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9 Libros de contabilidad 9.01 Libros de contabilidad 9.01.01 Libros obligatorios. 9.01.02 Libros facultativos. 9.01.03 Aspectos formales. 9.01.04 Obligaciones registrales en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 9.02 Anexo:Nuevo Plan General de Cuentas. 9.03 Caso práctico referente al Módulo I.

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9 Libros de contabilidad 9.01 Libros de contabilidad 9.01.01 Libros obligatorios. 9.01.02 Libros facultativos. 9.01.03 Aspectos formales. 9.01.04 Obligaciones registrales en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 9.02 Anexo:Nuevo Plan General de Cuentas. 9.03 Caso práctico referente al Módulo I.

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INTRODUCCIÓN En España los Principios y Normas de Contabilidad Generalmente Aceptados vienen regulados por los siguientes textos legislativos: Código de Comercio. Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Plan General de Contabilidad. Resoluciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Contestaciones del ICAC a consultas que le son formuladas en materia contable. 9.01 LIBROS DE CONTABILIDAD 9.01.01

Libros obligatorios

El Código de Comercio establece la obligatoriedad a los empresarios de llevar determinados libros, en los que se deben registrar todas las operaciones que se llevan a cabo en la empresa. Esta obligación recae sobre toda clase de empresarios. El Código de Comercio establece como libros obligatorios para todos los empresarios:

A) El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

B) El Libro Diario. Para las sociedades mercantiles se establece además otro libro obligatorio: El Libro de Actas. Para las S.A., comanditarias por acciones y anónimas laborales: el libro registro de acciones nominativas. Para la Sociedad de Responsabilidad Limitada: el libro registro de acciones.En las Sociedades Unipersonales de Responsabilidad Limitada: el libro registro de contratos celebrados entre el socio único y la sociedad. Libro de Inventarios y Cuentas Anuales En él deben registrarse los siguientes informes:

- Balance inicial detallado de la empresa.

- Balances de Comprobación, con sumas y saldos.

- Inventario de cierre de ejercicio.

- Cuentas Anuales. Integrada por el Balance de Situación, la cuenta de Resultados delejercicio, Estado de cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo (éste último sólo es obligatorio para gran empresa), y la Memoria.

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Libro Diario Registrará, día a día, todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. También existe la opción de realizar una anotación conjunta de los totales de las operaciones por períodos no superiores al mes, ésta opción es posible, siempre y cuando, el detalle quede registrado en otros libros auxiliares como por ejemplo: el Mayor, registros de IVA, gastos e ingresos, bancos, caja, ... Libro de Actas En los que se anotarán los acuerdos tomados en las Juntas Generales Ordinarias, Extraordinarias y demás órganos colegiados, como el Consejo de Administración o la Comisión Ejecutiva.

9.01.02 Libros facultativos Son aquéllos que el empresario lleva voluntariamente, pueden ser los siguientes:

- Libro Mayor.

- Libro - Registro de Ventas.

- Libro - Registro de Compras.

- Libro de Bancos.

- Libro de Caja.

9.01.03 Aspectos formales Legalización Los libros obligatorios han de presentarse en el Registro Mercantil del domicilio del empresario, a efectos de su legalización. Formas de legalización Puede ser:

A) A priori, es decir, antes de su utilización, los libros deberán estar totalmente en blanco y sushojas estén numeradas de forma correlativa.

B) A posteriori, el Registro Mercantil, exige que las hojas estén encuadernadas, con el primerfolio en blanco y los demás folios numerados correlativamente y por el orden cronológicoque corresponda a los asientos y anotaciones practicadas. Estos libros debidamente encuadernados deberán ser presentados para su legalización antes de que transcurran loscuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio.

Conservación El plazo durante el que el empresario debe conservar los libros contables, así como la documentación y justificantes que soportan las anotaciones registradas en dichos documentos, es de 6 años, a partir de la fecha de la última anotación realizada.

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9.01.04 Obligaciones registrales en el Impuesto sobre el Valor Añadido Con objeto de poder determinar el IVA Repercutido y el IVA Soportado de todas las operaciones realizadas en la actividad empresarial, para calcular el IVA a liquidar en el plazo establecido por la normativa de IVA, el empresario deberá llevar, los siguientes libros:

A) Libro registro de facturas emitidas.

B) Libro registro de facturas recibidas.

C) Libro registro de bienes de inversión.

D) Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias. Algunos regímenes especiales de IVA no están obligados a llevar los libros mencionados en el párrafo anterior.

9.02 ANEXO: PLAN GENERAL DE CUENTAS Debemos tener en cuenta que los anexos que vamos a relacionar, son básicamente para su consulta y que no es necesario que se los estudie en profundidad, aunque si sería práctico conocer su contenido y en determinados momentos de duda, consultarlos.

1. Primera parte del PGC: principios contables

1. Primera parte del PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 2007: principios contables

Plan General de Cuentas (B.O.E. del 21 de Noviembre de 2007) 1.ª Principio de prudencia

Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales.Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas en relación con la aplicación del valor razonable, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo seconocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales.

Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentasanuales deberán ser reformuladas. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejerciciose salda con beneficio como con pérdida

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2.ª Principio de empresa en funcionamiento

Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación.

En aquellos casos en que no resulte de aplicación este principio, en los términos que se determinen en las normas de desarrollo del Plan General de Contabilidad, la empresa aplicará las normas de valoración que resulten más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones tendentes a realizar el activo, cancelar las deudas y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante, debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales toda la información significativa sobre los criterios aplicados

3.ª Principio de devengo Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.

4.ª Principio de no compensación Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales

5.ª Principio de uniformidad Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales.

6.ª Principio de importancia relativa Los Gastos de Establecimiento se valorarán por el precio de adquisición o coste de producción de los bienes y servicios que los constituyan. En particular se aplicarán las siguientes normas:

Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativapodrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Los Gastos de Establecimiento deberán amortizarse sistemáticamente en un plazo no superior a cinco años .

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2. Segunda parte del PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 2007: normas de valoración Plan General de Cuentas (B.O.E. del 21 de Noviembre de 2007) 1.ª Desarrollo de los Principios Contables Las Normas de Valoración (parte 2.ª del PGC) son el desarrollo de los Principios Contables (parte 1.ª del PGC) y contiene los criterios y reglas de aplicación a operaciones o hechos económicos, así como a diversos elementos patrimoniales. Las Normas de Valoración que se formulan seguidamente son de aplicación obligatoria. 2ª Inmovilizado Material Valoración Los bienes comprendidos en el inmovilizado materialsevalorarán por su coste, ya sea éste el precio deadquisición o el coste de producción.

Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperablesdirectamente de la Hacienda Pública.

Asimismo, formará parte del valor del inmovilizado material, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento o retiro y otras asociadas al citado activo, tales como los costes de rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, siempre que estasobligaciones den lugar al registro deprovisiones de acuerdo con lo dispuesto en la norma aplicablea éstas.

En los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción. Precio de adquisición El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento, incluida la ubicación en el lugar y cualquier otra condición necesaria para que pueda operar de la forma prevista; entre otros: gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, instalación, montaje y otros similares.

Las deudas por compra de inmovilizado se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a pasivos financieros.

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Coste de producción El coste de producción de los elementos del inmovilizado material fabricados o construidos por la propia empresa se obtendrá añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los demás costes directamente imputables a dichos bienes.

También se añadirá la parte que razonablemente correspondade los costes indirectamente imputables a los bienes de que se trate en la medida en que tales costes correspondan al periodo de fabricación o construcción y sean necesarios para la puesta del activo en condiciones operativas. En cualquier caso, serán aplicables los criterios generales establecidos para determinar el coste de las existencias. Baja Los elementos del inmovilizado material se darán de baja en el momento de su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos.

La diferencia entre el importe que, en su caso, se obtenga de un elemento del inmovilizado material, neto de los costes de venta, y su valor contable, determinará elbeneficio o la pérdida surgida al dar de baja dicho elemento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que ésta se produce.

Los créditos por venta de inmovilizado se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros. Correcciones de valor de Inmovilizado Material Las amortizaciones habrán de establecerse de manera sistemática y racional en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarlos.

Se amortizará de forma independiente cada parte de un elemento del inmovilizado material que tenga un coste significativo en relación con el coste total del elemento y una vida útil distinta del resto del elemento.

Los cambios que, en su caso, pudieran originarse en el valor residual, la vida útil y el método de amortización de un activo, se contabilizarán como cambios en las estimaciones contables, salvo que se tratara de un error.

Cuando de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente proceda reconocer correcciones valorativas por deterioro, se ajustarán las amortizaciones de los ejerciciossiguientes del inmovilizado deteriorado, teniendo en cuenta el nuevo valor contable. Igual

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proceder corresponderá en caso de reversión de las correcciones valorativas por deterioro.Se producirá una pérdida por deterioro del valor de un elemento del inmovilizado material cuando su valor contable supere a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso.A estos efectos, al menos al cierre del ejercicio, la empresa evaluará si existen indicios de que algún inmovilizado material pueda estar deteriorado, en cuyo caso, deberá estimar su importe recuperable efectuando las correcciones valorativas que procedan.

Las correcciones valorativas por deterioro de los elementos del inmovilizado material, así como su reversión cuando las circunstancias que las motivaron hubieran dejado de existir, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor contable del inmovilizado que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor. 3ª Normas particulares sobre Inmovilizado Material En particular se aplicarán las normas que se expresan con respecto a los bienes que en cada caso se indican. A) Solares sin edificar Se incluirán en su precio de adquisición los gastos de acondicionamiento, como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición, así como, en su caso, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones presentes derivadas de los costes de rehabilitacióndel solar.

Normalmente los terrenos tienen una vida ilimitada y, por tanto, no se amortizan. No obstante, si en el valor inicial se incluyesen costes de rehabilitación, porque se cumpliesen las condiciones establecidas en el apartado 1 de la norma relativa al inmovilizado material, esa porción del terreno se amortizará a lo largo del período en que se obtengan los beneficios o rendimientos económicos por haber incurrido en esos costes.

B) Construcciones Su precio de adquisición o coste de producción estará formado, además de por todas aquel las instalaciones y elementos que tengan carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. Deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones.

C) Instalaciones técnicas, maquinaria y utillaje Su valoración comprenderá todos los gastos de adquisición o de fabricación y construcción hasta su puesta en condiciones de funcionamiento.

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D) Utensilios y herramientas incorporados a elementos mecánicos Los utensilios y herramientas incorporados a elementos mecánicos se someterán a las normas valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos.

Con carácter general, los utensilios y herramientas que no formen parte de una máquina, y cuyo periodo de utilización se estime inferior a un año, deberán cargarse como gasto del ejercicio. Si el periodo de su utilización fuese superior a un año, se recomienda, por razones de facilidad operativa, el procedimiento de regularización anual, mediante su recuento físico; las adquisiciones se adeudarán a la cuenta del in movilizado, regularizando al final del ejercicio, en función del inventario practicado,con baja razonable por demérito.

Las plantillas y los moldes utilizados con carácter permanente en fabricaciones de serie deberán formar parte del inmovilizado material, calculándose su depreciación según el periodo de vida útil que se estime. Los moldes por encargo, utilizados para fabricaciones aisladas, no deberán considerarse como inventariables, salvo que tengan valor neto realizable.

E) Gastos realizados durante el ejercicio Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos que la empresa lleva a cabo para sí misma, se cargarán en las cuentas de gastos que correspondan. Las cuentas de inmovilizaciones materiales en curso, se cargarán por el importe de dichos gastos, con abono a la partida de ingresos que recoge los trabajos realizados por la empresa para sí misma.

F) Costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes de Inmovilizado Material Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes del inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida en que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alarga miento de su vida útil, debiéndose dar de baja el valor contable de los elementos que se hayan sustituido.

En la determinación del importe del inmovilizado material se tendrá en cuenta la incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones. En este sentido, el importe equivalente a estos costes se amortizará de forma distinta a la del resto del elemento, durante el período que medie hasta la gran reparación. Si estos costes no estuvieran especificados en la adquisición o construcción, a efectos de su identificación, podrá utilizarse el precio actual de mercado de una reparación similar.

Cuando se realice la gran reparación, su coste se reconocerá en el valor contable del inmovilizado como una sustitución, siempre y cuando se cumplan las condiciones para su reconocimiento. Asimismo, se dará de baja cualquier importe asociado a la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del citado inmovilizado.

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4.ª Inversiones inmobiliarias Los criterios contenidos en las normas anteriores, relativas al inmovilizado material, se aplicarán a las inversiones inmobiliarias 5.ª Inmovilizado Intangible Los criterios contenidos en las normas relativas al inmovilizado material, se aplicarán a los elementos del inmovilizado intangible, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación y de lo previsto en las normas particulares sobre el inmovilizado intangible 6.ª Normas particulares sobre Inmovilizado Intangible En particular se aplicarán las normas que se expresan con respecto a los bienes y derechos que en cada caso se indican: A) Gastos de investigación y desarrolloLos gastos de investigación serán gastos del ejercicio en que se realicen. No obstante podrán activarse como inmovilizado intangible desde el momento en que cumplan las siguientes condiciones:

— Estar específicamente individualizados por proyectos y su coste claramente establecido para que pueda ser distribuido en el tiempo.— Tener motivos fundados del éxito técnico y de la rentabilidad económico-comercial del proyecto o proyectos de que se trate.

Los gastos de investigación que figuren en el activo deberán amortizarse durante su vida útil, y siempre dentro del plazo de cinco años; en el caso en que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la rentabilidad económico-comercial del proyecto, los importes registrados en el activo, deberán imputarse directamente a pérdidasdel ejercicio.

Los gastos de desarrollo, cuando se cumplan las condiciones indicadas para la activación de los gastos de investigación, se reconocerán en el activo y deberán amortizarse durante su vida útil, que, en principio, se presume, salvo prueba en contrario, que no es superior a cinco años; en el caso en que existan dudas razonablessobre el éxito técnico o la rentabilidad económico-comercial del proyecto, los importes registrados en el activo deberán imputarse directamente a pérdidas del ejercicio.

B) Propiedad industrial

Se contabilizarán en este concepto, los gastos de desarrollo capitalizados cuando se obtenga la correspondiente patente o similar, incluido el coste de registro y formalización de la propiedad industrial, sin perjuicio de los importes que también pudierancontabilizarse por razón de adquisición a terceros de los derechos correspondientes. Deben ser objeto de amortización y corrección valorativa por deterioro según lo especificado con carácter general para los inmovilizados intangibles.

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C) Derechos de traspaso.Sólo podrán figurar en el activo cuando su valor se ponga de manifiesto en virtud de una adquisición onerosa, debiendo ser objeto de amortización y corrección valorativa por deterioro según lo especificado con carácter general para los inmovilizados intangibles. D) Los programas de ordenador que cumplan los criterios de reconocimiento del apartado 1 de la norma relativa al inmovilizado intangible, se incluirán en el activo, tanto los adquiridos a terceros como los elaborados por la propia empresa para sí misma, utilizando los medios propios de que disponga, entendiéndose incluidos entre los anteriores los gastos de desarrollo de las páginas web.

En ningún caso podrán figurar en el activo los gastos de mantenimiento de la aplicación informática.

Se aplicarán los mismos criterios de registro y amortización que los establecidos para los gastos de desarrollo, aplicándose respecto a la corrección valorativa por deterioro los criterios especificados con carácter general para los inmovilizados intangibles. E) Arrendamiento financiero En un acuerdo de arrendamiento de un activo con opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar dicha opción.

El arrendatario, en el momento inicial, registrará un activo de acuerdo con su naturaleza, según se trate de un elemento del inmovilizado material o del intangible, y un pasivo financiero por el mismo importe, que será el valor razonable del activo arrendado calculado al inicio del mismo, sin incluir los impuestos repercutibles por el arrendador. Adicionalmente, los gastos directos iniciales inherentes a la operación en los que incurra el arrendatario deberán considerarse como mayor valor del activo.

La carga financiera total se distribuirá a lo largo del plazo del arrendamiento y se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se devengue, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Las cuotas de carácter contingente, entendidas como los pagos por arrendamiento cuyo importe no es fijo sino que dependede la evolución futura de una variable, serán gastos del ejercicio en que se incurra en ellas.

El arrendatario aplicará a los activos que tenga que reconocer en el balance como consecuencia del arrendamiento los criterios de amortización, deterioro y baja que les correspondan según su naturaleza y a la baja de los pasivos financieros lo dispuesto en el apartado 3 de la norma sobre pasivos financieros.

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7.ª Método de financiación Cuando por las condiciones económicas de una enajenación, conectada al posterior arrendamiento de los activos enajenados, se desprenda que se trata de un método de financiación y, en consecuencia, se trate de un arrendamiento financiero, el arrendatario no variará la calificación del activo, ni reconocerá beneficios ni pérdidas derivadas de esta transacción. Adicionalmente, registrará el importe recibido con abono a una partida que ponga de manifiesto el correspondiente pasivo financiero.

La carga financiera total se distribuirá a lo largo del plazo del arrendamiento y se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se devengue, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Las cuotas de carácter contingente serán gastos del ejercicio en que se incurra en ellas.

El arrendador contabilizará el correspondiente activo financiero de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1.3 de esta norma. 8.ª Activos financieros 1) ValoraciónLos activos financieros, a efectos de su valoración, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:

1.Activos financieros a coste amortizado.En esta categoría se clasificarán, salvo que sea aplicable lo dispuesto en el apartado 2 siguiente, los:

a) Créditos por operaciones comerciales: son aquellos activos financieros (clientes y deudores varios) que se originan en la venta de bienes y la prestación de serviciospor operaciones de tráfico de la empresa, yb) Otros activos financieros a coste amortizado: son aquellos activos financieros que no siendo instrumentos de patrimonio ni derivados, no tienen origen comercial y cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable.

Es decir, comprende a los créditos distintos del tráfico comercial, los valores representativos de deuda adquiridos, cotizados o no, los depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal, las fianzas y depósitos constituidos, los dividendos a cobrar y los desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio.

2. Activos financieros mantenidos para negociar.Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

Tratándose de instrumentos de patrimonio formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, sehubiesen adquirido.

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3. Activos financieros a coste.En esta categoría se clasificarán las inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas, tal como éstas se definen en la norma 11.ª de elaboración de las cuentas anuales, y los demás instrumentos de patrimonio salvo que a estos últimos les sea aplicable lo dispuesto en el apartado 2 anterior.

2) Correcciones valorativasAl menos al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas necesarias siempre que exista evidencia objetiva de que el valor de un activo financieroo de un grupo de activos financieros con similares características de riesgo valorados colectivamente, se ha deteriorado como resultado de uno o más eventos que hayanocurrido después de su reconocimiento inicial y que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros, que pueden venir motivados por la insolvencia del deudor.

La pérdida por deterioro del valor de estos activos financieros será la diferencia entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial.

Para los activos financieros a tipo de interés variable, se empleará el tipo de interés efectivo que corresponda a la fecha de cierre de las cuentas anuales de acuerdo con las condiciones contractuales. En el cálculo de las pérdidas por deterioro de un grupo de activos financieros se podrán utilizar modelos basados en fórmulas o métodos estadísticos.

En su caso, como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros se utilizará el valor de cotización del activo, siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que pudiera recuperar la empresa.

Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión cuando el importe de dicha pérdida disminuyese por causas relacionadas con un evento posterior, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor en libros del crédito que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial.

Para los activos financieros a tipo de interés variable, seempleará el tipo de interés efectivo que corresponda a la fecha de cierre de las cuentas anuales de acuerdo con las condiciones contractuales. En el cálculo de las pérdidas por deterioro de un grupo de activos financieros se podrán utilizar modelos basados en fórmulas o métodos estadísticos.

En su caso, como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros se utilizará el valor de cotización del activo, siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que pudiera recuperar la empresa.

Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión cuando el importe de dicha pérdida disminuyese por causas relacionadas con un evento posterior, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor en libros del créditoque estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.

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9.ª Pasivos financieros La presente norma resulta de aplicación a los siguientes pasivos financieros: — Débitos por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios; — Deudas con entidades de crédito; — Obligaciones y otros valores negociables emitidos: tales como bonos y pagarés; — Derivados con valoración desfavorable para la empresa: entre ellos, futuros, opciones, permutas financieras y compraventa de moneda extranjera a plazo; — Deudas con características especiales, y — Otros pasivos financieros: deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes, fianzas y depósitos recibidos y desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones.

Los instrumentos financieros emitidos, incurridos o asumidos se clasificarán como pasivos financieros, en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad económica supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero, o de intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables, tal como un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor, o que otorgue al tenedor el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe determinado o determinable, o a recibir una remuneración predeterminada siempre que haya beneficios distribuibles. En particular, determinadas acciones rescatables y accioneso participaciones sin voto.

La empresa reconocerá un pasivo financiero en su balance cuando se convierta en una parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.

Los pasivos financieros, a efectos de su valoración, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:

1. Pasivos financieros a coste amortizado. 2. Pasivos financieros mantenidos para negociar. 2.1 Pasivos financieros a coste amortizado

En esta categoría se clasificarán, salvo que sea aplicable lo dispuesto en el apartado 2.2 siguiente, los:

a) Débitos por operaciones comerciales (proveedores y acreedores varios): son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, yb) Débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial.

Los pasivos financieros a coste amortizado:

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Los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial.

No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como las fianzas y los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, se podrán valorar por su valor nominal, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.

En su valoración posterior, los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.

Las aportaciones recibidas como consecuencia de un contrato de cuentas en participación y similares, se valorarán al coste, incrementado o disminuido por el beneficio o la pérdida, respectivamente, que deba atribuirse a los partícipes no gestores.No obstante lo anterior, los débitos con vencimiento no superior a un año que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.

Los pasivos financieros mantenidos para negociar:

Se considera que un pasivo financiero se posee para negociar cuando sea un instrumento financiero derivado según se define en la norma sobre activos financieros, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura, según se definen en el apartado 2.2.b) de la norma relativa a activos financieros.

En ningún caso la empresa podrá reclasificar un pasivo financiero incluido inicialmente en esta categoría a la de pasivos financieros a coste amortizado, ni viceversa.

La empresa dará de baja un pasivo financiero cuando la obligación se haya extinguido. También dará de baja los pasivos financieros propios que adquiera, aunque sea con la intención de recolocarlos en el futuro.

Si se produjese un intercambio de instrumentos de deuda entre un prestamista y un prestatario, siempre que éstos tengan condiciones sustancialmente diferentes, se registrará la baja del pasivo financiero original y se reconocerá el nuevo pasivo financiero que surja. De la misma forma se registrará una modificación sustancial de las condiciones actuales de un pasivo financiero.

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La diferencia entre el valor en libros del pasivo financiero o de la parte del mismo que se haya dado de baja y la contraprestación pagada, incluidos los costes de transacciónatribuibles y en la que se recogerá asimismo cualquier activo cedido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que tenga lugar.En el caso de un intercambio de instrumentos de deuda que no tengan condiciones sustancialmente diferentes, el pasivo financiero original no se dará de baja del balance.

El coste amortizado del pasivo financiero se determinará aplicando el tipo de interés efectivo, que será aquel que iguale el valor en libros del pasivo financiero en la fecha de modificación con los flujos de efectivo a pagar según las nuevas condiciones. 10.ª Contratos financieros particulares 1. Activos financieros híbridos

Los activos financieros híbridos son aquéllos que combinan un contrato principal no derivado y un derivado financiero, denominado derivado implícito, que no puede ser transferido de manera independiente y cuyo efecto es que algunos de los flujos de efectivo del activo híbrido varían de forma similar a los flujos de efectivo del derivado considerado de forma independiente (por ejemplo, bonos referenciados al precio de unas acciones o a la evolución de un índice bursátil).

Los activos financieros híbridos se valorarán, inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

Con posterioridad al reconocimiento inicial, se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

Excepcionalmente, en aquellos casos en que el valor razonable no esté a disposición de la empresa, se podrán valorar al coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.

En caso de que la entidad posea activos financieros híbridos valorados por su valor razonable creará a efectos de valoración y presentación de la información la categoría «Otros activos financieros a valor razonable». 11.ª Instrumentos de patrimonio propio Un instrumento de patrimonio es cualquier negocio jurídico que evidencia, o refleja, una participación residual en los activos de la empresa que los emite una vez deducidos todos sus pasivos.

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En el caso de que la empresa realice cualquier tipo de transacción con sus propios instrumentos de patrimonio, el importe de estos instrumentos se registrará en el patrimonioneto, como una variación de los fondos propios, y en ningún caso podrán ser reconocidos como activos financieros de la empresa ni se registrará resultado alguno en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Los gastos derivados de estas transacciones, incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de letrados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación, se registrarán directamente contra el patrimonio neto como menores reservas.

Los gastos derivados de una transacción de patrimonio propio, de la que se haya desistido o se haya abandonado, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias 12.ª Existencias 1. Valoración inicial Los bienes y servicios comprendidos en las existencias se valorarán por su coste, ya sea el precio de adquisición o el coste de producción.

Los impuestos indirectos que gravan las existencias sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.

En las existencias que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de ser vendidas, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción, los gastos financieros, en los términos previstos en la norma sobre el inmovilizado material.

Los anticipos a proveedores a cuenta de suministros futuros de existencias se valorarán por su coste. Los débitos por operaciones comerciales se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a pasivos financieros.

1.1 Precio de adquisición El precio de adquisición incluye el importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares así como los intereses incorporados al nominal de los débitos, y se añadirán todos los gastos adicionales que se produzcan hasta que los bienes se hallen ubicados para su venta, tales como transportes, aranceles de aduanas, seguros y otros directamente atribuibles a la adquisición de las existencias. No obstante lo anterior, podrán incluirse los intereses incorporados a los débitos con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.

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1.2 Coste de producción

El coste de producción se determinará añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los costes direc tamente imputables al producto. También deberá añadirse la parte que razonablemente corresponda de los costes indirectamente imputables a los productos de que se trate, en la medida en que tales costes correspondan al período de fabricación, elaboración o construcción, en los que se haya incurrido al ubicarlos para su venta y se basen en el nivel de utilización de la capacidad normal de trabajo de los medios de producción.

1.3 Métodos de asignación de valor Cuando se trate de asignar valor a bienes concretos que forman parte de un inventario de bienes intercambiables entre sí, se adop tará con carácter general el método del precio medio o coste medio ponderado. El método FIFO es aceptable y pue de adoptarse si la empresa lo considerase más conveniente para su gestión. Se utilizará un único método de asignación de valor para todas las existencias que tengan una naturaleza y uso similares. Cuando se trate de bienes no intercambiables entre sí o bienes producidos y segregados para un proyecto específico, el valor se asignará identificando el precio o los costes específicamente imputables a cada bien individualmente considerado.

1.4 Coste de las existencias en la prestación de servicios Los criterios indicados en los apartados precedentes resultarán aplicables para determinar el coste de las existencias de los servicios. En concreto, las existencias incluirán el coste de producción de los servicios en tanto aún no se haya reconocido el ingreso por prestación de servicios correspondiente conforme a lo establecido en la norma relativa a ingresos por ventas y prestación de servicios.

2. Valoración posterior Cuando el valor neto realizable de las existencias sea inferior a su precio de adquisición o a su coste de producción, se efectuarán las oportunas correcciones valorativas reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En el caso de las materias primas y otras materias consumibles en el proceso de producción, no se realizará corrección valorativa siempre que se espere que los productos terminados a los que se incorporen sean vendidos por encima del coste. Cuando proceda realizar corrección valorativa, el precio de reposición de las materias primas y otras materias consumibles puede ser la mejor medida disponible de su valor neto realizable.

Adicionalmente, los bienes o servicios que hubiesen sido objeto de un contrato de venta o de prestación de servicios en firme cuyo cumplimiento deba tener lugar posteriormente, no serán objeto de la corrección valorativa, a condición de que el precio de venta estipulado en dicho con trato cubra, como mínimo, el coste de tales bienes o servicios, más todos los costes pendientes de realizar que sean necesarios para la ejecución del contrato.

Si las circunstancias que causaron la corrección del valor de las existencias hubiesen dejado de existir, el importe de la corrección será objeto de reversión reconociéndolo como un ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias

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13.ª Moneda extranjera Una transacción en moneda extranjera es aquélla cuyo importe se denomina o exige su liquidación en una moneda distinta del euro. A los efectos de esta norma, los elementos patrimoniales se diferenciarán, según su consideración, en: a) Partidas monetarias: son el efectivo, así como los activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los préstamos y otras partidas a cobrar, los débitos y otras partidas a pagar y las inversiones en valores representativos de deuda que cumplan los requisitos anteriores.b) Partidas no monetarias: son los activos y pasivos que no se consideren partidas monetarias, es decir, que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada ni determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, inmovilizados intangibles, las existencias, las inversiones en el patrimonio de otras empresas que cumplan los requisitos anteriores, así como los anticipos a cuenta de compras o ventas.

1. Valoración inicial Toda transacción en moneda extranjera se convertirá al euro, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, del tipo de cambio de contado, es decir, del tipo de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata, entre ambas monedas, en la fecha de la transacción, entendida como aquella en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento.

Se podrá utilizar un tipo de cambio medio del período (como máximo mensual) para todas las transacciones que tengan lugar durante ese intervalo, en cada una de las clases de moneda extranjera en que éstas se hayan realizado, salvo que dicho tipo haya sufrido variaciones significativas durante el intervalo de tiempo considerado.

2. Valoración posterior 2.1 Partidas monetarias Al cierre del ejercicio se valorarán aplicando el tipo de cambio de cierre, entendido como el tipo de cambio medio de contado, existente en esa fecha. Las diferencias de cambio, tanto positivas como negativas, que se originen en este proceso, así como las que se produzcan al liquidar dichos elementos patrimoniales, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que surjan.

2.2 Partidas no monetarias 2.2.1 Partidas no monetarias valoradas a coste histórico Se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción. Cuando un activo denominado en moneda extranjera se amortice, las dotaciones a la amortización se calcularán sobre el importe en euros aplicando el tipo de cambio de la fecha en que fue registrado inicialmente.

La valoración así obtenida no podrá exceder, en cada cierre posterior, del importe recuperable en ese momento, aplicando a este valor, si fuera necesario, el tipo de cambio de cierre; es decir, de la fecha a la que se refieren las cuentas anuales.

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Cuando, de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros, se deba determinar el patrimonio neto de una empresa participada corregido, en su caso, por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de valoración, se aplicará el tipo de cambio de cierre al patrimonio neto y a las plusvalías tácitas existentes a esa fecha.

2.2.2 Partidas no monetarias valoradas a valor razonableSe valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de determinación del valor razonable, registrándose en el resultado del ejercicio cualquier diferencia de cambio incluida en las pérdidas o ganancias derivadas de cambios en la valoración. 14.ª Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y otros Impuestos indirectos El IVA soportado no deducible formará parte del precio de adquisición de los activos corrientes y no corrientes, así como de los servicios, que sean objeto de las operaciones gravadas por el impuesto. En el caso de autoconsumo interno, esto es, producción propia con destino al inmovilizado de la empresa, el IVA no deducible se adicionará al coste de los respectivos activos no corrientes.

No alterarán las valoraciones iniciales las rectificaciones en el importe del IVA soportado no deducible, consecuencia de la regularización derivada de la prorrata definitiva, incluida la regularización por bienes de inversión.

El IVA repercutido no formará parte del ingreso derivado de las operaciones gravadas por dicho impuesto o del importe neto obtenido en la enajenación o disposición por otra vía en el caso de baja en cuentas de activos no corrientes.

Las reglas sobre el IVA soportado no deducible serán aplicables, en su caso, al IGIC y a cualquier otro impuesto indirecto soportado en la adquisición de activos o servicios, que no sea recuperable directamente de la Hacienda Pública.

Las reglas sobre el IVA repercutido serán aplicables, en su caso, al IGIC y a cualquier otro impuesto indirecto que grave las operaciones realizadas por la empresa y que sea recibido por cuenta de la Hacienda Pública. Sin embargo, se contabilizarán como gastos y por tanto noreducirán la cifra de negocios, aquellos tributos que para determinar la cuota a ingresar tomen como referencia la cifra de negocios u otra magnitud relacionada, pero cuyo hecho imponible no sea la operación por la que se transmiten los activos o se prestan los servicios. 15.º Impuestos sobre beneficios Los impuestos sobre el beneficio a los que se refiere esta norma son aquellos impuestos directos, que se liquidan a partir de un resultado empresarial calculado de acuerdo con las normas fiscales.

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Cuando dicho cálculo no se realice en función de las transacciones económicas reales, sino mediante la utilización de signos, índices y módulos objetivos, no se aplicará la parte de esta norma que corresponda al impuesto diferido, sin perjuicio de que cuando estos procedimientos se apliquen sólo parcialmente en el cálculo del impuesto o en la determinación de las rentas, puedan surgir activos o pasivos por impuesto diferido.

1. Activos y pasivos por impuesto corriente El impuesto corriente es la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, darán lugar a un menor importe del impuesto corriente.

El impuesto corriente correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, se reconocerá como un pasivo en la medida en que esté pendiente de pago. En caso contrario, si la cantidad ya pagada, correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, excediese del impuesto corriente por esos ejercicios, el exceso se reconocerá como un activo.

2. Activos y pasivos por impuesto diferido

2.1 Diferencias temporarias Las diferencias temporarias son aquéllas derivadas de la diferente valoración, contable y fiscal, atribuida a los activos, pasivos y determinados instrumentos de patrimonio propio de la empresa, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura. La valoración fiscal de un activo, pasivo o instrumento de patrimonio propio, denominada base fiscal, es el importe atribuido a dicho elemento de acuerdo con la legislación fiscal aplicable. Puede existir algún elemento que tenga base fiscal aunque carezca de valor contable y, por tanto, no figure reconocido en el balance.

Estas diferencias se producen:

a) Normalmente por la existencia de diferencias temporales entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos, cuyo origen se encuentra en los diferentes criterios temporales de imputación empleados para determi nar ambas magnitudes y que, por tanto, revierten en períodos subsiguientes. b) En otros casos, tales como los derivados de los ingresos y gastos registrados directamente en el patrimonio neto que no se computan en la base imponible, como sucede con las subvenciones, donaciones y legados recibidos de terceros no socios, siempre que los mismos difieran de los atribuidos a efectos fiscales.

Las diferencias temporarias se clasifican en: a) Diferencias temporarias imponibles, que son aquellas que darán lugar a mayores canti dades a pagar o menores cantidades a devolver por impuestos en ejercicios futuros, normalmente a medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan. b) Diferencias temporarias deducibles, que son aquellas que darán lugar a menores canti dades a pagar o mayores cantidades a devolver por impuestos en ejercicios futuros, normalmente a

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medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan.

2.2 Pasivos por impuesto diferido En general, se reconocerá un pasivo por impuesto diferido por todas las diferencias temporarias imponibles, a menos que éstas hubiesen surgido de: a) El reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que no es una combinación de negocios y además no afectó ni al resultado contable ni a la base imponible del impuesto. Una combinación de negocios es una operación en la que una empresa adquiere el control de uno o varios negocios, según se definen en el apartado 2 de la norma relativa a operaciones entre empresas del grupo. b) Inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos, si la inversora puede controlar el momento de la reversión de la diferencia y además es probable que tal diferencia no revierta en un futuro previsible.

2.3 Activos por impuesto diferido De acuerdo con el principio de prudencia sólo se reconocerán activos por impuesto diferido en la medida en que resulte probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras que permitan la aplicación de estos activos. Siempre que se cumpla la condición anterior, se reconocerá un activo por impuesto diferido en los supuestos siguientes:

a) Por las diferencias temporarias deducibles; b) Por el derecho a compensar en ejercicios posteriores las pérdidas fiscales; c) Por las deducciones y otras ventajas fiscales no utilizadas, que queden pendientes de aplicar fiscalmente.

Sin perjuicio de lo anterior, se tendrán en cuenta las siguientes excepciones:

a) Cuando la diferencia temporaria deducible haya surgido por el reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que no sea una combinación de negocios, en los términos indicados en el apartado anterior, y además no afectó ni al resultado contable ni a la base imponible del impuesto, no se reconocerá un activo por impuesto diferido. b) Cuando la diferencia temporaria deducible haya surgido por inversiones en empresas dependientes, asociadas o negocios conjuntos, sólo se reconocerá un activo por impuesto diferido si se espera que dicha diferencia revierta en un futuro previsible y sea probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras en cuantía suficiente.

En la fecha de cierre de cada ejercicio, la empresa reconsiderará los activos por impuesto diferido reconocidos y aquéllos que no haya reconocido anteriormente. En ese momento, la empresa dará de baja un activo reconocido anteriormente si ya no resulta probable su recuperación, o registrará cualquier activo de esta naturaleza no reconocido anterior mente, siempre que resulte probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras en cuantía suficiente que permitan su aplicación.

3. Valoración de los activos y pasivos por impuesto corriente y diferidoLos activos y pasivos por impuesto corriente se valorarán por las cantidades que se espera pagar o recuperar de las autoridades fiscales, de acuerdo con la normativa vigente o aprobada y

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pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio.Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen espera dos en el momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.En su caso, la modificación de la legislación tributaria –en especial la modificación de los tipos de gravamen– y la evolución de la situación económica de la empresa dará lugar a la correspondiente variación en el importe de los pasivos y activos por impuesto diferido.Los activos y pasivos por impuesto diferido no deben ser descontados.

4. Gasto (ingreso) por impuesto sobre beneficiosEl gasto (ingreso) por impuesto sobre beneficios del ejercicio comprenderá la parte relativa al gasto (ingreso) por el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto (ingreso) por el impuesto diferido.

El gasto o el ingreso por impuesto corriente se corresponderá con la cancelación de las retenciones y pagos a cuenta así como con el reconocimiento de los pasivos y activos por impuesto corriente.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponderá con el reconocimiento y la cancelación de los pasivos y activos por impuesto diferido, así como, en su caso, por el reconocimiento e imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias del ingreso directamente imputado al patrimonio neto que pueda resultar de la contabilización de aquellas deducciones y otras ventajas fiscales que tengan la naturaleza económica de subvención.

En el caso particular de una empresa en la que todas las diferencias temporarias al inicio y cierre del ejercicio hayan sido originadas por diferencias temporales entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos, el gasto o el ingreso por impuesto diferido se podrá valorar directamente mediante la suma algebraica de las cantidades siguientes, cada una con el signo que corresponda:

a) Los importes que resulten de aplicar el tipo de gravamen apropiado al importe de cada una de las diferencias indicadas, reconocidas o aplicadas en el ejercicio, y a las bases impo nibles negativas a compensar en ejercicios posteriores, reconocidas o aplicadas en el ejer cicio;b) Los importes de las deducciones y otras ventajas fiscales pendientes de aplicar en ejercicios posteriores, reconocidas o aplicadas en el ejercicio, así como, en su caso, por el reconocimiento e imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias del ingreso directamente imputado al patrimonio neto que pueda resultar de la contabilización de aquellas deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto que tengan una naturaleza económica asimilable a las subvenciones;c) Los importes derivados de cualquier ajuste valorativo de los pasivos o activos por impuesto diferido, normalmente por cambios en los tipos de gravamen o de las circunstancias que afectan a la eliminación o reconocimiento posteriores de tales pasivos o activos.

Tanto el gasto o el ingreso por impuesto corriente como diferido, se inscribirán en la cuenta de pérdidas y ganancias. No obstante, los activos y pasivos por impuesto corriente y diferido que se relacionen con una transacción o suceso que se hubiese reconocido directamente en una partida

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del patrimonio neto, se reconocerán con cargo o abono a dicha partida.

De acuerdo con los criterios anteriores, el importe a contabilizar por el Impuesto sobre Sociedades devengado en el ejercicio se calculará realizando las siguientes operaciones: Resultado contable ajustado

Es el resultado económico antes de impuestos del ejercicio más o menos las "diferencias permanentes" que correspondan al mismo. - Impuesto bruto Se calculará el importe aplicando el tipo impositivo correspondiente al ejercicio sobre el "resultado contable ajustado". - Impuesto sobre Sociedades devengado

Finalmente, del importe del "impuesto bruto", según sea positivo o negativo, se restará o sumará, respectivamente, el de las bonificaciones y deducciones en la cuota, excluidas las retenciones y los pagos a cuenta, para obtener el Impuesto sobre Sociedades devengado.

5. Empresarios individuales En el caso de empresarios individuales no deberá lucir ningún importe en la rúbrica correspondiente al impuesto sobre beneficios. A estos efectos, al final del ejercicio las retenciones soportadas y los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas deberán ser objeto del correspondiente traspaso a la cuenta del titular de la empresa. 16.ª Ingresos por ventas y prestación de servicios 1. Aspectos comunes Los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos, que, salvo evidencia en contrario, será el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido: el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos. No obstante, podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.

Los impuestos que gravan las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios que la empresa debe repercutir a terceros como el impuesto sobre el valor añadido y los impuestos especiales, así como las cantidades recibidas por cuenta de terceros, no formarán parte de los ingresos.

Los créditos por operaciones comerciales se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros.

No se reconocerá ningún ingreso por la permuta de bienes o servicios, por operaciones de tráfico,

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de similar naturaleza y valor. Con el fin de contabilizar los ingresos atendiendo al fondo económico de las operaciones, puede ocurrir que los componentes identificables de una misma transacción deban reconocerse aplicando criterios diversos, como una venta de bienes y los servicios anexos; a la inversa, transacciones diferentes pero ligadas entre sí se tratarán contablemente de forma conjunta.

Cuando existan dudas relativas al cobro de un importe previamente reconocido como ingresos por venta o prestación de servicios, la cantidad cuyo cobro se estime como improbable se registrará como un gasto por corrección de valor por deterioro y no como un menor ingreso.

2. Ingresos por ventas Sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de la venta de bienes cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: a) La empresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad de los bienes, con independencia de su transmisión jurídica. b) La empresa no mantiene la gestión corriente de los bienes vendidos, en un grado asociado normalmente con su propiedad, ni retiene el control efectivo de los mismos. c) El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad. d) Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción,y e) Los costes incurridos o a incurrir en la transacción pueden ser valorados con fiabilidad.

3. Ingresos por prestación de servicios Los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio. En consecuencia, sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: a) El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad. b) Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción. c) El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y d) Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.

Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán ingresos, sólo en la cuantía en quelos gastos reconocidos se consideren recuperables. 17.ª Provisiones y contingencias 1. Reconocimiento La empresa reconocerá como provisiones los pasivos que, cumpliendo la definición y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, resulten indeterminados respecto a su importe o a la fecha en que se cancelarán. Las provisiones pueden venir determinadas por una disposición legal, contractual o por una obligación implícita o tácita.

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En este último caso, su nacimiento se sitúa en la expectativa válida creada por la empresa frente a terceros, de asunción de una obligación por parte de aquélla.En la memoria de las cuentas anuales se deberá informar sobre las contingencias que tenga la empresa relacionadas con obligaciones distintas a las mencionadas en el párrafo anterior.

2. Valoración De acuerdo con la información disponible en cada momento, las provisiones se valorarán en la fecha de cierre del ejercicio, por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero la obligación, registrándose los ajustes que surjan por la actualización de la provisión como un gasto financiero conforme se vayan devengando. Cuando se trate de provisiones con vencimiento inferior o igual a un año, y el efecto financiero no sea significativo, no será necesario llevar a cabo ningún tipo de descuento.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. El importe por el que se registrará el citado activo no podrá exceder del importe de la obligación registrada contablemente. Sólo cuando exista un vínculo legal o contractual, por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la empresa no esté obligada a responder, se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la provisión. 18.ª Subvenciones, donaciones y legados recibidos 1. Subvenciones, donaciones y legados otorgados por terceros distintos a los socios o propietarios

1.1 Reconocimiento Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables se contabilizarán inicialmente, con carácter general, como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención, donación o legado, de acuerdo con los criterios que se detallan en el apartado 1.3 de esta norma.

Las subvenciones, donaciones y legados que tengan carácter de reintegrables se registrarán como pasivos de la empresa hasta que adquieran la condición de no reintegrables.

A estos efectos, se considerará no reintegrable cuando exista un acuerdo individualizado de concesión de la subvención, donación o legado a favor de la empresa, se hayan cumplido las condiciones establecidas para su concesión y no existan dudas razonables sobre la recepción de la subvención, donación o legado.

1.2 Valoración Las subvenciones, donaciones y legados de carácter monetario se valorarán por el valor razonable del importe concedido, y las de carácter no monetario o en especie se valorarán por el valor razonable del bien recibido, referenciados ambos valores al momento de su reconocimiento.

1.3 Criterios de imputación a resultados

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La imputación a resultados de las subvenciones, donaciones y legados que tengan el carácter de no reintegrables se efectuará atendiendo a su finalidad.

En este sentido, el criterio de imputación a resultados de una subvención, donación o legado de carácter monetario deberá ser el mismo que el aplicado a otra subvención, donación o legado recibido en especie, cuando se refieran a la adquisición del mismo tipo de activo o a lacancelación del mismo tipo de pasivo.

A efectos de su imputación en la cuenta de pérdidas y ganancias, habrá que distinguir entre los siguientes tipos de subvenciones, donaciones y legados:

a) Cuando se concedan para asegurar una rentabilidad mínima o compensar los déficit de explotación: se imputarán como ingresos del ejercicio en el que se concedan, salvo si se destinan a financiar déficit de explotación de ejercicios futuros, en cuyo caso se imputarán en dichos ejercicios. b) Cuando se concedan para financiar gastos específicos: se imputarán como ingresos en el mismo ejercicio en el que se devenguen los gastos que estén financiando.c) Cuando se concedan para adquirir activos o cancelar pasivos, se pueden distinguir los siguientes casos:

— Activos del inmovilizado intangible, material e inversiones inmobiliarias: se imputarán como ingresos del ejercicio en proporción a la dotación a la amortización efectuada en ese periodo para los citados elementos o, en su caso, cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance. — Existencias que no se obtengan como consecuencia de un rappel comercial: se imputarán como ingresos del ejercicio en que se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance. — Activos financieros: se imputarán como ingresos del ejercicio en el que se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance. — Cancelación de deudas: se imputarán como ingresos del ejercicio en que se produzca dicha cancelación, salvo cuando se otorguen en relación con una financiación específica, en cuyo caso la imputación se realizará en función del elemento financiado.

d) Los importes monetarios que se reciban sin asignación a una finalidad específica se imputarán como ingresos del ejercicio en que se reconozcan.

Se considerarán en todo caso de naturaleza irreversible las correcciones valorativas por deterioro de los elementos en la parte en que éstos hayan sido financiados gratuitamente.

2. Subvenciones, donaciones y legados otorgados por socios o propietariosLas subvenciones, donaciones y legados no reintegrables recibidos de socios o propietarios, no constituyen ingresos, debiéndose registrar directamente en los fondos propios, independientemente del tipo de subvención, donación o legado de que se trate. La valoración de estas subvenciones, donaciones y legados es la establecida en el apartado 1.2 de esta norma.

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No obstante, en el caso de empresas pertenecientes al sector público que reciban subvenciones, donaciones o legados de la entidad pública dominante para financiar larealización de actividades de interés público o general, la contabilización de dichas ayudas públicas se efectuará de acuerdo con los criterios contenidos en el apartado anterior de esta norma. 19.ª Negocios conjuntos 1. Ámbito de aplicación Un negocio conjunto es una actividad económica controlada conjuntamente por dos o más personas físicas o jurídicas. A estos efectos, control conjunto es un acuerdo estatutario o contractual en virtud del cual dos o más personas, que serán denominadas en la presentenorma «partícipes», convienen compartir el poder de dirigir las políticas financiera y de explotación sobre una actividad económica con el fin de obtener beneficios económicos, de tal manera que las decisiones estratégicas, tanto financieras como de explotación, relativas a laactividad requieran el consentimiento unánime de todos los partícipes.

2. Categorías de negocios conjuntos Los negocios conjuntos pueden ser: a) Negocios conjuntos que no se manifiestan a través de la constitución de una empresa ni el establecimiento de una estructura financiera independiente de los partícipes, como son las uniones temporales de empresas y las comunidades de bienes, y entre las que se distinguen:a1) Explotaciones controladas de forma conjunta: actividades que implican el uso de activos y otros recursos propiedad de los partícipes. a2) Activos controlados de forma conjunta: activos que son propiedad o están controlados conjuntamente por los partícipes. b) Negocios conjuntos que se manifiestan a través de la constitución de una persona jurídica independiente o empresas controladas de forma conjunta.

2.1. Explotaciones y activos controlados de forma conjunta El partícipe en una explotación o en activos controlados de forma conjunta registrará en su balance la parte proporcional que le corresponda, en función de su porcentaje de participación, de los activos controlados conjuntamente y de los pasivos incurridos conjuntamente, así como los activos afectos a la explotación conjunta que estén bajo su control y los pasivos incurridos como consecuencia del negocio conjunto.

Asimismo reconocerá en su cuenta de pérdidas y ganancias la parte que le corresponda de los ingresos generados y de los gastos incurridos por el negocio conjunto, así como los gastos incurridos en relación con su participación en el negocio conjunto, y que de acuerdo con lo dispuesto en este Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas deban ser imputados a la cuenta de pérdidas y ganancias.

En el estado de cambios en el patrimonio neto y, si voluntariamente lo presentase, en el estado de flujos de efectivo del partícipe estará integrada igualmente la parte proporcional de los importes de las partidas del negocio conjunto que le corresponda en función del porcentaje departicipación establecido en los acuerdos alcanzados.Se deberán eliminar los resultados no realizados que pudieran existir por transacciones entre el partícipe y el negocio conjunto, en proporción a la participación que corresponda a aquél. También serán objeto de eliminación los importes de activos, pasivos, ingresos, gastos yflujos de efectivo recíprocos.

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Si el negocio conjunto elabora estados financieros a efectos del control de su gestión, se podrá operar integrando los mismos en las cuentas anuales individuales de los partícipes en función del porcentaje de participación y sin perjuicio de que debe registrarse conforme a lo previsto en el artículo 28 del Código de Comercio. Dicha integración se realizará una vez efectuada la necesaria homogeneización temporal, atendiendo a la fecha de cierre y al ejercicio económico del partícipe, la homogeneización valorativa en el caso de que el negocio conjunto haya utilizado criterios valorativos distintos de los empleados por el partícipe, y las conciliaciones y reclasificaciones de partidas necesarias.

2.2 Empresas controladas de forma conjunta El partícipe registrará su participación en una empresa controlada de forma conjunta de acuerdo con lo previsto respecto a las inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas en el apartado 2.3 de la norma relativa a activos financieros. 20.ª Operaciones entre empresas del grupo

1. Alcance y regla general La presente norma será de aplicación a las operaciones realizadas entre empresas del mismo grupo, tal y como éstas quedan definidas en la norma 11.ª de elaboración de las cuentas anuales.

Las operaciones entre empresas del mismo grupo, con independencia del grado de vinculación entre las empresas del grupo participantes, se contabilizarán de acuerdo con las normas generales.

En consecuencia, con carácter general, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, los elementos objeto de la transacción se contabilizarán en el momento inicial por el precio acordado, si equivale a su valor razonable.

En su caso, si el precio acordado en una operación difiriese de su valor razonable, la diferencia deberá registrarse atendiendo a la realidad económica de la operación. La valoración posterior se realizará de acuerdo con lo previsto en las correspondientes normas.

2. Norma particular: Aportaciones no dinerarias de un negocio En las aportaciones no dinerarias a una empresa del grupo en las que el objeto sea un negocio, la inversión en el patrimonio en el aportante se valorará por el valor contable de los elementos patrimoniales que integren el negocio.

A estos efectos, un negocio es un conjunto de elementos patrimoniales constitutivos de una unidad económica dirigida y gestionada con el propósito de proporcionar un rendimiento, menores costes u otros beneficios económicos a sus propietarios. No se considerará que las participaciones en el patrimonio neto de otras empresas constituyen en sí mismas un negocio.

21.ª Cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables

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Cuando se produzca un cambio de criterio contable, que sólo procederá de acuerdo con lo establecido en el principio de uniformidad, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información.El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios anteriores que se derive de dicha aplicación motivará, en el ejercicio en que se produce el cambio de criterio, el correspondiente ajuste por el efecto acumulado de las variaciones de los activos y pasivos, el cual se imputará directamente en el patrimonio neto, en concreto, en una partida de reservas salvo que afectara a un gasto o un ingreso que se imputó en los ejercicios previos directamente en otra partida del patrimonio neto. Asimismo se modificarán las cifras afectadas en la información comparativa de los ejercicios a los que le afecte el cambio de criterio contable.

En la subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores serán de aplicación las mismas reglas que para los cambios de criterios contables. A estos efectos, se entiende por errores las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas.

Sin embargo, se calificarán como cambios en estimaciones contables aquellos ajustes en el valor contable de activos o pasivos, o en el importe del consumo futuro de un activo, que sean consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o delconocimiento de nuevos hechos. El cambio de estimaciones contables se aplicará de forma prospectiva y su efecto se imputará, según la naturaleza de la operación de que se trate, como ingreso o gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio o, cuando proceda, directamente al patrimonio neto. El eventual efecto sobre ejercicios futuros se irá imputando en el transcurso de los mismos.

Siempre que se produzcan cambios de criterio contable o subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores se deberá incorporar la correspondiente información en la memoria de las cuentas anuales.

Asimismo, se informará en la memoria de los cambios en estimaciones contables que hayan producido efectos significativos en el ejercicio actual, o que vayan a producirlos en ejercicios posteriores.

22.ª Hechos posteriores al cierre del ejercicio

Los hechos posteriores que pongan de manifiesto condiciones que ya existían al cierre del ejercicio, deberán tenerse en cuenta para la formulación de las cuentas anuales. Estos hechos posteriores motivarán en las cuentas anuales, en función de su naturaleza, un ajuste, información en la memoria o ambos.

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Los hechos posteriores al cierre del ejercicio que pongan de manifiesto condiciones que no existían al cierre del mismo, no supondrán un ajuste en las cuentas anuales.No obstante, cuando los hechos sean de tal importancia que si no se facilitara información al respecto podría distorsionarse la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales, se deberá incluir en la memoria información respecto a la naturaleza del hecho posterior conjuntamente con una estimación de su efecto o, en su caso, una manifestación acerca de la imposibilidad de realizar dicha estimación.

En todo caso, en la formulación de las cuentas anuales deberá tenerse en cuenta toda información que pueda afectar a la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

En consecuencia, las cuentas anuales no se formularán sobre la base de dicho principio si los gestores, aunque sea con posterioridad al cierre del ejercicio, determinan que tienen la intención de liquidar la empresa o cesar en su actividad o que no existe una alternativa más realista que hacerlo. 3. Segunda parte del PGC: cuadro de cuentas Plan General de Cuentas (B.O.E. del 21 de Noviembrede 2007) VER ANEXO

4. Tabla general de amortizaciones Tabla general (Anexo RIS aprobado por RD 1777/2004).

Índice de la Tabla general de amortizaciones

División 0 Agricultura, Ganadería y Pesca.

División 1 Energía y Agua.

División 2 Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados de la industria química.

División 3 Industrias transformadoras de los metales.

División 4 Otras industrias manufactureras.

División 5 Construcción.

División 6 Comercio, hostelería y restaurante. Reparaciones.

División 7 Transportes y comunicaciones.

División 8 Instituciones financieras, seguros, servicios prestados a las empresas y alquileres.

División 9 Otros servicios.

Elementos comunes.

Instrucciones para la aplicación de la Tabla de amortización.

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VER ANEXO TABLA GENERAL DE AMORTIZACIONES RESUMEN La normativa contable y fiscal exige la llevanza obligatoria de unos determinados libros, que serán debidamente legalizados según indica la misma normativa. Es aconsejable, además, la llevanza de una serie de libros o registros anexos, que aún no siendo obligatorios ayudan a interpretar los primeros, como son el caso del Libro Mayor, Bancos, etc. ANEXOS CASOS PRÁCTICOS CURSO DE CONTABILIDA UNIDAD 9- LIBROS DE CONTABILIDAD

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ANEXO. TABLA DE COEFICIENTES DE AMORTIZACIÓN. División 0. Agricultura, ganadería y pescaAGRUPACIÓN 01. PRODUCCIÓN AGRÍCOLA

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 011. Explotación agrícola y ganadera

1. Obras de acondicionamiento, riego y drenaje:

a) Red de acequias y desagües de obras de fábrica 8 25

b) Red de distribución subterránea con tubería 6 34

c) Diques, albercas, depósitos elevados y estanques de evaporación 4 50

2. Maquinaria pesada para movimiento de tierras:

Se aplicarán los coeficientes de la agrupación 51.

3. Máquinas y aperos para preparación del terreno:

a) Subsoladoras, arados de todas clases y rodillos apisonantes 10 20

b) Despedregadoras, rotocultores y desbrozadoras 12 18

4. Máquinas abonadoras, sembradoras y carros pulverizadores 12 18

5. Maquinaria para selección y desinfección de semillas, espolvoreadores y pulverizadores con motor y equipos para tratamientos de plagas en general 15 14

6. Instalaciones y equipos de riego 10 20

7. Máquinas de recolección 12 18

8. Remolques 10 20

9. Tractores y sus accesorios 12 18

10. Restante maquinaria de las explotaciones agrarias no comprendidas en los anteriores 12 18

11. Útiles y aperos de labranza no especificados en los anteriores apartados 25 8

12. Instalaciones para cultivos protegidos:

a) Estructura alambre y madera 15 14

b) Estructura alambre y hierro 12 18

c) Estructura de hierro y cristal o similar 8 25

13. Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino 16 14

14. Ganado equino y frutales no cítricos 8 25

15. Frutales cítricos y viñedos 4 50

16. Olivar 2 100

Grupo 012. Manipulación y envasado de frutos, hortalizas y plantas

1. Maquinaria e instalaciones de descarga, elevación y transporte interior, de preparación, descascarado, lavado, secado, encerado, cepillado, selección y calibrado 12 18

2. Maquinaria e instalaciones de empaquetado, empapelado, marcado, envasado, apilado y plegado 10 20

1

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Grupo 013. Desecación de frutos, hortalizas y tubérculos

1. Secaderos 7 30

2. Maquinaria e instalaciones de preparación, selección, lavado, secado mecánico y molienda 12 18

3. Maquinaria e instalaciones de envasado y empaquetado 10 20 AGRUPACIÓN 02. EXPLOTACIONES INDUSTRIALES DE PRODUCCIÓN AVÍCOLA-LECHERA

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Molinos de piensos y maquinaria e instalaciones de preparación de alimentos 10 20

2. Instalaciones de distribución de alimentos, de puesta, registro, crianza y recría 12 18

3. Instalaciones incubadoras 10 20

4. Instalaciones de clasificación y pesaje 10 20

5. Segadoras-hileradoras 12 18

6. Tractores 12 18

7. Accesorios del tractor 12 18

8. Instalaciones de ordeño 15 14 AGRUPACIÓN 03. PESCA

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 031. Pesca marítima con buques y almadrabas

1. Embarcaderos e instalaciones de carga y descarga 6 34

2. Buques de pesca 10 20

3. Aparatos localizadores de pesca, detectores, telefonía, radiogoniómetros y radar 18 12

4. Aparejos de pesca 25 8

5. Maquinaria e instalaciones para la preparación y manipulado del pescado y sus derivados 12 18

Grupo 032. Explotaciones cetáreas, ostrícolas y viveros

1. Instalaciones flotantes para criaderos 8 25

2. Compuertas y parrillas en viveros 10 20

3. Instalaciones para la preparación y manipulado de crustáceos y moluscos 12 18

4. Utensilios de arranque, cuerda de esparto y similares 25 8

Grupo 033. Secado, salazón y ahumado del pescado

1. Secaderos 7 30

2. Maquinaria e instalaciones de limpieza, preparación y primera 12 18

2

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elaboración del pescado

3. Maquinaria e instalaciones de desecación y ahumado 12 18

4. Maquinaria e instalaciones de envasado, cierre, empaquetado y embalado 10 20 División 1. Energía y aguaAGRUPACIÓN 11. EXTRACCIÓN, PREPARACIÓN, AGLOMERACIÓN DE COMBUSTIBLES SÓLIDOS Y COQUERÍAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 111. Minas a cielo abierto

1. Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras 4 50

2. Infraestructura y obras mineras especializadas 7 30

3. Excavadora de rodetes e instalaciones anexas 15 14

4. Apiladoras e instalaciones anexas 10 20

5. Cintas transportadoras 10 20

6. Maquinaria de mina: tractores orugas, excavadoras, palas y camiones de mina 20 10

7. Maquinaria para perforación y sondeo 30 8

8. Maquinaria e instalaciones auxiliares de minas 10 20

9. Autocamiones 20 10

Grupo 112. Minas subterráneas

1. Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras 4 50

2. Infraestructura y obras mineras especializadas 7 30

3. Maquinaria e instalaciones auxiliares de minas 10 20

4. Maquinaria e instalaciones de compresión, trituración y clasificación 15 14

5. Instalaciones para relleno 12 18

6. Instalaciones de ventilación 12 18

7. Instalaciones de aire comprimido 12 18

8. Desagües de minas 12 18

9. Instalaciones de transporte sobre raíles:

a) Vías 7 30

b) Vagonetas, volquetes y demás elementos de carga 10 20

c) Equipos de tracción 8 25

10. Autocamiones 20 10

Grupo 113. Plantas de tratamiento, concentración y depuración de minerales

1. Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras 4 50

2. Maquinaria e instalaciones para el transporte de mineral 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para separación y tratamiento primario 12 18

4. Maquinaria e instalaciones de trituración, molienda y clasificación 15 14

3

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5. Maquinaria e instalaciones auxiliares 10 20

6. Autocamiones 20 10 AGRUPACIÓN 12. EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Maquinaria e instalaciones para trabajos de perforación:

a) Sonda perforadora, bombas de expulsión, grupos motrices 12 18

b) Castillete-mástil 10 20

c) Varillaje de perforación 20 10

2. Maquinaria e instalaciones de extracción y producción 12 18

3. Maquinaria e instalaciones de flujo y redes colectoras 12 18

4. Maquinaria e instalaciones de separación y tratamiento primario 12 18

5. Maquinaria e instalaciones de almacenamiento 10 20

6. Tanques y depósitos 8 25

7. Maquinaria e instalaciones de bombeo, medida, evacuación, de recuperación secundaria y terciaria e instalaciones anexas a las anteriores 10 20

8. Plataformas marinas 10 20

9. Buques de perforación y producción 10 20

10. Torre y subestructura 10 20

11. Instalaciones de transporte de hidrocarburos por canalización 10 20 AGRUPACIÓN 13. REFINO DE PETRÓLEO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Unidades de destilación, craqueo y reformado 12 18

2. Unidades de desulfuración, polimerización, lubricantes, asfaltos y similares 12 18

3. Calcinadoras de coque 12 18

4. Unidades de tratamiento 12 18

5. Unidades de mezcla y dosificadores 10 20

6. Redes de distribución y transporte de fluidos 8 25

7. Unidades de bombeo 10 20

8. Unidades de almacenamiento 5 40 AGRUPACIÓN 14. TRANSPORTE POR OLEODUCTO DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS Y SU ALMACENAMIENTO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

4

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1. Instalaciones marítimas:

a) Superestructura y pilotes 4 50

b) Equipos e instalaciones mecánicas 12 18

c) Líneas de conducción 8 25

2. Oleoductos:

a) Líneas de conducción y su infraestructura 8 25

b) Estaciones de bombeo y terminales de recepción 10 20

3. Tanques de almacenamiento, sus cubetos de retención y su infraestructura 5 40

4. Equipos de bombeo en instalaciones de almacenamiento 10 20

5. Líneas de conducción de productos y de vapor para calentamiento de fueles en instalaciones de almacenamiento 8 25

6. Red de drenaje de tanques 4 50

7. Separadores de hidrocarburos, unidades de recuperación de vapores y otras instalaciones anticontaminantes 15 14

8. Cargaderos de camiones o vagones-cisterna:

a) Equipos electrónicos para automatización o regulación del proceso de carga 15 14

b) Instalación y equipos para aditivación 12 18

c) Equipo mecánico y otro 12 18

9. Camiones para transporte de productos petrolíferos:

a) Cabezas tractoras de tráilers 18 12

b) Semirremolques o cisternas de tráilers 12 18

c) Camiones-cisterna rígidos 15 14 AGRUPACIÓN 15. PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 151. Producción, transporte y distribución de energía eléctrica

1. Centrales hidráulicas, de bombeo y mixtas:

Obra civil 3 68

Equipamiento electromecánico 5 40

2. Centrales térmicas 7 30

3. Centrales nucleares, incluidos los terrenos ocupados en la zona bajo control del explotador 5 40

4. Centrales eólicas 8 25

5. Centrales experimentales 10 20

6. Líneas de transporte 5 40

7. Subestaciones:

5

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a) Convencionales 5 40

b) Blindadas 3 68

8. Reparto y distribución 4 50

9. Aparatos de medida 7 30

10. Instalaciones de despacho de maniobra 10 20

11. Otras instalaciones técnicas 8 25

Grupo 152. Producción, transporte y distribución de gas

1. Instalaciones de producción y regasificación:

a) Instalaciones de carga y descarga 8 25

b) Depósitos de almacenamiento 5 40

c) Instalaciones de vaporización 10 20

d) Líneas de fabricación 12 18

2. Instalaciones de transporte y distribución:

a) Redes de transporte y distribución 5 40

b) Estaciones de regulación y medida 5 40

c) Instalaciones de medida y control 12 18

d) Depósitos metálicos de distribución 8 25

e) Aparatos surtidores de gases licuados de petróleo 12 18

f) Reguladores de presión 10 20 AGRUPACIÓN 16. CAPTACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Período máximo - Años

1. Obras hidráulicas:

Obra civil 3 68

Equipamiento electromecánico 5 40

2. Depósitos y tanques 4 50

3. Red de distribución 6 34

4. Instalaciones elevadoras 10 20

5. Instalaciones de filtraje 7 30

6. Instalaciones depuradoras por cloración 10 20

7. Instalaciones complementarias mecánicas y eléctricas 6 34 División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados de la industria químicaAGRUPACIÓN 21. EXTRACCIÓN Y PREPARACIÓN DE MINERALES METÁLICOS Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 11. AGRUPACIÓN 22. PRODUCCIÓN Y PRIMERA TRANSFORMACIÓN DE METALES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Hornos altos, hornos de cok, hornos de acero y otras instalaciones 10 20

6

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análogas

2. Instalaciones fijas y trenes de laminación con sus elementos complementarios 10 20

3. Instalaciones de colada continua 10 20

4. Autocamiones 20 10 AGRUPACIÓN 23. EXTRACCIÓN Y PREPARACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS Y ENERGÉTICOS Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 11. AGRUPACIÓN 24. INDUSTRIAS DE PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 241. Yacimientos y canteras

1. Maquinaria e instalaciones para trabajos de cantera o yacimiento: draga, excavadora, palas mecánicas, tractores orugas, camiones de construcción y similares:

a) Sobre neumáticos 15 14

b) Sobre orugas 18 12

2. Sondas, equipos de arrastre, cintas de transporte, elevadores, grúas y bombas aspirantes de arenas y gravas 12 18

3. Instalaciones de transporte aéreo en canteras o yacimientos 8 25

4. Instalaciones de transporte sobre raíles en canteras o yacimientos:

a) Vías 7 30

b) Vagonetas, volquetes y demás elementos de carga 10 20

c) Equipos de tracción 8 25

5. Maquinaria e instalaciones de compresión, trituración, clasificación, secado, calcinado, enfriado, aserrado y corta 15 14

6. Silos de construcción permanente 7 30

7. Maquinaria y equipos para envasado y expedición 10 20

Grupo 242. Fabricación de cemento, cales, yesos y escayolas

1. Maquinaria e instalaciones para trabajos en cantera:

Se aplicarán los coeficientes del grupo 241.

2. Instalaciones de transporte de cantera a fábrica:

Se aplicarán los coeficientes del grupo 241.

3. Maquinaria e instalaciones de preparación, trituración y molienda 12 18

4. Hornos y sus anexos 10 20

5. Maquinaria e instalaciones mezcladoras, agitadoras, secadoras, de aspiración y similares. 12 18

6. Instalaciones de:

a) Silos 7 30

b) Tanques 5 40

7. Vehículos de transporte pesado 20 10

7

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8. Excavadoras y palas mecánicas 12 18

Grupo 243. Fabricación de derivados del cemento y manufacturas de yeso

1. Maquinaria e instalaciones de preparación, triturado, tamizado y mezcla 12 18

2. Maquinaria e instalaciones prensadoras, inyectoras, vibradoras, centrifugadoras, moldeadoras y pulimentadoras 12 18

Grupo 244. Manufacturas de piedras naturales, mármoles y molienda de piedras, tierras y arenas

1. Maquinaria e instalaciones excavadoras, palas mecánicas, de extracción, carga y transporte interno, trituración de piedra, tierras y arenas:

Se aplicarán los coeficientes del grupo 241.

2. Maquinaria e instalaciones de aserrado, fresado, cepillado y pulimentado de piedras y mármoles 12 18

Grupo 245. Fabricación de productos cerámicos

1. Maquinaria e instalaciones para los trabajos y transporte interior en canteras y yacimientos:

Se aplicarán los coeficientes de grupo 241.

2. Maquinaria e instalaciones de transporte de cantera a fábrica:

Se aplicarán los coeficientes del grupo 241.

3. Maquinaria e instalaciones trituradoras, tamizadoras, mezcladoras, centrifugadoras, amasadoras, pulverizadoras, dosificadoras, purificadoras, laminadoras, cortadoras, moldeadoras, prensadoras, y similares 12 18

4. Hornos y sus anexos 10 20

5. Maquinaria e instalaciones de esmaltado, vitrificado, pulido, decorado y acabado, de carga automática, secado, calentamiento de aire y acabado 12 18

6. Maquinaria e instalaciones de envasado, embalado y flejado 10 20

7. Cobertizos y tinglados para desecación 7 30

Grupo 246. Fabricación y manufactura de vidrio

1. Maquinaria e instalaciones de trituración, molienda, tamizado y mezclado 12 18

2. Hornos y sus anexos 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la producción de vidrio plano, hueco, prensado, fibra de vidrio y lanas minerales 12 18

4. Maquinaria para la elaboración, tratamiento y manipulación de vidrio y productos de fibras y lanas minerales 10 20

5. Instalaciones de elaboración, manipulación y transformación de productos terminados 10 20

6. Maquinaria e instalaciones de empaquetado, envasado y flejado 10 20

7. Maquinaria e instalaciones de ensamblado de vidrio y otros materiales para construcción y automóviles 10 20 AGRUPACIÓN 25. INDUSTRIAS QUÍMICAS Y FARMACÉUTICAS Coeficiente Período

8

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lineal máximo - Porcentaje

máximo- Años

1. Instalaciones de fabricación de ácidos inorgánicos 15 14

2. Instalaciones de electrolisis y electrosíntesis 15 14

3. Hornos reactores para síntesis inorgánicas 15 14

4. Hornos reactores para fusión 15 14

5. Instalaciones de síntesis orgánicas a altas presiones y/o temperaturas 15 14

6. Instalaciones de cloración, nitración y sulfonación 15 14

7. Otras instalaciones específicas y maquinaria operativa para procesos químicos 12 18

a) Instalaciones de fabricación de lejías.

b) Instalaciones de fabricación de detergentes sintéticos.

c) Instalaciones de fabricación de explosivos y pólvoras.

d) Instalaciones de fermentación.

e) Instalaciones de pirogeneración.

f) Hornos, calderas y tostaderos y secaderos con calefacción directa o indirecta.

g) Instalaciones de síntesis.

h) Instalaciones de fabricación de colorantes y lacas.

i) Hornos de fabricación de pigmentos y colorantes.

j) Calderas de reactores de fabricación de barnices.

k) Instalaciones para las demás reacciones.

8. Instalaciones de destilación y rectificación 12 18

9. Concentradores, evaporadores, extractores y cristalizadores 12 18

10. Mezcladores cerrados y abiertos operativos con negro de carbono y productos abrasivos en la industria del caucho 12 18

11. Unidades de almacenamiento 5 40

12. Instalaciones de fabricación de detonadores encendedores, pistones, mechas y similares 12 18

13. Instalaciones de fabricación y carga cartuchos de caza 12 18

14. Instalaciones de calandrado, impregnación, compresión, inyección, soplado, inyección-soplado, expansión, espumación, termoconformado, enrollamiento de filamentos, extrusión y colada 12 18

15. Instalaciones de papel carbón, engomado y similares 12 18

16. Instalaciones específicas para transformaciones físicas o trabajos mecánicos 10 20

a) Instalaciones de mezcla, trituración, molienda y amasado.

b) Instalaciones de confección de artículos de pirotecnia.

c) Instalaciones de fabricación de cerillas fosfóricas.

d) Instalaciones de regeneración de materias plásticas.

e) Instalaciones de precipitación, lavado, filtración y secaderos para

9

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pigmentos.

f) Mezcladores, empastadoras y molinos para pigmentos, pinturas y tintas.

g) Instalaciones de tratamiento de aceite de pescado y la preparación de lanolina, suitina, estearina y grasas animales.

h) Instalaciones de fusión de grasas y ceras.

17. Maquinaria e instalaciones de dosificación, envasado y cierre 10 20 División 3. Industrias transformadoras de los metalesAGRUPACIÓN 31. FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS (EXCEPTO MATERIAL DE TRANSPORTE)

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Instalaciones para fundición y forja, fraguas y cubilotes 10 20

2. Instalaciones para tratamientos térmicos y revestimientos metálicos 12 18

3. Máquinas herramientas, máquinas de cortar, doblar y curvar chapa y barras y máquinas que producen deformaciones sin corte ni arranque 12 18

4. Hornos, estufas y calderas 10 20

5. Comprensores y equipos auxiliares 12 18

6. Prensas y equipos auxiliares 12 18

7. Equipos de soldadura y aparellaje 15 14 AGRUPACIÓN 32. CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIA Y MATERIAL ELÉCTRICO Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 31. AGRUPACIÓN 33. FABRICACIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Equipos de fuerza e instalaciones de energía 10 20

2. Instalaciones de transmisiones 12 18

3. Instalaciones y equipos de conmutación analógica y digital 12 18

4. Cabinas y centralitas 12 18

5. Sistemas de alimentación ininterrumpida 25 8

6. Equipos de prueba 25 8

7. Procesadores de comunicaciones 12 18 AGRUPACIÓN 34. CONSTRUCCIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES Y SUS PIEZAS DE REPUESTO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Pistas de ensayo y prueba (excluido el terreno) 7 30

2. Superficies de almacenamiento sin cubrir (excluido el terreno) 5 40

3. Instalaciones para fundición y forja, fraguas y cubilotes 10 20

10

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4. Instalaciones para tratamientos térmicos y revestimientos metálicos 12 18

5. Líneas de embutición, corte, conformación, soldadura y mecanizado 15 14

6. Maquinaria e instalaciones para aplicación y preparación de pinturas 12 18

7. Transportadores y sistemas de alimentación y evacuación de piezas 12 18

8. Contenedores de transporte interno 15 14

9. Maquinaria y equipos de bancos de ensayo y aparatos de medida 15 14

10. Útiles y herramientas, moldes y matrices y maquetas de control 33 6 AGRUPACIÓN 35. CONSTRUCCIÓN AERONÁUTICA Y NAVAL, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE BUQUES Y AERONAVES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Instalaciones industriales fijas de procesos productivos: calderas, hornos, autoclaves, estufas depuradoras y similares 10 20

2. Instalaciones industriales de procesos de tratamientos superficiales: baños, fresado químico, chorreado 12 18

3. Máquinas de mecanizado 12 18

4. Instalaciones de montaje: gradas, calibres y similares 10 20

5. Equipos de inspección no destructiva 15 14

6. Instalaciones y equipos para ensayos de homologación 25 8

7. Aeronaves en demostración 18 12 AGRUPACIÓN 36. CONSTRUCCIÓN DE OTRO MATERIAL DE TRANSPORTE Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 35. AGRUPACIÓN 37. FABRICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE PRECISIÓN ÓPTICA Y SIMILARES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Prensas, trefiladoras y bombos de pulimentar 12 18

2. Configuradoras de cercos y soldadores 12 18

3. Fresadoras, taladradoras, maquinaria de recubrimiento y electroerosión 12 18

4. Hornos, estufas y calderas 10 20

5. Desbastadoras, pulidoras, biseladoras y similares 12 18 División 4. Otras industrias manufacturerasAGRUPACIÓN 41. INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 411. Industrias de productos alimenticios

1. Recintos frigoríficos 8 25

11

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2. Maquinaria e instalaciones de recepción:

a) Equipos de registro y medición 12 18

b) Depósitos y tanques 7 30

c) Extracción, separación, selección, cribado, cernido, colado, desodorización, disolución, granulación, prepurificación, purificación, destilación, lavado, secado, escurrido, filtrado, limpiado y asimilados 12 18

3. Maquinaria e instalaciones de producción:

a) Moldeado, cortado, triturado, prensado, machacado, molido, pelado y picado 12 18

b) Desdoblamiento, hidrogenado, enriquecido, refinado, pulverizado, desecado, inyectado, vaporizado y fermentado 12 18

c) Tratamiento por aire, frío industrial 12 18

d) Cocción, cremación, freiduría, esterilización, pasteurización, tostado, concentración, centrifugado y cortado 12 18

4. Maquinaria e instalaciones de envasado 10 20

5. Envases y embalajes para la distribución 20 10

6. Arcones frigoríficos móviles, máquinas expendedoras y otros equipos móviles de venta 20 10

7. Maquinaría e instalaciones de cocina 18 12

Grupo 412. Industrias de bebidas

1. Bodegas y cavas 3 68

2. Recintos frigoríficos 8 25

3. Maquinaria e instalaciones de recepción:

a) Equipos de registros y medición 12 18

b) Depósitos y tanques 7 30

c) Separación, selección, clasificación, colado, desodorización, disolución, purificación, lavado, escurrido, filtrado, limpiado y asimilados 12 18

4. Maquinaria e instalaciones de elaboración:

Molienda, triturado, mezclado, macerado, prensado, gaseado, tratamiento, trasiego, bombeo, centrifugado, manipulado, refrigerado, cocción, fermentación, destilación, rectificación y pasteurizado 12 18

5. Maquinaria e instalaciones de embotellado 10 20

6. Envases y embalajes para la distribución 20 10

7. Arcones frigoríficos móviles, máquinas expendedoras y otros equipos móviles de venta 20 10 AGRUPACIÓN 42. TABACO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Secaderos 7 30

2. Maquinaria e instalaciones de recepción, transporte interior, secado, corte, tamizado, centrifugado, vacío, vaporización, mezcla, despalillado 12 18

3. Maquinaria e instalaciones de elaboración y envasado 12 18

12

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AGRUPACIÓN 43. INDUSTRIA TEXTIL

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 431. Algodón y sus mezclas

1. Maquinaria e instalaciones para desmotado mecánico 10 20

2. Maquinaria e instalaciones para la hilatura y su preparación 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para el tejido y su preparación 12 18

Grupo 432. Lana y sus mezclas

1. Maquinaria e instalaciones para la preparación de la fibra:

a) Depuración de impurezas vegetales mediante tratamientos ácidos 12 18

b) Lavado y peinado 10 20

c) Vareo, ahuecado y limpieza de la lana de la colchonería y similares 10 20

2. Maquinaria e instalaciones para la hilatura y la preparación 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para el tejido y su preparación 12 18

4. Instalaciones auxiliares propias de la actividad 12

Grupo 433. Seda natural y sus mezclas

1. Maquinaria e instalaciones para obtención de la fibra 10 20

2. Maquinaria e instalaciones para el torcido y su preparación 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para el tejido y su preparación 12 18

Grupo 434. Fibras artificiales

1. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de pastas celulósicas 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de fibras celulósicas 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de fibras sintéticas 12 18

4. Maquinaria e instalaciones para la hilatura o torcido y su preparación 12 18

5. Maquinaria e instalaciones para tejido y su preparación 12 18

Grupo 435. Fibras duras

1. Maquinaria e instalaciones para la preparación de las fibras: agramado, cocido, batamado, rastrillado y similares 10 20

2. Maquinaria e instalaciones para la hilatura y torcido 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la cordelería, trenzado y similares 10 20

4. Maquinaria e instalaciones para tejidos de lino y mezclas 12 18

5. Maquinaria e instalaciones de tejidos parasacos y arpilleras 12 18

6. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de esteras, capachos y similares 12 18

Grupo 436. Fibras de recuperación

1. Maquinaria e instalaciones para el deshilachado de trapos 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para la hilatura y su preparación 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para el tejido y su preparación 12 18

Grupo 437. Géneros de punto

13

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1. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de tejidos de punto por trama 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de tejidos de punto por urdimbre 15 14

3. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de prendas interiores 12 18

4. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de prendas exteriores 12 18

5. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de medias 15 14

6. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de calcetines 15 14

Grupo 438. Hilos de coser y para labores

1. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de hilos de coser y labores 10 20

2. Maquinaria e instalaciones para fabricación de tejidos elásticos 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de cintas, galones y pasamanería 12 18

4. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de tules, blondas, visillos y similares 12 18

5. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de fieltros 12 18

6. Maquinaria e instalaciones para la fabricación de redes, hijuelas y similares 12 18

Grupo 439. Acabadores, estampadores y tintoreros

1. Maquinaria e instalaciones para el blanqueo, tintes, aprestos y acabados 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para estampados 12 18

Grupo 4310. Confección

1. Maquinaria e instalaciones para la confección de prendas para el vestido 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para la confección de ropas de equipamiento de casa, hostelería, hospitales, residencias, transportes 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la confección de productos industriales 12 18 AGRUPACIÓN 44. INDUSTRIA DEL CUERO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 441. Preparación, curtido y acabado de pieles

1. Depósitos y conducciones de productos químicos y de agua caliente y vapor 12 18

2. Maquinaria e instalaciones de preparación, tratamiento, curtido y terminado 12 18

Grupo 442. Manufactura de cuero y marroquinería

1. Maquinaria e instalaciones para el preparado de estuchería y marroquinería 12 18

2. Maquinaria e instalaciones en talleres mecánicos y de barnizado y terminado 12 18

14

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3. Maquinaria e instalaciones en talleres de carpintería 12 18

4. Maquinaria e instalaciones en talleres de fabricación de artículos de viaje 12 18 AGRUPACIÓN 45. INDUSTRIAS DEL CALZADO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 451. Fabricación de calzado

1. Maquinaria e instalaciones para la preparación de cueros y otros materiales, elaboración y terminado 12 18

2. Máquinas para medir pieles, ojetear, apomazar, cortar y marcar suelas y prensas de pegar 12 18

3. Troqueles, hormas y patrones 25 8

Grupo 452. Talleres de guantería

1. Maquinaria e instalaciones de troquelado, raspado, planchado, cosido, perforado, bordado y demás operaciones complementarias 12 18

2. Maquinaria e instalaciones para la preparación de cueros y otros materiales 12 18

Grupo 453. Manufactura de peletería

1. Maquinaria e instalaciones para la preparación de pieles, cardado, cortado, planchado y cepillado 12 18

2. Depósitos y tinas para el teñido y curtido de pieles 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para el lavado, centrifugado y secado de pieles 12 18

4. Máquinas de coser, igualar y terminar pieles 12 18

5. Maquinaria para la confección de prendas de vestir en piel y cuero 12 18 AGRUPACIÓN 46. INDUSTRIAS DE LA MADERA, CORCHO Y MUEBLES DE MADERA

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 461. Aserrado y preparación industrial de la madera

1. Silos y construcciones especiales 7 30

2. Maquinaria e instalaciones de arrastre, elevación y carga en montes 12 18

3. Maquinaria e instalaciones de tronzado, descortezado y aserrado 12 18

4. Instalaciones de desecación por vapor de aire caliente y de impregnación 12 18

5. Maquinaria e instalaciones de elaboración y tratamiento de la madera en fábrica 12 18

6. Autocamiones 20 10

Grupo 462. Fabricación de productos semielaborados de madera

1. Silos y construcciones especiales 7 30

2. Maquinaria e instalaciones de preparación, desarrollo, triturado, 12 18

15

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viruteado, molienda, tamizado, mezcla, desfigrado, astillado, aglutinado, aserrado y cortado

3. Maquinaria e instalaciones de desecación, encolado, ensamblado, de corte, canteado y terminación de chapas y tableros 12 18

Grupo 463. Fabricación de productos de corcho

1. Silos y construcciones especiales 7 30

2. Instalaciones de agua, vapor y eléctricas, calderas abiertas de cocción y cintas de inmersión, transportadores de materia prima, gránulos y polvos: quemadores y hornos para curado de aglomerados 12 18

3. Instalaciones completas para fabricación de aglomerado negro:

a) En procesos de cocción y generación de vapor 15 14

b) En procesos de fuego semidirecto 12 18

4. Maquinaria para la elaboración y tratamiento del corcho en planchas, trituración, aglomerado, discos, tapones y lana de corcho 12 18

Grupo 464. Fabricación del mueble de madera y artículos de junco y caña y cestería

1. Silos y construcciones especiales 7 30

2. Instalaciones de vapor, calderas y recipientes para hervir 12 18

3. Máquinas de corte, de deformar, de ensamblar y revestir superficies, de tratamiento de la madera y similares 12 18 AGRUPACIÓN 47. INDUSTRIAS DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 471. Industrias del papel y fabricación de artículos de papel

1. Fabricación de pasta papelera:

a) Depósitos de preparación de la pasta 7 30

b) Maquinaria e instalaciones de manipulación de las materias primas 10 20

c) Maquinaria e instalaciones de producción: equipos de trituración y desfibrado, de cocción, de tratamiento de fibras, de destintado, de blanqueo e instalaciones de recuperación de productos químicos 12 18

d) Equipos secapastas y prensapastas 10 20

2. Fabricación de papel y cartón:

a) Depósitos 7 30

b) Maquinaria e instalaciones de preparación de pasta 10 20

c) Maquinaria e instalaciones de fabricación de papel y cartón y equipos auxiliares 12 18

d) Maquinaria e instalaciones de transformación, recubrimiento y acabado de papel y cartón 10 20

3. Fabricación de cartón ondulado:

a) Depósitos 7 30

b) Maquinaria e instalaciones de ondulación 12 18

4. Maquinaria y equipos para manipulados de papel y cartón 12 18

16

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Grupo 472. Artes gráficas

1. Maquinaria y equipos de preimpresión 15 14

2. Maquinaria, elementos e instalaciones para la impresión en tipografía:

a) Máquinas de componer 10 20

b) Matrices de máquinas de componer 20 10

c) Prensas de tipografía rápidas y de rodillo 12 18

d) Otras prensas de tipografía 10 20

e) Metales y aleaciones para la fundición de caracteres de imprenta y similares 20 10

f) Otros aparatos y máquinas auxiliares 12 18

3. Maquinaria e instalaciones para la impresión en huecograbrado:

a) Instalaciones de grabado de cilindros 15 14

b) Rotativas de imprimir en huecograbado 12 18

c) Otros aparatos y máquinas auxiliares 12 18

4. Maquinaria e instalaciones para la impresión en offset:

a) Lámparas de arco voltaico, moldes de copia y mesas de montaje 15 14

b) Máquinas de arco voltaico para offset de paso rápido, pantógrafos e instalaciones de lavado, de rodillo y secado 15 14

c) Máquinas de arco voltaico para offset de paso lento, reproductores, prensas de todo tipo, rotativas de offset y centrifugadoras 12 18

d) Otros aparatos y máquinas auxiliares 12 18

5. Maquinaria y equipos para la impresión en serigrafía y tampografía 12 18

6. Maquinaria y equipos para la impresión por flexografía 12 18

7. Maquinaria y equipos de impresión por láser 15 14

8. Maquinaria y equipos de impresión por otros sistemas 12 18

9. Máquinas para plegar, coser, encuadernar, guillotinar, aglutinar recortes y enfardar 12 18

10. Máquinas para empaquetado, flejado, retractilado y otras operaciones auxiliares 12 18

11. Otras máquinas e instalaciones empleadas en encuadernación y acabado con procedimientos no convencionales 10 20 AGRUPACIÓN 48. INDUSTRIAS DE TRANSFORMACIÓN DEL CAUCHO Y MATERIAS PLÁSTICAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Instalaciones de polimerización y condensación 12 18

2. Instalaciones de regeneración de materias plásticas 10 20

3. Instalaciones de calandrado, impregnación, compresión, extrusión y colada 12 18 AGRUPACION 49. OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS Coeficiente Período

17

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lineal máximo - Porcentaje

máximo- Años

Grupo 491. Fabricación de instrumentos de música. Fabricación de discos y afines

1. Maquinaria e instalaciones de producción:

Se aplicarán los coeficientes del Grupo 493.

2. Maquinaria e instalaciones de sonido, grabación y control 12 18

3. Matrices para discos 33 6

Grupo 492. Fabricación de material sensible fotográfico

1. Instalaciones de emulsionado 12 18

2. Instalaciones de envasado, empaquetado y cierre 10 20

Grupo 493. Fabricación de juegos, juguetes y artículos de deporte (excepto calzado deportivo)

1. Máquinas de cortar y coser, manuales y eléctricas, para el trabajo del tejido y el cuero:

Se aplicarán los coeficientes del Grupo 4310.

2. Máquinas y hornos para el trabajo del cartón 10 20

3. Máquinas moldeadoras de termoplásticos 12 18

4. Máquinas, prensas y estampadoras para el trabajo en chapa metálica 12 18

5. Máquinas para el corte, fresado, torneado, prensado, encolado, pulido y terminado para el trabajo en madera 12 18

6. Instalaciones de pintura, secado, inyección de color, terminado y montaje 10 20

7. Matrices y moldes para fabricación de juguetes 33 6

Grupo 494. Industrias manufactureras diversas

1. Máquinas moldeadoras, de corte, fresado, torneado, prensado y estampado 12 18

2. Instalaciones de secado e inyección 10 20 División 5. ConstrucciónAGRUPACIÓN 51. CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN DE OBRAS EN GENERAL

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Cobertizos, barracones, depósitos y almacenes:

a) Permanentes 7 30

b) Temporales a pie de obra 20 10

2. Maquinaria flotante para trabajos marítimos y fluviales:

a) Dragas, elevadores de succión, remolcadores, cabrias, ganguiles, dracazas, pontonas, diques flotantes 8 25

b) Motores y equipos auxiliares 12 18

3. Maquinaria y elementos de hinca y pantallas 12 18

18

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4. Maquinaria, instalaciones y vehículos para trabajos de excavación, movimiento, carga de piedras y tierras para la explanación de terrenos:

a) Sobre neumáticos 15 14

b) Sobre orugas 18 12

5. Maquinaria e instalaciones para fabricación de morteros y hormigones 12 18

6. Maquinaria e instalaciones de trituración, molienda, lavado y cribado de áridos 15 14

7. Unidades completas de preparación de mezclas, aglomerados y similares, para pavimentaciones y riegos asfálticos o similares 15 14

8. Maquinaria para compactado y apisonado 12 18

9. Maquinaria de elevación y transportadores continuos 12 18

10. Maquinaria e instalaciones de aire comprimido y de bombeo 12 18

11. Maquinaria para trabajar el hierro y la madera 12 18

12. Maquinaria para perforación y sondeo 20 10

13. Aparatos y material de topografía y laboratorio 15 14

14. Maquinaria y elementos para suministro y transformación de la energía 12 18

15. Maquinaria para trabajos en vía férrea 12 18

16. Maquinaria e instalaciones, incluidos equipos de locomoción, para la construcción de túneles 15 14

17. Autocamiones 20 10

18. Martillos y herramientas neumáticas 30 8

19. Maquinaria con potencia hasta 25 KW y sus accesorios 25 8

20. Encofrados, cimbras y similares 25 8 División 6. Comercio, hostelería y restaurante. ReparacionesAGRUPACIÓN 61. COMERCIO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Decoración en general (excluido mobiliario) 18 12

2. Instalaciones de escaparates y estanterías, vitrinas y mostradores 12 18

3. Instalaciones exteriores y portadas 15 14

4. Instalaciones luminosas y rótulos en general:

a) En interiores 15 14

b) En exteriores 20 10

5. Sistemas de cédula eléctrica en puertas y alarmas 15 14

6. Maniquíes decorativos 30 8

7. Cabinas y probadores 2 18

8. Máquinas de venta automática 20 10 AGRUPACIÓN 62. HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFÉS

Coeficiente lineal máximo

Períodomáximo-

19

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- Porcentaje

Años

1. Decoración de interiores (excluido mobiliario) 18 12

2. Maquinaria e instalaciones de lavandería, centrifugado y secado 12 18

3. Maquinaria e instalaciones sanitarias, de cocina, planchado y lavavajillas 15 14

4. Instalaciones de vitrinas y estanterías, mostradores, cafeteras, asadores, freidoras y demás electrodomésticos de habitaciones 15 14

5. Mobiliario de habitaciones, salones, salas, despachos, comedores y otras dependencias (excluidos los muebles, tapices, cuadros y objetos antiguos, de arte o alto valor) 10 20

6. Lencería en general, vajilla y cubertería 25 8

7. Cristalería en general 50 4

8. Instalaciones deportivas y de recreo 8 25 AGRUPACIÓN 63. VENTA DE GASOLINA Y LUBRICANTES EN ESTACIONES DE SERVICIO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Período máximo - Años

1. Depósitos subterráneos 6 34

2. Aparatos surtidores de carburantes 12 18

3. Instalaciones luminosas exteriores y rótulos en general 20 10

4. Aparatos en lavado automático 12 18

5. Instalaciones auxiliares 10 20 AGRUPACIÓN 64. TALLERES DE REPARACIÓN DE ELEMENTOS DE TRANSPORTE, DE APARATOS ELÉCTRICOS Y, EN GENERAL, DE REPARACIONES METÁLICAS O MECÁNICAS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Máquinas herramientas, máquinas de cortar, doblar y curvar chapas y barras, máquinas que producen deformación sin corte ni arranque 12 18

2. Instalaciones para fundición y forja, fraguas y cubilotes 10 20

3. Prensas 12 18

4. Equipos de soldadura 15 14

5. Motores, bombas y similares 10 20 División 7. Transportes y comunicacionesAGRUPACIÓN 71. TRANSPORTE POR FERROCARRIL

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 711. Transporte por ferrocarril de superficie

20

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1. Túneles y explanaciones 2 100

2. Infraestructura de vía y puentes 3 68

3. Redes de tuberias y canalizaciones subterráneas 5 40

4. Líneas alta tensión, instalaciones cambio de ejes 5 40

5. Centros transformación energía e instalaciones alumbrado exterior 8 25

6. Subestaciones eléctricas fijas y móviles e instalaciones seguridad 8 25

7. Vías, cambios y desvíos 7 30

8. Sistemas de protección, pasos a nivel, telemandos, cronometría, catenaria, postes, conjuntos y sustentadores 10 20

9. Tren tierra. Equipos múltiples telefónicos y de datos. Comunicaciones: cables, centrales y equipos telefónicos 10 20

10. Catenaria, hilo de contacto 10 20

11. Megafonía, teleindicadores, centros de mensajes y teletipos 12 18

12. Locomotoras diésel, eléctricas y quitanieves 8 25

13. Autopropulsados diésel y eléctricos 8 25

14. Piezas parque material rodante 10 20

15. Locomotoras, autopropulsados y piezas parque AVE 10 20

16. Maquinaria mantenimiento vía 10 20

17. Coches y vagones mercancias 8 25

18. Vehículos de transporte especial de vía 8 25

Grupo 712. Transporte por ferrocarril subterráneo

1. Construcciones civiles 2 100

2. Vía 10 20

3. Subestaciones eléctricas 8 25

4. Instalaciones eléctricas y de contacto 10 20

5. Instalaciones generales de comunicación, señalización y telemando 10 20

6. Vagones autopropulsados 8 25

7. Maquinaria e instalaciones en talleres de reparación y mantenimiento:

Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 64. AGRUPACIÓN 72. OTROS TRANSPORTES TERRESTRES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 721. Transporte de viajeros

1. Autobuses de servicio público:

a) Internacional 22 10

b) Interurbano, urbano y suburbano 18 12

2. Vehículos automóviles de servicio público 22 10

3. Furgonetas, motocicletas, bicicletas y vehículos de reparto, taller y apoyo en carretera 16 14

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4. Maquinaria e instalaciones en talleres, almacenes, estaciones y cocheras:

Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 64.

5. Decoración interior vehículos 22 10

6. Equipos de comunicaciones y televisión de vehículos 22 10

7. Máquinas expendedoras-canceladoras de billetes 15 14

Grupo 722. Transporte de mercancías

1. Equipos de comunicación 22 10

2. Autocamiones de servicio público:

a) Ámbito nacional e internacional 22 10

b) Ámbito comarcal y autonómico 18 12

c) Ámbito local 16 14

d) Empresas de mudanzas 18 12

3. Tractores industriales 18 12

4. Furgonetas, vehículos comerciales y camiones ligeros de carga inferior a cuatro toneladas. 16 14

5. Remolques 12 18

6. Maquinaria e instalaciones en talleres, almacenes, estaciones y cocheras:

Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 64.

Grupo 723. Otros transportes: tranvías, funiculares y trolebuses

1. Construcciones civiles 2 100

2. Instalaciones y líneas eléctricas, señalización y contacto 10 20

3. Instalaciones de telecomunicación, telemando y distribución de combustible 10 20

4. Material motor y remolcador eléctrico 10 20

5. Remolques, vagones y jardineras para transportes de personas y mercancías 8 25

6. Trolebuses 16 14

7. Material auxiliar de carga y descarga de mercancías 8 25

8. Maquinaria e instalaciones en talleres de reparación y mantenimiento:

Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 64.

Grupo 724. Transportes aéreos por cables y telesillas

1. Edificios de estaciones en valle 3 68

2. Edificios de estaciones en montaña 4 50

3. Edificios de estaciones situados en alturas superiores a 1.500 metros 5 40

4. Construcciones de aparcamiento, vías de acceso y lugares de partida de viajeros, carga y descarga 6 34

5. Estructura de pilares, puntales y basamento en general 8 25

6. Cables sustentadores 12 18

7. Cables de tracción:

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a) En telesquís 20 10

b) En los demás casos 15 14

8. Instalaciones de seguridad, de suministro de energía eléctrica o diésel, cabinas y sillas, vagonetas y recipientes 10 20 AGRUPACIÓN 73. TRANSPORTE MARÍTIMO Y POR VÍAS NAVEGABLES INTERIORES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Naves con casco de acero: a) Buques de pasaje y carga 10 20 b) Cableros 8 25 c) Remolcadores, grúas flotantes, dragas, gánguiles, romperrocas, barcazas y naves destinadas al tráfico interior de puertos 10 20 2. Maquinaria e instalaciones fijas en puertos 10 20 3. Elementos propios de la actividad de hostelería y restauración en buques:

Se aplicarán los coeficientes de la Agrupación 62. AGRUPACIÓN 74. TRANSPORTE AÉREO

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Aeronaves de gran radio de acción 10 20 2. Aeronaves de mediano radio de acción: a) Con motor a reacción 11 18 b) Con motor a turbo-hélice 14 15 3. Aeronaves de pequeño radio de acción 15 14 4. Aparatos simuladores de vuelo para el entrenamiento de tripulaciones: Se aplicarán los coeficientes señalados para las aeronaves correspondientes. 5. Accesorios para aviones: a) De gran radio de acción 15 14 b) De pequeño y mediano radio de acción 20 10 6. Útiles auxiliares en aeropuertos: a) Climatizadores y grupos generadores y compresores para puesta en marcha de aviones 12 18 b) Escaleras para pasaje y equipos de pista para el transporte y manipulación de la carga y demás útiles empleados en el avituallamiento de los aviones 10 20 7. Maquinaria e instalaciones de talleres de reparación y revisión 12 18 8. Útiles de mayordomía a bordo 30 8

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AGRUPACIÓN 75. EXPLOTACIÓN DE AUTOPISTAS, CARRETERAS, PUENTES Y TÚNELES DE PEAJE

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Firmes: a) Capa rodadura 6 34 b) Resto firme 2 100 2. Instalaciones en túneles: iluminación, ventilación y comunicaciones 15 14 3. Instalaciones eléctricas y de iluminación 8 25 4. Maquinaria e instalaciones de peaje 12 18 5. Señalización: a) Vertical 12 18 b) Horizontal 20 10 6. Vehículos, grúas y otros elementos de transporte 16 14 AGRUPACIÓN 76. COMUNICACIONES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 761. Comunicaciones telegráficas, telefónicas y otras sobre sistemas de cables 1. Infraestructura terrestre: a) Canalizaciones 5 40 b) Resto infraestructura 3 68 2. Instalaciones técnicas de: a) Suministros de energía 8 25 b) Transmisión 12 18 c) Radio 10 20 d) Conmutación analógica y digital 12 18 e) Conmutación de paquetes 15 14 3. Red filar 8 25 4. Cables 7 30 5. Instalaciones de abonados: a) Red 10 20 b) Equipos terminales 15 14 c) Centralitas 12 18 6. Otras instalaciones: a) Cabinas 12 18 b) Equipos de medida y control 20 10 c) Telefonía celular 15 14

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Grupo 762. Radiocomunicaciones, sistemas de radiodifusión y televisión 1. Infraestructura terrestre 3 68 2. Instalaciones técnicas de: a) Suministro energía 7 30 b) Radiotelegráficas y radiotelefónicas 10 20 c) Radiodifusión y televisión 15 14 3. Equipos móviles de radiodifusión y televisión 18 12 4. Equipo de medida y control 18 12 Grupo 763. Medios audiovisuales de multivisión y multimedia, video proyección y traducción simultánea 1. Videocámaras, videoproyectores, mezcladores, generadores de efectos digitales, digitalizadores, muros electrónicos de vídeo y generadores de caracteres 25 8 2. Equipos de control para multivisión y multimedia, proyectores de diapositivas electrónicos, retroproyectores y pantallas de multivisión frontales y de retroproyección 20 10 3. Magnetoscopios, monitores, equipos de traducción simultánea sin hilos, mesas de mezclas, intercomunicación, etapas de potencia y amplificadores y controladores de edición 20 10 4. Magnetoscopios multipista y audiovisuales, portables y estacionarios, equipos de medida, generadores de sincronismo y códigos de tiempo y distribuidores de señal 20 10 5. Trípodes, equipos de iluminación de vídeo, mangueras de vídeo-audio y mangueras de cámara 18 12 División 8. Instituciones financieras, seguros, servicios prestados a las empresas y alquileresAGRUPACIÓN 81. INSTITUCIONES FINANCIERAS, SEGUROS, SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y ALQUILERES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Período máximo - Años

1. Equipos de contabilidad, de estadística y de cálculo 12 18 2. Instalaciones de seguridad y prevención de atracos 12 18 3. Cajeros automáticos para atención al público 25 8 División 9. Otros serviciosAGRUPACIÓN 91. SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE VÍAS PÚBLICAS, LIMPIEZA Y SIMILARES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Vehículos de recogida basura urbana 18 12 2. Vehículos de limpieza urbana 18 12 3. Mobiliario urbano: a) Carritos, papeleras y cubos metálicos 25 8

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b) Contenedores 18 12 4. Maquinaria vertederos: Compactadores, palas cargadoras, lavacontenedores 14 15 AGRUPACIÓN 92. SANIDAD Y SERVICIOS VETERINARIOS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Instalaciones de agua, electricidad, acondicionamiento de aire, refrigeración y calefacción 12 18 2. Maquinaria e instalaciones de lavandería, centrifugado y secado 12 18 3. Maquinaria e instalaciones sanitarias, de cocina, planchado y lavavajillas 15 14 4. Lencería en general, vajilla y cubertería 25 8 5. Cristalería en general 50 4 6. Instalaciones y material de salas de consulta, observación, tratamiento y operación: a) Equipos autoclaves y de esterilización, sillones y mesas de observación y operación, lámparas fijas y móviles, equipos de anestesia, armarios, mesas y recipientes para instrumental y vendaje, salas incubadoras con equipo e instalaciones en general 12 18 b) Instrumental para observación, cirugía mayor y menor y ginecología 20 10 c) Instrumental para toroxcopia, endoscopia, urología y dermatología 20 10 d) Aparatos y equipos Rontgen, cámaras oscuras y equipos complementarios 20 10 7. Material y aparatos eléctricos para diagnóstico y terapia: a) Electrocardiógrafos, metabolímetros, aparatos de corrientes estimulantes y equipos de rayos ultravioletas o infrarrojos, de ultrasonido y corta, con sus accesorios 20 10 b) Aparatos de diatermina, thermoflux y radiotón, aparatos sanitarios y ortopédicos y otros aparatos terapéuticos 20 10 8. Instalaciones de odontología y oftalmología: a) Sillones articulados, armarios esterilizadores, mesas para instrumental y vendaje, tornos dentales 12 18 b) Aparatos Rontgen, microscopios, lámparas fijas y material de taller ortodóntico 20 10 c) Aparatos de oftalmología en general 20 10 d) Instrumental en general 20 10 e) Equipos y aparatos de graduación en oftalmología 20 10 9. Instalaciones y equipos de laboratorio 15 14 10. Ambulancias con sus accesorios y equipos portátiles 18 12 AGRUPACIÓN 93. SERVICIOS RECREATIVOS Y CULTURALES

Coeficiente lineal máximo -

Períodomáximo- Años

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Porcentaje Grupo 931. Producción, estudios, escenografía, doblaje sincronización cinematográficos. Distribución y alquiler de películas 1. Instalaciones de cabinas y talleres de sonido, de cabinas y salas de proyección, montaje, platós, repaso, doblaje, revelado y copia 12 18 2. Maquinaria de sonido, proyección, montaje, doblaje, revelado y copia 15 14 3. Material y máquinas de rodaje: cámaras, guías, proyectores, lámparas, cables, cuadrospuente, cajas de empalme y similares 25 8 4. Material de escenarios, vestuarios y attrezzo 25 8 5. Producciones cinematográficas, fonográficas y vídeos 33 6 Grupo 932. Teatros, exhibición y cinematografía, espectáculos artísticos, literarios, de variedades y bailes y salas de recreo, juegos y gimnasios (en locales cerrados) 1. Edificios dedicados exclusivamente a locales de espectáculos 4 50 2. Maquinaria de cabinas de proyección, sonido, aparatos de óptica y de enrollado 12 18 3. Telones metálicos contra incendios 8 25 4. Telones de boca, pantallas, cortinas y alfombras, tramoya, decorados, butacas, sillería, mesas y similares 15 14 5. Proyectores de escena 25 8 6. Camerinos, foso e instalaciones de escena 12 18 7. Máquinas recreativas y de azar 20 10 8. Equipos de gimnasio 12 18

Grupo 933. Espectáculos artísticos, bailes y variedades (en locales abiertos). Explotación de jardines y parques de recreo y juegos; espectáculos taurinos, deportivos, de circo y similares 1. Edificios dedicados exclusivamente a la celebración de espectáculos 4 50 2. Construcciones e instalaciones con predominio de madera 10 20 3. Construcciones e instalaciones sin predominio de madera 5 40 4. Instalaciones desmontables 20 10 5. Instalaciones deportivas y de recreo 8 25 AGRUPACIÓN 94. SERVICIOS PERSONALES

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

Grupo 941. Lavanderías, tintorerías y servicios similares 1. Maquinaria e instalaciones para la generación de agua caliente, vapor, energía, aire comprimido y preparación de soluciones 12 18 2. Maquinaria e instalaciones de aspiración, vacío y cepillado 12 18 3. Máquinas lavadoras, centrifugadoras y secadoras 12 18 4. Prensas de rodillo, calandras para el escurrido de la ropa y para el planchado de grandes piezas 10 20

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5. Armarios secaderos con su maquinaria 12 18 6. Máquinas e instalaciones de tintorería y teñido 10 20 7. Máquinas e instalaciones de limpieza en seco 12 18 8. Máquinas y equipos de planchado, plisado y similares 12 18 9. Mesas y enseres varios 12 18

Grupo 942. Salones de peluquería e institutos de belleza 1. Instalaciones para la generación de agua caliente, vapor y aire 12 18 2. Sillones articulados para peluquería, masaje y pedicura 12 18 3. Secadores de casco con motor eléctrico 10 20 4. Aparatos vibradores para masaje, equipos de rayos infrarrojos, depiladores 15 14 5. Equipos e instrumental para depilación, corte, secado y tratamiento de belleza 15 14 6. Instalaciones sanitarias de lavado, baños térmicos y similares 10 20 7. Lencería 30 8 AGRUPACIÓN 95. SERVICIOS PORTUARIOS

Coeficiente lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Dragados de primer establecimiento. Diques y obra de abrigo 2 100 2. Esclusas. Obras permanentes de encauzamiento y defensa de márgenes. Escollera de protección de recintos. Muelles. Diques secos. Varaderos. Túneles y puentes. Elementos fijos de soporte de ayuda a la navegación 3 68 3. Diques flotantes. Vías férreas y estaciones de clasificación. Cabrias y grúas flotantes. Dragas. Remolcadores. Gánguiles, gabarras y barcazas 4 50 4. Cargaderos e instalaciones especiales. Grúas de pórtico y portacontenedores 5 5. Instalaciones. Conducciones. Alumbrado exterior y cerramientos 6 34 6. Obras complementarias para atraque. Boyas de amarre. Embarcaciones de servicio. Elementos soporte flotante ayuda a navegación. Pavimentos en muelles, zonas de manipulación y depósito. Caminos, zonas de circulación, aparcamiento y depósitos. Equipo taller 7 30 7. Grúas automóviles. Carretillas, tractores, remolques y tolvas, cintas y equipo ligero de manipulación de mercancías. Equipo auxiliar y equipo de buzos. Instalaciones de ayudas visuales. Pantanales flotantes 10 20 8. Instalaciones de ayudas radioeléctricas, de gestión y explotación. Defensas y elementos de amarre. Material diverso 20 10 ELEMENTOS COMUNES Coeficiente

lineal máximo - Porcentaje

Períodomáximo- Años

1. Edificios y otras construcciones:

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a) Edificios y construcciones: Edificios industriales y almacenes 3 68 Edificios administrativos, comerciales de servicios y viviendas 2 100 Casetas, cobertizos, tinglados, barracones y similares de construcción liviana fija 7 30 b) Viales, patios pavimentados, aparcamientos al aire libre y similares (excluidos terrenos) 5 40 c) Pozos 3 68 d) Infraestructuras de transporte sobre raíles, carriles y cable 4 50 e) Parques 10 20 f) Vallado: Madera 20 10 Alambre 10 20 Otros 5 40 g) Resto de obra civil 2 100 2. Instalaciones: a) Eléctricas: Líneas y redes de distribución, centros de transformación y elementos de control 8 25 Grupos electrógenos y auxiliares 10 20 b) Tratamiento de fluidos: aire, aire acondicionado, humidificado, comprimido, agua, vapor, calefacción, refrigeración, frío industrial y combustibles (excepto almacenamiento) 12 18 Red distribución 5 40 Depósitos y tanques de almacenamiento 4 50 Instalaciones anticontaminantes 15 14 c) Telecomunicaciones: telefonía, megafonía, telegrafía y televisión en circuito cerrado 12 18 d) De pesaje 10 20 e) Señalización de infraestructuras de transporte sobre raíles, carriles y cable, de viales y aparcamientos 8 25 f) De control y medida 12 18 g) Seguridad, detección y extinción de incendios 12 18 3. Elementos de transporte: a) Interno. Equipos de carga, descarga y demás transporte interno (excepto construcción y minería): Carretillas transportadoras, grúas, palas cargadoras, cabrestantes y otros equipos de transporte 12 18 Ascensores y elevadores 10 20 Escaleras mecánicas 12 18 Gabarras, gánguiles e instalaciones de carga y descarga en embarcaderos 6 34 Locomotoras y equipos de tracción 7 30

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Vagones, motovagonetas, carros, remolques y volquetes 8 25 b) Externo (excepto sector de transporte): Automóviles de turismo 16 14 Autobuses y microbuses de servicio privado 16 14 Autocamiones de servicio privado: a) Frigoríficos 18 12 b) Resto 16 14 Furgonetas y camiones ligeros (de menos de cuatro toneladas): a) Frigoríficos 18 12 b) Resto 16 14 Motocarros, triciclos, motocicletas de distribución 16 14 Remolques 10 20 Contenedores 8 25 4. Mobiliario y enseres: a) Mobiliario, enseres y demás equipos de oficina (excluidos los de tratamiento informático por ordenador) 10 20 b) Máquinas copiadoras y reproductoras, equipos de dibujo industrial y comercial 15 14 5. Útiles, herramientas y moldes: Herramientas y útiles 30 8 Moldes, estampas y matrices 25 8 Planos y modelos 33 6 6. Equipos para tratamiento de la información 25 8 7. Sistemas y programas informáticos 33 6 8. Equipos electrónicos diferenciados destinados a la automatización, regulación y supervisión de máquinas, procesos industriales, comerciales y de servicios (las máquinas y elementos afectos a los citados procesos se amortizarán de acuerdo con el coeficiente y período que específicamente les corresponda) 15 14 9. Equipos de mantenimiento 12 18 10. Equipos de laboratorio y ensayos 15 14 11. Vehículos teledirigidos para usos industriales 15 14 12. Centrales de cogeneración de producción de energía eléctrica 8 25 iNSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA TABLA DE AMORTIZACIÓN Primera. Los elementos se amortizarán en función de los coeficientes lineales fijados para los mismos en su correspondiente grupo o, en caso de no existir éste, agrupación de actividad. Segunda. Los elementos calificados de comunes se amortizarán de acuerdo con los coeficientes lineales establecidos para los mismos, salvo que figuren específicamente en su correspondiente grupo o, en caso de no existir éste, agrupación de actividad, en cuyo caso se aplicarán los de dicho grupo o agrupación. Tercera. Cuando un elemento amortizable no tuviere fijado específicamente un coeficiente lineal de amortización en su correspondiente grupo o, en caso de no existir éste, agrupación de actividad, sin que pueda ser calificado entre los comunes, el sujeto pasivo aplicará el

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coeficiente lineal de las tablas del elemento que figure en las mismas y que más se asimile a aquel elemento. En su defecto el coeficiente lineal máximo de amortización aplicable será del 10 % y el período máximo de veinte años. Cuarta. A los efectos de lo previsto en el apartado 3 del artículo 2 de este Reglamento, se entenderá que los coeficientes han sido establecidos tomando en consideración que los elementos se utilizan durante un turno de trabajo, excepto que por su naturaleza técnica deban ser utilizados de forma continuada.

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Conceptos de ciclo contableCASOS PRÁCTICOS CONTABILIDAD Y ANÁLISIS FINANCIERO

Contabilidad informatizada

PLANTEAMIENTO

En este caso práctico explicaremos el uso de los programas de contabilidad, deforma general, que permiten al usuario con unos mínimos conocimientos de in-formática realizar todas las operaciones contables exigidas.

La mayoría de programas están desarrollados bajo un entorno de ventanas, quepermiten gran versatilidad en el proceso y manejo en el ámbito de la aplicación.

Cada uno requiere una serie de características del sistema para su instalación yperfecto funcionamiento, así como ciertos procesos para dicha instalación. Noentraremos en más detalle dada la variedad de programas que hay en el merca-do, debiendo seguir las instrucciones especificas para cada uno.

Las funciones del teclado también son explicadas en la guía de cada programa,así como las claves de acceso o procesos reservados.

Los programas permiten llevar varias empresas, lo que tenemos que tener encuenta a la hora de contabilizar, ya que podríamos introducir datos de una em-presa que no corresponda.

DESARROLLO

Creación de empresa

Para poder trabajar primero debemos crear la empresa que nos interese, esteproceso está normalmente en “Opciones de Empresa” o “Mantenimiento de Em-presa”. Situándonos en la opción alta le asignamos un código o número y unnombre (que puede ser la misma razón social).

A continuación cumplimentaremos los campos solicitados:

- NIF de la empresa.- Razón Social.- Dirección.- Año Ejercicio (fecha inicio y fin de ejercicio).- Fecha límite acceso contable (impide realizar cualquier movimiento o modifi-

cación con posterioridad a dicha fecha).- Dígitos Subcuentas (número de dígitos con los que opera la empresa).- Tipo Plan Contable o Creación del Plan General de Contabilidad (Se puede

generar de forma automática, copiar de otra empresa, o personalizar).- Actividades.- Parámetros de Empresa (ficheros de tablas, cuentas de IVA, IRPF..., directo-

rio deseado).- Obligaciones Fiscales (Mod.300, Mod.115... y periodicidad).

Estos datos pueden ser modificados o eliminar un ejercicio o empresa a travésde su función.

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Contabilidad informatizada

Ejemplo

DATOS EMPRESA

COD.: 00100 RAZÓN SOCIAL: RGB, S.L. NIF: B12345678

DOMICILIO: Gran Vía, 940 28000 MADRID

AÑO EJER.: 200N FECHA INICIO: 01/01/N FECHA FIN: 31/12/N

CÓD. DELEGACIÓN HACIENDA: 28610

PARÁMETROS EMPRESA

DÍGITOS PLAN CONT.: 8 TIPO PLAN CONT.: standard

DIRECTORIO: c.\ CTAS. IVA e IRPF: 472/477/4751

OBLIGACIONES

MOD.300 S/N MOD.115 S/N MOD.347 S/N MOD.349 S/N

PERIODICIDAD A/M

Gestión y mantenimiento de apuntes

Desde la entrada de apuntes se gestiona la contabilidad general de la empresa,las obligaciones de IVA e IRPF, la tesorería, la contabilidad analítica y presupues-taria.

Tipos de apuntes:

- Simples o generales, asientos sin IVA, una anotación al debe y otra al ha-ber: cobros de clientes, pagos al proveedor, etc.

Ejemplo

Fecha Cod. Concepto Doc. Cuenta D H Contra-partida

30/05/N (*) Pago T/063 57200001 300,00 40000500Proveed.

(*) Opcional

- Múltiples, varias anotaciones al debe o haber, entre éstas se encuentran lasnóminas o asientos con IVA, éstos llevan asociada una ventana para el regis-tro del libro de IVA, donde queda definido qué tipo de factura es, importe de labase imponible y qué tipo de IVA, la cuota, recargo de equivalencia, el núme-ro de factura, la fecha... (según el tipo de programa te deja informar del tipo de

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operación que es, acumulando el importe en el impreso correspondienteMod.347, Mod.349, Mod.115, Mod.110: entregas o adquisicionesintracomunitarias, exportaciones, importaciones...).

Ejemplo A

Fecha Cod. Concepto Doc. Cuenta D H Contra-partida

31/05/N (*) Nómina Mayo 64000000 1.336,26

Nómina Mayo 47510000 160.35

Nómina Mayo 47600000 90.28

Nómina Mayo 46500000 1.085,63

(*) Opcional

Ejemplo B

Fecha Cod. Concepto Doc. Cuenta D H Contra-partida

31/05/N (*) Fra. Cliente 102/02 43000000 2.320,00

Fra. Cliente 102/02 47700000 320,00

Fra. Cliente 102/02 70000000 2.000,00

(*) Opcional

Registro IVA:

Fecha Nº Fra. Base % IVA Cuota % Retenc. Retención Impresoimponible

31/05/N 102/02 2.000,00 16 320,00 347

- Predefinidos, son asientos configurados previamente que facilitan la entradade determinados asientos que se utilizan habitualmente.

El mantenimiento de apuntes:

- Alta: es la introducción de un asiento nuevo, ya sea de forma manual opredefinida y pueden ser simples o múltiples (en según que programas estosasientos son numerados automáticamente).

- Modificación: permite variar cualquier campo de un asiento.

- Baja o eliminación: este proceso elimina parcial o total un asiento, general-mente solicita confirmación por parte del usuario.

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Contabilidad informatizada

- Punteo de extractos: puntea los asientos de una cuenta (bancos) con el finde verificar los datos, se utiliza para las conciliaciones bancarias.

- Casación: marca dentro de una cuenta (proveedor o cliente) las partidascorrespondientes a la factura y al cobro/pago de las mismas.

- Búsqueda de asientos: para modificar o dar de baja un asiento, existen va-rias formas de búsqueda de asientos:

· Por número de asiento, si el programa los numera.· Por fechas.· Por número de documento.· Por cuenta.· Por importe.

Datos en la introducción de apuntes:

- Fecha del apunte (de forma general será igual a la del documento, exceptoen facturas, ya que si son anteriores al trimestre correspondiente al cierre deIVA las introduciremos con fecha posterior).

- Código o número de asiento predefinido, en caso de utilizar este método.

- Concepto, descripción del documento a introducir.

- Número de documento, indicaremos o bien el número de factura, talón... obien un número de registro propio.

- Código de la cuenta o subcuenta, de forma general con la opción de unatecla, se visualiza el plan contable y así podremos seleccionar de forma rá-pida la cuenta deseada, permite dar de alta una nueva cuenta, ya sea sindatos de filiación (ej. compras o ventas) y con datos de filiación (ej. clientes oproveedores) en este caso los datos a introducir son más completos.

- Importe del Debe o del Haber, dependiendo de la cuenta indicaremos elimporte en el debe o en el haber según corresponda.

- Contrapartida, facilita la introducción de los apuntes dobles, imputando aotra cuenta o subcuenta el mismo valor.

Opciones de listados

Tipos de listado:

- Plan contable: facilita la obtención del Plan Contable de la empresa, de for-ma general por impresora, pantalla o fichero. El listado puede ser ordenadopor código o alfabéticamente y seleccionar sólo el código y descripción o conlos datos de filiación.

- Mayor o cuentas corrientes: obtendremos un extracto de las cuentas conlos movimientos o asientos realizados y el saldo en el período solicitado. La

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obtención del listado puede ser por impresora, pantalla o fichero. Y puedeestar ordenado por código o alfabéticamente.

- Diario: esta opción permite realizar un listado de los asientos realizados deuna empresa durante un período de tiempo, el diario puede ser general uoficial (deberá ser correlativo en fecha y número de asiento, incluyendo elasiento de apertura y de cierre) se obtendrá de forma general a través de laimpresora, pantalla o fichero.

- Sumas y Saldos: se puede obtener por pantalla, impresora o fichero, el Ba-lance de Sumas y Saldos incluye las cuentas y sus respectivos saldos en unperíodo de tiempo determinado al nivel que se desee, puede ser de apertura(saldos iniciales), de período (acumulados) o de cierre (saldos finales).

- Cuenta de resultados del ejercicio: este listado por pantalla, impresora ofichero, tiene por misión conocer el resultado de la empresa a un período de-terminado, su resultado Beneficio o Pérdida se calcula por la diferencia entrelas Ventas-Ingresos y las Compras-Gastos. El resultado ha de ser igual al delBalance de Situación.

- Balance de Situación: indica la situación de la empresa en un momentodeterminado, se puede listar a través de pantalla, impresora o fichero y alnivel de cuenta deseado. El Activo y el Pasivo han de sumar lo mismo y elresultado ha de coincidir con la cuenta de resultados del ejercicio.

- Listados oficiales: realiza una serie de listados para su presentación en elRegistro Mercantil (libros oficiales), en papel o soporte magnético, estos do-cumentos son: El Libro Diario, Libro de Balance de Sumas y Saldos trimestra-les, Libro de Inventario (formado por el Balance de Situación y la Cuenta deResultados del ejercicio), pudiendo seleccionar el nivel de cuentas deseado.

- Impresos oficiales: permite el listado de los diferentes modelos de impresos(papel o soporte):

· Retenciones, Mod.110, 111, 115 y resúmenes anuales Mod.190, 180.· IVAS, Mod.300 y el resumen anual Mod.390.· Intracomunitarias, Mod. 349.· Declaración de Operaciones con terceros, Mod 347.

- Libros de Registro (oficiales): reflejan el número de factura, fecha, NIF delcliente o proveedor, Razón Social, Base Imponible, Tipo de IVA, Cuotarepercutida o soportada:

· Facturas emitidas.· Facturas recibidas.

- Listados de gestión o auxiliares: útiles para la comprobación y gestión dela empresa:

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· Retenciones, permite el listado de las retenciones agrupándolo por pre-ceptor, por tipo de retención y durante un período determinado, facilita lacomprobación de los listados oficiales Mod.110, 111, 115,180 y 190.

· Borrador Mod.347, nos informa de la relación de clientes /proveedoresincluidos en el impreso, dándonos un detalle de las operaciones reali-zadas y los datos obligatorios de los declarados.

· Facturas emitidas o recibidas, nos permite la comprobación de losMod.300 y Mod.390.

Inmovilizado

Algunos programas incluyen en el mismo programa o en un módulo aparte lagestión del Inmovilizado.

Está indicado para el control de los activos y para la realización de las amortiza-ciones periódicas. Para su mantenimiento realizaremos una serie de opciones:

- Alta: cuando adquirimos un nuevo Activo, informaremos de los siguientescampos:

· un número o código de Inmovilizado,· descripción del mismo,· tipo de Activo,· fecha de compra,· proveedor,· número de factura,· importe de la compra,· subcuenta del inmovilizado (grupo 2...),· subcuenta de la amortización acumulada (grupo 28...),· Subcuenta gasto amortización (grupo 68...).

- Plan de Amortización: calcula la amortización a lo largo de la vida útil delelemento a partir de los datos que informaremos:

· valor amortizable,· fecha inicio amortización,· tipo de amortización (lineal, según plan, degresivo constante, degresivo

por dígitos),· libertad de amortización,· porcentaje,· periodicidad del asiento de amortización.

- Baja: da la opción de calcular el resultado de explotación obtenido con la baja,dejando de formar parte de los asientos de amortización, los campos a infor-mar son:

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· causa,· fecha de baja,· precio de venta.

Ejemplo

DATOS ACTIVO

COD: DESCRIPCIÓN: FECHA COMPRA: INICIO AMORT.:00100 ORDENADOR SENIU 23/02/N 23/02/N

Nº FACTURA: PROVEEDOR: IMPORTE: TIPO:65432 SENIU, S.A. 1.654 euros lineal

FECHA DE BAJA: CAUSA: IMPORTE BAJA: RESULT.EXTR.:

CTA. INMOV.: CTA. AMORT. ACUM.: CTA. GASTO AMORT.:2170005 28170000 68100000

PORCENTAJE AMORT.: PERÍODO AMORT.:25% 4 años

PLAN AMORTIZACIÓN

AÑO PORCENTAJE VALOR PDTE. AMORT. AJUSTEAMORTIZABLE FISCAL

N 21,40266 354 1.300 354

N+1 25 414 886 414

N+2 25 414 472 414

N+3 25 414 58 414

N+4 3,59734 58 58

Vencimientos

Permite tener un control de los pagos/cobros y el seguimiento de los vencimien-tos pendientes de realizar. De forma habitual la introducción del vencimiento serealiza en el momento de la contabilización de la factura (pudiendo ser tambiénde forma manual) y se elimina automáticamente al contabilizar el apunte del co-bro o pago (se puede generar el asiento de forma automática al dar de baja elvencimiento desde mantenimiento de cartera).

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Introducción de datos:

- Fecha de vencimiento, si al dar de alta el proveedor o cliente hemos informa-do el apartado correspondiente, nos la calculará de forma automática.

- Subcuenta, a la que imputaremos el vencimiento cliente o proveedor.

- Banco, por dónde se producirá el cobro o pago, se puede predefinir al dar dealta el proveedor o cliente.

- Descripción, nuestra fra. Nº.../ o su fra. Nº...

- Importe, cantidad del vencimiento.

- Tipo: cheque, recibo, letra...

Mantenimiento de cobros y pagos:

- Alta manual de vencimientos.

- Búsqueda (por fecha factura, por número factura, por vencimientos, por clien-te o proveedor...).

- Modificación, se puede modificar el estado del vencimiento (cobrado o pen-diente), el importe, fecha de vencimiento, concepto, etc.

- Cobrar o pagar vencimientos, se puede seleccionar un solo vencimiento ovarios y marcar la opción de cobro o pago y generar el asiento contable,dando de baja el vencimiento.

- Desglose de vencimientos.

- Baja.

- Desglosar vencimientos, permite desglosar el importe de una factura en va-rios vencimientos.

Listado de cartera:

- Opciones de listados:· Pendientes.· Pagados o cobrados.· Todos.

- Orden de listado:· Por fechas.· Por subcuentas.· Por vencimientos.

- Condiciones de listado:· Entre fechas.· Entre subcuentas.

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· Por banco.· Por tipo.

Ejemplo

Añadir vencimiento:

FECHA VTO. (Vto.) 25/11/N

CONCEPTO RGB, S.A.

SUBCUENTA 40000100

IMPORTE (Imp.) 430,50 euros

TIPO RECIBO 30 DÍAS

BANCO (Bco.) 57200010

ESTADO (Est.) PENDIENTE / COBRADO / IMPAGADO / ...

Cartera de pagos:

Fecha Nº Fra. Vto. Proveedor Tipo Imp. Est. Bco.Fra.

10/09/N 156321 25/11/N RGB, S.A. R/30 430,50 Pdte. X

12/09/N 654611 25/11/N BBB, S.A. R/30 702,00 Pdte. Y

Otras opciones de los programas

Los programas que nos encontramos en el mercado realizan otra serie de opcio-nes, facilitándonos la gestión administrativa, seguidamente comentaremos deforma superficial algunas de estas opciones:

- Presupuestaria: grado de cumplimiento en base a unas previsiones realiza-das. Creación de un Plan Presupuestario: seleccionaremos las subcuentasque incluiremos en el presupuesto, introduciremos mensualmente el importeque actualizará el importe anual. Modificación del Plan Presupuestario: paramodificar ya sea para incrementar o decrementar los presupuestos, podráser por cantidad fija o por porcentajes.

- Analítica: imputación de gastos e ingresos a los diferentes departamentos yproyectos para obtener la rentabilidad de cada departamento.

- Talones: nos permite el control de cheques, la emisión de los mismos y sucontabilización.

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Contabilidad informatizada

Utilidades

Las opciones más comunes son:

- Organización de ficheros y saldos.- Copias de seguridad.- Color pantalla.- Parámetros periféricos.- Herramientas: calculadora, agenda, planning...

Enlaces con otros programas

Existen programas que permiten traspasar los datos necesarios para gestionarprocesos administrativos, ahorrándonos tiempo en la ejecución de los mismos.

- Facturación-contabilidad, enlaza los datos:

· Clientes (NIF, Razón Social...).· Facturas (asiento contable).· Remesas (asiento contable).· Cobros (asiento contable).

- Contabilidad-sociedades, enlaza los datos:

· Datos de la empresa.· Saldos contables (antes del cierre: calcula el cierre), (después del cie-

rre: genera el ISS y las Cuentas Anuales –Memoria, acta...–).

- Laboral-contabilidad, enlaza los datos:

· Nóminas (asiento contable).· IRPF (asiento contable).· Seguridad Social (asiento contable).

Ayuda

Con esta opción se accede a un menú principal donde encontraremos:

- Guía: facilita de forma fácil y rápida información del programa.- Consultas más frecuentes.- Acceso a páginas de internet.

Resumen

Las aplicaciones informáticas en los programas de contabilidad, permiten agili-zar todo el proceso contable exigidos por el Plan General de Contabilidad siendouna herramienta esencial que aportan fiabilidad y generan la información nece-saria solicitada, cubriendo así las necesidades de cada usuario.