acta numero 43 (cuarenta y tres) del 17 (diecisiete) de ... · 5. - controlar la sobrepoblación de...

40
ACTA NUMERO 43 (CUARENTA Y TRES) DEL 17 (DIECISIETE) DE DICIEMBRE DEL 2014 (DOS MIL CATORCE). REUNIDOS EN EL RECINTO OFICIAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO, A EFECTO DE CELEBRAR SESIÓN ORDINARIA. --------------------------- PRESIDENCIA.-A cargo del LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL. SECRETARÍA.- A cargo del LIC. JESÚS ELÍAS NAVARRO ORTEGA. - Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Buenas tardes a todos los aquí presentes. Vamos a iniciar la Sesión Ordinaria convocada para el día de hoy 17 DE DICIEMBRE DE 2014, por lo que solicito al Secretario del yuntamiento Lie. Jesús Elias Navarro Ortega, registre LA ASISTENCIA DE LOS IUDADANOS REGIDORES Y VERIFIQUE EL QUORUM LEGAL. ------------------- El Secretario del Ayuntamiento Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: procede a pasar Lista de Asistencia y verifica el quorum legal. PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL REGIDOR ROBERTO GERARDO ALBARRÁN MAGAÑA REGIDORA MARIA DE JESÚS DE LA TORRE GONZÁLEZ REGIDOR ANTONIO DE LOZA IÑIGUEZ REGIDORA BLANCA ESTELA FAJARDO DURÁN REGIDOR CARLOS GALLO JIMÉNEZ REGIDOR FELICIANO GARCÍA FIERROS REGIDORA CARMEN LÓPEZ HERNÁNDEZ REGIDORA MARIA GUADALUPE OROZCO JUÁREZ REGIDOR ROSALÍO PONCE HUERTA REGIDOR GERMAN ERNESTO RALIS CUMPLIDO REGIDORA ERIKA LIZBETH RAMÍREZ PÉREZ REGIDOR ARMANDO RAMOS CHÁVEZ REGIDOR FELIPE REYES RIVAS REGIDORA MARIA CRISTINA ROMERO REGIDOR MARTÍN DEMETRIO RUVALCABA NAVARRO REGIDOR FRANCISCO SÁNCHEZ IBARRA REGIDOR SERGIO ANTONIO SILVA NÚÑEZ REGIDORA PATRICIA MARGARITA SILVA SAHAGÚN REGIDORA ANGÉLICA GUADALUPE TORRES GUTIÉRREZ SÍNDICO MUNICIPAL, LIC. ERNESTO MEZA TEJEDA El Secretario del Ayuntamiento manifiesta: Sí hay Quorum, señor Presidente, toda vez qt se encuentran presentes la TOTALIDAD de los Miembros del Independencia 58 Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015 tlaquepaque.gob.mx

Upload: others

Post on 16-May-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ACTA NUMERO 43 (CUARENTA Y TRES) DEL 17 (DIECISIETE) DE DICIEMBRE DEL 2014 (DOS MIL CATORCE). REUNIDOS EN EL RECINTO OFICIAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO, A EFECTO DE CELEBRAR SESIÓN ORDINARIA.---------------------------

PRESIDENCIA.-A cargo del LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL.

SECRETARÍA.- A cargo del LIC. JESÚS ELÍAS NAVARRO ORTEGA. -

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Buenas tardes a todos los aquí presentes. Vamos a iniciar la Sesión Ordinaria convocada para el día de hoy 17 DE DICIEMBRE DE 2014, por lo que solicito al Secretario del

yuntamiento Lie. Jesús Elias Navarro Ortega, registre LA ASISTENCIA DE LOS IUDADANOS REGIDORES Y VERIFIQUE EL QUORUM LEGAL.-------------------

El Secretario del Ayuntamiento Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: procede a pasar Lista de Asistencia y verifica el quorum legal.

PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL REGIDOR ROBERTO GERARDO ALBARRÁN MAGAÑA REGIDORA MARIA DE JESÚS DE LA TORRE GONZÁLEZ REGIDOR ANTONIO DE LOZA IÑIGUEZ REGIDORA BLANCA ESTELA FAJARDO DURÁN REGIDOR CARLOS GALLO JIMÉNEZ REGIDOR FELICIANO GARCÍA FIERROS REGIDORA CARMEN LÓPEZ HERNÁNDEZ REGIDORA MARIA GUADALUPE OROZCO JUÁREZ REGIDOR ROSALÍO PONCE HUERTA REGIDOR GERMAN ERNESTO RALIS CUMPLIDO REGIDORA ERIKA LIZBETH RAMÍREZ PÉREZ REGIDOR ARMANDO RAMOS CHÁVEZ REGIDOR FELIPE REYES RIVAS REGIDORA MARIA CRISTINA ROMERO REGIDOR MARTÍN DEMETRIO RUVALCABA NAVARRO REGIDOR FRANCISCO SÁNCHEZ IBARRA REGIDOR SERGIO ANTONIO SILVA NÚÑEZ REGIDORA PATRICIA MARGARITA SILVA SAHAGÚN REGIDORA ANGÉLICA GUADALUPE TORRES GUTIÉRREZ SÍNDICO MUNICIPAL, LIC. ERNESTO MEZA TEJEDA

El Secretario del Ayuntamiento manifiesta: Sí hay Quorum, señor Presidente, toda vez qt se encuentran presentes la TOTALIDAD de los Miembros del

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

\

S A N P E D R O

k0 TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, y 50 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administración Pública del Municipio de Tlaquepaque, puede sesionarse válidamente.---------------------------------------------------

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: En virtud de que se ha comprobado el QUORUM LEGAL SE DECLARA ABIERTA LA SESIÓN SIENDO LAS 13:13 (TRECE HORAS CON TRECE MINUTOS) DEL DÍA 17 (DIECISIETE) DE DICIEMBRE DEL 2014 (DOS MIL CATORCE), y se declaran válidos los acuerdos que este H. Ayuntamiento tenga a bien tom ar.--------------------

abla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Solicito al Secretario el Ayuntamiento, el Lie. Jesús Elias Navarro Ortega, de lectura al Orden del Día

que esta Presidencia les propone.-------------------------------------------------------------------

Por lo que el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega, da lectura a la APROBACIÓN DEL ORDEN DEL D ÍA .-------------------------------------------

PRIMERO.- Lista de asistencia y verificación del quorum legal.-

SEGUNDO.- Aprobación del orden del d ía .---------------------------

ERCERO.- Lectura, análisis y aprobación del acta de la sesión anterior.

CUARTO.- Turno de asuntos a comisiones edilicias.--------------------------

QUINTO.- Lectura, en su caso debate, y aprobación de dictámenes comisiones.-----------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTO.- Asuntos generales.-

/ ,Eh el uso de la palabra el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Marisc; V / L Esta a la consideración de ustedes señores Regidores el Orden del Día para

Desarrollo de la Sesión. Por lo que en votación económica se pregunta si aprueba. ----------------------------- ---------------------------------------------------------------------

Aprobado por unanimidad.

Nuevamente tiene la palabra el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barb Mariscal: En vista de que se ha NOMBRADO LISTA DE ASISTENCIA Y r\ / VERIFICADO EL QUORUM LEGAL, así mismo se ha realizado la APROBACIÓN V DEL ORDEN DEL DÍA, se tienen por cumplidos estos Puntos del Orden programado^ para está Sesión.---------------------------------------------------------

( tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O3

Nuevamente tiene la palabra el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscáí: En cumplimiento al TERCER PUNTO del orden del día LECTURA, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, ésta Presidencia pone a su consideración se omita la aprobación del ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014. En virtud de que ha sido entregada con anticipación en medio electrónico a cada uno de ustedes señores regidores para su estudio y análisis.------------- ------------ -------------

Tiene la palabra el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Se solicita se apruebe el CONTENIDO del ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014. ------------------------------------------------------------------

Por lo que en votación económica se pregunta si es de aprobarse?. Aprobado.

Tiene la palabra el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: queda aprobado el contenido del ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014.------------------------------------------------------------------------

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Continuando con el CUARTO PUNTO del orden del día TURNO DE ASUNTOS A COMISIONES EDILICIAS, se pide a los regidores que tengan asuntos para turnar a comisiones se sirvan manifestarlo para poder registrarlos, esta Presidencia no tiene turnos a comisiones en agenda.----------------------------------------------------------------------------------

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Como QUINTO PUNTO del Orden del Día, LECTURA, EN SU CASO DEBATE Y APROBACIÓN DE DICTÁMENES DE COMISIONES. Solicito se omita la lectura de los dictámenes de comisiones, en virtud de que han sido entregados con oportunidad en medio electrónico, a cada uno de ustedes señores regidores.-------------------------

y y Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba omitir la lectura de / / los'dictámenes y sus acuerdos.----------------------------------------------------------------------

^Aprobado.

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: se le concede el uso de la palabra al Secretario del Ayuntamiento.--------------------------------------------------- ^

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: EXP. 134/2013 DICTAMEN EN SENTIDO PROCEDENTE QUE TIENE POR OBJET

IMERO.- SE APRUEBA MODIFICAR EL NOMBRE DEL REGLAMENTO D ROTECCIÓN ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

* S A N P E D R O

i, t TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

TLAQUEPAQUE; PARA QUEDAR COMO: REGLAMENTO DE PROTECCIÓN ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE. --------------------------------------------------------------------------- --------------

C. REGIDORES DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE PRESENTE. Los suscritos Regidores de la Comisiones Edilicias de ECOLOGÍA Y ACCION CONTRA LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Y REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS, nos permitimos poner a consideración de este H. Ayuntamiento el DICTAMEN en sentido PROCEDENTE referente a la iniciativa que tiene por objeto: APROBAR diversas modificaciones al REGLAMENTO DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES Y SALUD VETERINARIA A N T E C E D E N T E S 1 . - Con fecha del 09 de AGOSTO del 2013, se presento al pleno del H. Ayuntamiento el siguiente turno a Comisiones: ÚNICO.- Se turna a las Comisiones Edilicias de ECOLOGÍA Y ACCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Y REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS, para su Estudio y Análisis, la Modificación de diversos artículos al REGLAMENTO DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES Y SALUD VETERINARIA. 2.- Con fecha 18 de NOVIEMBRE del 2014, fueron citados y se reunieron los integrantes de la Comisiones Edilicias de Ecología y Acción Contra la Contaminación Ambiental y Reglamentos Municipales y Puntos Legislativos, a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en la sesión de Ayuntamiento del día 09 de AGOSTO del 2013. CONSIDERANDOS / . -

Que las disposiciones del reglamento que hoy se presentan para su aprobación son reglamentarias del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como lo previsto por el Artículo 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. II.- Que en los términos de los Artículos 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el Artículo 77 Fracción II y 78 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, todo lo anterior en concordancia con el Artículo 115 Fracción 3 Inc. h, Vil, y 123 apartado B Fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. III.- Que el Ayuntamiento tiene entre sus atribuciones, las de celebrar y aprobar reglamentos..., así mismo corresponde al Presidente Municipal, la función ejecutiva de los Ayuntamientos, el cual tiene entre otras facultades y obligaciones ejecutar las determinaciones del Ayuntamiento que se apeguen a la Ley, y por otro lado el Secretario tendrá como obligación firmar y comunicar los acuerdos emanados del Ayuntamiento o del Presidente Municipal y autorizarlos con su firma. Lo que en concordancia con todo lo antes señalado implica que la propuesta que hoy presentamos jurídicamente es viable, y contiene el sustento necesario, por lo que sí es factible APROBAR las modificaciones a diversos artículos del REGLAMENTO DE PROTECCION A LOS ANIMALES Y

LUD VETERINARIA. Por lo anteriormente expuesto y plenamente fundamentado, nos permitimos someter a su apreciable consideración los siguientes puntos de: ACUERDO PRIMERO.- SE APRUEBA MODIFICAR EL NOMBRE DEL REGLAMENTO DE PROTECCION ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE TLAQUEPAQUE; para quedar como sigue: REGLAMENTO DE PROTECCION ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE SEGUNDO.- SE APRUEBA MODIFICAR DIVERSOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO DE PROTECCION ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE para quedar como sigue:REGLAMENTO DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES Y SALUD PUBLICA VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE.

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

-

* S A N P E D R O*0 TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES i

fX

Art. 1. El presente Reglamento es de observancia general en el Municipio de San Pedro Tlaquepaque y tiene por objeto:

I . - Proteger la vida humana a través de una mayor higiene y salud de los animales con los que convive;2 - Protegerla vida, desarrollo y crecimiento de los animales;3. - Erradicar los actos de crueldad, sancionándolos a quien los cometan, en perjuicio de losanimales con los que convive; ' '4. - Vigilar, prevenir y controlar la transmisión de zoonosis y vectores en zonas urbanas;5. - Controlar la sobrepoblación de animales considerados como de compañía y los que forman la fauna nociva;6. La prevención y control de lesiones provocadas por los animales a los humanos y a sus pertenencias;7 . - Educar a la ciudadanía sobre el cuidado ecológico y la sanidad provenientes de la convivencia humano - animal;8 - Regular el comercio de fauna urbana, silvestre y exótica;9. - Cuidar el ambiente evitando la contaminación por desechos, animales enfermos y muertos en zonas urbanas;10. - Vigilar y coadyuvar el cumplimiento de las Leyes Federales, Estatales y normas vigentes de acuerdo con los convenios respectivos; yI I . - Difundir por los medios apropiados el contenido del reglamento; inculcando en el niño, el adolescente y el adulto el respeto a toda forma de vida animal.

Art. 2. La aplicación del presente reglamento corresponde a las autoridades y dependencias siguientes:

1. El Presidente Municipal;2. El Secretario General;3. El Síndico;4. La Dirección General de Inspección y Vigilancia de Reglamentos;5. La Dirección General de Medio Ambiente

Veterinaria);6. Los Jueces Municipales;7. Unidad de Protección Civil;8. Dirección de Padrón y Licencias;9. Comisaría de la Policía Preventiva Municipal; y10. A los demás servidores públicos, facultados para dar cumplimiento a los objetivos del

presente Reglamento.

'ñV Art. 3 Los lineamientos del presente reglamento, podrán apoyarse en las leyes federales (Ley de I Sanidad Animal, Ley General de Salud y Ley General del equilibrio Ecológico y protección al

ambiente), Leyes estatales (Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y protección al ambiente), las normas oficiales mexicanas: NOM 009Z001994. Manejo de carne, así como la inspección ante mortem y postmortem. NOM 033ZOO1995. Técnicas y lugares para el sacrificio humanitario de animales domésticos y silvestres. NOM 051ZOO1995. La movilización de animales evitando o reduciendo el sufrimiento durante el proceso. NOM 024ZOO1995. Especificaciones y características zoosanitarias para transporte de animales, sus productos y subproductos. NOM 045ZOO1995. Características zoosanitarias para la operación de establecimientos donde se concentren arvmates para ferias, exposiciones, subastas, tianguis y eventos especiales. NOM 017-

21994 para la vigilancia epidemiológica. NOM 046ZOO1995 del sistema nacional de vigilanciatlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

Municipal de Salud Pública

6

epizootiologica. NOM 011SSA21993 para prevención y control de rabia. Las demás aplicables y losreglamentos del gobierno municipal de San Pedro Tlaquepaque.

Art. 4. Para efectos del reglamento se entiende por:a) Animales Domésticos.- Son aquellos animales que el hombre a incorporado a su hábitat

destinándolos a compañía, trabajo y explotación zootécnica.b) Comercio ilegal.- Compra venta de animales silvestres y exóticos en peligro de extinción,

prohibido por la autoridad federal.c) Comercio legal de animales.- Compra venta de animales destinados para el fin doméstico

y de crianza. ’ » 'd) Exóticos.- Son aquellos que habitan en zonas lejanas a la influencia del hombre (selvas,

bosques, desiertos y zonas árticas).e) Fauna Silvestre.- Conjunto de especies animales que viven en una región o medio sin

tener relación con el hombre.f) Salud Pública. - Es la disciplina medica que tiene por objeto el estudio y control de la salud

y su problemática en una población en general.g) Vector.- Agente que transporte el germen de una enfermedad (bacteria, virus o

protozoario) de un sujeto afectado a otro sano.h) Zoonosis.- Enfermedades microbiana o parasitaria que afecta a los animales y puede ser

transmitida a los hombres.

rt. 5. Son acciones de la higiene urbana veterinaria municipal las siguientes:1. Caracterización de las categorías de animales viviendo en zonas urbanas.2. Vigilancia, prevención y control de las enfermedades transmisibles al hombre y a los

animales en zonas urbanas.3. Problemas especiales de la prevención de zoonosis en mujeres, niños y ancianos.4. Prevención y control de lesiones provocadas por animales.5. Destrucción de animales muertos.6. Control de las poblaciones animales.7. Problemas relacionados con el bienestar de los animales.8. La realización de programas activos en educación y capacitación sanitaria,

colaboración intersectorial, vigilancia, legislación prevención y control de zoonosis, registro censal de perros y control de poblaciones animales.

9. Promoción de la responsabilidad de los propietarios y encargados de animales.10. Organización de programas y servicios11. Estudio y control epidemiológico y epizootiológico urbano en relación a la salud

pública veterinaria.12. Promoción de la investigación científica y coordinación con otras instancias.

Art. 6. La tenencia de animales se clasifica según el fin:1. Afectivo (animales de compañía)2. Comercial (producción zootécnica, zoológicos y parques de diversión).3. Científico (animales para Investigación académica y científica).

Art. 7. Riesgos de salud con animales:1. Zoonosis y vectores.2. ETAS (enfermedades transmitidas por alimentos)3. Daños y lesiones por agresión4. Contaminación ambiental (ruido, olor, fecalismo, desecho y cadáveres).

males en zonas urbanas se clasifican en:

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O7

1. Especies de compañía y recreo.2. Sinantrópicos y aves.3. Fauna nociva.4. Animales proveedores de alimento y trabajo.5. Animales salvajes, silvestres y exóticos.

Art. 9. Conforme lo establece este reglamento, todos los actos de crueldad, maltrato, daño, comercio ilegal de animales, provenientes éstos, de sus encargados, poseedores, o terceras personas, serán sancionados por la autoridad municipal.

Art. 10. Los comercios o tiendas de venta de animales, farmacias y clínicas veterinarias, zoológicos, rastros o algún otro que intervenga en la venta o exhibición de animales, deberá cumplir con las directrices indicadas en el presente reglamento.

CAPITULO IIDE LA POSESIÓN DE ANIMALES

Art. 11. Es obligación de los propietarios o poseedores:1. Todo dueño o poseedor de mascotas, al sacar a éstas que a la vía pública, deberán sujetar

y/o poner bozal a los animales mediante el mecanismo propio.Suministrarle agua limpia y fresca, alimento adecuado en cantidad y calidad suficientes para su desarrollo, así como medicamentos y los cuidados necesarios para asegurar su salud, bienestar y para evitarle daño, enfermedad o la muerte.Proporcionarle instalaciones propias y adecuadas, suficientes para su desarrollo y movilidad, privilegiándolo de luminosidad, ventilación, aseo e higiene.

4.

5.

6.

Prevenir la sobrepoblación de animales de compañía acudiendo a un Médico Veterinario, (clínicas particulares o públicas).Cuando el cuadro clínico lo requiera o lo amerite el médico propondrá la aplicación de la eutanasia como lo indica la norma de sacrificio humanitario.Todo propietario, responsable y/o encargado de animales deberá proporcionar los medios necesarios para garantizar la salud pública.Cuando ocurra la muerte de un animal, su propietario podrá destinar el cadáver al Centro de Salud Pública Veterinaria para su incineración cubriendo la cuota correspondiente.Los propietarios de animales peligrosos o agresivos deberán proteger a las personas que transitan por la calle, cubriendo los canceles o cocheras de sus casas con materiales que garanticen la seguridad de los transeúntes.En caso de reclamo de pago de daños y perjuicios, gastos de curación, hospitalización muerte a terceros, ocasionados por un animal agresivo, la autoridad jurisdiccional correspondiente designará la compensación o indemnización correspondiente.

9.

Art. 12. Queda Prohibido a los propietarios o poseedores:1. Abandonar a los animales en la vía pública deslindándose de su tutela.IB S Tenerlos en calle o fuera de su casa o estancia aún con collar y placa de vacunación.3. Descuidar la salud animal, no proporcionando los insumos necesarios para ello.4. Causar sufrimiento o agonía a los animales.5. Permitir que los menores o incapaces provoquen sufrimiento a los animales.6. Abandonar los cadáveres de animales en la vía pública y/o lotes baldíos.7. / Dejar en la vía pública las excretas de animales de compañía o trabajo.

Tener animales en zonas habitacionales, cuando estos causen problemas o malestar a sus vecinos (ruido, olores, daño a materiales y mala higiene).

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

8

9. La venta de animales en la vía pública, tianguis o lugares sin licencia municipal salvo avesde ornato con la autorización correspondiente.

10. Tener animales expuestos a la luz solar directa por mucho tiempo, sin la posibilidad de buscar sombra o no protegerlo de las condiciones climatológicas adversas.

11. Incitar animales para que agredan a las personas o se agredan entre ellos, realizando peleas provocadas para espectáculos o diversión.

vigile y que propicie su fuga causando daños a terceros, será responsable de los danos que

Art. 14. Los propietarios, poseedores o encargados podrán esterilizar a sus animales, de considerarlo necesario o conveniente, en clínicas veterinarias particulares, clínicas veterinarias de asistencia o bien en las campañas que en este ámbito realice el Ayuntamiento.

Art. 15. Toda persona moral o física cuya actividad sea la cria y venta de animales de cualquier especie, deberá otorgar los medios para satisfacer las necesidades de salud y bienestar a los animales.

Art. 16. Se prohíbe la crianza y comercialización de animales en la vía pública, el comercio y exhibición de animales, serán realizados en los locales e instalaciones adecuadas para su correcto cuidado, manutención y protección, respetando las Normas de Higiene y Seguridad bajo vigilancia del Ayuntamiento.

Art. 17. El establecimiento que venda animales de manera pública o privada y no se sujete, al precepto anterior y demás relativos del presente reglamento, se presumirá clandestino y los propietarios de estos se harán acreedores a las sanciones previstas en el presente reglamento y demás disposiciones aplicables.

Art. 18. Las personas físicas o morales dedicadas a la cría y7o venta de animales, al comercio de mascotas, Farmacias Veterinarias, Albergue de Animales, Escuela de Entrenamiento de Mascotas, y Acuarios, deberá verificar que el giro no provoque problemas, daños o malestar a sus vecinos, a través de dictamen del Centro Municipal de Salud Publica Veterinaria dirigido a la Dirección de Padrón y Licencias.

Art. 19. Los causantes mencionados en el articulo anterior, deberán atender las observaciones técnicas que en materia ambiental les haga la Dirección General de Medio Ambiente a través del Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria en base a las Normas Oficiales Mexicanas y a los convenios que tenga signados el Gobierno Municipal con otros niveles de Gobierno.

Art. 20. Las especies silvestres y/o exóticas para su venta requieren de un permiso expreso de la autoridad competente en la materia. x

Art. 21. Se prohíbe regalar u obsequiar animales con el fin de publicitar o de promocionar, así como las rifas de animales en ferias, tardeadas, tianguis, espectáculos o cualquier otro sitio dond no se cumióla lo señalado por este reglamento, salvo la autorización municipal correspondiente.

Art. 13. El responsable o poseedor de un animal que en su caso lo abandone, no lo cuide, no lo

ocasione y será acreedor a una sanción económica.

CAPITULO IIIDELA CRIANZA, COMERCIALIZACION DE ANIMALES Y SERVICIOS

tlaquepaque.gob.mxi

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

Art. 22. Queda prohibida la venta de animales que por su edad no puedan sobrevivir separados de su madre.

Art. 23. Esta prohibido comercializar con especies en peligro de extinción, así como sus productos.

Art. 24. Queda prohibida la venta de animales vivos a menores de edad.

Art. 25. La licencia municipal de Estética Veterinaria para pequeñas especies limitará sus actividades al aseo, peinado y venta de artículos de belleza animal, quedando prohibido la aplicación prescripción y atención médica de productos farmacológicos y biológicos.

Art. 26. Los propietarios de los negocios donde se expendan alimentos para animales, serán responsables del correcto manejo del alimento para evitar enfermedades a los animales y que estos a su vez enfermen a los humanos.

CAPITULO IVDELA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y ACADÉMICA CON ANIMALES

Art. 27. Los experimentos que se lleven a cabo con animales se realizarán únicamente cuando estén plenamente justificados ante las autoridades correspondientes cuando tales actos sean imprescindibles para el estudio y avance de la ciencia, siempre y cuando esté demostrado que: I. Los resultados experimentales deseados no puedan obtenerse por otros procedimientos o alternativas; II. Los experimentos no puedan ser sustituidos por esquemas, dibujos, películas, fotografías, videocintas, discos de vídeo compactos, materiales biológicos o cualquier otro procedimiento análogo.

Art. 28. Para actividades académicas y/o científicas que estén justificadas como lo señala el artículo anterior, el Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria podrá donar aquellos animales que después de las 72 horas no hayan sido reclamados por sus presuntos dueños. La donación se haría mediante solicitud y cubriendo el protocolo legal que para tal efecto disponga esta autoridad.

Art. 29. El animal que se utilice en experimentos de disección, debe ser previamente insensibilizado con anestésicos; atendido y alimentado, antes y después de la intervención, si sus heridas implican mutilación grave o son de consideración éste será sacrificado inmediatamente al término de la operación, mediante los medios establecidos en el presente

h/

/ ' ut

'reglamento, evitándole sufrimiento innecesario.rt. 30. Los animales que hayan sido utilizados para experimentación, no volverán a ser sujetos de

un nuevo experimento, debiéndoles buscar un hogar y de no ser esto posible, serán sacrificados dignamente.

Art. 31. La autoridad municipal promoverá, en coordinación con las instancias encargadas de la impartición de la educación, la prohibición de utilizar en los centros de educación, animales vivos o muertos para la práctica de experimentos, salvo en los casos que por la naturaleza de los programas educativos así se requiera, velando siempre por el bienestar de los animales.

CAPITULO VDEL DESTINO FINAL DE CADÁVERES ANIMALES

Arp.'32. B ayuntamiento podrá contar con un horno crematorio cuya función principal es la dt remar yadáveres de animales, atendiendo así las necesidades ecológicas de la poblacii

debiendo cobrar por el servicio, lo estipulado en la ley de ingresos.tlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tei. 1057.6014 y 1057.6015

u

A. S A N P E D R O

* TLAQUEPAQUE 10

G O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

\V

Art. 33. Los cementerios de animales de tipo particular deberán contar con el dictamen de la Dirección General de Medio Ambiente para su funcionamiento y permiso correspondiente del Ayuntamiento, además de los requisitos y normas de la SSA.

CAPITULO VIDEL CENTRO MUNICIPAL DE SALUD PÚBLICA VETERINARIA

Art. 34. El ayuntamiento deberá contar con un lugar acondicionado para recibir y albergar animales que hayan sido reportados por los ciudadanos o después de haber agredido alguna persona. Así como promover la higiene urbana veterinaria, la educación, la investigación y brindar apoyo a la ciencia médica. Este centro se constituye por lo tanto en la autoridad municipal en materia de salud animal.

Art. 35. El Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria tendrá como principales objetivos y actividades los siguientes puntos.

a) Promover una sana convivencia con la fauna urbana dentro de los límites y alcances del presente reglamento.

b) La protección del hombre contra zoonosis.a) Prevención al medio ambiente contra la exposición de excretas, contaminación biológica,

ruidos y accidentes ocasionados por animales.i) Valoración de factores positivos de animales en ciudades, incluso el animal como parte del

paisaje urbano.a) Protección de los animales en su bienestar y salud.9 Fomento de la investigación científica en coordinación con Universidades e instituciones

científicas y epidemiológicas.g) Propiciar estudios de epidemiología y epizootiología de la convivencia hombre- animal.b) Regular el control de la fauna nociva.) Control de sobrepoblación animal.j Campañas de vacunación y esterilización masiva para mascotas, y fumigación contra la

fauna nociva organizadas por las autoridades sanitarias correspondientes.

Art. 36. El Centro Municipal de Salud Publica Veterinaria podrá solicitar el apoyo de seguridad pública cuando se requiera someter a un animal en casos de emergencia.

Art. 37. El sacrificio de animales domésticos no destinado a consumo humano, se realizará en razón del sufrimiento que le cause un accidente, enfermedad, incapacidad física o vejez con la Supervisión de un medico veterinario, con excepción de aquellos animales que se constituyen en amenaza para la salud, la economía o los que por exceso de su especie signifiquen un peligro

/ / grave a la sociedad. Salvo los motivos de fuerza mayor o peligro inminente, ningún animal podrá ser sacrificado en la vía pública.

Art. 38. La captura por motivos de salud pública de perros y otros animales domésticos que deambulen sin dueño aparente se efectuará únicamente a través y bajo la supervisión de la

. autoridad municipal quien contará con personal específicamente adiestrado y debidamentt I / / equipado para tal efecto y por seguridad evitando cualquier acto de crueldad, tormén 1 ' sobreexitación o escándalo público.

Art. 39. Un animal capturado podrá ser reclamado por su propietario antes de las 72 horas /uientes. En, caso de animales no reclamados a tiempo por su propietario, autoridad aplicará la

éutanasia c/mo lo menciona la norma oficial. El Centro Municipal de Salud Pública Veterinariatlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O

conservará un archivo con las actas circunstanciadas de cada animal sacrificado donde se registre el sitio donde fue capturado, la raza, color de piel, características generales y fotografías del mismo.

Art. 40. En caso de reclamación de un animal capturado en donde se carezca de documentación que pruebe la propiedad del mismo, bastará que el reclamante cubra la cuota correspondiente y presente dos testigos con identificación y comprobante de domicilio actualizado ante el Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria para que pueda liberar dicha mascota mediante responsiva firmada por el responsable del animal.

CAPITULO VilDE LOS ANIMALES SILVESTRES Y EXÓTICOS EN CAUTIVERIO

Art. 41. Los poseedores de animales silvestres o exóticos considerados como salvajes en cautiverio, están obligados a registrarlos ante las autoridades federales competentes en la materia y dar aviso al Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria.

Art. 42. Tratándose de especies en extinción las autoridades municipales deberán dar aviso a las autoridades federales correspondientes de la existencia y lugar donde se encuentra el animal.

CAPITULO VIIIDE LOS ANIMALES DE CARGA, TIRO Y PARA CABALGAR

Art. 43. Los propietarios de los animales de carga y tiro, así como los destinados para cabalgar, í están obligados a proporcionar los cuidados, descanso, sombra, alimento, agua y los demás que

requiera el animal para su buen desempeño y bienestar como lo establece la Ley Estatal de Protección Animal del Estado de Jalisco.

Art. 44.- Los vehículos de cualquier clase que sean tirados por animales, no podrán ser cargados con un peso excesivo o desproporcionado, tomando en cuenta las condiciones de los animales que se empleen para su tracción. Los animales de carga en ningún momento serán cargados con un peso superior a la tercera parte del suyo, ni agregara éste el de una persona.

CAPÍTULO IX DE LOS ZOOLÓGICOS

Art. 45. Los zoológicos deberán contar con los permisos municipales, estatales y federales para el ternamiento y custodia de los animales en exhibición,

Art. 46. Los responsables, dueños o encargados tienen la obligación de proporcionar el hábitat adecuado según la especie, además de los cuidados, medidas alimenticias u otros que se requieran para su desarrollo.

Art. 47. Los animales deberán estar separados de los andadores, por medio de jaulas, fosas y otro medio que dé seguridad a las personas, así como a los animales.

CAPÍTULO XDE LOS ANIMALES EN EVENTOS SOCIALES Y PÚBLICOS

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTel. 1057.6014 y 1057.6015

12

Art. 48.- Todo evento social que tenga como medio de entretenimiento, información y concientización de la presencia y exhibición de animales, deberá observar las disposiciones establecidas en el presente reglamento.

Art. 49.- Quedan prohibidas las peleas de cualquier ejemplar de especie "canina", tanto en lugares públicos como privados.

Art. 50.- Queda prohibido el establecimiento con carácter temporal o permanente de circos con animales dentro del Municipio de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, que utilicen como atractivo principal la explotación, exposición, exhibición y/o participación de animales cualquiera que sea su especie.

En caso de violar esta disposición se procederá a imponer la sanción correspondiente y a la clausura inmediata del circo, en caso de no retirarlo en un término de 24 horas, se realizará el aseguramiento precautorio de los animales, en coordinación con las autoridades competentes para mantenerlos bajo la custodia de la autoridad que corresponda, según la especie.

Articulo 51.- Quedan estrictamente prohibidos todos aquellos espectáculos públicos y privados, que tengan por objeto la lucha o la muerte entre animales, cualesquiera que sea su clase, exceptuándose aquellas que se encuentran debidamente autorizadas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.

Art. 52. La cacería de animales así como la pesca de cualquier especie, en cualquier época del año dentro del municipio de San Pedro Tlaquepaque será regulada por las autoridades federales correspondientes. En el caso de existir convenios con las autoridades respectivas, la Dirección General de Inspección y Vigilancia de Reglamentos será la instancia responsable de manejar dichos permisos tomando en cuenta las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.

Art. 53. Para efectos del presente ordenamiento se consideran animales de sacrificio a todo aquellos destinados para el consumo, elaboración de vestuarios y otros usos exclusivos de primera necesidad, encontrándose entre estos, las especies de ganado bovino, porcino, lanar, caballar, snal, cunicular y avícola.>e excluyen para efectos de éste artículo las especies de animales en peligro de extinción.

Art. 54. El sacrificio de cualquier animal domestico deberá hacerse de manera tal que no le cause excesivo estrés y sufrimiento.

Art. 55. A ningún animal se le podrá dar muerte a través de envenenamiento, ahorcamiento, golpes, o algún otro procedimiento que cause sufrimiento innecesario o prolongue su agonía.

Art. 56. Antes de proceder al sacrificio de los animales cuadrúpedos deberán ser insensibilizados, utilizando para ello los siguientes métodos u otros similares./.- Con rifles o pistolas de émbolo oculto o cautivo, o cualquier otro aparato de funcionamiento análogo, concebido especialmente para el sacrificio de animales.

CAPITULO XIDELA CACERÍA Y PESCA DE ANIMALES.

CAPÍTULO XIIDEL SACRIFICIO DE LOS ANIMALES

anestesia.

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O13

III. - Con cualquier innovación mejorada que insensibilice al animal para su sacrificio y que no perjudique al animal.IV. - El sacrificio de aves se realizará con métodos rápidos, de preferencia eléctrico o el descerebramiento, salvo alguna innovación mejorada que la insensibilice.Se prohíbe la muerte de animales mediante la inmersión en agua hirviendo, ahorcamiento, golpes o cualquier otro método que cause sufrimiento innecesario y prolongue la agonía del animal.

Art. 57. Queda prohibido inmovilizar a los animales cuadrúpedos destinados al sacrificio; solos se podrá hacer esto en el momento mismo del sacrificio del animal. Así mismo, esta prohibido quebrar las patas de los animales, así como amarrar y doblar las patas o en el caso de las aves, las alas antes del sacrificio.

Art. 58. Esta prohibido el sacrificio de ,

Art. 59. Nadie puede sacrificar a un animal en vía pública, salvo por motivos de peligro inminente y para evitar el sufrimiento innecesario en el animal cuando no sea posible su traslado inmediato a un lugar más adecuado.

60. En ningún caso, los menores de edad podrán estar presentes en las salas de matanza o enciar el sacrificio de animales.

M. 61. A los animales domésticos se aplicará eutanasia dentro de establecimientos como clínicas, hospitales veterinarios y/o en el Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria asistidos por un Médico Veterinario por su prescripción.

Art. 62. Los animales domésticos para consumo humano se sacrificaran en los rastros municipales o autorizados y tipo inspección federal de acuerdo a la NOM.033 prohibiéndose la matanza en la vía pública de cualquier especie.

CAPÍTULO XIIIDEL TRANSPORTE DE LOS ANIMALES VIVOS

Art. 63. Para el traslado de animales, siempre deberá utilizarse un vehículo acondicionado para este fin, como son trailers con jaula marranera o gallinera, camiones de redilas o camionetas conaja.

'Art. 64. Las jaulas para aves deberán ser lo suficientemente resistentes para soportar el peso de las que queden arriba y nunca se transportarán con las alas cruzadas o colgadas de las patas.

Art. 65. No se deberá dejar en los camiones transportistas o en bodegas, animales enjaulados por espacio mayor de 4 horas para las aves y 24 horas para el ganado sin proporcionar alimento, agua y espacio suficiente para que puedan descansar.

Art. 66. La carga y descarga de animales debe hacerse por medio de plataformas o rampas a nivel y nunca se obligará al ganado a saltar del vehículo, ni se arrojarán las cajas con aves al suelo golpeándolas unas con otras.

CAPÍTULO XIVDE LAS ASOCIACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTel. 1057.6014 y 1057.6015

í\

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O14

Art. 67. Las asociaciones protectoras de los animales, son organismos integrados por ciudadanos sin objetivos de lucro, colaborando en actividades protectoras de la fauna.

Art. 68. Toda asociación protectora de animales deberá estar constituida como tal y para efectos de ser escuchada tendrá que mostrar la documentación que así la acredite como el registro del Instituto Jalisciense de Asistencia Social.

I. Podrán realizar convenio con la autoridad municipal para realizar actividades en beneficio de los animales que se encuentren en el Centro Municipal de Salud Publica Veterinaria con la finalidad de buscar adopción a los animales que así lo requieran.

> iArt. 69. La valiosa colaboración de las asociaciones protectoras de animales se limitara a su opinión y consejo técnico sobre sus experiencias en la protección de los animales.

Art. 70. Las asociaciones protectoras de los animales podrán participar en las campañas (de vacunación, esterilización, capacitación, educación que organice la autoridad municipal).

CAPITULO XV DE LAS SANCIONES

Art. 71. La garantía del cumplimiento de las disposiciones observadas en este reglamento compete a la autoridad municipal a través de los Jueces Municipales ó el Centro Municipal de Salud Pública Veterinaria en forma independiente a lo que se indique en algún otro reglamento o ley aplicable en la materia.

.rt. 72. Las sanciones serán aplicadas conforme al presente reglamento pudiendo ser de la nanera que a continuación se indica:

I. Apercibimiento verbal o por escrito.II. Infracción, según sea la gravedad de la falta.III. Clausura parcial o total del giro o actividad.IV. Revocación de la licencia, permiso, concesión o autorización.V. Aseguramiento de Animales.VI. Arresto administrativo hasta por 36 horas.

Art. 73. Será motivo de sanción cuando:I.

III.IV.

V.

VI. Vil.

VIII.

Exista maltrato, crueldad, daño y/o abandono flagrante y evidente de algún animal.Cuando haya compraventa de especies silvestres, exóticas y/o en peligro de extinción y no cuenten con la documentación requerida.Abandone en la vía pública cadáveres de animales.Deambule en la vía pública con un animal sin sujeción de acuerdo a su especie y sin protección para niños, ancianos y público en general.Teniendo animales en su propiedad no cuente con protecciones de seguridad contra agresiones y/o lesiones que estos puedan ocasionar a los transeúntes. Por sacrificar animales de cualquier especie en la vía pública.El propietario de un animal no se responsabilice por los cuidados de salud de su (s) animal (es) y estos sean causantes de zoonosis.En los giros en los que habla el presente reglamento, que no cumplan con las disposiciones señaladas.A todas aquellas personas que llevando sus animales dejen el excremento en la vía pública.

TRANSITORIOS:

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015

TLAQUEPAQUES A N P E D R O

G O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

15

ARTÍCULO PRIMERO - Este reglamento comenzará a surgir efectos a los 30 días siguientes de su publicación en la Gaceta Oficial de este Gobierno Municipal. ARTICULO SEGUNDO '. j Se deroga cualquier otra disposición que se oponga a la aplicación del presente reglamento. ATENTAMENTE “SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN" LIC. ERIKA LIZBETH RAMIREZ PEREZREGIDORA PRESIDENTA DE LA COMISION DE ECOLOGIA Y ACCION CONTRA LA CONTAMINACION Y VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS.C. FELICIANO GARCIA FIERROS REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS Y VOCAL DE LA COMISION DE ECOLOGIA Y ACCION CONTRA LA CONTAMINACION AMBIENTAL. LIC. ANGELICA GUADALUPE TORRES GUTIERREZ REGIDORA VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE ECOLOGIA Y ACCION CONTRA LA CONTAMINACION AMBIENTAL LIC. BLANCA ESTELA FAJARDO DURAN REGIDORA VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. C. GERMAN ERNESTO RALIS CUMPLIDO REGIDOR VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. C. ANTONIO DE LOZA IÑIGUEZ REGIDOR VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. — ------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba en lo general modificar el nombre del Reglamento de Protección animal y Salud Veterinaria del Municipio de Tlaquepaque, para quedar como sigue: Reglamento de Protección Animal y Salud Veterinaria del Municipio de San Pedro Tlaquepaque. Aprobado. En votación económica se pregunta si se aprueba en lo particular modificar el nombre del Reglamento de Protección animal y Salud Veterinaria del Municipio de Tlaquepaque, para quedar como sigue: Reglamento de Protección animal y Salud Veterinaria del Municipio de San Pedro Tlaquepaque. Aprobado por unanimidad recae el siguiente punto d e ,-----------------------------------------------------------

ÚNICO.- SE APRUEBA MODIFICAR EL NOMBRE DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE TLAQUEPAQUE, PARA QUEDAR COMO SIGUE: REGLAMENTO DEPROTECCIÓN ANIMAL Y SALUD VETERINARIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE.------------------------------------------------------------------------------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como lo previsto por el Artículo 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. II.- Que en los términos de los Artículos 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el Artículo 77 Fracción II y 78 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, todo lo anterior en concordancia con el Artículo Fracción 3 Inc. h, Vil, y 123 apartado B Fracción XIII de la Constitu Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A C U E R D O

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

16

Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado se la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; y al Departamento de Salud Animal para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.----------------- --------------------- ------

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se solicita EXP. 84/2013 DICTAMEN EN SENTIDO PROCEDENTE QUE TIENE POR OBJETO: PRIMERO.- SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 2004. SEGUNDO.- SE APRUEBA EN LO GENERAL LA CREACIÓN DEL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE. TERCERO.- SE APRUEBA EN LO PARTICULAR LA CREACIÓN DEL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE.-----------------------------

C. REGIDORES DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE PRESENTE. Los suscritos Regidores de la Comisiones Edilicias de REGLAMENTOS MUNICIPALES Y ?UNTOS LEGISLATIVOS Y GOBERNACIÓN, nos permitimos poner a consideración de este H. Ayuntamiento el DICTAMEN en sentido PROCEDENTE referente a la iniciativa que tiene por objeto: APROBAR LA CREACIÓN DEL NUEVO REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS. ANTECEDENTES 1.- Con fecha del 16 DE MAYO DE 2013, se presento al pleno del H. Ayuntamiento el siguiente turno a Comisiones: UNICO.- Se turna a las Comisiones Edilicias de REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS Y GOBERNACION, para su Estudio y Análisis, la Modificación de diversos artículos al REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS. 2.- Con fecha 24 de NOVIEMBRE del 2014, fueron citados y se reunieron los integrantes de la Comisiones Edilicias de Reglamentos Municipales y Puntos Legislativos y Gobernación, a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en la sesión de Ayuntamiento del día 16 de MAYO del 2013. CONSIDERANDOS / .- Que las disposiciones del reglamento que hoy se presentan para su aprobación son reglamentarias del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 71 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así com> ~ lo previsto por el Artículo 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipa del Estado de Jalisco. II.- Que en los términos de los Artículos 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el Artículo 77 Fracción II y 78 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, todo lo anterior en concordancia con el Artículo 115 Fracción 3 Inc. h, Vil, y 123 apartado B Fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. III.- Que el Ayuntamiento tiene entre sus atribuciones, las de celebrar y aprobar reglamentos..., así mismo corresponde al Presidente Municipal, la función ejecutiva de los Ayuntamientos, el cual tiene entre otras facultades y obligaciones ejecutar las determinaciones del Ayuntamiento que se apeguen a la Ley, y por otro lado el Secretario tendrá como obligación firmar y comunicar los acuerdos emanados del Ayuntamiento o del Presidente Municipal y autorizarlos con su firma. Lo que en concordancia con todo lo antes señalado implica que la propuesta que hoy presentamos jurídicamente es viable, y contiene el sustento necesario, por lo que sí es factible APROBAR LA CREACION DEL NUEVO REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS. Por lo anteriormente expuesto y plenamente fundamentado, nos permitimos someter a su apreciable consideración los siguientes puntos de: ACUERDO PRIMERO.- SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAIt E CIUDADES HERMANAS DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 2004. SEGUNDO.-SE ABE EN LO GENERAL LA CREACIÓN DEL REGLAMENTO DE CIUDADES

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque. gob.mx

16

%S A N P E D R O

, TLAQUEPAQUE 17

G O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE. TERCERO.- SE APRUEBA EN LO PARTICULAR LA CREACIÓN DEL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN fíEÜRO TLAQUEPAQUE, para quedar como sigue:

REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1. Las disposiciones del presente reglamento del Municipio de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco se expiden de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 1, 2 Fracción II, y 7 de la Ley Sobre la Celebración de Tratados, artículos 73, 77 Fracción II y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco y artículos 37 Fracción II, 40 Fracción II, 41, 42 y 44 de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.Artículo 2. Para efectos del presente reglamento se entenderá por:I. Tratado: El Convenio regido por el Derecho Internacional Público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en aterías específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos xicanos asumen compromisos;

Acuerdo de Hermanamiento: Es el Acuerdo Interinstitucional celebrado por el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, con el fin de Hermanar el Municipio con otra Entidad del extranjero. Es un acuerdo único de cooperación.III. Municipio: La demarcación política, territorial, de Gobierno y población que conforman el Municipio de San Pedro Tlaquepaque;IV. Ayuntamiento: Es el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, representación constitucional del Municipio;V. Entidad del Extranjero: Cualquier persona jurídica del extranjero capaz de celebrar el Acuerdo Interinstitucional, en una demarcación política, territorial y poblacional; por ejemplo, los Condados, Municipios, Estados, Provincias, Regiones, entre otros, cualquiera que sea su depominación;

Organización Internacional: la persona jurídica creada de conformidad con el Derecho Internacional Público;

Ciudades Hermanas: Las integradas por algún Municipio con alguna o algunas entidades del extranjero, en el marco de un Acuerdo Interinstitucional;VIII. Hermanamiento: Tiene como finalidad propiciar el fortalecimiento de mecanismos de cooperación de carácter histórico, político, económico, turístico, educativo, cultural, artesanal y deportivo, y cualquier otra de beneficio directo a la población común entre las Ciudades Hermanas;IX. Municipio Hermano: Todos los Municipios del País son considerados Hermanos, sin necesidad expresa de acuerdo o declaración alguna.

Articulo 3. El presente reglamento tiene por objeto normar las relaciones de hermandad del Municipio de San Pedro Tlaquepaque, con otras ciudades del mundo, a través de sus respectivos Ayprítamier/os u órganos de gobierno similares.

tlaquepaque.gob.mxindependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

II]

V TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

S A N P E D R O

a i. Corresponde la aplicación del presente Reglamento: pimiento,¡dente Municipal;

jico; ymiarlo Ejecutivo del Comité de Ciudades Hermanas.5. Corresponde al Ayuntamiento:reexpedir los reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general que ) la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y

$públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal; iar el o los Acuerdos de Hermanamiento del municipio de San Pedro Tlaquepaque con Mes del mundo, así como los Protocolos y documentos que deriven de los Acuerdos, iquen la firma de autoridades del Municipio y de ciudades extranjeras; lar, analizar y aprobar las iniciativas sobre compromisos de colaboración en los distintos

i incorporados en los Programas Operativos Anuales de los Acuerdos de Hermanamiento, 3 siempre el beneficio de la comunidad y el fortalecimiento del municipio;3r conjuntamente con las partes interesadas la viabilidad de los proyectos, tiempos y i el propósito de garantizarla permanencia y las posibilidades reales de desarrollo;

;¡rmecanismos que permitan establecer lazos de fraternidad con otras ciudades.) 6. Le corresponde al Presidente Municipal:Isar la participación de los habitantes en los programas o proyectos de cooperación y ¡que deriven de los hermanamientos del Municipio de San Pedro Tlaquepaque con otras íes del mundo;apar en el Intercambio de información y acciones específicas sobre diferentes temas de la slración Municipal, con gobiernos municipales en el país y en el extranjero; vsentar y promover al municipio ante otras ciudades, destacando las características,

¡alidades y acciones de gobierno desarrolladas en la municipalidad;ante el Ayuntamiento el Programa Operativo Anual de cada Acuerdo de

imiento suscrito por el Municipio, que contenga los proyectos de cooperación que iga desarrollar el Comité de Ciudades Hermanas, así como las diversas áreas de la slración pública municipal; así como la propuesta de Acuerdo de Hermanamiento que no

I»contempladas en el Programa Operativo Anual.entar anualmente al Ayuntamiento, el informe correspondiente de actividades que se del Comité de Ciudades Hermanas, mismo que se hará llegar a la Secretaría de

mes Exteriores para su conocimiento.formar y presentar, previo a su firma, el proyecto de Acuerdo de Hermanamiento respectivo

viada de Relaciones Exteriores, a efecto de obtener el dictamen de procedencia que exh :ulo 7 de la Ley sobre la Celebración de Tratados;

I Presentar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, previo a la firma del Acuerdo dje memento, las valoraciones jurídicas que correspondan en los casos en que el Municipio

tkplenamente satisfecho con el dictamen que emita la citada dependencia federal; l Cumplir con los demás lineamientos que señale la Ley sobre la

xión de Tratados;|í Las demás que determine el Ayuntamiento y disposiciones legales aplicables.¡culoJ'.Le corresponde al Síndico;

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

18

Artículo 4. Corresponde la aplicación del presente Reglamento:I. Al Ayuntamiento, li. Al Presidente Municipal;III. Al Sindico; yIV. Al Secretario Ejecutivo del Comité de Ciudades Hermanas.Artículo 5. Corresponde al Ayuntamiento:I. Aprobar y expedir los reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal;II. Aprobar el o los Acuerdos de Hermanamiento del municipio de San Pedro Tlaquepaque con otras ciudades del mundo, así como los Protocolos y documentos que deriven de los Acuerdos, que impliquen la firma de autoridades del Municipio y de ciudades extranjeras;III. Revisar, analizar y aprobar las iniciativas sobre compromisos de colaboración en los distintos ámbitos, incorporados en los Programas Operativos Anuales de los Acuerdos de Hermanamiento, buscando siempre el beneficio de la comunidad y el fortalecimiento del municipio;IV. Evaluar conjuntamente con las partes interesadas la viabilidad de los proyectos, tiempos y forma, con el propósito de garantizar la permanencia y las posibilidades reales de desarrollo;V. Crear mecanismos que permitan establecer lazos de fraternidad con otras ciudades.Artículo 6. Le corresponde al Presidente Municipal:I. Impulsar la participación de los habitantes en los programas o proyectos de cooperación y eventos que deriven de los hermanamientos del Municipio de San Pedro Tlaquepaque con otras ciudades del mundo;II. Participar en el Intercambio de información y acciones específicas sobre diferentes temas de la Administración Municipal, con gobiernos municipales en el país y en el extranjero;III. Representar y promover al municipio ante otras ciudades, destacando las característica potencialidades y acciones de gobierno desarrolladas en la municipalidad;IV. Presentar ante el Ayuntamiento el Programa Operativo Anual de cada Acuerdo de Hermanamiento suscrito por el Municipio, que contenga los proyectos de cooperación que proponga desarrollar el Comité de Ciudades Hermanas, así como las diversas áreas de ladministración pública municipal; así como la propuesta de Acuerdo de Hermanamiento que no

estén contempladas en el Programa Operativo Anual.V. Presentar anualmente al Ayuntamiento, el informe correspondiente de actividades que se deriven del Comité de Ciudades Hermanas, mismo que se hará llegar a la Secretaría de Relaciones Exteriores para su conocimiento.VI. Informar y presentar, previo a su firma, el proyecto de Acuerdo de Hermanamiento respectivo a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a efecto de obtener el dictamen de procedencia que exige el articulo 7 de la Ley sobre la Celebración de Tratados;Vil. Presentar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, previo a la firma del Acuerdo Hermanamiento, las valoraciones jurídicas que correspondan en los casos en que el Munia esté plenamente satisfecho con el dictamen que emita la citada dependencia federal;VIII. Cumplir con los demás lineamientos que señale la Ley sobre la Celebración de Tratados;IX. Las demás que determine el Ayuntamiento y disposiciones legales aplicables.Artículo 7. Le córrespgnde al Síndico:

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

I. Elaborar el proyecto de acuerdo de hermandad del Municipio de San Pedro Tlaquepaque c'on ' otras ciudades del mundo, para el análisis y aprobación del Ayuntamiento;. Representar al municipio en los contratos que celebre y en todo acto en que sea indispensable

so intervención, ajustándose a las órdenes e instrucciones que en cada caso reciba del juntamiento;III, Las demás que establezcan las constituciones federal, estatal, y demás leyes y reglamentos. Articulo 8. Le corresponde al Secretario Ejecutivo del Comité de Ciudades Hermanas:I. Dirigir e informar a los integrantes del Comité de Ciudades Hermanas sobre los compromisos de colaboración suscritos en el Acuerdo de ’ t v •Hermanamiento;II. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias;III. Presentar ante el Presidente Honorario del Comité, las propuestas de programas, proyectos y acciones estratégicas que se deriven de los compromisos suscritos con la ciudad hermana, a efecto de que puedan ser considerados en la elaboración del Programa Operativo Anual que se presentará al Ayuntamiento para su aprobación, para que posteriormente se someta a la consideración de la ciudad extranjera y nuevamente al H. Ayuntamiento para su aprobación final;

l IV. Rendir un Informe semestral de las actividades y proyectos que se deriven del acuerdo de ' hermanamiento ante el Presidente Municipal;

V. Proponer los asuntos que deba conocer el comité; y • VI. Las demás que determine el Ayuntamiento y las disposiciones legales aplicables.Articulo 9. El Comité de Ciudades Hermanas en el mes de enero de cada año, presentará un Plan Anual de Trabajo, tomando como base los Programas Operativos Anuales que sean elaborados porcada uno de los Acuerdos de Hermanamiento celebrados por el Municipio.Artículo 10. El Ayuntamiento deberá considerar los siguientes fines para suscribir el Acuerdo de Hermanamiento:I. Generar acciones concretas que resulten en beneficio para las comunidades a través de programas y proyectos de cooperación;I. Retomar los vínculos ya existentes entre diferentes comunidades como punto de partida para dotarlos de un marco legal, que favorezca la continuidad y ampliación de la interacción entre mas partes;Identificar intereses comunes o complementarios entre comunidades distintas, para detonar

acciones y proyectos conjuntos de intercambio y cooperación, acordes a la naturaleza del hermanamiento;IV. Velar por un intercambio productivo bajo los principios de buena voluntad, fraternidad y respeto entre ambas partes.Artículo 11. Para concertar los acuerdos a que se refiere este reglamento, no influirán condiciones de raza, religión, ideología o sistema político de las ciudades.

CAPITULO IIDE LA FORMA DE ESTABLECER RELACIONES

CON OTRAS CIUDADES DEL MUNDOArticulo 12. Corresponde al Presidente Municipal, con los elementos aportados tanto por los representantes del Comité de Ciudades Hermanas, como por las diferentes áreas administrativas, presentar al H. Ayuntamiento la solicitud de hermandad del Municipio de San Pedro Tlaquepaque con otras ciudades dél mundo.

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

20

lia ¡probación final del Acuerdo de Hermanamiento corresponde única y exclusivamente a la imfíiencia, interés y marco legal de ambas ciudades.I ti los Acuerdos de Hermanamiento con ciudades nacionales, se deberán establecer los ámbitos I te colaboración mediante el consenso y aprobación de sus respectivos ayuntamientos en sesión,[ Alendo claramente los mecanismos que regulen la relación de hermandad y los compromisos Je apoyo y fraternidad.Cuando se trate de ciudades del extranjero, previa aprobación del H. Ayuntamiento, el Presidente

I Uunicipal deberá informar y proporcionar oportunamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores | «proyecto de Acuerdo de Hermanamiento correspondiente, con la finalidad de obtener, previo a la I mía, el dictamen de procedencia de la Cancillería, en cumplimiento a lo estipulado en el artículo 7 tela Ley sobre Celebración de Tratados.Mículo 13. El Acuerdo de Hermanamiento debe establecer por lo menos:t La fecha y contenido de los acuerdos del Ayuntamiento, que aprueban la conveniencia de km a cabo el Hermanamiento y la determinación precisa de la función o funciones que se

I encomienden a las partes;I I, El término de vigencia o duración, así como, en todo caso, la posibilidad de renovarlo o de |' temiarlo;III. La mención de que en caso de generar costos, cuál de las partes administrará y la forma te cubrirse;

Los motivos que determinaron a ambas partes a vincularse, como son la afinidad cultural, es deseos de cooperación en cuestiones urbanas, turísticas, comerciales, entre otros, así como los

I compromisos y actividades que se llevarán a cabo en el marco del mismo, y í La mención de los documentos que se incorporaran.formalmente la firma del Convenio dará inicio al proceso de Hermanamiento y no deberá constituir el término del mismo.

articulo 14. En caso de que el Acuerdo de Hermanamiento contenga mecanismos internacionales para la solución de controversias, éstos deberán:I. Otorgar a los mexicanos y extranjeros que sean parte en la controversia el mismo trato

i forme al principio de reciprocidad internacional;Asegurar a las partes la garantía de audiencia y el debido ejercicio de sus defensas, y Garantizar que la composición de los órganos de decisión aseguren su imparcialidad,

artículo 15. A la solicitud de hermandad requerida por otra ciudad, el Presidente Municipal deberá informar al Ayuntamiento y acompañar su petición con los fundamentos de apoyo que permitan validarla propuesta.La solicitud deberá ser turnada a la comisión edilicia correspondiente para su dictaminación y presentarla al H. Ayuntamiento para su aprobación o rechazo.artículo 16. La relación de hermandad entre ciudades deberá iniciarse y mantenerse a nivel de wtoridades gubernamentales, sin intermediarios no autorizados oficialmente.

CAPITULO III DE LA DECLARATORIA

artículo 17. Satisfechos los requisitos exigidos en este ordenamiento, la declaración oficial de hermandad corresponderá realizarla al H. Ayuntamiento en Sesión Solemne.

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

TLAQUEPAQUES A N P E D R O

G O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

21

Artículo 18. Cuando sea necesario, asistirá el Presidente Municipal a la ciudad declarada hermana, con la representación Oficial del H. Ayuntamiento, con el fin de firmar el Acuerdo

Articulo 19. En la sesión solemne señalada en el Artículo 17 del presente ordenamiento, firmarán el acuerdo de hermandad, los presidentes municipales o alcaldes y los regidores de las ciudades con las cuales el H. Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque celebre acuerdo; y podrán ser declarados “Huéspedes Distinguidos de la Ciudad".

Artículo 20. El Comité deberá constituirse con tantas áreas de trabajo como se requiera, considerando la siguiente estructura básica:

/. Presidente Honorario, Presidente Municipal de San Pedro Tlaquepaque quien lo presidirá

II. Secretario Ejecutivo, designado por el Presidente Municipal, que a su vez será el Director de Relaciones Públicas;

III. Secretario Técnico, que será un ciudadano que forme parte del Comité, y que será electo por mayoría de votos de los integrantes ciudadanos del Comité;

IV. Coordinador General de Comisiones, el cual será el Regidor de la Comisión Edilicia de Ciudades Hermanas o en su caso que lo determinara el Presidente Municipal de San Pedro Tlaquepaque;

V. Dos representantes de los Consejos Comunitarios formalizados y de otros consejos que por ordenamiento legal existan en el Municipio;

VI. Dos representantes de cada organización de empresarios, comerciantes y artesanos, y en i general las organizaciones del sector productivo que actúen a nivel municipal y se

encuentren debidamente registradas ante las autoridades;

Vil. Dos representantes de Investigadores, académicos y estudiantes;

VIII. Los funcionarios municipales que transmitan su interés al Secretario Ejecutivo, que a su vez lo someterá a la consideración del Presidente Honorario y a la aprobación del Comité en pleno;

IX. Los funcionarios municipales que sean propuestos por mayoría simple de todos los integrantes ciudadanos del Comité; y

X. Un Regidor de cada Fracción, quienes formaran parte del comité durante su administración Municipal.

Artículo 21. Los integrantes ciudadanos del Comité de Ciudades Hermanas durarán en sus funpfónes el térn e cuatro años y serán electos por el H. Ayuntamiento. El Presidente

unicipal podrá p sr al H. Ayuntamiento la ratificación como integrantes del Comité, para un

divo.

CAPITULO IVDE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN DEL

COMITÉ DE CIUDADES HERMANAS

durante su administración;

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

22

nuevo período, a aquellos ciudadanos que se hayan distinguido por sus aportaciones y dedicación en los trabajos desarrollados por el Comité.

Artículo 22. El cargo que ocupen los integrantes ciudadanos del comité será honorífico.Artículo 23. El Ayuntamiento a través de Hacienda Municipal, dispondrá los apoyos administrativos, presupuéstales y materiales indispensables, para el desarrollo de las actividades contempladas en los Programas Operativos Anuales de cada uno de los Acuerdos de Hermanamiento suscritos por el Municipio.

CAPITULO VDEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CIUDADES HERMANAS

Artículo 24. El Comité de Ciudades Hermanas sesionará ordinariamente una vez cada seis meses yen forma extraordinaria, cuantas veces sea necesario, previa cita que con toda oportunidad envíe el Secretario Ejecutivo.Para que sesione válidamente el Comité de Ciudades Hermanas, se requiere de la presencia de la mitad más uno de sus integrantes, así como contar con la presencia del Presidente Honorario y/o el Secretario Ejecutivo.El Secretario Ejecutivo tomará lista al inicio de las sesiones, con lo cual podrá determinarse si \existe o no el quorum necesario para que los trabajos puedan dar comienzo.¡Las decisiones deberán ser colegiadas y se tomarán por votación mayoritaria; todos los integrantes 1 del Comité tienen voz y voto; en caso de empate el Presidente Honorario, o en su ausencia el Secretario Ejecutivo, tendrá voto de calidad.El Secretario Ejecutivo tendrá bajo su responsabilidad llevar un registro del sentido de los votos de cada uno de los integrantes del Comité, que deberá quedar reflejado en el Acta de cada sesión que sea emitida.Artículo 25. Las sesiones serán presididas por el Secretario Ejecutivo del Comité de Ciudades Hermanas, o en su ausencia, por el Secretario Técnico. Levantándose acta de la misma por el Secretario Técnico y la firmarán los que en ella intervengan.Artículo 26. Corresponde además al Comité de Ciudades Hermanas, recibir y atender 'conjuntamente con el Presidente Municipal, el H. Ayuntamiento y las áreas administrativas responsables del Municipio, a los visitantes representantes de la ciudad hermana y miembros de los comités que visiten la ciudad.Artículo 27. El H. Ayuntamiento podrá, por recomendación del Presidente Municipal, destituir a ciudadanos que integren el Comité de Ciudades Hermanas, cuando no asistan a tres sesiones consecutivas sin una justificación dada a conocer por escrito al Presidente y al Secretario Ejecutivo; cuando no participen en las actividades del Comité y así lo constate el Coordinador General de Comisiones y/o el Secretario Ejecutivo; cuando no cumplan con las tareas y responsabilidades que les son asignadas; por decisión mayoritaria de los integrantes del Comité.

CAPITULO VIDE LAS OBLIGACIONES DEL COMITÉ DE CIUDADES HERMANAS

Articulo 28. Son obligaciones de los integrantes del comité:I. Cumplir las comisiones que se les encomiende;II. Asistir a las sesiones que celebre el comité; yIII. Procurar la realización de los fines establecidos en este reglamento;

tlaquepaque.gob.mxindependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

H H M

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

23

IV. Dar seguimiento a los objetivos, metas y avances de los acuerdos de hermanamiento que hayan sido formalmente suscritos por el H. Ayuntamiento, de conformidad con la legislación aplicable;V. Evaluar el desarrollo de proyectos de hermandad con otras ciudades.

CAPITULO VilDE LAS ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES

DEL COMITÉ DE CIUDADES HERMANASArtículo 29. El Secretario Ejecutivo del Comité tiene las siguientes atribuciones:I. Representar a l C om ité ; > * .

II. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias;III. Proponerlos asuntos que debe conocer el comité.IV. Rendir un informe anual de actividades al Ayuntamiento;V. Emitir la convocatoria para que participen los ciudadanos (empresarios, académicos y personalidades locales), en la integración del comité, y presentar una terna con propuestas al Ayuntamiento para su aprobación.VI. Recomendar y someter a la aprobación del H. Ayuntamiento la integración de nuevos iudadanos a los trabajos del Comité; así como la destitución de los que ya participen, de acuerdo

a lo señalado en el artículo 27 de este Reglamento.I. Velar por el cumplimiento de los fines encomendados al Comité;II. Suplir al presidente honorario del comité en sus ausencias;

IX. Valorar los proyectos de cooperación que se pretendan desarrollar con las ciudades hermanas del municipio y que sean presentados por el Coordinador General de Comisiones, con la finalidad de integrarlos a los Programas Operativos Anuales; y Artículo 30. Son atribuciones del Coordinador General de Comisiones:I. Organizar a los integrantes del comité en grupos de trabajo, los cuales se denominarán comisiones y se clasificarán o distinguirán por temas, ciudades hermanas, zonas geográficas o cualquier otro rubro.II. Presentar al Secretario Ejecutivo del Comité, los proyectos de cooperación propuestos por las distintas Comisiones, a efecto de que sean valorados y, en su caso, integrados al Programa Operativo Anual.III. Coordinar los proyectos y actividades de las Comisiones, para el cumplimiento de los objetivos del Programa Operativo Anual.IV. Coordinar y dar seguimiento a las actividades que se les encomiende a las Comisiones.V. Informar al Secretario Ejecutivo sobre el avance de los proyectos encomendados a las Comisiones.VI. Estar al tanto de los requerimientos necesarios para el desarrollo de las actividades que habrá de llevar acabo el Comité, a fin plantear estrategias que faciliten el cumplimiento de los objetivos de cada proyecto.Vil. Emitir recomendaciones al Presidente Municipal o, en su ausencia al Secretario Ejecutivo, para la participación de nuevos integrantes en el Comité; o para la destitución de uno de los integrantes en funciones, de acuerdo con lo señalado en el artículo 25 de este Reglamento.Artículo 31. Son atribuciones del Secretario Técnico:I. Dar cuenta oportuna al Presidente Honorario de toda la correspondencia dirigida al comité;II. Redactar las circulares, dictámenes, proporciones, y cualquier acuerdo que emanen del comité;

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

24

III. Preparar con la debida anticipación la agenda de los asuntos que deban tratarse en lassesiones y formular, en acuerdo con el Secretario Ejecutivo, el orden del día;IV. Levantar las actas de sesiones que celebre el Comité, recabando para ello las firmas de los Integrantes que estén presentes y que correspondan al listado de asistencia levantado al inicio de

V. Elaborar y emitir, previa solicitud y autorización del Presidente Honorario y/o del Secretario Ejecutivo, la convocatoria para cada sesión del Comité de Ciudades Hermanas;VI. Acordar con el Coordinador General de Comisiones, asuntos a ser incluidos en la agenda y que puedan ser sometidos a la consideración del Secretario Ejecutivo para la integración del orden del día.Artículo 32. Son atribuciones de los integrantes del Comité:I. Emitir propuestas de actividades, que permitan el diseño de proyectos de cooperación que el Municipio pueda desarrollar con las ciudades hermanas;II. Asistir puntualmente a las reuniones de trabajo;III. Colaborar ampliamente en las actividades que se definan en los proyectos de cooperación;IV. Elegir al Secretario del Comité de Ciudades Hermanas, de acuerdo con lo señalado en el

\ iartículo 20 fracción III de este Reglamento.V. Proponer al Coordinador General de Comisiones, los asuntos que ameriten ser incluidos en el orden del día de las sesiones;

PRIMERO. Este ordenamiento entrará en vigor al día de su publicación en la Gaceta Municipal. SEGUNDO. Se faculta a los ciudadanos Presidente Municipal y Secretario General del Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente al cumplimiento del presente acuerdo. TERCERO. Una vez publicado el presente reglamento, remítase un ejemplar a la Biblioteca del Honorable Congreso del Estado, a efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. ATENTAMENTE “SUFRAGIO TECTIVO, NO REELECCIÓN’’ C. FELICIANO GARCÍA FIERROS REGIDOR PRESIDENTE DE A COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. LIC.

ALFREDO BARBA MARISCAL PRESIDENTE MUNICIPAL Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN LIC. ERIKA LIZBETH RAMÍREZ PÉREZ VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. LIC. BLANCA ESTELA FAJARDO DURAN REGIDORA VOCAL DE LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. C. GERMAN ERNESTO RALIS CUMPLIDO REGIDOR VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. C. ANTONIO DE LOZA IÑIGUEZ REGIDOR VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE REGLAMENTOS MUNICIPALES Y PUNTOS LEGISLATIVOS. LIC. ERNESTO MEZA TEJEDA SINDICO Y VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE GOBERNACION. LIC. SERGIO ANTONIO SILVA NUÑEZ REGIDOR VOCAL DE LA COMISION EDILICIA DE GOBERNACION.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba abrogar el Reglamento de Ciudades Hermanas de fecha 27 de agosto de 2004. Aprobado. En votación

las sesiones;

T R A N S I T O R I O S

regunta si se aprueba en lo general la creación t

independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

24

/

\S A N P E D R O

, í TLAQUEPAQUE 25

G O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

de Ciudades Hermanas de San Pedro Tlaquepaque. Aprobado. En votación económica se pregunta si se aprueba en lo particular la creación del Reglamento de Ciudades Hermanas de San Pedro Tlaquepaque. Aprobado por unanimidad recae el siguiente punto d e ,-------------------------------- --------------------------

-------------------------------------------A C U E R D O ---------------------—-----------------------

PRIMERO.- SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 2004.-------------------------------------

SEGUNDO.- SE APRUEBA EN LO GENERAL LA CREACION DEL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE.

TERCERO.- SE APRUEBA EN LO PARTICULAR LA CREACIÓN DEL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE.-

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Unidos Mexicanos, Artículo 77 de la Constitución Política así como lo previsto por el Artículo 37 Fracción II de Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. I de los Artículos 37 Fracción II de la Ley de Gobierno y Municipal del Estado de Jalisco, así como el Artículo 77 Constitución Política del Estado de Jalisco, todo lo anterior Artículo 115 Fracción 3 Inc. h, Vil, y 123 apartado Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. -

Política de los Estados del Estado de Jalisco, la Ley de Gobierno y

I.- Que en los término Administración Pública Fracción II y 78 de la en concordancia con el B Fracción XIII de la

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; y al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Habla el C. Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: para continuar con el SEXTO PUNTO del Orden del Día, ASUNTOS GENERALES, se solicita a los Regidores que tengan algún asunto que tratar se sirvan manifestarlo para poderlos registrar. ------------------------------------------------------------------------------------------------------

Habla el Síndico Municipal: PRIMERO.- PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2014, RESPECTO AL PAGO DE LOS LAUDOS LABORALES 1595/2010-C2 Y 2396/2012-F1 DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN SE SOLICITA SE AUTORICE LA DESINCORPORACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DE LAS SIGUIENTES

TRACCIONES y DE TERRENO: FRACCIÓN DE 200.08 M2, DEL PREDIO,.tlaquepaque. gob.mx \

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015 '25

26

UBICADO EN LA CALLE ISLA MEZCALA S/N ESQUINA CON AV. DEL TESORO EN LA COLONIA MIRADOR DEL TESORO, Y FRACCIÓN DE 236.66 M2 DEL TEDIO UBICADO EN LA AV. MIRADOR DEL TESORO S/N ENTRE LAS CALLES ISLA MEZCALA Y VISTA A LA CAMPIÑA EN LA COLONIA MIRADOR DEL TESORO. ------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- SE AUTORIZA ENTREGAR COMO PAGO DEL LAUDO LABORAL 1595/2010 AL C. LUIS FERNANDO PINEDA HERNÁNDEZ 351.58 M2 Y DEL EXP. 2396//2012 AL C. RAMÓN ANTONIO PINEDA HERNÁNDEZ, 85.90 M2 DE LOS PREDIOS ANTES DESINCORPORADOS.------------------------------------------------

TERCERO.- SE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO A MIXTO DISTRITAL DE LOS PREDIOS ANTES DESINCORPORADOS, ASÍ COMO LA SUBDIVISIÓN DE LOS MISMOS.---------------------------------------------------- --------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento del Sindico Municipal, Lie. Ernesto Meza Tejada. Aprobado por unanimidad recae el siguientepunto de,------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERO.- PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2014, RESPECTO AL PAGO DE LOS LAUDOS LABORALES1595/201 0-C2 Y 2396/2012-F1 DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN SE SOLICITA SE AUTORICE LA DESINCORPORACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DE LAS SIGUIENTES FRACCIONES DE TERRENO: FRACCIÓN DE 200.08 M2, DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE ISLA MEZCALA S/N

' ESQUINA CON AV. DEL TESORO EN LA COLONIA MIRADOR DEL TESORO, Y / rACCIÓN DE 236.66 M2 DEL PREDIO UBICADO EN LA AV. MIRADOR DEL /TESORO S/N ENTRE LAS CALLES ISLA MEZCALA Y VISTA A LA CAMPIÑA /EN LA COLONIA MIRADOR DEL TESORO.----------------------------------------------------

SEGUNDO.- SE AUTORIZA ENTREGAR COMO PAGO DEL LAUDO LABORAL 1595/201 0 AL C. LUIS FERNANDO PINEDA HERNÁNDEZ 351.58 M2 Y DEL EXP. 2396//2012 AL C. RAMÓN ANTONIO PINEDA HERNÁNDEZ, 85.90 M2 DE LOS PREDIOS ANTES DESINCORPORADOS.------------------------------------------------

TERCERO.- SE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO A MIXTO DISTRITAL DE LOS PREDIOS ANTES DESINCORPORADOS, ASÍ COMO LA SUBDIVISIÓN DE LOS MISMOS.-------------------------------------------------------------------

ANDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados

A C U E R D O

Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 41 fracción III, detlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

27

Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; al Lie. Alfonso Silva, Director General Jurídico; y al Lie. Hugo Alejandro Hijar Estrada, Director de Patrimonio para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.--------------------------------------------- -----------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: se concede el uso de la voz al Secretario del Ayuntamiento para que se sirva DAR

\ LECTURA A LOS ACUERDOS QUE ESTA PRESIDENCIA TIENE EN AGENDA.

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se solicita ÚNICO.- SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS PLANES PARCIALES DE DESARROLLO URBANO, Z2-09 Y Z2-11 CORRESPONDIENTES AL DISTRITO URBANO TLQ-2 “CERRO DEL CUATRO”, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 121 FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO, ASÍ COMO SU CONSULTA PUBLICA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 98, DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO.

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguiente

DESARROLLO URBANO, Z2-09 Y Z2-11 CORRESPONDIENTES AL DISTRITO URBANO TLQ-2 “CERRO DEL CUATRO”, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 121 FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO, ASÍ COMO SU CONSULTA PUBLICA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 98, DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO.----------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.-----------------

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; y al Arq. Antonio de León López, Directo Obras Pút " para su conocimiento y efectos legales a que haya lu<

punto de,A C U E R D O

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015

tlaquepaque.gob.mx

27

%, S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

h

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se^eüdta ÚNICO.- SE APRUEBA LA PERMUTA DEL COSTO DE LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS RELATIVAS A LA RECTIFICACIÓN DEL CAUCE DEL CANAL ARROYO SECO, COMO OBRAS COMPLEMENTARIAS AL DESARROLLO HABITACIONAL DENOMINADO “LA COFRADIA”, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 220 DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE JALISCO HASTA POR UN MONTO DE $2’919,235.67 (DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MILDOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 67/100 M.N.) A CUENTA DE IMPUESTOS, APROVECHAMIENTOS Y/O DERECHOS, A PETICIÓN DE LA EMPRESA DENOMINADA FERTERRA. S.A. DE C.V. Y/O QUIEN DESIGNE.------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguiente

\punto de ,--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------A C U E R D O ----------------------------------------------

ÚNICO.- SE APRUEBA LA PERMUTA DEL COSTO DE LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS RELATIVAS A LA RECTIFICACIÓN DEL CAUCE DEL CANAL ARROYO SECO, COMO OBRAS COMPLEMENTARIAS AL DESARROLLO HABITACIONAL DENOMINADO “LA COFRADIA”, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 220 DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE JALISCO HASTA POR UN MONTO DE $2919,235.67 (DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL iOSCIENTOS TREINTA y CINCO PESOS 67/100 M.N.) A CUENTA DE

IMPUESTOS, APROVECHAMIENTOS Y/O DERECHOS, A PETICIÓN DE LA EMPRESA DENOMINADA FERTERRA. S.A. DE C.V. Y/O QUIEN DESIGNE.------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado Ide la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; y al Arq. Antonio de León López, Director General de Obras Públicas para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.------------

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se solicita PRIMERO.- SE APRUEBA LA VENTA A PLAZOS MENSUALES DEL PREDIO ÓCALIZADO EN LA CONFLUENCIA DE LAS CALLES NÍSPERO Y EJERGJTO

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1

29

NACIONAL DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL EXT TAPATIO,RESPECTO DE LAS FRACCIONES 17, 20, 26, 27, 28, 30, 31, 32 Y 33 A FAVOR DE LOS PROPIETARIOS DE LAS VIVIENDAS CONTIGUAS QUE TIENEN EN POSESIÓN EL PREDIO, POR UN VALOR DE $500.00 POR M2, ESTE PLAZO SERÍA PARA LA COMPRA DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE AL DÍA 15 DE MAYO DEL 2015, CON EL FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL INMUEBLE. SEGUNDO.- SE CONDICIONA LA VENTA A QUE NO SE REALICEN OBRAS DE EDIFICACIÓN QUE REQUIERAN DE CIMENTACIÓN EN LOS PREDIOS MATERIA DEL PRESENTE ACUERDO, EN VIRTUD DE ENCONTRARSE EN EL PREDIO DE INFRAESTRUCTURA SUBTERRÁNEA DEL SIAPA, ES DECIR ÚNICAMENTE CON USO DE TERRAZAS. TERCERO..- SE FACULTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO Y ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL A FORMALIZAR LAS COMPRAVENTAS APROBADAS.---------------------------- ------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo ue en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta residencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguiente

punto de,--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- A C U E RD O -------------------------

PRIMERO.- SE APRUEBA LA VENTA A PLAZOS MENSUALES DEL PREDIO LOCALIZADO EN LA CONFLUENCIA DE LAS CALLES NÍSPERO Y EJERCITO NACIONAL DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL EL TAPATÍO,RESPECTO DE LAS FRACCIONES 17, 20, 26, 27, 28, 30, 31, 32 Y 33 A FAVOR DE LOS PROPIETARIOS DE LAS VIVIENDAS CONTIGUAS QUE TIENEN EN OSESIÓN EL PREDIO, POR UN VALOR DE $500.00 POR M2, ESTE PLAZO

SERÍA PARA LA COMPRA DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE AL DÍA 15 DE MAYO DEL 2015, CON EL FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL INMUEBLE. --------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- SE CONDICIONA LA VENTA A QUE NO SE REALICEN OBRAS DE EDIFICACIÓN QUE REQUIERAN DE CIMENTACIÓN EN LOS PREDIOS MATERIA DEL PRESENTE ACUERDO, EN VIRTUD DE ENCONTRARSE EN EL PREDIO DE INFRAESTRUCTURA SUBTERRÁNEA DEL SIAPA, ES DECIR ÚNICAMENTE CON USO DE TERRAZAS.-------------------------------------------------------

TERCERO.-SE FACULTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL, , SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO Y ENCARGADO DE LA HACIENDAMUNICIPAL A FORMALIZAR LAS COMPRAVENTAS APROBADAS.-----------------/

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; a la L.C.P. María Luisa Navarro Ortega, Encargada del Órgano de Control Interno; al Lie. Hugo Alejandro Hijar Estrada, Director de Patrimonio para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.----------- -------

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se solicita ÚNICO.- SE APRUEBA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DEL DESPACHO VIKONJAL S.A. DE C.V. PARA QUE LLEVE A CABO UN ESTUDIO COMPLEMENTARIO QUE CULMINE CON LA ELABORACIÓN DEL CUADERNILLO, CON LOS SOPORTES CORRESPONDIENTES, PARA LA PRESENTACIÓN AL I.M.S.S. DE LA CORRECCIÓN FISCAL POR EL EJERCICIO 2012, CUYOS HONORARIOS SERÁN DEL 9% SOBRE LAS DIFERENCIAS ENTRE LO DETERMINADO POR LOS AUDITORES DEL I.M.S.S. Y LA QUE RESULTE DEL ESTUDIO DE LA CORRECCIÓN FISCAL, MAS I.V.A.

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguiente punto de,

------------------------------------------ A C U E R D O

ÚNICO.- SE APRUEBA LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DEL DESPACHO VIKONJAL S.A. DE C.V. PARA QUE LLEVE A CABO UN ESTUDIO COMPLEMENTARIO QUE CULMINE CON LA ELABORACIÓN DEL CUADERNILLO, CON LOS SOPORTES CORRESPONDIENTES, PARA LA PRESENTACIÓN AL I.M.S.S. DE LA CORRECCIÓN FISCAL POR EL EJERCICIO 2012, CUYOS HONORARIOS SERÁN DEL 9% SOBRE LAS DIFERENCIAS ENTRE LO DETERMINADO POR

)S AUDITORES DEL I.M.S.S. Y LA QUE RESULTE DEL ESTUDIO DE LA CORRECCIÓN FISCAL, MAS I.V.A.----------------------------------------------------------------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.-----------------

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado e la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del

Órgano de ContrgL Interno para su conocimiento y efectos legales a que hayatlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tel. 1057.6014 y 1057.6015 30

\ S A N P E D R O

t * TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

lugar.

31

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: se solicita ÚNICO.- SE AUTORIZA ADICIONAR UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 52 A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO MEDIANTE DECRETO 24957, PARA QUEDAR COMO SIGUE: ARTÍCULO 52.- LOSTRIBUNALES GARANTIZARÁN EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS EN TODAS SUS ACTUACIONES FAVORECIENDO SIEMPRE ESTE SOBRE LAS LEYES FEDERALES O ESTATALES SALVO EN CASO DE QUE EXISTAN RESTRICCIONES CONSTITUCIONALES O JURISPRUDENCIA QUE MANIFIESTE LO CONTRARIO. -----------------------------------------------------------------------------------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguienteunto de,---------------------------------------------------------------------------------- -------------------

---------------------------------------A C U E R D O ----------------------------------------------

ÚNICO.- SE AUTORIZA ADICIONAR UN SEGUNDO PARRAFO AL ARTICULO 52 A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO MEDIANTE DECRETO 24957, PARA QUEDAR COMO SIGUE: ARTÍCULO 52.- LOSTRIBUNALES GARANTIZARÁN EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS EN TODAS SUS ACTUACIONES FAVORECIENDO SIEMPRE ESTE SOBRE LAS LEYES FEDERALES O ESTATALES SALVO EN CASO DE QUE EXISTAN RESTRICCIONES CONSTITUCIONALES O JURISPRUDENCIA QUE MANIFIESTE LO CONTRARIO. -----------------------------------------------------------------------------------------------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del obierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.-----------------

NOTIFÍQUESE.- al Congreso del Estado de Jalisco; al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl NúñezAceves, Encargado de la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.-------------------------- -----------------------------------------------------

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: PRIMERO.- SE APRUEBA LA DESINCORPORACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL RESPECTO DE LOS 1864 BIENES MUEBLES (EQUIPO DE

MPgTO, HERRAMIENTA, ARTÍCULOS DIVERSOS, ETC) DESCRITOS ENtlaquepaque.gob.mx

Independencia 58Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Tei. 1057.6014 y 1057.6015 31

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

EL INVENTARIO ANEXO AL PRESENTE ACUERDO, POR ENCONTRARSE EN DESUSO Y RESULTAR INCOSTEABLE SU REPARACIÓN. SEGUNDO.- SE AUTORIZA LA DONACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DESINCORPORADOS A FAVOR DEL C. JUAN JOSÉ ASCENCIO NERI.------------------------------------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguientepunto de,--------------------------------------------------------------------------------------------- a-------

--------------------------------------- A C U E R D O --------------------------------------------

PRIMERO.- SE APRUEBA LA DESINCORPORACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL RESPECTO DE LOS 1864 BIENES MUEBLES (EQUIPO DE COMPUTO, HERRAMIENTA, ARTÍCULOS DIVERSOS, ETC) DESCRITOS EN EL INVENTARIO ANEXO AL PRESENTE ACUERDO, POR ENCONTRARSE EN DESUSO Y RESULTAR INCOSTEABLE SU REPARACIÓN.---------------- -------------

SEGUNDO.- SE AUTORIZA LA DONACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DESINCORPORADOS A FAVOR DEL C. JUAN JOSÉ ASCENCIO NERI.-----------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; y al Lie. Hugo Alejandro Hijar Estrada, Director de Patrimonio para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar

Habla el Secretario del Ayuntamiento, Lie. Jesús Elias Navarro Ortega: PRIMERO.- SE AUTORIZA AL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO, LA REALIZACIÓN DE OBRA PÚBLICA EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, POR EL MONTO DE $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) QUE SERÁ EJECUTADA ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2014, CON RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE CONTINGENCIAS ECONÓMICAS 2014 PARA INVERSIÓN CONVENIO D, CON CARGO AL RAMO GENERAL 23 PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS, AUTORIZADO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015

\

\ S A N P E D R O

h * TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

\A EJECUTAR:

NOMBRE DE LA OBRA MONTO644 M2 DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE: 14 DE FEBRERO, EN LA COLONIA LA COFRADIA $500,000.00

ISEGUNDO.- SE AUTORIZA AL PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO Y AL ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL PARA CUE SUSCRIBAN LOS FRUMENTOS JURÍDICOS NECESARIOS CON EL GOBIERNO DEL

Estado, con el fin d e d a r c u m p l im ie n t o c a b a l á l p r e s e n t eACUERDO. TERCERO.- SE AUTORIZA A LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, PARA. QUE AFECTE LAS PARTICIPACIONES FEDERALES Y/O ESTATALES, HASTA POR EL MONTO DE LAS OBRAS REFERIDAS EN EL PUNTO PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO Y QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS FEDERALES ASIGNADOS SEAN

i RETENIDAS. ------------------------------------------------------------------------------------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta Presidencia pone a su consideración. Aprobado por unanimidad recae el siguientepunto de,-----------------------------------------------------------------------------------------------------

I ------------------------------------------A C U E R D O ----------------------------------------------

PRIMERO.- SE AUTORIZA AL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO, LA REALIZACIÓN DE OBRA PÚBLICA EN EL EJERCICIO FISCAL 2014, POR EL MONTO DE $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) QUE SERÁ EJECUTADA ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2014, CON RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE CONTINGENCIAS ECONÓMICAS 2014 PARA INVERSIÓN CONVENIO D, CON CARGO AL RAMO ■¡ENERAL 23 PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS, AUTORIZADO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL

h EJERCICIO FISCAL 2014.

OBRA A EJECUTAR:

No. NOMBRE DE LA OBRA MONTO

1 644 M2 DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE: 14 DE FEBRERO, EN LA COLONIA LA COFRADIA $500,000.00

SEGUNDO.- SE AUTORIZA AL PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO Y AL ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL PARA QUE SUSCRIBAN LOS

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015 33

\ y /

VINSTRUMENTOS JURÍDICOS ESTADO, CON EL FIN DE ACUERDO. ---------------------------

NECESARIOS CON EL GOBIERNO DEL DAR CUMPLIMIENTO CABAL AL PRESENTE

TERCERO.- SE AUTORIZA A LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, PARA QUE AFECTE LAS PARTICIPACIONES FEDERALES Y/O ESTATALES, HASTA POR EL MONTO DE LAS OBRAS REFERIDAS EN EL PUNTO PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO Y QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS FEDERALES ASIGNADOS SEAN RETENIDAS. --------------------------------------------------------------------------------------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.-----------------

NOTIFÍQUESE.- al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejeda, Síndico Municipal; al C.P. Raúl Núñez Aceves, Encargado )le la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno; al Lie. Fidel García, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales; y al Lie. Alfonso Silva, Director de Jurídico para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Buenas tardes señores Regidores, buenas tardes a todos, hoy me dirijo al Pleno por ultima vez en este año con un motivo muy especial para mi, a dos años dos meses de haber tomado protesta como Presidente Municipal de San Pedro Tlaquepaque quiero darle las gracias a todos ustedes señores Regidores, gracias por su valentía en los momentos donde hemos tenido que tomar decisiones difíciles, gracias por fortalecer a la democracia en su total responsabilidad al debatir generosa y profundamente las ideas que compartimos, pero sobre todo las que no compartimos, estoy seguro que hemos puesto todo de nuestra parte para lograr los consensos necesarios que se han demostrado en detonantes para la practica de buenas políticas en favor de nuestro querido Municipio. Hoy me siento satisfecho de saber que hay mas coincidencias que nos unen que las diferencias lamentables que puedan traducirse en el quebranto de la vida democrática de este H. Cabildo sin duda alguna la suma de voluntades de todas las fuerzas políticas aquí representadas ha tenido grandes resultados, el mas grande de todos ha sido la participación generosa y activa de los ciudadanos en todas las acciones que hemos puesto en marcha como Gobierno y es ahí donde radica nuestra causa donde esta nuestra lucha compartida para construir un mejor lugar para vivir, en la esperanza de que los ciudadanos despierten con el ánimo de seguir delante de qup sientan el respaldo de su Gobierno que sepan que no están solos y que juntos

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015 34

35

podemos con este y con los siguientes retos, gracias a todo el equipo de trabajo que ha dado su tiempo a todos los directores a todos los empleados a todos y cada uno de ellos por su voluntad, su fuerza y su compromiso, porque por ustedes los ciudadanos nos han otorgado la mejor calificación como Gobierno de la zona metropolitana de Guadalajara en los últimos dos años lo que nos compromete a seguir adelante dando lo mejor de nosotros mismos para consolidar el Municipio que nos merecemos por eso me siento profundamente agradecido con esta gran oportunidad de dirigir las causas de San Pedro Tlaquepaque sin dudarlo puedo decirles que me han cambiado la vida porque hemos recorrido juntos un largo camino para llegar hasta aquí y se que desde el inicio encontré muchas necesidades, rezagos y falta de acciones por hacer, pero estoy seguro que entrego un mejor Municipio porque decidimos dejar atrás la planeación para ponernos en marcha en acción todos unidos y puedo asegurarles que mi tarea no ha terminado y muchos menos mi compromiso porque seguiré sirviendo apasionadamente hasta el final de mis días agradecido siempre con el privilegio que me han dado la vida llegar hasta aquí muchas gracias a todos, muchas gracias a Regidores por lo que pongo a consideración del pleno ME AUTORICE UNA LICENCIA POR TIEMPO INDEFINIDO AL CARGO QUE VENIA DESEMPEÑANDO COMO PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO

LAQUEPAQUE, CON EFECTOS A PARTIR DEL DIA DE MAÑANA 18 DE ICIEMBRE 2014. -----------------------------------------------------------------------------------------

Se le concede el uso de la palabra a la Regidora Angélica Guadalupe Torres Gutiérrez: a nombre de la Fracción del PRI, queremos reconocerte y felicitarte Alfredo Barba Hernández, Mariscal por encausar en esta administración un rumbo firme por darle ese toque tan personal de responsabilidad, compromiso, entrega y vocación de servicio, que a través de tu liderazgo que te caracteriza que h mantenido siempre unido a este equipo de trabajo. Sabemos que has tomado una gran decisión, por lo que con respeto y aprecio, te deseamos el mayor de los íxitos. Y puedes contar y estar seguro que este gran equipo que no solo te

respalda y te apoya en tus decisiones, sino que además, cuentas con amigos que te apoyaremos en cada momento como hasta hoy lo hemos hecho. Tu sueño siempre ha sido construir un Mejor San Pedro Tlaquepaque, y lo estamos logrando, demostrándole a los tlaquepaquenses que somos sus aliados al darle autenticismo valor y necesidades y asumir nuestra responsabilidad de servicio brindándoles soluciones. Nos queda un año por delante, de retos y consolidaciones pero tenga la certeza de que no reduciremos la intensidad de nuestro trabajo por el contrario, dejaremos huella de éxito en la historia de San Pedro Tlaquepaque, muchas gracias.--------------------------------------------------------------

Con el uso de la palabra al Regidor Felipe Reyes: gracias Presidente me parece que la cortesía política obliga a desearle que le vaya bien en sus proyectos me

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015 35

%S A N P E D R O*0 TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

se desempeña creo que cualquier proyecto será en beneficio de la gente de ílaquepaque y yo le desearía lo mejor, (muchas gracias, en voz del Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal), dignos de recalcarse unos otros me parecer que le falto tino político pero en este caso voy a referirme a esas dos partes que para mi han sido, importantes, una de ellas me parece que es la disciplina impuesta por Usted en la estructura de mando dentro del Gobierno de Ilaquepaque y que desde luego evito que Directores y Subdirectores y gente de la estructura hacia abajo haya hecho indicaciones que no eran dictadas por el Presidente esa parte me parece que sigue siendo loable yo espero que la administración siga en ese mismo sentido, por otro lado me parece que otro aspecto que Tlaquepaque le sigue agradeciendo es su postura con respecto al mercado Juárez, hay gente que sigue aplaudiendo la decisión que Usted tomo me parece que lejos de la confronta política que en su momento se veía venir finalmente advierten que hubo una causa loable a favor de muchas familias de Tlaquepaque, me parece que esos puntos son recalcables insisto yo solamente esperaría Presidente que la persona que quede al cargo pueda continuar con la apertura al diálogo de parte de las diferentes fracciones de las que gobierna y que ueno finalmente Tlaquepaque pueda ser un buen receptor de sus buenas

autoridades solamente me restaría desearle suerte en sus proyectos espero que fecunden en un beneficio para la gente de Tlaquepaque es cuanto Presidente.-----

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo que pongo a consideración del Pleno ME AUTORICE UNA LICENCIA POR TIEMPO INDEFINIDO AL CARGO QUE VENIA DESEMPEÑANDO COMO PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, CON EFECTOS A PARTIR DEL DIA DE MAÑANA 18 DE DICIEMBRE 2014.---------------------------------

En uso de la palabra el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: Por lo ue en votación económica se pregunta si se aprueba el planteamiento que ésta

Presidencia pone a su consideración, muchas gracias. Aprobado por unanimidad recae el siguiente punto d e ,----------------------------------------------------------------------------

-------------------------------------------A C U E R D O ......... ............................................

UNICO.- SE AUTORIZA OTORGAR LICENCIA POR TIEMPO INDEFINIDO AL LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL, AL CARGO QUE VENIA DESEMPEÑANDO COMO PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, CON EFECTOS A PARTIR DEL DIA 18 DE DICIEMBRE 2014.----------------------------------

FUNDAMENTO LEGAL.- artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 1, 2, 3, 4 numeral 100 y 48 fracción V, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.-----------------

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTel. 1057.6014 y 1057.6015 36

37

NOTIFÍQUESE.- al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial;^al Lie. Alfredo Barba Mariscal, Presidente Municipal; al Lie. Ernesto Meza Tejéda, Síndico Municipal; al CP. Raúl Núñez Aceves, Encargado de la Hacienda Municipal; al L.C.P. José María López Morales, Encargado del Órgano de Control Interno para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.------------------— --— ------ -------

Habla el Presidente Municipal, Lie. Alfredo Barba Mariscal: gracias Regidor. En vista de haber agotado el Orden del Día, se declara terminada la Sesión Ordinaria siendo las 13:35 (Trece horas con treinta y cinco minutos) y se cita para la próxima sesión con oportunidad en el mismo recinto. Habiéndose elaborado la presente Acta, se procedió a darle lectura, la cual fue ratificada en todos sus términos y aprobada, para todos los efectos legales a que haya lugar, firmándola para constancia, los que en la misma intervinieron.---------------------------------------------------

PRESIDENTE MUNICIPAL.

LIC. ALFREDO BARBA MARISCAL.SÍNDICO MUNICIPAL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, JaliscoTei. 1057.6014 y 1057.6015 37

V S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

38

FELICIANO GARCIA FIERROS REGIDOR

MARIA GUADALUPE OROZCO REGIDORA

CARMEN LOPEZ HERNANDEZ REGIDORA

GERMA ÍESTO RALIS C. REGIDOR N

Tel. 1057.6014 y 1057.6015 3 3

S A N P E D R O

TLAQUEPAQUEG O B I E R N O 2 0 1 2 - 2 0 1 5

39

La presente foja corresponde al Acta de la Sesión Ordinaria Número 43 (Cuarenta y tres) celebrada el día 17 (Diecisiete) de Diciembre de 2014, por el H. Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.

i

tlaquepaque.gob.mxIndependencia 58

Centro Histórico de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco Tel. 1057.6014 y 1057.6015 39

U