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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL ESTADO DE ZACATECAS UNIDAD ACADÉMICA DE PINOS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Materia Administración de la función informática Tema Licenciamiento y derechos de autor Nombre completo del Alumno: Ana Francisca Martínez Betancourt, José de Jesús Cisneros Morales. Grado: 3 Grupo: B Nombre del Docente: I en TIC. Erik Zacarías Hurtado. Lugar: Pinos, Zacatecas Fecha de entrega : 01 de agosto 2013

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL ESTADO DE ZACATECAS UNIDAD ACADÉMICA DE PINOS

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Materia

Administración de la función informática

Tema

Licenciamiento y derechos de autor

Nombre completo del Alumno: Ana Francisca Martínez Betancourt, José de Jesús Cisneros Morales.

Grado: 3 Grupo: B Nombre del Docente: I en TIC. Erik Zacarías Hurtado. Lugar: Pinos, Zacatecas

Fecha de entrega : 01 de agosto 2013

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL ESTADO DE ZACATECAS UNIDAD ACADÉMICA DE PINOS

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Licenciamiento

La licencia de software es el conjunto de permisos que un desarrollador da para la

distribución, uso y/o modificación de la aplicación que desarrolló. Puede indicar en esta

licencia también los plazos de duración, el territorio donde se aplica, etc.

Según Leonardo Muro García las licencias de software libre se dividen en dos grandes

familias. Una de ellas está compuesta por las licencias que no imponen condiciones

especiales, sólo especifican que el software se puede redistribuir o modificar. Estas son

las llamadas licencias permisivas. La otra familia, denominadas licencias robustas o

licencias copyleft, imponen condiciones en caso de que se quiera redistribuir el software,

condiciones que van en la línea de forzar a que se sigan cumpliendo las condiciones de la

licencia después de la primera redistribución. El licenciamiento cumple con lo que quiere

el creador del software libres este quiere que las personas que lo vallan a usar lo

modifiquen o simplemente lo distribuyan es una decisión muy autónoma; pero

encontramos creadores de software que ruguen a sus “usuarios” a normas y reglamento

Es muy importante recalcar que no siempre lo hacen por gusto, también lo hacen para un

buen desempeño y manejo de este mis ideas, ya que estos software son usados en

muchos campos de la vida diaria.

También es importante decir que la utilización de este software, su modificación y demás

sin autorización de su respectivo creador, conlleva grandes problemas, no solo morales,

sino que además pueden ser problemas hasta judiciales.

Derechos de autor

Los derechos de autor tienen que ver fundamentalmente con lo inmaterial, principal

característica de la propiedad intelectual. Ellos están presentes en las producciones

artísticas, culturales, científicas, etc. Este derecho se reconoció por primera vez en

Inglaterra con el Copyright Act de 1790, el cual protegía las copias impresas por espacio

de 21 años, contados a partir de la impresión. Las obras no impresas sólo eran protegidas

durante 14 años. Vale decir que desde 1662, existía el Licensing Act, que prohibía

imprimir cualquier obra que no estuviera registrada. EBSCO HOST (2010, mayo 10). Las

obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y

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extensión; entre ellos los programas de computación, fuente y objeto; las compilaciones

de datos y otros materiales: las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-

musicales, las cinematográficas, coreográficas y las pantomímicas.

El derecho de autor se caracteriza por 2 aspectos:

1. El moral: que garantiza al creador el derecho de que su nombre aparezca impreso en

la divulgación de su obra y el respeto a la integridad de esta, además de garantizarle los

derechos de modificarla o incluso de impedir su circulación.

2. El patrimonial: que regula las relaciones jurídicas de la utilización económica de las

obras intelectuales.

Las disposiciones legales que aplican a la propiedad y uso de

software

El Software se pone a disposición del usuario sólo para su uso personal y no comercial, según

estas Condiciones de uso y la documentación del Software. Para los usuarios finales de entidades

comerciales o gubernamentales, el Software lo podrá utilizar el usuario y sus empleados para uso

interno, según estas Condiciones de uso y la documentación del Software (los usuarios finales

individuales y los usuarios finales comerciales o gubernamentales se denominarán en adelante en

el presente acuerdo "el usuario"). Restricciones.

Permiso de ejecución

Uso personal: El permiso de ejecución en ocasiones se limita a una persona. Se dice

entonces que la licencia es para uso personal. Esta situación es típica de productores de

software propietario que quieren difundir un producto nuevo o rescatar un producto que

está siendo desplazado por la competencia.

Las licencias de uso personal que se conceden sin que los usuarios tengan que pagar

pueden ser aceptables.

Uso comercial: No existe una definición precisa o universal de lo que entiende por

comercial o no comercial. Así por ejemplo, de acuerdo a lo que se lee en los términos de

algunas licencias, por comercial, se puede entender como:

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Uso para determinados grupos sociales: En ocasiones se permite o se prohíbe el uso

del software a determinados grupos sociales. Por ejemplo, en ocasiones el software

propietario puede utilizarse libremente en entornos educativos. Por el contrario, en otros

casos poco comunes, se prohíbe el uso de un programa, por ejemplo, a personas

vinculadas a las fuerzas militares. El uso libre para el sector educativo, al igual que el uso

personal y el uso no comercial, ya comentados, generalmente son meramente estrategias

comerciales.

Uso privado: Algunos programas permiten libertad de uso privado, es decir, uso

exclusivo en casa en un ambiente familiar. El uso privado en ciertos casos es equivalente

al uso personal.

Uso en un sólo computador: Los productores de software propietario normalmente

permiten instalar el software en un sólo computador (obviamente sin considerar el

software diseñado para trabajar en red), más aún, prohíben tener más de una copia

instalada en un mismo computador.

Permiso de copia: Como ya se mencionó normalmente los productores de software

propietario únicamente permiten al usuario realizar una copia como respaldo del software,

sea que se entregue discos de instalación o sea que venga preinstalado. No todo el

software que viene preinstalado viene con licencia de uso, incluso, lo que normalmente

ocurre es lo contrario, es decir, es costumbre de los vendedores entregar software

preinstalado sin licencia en computadores que no son "de marca". Cuando el software

propietario se entrega con licencia pero preinstalado en los discos duros, si ocurre algún

daño en un disco, el usuario se encontrará en problemas para volver a instalar los

programas, por carecer de la copia de respaldo.

Normalmente el permiso de copia se aplica de igual manera a la documentación del

software, ya sea en beneficio de los usuarios cuando es permitida, o como limitante

cuando no lo es.

Permiso de distribución: Como se indicó, la redistribución de software es una actividad

que, por ejemplo, llevan a cabo empresas que ofrecen libros o revistas que incluyen CD-

ROMs. La redistribución es una de la formas más comunes de entrega de software.

Permiso de modificación de archivos fuentes: Los permisos de modificación de

archivos fuentes son propios del software libre o semi-libre, por ejemplo aquellos que se

distribuyen bajo la Licencia Pública General. La entrega de los archivos fuentes junto con

los archivos ejecutables es una acción que últimamente se está presentando en software

propietario de varias empresas, como una estrategia de desarrollo de sus productos. La

modificación de archivos fuentes es de poca o ninguna importancia para un usuario

común y corriente.

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Restricciones generales: Los contratos de licencia de software, en especial del software

propietario, son más restricciones que otra cosa. Adicionalmente a las restricciones de

copia, distribución y ejecución mencionadas, es común encontrar prohibiciones de:

Ø Alquilar, vender, o prestar el software

Ø Realizar ingeniería inversa al software

Ø Alterar o desensamblar el software

Ø Exportar del software

Conclusiones

Ana Francisca Martínez Betancourt: El licenciamiento es el permiso que se le da a una

persona para que pueda modificar el trabajo de otra. Esta se puede manejar

dependiendo de cómo lo quiera el autor puede dar licencia de un tiempo o solamente a

algún lugar. Creó que está muy bien que se le den derechos a las personas sobre su

trabajo ya que es un esfuerzo crearlo y es bueno que seas reconocido por tu trabajo, así

como también lo puedas compartir con las demás personas pero siempre reconociendo tu

trabajo y respetándolo. También es importante que algunas personas le den derecho de

modificarlo a otras porque se puede mejorar un trabajo. No siempre se permite esto pero

es importante hacerlo.

José de Jesús Cisneros Morales: Una licencia es un permiso para hacer algo. El término

también permite nombrar al documento o contrato en que consta la licencia en cuestión.

el contrato de licencia es una autorización que cede el derecho de uso de un bien a

otra persona u organización. Por lo general se trata de bienes intelectuales o no

tangibles, como una marca o una patente.

Lo habitual es que se pague un monto estipulado para hacer uso de la licencia. En el caso

del software, el pago de una licencia autoriza el uso de un programa sin que el usuario

sea el dueño del mismo.

El desempeño del equipo fue bueno durante la realización del trabajo.