acta constitutiva sociedad mercantil anonima

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Acta Constitutiva Sociedad Mercantil Anónima NUMERO: 6184 SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO. --------------------- TOMO: XV QUINCE.-------------------------------LIBRO: 5 QUINTO.----------------- En Reynosa, Tamaulipas, a los 07 siete días del mes de Marzo del año 2013 dos mil trece, ante mi Licenciada ERICKA PEÑA COSS, Notaria Pública Número 14 Catorce de la Municipalidad de Reynosa, Tamaulipas, actuando en el Municipio de Reynosa, en los términos del Artículo 28 veintiocho de la Ley del Notariado del Estado de Tamaulipas, en el ejercicio de mi función Notarial, comparecieron los señores REYNA ABAD, ALEJANDRA GALLEGOS, MIROSLABA CORONADO, MIGUEL GONZALEZ Y SAIRA ARIAS; personas a quienes conceptúo con capacidad plena para contratar y obligarse, quienes me manifestaron, bajo formal protesta de decir verdad, y advertidos de los delitos y penas en que incurren quienes declaran con falsedad, que tienen concertada la CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL ANÓNIMA, para lo cual solicitaron y obtuvieron el PERMISO de la Secretaria de Relaciones Exteriores, identificado con el número 2641846, dos, seis, cuatro, uno, ocho, cuatro, seis, Expediente número 20102307109, dos, cero, uno, cero, dos, tres, cero, siete, uno, cero, nueve, Folio número 125638930231, uno, dos, cinco, seis, tres, ocho, nueve, tres, cero, dos, tres, uno; que doy fe tener a la vista y protocolizo, agregándolo a mi Libro de Documentos Generales bajo el número correspondiente. Expuesto lo anterior, los comparecientes me solicitan formalizar el contrato de SOCIEDAD MERCANTIL que por este medio celebran, conviniendo que la sociedad se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y por lo dispuesto

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Page 1: Acta constitutiva sociedad mercantil anonima

Acta Constitutiva Sociedad Mercantil Anónima

NUMERO:   6184 SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO. ---------------------TOMO: XV QUINCE.-------------------------------LIBRO: 5 QUINTO.-----------------En Reynosa,   Tamaulipas,   a los 07 siete días del mes de Marzo del año 2013 dos mil trece, ante mi Licenciada ERICKA PEÑA COSS,   Notaria Pública Número 14 Catorce   de   la Municipalidad   de Reynosa,   Tamaulipas,   actuando en el Municipio   de   Reynosa,   en   los   términos   del Artículo   28 veintiocho de   la Ley del Notariado del Estado de Tamaulipas, en el ejercicio de mi función Notarial, comparecieron los señores REYNA ABAD, ALEJANDRA GALLEGOS, MIROSLABA CORONADO, MIGUEL GONZALEZ Y SAIRA ARIAS; personas a quienes   conceptúo   con   capacidad   plena   para contratar y obligarse,   quienes me manifestaron, bajo formal   protesta   de   decir   verdad, y advertidos de los delitos y penas en que incurren quienes declaran con falsedad,   que   tienen concertada la CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL ANÓNIMA,   para   lo   cual solicitaron y obtuvieron el PERMISO   de   la   Secretaria de Relaciones Exteriores, identificado con el número 2641846, dos, seis, cuatro, uno, ocho, cuatro, seis, Expediente número 20102307109, dos, cero, uno, cero, dos, tres, cero, siete, uno, cero, nueve, Folio número 125638930231, uno, dos, cinco, seis, tres, ocho, nueve, tres, cero, dos, tres, uno; que doy   fe tener a la vista y protocolizo, agregándolo a mi   Libro   de   Documentos   Generales   bajo el número correspondiente.   Expuesto   lo   anterior,   los comparecientes   me   solicitan formalizar el contrato de SOCIEDAD MERCANTIL que por este medio celebran, conviniendo   que   la   sociedad   se   regirá   por   las disposiciones   de   la   Ley   General   de   Sociedades Mercantiles   y   por lo dispuesto en las siguientes:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------- C   L   A   U   S   U   L  A   S: ----------------------------------DENOMINACIÓN,   OBJETO,   DURACIÓN   Y   DOMICILIO:-----------------PRIMERA.-   Los   comparecientes,   de conformidad a las Leyes   de los Estados Unidos Mexicanos,   constituyen una Sociedad Mercantil Anónima,   con la modalidad de Capital   Variable Mexicana,   cuya   denominación   será: “ITRFW”, seguida de la palabras “SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE” o de sus siglas “S.A. DE C.V.”.------------------------------ SEGUNDA.-   El   domicilio de la Sociedad será el Municipio de REYNOSA, TAMAULIPAS.TERCERA.-   La   duración   de   la   Sociedad será de 99 noventa y nueve años,   contados a partir de la fecha de   firma   de   la   presente   escritura.--------CUARTA.-   La   Sociedad   tendrá   por   objeto   previo cumplimiento   de   los   requisitos legales, brindar Servicios de salud en general a la Sociedad en el ámbito profesional y en particular, en los casos que sea necesario, el

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siguiente: .-----------------------------------------------------------------------------------------

A).- En general, el conjugar al optimo posible los esfuerzos comunitarios, para la aplicación de actividades, el trabajo en equipo interdisciplinario para la prevención de la educación; la atención progresiva y continua; la proyección hacia la realidad, para que se instaure la práctica de una educación integral y se desarrolle entre los alumnos una cultura capaz de contribuir ala industria y a la superación de sus condiciones de vida individuales y colectivas.------------------------------------------------------------------------------------------B).- En el ámbito de la educación individual, tiene como objeto de su actividad la promoción, propicia miento y facilitación de conductas personales adecuadas, ambientes integrales y laborales propicios que le proporcionen, favorecimiento del pleno desarrollo de sus capacidades y adquirir la experiencia que habrán de conducirle a través de la optima realización de trabajo, su personalidad a un completo estado de bienestar físico, metal, familiar, social y económico y no simplemente   a la ausencia de afectaciones.------------------------------------------------------------------------------------C).- En el ámbito de la Educación colectiva tiene como objeto de su actividad, la coordinación y coadyuvacion estructurada, de los miembros , con los esfuerzos de las instituciones y asociaciones públicas y privadas que tengan por quehacer social; procurar prolongar la eficiencia   de las personas, mediante el esfuerzo organizado de la comunidad, la educación;-------D).- Establecer y administrar centros integrales para la atención educativa y de prácticas o conferencias para beneficiarios y apoyarse en promotoras independientes autorizadas y promotores asociados, todos ellos certificados, que difundan la cultura y los servicios de la educación preventiva integral, para concitar el desarrollo de la cultura estudiantil en las comunidades y provocar la ampliación constante de la cobertura de trabajo.---------------------------------------------E).-   Establecer y administrar centros sociales para la convivencia del aprendizaje de prácticas y desarrollo de hábitos industriales que fortalezcan a la teoría establecida.--------F).- Licenciar el uso del concepto, del sistema de la marca y el nombre del instituto, a otras ciudades y/o establecer convenios dentro del territorio nacional, para que se amplié la cobertura a otras áreas y regiones del país.---------------------------------------------------------------------------------------------G).- La prestación y suministro de toda clase de servicios de asesoría,   y consultoría, de todo tipo técnico, administrativos, de operación, supervisión y dirección, relacionados con el sector industrial.------------------------------------------------------------------------------------H).- Abrir, administrar y operar grupos o centros de platicas, atendiendo

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estudiantes, a través de personal industrial calificado, mediante profesionales técnicos y auxiliares que para tal efecto sean contratados como empleados o como prestadores de servicios independientes, así como la prestación de servicios de la industria maquiladora.-------------------------------------------------------------------------I).- La prestación de todo tipo de servicios en general;La compra, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para la prestación de todo tipo de servicios educativos en general así como la adquisición de medios para desempeñas este fin.---------------------------J).- La importación y exportación de equipo industrial.------------K).-   La prestación de todo tipo de servicios relacionados con el sector industria inclusive, convenios civiles y mercantiles que sean necesario para el apoyo de esta actividad.------------------L).-   La celebración de toda clase de actos y contratos que se relacionen directamente con su objeto social inclusive con las distintas autoridades de carácter Federal, Estatal o Municipal, Organismos públicos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal. ------------------------------------------------------M).- El arrendamiento inmobiliario y mobiliario en general y el comercio con todo tipo de bienes, así como la adquisición y enajenación de todo tipo de bienes muebles e inmuebles que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social.------------------------------------------------------------

N).- La adquisición y Transmisión temporal o definitiva todos los útiles, enseres, accesorios, equipo, maquinaria y muebles en general, necesarios y convenientes para el logro de sus fines.---------------------------------------------------

Ñ).- Ser agente, factor, comisionista, representante de personas físicas y morales nacionales..------------

O).- Suscribir, comprar, vender y efectuar toda clase de operaciones mercantiles con acciones, bonos o valores de cualquier clase, así como tomar participación o partes de interés en otras empresas nacionales.--------------------

P).- Tomar dinero prestado, el otorgamiento de todo tipo de avales, garantías personales o reales, fiduciarias o de cualquier otra índole, así como garantizar obligaciones de terceros, siempre que en ello tenga interés la sociedad.--------

Q).- Hacer operaciones con títulos de crédito siempre que no se trate de ninguna de las que tengan necesidad de concesión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.----------------------------------------------------------------

R).- En general, realizar toda clase de actos jurídicos en general, conforme al artículo 75 setenta y cinco del Código de Comercio en vigor, siempre que no le este vedada por Ley su realización.------ ------------------------- DEL   CAPITAL   Y  

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DE   LAS   ACCIONES:-------------------------- QUINTA.-   El capital de la Sociedad es variable.   El capital   mínimo   fijo   es de $0.00 (CERO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), representado por 100 cien acciones ordinarias, con valor nominal de $0.00 (Cero Pesos 00/100 Moneda Nacional)   cada una, totalmente   suscritas   y   pagadas.---------------------------------------------------------------------------El capital máximo, es ilimitado.------------------------------------------------------------------La   sociedad mercantil que por la presente escritura se constituye,   se otorga con arreglo al artículo 15 quince   de   la   Ley   de   Inversión   Extranjera, sujetándose a   los   compromisos   que se derivan del mismo.----------------------------------------------------------------------------------------------

Cuando   exista participación de Inversión Extranjera en   el Capital Social,   se estará a lo dispuesto por la   Ley   de   Inversión   Extranjera.----------------------------- SEXTA.-   El   capital   social   será   susceptible   de aumento   por   posteriores aportaciones de los socios o por   admisión de nuevos socios; y de disminución, por retiro parcial o total de las aportaciones.   Los aumentos   y disminuciones de capital variable serán acordados   en   Asamblea   General   Extraordinaria; debiendo   inscribirse   en   el   libro de Variación de Capital, en   los   términos   del   artículo   219 doscientos   diecinueve   de   la   Ley   General   de Sociedades Mercantiles.------------------------------------------------------------------Los   aumentos   o   reducciones en la porción fija del capital   se   acordarán en Asamblea Extraordinaria de Accionistas.--------------------------------------------------La   misma   Asamblea   que   resuelva   el   aumento   del Capital   Social,   ya   sea el fijo o variable,   podrá resolver   con respecto a la forma y términos que sea íntegramente   suscrito   y   pagado.-----------------------------------------------------------Las   disminuciones   del   capital   social sólo podrán llevarse   a   cabo   por   resolución   de   la   Asamblea Extraordinaria   de   Accionistas,     quienes   tendrán siempre preferencia para la suscripción de acciones en   los   aumentos,   en   proporción   al número de que sean   tenedores,   en   los   términos del artículo 132 ciento   treinta   y   dos   de   la   Ley   General   de Sociedades   Mercantiles.------------------------------------------------------------------------- SÉPTIMA.-   Independientemente   de   lo anterior,   las disminuciones   del capital social se ajustarán a las siguientes   estipulaciones: --------------------------A.-   Toda   reducción se hará por acciones íntegras.------------------------------------B.-   Tan pronto como se decrete una disminución,   la resolución   deberá   notificarse   a cada accionista, concediéndosele   el   derecho   para   amortizar   sus acciones   en   proporción   a la reducción del capital decretado;   dicho   derecho deberá ejercitarse dentro de los 15 quince días siguientes,   contados a partir de   la   notificación.------------------------------------------------------------------------OCTAVA.- Cada   acción   da derecho a su tenedor a un voto   en las Asambleas

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Generales de Accionistas.-   Los títulos   de   las   acciones   serán firmados   por   el   Administrador   General Único   o por dos Consejeros que serán el   Presidente y   el   Secretario   del Consejo en su caso,   y   contendrán los requisitos señalados por el artículo   125   ciento   veinticinco de la Ley General de   Sociedades   Mercantiles. Los   títulos   podrán representar   una   o   más   acciones,   y   mientras   se expiden,   se   otorgarán   certificados   provisionales que   acrediten   las   respectivas   aportaciones.--------------------------- NOVENA.-   La   Sociedad   llevará   un   registro de las acciones   en   los términos previstos por el artículo 128   ciento   veintiocho,     de   la   Ley   General de Sociedades   Mercantiles.---------------------------------------------------   Para   el   caso   de   venta de acciones,   se dará preferencia   para   su   adquisición   a   los socios fundadores.------------------------------------------------------------------------------DE LAS ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS:------------------------ DÉCIMA.-   La   Asamblea   General de Accionistas es el órgano   supremo   de la   Sociedad; la   cual   constituida   legalmente   podrá acordar, ratificar   y   revocar   en   los términos de ley todos los   actos   y operaciones de ésta y sus resoluciones serán   cumplidas   por   la   persona   que   ella   misma designe   o   a   falta   de   designación,     por   el Administrador   o   por   el   Presidente del Consejo de Administración,   en   su   caso.   Estas   pueden   ser Ordinarias   y   Extraordinarias.-------------------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA PRIMERA.-   La Asamblea General Ordinaria por lo   menos   deberá celebrarse una vez al año dentro de los 4 cuatro   meses siguientes al balance anual.