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MESA DE CONTRATACIÓN ACTA 20 / 2019 Página 1 de 8 DATOS DE LA SESIÓN Fecha de celebración: ............................................................................................................. 14 de marzo de 2019 Hora: ......................................................................................................................................................... 10:00 horas Lugar: ………….…………..…………. Sala de Reuniones cuadrada Planta 1 del Hospital Puerta de Hierro Majadahonda ASISTENTES. Miembros permanentes de la mesa de contratación. PRESIDENTA Matilde Gutiérrez Vicente Jefa de Servicio de Contratación Administrativa Vocales Beatriz Sánchez de Ribera Interventora Paloma Béjar Martínez Letrada García Couto Jefa de Sª de Compras y Suministros Pilar Porras Gómez Grupo de Gestión Sº de Suministros Invitadas Ana Mª Carrascoso Camacho Subdirectora de Gestión y SS.GG. Mónica Aparicio del Val Interventora Secretaria Bárbara González-Estéfani Díe Grupo de Gestión del de Contratación Administrativa. CONTENIDO Y RESULTADO DE LA SESIÓN Se inicia la sesión con la verificación por parte de la Secretaria que la composición de la Mesa se ajusta a lo establecido en el artículo 326 de la LCSP, en el artículo 79 del RGLCAP, artículo 19 del RD 49/2003 RGCPCM, así como en las normas reguladoras de los órganos colegiados establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que la letrada asistente se encuentra habilitada con carácter provisional para ejercer las funciones de letrado en las Mesas de Contratación según Orden 971/2018, de 27 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con efectos desde el 18 de abril de 2018. o Aprobación de las Actas nº 18/2019 y 19/2019. o Ampliación de información de la evaluación de ofertas anormalmente bajas de GESMAN, INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.L., realizada por el Servicio promotor del contrato, en relación con el expediente GCASE 2018-19, relativo al SERVICIO DE AUDITORIAS DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, ALMACENES, ADMINISTRACIÓN Y RESTAURACIÓN a adjudicar por procedimiento abierto con pluralidad de criterios y con presentación electrónica de ofertas. Comparece ante la Mesa de Contratación la Subdirectora de Gestión y Servicios Generales, como servicio promotor del contrato, con el fin de ampliar, en nombre propio y del Director de Gestión, el informe realizado para la evaluación de las ofertas anormalmente bajas de GESMAN, INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.L., presentando las aclaraciones que se transcriben a continuación: ACTA MESA DE CONTRATACIÓN N º 20 / 2019 La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: 1239842162831270959944 Ref: 07/469940.9/19

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MESA DE CONTRATACIÓN ACTA 20 / 2019 Página 1 de 8

• DATOS DE LA SESIÓN

Fecha de celebración: ............................................................................................................. 14 de marzo de 2019 Hora: ......................................................................................................................................................... 10:00 horas Lugar: ………….…………..…………. Sala de Reuniones cuadrada Planta 1 del Hospital Puerta de Hierro Majadahonda

• ASISTENTES. Miembros permanentes de la mesa de contratación.

PRESIDENTA Matilde Gutiérrez Vicente Jefa de Servicio de Contratación Administrativa

Vocales Beatriz Sánchez de Ribera Interventora

Paloma Béjar Martínez Letrada

Mª García Couto Jefa de Sª de Compras y Suministros Pilar Porras Gómez Grupo de Gestión Sº de Suministros Invitadas Ana Mª Carrascoso Camacho Subdirectora de Gestión y SS.GG. Mónica Aparicio del Val Interventora

Secretaria Bárbara González-Estéfani Díe Grupo de Gestión del Sº de Contratación Administrativa.

• CONTENIDO Y RESULTADO DE LA SESIÓN

Se inicia la sesión con la verificación por parte de la Secretaria que la composición de la Mesa se ajusta a lo establecido en el artículo 326 de la LCSP, en el artículo 79 del RGLCAP, artículo 19 del RD 49/2003 RGCPCM, así como en las normas reguladoras de los órganos colegiados establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que la letrada asistente se encuentra habilitada con carácter provisional para ejercer las funciones de letrado en las Mesas de Contratación según Orden 971/2018, de 27 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con efectos desde el 18 de abril de 2018.

o Aprobación de las Actas nº 18/2019 y 19/2019.

o Ampliación de información de la evaluación de ofertas anormalmente bajas de GESMAN, INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.L., realizada por el Servicio promotor del contrato, en relación con el expediente GCASE 2018-19, relativo al SERVICIO DE AUDITORIAS DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, ALMACENES, ADMINISTRACIÓN Y RESTAURACIÓN a adjudicar por procedimiento abierto con pluralidad de criterios y con presentación electrónica de ofertas. Comparece ante la Mesa de Contratación la Subdirectora de Gestión y Servicios Generales, como servicio promotor del contrato, con el fin de ampliar, en nombre propio y del Director de Gestión, el informe realizado para la evaluación de las ofertas anormalmente bajas de GESMAN, INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.L., presentando las aclaraciones que se transcriben a continuación:

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AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN A LA MESA DE CONTRATACIÓN DE 14/03/2019

En relación con la Mesa de contratación del pasado 7 de marzo de 2019, y actuaciones relativas al expediente GCASE 2018‐19, quiero hacer constar lo siguiente:

‐ Según reiterada doctrina, los informes técnicos gozan de presunción de acierto, por lo que al menos, estimo se me debería haber consultado si había dudas o discrepancias en relación con el contenido del Informe técnico, para su aclaración o solución. ‐ La Presidenta de la Mesa recoge consideraciones (Documento 1) con referencia en un Informe (2/18) redactado al amparo de la anterior Ley de Contratos, siendo necesario matizar por mi parte que la nueva Ley de Contratos modifica la redacción del artículo 149 relativo a ofertas anormalmente bajas, estableciendo una serie de cautelas relativas al cumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social, laboral y de respeto de convenios laborales, en sus apartados d) y e), añadiendo nueva redacción, incluso más allá de lo recogido en la Directiva Comunitaria, como: 149d): "El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambientales, social o laboral y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo de mercado o que incumplan lo establecido en el artículo 201". En este sentido, mi informe ha sido especialmente prudente y cauteloso, si se considera que, recientemente, se ha procedido a la resolución del contrato centralizado de seguridad del Sermas precisamente por no poder atender el licitador las cargas salariales con su oferta a la baja. ‐ Por otro lado, en dicho Documento nº 1 se alude a aspectos relacionados con la solvencia, cumplimiento de umbrales y requerimientos de los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que, obviamente, ya han sido considerados en la fase de selección o aptitud para contratar del licitador, o en la valoración, por lo que su referencia no es suficiente para acreditar la idoneidad de la oferta anormal o desproporcionada. ‐ Por último, señalar que en el caso de apartarse del criterio expresado en los informes técnicos, la decisión de la Mesa debe estar especialmente motivada, al igual que la resolución por la que se admita una oferta incursa inicialmente en temeridad, por lo que estimo conveniente aclarar las diferencias surgidas y verificar si la oferta y justificación del licitador dan cumplimiento estricto a las cautelas recogidas en la nueva redacción de la nueva Ley de Contratos, en el apartados d) y e) del artículo 149, solicitando, si ello fuese necesario, otros informes técnicos. Todo ello, para que el órgano de contratación pueda adoptar la mejor decisión. Según doctrina, "lo que permite que una oferta con valores anormales o desproporcionados sea excluida de la licitación es la estimación de que la proposición no puede ser cumplida por el licitador como consecuencia de ello, sin incumplir al mismo tiempo sus obligaciones en el orden social, laboral o de otro tipo".

Informes que se pueden traer a colación apoyando el criterio que manifiesto son, entre otros: Resoluciones nº 118/2017, 320/2016, 98/2012, 7 /2012 y 24/2011 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

Se adjuntan, asimismo, para posible consulta de los miembros de la Mesa, los siguientes documentos:

• Documento nº 1: Correo de la Presidenta de la Mesa de Contratación • Documento nº 2: Informe Técnico del gestor del trabajo y desglose económico • Documentos nº 3: Convenio laboral de aplicación a los trabajadores de la empresa licitadora

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La Mesa de Contratación hace constar que, en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 149.6 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), ha evaluado toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo, el cual ha presentado todos y cada uno de los extremos solicitados, primero a través de la publicación en el Perfil del Contratante del requerimiento de justificación de la viabilidad de su oferta precisando las condiciones de la misma en los términos señalados en el art. art. 149 de la LCSP, y, posteriormente, cuando se le requirió en 2ª instancia los siguientes términos: “ampliar la información que contienen referente a las partidas de Coste de personal (se debería justificar el número de horas de cada tipo de personal que incluye la oferta y el precio/hora aplicado), también la cualificación del personal dedicado a cada trabajo (formación y experiencia) para valorar que no se esté ofertando por debajo de coste y/o convenio, así como el desglose de los gastos de dietas y desplazamientos (gastos de viaje, número y tipo de estancia y cuantía diaria de las dietas) que se imputan a cada equipo de auditoria”. La Jefa de Servicio de Suministros hace la siguiente consideración: “A la vista de la llegada a la mesa de una ampliación del informe por parte del Servicio Promotor, me surgen dudas sobre si estamos infringiendo el artículo 149, apartado 4d) así como los dos últimos párrafos que están a continuación del apartado 4e), de la nueva Ley (9/2017) y pregunto a la Mesa, si podríamos solicitar a un órgano externo (Asesoría Jurídica, Junta Consultiva.. etc) un informe. Todo ello dado que la nueva Ley de contratos introduce novedades importantes en cuanto al cumplimiento y respeto de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales (art. 201)” Se le aclara que la Mesa de Contratación realizó la propuesta de adjudicación el 7 de marzo y que, en este momento procedimental, no le corresponde a la misma solicitar informes, sino en todo caso, al Órgano de Contratación. A tenor de las consideraciones presentadas en este acto por el Servicio Promotor, se recaba la consulta electrónica de datos y documentación referente a la capacidad del licitador GESMAN, INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.L., constatando que dicha empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid.

Se anexan a la presente acta:

• Documento nº 1: Correo de la Presidenta de la Mesa de Contratación – ANEXO 1 • Documento nº 2: Informe Técnico del gestor del trabajo y desglose económico – ANEXO 2 • Documentos nº 3:Convenio laboral de aplicación a los trabajadores de la empresa licitadora

Sin más temas que tratar se da por finalizado el acto a las 11,00 h. La Presidenta La Secretaria La Subdirectora de Gestión y SS.GG.

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ANEXO 1 – Documento nº 1:

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ANEXO 2 – Documento nº 2:

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Anexo 3 - Documentos nº 3: Convenio laboral de aplicación a los trabajadores de la empresa licitadora https://www.boe.es/eli/es/res/2016/12/30/(5)

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