acta de decomiso de fauna silvestre

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ACTA DE DECOMISO DE FAUNA SILVESTRE ASUNTO: Nº de Expediente: Localidad:………………….Provincia:………………… Hora:………………… Fecha:…………….. instituciones presentes………………………………….: Proceden al DECOMISO de…………………….. el cual se hallaba bajo la responsabilidad de D./Dña.:D.N.I./N.I.E. nº: Domiciliado/a en: ………………………Localidad: ………………………………..Provincia:………………………..Tfno.: ……………….. LA ACTUACIÓN SE REALIZA A CONSECUENCIA DEL: Amparo de la norma constitucional del Perú la cual establece en su Art. 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal. Por haber incurrido en la conducta tipificada en el código penal vigente en su Art. 308.-C.- tipología : extraer o comercializar especies de fauna silvestre legalmente protegidas Bien Jurídico Protegido: Recurso Fauna Silvestre. Sujeto Activo: El autor o autores del ilícito. Sujeto Pasivo: El Estado Peruano Y la ley 27308 Art.221º.- Prohibición de tenencia de especies amenazadas de extinción

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Page 1: Acta de Decomiso de Fauna Silvestre

ACTA DE DECOMISO DE FAUNA SILVESTRE

ASUNTO:

Nº de Expediente:

Localidad:………………….Provincia:………………… Hora:………………… Fecha:…………….. instituciones presentes………………………………….:

Proceden al DECOMISO de…………………….. el cual se hallaba bajo la responsabilidad de D./Dña.:D.N.I./N.I.E. nº: Domiciliado/a en:………………………Localidad: ………………………………..Provincia:………………………..Tfno.:………………..

LA ACTUACIÓN SE REALIZA A CONSECUENCIA DEL:

Amparo de la norma constitucional del Perú la cual establece en su Art. 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

Por haber incurrido en la conducta tipificada en el código penal vigente en su Art. 308.-C.- tipología : extraer o comercializar especies de fauna silvestre legalmente protegidas

Bien Jurídico Protegido: Recurso Fauna Silvestre.

Sujeto Activo: El autor o autores del ilícito.

Sujeto Pasivo: El Estado Peruano

Y la ley 27308 Art.221º.- Prohibición de tenencia de especies amenazadas de extinción

Es prohibida la tenencia como mascotas de ejemplares de especies categorizadas como amenazadas de extinción, de acuerdo a lo considerado en el Artículo 272º del presente Reglamento, así como de aquellas especies incluidas en el Apéndice I de la CITES.

Y el vendado no figura en la lista de las 222 especies en peligro de extinción en el Perú, sin embargo su población se ha visto reducida debido a la caza furtiva del cual es objeto. Actualmente es una especie silvestre protegida por el estado en los Parques Nacionales Cerros de Amotape, en Tumbes y Piura, Cutervo en Cajamarca, Huascarán en Ancash, Manu en Cusco y Madre de Dios, Tingo María en Huánuco, Yanachaga Chermillén en Pasco; Reservas Nacionales de Calipuy en la Libertad, Lachay en Lima, Salinas y Aguada Blanca en Arequipa;

Page 2: Acta de Decomiso de Fauna Silvestre

Santuario Histórico de Machupiccu en Cusco. Su nombre científico es: Odocoileus virginianus de la familia: Cervidae y los nombres comunes son: Venado Cola Blanca, Venado Gris.

OBSERVACIONES

………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

Que en testimonio de lo actuado se da por terminada a las ___: ___ horas del día de la fecha por ………………………………………….., estando presentes…………………………………………………………………………….. los cuales se hallan conformes en todos sus extremos por los que en ella han intervenido…………………………………………

Será remitida a la Autoridad competente para los efectos del proceso según ley.

El/la Responsable

(Firma y D.N.I.)

Instituciones

(Firma/s, Nº y Sello)