aa. derecho civil

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” -CEDE IBARRA- FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ANÁLISIS JURÍDICO SOBRE LA IMPUGNACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD ESTUDIANTE: ALMEIDA TOA CURSO: TERCERO “B” FECHA: JUEVES 19 DE ENERO, 2017 DOCENTE: DRA. SANDRA YÉPEZ

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

-CEDE IBARRA-

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

ANÁLISIS JURÍDICO SOBRE LA IMPUGNACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD

ESTUDIANTE: ALMEIDA TOA

CURSO: TERCERO “B”

FECHA: JUEVES 19 DE ENERO, 2017

DOCENTE: DRA. SANDRA YÉPEZ

ANÁLISIS SOBRE LA INVESTIGACIÓN DE LA PATERNIDAD

Numero de juicio 10203-2016-00495

Demanda

El motivo de la demanda son los alimentos con presunción de paternidad que

sigue MÓNICA ALEXANDRA FERNÁNDEZ GALLEGOS en contra de BENÍTEZ

CHASI CARLOS EDUARDO la demanda presentada favor del menor JOEL

ALEXANDRE FERNÁNDEZ GALLEGOS de 8 años de edad a fin de que en

sentencia se ordene la inscripción con el apellido del padre biológico y se

establezca pensión alimenticia a favor del mismo de acuerdo a las tablas que

establece el consejo de la judicatura así como los ingresos del demandado todo

en pos de garantizar el interés superior del menor establecido en la constitución

de la república del ecuador y demás leyes pertinentes

Contestación a la demanda

En la presente causa no existe contestación por parte del demandado, así que

fue citado directamente a la audiencia por medio de un deprecatorio ya que el

demandado trabajaba y vivía en Quito, sin embargo el señor no pretende que se

dé el juicio ya que quiere reconocer directamente a su hijo acogiéndose a una

mediación en la función judicial.

Medios de prueba

Como medios de prueba la parte actora solicita la declaración de la contraparte

del SEÑOR CARLOS EDUARDO BENITEZ CHASI con cedula de ciudadanía

1716222074 de la misma manera se solicita que se oficie a la empresa

distribuidora panamericana de licores y al instituto ecuatoriano de seguridad

social a fin de que se certifique los ingresos del demandado de la misma manera

se solicita como medida cautelar la prohibición de salida del país del mismo;

además como documentos habilitantes se adjunta la partida de nacimiento del

menor para justificar la existencia del mismo, copia de cedula de ciudadanía del

representante del menor, y certificado de votación. Además solicita se realice el

examen de ADN como prueba principal.

Acuerdo de mediación suscrito en el Centro de Mediación de La Función

Judicial del Consejo de da Judicatura (Sentencia)

En la ciudad de Ibarra el 28 de noviembre del 2016 a las 12:30 de manera libre

y voluntaria comparece la señora MONICA ALEXANDRA FERNANDEZ

GALLEGOS en calidad de solicitante y por otra parte el señor CARLOS

EDUARDO BENITEZ CHASI a fin de llegar a un acuerdo de mediación dentro

del presente juicio de presunción e investigación de paternidad y fijación de

pensión alimenticia mismo que se suscribe bajo los siguientes términos: luego

de revisar los documentos en el que se justifica los ingresos económicos del

demandado así como adjuntar el acta de reconocimiento voluntario del

alimentario del menor se establece una pensión alimenticia de 370 dólares a

favor del antes mencionado menor, se realiza los cálculos de los valores

acumulados por concepto de pensiones alimenticias desde la fecha de la

presentación de la demanda hasta la presente suscripción del acta de mediación

y se solicita enviar oficio a la empresa distribuidora de licores lugar de trabajo del

demandado a fin de que se realice el descuento o retención de las pensiones

alimenticias a favor del menor.

Posteriormente y luego de haberse suscrito la presente acta de mediación sin

ningún tipo de obligación alguna a las partes procesales, se firman para

constancia y se remita de manera urgente a la unidad judicial a fin de que la

presente acta de mediación sea ingresada dentro del proceso nro. 10203-2016-

00495 y por ende dar por concluido la presente causa así como también que sea

el juez competente quien envié atento oficio a la mencionada empresa a fin de

dar cumplimiento con la retención del mensual por concepto de pensiones

alimenticias a favor de le menor; de la misma manera se envié al departamento

de pagaduría a fin que se habrá el código SUPA correspondiente en el cual se

deberá cumplir con la obligación de alimentosa a favor del beneficiario.

DEMANDA:

MEDIOS DE PRUEBA:

RESOLUCIÓN: