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1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO 22 DE SEPTIEMBRE DE 2016 En La Pobla de Farnals, siendo las 20.05 horas del día veintidós de septiembre de dos mil dieciséis, previamente convocados al efecto, se reunieron en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, los señores Tenientes de Alcalde y Concejales que se relacionan, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Enric Palanca Torres, asistidos de la Secretaria Mª Luz Roncero Richarte y de la Interventora, Dª. Clara Perales Morales. ALCALDE-PRESIDENTE D. ENRIQUE PALANCA TORRES (PSOE) CONCEJALES Dª. MARIA CARMEN BENLLOCH TOMÁS (PSOE) Dª. Mª VICTORIA PRIETO FAS (PSOE) D. EMILIO GÓMEZ MONDRAGÓN (COMPROMIS) Dª. ANA BORJA ROYO (COMPROMÍS) D. PEDRO JOSÉ GARCÍA LÓPEZ (CSLPF) Dª. Mª PILAR LEÓN MINGUEZ (C´s) Dª. SONIA RIVILLA SANZ (GUANYEM) D. JOSÉ MANUEL PERALTA GONZÁLEZ (PP) Dª. MARÍA ÁNGELES ERES MARCO (PP) D. MARIO ENRIQUE RIBERA MOLLAR (PP) Dª. AURORA ENCARNACIÓN BERNET MARQUÉS (PP) D. CRISTÓBAL BAYONA VICENS (PP) SECRETARIA Dª. Mª LUZ RONCERO RICHARTE INTERVENTORA Dª. CLARA PERALES MORALES Declarada por la Presidencia abierta la sesión, se procedió a tratar el siguiente ORDEN DEL DIA PARTE: PARTE RESOLUTORIA. 1. LECTURA Y APROBACIÓN ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA: 21 DE JULIO DE 2016 (MINUTA NÚM. 9/2016).

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1

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO

22 DE SEPTIEMBRE DE 2016

En La Pobla de Farnals, siendo las 20.05 horas del día veintidós de septiembre de dos mil dieciséis,

previamente convocados al efecto, se reunieron en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, los

señores Tenientes de Alcalde y Concejales que se relacionan, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde,

D. Enric Palanca Torres, asistidos de la Secretaria Mª Luz Roncero Richarte y de la Interventora,

Dª. Clara Perales Morales.

ALCALDE-PRESIDENTE

D. ENRIQUE PALANCA TORRES (PSOE)

CONCEJALES

Dª. MARIA CARMEN BENLLOCH TOMÁS (PSOE)

Dª. Mª VICTORIA PRIETO FAS (PSOE)

D. EMILIO GÓMEZ MONDRAGÓN (COMPROMIS)

Dª. ANA BORJA ROYO (COMPROMÍS)

D. PEDRO JOSÉ GARCÍA LÓPEZ (CSLPF)

Dª. Mª PILAR LEÓN MINGUEZ (C´s)

Dª. SONIA RIVILLA SANZ (GUANYEM)

D. JOSÉ MANUEL PERALTA GONZÁLEZ (PP)

Dª. MARÍA ÁNGELES ERES MARCO (PP)

D. MARIO ENRIQUE RIBERA MOLLAR (PP)

Dª. AURORA ENCARNACIÓN BERNET MARQUÉS (PP)

D. CRISTÓBAL BAYONA VICENS (PP)

SECRETARIA

Dª. Mª LUZ RONCERO RICHARTE

INTERVENTORA

Dª. CLARA PERALES MORALES

Declarada por la Presidencia abierta la sesión, se procedió a tratar el siguiente

ORDEN DEL DIA

1ª PARTE: PARTE RESOLUTORIA.

1. LECTURA Y APROBACIÓN ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA:

21 DE JULIO DE 2016 (MINUTA NÚM. 9/2016).

Page 2: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

2. RATIFICACIÓN DECRETO DE ALCALDÍA Nº 724/16 DE 13 DE SEPTIEMBRE

RELATIVO A LÍNEAS FUNDAMENTALES PRESUPUESTO 2017.

3. APROBACIÓN CUENTA GENERAL 2015.

4. MOCIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA REFERENTE AL RÉGIMEN DE

COTIZACIÓN DE LOS PROFESIONALES QUE PRESTAN SERVICIOS EN

MUNICIPIOS PEQUEÑOS (DE MENOS DE 5.000 HABITANTES) BASÁNDOSE

EN LOS CONVENIOS DE LA DIPUTACIÓN CON LOS COLEGIOS

PROFESIONALES.

5. ACEPTACIÓN DELEGACIÓN PARA CONTRATAR OBRAS Y ADQUISICIÓN

DE SUMINISTROS PPOS 2016.

6. DESPACHO EXTRAORDINARIO.

2ª PARTE: CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.

1. DACIÓN DE CUENTA REPAROS 2015.

2. DACIÓN DE CUENTA INFORMES DE MORISIDAD Y PMP SEGUNDO

TRIMESTRE 2016.

3. DACIÓN DE CUENTA ESTADO DE EJECUCIÓN Y TESORERÍA SEGUNDO

TRIMESTRE 2016.

4. DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA, DE NÚM. 599/16 DE

18 DE JULIO A NÚM. 745/16 DE 16 DE SEPTIEMBRE.

5. RUEGOS Y PREGUNTAS.

ORDEN DEL DÍA

1ª PARTE: PARTE RESOLUTORIA.

1. LECTURA Y APROBACIÓN ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA:

21 DE JULIO DE 2016 (MINUTA NÚM. 9/2016).

Por el Sr. Alcalde-Presidente se pregunta si por los asistentes se desea hacer alguna intervención

respecto del acta de la sesión anterior de fecha 21 de julio de 2016 (minuta núm. 9/2016).

Sometida el acta a votación resultó aprobada por UNANIMIDAD.

2. RATIFICACIÓN DECRETO DE ALCALDÍA Nº 724/16 DE 13 DE SEPTIEMBRE

RELATIVO A LÍNEAS FUNDAMENTALES PRESUPUESTO 2017.

Page 3: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

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Por la Sra. Secretaria se procede a dar lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Economía, y

Hacienda, bienestar social, sanidad, participación ciudadana, educación, cultura, fiestas, juventud,

deportes, empleo, fomento económico y acción social, de fecha 19 de septiembre de 2016.

Interviene el Sr. Alcalde para decir que este decreto hace referencia a la obligación que tenemos de

plantear al Ministerio una estimación del presupuesto de 2017.

Seguidamente el Sr. Alcalde da la palabra a la Sra. Benlloch a fin de que amplíe la información.

Interviene la Sra. Benlloch para explicar que esta información se ha remitido en tiempo y forma al

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y recoge una previsión de los ingresos que se

pueden obtener y de los gastos que se pueden realizar. Todo ello teniendo en cuenta que las cifras

definitivas serán las que recoja el presupuesto 2017 que se aprueba en su momento. Añade que se ha

hecho una previsión prudente de acuerdo con las cifras que recogen los anexos.

La Sra. Benlloch y el Sr. Alcalde preguntan si hay alguna intervención al respecto. No produciéndose

ninguna otra, se procede a la votación.

Sometido el asunto a votación, se computan a favor de la propuesta 8 votos, 3 correspondientes a los

Concejales del Grupo Municipal Socialista, 2 correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal

Compromis, 1 correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos de La Pobla de Farnals, 1

correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Guanyem, 1 correspondiente al miembro del Grupo

Municipal Ciudadanos, y 5 abstenciones, correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal Popular,

del total de 13 miembros de la Corporación presentes, de los 13 que de derecho la integran, aprobándose

por MAYORÍA.

ASUNTO.- RATIFICACIÓN DEL DECRETO DE ALCALDÍA NÚM. 724/16 DE 13 DE

SEPTIEMBRE RELATIVO A LAS LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO 2017.

Se ratifica el Decreto de Alcaldía núm. 724/16 de 13 de septiembre, relativo a las líneas fundamentales

del presupuesto 2017 y cuyo tenor literal es el siguiente:

«Núm. 0724/2016

13-septiembre-2016

Líneas fundamentales Presupuesto 2017

MCB/cp

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

Considerando que la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones

de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece en su artículo 15 la obligación de remitir

información sobre las líneas fundamentales de los Presupuestos para el ejercicio siguiente, recogidas en

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el artículo 27.2 de la Ley Orgánica 2/2012, conteniendo toda la información necesaria conforme a la

normativa europea, correspondiendo a la Intervención municipal la obligación de realizar la remisión de

información por medios electrónicos y con firma electrónica.

Vista la Guía del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para la remisión de información

sobre las Líneas fundamentales de los Presupuestos de las Entidades Locales, publicada el 2 de agosto

de 2016 por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la Oficina Virtual para la

Coordinación con las Entidades Locales, advirtiendo que la aplicación estará abierta hasta el 14 de

septiembre a las 24 horas.

Vista la Propuesta de la Concejalía delegada de Hacienda de fecha 12 de septiembre de 2016

conteniendo las Líneas Fundamentales del Presupuesto 2017.

Considerando que las políticas de gasto e ingreso para el próximo ejercicio están todavía en estudio, por

lo que si bien se va a realizar la presente remisión dado el carácter obligatorio de la misma, se informa

que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación del Presupuesto 2017.

Esta Alcaldía, en virtud de las competencias atribuidas por la vigente legislación de Régimen Local,

RESUELVE:

RESUELVO:

PRIMERO.- Aprobar las Líneas Fundamentales del Presupuesto 2017, en los términos que se anexan a

la presente resolución.

SEGUNDO.- Proceder a la remisión telemática del mismo al Ministerio competente a través de la

Intervención municipal.

TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución en la próxima sesión plenaria que se celebre.

3. APROBACIÓN CUENTA GENERAL 2015.

Por la Sra. Secretaria se procede a dar lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Economía, y

Hacienda, bienestar social, sanidad, participación ciudadana, educación, cultura, fiestas, juventud,

deportes, empleo, fomento económico y acción social, de fecha 19 de septiembre de 2016.

Interviene la Sra. Benlloch para explicar que la Cuenta General de 2015 que hoy presentamos, contiene

los documentos que legalmente se exigen, como son: la liquidación, la cuenta de resultado económico

patrimonial, el balance de situación y la memoria que recoge todo ello. Añade que la liquidación ya fue

presentada en el Pleno de 12 de mayo de 2016.

Continúa diciendo que la ley 8/2010 del Régimen Local de la Comunidad Valenciana establece que la

Cuenta General de las entidades locales será sometida a la Comsión especial de Cuentas, que se celebró

el pasado 2 de agosto.

La cuenta general 2015 fue expuesta al público durante quince días más ocho días, para que se pudieran

formular reclamaciones, reparos u observaciones, de acuerdo con la normativa vigente.

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El artículo 212 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (R.D. 2/2004) dice que la Cuenta

General, acompañada de los informes correspondientes, se someterá al Pleno para que, en su caso,

pueda ser aprobada antes del 1 de octubre.

Y por otro lado el artículo 223 de la citada ley, señala que las entidades locales rendirán la cuenta

general al Tribunal de Cuentas, antes del 31 de octubre de cada año. Evidentemente cumplimos con los

plazos previstos en la Ley.

Continúa diciendo que los datos a destacar de la Cuenta General 2015:

El remanente de tesorería de 2015 fue positivo en 212.992,16€

La deuda viva a 31 de diciembre de 2015 es de 1.539.774€, aclarando que cuando llegaron era casi 2

millones.

Que el periodo medio de pago en 2015 ha sido de 17 días.

Finalmente la Sra. Benlloch manifiesta que a partir de aquí pueden plantear las cuestiones que deseen.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención al respecto. No produciéndose ninguna otra, se

procede a la votación.

Sometido el asunto a votación, se computan a favor de la propuesta 8 votos, 3 correspondientes a los

Concejales del Grupo Municipal Socialista, 2 correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal

Compromis, 1 correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos de La Pobla de Farnals, 1

correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Guanyem, 1 correspondiente al miembro del Grupo

Municipal Ciudadanos, y 5 abstenciones, correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal Popular,

del total de 13 miembros de la Corporación presentes, de los 13 que de derecho la integran, aprobándose

por MAYORÍA.

ASUNTO.- APROBACIÓN CUENTA GENERAL 2015.

Considerando que la tramitación, aprobación y remisión a la Sindicatura de Cuentas, viene regulada en el

artículo 212 del TRLRHL y las reglas 44 y siguientes de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre,

por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local (ICAL).

Considerando que en base a la anterior normativa, la Cuenta General fue formada por la Intervención

municipal constando toda la documentación anexa a la misma y exigida por la vigente legislación.

Visto el Informe de la Secretaría municipal nº 66 de 07-07-2016 y visto el Informe de la Intervención

municipal nº 44 de 07-07-2016.

Considerando que la Cuenta General se sometió a informe de la Comisión Especial de Cuentas, que la

dictaminó favorablemente el 2 de agosto de 2016, y fue expuesta al público mediante edicto en el Boletín

Oficial de la Provincia nº 158 de 17 de agosto de 2016, sin que durante el plazo de exposición pública de

15 días hábiles y ocho días más, se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones, tal como

consta en el certificado emitido por la Secretaría municipal el 16 de septiembre de 2016.

Considerando así pues que se ha seguido el procedimiento establecido en la normativa citada para la

formación y tramitación de la Cuenta General, aunque debido al cambio de Instrucción de Contabilidad y

a las adaptaciones del programa informático de contabilidad que ha sido necesario realizar por las

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empresas suministradoras de los aplicativos contables, no ha sido posible formar la Cuenta General y

someterla a dictamen de la Comisión Especial de Cuentas antes del 1 de junio, plazo señalado por la

normativa aplicable. Considerando asimismo que una vez cargado el nuevo XML que genera el programa

de contabilidad en la plataforma de rendición de cuentas de la Sindicatura, habrá que realizar las

adaptaciones oportunas para la remisión de la Cuenta con el nuevo formato exigido desde este ejercicio,

en virtud de la Resolución de 13 de noviembre de 2015 de la IGAE por la que se recomienda un nuevo

formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático para su

rendición.

Por todo lo antedicho, y en cumplimiento de la normativa citada, el Pleno del Ayuntamiento adopta el

siguiente acuerdo:

ACUERDOS

PRIMERO.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2015.

SEGUNDO.- Realizar la remisión telemática de la Cuenta General 2015 a la Sindicatura de Cuentas por

medio de la Intervención municipal, realizando las adaptaciones que sean oportunas para la remisión de la

información según el nuevo formato exigido desde este ejercicio por la normativa aplicable.

4. MOCIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA REFERENTE AL RÉGIMEN DE

COTIZACIÓN DE LOS PROFESIONALES QUE PRESTAN SERVICIOS EN MUNICIPIOS

PEQUEÑOS (DE MENOS DE 5.000 HABITANTES) BASÁNDOSE EN LOS CONVENIOS DE LA

DIPUTACIÓN CON LOS COLEGIOS PROFESIONALES.

Por la Sra. Secretaria se procede a dar lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

obras públicas, servicios, tráfico, protección civil, medio ambiente, turismo, comercio, industria,

agricultura, interior y recursos humanos, de fecha 19 de septiembre de 2016.

Interviene el Sr. Alcalde para decir que esta moción que nos presenta la Diputación de Valencia lo que

nos pide es solidaridad, apoyo a los pueblos de menos de 5000 habitantes, porque desde hace más de

treinta años la Diputación está ayudando a esos pueblos pequeños contratando a autónomos para que

trabajen para estos municipios, lo que puede generar el problema de falso autónomo. Lo que pide la

Diputación de Valencia es que la Inspección de Trabajo lleve a cabo la interpretación adecuada, que no

se considere como falsos autónomos a estas personas que están trabajando para estos Ayuntamientos, ya

que se haría inclumplir a la Diputación con la Ley que hay al respecto, ya que no puede haber un

aumento de masa salarial.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención. No produciéndose ninguna otra, se procede a la

votación.

Sometido el asunto a votación, se computan a favor de la propuesta 8 votos, 3 correspondientes a los

Concejales del Grupo Municipal Socialista, 2 correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal

Compromis, 1 correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos de La Pobla de Farnals, 1

correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Guanyem, 1 correspondiente al miembro del Grupo

Municipal Ciudadanos, y 5 abstenciones, correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal Popular,

del total de 13 miembros de la Corporación presentes, de los 13 que de derecho la integran, aprobándose

por MAYORÍA.

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ASUNTO.- MOCIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA REFERENTE AL RÉGIMEN DE

COTIZACIÓN DE LOS PROFESIONALES QUE PRESTAN SERVICIOS EN MUNICIPIOS

PEQUEÑOS (DE MENOS DE 5.000 HABITANTES) BASÁNDOSE EN LOS CONVENIOS DE LA

DIPUTACIÓN CON LOS COLEGIOS PROFESIONALES.

Desde hace 30 años, la Diputación de Valencia, al igual que alguna otra diputación, está firmando

convenios de colaboración con los Colegios Profesionales para prestar servicios en los pequeños

Ayuntamientos de la Provincia, aquellos de menos de 5.000 habitantes, que no se pueden permitir tener

en sus plantillas Ingenieros Industriales, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Arquitectos,

Arquitectos Técnicos, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros Técnicos Industriales,

Ingenieros Agrónomos, Ingenieros Técnicos Agrícolas, Ingenieros de Montes, Ingenieros Técnicos

Forestales, Ingenieros Técnicos en Topografía, Graduados Sociales, Ingenieros de Telecomunicación,

Biólogos, Ambientólogos o Arqueólogos.

La Diputación ha venido financiando, junto con los Colegios Profesionales, los honorarios de estos

profesionales liberales, honorarios que estos cobraban por la emisión de las correspondientes facturas con

la detracción dellVA aplicable, constituyendo sin lugar a dudas, una retribución de carácter mercantil.

Las dos únicas sentencias que se han pronunciado sobre tales situaciones; las SSTSTJ Comunidad

Valenciana Nº 1837/2009 de 2 de junio de 2009 y la Nº 12/2010 de 12 de enero de 2010; dictadas a

instancia de la Inspección de Trabajo, han venido a confirmar que el régimen de cotización adecuado para

estos profesionales es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y no el Régimen General como

defiende la Inspección, puesto que en las relaciones existentes entre estos técnicos y los Ayuntamientos

empleadores no se dan las notas de ajenidad y dependencia características de una relación laboral.

Desde estos pronunciamientos del TSJ Comunitat Valenciana no ha habido nueva jurisprudencia que

analice casos idénticos ni modificaciones normativas que hayan producido cambio alguno en el marco

legal en el que nos movemos. Esto es así, dado que las sentencias de casación aportadas por la Inspección

como argumentación contraria no analizan situaciones semejantes, dado que en ellas, el profesional

prestaba sus servicios integrado en la organización empresarial disfrutando de vacaciones retribuidas,

cumpliendo el mismo horario que el personal funcionario y llegando a percibir sus retribuciones en

concepto de nóminas. Entendemos pues que, el criterio seguido por el TS en estas sentencias no es de

aplicación a los casos que se dan en los Ayuntamientos de la Provincia de Valencia en los que el

profesional presta sus servicios por unas jornadas semanales de como máximo 4 horas, no disfrutando de

vacaciones retribuidas y pudiendo realizar sus labores desde su despacho profesional.

La reconversión de estos trabajadores autónomos en trabajadores laborales de las Corporaciones

acarrearía incontables perjuicios tanto para los Ayuntamientos como para los profesionales. Por una parte,

los primeros no podrían asumir el coste que supone incorporar a su plantilla a estos trabajadores además

de los inconvenientes que a este respecto plantea la Ley de Presupuestos Generales del Estado, por otra,

los profesionales que serían dados de alta en los Ayuntamientos por 2 o 4 horas semanales no podrían

prestar servicios en más de dos Corporaciones, no podrían realizar otros trabajos para dichas Entidades

Locales y deberían solicitar a éstas el consentimiento para realizar trabajos para particulares, todo esto

debido a la Ley de incompatibilidades. Esto puede llevar a la más que probable situación de que sea el

propio profesional el que, ante este panorama decline ser contratado por la Administración. En ese caso

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llegaríamos a la pregunta inevitable de qué sucedería con lasCorporaciones con menos recursos, y cómo

podrían éstas atender a los servicios que por Ley deben proporcionar.

La Diputación de Valencia quiere mostrar su total disposición a iniciar un proceso de diálogo y

negociación con la Inspección de Trabajo, con la intención de buscar las fórmulas más adecuadas para

seguir prestando el servicio sin el riesgo de que se produzcan nuevas inspecciones.

En caso de que la Diputación diera por bueno el criterio de Inspección de Trabajo, los Ayuntamientos

severían obligados a contratar directamente a estos técnicos, lo que incumpliría la prohibición del

Gobierno central de aumentar la masa salarial que las administraciones públicas deben destinar al capítulo

de Personal. Por tanto, se produciría la paradoja de que la Delegación del Gobierno tendría que impugnar

ante los tribunales las consecuencias de una medida tomada por la Inspección de Trabajo del propio

Gobierno.

Ante el gran perjuicio que con esta actitud indiscriminada de la Inspección de Trabajo se causaría a los

Ayuntamientos de menor capacidad económica y de gestión, aquellos con una población inferior a los

5.000 habitantes, el Pleno del Ayuntamiento adopta el siguiente acuerdo:

1. Se reconsidere esta actitud contra los pequeños Ayuntamientos de la Provincia de Valencia

por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se tenga en cuenta la buena fe, el

cumplimiento de la legalidad y el sometimiento a la jurisprudencia aplicable, y en razón de

todo ello se archiven los expedientes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

2. Que se envíe esta moción al Delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana y al

Ministerio de Trabajo del Gobierno de España.

Que se dé traslado de este acuerdo a todos los Ayuntamientos de la Provincia.

5. PROPUESTA ACEPTACIÓN DE LA DELEGACIÓN PARA CONTRATAR OBRAS Y

ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS Y DEMÁS COMPROMISOS COMPLEMENTARIOS DEL

PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS (PPOS) 2016 CON LAS SIGUIENTES

INVERSIONES.

Por la Sra. Secretaria se procede a dar lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

obras públicas, servicios, tráfico, protección civil, medio ambiente, turismo, comercio, industria,

agricultura, interior y recursos humanos, de fecha 19 de septiembre de 2016.

Interviene el Sr. Alcalde para dar la palabra a la Sra. Prieto.

La Sra. Prieto interviene para que decir que dentro de las subvenciones del PPOS 2016, lo que nos exije

la Diputación es que aceptemos por acuerdo plenario para poder contratar el Ayuntamiento las obras y

suminitros. La aprobación de este acuerdo es un requisito indispensable para ser beneficiario de dicha

subvención.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención más. No produciéndose ninguna otra, se procede a la

votación.

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9

Sometido el asunto a votación, se computan a favor de la propuesta 8 votos, 3 correspondientes a los

Concejales del Grupo Municipal Socialista, 2 correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal

Compromis, 1 correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Ciudadanos de La Pobla de Farnals, 1

correspondiente al Concejal del Grupo Municipal Guanyem, 1 correspondiente al miembro del Grupo

Municipal Ciudadanos, y 5 abstenciones, correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal Popular,

del total de 13 miembros de la Corporación presentes, de los 13 que de derecho la integran, aprobándose

por MAYORÍA.

ASUNTO.- PROPUESTA ACEPTACIÓN DE LA DELEGACION PARA CONTRATAR OBRAS Y

ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS Y DEMÁS COMPROMISOS COMPLEMENTARIOS DEL PLAN

PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS (PPOS) 2016 CON LAS SIGUIENTES INVERSIONES:

ADQUISICIÓN DE CARPAS

ADQUISICIÓN DE CARRETILLA FRONTAL ELEVADORA

ADQUISICION DE MESAS

ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DEPORTIVO; CANASTAS Y PORTERIAS

INSTALACION DE UN GRUPO DE BOMBEO EN CAMPO DE FUTBOL

MUNICIPAL

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN PLAZA CIRUELAR

INSTALACIÓN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN EDIFICIOS

MUNICIPALES: CENTRO CIVICO, CASA CULTURA Y CEIP CERVANTES

PAVIMENTACIÓN ACERAS SUR CALLE ESCUELAS ENTRE SAN

FRANCISCO Y PASEO ESPAÑA

SEMAFORIZACIÓN DE LA AVDA PAIS VALENCIA CON CALLE

INMACULADA

Visto que con fecha 27 de abril de 2016 la Diputación Provincial de Valencia aprobó las directrices de

los Planes Provinciales de Cooperación de Obras y Servicios para 2016 publicadas en el BOP núm. 82 de

2 de mayo de 2016.

Visto que por la Diputación Provincial de Valencia en sesión plenaria de 18 de julio de 2016, se publicó

la concesión de subvenciones del Plan Provincial de Obras y Servicios del ejercicio 2016, concediéndose

a este Ayuntamiento los siguientes importes para la ejecución de las inversiones:

ADQUISICIÓN DE CARPAS 2.318,36 €

ADQUISICIÓN DE CARRETILLA FRONTAL ELEVADORA 19.912,97€

ADQUISICION DE MESAS 8.453,06 €

ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DEPORTIVO; CANASTAS Y PORTERIAS 8.000,00€

INSTALACION DE UN GRUPO DE BOMBEO EN CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL 9.095,81 €

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN PLAZA CIRUELAR 18.089,08€

INSTALACIÓN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN EDIFICIOS MUNICIPALES:

CENTRO CIVICO, CASA CULTURA Y CEIP CERVANTES

43.519,46 €

Page 10: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

PAVIMENTACIÓN ACERAS SUR CALLE ESCUELAS ENTRE SAN FRANCISCO Y

PASEO ESPAÑA

5.923,70€

SEMAFORIZACIÓN DE LA AVDA PAIS VALENCIA CON CALLE INMACULADA 24.865,50 €

Resultando que en cumplimiento de lo establecido en las bases que rigen dicho Plan y según lo que

determina el punto 2 que literalmente dice:” Se delega en los Municipios y Mancomunidades la

contratación de las obras servicios del PPOS. Las entidades beneficiarias harán constar la aceptación

expresa de dicha delegación por acuerdo plenario.

La aceptación de la delegación será vinculante para las entidades beneficiarias de las ayudas”

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 del R.O.F y en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, El Pleno del Ayuntamiento adopta el siguiente

acuerdo:

PRIMERO.- Aceptar la delegación para la ejecución de las siguientes inversiones:

ADQUISICIÓN DE CARPAS

ADQUISICIÓN DE CARRETILLA FRONTAL ELEVADORA

ADQUISICION DE MESAS

ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DEPORTIVO; CANASTAS Y PORTERIAS

INSTALACION DE UN GRUPO DE BOMBEO EN CAMPO DE FUTBOL

MUNICIPAL

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN PLAZA CIRUELAR

INSTALACIÓN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN EDIFICIOS

MUNICIPALES: CENTRO CIVICO, CASA CULTURA Y CEIP CERVANTES

PAVIMENTACIÓN ACERAS SUR CALLE ESCUELAS ENTRE SAN

FRANCISCO Y PASEO ESPAÑA

SEMAFORIZACIÓN DE LA AVDA PAIS VALENCIA CON CALLE

INMACULADA

SEGUNDO.- Comprometerse al cumplimiento de las directrices que se mencionan en las citadas bases y

en el proceso de ejecución de las obras y adquisición de suministros.

TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Valencia.

6. DESPACHO EXTRAORDINARIO.

Sin asuntos que tratar.

2ª PARTE: CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

1. DACIÓN DE CUENTA REPAROS 2015.

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11

Se da cuenta del Informe conjunto de Intervención y Secretaría, núm. 60/2016 de 14 de septiembre, sobre

reparos 2015 e Informe sobre los problemas para el ejercicio de las funciones reservadas a las habilitadas

estatales, cuyo contenido literal es el siguiente:

«INFORME CONJUNTO DE INTERVENCIÓN Y SECRETARÍA Nº 60-2016

ASUNTO: DACIÓN DE CUENTA REPAROS 2015 E INFORME SOBRE LOS PROBLEMAS PARA EL

EJERCICIO DE LAS FUNCIONES RESERVADAS A LAS HABILITADAS ESTATALES.

Atendiendo que se está tramitando la aprobación de la Cuenta General de 2015 y la rendición de la misma a la

Sindicatura de Cuentas, y para ello se está recabando la información que se ha de rendir, se emite este informe, con

objeto de dar cuenta de los reparos emitidos en el ejercicio 2015, así como para poner de manifiesto por parte de

las habilitadas estatales los problemas con los que nos encontramos para ejercer las funciones y responsabilidades

que nos atribuyen las leyes vigentes. Es por lo cual, que las funcionarias habilitadas del Ayuntamiento de La Pobla

de Farnals, emiten el presente

INFORME:

PRIMERO.- DACIÓN DE CUENTA DE REPAROS 2015

Uno. Normativa aplicable.

El artículo 218 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), redactado por el número Tres del artículo segundo de la Ley

27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, establece:

“Artículo 218. Informes sobre resolución de discrepancias.

1. El órgano interventor elevará informe al Pleno de todas las resoluciones adoptadas por el Presidente de

la Entidad Local contrarias a los reparos efectuados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas

en materia de ingresos. Dicho informe atenderá únicamente a aspectos y cometidos propios del ejercicio de la

función fiscalizadora, sin incluir cuestiones de oportunidad o conveniencia de las actuaciones que fiscalice.

Lo contenido en este apartado constituirá un punto independiente en el orden del día de la correspondiente

sesión plenaria.

El Presidente de la Corporación podrá presentar en el Pleno informe justificativo de su actuación.

2. Sin perjuicio de lo anterior, cuando existan discrepancias, el Presidente de la Entidad Local podrá elevar

su resolución al órgano de control competente por razón de la materia de la Administración que tenga atribuida la

tutela financiera.

3. El órgano interventor remitirá anualmente al Tribunal de Cuentas todas las resoluciones y acuerdos

adoptados por el Presidente de la Entidad Local y por el Pleno de la Corporación contrarios a los reparos

formulados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos. A la citada

documentación deberá acompañar, en su caso, los informes justificativos presentados por la Corporación local.”

Por otro lado, el 17 de julio de 2015 se publicó en el BOE la Resolución de 10 de julio de 2015 de la Presidencia

del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 30 de junio de 2015, por el que se aprueba

la Instrucción que regula la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones de las entidades

locales contrarios a reparos formulados por interventores locales y anomalías detectadas en materia de ingresos,

así como sobre acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.

Posteriormente, el 5 de agosto de 2015 se publica en el DOCV el Acuerdo de 30 de julio de 2015 del Consell de la

Sindicatura de Cuentas, por el que se aprueba la Instrucción relativa a la remisión a esta institución de la

información sobre las obligaciones pendientes de aplicar a presupuestos, los reparos e informes formulados por

intervención, y los acuerdos adoptados contrarios a los informes del secretario de la entidad local.

Page 12: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

En ambos casos, la información referida se ha de enviar antes del 30 de abril del ejercicio siguiente al que se

refiera la información.

Dos. Remisiones realizadas por las habilitadas a los órganos externos en 2016 relativas a expedientes de 2015.

En atención a la normativa citada, la Intervención y la Secretaría de este Ayuntamiento procedieron a finales de

abril de este año 2016 al correspondiente registro de los envíos telemáticos con la información referenciada

relativa al ejercicio inmediato anterior, en cumplimiento de la normativa señalada, según las instrucciones

contenidas en los citados Acuerdos y en la aplicación telemática para el envío de la información.

En relación a los informes de Secretaría de 2015 contrarios a resoluciones adoptadas, el envío se registró sin

incluir ningún informe que estuviera en este caso.

En cuanto a la relación de reparos de Intervención de 2015, junto con la Resolución que los resuelve, se adjunta a

continuación el resumen de la relación que fue enviada:

Nº INF CONTENIDO FECHA IMPORTE

Nº RESOLUC

O

ACUERDO

46 Informe remesa facturas enero 04/02/2015 8.325,54 0122/2015

55 Informe pago ayuda social para pago Iberdrola 20/02/2015 183,73 0161/2015

56 Informe remesa facturas febrero 25/02/2015 3.019,18 0173/2015

59 Ayudas sociales 26/02/2015 696,00 0197/2015

63 Aprobación - Ordenación Fras marzo 26/03/2015 2.293,28 0232/2015

72 Aprobación - Ordenación Fras abril 23/04/2015 991,90 0305/2015

84 Ayudas sociales 14/05/2015 357,25 0350/2015

88 Aprobación - Ordenación Fras Resto Abril y Mayo 21/05/2015 9.404,12 0365/2015

94 Aprobación - Ordenación Fras Mayo-Junio 11/06/2015 6.123,54 0406/2015

103 Aprobación - Ordenación Fras resto junio y julio 17/07/2015 10.096,94 0491/2015

108 Aprobación - Ordenación Fras Julio 06/08/2015 9.254,23 0528/2015

113 Aprobación - Ordenación Fras Agosto-sept 24/09/2015 8.748,23 0617/2015

120 Aprobación - Ordenación Fras Sep-Oct 23/10/2015 5.580,23 0690/2015

127 Aprobación - Ordenación Fras Oct-Noviembre 13/11/2015 4.788,23 0747/2015

133 Aprobación - Ordenación resto Fras Noviembre 03/12/2015 4.788,23 0798/2015

146 Aprobación - Ordenación Fras diciembre 30/12/2015 4.788,23 0875/2015

Tres. Hechos en materia de ingresos relevantes de mencionar por parte de la Intervención.

En cuanto a las anomalías en materia de ingreso, sin ser propiamente anomalías como tales, sí existen

determinados hechos que afectan a los ingresos de los que se considera procedente dar cuenta en el presente

informe, la mayoría de los cuales ya han sido informados los Concejales, mediante informe nº 107-2015 de 31 de

julio, del cual se dio cuenta al Pleno en sesión de 17 de septiembre de 2015:

Page 13: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

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Hemos sufrido diversas bajas de personal, algunas de larga duración y otras definitivas por jubilación,

que han afectado a la marcha de los servicios. Asimismo a mediados de 2014 se cambió el modo de

gestión de la gestión tributaria y la recaudación, pasándose de colaboración con empresa privada a

delegación en la Diputación provincial. A tal efecto, hay que indicar que aunque la Diputación haya

asumido la delegación de la gestión tributaria y recaudatoria, los contribuyentes siguen viniendo al

Ayuntamiento para resolver todas sus cuestiones en estas materias, porque es a lo que están

acostumbrados, y aunque se les indica los distintos medios para ponerse en contacto con la Diputación

(teléfono, telemáticamente, oficina de Sagunto…), en el Ayuntamiento se está prestando atención

presencial y ayuda al contribuyente como intermediarios cuando se personan o llaman por teléfono. Así

que la atención que anteriormente realizaba el personal de la empresa de recaudación, ahora se ha

trasladado mayormente a los funcionarios del propio Ayuntamiento. Por la actual Corporación se

solicitó a la Exma Diputación la posibilidad de dotar al Ayuntamiento de atención a la ciudadanía

desde el Ayuntamiento con personal de la Diputación, o incluso crear una nueva oficina mixta con sede

en el municipio, siendo por ahora la respuesta negativa, aunque por otra parte comunicaron que se iba

a rebajar la tasa que cobra la Diputación a los Ayuntamientos por la prestación del servicio. Aun con

ello, aunque el servicio resulte más barato, sigue dependiendo de los medios municipales la atención a

los contribuyentes, por lo que la minoración en el coste del servicio, aunque sea positiva, no supone en

principio una solución automática a los problemas de personal de este Ayuntamiento.

Por otra parte, desde la delegación de la gestión tributaria y recaudatoria del Ayuntamiento en la

Diputación Provincial, a mediados del año 2014, la tramitación integral de las multas en voluntaria

pasó a ser realizada por el propio Ayuntamiento, puesto que anteriormente se encontraba entre las

competencias de la empresa colaboradora en la recaudación y la labor instructora del Ayuntamiento

no incluía toda la tramitación y recaudación en voluntaria; pero tras la delegación, debido a que la

Diputación Provincial no tiene instaurado el servicio para gestionar las multas en voluntaria, ni (por

ahora) la Mancomunidad de L’Horta Nord, como sí lo tienen otras Mancomunidades que llevan la

gestión de multas de los municipios de su ámbito territorial, como la de L’Horta Sud o La Ribera Alta,

solo ha sido posible la delegación en ejecutiva a la Diputación Provincial, de modo que todas las

gestiones del procedimiento en voluntaria, desde la grabación de los boletines hasta la emisión de la

providencia de apremio en caso de impago, incluyendo las resoluciones, contestación o traslado de

alegaciones y recursos, notificaciones, publicaciones de edictos en boletines, etc, control de ingresos y

de plazos, etc, han pasado desde entonces a ser realizados íntegramente por una auxiliar

administrativa nombrada como instructora de los expedientes sancionadores de tráfico, teniendo en

cuenta los reducidos plazos de prescripción (tres meses en las infracciones leves), el alto grado de

incidencias de estos procedimientos (alegaciones, no recoger las notificaciones, identificación de

conductor…), y los medios limitados con que contamos en el Ayuntamiento para realizar esta

tramitación pues no contamos con una aplicación informática especializada, sino que en la actualidad

contamos únicamente con las herramientas propias del Microsoft Office (Word, Excel…), con las

limitaciones que ello supone al tener que controlar manualmente todo el procedimiento, plazos,

ingresos etc de decenas de multas cada mes.

La Intervención municipal ya informó en su Informe 107-15 la necesidad de revisar el sistema de

gestión de los expedientes sancionadores de tráfico para realizar una tramitación óptima de estos

expedientes, bien dotando los medios tecnológicos específicos oportunos o bien contactando con los

órganos supramunicipales competentes para solicitar su asunción.

A este respecto, ya en el año 2016, tras haber solicitado la actual Corporación a la Mancomunidad de

l’Horta Nord que estableciera la prestación del servicio con medios públicos y no haber recibido

respuesta al respecto, se decidió contratar a una empresa colaboradora especializada en esta materia

que sí cuenta con los medios técnicos e informáticos adecuados, por lo que en principio se ha dado

solución a este problema.

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En cuanto a las liquidaciones de plusvalías (IIVTNU), ha sido informado con anterioridad la

circunstancia de que existían muchos expedientes de años anteriores pendientes de liquidar, atraso

originado por la baja de larga duración de la funcionaria que se ocupa de este negociado sin que fuera

sustituida o retomado su trabajo durante la baja por nadie, y posteriormente la puesta al día se ha

dificultado por el amplio tiempo que está requiriendo al personal municipal la atención tributaria a los

contribuyentes, y la propia transición del modo de gestión tributario. En la actualidad, esta

circunstancia está en trámites de ser solucionada, pues después de analizarse con la actual

Corporación diversas alternativas para tratar de ponerlo al día, fue creado un Programa de

productividad por objetivos con esta finalidad, y en el momento actual ya se ha puesto al día una parte

importante del atraso, esperándose que en un plazo razonable de tiempo pueda solucionarse por

completo.

Como ya se ha informado con anterioridad, cualquier refuerzo de personal y medidas de

racionalización de la atención tributaria al contribuyente, serán positivas para coadyuvar a la

resolución de estos problemas, así como dotar los medios tecnológicos necesarios que faciliten el

control mecanizado y automático de los ingresos y los plazos. Ello mejorará el control y redundará en

un incremento de los ingresos del Ayuntamiento.

En concreto, el Ayuntamiento de La Pobla de Farnals tiene establecida la toma de razón en

contabilidad respecto de los ingresos para todos los ingresos de naturaleza tributaria, y para los de

naturaleza no tributaria de importe inferior a 30.000 €, según lo establecido en las bases de ejecución

del presupuesto. No obstante, no se puede realizar un seguimiento y fiscalización adecuada de los

ingresos, por falta de tiempo, personal y medios adecuados, tal como se explica en la segunda parte de

este informe.

SEGUNDO.- PROBLEMAS PARA EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES RESERVADAS A LAS

HABILITADAS ESTATALES.

Por otra parte, se quiere poner de manifiesto en el presente informe la situación laboral que están viviendo las

habilitadas estatales de este Ayuntamiento (Secretaria e Interventora):

Uno. Situación existente en la generalidad de municipios españoles de mediano y pequeño tamaño:

Comenzaremos señalando que, asistimos en los últimos años a una actividad normativa prolífica y desbordante, de

forma que la numerosa y profusa regulación normativa, muchas veces ni siquiera con normas de rango legal, sino

instrucciones o circulares más amplias incluso que las propias leyes, dificultan sobremanera a los habilitados y

técnicos de la administración el ejercicio de nuestras funciones. Asimismo, las nuevas obligaciones impuestas por

la normativa de los últimos años a los Ayuntamientos y en concreto a los cuerpos de habilitados estatales, han

aumentado exponencialmente, mientras que no se ha arbitrado ninguna medida de apoyo para ello, más bien al

contrario, pues ha coincidido con época de restricciones y congelación de empleo público, de forma que en muchos

casos las situaciones urgentes de falta de personal, dentro de las excepcionalidades que permiten las Leyes de

Presupuestos, han de ser resueltas con soluciones temporales e interinidades, aumentando la precariedad e

inestabilidad en la función pública. Esta situación se hace más insostenible en los municipios pequeños, dotados de

menos medios y personal. Asimismo, es una crítica constante en los foros de cursos con representantes políticos del

Estado, que se legisla para grandes administraciones, mientras la realidad española local es que la mayoría de

municipios tiene menos de 20.000 habitantes, sin embargo el legislador no tiene en cuenta esta realidad municipal,

y si bien es loable que la legislación pretenda ir hacia una administración moderna, eficiente, tecnológicamente

avanzada y transparente, cuestiones con las que todos estamos de acuerdo, se tendría que tener en cuenta los

medios con los que se cuenta en la mayoría de municipios españoles, de forma que correlativamente a las normas

que imponen obligaciones y cambios, también se arbitren medidas para ayudar a cumplirlas en los municipios de

este tamaño.

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Es cierto que las Diputaciones Provinciales tienen la función de asistir a los municipios de menos de 20.000

habitantes, y así lo hacen, disponiendo por ejemplo los Ayuntamientos de programas informáticos o ayuda

tecnológica gracias a esta institución, o pudiendo delegar algún servicio como la recaudación, pero aún así la

ayuda que pueden prestarnos en la actualidad para las necesidades que tenemos los municipios, es insuficiente, y

hay que tener en cuenta que las Diputaciones tienen las mismas limitaciones legales respecto a reposición de

personal que los Ayuntamientos, por lo que en estos años habrán visto reducidos igualmente sus efectivos, y por

tanto las posibilidades de ayuda personal a los Ayuntamientos.

Los habilitados estatales, que somos los funcionarios que estamos en la cúspide de las administraciones locales,

(para lo bueno y para lo malo), nos encontramos en una situación en que todo es obligación y responsabilidad

nuestra, sintiéndonos a menudo desprotegidos y muchas veces incomprendidos, tanto por los órganos externos que

nos fiscalizan e imponen obligaciones y sanciones, como por los gestores políticos con los que trabajamos en el día

a día, como por la ciudadanía.

Como no sabemos si los órganos externos (Ministerio de Hacienda, Sindicatura de Cuentas,…) son conscientes de

esta situación, pensamos que debería trasladarse, tanto por parte de las propias Administraciones donde

trabajamos, como por parte de nuestros órganos representativos colegiales (Colegios de Secretarios e

Interventores), de forma que se haga visible la realidad actual, y se puedan estudiar medidas a tal efecto para

mejorar esta situación.

Dos. Situación particular de este Ayuntamiento: Confluencia de aumento de tareas y obligaciones legales y falta

de medios.

En el caso particular de este Ayuntamiento, en los últimos años hemos asistido a un aumento de tareas y

obligaciones atribuibles en muchos casos a nivel personal a las habilitadas, por imposición legal, y de otra a una

minoración en los efectivos disponibles en nuestro Ayuntamiento. Y no se pueden asumir adecuadamente las tareas

propias de nuestro puesto de trabajo si no contamos con el equipo necesario para poder realizarlas.

La plantilla de este Ayuntamiento y el gasto de personal se ha reducido de forma drástica, pasándose de un gasto

de 2.630.922,88 euros en el año 2009 a 2.126.059,51 en el año 2015, lo que supone cerca de un 20%. Se han

sucedido en los últimos años ausencias que no han sido cubiertas, algunas temporales y otras permanentes,

afectando con ello a la marcha del trabajo: amplios periodos sin interventor con nombramientos temporales de

diferentes personas (entre 2008 y 2013 hasta 9 personas han ejercido de interventor en el Ayuntamiento), periodos

con secretario acumulado sin dedicación al 100% (desde octubre de 2012 hasta mediados de 2013…), jubilación

del técnico de contabilidad, bajas de larga duración o vacantes de algunas personas adscritas a nuestros servicios,

que no han sido sustituidas, y han causado acumulación de tareas pendientes, (como la no cobertura puesto vacante

administrativo urbanismo, baja de larga duración de la funcionaria encargada de plusvalías o la de una técnica de

gestión adscrita a secretaría, excedencia temporal posterior de la misma, comisión de servicios de técnica de

contratación)...

Estas circunstancias han sido comentadas con los gestores políticos municipales en diversas ocasiones, tanto

verbalmente a nivel personal o en Juntas de Gobierno, como en diversos informes que se han ido emitiendo1. El

problema real de este Ayuntamiento es que arrastra una falta de política de personal a largo plazo, que viene de

mucho tiempo atrás (inexistencia de relación de puestos de trabajo, gran precariedad en el empleo con muchos

funcionarios interinos y muchos laborales indefinidos, falta generalizada de bolsas de trabajo para poder atender

necesidades urgentes en el marco de la Ley de Presupuestos, falta de procesos de promoción interna, falta hasta

hace relativamente poco de una organización interna del personal en la que se adscriba claramente al personal a

las unidades concretas…). Esto origina que el día a día en materia de personal haya sido durante bastante tiempo

el ir atendiendo a las necesidades más urgentes que iban surgiendo sobre la marcha, pero sin la conveniente

1 Informe de Intervención nº 178/2014 sobre Situación de los departamentos de oficinas del Ayuntamiento. Necesidades

de personal.

Page 16: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

planificación a largo plazo, por cuanto que la gestión de personal no es un área donde los resultados son

apreciables de forma inmediata, sino que la “buena gestión da sus frutos a medio-largo plazo” por eso es el área

generalmente olvidada en la administración pública, puesto que el gestor político tiene pendientes abordar otras

tareas más visuales frente a la ciudadanía.

No obstante, hay que mencionar que tanto en la legislatura pasada como en la actual se han dado pasos

significativos en materia de personal. En la legislatura pasada se realizaron algunas actuaciones planificadoras,

como la equiparación en la estructura retributiva del personal laboral, así como la aprobación de una resolución

organizativa del personal que crea áreas, servicios y unidades y adscribe el personal a las mismas, puntos de

partida indispensables. Asimismo, ya en la legislatura actual, se han venido realizando diversos procesos para

creación de bolsas de trabajo que permitan atender a situaciones urgentes de necesidad de personal en el marco de

la Ley de Presupuestos, de forma que en un tiempo relativamente breve se dispone de muchas más bolsas en vigor,

aprobación de ofertas de empleo público según limitaciones presupuestarias, puesta al día asuntos de mesa de

negociación…, y se están sentando las bases para una planificación a medio-largo plazo.

Sin embargo, y debido al punto del cual se partía, se ha de abordar un proceso que requiere de tiempo y dedicación,

sin que se cuente con medios personales suficientes en el departamento, a pesar de que se cuente con la suficiente

voluntad política para abordarlo, por lo que ello ha derivado y está derivando en que algunos problemas existentes,

que eran de carácter temporal han devenido en estructurales, puesto que es evidente que tampoco se pueden

acometer todas las cuestiones al mismo tiempo (crear las bolsas de trabajo que faltan, realizar los procesos

selectivos de todas las vacantes existentes que estén en los supuestos permitidos por la LPGE, culminar la RPT…),

sino que habrá que fijar un calendario razonable en el que se prioricen y planifiquen las diversas actuaciones que

es menester realizar, con una visión de la administración a largo plazo.

Tres. Alta litigiosidad judicial y constantes peticiones de informes.

En este punto, tenemos que señalar que otra causa que influye en la falta de tiempo para desempeñar nuestro

trabajo es la alta litigiosidad que tiene este Ayuntamiento.

Además de los escritos o recursos presentados por distintos interesados afectados por los acuerdos municipales,

cuestión habitual en la Administración, y que se asume como parte normal del trabajo diario, en este Ayuntamiento

en particular se suceden periódicamente denuncias, en algunos casos directamente interpuestas incluso ante la

jurisdicción penal, o peticiones de información desde instancias judiciales y/o Ministerio Fiscal, relativas a asuntos

de años anteriores, en ocasiones de mucha antigüedad, que requieren investigación de antecedentes e informes

laboriosos, a veces incluso de años en los que aun no ejercíamos en este Ayuntamiento, con la consiguiente

dificultad ya que no siempre conocemos los hechos, teniendo en cuenta que muchas veces hemos de buscar

expedientes físicos ya que ni el escaneo de documentos ni los expedientes electrónicos se han empezado a implantar

hasta nuestra llegada a este Ayuntamiento, de forma que periódicamente hemos de destinar no poco tiempo a este

menester, sin contar la responsabilidad añadida que esto supone.

Asimismo, es posible que muchas de estas cuestiones que han derivado en el incremento de la litigiosidad municipal,

se hubieran evitado de haber solicitado en su momento los responsables políticos las oportunas aclaraciones en vía

administrativa.

Sin embargo, la situación política vivida en este Ayuntamiento en el pasado, ha traído como consecuencia la

situación descrita, que podíamos denominar de “judicialización de la vía administrativa”, que conlleva que las

habilitadas nos encontremos en medio del huracán político y judicial, y seamos en última instancia, las que

debemos dedicar tiempo para recopilar expedientes, contestar a los escritos, informar a las instancias judiciales,

y/o Ministerio Fiscal…. , lo que conlleva una reducción del tiempo que deberíamos dedicar a cumplir nuestras

obligaciones actuales y consiguiente preocupación, ya que al destinar tanto “tiempo a mirar al pasado” nos puede

abocar a que no podamos dedicar la atención y diligencia conveniente a los expedientes del presente que estamos

tramitando nosotras y de los cuales somos responsables.

Page 17: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL … · que en cualquier caso se trata de una primera aproximación que tendrá que seguir estudiándose hasta la definitiva aprobación

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Evidentemente es nuestro deseo colaborar plenamente con la justicia, y que exista la máxima transparencia en las

actuaciones municipales y no se cometa ninguna irregularidad, pero si las dudas suscitadas se plantearan cuando

se aprueban los expedientes, y no años después; si primero se procurara aclarar las mismas en vía administrativa,

en el seno de la propia Administración, no acudiendo directamente a instancias judiciales incluso penales, con el

coste económico que eso además conlleva, por el pago de abogados etc…, que debe asumirse por el presupuesto

municipal, seguramente la litigiosidad disminuiría y la dedicación a clarificar los asuntos sería más eficaz.

Cuatro. Necesidad de una buena planificación y fijación clara de objetivos periódicos consensuados.

Los responsables políticos municipales, tanto con los anteriores como con los actuales, nos constan que valoran

nuestro trabajo y dedicación, tal como en alguna ocasión ha sido señalado incluso públicamente en juntas o

comisiones, si bien consideramos que hay una carencia en cuanto al desconocimiento de tiempos y dinámicas

administrativas, que ocasiona que a veces se trabaje con presión para la llevanza a término urgente de los

expedientes administrativos, sin perjuicio de que normalmente ello supone un atraso a medio plazo, pues se acaban

cometiendo errores (generalmente materiales y subsanables) que alargan los procesos administrativos.

Éste es un comentario habitual que manifiestan los habilitados de los diferentes Ayuntamientos en las reuniones que

mantenemos, por lo que se ve que es la situación habitual en la Administración local, donde existe una clara

cercanía entre el gestor político y el funcionario, que no se da en otras Administraciones Públicas.

Además, la existencia en la actualidad en la mayoría de Ayuntamientos de gobiernos plurales conformados por

diferentes partidos políticos, requiere de un mayor trabajo interno, que no se visualiza ni se valora como tiempo

administrativo, pero que precisa de mayor dedicación.

A tal efecto, es deseable una labor política previa de consenso y coordinación, puesto que dado que los efectivos

personales y técnicos son únicos y limitados, tal y como se ha indicado, es fundamental la priorización de objetivos

y actuaciones, evitando dedicar tiempos no necesarios a expedientes que finalmente no maduran o duplicidad de

gestiones.

Todo ello, sin perjuicio claro está de las lamentablemente y demasiado habituales “urgencias”, como ejemplo

principal las subvenciones que conceden otras Administraciones Públicas, que conllevan unos plazos breves de

presentación de documentación y demás, que conllevan inevitablemente, a reestructurar nuestra planificación de

trabajo para poder atender a las mismas. No obstante, destacamos que con una fijación de prioridades razonables,

también nos podríamos acomodar mejor a los cambios y novedades que van surgiendo, lo cual disminuiría tensión

y aumentaría la eficacia en el trabajo.

Cinco. Consecuencias: Incumplimientos legales y falta de tiempo para la dedicación adecuada a las obligaciones

exigidas a los puestos de habilitadas.

A título enunciativo, se citarán algunas de las materias en las que no se cumplen todas las exigencias legales, sin

perjuicio de que en algunas se han dado pasos para avanzar, pero aun no hemos llegado a cumplir todo lo que

deberíamos:

o En materia del área jurídica:

Inexistencia de Inventario jurídico y contable. Informado por la Secretaría y la Intervención en

diversos informes (y mencionado en Informe de Secretaría 66-16, Informe de Intervención 44-16 a

la Cuenta General 2015, además de varias menciones en Cuentas Generales de años anteriores)

Falta de organización adecuada del archivo (ya mencionado en Informe de Secretaría 38/2015).

Obligaciones en materia de transparencia (Ley 19/2013 y autonómica Ley 2/2015, puesto de

manifiesto en informe 60/2015, con ocasión a la adhesión del Portal de Transparencia del Estado,

que no se ha puesto en marcha debido a la carencia de medios personales, y en concreto la vacante

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de de técnico de gestión de régimen jurídico que no ha podido ser cubierta por falta de bolsa de

trabajo al efecto)

Obligaciones que impone la Base de Datos Nacional de Subvenciones (Ley 15/2014 de 16 de

septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, que

modifica el art. 20 de la Ley 38/2003 de Subvenciones, así como las Resoluciones de la IGAE de 4,

7 y 10 de diciembre de 2015 sobre la BDNS, informado en Informe de Intervención nº 52-2016)

Obligaciones en materia de tramitación electrónica de expedientes (ya obligatoriedad de la ley

39/2015 y 40/2015, sin perjuicio de que se han iniciado gestiones y contratados servicios en el área

que van a determinar un tiempo de dedicación y adaptación)

Obligaciones en materia de normalización lingüística (no se da cumplimiento a lo dispuesto en la

normativa al efecto, puesto que hasta la fecha se carece de medios personales y técnicos al efecto,

si bien se habilitado recientemente parte de la jornada de una profesora de EPA a tales tareas,

además contando con la buena voluntad del propio personal funcionario administrativo, sin

perjuicio de que será imposible cumplir la normativa en su totalidad).

Actualización de normativas municipales, ordenanzas y reglamentos, en materia de medio ambiente,

urbanismo, comercio…

o En materia económica:

Partiremos mencionando la situación en la que se encontró la interventora actual al tomar posesión del puesto de

Intervención de este Ayuntamiento a mediados del año 2013, después de haber pasado un periodo de inestabilidad

en el puesto de Intervención con diferentes interventores y sustitutos. La situación en dicho momento era de un gran

atraso en múltiples materias, con la contabilidad atrasada, un presupuesto prorrogado varios años, liquidaciones y

cuentas sin aprobar, plazos incumplidos, etc, tal como se puso de manifiesto en el Informe 150-20132. Durante

bastante tiempo la prioridad ha sido poner lo básico al día y cumplir los plazos legales, habiendo mejorado la

situación sustancialmente desde entonces, pero dicho punto de partida, a diferencia de un Ayuntamiento en el que

estuvieran las cosas al día, ha supuesto una carga añadida, y que ha detraído tiempo de dedicación a los

expedientes y a las novedades, por estarlo dedicando a poner al día el pasado a marchas forzadas.

La situación actual, aunque haya mejorado sustancialmente desde dicho punto de partida, como puso asimismo de

manifiesto la Intervención mediante Informe 95-143, sigue teniendo cuestiones pendientes y no está exenta de

importantes dificultades, pues en estos últimos años ha aumentado de forma exponencial las nuevas obligaciones

impuestas por normas con rango de ley a los Interventores, con multitud de plazos que ha de cumplir, y remisiones

telemáticas que realizar a órganos externos, con implicación incluso de responsabilidad personal en caso de

incumplimiento.4 Una parte no poco importante de la jornada de un Interventor se dedica hoy en día a preparar

dichas remisiones de información, que no existían en su mayoría hasta el año 2012. No pretendiendo realizar una

valoración negativa de ello, puesto que dichas remisiones suponen un aumento de la transparencia y del control

por parte de los órganos externos de la actividad municipal, sí que es cierto que dicho aumento de obligaciones no

ha ido acompañado de medida alguna de ayuda en las funciones de la Intervención, casi todo lo contrario, pues ha

coincidido con una época de restricción de recursos en las Administraciones, congelación de la oferta de empleo

público, y minoración en general de los medios disponibles para acometer nuestras funciones, tal como se ha

señalado anteriormente.

2 Informe nº 150-13 de 30 de mayo de 2013 sobre el Estado de expedientes y obligaciones de remisión de información a

la toma de posesión. 3 Informe nº 95-14 de 30 de mayo de 2014 sobre el Estado de expedientes y obligaciones de remisión de información a la

toma de posesión. 4 Para un mejor control de todos los plazos existentes se ha elaborado por la Intervención un Calendario de plazos de

obligaciones de formación de expedientes, publicaciones y de remisión de información a órganos externos.

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En concreto en el área económica de este Ayuntamiento no hay técnico alguno a parte de la propia Interventora, ni

está cubierta la plaza de técnico de contabilidad vacante desde la jubilación de su anterior titular, ni la de técnico

de gestión en excedencia, ni se encuentra habilitada la tesorería, con lo que no hay otro personal de grupo A que la

propia Interventora.

Las carencias de personal impiden que haya una segregación de las funciones contables y las funciones de

fiscalización, y que se pueda implantar el control financiero y de eficacia. Estando establecida por Bases del

Presupuesto la fiscalización limitada previa en algunas materias, aun así la Intervención no tiene tiempo ni medios

para realizar la fiscalización plena posterior, habida cuenta asimismo del considerable aumento de las tareas

asignadas por la normativa de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera a los Interventores locales,

especialmente durante los últimos años, que, por un lado mejoran y aumentan la información que de las entidades

locales tiene el Ministerio de Hacienda de cara a garantizar el cumplimiento de la normativa citada, pero por

contra, van en detrimento del ejercicio del control interno. Al no tener otro personal cualificado disponible en el

área económica, la Interventora ha de compaginar la gestión diaria de expedientes (presupuesto, modificaciones de

crédito, etc, aunque no consta en la normativa que estas funciones sean atribuibles al Interventor) para evitar que

el Ayuntamiento se paralice, con las funciones reales que la normativa atribuye a la Intervención, basadas en el

control y la fiscalización, con el consiguiente detrimento en la dedicación a las mismas.

Por otra parte, la falta de habilitación de la Tesorería, a pesar de la loable dedicación de la persona que

accidentalmente ejerce de tesorera, conlleva que inevitablemente, algunas de las funciones de mayor complejidad

que podría realizar un tesorero las realice la propia interventora, con la acumulación que ello supone a las suyas

propias, y otras, simplemente no se realicen por falta de tiempo y personal5. Tampoco se puede realizar un

adecuado seguimiento y fiscalización a los ingresos, ni revisar las ordenanzas que están necesitadas de revisión o

los estudios económicos de las mismas. Es de destacar en este sentido que recientemente se ha producido un cambio

normativo6 que obliga a crear el puesto de Tesorería reservado a funcionarios de administración local con

habilitación de carácter nacional, y en este sentido se ha recibido un escrito informativo del Colegio de Secretarios,

Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Valencia, registrado de entrada el 30 de marzo de 2016

con nº 1166, en el que insta a los Ayuntamientos de población superior a 5.000 habitantes a cumplir la citada

obligación legal creando el citado puesto en la plantilla municipal. La creación del citado puesto conllevaría el

poder realizar las citadas funciones de forma adecuada, y reorganizar el servicio permitiendo una mejor

distribución de las tareas.

Por otra parte, se ha señalado a los gestores políticos que la cobertura de la plaza de técnico de contabilidad

vacante desde la jubilación de su anterior titular, puede coadyuvar en el cumplimiento de las asignaturas

5 Entre otras: Elaboración y firma de informes y propuestas de resolución sobre recursos de reposición en materia tributaria

Elaboración y firma de informes de morosidad y del Periodo medio de pago

Elaboración y firma de informes y propuestas para la aprobación de Planes financieros de tesorería

Elaboración y firma de informes y propuestas para la contratación de productos financieros para rentabilizar

excedentes de tesorería

Elaboración y firma de informes y propuestas para la contratación de operaciones de crédito a corto y largo plazo

así como informes sobre el cumplimiento del principio de prudencia financiera

Actualización telemática de la Central de Información de Riesgos de Entidades Locales (CIR local) así como

remisión y/o firma telemática de cualesquiera información al Ministerio de Hacienda en materia de tesorería,

productos financieros o endeudamiento a corto o largo plazo

6 Ley 27/2013 de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, según redacción

vigente desde 11 de julio de 2015, dada por la disposición final segunda de la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se

modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, que modifica el

artículo 92 bis de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, estableciendo en su disposición transitoria séptima

el régimen transitorio de las tesorerías de municipios de menos de 20.000 habitantes.

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pendientes que tiene este Ayuntamiento en materia contable, tal como se informó en el Informe 44-16 a la Cuenta

General 2016, y también el reflejo contable del inventario cuando se implemente el módulo de gestión de activos

para la adecuada contabilización del patrimonio, y además a partir de la Cuenta General de 2017, según lo

dispuesto en la disposición tercera de la Orden MAP/1781/2013, será necesario dar información sobre el coste de

las actividades y determinados indicadores de gestión, para lo cual es necesario llevar contabilidad analítica. De

continuar la situación actual, no se podrán cumplir las exigencias legales en la materia.

Seis. Posibles soluciones:

Sin perjuicio de otras alternativas que puedan sugerirse, las habilitadas que suscriben estiman las siguientes:

Fijar un calendario en los procedimientos selectivos de personal, que priorice los puestos que

consideramos claves para el ejercicio de las funciones legales y de control de la Administración, y

en concreto:

o Cubrir la ausencia de técnico de contratación desde la marcha de su titular en comisión de

servicios.

o Cubrir la ausencia de técnico de contabilidad desde la jubilación de su titular.

o Crear el puesto de tesorería reservado a funcionario de administración local con

habilitación de carácter nacional.

o Crear las bolsas necesarias para la cobertura de vacantes que puedan producirse en el

futuro, priorizando los puestos que realizan funciones esenciales, siempre que se den los

requisitos establecidos por las Leyes de Presupuestos para la cobertura temporal de los

puestos. Aun así se advierte que todos estos procedimientos de provisión de puestos

requieren tiempo en su elaboración, por lo que el calendario marcado de este y otros

objetivos debería ser coherente con los plazos razonables de consecución de los mismos, y

consensuado con la Secretaria municipal.

Realizar una planificación periódica (semanal, quincenal…) de objetivos de trabajo de forma

coordinada entre todas las concejalías, que se consensúe con las habilitadas estatales para indicar

los plazos realistas de su consecución.

Adquirir los integrantes de las formaciones políticas tanto gobernantes en el presente como en el

pasado, el compromiso de ejercer una “política responsable”, donde las dudas o cuestionamientos

de los expedientes se planteen cuando estos se aprueban (no años más tarde como sucede

repetidamente, siendo mucho más difícil entonces el buscar los antecedentes y elaborar los

informes requeridos), y primero se traten de aclarar en vía administrativa, en el seno de la propia

administración, pues ello evitaría no pocas demandas que al final suponen, a parte del tiempo

dedicado a las mismas, costes económicos para la Administración que seguramente podrían

evitarse en algunos casos por la excesiva judicialización de la gestión municipal.

Elevar a los órganos externos (Ministerio, Sindicatura de Cuentas,…), directamente o a través de

los Colegios de habilitados estatales, la realidad imperante en la administración local actual, y la

situación de los habilitados estatales, para que a su vez estudien y arbitren las medidas que estimen

oportunas para mejorar la situación existente, en especial la prolífica dispersión normativa y la

constante atribución de nuevas exigencias y obligaciones sin arbitrar correlativamente medidas de

apoyo ni aumento de los medios disponibles.

TERCERO.- Se da cuenta a la Alcaldía-Presidencia del presente informe, en orden a que proceda a dar

cuenta del mismo al órgano Plenario como punto independiente del orden del día, tal como establece la normativa

antedicha.»

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El Sr. Alcalde da la palabra a la Sra. Benlloch.

La Sra. Benlloch manifiesta que la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad dice que hay que presentar el

listado de reparos del año anterior. En la documentación entregada a los concejales se dispone de toda

la información al respecto. También se remitirá anualmente esta información al Tribunal de Cuentas.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención al respecto. No produciéndose ninguna se pasa al

siguiente asunto.

El Pleno queda enterado.

2. DACIÓN DE CUENTA INFORMES DE MOROSIDAD Y PMP SEGUNDO TRIMESTRE 2016.

Se da cuenta de los informes de morosidad y PMP del segundo trimestre de 2016, cuyo contenido literal

es el siguiente:

«INFORME DE INTERVENCIÓN Nº 49-2016

ASUNTO: DACIÓN DE CUENTA DE INFORME MOROSIDAD DEL SEGUNDO TRIMESTRE DE

2016, ASÍ COMO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DEL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2016.

Considerando que la Ley 15/2010 de 5 de julio, que modifica la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se

establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, establece que los Tesoreros o, en

su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el

cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que

incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo

el plazo. Y sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe

deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su

respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de

Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales.

Por otra parte, en 2014 se publicó el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la

metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las

condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Por último, el 11 de mayo de 2015 fue publicada en la OVELL la Nueva Guía para la elaboración de los

Informes trimestrales de Morosidad en aplicación del art. 16.6 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la

que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En desarrollo de la citada normativa, han sido

habilitadas en la OVELL las siguientes plataformas:

Aplicación de captura relativa a la obligación de comunicación y publicación del Período Medio de

Pago (PMP) calculado de acuerdo con lo previsto en el RD 635/2014.

Aplicación de captura relativa a la obligación de comunicación de los Informes de Morosidad, de

acuerdo a la Ley 15/2010 (Ejercicio 2015 en adelante).

Así pues, se ha procedido a obtener de la contabilidad los datos precisos para la remisión de la

información, que son los siguientes:

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INFORME DE MOROSIDAD POBLA DE FARNALS SEGUNDO TRIMESTRE 2016

Entidad: Ayuntamiento de La Pobla de Farnals Código entidad: 17-46-199-AA-000

Pagos realizados en el periodo

Periodo Medio

Pago (PMP) (días)

Pagos Dentro Periodo

Legal Pago

Pagos Fuera Periodo

Legal Pago

Número de Pagos Importe Total Número de Pagos Importe Total

17,02 350 295175,43 2 1370,48

Intereses de Demora

Pagados en el Periodo

Número de Pagos Importe Total Intereses

0 0

Facturas o Documentos Justificativos Pendientes de Pago al Final del Periodo

Periodo Medio

Pago Pendiente (PMPP)

(días)

Dentro Periodo Legal Pago

al Final del Periodo

Fuera Periodo Legal Pago

al Final del Periodo

Número de Operaciones Importe Total Número de Operaciones Importe Total

19,21 211 220846,66 0 0,00

Periodos de PMP

incluidos PMP (días)

Segundo trimestre 2016 (12,02)

El índice del último cuadro PMP (días), es el Período Medio de Pago definido en el Real Decreto

635/2014, de 25 de julio, el cual mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, el cual

es calculado automáticamente por el programa de contabilidad con una fórmula matemática predeterminada

legalmente, excluyendo los pagos a administraciones públicas. Si está entre paréntesis (valor negativo), indica que

la Administración paga por término medio antes de que hayan transcurrido treinta días naturales desde la

presentación de las facturas o aprobación de las certificaciones de obra. Sumando 30 a dicha cifra negativa, se

obtiene el número medio de días que transcurren desde que se registran las facturas en el Ayuntamiento hasta que

se pagan. El PMP de este Ayuntamiento está por tanto dentro de lo establecido.

Asimismo, se informa de la necesidad de publicar el PMP de cada trimestre en la web municipal, en

aplicación de la Disposición transitoria única del citado RD 635/2014:

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Publicación del período medio de pago a proveedores en comunidades autónomas y corporaciones

locales. Mientras no se produzca la modificación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, las

comunidades autónomas y las corporaciones locales incluidas en el ámbito subjetivo definido en los

artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado

por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, remitirán al Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas, para su publicación y seguimiento, y publicarán antes del día treinta de

cada mes en su portal web, la información a la que se refiere el artículo 6 referida al mes anterior.

El resto de corporaciones locales publicarán y comunicarán al Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas esta información referida a cada trimestre del año antes del día treinta

del mes siguiente a la finalización de dicho trimestre. La primera publicación mensual de la

información prevista en este real decreto tendrá lugar en el mes de octubre de 2014 referida a los

datos del mes de septiembre de 2014, y la primera publicación trimestral será en el mes de octubre

de 2014 referida al trimestre anterior.

Se traslada a continuación la información que debería ser publicada a través de la página web municipal:

PERIODO MEDIO DE PAGO (PMP) A PROVEEDORES TRIMESTRAL DEL AYUNTAMIENTO DE

LA POBLA DE FARNALS

En días

Año Trimestre

Ratio de

Operaciones

Pagadas *

Ratio de

Operaciones

Pendientes de

Pago *

Periodo Medio de

Pago Trimestral *

2014 Tercero (10,28) (20,77) (11,98)

2014 Cuarto (12,17) (28,37) (12,72)

2015 Primero (9,74) (27,25) (10,40)

2015 Segundo (12,39) (20,21) (13,47)

2015 Tercero (6,93) (19,44) (8,13)

2015 Cuarto (12,70) (17,63) (13,65)

2016 Primero (6,34) (18,74) (6,82)

2016 Segundo (12,95) (10,79) (12,02)

En base a lo anteriormente expuesto, se remite al Pleno, a través de la Alcaldía, los Informes de morosidad

y los datos del Período Medio de Pago (PMP) del segundo trimestre de 2016, los cuales se emiten con el formato

establecido por el Ministerio de Hacienda, y han sido ya remitidos a este órgano por esta Intervención de forma

telemática con firma electrónica a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades

Locales (OVELL) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El Sr. Alcalde da la palabra a la Sra. Benlloch.

Interviene la Sra. Benlloch para decir que en este asunto se trata de dar cuenta de los informes de

morosidad y Periodo Medio de Pago correspondientes al segundo trimestre de 2016, documentación de

la que disponen los concejales. Añadir que el Periodo Medio de Pago ha sido de dieciocho días, por lo

que cumplimos lo que establece la normativa vigente.

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El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención al respecto. No produciéndose ninguna se pasa al

siguiente asunto.

El Pleno queda enterado.

3. DACIÓN DE CUENTA ESTADOS DE EJECUCIÓN Y TESORERÍA SEGUNDO TRIMESTRE

2016.

Se da cuenta de los estados de ejecución y tesorería del segundo trimestre de 2016.

El Sr. Alcalde da la palabra a la Sra. Benlloch.

Interviene la Sra. Benlloch para decir que es lo que hacemos todos los trimestres, presentar los estados

de ejecución, en este caso, del segundo trimestre. En la documentación constan todos los movimientos

que ha habido.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención al respecto. No produciéndose ninguna se pasa al

siguiente asunto.

El Pleno queda enterado.

4. DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA, DE NÚM. 599/16 DE 18 DE

JULIO A NÚM. 745/16 DE 16 DE SEPTIEMBRE.

Se da cuenta de los Decretos de Alcaldía, de núm. de núm. 599/16 de 18 de julio a núm. 745/16 de 16

septiembre.

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna intervención al respecto. Seguidamente da la palabra al Sr.

Bayona.

Interviene el Sr. Bayona para referirse al contrato de limpieza que se ha hecho provisional de un mes.

Observa que solamente es servicio de limpieza, los extras y demás no se producen y pregunta si está

exenta la limpieza de cristales y demás servicios.

Interviene la Sra. Rivilla para decir que claro, ya que es algo temporal, ya que no podemos adjudicar el

nuevo contrato ya que está suspendido el procedimeinto de adjudicación por el Tribunal Adminitrativo

de Recursos Contratactuales ante la interposición de un recurso, y se va a resolver en breve, pero entrar

a hacer limpiezas a fondo supone un coste superior, así que lo que se ha hecho es atender la necesidad

diaria para tenerlo todo en condiciones pero que suponga a nivel económico algo razonable. Aclara que

en el nuevo contrato hay más horas y más edificios ya que las limpiezas a fondo están prorrateadas para

realizarlas a lo largo del contrato.

Pregunta el Sr. Bayona que las horas son las mismas respondiendo la Sra. Rivilla que si.

Continúa el Sr. Bayona para preguntar si respecto a las horas, en un contrato de un año son 7700€ más

IVA o pagamos más. Dice que el contrato de este mes asciende a 7786,82€ más IVA y pregunta si

pagaríamos lo mismo en condiciones normales, respondiendo la Sra. Rivilla que evidentemente ahora un

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poco más, ya que la empresa terminaba su contrato el 13 de julio y había que ver de qué manera se

prolongaba el servicio en tanto no esté adjudicado con la nueva empresa. Nosotros teníamos previsto que

una vez que cesaba una empresa entraba la nueva, pero como el recurso ha paralizado el procedimiento

y, siendo por circunstancias ajenas, teníamos que solventar el asunto, sobre todo es preocupante la

limpieza del Colegio, y por ello se ha llegado a un acuerdo con la empresa.

El Sr. Bayona dice que entonces tenemos menos servicio y estamos pagando más.

La Sra Rivilla responde que podemos decir que tenemos los edificios limpios y en condiciones.

El Sr. Bayona reitera que tenemos menos servicio respondiendo la Sra. Rivilla que entiende que no y que

además es una situación provisional.

Interviene la Sra Borja para decir que la alternativa que estuvimos valorando también era si lo hacía

otra empresa, ya que no estamos contentos con la actual, y también barajamos la posibilidad de asumir

directamente por parte del Ayuntamiento la limpieza, pero eso significaba que las personas que trabajan

para la actual empresa hubieran perdido sus derechos en el nuevo contrato, porque no se produciría la

subrogación del personal, por lo que hemos optado por la continuación de esta empresa y que ahora lo

están haciendo mejor.

El Sr. Bayona interviene para decir que a principio de curso se limpiaba a fondo el colegio respondiendo

la Sra. Borja y la Sra. Rivilla que esa limpieza está hecha, se realizó a final de curso dentro del propio

contrato que estaba en vigor.

Pregunta el Sr. Bayona si no ha habido gasto adicional más que éste respondiendo la Sra. Rivilla que

sólo éste.

Pregunta el Sr. Alcalde si hay alguna intervención más. No habiendo ninguna otra da paso al siguiente

asunto.

El Pleno queda enterado.

5. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Interviene la Sra. Bernet para preguntar por el tema de Xarxa Llibres, que aún no han realizado el

segundo pago.

La Sra. Borja responde, respecto a la Xarxa Llibres, que estamos pendientes de que los colegios finalicen

el proceso de comprobación para el segundo pago. Desde el Ayuntamiento no gestionamos nada pero si

estamos pendientes que el Colegio cuelgue la información en ITACA, web de Consellería, para que

nosotros podamos realizar el segundo pago.

Además los libros para este año dependen de lo que hayan optado los colegios o institutos, habiendo más

problemas de gestión al ser el primer año de su implantación.

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Respecto al comedor pregunta la Sra. Bernet si se ha adoptado alguna medida, ya que hay niños que se

han quedado fuera.

Responde la Sra. Borja que como sabemos, el aforo del comedor estaba sobrepasado, nos enteramos

cuando entramos en junio del año pasado (como equipo de gobierno). Nosotros empezamos los trámites

en abril, reuniones en Consellería y aportamos un proyecto. Nos dijeron que era una obra grande, y que

las instalaciones de la cocina tampoco estaban bien, comprometiéndose a enviar al técnico de

Consellería. Nosotros, para agilizar, hemos propuesto que el proyecto sea redactado por nuestro

Arquitecto y Consellería pondrá los medios, de lo que estamos pendientes.

La Sra. Bernet dice que esto empezó en abril y estamos en septiembre ya.

Responde la Sra. Borja que resulta curioso, ya que en un año nosotros nos hemos reunido con

Consellería, hemos realizado gestiones a fin de dar una solución pero el asunto no es reciente, ya que el

problema está notificado desde 2009 y su compañera no hizo ninguna actuación ni medida al respecto.

En cualquier caso, la decisión de no dejar entrar más niños al comedor es competencia del Consejo

Escolar no del Ayuntamiento. Continúa explicando que el Consejo Escolar, reunido el pasado 5 de

septiembre, acordó no dejar entrar al comedor a ningún niño más. A partir de ahí se han contemplado

otras medidas habladas con Consellería como la adecuación de la Cooperativa, diciendo Consellería que

no la iban a aceptar; o habilitar el comedor del IES Guillém D’Alcalà que tampoco lo acepta. Otra

opción es habilitar una de las clases del Colegio como comedor. En esta línea estamos trabajando. El

Ayuntamiento puede presionar y ayudar en todo necesario, pero la decisión es de Consellería.

Pregunta el Sr. Alcalde si hay alguna intervención más.

Toma la palabra el Sr. Ribera para tratar el tema del Carril Bici, y comenta en primer lugar, que en la

fachada del Ayuntamiento, en el balcón, había un cartel de «Carril bici ya», y pregunta qué finalidad o

propósito tenía y por qué se retiró.

La siguiente pregunta la formula respecto al gobierno anterior que diseño un proyecto de Carril Bici

que se inicia en el Camí de Morisc y del cual hay ejecutada una fase. Pregunta que piensan hacer

respecto al proyecto, si van a seguir, o conservar estas instalaciones.

La tercera pregunta del Sr. Ribera es sobre proyecto de Carril Bici Comarcal en el que confluirán

itinerarios verdes. Estos caminos verdes confluirían en una pasarela por la carretera de Massalfassar.

Pregunta el Sr. Ribera cuál es la posición del Ayuntamiento respecto a este proyecto y si el Ayuntamiento

ha participado en este tema o ha aportado algo, si ha habido alguna reunión, o si se ha llegado a algún

acuerdo.

Interviene el Sr. Alcalde para responder al Sr. Ribera.

Respecto al cartel, fueron diseñados para el día de la Bici. Queríamos ponerlo de manera reivindicativa

en la V-21 pero por seguridad se puso en la fachada del Ayuntamiento. Fue retirado por las fiestas del

Pueblo ya que era el momento del protagonisto de las fiestas de nuestro pueblo y de los festeros.

El Sr. Ribera respecto al mismo tema dice que se coloque en la V-21 o en el balcón del Ayuntamiento es

una cuestión de organización. La pregunta se refería a la finalidad.

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Responde el Sr. Alcalde que va dirigido a las instituciones que nos tienen que financiar esa obra,

reivindicación histórica, justa y necesaria porque somos el núcleo más habitado de toda la Comarca. Ese

cartel es un punto de exclamación a nuestra reivindicación.

Respecto a la segunda pregunta, la adecuación del Cami Morics hasta el área de ocio responde el Sr.

Alcalde que es un camino de tierra, y que no está en condiciones. Está señalizado como carril bici pero

no es el proyecto de la Consellería de Infraestructuras. La Consellería se compormetió con el Partido

Socialista en 2006 con un Carril bici que llegaría desde el Pueblo hasta la Playa. A partir de 2007 no ha

habido avances. Ha sido el gobierno actual el que ha vuelto a reivindicar lo que es justo.

No podemos confundir el Carril Bici Playa-Pueblo con el Carril Bici que va del Pueblo al camino del

Llari. Decir que hay una primera fase realizada es un poco aventurado, es un camino del Pueblo a un

área recreativa, pero eso no es primera fase de nada. La infraestructura que nos hace falta es la que se

proyectó con Consellería en 2006.

En cuanto a la tercera pregunta, sobre el proyecto Comarcal, se trata de una petición de los municipios

de la zona, donde hay una serie de redes que si queríamos que convergieran por la CV-300 y el eje de la

Gombalda, y enlazara el eje de la Gombalda hasta la V-21, y considerando que la Pobla de Farnals no

puede perder la oportunidad de estar en todos los foros pidiendo el Carril Bici, y aunque el proyecto no

sea el original, lo seguiremos reivindicando. Hoy ha habido una reunión en la Diputación, y aunque no

sea competencia de ellos, es decir, lo reclamamos en todos los foros, no desperdiciamos recursos.

Interviene la Sra. Eres para decir que entiende que se va a luchar por un carril bici por el borde de la

carretera, y comenta que eso ni está ni se le espera. Lo sé porque yo fui una de las afectadas y pregunté

en 2006.

Responde el Sr. Alcalde que sí se le espera, pero estar no está.

Interviene la Sra. Eres para decir que según la explicación entiende que nos hemos adherido a un

proyecto comarcal en el que todos los pueblos confluiremos hasta la Gombalda. Pregunta al Sr. Alcalde

si le parece más normal que el carril bici que se haga sea de Massalfassar a la Playa que el de la zona

recreativa del Llari.

Responde el Sr. Alcalde que una cosa no tiene que ver con la otra. Una es un camino municipal para

confluir al área de Ocio y la otra un proyecto comarcal. Cómo vamos a poner en duda que un pueblo

como Massalfassar realice su reivindicación. Nosotros aprovechamos esa circunstancia para reivindicar

lo nuestro. No es incompatible con reivindicar lo nuestro. El proyecto bueno es el Plan de Consellería.

Que no está, pero se le espera.

Interviene el Sr. Peralta para decir que el proyecto que inició el Partido Popular de comenzar el Carril

Bici por el Camí de Morisc era porque no precisaba expropiaciones, sólo la autorización de la Real

Acequia de Moncada. Había un defecto en el proyecto de 2006: cuarenta y dos expropiaciones, por lo

que era inviable. Queremos que se clarifique ud. como alcalde porque en la Comisión Informativa dice

que cómo no va a apoyar el proyecto de Massalfassar y luego tenía el cartel de carril Bici colgado en el

balcón.

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Continúa diciendo el Sr. Peralta que la concejal de Educación dijo que no le había gustado que por parte

de Compromis de Massalfassar se anticipara al de la Pobla de Farnals, esa es la realidad. En definitiva

lo que le pido es que se centre y lleve el carril bici a la Playa por el Pueblo, por la vía que sea menos

costosa. Y ud. tiene que mantener por lo menos lo que dejamos hecho nosotros.

Interviene el Sr. Alcalde para decir que el Ayuntamiento tiene en sus obras una prioridad, otras

infraestructuras que necesitan una atención urgente y que llevan ocho años abandonadas, como el

polideportivo: los vestuarios, las luces; la escuela, la Casa de la Cultura. El Pueblo necesita unas

intervenciones urgentes y el Camino de Morisc fue inaugurado en 2014, si ya está hecho polvo en dos

años a lo mejor es que algo no estaba bien hecho. Ahora se han hecho las cosas mejor, por ej. el Centro

Cívico. Se tienen que hacer las cosas para que duren más tiempo no para cortar cinta y ya está. Sobre el

tema de discrepancias es normal que cada partido tenga sus reivindicaciones. Continúa diciendo

respecto a este asunto que hay gestiones posteriores defendiendo nuestros intereses, pero entienda que

tenemos mucho interés en mantener lo que tenemos pero que también hay que priorizar.

Interviene el Sr. Peralta para hablar de la instalación eléctrica del Camí de Morisc, que estaba

estropeada y lo tenían que haber arreglado antes, no al mes y medio de habérselo dicho, respondiendo

el Sr. Alcalde para decir que las cosas se acometen cuando se pueden acometer, estudiando cada asunto

y hacerlo bien para que dure. Era más prioritario las bombillas de la Playa que el Camí de Morisc, y

después del uno, el dos.

Interviene el Sr. Peralta para decir que el grifo del Camí de Morisc estuvo cuatro meses para arreglarlo.

Es cuestión de voluntad. Ud. tiene que mantener lo que nosotros hemos hemos hecho.

Responde el Sr. Alcalde estamos manteniendo lo que uds. hicieron y lo que uds no mantuvieron. Otra

cosa es que ud. sólo planificara para cortar una cinta porque venía Rus y se acercaban las elecciones,

haciendo las cosas de modo precipitado.

Responde el Sr. Peralta que él estaba pendiente de que todo estuviera bien mientras ud. ese día se estaba

haciéndose una torrá y se olvidó las parrillas.

Responde el Sr. Alcalde que ud. todas las noches va a un sitio antes de acostarse, y y no es una cuestión

de pleno y le pregunta si eso es relevante.

Continúa diciéndole al Sr. Peralta que ud. en lugar de haber inaugurado antes de elecciones podría

haberse esperado, pero no, inauguró el Camí que era una pista de tierra en lugar de asfaltarlo y, este

gobierno está intentando mantenerlo, pero cuesta. Este gobierno escucha a diferencia del suyo, pero hay

prioridades. Comparar una inauguración con una torrá es populismo y está fuera de lugar.

Pide la palabra la Sra. Borja para contestar al Sr. Peralta respecto a la mención de Compromis. Decir

que dentro de un gobierno en coalición, las cosas que pensamos que no están como deben de estar las

decimos. Somos un gobierno que pensamos diferente pero somos capaces de decírrnoslo y no es que no

estuviéramos informados sino que nos hubiera gustado que se hubiera planteado de otra forma, contando

con la Pobla de Farnals para ese Carril Bici. Resulta curioso que uds se sorprendan tanto y quieran

arreglar cosas cuando estuvieron en el gobierno, cuantos años, ¿7?, ¿6?, y no movieron un dedo por

ejemplo del comedor, un problema desde 2009, y no había ni una sola notificación del Ayuntamiento. Eso

nos hace pensar que para uds. ese problema no era tan gordo. Les invito a presentar alternativas

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porque estaremos encantados de contar con sus ideas. Respecto al carril bici recibieron un proyecto

hecho con un compromiso por parte de la Consellería y que hicieron una primera fase y se quedó ahí, sin

haber proyectado una segunda.

Interviene la Sra. Rivilla para decir que respecto a mantener infraestructuras, destarcar que uds. se

acaban de abstener en la aprobación del PPOS donde hay una inversión de 140.000€ para mantener y

mejorar las infraestructuras existentes, no nuevas, ya que tenemos serios problemas como la iluminaria,

como el sistema de protección de incendios del colegio que está obsoleto, pavimentación de aceras,

parques infantiles…

Pregunta el Sr. Alcalde si es normal abstenerse en el punto del PPOS.

Pregunta la Sra. Borja si es normal que no haya habido mantenimiento en el sistema de protección de

incendios del Colegio a lo largo de sus años de gobierno.

Responde el Sr. Peralta que ni del Centro Cívico tampoco. Que siendo él alcalde pedía cada año, dos o

tres informes para mantenimiento. Para la Casa de la Cultura si que hicimos un proyecto. Difícilmente

podía haber proyectos ya que ni siquiera estaban escriturados los edificios públicos…

Interviene la Sra. Borja para decir que la prioridad era hacerse torrás.

Interviene el Sr Bayona, por alusiones, para decir que la Sra. Borja dice que el Colegio ha estado

abandonado.

Responde la Sra. Borja que ella no ha dicho eso, dice que no se había realizado mantenimiento del

sistema de protección de incendios.

El Sr Bayona manifiesta que se hicieron diversas actuaciones como cambiar el cuadro de luces,

fontanería, almacén de comida….

La Sra Borja interviene para decir que teniendo a 200 niños hacinados en el comedor al lado de una

cocina del Colegio era prioritario el mantenimiento del sistema de protección de incendios. También

reitrera que por parte del Ayuntamiento, desde el problema del comedor notificado por el Colegio al

Ayutamiento y Consellería no ha habido ninguna notificación del este Consistorio hacia Consellería al

respecto.

Responde el Sr. Bayona que se ha hecho el pabellón infantil, los parques se han estado reparando y

haciendo un mantenimiento, tanto en el pueblo como en el colegio como en la Playa.

Interviene el Sr. García para decir que lo que se está diciendo es que se han abstendido a la hora de

votar el PPOS.

Interviene la Sra. Borja para decir que lo que se pretende es que uds. sean más constructivos, que

abstenerse de hacer reparaciones fundamentales para mantener y mejorar las infraestructuras de nuestro

Pueblo no sabe como calificarlo.

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Interviene el Sr. García para decir que uds. hablan mucho pero a la hora de participar se abstienen.

Manifiesta si no sería mejor alcanzar una unanimidad para el pueblo. Uds. se abstienen para no debatir.

Interviene la Sra. Bernet para indicar que con la abstención se garantiza que apruebe el asunto.

No habiendo más intervenciones, y siendo las 21.00 horas del día de la fecha, por el señor Alcalde-

Presidente se levantó la sesión de todo lo cual como Secretaria, doy fe.

Vº Bº

El Alcalde-Presidente, La Secretaria,

Enric Palanca Torres Mª Luz Roncero Richarte