acabar con la pesca ilegal no declarada y no reglamentada

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  • 8/17/2019 Acabar Con La Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada

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    Acabar con

    la pesca ilegal,

    no declarada y

    no reglamentada

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    Acabar con

    la pesca ilegal,no declarada y

    no reglamentad

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    Las denominaciones empleadas en esta publicac

    forma en que aparecen presentados los datos que coimplican, de parte de la Organización de las Nacionepara la Agricultura y la Alimentación, juicio alguno

    condición jurídica de países, territorios, ciudades o zosus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus

    o límites.

    ISBN 92-5-304760-7

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    ACABAR CON LA PESCA ILEGAL, NO DEY NO REGLAMENTADA

    La pesca constituye una fuente impalimentos, empleo, ingresos y esparcimienpoblación de todo el mundo. Millones de persondel pescado sus medios de subsistencia. S

    disponer de pescado suficiente para las geactuales y futuras, es preciso que todos los queen el sector pesquero contribuyan a la conordenación de la pesca mundial.

    Teniendo en cuenta esta situación, mMiembros de la Organización de las Naciones UnAgricultura y la Alimentación (FAO) aprobaron eConducta para la Pesca Responsable en 1995. Evoluntario, y no obligatorio, y está destinado a totrabajan e intervienen en la pesca.

    Pese a la adopción del Código y a los pr

    ha aportado, no toda la actividad pesquera seforma responsable. Algunos pescadores no rreglamentos pesqueros, ni siquiera los que fiCódigo y en otros instrumentos internacionales. algunos pescadores no respetan las normas reartes y zonas de pesca. Otros no declaran (o d

    sus capturas. Algunos propietarios cambian el sus barcos para enarbolar los de países que no quieren controlar debidamente la actividadActividades pesqueras irresponsables como esdirectamente los esfuerzos encaminados a una

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    grandes esfuerzos, los Miembros de la FAO elPlan de Acción Internacional para Prevenir, D

    Eliminar la Pesca Ilegal, no Declarada y no Re(PAI-INDNR) con el fin de afrontar este problema

    Lo mismo que el Código de Conducta, eles voluntario. Ha sido concebido como unaherramientas », es decir, una serie de instrume

    uso al afrontar la pesca INDNR en sus múltiplestodos los instrumentos de la caja de herramapropiados para utilizarse en todas las situelección de los instrumentos dependerá de las ciconcretas de una pesquería.

    El presente folleto tiene por objeto:

    t ayudar a los Miembros de la FAOinstituciones y personas a familiarizainstrumentos;

    t sugerir qué instrumentos utilizar en dcircunstancias; y

    t proporcionar orientaciones sobre lautilizar los instrumentos eficazmente.

    Quienes deseen saber más sobre el Pobtener un ejemplar del texto, podrán visitar Departamento de Pesca de la FAO en

    Departamento de Pesca de la FAO ha preparaOrientaciones Técnicas detalladas para aygobiernos y a otras instituciones y personas PAI-INDNR.

    ó

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    Quienes no tengan acceso a Internet, podal: Jefe del Servicio, FIPL/Departamento

    Organización de las Naciones Unidas para la AgAlimentación, Viale delle Terme di Caracalla, 0Italia, para obtener un ejemplar. Se ruega espedesea el ejemplar del PAI-INDNR en Árabe, ChiFrancés o Inglés.

    Antecedentes

    La pesca INDNR se realiza prácticamenlas pesquerías, y causa problemas a quieneordenar adecuadamente la actividad pesquera dependen de ella para obtener alimentos y trabajo. La pesca INDNR puede causar el colauna pesquería.

    Quienes practican la pesca INDNR no sede forma responsable. Ignorando las normasadquieren una ventaja injusta con respecto a los

    responsables que pescan cumpliendo las norma

    Nadie sabe exactamente la cantidad qude forma INDNR. Sabemos que, en algunasimportantes, la pesca INDNR representaporcentaje de las capturas totales. Es

    preocupante el hecho de que parece que la cancapturas INDNR en todo el mundo está aumque quienes practican esta actividad tratan dnormas de pesca más estrictas que se están ppara subsanar las reducciones (es decir, la disl ) i d ú

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    instrumentos están diseñados para que los ulos países, mientras que otros se adaptan a s

    por:

    t estados del pabellón (estados que mbarcos de pesca y los autorizan a epabellones);

    t estados ribereños (países que bordea

    del océano); yt estados del puerto (países a cuyos puebarcos pesqueros).

    El PAI-INDNR pide también que se utilicerelacionadas con el mercado acordadacionalmente ». Se trata de instrumentos cuyaimpedir que se venda o comercialice el pescadpor quienes practican la pesca INDNR.

    En las secciones siguientes de estedescriben estos distintos instrumentos.

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    normas se hallan en el Código de Conductincluyen en otros instrumentos voluntarios y en

    tratados (acuerdos entre países que tienen fueLos países que todavía no han aceptado adhtratados deberían hacerlo lo antes posible. La acestos acuerdos mejorará la conservación y ordepesca en todo el mundo.

    Muchas pesquerías oceánicas están reorganizaciones pesquera regionales. Los pabarcos participan en estas pesquerías debermiembros de tales organizaciones o, al menossus barcos pesquen de forma acorde a establecidas por ellas.

    Como cuestión de prioridad, cada pexaminar sus propias leyes y prácticas pesqdeterminar si permiten la utilización de instrumentos pertinentes enunciados en el PAI-INexamen debería estudiar cuestiones como:

    t ¿el país necesita en alguna autoriadicional para cumplir lo que recPAI-INDNR?

    t ¿son suficientemente fuertes lasaplicables actualmente a la pesca IND

    t ¿sus leyes y prácticas permiten c

    actividades pesqueras de sus barcos?t si sus nacionales (ciudadanos y empreembarcaciones pesqueras que están men otros países o actúan como patronepesqueros extranjeros, ¿sus leyes y p

    i d did ll

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    t si permiten a barcos extranjeros destransbordar pescado en sus puertos, ¿

    prácticas les permiten controlar tales por ejemplo, por medio de inspeccione

    Quienes practican la pesca INDNR trataque se les detecte. Frecuentemente faenan en z

    el seguimiento, control y vigilancia (SCV) de lainsuficientes. El PAI-INDNR describe una ampinstrumentos de SCV para su utilización contINDNR, especialmente:

    t sistemas de vigilancia de buques (VM

    t programas de observadores;t planes de documentación de las captut inspecciones de los barcos en pue

    mar;t negación de acceso a los puertos o de

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    pueden utilizar también el VMS para enviar pesquera básica a las administraciones pesquer

    rápida y barata, y pedir ayuda si el barco se halen la mar. Un número cada vez mayor de empezado a hacer que sus barcos – y los barcosque pescan en sus aguas – utilicen el VMS. LoVMS han ido bajando mucho en los últimos añopaíses deberían considerar decididamente la in

    ampliación del uso del VMS. Para ayudarles,publicado orientaciones técnicas sobre el VMS obtenerse en el sitio de la FAO en Internet o ende la FAO.

    Los gobiernos pueden alentar a los pesca

    cumplan las normas de pesca mediante accionetales como:

    t la educación comunitaria y otros servicpescadores;

    t

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    Los pescadores que violen las normaenfrentarse a duros castigos. Los gobierno

    mejorar su capacidad para inspeccionar pesqueros, investigar cuando creen que se practINDNR y procesar a los transgresores.

    Los países deberían estudiar también la pparticipar en la Red Internacional de Coo

    Coordinación del Seguimiento, Control y VigilActividad Pesquera. Esta red coordina las internacionales de SCV a fin de que los paíacceder rápidamente a determinados tipos de Para obtener más información sobre esta red,sitio en Internet:

    http://swr.ucsd.edu/enf/mcs/mcs.htmNombre de usuario: mcs

    Contraseña: mcsnet

    Responsabilidad de los estados del pabellón

    Los estados del pabellón tiene la respprimordial de controlar las actividades pesqubarcos, tanto pesqueros como de apoyo a la pcomo los de transporte que reciben las captpesqueros y los de suministro que los ab

    combustible y provisiones). Para ayudar a del pabellón a reforzar el control de spesqueros, el PAI-INDNR ofrece una ampliinstrumentos.

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    para poder resolver con éxito los problemas INDNR y para poder mejorar la conservación y

    de la pesca.Matriculación de barcos pesqueros . Un paísmatricular un barco pesquero y permitirle utilizar debería asegurarse de que tiene capacidad para actividades pesqueras de ese barco.

    Muchos países no exigen ninguna matrpequeñas embarcaciones pesqueras. Sinteniendo en cuenta el aumento de la pesca INDla realizada por pequeñas embarcaciones, se gobiernos a que exijan la matriculación del maposible de barcos pesqueros, preferiblementellos, y a que los incluyan en su registro pesqueros, del que se trata más adelante.

    Aunque es difícil predecir si un barco sela pesca INDNR, las posibilidades de que lmayores si la ha practicado en el pasado. P

    países deberán evitar la matriculación de barhistorial de pesca INDNR. La experiencia ha que, en muchos casos, son los mismos los participan en la pesca INDNR, pese a sus nombre y matrícula. El gobierno debería hacpropietario que trate de matricular un barc

    especifique todos los países en los que el barcmatriculado anteriormente, incluso con otros ncaso de que resultara un historial de frecuentde pabellón, es posible que el barco haya sipara la pesca INDNR. El gobierno debería

    í i l i i li l bi

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    relacionarse con las características físicas de su historial pesquero e incluir:

    t nombre del barco pesquero, número dnombres anteriores (si se conocen) matriculación;

    t pabellón anterior (si lo hubiere);t señal de radiollamada internacional (st

    lugar y fecha de construcción;t tipo de barco;t tipo de método o métodos de pesca;t tonelaje de registro bruto;t potencia del motor o motores principat eslora;t frontal de trazado;t manga;t cuando proceda, una fotografía que

    perfil lateral del barco tomada en el momatriculación o después de cualquestructural reciente;

    t nombre, dirección y nacionalidad de

    personas o compañía a cuyo nomatriculado el barco;t nombre, dirección y nacionalidad de

    personas o compañía responsables dde las operaciones del barco;

    t nombre, dirección y nacionalidad de

    personas o compañía que tienen lefectiva del barco, et historial de la propiedad del barco y

    conozca, historial de cualquier actividINDNR realizada por el barco.

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    Autorización para pescar . Los estados del pabeprohibir a sus barcos faenar en cualquier zona oc

    reciben la autorización expresa del gobierno parestado del pabellón deberá conceder tales ausólo a los barcos debidamente matriculados en sincluidos en el registro de barcos pesqueros.

    Se concederá la autorización solamente

    cuyos propietarios o armadores aceptan conformidad con condiciones estipuladas en la que permitan al estado del pabellón mantener elas actividades pesqueras. Deberán establecondiciones, que determinarán, por ejemplo:

    t qué especies pueden capturarse;t qué artes pueden emplearse, yt cuándo y dónde puede faenar el barco

    En el párrafo 47 del PAI-INDNR se indicagama de tales condiciones, si bien no todaaplicables en todas las situaciones.

    Antes de que un estado ribereño permitaextranjero faenar en sus aguas, deberán verificabarco ha recibido del estado de su pabellón una específica para pescar en aguas fuera de su juri

    Otras medidas de control . La matriculación depesqueros, el establecimiento de un registro de lla utilización adecuada de las autorizacionesconfieren al estado del pabellón la base formapara controlar las actividades pesqueras de sus b

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    Por ejemplo, el estado del pabellón deberposición de sus barcos, si no en cada momento

    intervalos periódicos y frecuentes, por ejesemana. Los instrumentos para seguir la pista dsuelen incluir la señalización obligatoria de la radio y el mantenimiento obligatorio de un diardonde se registre con frecuencia la posición delconceder la autorización a pescar deberá

    aceptación de estos requisitos por parte de los arbarco.

    Por desgracia, aunque hay armadores reque cumplen estos requisitos, no lo hacen casos quienes practican la pesca INDNR. estado del pabellón deberá disponer de otras

    verificar la ubicación de sus barcos en la mar. señalado ya, una posibilidad de hacerlo es VMS. Otro medio es colocar observadores inda bordo de los barcos, que puedan controlar la barco y observar las operaciones pesqueras. del pabellón deberán incrementar también su c

    patrullar en la mar, en zonas donde se sabe sus barcos.

    Para recibir la autorización para pescar,deberá estar marcado debidamente de confonormas reconocidas internacionalmente,

    Especificaciones uniformes de la FAO para elidentificación de las embarcaciones pesqueras. artes de pesca deberán estar marcados depuedan identificarse y vigilarse fácilmente.

    El d d l b lló d b á di d

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    rápidos para facilitar esta información. Tageneralizada la obligación de presentar informes

    de capturas por medio de los diarios de botambién otros métodos.

    Aunque los datos que han de declararseuna pesquería a otra, los estados del pabellexigir a sus barcos pesqueros que, como míniinformación actualizada, completa y exactaactividades pesqueras en el momento de incluyendo:

    t la identificación del barco (señal de rinternacional, puerto y número de mat

    t posición del barco;t ruta del barco;t esfuerzo de pesca (lugar, fecha y du

    pesca);t composición de la captura (especies o

    objetivo por peso nominal, es decir, eqpeso en vivo de los desembarques);

    t notificaciones de la entrada/salida (incluida la entrada/salida de zonas vet notificaciones de entrada en puerto.

    Los estados del pabellón deberían ser verificar la exactitud de los datos notificados

    sancionar la falta de información o la notificacifalsos. Los medios para ello son, entre inspecciones de rutina en los puertos y la uobservadores independientes a bordo de los bar

    C h i di d l d d

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    y otros oficiales de los barcos pesqueros deberretirada o suspensión de sus autorizac

    desempeñar tales cargos. Se necesitan sancpara desaconsejar a los pescadores la práctica INDNR.

    Responsabilidades de los estados ribereños

    Más del 90 por ciento de las capturas mpescado se realizan en aguas controladas ribereños. Una buena parte de la pesca INDNRtambién en tales aguas y, en gran medida, la reamatriculados en los mismos estados especialmente en forma de capturas no decla

    declaradas. En otros casos, barcos extranjerospermiso del estado ribereño (es decir, furtivamenviolando las condiciones de acceso que les puribereño.

    La pesca INDNR en esas aguas

    principalmente a los estados ribereños corresy a los pescadores responsables que faenaPor ello, los estados ribereños deberían haposible para acabar con la pesca INDNR en ya que se beneficiarán de ello directamente afuturo.

    Si los barcos que practican la pesca INmatriculados en el estado ribereño , este país eestado del pabellón  y debería utilizar los idescritos en la sección precedente para ocupa

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    Si los barcos que practican la pesca INmatriculados en un país extranjero, el esta

    dispone de una serie de instrumentos adiciocomo:

    t mantener un registro de barcos autorizados para pescar en sus aguas

    t exigir a los barcos extranjeros la utVMS, de forma que el estado ribeacceso en tiempo real, o casi en tiempposiciones del barco y reciba perinformes mediante el VMS, y

    t exigir a los barcos extranjeros o a un porcentaje de ellos, que llevenobservadores independientes.

    Así como el estado del pabellón debmatriculación de barcos con un historial de pescaestados ribereños deberían evitar también la coacceso a tales barcos. En la práctica, el estaantes de conceder ninguna licencia, debería

    estado del pabellón la garantía de que los barcoha concedido sus licencias no tienen un historINDNR.

    El estado ribereño debería buscar un acucon todos los estados del pabellón de los barcosen sus aguas. En dicho acuerdo se puede acestado del pabellón sigue responsabilizándactividades pesqueras realizadas por sus barcosha concedido el acceso. Como mínimo, el acuecomprometer al estado del pabellón a sancionar

    h i l d l di i d l

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    Como es difícil controlar los trasbordosquienes practican la pesca INDNR suelen prefer

    sus capturas en la mar y no en el puerto. Lribereños deberían estudiar la posibilidad de exiglos trasbordos se realicen en puerto o, al menolos trasbordos en la mar se realicen con controlesy en lugares donde puedan estar presentes los infin de comprobar los datos del pescado que se t

    Responsabilidades de los estados del puerto

    Quienes practican la pesca INDNR tienesus capturas a puerto para desembarcarlas o trAlgunos países, a sabiendas o no, permiten qusus puertos para esta finalidad. Otros países, p

    ó

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    t negar a barcos extranjeros el accpuertos (salvo en casos de em

    dificultad);t prohibir a barcos extranjeros desetrasbordar pescado en sus puertos;

    t exigir a los barcos que pidan accesque faciliten información sobre su actividades pesqueras, e

    t inspeccionar los barcos que voluntariamente en sus puertos.

    Los países deberían obligar a lpesqueros extranjeros que pidan permiso pasus puertos a que proporcionen:

    t la notificación de su entrada en el una antelación razonable;

    t una copia de su autorización para pt detalles del viaje de pesca, yt información sobre las cantidades de

    bordo.

    El estado del puerto debería exigir tambarcos extranjeros dedicados a actividades recon la pesca, como los barcos de transfaciliten información análoga antes de su enpuerto.

    Un país debería conceder el acceso a a los barcos pesqueros extranjeros solamepueda realizar inspecciones para verificar lade las actividades pesqueras del barco. Du

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    t el estado del pabellón del barco identificación;

    t nombre, nacionalidad y títulos del cpatrón de pesca;t artes de pesca;t captura a bordo, incluyendo su p

    especies, forma y cantidad;t cuando proceda, otra información exi

    organizaciones regionales de pesquera o acuerdos internacionales,

    t la captura total desembarcada o trasb

    Si el estado del puerto tiene motivos razosospechar que un barco atracado en un puepracticado la pesca INDNR, debería:

    t negar la autorización al barco para detrasbordar el pescado en su puerto;

    t comunicar inmediatamente el asunto apabellón, y

    t si la pesca INDNR sospechada puede

    lugar en las aguas de otro país oreglamentadas por una organizacióregional, notificar inmediatamente edicho país u organización.

    El estado del puerto puede adoptar tambadicionales contra el barco y sus armadoconsentimiento del estado del pabellón o a petic

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    Medidas de « Mercado »

    El comercio internacional de pescado haespectacularmente en los últimos decenios. Nadexactitud la cantidad del pescado cominternacionalmente que se ha obtenido medianINDNR. No obstante, se sabe que muchas de

    ícticas valiosas, como el atún y pez espada, comercializan son el objetivo principal de la pesc

    Se están realizando ya algunos escooperación para limitar el comercio internpescado capturado mediante la pesca INDNR. E

    pide a los países que acuerden otras medidas rcon el mercado para acabar con la pesca consonancia con los reglamentos que rigen internacional. El objetivo es evitar el comercio ide pescado capturado mediante la pesca INDNR

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    t los requisitos de certificación de lasdocumentación comercial, y

    t restricciones y prohibiciones a la imexportación.

    Las organizaciones pesqueras desempeñarán una función primordial en la coorestablecimiento y la aplicación de medidas relacel mercado.

    Utilización de las organizaciones pesqueras

    Las organizaciones pesqueras regionalesfunción fundamental que desempeñar para impeINDNR. Muchas de las poblaciones ícticas más mundo y un gran número de las poblaciones en se centra la pesca INDNR, están regorganizaciones pesqueras regionales. Por

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    t compilar y difundir información sobINDNR;

    t identificar los barcos que practicaINDNR y coordinar las medidas contt identificar los países cuyos barcos

    pesca INDNR e instar a los países ia que corrijan dicho comportamiento

    t pedir a sus miembros que adoptecontra los barcos sin nacionalidad en su región;

    t adoptar reglamentos para asegursistemas de fletamento de barcos noa la pesca INDNR;

    t adoptar planes de inspección en lrestricciones al trasbordo en la ma

    para crear una presunción de qpermitirá que se desembarque en loslos miembros el pescado capturado esu región por barcos pertenecientes miembros;

    t adoptar planes de certificación de c

    documentación comercial, yt adoptar otras medidas relacionadmercado para combatir la pesca IND

    Necesidades especiales de los países en d

    Los países en desarrollo, especiapequeños estados insulares en desarrollo y otribereños en desarrollo, figuran entre los quemayor parte de la pesca INDNR. Muchos

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    desarrollo, utilizando barcos matriculados en países en desarrollo (pesca sin licencias o infr

    restricciones de licencias) y barcos matriculadpaíses (pesca furtiva o infringiendo las restracceso).

    El PAI-INDNR pide a los países que, conla FAO y las instituciones y mecanismos internacionales pertinentes, cuando proceda,formación y creación de capacidad y estudien lade prestar asistencia financiera, técnica y de otpaíses en desarrollo para que puedan cplenamente los compromisos contraídos enPAI-INDNR. Dicha asistencia debería estar oparticular, a ayudar a los países en desarrollo

    aplicar planes de acción nacionales, según continuación.

    Planes de Acción Nacionales

    El PAI-INDNR pide a todos los países qy adopten lo antes posible, pero no más tarde d2004, planes de acción nacionales para fomende los objetivos del PAI-INDNR. Como se ha sel PAI-INDNR es una “caja de herramientas”, una serie de instrumentos que pueden u

    muchas regiones diferentes para combatiINDNR. No todos los instrumentos incluapropiados para que los utilice cada país. Sin ela medida de lo posible, el plan de acción naciopaís deberá considerar al menos la forma en

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    cuatro años e informen a la FAO sobre las mhayan adoptado para aplicar sus planes y el PA

    ¿Qué puede hacer la FAO?

    La FAO facilitará apoyo técnico para la aPAI-INDNR y mantendrá en examen la cuestiónINDNR. La FAO informará a sus Miembros cadsobre los progresos realizados en la aplPAI-INDNR. Estos informes se basarán enfacilitados a la FAO por sus Miembros.

    E l bl d b f l d l l

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    En la presente publicación se describen, en forma no técnica, algunos aspectos del Plande Acción Internacional para impedir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no

    documentada y no reglamentada (INDNR). Su finalidad es ayudar a los Miembros de la

    FAO y a otros a afrontar el tema de la pesca INDNR, indicar qué instrumentos deben

    emplearse y ofrecer una orientación para utilizarla de forma eficaz.

    Esta publicación no sustituye al Plan de Acción INDNR, sino que presenta parte de la

    compleja información que figura en el Plan en un intento de hacerla más accesible a los

    usuarios de los recursos pesqueros.

    9 7 8 9 2 5 3 0 4 7 6 0 4

    TC/M/Y3554S/1/5.02/1000

    ISBN 92-5-304760-7