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BASES DEL “PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ACADÉMICO – COMPONENTE HIDROCARBUROS 2019” A. ANTECEDENTES A partir del año 2008, con la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador, se inicia una nueva etapa de desarrollo, en el cual la educación es un derecho garantizado, un bien público y un área prioritaria del Estado. Además, se establece su gratuidad inclusive hasta el tercer nivel en el sistema público. La Carta Magna en el Título II Derechos, el numeral 2 del artículo 11, establece entre otros, que el ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: “2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio – económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La Ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad.” Además, el artículo 26 establece que: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área priorizada de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”. La educación de alto nivel, es uno de los pilares fundamentales por el cual se encamina la posibilidad de alcanzar un modelo de desarrollo endógeno, en especial para las poblaciones menos instruidas, capacitadas y por ende más vulnerables. La Ley Orgánica de Educación Superior, en su artículo 183, establece que son funciones de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación: "Ejercer la rectoría de las políticas públicas en el ámbito de su competencia" y "Diseñar, administrar e instrumentar la política de becas del gobierno para la educación superior ecuatoriana". La Política Pública para el Fomento del Talento Humano en Educación Superior, expedida mediante Acuerdo Ministerial No. 2012-029 de fecha 03 de abril de 2012 por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología, e Innovación, establece criterios diseñados para priorizar los recursos destinados a cada programa o proyecto, siendo estos los criterios de Excelencia Académica, Inclusión y Pertinencia. Mediante Acuerdo Nro. 2019-060 el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación resuelve expedir el Reglamento para la Implementación de Programas de Becas y Ayudas Económicas que tiene por objeto desarrollar el marco normativo para el fortalecimiento del talento humano a través del otorgamiento de becas y ayudas económicas por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, sus entidades adscritas, la cooperación internacional e interinstitucional. El artículo 31, literal j) de la Ley de Hidrocarburos determina que PETROECUADOR y los contratistas o asociados en exploración, en refinación, en transporte, en comercialización y explotación de hidrocarburos están obligados a “Contribuir, durante el período de exploración, para el desarrollo de la educación técnica nacional y para el otorgamiento de becas, en el País o en el extranjero, de estudios

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Page 1: A. ANTECEDENTES - Gob · 2021. 4. 6. · estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas. No se cubrirán gastos en los que haya incurrido la persona postulante

BASES DEL “PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ACADÉMICO – COMPONENTE HIDROCARBUROS 2019”

A. ANTECEDENTES

A partir del año 2008, con la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador, se inicia una nueva etapa de desarrollo, en el cual la educación es un derecho garantizado, un bien público y un área prioritaria del Estado. Además, se establece su gratuidad inclusive hasta el tercer nivel en el sistema público. La Carta Magna en el Título II Derechos, el numeral 2 del artículo 11, establece entre otros, que el ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: “2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio – económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La Ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad.” Además, el artículo 26 establece que: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área priorizada de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”. La educación de alto nivel, es uno de los pilares fundamentales por el cual se encamina la posibilidad de alcanzar un modelo de desarrollo endógeno, en especial para las poblaciones menos instruidas, capacitadas y por ende más vulnerables. La Ley Orgánica de Educación Superior, en su artículo 183, establece que son funciones de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación: "Ejercer la rectoría de las políticas públicas en el ámbito de su competencia" y "Diseñar, administrar e instrumentar la política de becas del gobierno para la educación superior ecuatoriana". La Política Pública para el Fomento del Talento Humano en Educación Superior, expedida mediante Acuerdo Ministerial No. 2012-029 de fecha 03 de abril de 2012 por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología, e Innovación, establece criterios diseñados para priorizar los recursos destinados a cada programa o proyecto, siendo estos los criterios de Excelencia Académica, Inclusión y Pertinencia. Mediante Acuerdo Nro. 2019-060 el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación resuelve expedir el Reglamento para la Implementación de Programas de Becas y Ayudas Económicas que tiene por objeto desarrollar el marco normativo para el fortalecimiento del talento humano a través del otorgamiento de becas y ayudas económicas por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, sus entidades adscritas, la cooperación internacional e interinstitucional. El artículo 31, literal j) de la Ley de Hidrocarburos determina que PETROECUADOR y los contratistas o asociados en exploración, en refinación, en transporte, en comercialización y explotación de hidrocarburos están obligados a “Contribuir, durante el período de exploración, para el desarrollo de la educación técnica nacional y para el otorgamiento de becas, en el País o en el extranjero, de estudios

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especializados en la industria de hidrocarburos. Este aporte será administrado por el Instituto de Crédito Educativo”. El artículo 3 del Instructivo para la Aplicación de las Becas de Fondo de Capacitación Técnica establece que “Se podrán realizar en el país o en el exterior y se financiaran los estudios relacionados con la industria de Hidrocarburos y Minería, cuya aplicación sea de beneficio para el País, en los siguientes casos: 1) pregrado, 2) posgrado, maestrías o especialización, 3) investigaciones, 4) capacitación”.

B. OBJETIVO DEL PROGRAMA

El “Programa de Reconocimiento al Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019” tiene por objetivo conceder becas para financiar necesidades específicas en el ámbito académico y/o profesional, a las personas naturales en goce de los derechos de ciudadanía ecuatoriana, para que puedan cubrir el costo de rubros inherentes a sus actividades de investigación y capacitación en áreas de conocimiento relacionadas a la industria de hidrocarburos.

C. COMPONENTES DEL PROGRAMA Y DURACIÓN DE LOS ESTUDIOS

El “Programa de Reconocimiento al Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019” contempla los siguientes componentes:

Cuadro 1: Componentes del Programa Nro. Componentes Modalidad Objetivo Duración

1. Asistencia a estancias de investigación o capacitación.

Presencial

Otorgar becas a personas naturales en goce de sus derechos de ciudadanía ecuatoriana, para asistir a capacitaciones o estancias para el desarrollo de proyectos de investigación en el extranjero.

De 15 días a 6 meses.

2. Presentación y difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas.

Presencial

Otorgar becas a personas naturales en goce de sus derechos de ciudadanía ecuatoriana, para la promoción y difusión de estudios e investigaciones, en eventos en el extranjero.

Hasta 15 días en caso de asistencia a eventos internacionales.

D. ÁREAS DEL CONOCIMIENTO Este programa otorgará becas para financiar la realización de actividades de investigación, capacitación y perfeccionamiento, en función de la oferta académica o eventos organizados por las instituciones de educación superior acreditadas del extranjero o centros de estudios afiliados a estas universidades. Las estancias de investigación o difusión de investigaciones deberán estar vinculadas a las siguientes áreas priorizadas, conforme la necesidad de la industria de hidrocarburos.

Cuadro 2: Áreas priorizadas del sector Hidrocarburos

Campo amplio Campo específico Campo detallado Área priorizada

Ciencias naturales, matemáticas y

estadística Ciencias físicas

Ciencias de la Tierra Geología

Fluidos

Física Física

Química Química

Ingeniería Arquitectura y Construcción e Ingeniería Ingeniería Civil

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industrial y construcción

construcción Civil Oleoductos

Industria y producción Minería y extracción Petróleos

Ingeniería y profesiones afines

Electricidad y energía Eléctrica

Electrónica, automatización y sonido

Electrónica

Mecánica y profesiones afines a la metalistería

Mecánica Industrial

Química aplicada Refinación, Química

E. FINANCIAMIENTO Y ROBROS DE COBERTURA

Dentro del “Programa de Reconocimiento al Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019”, se financiará los valores que se detallan a continuación, de acuerdo a cada componente:

Cuadro 3: Financiamiento según los componentes del programa

Nro. Componentes Montos máximos

1. Asistencia a estancias de investigación o capacitación.

Hasta USD $10.000,00

2. Presentación y difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas.

Hasta USD $5.000,00

El financiamiento se otorgará únicamente a partir de la fecha de adjudicación de la beca por parte del Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas y se extenderá hasta la culminación de las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas. No se cubrirán gastos en los que haya incurrido la persona postulante antes de su adjudicación. La cobertura de cada componente de beca podrá ser solicitada para cubrir uno o varios de los rubros de conformidad con lo descrito en cada componente. Cada postulante podrá beneficiarse únicamente de una beca de este programa. La beca cubrirá los rubros que se detallan a continuación, de acuerdo a cada componente:

Cuadro 4: Rubros de Cobertura del 1º Componente para asistencia a estancias de investigación o capacitación en el

extranjero

Rubro Descripción Presupuesto Documento de respaldo

Inscripción al programa

Cubre los costos de inscripción a la estancia corta de investigación o capacitación en el extranjero.

Se considerará el monto establecido en la carta emitida por las instituciones de educación superior, centros de estudios o los organizadores del evento. Hasta el 100% del costo.

La persona becaria deberá remitir al Instituto de Fomento al Talento Humano a través del sistema informático de administración de becas, los siguientes documentos: factura física, escaneada o digital; o, comprobante de pago original físico, escaneado o digital otorgada por las instituciones de educación superior, centros de estudios o los organizadores del evento a nombre de la persona becaria.

Manutención Cubre gastos de alimentación, vivienda, transporte interno, entre otros.

La manutención se establecerá en función del monto definido para cada

Para realizar la justificación del rubro, la persona becaria deberá remitir al Instituto de Fomento al

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La manutención será reconocida únicamente cuando la persona becaria se encuentre en el país donde realizará la estancia de investigación o capacitación, por un período desde 15 días hasta máximo de seis (6) meses.

país y ciudad donde la persona becaria realice su estancia de investigación o capacitación, en función de la metodología diseñada para el efecto por la Subsecretaría de Fortalecimiento del Conocimiento de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Talento Humano a través del sistema informático de administración de becas, al finalizar el periodo de la estancia de investigación la siguiente documentación digital: Certificado de aprobación o asistencia emitido por las universidades, centros de estudios o los organizadores del evento a nombre de la persona becaria. Los certificados deberán contener: la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emite y su firma.

Seguro

Compra obligatoria de un seguro internacional cuya cobertura incluirá asistencia médica, cobertura de vida y repatriación sanitaria. La póliza de seguro deberá estar emitida a nombre de la persona becaria; en casos excepcionales, se podrá adquirir una o más pólizas con la finalidad de cumplir con la cobertura exigida. El monto máximo del seguro no aplicará a personas becarias con discapacidad que cuenten con el documento oficial expedido por la entidad competente, cuyo valor adicional, se incluirá en el monto total asignado de la beca, aunque sobrepase el monto máximo establecido. La cobertura del seguro comprenderá el periodo correspondiente al inicio y finalización de las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas.

Para la elaboración del presupuesto, se tomará en cuenta como valor referencial el monto que conste en la cotización o factura del seguro que se contratará. Hasta USD $600,00.

Factura física escaneada o digital; y, Póliza o pólizas de seguro a favor de la persona becaria física, escaneada o digital, en la que se describa la cobertura, la temporalidad, tipo de seguro y demás condiciones de la misma.

Pasajes de ida y vuelta

Cubre el costo del pasaje aéreo en clase turista, económica o su equivalente, incluidas las tasas aeroportuarias y los impuestos de ley, desde el país de residencia al lugar donde se realizarán las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas; así como el pasaje de retorno desde el lugar donde se realizarán las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas

Para la elaboración del presupuesto se deberá presentar dos cotizaciones vigentes o facturas de pasajes aéreos; tomándose en cuenta como valor referencial, el monto de menor valor. Hasta USD $ 4.000,00.

Facturas físicas escaneadas o electrónicas; o documento que demuestre que el valor desembolsado fue destinado al rubro de pasajes en el que conste el desglose de los valores cancelados.

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hacia el Ecuador, incluido escalas de hasta veinte y cuatro horas, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Se excluye de este rubro, el costo administrativo o tasa de emisión y cualquier tipo de penalidad que sea imputable a la persona becaria, gastos de trámite de visa o envío de documentación.

Costos de desarrollo de la investigación, únicamente

cuando exista un producto final a ser

elaborado y entregado por

la persona becaria

Análisis de laboratorio, viajes para levantamiento de información; siempre y cuando, formen parte del programa de estancia de investigación o capacitación;

Adquisición de insumos y materiales para el caso de investigaciones desarrolladas dentro de la instancia de capacitación, que requieran procesos experimentales o prácticos; y,

Material bibliográfico que comprende la compra de textos, paquetes de software y suscripción a revistas especializadas, que tengan relación a la temática del curso de capacitación; siempre y cuando dichos gastos no estén previamente financiados en la inscripción del programa.

Para la elaboración de presupuesto se tomará en cuenta como valor referencial el rubro establecido por la institución de educación superior, centro de estudios u organizadores del evento para costos de investigación o producto final. Hasta USD$ 1.000,00.

Certificado emitido por la institución de educación superior, centro de estudios u organizadores del evento a nombre de la persona becaria, donde se justifique el desarrollo de la investigación o la necesidad de realizar un producto final. Éste deberá contener el desglose de materiales que van a ser utilizados y sus respectivos costos.

Cuadro 5: Rubros de Cobertura del 2º Componente para presentación y difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en eventos internacionales en el extranjero

Rubro Descripción Presupuesto Documento de respaldo

Inscripción al programa

Cubre el costo de inscripción al evento internacional en el extranjero, a fin de realizar presentación y difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas.

Se considerará el monto establecido en la carta emitida por las instituciones de educación superior o centros de estudio afiliados a las universidades Hasta el 100% de costo.

La persona becaria deberá remitir al Instituto de Fomento al Talento Humano a través del sistema informático de administración de becas, los siguientes documentos: factura física escaneada o digital; o, comprobante de pago original físico escaneado o digital otorgada por las instituciones de educación superior, o centros de estudio afiliados a las universidades a nombre de la persona becaria.

Manutención

Cubre gastos de alimentación, alojamiento, transporte interno, entre otros.

La manutención se establecerá en función del monto definido para cada país y ciudad donde la

Para realizar la justificación del rubro, la persona becaria deberá remitir al Instituto de Fomento al Talento Humano a través del

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La manutención será reconocida únicamente cuando la persona becaria se encuentre en el país donde realizará la difusión de su investigación, por un período máximo de 15 días.

persona becaria realice la presentación y difusión de estudios e investigaciones, en función de la metodología establecida para el efecto por la Subsecretaría de Fortalecimiento del Conocimiento de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Adjunto 1).

sistema informático de administración de becas, al finalizar la presentación o difusión de la investigación, la siguiente documentación digital: Certificado de participación como ponente, emitido por las universidades, centros de estudios o los organizadores del evento a nombre de la persona becaria. Los certificados deberán contener: la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emita y su firma.

Seguro

Compra obligatoria de un seguro internacional cuya cobertura incluirá asistencia médica, cobertura de vida y repatriación sanitaria La póliza de seguro deberá estar emitida a nombre de la persona becaria; en casos excepcionales, se podrá adquirir una o más pólizas con la finalidad de cumplir con la cobertura exigida. El monto máximo del seguro no aplicará a personas becarias con discapacidad que cuenten con el documento oficial expedido por la entidad competente, cuyo valor adicional, se incluirá en el monto total asignado de la beca, aunque sobrepase el monto máximo establecido. La cobertura del seguro comprenderá el periodo de estancia en el exterior.

Para la elaboración del presupuesto, se tomará en cuenta como valor referencial el monto que conste en la cotización o factura del seguro que se contratará. Hasta USD $100,00.

Factura física escaneada o digital; y, Póliza o pólizas de seguro a favor de la persona be caria física, escaneada o digital, en la que se describa la cobertura, la temporalidad, tipo de seguro y demás condiciones de la misma.

Pasajes de ida y vuelta

Cubre el costo del pasaje aéreo en clase turista, económica o su equivalente, incluidas las tasas aeroportuarias y los impuestos de ley, desde el país de residencia al lugar donde se realizarán las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas; así como el pasaje de retorno desde el lugar donde se realizarán las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas hacia el Ecuador, incluido escalas de hasta veinte y cuatro horas, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

Para la elaboración del presupuesto se deberá presentar dos cotizaciones vigentes o facturas de pasajes aéreos; tomándose en cuenta el valor referencial, el monto de menor valor. Hasta USD $ 4.000,00.

Facturas físicas escaneadas o electrónicas; o documento que demuestre que el valor desembolsado fue destinado al rubro de pasajes en el que conste el desglose de los valores cancelados.

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Se excluye de este rubro, el costo administrativo o tasa de emisión y cualquier tipo de penalidad que sea imputable a la persona becaria, gastos de trámite de visa o envío de documentación. Por la naturaleza del presente programa se realizará un único desembolso, dentro del cual se incluirá pasaje de ida y de vuelta.

Uno o varios de los rubros descritos anteriormente podrán ser solicitados dentro del financiamiento de la beca en las condiciones establecidas en cada componente. En el caso de todos los componentes la compra del seguro será obligatoria. Una vez que se haya concluido la actividad académica para la cual se otorgó la beca, la persona becaria de manera obligatoria deberá realizar una justificación de rubros correspondientes, según la modalidad de justificación que éstos tengan, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

F. REQUISITOS FORMALES Y DOCUMENTOS DE RESPALDO PARA LA POSTULACIÓN

Para realizar la postulación, se deberán cumplir con los siguientes requisitos, según el componente:

Cuadro 6: Requisitos generales para solicitar la beca

REQUISITOS GENERALES

N° Requisito Documento de respaldo

1.

Persona natural en goce de derechos de participación ciudadana.

Según corresponda: a. Se verificará la nacionalidad ecuatoriana. b. Se verificará en la DINARDAP que esté habilitado para trámite público.

2. Contar con título profesional de tercer o cuarto nivel.

El título habilitante de tercer o cuarto nivel se verificará en el sistema de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. En caso de títulos nacionales no registrados, se deberá adjuntar la certificación de la institución de educación superior suscrita por la autoridad competente en la cual se exprese que el mismo está en trámite de registro. En caso de títulos extranjeros sin registro, se deberá adjuntar copia del título o certificación emitida por la institución de educación superior extranjera, notariada o apostillada. Se aceptarán sólo aquellos que provengan de universidades que se encuentren acreditadas por el órgano rector de la educación superior del país emisor del título. No se aceptará como habilitante ningún título que no se encuentre incluido en los casos anteriores.

3. No tener impedimento para ejercer cargo público. Se verificará con el certificado emitido por el Ministerio de Trabajo.

4. No mantener glosas con instituciones del sector público.

Certificado de responsabilidades emitido por la Contraloría General del Estado

5. No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado.

Se verificará con el certificado emitido por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

6. En caso de tener discapacidad calificada por la entidad competente.

Se verificará en la DINARDAP que la persona postulante tenga discapacidad calificada por la autoridad pública competente.

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REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ACADÉMICO

1. En el caso de las postulaciones de los beneficiarios del segundo lugar del Concurso de Reconocimiento a la Investigación Universitaria Estudiantil, Galardones Nacionales de la Senescyt, de los años 2016 y 2017, se realizará la verificación en el listado correspondiente.

REQUISITOS ESPECÍFICOS POR CADA COMPONENTE

COMPONENTE 1. Asistencia a estancias de investigación o capacitación en el extranjero

No. Requisitos específicos Documentos de respaldo

1.

“Haber sido admitido para participar en capacitaciones o estancias de investigación relacionadas a las áreas priorizadas del sector hidrocarburos, ofrecidas por Instituciones de Educación Superior acreditadas o Centros de Investigación afiliados a las universidades, dentro del primer trimestre del 2020.”1

Carta de aceptación para participar en la capacitación o estancia de investigación, presentada en idioma español o inglés. La carta deberá indicar la siguiente información:

Duración del evento. Fecha de inicio y finalización. Ciudad y país de destino. Certificado a obtener. Detalle de los rubros cubiertos por la instancia que admite a

la persona postulante. Modalidad

2. Contar mínimo con un (1) año de experiencia laboral o académica en relación a la industria de hidrocarburos.

Certificado de experiencia laboral o académica firmado y sellado, que evidencie la relación con la estancia de investigación o capacitación.

COMPONENTE 2.- Presentación y difusión de estudios e investigaciones científicas en eventos internacionales en el extranjero.

No. Requisitos específicos Documentos de respaldo

1.

“Haber sido admitido para participar en la presentación y difusión de investigaciones en las áreas priorizadas del sector Hidrocarburos en eventos en el extranjero organizados por Instituciones de Educación Superior acreditadas o centros de investigación afiliados a las universidades, dentro del primer trimestre del 2020.”2

Carta de aceptación para participar en la presentación y difusión de investigaciones, en calidad de ponente o expositor, presentada en idioma español o inglés. La carta deberá indicar la siguiente información: Duración del evento. Fecha de inicio y terminación. Ciudad y país donde se llevará a cabo el evento. Certificado a obtener (en caso de haberlo). Detalle de los rubros cubiertos por la instancia que invita a la

persona postulante. Modalidad

2. Contar con una investigación, artículo o trabajo académico que se presentará en el evento internacional.

Copia de la ponencia a presentar en el evento o resumen de la misma.

3. Contar mínimo con un (1) año de experiencia laboral o académica en relación a la industria de hidrocarburos.

Certificado de experiencia laboral o académica firmado y sellado, que evidencie la relación con el evento de presentación y difusión de investigaciones científicas.

Para postular a una beca dentro de este programa, las personas interesadas deberán cumplir con las siguientes condiciones:

No cursar un programa de estudios que otorgue un título no oficial y/o no acreditado en su país de origen.

No percibir beca o ayuda económica otorgada por alguna institución pública o privada ecuatoriana, o de la cooperación internacional receptada por el Estado ecuatoriano; para el mismo fin o para el mismo concepto, a excepción de aquellos casos en los cuales la beca o ayuda económica fuese un complemento de los rubros recibidos a través de otras instituciones.

No haber sido beneficiario de una beca o ayuda económica otorgada por parte de gobierno ecuatoriano a través de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

1 Mediante Acta Nro. 041-2019 de 18 de noviembre de 2019, el Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, resolvió sustituir el siguiente texto: Haber sido admitido para participar en capacitaciones o estancias de investigación relacionadas a las áreas priorizadas del sector hidrocarburos, ofrecidas por Instituciones de Educación Superior acreditadas o Centros de Investigación afiliados a las universidades. 2 Mediante Acta Nro. 041-2019 de 18 de noviembre de 2019, el Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, resolvió sustituir el siguiente texto: Haber sido admitido para participar en la presentación y difusión de investigaciones en las áreas priorizadas del sector Hidrocarburos en eventos en el extranjero organizados por Instituciones de Educación Superior acreditadas o centros de investigación afiliados a las universidades.

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En caso de personas postulantes que cumplan con los requisitos de dos o más componentes, podrán ser personas beneficiarias de beca, por uno solo de dichos componentes.

G. CONVOCATORIA

La convocatoria al “Programa de Reconocimiento Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019”, estará abierta hasta el “22 de noviembre de 2019”3, periodo en el cual la ciudadanía podrá realizar la aplicación en línea a través de: https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login. La convocatoria será difundida a través de los medios de comunicación oficiales de la Senescyt y del IFTH. Además, se podrá contar con el apoyo de los propios centros docentes, las asociaciones, redes estudiantiles y otras entidades u organizaciones afines.

H. PROCESO DE OTORGAMIENTO DE LA BECA 1. Postulación: Las personas postulantes podrán realizar la aplicación en línea a través del enlace https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login donde se cargarán los documentos escaneados en formato PDF. La dirección de correo electrónico que se utilice en el sistema de postulación, será considerada para las notificaciones de este proceso. Para este proceso se deberá consignar información y suministrar documentación legítima para el otorgamiento de la beca. No obstante, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y/o el Instituto de Fomento al Talento Humano, se reserva el derecho de verificar la veracidad de los datos proporcionados en la postulación. En caso de existir una duda razonable o indicios de falsedad, la alteración o falsedad de la información proporcionada, la solicitud de beca será rechazada. En caso de existir indicios de alteración o falsedad de los documentos suministrados, se aplicará el procedimiento que legalmente corresponda.

2. Revisión de requisitos: El Instituto de Fomento al Talento Humano revisará las aplicaciones para verificar que cumplan con los requisitos para la postulación al programa. Se podrá conceder cinco (5) días calendario, a quienes realizaron su postulación, para efectuar una convalidación de errores de forma, en la documentación de soporte de los requisitos presentados. Quienes cumplan con todos los requisitos y documentos de respaldo serán considerados como postulantes. En caso de que una persona no haya completado la entrega de información para su postulación, a través de los mecanismos y sujetándose a las condiciones y requisitos establecidos por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, quedará automáticamente excluida del proceso.

3 Mediante Acta Nro. 041-2019 de 18 de noviembre de 2019, el Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, resolvió sustituir el siguiente texto: 03 de noviembre de 2019

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3. Selección:

En caso de que las personas que hayan culminado la etapa de revisión de requisitos y sean consideradas como preseleccionadas superen el monto de cupos disponibles con relación al presupuesto, se priorizará la selección de los perfiles en función del siguiente baremo: Cuadro 7: Baremo de calificación para preselección del programa de capacitación e instancias de investigación

Criterio Subcriterio Variables Porcentaje de

puntuación Nota total de

la variable

Pertinencia

Grado de relación entre la formación de la persona candidata y la capacitación a realizar.

Relacionado 100%

30

No relacionado 80%

Grado de relación entre su actividad laboral actual y la capacitación a realizar.

Relacionado 100%

30

No relacionado 80%

Inclusión

Edad. Menor o igual a 29 años 100%

15 Mayor a 29 años 80%

Persona con discapacidad. Sí 100%

5 No 80%

Persona que pertenezca a un pueblo o nacionalidad ecuatoriana.

Sí 100%

5

No 80%

Equidad Territorial

Lugar de Residencia.

Cantón diferente a la capital de provincia

100%

15 Capital de provincia, diferente a Quito, Guayaquil o Cuenca

90%

Quito, Guayaquil o Cuenca

80%

Total 100

En el caso de empate técnico se tomará como referencia el siguiente criterio para desempate:

Cuadro 8: Baremo de desempate

Criterio Subcriterio Nota total de la variable

Variable de Desempate Sexo: se priorizará a la persona

postulante mujer 2,5

4. Adjudicación y notificación: El Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, en función del cumplimiento de los requisitos de postulación presentados y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria, adjudicará las becas de este programa.

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La Secretaría del Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, notificará electrónicamente a las personas adjudicatarias. Esta información será publicada en la página web de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y/o del Instituto de Fomento al Talento Humano, en formato de datos agregados, a fin de garantizar la confidencialidad de los datos de carácter personal de las personas postulantes. A partir de la fecha de la notificación de la adjudicación de la beca, la persona adjudicataria deberá entregar sus documentos habilitantes y subscribir el contrato de financiamiento, conforme los plazos establecidos en el cronograma de las presentes bases. Si en el transcurso de dicho plazo la persona adjudicataria no suscribe su contrato de financiamiento o no inicia las actividades correspondientes a cada componente en el período establecido por la institución educativa, la beca quedará automáticamente insubsistente, sin que la persona adjudicataria tenga derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y del Instituto de Fomento al Talento Humano. Las personas postulantes que no resulten adjudicadas tendrán máximo diez (10) días hábiles, posteriores a su notificación, para impugnar justificadamente los resultados ante el Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, quienes resolverán motivadamente dentro de término máximo de treinta (30) días, sobre la aceptación o negación de la impugnación.

5. Cronograma de otorgamiento de la beca:

Cuadro 9: Cronograma para el otorgamiento de la beca

“Detalle del proceso Responsable Fechas

Postulación Personas ecuatorianas en goce de derechos.

Hasta el 22 de noviembre de 2019.

Etapa de validación Instituto de Fomento al Talento Humano.

Validación: Hasta el 26 de noviembre de 2019. Convalidación: 01 de diciembre de 2019 Validación final: 03 de diciembre de 2019

Selección de personas beneficiarias

Instituto de Fomento al Talento Humano.

Hasta el 05 de diciembre de 2019.

Adjudicación y notificación Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas.

Hasta el 09 de diciembre de 2019.

Suscripción de contratos Persona adjudicataria - Instituto de Fomento al Talento Humano.

Hasta el 20 de diciembre de 2019.”4

I. ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO DE BECA

El Instituto de Fomento al Talento Humano solicitará a las personas adjudicatarias los documentos necesarios para la elaboración del contrato de financiamiento de beca. 1. Requisitos de la persona adjudicataria: Todos los requisitos detallados a continuación deberán ser presentados ante el Instituto de Fomento al Talento Humano para la elaboración del presupuesto de beca correspondiente, en función del monto máximo establecido en las presentes bases, previo a la suscripción del contrato de financiamiento por parte de la persona adjudicataria:

4 Mediante Acta Nro. 041-2019 de 18 de noviembre de 2019, el Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas, resolvió sustituir el siguiente texto: Detalle del proceso/ Responsable/ Fechas// Postulación Personas ecuatorianas en goce de derechos./Hasta el 3 de noviembre de 2019.// Etapa de validación /Instituto de Fomento al Talento Humano. Validación: Hasta el 08 de noviembre de 2019./ Convalidación: 13 de noviembre de 2019/ Validación final: 15 de noviembre de 2019/ Selección de personas beneficiarias/ Instituto de Fomento al Talento Humano./ Hasta el 19 de noviembre de 2019./ Adjudicación y notificación/ Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas./ Hasta el 22 de noviembre de 2019./ Suscripción de contratos/ Persona adjudicataria - Instituto de Fomento al Talento Humano./Hasta el 13 de diciembre de 2019.

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Cuadro 10: Documentación de la persona adjudicataria para suscripción del contrato de beca

Nº REQUISITO

1. Exhibir la cédula de ciudadanía.

2. Exhibir el certificado de votación de la última elección o documento que justifique su abstención o el que acredite haber cumplido la sanción impuesta, en los casos en que aplique.

3. Certificado bancario con el número y tipo de cuenta personal (o del apoderado de ser el caso). La cuenta podrá ser nacional o internacional (en cumplimiento a lo estipulado en el literal sobre Desembolso, del presente documento). En el caso de ser internacional, se deben proporcionar los códigos Swift y ABA.

4. Proforma o factura del pasaje aéreo a nombre de la persona adjudicataria, solo para los casos en los cuales la compra se realizó posterior a la adjudicación.

5. Poder específico o general de acuerdo a las siguientes características: En el caso de Poder General, debe certificar tener una persona apoderada. En el caso de Poder Especial deberán constar obligatoriamente los siguientes mandatos que le otorga el mandante a la persona mandataria: “Para que en mi nombre y representación efectúe lo siguiente:

a) Realice todos los trámites administrativos en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación o el Instituto de Fomento al Talento Humano según corresponda, para lo cual le confiere autorización amplia y suficiente que los trámites, actos y contratos requieran;

b) Realice todos los trámites necesarios para la exoneración o devolución del impuesto por salida de divisas relacionado con las transferencias de mi beca;

c) Destinar los valores recibidos en representación de la persona becaria al objeto de la beca.” El Instituto de Fomento al Talento Humano realizará lo siguiente:

Generar el archivo digital con la documentación de la persona adjudicataria.

Verificará en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior el registro del título habilitante con el cual postuló a este programa.

Elaborará, de manera conjunta con la persona adjudicataria o su apoderado/a, el presupuesto de la beca, el cual deberá ser suscrito por las partes.

2. Requisitos de la persona responsable solidaria: Para la suscripción del contrato de financiamiento, las personas adjudicatarias deberán contar con una persona natural que respalde de forma solidaria el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato de financiamiento de beca, en el Reglamento para la Implementación de Programas de Becas y Ayudas Económicas y en las presentes bases. Las personas beneficiarias de becas o ayudas económicas otorgadas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación o el Instituto de Fomento al Talento Humano, no podrán ser personas apoderadas ni responsables solidarias de otra persona becaria o beneficiaria de una ayuda económica. La persona responsable solidaria deberá suscribir el contrato de beca conjuntamente con la persona adjudicataria, de conformidad con lo establecido en estas bases, para lo cual deberá cumplir con el siguiente requisito:

Cuadro 11: Requisitos para firma del contrato de financiamiento de beca de la persona responsable solidaria.

Requisito

Exhibir la cédula de ciudadanía y certificado de votación de las últimas elecciones o documento que justifique su abstención o el que acredite haber cumplido la sanción impuesta, en los casos que aplique.

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El Instituto de Fomento al Talento Humano a través del servidor público encargado generará el archivo digital, y sentará la razón correspondiente. Cuando la persona responsable solidaria presente copia certificada por notario, el Instituto de Fomento al Talento Humano generará el archivo digital y sentará la razón correspondiente.

J. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO DE BECA

Una vez que se han presentado los documentos necesarios, la persona adjudicataria o su apoderado/a y la persona responsable solidaria deberán suscribir con el Instituto de Fomento al Talento Humano el contrato de financiamiento de la beca, en el cual se definirán las obligaciones de las partes. A partir de dicha suscripción, la persona adjudicataria de la beca se convierte en persona becaria de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

En caso de que la persona adjudicataria o su apoderado/a o la persona responsable solidaria no acudieren a suscribir el indicado contrato de financiamiento, dentro del plazo fijado en la presente convocatoria, la beca quedará automáticamente insubsistente, sin tener derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación o el Instituto de Fomento al Talento Humano, a menos que la persona adjudicataria justifique que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no pudo comparecer a la suscripción del mismo. Se exceptúan aquellos contratos de financiamiento no suscritos por el área responsable del Instituto de Fomento al Talento Humano, dentro del término establecido, por cuestiones de índole administrativa no imputables a la persona adjudicataria.

K. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BECARIAS

a) Durante las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas, las personas becarias deberán: 1. Destinar los recursos al objeto de la beca recibida, exclusivamente para el financiamiento de los

rubros establecidos. 2. Cumplir con el objeto para el cual se le otorgó la beca. 3. Cumplir con las normas, reglamentos y obligaciones académicas establecidas por la institución

en la que se encuentre realizando las estancias de capacitación o presentación de investigaciones científicas.

4. Cumplir con la asistencia requerida y/o realizar la difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en eventos internacionales en el extranjero, en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento.

b) Una vez finalizados las estancias de capacitación o presentación de investigaciones

científicas, las personas becarias deberán:

1. Entregar documentación legítima, válida y veraz. 2. Retornar al Ecuador dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación de las estancias

de capacitación o presentación de investigaciones científicas. 3. Presentar ante el Instituto de Fomento al Talento Humano, en un término no mayor a treinta (30)

días, contados a partir de su retorno al Ecuador, la respectiva certificación debidamente avalada por la institución de educación superior, centro de estudios u organizadores del evento a nombre de la persona becaria, de haber aprobado, asistido, o realizado la difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en eventos internacionales en el extranjero. En caso de que el incumplimiento no sea imputable a la persona becaria se ampliará el término hasta por treinta (30) días más.

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4. Entregar al Instituto de Fomento al Talento Humano, los trabajos de investigación o contenido de ponencia en formato digital, de ser el caso.

5. Suscribir la autorización para la publicación de los trabajos de investigación sin fines comerciales, al momento de realizar la liquidación cuando aplique, de conformidad con la normativa vigente.

6. Dictar al menos dos talleres de capacitación o difusión, en el plazo máximo de un (1) año de haber cumplido con el objeto para la cual se entregó la beca, los cuales deberán estar relacionados con los conocimientos o destrezas adquiridas a través del financiamiento de la presente beca, y entregar el respectivo informe donde se deberá adjuntar la siguiente documentación:

a) Documento completo de la ponencia;

b) Material utilizado para la presentación; y,

c) Registro de asistentes con la respectiva firma.

En caso de no cumplir dentro de los tiempos establecidos, por caso fortuito o fuerza mayor, se ampliará la obligación de la compensación por el tiempo no reportado.

L. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Las personas becarias que incumplan las obligaciones determinadas en el contrato y en las presentes bases, estarán sujetas a: La terminación unilateral del contrato en los siguientes casos:

1. Incumplimiento de la obligación de remitir la certificación debidamente avalada por la institución de educación superior, centro de estudios u organizadores del evento a nombre de la persona becaria, de haber aprobado o asistido al curso de capacitación; o de haber realizado la difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en eventos internacionales en el extranjero.

2. Incumplimiento de la obligación de retornar al Ecuador dentro de los treinta (30) días siguientes a la culminación del curso de capacitación, taller, difusión de estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en eventos internacionales en el extranjero.

3. Incumplimiento de haber realizado al menos dos talleres de capacitación o difusión, durante el año siguiente a la culminación del curso de capacitación, taller, difusión de estudios e investigaciones; o, publicación de la respectiva investigación.

4. Incumplimiento comprobado de la obligación de entregar documentación legítima, válida y veraz, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales correspondientes.

5. Cuando la persona becaria renuncie por razones que no se constituyan caso fortuito o fuerza mayor.

M. DESEMBOLSO

El Instituto de Fomento al Talento Humano efectuará un solo desembolso por el valor total otorgado para este programa de becas, el cual se realizará a partir de la suscripción del contrato de financiamiento en la cuenta que para el efecto hubiere señalado la persona adjudicataria o su apoderado/a, de conformidad con el certificado bancario entregado en calidad de documento habilitante.

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N. SEGUIMIENTO Y CONTROL

El seguimiento y control, para el cumplimento y ejecución de las presentes bases del “Programa de Reconocimiento al Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019”, estará a cargo de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Conocimiento de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y del Instituto de Fomento al Talento Humano.

O. CIERRE DEL PROCESO

En todos los casos el cierre del proceso se llevará a cabo conforme las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Implementación de Programas de Becas y Ayudas Económicas de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

P. BASE LEGAL

Todo lo no contemplado en las presentes bases del “Programa de Reconocimiento al Mérito Académico – Componente Hidrocarburos 2019”, se regirá conforme a lo establecido en:

Ley de Hidrocarburos.

Instructivo para la Aplicación de las Becas de Fondo de Capacitación Técnica.

Reglamento para la Implementación de Programas de Becas y Ayudas Económicas.

Instructivo de Operatividad para Desembolsos y Liquidaciones de los Contratos de Becas y Ayudas Económicas.

Resoluciones del Comité Interinstitucional de Becas y Ayudas Económicas.

Q. INFORMACIÓN ADICIONAL

Las bases del programa estarán a disposición en la página web de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación: www.educacionsuperior.gob.ec y del Instituto de Fomento al Talento Humano: www.fomentoacademico.gob.ec Para información adicional, se podrá acceder a los puntos de acceso a la ciudadanía de la Senescyt y el IFTH a nivel nacional.

DISPOSICIÓN GENERAL Aquellas personas postulantes que no presenten el certificado de responsabilidades emitido por la Contraloría General del Estado, dentro del periodo de postulación en línea, deberán presentar el mencionado documento o su vez una declaración juramentada de no poseer obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector público, tanto como deudor y/o garante, previo a la suscripción del contrato de financiamiento de beca. De no hacerlo, la beca quedará insubsistente sin generar derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y del Instituto de Fomento al Talento Humano.

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ADJUNTO 1

COMPONENTE 2: PRESENTACIÓN Y DIFUSIÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

Tabla de Costos de Vida por ciudad y país - 2019

País Ciudad Manutención USD (Diario)

Alemania

Berlín $ 49,16

Bonn $ 47,90

Bremen $ 46,01

Colonia $ 51,68

Darmstadt $ 44,75

Dresden $ 42,23

Duisburgo $ 39,71

Frankfurt $ 55,46

Friburgo $ 46,64

Giessen $ 47,00

Gotinga $ 46,64

Hamburgo $ 54,20

Hannover $ 45,38

Heidelberg $ 54,83

Karlsruhe $ 45,38

Mannheim $ 45,38

Marburgo $ 44,75

Múnich $ 54,83

Núremberg $ 47,90

Stuttgart $ 50,42

Resto del país $ 48,01

Arabia Saudita

Jeddah $ 42,44

Riad $ 36,05

Resto del país $ 39,24

Argentina

Buenos Aires $ 25,95

La Plata $ 19,46

Resto del País $ 22,71

Australia

Adelaide $ 45,93

Brisbane $ 51,16

Canberra $ 52,91

Darwin $ 51,16

Geelong $ 43,61

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Hobart $ 47,09

Melbourne $ 52,91

Perth $ 47,09

Sidney $ 60,47

Townsville $ 41,86

Wollongong $ 45,93

Resto del país $ 49,10

Austria

Graz $ 47,01

Salzburgo $ 51,10

Viena $ 53,14

Resto del País $ 50,42

Bélgica

Amberes $ 58,96

Bruselas $ 61,32

Ghent $ 58,18

Lieja $ 54,25

Lovaina $ 56,61

Resto del País $ 57,86

Brasil

Belo Horizonte $ 31,98

Brasilia $ 33,14

Campinas $ 33,72

Curitiba $ 29,65

Florianópolis $ 30,81

Porto Alegre $ 30,81

Recife $ 30,23

Rio de Janeiro $ 34,30

Sao Carlos $ 24,42

Sao Paulo $ 37,21

Resto del País $ 31,63

Canadá

Calgary $ 55,94

Edmonton $ 53,18

Guelph $ 46,96

Hamilton $ 52,49

Halifax $ 53,87

Kingston $ 49,03

Londres $ 50,41

Montreal $ 49,72

Ottawa $ 55,94

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Quebec $ 46,96

Saskatoon $ 53,18

Toronto $ 63,54

Vancouver $ 63,54

Waterloo $ 48,34

Winnipeg $ 53,18

Resto del País $ 53,08

Chile

Santiago $ 38,67

Valparaíso $ 31,46

Resto del País $ 35,07

China

Changchún $ 25,00

Changsha $ 25,58

Chengdu $ 25,00

Chongqing $ 25,00

Dalián $ 24,42

Guangzhou $ 30,23

Hangzhou $ 30,23

Harbin $ 31,98

Hong Kong $ 72,09

Jilin $ 33,14

Jinan $ 25,58

Jinzhou $ 22,67

Nanchang $ 25,00

Nankín $ 26,74

Pekín $ 34,88

Qingdao $ 24,42

Shanghái $ 42,44

Shenyang $ 29,07

Tianjín $ 29,65

Wuhan $ 22,67

Wuxi $ 31,40

Xi'an $ 22,67

Xuzhou $ 33,14

Zhuhai $ 28,49

Resto del País $ 30,06

Colombia Bogotá $ 27,33

Medellín $ 25,00

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Resto del País $ 26,16

Corea del Sur

Busan $ 39,54

Daegu $ 34,88

Daejeon $ 38,37

Seúl $ 41,86

Resto del País $ 38,66

Costa Rica San José $ 40,19

Resto del País $ 40,19

Dinamarca

Aalborg $ 63,49

Aarhus $ 71,14

Copenhague $ 79,56

Resto del País $ 71,40

Ecuador

Quito $ 30,23

Guayaquil $ 32,67

Resto del País $ 31,45

España

Barcelona $ 53,30

Granada $ 40,50

Madrid $ 51,87

Murcia $ 39,79

Santander $ 42,64

Sevilla $ 41,21

Valencia $ 44,77

Zaragoza $ 42,64

Resto del País $ 44,59

Estados Unidos

Albany $ 57,89

Ann Arbor $ 60,06

Arlington $ 50,65

Athens $ 58,61

Atlanta $ 65,85

Austin $ 60,79

Baltimore $ 62,23

Berkeley $ 86,11

Birmingham $ 50,65

Boston $ 77,43

Boulder $ 71,64

Búfalo $ 55,72

Charlottesville $ 54,27

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Chicago $ 71,64

Colorado $ 59,34

Columbia $ 52,10

Columbus $ 57,89

Connecticut $ 70,92

Dallas $ 63,68

Denver $ 73,09

Durham $ 57,89

Eugene $ 66,57

Filadelfia $ 66,57

Gainesville $ 50,65

Georgia $ 65,85

Honolulu $ 81,05

Houston $ 57,89

Iowa $ 56,44

Irvine $ 74,53

Ithaca $ 57,89

Knoxville $ 52,82

Lawrence $ 52,82

Lexington $ 48,48

Lincoln $ 50,65

Los Angeles $ 76,70

Madison $ 57,89

Massachusetts $ 78,15

Miami $ 73,81

Minneapolis $ 64,40

Nashville $ 62,23

New Haven $ 62,96

Nueva York $ 94,80

Pensilvania $ 63,68

Pittsburgh $ 63,68

Portland $ 69,47

Providence $ 62,96

Raleigh $ 58,61

Rhode Island $ 62,96

Riverside $ 61,51

Salt Lake City $ 61,51

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San Antonio TX $ 53,55

San Diego $ 70,19

San Francisco $ 93,35

San Luis $ 64,40

Santa Cruz $ 76,70

Seattle $ 77,43

Tempe $ 58,61

Tucson $ 52,10

Washington $ 78,88

Wilmington $ 66,57

Resto del País $ 64,46

Finlandia

Helsinki $ 62,08

Joensuu $ 53,21

Jyväskylä $ 54,57

Kuopio $ 51,85

Turku $ 54,57

Resto del País $ 55,26

Francia

Estrasburgo $ 51,61

Grenoble $ 55,24

Lille $ 53,06

Lyon $ 61,79

Marsella $ 55,97

Metz $ 50,88

Montpellier $ 55,97

Paris $ 72,69

Rennes $ 47,97

Toulouse $ 53,06

Resto del País $ 55,82

Grecia Atenas $ 44,92

Resto del País $ 44,92

Hong Kong Hong Kong $ 72,68

Resto del País $ 72,68

India

Bangalore $ 23,84

Bombay $ 29,65

Chennai $ 20,35

Delhi $ 26,16

Kharagpur $ 22,67

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Resto del País $ 24,54

Irlanda

Dublín $ 83,02

Galway $ 63,98

Cork $ 65,50

Resto del País $ 70,83

Israel

Haifa $ 63,60

Jerusalén $ 64,35

Tel Aviv $ 71,08

Resto del País $ 66,34

Italia

Boloña $ 57,38

Florencia $ 58,20

Génova $ 58,20

Milán $ 67,21

Nápoles $ 54,10

Padua $ 55,74

Pisa $ 55,74

Roma $ 63,11

Trento $ 57,38

Turín $ 55,74

Resto del País $ 58,28

Japón

Fukuoka $ 48,84

Kioto $ 52,91

Nagoya $ 55,23

Osaka $ 50,58

Sapporo $ 49,42

Sendai $ 44,77

Tokio $ 64,07

Resto del País $ 52,26

Luxemburgo Luxemburgo $ 66,49

Resto del País $ 66,49

Malasia

Johor Bahru $ 27,91

Kuala Lumpur $ 27,91

Penang $ 24,92

Resto del País $ 26,91

México

México DF $ 31,48

Monterrey $ 30,85

Resto del País $ 31,17

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Noruega

Bergen $ 83,33

Kristiansand $ 85,67

Oslo $ 91,12

Trondheim $ 81,00

Resto del País $ 85,28

Nueva Zelanda

Wellington $ 61,87

Auckland $ 67,37

Christchurch $ 57,74

Dunedin $ 53,62

Palmerston North $ 48,12

Resto del país $ 57,74

Países Bajos

Ámsterdam $ 75,12

Eindhoven $ 60,09

Enschede $ 60,85

Groninga $ 57,84

La Haya $ 69,11

Maastricht $ 66,86

Nimega $ 63,10

Róterdam $ 64,60

Utrecht $ 66,10

Resto del País $ 64,85

Polonia

Varsovia $ 30,23

Cracovia $ 26,16

Resto del País $ 28,20

Portugal

Lisboa $ 43,48

Oporto $ 40,85

Resto del País $ 42,16

Reino Unido

Aberdeen $ 62,32

Belfast $ 60,72

Birmingham $ 62,32

Brighton $ 71,90

Bristol $ 69,51

Cambridge $ 70,31

Canterbury $ 61,52

Cardiff $ 59,92

Colchester $ 57,52

Dundee $ 56,72

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Edimburgo $ 63,91

Exeter $ 61,52

Glasgow $ 62,32

Guildford $ 94,27

Huddersfield $ 61,52

Leeds $ 63,91

Leicester $ 59,12

Liverpool $ 56,72

Londres $ 94,27

Manchester $ 60,72

Newcastle $ 61,52

Norwich $ 63,12

Nottingham $ 59,92

Oxford $ 69,51

Plymouth $ 59,12

Reading $ 66,31

Sheffield $ 51,13

Southampton $ 66,31

York $ 64,71

Resto del País $ 64,58

Rusia

Moscú $ 38,95

San Petersburgo $ 33,58

Resto del País $ 36,26

Singapur Singapur $ 59,88

Resto del País $ 59,88

Sudáfrica

Pretoria $ 40,97

Ciudad del Cabo $ 34,82

Durban $ 34,82

Johannesburgo $ 41,65

Resto del País $ 38,07

Suecia

Estocolmo $ 59,67

Gotemburgo $ 53,12

Lulea $ 46,56

Umea $ 45,25

Upsala $ 51,15

Resto del País $ 51,15

Suiza Berna $ 89,92

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Lausana $ 91,46

Ginebra $ 96,84

Basilea $ 93,77

Zúrich $ 99,15

Resto del País $ 94,23

Tailandia

Bangkok $ 26,16

Chiang Mai $ 26,74

Resto del País $ 26,45