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ACTA DE SESION ORDINARIA Nº 221
1 ACTA 221 DEL 26 DE Diciembre del 2018
Celebrada por el Concejo Municipal de Orotina, siendo las diecisiete horas con treinta
minutos del día 26 DICIEMBRE 2018 en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de
Orotina.
DIRECTORIO MUNICIPAL
NOMBRE FRACCIÓN
MBA
SILVIA E. ELIZONDO VÁSQUEZ
PRESIDENTA PLN
MARLON GUERRERO
ÁLVAREZ.
VICEPRESIDENTE
PUSC
PRESENTE
REGIDORES PROPIETARIOS Y SUPLENTES
DEYLY VARGAS
CASTRO
PROPIETARIA OROTINA
PRESENTE
C. FABIAN ESPINOSA
AGUERO
SUPLENTE AUSENTE
RUBEN LEDEZMA
VINDAS
PROPIETARIO MASTATE
PRESENTE
VICKY SOLANO RAMOS SUPLENTE PRESENTE
CARLOS GONZÁLEZ
SALAS
PROPIETARIO PLN- PRESENTE
XINIA ESQUIVEL
AGÜERO
PROPIETARIA PLN- PRESENTE
DENNYSE MONTERO
RODRÍGUEZ
PROPIETARIA PUSC- PRESENTE
MARVIN CASTILLO
CASTRO.
SUPLENTE PLN- PRESENTE
MAYRA V. MURILLO
ZUMBADO.
SUPLENTE PLN- PRESENTE
KALEFF TORRES
MOLINA.
SUPLENTE PLN-PRESENTE
AGUSTIN G. ROJAS
BALTODANO.
SUPLENTE PUSC- PRESENTE
CRISTINA NAVARRO
JIMÉNEZ.
SUPLENTE PUSC-PRESENTE
SÍNDICOS
PROPIETARIOS Y
SUPLENTES
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RONAL VILLALOBOS
CAMBRONERO
PROPIETARIO CEIBA
PRESENTE
IVANNIA ARROYO
BERROCAL
SUPLENTE PRESENTE
LIDIER HERNÁNDEZ
MONTERO cc, CEDIER.
PROPIETARIO
HACIENDA VIEJA
PRESENTE
ANGELA M MORA
MORALES
SUPLENTE PRESENTE
MANUELA HERNÁNDEZ
AGUERO
PROPIETARIA AUSENTE
CHRISTIAN JIMÉNEZ
GUERERO
SUPLENTE AUSENTE
ORDEN DEL DÍA
1.-COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM
2.-ORACIÓN
3.-AUDIENCIAS
4.-DISCUCIÓN Y APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
5.-TRÁMITE DE CORRESPONDENCIA URGENTE, A CRITERIO DE LA PRESIDENCIA
6.-DICTÁMENES DE COMISIÓNES
7.-INFORMES DE LA ALCALDÍA Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
8.-INICIATIVAS DE LOS REGIDORES Y ALCALDÍA
9.-TERMINA LA SESIÓN
1.-COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM
Una vez comprobado el quórum, la señora presidenta da inicio a la sesión.
2.-ORACION
Se lleva a cabo oración
3.-AUDIENCIAS
JURAMENTACIÓN DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
LIC. RANDALL MARIN OROSCO, ALCALDE a.i
SRA. KATTIA MARIA SALAS CASTRO, SECRETARIA DEL CONCEJO
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2019-2020
- Eduardo Herrera Garita Roy Álvarez Vásquez
Ricardo Picado Flores Josué Cordero Agüero
Rosaisela Vargas García (no se presentó)
ARTÍCULO 4- DISCUCIÓN Y APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES
1.- ACTA 219
Conforme los NUMERALES 26 y 48 del Código Municipal, los Regidores Propietarios, que
conforman el Cuerpo Colegiado, proceden aprobar el acta 219.------------------
2.- ACTA 220
Conforme los NUMERALES 26 y 48 del Código Municipal, los Regidores Propietarios, que
conforman el Cuerpo Colegiado, proceden aprobar el acta 220.------------------
ARTÍCULO 5. TRÁMITE DE CORRESPONDENCIA URGENTE, A CRITERIO DE LA
PRESIDENCIA
1. COPIA DE OFICIO PE-3741-2018 FIRMADO POR DRA LIZA VASUEZ UMAÑA,
ASESOR MÉDICO JEFE DE DESPACHO PRESIDENCIA EJECUTIVA DE LA
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL, DIRIGIDO A:
Doctor
Roberto Cervantes Barrantes, Gerente
Gerencia Médica
Caja Costarricense del Seguro Social
ASUNTO: Traslado oficio MO-CM-0585-18-2016-2020
Estimado señor Gerente:
Reciba cordial saludo. Este Despacho ha recibido oficio MO-CM-0585-18-2016-2020, de fecha 13
de diciembre 2018, suscrito por la Sra. Kattia María Salas Castro, Secretaria del Concejo
Municipal de la Municipalidad de Orotina, quien traslada el acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria
No. 217 celebrada el 10-12-2018.
De acuerdo a sus competencias, se traslada el oficio en mención para analizar la viabilidad de lo
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solicitado por la comunidad de Orotina. Se le agradece brindar respuesta al Concejo así mismo
mantener informada a esta Presidencia lo resuelto.
SE TRASLADA AL EXPEDIENTE DE LA COMISION PRO CLINICA.
2.-COPIA DE OFICIO N 243-SM-2018 FIRMADO POR IVANNIA ALVARADO
VILLALOBOS. SECRETARIA MUNICIPAL A.I., DE MONTES DE ORO, DIRIGIDO A
Licdo. Carlos Alvarado Quesada Presidente de la República
Ing. Rodolfo Méndez Mata
Ministro de obras Públicas y Transportes
San José
Por medio de la presente reciba un cordial saludo de parte de este Gobierno Local y a su vez me
permito notificar acuerdo aprobado por el Concejo Municipal de Montes de Oro, mediante el
Artículo N° III, Acuerdo Ne2, de la Sesión Ordinaria N
Q138-2018, de fecha de 18 diciembre del
2018, que literalmente dice:
"ACUERDO 2.
EL Concejo Municipal de Montes de Oro acuerda brindar un voto de apoyo al acuerdo tomado
por el Concejo Municipal de Orotina, en su sesión Ordinaria NQ215, en el artículo 8-2, celebrada
el día 03/12/18, tendiente a impulsar el nuevo Aeropuerto Internacional; Metropolitano dentro de
la jurisdicción de Orotina.
Se somete a votación y es aprobado con cinco votos.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROVADO"
SE ENCUENTRAN FUERA DEL RECINTO DE SESIONES LOS REGIDORES
ESQUIVEL AGÜERO Y CASTILLO CASTRO.
ACUERDO N° 1.- SE ACUERDA: AGRADECER AL CONCEJO MUNICIPAL DE
MONTES DE ORO, EL APOYO BRINDADO AL ACUERDO DE ESTE CUERPO
COLEGIADO EN RELACION CON EL NUEVO AEROPUERTO INTERNACIONAL
METROPOLITANO EN OROTINA.
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APROBADA LA DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, EL FONDO Y LA FIRMEZA DE
ESTE ACUERDO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ELIZONDO VÁSQUEZ,
MURILLO ZUMBADO , GONZÁLEZ SALAS, GUERRERO ÁLVAREZ Y MONTERO
RODRÍGUEZ
3.-COPIA DE OFICIO REF; CM-1496-18-2016-2020 DIRIGIDO A LA COMISIÓN
MUNICIPAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE QUEPOS,
FIRMADO POR LICDA ALMA LÓPEZ OJEDA, SECRETARIA DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE QUEPOS.
Para su conocimiento y fines consiguientes se transcribe el acuerdo 04, Artículo Sexto,
Correspondencia, adoptado por el Concejo Municipal de Quepos, en Sesión Ordinaria No.252-2018,
celebrada el día martes 11 de diciembre de 2018, integrado por el señor Jonathan Rodríguez
Morales, quien preside; la señora Regidora Matilde Pérez Rodríguez y los señores Regidores
Osvaldo Zarate Monge, Omar Barrantes Robles y Waddy Guerrero Espinoza; que dice:
Oficio 04. Oficio M0-CM-0563-18-2016-2020, suscrito por la señora Katia Salas Castro, Secretaria
del Concejo Municipal de Orotina, que textualmente dice: “(...)
ASUNTO: “AEROPUERTO INTERNACIONAL METROPOLITANO DE COSTA RICA”
ACUERDO NO. 04.: EL CONCEJO ACUERDA. Trasladar a la Comisión Municipal de Asuntos
Jurídicos, el Oficio MO-CM-0563-18-2016-2020, suscrito por la señora Katia Salas Castro,
Secretaria del Concejo Municipal de Orotina, para su estudio y posterior recomendación al Concejo
Municipal. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
SE CONOCE
4.- OFICIO HAC-325-2018 FIRMADO POR NOEMY GUTIÉRREZ MEDINA, JEFE DE
ÁREA COMISIONES LEGISLATIVAS IV ASAMBLEA LEGISLATIVA.
En Sesión Nº 38 del 18 de Diciembre en curso, la Comisión aprobó moción para que se consulte el
criterio de esa Institución sobre el Proyecto “FORTALECIMIENTO DE MODELOS
EFICIENTES DE ASOCIO ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO PARA EL
DESARROLLO DE OBRA PÚBLICA, MEDIANTE LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS
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1, 7, 9 Y 14 DE LA LEY GENERAL DE CONCESIONES CON SERVICIOS PÚBLICOS N°
7762.” EXPEDIENTE Nº 20929. (Se anexa)
De conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa, solicito responder esta consulta dentro de los ocho días hábiles posteriores a su recibo.
ACUERDO N° 2.- TRASLADAR A LA ASESORÍA JURÍDICA PARA QUE EMITA
RECOMENDACIÓN EL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE MODELOS
EFICIENTES DE ASOCIO ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO PARA EL
DESARROLLO DE OBRA PÚBLICA, MEDIANTE LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS
1, 7, 9 Y 14 DE LA LEY GENERAL DE CONCESIONES CON SERVICIOS PÚBLICOS N°
7762.” EXPEDIENTE Nº 20929. (Se anexa)
APROBADA LA DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, EL FONDO Y LA FIRMEZA
DE ESTE ACUERDO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ELIZONDO VÁSQUEZ,
ESQUIVEL AGÜERO, GONZÁLEZ SALAS, GUERRERO ÁLVAREZ Y MONTERO
RODRÍGUEZ
5.-COPIA DE DOCUMENTO RECIBIDO EN PLATAFORMA BAJO EL N 6346-018
FIRMADO POR MARIA EUGENIA VILLEGAS QUESADA, FIRMA A RUEGO Y
ALVARO CASTILLO GESTIONANTE DIRIGIDO A MBA MARGOT MONTERO
JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA
El suscrito ALVARO CASTILLO UMAÑA, mayor, casado dos veces, vecino de Marichal de
Orotina, comerciante, portador de la cédula de identidad número 2-233-712, con todo respeto me
presento a manifestar:
PRIMERO: Como consta en los archivos de esta Municipalidad he venido sosteniendo una relación
jurídica sobre el local número 32 del mercado municipal, relación jurídica que ha venido operando
bajo la figura del CONTRATO ARRENDATICIO, donde el suscrito figura como INQUILINO
del Local número 32 del mercado municipal de la Municipalidad de Orotina y la Municipalidad de
Orotina por consecuente como ARRENDANTE.
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SEGUNDO: Para fundamentar lo anterior procederé a desarrollar unos antecentes que constan en
los archivos respectivos de esta Municipalidad donde los he obtenido y que detallo a continuación:
ANTECEDENTES:
A. - El derecho de piso del Local número 32 del mercado municipal de la Municipalidad de
Orotina, denominado Soda El Parquecito fue otorgado en contrato de arrendamiento primeramente al
señor JESUS AVILA LORIA, portador de la cédula 2-397-837, según consta en los archivos en
poder de esta Municipalidad.
- Mediante Contrato de Cesión realizado mediante escritura pública ante el NOTARIO
PUBLICO GERARDO MOYA PANIAGUA, mediante escritura pública número 103, M.B.A
MARGOTH MONTERO JIMENEZ
ALCALDESA MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
OROTINA, ALAJUELA
El suscrito ALVARO CASTILLO UMAÑA, mayor, casado dos veces, vecino de Marichal de
Orotina, comerciante, portador de la cédula de identidad número 2-233-712, con todo respeto me
presento a manifestar:
PRIMERO: Como consta en los archivos de esta Municipalidad he venido sosteniendo una relación
jurídica sobre el local número 32 del mercado municipal, relación jurídica que ha venido operando
bajo la figura del CONTRATO ARRENDATICIO, donde el suscrito figura como INQUILINO
del Local número 32 del mercado municipal de la Municipalidad de Orotina y la Municipalidad de
Orotina por consecuente como ARRENDANTE.
SEGUNDO: Para fundamentar lo anterior procederé a desarrollar unos antecentes que constan en los
archivos respectivos de esta Municipalidad donde los he obtenido y que detallo a continuación:
ANTECEDENTES:
A. - El derecho de piso del Local número 32 del mercado municipal de la Municipalidad de
Orotina, denominado Soda El Parquecito fue otorgado en contrato de arrendamiento primeramente al
señor JESUS AVILA LORIA, portador de la cédula 2-397-837, según consta en los archivos en
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poder de esta Municipalidad.
B. - Mediante Contrato de Cesión realizado mediante escritura pública ante el NOTARIO
PUBLICO GERARDO MOYA PANIAGUA, mediante escritura pública número 103, artículo 82
del Código Municipal y el Reglamento del Mercado Municipal y el Contrato de cesión realizado en la
escritura referida en el hecho anterior se apruebe dicha cesión, documento debidamente autenticado
por el LIC. RANDALL MARÍN OROZCO. Ver prueba documental marcada con la letra E.
G. - Mediante acuerdo municipal tomado en el artículo 111, aparte 17, de la sesión ordinaria N°
284, celebrada el día 27-09-2005, El Concejo Municipal de Orotina, autoriza la cesión del derecho de
piso del local referido de la señora Xinia Madriz Murillo, cédula 2-460- 623 a los señores RUTH
MARIA RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS, cédula 2-
487-274. Ver prueba documental marcada con la letra F.
H. - Mediante CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito por el señor José Joaquín Peraza
Agüero en su condición de Alcalde Municipal de la Municipalidad de Orotina y los señores RUTH
MARIA RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS, cédula 2-
487-274, celebrado a las 13 horas del 27 de setiembre del 2005, se hizo efectiva la cesión aprobada e
indicada en el hecho anterior. Ver prueba documental marcada con la letra G.
I. - Como consta en los archivos respetivos que obran en poder de esta Municipalidad los señores
RUTH MARIA RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS,
cédula 2-487-274 me cedieron el derecho de piso referido sobre el local 32 del Mercado Municipal de
Orotina, y en esa misma condición de locatario del respectivo local comercial, pagando ios alquileres
respectivos, cánones, servicios municipales, patentes y todos los deberes y derechos que nos han
exigido los diferentes Reglamentos del Mercado Municipal de Orotina que han estado vigentes en el
transcurso de mi relación como locatario de un local del mercado municipal. Ver prueba documental
marcada con la letra H.“POR TANTO:
"Se decreta ¡a revocatoria unilateral del permiso de uso de suelo otorgado al señor Alvaro
castillo Umaña, cédula de identidad N° 2-233-712, puesto número 32 en el parquecito
contiguo al mercado Municipal. Conforme con el nuevo proyecto, se contemplan dos espacios
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para desarrollo de actividad comercial, en cuya adjudicación se otorgará prioridad a los
actuales permisionarios ubicados en el parque objeto de reconstrucción siempre que no haya
incurrido en incumplimiento en el ejercicio del uso de suelo revocado y cumplan con todos
los requerimientos legales y reglamentarios , La presente resolución regirá a partir del 09 de
noviembre de 2018. Fecha a partir de la cual procederá el desalojo del puesto. “
SEXTO: Dicho acto administrativo es ilegal, inconveniente e inoportuno, por cuanto como consta en
esta Municipalidad el suscrito nunca ha sostenido una relación jurídica con la Municipalidad de
Orotina, bajo la figura del permiso de uso de suelo, nunca he ostentado ese carácter, por cuanto ha
quedado ampliamente demostrado que la relación que he sostenido con la Municipalidad de Orotina,
sobre el local número 32 del Mercado Municipal, es la figura de Locatario de local comercial, bajo la
figura de! contrato arrendaticio, regulado por el Reglamento de Mercado Municipal vigente y por lo
tanto una REVOCACION DE USO DE SUELO, sobre el local arrendado no sería lo procedente.
SETIMO: TAL Y COMO LO DISPONE NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO, EL ACTO
ADMINISTRATIVO PARA SER VÁLIDO DEBE CONFORMARSE sustancialmente con el
ordenamiento jurídico.
De allí que, el artículo 16 de le Ley de Administración Pública, párrafo primero, establece lo siguiente:
(copio)
“En ningún caso podrán dictarse actos contrarios a reglas unívocas de la ciencia, o de la técnica, o a
principios elementales de justicia, lógica o conveniencia el caso presente y el Tribunal Contencioso
Administrativo, Sección III, mediante Resolución N° 03090 - 2010, de fecha 19 de Agosto del 2010,
con claridad meridiana dice lo siguiente:
IV.-Sobre la aplicación de la Ley Sobre Arrendamiento de Locales Municipales -Ley 2428- y el
Reglamento de Arrendamientos de Locales de Mercado de Víveres y los Votos de la Sala
Constitucional invocados. Para resolver adecuadamente esta causa, debe tenerse claro cuál es la
diferencia existente y sustancial entre los locatarios y beneficiarios del "derecho de piso”. Los
primeros están ubicados necesariamente dentro del mercado, entendiéndose este como el "lugar
construido o destinado por la municipalidad para servir como centro de expendio o abastecimiento
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de artículos de primera necesidad, consumo popular o uso doméstico” que son aquellas personas
que ocupan locales con puestos fijos o permanentes de manera estable, durante más de un mes,
cuya regulación está protegida en la Ley Sobre Arrendamiento de Locales Municipales -Ley
2428- (ver artículo 1 de esta Ley). El caso de los recurrentes no está protegido por esta ley, la
cual está dirigida exclusivamente a los arrendatarios de locales del edificio del mercado
municipal, mientras que los apelantes, todos beneficiarios de los "derechos de piso” no
arriendan ningún local del mercado, sino que utilizan un espacio en las aceras destinadas al libre
tránsito. Igual ocurre con los Votos de la Sala Constitucional invocados en el escrito de agravios
- Nos. 4675-97 y 2767-94- debido a que éstos se dirigen a los locales municipales exclusivamente.
Los casos ventilados en esta norma y en la jurisprudencia indicada, suponen la existencia de: a)
ubicación física dentro de un local, tramo o puesto con área específica dentro mercado municipal,
destinado exclusivamente para el expendio de bienes comerciables, b) existencia de un contrato de
arrendamiento con plazo específico y c) procedimiento legalmente establecido para la fijación de
precios y su presupuestos de locatario descritos en el fallo jurisprudencial antes indicado, los
cuales he ejercido con respaldo de la administración como lo son: A) Ubicación física dentro de
un local, tramo o puesto con área específica dentro mercado municipal, destinado exclusivamente
para el expendio de bienes comerciables, y digo he cumplido con este primer presupuesto por
cuanto siempre la administración me ha reconocido como locatario o arrendatario de un local
que pertenece al mercado municipal y no como me indican en la resolución administrativa
recurrida, ser un permisionario de uso de suelo. B) Existencia de un contrato de arrendamiento
con plazo específico y C) Procedimiento legalmente establecido para la fijación de precios v su
correspondiente impugnación, requisitos con los cuales he cumplido según se desprende de lo
expuesto anteriormente, cuya prueba aportaré y la cual consta en los archivos municipales
respectivos.
DECIMO PRIMERO: Contra dicha resolución administrativa oficio No. MO-A-117-18- 2016-2020,
interpusimos RECURSO DE REVISION y dentro del mismo una MEDIDA CAUTELAR, solicitando se
suspendiera todo acto administrativo o de ejecución tendiente a ejecutar algún acto que venga a lesionar
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mi condición de locatario- arrendatario hasta el tanto no se enderecen los procedimientos, las cuales
fueron resueltas hasta el día 16 de noviembre del presente año y notificadas ese mismo día, cuando ya
habían empezado las obras nuevas en elD antiguo parquecito y demolido el local arrendado al suscrito, lo
que viene a ser una evidente y notoria violación al debido proceso, por cuanto se realizó contrario a
derecho por haber sido interpuesta una medida cautelar.
DECIMO SEGUNDO: Finalmente indico que como buen ciudadano Orotinense, no me opongo a las
obras de desarrollo que vengan a darle una mejor imagen a nuestro cantón, pero queremos indicar que
cuando un derecho se varía se debe dar otro en iguales condiciones o mejores, razón por la cual tenemos
claro que una vez terminadas las obras en el “parquecito” nos otorguen de nuevo el local como en
derecho corresponde.
PETITORIA:
Con base en las consideraciones fácticas y jurídicas que anteceden, solicitamos a la
MUNICIPALIDAD DE OROTINA:
1. - Acoger en todos los extremos la presente manifestación.
2. - Se reubique el local arrendado, una vez terminadas las obras en el lugar correspondiente
PRUEBA DOCUMENTAL:
A. - Solicitud y contrato de Cesión realizado mediante escritura pública número 103, ante el
NOTARIO PUBLICO GERARDO MOYA PANIAGUA, otorgada a las 12 horas del 01 de julio del
2002, el señor Jesús Ávila Loria portador de la cédula 2-397-837, le cede el derecho de piso de dicho
local a la señora Xinia Madriz Murillo, portadora de la cédula 2-460 623. ;
B. - Copia de acuerdo municipal tomado en el artículo III, aparte 5, de la sesión ordinaria N° Í3,
celebrada el día 29-04-2003 donde El Concejo Municipal de Orotina, autoriza la cesión del Local EL
PARQUECITO del señor Jesús Ávila Loria, cédula 2-397-837 a la señora Xinia Madriz Murillo,
cédula 2-460-623.
C. - Copia de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito por el señor José Joaquín Peraza
Agüero en su condición de Alcalde Municipal de la Municipalidad de Orotina y la señora Xinia
Madriz Murillo, celebrado a las 10 horas del 25 de setiembre del 2003.
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- Copia de escritura pública número 374, otorgada a las 19 horas del 13 de abril del 2005,
visible al folio 145 vuelto del tomo 13 del protocolo del notario público DOUGLAS MARIN
OROZCO, donde la señora Xinia Madriz Murillo cédula 2-460-623 le cede el derecho de piso del
local referido a los señores RUTH MARIA RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y
GEOVANNY ROJAS ARIAS, cédula 2-487-274 por partes ¡guales.
E. - Copia de documento de fecha 14 de abril de 2005, donde los señores RUTH MARIA
RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS, cédula 2- 487-274,
solicitan al Concejo Municipal se apruebe la cesión a ellos realizada mediante documento
debidamente autenticado por el LIC. RANDALL MARÍN OROZCO.
F. - Copia de acuerdo municipal tomado en el artículo III, aparte 17, de la sesión ordinaria N°
284, celebrada el día 27-09-2005 donde El Concejo Municipal de Orotina, autoriza la cesión del
derecho de piso de la señora Xinia Madriz Murillo, cédula 2-460-623 a los señores RUTH MARIA
RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS, ceduia 2-487-274.
G. - Copia de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito por el señor José Joaquín Peraza
Agüero en su condición de Alcalde Municipal de la Municipalidad de Orotina y los señores RUTH
MARIA RAMIREZ HERNANDEZ, cédula 6-260-350 y GEOVANNY ROJAS ARIAS, cédula 2-
487-274, celebrado a las 13 horas del 27 de setiembre del 2005.
D. - Copia de oficio SCMO-364-2015 de fecha 23 de julio del 2015, donde se me notifica como
INQUILINO LOCAL 32 MERCADO MUNICIPAL, MUNICIPALIDAD DE OROTINA, el acuerdo
aprobado por el Concejo Municipal en el Acta de la Sesión Ordinaria N° 433, celebrada el 21 de julio
de 2015, donde se me comunica la recalificación de alquileres y el acuerdo de fijación de alquileres
N° 2015-2019
SE CONOCE.
6.- NOTA FIRMADA POR LIC GERARDO MARÍN TIJERINO, MBA CONTADOR PÚBLIO
SOLUCIONES PARA EL DESARROLLO LOCAL.
Asunto: Invitación al TALLER: “FORTALECIENDO EL PROCESO DE ELABORACIÓN
DE LA LIQUIDACION PRESUPUESTARIA DE LOS GOBIERNOS LOCALES”
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Deseándoles lo mejor en el desarrollo de sus gestiones, los (las) saludamos afectuosamente.
Somos un equipo de profesionales, exfuncionarios de la Contraloría General de la República, que hemos
venido dando asesoría y acompañamiento en distintos tópicos a los Gobiernos Locales, procurando
transmitir nuestra experiencia y conocimiento con el propósito de coadyuvar para el logro de los
objetivos institucionales.
Forman parte del equipo los licenciados Luis Gustavo Córdoba Cubillo y Luis Roberto Sánchez Salazar,
de amplia experiencia en el análisis de los procesos presupuestarios del sector municipal.
En ese orden de ideas, según lo establece el marco técnico-legal vigente, las Municipalidades y los
Concejos Municipales de Distrito, deberán proceder al terminar el ejercicio económico -en este caso
2018- a cerrar las cuentas del presupuesto institucional, con el propósito de obtener el resultado global de
la ejecución presupuestaria, tanto a nivel financiero -déficit o superávit-como de las realización de los
objetivos y metas previamente establecidos, para cada uno de los programas presupuestarios*.
En virtud de lo expuesto, informarles que estamos organizando el taller denominado
“FORTALECIENDO EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA LIQUIDACION
PRESUPUESTARIA DE LOS GOBIERNOS LOCALES”, a la cual queremos invitarlos cordialmente.
Esta actividad -entre otros- tiene como propósitos, a partir de la experiencia adquirida, desarrollar
tópicos referidos al proceso de formulación de la liquidación presupuestaria en los gobiernos locales,
atender consultas, así como promover intercambio de ideas por parte de los participantes y generar
retroalimentación sobre buenas prácticas.
Igualmente, se hará una referencia sobre la importancia del sistema de control interno que debe
prevalecer para procurar un proceso efectivo, tanto de formulación del plan presupuesto, como de su
ejecución y evaluación física y financiera.
Para los efectos, se adjunta el programa de actividades, que reúne la información sobre el desarrollo de
dicho evento.
SE CONOCE.
7.- CIRCULAR TSE-0090-2018 FIRMADA POR ERICK ADRIÁN GUZMÁN VARGAS,
SECRETARIA GENERAL DEL TSE.
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ASUNTO: Segunda actualización parcial de la División Territorial Electoral.
Esta Secretaría General comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 120-
2018, celebrada el 18 de diciembre de 2018 por el Tribunal Supremo de Elecciones, integrado por los
señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y
Juan Antonio Casafont Odor, que dice:
«Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento
de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-1025-2018 del 13 de diciembre de 2018, recibido
el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio CE-536-2018 del 10 de diciembre de 2018, la Contraloría Electoral, remitió a esta
Dirección la segunda actualización parcial de la División Territorial Electoral (DTE) de cara al
proceso electoral 2020, esto con el objetivo de que esta Dirección procediera a la validación de la
propuesta de previo a su envío al Superior.
Así las cosas, es menester señalar que esta propuesta de actualización fue revisada y avalada por el
personal técnico en materia de geografía electoral de esta Dirección, proceso de revisión el cual
consiste en la corroboración de límites, así como la comprobación de la correspondencia entre los
cambios acaecidos División Territorial Administrativa (DTA) producto de las potestades de los
poderes ejecutivo y legislativo y los que deban de aplicarse en la actualización de la DTE con el
objetivo de ajustar el componente electoral a la realidad geográfica derivada de tales cambios.
Adicionalmente, no se omite indicar que todos estos trabajos se complementaron con estudios de
campo, comprobaciones cartográficas de fuentes primarias y la consulta a entes especializados en la
materia, tales como el Instituto Geográfico Nacional y la Comisión Nacional de División Territorial
Administrativa. Con base a estas labores la Contraloría Electoral, ha perfilado una propuesta de
actualización que contiene los cambios que han sido detectados a partir de las gestiones de los
poderes ejecutivos y legislativos (decretos y leyes publicados en la Gaceta) así como de las
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gestiones de monitoreo y seguimiento que realiza la Contraloría Electoral como parte de su ámbito
competencial (inclusión, reubicación, refundición o eliminación de poblados y distritos electorales).
Ahora bien, en torno a la actualización de la DTE, remitida a esta Dirección por la Contraloría
Electoral, cabe destacar que, efectuadas las revisiones del caso, no se hacen observaciones sobre el
particular y se prohíjan y apoyan las modificaciones sugeridas al respecto. Así las cosas y para
efectos de una mayor comprensión de tales modificaciones se enlistan de manera sucinta los
cambios más importantes:
Creación de los distritos administrativos de Matambú (cantón de Hojancha provincia de
Guanacaste) mediante Ley nº 9463, publicada en La Gaceta nº 161, Alcance Digital n° 208 de 25 de
agosto de 2017 y Reventazón (cantón de Siquirres, provincia de Limón) decreto ejecutivo nº 44-
2018-MGP, publicado en La Gaceta nº 198 de 26 de octubre de 2018. Estas creaciones implican una
serie de movimientos en términos de inclusión y reubicación de poblados y distritos electorales que
en la propuesta adjunta se detallan.
Atención de gestiones derivadas de petitorias del Programa de Asesores Electorales que
resultaron en la refundición del Distrito Electoral la Hilda en el Distrito Electoral de San Pedro,
correspondiente este último al Cantón de Poás de la provincia de Alajuela, así como la reubicación
del Distrito Electoral denominado H.A. Paquita en el distrito administrativo de Quepos (debido al
traslado del hogar de ancianos hacia una nueva infraestructura ubicada en el distrito administrativo
de Naranjito).
Por mantenimiento de la División Territorial Electoral y petitorias de terceros, se promueve la
creación del Distrito Electoral Alegría (cantón de Orosí en Cartago) y la reubicación del poblado
Guaira; así como la creación del Distrito Electoral Estanquillo (San Antonio) (Parte Oeste)
correspondiente éste al distrito administrativo Jesús del cantón de Atenas.
Caso de Río Cuarto.
Por otra parte, en lo concerniente a la creación e incorporación de los distritos nuevos del cantón de
Río Cuarto a la DTE, la Contraloría Electoral recomienda que dicho movimiento no se vea reflejado
en la propuesta de actualización, hasta no tenerse los resultados de la consulta popular que se
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pretende realizar en dicho cantón para establecer la cabecera cantonal y el orden de prelación de los
distritos que lo componen, aspectos que están contenidos en el proyecto de ley bajo expediente
20.787, denominado "REFORMA Y ADICIONES A LA LEY N° 9440, CREACIÓN DEL CANTÓN
XVI RÍO CUARTO DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA", mismos que también guardan
correspondencia con el decreto ejecutivo n° 44-2018-MGP publicado en la Gaceta 198 del 26 de
octubre del año en curso, el cual señala en su artículo 10 que:
“(…). La numeración de los Distritos y la Cabecera del Cantón se definirán posteriormente
mediante Consulta Popular según la legislación vigente. (…)”
Sobre este particular, esta Dirección apoya dicha recomendación toda vez que es necesario tener
total certeza, respecto de la codificación que se habrá de asignar a los distritos administrativos del
nuevo cantón, codificación que es necesaria para efectos de la actualización de los sistemas
institucionales ligados con el empadronamiento electoral de los ciudadanos de dicha zona. De ahí
que los datos relativos al cantón de Río Cuarto en cuanto a su composición geográfico electoral, se
presentarán en conjunto con la última actualización de la DTE, que la Contraloría Electoral estima
enviar a esta Dirección en el mes de abril de 2019, paso previo a su remisión al Superior, esto
último en acatamiento a los plazos que señala el Código Electoral y el Reglamento de la elección en
el sentido de que el 1 de junio de 2019, es el último día para que el TSE pueda dividir un distrito
administrativo en dos o más distritos electorales, esto de conformidad con el artículo 143 del
Código Electoral y el artículo 3 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial
Electoral.
Por lo anteriormente expuesto y de la manera más respetuosa, le solicito eleve la segunda
actualización parcial de la División Territorial Electoral, a conocimiento y aprobación de las
señoras y señores Magistrados, lo anterior en procura de que:
Se ejecute la promulgación del respectivo decreto, para que a través de su publicación puedan
efectuarse las respectivas actualizaciones de los sistemas SINCE y SERCISI.
Se generen los traslados de domicilio electoral, que en mérito correspondan y de esta manera no
afectar los derechos políticos-electorales relativos a los artículos 15, inciso c) y 22, inciso e) del
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Código Municipal, en torno al arraigo de los posibles postulantes a cargos municipales de cara a las
elecciones del 2020.
Finalmente, y en el marco de las gestiones derivadas de la presente actualización, esta Dirección
prohíja la recomendación de la Contraloría Electoral en el sentido de que, en el acuerdo de
aprobación, se comunique -si así lo tiene a bien el Superior- además de las Direcciones de área, a
las Oficialías y sus Secciones, y a la Coordinación de Servicios Regionales; comunicación que
podría ser extensiva a los Comités Ejecutivos de los partidos políticos que corresponda y a todos los
Concejos Municipales, dado el carácter municipal de la elección que se avecina.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. Promúlguese el decreto que interesa. ACUERDO
FIRME.»
SE CONOCE.
8.-OFICIO AL-CPSN-OFI-1222-2018 FIRMADO POR NERY AGÜERO MONTERO JEFA DE
AREA COMISIONES LEGISLATIVAS VII
Asunto: Solicitud de criterio, Exp. N.° 21.120
La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, tiene para su estudio el proyecto de
ley, Expediente N.º 21.120, “REFORMA DEL ARTÍCULO 90 BIS DE LA LEY N.° 7794
CÓDIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998, Y DE LOS ARTÍCULOS 448 Y 449
DE LA LEY N.° 3284, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, DE 30 DE ABRIL DE 1964, PARA
LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES POR INCUMPLIMIENTO O
VIOLACIÓN A LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS COMERCIOS DE
EMPEÑO DE BIENES FÍSICOS”. En sesión N.° 15 de esta fecha, se acordó consultar el texto
base, publicado en el Alcance 209, a la Gaceta 231 del 12 de diciembre de 2018, a su representada,
el cual se adjunta.
ACUERDO 3.- TRASLADAR Expediente N.º 21.120, “REFORMA DEL ARTÍCULO 90 BIS
DE LA LEY N.° 7794 CÓDIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998, Y DE LOS
ARTÍCULOS 448 Y 449 DE LA LEY N.° 3284, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, DE 30 DE
ABRIL DE 1964, PARA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES POR
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INCUMPLIMIENTO O VIOLACIÓN A LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA
LOS COMERCIOS DE EMPEÑO DE BIENES FÍSICOS” AL DEPTO DE ASESORÍA
JURÍDICA PARA QUE SE EMITA CRITERIO.
APROBADA LA DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, EL FONDO Y LA FIRMEZA DE
ESTE ACUERDO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ELIZONDO VÁSQUEZ,
ESQUIVEL AGÜERO, GONZÁLEZ SALAS, GUERRERO ÁLVAREZ Y MONTERO
RODRÍGUEZ
9.- NOTA FIRMADA POR LIC. JOSE LUIS RAMOS CASTELLON M,B,A,
Ei suscrito JOSE LUIS RAMOS CASTELLON, mayor, Abogado, cédula 2-379- 736, carne 5628,
vecino de Orotina, en mi condición de abogado director y apoderado especial del señor ALVARO
CASTILLO UMAÑA, portador de la cédula de identidad número dos- dos tres tres- siete uno dos,
quien ha interpuesto una GESTION ADMINISTRATIVA, en relación a la situación jurídica del local
número 32 denominado SODA PARQUECITO, de la cual se he envido copia a este honorable
Concejo Municipal, razón por la cual solicito con todo respeto ante el CONCEJO MUNICIPAL, se
me otorgue una audiencia a la sesión municipal más cercana paras exponer dicha situación para que
este Concejo Municipal tenga mayores elementos de juicio.
SE DISPONE CONCEDER 10 MINUTOS DE AUDIENCIA AL LIC, JOSÉ LUIS RAMOS
CASTELLON, EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 02 DE
ENERO DEL 2019 A LAS 5.30 P.M.
6.-DICTÁMENES DE COMISIÓNES
NO HUBO
7.- INFORME DE LA ALCALDÍA Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
1.- COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
1.-COPIA DE OFICIO MO-CA-068-2018 FIRMADO POR LIC KARLA LARA ARIAS,
COORDINADORA ADMINISTRATIVA, DIRIGIDA A MBA. MARGOT MONTERO
JIMÉNEZ ALCALDESA MUNICIPAL, MUNICIPALIDAD DE OROTINA
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Asunto: Estado de batidora
El día de hoy 19 de diciembre en horas de la mañana los compañeros de la Unidad Técnica
retiraron de la comunidad de Mojellones batidora municipal, que en apariencia había sido dada
en préstamo a la Asociación de Desarrollo de Mojellones, al llegar al lugar los compañeros se
percatan que la batidora está en mal estado, presentando los siguientes problemas:
1. Mecate de encendido reventado
2. Las llantas con los tacos quebrados, sin tuercas y una de las llanta ponchada
3. El motor sin aceite
4. El carburador obstruido
5. La gasolina sucia
6. Llena de concreto "toda la batidora”
Se realizarán las cotizaciones para determinar el costo exacto de la reparación, no obstante, se
considera que el monto aproximado es de 65.000 colones, sin contar con que el motor se
encuentra en buen o mal estado, se determinará una vez que el mecánico la revise.
Adjunto fotografías.
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SE CONOCE.
2.- COPIA DE OFICIO MO-A-DPDT-UGA-00173-2018 FIRMADO POR KEILOR
EMANUEL GARCÍA ALVARADO, UNIDAD DE GESTION AMBIENTAL
MUNICIPALIDAD DE OROTINA, DIRIGIDO A
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SE TRASLADA A LA COMISIÓN DE ASUNTOS AMBIENTALES
3.-OFICIO MO-A-1139-18-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT MONTERO
JIMENEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Asunto: Sobre Juramentación
Reciba un cordial saludo, deseo hacer de su conocimiento que el día martes 18 de diciembre a las 3:00
p.m. en la oficina de la secretaría del Concejo Municipal procedí a juramentar al joven Luis Moreno
Vargas, cédula de identidad 1 – 1640 – 0259, como integrante del Comité de la Persona Joven.
SE CONOCE.
4.- OFICIO MO-A-1153-18-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT MONTERO
JIMENEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Asunto: Sobre Nombramiento
Reciba un cordial saludo y nuestros más sinceros deseos de un Año Nuevo lleno de prosperidad.
En relación con el nombramiento de los asesores de la Administración en la Comisión Especial de
Auditoría se les solicita el cambio del señor Mario Rodríguez Cordero por el Lic. Randall Marín
Orozco.
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ACUERDO N° 4: SE NOMBRA AL LIC. RANDALL MARÍN OROZCO, COMO ASESOR EN LA
COMISIÓN ESPECIAL DE AUDITORÍA EN LUGAR DEL SEÑOR MARIO RODRÍGUEZ
CORDERO. LO ANTERIOR A SOLICITUD DE LA SEÑORA ALCALDESA.
APROBADA LA DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN, EL FONDO Y LA FIRMEZA DE
ESTE ACUERDO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ELIZONDO VÁSQUEZ,
ESQUIVEL AGÜERO, GONZÁLEZ SALAS, GUERRERO ÁLVAREZ Y MONTERO
RODRÍGUEZ
5.- COPIA DE OFICIO MO-A-1161-18-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT
MONTERO JIMENEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Ingeniero
Javier Umaña Durán Encargado de
Infraestructura Vial Municipalidad de
Orotina
Asunto: Traslado la Nota de caso calle Santa Rita Vieja
Reciban un cordial saludo, conforme sus competencias y conocimiento de la intervención en el área
vial que se realiza en el cantón, es que le solicito referirse a lo expuesto por Rebeca Paniagua en su
nota recibida en la Alcaldía el 21 de diciembre.
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SE CONOCE
8.-INICIATIVAS DE LOS REGIDORES Y ALCALDÍA
NO HUBO
9.-TERMINA LA SESIÓN
Siendo las diecisiete horas con cincuenta minutos, la señora Presidenta, da por concluida la
sesión.
SILVIA ELIZONDO VÁSQUEZ KATTIA MARIA SALAS CASTRO
PRESIDENTA SECRETARIA