que el gasto del

alquiler de una vivienda no supere el 30% de los ingresos familiares

para poder atender al resto de necesidades: comer, vestirse, pagar las

facturas, gastos escolares de los hijos, etc.

Actualmente la vivienda pública tiene fijados unos precios que

no se ajustan a la situación económica de las personas a las que se

orienta y son muchas las comunidades autónomas y localidades que

articulan mecanismos para establecer unos precios en el alquiler

social que se adecuen a las posibilidades de las familias y facilitar el

acceso a una vivienda a los sectores más desfavorecidos.

La Comunidad de Madrid lleva años aplicando factores de

reducción de la cuota de alquiler de las viviendas gestionadas por el

IVIMA. La cuantía de la renta se determina mediante un porcentaje de

la misma, atendiendo al nivel de ingresos de la unidad familiar y al

número de miembros que la componen. Esta reducción de la cuota

puede ir desde un 5% hasta un máximo del 95%.

En nuestro municipio nos encontramos con situaciones en las

que los adjudicatarios de las viviendas municipales de alquiler no

pueden hacer frente al compromiso de pago que tienen con

PAMMASA y deben recurrir a amigos y familiares para poder hacerlo

o directamente renuncian a las viviendas por no poder asumir las

rentas.

El Ayuntamiento de Majadahonda no debería quedarse al

margen de estas situaciones y en colaboración con su empresa

municipal de la vivienda y el suelo, PAMMASA, debería establecer

requisitos objetivos para la aplicación de reducciones. El

arrendamiento de las viviendas públicas no puede comprenderse sin

que se satisfaga el objetivo de acomodar el precio a las capacidades

económicas de sus adjudicatarios.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los

Verdes, propone al Pleno para su aprobación la siguiente

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

MOCIÓN:

Que se aprueben y apliquen reducciones o subvenciones al

precio del alquiler de las viviendas protegidas públicas de

Majadahonda, para aquellos adjudicatarios que lo soliciten, en

función de los ingresos de la unidad familiar y del número de

miembros que la componen.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, explica que los precios actuales de viviendas protegidas

en alquiler están fuera de toda lógica y, cuando el acceso a una

vivienda digna recogido en el artículo 47 de la Constitución Española,

no se garantiza ni siquiera a través de las políticas de vivienda pública,

su grupo entiende que es obligación de las administraciones favorecer

ese derecho.

Sigue diciendo que la norma general determina que el precio que

se debe recomendar para el alquiler de una vivienda no debería superar

el 30% de los ingresos familiares para que puedan atender así el resto

de necesidades como comida, vestido, gastos escolares, etc. y por eso

su grupo entiende que los actuales precios que tiene fijada la vivienda

pública, en la Comunidad de Madrid y concretamente Majadahonda,

no se ajustan, en muchas ocasiones, a la situación económica de las

personas a las que van dirigidas y por ello muchas comunidades

autónomas y municipios han establecido unos precios para el alquiler

social que se adecúan a las posibilidades de las familias para permitir,

a las que lo necesiten, que accedan a una vivienda protegida. Añade

que, por ejemplo, la Comunidad de Madrid lleva años aplicando

factores de reducción de la cuota de alquiler a través de las viviendas

gestionadas por el IVIMA de forma que la cuantía de la renta se

determina mediante un porcentaje de reducción de la misma en el que

se atiende al nivel de ingresos de esa unidad familiar y al número de

miembros que la componen.

Aclara que las reducciones en la cuota del alquiler van desde el

5% hasta un máximo del 95% lo que no ocurre en las viviendas que

Page 143: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

143

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

gestiona PAMMASA y su grupo entiende que esas reducciones se

tienen que regular también en Majadahonda porque no podemos

quedarnos al margen de lo que hacen otras comunidades autónomas y

municipios para cumplir el cometido y función social de la vivienda

pública en España.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, en esta Moción se pide que se aprueben y apliquen

reducciones o subvenciones al precio del alquiler de las viviendas

protegidas públicas de Majadahonda para los adjudicatarios que las

soliciten lo que se debe hacer siempre teniendo en cuenta los ingresos

de la unidad familiar y el número de miembros que la componen.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo está de acuerdo con esta Moción por considerar cierto

que los precios de las viviendas han bajado y está de acuerdo en que se

estudien esas reducciones o subvenciones teniendo en cuenta los

criterios objetivos de renta que posiblemente deberán ser los mismos

que viene aplicando el IVIMA.

Termina su intervención reiterando que su grupo está de acuerdo

en estudiar los criterios objetivos de renta que quizá deben ser los que

aplica el IVIMA y estudiar si es conveniente o no conceder esas

reducciones teniendo en cuenta los criterios de renta y número de

miembros de la unidad familiar y por ese motivo su grupo va a apoyar

esta Moción.

La concejal del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Fernández Alonso, indica que su grupo está de acuerdo con los

argumentos de esta Moción porque, como ha expuesto en diversas

sesiones plenarias, el valor de los módulos por el que se calculan los

precios de las viviendas públicas con algún tipo de protección, está

totalmente fuera de la realidad que vive España y la Comunidad de

Madrid, sobre todo debido al desplome del precio del suelo y de la

vivienda.

Sigue diciendo que, en muchos casos, los precios de la vivienda

libre están por debajo del precio de la vivienda protegida y por ello es

necesario que los ayuntamientos adopten medidas para promover

Page 144: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

viviendas con un precio razonable para que puedan acceder a las

mismas los sectores de la población más desfavorecidos y los jóvenes.

Termina su intervención aclarando que, por esos motivos, su

grupo está de acuerdo con esta Moción y considera necesario que este

Ayuntamiento cree los cauces y vías necesarias para llegar a las

personas de este municipio, adjudicatarias de ese tipo de viviendas,

que se encuentran en dificultades económicas y no puedrn hacer frente

a los precios actuales de las viviendas protegidas, precios que, como

ha dicho anteriormente, están muy alejados del precio real de mercado.

El viceportavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que en esta Moción se enuncian dos principios que,

desde el punto de vista de su grupo, son muy importantes en la política

de la vivienda y uno de ellos es el alquiler versus compra.

Aclara que su grupo cree que el modelo de alquiler, a día hoy, no

es el que debería seguir un ayuntamiento o una institución de cara al

futuro por lo que seguirá peleando, en las futuras promociones, porque

esas viviendas protegidas sean en régimen de alquiler, verdadero

modelo según su grupo.

Añade que el segundo principio que se formula en esta Moción

es el de progresividad fiscal, de progresividad impositiva o de

progresividad en los precios que se derraman a los vecinos. Indica que

su grupo ha venido insistiendo, en numerosas ocasiones, porque esa

progresividad encuentre encaje interpretativo en las normas

municipales aunque reconoce que existe dificultad para hacerlo sobre

todo en los pagos del impuesto sobre bienes inmuebles vía ayudas, etc.

Termina su intervención diciendo que el segundo principio que

se plantea en esta Moción es un encaje más que, desde el punto de

vista de su grupo, se sustanciaría en ayudas para aquellos vecinos que

tengan dificultades para pagar el alquiler de las promociones de

viviendas protegidas.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García González, indica que es cierto que esta

Moción dice muchas cosas pero recuerda que en su parte propositiva

Page 145: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pretende que se aprueben y apliquen reducciones o subvenciones al

precio de alquiler de las viviendas.

Sigue diciendo que todos los grupos políticos pueden mantener

un debate para decidir si debe primar, en las próximas promociones

que se realicen, el alquiler, el alquiler con derecho a compra o la

venta, debate que estará encantado de mantener porque está

convencido que coincidirá con Izquierda Unida-Los Verdes en muchos

de los planteamientos que se hagan.

Aclara a continuación que también se pueden mantener debates

sobre si puede mejorarse el mejor cauce para implementar las ayudas o

subvenciones que se solicitan y, aunque está seguro que siempre se

pueden mejorar las cosas, desea dejar claro que actualmente existe un

cauce y de hecho el año pasado la Concejalía de Bienestar Social,

Salud y Familia concedió a través de un programa específico o de

emergencia social, y no solo para viviendas en régimen de protección

sino para cualquier vecino que lo demande, ayudas y subvenciones a

familias de Majadahonda por un importe de 46.000 euros para el pago

de las cuotas de alquiler.

Añade que esta Concejalía, para conceder esas ayudas, cuenta

con unas bases en las que prima la condición socio-económica de la

familia y además los trabajadores sociales estudian las necesidades y

marcan el orden de prioridades y, aunque reconoce que puede no ser el

mejor sistema, ya existe y está establecido lo que supone que las

personas que necesitan esas ayudas pueden recurrir a este

Ayuntamiento porque pone a disposición de cualquier vecino las

ayudas que pueda necesitar.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno estaría dispuesto a

estudiar cómo implementar un mecanismo con el mismo presupuesto

que se tenía en el año 2013 (46.000 €) porque es la demanda que se

conoce pero, si existe más demanda, al equipo de gobierno le gustaría

conocerla.

Termina su intervención aclarando que esta Moción plantea algo

muy específico y es la concesión de ayudas o subvenciones a familias

para el pago de alquiler lo que ya se está haciendo desde este

Ayuntamiento en la cuantía que ha mencionado por lo que el equipo

de gobierno no va a votar a favor aunque estaría encantado de estudiar

Page 146: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

unas bases en profundidad estableciendo nuevos criterios y para ello

invita a todos los grupos políticos a trabajar en ellas lo antes posible.

El Sr. Presidente indica que los ciudadanos de Majadahonda

hacen un esfuerzo bastante grande en los asuntos relativos a la

vivienda social porque esas viviendas han sido adjudicadas a unas

personas que ya tienen unas ventajas y por ello considera que no es un

buen sistema el de “café para todos” porque, como no existe suficiente

dinero para atender toda la demanda de ayudas, hay que priorizar y por

ello considera que el mejor camino es el que ha explicado el Concejal

Delegado de Urbanismo y Vivienda, es decir, ayudar a las familias que

lo necesitan pero no con “café para todos”.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo no ha querido presentar esta

propuesta de forma cerrada porque siempre se acaba manteniendo una

discusión sobre si pretende conceder una ayuda, una subvención o una

reducción. Aclara que lo que pretende es que los criterios para otorgar

reducciones en los precios del alquiler, fueran definidos por

PAMMASA o por este Ayuntamiento a través de la concejalía

correspondiente.

Manifiesta que su grupo no plantea, en este caso, la concesión de

ninguna ayuda puntual de emergencia social porque actualmente se ha

determinado un precio para el módulo de vivienda protegida, precio

que admite que pueda entrar a una vivienda protegida un ciudadano

que cobre la renta mínima de inserción y también el que cobre 5,5

veces el IPREM. Aclara que su grupo pretende, con esta propuesta,

que exista progresividad al pagar los alquileres de vivienda protegida

teniendo en cuenta que los ciudadanos que las han alquilado cumplen

los requisitos para acceder a dichas viviendas.

Indica que el ciudadano que cobra 5,5 veces el IPREM, pagará

los 650 euros que cuesta el alquiler de la vivienda pero entiende que es

necesario hacer un baremo acorde para el que cobra la renta mínima de

inserción o el salario mínimo profesional.

Añade que la obligación de los poderes públicos de proporcionar

una vivienda digna, no puede comprenderse sin que se satisfaga el

objetivo de acomodar el precio del arrendamiento de las viviendas

Page 147: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

sociales a las capacidades económicas de los adjudicatarios y así, el

respeto a la dignidad de los arrendatarios, se garantiza asegurando que

los beneficiarios puedan satisfacer sus obligaciones contractuales pues

no obstante el beneficioso tratamiento del precio legal no se

corresponde con la situación económica de las personas a las que se

orienta la promoción y adjudicación de este tipo de viviendas.

Aclara que no está hablando, en este caso, del Ayuntamiento de

Marinaleda y tampoco de la Consejería de Vivienda de la Junta de

Andalucía sino que lo que acaba de decir es normativa de la

Comunidad de Madrid y de hecho la Orden de 4 de febrero de 1999

dispone que, a fin de defender que las familias beneficiarias de las

mismas puedan cumplir con sus obligaciones de pago por ser éstas

más acordes a su capacidad económica, se establece un sistema de

reducción del precio de la renta de las viviendas administradas.

Termina su intervención reiterando que su grupo desea, con la

propuesta que ha presentado, que este Ayuntamiento acuerde, para la

vivienda de alquiler en nuestro término municipal, unos precios que

estén acordes con la capacidad económica de cada adjudicatario y

previa solicitud del mismo y considera que el ciudadano que cobre 5,5

veces el IPREM debe seguir con la renta máxima aplicable y también

que esa ayuda o subvención se debe ajustar al que cobre menos porque

entiende que los 650 euros de alquiler mensuales sí es “café para

todos” porque es la cantidad que debe pagar el ciudadano que cobre

600 euros o que cobre 40.000 euros.

Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al grupo

municipal Popular y diez (10) votos a favor correspondientes a los

grupos municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

Page 148: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

148

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

11.3 (33/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para que este Ayuntamiento se

muestre contrario al Anteproyecto de Ley

Orgánica de Protección de la Vida del

Concebido y de la Mujer Embarazada (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Concejal del Grupo

Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de febrero de 2014, nº 2933, cuyo texto es el

siguiente:

“La Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de la

interrupción voluntaria del embarazo, ha supuesto un avance en la

protección de las mujeres: Declara el derecho de todas las personas a

adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y

reproductiva, y reconoce el derecho a la maternidad libremente

decidida, reconociendo a las mujeres la capacidad de decisión

responsable.

La ley fue elaborada y aprobada desde el consenso con la gran

mayoría de los grupos del arco parlamentario español; fue avalada

plenamente por el Consejo de Estado; contó con las recomendaciones

de juristas de reconocida solvencia y profesionales de la bioética y la

sanidad y reforzó la seguridad jurídica en la regulación de la

interrupción voluntaria del embarazo.

El número de interrupciones voluntarias del embarazo

disminuyó un 5% en 2012, en España. Ese año, con la ley de plazos

abortaron 112.390 mujeres. Casi 6.000 mujeres menos que en 2011.

Todo ello demuestra que el hecho de que la mujer pueda decidir

libremente abortar durante las primeras 14 semanas de embarazo no

ha disparado las interrupciones.

Sin embargo, el pasado 20 de diciembre, el Consejo de

Ministros aprobó el anteproyecto de ley de protección de la vida del

concebido y de la mujer embarazada, norma que supone una nueva

regulación sobre la interrupción voluntaria del embarazo al suprimir

el derecho al aborto tal y como estaba concebida en la ley antes

citada.

El Gobierno del PP ha redactado una de las leyes del aborto

más restrictivas del mundo occidental, supone una vuelta al pasado,

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

incluso más allá de la primera ley del año 1985, y deja a las mujeres

españolas solamente dos opciones: Abortar fuera de España si tienen

recursos para ello, o bien abortar en España en condiciones de

clandestinidad con el consiguiente riesgo para la salud y su vida,

eliminando así su derecho a decidir.

Esta nueva Ley nos llevaría a la cola de Europa, con una

regulación que estará a la altura de Malta o Polinia, los países más

restrictivos y conservadores en sus normativas.

Se suprime el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo

en las primeras catorce semanas de gestión. Solo en los supuestos de

violación y “grave peligro para la vida o la salud” de la mujer.

Igualmente, cuando el peligro para la salud psíquica de la madre

tenga causa en una “anomalía fatal incompatible con la vida” será

preciso un informe médico sobre la madre y otro sobre el feto, de

forma “que quede probada dicha anomalía”. Practicar el aborto

fuera de los supuestos estipulados no tendrá reproche penal para la

mujer, sin embargo, si habrá sanción administrativa. En definitiva, se

privará a la mujer de su derecho a decidir sobre su maternidad.

Por todo esto el Grupo Municipal Socialista de Majadahonda

presenta al Pleno de la Corporación, para su debate y aprobación, la

siguiente:

MOCIÓN:

1. Que el Ayuntamiento de Majadahonda se muestre contrario al

anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Vida del

Concebido y de la Mujer Embarazada y a la regresión que ello

supondría en el caso de transformarse la Ley.

2. Que se dé traslado de los presentes acuerdos al Ministerio de

Justicia y a la Presidencia del Gobierno.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

La concejal del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de Oca,

da lectura a la moción que su grupo ha presentado.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que ésta es una de las mociones sobre las que su grupo dice, en

muchas ocasiones, que el grupo que la presenta conoce previamente

que no va a resultar aprobada y supone que aún así la presenta porque

los partidos grandes ordenan su presentación y recuerda que su grupo,

siempre dice, en esos casos, que forma parte de este Ayuntamiento

para cosas distintas.

Termina su intervención diciendo que, de forma personal y

como mujer y ciudadana del mundo, está en contra de esa ley porque

ha suprimido derechos pero, como concejal de este Ayuntamiento y

siguiendo la trayectoria que su grupo ha venido aplicando de que no

han sido elegidos por los ciudadanos para pronunciarse sobre

cuestiones como ésta, se va a abstener en la votación de esta Moción

por considerar que no procede que el Pleno de este Ayuntamiento se

pronuncie sobre ella.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que esta ley es una clara reforma ideológica del

Partido Popular no solo por el cambio sustancial que supone cambiar

de una ley de plazos en la que se reconoce el derecho a decidir sobre

su maternidad a las mujeres, por una ley de supuestos excluyendo

además algunos de ellos. Añade que, desde el punto de vista de su

grupo, esta ley tiene “un apestoso tono paternalista” sobre lo que

pueden o no hacer las mujeres y lo hace un partido que se encarga

tanto de defender la libertad de elección y dice esto porque

supuestamente hay libertad para elegir centro educativo, hospital, etc.

pero es curioso que se restrinja esa libertad de elección a las mujeres.

Sigue diciendo que el aborto no es algo agradable para nadie y

cree que ninguna mujer aborta por gusto y no se está utilizando como

método anticonceptivo sino que es un drama y además la mujer tiene

que someterse a una operación quirúrgica.

Reitera que, desde el punto de vista de su grupo, la reforma que

se va a realizar tiene un cierto tufo clasista porque volverá a repetirse

que las mujeres que tengan una cierta capacidad económica irán a

abortar a Londres o a Portugal (ciertas clínicas ya están preparando

viajes para españolas que vayan a abortar) pero se está abocando al

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

resto de población que no cuente con recursos, a una cierta

clandestinidad y parece que se quiere volver a la España de “La

Celestina” en la que se producían abortos clandestinos, sin control

sanitario y sin ninguna seguridad.

Manifiesta que la Organización Mundial de la Salud ha

recordado que hacer legal, seguro y accesible al aborto no incrementa

la demanda sino al contrario porque el principal efecto es convertir las

prácticas que antes eran inseguras y clandestinas, en seguras y legales.

Añade que, por ejemplo, en Chile donde el aborto es ilegal y muy

restringido, el 20% de la población reclusa femenina está encarcelada

por haber practicado el aborto.

Aclara que cuando escucha decir, con cierta sorna, que se trata

de una reforma pro-vida, su grupo entiende que es más una reforma

pre-vida porque parece que no se da tanta importancia a los niños

cuando ya han nacido porque, por ejemplo, se suprimen las ayudas a la

dependencia, a la discapacidad, a las becas de comedor, se desahucian

familias de sus viviendas e incluso parece que no importan las vidas

de los que intentan cruzar el Estrecho y que son repelidas por nuestras

fuerzas de seguridad con bolas.

Termina su intervención diciendo que la mejor definición de la

reforma de la ley del aborto es la que ha sido realizada por El Roto

que, en una de sus viñetas, decía que como no creéis en los pecados,

los convertiremos en delito.

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Madrigal, indica que, en este caso, se presenta al Pleno otra de las

mociones genéricas que tanto gustan al grupo Socialista y esta vez, en

el colmo de la frivolidad, presentan, para debatir en tres minutos y en

el Pleno de un ayuntamiento, un tema tan trascendente y que tanto

divide a la sociedad española como es el aborto.

Sigue diciendo que quizá lo que interesa a los grandes partidos

políticos, Partido Popular y Partido Socialista Obrero Español, sea

dividir a la sociedad y su grupo entiende que lo hacen tratando temas

muy serios, con principios muy sectarios, en lugar de intentar llegar a

un consenso que es lo que demanda la sociedad para temas

trascendentes.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que su grupo no está de acuerdo con la exposición de

motivos de esta Moción en lo referido a las bondades de la Ley

Zapatero-Aido y de hecho Unión Progreso y Democracia votó en

contra y presentó una enmienda a la totalidad. Añade que no es cierto

que fuera una ley de consenso como se afirma en esta Moción porque

realmente la votación que se produjo fue de 184 votos frente a 158 y

considera que tampoco sirvió para reforzar la seguridad jurídica de

mujeres y profesionales sanitarios sino todo lo contrario porque esa ley

mezclaba plazos y supuestos.

Aclara que esta ley, desde el punto de vista de su grupo, banalizó

el aborto al considerarlo un método anticonceptivo más y lo consideró

como un derecho cuando Unión Progreso y Democracia cree que no

corresponde ni al gobierno, ni al Parlamento sino a la Constitución,

dar o quitar derechos fundamentales a los ciudadanos.

Sigue diciendo que el anteproyecto de ley que presenta ahora el

Partido Popular, tampoco nace del consenso con el que se debía

legislar este asunto en el que entran en juego principios éticos y

morales que afectan a la sociedad en su conjunto, sociedad que

también debe asumir su responsabilidad.

A continuación cita un párrafo de la declaración institucional de

la Organización Médica Colegial con respecto a este proyecto de ley

que dice que los poderes públicos son responsables de conciliar

sensibilidades diferentes dentro de los principios constitucionales y

bajo la tutela de los derechos humanos dando soluciones a través de

leyes, lo mas consensuadas posibles y sobre todo en aspectos

fundamentales que inciden directamente en el capítulo de los derechos

y las libertades.

Aclara que ahora, desde el punto de vista de su grupo, se está

viendo un proyecto de ley hipócrita e irresponsable como lo fue

también la ley anterior y añade que está segura de que todos los grupos

políticos que integran esta Corporación están de acuerdo en que un

aborto es un drama que debería evitarse pero cree que no se han visto

en todos esos años, y ni siquiera en esta nueva ley, medidas eficaces y

decididas para evitar embarazos no deseados ni ayudas a las madres

que deciden serlo y más cuando tienen hijos que requieren cuidados

específicos.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo que, hasta ahora, el aborto se había tratado

con sectarismo, con hipocresía y frivolidad y aclara que su grupo echa

en falta un debate serio en el que cada uno asuma su responsabilidad y

considera que no se debe producir en el Pleno de este Ayuntamiento

porque no hay tiempo para ello ni es el lugar adecuado para hacerlo.

Manifiesta que Unión Progreso y Democracia no está de acuerdo

con la nueva ley ni con la anterior por lo que tampoco comparte la

parte propositiva de esta Moción en cuanto a que sea una regresión

que presupone que la anterior ley era buena.

Termina su intervención diciendo que el sentido del voto de su

grupo lo querrán interpretar unos y otros como “conmigo o contra mí”

pero en este caso su grupo no está con ninguno de los dos.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana,

indica a la concejal del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, que ambos sobran en este debate y dice esto porque parece que

Unión Progreso y Democracia lo tiene todo muy claro y, si dicho

partido fuera el próximo gobernante de España, solucionará todos los

problemas que tenemos, el aborto, la seguridad social, el paro, etc.

pero al Grupo Popular le gustaría que dijera cómo va a solucionarlo.

Añade que la exposición de la portavoz del grupo Unión Progreso y

Democracia ha sido, desde su punto de vista, pasmosa porque parece

que considera a todos menores de edad.

Sigue diciendo que el Partido Popular tiene una opinión sobre el

aborto y el Partido Socialista Obrero Español tiene otra distinta pero

no pasa nada por ello y añade que Unión Progreso y Democracia debe

decir si le molesta que los otros partidos políticos tengan una opinión.

Añade que, desde el punto de vista del equipo de gobierno, los

hipócritas son los de Unión Progreso y Democracia porque tienen una

lideresa que, no hace mucho, apoyaba fervientemente al Partido

Socialista Obrero Español y ahora no se sabe lo que hace.

Pregunta a la portavoz de Unión Progreso y Democracia si está a

favor o no de la ley actual, de la anterior o le da igual, también

pregunta quién es ella para llamar hipócritas al Partido Socialista y al

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Partido Popular y a continuación pide que Unión Progreso y

Democracia dé libertad a los demás partidos políticos.

Aclara que el Partido Popular llevaba, en su programa electoral,

esta ley y, aunque está convencido de que Unión Progreso y

Democracia va a decir que los españoles no se leen los programas

electorales, lo cierto es que votaron mayoritariamente al Partido

Popular que ha procedido a presentar en el Parlamento un proyecto de

ley que debe seguir su curso para que los diputados de todos los

partidos políticos muestren sus opiniones.

A continuación pregunta por qué se considera hipócritas al

Partido Socialista y al Partido Popular porque cree que el Partido

Popular no ha cambiado mucho en su forma de pensar sobre el aborto

aunque sí lo ha hecho Unión Progreso y Democracia. Añade que la

forma de pensar del Partido Socialista Obrero Español cambia o no

según la época porque dicho Partido, en el año 1985 tramitó una ley

que fue recurrida en el Tribunal Constitucional y tuvo que variarla.

Manifiesta que el principal problema que existe con la ley del

aborto está en el artículo 15 de la Constitución Española que es el que

divide el criterio del aborto entre los distintos partidos políticos.

Añade que el Tribunal Constitucional advirtió, en su momento, que la

ley de hace unos años podía tener elementos de inconstitucionalidad

pero todavía está pendiente de emitir la correspondiente sentencia y

por ello el gobierno del Partido Popular, como lo llevaba en su

programa electoral que fue votado mayoritariamente por los españoles,

ha procedido a presentar un proyecto de modificación de dicha ley.

Termina su intervención diciendo que, en este caso, el fondo de

la cuestión es que unos consideran que el aborto es un derecho y otros,

como el Partido Popular, consideran que es necesario, para regular ese

derecho, tener muy en cuenta la vida del “nasciturus”, debate que lleva

pendiente muchos años pero, reitera, que durante esta sesión su grupo

se ha enterado de que Unión Progreso y Democracia lo va a solucionar

aunque espera que diga cómo.

La portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

pide al Sr. Alcalde que le autorice a intervenir por alusiones porque el

Concejal Delegado de Recursos Humanos, en su intervención, se ha

limitado a contestar las manifestaciones que ha realizado su grupo a

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pesar de que esta Moción no había sido presentada por Unión Progreso

y Democracia sino por el grupo Socialista y le ha pedido que explique

cómo va a solucionar el problema del aborto.

El Sr. Presidente recuerda que todos los grupos políticos deben

cumplir las reglas y por ello no concede el uso de la palabra a la

portavoz de Unión Progreso y Democracia.

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Madrigal, pide que conste en acta que el Sr. Alcalde no le deja

responder a todo lo que acaba de decir el Concejal Sr. Carnevali y

reitera que esta Moción no ha sido presentada por su grupo sino por el

Partido Socialista Obrero Español.

El Sr. Presidente reitera nuevamente que no ha concedido el uso

de la palabra a la portavoz del grupo Unión Progreso y Democracia y a

continuación concede el uso de la palabra al Partido Socialista Obrero

Español para que cierre este debate.

La concejal del grupo municipal Socialista, Sra. Montes de Oca,

indica que la postura de su partido ha quedado clara y considera que se

trata de un debate nacional y generacional que habla de la libertad de

las mujeres a decidir.

Sigue diciendo que el Partido Socialista modernizó este país con

sanidad pública para todos, con educación y con las leyes del divorcio

y del aborto.

Termina su intervención preguntando a las mujeres concejalas

del Partido Popular si están a favor de la reforma de la ley que se está

tramitando.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al grupo

municipal Popular, cinco (5) votos a favor correspondientes a los

grupos municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes y cinco

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

(5) abstenciones correspondientes a los grupos municipales Unión

Progreso y Democracia y Centrista.

11.4 (34/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para introducir cláusulas sociales

en los contratos públicos de este

Ayuntamiento (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Concejal del Grupo

Municipal Socialista, Sr. Ventura, que ha tenido entrada en el Registro

General el 20 de febrero de 2014, nº 2934, cuyo texto es el siguiente:

“Exposición de motivos

Las dificultades y situaciones económicas y sociales presentes

en la vida de miles de españoles obligan a las administraciones

públicas, entre ellas los Ayuntamientos, a buscar alternativas

permanentes de reducción y superación de las mismas, así como

implicar en este compromiso a toda la sociedad. En este compromiso,

ineludible, de lucha contra la desigualdad que a nuestro juicio debe

contraer el Ayuntamiento de Majadahonda, debe contar con la

creación de instrumentos administrativos al servicio de la misma.

Concretamente instrumentos para una contratación pública

socialmente responsable.

La contratación pública puede no ser un fin en sí misma,

también puede ser un instrumento público al servicio de las políticas

públicas y que permita lograr objetivos sociales, ambientales o de

progreso. Mediante los contratos públicos se interviene, de forma

consciente o inconsciente, en la vida económica, social y política de

nuestro municipio.

La normativa nacional y europea vincula contratación y

cohesión social desde la contratación pública responsable:

discapacidad, igualdad entre mujeres y hombres, comercio justo,

mediaombiente, calidad en el empleo, inserción laboral, etc. Las

cláusulas sociales suponen incluir aspectos sociales en los trámites de

contratación pública, como requisito previo, bien sea como elemento

de valoración u obligación del contrato y son importantes por el papel

y potencial que tienen sobre la economía local.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La ley contiene mecanismos para poder introducir en la

contratación pública apreciaciones de tipo social aplicables en los

procesos de preparación, adjudicación y ejecución del contrato.

Así, la disposición adicional cuarta del Real Decreto Legislativo

3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público, recoge en su articulado disposiciones y

cuestiones relativas a las cláusulas sociales.

Sobre las condiciones especiales, establece que “podrán

referirse a consideraciones de tipo medioambiental, o a

consideraciones de tipo social, con el fin de promover el empleo en

personas con dificultades particulares de inserción en el mercado

laboral, eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en

dicho mercado, combatir el paro y otras finalidades que se

establezcan en la estrategia coordinada para el empleo”, definida en

el artículo 145 del tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y

en el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la O.I.T.

Asimismo contempla que los órganos de contratación podrán

señalar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares la

preferencia en la adjudicación de los contratos, siempre que en dichas

propuestas igualen a las más ventajosas desde el punto de vista de los

criterios de adjudicación. Esta preferencia se establece a favor de:

empresas que tengan en su plantilla un número de trabajadores con

discapacidad superior al 2%, empresas dedicadas específicamente a

la promoción e inserción laboral de personas en riesgo de exclusión,

entidades sin ánimo de lucro y organizaciones de Comercio Justo.

Es decir que es asumible y admisible introducir requisitos para

la ejecución del contrato, como el de establecer para la ejecución del

mismo la obligación de dar trabajo a desempleados de larga

duración, o medidas que vayan destinadas a establecer la igualdad de

oportunidades entre hombres y mujeres; la obligación de contratar

para la ejecución a un número determinado de personas

discapacitadas; o que los trabajadores vinculados a la ejecución se

encuentren en riesgo de exclusión social.

Son ya muchos los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas

que incorporan las cláusulas sociales a su labor diaria

comprometiéndose con una contratación pública responsable,

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

contratación que se extiende a ámbitos como la cultura, la educación,

el urbanismo, los servicios sociales, las vías públicas, etc.

Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos,

para que sea considerada y en su caso adoptada, la siguiente

MOCIÓN:

1. Incorporar, por el procedimiento más adecuado, las cláusulas

sociales en los contratos públicos del Ayuntamiento de

Majadahonda como instrumentos de política de fomento del

empleo, la igualdad de oportunidades y la lucha contra la

exclusión social en nuestro municipio, colocando la facultad de

contratación municipal al servicio de una contratación pública

responsable.

2. Poner en marcha, de manera urgente, las iniciativas necesarias

para concretar las condiciones, criterios y bases que sirvan

para la inclusión de esta cláusula en los próximos contratos,

elaborando todos los informes técnicos y jurídicos necesarios

para llevar a buen término este acuerdo plenario.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

El concejal del grupo municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que ésta es una moción sencilla que no está hecha para crear ningún

foro de opinión en el que cada grupo político, aprovechando que el

Pisuerga pasa por Valladolid, realice su diatriba pensando que

cualquier cosa viene bien para plantear que no se está ni con uno ni

con otro pero los otros van juntos y reitera que esta Moción no es de

ese tipo.

Sigue diciendo que en esta Moción se pide que se incluya una

cláusula social en los contratos de este Ayuntamiento que beneficie, de

alguna forma, a los más necesitados en cada momento.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que su grupo ha contemplado que las normativas

nacional y europea vinculan contratación y cohesión social desde la

contratación pública responsable.

Añade que las discapacidades, igualdad entre hombres y

mujeres, comercio justo, medio ambiente, calidad en el empleo,

inserción laboral, etc., pueden tener cabida en las cláusulas de los

pliegos de condiciones siempre y cuando no se vulnere el derecho a la

competencia y se haga en igualdad de condiciones.

Manifiesta que éste es un momento fundamental en el que este

Ayuntamiento, como institución, debe poner en juego los instrumentos

necesarios para una contratación pública responsable sobre las

condiciones que establece la ley o el Decreto Legislativo 3/2011 que

determina que podrán referirse a consideraciones de tipo

medioambiental o de tipo social y cuyo fin es el promover el empleo

entre personas con dificultades particulares y de inserción en el

mercado laboral, eliminar las desigualdades, combatir el paro y otras

finalidades que se establezcan en la estrategia coordinada por el

empleo.

Indica que además contempla que los órganos de contratación

podrán señalar, en los pliegos de cláusulas administrativas

particulares, todas esas indicaciones.

Aclara que esa preferencia se establece a favor de empresas que

tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad

superior al 2%, empresas dedicadas a la promoción e inserción laboral,

etc. lo que entiende que es dar una nueva fórmula, un aliciente y un

instrumento distinto para acceder al empleo a través de las cláusulas

sociales incluidas en los contratos públicos de este Ayuntamiento.

Termina su intervención diciendo que en esta Moción se pide

incorporar, por el procedimiento que sea más adecuado, las cláusulas

sociales en los contratos públicos de este Ayuntamiento como

instrumento de política de fomento del empleo, la igualdad de

oportunidades y la lucha contra la exclusión social en nuestro

municipio colocando la facultad de contratación municipal al servicio

de una contratación pública responsable y también poner en marcha,

de manera urgente, las iniciativas necesarias para concretar las

condiciones, criterios y bases que sirvan para la inclusión de estas

cláusulas en los próximos contratos elaborando todos los informes

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

técnicos y jurídicos necesarios para llevar a buen término este acuerdo

plenario.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo está de acuerdo siempre que sea factible legalmente y

por ello pide que se informe de si es factible, legalmente, la inclusión

de estas cláusulas en los contratos de este Ayuntamiento.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo va a apoyar esta Moción porque, si no

lo hace, sería incoherente con lo que viene defendiendo respecto a las

cláusulas sociales y con la Moción que su grupo presentó en el Pleno

que se celebró en el mes de octubre y que también era una petición

para incluir cláusulas sociales en los contratos.

Sigue diciendo que su grupo entiende que los temas no son

patrimonio de ningún grupo y que éstos pueden coincidir en muchas

de las propuestas que realizan pero se remite a lo que ya dijo en esa

sesión plenaria celebrada en el mes de octubre en el que presentó una

propuesta en los mismos términos que la planteada ahora por el

Partido Socialista.

Termina su intervención reiterando que, por coherencia, su

grupo va a votar a favor de esta Moción presentada por el Partido

Socialista.

El viceportavoz del grupo municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que si su grupo molesta al Partido

Socialista Obrero Español es porque está haciendo algo bien y añade

que el bipartidismo se desmorona y eso une aún más al Partido

Socialista y al Partido Popular.

Sigue diciendo que está de acuerdo con el espíritu de esta

Moción pero su grupo entiende que en la misma no se incorpora nada

nuevo y de hecho considera que es idéntica a la que presentó Izquierda

Unida-Los Verdes en el mes de octubre.

Termina su intervención diciendo que su grupo, hace cuatro

meses, votó a favor de la Moción presentada por Izquierda Unida-Los

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Verdes y, como ésta del Partido Socialista es una mera transcripción

de la anteriormente presentada a la que su grupo votó a favor y no se

aporta nada nuevo, Unión Progreso y Democracia va a continuar

votando a favor.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que el equipo de gobierno va a votar a favor de esta

Moción.

Termina su intervención diciendo que, desde su punto de vista,

el comentario que acaba de realizar el viceportavoz de Unión Progreso

y Democracia es lo más antidemocrático que se pueda decir ya que ha

indicado que Unión Progreso y Democracia está haciendo algo bien

porque molesta al Partido Socialista y al Partido Popular, política que

considera que no vale para nada y añade que tanto el Partido Socialista

como el Partido Popular han hecho, durante todos estos años, mucho

más que Unión Progreso y Democracia.

El concejal del grupo municipal Socialista, Sr. Ventura, aclara a

la portavoz del grupo Centrista que ha realizado las correspondientes

averiguaciones y parece que, de conformidad con la ley, se pueden

incluir esas cláusulas.

Sigue diciendo al portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes que

no recuerda con exactitud los términos de la Moción que dicho grupo

presentó pero recuerda que los temas que se presentan en las mociones

no son patrimonio de ningún grupo político y además considera

mucho mejor insistir en un asunto importante que no insistir porque se

hubiera presentado con anterioridad porque quizá se pueda conseguir,

como en este caso, que se apruebe una moción.

Indica a continuación al viceportavoz de Unión Progreso y

Democracia, que no ha comenzado su intervención dirigiéndose a

dicho grupo y solo ha dicho que siempre hay gente que no sabe dónde

está porque unas veces dice sí y otras lo contrario y que aprovechan un

camino que han hecho los demás para iniciar un proceso de hacer

camino en las espaldas de los demás lo que, desde su punto de vista, es

burdo y poco democrático.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Manifiesta además al grupo Popular que esta Moción tiene

suficiente enjundia para provocar que, en estos momentos, el equipo

de gobierno haya rectificado la postura que mantuvo en la sesión

plenaria celebrada en el mes de octubre.

Indica que está convencido de que la Moción presentada por

Izquierda Unida-Los Verdes no debía ser exactamente igual a ésta y

está convencido de que podría tener alguna cuestión que la hiciera

distinta y que provocó que el grupo Popular no votará a favor de la

misma.

Termina su intervención diciendo que su grupo agradece el voto

a favor del Partido Popular que permite que esta Moción salga

adelante y pide que con esta Moción no pase lo mismo que ocurre con

otras y es que duermen el sueño de los justos durante años y espera ver

pronto informes jurídicos que permitan incluir en los contratos las

cláusulas sociales que se aprueban en virtud de esta Moción.

Sometido este asunto, la Corporación, por unanimidad,

ACUERDA:

Primero.- Incorporar, por el procedimiento más adecuado, las

cláusulas sociales en los contratos públicos del Ayuntamiento de

Majadahonda como instrumentos de política de fomento del empleo,

la igualdad de oportunidades y la lucha contra la exclusión social en

nuestro municipio, colocando la facultad de contratación municipal al

servicio de una contratación pública responsable.

Segundo.- Poner en marcha, de manera urgente, las iniciativas

necesarias para concretar las condiciones, criterios y bases que sirvan

para la inclusión de esta cláusula en los próximos contratos,

elaborando todos los informes técnicos y jurídicos necesarios para

llevar a buen término este acuerdo plenario.

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Pleno ordinario 26-2-2014

163

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

11.5 (35/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia sobre la

dotación económica a los grupos políticos

municipales (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido

entrada en el Registro General el 20 de febrero de 2014, nº 2957, cuyo

texto es el siguiente:

“En UPyD creemos que la transparencia es la principal herramienta

para lograr la confianza de los ciudadanos en la clase política,

aumentar la participación en la vida municipal y erradicar cualquier

sospecha de malas prácticas por parte de cualquier representante de

los vecinos.

En el art. 73 de la LRBRL se contempla la posibilidad de

asignar a los grupos políticos una dotación económica con cargo a

los Presupuestos anuales, y asimismo el deber de dichos grupos de

llevar una contabilidad específica que pondrán a disposición del

Pleno.

En el Pleno de marzo de 2012, este Grupo presentó una Moción

que se aprobó por unanimidad, en la que solicitábamos que se

publicase en la página web municipal, la justificación de la dotación

anual presupuestaria que reciben del Ayuntamiento todos los Grupos

Políticos Municipales destinada a facilitar nuestro trabajo diario y la

comunicación con los vecinos de forma que éstos sepan en qué

gastamos el dinero sus representantes públicos.

En las bases de ejecución del Presupuesto que desarrollan este

artículo, no queda suficientemente claro, a nuestro juicio, a qué fines

concretos puede destinarse esta dotación.

Creemos importante, por un lado que el Ayuntamiento publique

esta justificación y por otro, que se delimite el destino que se le puede

dar a la citada dotación económica.

ACUERDOS:

1. Que en el plazo de un mes se lleve a efecto el acuerdo plenario

alcanzado en el pleno de 22 de marzo de 2012 según el cual

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

debe publicarse en la página web municipal la justificación de

la dotación anual presupuestaria que reciben del Ayuntamiento

todos los Grupos Políticos Municipales, aprobados en esta

legislatura.

2. Que se defina la expresión recogida en las Bases de Ejecución

del Presupuesto que indica que la dotación económica no podrá

destinarse “a la adquisición de bienes que puedan constituir

activos fijos de carácter patrimonial” a efectos de clarificar los

conceptos en los que se puede gastar el dinero de dicha

dotación.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

El viceportavoz del grupo Unión Progreso y Democracia, Sr.

Gil, indica que esta Moción se presenta nuevamente al Pleno por

varios motivos y, sobre todo, porque, en este caso, como es habitual en

este Ayuntamiento, no se ha cumplido un acuerdo de Pleno.

Sigue diciendo que hace casi dos años, el 22 de marzo de 2012,

se aprobó una propuesta de su grupo para que se publicase la

justificación de la dotación económica anual que reciben los grupos

políticos de este Ayuntamiento y, después de dos años, no se ha hecho

nada.

Aclara que su grupo no sabe a qué responde el hecho de no

colgar una información en la página web y tampoco entiende el miedo

que el equipo de gobierno tiene para no publicar el dinero público que

reciben los grupos municipales para su funcionamiento y para

comunicarse con los vecinos y tampoco para publicar cómo se gasta

ese dinero. Indica que lo normal sería que esa información estuviera en

la página web de forma accesible pero cree que el equipo de gobierno

lo trata como un tema que debe ser desconocido para los ciudadanos.

Manifiesta a continuación que su grupo ha venido publicando,

desde hace dos años, la información que le corresponde en su página

web y nadie les lanza piedras por ello.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que su grupo dispone de una dotación que gasta en

informar a los vecinos en su trabajo diario y la hace pública porque

considera que es justo que los vecinos conozcan en qué se gasta su

grupo la dotación que se le asigna.

Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de

gobierno del Partido Popular no cree en la transparencia como

demuestra con su actitud porque, como ha dicho anteriormente, ha

dejado dos años aparcado este asunto incumpliendo de esa forma un

acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación que incluso fue

votado a favor por el Partido Popular por lo que entiende que quizá

hubiera sido más oportuno que hubiera votado en contra especificando

la idea que tienen sobre la transparencia y la información que

consideran conveniente dar a los vecinos y cuál les preocupa que

nuestros vecinos conozcan.

Sigue diciendo que esta Moción se refiere también a la falta de

claridad que existe para conocer en qué se pueden gastar los grupos

municipales la dotación que se les asigna y considera que si ese

destino estuviera claro dejarían de producirse dudas sobre algunos

gastos que se producen por no haber entendido bien la expresión que

aparece en las Bases de Ejecución del Presupuesto que indica que ese

dinero no podrá destinarse a la adquisición de bienes que puedan

constituir activos fijos de carácter patrimonial.

Aclara que su grupo pretende, con esta Moción, que se

establezcan unas líneas claras sobre el destino que se puede dar a la

asignación que se hace a los diversos grupos políticos para que cada

uno conozca en qué se puede gastar ese dinero.

Indica que esta Moción se resume en si los grupos políticos que

integran el Pleno creen que, en un ayuntamiento transparente, se debe

aprobar nuevamente esta Moción cuando ya fue aprobada y pide, si el

equipo de gobierno vota nuevamente a favor, que sea consecuente con

su voto y lleve a efecto este acuerdo publicando en la página web, en

el plazo de un mes, la justificación de la dotación anual que reciben

todos los grupos políticos municipales desde el principio de esta

legislatura y también que se aclare qué significa adquisiciones de

bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención recordando que el equipo de gobierno

ya votó a favor de esta Moción y lo único que quedaría por hacer es

que se ponga a ello porque ha tenido dos años para hacerlo.

La portavoz del grupo Centrista, Sra. Pedreira, indica que su

grupo está de acuerdo con esta Moción y recuerda que ya fue aprobada

por el Pleno con anterioridad.

Termina su intervención reiterando que su grupo está de acuerdo

con que se publique la justificación de la dotación a los grupos

políticos en la página web y, respecto al segundo apartado de la parte

propositiva de esta Moción, aclara que su grupo entendía que con

cargo a esa dotación no se podía adquirir todo aquello que fuera

inventariable pero, si se considera necesario una mayor aclaración, su

grupo no tiene problema en que se precise todo lo que se puede

adquirir con cargo a dicha dotación y por ello va a votar a favor de esta

Moción.

El portavoz del grupo Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana,

indica que su grupo continúa estando de acuerdo con esta propuesta y

recuerda que ya votó a favor de la misma hace casi dos años y ahora

también la va a votar a favor.

Termina su intervención diciendo que su grupo no entiende por

qué el equipo de gobierno no cuelga en la página web algo que cuesta

tan poco porque se supone que la Cuenta General se cuelga en la web

una vez aprobada y considera necesario que se incluyan las

justificaciones de las dotaciones de los grupos políticos en la página

web municipal y no entiende por qué se tardan dos años en hacerlo lo

que considera totalmente incomprensible.

El concejal del grupo municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que su grupo ya votó a favor de la Moción presentada con anterioridad

en la que se pedía que se publicase en la página web municipal la

justificación de la dotación que reciben los grupos políticos por lo que

está claro que desea que el equipo de gobierno cumpla con lo que se

aprobó en su momento y por ello está totalmente de acuerdo con la

Moción que hoy presenta Unión Progreso y Democracia que, desde el

punto de vista de su grupo, parece que se ha asignado el papel de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

guardián único de las esencias democráticas y éticas de todos los

demás grupos políticos.

Sigue diciendo que su grupo está de acuerdo en que se cumpla

ésta y todas las mociones que el Pleno ha aprobado incluidas algunas

presentadas por su grupo que también fueron aprobadas y que tampoco

se han cumplido como la del traslado del Punto Limpio, la apertura

del Pinar de Doña Consuelo, etc. por lo que reitera su petición de que

se cumpla esta Moción y todas las demás aprobadas.

Manifiesta además que su grupo no entiende lo que se solicita en

el apartado segundo de la parte propositiva de esta Moción porque no

sabe si lo que se pide es una lista expresa de todas aquellas cosas que

no se pueden adquirir con el dinero de los vecinos o que se defina la

expresión activo fijo de carácter patrimonial que parece que pueden

ser todas aquellas cosas que puedan estar destinadas a permanecer más

de un año en el patrimonio de este Ayuntamiento y por ello podría

estar claro que no se puedan adquirir, por ejemplo, ordenadores, etc.

Termina su intervención reiterando que su grupo desea conocer

qué se pide realmente en ese apartado segundo y además recuerda que

todos los años se celebra una Junta de Portavoces en la que todos

acuerdan qué cosas no se pueden adquirir con cargo a esa dotación y

añade que Unión Progreso y Democracia asiste a esas juntas de

portavoces por lo que hubieran podido preguntar sobre este asunto y,

si se aclara esa cuestión, su grupo votará a favor de que se cumplan

todas las mociones aprobadas por el Pleno y, en concreto, la que se

refiere a la publicación, en la página web municipal, de las dotaciones

que se realizan a los grupos políticos y las justificaciones de esas

dotaciones.

El Portavoz del grupo municipal Popular, Sr. Caballero, indica

que los grupos políticos se quejan en esta Moción de que lo que se

pide en la misma ya fue aprobado hace dos años y parece que el

equipo de gobierno es oscurantista y por eso no lo ha publicado pero

lo cierto es que ningún grupo político, durante todo ese tiempo, ha

preguntado, hasta este momento, por qué no se han publicado esas

justificaciones en la página web por lo que entiende que los grupos de

la oposición no tenían un excesivo interés en dicha publicación.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo, respecto al segundo apartado de la parte

propositiva de esta Moción, que es un ejemplo de lo que podría pasar a

Unión Progreso y Democracia si un día gobernara, lo que entiende que

no va a ocurrir, y es que nadie dice previamente en qué se puede gastar

o no ese dinero y tampoco cómo porque se dice que figura en la ley y

en los informes jurídicos y en los emitidos por el Sr. Interventor pero,

en ocasiones, aunque las cosas se hagan de buena fe, los que tienen

que interpretar la ley dicen que no se va por buen camino.

Aclara a continuación que está convencido de que no se va a dar

a los grupos políticos una lista de las compras que pueden realizar o

no con cargo a la dotación que reciben.

Termina su intervención recordando a Unión Progreso y

Democracia, después de la admonición que han dado que considera

más propia de otros tiempos y otros sitios, que dan permanentemente y

que además dicho grupo parece siempre que es el adalid de la

transparencia, que Unión Progreso y Democracia ha votado en contra

de la primera Ley de Transparencia que se ha aprobada en este país y

que es la más avanzada de la Unión Europea pero, a pesar de ello, el

equipo de gobierno votará a favor de esta Moción.

El viceportavoz del grupo Unión Progreso y Democracia, Sr.

Gil, indica, respecto a lo que se solicita en el segundo apartado de esta

Moción, que su grupo también creía que solo se podría utilizar esa

asignación para elementos no inventariables pero, al conocer las

justificaciones que han presentado el resto de grupos municipales, ha

detectado algunas adquisiciones que, desde el punto de vista de su

grupo, son inventariables por lo que desea que se defina y se aclare

qué es inventariable y qué no porque de esa forma se evitaría que

algunos grupos políticos las utilizaran para adquirir cosas

inventariables.

Añade que su grupo nunca ha pretendido que se elabore una lista

de las cosas que se pueden adquirir y las que no y dice que todos los

grupos políticos, aunque se hagan los despistados, han entendido qué

es lo que su grupo solicitaba en ese apartado segundo de esta Moción.

Sigue diciendo al concejal del grupo Socialista, Sr. Ventura, que

la reunión a la que ha aludido durante su intervención nunca se ha

celebrado a pesar de que su grupo pidió la celebración de una reunión

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

expresa para detallar el destino que podía darse a esa dotación de los

grupos políticos.

Aclara que Unión Progreso y Democracia no se arroga nada y lo

único que hace es presentar las ideas y propuestas que tiene sobre la

transparencia y a su grupo no le importa si esto molesta a los grupos

Socialista y Popular.

Manifiesta que el Portavoz del Grupo Popular ha indicado que

parecía que su grupo no tenía interés en este asunto porque no había

preguntado nada sobre ello y a continuación pregunta a dicho portavoz

si no le parece suficiente interés el que su grupo haya presentado

nuevamente esta Moción después de que no se haya hecho nada

durante dos años.

Indica que Unión Progreso y Democracia ha votado en contra de

la Ley de Transparencia por considerar que se queda muy corta y el

portavoz del grupo Popular puede ver las enmiendas que se

presentaron y que fueron rechazadas por el Partido Popular.

A continuación recuerda que todos los grupos de la oposición se

levantaron de la mesa de trabajo de esa ley y el único que se quedó fue

Unión Progreso y Democracia que presentó sus propuestas sobre

transparencia sin arrogarse nada y sin pretender nada y añade que la

ley del Partido Popular, sin incluir las propuestas que hizo su partido,

no gusta a Unión Progreso y Democracia y por ello, evidentemente,

votó en contra.

Termina su intervención diciendo que si el equipo de gobierno

realmente está de acuerdo con esta Moción, debe votar a favor pero no

debe quedarse solo ahí sino que debe llevar a cabo lo que en la misma

se propone.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA:

Primero.- Que en el plazo de un mes se lleve a efecto el acuerdo

plenario alcanzado en el pleno de 22 de marzo de 2012 según el cual

debe publicarse en la página web municipal la justificación de la

dotación anual presupuestaria que reciben del Ayuntamiento todos los

Grupos Políticos Municipales, aprobados en esta legislatura.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Segundo.- Que se defina la expresión recogida en las Bases de

Ejecución del Presupuesto que indica que la dotación económica no

podrá destinarse “a la adquisición de bienes que puedan constituir

activos fijos de carácter patrimonial” a efectos de clarificar los

conceptos en los que se puede gastar el dinero de dicha dotación.

11.6 (36/14) Moción presentada por los Grupos

Municipales Socialista, Unión Progreso y

Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y

Centrista para la rectificación del proyecto

de obra para el Parque de Colón (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por los Portavoces de los

Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista (Sr. Cabezón, Sra. Madrigal,

Sr. Santana y Sra. Pedreira, respectivamente), que ha tenido entrada en

el Registro General el 20 de febrero de 2014, nº 2966, cuyo texto es el

siguiente:

“El pasado 27 de noviembre se aprobó en Pleno, con el voto en

contra de toda la Oposición, la ampliación de crédito necesaria para

hacer frente al coste que supondrá la remodelación del Parque de

Colón. Esta ampliación de crédito se hizo imprescindible al ser el

presupuesto final un 53% más alto que la estimación de inversión

hecha por el Ayuntamiento.

Este sobrecoste, a todas luces extraordinario, se debe, según la

documentación que forma el expediente, a “necesidades nuevas que

fueron surgiendo” sin especificarse en ningún momento qué

necesidades son las referidas y de qué manera fueron surgiendo. Así,

el sobrecoste del proyecto no tiene ninguna base documental

explicativa y se fundamenta únicamente en juicios de valor. En este

sentido fueron presentadas las alegaciones de los grupos de la

Oposición basadas todas ellas en esta singularidad del proyecto

“Nuevo Parque de Colón”: un sobrecoste del 53% se justifica con

menos de una línea escrita que no contiene ningún dato objetivo o

comprobable.

Page 171: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Por otra parte, la necesidad y oportunidad de la obra es

discutida por los grupos de la Oposición que consideran que el

Parque de Colón necesita remozar algunas áreas y mejorar el

mantenimiento que se le asigna, pero en ningún caso tiene fallas o

necesidades imperiosas que justifiquen un desembolso de casi 900.000

euros para una obra que apenas interviene en un 25% de la superficie

de dicho parque.

Los grupos de la Oposición también considera convienen en que

las posibles mejoras que se pudieran hacer en el parque no deben

contemplar la eliminación sin reposición de pistas deportivas ni la

tala de árboles de gran porte como el Proyecto aprobado prevé.

Una obra de estas características, en un emplazamiento tan

importante para los majariegos como es el Parque de Colón, no debe

decidirse sin la menor consulta o comunicación con los vecinos. A

pesar de nuestros intentos por promover la participación ciudadana

no nos consta que el Ayuntamiento o la Empresa encargada de la

redacción del proyecto del Parque de Colón hayan solicitado ninguna

información proveniente de los vecinos y usuarios del parque. Ello es

más extraño y grave en tanto en cuanto en la documentación del

Expediente correspondiente y en el propio Proyecto se habla de “dar

respuesta a las demandas vecinales” o “contar con la colaboración

de la población afectada” sin dar en ningún caso explicación o

noticia de los canales usados para dicha colaboración ni del

resultado de las supuestas consultas.

A la luz de lo expuesto, la obra de remodelación del Parque de

Colón resulta excesivamente cara, inoportuna en sus soluciones que

privan de espacio deportivo y vegetación consolidada en el centro de

Majadahonda ajena a la demanda ciudadana y blindada ante la

participación ciudadana.

ACUERDOS:

1. Que se proceda a un acondicionamiento del Parque Colón

adecuado a las necesidades que actualmente presenta, que no

suponga la desaparición de pistas deportivas, ni talado de

arbolado, ni un coste de casi 900.000 euros.

2. Que se tenga en cuenta la opinión de los ciudadanos en la

reforma de un parque tan emblemático como el de Colón.”

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Madrigal, da lectura a esta Moción.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que ha suscrito esta Moción y por ello está de acuerdo con ella.

Sigue diciendo que, en otro punto anterior, un determinado

concejal del grupo Popular ha comentado que el equipo de gobierno

hablaba con los vecinos y que éstos estaban muy contentos con las

obras que se van a realizar en el Parque de Colón pero los vecinos con

los que su grupo habla están horrorizados y escandalizados porque

este Ayuntamiento vaya a gastar esa cantidad tan enorme de dinero en

remodelarlo y no sabe qué dirán cuando se enteren de los 3 millones

de euros que costará el Parque del Recinto Ferial o los 800.000 euros

del Parque Cerro del Aire y añade que este Ayuntamiento parece “un

nuevo rico”.

Aclara que no tiene sentido lo que se está haciendo con las obras

de los parques porque se han hecho recortes en sanidad, en educación,

hay muchas familias que lo están pasando muy mal y sin embargo este

Ayuntamiento parece que quiere “el aeropuerto de Castellón” pero lo

cierto es que los vecinos no quieren que se realicen obras con esos

costes tan elevados aunque sí consideran oportuno hacer una pequeña

remodelación porque creen que el Parque de Colón no necesita hacerlo

de nuevo y además desean que no se quiten las pistas deportivas

porque los vecinos las utilizan y que no se carguen los árboles porque

llevan allí muchos años.

Manifiesta que no es necesario, para remodelar un parque,

cargarse todo lo que hay en el mismo y basta con adecentarlo por lo

que entiende que estos proyectos deberían llamarse adecentamiento de

parques y ese adecentamiento no tiene que suponer ese gran

desembolso de dinero.

Page 173: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo que parece, como ha dicho anteriormente el

Concejal Delegado de Medio Ambiente, que el equipo de gobierno

cree que los vecinos, haciendo todas esas obras en los parques, van a

votar al Partido Popular de forma que consiga tener mayoría absoluta

pero su grupo cree que también es posible que los vecinos piensen que

se trata de un despilfarro cuando hay tantas familias que lo están

pasando muy mal.

Manifiesta que su grupo cree que lo se va a hacer es un

despropósito porque para el parque de Colón se previó, inicialmente,

un gasto de 500.000 euros, después se aumentaron 300.000 euros y

ahora el equipo de gobierno se ha del gasto que supone la dirección

facultativa de las obras (27.000 euros más) y considera necesario que

el Sr. Alcalde pregunte, en las reuniones que mantiene con los

vecinos, no si quieren el Parque de Colón sino si están de acuerdo con

gastar 850.000 euros y dice esto porque los vecinos con los que su

grupo ha hablado están espantados.

Termina su intervención aclarando que su grupo va a apoyar esta

Moción por considerar que lo que se va a hacer en el Parque de Colón

es un disparate.

El portavoz del grupo municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo, como ha firmado esta Moción, está

de acuerdo con su contenido.

Sigue diciendo que se ha hablado muchísimo del Parque de

Colón y de lo indecente que parece el gasto de casi 900.000 euros en

remodelarlo y, aunque entiende que quizá este parque necesite algún

tipo de adecuación, no cree que ello tenga que significar la

desaparición de unas canchas de baloncesto que son de las pocas pistas

que quedan en Majadahonda en las que se puede hacer deporte al aire

libre. Añade que su grupo cree que estas pistas deportivas van a

desaparecer porque el equipo de gobierno quiere hacer un parque de

diseño.

Aclara que viene insistiendo, desde hace tiempo, en la necesidad

de que se consulte a los vecinos y entiende que no se debe aplicar la

lógica del despotismo ilustrado de “todo para el pueblo pero sin el

pueblo” y, aunque el equipo de gobierno justifica las obras por las

demandas vecinales, lo cierto es que esas demandas no aparecen por

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ningún lado por lo que entiende que, en Majadahonda, es el equipo de

gobierno el que decide qué quieren los vecinos y qué es lo mejor para

ellos sin haberlos consultado.

Termina su intervención diciendo que su grupo está orgulloso de

“agitar” y, aunque a algún concejal le pueda sonar a algo pre-

democrático, dicha palabra, según el Diccionario de la Real Academia

de la Lengua, significa provocar inquietud política y social y cree que

ese debe ser el cometido de una formación política democrática.

El Sr. Presidente aclara que, desde el punto de vista del equipo

de gobierno, esa definición no es la intención que persigue Izquierda

Unida-Los Verdes.

El portavoz del grupo municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su grupo también ha suscrito esta Moción y considera que el

debate infantil, banal, zafio y bochornoso en ocasiones en el que se

dice que el Partido Popular y el Partido Socialista Obrero Español son

lo mismo, no lleva, desde el punto de vista de su grupo, a ningún lado

y cree que no interesa a ningún vecino y a continuación pregunta si

Unión Progreso y Democracia es lo mismo que Izquierda Unida, que

Centristas de Majadahonda o que el Partido Socialista, pregunta que

hace porque esos cuatro grupos han firmado esta Moción conjunta.

Aclara que no es cierto que sean lo mismo y lo que puede ocurrir es

que estos grupos políticos, en algunas cuestiones, puedan estar de

acuerdo pero no lo estén en otras.

A continuación quiere dejar claro, como portavoz del Partido

Socialista Obrero Español, que Unión Progreso y Democracia no le

molesta porque es un partido político igual que el resto, sus miembros

cobran igual que el resto de corporativos, realizan propuestas al igual

que lo hacen todos los demás grupos, critican cosas como lo hacen

todos los demás, quieren transparencia, honestidad, creen en valores,

tienen ética y quieren comportamientos ejemplares al igual que todos

los miembros de los demás grupos políticos y también cometen errores

como los demás corporativos por lo que está claro que los miembros

de Unión Progreso y Democracia son humanos como todos los demás

miembros de los grupos políticos y por ello, como ha dicho

anteriormente, no le molesta Unión Progreso y Democracia.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que le gustaría hablar de una triple victoria si el Partido

Popular votara a favor de esta Moción como van a hacer el resto de

grupos políticos porque en ese caso ganarían los vecinos que parece

que no quieren el proyecto del Parque de Colón tal y como ha sido

plantado, de forma unilateral, por el equipo de gobierno, ganaría

también este Ayuntamiento y, en definitiva, también ganarían los

vecinos que son los que pagan los impuestos ya que cree que no se

debería desembolsar esa enorme cantidad de dinero de forma

innecesaria cuando este parque podría adecuarse de una forma más

económica y además ganarían la democracia y las nuevas formas de

participación ciudadana porque los grupos de la oposición están

transmitiendo, en esta sesión plenaria, la disconformidad de los

vecinos con el proyecto de dicho parque.

Termina su intervención refiriéndose a otro punto del orden del

día de esta sesión en el que la Concejal Delegada de Comunicación ha

aludido a determinadas cuestiones sobre la democracia, cuestiones que

en algunos casos comparte porque es cierto que la democracia es una

de organización política y social pero entiende que es mejorable y en

ese sentido es en el que el Partido Socialista Obrero Español está

trabajando porque pretende mejorar esa forma de organización social,

mejorar la forma de participar y mejorar la forma de decidir de cara a

los vecinos y por ello vuelve a recordar al equipo de gobierno del

Partido Popular que su grupo sigue tendiéndole la mano para hacer

partícipe a todos los vecinos en las decisiones que puedan afectar a un

número importante de ellos.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,

Sr. Pérez González, aclara que no se va a hacer un parque de diseño

sino que se va a diseñar un parque sobre el que no se ha hecho ninguna

actuación puntual desde el año 1993.

Añade que el Parque de Colón es un parque urbano, está muy

consolidado en este municipio y es muy utilizado por los vecinos pero

el equipo de gobierno cree que necesita unas nuevas instalaciones,

mejorar instalaciones para algunos colectivos, etc. consiguiendo de esa

forma que sea un parque muy familiar y que no se haga un mal uso de

sus instalaciones como puede ocurrir en las llamadas pistas deportivas.

Reitera que lo que se está haciendo es diseñar un parque y

entiende que los grupos de la oposición están poniendo, en valor, un

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

parque urbano que necesita de nuevas instalaciones porque muchos

vecinos las demandan. Añade que le gustará comprobar, cuando se

hayan realizado las obras, si los grupos de la oposición no van con sus

hijos o nietos a la zona infantil de más de 2.000 m2. que se va a

realizar en dicho parque y pide que comprueben el número de vecinos

que utilizan actualmente algunas instalaciones y los que las utilizarán

en el futuro.

Aclara que se van a realizar nuevas instalaciones, una nueva área

canina, nueva zona biosaludable, recorrido saludable, zona infantil de

2.600 m2 y añade que, desde su punto de vista, los grupos de la

oposición solo se están fijando en pequeños detalles del proyecto.

Indica que es cierto que se ha previsto la retirada y saneamiento

de plantaciones pero, como el equipo de gobierno es tan sensible como

los grupos de la oposición, va a mantener las plantas y árboles

consolidados.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno también está

escuchando a los vecinos y cree que esta Moción se ha podido

presentar a rebufo de lo que está haciendo el equipo de gobierno y dice

esto porque las mociones que se presentan piden, en muchas

ocasiones, asuntos que ya se están resolviendo por el equipo de

gobierno lo que ha ocurrido en este caso porque lo cierto es que ya se

han celebrado reuniones, tanto por el anterior Concejal de Medio

Ambiente como por él, con entidades y vecinos y esas reuniones se

seguirán celebrando y, como conoce las inquietudes que tienen, el

equipo de gobierno está dispuesto a modificar algunas cosas del

proyecto para que ese proyecto guste a la mayor parte de ciudadanos.

Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno no

va a renunciar a que esta ciudad avance y tampoco a que los vecinos

de Majadahonda puedan disfrutar de parques de calidad y añade que el

equipo de gobierno cree en el proyecto del Parque de Colón aunque,

reitera, puede sufrir algunas modificaciones.

El Sr. Presidente indica que el Concejal Delegado de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza ha olvidado decir lo más importante y

es que él, como Alcalde, ha mantenido reuniones con la Asociación de

Urbanizaciones de Majadahonda que representa a la gran mayoría de

las urbanizaciones y se ha llegado al acuerdo de realizar una serie de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

modificaciones al proyecto del Parque de Colón y por ello desea dejar

claro que una gran parte de los vecinos de Majadahonda está de

acuerdo con esa inversión.

Sigue diciendo que también se ha reunido con la Asociación de

Comerciantes, con la mancomunidad que rodea el Parque Cerro del

Aire y también se han adoptado acuerdos respecto a los proyectos por

lo que está claro que el equipo de gobierno ya está haciendo lo que se

solicita en esta Moción y además recuerda que el jueves se va a reunir

con la Asociación de Vecinos.

Considera a continuación que los grupos de la oposición han

desinformado a los vecinos diciendo, por ejemplo, que se iban a talar

muchísimos árboles de gran porte, falsa información que ha podido

producirse, en parte, por algunos errores que contenía el proyecto y,

aunque el equipo de gobierno lo ha explicado, entiende que los grupos

de la oposición no quieren oír esas explicaciones.

Aclara que el equipo de gobierno está de acuerdo con esta

Moción y votará a favor de la misma si se acepta retirar lo que se

solicita en el apartado primero de la parte propositiva y se mantiene el

segundo en el que se pide que se tenga la opinión de los ciudadanos en

la reforma de un parque tan emblemático como el de Colón y dice esto

porque si los grupos de la oposición ponen “cortapisas” por delante,

quizá no estén de acuerdo con lo que decidan los ciudadanos.

Indica además que los grupos de la oposición piden en esta

Moción que se proceda a un acondicionamiento del Parque de Colón

adecuado a las necesidades que actualmente presenta, que no suponga

la desaparición de pistas deportivas, ni talado de arbolado, ni un coste

de casi 900.000 euros y pregunta qué ocurriría en el caso de que los

ciudadanos pidieran la desaparición de esas pistas deportivas y por

ello considera necesario retirar lo que se solicita en el primer apartado

de la parte propositiva de esta Moción y mantener lo que se solicita en

su segundo apartado.

Ante la negativa a aceptar la propuesta del Sr. Alcalde, éste dice

que los grupos de la oposición son sectarios porque quieren aprobar,

en este momento, que no desaparezcan las pistas deportivas pero es

posible que los vecinos pidan su desaparición y, si se aprobara esta

Moción tal y como ha sido presentada, el equipo de gobierno no

podría atender esa demanda vecinal porque se habría aprobado

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

previamente el mantenimiento de las pistas por lo que pregunta qué

importancia dan los grupos de la oposición a la participación

ciudadana.

Termina su intervención indicando que si los grupos de la

oposición aceptan retirar el primer apartado de la parte propositiva de

esta Moción, el equipo de gobierno votará a favor de la misma.

La portavoz del grupo municipal Unión Progreso y Democracia,

Sra. Madrigal, indica que lo que se solicita en el primer apartado es

que se proceda a un acondicionamiento adecuado a las necesidades

que actualmente presenta.

El Sr. Presidente aclara que desea que se retire ese apartado en

concreto para hablar con los ciudadanos de este proyecto pero

evitando poner premisas.

La portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

considera que en este caso se está cometiendo un error porque

anteriormente el Sr. Alcalde ha indicado que se ha reunido con la

Asociación de Urbanizaciones de Majadahonda, con la Asociación de

Empresarios, etc. y pregunta si el Sr. Alcalde se ha reunido con los

grupos de la oposición que también representan a muchos vecinos.

El Sr. Presidente indica que los grupos de la oposición disponen

de unos cauces que los vecinos no tienen como son las comisiones

informativas, la junta de portavoces o el pleno.

La portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

explica que la información que tienen los grupos de la oposición

proviene de proyectos que contienen errores de los que no se les ha

avisado.

Termina su intervención diciendo que solo el Sr. Alcalde y el

equipo de gobierno se reúnen con todas esas asociaciones que se han

citado con anterioridad y pregunta al Sr. Alcalde si le parece bien

conocer lo que opinan los ciudadanos aceptando el segundo apartado

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

(corre mucha prisa porque ese proyecto se va a ejecutar en breve) pero

estando también presentes en esas reuniones los grupos de la

oposición para que los vecinos puedan conocer los distintos puntos de

vista de los grupos políticos sobre esas inversiones.

El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno es el que tiene

la responsabilidad de hacer algo o no y los grupos de la oposición no

tienen esa responsabilidad y lo único que les interesa, como ha dicho

el portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, es agitar las cosas para

que se desgaste el equipo de gobierno.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno llega a un acuerdo con

los representantes de asociaciones determinando, por ejemplo, el

número de árboles que se va a talar y, si después no se cumple ese

acuerdo, esas asociaciones se quejarán.

Termina su intervención reiterando que es el equipo de gobierno

el que tiene que tomar las decisiones e insiste en que si los grupos de

la oposición desean retirar el apartado primero de la parte propositiva

de esta Moción, el equipo de gobierno votará a favor de esta Moción

en la que se dirá que se va a tener en cuenta lo que digan los vecinos y

añade que también se han mantenido reuniones con los mayores, con

el club de petanca, etc. y se pone a disposición de los grupos de la

oposición por si quieren mantener una reunión con el Alcalde o hablar

de este asunto en la Junta de Portavoces o en alguna comisión

informativa.

La portavoz del grupo Unión Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal, indica que, en este caso, existe un problema porque el

equipo de gobierno tiene la opinión de los vecinos con los que se

reúne pero cree que esos vecinos reciban quizá una información

sesgada y dice esto porque si a alguien le gusta mucho un artículo, lo

vende con emoción pero cuando ella va a comprar algo, prefiere oír

opiniones en pro y en contra.

El Sr. Presidente indica que ha realizado una propuesta y si lo

que quiere Unión Progreso y Democracia es publicar mañana que el

equipo de gobierno no ha votado a favor de esta Moción, debe decirlo

ahora y añade que la propuesta que ha realizado es muy razonable

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

porque pretende únicamente que exista participación vecinal pero el

equipo de gobierno no está de acuerdo en poner premisas previas

porque puede ocurrir que los vecinos quieran gastar más dinero o que

desaparezcan las pistas deportivas.

Termina su intervención pidiendo a los grupos de la oposición

que se pronuncien sobre si aceptan o no la propuesta que acaba de

realizar.

La portavoz del grupo Unión Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal, indica que a los grupos que han presentado esta Moción no

les sirve la participación de los ciudadanos que el Alcalde cite para

hablar solo con él y por ello, ante la insistencia del Sr. Alcalde de si

acepta la propuesta de retirar el primer apartado de la parte propositiva

de esta Moción, aclara que no lo retira porque el Sr. Alcalde no quiere

que asistan los grupos de la oposición a las reuniones que celebra con

los vecinos sino que desea ir solo a vender su proyecto a los vecinos.

El Sr. Presidente pregunta a los grupos de la oposición si creen

que los vecinos son tontos.

La portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

indica que los vecinos no son tontos sino que reciben una mala

información y solo cuentan con una versión.

Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al grupo

municipal Popular y diez (10) votos a favor correspondientes a los

grupos municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

11.7 (37/14) Moción presentada por el Grupo Municipal

Centrista sobre negociación con el IVIMA

para que el Banco de Inversiones Encasa

Cibeles, S.L. no pueda especular con las

viviendas sitas en la parcela RO-9 (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el

Registro Generala el 20 de febrero de 2014, nº 2967, cuyo texto es el

siguiente:

“El pasado 29 de agosto, el IVIMA adjudicó a la sociedad AZORA

GESTIÓN S.G.I.I.C., 32 promociones de vivienda en alquiler y

arrendamiento con opción a compra incluyendo trasteros y garajes

por un montante de 201 millones de euros. En fechas posteriores esta

sociedad de inversión creaba como socio único, la sociedad Encasa

Cibeles. El 25 de octubre se formalizaba la transmisión siendo

finalmente Encasa Cibeles S.L. la que procede a escriturar 3.000

viviendas de las mencionadas promociones. Esto supone que dado el

montante global de la operación, esta sociedad ha abonado al IVIMA

unos 60.000 € por cada inmueble.

Esta operación afecta a 332 viviendas sitas en Majadahonda,

concretamente en la parcela RO-9, que en la actualidad se encuentran

en régimen de alquiler. Según el contrasto que suscribieron en su día

con el IVIMA, el precio de compra para los inquilinos, cuando

finalice el plazo de arrendamiento sería de 174.107 €, al que se

descontaría el 50% del alquiler satisfecho hasta esa fecha, quedando

en 152.733 €. Se debe destacar que este precio supondría una venta

muy por encima del precio máximo actual del módulo, que en esta

zona se establece en este momento alrededor de los 1.900 €/m2.

Como se puede ver, el precio por el que se venden las

viviendas a Encasa Cibeles es muy inferior al establecido en el

contrato para el ejercicio de la opción de compra por parte de los

actuales arrendatarios. La conclusión es bien fácil, el fondo de

inversiones compra a un precio y tiene garantizada la venta a uno

bastante superior en el plazo máximo de siete años.

Esta operación especulativa a favor de un banco de

inversiones no casa con los principios que deben regir el

funcionamiento de la acción pública en materia de acceso a la

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

vivienda, como desarrollo del principio del derecho a la vivienda

regulado en el artículo 47 de la Constitución.

Es evidente que desde los poderes públicos, que tienen

encomendada la promoción de vivienda pública para los colectivos

que no pueden acceder al mercado libre, debería procurarse, al

menos, el mismo trato para quienes han de acogerse a estas

promociones para optar a una vivienda que el que se da a un fondo de

inversiones cuyo interés es el mero afán de lucro. Cualquier

ciudadano para poder optar a unas viviendas de protección pública

necesita reunir una serie de requisitos en los años en que está vigente

la protección. Entendemos que un banco de inversiones no cumple, de

ninguna manera, las condiciones necesarias para optar a este tipo de

viviendas.

El Ayuntamiento de Majdahonda, a través de sus

representantes políticos debe velar por la defensa de los intereses de

sus vecinos y en este caso concreto de los residentes en la promoción

citada, por ello debería realizar las gestiones oportunas ante el

IVIMA para que el banco de inversiones no pueda especular con las

332 viviendas sitas en la parcela RO-9 y aumentar sus ingresos por la

enajenación de las mismas más de un 50% de lo abonado por ellas.

Es por ello por lo que se presenta la siguiente

MOCIÓN:

Por el Alcalde de Majadahonda se inste y negocie con el

IVIMA que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para que el

banco de inversiones no pueda especular con las 332 viviendas sitas

en la parcela RO-9 y aumentar sus ingresos por la enajenación de las

mismas, más de un 50% de lo abonado por ellas. Así mismo gestione

la posibilidad de facilitar desde ya, la adquisición de las viviendas

por los actuales inquilinos a un precio ajustado al de compra al

IVIMA.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de febrero de 2014, favorable.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo ha presentado esta Moción porque algunos vecinos se lo

han pedido pero han surgido nuevas cuestiones por lo que procede a

retirarla de esta sesión plenaria y añade que probablemente la

presentará en la siguiente un poco retocada.

El Sr. Presidente aclara que esto demuestra que a veces los

políticos se equivocan al hacer determinadas cosas.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que no ha dicho que su grupo se haya equivocado sino que han surgido

nuevas cuestiones y añade que, cuando se equivoque, lo dirá y

recuerda que el equipo de gobierno también ha retirado en ocasiones

algunos asuntos y su grupo no ha dicho nada.

El Sr. Presidente indica que lo mismo le ocurre al equipo de

gobierno.

La portavoz del grupo municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo es la primera vez que retira una moción que ha

presentado y el equipo de gobierno ha retirado infinidad de temas.

El Sr. Presidente indica que eso ocurre así porque no puede

haber comparaciones entre lo que hace el grupo Centrista y el equipo

de gobierno.

Este asunto queda retirado del orden del día de esta sesión a

petición del grupo Centrista que es el proponente de esta Moción.

12. MOCIONES DE URGENCIA conforme a lo previsto

en el art. 91.4 del R.O.F.

No se presentaron mociones de urgencia.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

13. Ruegos y preguntas

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,

indica que su grupo va a entregar al Secretario de la Corporación un

escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas que desea que

consten en el acta de esta sesión aunque “in voce” realiza las

siguientes preguntas:

1. Pregunta la titularidad de la zona verde que rodea los accesos

principales a la urbanización Pinar del Plantío desde la rotonda

de la Carretera de Pozuelo hasta la barrera y caseta de vigilancia

de la urbanización, lugar donde, según las informaciones que ha

recibido, comenzaban los terrenos de esa urbanización.

Aclara que en esa zona hay instalada una valla y un cartel

diciendo que es propiedad privada y por ello pregunta quién es el

propietario de la zona que va desde la rotonda hasta la caseta de

vigilancia de esa urbanización porque desea conocer si es de

propiedad municipal o privada.

El Sr. Presidente pregunta si se está refiriendo a toda la

zona verde que hay delante de la urbanización.

El Concejal del Grupo Socialista, Sr. Ventura, aclara que

no es esa zona verde sino los terrenos que ha descrito

anteriormente.

El Sr. Presidente manifiesta que, para ser rigurosos, esta

pregunta será contestada por escrito.

2. Indica que todos saben que, desde hace 17 años, existe una

Asociación de Árbitros que, mediante un convenio firmado con

este Ayuntamiento, se encarga de realizar los arbitrajes de las

diferentes competiciones que se celebran en Majadahonda.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que el Presidente de dicha Asociación le ha

indicado que este año no se va a renovar ese convenio y

pregunta cuál es el motivo de ello.

3. Manifiesta que ha comprobado, personalmente, que existe un

descontento general entre árbitros, equipos participantes y

seguidores por la supuesta decisión de este Ayuntamiento de no

renovar el convenio de colaboración y pregunta si el equipo de

gobierno tiene intención de sacar esos servicios a concurso y

privatizar la gestión arbitral.

Indica que esa Asociación de Árbitros realiza, desde hace

mucho tiempo, una labor social porque 115 jóvenes

aproximadamente de este municipio no solo hacen deporte sino

que utilizan su tiempo para gestionar los partidos que se

organizan en Majadahonda y con ello estos jóvenes

complementan sus ingresos con la pequeña cantidad que

obtienen por esa actividad que realizan y por ello considera

importante que, si esos servicios se van a sacar a concurso, se

tengan en cuenta esos 115 jóvenes de nuestro municipio que

forman parte de esa Asociación.

El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero,

indica que no sabía que la Asociación de Árbitros era una

administración pública y que lo que el equipo de gobierno va a

hacer es privatizar.

Sigue diciendo que lo que ha ocurrido es que este año se

envió para informe el convenio a los servicios jurídicos

municipales quien han indicado que, por cambios en la

legislación, ahora no es posible proceder a la renovación de ese

convenio año tras año, como ha ocurrido durante estos 17 años,

sin que exista pública concurrencia,

A continuación desea dejar claro que el equipo de

gobierno está encantando con la labor que ha venido cumpliendo

esta Asociación de Árbitros y la realidad es que ha venido

prestando sus servicios mediante una adjudicación directa.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,

pregunta por qué no se puede seguir haciéndolo de esa forma.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero,

indica que tiene en su poder un informe jurídico en el que se

deja claro que no es posible la renovación de ese convenio sin

que exista libre concurrencia y, si el Grupo Municipal Socialista

entiende que pueden seguir prestándose esos servicios mediante

adjudicación directa, el Sr. Alcalde puede dar esa competencia al

Sr. Ventura pero, si se hace así, también debe asumir las

responsabilidades jurídicas que pueden derivarse de su forma de

actuar.

Sigue diciendo que están presentes en esta sesión los

miembros de la junta directa de la Asociación de Árbitros

aunque aclara que ya ha mantenido con ellos dos reuniones para

tratar este asunto por considerarlo de calado puesto que, como

ha dicho el Concejal del Grupo Socialista, se trata de 115

jóvenes, mayoritariamente de Majadahonda, que dedican su

tiempo a realizar esos arbitrajes por lo que hacen deporte en

lugar de dedicar su tiempo libre a otros posibles vicios y además

obtienen por esos servicios unos determinados ingresos.

Aclara que en esas dos reuniones que ha mantenido con la

Asociación de Árbitros ha pedido la documentación que se

necesita para terminar, sin problemas, esta temporada y para

redactar un pliego de condiciones en el que, por ejemplo, se

intente proteger que sigan la mayoría de los árbitros que están

prestando sus servicios en estos momentos y también para que la

Asociación de Árbitros pueda concurrir al concurso que se

realice.

Manifiesta que está convencido de que el Grupo Socialista

denunciaría en el juzgado al equipo de gobierno, aunque en esta

sesión diga lo contrario, si éste se salta lo que se determina en

un informe jurídico y adjudica “a dedo” la prestación de unos

servicios que cuestan, aproximadamente, 100.000 euros anuales

Termina su intervención diciendo que mañana, a las 18

horas, ha convocado una reunión a la que podrán asistir todos

los árbitros que lo deseen e invita a todos los concejales de la

oposición para que también acudan a esa reunión que se

celebrará en la Concejalía de Deportes y en la que se explicará lo

mismo que está diciendo en estos momentos.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, realiza “ in voce” las siguientes preguntas:

4. Pregunta en qué situación se encuentra el parking de la Plaza de

la Constitución y a continuación indica que su grupo desea

sumarse a la petición que realizó la Portavoz del Grupo Centrista

en una sesión plenaria anterior para ver cómo está ese parking en

la actualidad.

5. Indica que su grupo, en la sesión plenaria anterior, pidió la

convocatoria de la Comisión Especial de Viviendas porque, a

finales de este mes, se iban a publicar las bases de la nueva

promoción de PAMMASA y para ello presentó un escrito que

fue firmado por todos los grupos de la oposición.

Pregunta por qué el equipo de gobierno no ha contestado

esa solicitud.

6. Pregunta cuántas licencias se han entregado para talar árboles en

la urbanización Virgen de Iciar en lo que va de legislatura.

El Sr. Presidente indica que, como le gusta ser riguroso y

en estos momentos no dispone de información real y cierta,

todas estas preguntas serán contestadas por escrito.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, indica que su grupo también va a entregar al Sr.

Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas

que desea que sean contestados aunque “in voce” realiza el siguiente

ruego:

1. Indica que algunos inquilinos de las 332 viviendas de protección

oficial de Majadahonda que el IVIMA ha vendido a Goldman

Sachs, han acudido a su grupo porque la empresa que gestiona

esas viviendas no se hace cargo de algunos vicios ocultos,

relacionados con el funcionamiento de la calefacción, que han

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aparecido ahora en algunas de esas viviendas que fueron

alquiladas en mayo de 2013.

Ruega que quizá este Ayuntamiento pueda prestarles

ayuda a través de la Oficina de Información al Consumidor en la

que esos inquilinos han presentado su reclamación.

El Sr. Presidente aclara que el Grupo Unión Progreso y

Democracia no debe tener ninguna duda de que se va a prestar

ayuda a esos inquilinos en todo lo que sea justo y añade que

estará dispuesto a recibir a los afectados para que, de forma

directa, le expliquen los problemas que les han surgido.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sr. Santana, indica que su grupo también va a entregar al Sr.

Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas

que desea que sean contestados aunque “in voce” realiza las

siguientes:

1. Indica que, hace poco tiempo, en la calle Rosalía de Castro se ha

procedido a realizar unas obras de asfaltado y parece que ese

asfaltado se está hundiendo en uno de los carriles de esta calle y

de hecho se han producido ya pequeños socavones a pesar de

que esta obra ha sido realizada hace muy pocos meses. Pregunta

si se conocen los motivos por lo que se han producido esos

socavones y las actuaciones que este Ayuntamiento ha realizado

para reclamar el arreglo de esos hundimientos.

2. Manifiesta que vecinos de la zona de la Avenida Príncipe de

Asturias han acudido a su grupo para quejarse y mostrar su

descontento por su falta de información sobre las obras que se

están realizando en esa avenida ya que no conocen cuánto van a

durar y por ello piden que, al acometer ese tipo de obras, se les

informe de los plazos estimados de duración para que sepan

durante cuánto tiempo van a sufrir las molestias que esas obras

les ocasionan.

El Sr. Presidente aclara que envió una carta a todos los

vecinos afectados por las obras de la Avenida Príncipe de

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Asturias explicándoles las obras que se iban a realizar, el tiempo

estimado de duración y el coste de las mismas.

Sigue diciendo que esas obras se han retrasado porque se

han venido produciendo unas lluvias mayores a las habituales

aunque desea dejar claro que ese retraso no es demasiado

importante.

Termina su intervención indicando que se va a comprobar

si se han producido hundimientos en la calle Rosalía de Castro

y, si son ciertos, este Ayuntamiento se pondrá en contacto con la

empresa adjudicataria de esas obras de asfaltado para que

proceda a su reparación.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

realiza “in voce” las siguientes preguntas:

1. Pregunta si el informe jurídico que se ha indicado anteriormente,

afecta no solo al convenio que este Ayuntamiento venía

suscribiendo con la Asociación de Árbitros sino también a los

otros convenios que se suscriben con otros clubs deportivos,

pregunta que hace porque entiende que debe existir uniformidad

en todos esos convenios de los clubs deportivos y, si no fuera

así, su grupo desearía conocer cuáles son las diferencias que hay

entre ellos.

El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero,

supone que todos esos convenios que se han suscrito con los

clubs son iguales pero no puede dar esa respuesta hasta que no

cuente con un informe jurídico sobre cada uno de esos

convenios.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, pregunta si

no se van a emitir informes jurídicos sobre todos los convenios

que se han suscrito.

El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero,

aclara que esos informes jurídicos se irán emitiendo según vayan

caducando los convenios.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que el convenio con la Asociación de

Árbitros, fue informado, el año pasado, por los servicios

jurídicos sin que pusieran ninguna pega por lo que se realizó un

nuevo convenio pero este año, cuando se ha vuelto a pasar para

que informaran sobre ello, han informado que no es posible

realizar un nuevo convenio y por ello el equipo de gobierno va a

ajustarse a lo que esos servicios, desde un punto de vista legal,

han informado que se puede hacer.

Termina su intervención aclarando que seguramente,

cuando se les pasen a informe esos otros convenios, los servicios

jurídicos dirán lo mismo que han dicho para la Asociación de

Árbitros.

El Sr. Presidente aclara que los servicios jurídicos

municipales no actúan con discrecionalidad sino que informan

con arreglo a ley y añade que el equipo de gobierno no pone en

duda que la ley es igual para todos.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, indica que

está de acuerdo con lo que está diciendo el equipo de gobierno

pero pide que se pasen a esos servicios jurídicos todos los

convenios suscritos con clubs deportivos.

Sigue diciendo que ha pedido en el Pleno que el Rayo

Majadahonda, como tiene un convenio firmado con este

Ayuntamiento, presente documentación acreditativa de lo que

hace, las fichas que tiene, el dinero que cobra, etc. pero su grupo

no consigue esa documentación.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, indica

que no es cierto lo que ha indicado la Portavoz del Grupo

Centrista porque el Rayo Majadahonda presenta toda la

documentación que este Ayuntamiento le requiere.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que,

desde el punto de vista de su grupo, no es cierto que presente

toda la documentación que debería.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, aclara

que eso será así desde el punto de vista del Grupo Centrista.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente indica que deben ser la Secretaría

General o la Intervención Municipal quienes se pronuncien

sobre si la documentación que presenta dicha entidad es la que

tiene obligación de presentar o no y cree que en este caso se

puede utilizar, como ejemplo, la contestación de un alcalde a un

juez cuando éste le dijo que si no conocía que un informe

jurídico emitidos por técnicos de su ayuntamiento dejaba mucho

que desear y entonces ese alcalde contestó al juez que era

camarero.

Aclara que es cierto que un alcalde puede ser camarero

porque para desarrollar su función no tiene que saber de

informes jurídicos o económicos y ha puesto este ejemplo

porque desea dejar claro que él no es miembro de esta

Corporación por ser interventor o secretario y simplemente tiene

que ajustarse a lo que ellos digan.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

recuerda que su grupo ha dicho, en muchas ocasiones, que con

los expedientes se puede hacer “so o arre” y por ello ha

propuesto que se revisen todos los convenios que este

Ayuntamiento tiene suscritos con los clubs deportivos y además

ha pedido los datos que tiene obligación de aportar el Rayo

Majadahonda y que hasta ahora su grupo no ha conseguido.

El Sr. Presidente indica que, desde su punto de vista, el

Grupo Centrista no está hablando de lo mismo que el equipo de

gobierno.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, indica

que el convenio con la Asociación de Árbitros debe aprobarse

todos los años porque este Ayuntamiento debe abonar a dicha

Asociación, unos 30.000 euros anuales además de las

inscripciones de los equipos lo que da un total aproximado de

100.000 euros y en los convenios firmados con el resto de clubs

en el año 2005, y con vigencia hasta abril de 2015 (antes de las

elecciones), este Ayuntamiento solo les presta las instalaciones

municipales.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que todos los años es necesario librar una

factura para, además de lo que esta Asociación recibe de los

equipos, pagar a los árbitros.

Aclara que es cierto que todos los clubs deben presentar

una determinada documentación y recuerda que él

personalmente le ha entregado al Grupo Centrista toda la

documentación que presenta el Rayo Majadahonda.

La Portavoz del Grupo Centrista pregunta a dicho

Concejal si no es cierto también que entonces convinieron en

que el Rayo Majadahonda no presentaba la totalidad de la

documentación que debía presentar.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, cree que

no ocurrió lo que dice la Portavoz del Grupo Centrista y

recuerda que éste deseaba que esa entidad entregara más

documentación.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, indica que,

según las estipulaciones que figuraban en el convenio que se

suscribió en su momento, el Rayo Majadahonda debía presentar

esa otra documentación lo que puede comprobarse con facilidad.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, cree

recordar que no es así pero si el Grupo Centrista quiere más

documentación, él no tiene ningún problema en pedirla al Rayo

Majadahonda.

El Sr. Presidente aclara que el que falte por presentar una

determinada documentación no tiene nada que ver con lo que ha

dicho anteriormente el Grupo Centrista respecto a que el equipo

de gobierno no aplica de la ley de la misma forma en todos los

casos.

Termina su intervención diciendo que es muy insoportable

que los grupos de la oposición, de forma constante, tiendan

velos de sospecha en casi todas las actuaciones que realiza el

equipo de gobierno y añade que, si realmente tuvieran pruebas,

deberían hacerlas públicas y ponerlas encima de la mesa en lugar

de decir medias verdades esperando que cuelen.

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Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2. Pregunta qué ocurre con las goteras del Gimnasio Valle de la

Oliva porque ha recibido unas fotografías en las que se ve que

todo el suelo está encharcado y tapado con plásticos. Aañade que

ha recibido información de que no se sabe por dónde entra el

agua y por ello, como estos problemas se producen desde hace

tiempo, se ha decidido instalar otra cubierta

El Sr. Presidente aclara que existe un problema en la

construcción de esa instalación y las soluciones que se han ido

adoptando durante todo este tiempo no han funcionado.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, aclara

que, según le han informado los servicios técnicos municipales,

la empresa constructora de este polideportivo, se va a hacer

cargo de la reparación de la cubierta pero, como no se puede

detectar por donde entra el agua, se ha decidido cambiar la

cubierta lo que debe hacerse en verano y por ello, mientras tanto,

se va a adoptar alguna medida provisional.

3. Indica que tiene en su poder, en estos momentos, la tarifa de

abonos y promociones de Navidad 2013, del Club de Golf “Las

Rejas” y añade que ha recibido información de que su empresa

concesionaria tiene problemas económicos e incluso le han

llegado a decir que estaba en suspensión pagos y pregunta si es

cierta esa información.

Añade que en esa documentación que tiene en su poder

consta una oferta parecida a la que realizó hace bastante tiempo

y la única diferencia entre ambas es que la anterior era por cinco

años y ahora la hace por dos años.

Aclara que esa oferta se publicita como algo nuevo y en la

misma consta que el abono paddle y el abono golf tienen un

precio de 1.500 euros por esos 24 meses, promoción que, desde

el punto de vista de su grupo, no puede realizar la empresa

concesionaria sin contar con la autorización de este

Ayuntamiento.

Page 194: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

194

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Recuerda a continuación que este Ayuntamiento, hace

bastante tiempo, tuvo que echar para atrás el abono para cinco

años y cree que en este caso de los dos años debe hacerse lo

mismo porque, si es cierto que la empresa concesionaria está en

suspensión de pagos, podría suceder que dejara la concesión

llevándose el dinero de nuestros vecinos.

Termina su intervención diciendo que la empresa

concesionaria del Campo Municipal de Golf “Las Rejas”, está

realizando esos abonos para hacer caja y aclara que ha planteado

este asunto para evitar que surjan problemas.

4. Pregunta a continuación si es cierto que la empresa

concesionaria del Campo de Golf “Las Rejas” ha abierto una

cafetería al lado del spa y pregunta, si es así, si tiene licencia de

apertura porque esa instalación no estaba contemplada en el

contrato de dicha concesión.

Termina su intervención diciendo que su grupo desearía

que se aclararan las cuestiones que ha indicado respecto a la

concesión del Campo de Golf y pide, si es cierta la promoción

de los abonos por dos años, que esos abonos se paren para evitar

que los vecinos puedan adquirirlos.

El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno va a

comprobar si es cierta la promoción de esos abonos y, si lo

fuera, se adoptarían las medidas que fueran necesarias.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, indica

que la Portavoz del Grupo Centrista no ha comentado nada al

equipo de gobierno, hasta este momento, sobre la publicidad que

está haciendo la concesionaria del campo de golf por lo que

ignora de lo que se trata y, si dicho grupo le hubiera indicado

algo sobre este tema con anterioridad, habría podido dar una

respuesta adecuada.

Termina su intervención diciendo que, una vez más, el

Grupo Centrista ha tendido un manto de sospechas puesto que

ha dicho que la empresa concesionaria del campo de golf está en

suspensión de pagos, que se va a llevar el dinero de los vecinos

Page 195: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

195

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

lo que se denomina “alzamiento de bienes” y es un delito, etc. y

añade que espera que todo eso no sea cierto.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

aclara que lo que ha dicho es que parece que es público y notorio

que esta empresa tiene problemas económicos pero, como su

grupo no sabe si es cierto o no, ha preguntado por ello.

Termina su intervención aclarando que,

independientemente de que la empresa concesionaria tenga

problemas económicos o no, está claro que la promoción de esos

abonos no puede realizarla sin contar con autorización previa de

este Ayuntamiento.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero,

manifiesta que es cierto que esa empresa no podría actuar de la

forma que ha explicado la Portavoz del Grupo Centrista pero la

realidad es que el equipo de gobierno no sabe si eso es así.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, insiste en

que tiene en su poder el documento en el que consta la

publicidad que está realizando esa empresa.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, aclara

que ese documento está en poder del Grupo Centrista pero no

del equipo de gobierno por lo que ignora lo que se dice en el

mismo.

La Sra. Pedreira, indica que el Concejal Delegado de

Deportes tendría obligación de contar con ese panfleto y que se

lo puede facilitar.

El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero,

manifiesta que todos los grupos políticos, en la Comisión de

Vigilancia de la Contratación, están trabajando, en estos

momentos, en la elaboración de un modelo de control para todas

las concesiones administrativas y además recuerda que el

Presidente de dicha Comisión es un representante del Grupo

Centrista y cree, por lo que ha dicho, que la Portavoz del Grupo

Centrista desea “reventar” ese acuerdo.

Page 196: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

196

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que no es cierto lo que ha dicho el Sr. Caballero porque

simplemente se ha limitado a contar lo que está ocurriendo en el

Campo Municipal de Golf “Las Rejas” para que el equipo de

gobierno lo conozca y tome medidas al respecto.

Termina su intervención diciendo que el equipo de

gobierno no va a tener razón por el hecho de enfadarse.

5. Indica que en este Ayuntamiento se ha producido una permuta

entre trabajadores y, concretamente, la trabajadora encargada de

los asuntos relacionados con el Cementerio Municipal se ha

marchado a otro ayuntamiento y se ha incorporado, en su lugar,

otra funcionaria pero la mesa que ocupaba la anterior está vacía

a pesar que sigue estando el cartel identificativo que pone

“Cementerio”.

Termina su intervención diciendo que los vecinos van a

esa mesa a realizar gestiones pero se marchan sin que nadie les

haya atendido y por ello pregunta qué es lo que está ocurriendo

y quién se encarga ahora de solucionar todos los asuntos

relacionados con el cementerio.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana, Sr. Carnevali, indica que el cementerio no es un

departamento municipal sino que está incluido en uno más

amplio y supone que en ese departamento habrá algún trabajador

que se encargue de gestionar esos servicios y, si no es así, se

adoptarán las medidas oportunas.

Aclara que la anterior trabajadora que prestaba esos

servicios estaba adscrita al Servicio de Obras de este

Ayuntamiento y el equipo de gobierno ha considerado que la

persona que venía en su lugar debía estar adscrita a otro

departamento aunque en estos momentos, como el Concejal

Delegado de esa área ha pedido refuerzo de personal, se están

buscando esos refuerzos.

Page 197: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

197

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

pregunta una vez más quién soluciona en estos momentos los

problemas de nuestros vecinos relacionados con el Cementerio.

El Concejal Sr. Carnevali indica que esos problemas se

solucionan en el ámbito del Servicio de Obras y pregunta a la

Sra. Pedreira si su grupo desea que se asigne, de forma

específica, un trabajador para gestionar el Cementerio

Municipal.

La Sra. Pedreira aclara que no es eso lo que desea y solo

ha intentado explicar que ella ha sido testigo de que se le ha

dicho a un vecino que nadie atendía el cementerio porque

anteriormente lo hacía una trabajadora que se había marchado y

recuerda que en los asuntos relacionados con el cementerio no se

puede decir al vecino que vuelva al día siguiente a solucionarlo.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana, Sr. Carnevali, indica que se va a ocupar de que se cubra

ese servicio.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo

Municipal Socialista, constan, además de las preguntas y ruegos

anteriormente reflejados, los siguientes:

7. ¿De qué información dispone el equipo de gobierno en relación

al reciente incendio que ha habido en el centro de Majadahonda

(calle de la Mina)?

8. Hemos recibido noticias sobre recientes robos en el

polideportivo Valle de la Oliva. ¿Qué información tiene el

equipo de gobierno al respecto?

9. Volvemos a insistir preguntando al concejal por el lamentable

estado en el que se encuentra la zona del cementerio, ya que

sigue en el mismo estado que en la época en la que se lo

comunicamos por primera vez mediante ruego en el Pleno de

enero de 2013.

Page 198: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

198

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

10. ¿En qué situación se encuentra la futura remodelación de los

campos deportivos de La Sacedilla? ¿Qué planes tiene previsto

al respecto el equipo de gobierno?

11. ¿Cuál es la cifra actual de la que dispone el equipo de gobierno

respecto a la lista de espera para escuelas infantiles en

Majadahonda?

12. ¿Cuál es la fecha en la que el Ayuntamiento recepcionó las obras

de la urbanización Virgen de Iciar?

13. ¿Cuál es la fecha en la que el Ayuntamiento recepcionó las obras

de la Plaza de la Constitucion?

14. ¿Cuáles han sido los avances respecto a la moción que presentó

el grupo municipal socialista en el mes de enero de 2014 en

relación a la unificación de contratos de las labores de

jardinería?

15. ¿En qué situación se encuentra el proyecto del edificio del

Monte del pilar que iba a albergar una delegación de la London

School of Economics? ¿Qué planes tiene el equipo de gobierno

al respecto?

16. Hemos recibido quejas de vecinos, y así se lo trasladamos al

equipo de gobierno, respecto al restado en el que se encuentran

los campos de fútbol del Colegio Benito Pérez Galdós.

17. ¿Cuáles son los planes que tiene el equipo de gobierno respecto

al traslado del punto limpio a una zona no residencial, tal y

como pedíamos desde el grupo municipal en una moción de

diciembre de 2011 que fue aprobada por el Pleno?

18. Hemos recibido noticias informando que hay vecinos en nuestro

municipio que acuden a fuentes públicas para rellenar garrafas

de agua ante la imposibilidad de pagar un bien tan básico como

es el agua. ¿Tiene información respecto a estos casos el equipo

de gobierno?

19. ¿Cuándo está previsto llevar a cabo la construcción de las pistas

de pádel que estaban proyectadas en el polideportivo Valle de la

Oliva?

Page 199: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

199

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

20. Solicitamos que se revise el nivel de alumbrado público

existente entre la zona de la Estación de Renfe hasta el Club

Internacional de Tenis. Existen varios pasos de peatones que

entrañan peligro de noche por la poca visibilidad existente en la

zona.

21. ¿Ha habido algún avance en relación a la moción que el grupo

municipal socialista presentó en octubre de 2001 y que se aprobó

por unanimidad, así como otra moción conjunta que todos los

grupos políticos con representación en este Ayuntamiento

(incluido el Partido Popular) presentamos en abril de 2013 y que

fue aprobada por unanimidad igualmente en la que, en ambas, se

solicitaba la realización de un “mapa de caminos y vías

rústicas”.

22. Rogamos se revise un socavón existente en la calle Miguel

Hernández a la altura del cruce con la calle Santo Tomás

(polideportivo).

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, constan los siguientes

ruegos y preguntas:

2. Nos interesa conocer el número de tarjetas de crédito de las que

dispone el personal del Ayuntamiento con cargo a las cuentas

municipales así como el tipo de gastos para las que están

autorizadas.

3. Solicitamos nos faciliten listado de denuncias por contaminación

acústica y las mediciones obtenidas por el uso del sonómetro de

policía local.

4. En el pleno de mayo de 2013 se preguntó por la situación de las

pistas de pádel el Equinoccio que se instalaron en 2005 sin

contar con la licencia de obras oportuna. El 21 de junio de 2013

nos contestaron que forman parte de un expediente en curso que

se está revisando. En julio de ese mismo año nos volvimos a

interesar por la situación en que se encuentra y por cómo en

ocho años no se ha podido dar solución al mismo así como qué

otras instalaciones deportivas existen en el edificio. A fecha de

Page 200: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

200

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

hoy, no hemos recibido respuesta por lo que reiteramos nuestro

interés en conocer los detalles de este expediente.

5. Nos interesa conocer si se está cumpliendo la frecuencia de

baldeo de las calles según lo aprobado en el pliego de

condiciones del contrato de limpieza.

6. Nos interesa conocer los motivos del cierre de la Oficina de la

Cruz Roja de la calle Doctor Calero ya que nos han llegado

noticias de que el mismo se debía a problemas de salubridad.

7. Tenemos conocimiento de que la comida de la residencia Valle

de la oliva deja mucho que desear y de que incluso, las

auxiliares en algún momento se han negado a sacar la cena a los

residentes por su mala calidad. Además no se deja pasar a los

familiares a acompañarles al comedor cuando antes sí se

permitía, por lo que nos gustaría conocer los motivos de este

cambio y si ha habido quejas al respecto.

8. Con relación a la factura 004/2013 de 19 de diciembre de 2013

por un importe de 519 € de un evento cóctel para 25 personas en

el restaurante el Ochenta, nos interesa conocer qué personas

fueron invitadas al mismo y en qué concepto.

9. Nos interesa conocer por qué a día de hoy existen contenedores

de Humana en el interior del recinto de la Casa de la Juventud

por lo que solicitamos la autorización concedida para esta

instalación. Se adjunta fotografía.

10. Nos interesa conocer si el radar que nos facilitó la DGT para

una campaña de concienciación de velocidad en el municipio se

está utilizando actualmente con afán recaudatorio. En este

sentido queremos saber cuántas multas se han puesto hasta el

momento y hasta cuándo va a durar la campaña.

11. Este Grupo Municipal ha preguntado en múltiples ocasiones

acerca del contrato firmado con empresa de publicidad para

explotar los carteles publicitarios en la vía pública. En el Pleno

celebrado en diciembre, ante la ausencia de una contestación

adecuada, volvimos a preguntar adjuntando fotografías de los

carteles a los que nos referíamos a fin de que nos aclarasen los

términos del contrato de explotación de los mismos.

Page 201: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

201

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

12. Nos ha llegado información acerca de que algunos de los bancos

de las zonas comunes situados en las viviendas protegidas de la

calle La Viña, han sido retirados. Queríamos saber si esta acción

va a ser definitiva o si se trata de una actuación de reparación y

mejora de las citada zonas.

En el escrito entregado por el Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes, constan, además de los ruegos y preguntas

anteriormente reflejados, los siguientes:

3. Hemos reflejado que en los meses de invierno no se está

produciendo la limpieza de las calles por el sistema de baldeo.

Solicitamos que se nos facilite un informe de las frecuencias de

baldeo de los últimos meses y en caso de no estar realizándose

¿se están descontando estos servicios de las certificaciones de

pago del contrato?

4. Reiteramos nuestra queja porque muchos de los contenedores de

carga lateral, instalados por VALORIZA en nuestro municipio,

impiden el paso peatonal. Nos informan vecinos de la zona del

Club de Tenis de que los contenedores situados en la acera

estarían en esta situación. Solicitamos que desde el

Ayuntamiento se localicen las diferentes incidencias y se

solucionen.

5. Nuestro grupo cada vez recibe más quejas por la ubicación de

los contenedores de recogida neumática que podrían estar

ocasionando problemas de accesibilidad e incumpliendo las

normativas a este respecto. Solicitamos que los servicios

técnicos hagan un estudio de todos los puntos existentes, se

proyecten soluciones a los problemas y se nos dé cuenta de ello.

6. En diversas calles los camiones de recogida de basuras tienen

que entrar o salir marcha atrás sin muchas posibilidades para

maniobrar, lo que supone un riesgo de atropello para peatones e

incluso para los propios trabajadores. Estas maniobras ¿cumplen

con las normativas existentes?

7. Vecinos y vecinas nos hacen llegar sus quejas sobre el estado de

abandono y condiciones de insalubridad del Parque Delta:

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Pleno ordinario 26-2-2014

202

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

suciedad, abandono de las zonas verdes, pista deportiva

inutilizable desde hace años, etc. Solicitamos que se realicen las

labores de mantenimiento necesarias urgentemente.

8. Cuando se produce una tala de árboles en las urbanizaciones

privadas ¿se está exigiendo desde el Ayuntamiento la reposición

en los términos que prevé la legislación?

9. En la rotonda de la vía de entrada desde la M503 a Majadahonda

(salida 10b1), los coches circulan a gran velocidad, existiendo

un paso peatonal que suele ser transitado por niños. Rogamos

que se refuerce la señalización e incluso que se instalen medidas

para reducir la velocidad de los vehículos.

10. Vecinos de la zona comercial del Cerro del Espino denuncian

que no se puede transitar por la acera sin hacerlo entre las mesas

de los restaurantes. Solicitamos que se controle que las terrazas

hosteleras cumplen con las licencias y con la normativa

existente.

11. En la calle Zuloaga es habitual que las personas que asisten a las

instalaciones deportivas cercanas aparquen en zonas prohibidas.

Solicitamos que se controle esta situación.

12. Seguimos recibiendo quejas constantes de los vecinos por el

tema de las heces caninas en las vías públicas, que permanecen

en ellas durante semanas y que afectan a determinadas calles

especialmente. Claramente, las campañas llevadas a cabo por el

Ayuntamiento son insuficientes, no dan sus frutos y los

ciudadanos reclaman que se haga cumplir la Ordenanza. ¿Qué

acciones se piensan poner en marcha para dar solución a este

problema?

13. Nos llega la queja de que en el área del Valle de la Oliva, no hay

ningún espacio deportivo público, al aire libre y gratuito (cancha

con canastas, porterías …) donde los vecinos puedan ir a jugar

con sus hijos y hacer deporte en familia. Solicitamos que se

tenga en cuenta y que se dote a la zona con este tipo de

instalaciones.

14. En nuestro municipio hay un elevado número de perros y apenas

existen recintos específicos para que jueguen ni instalaciones de

Page 203: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pipi-can que tengan un adecuado mantenimiento. Recientemente

se ha habilitado una zona en el parque de Ferencvaros para

mascotas, pero no está cerrada ni tiene un vallado lo

suficientemente alto para evitar la salida de animales y posibles

accidentes o molestias. Solicitamos que se habiliten más

espacios públicos destinados a este fin y que los ya existentes se

revisen y mantengan en las condiciones de higiene y seguridad

adecuadas.

15. ¿Existe algún tipo de control desde el Ayuntamiento sobre los

animales domésticos, cuando se trata de un número considerable

de ejemplares, y sobre las instalaciones que los albergan en las

fincas de Majadahonda (control de requisitos veterinarios,

núcleo zoológico, etc.)? Además, nos gustaría saber qué

vigilancia hay en los eventos, espectáculo o atracciones que se

desarrollan en nuestro municipio con animales, para asegurar su

bienestar y salud.

16. En Majadahonda existe de forma oficial un paraje llamado

“Cuelga Perros” de forma oficial un paraje llamado “Cuelga

Perros”, dada la sensibilidad que existe en nuestra localidad

hacia la protección animal no parece muy adecuado mantener

esta denominación. Solicitamos que se convoque la Comisión

para la denominación de calles para tratar éste y otros asuntos.

17. Desde el Ayuntamiento de Majadahonda ¿se pone en marcha

alguna iniciativa para fomentar entre la población escolar el

respeto por el medio ambiente y los animales? ¿el CICAM está

desarrollando alguna actividad en esta línea?

18. Atendiendo a la creciente demanda en los municipios cercanos,

este año, se han tenido que duplicar las clases para mayores que

ofrecen los Centros de Educación de Personas Adultas, CEPA,

mientras que en Majadahonda se han reducido a la mínima

expresión. Esto está obligando a que los majariegos se desplacen

a otras localidades para poder participar en estos cursos. ¿Por

qué está ocurriendo esto?

19. En el Boletín y en la Web municipal se informa de la posibilidad

de solicitar el certificado digital individual para operar vía

internet con la administración pero no se informa de dónde ni

Page 204: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

204

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

cuándo se puede realizar este trámite. Solicitamos que se amplíe

la información indicando estos aspectos.

20. Hace varios días se han retirado 3 bancos de la acera situada en

el cruce de las calles Granadilla y Viña, junto a las escalinatas de

las viviendas sociales, sin que se hayan repuesto. Si se van a

cambiar por otros mejores o más nuevos ¿por qué no se

sustituyen paulatinamente? Si no ¿por qué no se vuelven a

colocar donde han estado hace más de 20 años para disfrute de

los vecinos?

21. Ha llegado a nuestro grupo la información de que el

Ayuntamiento no tiene previsto continuar con el convenio que

mantiene con la Asociación de Árbitros de Majadahonda y que

tiene previsto sacar a concurso (es decir, privatizar) los arbitrajes

de las ligas municipales. ¿Es esto cierto? ¿Por qué motivo se

pretende acabar con un modelo que ha resultado muy

beneficioso, a la vez que económico, para nuestras ligas

municipales? Solicitamos que, de ser cierto, den marcha atrás

con una injusta decisión que puede deteriorar más nuestras ligas

municipales.

22. ¿Por qué motivo aún no se ha pagado a la Asociación de

Árbitros la subvención correspondiente a la primera parte de la

temporada?

En estos momentos, el Sr. Presidente hace entrega al Secretario

de la Corporación, para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas

las contestaciones que han realizado por escrito los miembros del

Equipo de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de la

Oposición.

Se adjuntan a la presente acta las respuestas a preguntas

formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr. Alcalde.

Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes

Concejalías:

- De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios

Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana.

Page 205: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

- De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.

- De Bienestar Social, Salud y Familia.

- De Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y

Control de Animales Domésticos.

- De Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.

- De Cultura y Juventud.

- De Educación.

Respuestas de la Concejalía de Recursos, Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Socialista. Pleno noviembre 2013.

1. Se adjunta un escrito de CUATRECASAS cuyo texto es el

siguiente:

“En relación con la conversación telefónica mantenida el

pasado día 5 de diciembre, en la que nos solicitabas una

estimación de las posibilidades de éxito del procedimiento que

actualmente se está sustanciando ante el Tribunal Económico-

Administrativo Central contra los Acuerdos de liquidación y de

imposición de sanciones por el concepto de IVA, te remito los

siguientes comentarios:

Mediante Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2006 la

Administración Tributaria liquidó al Excmo. Ayuntamiento de

Majadahonda una deuda tributaria por el IVA correspondiente

a los ejercicios 2002 y 2003 que asciende a 2.263.296,41 €, de

los cuales 384.257,14 € son intereses de demora.

Los conceptos que integran esta deuda tributaria son los

siguientes:

Transmisión por parte del Excmo. Ayuntamiento de

Majadahonda a PAMMASA correspondiente al valor de

los derechos para construir viviendas libres, a causa de lo

cual aprecia la existencia de una falta de ingreso por

importe de 1.523.969,44 €, de los cuáles 270.373,23 €

corresponden a intereses de demora.

Page 206: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

206

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Transmisión por parte del Excmo. Ayuntamiento de

Majadahonda a la entidad Afar , S.A. de la parcela 1 del

Área de desarrollo número 2 “Guadarrama” de

Majadahonda.

La Inspección de Hacienda entiende que existe un

incorrecto cálculo de la base imponible del impuesto,

ascendiendo la falta de ingreso a 70.889,49 €, de los

cuales 11.003,10 € corresponden a intereses de demora.

Adquisición de diferentes bienes y servicios por parte del

Excmo. Ayuntamiento de Majadahonda.

La Inspección de Hacienda entiende que parte de las

cuotas de IVA soportadas por el ente local no son

deducibles en la medida en la no se encuentran afectas a

su actividad empresarial. El importe de la deuda

tributaria vinculada a este concepto asciende a

668.437,48 €, de los cuales 102.880,80 € se corresponden

con intereses de demora.

Vinculados a los últimos dos conceptos la Administración

Tributaria impone una sanción tributaria cuyo importe asciende

a 415.459,79 €.

Al objeto de evaluar correctamente las posibilidades de

obtener una resolución favorable en esta vía administrativa, o

posteriormente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de la Audiencia Nacional, debemos diferenciar entre los

diferentes conceptos que dan lugar a la deuda tributaria y a la

imposición de sanciones. Así, y en nuestra opinión, las

posibilidades de éxito son reflejadas en el siguiente cuadro:

Concepto Importe Evaluación1

Transmisión parcela RO-

11, RO-13 y RO-14

1.523.969,44 € Altas

Transmisión parcela 1

Área Desarrollo nº 2

70.889,49 € Muy bajas

Adquisición de bienes y

servicios 2

668.437,48 € Muy bajas

Sanciones 415.459,79 € Bajas

Page 207: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

207

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

(1) Sobre una escala de cinco grados: Muy Bajas, Bajas,

Medias, Altas, Muy Altas.

(2) En relación con este concepto pueden existir ciertas

posibilidades de que se admita la deducibilidad de

determinadas cuotas del IVA soportado por importes poco

significativos.

…/…”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 29-1-

2014

“6. Hemos tenido conocimiento de que en la calle Murillo se están

produciendo actividades irregulares con vehículos a los que

según se nos señala se les realiza algún tipo de reparación o se

sacan piezas de los mismos. ¿Tiene conocimiento la policía de

estos sucesos? ¿Se pretende alguna acción al respecto?”

La Policía Local informa que no existe constancia en los

documentos internos de Jefatura ningún tipo de incidencia en

relación a lo que se menciona; no obstante, indican que se ha

informado a la Unidad de Medio Ambiente para su seguimiento

y control.

Majadahonda, a 20 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Centrista. Pleno 29-1-2014.

“3. Pregunta qué precio van a tener las plazas de garaje del

parking de la Plaza de la Constitución y quién las va a

administrar y cuándo se va a abrir al público este parking.

El Servicio de Movilidad informa que el Aparcamiento de la

Plaza de la Constitución está pendiente de recepción definitiva de

Page 208: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

208

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

las obras. En estos momentos se está trabajando por dicho

Servicio, en una modificación del contrato con la empresa

adjudicataria del Aparcamiento Gran Vía-Jardinillos, que es la

empresa BMTERRA, para que pueda explotarse conjuntamente

con el actual. Su apertura está prevista en los próximos meses.

Majadahonda, a 24 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez."

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 29-1-2014

“5. “La Parroquia Santa Genoveva tiene la salida de su

aparcamiento privado por un paso de peatones elevado y,

además, exhibe una placa de vado. ¿Esta situación se ajusta a

la legalidad?”

El Servicio de Movilidad informa que para evitar situaciones

como la descrita, en la Ordenanza de Movilidad se han incluido

los supuestos en los que procede la reserva en la vía pública para

acceso de vehículos y los requisitos para la concesión de la

licencia de vado, señalización, etc… (Capítulo III, “Reservas en

la vía pública para acceso de vehículos” arts. 71 a 79).

Anteriormente a la Ordenanza de Movilidad se aplicaba

directamente la Tasa de la Ordenanza Fiscal 16, relativa al

aprovechamiento especial del dominio público local, sin informes

previos necesarios.

Majadahonda, a 24 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Page 209: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

209

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 29-1-

2014.

“6. “Solicitamos se nos facilite una copia del inventario del

patrimonio artístico municipal”.

Desde la Dirección Técnica de Régimen Interior se informa que

no existe ningún bien artístico dentro del Inventario Municipal.

Majadahonda, a 20 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 29-1-

2014.

“10. El pasado 12 de enero, como cada año, se repitió el homenaje a

los fascistas rumanos en nuestro municipio con decenas de

asistentes. ¿Tiene el Ayuntamiento algún informe jurídico que

avale la legalidad de realizar actos a la vista de todos los

ciudadanos de enaltecimiento del odio y de la violencia que

representa el fascismo aunque se realice en una propiedad

privada? ¿Qué medidas se tomaron para garantizar la

seguridad de los vecinos?”

La Policía Local informa que no existe constancia en los

documentos internos de Jefatura ningún tipo de incidencia en

relación al asunto mencionado.

Indican que las cuestiones de Orden Público y, por lo tanto, las

manifestaciones o concentraciones, son competencia de los

Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. La Policía Local

en este aspecto, tan sólo tiene asignadas funciones de

colaboración.

Page 210: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

210

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Majadahonda, a 20 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Socialista. Pleno 25-9-

2013.

“1. Pregunta en qué fase se encuentra el acuerdo adoptado por el

Pleno sobre la resolución del recurso interpuesto por ASSIGNIA

por el que se debería proceder a realizar un estudio por lo

ocurrido con la limpieza de fuentes y algunas otras cuestiones.

Aclara que se decidió solicitar un estudio externo y, como ya

estamos en el mes de septiembre, su grupo pregunta en qué fase

de ejecución se encuentra ese acuerdo porque se tiene la

sensación de que se ha quedado durmiendo.

RESPUESTA:

Existe informe técnico sobre precios de limpieza de fuentes. Se ha

solicitado al Colegio de Ingenieros de Caminos una terna para poder

llevar a cabo el estudio externo y se está llevando a cabo la revisión

de las certificaciones para aplicar la retención del dinero acordada.

Majadahonda, 25 de febrero de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Socialista. Pleno 29-1-

2014

“4. Indica que este ruego lo planteó también en una Comisión

Informativa y ahora lo repite en esta sesión porque le gustaría

que el Concejal responsable se pronunciara.

Sigue diciendo que en la Carretera del Plantío, justo antes de

la rotonda, hay una salida a una gasolinera en la que no existe

ninguna protección para los peatones lo que hace peligrar, en

Page 211: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

211

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

muchos casos el paso de personas andando que se dirigen a la

estación de ferrocarril

Recuerda a continuación que en otro momento se le dijo que

se iba a realizar un estudio y desea conocer si se ha hecho

algo en este sentido y, si no es así, ruega que se haga.

En cuanto al ruego que ha realizado, indica que el equipo de

gobierno está de acuerdo en realizar un paso de peatones en

esa zona pero sobre ello contestará el Concejal responsable

por escrito.

RESPUESTA:

Si, ya han dado las órdenes para la colocación de un paso peatones

en la zona.

Majadahonda, 25 de febrero de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia. Pleno 29-1-2014.

“11. Interesa nos confirmen cuántas viviendas, en régimen de

protegida, van a tener cabida en los sectores Valle de la mina,

Huerto del Parrito, Valle del Arcipreste y La Carravieja que

componen el desarrollo urbanístico “Arco de Poniente” y el

régimen de protección de las mismas.

RESPUESTA:

Está previsto en este desarrollo un 65% de vivienda protegida.

Majadahonda, 25 de febrero de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Page 212: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

212

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes. Pleno 27-12-2013.

“1. ¿Qué destino se dio a la “piedra” del muro que bordea el

derribado colegio Santa Catalina?.

RESPUESTA:

La “piedra” se encuentra almacenada dentro del Recinto Ferial,

recinto que se encuentra vallado, con el fin de su futura utilización en

algún edificio u obra municipal.

Majadahonda, 25 de febrero de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista. Pleno 29-1-

2014.

“2. Pregunta qué ha ocurrido con la empresa ASSIGNIA, pregunta

qué hace porque en el mes de mayo se aprobó una adenda al

recurso que presentó esta empresa y el equipo de gobierno se

comprometió a realizar una serie de estudios.

Indican que también se aprobó una moción para realizar una

investigación y su grupo desea también conocer qué ha

ocurrido con la limpieza de fuentes, con las señales de tráfico,

con los imbornales, con los blandones, si se ha realizado la

comisión de investigación y si se han puesto de manifiesto

quiénes eran los responsables de todas las irregularidades que

se han producido en este contrato.

RESPUESTA:

Existe informe técnico sobre precios de limpieza de fuentes. Se ha

solicitado al Colegio de Ingenieros de Caminos una terna para poder

llevar a cabo el estudio externo y se está llevando a cabo la revisión

de las certificaciones para aplicar la retención del dinero acordada.

Majadahonda, 25 de febrero de 2014.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Page 213: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

213

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.

Pleno enero 2014.

“1. Indica que, hace unos días, aparecieron en prensa unas

declaraciones del Concejal Delegado de Medio Ambiente en las

que se decía que el sistema de recogida de basuras de

Majadahonda era igual al de países avanzados como Suecia y

Suiza y por ello le pregunta su opinión sobre una situación que

se produjo el fin de semana del 18 y 19 de enero, en la c/ Santa

Rosa y alrededores, calles en las que la acumulación de basura

parecía más propia de un país tercermundista que de un país

europeo.

El problema que se produjo en la instalación de la

recogida neumática en las calles mencionadas fue un problema

puntual. Se había clausurado un punto de buzones como

consecuencia de las obras de la calle Santa Catalina y se

acumuló basura fuera de los mismos. En el momento que se tuvo

conocimiento, se puso en marcha un dispositivo especial de

recogida, resolviéndose muy rápidamente la incidencia y se

estuvo vigilante en días posteriores para resolver cualquier

nueva incidencia que pudiera repetirse.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez

González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

enero 2014.

“12. Vecinos de la Avda. de los Claveles nos muestran su

preocupación por el abandono de los espacios verdes públicos

que van desde la glorieta de los juzgados hasta la de la iglesia

de Santa María. Nos piden que transmitamos al Ayuntamiento

la sugerencia de que se adecente la zona.

Page 214: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

214

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Recibida su sugerencia, se comprobará el estado de las zonas

verdes de la zona descrita y, en su caso, se tomarán las medidas

necesarias.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

enero 2014.

“13. Nos siguen llegando quejas de los vecinos de la calle Núñez de

Balboa, especialmente en el tramo entre las calles Cid y Norias,

por el deficiente mantenimiento que se hace de esta vía y donde

los excrementos de perro pueden permanecer semanas sin

retirarse. Pedimos que se intensifique y controle la limpieza en

esta zona.

No existe una especial incidencia de llamadas ni visitas a

la concejalía sobre esa zona, conociendo una queja de hace

unos meses por el olor de micciones y se decidió que pasaría

una máquina especial para las esquinas.

El servicio que la empresa Valoriza, concesionaria del

servicio en nuestro municipio, realiza es:

1. Barrido manual sector 8 se realiza por la mañana de

lunes a domingo con carrito porta cubo (que realizan la

limpieza de excrementos caninos).

2. Barrido manual sector 2 se realiza por la tarde de lunes a

sábado con carrito porta cubo (que realizan la limpieza de

excrementos caninos).

3. Recogida de enseres se realiza de lunes a domingo tanto

por la mañana y por la tarde.

4. Retirada de bolsas en la neumática (BOLSEO) se realiza

de lunes a domingo tanto por la mañana y por la tarde.

5. Limpieza de buzones de neumática con hidrolimpiador los

lunes y miércoles por la mañana.

6. Baldeo mecánico de calzadas sector 3 se realiza lunes,

martes, jueves, viernes y domingo por la mañana siempre

y cuando las inclemencias meteorológicas lo permitan.

Page 215: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

215

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

7. Baldeo mixto sector 2 se realiza lunes, martes, miércoles,

jueves, viernes y domingos por la mañana siempre y

cuando las inclemencias meteorológicas lo permitan.

Se ha comprobado la zona y el inspector ha recorrido esas dos

calles a primera hora de la mañana y las aceras estaban limpias. Se

observa que vecinos de la zona sacan a pasear a los perros y los

excrementos no se recogen, por lo que son recogidos por los

operarios del servicio de limpieza. Se ha pasado comunicación a la

empresa para que extremen la limpieza en la zona.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno

enero 2014.

“13. Vecinos de la calle Santa Rosa nos hacen llegar su

preocupación y quejas sobre el lamentable estado en que se

encuentra: falta de mantenimiento y limpieza, contenedores

rebosando basura que además están instalados a escasos

centímetros de las viviendas, ruidos provocados por comercios,

etc. Además, los vecinos piensan que estos problemas se van a

agravar con las obras iniciadas y que éstas no darán solución a

los conflictos. ¿Qué piensa hacer el equipo de gobierno para

solventar estos asuntos?

En lo que respecta al depósito de RSU, el problema que se

produjo en la instalación de la recogida neumática en las calles

mencionadas fue un problema puntual. Se había clausurado un punto

de buzones como consecuencia de las obras de la calle Santa Catalina

y se acumuló basura fuera de los mismos. En el momento que se tuvo

conocimiento, se puso en marcha un dispositivo especial de recogida,

resolviéndose muy rápidamente la incidencia y se estuvo vigilante en

días posteriores para resolver cualquier nueva incidencia que pudiera

repetirse.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Page 216: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

216

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza al Grupo Municipal Centrista. Pleno enero 2014.

“7. El pasado Pleno de junio de 2013 se nos informó acerca de la

creación de la Comisión de Investigación de la titularidad y

posesión de los caminos públicos. Quisiéramos saber cuál ha

sido la actividad de esta comisión en los últimos meses y

especialmente cuál es el estado de la denuncia que se planteó

con respecto a la finca “Los Romanillos”.

La Comisión creada en abril de 2013 se ha reunido en

diferentes ocasiones, existiendo cuatro actas de inspección realizadas

sobre el terreno y a la que fueron citados varios testigos, de edades

entre los 73 y 84 años de edad y que ayudaron a identificar los

caminos que transcurrían por la finca de Romanillos.

Actualmente está en proceso judicial la denuncia interpuesta y

se está a la espera de que se puedan agrupar en un único juzgado las

denuncias existentes. Paralelamente, al pleno del mes de febrero, se

llevará un punto del orden del día en que se resuelvan las alegaciones

presentadas por la Sociedad Romanillos S.A. contra el acuerdo del

pleno del mes de junio de 2013 y en el que se establecía como medida

cautelar la apertura inmediata del camino público.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Medio

Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Socialista

“1. Pregunta si se va a cerrar la sede de Cruz Roja en

Majadahonda.

El Sr. Presidente indica que no tiene ninguna información

al respecto pero investigará este asunto.

Termina su intervención diciendo que habla con Cruz

Roja desde hace seis meses pero, en poco tiempo, debe

mantener conversaciones con dicha entidad para resolver

algunas cuestiones y planteará este asunto.

Page 217: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

217

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuesta: Hasta el momento no hemos sido oficialmente informados

de que la Cruz Roja vaya a dejar de prestar sus servicios en

Majadahonda.

Majadahonda, 20 de febrero de 2014.- Fdo.: Alberto San Juan

Llorente. Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.

“5. Un vecino nos ha planteado dudas acerca del posible cierre del

CAF (Centro de Atención a la Familia). Quisiéramos conocer a

efectos informativos la situación de este Centro y en caso de que

se prevea su cierre, las razones que han motivado el mismo así

como las consecuencias que se derivarían de ello.

Se ha producido por parte de la Comunidad de Madrid

una reorganización de los Centros de apoyo a las familias y los

Puntos de encuentro familiares. El gobierno regional garantiza

la atención a todas las familias con la creación de tres Centros

de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF). Uno de estos tres

centros, está ubicado en nuestro municipio y ofrece sus servicios

a las familias en situación de conflictividad o dificultad.

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Bienestar

Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“1. Pregunta qué datos posee este Ayuntamiento sobre majariegos

que hayan podido perder el derecho a la tarjeta sanitaria y

cómo actuaría el Ayuntamiento en esos casos.

Respuesta: El Ayuntamiento no tiene competencias asistenciales y no

se tiene conocimiento de ese dato.

Hemos sido informados por la Dirección Médica del Área sobre

la evolución de las tarjetas sanitarias en Majadahonda que en 2012

Page 218: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

218

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

eran 67.987 habiendo aumentado en 2013 hasta alcanzar la cifra de

69.117 (dato de fecha 31 de diciembre de 2013).

Majadahonda, 20 de febrero de 2014.- Fdo.: Alberto San Juan

Llorente. Concejal de Bienestar Social, Salud y Familia.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“2. Ruega que la Concejalía de Bienestar Social facilite a su grupo

datos concretos sobre la distribución de la ayuda económica de

ayudas a las familias de los años 2012 y 2013 y aclare los

conceptos a los que se destinan dichas ayudas como, por

ejemplo, emergencia social, prestación familiar, manutención

infantil, etc.

El Sr. Presidente indica que la contestación será realizada por

escrito.

Dentro del presupuesto de la Concejalía en lo que se refiere a

las ayudas económicas a familias debemos señalar dos tipos:

1. Transferencias corrientes a Familias.-( CAPITULO IV)

2. Gastos Corrientes y Servicios (CAPITULO II)

1.- Transferencias corrientes a Familias:

2012

Ayudas de habitabilidad …………………… 2.659,86.- €

Ayudas económicas para Centro de Día …… 11.448,68.-€

Otras ayudas……………………….………… 305,93.-€

Ayudas para alimentos infantiles……………. 6.20.-€

Ayudas para transeúntes…………………… 147,85.-€

Prestación familiar vivienda……………… 16.136,75.-€

Prestación familiar otros……………………. 2.410,79.-€

Emergencia social otros…………………… 2.046,92.-€

Comedor…………………………………… 7.988,88.-€

Escuela infantil…………………………… 9.379,20.-€

Campamentos y escuela de verano……… 2.645.-€

Transporte………………………………… 517,20.-€

Page 219: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

219

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Tratamiento especializado………………… 5.802,60.-€

Total 2012…………………………………………… 67.689,66.- €

2013

Ayudas de habitabilidad ……………………… 6.968,09.- €

Ayudas económicas para Centro de Día ………… 13.336,65.-€

Otras ayudas personal mayores………………… 7.874,35.-€

Ayudas para alimentos infantiles……………… 6.350.-€

Ayudas para transeúntes……………………… 905,52.-€

Prestación familiar vivienda…………………… 46.580,96.-€

Prestación familiar otros……………………… 6.264,19.-€

Emergencia social otros……………………… 12.066.-€

Comedor…………………………………… 11.493,57.-€

Escuela infantil……………………………… 10.312,70.-€

Campamentos y escuela de verano………… 937.-€

Transporte………………………………… 802,32.-€

Tratamiento especializado………………… 3.723.-€

Total 2013…………………..……………………… 127.551,03.- €

2.- Gastos Corrientes y Servicios:

Servicios que se realizan con contratación de prestación de

servicios, cuyo coste está subvencionado.

Destinadas a procurar las atenciones necesarias en el domicilio

y entorno social de los beneficiarios y sus familias (Ayuda a

Domicilio). Según baremo.

Destinadas a procurar una atención inmediata en el domicilio

ante situaciones de emergencia.(Teleasistencia).100%

Plazas concertadas en Residencia de Mayores Valle de la

Oliva. Según baremo.

Otras Ayudas tratamientos especializados (Podólogo).

Subvención de 6 euros por cada tratamiento.

Destinadas a procurar un espacio de socialización y

prevención de situaciones de soledad a personas Mayores

residentes en el municipio ( SEDA). 100%.

Destinadas a procurar espacios y actividades de ocio para

personas con discapacidad( Programa de Ocio).100%

Page 220: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

220

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2012

CONCEPTO CUANTÍA

Ayuda a Domicilio 242.355,67 €

Teleasistencia 48.831,34 €

Plazas de Residencia Valle de la Oliva 262.011,98 €

Otras Ayudas 7.890,00 €

SEDA 46.558,97 €

Ocio de Personas con Discapacidad 18.571,06 €

2013

CONCEPTO CUANTÍA

Ayuda a Domicilio 176.827,82 €

Teleasistencia 41.979,84 €

Plazas de Residencia Valle de la Oliva 261.363,82 €

Otras Ayudas 9.690,00 €

SEDA 44.097,42 €

Ocio de Personas con Discapacidad 15.259,51 €

Majadahonda, 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Bienestar

Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“7. Nos llega una sugerencia para que el Ayuntamiento, en

colaboración con alguna ONG o Asociación de implantación en

el municipio, instale un contenedor o habilite un espacio para

que los vecinos puedan depositar juguetes para repartir entre

las familias con menos recursos.

No parece que exista una necesidad perentoria en este

municipio para que se instalen contenedores para dicho fin. En la

Page 221: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

221

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

actualidad hay otras entidades sociales que llevan a cabo campañas

de recogida de juguetes para repartir entre las familias más

necesitadas, sobre todo en Navidades.

Majadahonda, a 24 de febrero de 2014.- El Concejal de Bienestar

Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Respuestas de la Concejalía de Formación, Empleo, Comercio,

Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos al

Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 29-1-2014.

“8. El pasado Pleno de septiembre este grupo solicitó información

acerca de los trámites efectuados hasta el momento sobre la

parcela de la escuela de jardinería en relación a la moción que

presentamos en el pleno de julio. Ante la ausencia de respuesta

sobre este tema, reiteramos nuestra solicitud confiando en que

nos puedan informar definitivamente sobre esta cuestión.

Les informamos que las llaves de las instalaciones de la escuela

de jardinería, fueron entregadas por el concesionario en la Dirección

Técnica de Régimen Interior, Calidad, Organización y Servicios

Jurídicos, el pasado 11 de febrero de 2014.

Majadahonda, 23 de febrero de 2014.- El Concejal Delegado de

Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de

Animales Domésticos.- Fdo.: Juan Carlos Díaz Rodríguez.”

Respuestas de la Concejalía de Participación Ciudadana,

Comunicación y Urbanizaciones al Grupo Municipal Unión

Progreso y Democracia

“10. Habiendo tenido noticia de que el próximo día 4 de febrero del

corriente va a tener lugar, en el diario ABC, una entrevista

digital con el Alcalde, desearíamos saber cuál será el coste de

dicho vídeo chat ya que el año 2013 pagamos más de 1.700 €

por un evento similar.

Page 222: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

222

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El vídeo-chat no ha tenido ningún coste para las arcas

municipales.

Majadahonda, 14 de febrero de 2014.- Fdo.: Laura Nistal.”

Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“8. Nos llegan quejas de algunos participantes en el Mercadillo de

Artesanía porque el Ayuntamiento anuncia este evento como

organizado por una asociación de los propios artesanos cuando

no es así, no están representados ni pertenecen a ninguna

entidad, a pesar de que la Concejalía de Cultura le haya cedido

la gestión a una supuesta asociación de los mismos. Solicitamos

que se clarifique esta situación y que se regularice la

colaboración entre Ayuntamiento y artesanos para el desarrollo

del mercadillo.

La gestión del Mercadillo de Artesanía corresponde a la

asociación Asomarte. El ayuntamiento colabora con la cesión de las

mesas y la publicidad en el boletín, pero no es el responsable de la

selección de los artesanos ni de la organización del mercadillo.

Majadahonda, 21 de febrero de 2014.- Fdo.: María Fernández

Dobao. Concejal de Cultura y Juventud.”

Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal

izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 29-1-2014.

“Pregunta 3. Indica que su grupo está recibiendo muchas quejas de

profesores y alumnos del Instituto José Saramago por

los problemas de limpieza que hay en el mismo y, aunque

sabe que la limpieza de los centros de educación

secundaria no son de competencia municipal, la

situación es bastante grave porque, sobre todo, en el

pabellón deportivo hay una acumulación de polvo y

pelusas y parece que hay un importante número de

alumnos que padecen distintas patologías respiratorias e

incluso se han llegado a producir casos de escolares con

crisis asmáticas que han precisado la administración de

Page 223: Acta Pleno de Majadahonda febrero 2014

Pleno ordinario 26-2-2014

223

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

medicamentos lo que se ha producido por la gran

suciedad que hay en dicho centro escolar. A

continuación pide, porque supone que a todos les

preocupa el alumnado de este municipio, que la

Concejalía de Educación o la Alcaldía soliciten a la

Consejería de Educación que tome cartas en la limpieza

de los centros educativos de educación secundaria.

Respuesta:

Con motivo de la visita a Majadahonda de la Directora

General de Educación Secundaria, Formación Profesional y

Enseñanzas de Régimen Especial el alcalde solicitó a la directora

información sobre la limpieza en el IES José Saramago.

La directora informó al alcalde que su dirección general y la

dirección territorial están trabajando en este tema que deriva de

algunos problemas laborales y de otra índole de los trabajadores de

la empresa de limpieza. Así mismo, le informó de que, por la

información de la que disponía, el asunto estaba en vías de solución.

Por otro lado, desde la Concejalía de Educación contactamos

con la dirección del centro para interesarnos por el asunto. La

directora del IES nos informó, en la misma línea que la directora

general, que se habían mantenido varias reuniones con la empresa y

con la dirección territorial y la dirección general y que entendía que

el problema está en vías de solución.

Majadahonda, 12 de febrero de 2014.- Fdo.: María José Montón

Rosáenz. Concejal de Educación.”

Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó

la sesión siendo las catorce horas y seis minutos del día veintiséis de

febrero de dos mil catorce, en prueba de lo cual se levanta el presente

acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy

fe.

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO