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“2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata” Secretaría Técnica Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0. Página 1 de 21 · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · Insurgentes Sur No. 954, Col. Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100. Tel. (55) 1205 • 9000 www.prodecon.gob.mx ACTA DE ACUERDOS CUARTA SESIÓN ORDINARIA ÓRGANO DE GOBIERNO PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE 3 DE DICIEMBRE DE 2019 En la Ciudad de México, siendo las 8:31 horas del 3 de diciembre de 2019, previa convocatoria de 26 de noviembre del presente año, se reunieron los integrantes del Órgano de Gobierno en la sala de juntas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, ubicada en el piso 11 de la Avenida Insurgentes Sur 954, Colonia Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, para llevar a cabo su Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno 2019, en términos de los artículos 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y 17 del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. La Sesión fue presidida por el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente y Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción III y 18, primer y segundo párrafos, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, quien contó con voz, voto y voto de calidad en caso de empate. Se contó con la asistencia de los siguientes Consejera y Consejeros Independientes nombrados en orden alfabético por su apellido paterno: doctora ALIL ADRIANA ÁLVAREZ ALCALÁ MENDOZA, licenciado MARIANO AZUELA GÜITRÓN, licenciado JOSÉ MIGUEL BUITRÓN PINEDA, licenciado AUGUSTO FERNÁNDEZ SAGARDI, maestro RODRIGO MUÑOZ SERAFÍN y licenciado RAFAEL SANDOVAL GILES, quien se incorporó en el punto VII del orden del día. Se contó también con la presencia de los siguientes Consejeros Suplentes, en calidad de invitados, nombrados en orden alfabético por su apellido paterno: licenciada MARÍA DEL CARMEN ARTEAGA ALVARADO, maestro MOISÉS BERNACHÉ CALDERÓN, y doctor CARLOS ALBERTO BURGOA TOLEDO. En términos del artículo 18, tercer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y 29 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se contó con la presencia del licenciado RENÉ TRIGO RIZO, Comisario Público Propietario designado en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Asimismo, como invitados, en términos del artículo 18, tercer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del

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  • “2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata” Secretaría Técnica

    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    ACTA DE ACUERDOS CUARTA SESIÓN ORDINARIA

    ÓRGANO DE GOBIERNO PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    3 DE DICIEMBRE DE 2019

    En la Ciudad de México, siendo las 8:31 horas del 3 de diciembre de 2019, previa convocatoria de 26 de noviembre del presente año, se reunieron los integrantes del Órgano de Gobierno en la sala de juntas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, ubicada en el piso 11 de la Avenida Insurgentes Sur 954, Colonia Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, para llevar a cabo su Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno 2019, en términos de los artículos 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y 17 del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. La Sesión fue presidida por el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente y Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción III y 18, primer y segundo párrafos, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, quien contó con voz, voto y voto de calidad en caso de empate. Se contó con la asistencia de los siguientes Consejera y Consejeros Independientes nombrados en orden alfabético por su apellido paterno: doctora ALIL ADRIANA ÁLVAREZ ALCALÁ MENDOZA, licenciado MARIANO AZUELA GÜITRÓN, licenciado JOSÉ MIGUEL BUITRÓN PINEDA, licenciado AUGUSTO FERNÁNDEZ SAGARDI, maestro RODRIGO MUÑOZ SERAFÍN y licenciado RAFAEL SANDOVAL GILES, quien se incorporó en el punto VII del orden del día. Se contó también con la presencia de los siguientes Consejeros Suplentes, en calidad de invitados, nombrados en orden alfabético por su apellido paterno: licenciada MARÍA DEL CARMEN ARTEAGA ALVARADO, maestro MOISÉS BERNACHÉ CALDERÓN, y doctor CARLOS ALBERTO BURGOA TOLEDO. En términos del artículo 18, tercer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y 29 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se contó con la presencia del licenciado RENÉ TRIGO RIZO, Comisario Público Propietario designado en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Asimismo, como invitados, en términos del artículo 18, tercer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del

  • “2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata” Secretaría Técnica

    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    Contribuyente se contó con la presencia del licenciado MARCO ANTONIO PONCE HERNÁNDEZ, Visitador General y Encargado de Despacho de la Secretaría General, del licenciado LUIS FERNANDO BALDERAS ESPINOSA, Director General de Acuerdos Conclusivos A, en suplencia por ausencia del Titular de la Subprocuraduría General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción II, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción I, inciso a), del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y del licenciado FRANCISCO ALEJANDRO MARTÍNEZ ORTIZ, Director General de Planeación y Desarrollo Institucional. De igual forma, en términos del artículo 55 del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, se contó con la presencia del licenciado ALFONSO QUIROZ ACOSTA, Titular del Órgano Interno de Control (OIC) en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. La maestra ERIKA BERLANGA TORRES actuó como Secretaria Técnica del Órgano de Gobierno y la licenciada ELSA PÉREZ MARTÍNEZ como Prosecretaria, con el fin de desahogar los puntos del siguiente:

    ORDEN DEL DÍA

    I. BIENVENIDA A LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO, COMISARIOS E INVITADOS. A nombre del maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente y Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción III y 18, primer y segundo párrafos, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, se les dio una cordial bienvenida a los Consejeros, Comisarios e invitados, agradeciéndoles su presencia a la Sesión.

    II. LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE QUÓRUM. Con fundamento en los artículos 12, párrafo sexto, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 18, primer y segundo párrafos, y 29, fracción X, de su Estatuto Orgánico y de acuerdo a los registros de la lista de asistencia, la Secretaria Técnica, maestra ERIKA BERLANGA TORRES corroboró que se encontraban presentes 6 de los 7 integrantes del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por lo que siendo mayoría, se declaró la existencia del quórum legal necesario para llevar a cabo su Cuarta Sesión Ordinaria de 2019.

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    Habiendo quórum legal, se declaró instalada a las 8:35 horas del 3 de diciembre, la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, correspondiente al año 2019. En este acto se aclaró que todos los Consejeros, Comisarios e invitados tienen derecho a voz, contando únicamente con derecho a voto los Consejeros Independientes.

    III. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. Se sometió a consideración de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno, la dispensa de la lectura de la propuesta del orden del día que se anexó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. Por unanimidad de votos de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno se dispensó la lectura de la propuesta del orden del día. Con fundamento en los artículos 12, párrafos sexto y séptimo y 13, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 18, primer y segundo párrafos, 20, primer párrafo, 24 y 29, fracción XI, de su Estatuto Orgánico, se sometió a votación de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno, la aprobación de la propuesta del orden del día relativo a la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de 2019, que se les dio a conocer a través de la convocatoria de 26 de noviembre del presente año. Por unanimidad de votos de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno se aprobó el orden del día correspondiente a su Cuarta Sesión Ordinaria de 3 de diciembre de 2019.

    IV. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2019. Se sometió a consideración de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno, la dispensa de la lectura del Acta de su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019, la que se hizo de su conocimiento a través del Anexo 1 de la propuesta del orden del día que se adjuntó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. Por unanimidad de votos de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno se dispensó la lectura del Acta de su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019.

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    Con fundamento en los artículos 12, párrafos sexto y séptimo y 13, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 18, primer y segundo párrafos, 20 primer párrafo, 21 y 29, fracciones VI y XI, de su Estatuto Orgánico, se sometió a votación de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno la aprobación del Acta de su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019. Se informó que es parte integrante de dicha Acta, la correspondiente Acta de Acuerdos adoptados en esa misma Sesión.

    Por unanimidad de votos de los integrantes presentes del Órgano de Gobierno se aprobó el Acta de su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019, así como el Acta de Acuerdos adoptados en dicha Sesión y que forma parte de la misma.

    V. ESTADO DE CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL ÓRGANO DE GOBIERNO. Con fundamento en los artículos 29, fracciones III y IV, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la Secretaria Técnica, maestra ERIKA BERLANGA TORRES procedió a informar el estado de cumplimiento y seguimiento de los acuerdos adoptados por el Órgano de Gobierno, el cual se adjuntó como Anexo 2 de la propuesta del orden del día que se acompañó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. Con relación al Acuerdo SO2/OG/ST/05/2012 por medio del cual se aprobó que como buena práctica administrativa de transparencia y rendición de cuentas se publiquen en la página electrónica oficial de PRODECON las actas de acuerdos de las sesiones del Órgano de Gobierno; la Secretaria Técnica informó que en fecha 19 de septiembre de 2019 solicitó, a través del Sistema SIA-ST, a la Dirección General Adjunta de Cultura Contributiva la publicación del Acta de Acuerdos de la Segunda Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno celebrada el 21 de mayo de 2019, en la página electrónica oficial de PRODECON y en ventanilla.gob.mx., misma que ya se encontraba publicada. Por la naturaleza del Acuerdo, la Secretaria Técnica indicó que se trataba de una actividad continua. Con relación al Acuerdo SO3/OG/ST/01/2019 por medio del cual con relación a la preocupación por parte de los integrantes del Órgano de Gobierno de PRODECON, en el sentido de que el presupuesto de la Procuraduría deba sujetarse a un techo presupuestario asignado por la Secretaría de Hacienda y

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    Crédito Público menor al del ejercicio anterior, se encomendó a la Secretaria Técnica de dicho Órgano Colegiado para que llevara a cabo el proyecto de comunicado que se remitiría al Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la LXIV Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con copia al Secretario de Hacienda, el cual debía estructurarse de la siguiente manera: i) expresar qué tipo de Organismo es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; ii) señalar la conformación de la Procuraduría; iii) referir la integración del Órgano de Gobierno, así como su facultad para analizar y, en su caso, aprobar el proyecto de Presupuesto de la Procuraduría, y iv) expresar la preocupación de los integrantes del Órgano de Gobierno respecto a que el techo global presupuestario asignado a la Procuraduría contraviene lo dispuesto en el último párrafo del artículo 2 de su Ley Orgánica. Una vez revisado el proyecto del comunicado con el Encargado de Despacho de la Procuraduría, se remitiera a la Consejera y Consejeros Independientes del Órgano de Gobierno, para sus observaciones, firma y posterior notificación a las instancias correspondientes. La Secretaria Técnica, maestra ERIKA BERLANGA TORRES informó que en fecha 17 de septiembre de 2019, mediante correo electrónico institucional, remitió el proyecto de comunicado a que hace referencia el Acuerdo de Seguimiento a la Consejera y Consejeros del Órgano de Gobierno, para sus observaciones. En fecha 19 de septiembre de 2019 se recabaron las firmas de la Consejera y Consejeros del Órgano de Gobierno. Finalmente, en esa misma fecha se notificó el comunicado al Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la LXIV Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al Secretario de Hacienda. Por lo anterior, la Secretaria Técnica indicó que el Acuerdo se daba por concluido. Con relación a este Acuerdo, el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN intervino para comentar de forma breve el acercamiento que tuvo con el Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la LXIV Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para tratar el tema del presupuesto de la Procuraduría, informando que en gran parte gracias a la intervención del Diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, el presupuesto de la Institución no se vio disminuido, lo cual, permitirá la operación de PRODECON bajo los mismos estándares de calidad. Se consultó a los integrantes del Órgano de Gobierno si tenían algún comentario con respecto al estado de cumplimiento y seguimiento de

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    acuerdos. No habiendo comentarios, los integrantes del Órgano de Gobierno se dieron por enterados del estado de cumplimiento y seguimiento de los acuerdos adoptados.

    VI. INFORME SOBRE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS POR EL COMISARIATO. La Secretaria Técnica, maestra ERIKA BERLANGA TORRES informó sobre el seguimiento y atención que la Procuraduría ha dado a las recomendaciones que el Comisariato formuló a través del oficio CGOVC/113/HA/125/2018 de fecha 17 de mayo de 2019 y que corresponden al informe de actividades y autoevaluación 2018 de PRODECON, soporte que se adjuntó como Anexo 3 de la propuesta del orden del día que se acompañó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. La maestra ERIKA BERLANGA TORRES, a manera de recordatorio, señaló que son cinco recomendaciones informadas a través del oficio referido en el párrafo que antecede: • Recomendación SO2/01/2019 por medio de la cual con relación a las 2,206

    solicitudes de Acuerdo Conclusivo recibidas en 2018, se solicitó a la Institución se informara el número de Acuerdos suscritos en el periodo reportado, así como los que se encontraban en trámite y en su caso, los que se determinaron improcedentes, con el fin de que se mostrara la eficiencia en su operación.

    • Recomendación SO2/02/2019 por medio de la cual respecto a la continuidad en la implementación del Servicio Profesional de Carrera, se solicitó a la administración informara el estado específico en que se encontraba el proceso, asimismo, se presentara un programa de trabajo calendarizado, con responsables y fecha compromiso para su conclusión.

    • Recomendación SO2/03/2019 relativa a las adquisiciones, arrendamientos de todo tipo de bienes y prestación de servicios que contrata la institución para el cumplimiento de sus objetivos, se recomendó a la administración vigilar que éstas se lleven a cabo con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, privilegiando las licitaciones públicas y asegurando las mejores condiciones para el Estado, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 Constitucional. Asimismo, se informara periódicamente las acciones implementadas y las contrataciones celebradas por tipo de procedimiento.

    • Recomendación SO2/04/2019 por medio de la cual con relación al programa presupuestario E028 “Protección y Defensa de los Contribuyentes”, y avances que se presentan en la Matriz de Indicadores para Resultados al 31 de

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    diciembre de 2018, se recomendó a la Institución realizar un análisis de las causas que originaron las variaciones significativas, se considerara la procedencia de revalorar las metas y, en su caso, redefinir los indicadores, con el fin de que permitan medir objetivamente los avances en la gestión, respecto del nivel de cumplimiento de los objetivos estratégicos que se establecieran, de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo.

    • Recomendación SO2/05/2019 por medio de la cual se sugirió a la administración que en lo subsecuente se integren al informe de actividades y de autoevaluación, los avances alcanzados en cada periodo, con relación a las metas comprometidas en el Programa Anual de Trabajo (PAT) autorizado por el Órgano de Gobierno, adicional al comparativo que presentan con relación a los resultados obtenidos en el año inmediato anterior, con la finalidad de evaluar los niveles de eficiencia y eficacia del desempeño de la Institución.

    La Secretaria Técnica agregó que el seguimiento y avance de atención a dichas recomendaciones no había variado, y toda vez que de dicho seguimiento y atención se dio cuenta en la Sesión previa, en la que en términos generales se comunicó que las recomendaciones relativas a información de 2018 habían sido atendidas y solventadas en el propio informe de actividades y autoevaluación 2018 de PRODECON, y las relativas a información de 2019 serían solventadas en el informe de actividades y autoevaluación 2019, que se presentaría ante el Órgano de Gobierno en 2020; así como que en fecha 27 de mayo de 2019 se remitió un correo al Comisariato y Consejeros del órgano de Gobierno informando sobre el cumplimiento dado a las recomendaciones SO2/01/2019, SO2/02/2019, SO2/03/2019 y SO2/05/2019, y el 1° de agosto de 2019, uno diverso donde se informó del cumplimiento a la Recomendación SO2/04/2019, es que en la sesión que transcurría, señaló que no se consideraba necesario volver a dar cuenta de la misma información que ya se había hecho de su conocimiento. Finalmente recordó que en la Tercera Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno celebrada el 12 de septiembre de 2019, la entonces Comisaria Pública Suplente de PRODECON, contadora pública BRIGITTE CORNEJO JIMÉNEZ, intervino para comentar que con relación a las cinco recomendaciones, relativas al informe de actividades y autoevaluación 2018 de PRODECON, la información correspondiente debía incluirse en los subsecuentes informes de actividades y autoevaluación. Respecto de lo cual se le cuestionó si dado que las recomendaciones SO2/01/2019 y SO2/04/2019 estaban acotadas a información correspondiente al ejercicio 2018 y la misma ya se había incluido en el informe de

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    referencia y remitido la evidencia mediante correo electrónico institucional a los Consejeros y Comisarios, dichas recomendaciones podrían darse por solventadas, o si sería hasta que se presentara el informe de actividades y autoevaluación 2019 que ello ocurriría, y si en este último caso, debía incluirse la información correspondiente al ejercicio 2019. En respuesta a ello, la contadora pública BRIGITTE CORNEJO JIMÉNEZ mencionó que la opinión del Comisariato respecto al informe de actividades y autoevaluación 2018 de PRODECON ya se había emitido y notificado, por lo que la información correspondiente a estos temas debía incluirse en el informe de actividades y autoevaluación 2019 y, que en su oportunidad, el Comisariato realizaría el pronunciamiento respecto a la atención dada a todas las recomendaciones. Aclarando que de las recomendaciones (SO2/01/2019 y SO2/04/2019), efectivamente debía proveerse información correspondiente a 2019. La maestra ERIKA BERLANGA TORRES, Secretaria Técnica, cuestionó al Comisario Público Propietario, si tenía algún comentario o pronunciamiento al respecto. En respuesta, el licenciado RENÉ TRIGO RIZO reiteró que dado que el Comisariato, previo a que se remitiera la evidencia de cumplimiento referida por la Secretaria Técnica a las recomendaciones, ya había emitido su opinión respecto del informe de actividades y autoevaluación 2018 de PRODECON, ya no fue posible tenerlas por solventadas en dicha opinión; sin embargo debía entenderse que se tenían por solventadas y que así se precisaría en el informe de actividades y autoevaluación 2019 de PRODECON. Para mejor referencia se transcribe en la presente Acta el seguimiento dado en la Tercera Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno celebrada el 12 de septiembre de 2019 a las recomendaciones de mérito: En torno a la Recomendación SO2/01/2019 se informó que: “en fecha 4 de julio de 2019, a través del Sistema SIA-ST, se dio a conocer la citada Recomendación a la Secretaría General y a la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional; en fecha 27 de mayo de 2019 la Secretaria Técnica remitió un correo electrónico a los Comisarios y Consejeros del Órgano de Gobierno informando que se daba cumplimiento a la presente Recomendación, dado que en la página 35 del Informe de Actividades y Autoevaluación enero-diciembre 2018 de PRODECON, se incluyó la información requerida en cuanto a los Acuerdos Conclusivos suscritos, en trámite y los improcedentes, correspondientes al periodo reportado; adjuntándose al correo el Informe mencionado, además de

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    solicitarse al Comisariato refiriera si con la evidencia remitida se tendría como atendida y solventada la Recomendación.” Respecto a la Recomendación SO2/02/2019 se informó que: “en fecha 4 de julio de 2019, a través del Sistema SIA-ST, se dio a conocer la citada Recomendación a la Secretaría General y a la Dirección de Recursos Humanos; el pasado 27 de mayo, la Secretaria Técnica remitió un correo electrónico a los Comisarios y Consejeros del Órgano de Gobierno informando que se daba cumplimiento a la presente Recomendación, dado que en la página 59 del Informe de Actividades y Autoevaluación enero-diciembre 2018 de PRODECON se incluyó la información requerida en cuanto a la implementación y estado del Servicio Profesional de Carrera (SPC). Aclarándose en dicha página que durante el periodo comprendido de enero a diciembre de 2018 se evaluó tanto en Oficinas Centrales como en Delegaciones al personal activo de PRODECON para su incorporación al Sistema del SPC y que se aplicaron pruebas de habilidades para las Evaluaciones de Desempeño; se precisó que el SPC se encuentra totalmente implementado, tal y como se dio cuenta en el Informe de Actividades y Autoevaluación enero – diciembre 2017; así como que los distintos subsistemas que lo integran son de carácter continuo o cíclico, salvo el de Planeación, toda vez que los de Reclutamiento, Selección e Ingreso, Desarrollo Profesional y Separación Laboral son implementados en términos de la movilidad en las plazas de dicho Sistema; por lo que hace a los subsistemas de Capacitación y Evaluación de desempeño son de carácter anual, el primero de ellos en términos del Programa Anual de Capacitación y el segundo una vez por año. Lo anterior, entre otra información que en el apartado de referencia se incluyó con relación al SPC de PRODECON; adjuntándose al correo electrónico el Informe mencionado, además de solicitarse al Comisariato refiriera si con la evidencia remitida se tendría como atendida y solventada la Recomendación; emitiéndose recordatorios el 16 de octubre y 19 de noviembre, ambos de 2019.” Con relación a la Recomendación SO2/03/2019 se informó que: “el 4 de julio de 2019, a través del Sistema SIA-ST, se dio a conocer la citada Recomendación a la Secretaría General y a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; en la Segunda Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno celebrada el 21 de mayo de 2019, en el punto VII del orden del día, el entonces Secretario General en torno a la Recomendación de referencia comentó que: "se ha dado cabal cumplimiento a la normatividad en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, lo que aclaró se hace y se hará de manera

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    permanente y que de esa forma se precisará en los subsecuentes informes."; en fechas 1° y 8 de agosto de 2019 y 16 de octubre de 2019 y 19 de noviembre de 2019 se emitieron recordatorios.” Respecto a la Recomendación SO2/04/2019 se informó que: “en fecha 4 de julio de 2019, a través del Sistema SIA-ST, se dio a conocer la citada Recomendación a la Secretaría General y a la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional, y que el pasado 30 de julio, a través del Sistema SIA-ST, el entonces Secretario General en cumplimiento a la Recomendación de referencia señaló que: “Respecto al programa presupuestario E028 “Protección y Defensa de los Contribuyentes”, en el Informe de Actividades y Autoevaluación 2018 de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, se incorporó como anexo 4 del mismo (página 87), los avances que se presentan en la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) al 31 de diciembre de 2018, mismo que incluye un análisis de las causas que originaron las variaciones respecto del cumplimiento de las metas. No obstante, dado que no hay diferencias significativas, no se considera procedente revalorar las metas ni redefinir los indicadores. En cuanto al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, se estará a lo dispuesto en los Lineamientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de alinear los indicadores de dicha MIR con los ejes y estrategias de PND 2019-2024.”. En fecha 1° de agosto de 2019, la Secretaria Técnica remitió un correo electrónico a los Comisarios y Consejeros del Órgano de Gobierno informando sobre el comentario de cumplimiento remitido por el entonces Secretario General; adjuntándose al correo el informe mencionado, además de solicitarse al Comisariato refiriera si con la evidencia remitida se tendría como atendida y solventada la Recomendación; emitiéndose recordatorios el 16 de octubre y 19 de noviembre, ambos de 2019.” Con relación a la Recomendación SO2/05/2019 se informó que: “el 4 de julio de 2019, a través del Sistema SIA-ST, se dio a conocer la citada Recomendación a la Secretaría General y a la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional. Previamente; en fecha 27 de mayo de 2019, la Secretaria Técnica remitió un correo electrónico a los Comisarios y Consejeros del Órgano de Gobierno informando que se daba cumplimiento a la referida Recomendación, dado que en la página 36 del Informe de Actividades y Autoevaluación enero-diciembre 2018 de PRODECON se incluyó la información requerida en cuanto a los avances alcanzados en cada periodo, con relación a las metas comprometidas en el PAT, aclarándose que esta información además de incluirse en el Informe

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    2018, será incluida en los subsecuentes informes; adjuntándose al correo el Informe mencionado, además de solicitarse al Comisariato refiriera si con la evidencia remitida se tendría como atendida y solventada la Recomendación; emitiéndose recordatorios el 16 de octubre y 19 de noviembre, ambos de 2019.” Se consultó a los integrantes del Órgano de Gobierno si tenían algún comentario con respecto al informe de Recomendaciones presentado. No habiendo comentarios, los integrantes del Órgano de Gobierno se dieron por enterados del informe de Recomendaciones emitidas en la Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 21 de mayo de 2019.

    VII. SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO LA PROPUESTA DEL CALENDARIO DE SESIONES ORDINARIAS PARA EL AÑO 2020. Con fundamento en los artículos 6, fracciones I y II, 12, fracciones I y II, párrafos sexto y séptimo y 13, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; 5, Apartado A, fracción I, 16, fracción I, 18, primer párrafo, 20, primer párrafo, 21, primer párrafo y 22, primer párrafo, de su Estatuto Orgánico, se somete a consideración de los integrantes del Órgano de Gobierno la propuesta de calendario de sesiones ordinarias para el año 2020, el cual se hizo de su conocimiento como Anexo 4 de la propuesta del orden del día que se acompañó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. Al inicio del presente punto del orden del día se incorporó el Consejero Independiente, licenciado RAFAEL SANDOVAL GILES, por lo que a partir del mismo, la votación de los temas sometidos a consideración del Órgano de Gobierno se realizó por la totalidad de sus integrantes. La Secretaria Técnica del Órgano de Gobierno, maestra ERIKA BERLANGA TORRES procedió a exponer la propuesta de calendario de sesiones ordinarias para el año 2020. Con las fechas propuestas estuvieron de acuerdo los integrantes del Órgano de Gobierno, por lo que por unanimidad de votos aprobaron el siguiente:

    ACUERDO SO4/OG/ST/01/2019

    El Órgano de Gobierno con fundamento en los artículos 6, fracción II, 12, fracciones I y II, párrafos sexto y séptimo y 13, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; 5, Apartado A, fracción II, 16,

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    fracción I, 18, primer párrafo, 20, primer párrafo, 21, primer párrafo y 22, primer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, aprueba por unanimidad de votos, el calendario de sesiones ordinarias para el año 2020.

    Con relación al calendario aprobado, el Consejero, maestro RODRIGO MUÑÓZ SERAFÍN, solicitó que se respetaran las fechas aprobadas para la celebración de las sesiones para 2020. Con ello se comprometió el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN.

    VIII. SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO, LA APROBACIÓN DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL 2019-2024 DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE EL CUAL SE ENCUENTRA ALINEADO AL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024. El maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción III y 18, primer y segundo párrafos, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por conducto del Encargado de Despacho de la Secretaria General, licenciado MARCO ANTONIO PONCE HERNÁNDEZ y con fundamento en los artículos 26 y 134 de la Constitución

    CALENDARIO DE SESIONES ORDINARIAS DEL ÓRGANO DE GOBIERNO

    2020. SESIÓN

    ORDINARIA PRIMERA SEGUNDA TERCERA CUARTA

    MARZO 03/03/2020 08:30 a.m.

    JUNIO 02/06/2020 08:30 a.m.

    AGOSTO 11/08/2020 08:30 a.m.

    NOVIEMBRE

    10/11/2020 08:30 a.m.

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 12, 17, fracción II, 24 y 27, de la Ley de Planeación; 1, 2, fracción XVI, 4, 7, 16, 24, 25, 27, 28, 61, 85, 107, 110, 111 y artículo Sexto Transitorio, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1 y artículos Cuarto y Sexto Transitorios, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 2, 11, 14, 47, 48, 49, 50, 52, 59, fracciones I, II, III, VIII y X, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 22 de su Reglamento; 3, fracción I, 9, 17 Bis y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, fracción I, 8, fracciones I, II, VII y XI, 12, fracciones I y II, párrafos sexto y séptimo y 13, fracciones II y VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; y 5, apartado A, fracción I, 15, fracción XI, 16, fracción II, 18, primer y segundo párrafos, 20, primer párrafo y 21, primer párrafo, de su Estatuto Orgánico, sometió a consideración de los integrantes del Órgano de Gobierno, la aprobación del Programa Institucional 2019-2024 de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, el cual señaló se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y se hizo de su conocimiento a través del anexo 5 de la propuesta del orden del día que se acompañó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019.

    El maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN refirió que a nivel federal se traza el Plan Nacional de Desarrollo, y las dependencias y entidades alinean sus programas institucionales a dicho Plan. Por su parte, el Encargado de Despacho de la Secretaría General MARCO ANTONIO PONCE HERNÁNDEZ expuso brevemente el contenido del plan, destacando además que el mismo retomaba uno de los doce principios rectores del Plan Nacional de Desarrollo que establece “Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie”, tendiente a que se debe desempeñar el poder con apego a la ley, observando los derechos humanos y bajo la premisa del diálogo. Agregó que bajo esa premisa, el Plan Institucional de la Procuraduría que se sometía a aprobación estaba cimentado en la atención a dos problemáticas públicas de carácter general, la primera vinculada a que el acceso a la justicia fiscal no está plenamente garantizada, y la segunda, con relación a que la actual estructura del sistema tributario en México genera conflictos recurrentes entre contribuyentes y autoridades fiscales; para lo cual se instituyeron dos objetivos torales o prioritarios: i) Asegurar el ejercicio del derecho a la justicia en materia fiscal en el orden federal y ii) Abatir las causas que generan conflictos entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, derivadas de la estructura del sistema tributario, los cuales se busca cumplir, a través de las facultades y atribuciones sustantivas de PRODECON, consistentes en la prestación de los servicios de asesoría, consultas, quejas y reclamaciones,

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    acuerdos conclusivos, representación legal y análisis sistémicos, así como con las reuniones periódicas con las autoridades fiscales, difusión de la cultura contributiva y propuestas de modificación a las disposiciones fiscales federales e internas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La Secretaria Técnica consultó a los integrantes del Órgano de Gobierno si tenían algún comentario con respecto al Programa Institucional 2019-2024 de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. No habiendo comentarios, los integrantes del Órgano de Gobierno aprobaron por unanimidad de votos, el siguiente Acuerdo:

    ACUERDO SO4/OG/ST/02/2019

    El Órgano de Gobierno con fundamento en los artículos 26 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 12, 17, fracción II, 24 y 27, de la Ley de Planeación; 1, 2, fracción XVI, 4, 7, 16, 24, 25, 27, 28, 61, 85, 107, 110, 111 y artículo Sexto Transitorio, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1 y artículos Cuarto y Sexto Transitorios, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 2, 11, 14, 47, 48, 49, 50, 52, 59, fracciones I, II, III, VIII y X, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 22 de su Reglamento; 3, fracción I, 9, 17 Bis y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, fracción II, 12, fracciones I y II, párrafos sexto y séptimo y 13, fracciones II y VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; y 5, apartado A, fracción II, 16, fracción II, 18, primer y segundo párrafos, 20, primer párrafo y 21, primer párrafo, de su Estatuto Orgánico, aprueba por unanimidad de votos, el Programa Institucional 2019-2024 de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, el cual se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

    IX. EN SEGUIMIENTO AL ACUERDO SO1/OG/ST/06/2016 SE PRESENTA A LOS

    INTEGRANTES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO EL INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DE VISITAS ORDINARIAS CORRESPONDIENTES A LA SEXTA Y SÉPTIMA SESIONES ORDINARIAS DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE DELEGACIONES DE 2019. El licenciado LUIS FERNANDO BALDERAS ESPINOSA, Director General de Acuerdos Conclusivos A, en su carácter de Encargado de Despacho de la Subprocuraduría General, presentó a los integrantes e invitados del Órgano de Gobierno el informe sobre los resultados de visitas ordinarias correspondiente a la Sexta y Séptima sesiones ordinarias del Comité de

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    Evaluación de Delegaciones de 2019, mismo que se hizo del conocimiento de los integrantes del Órgano de Gobierno, a través del Anexo 6 de la propuesta del orden del día que se acompañó a la convocatoria de 26 de noviembre de 2019. La maestra ERIKA BERLANGA TORRES señaló que tal y como se había hecho en sesiones pasadas, la presentación se centraría únicamente en dos delegaciones, proponiendo las de Nuevo León, por lo que hacía a la Sexta Sesión Ordinaria y Tamaulipas, correspondiente a la Séptima Sesión Ordinaria, con lo cual estuvieron de acuerdo los integrantes del Órgano de Gobierno. El licenciado LUIS FERNANDO BALDERAS ESPINOSA especificó que en el informe se reportaban los resultados de las visitas ordinarias correspondientes a la Sexta y Séptima sesiones ordinarias del Comité de Evaluación de Delegaciones de 2019, realizadas a ocho delegaciones, siendo estas: Oaxaca, Nuevo León, Chiapas, Hidalgo, Tamaulipas, Aguascalientes, Baja California Sur y Jalisco; reiterando que su presentación se centraría únicamente en las delegaciones de Nuevo León y Tamaulipas. El Director General de Acuerdos Conclusivos A destacó los siguientes datos y resultados relativos al periodo de enero a octubre de 2019, de las delegaciones de Nuevo León y Tamaulipas: a) Crecimiento en el número de servicios con respecto a la visita realizada en el mismo periodo de 2018: Nuevo León 9.7% y Tamaulipas 3.8%; b) Muestra de asuntos revisados: Nuevo León 487 y Tamaulipas 677 asuntos revisados; c) Porcentaje de observaciones de fondo conforme a la muestra revisada: Nuevo León 17% y Tamaulipas 35%. Precisó que el Comité de Evaluación de Delegaciones en la Sexta y Séptima Sesiones Ordinarias de 2019, donde se revisaron los resultados de las visitas realizadas a las Delegaciones de Nuevo León y Tamaulipas, respectivamente, calificó el desempeño de dichas Delegaciones como “Efectivo” . Atendiendo a la petición de uno de los Consejeros, el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN encomendó a la Secretaria Técnica a efecto de que informara a la Visitaduría General para que en los próximos informes sobre los resultados de visitas a Delegaciones que se presenten al Órgano de Gobierno, en el apartado correspondiente a los servicios de representación legal, se realice la clasificación de los medios de defensa que se interpusieron en el periodo que se reporta.

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    Derivado de ciertos comentarios vertidos por algunos integrantes del Órgano de Gobierno, éstos se dieron por enterados de los resultados de las visitas ordinarias correspondientes a la Sexta y Séptima sesiones ordinarias del Comité de Evaluación de Delegaciones de 2019.

    X. ASUNTOS GENERALES.

    a. SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO DE GOBIERNO LA RATIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCER LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS QUE SE DESTINARÁN A LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE PRODECON PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 EN CANTIDAD DE $35’580,370.00 MILLONES DE PESOS, LO QUE FUE APROBADO EN SU TERCERA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2019, ASÍ COMO LA AUTORIZACIÓN PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS APROBADOS. El maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente y Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción III y 18, primer y segundo párrafos, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por conducto del Encargado de Despacho de la Secretaría General, licenciado MARCO ANTONIO PONCE HERNÁNDEZ y con fundamento en los artículos 2, 6, fracción I, 8, fracciones I, II y XII, 12, fracciones I y II y párrafos sexto y séptimo, y 13, fracciones V y VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; artículo 14, párrafo primero, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 (PEF 2019), y artículos 4, 5, apartado A, fracción I, 15, fracciones I, II, V, XXII, XXIV y XXVI, 16, fracciones IV y X, 18, primer párrafo, 20, primer párrafo y 21, primer párrafo del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, sometió a consideración de los integrantes del Órgano de Gobierno, la ratificación de la autorización para ejercer los recursos presupuestarios que se destinarán a la Campaña de Comunicación Social de PRODECON para el ejercicio fiscal 2019 en cantidad de $35,580,370.00 millones de pesos, lo que fue aprobado en su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019, así como la autorización para la redistribución de los recursos presupuestarios aprobados, lo cual se hizo de su conocimiento a través del Anexo 7 que se distribuyó previo a la Sesión.

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    El maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN expuso una serie de antecedentes con relación al tema, destacando que de una reunión de trabajo con el área de comunicación social de la Presidencia de la República, se habilitaron los tiempos para que la Campaña de Comunicación Social de PRODECON para 2019 pudiera publicitarse en medios de comunicación; razón por la cual sometía a consideración del Órgano de Gobierno la ratificación de la autorización para ejercer los recursos presupuestarios que se destinarán a la Campaña de Comunicación Social de PRODECON para el ejercicio fiscal 2019 en cantidad de $35,580,370.00 millones de pesos, ejercicio de recursos que se había aprobado en su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019, así como la autorización para su redistribución, precisando que para ello se consideró la opinión de la Dirección de Comunicación Social de la Procuraduría, a cargo de un experto en Comunicación Social, así como los medios de comunicación que tienen mayor aceptación entre el público en general, lo que permitirá que la publicidad en materia de justicia tributaria llegue a un mayor número de personas que requieran de los servicios que ofrece la Procuraduría. El licenciado MARCO ANTONIO PONCE HERNÁNDEZ acotó que la redistribución que se proponía de los recursos presupuestarios aprobados para la Campaña de Comunicación Social de PRODECON 2019, únicamente se estaba enfocando a la difusión de la Campaña, a través de radio, periódicos, medios digitales y complementarios (parabuses), eliminándose la difusión en televisión, bajo-puentes y dovelas en el Sistema de Transporte Colectivo Metro; recalcando que la intención era aprovechar al máximo los recursos para difundir los servicios de PRODECON. Los integrantes del Órgano de Gobierno expresaron sus comentarios y derivado de ello, aprobaron por unanimidad de votos, el siguiente Acuerdo:

    ACUERDO SO4/OG/ST/03/2019

    El Órgano de Gobierno con fundamento en los artículos 2, 6, fracción II, 12, fracciones I y II y párrafos sexto y séptimo, y 13, fracciones V y VII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; artículo 14, párrafo primero, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 (PEF 2019), y artículos 4, 5, apartado A, fracción II, 16, fracciones IV y X, 18, primer párrafo, 20, primer párrafo y 21, primer párrafo de su Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por

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    Esta hoja forma parte del Acta de Acuerdos de la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, celebrada el 3 de diciembre de dos mil diecinueve. FO-ST-ACOG. Acta de Acuerdos de la Sesión del Órgano de Gobierno. Versión 3.0.

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    unanimidad de votos, ratifica la autorización para ejercer los recursos presupuestarios que se destinarán a la Campaña de Comunicación Social de PRODECON para el ejercicio fiscal 2019 en cantidad de $35,580,370.00, lo que fue aprobado en su Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2019, así como la autorización para la redistribución de los montos que integran dicho recurso presupuestario, por cada medio, en los siguientes términos:

    MEDIOS MONTO PORCENTAJE IMPRESOS (DIARIOS) $14,007,100 40% RADIODIFUSORAS $14,173,360 40% MEDIOS DIGITALES $5,599,910 15% MEDIOS COMPLEMENTARIOS (PARABUSES)

    $1,350,000 4%

    POST-TEST $450,000 1% TOTAL DE PRESUPUESTO ASIGNADO CON RECORTE DE 30%

    $35,580,370 100%

    b. TEMAS RELEEVANTES DE LA REFORMA FISCAL 2020 Y SU IMPACTO EN

    PRODECON. El Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente y Titular en funciones en suplencia por ausencia del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN, como de antecedente señaló que del 1° de enero de 2019 al 2 de diciembre de 2019, PRODECON había prestado un total de 253,925 servicios a nivel nacional, cifra que comparada con el mismo periodo de 2018 reflejaba una pequeña disminución, lo cual obedecía a que se han perfeccionado algunos protocolos de atención a los contribuyentes. Explicó que el eje rector que se estableció como línea de acción y que motivará la actuación de los servidores públicos de PRODECON es la “Renovación”. En ese tenor, señaló que instruyó al personal de PRODECON para estar a la altura de la Reforma Fiscal 2020 e ir un paso adelante de las autoridades fiscales, pues si bien a la fecha no se había publicado dicha reforma, la intención de PRODECON es que antes de concluir 2019 se diera a conocer a los contribuyentes los servicios que brindará PRODECON alineados con las figuras jurídicas que entraran en

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    vigor con motivo de aquélla, esto, a través de foros que se realizarían tanto en área central como en delegaciones con el objeto de dar a conocer la postura que asumirá el Ombudsman fiscal al respecto. Por otro lado, comentó que la política de la Procuraduría en 2020 será “cero confrontación”, ya que a su juicio, la finalidad del Ombudsman fiscal no es recomendar y exhibir a las autoridades fiscales que actúan o ejercen sus facultades de manera arbitraria, sino resolver de manera favorable las problemáticas de los contribuyentes. Finalmente acotó que, gracias a la participación e intervención de la Procuraduría en diferentes foros, se logró atenuar en favor de los contribuyentes algunas figuras jurídicas contempladas en la Reforma Fiscal 2020. Algunos Consejeros intervinieron para felicitar al Titular en funciones en suplencia por ausencia por el entusiasmo con el que se enfrentaría la Reforma Fiscal 2020 por parte de PRODECON; aunado a ello, uno de ellos externó su preocupación con respecto a la Reforma Penal Fiscal, que en su opinión, resultaba bastante agresiva y desproporcionada. Al respecto, el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN mencionó que las autoridades fiscales que tienen la facultad para ejercer esa atribución punitiva consideran que el delito tiene que ser calificado para que puedan aplicarse las medidas que establece la reforma penal fiscal; destacando que PRODECON no tiene competencia material para conocer de manera directa dichos asuntos; sin embargo, se mantendría al pendiente, pues de forma indirecta sí se podría apoyar a través de la figura del amicus curiae, a través de la cual incluso ya se había apoyado en tres casos. Acotó que parte de la preparación para asistir a los contribuyentes y continuar con el buen prestigio de la Institución que dejó la licenciada DIANA BERNAL LADRÓN DE GUEVARA, es la capacitación y, que en el caso concreto, los servidores públicos de PRODECON la recibirán de un Juez Penal, pues si bien es cierto insistió que la Procuraduría no es competente de manera directa en materia de delitos fiscales, también lo es que sí puede orientar a los contribuyentes en dicha materia, a través de la figura señalada. Otros Consejeros intervinieron para expresar su preocupación puntual con respecto algunos temas de la Reforma Fiscal 2020, los cuales fueron escuchados por el Encargado de Despacho de la Procuraduría, quien señaló que ya se tenían identificadas las posibles problemáticas y que se estaría trabajando en ello, en una completa interlocución con las autoridades y el foro fiscal.

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    Finalmente, el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN comentó que en el mes de noviembre se publicarían cinco cuadernillos en los que se recopila la experticia de PRODECON en los siguientes temas: i) ABC de la cancelación de los Certificados de Sello Digital. (17-H y 17-H Bis CFF); ii) Materialidad de las Operaciones. (69-B CFF); iii) Amicus Curiae en materia fiscal penal; iv) Ley Orgánica de PRODECON comentada; y, v) Ley de los Derechos de los Contribuyente comentada. Lo anterior con el objeto de orientar al contribuyente.

    c. ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD PARA REFLEJAR LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE PRODECON Y ATRIBUCIONES DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS. El licenciado ALFONSO QUIROZ ACOSTA, Titular del Órgano Interno de Control en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, refirió que la Procuraduría, por Ley, estaba obligada a actualizar su normatividad, tal como la Ley Orgánica, Estatuto Orgánico, Manuales Específicos de Organización y perfiles de puesto, para adecuarlos a la estructura y atribuciones actuales de PRODECON y sus servidores públicos. Agregó que, cuando las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica no se encuentran definidas para los servidores públicos responsables de ejercerlas en el Estatuto Orgánico y Manuales Específicos de Organización, ello puede provocar que en una controversia en materia de responsabilidades administrativas, no se tengan los elementos para la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, lo que resultaba delicado. En ese sentido, exhortó a trabajar de manera responsable en la actualización de la estructura y normativa de PRODECON para que ésta funcione adecuadamente y que de esta forma se fortalezca la labor social que realiza el Ombudsman fiscal. Al respecto, el maestro LUIS ALBERTO PLACENCIA ALARCÓN señaló que se tomaba nota y que se trabajaría en ello en la medida en que las actividades de la Procuraduría lo permitieran. Acotó que ya se estaba trabajando en la actualización de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de PRODECON, a fin de incorporar algunas figuras jurídicas, actualizar, en algunos casos, la forma en que se opera en los distintos servicios e incorporar lo relativo a la comunicación electrónica con las autoridades fiscales, sobre todo en la posibilidad de requerirles informes de manera electrónica. En ese sentido, solicitó a los Consejeros del Órgano de Gobierno su apoyo, para que en caso de ser necesario, se realizara una Sesión Extraordinaria en la que se presentará la propuesta de modificación a los referidos Lineamientos y al

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    Estatuto Orgánico, y con ellos se cierre cualquier resquicio que genere retraso en la prestación de los servicios que ofrece la Procuraduría.

    XI. CLAUSURA DE LA SESIÓN. La Secretaria Técnica agradeció la presencia de las Consejeras, Consejeros, Comisario e invitados. Al finalizar, inquirió si tenían deseo de ventilar algún otro tema, al no haberlo, se levantó la Cuarta Sesión Ordinaria del Órgano de Gobierno a las 9:59 horas del martes 3 de diciembre de 2019.

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    Secretaría Técnica

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    Anexo del Acuerdo del SO4/OG/ST/02/2019

    Aprobado por el Órgano de Gobierno en su Cuarta Sesión

    Ordinaria celebrada el 3 de diciembre de 2019.

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    Programa Institucional 2019-2024 de la Procuraduría

    de la Defensa del Contribuyente

    Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

    PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

    2019-2024

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    1.- Índice

    1.- Índice ----------------------------------------------------------------------------------------------------- 2

    2.- Fundamento normativo de elaboración del programa -------------------------------------- 3

    3.- Siglas y acrónimos ------------------------------------------------------------------------------------ 4

    4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa ---------------------------- 6

    5.- Análisis del estado actual --------------------------------------------------------------------------- 7

    6.- Objetivos prioritarios -------------------------------------------------------------------------------- 13

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Asegurar el ejercicio del derecho a la justicia en materia fiscal en el orden federal. ------------------------------------------------------------- 14

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Abatir las causas que generan conflictos entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, derivadas de la estructura del sistema tributario. ------------------------------------------------------------------------------------ 17

    7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales ------------------------------------------------ 20

    8.- Metas para el bienestar y Parámetros --------------------------------------------------------- 24

    9.- Epílogo: Visión hacia el futuro -------------------------------------------------------------------- 32

    10.- Lista de dependencias y entidades participantes ------------------------------------------- 33

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    2.- Fundamento normativo de elaboración del programa

    De conformidad con los artículos 25 y 26 Constitucionales, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, garantizando que sea integral y sustentable, que vele por el fortalecimiento de la soberanía nacional y su régimen democrático, y que a través del fomento del crecimiento económico y una distribución equitativa del ingreso y la riqueza, se llegue al pleno ejercicio de la libertad y el respeto de las garantías consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, de los artículos 22 y 23 de la Ley de Planeación se desprende que el Plan Nacional de Desarrollo indicará los distintos programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que coadyuvarán al desarrollo integral del país. Los derechos fundamentales establecidos por la Constitución abarcan un amplio espectro de garantías individuales. Por ello, el Estado tiene la obligación de respetarlos y garantizarlos. Uno de estos es el derecho a la justicia fiscal, entendida como el derecho de cualquier ciudadano a recibir un trato justo por parte de las autoridades fiscales. El acceso a la justicia fiscal es un derecho fundamental que toda persona tiene garantizado en un Estado moderno de derecho. En líneas generales, significa que el contribuyente tiene derecho al ejercicio y defensa de sus derechos y obligaciones tributarias, a través de los medios proporcionados por el Estado para exigirlos. El Programa Institucional de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), tiene su fundamento jurídico en los artículos 1, 2, 26 y 134 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 12, 17 fracción II, 24 y 27 de la Ley de Planeación; 1, 2 fracción XVI, 4, 7, 16, 24, 25, 27, 28, 61, 85, 107, 110, 111 y artículo sexto Transitorio de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1 y artículo cuarto y sexto Transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 1, 2, 5, 6 fracciones I y II, 8 fracciones I, II, VII, IX y XI, 12 y 13 fracción II de la Ley Orgánica de PRODECON; 1, 3 fracción I, 9, 17 bis y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11, 14, 47, 48, 49, 50, 52, 59 fracciones I, II, III, VIII y X de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y, 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Finalmente, de conformidad con el Artículo 2 de su Ley Orgánica, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión. Por lo anterior, corresponde a ésta, la responsabilidad de publicar, ejecutar y dar seguimiento a su Programa Institucional en los términos dispuestos por las disposiciones legales aplicables.

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    3.- Siglas y acrónimos

    AC: ACUERDOS CONCLUSIVOS. Acciones realizadas por personal de la Procuraduría, que promueven, transparentan y facilitan la solución anticipada y consensuada de los diferendos y desavenencias que, durante el ejercicio de facultades de comprobación, puedan surgir entre contribuyentes y autoridades fiscales. APF: Administración Pública Federal. Conjunto de órganos que auxilian al ejecutivo federal en la realización de la función administrativa. Se compone de la administración centralizada y paraestatal que consigna la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. AyC: ASESORÍA Y CONSULTA. Servicio prestado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en términos de la fracción I, del artículo 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, tiene como objetivo atender las solicitudes de los contribuyentes que deriven de los Actos Administrativos de las autoridades fiscales, a efecto de brindarles la asesoría o, en su caso, alternativas a la problemática planteada, explicando el alcance jurídico. CC: CULTURA CONTRIBUTIVA: Consiste en dar a conocer los derechos y garantías de los contribuyentes, y propiciar un sistema tributario más justo. EOPDC: Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. LOPDC: Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. MIR: Matriz de Indicadores de Resultados. OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación. PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

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    PRODECON: Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. SAT: Servicio de Administración Tributaria. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. TICs: TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN. Se refiere a la convergencia tecnológica de la computación, la microelectrónica y las telecomunicaciones para producir información en grandes volúmenes, y para consultarla y transmitirla a través de enormes distancias. Engloba a todas aquellas tecnologías que conforman la sociedad de la información, como son entre otras, la informática, Internet, multimedia o los sistemas de telecomunicaciones. UAs: UNIDADES ADMINISTRATIVAS. Las establecidas en el Estatuto y en los Manuales de Organización de la Procuraduría. UGD: Unidad Gobierno Digital.

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    4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

    La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.

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    5.- Análisis del estado actual

    I. Introducción. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 reconoce los principios constitucionales que otorgan a la ciudadanía derechos fundamentales e igualdad ante la ley, al incluir como uno de sus principios rectores:

    Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie. Este principio postula que, ante el sistemático quebrantamiento de las leyes, hemos de desempeñar el poder con estricto acatamiento al orden legal, la separación de poderes, el respeto al pacto federal, en observancia de los derechos sociales y colectivos, empezando por los derechos humanos; nada por la fuerza; todo por la razón; y solución de los conflictos mediante el diálogo.

    Asimismo, dentro del Eje General 1.- Política y Gobierno, se establecen los siguientes principios:

    • Recuperar el Estado de derecho, que impone el deber de todos los empleados públicos de acatar y aplicar el conjunto de leyes vigentes en el país, en la inteligencia de que sólo una autoridad respetuosa de la legalidad puede restaurar la confianza en ella por parte de la población;

    • Mandar obedeciendo, por el cual los funcionarios públicos están obligados a acordar, no a imponer; y

    • Libertad e Igualdad, el cual destaca que entre la coerción y la concientización se optará por la segunda, además de impulsar la igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, entre indígenas y mestizos, entre jóvenes y adultos, y se comprometerá en la erradicación de las prácticas discriminatorias que han perpetuado la opresión de sectores poblacionales enteros.

    Para el cumplimiento de los principios antes referidos, se requieren entre otras medidas; asegurar el ejercicio del derecho a la justicia en materia fiscal en el orden federal; prevenir y corregir las fallas y deficiencias del sistema tributario; así como promover entre la ciudadanía el conocimiento de sus derechos e incrementar la confianza en las autoridades fiscales. Para contribuir a alcanzar una situación de bienestar de la población en materia de justicia fiscal y coadyuvar para el cumplimiento de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en materia de fortalecimiento al Estado de Derecho y respeto a los derechos humanos, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente elabora su Programa Institucional para el periodo 2019-2024, mismo que busca afianzar las acciones para que la población tenga acceso a alternativas de defensa legal que le permitan ejercer su derecho a la justicia en el ámbito fiscal federal, así como para abatir las causas que provocan conflictos en la relación tributaria, en

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    estricto apego al marco jurídico y atendiendo las posibles brechas de desigualdad que puedan identificarse.

    1. El acceso al ejercicio del derecho a la justicia fiscal no está plenamente garantizado. El Estado de Derecho es un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades están sujetas al cumplimiento de la ley, la cual es respetuosa de los derechos humanos y se aplica de forma equitativa, justa, y eficiente. Además, el Estado de Derecho, vincula a las autoridades y ciudadanos estableciendo derechos, obligaciones y límites para que las personas puedan vivir en armonía, mejorar sus oportunidades de desarrollo y mantener un patrimonio seguro.1 Bajo este principio democrático, se constituyen una serie de elementos que garanticen la justicia en su sentido más amplio, ya que busca “que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión…”2. De manera general, se considera que el Estado de Derecho se integra por cuatro componentes fundamentales: rendición de cuentas del gobierno y los ciudadanos ante la ley; existencia de leyes justas, claras y estables, que se aplican de manera equitativa y protegiendo los derechos fundamentales; procesos justos de promulgación, administración y aplicación de las leyes; y mecanismos imparciales y accesibles para resolver disputas. Por lo anterior, debemos evaluar el acceso a la justicia fiscal en el orden federal bajo estos mismos parámetros, ya que son uno de los ámbitos que contribuyen a fortalecer el Estado de Derecho. Para considerar que dentro de dicho ámbito el Estado de Derecho se respeta, se debe contar con los cuatro componentes referidos. No obstante, con base en la evidencia existente, se puede establecer que el Estado de Derecho dentro del ámbito fiscal federal no está plenamente garantizado en nuestro país. Es frecuente que tanto la ciudadanía como las autoridades no acaten cabalmente las leyes y que esto no tenga consecuencia, ejemplo de ello son la evasión fiscal y la corrupción. Respecto de las leyes y normas fiscales; es una demanda ciudadana permanente el hacerlas más claras, justas y estables, ya que muchos de los problemas de cumplimiento se derivan de la excesiva regulación, la complejidad de éstas, así como su constante cambio. En cuanto a los procesos de promulgación, administración y aplicación de las leyes fiscales, persiste una alta discrecionalidad de las autoridades fiscales en su promulgación y aplicación, dando como resultado actos u omisiones que afectan los derechos fundamentales de la población. Y finalmente, tampoco los mecanismos para la solución de disputas son accesibles, ya que requieren de un tiempo excesivo para su solución y además, de una cantidad de recursos que están fuera del alcance de la mayoría. Es decir, la situación actual presenta problemáticas recurrentes, como la persistencia de un marco legal en materia fiscal, excesivo y complejo; el desconocimiento de medios alternativos de solución de controversias en materia fiscal del orden federal; además de la falta de opciones

    1 World Justice Project, Índice de Estado de Derecho en México 2018, p. 14. 2 Organización de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos, p 1.

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    asequibles de asesoría y defensa adecuadas y de calidad cuando la población enfrenta problemas legales en materia fiscal. En consecuencia, se requiere la intervención pública para poder atender dichas problemáticas para poder hacer efectivos los compromisos establecidos en el PND 2019-2024, mediante la intervención del Estado para garantizar el acceso de toda la población a la justicia fiscal, así como corregir las causas que generan dicha problemática. No debemos soslayar, sin embargo, que el ejercicio de la ciudadanía conlleva derechos y obligaciones; una de ellas es “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”3. Por tanto, todo aquel sujeto de derecho que debe participar en el financiamiento de los gastos públicos, por encontrarse en algún supuesto previsto por las leyes fiscales mexicanas, es considerado como contribuyente, y puede ser persona física o moral, nacional o extranjera, y de carácter público o privado. En dicho contexto, y con base en cifras oficiales, al cierre de julio de 2019, el padrón de contribuyentes activos ascendió a 75.1 millones, de los cuales, 73 millones son personas físicas (de éstas, 41.9 millones son personas asalariadas) y 2.1 millones son personas morales4. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, el Estado mexicano cuenta con un sistema tributario en el orden federal, compuesto por autoridades fiscales como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y Autoridades Coordinadas; Organismos Fiscales Autónomos como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT); y en el ámbito de impartición de justicia, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación con competencia en materia fiscal. En lo que respecta al marco legal que regula al sistema tributario, éste se integra por un amplio y diverso universo de leyes, reglamentos, el Código Fiscal de la Federación y otras disposiciones legales y normativas. Dicho marco legal presenta múltiples y continuas reformas, motivadas por la necesidad de corregir fallas o problemáticas recurrentes del propio sistema tributario. Uno de los efectos de este proceso constante de reformas, es la creación de varios regímenes fiscales, que determinan tratos diferenciados para algunos contribuyentes o grupos de ellos, por su actividad económica o condición social. Y aunque en principio este trato diferenciado no es injusto, ya que busca reconocer y subsanar dichas diferencias; en la práctica genera situaciones de privilegio hacia algunos sectores con influencia económica o política, en perjuicio del bienestar general de la población. Además, las excepciones y regímenes fiscales especiales complican los procesos de recaudación y en ocasiones, son aprovechados indebidamente por contribuyentes a los que no están dirigidas originalmente dichas excepciones.

    3 Artículo 31, fracción IV, de la CPEUM. 4 SAT. Datos abiertos, Padrón por tipo de contribuyente, http://omawww.sat.gob.mx/cifras_sat/Paginas/datos/vinculo.html?page=giipTipCon.html. Fecha de consulta: 20 de agosto de 2019.

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    Bajo este contexto, cuando la ciudadanía se ve afectada en sus derechos por actos u omisiones de las autoridades fiscales federales, debe buscar asesoría y defensa legal adecuada. Hasta antes de la existencia de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, estas opciones estaban fuera del alcance de la ciudadanía con mayor vulnerabilidad económica, como son las personas físicas consideradas como pequeños contribuyentes y asalariados; aunque también afecta a grupos de población como personas de la tercera edad y poblaciones de comunidades indígenas. Ante ello, PRODECON busca asegurar el ejercicio del derecho a la justicia fiscal en el orden federal, proporcionando servicios de asesoría, representación legal, quejas y acuerdos conclusivos; de forma expedita, gratuita y con calidad, contribuyendo al fortalecimiento del Estado de Derecho.

    2. La estructura del sistema tributario genera conflictos recurrentes entre los contribuyentes y las autoridades fiscales federales.

    El exceso y complejidad del marco legal y regulatorio en materia fiscal federal, contribuye también a complicar el funcionamiento adecuado del sistema tributario, al ocasionar discrepancias en su interpretación entre sus actores (contribuyentes, asesores o especialistas fiscales, autoridades fiscales federales, así como por los tribunales federales que tienen competencia en la materia). Tal situación ocasiona efectos importantes en la actividad económica en su conjunto, como una baja recaudación respecto de otras economías con ni