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INTRODUCCIÓN

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INTRODUCCIÓN

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El objetivo del presente trabajo es proporcionar al psicólogo interesado en formarse como profesional especializado en el campo del peritaje psicológico, una herramienta que le ayude a introducirse en el contexto de la psicología jurídica y forense y que además le posibilite situarse en un ángulo mas favorable para advertir si realmente esta área satisface sus expectativas y decidir como quiere jugarse en está; buscando lograr lo anterior se inicia con un marco teórico el cual esta comprendido en los capítulos I y II, continuando en el capitulo III con cuestiones más prácticas.

Actualmente la demanda de especialistas en psicología forense rebasa por mucho la oferta. El requerimiento de psicólogos, con este tipo de formación especifica, es cada vez mayor en las instituciones oficiales y no oficiales, en donde se le requiere como asesor o mediador en sus diversos ámbitos o espacios de intervención: familiar, penal, laboral, etc., a esto podemos agregar el poco interés que tienen las nuevas generaciones de profesionales en esta área, así como la falta de educación formal y de calidad; focalizada en este ámbito, a niveles de postgrado en México.

Por otro lado creo importante destacar que los Instrumentos de Evaluación Forense (IEF) y las Técnicas de Evaluación Psicológica (TEP) no son lo mismo; ya que, aunque comparten aspectos comunes, existen diferencias entre ambas aproximaciones; no obstante, no se puede prescindir de las TEP clásicas, sobre todo en la medida en que los verdaderos IEF no las hayan reemplazado. Por otro lado el nivel de “competencia legal” no puede considerarse estable a través de los distintos sujetos y situaciones, y por ello los IEF no pueden basarse principalmente en baremos, sino en incluir en sus modelos de decisión las condiciones del sujeto y de las situaciones implicadas en la decisión. Se debe contemplar que la relación conceptual entre los estándares de competencia legal y las puntuaciones o datos de los IEF puede inducir a atribuciones erróneas de significado a datos IEF aislados y por lo tanto fuera de contexto, debido a su valor aparente. Es muy importante entender y no perder de vista ni un instante que tal relación conceptual es solamente un referente que debe solo utilizarse como un punto de partida y no como un eje que limite las posteriores interpretaciones, precisiones metodológicas y la investigación empírica.(1)

En este último punto se debe hablar de las funciones que aportan gran información a preguntas planteadas por el derecho, como lo es en el caso del peritaje psicológico; el cual conforme a los diversos procesos y requerimientos legales da respuesta y permite comprender o aportar información para tomar decisiones fundamentales para las partes implicadas. Es indispensable tener en cuenta que el peritaje psicológico necesariamente es un medio de prueba a diferencia de una valoración o asesoría psicológica; a este respecto se pueden plantear preguntas en razón a la validez o veracidad de un testimonio, conceptos sobre imputabilidad,

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aptitud o capacidad para obtener custodias, estado mental al momento de la comisión de un delito; entre otros. Es fundamental advertir que existen diferencias entre un psicólogo forense y un psicólogo dedicado a cualquier otra área de la psicología, quien carece de la formación suficiente para realizar aportes verdaderos a los requerimientos jurídicos, eso sin contar con las implicaciones legales y éticas.(2)

El peritaje debe ser practicado de manera imparcial; es decir, al margen de las creencias o actitudes personales del perito; el peritaje es un procedimiento probatorio que se realiza para descubrir la verdad y en función de esta impartir justicia. Estos dos elementos, constituyen y propician que el psicólogo forense ejerza un papel fundamental en la construcción social (Sampedro, 2001). Según, este planteamiento el peritaje psicológico es un procedimiento matizado por un lado con responsabilidad social para auxiliar a las víctimas y por otro como un auxiliar de la justicia; y aunque el peritaje puede ser realizado desde el ámbito oficial o desde el no oficial o privado, los profesionales del Derecho tienden a recurrir a la Institucionalización del peritaje.

Es importante considerar que la realización de pericias psicológicas en las áreas mencionadas o no, comprende diversas problemáticas que no pueden ya ser entendidas desde una sola perspectiva; por lo que el modo de pensar la salud, la enfermedad, los dispositivos de diagnóstico y tratamiento, etc., en relación con la ley, marcan continuamente, la necesidad de su total comprensión desde los distintos aportes teóricos y metodológicos de dicha área. Por lo que la práctica de esta área del conocimiento implica no sólo la intersección con el derecho o los recursos de la psicología: clínica, social, institucional o de sus diversas técnicas de exploración, sino una propuesta académica y metodológica propia que opere desde diferentes marcos conceptuales e instrumentos de aplicación, y que sea capaz de ir construyendo sus condiciones y limites en su relación con el derecho. Así mismo que sea una posibilidad más de investigación y actualización permanente para aquellos que se interesen en su estudio(4); esta situación hace surgir la necesidad de crear espacios en los ámbitos académicos de educación superior, que den cabida ha programas de educación-formación en este campo ya que para hacerle frente a las exigencias y requerimientos de este quehacer profesional no basta con los conocimientos adquiridos en los otros campos de la psicología. Todo esto sin dejar de lado que la psicología jurídica y forense conlleva perse, características bien específicas y particulares; propias de este campo de aplicación de la psicología.