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Planes de trabajo para la exportación de mangos de México a Chile, Australia, Japón, Nueva Zelanda y Argentina Dirección General de Sanidad Vegetal

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  • Planes de trabajo para la exportacin de

    mangos de Mxico a Chile, Australia,

    Japn, Nueva Zelanda y Argentina

    Direccin General de Sanidad Vegetal

  • Plan de trabajo para la

    exportacin de mango de

    Mxico a Argentina

  • Partes responsables.

    Por Mxico, la Direccin General de Sanidad Vegetal (DGSV), SAGARPA.

    Por Argentina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

    de la Secretara de Agricultura, de Argentina.

    Exportadores/Empacadores de mango de exportacin.

    Alcances del Plan de Trabajo.

    Permitir la importacin por parte de Argentina de mangos frescos

    procedentes de Mxico con la aplicacin de tratamientos cuarentenarios

    hidrotrmicos para el control de moscas de los frutos.

    1. Introduccin.

  • Inscripcin de empacadoras/instalaciones para tratamientos

    Las empacadoras que deseen empacar y exportar mango de Mxico a

    Argentina, debern contar con instalaciones adecuadas para el tratamiento

    hidrotrmico de la fruta y para separar el mango tratado y no tratado, as

    como reas protegidas para el empacado de la fruta que se intenta exportar.

    Asimismo, estas empacadoras debern estar inscritas ante la SAGARPA para

    participar en este programa de exportacin.

    Verificacin de instalaciones y tratamientos por parte de Mxico

    Treinta (30) das antes del inicio de cada temporada de exportacin,

    SAGARPA notificar a SENASA la lista de plantas registradas donde se

    realizar el tratamiento y empaque de la fruta que se exporte a la Repblica

    Argentina, con la finalidad de que SENASA realice una visita de verificacin y

    aprobacin de estas plantas y de las reas para el manejo del mango que se

    exportar.

    Los costos para la realizacin de esta visita de aprobacin de las plantas de

    tratamiento y empaque sern cubiertos por los exportadores.

    2. Procedimientos en las empacadoras.

  • Especificaciones

    La fruta destinada para exportacin a Argentina, deber ser sumergida en

    agua caliente, por lo menos 10 cm. bajo la superficie del agua, de acuerdo

    con el siguiente esquema:

    3. Tratamientos hidrotermicos post-cosecha.

    Las temperaturas del tratamiento sern registradas automticamente usando

    sensores calibrados y equipo aprobado. Un mnimo de dos sensores por

    tanque sern usados en el sistema jacuzzi y por lo menos 10 sensores en el

    sistema continuo. La temperatura para cada sensor debe registrarse

    automticamente por lo menos cada dos minutos. La diferencia de

    temperatura del agua entre sensores, en cada tanque, no debe exceder de

    1C.

  • Supervisin.

    Todos los tratamientos se realizarn bajo la supervisin directa de un tcnico

    oficial o aprobado, autorizado por la SAGARPA, quin:

    Confirmar que la temperatura de la pulpa de la fruta es de 21.1 C o msantes de inicio del tratamiento.

    Confirmar que las unidades de tratamiento son operativas y que la

    temperatura mnima de 46.1 C (o mayor) ha sido alcanzada antes del iniciodel tratamiento.

    Iniciar el perodo de tratamiento una vez que la fruta sea sumergida a un

    mnimo de 10 cm bajo la superficie del agua y registrar el momento del inicio

    del tratamiento.

    Supervisar el registro automtico de temperatura del agua a lo largo del

    perodo de tratamiento, para asegurar que las especificaciones del

    tratamiento estn siendo cumplidas.

  • Mantendr registros de todas las actividades realizadas.

    Cancelacin del tratamiento.

    Cualquier tratamiento que no cumpla las especificaciones anteriores, ser

    considerado como un tratamiento inaceptable, y por tanto, la fruta no podr ser

    exportada a Argentina.

    4. Manejo post-tratamiento

    Empaque y resguardo de la fruta tratada.

    El empaque de mangos en cajas de cartn ser

    realizado en un rea de resguardo, la cual deber contar

    con una zona cerrada, separada del rea de tratamiento

    y asegurada con mallas, paredes, cortinas de aire, etc. o

    una combinacin de mtodos para proteger

    adecuadamente los mangos contra una reinfestacin de

    moscas de la fruta. Esta zona deber estar libre de

    insectos antes y durante las actividades del empaque en

    la cual no se detecte la presencia de plagas insectiles. El

    acceso a su lugar deber estar vigilado por una persona

    asignada por el gerente de la empresa.

  • Requisito de empaque

    La fruta que se intente exportar a Argentina ser:

    Empacada en cajas de cartn nuevas de exportacin aprobadas y estampadas

    con un sello (5x8 cm o ms) para identificar que la fruta es para Argentina, la

    siguiente leyenda: MANGO DE EXPORTACION A ARGENTINA-TRATADO,SAGARPA-MEXICO indicando el cdigo de cada Planta de Tratamiento. obien,

    Colocado a granel en cajas limpias y nuevas, almacenadas

    en instalaciones protegidas con malla contra insectos o en

    cuartos fros, hasta su empaque en cajas de cartn.

    Resguardo de la fruta en trnsito.

    Cuando los mangos tratados tengan que ser transportados desde las empacadoras para ser

    colocados en contenedores areos o martimos para su envo a Argentina, las puertas de los

    vehculos que los transporten debern ser selladas, an dentro de las empacadoras, bajo la

    supervisin de un oficial o aprobado de la SAGARPA. Los "pallets" sern colocados en

    contenedores areos o martimos bajo condiciones que garanticen que los mangos no estarn

    sujetos a reinfestacin por moscas de la fruta. Los contenedores sern sellados por los

    inspectores de la SAGARPA en los puntos de salida al completarse la carga. Los sellos

    debern ser metlicos y numerados, con lago de la SAGARPA. Los nmeros de los sellos

    debern ser especificados en el respectivo Certificado Fitosanitario Internacional.

  • Carga de contenedores martimos o areos.

    En el caso de que los mangos tratados sean colocados directamente en

    contenedores martimos o areos, estos sern a prueba de insectos y debern

    cargarse dentro del rea de resguardo de cada empacadora. Los

    contenedores sern sellados por inspectores de la SAGAR. Los nmeros de

    los sellos debern ser especificados en el respectivo Certificado Fitosanitario

    Internacional.

    5. Certificacion fitosanitaria.

    Certificacin Fitosanitaria en Mxico.

    Todos los envos de mangos estarn acompaados de un Certificado

    Internacional extendido y firmado por un oficial autorizado de la SAGARPA.

    En este Certificado Fitosanitario se leer la siguiente declaracin adicional:

    "Producto tratado conforme al Plan de Trabajo suscrito entre el SENASA de

    Argentina y la SAGARPA de Mxico, referente a la exportacin de mango de

    Mxico a la Repblica de Argentina".

    Los detalles del tratamiento, identificacin de la empacadora y la cantidad y

    variedad de la fruta, sern incluidos en la seccin apropiada en el

    Certificado Fitosanitario Internacional.

    aprobadas para exportacin,

  • Los Certificados Fitosanitarios debern indicar como declaracin adicional

    para cada calibre y tipo de variedad (plana o redonda) el tratamiento aplicado,

    es decir, 65, 75 90 minutos.

    Otros documentos

    nicamente para el primer embarque de cada empacadora, para cada

    temporada de exportacin, se anexarn al Certificado Fitosanitario

    Internacional, las copias fotostticas de las hojas de computadora donde se

    registran las temperaturas alcanzadas durante el tratamiento. De ah en

    adelante, los registros sern conservados por la SAGARPA y sern enviados a

    SENASA, cuando as lo solicite o se requieran durante una supervisin en

    Mxico.

    La SAGARPA notificar al SENASA la lista de plantas registradas donde se

    realizar el tratamiento y empaque de la fruta que se exporte a la Repblica

    Argentina antes del inicio de cada temporada, con la finalidad de que el

    SENASA realice una visita de verificacin y aprobacin de estas plantas y de

    las reas para el manejo del mango que se exportar; asimismo, se notificar

    oportunamente cualquier modificacin a la misma durante el transcurso de la

    temporada.

  • 6. Eventualidades en Mxico

    En la empacadora.

    Cualquier empacadora que no cumpla con

    las condiciones de este Plan de Trabajo no

    podr exportar mangos frescos a Argentina

    hasta el momento en que la SAGARPA

    determine que los requisitos de este Plan de

    Trabajo pueden ser cumplidos.

    Empacadores/Exportadores.

    La SAGARPA extender Certificados Fitosanitarios Internacionales para

    exportar mangos a Argentina, unicamente a Empacadores/Exportadores que

    hayan sido previamente aprobados por ella misma.

    Si un Empacador/Exportadora aprobado falla en el cumplimiento de las

    condiciones de este Plan de Trabajo, la SAGARPA lo suspender hasta el

    momento en que se determine que la falla fue corregida y que se cumplir

    nuevamente con los requisitos de este Plan de Trabajo.

  • 7. Eventualidades en Argentina.

    Deteccin de mosca de la fruta en Argentina.

    Si SENASA notifica a SAGARPA la deteccin de moscas de la fruta vivas en

    un lote cualquiera, la SAGARPA instruir para que no se expidan Certificados

    Fitosanitarios Internacionales a la empacadora responsable, hasta que el

    sistema de tratamiento de la misma haya sido revisado y el Director General

    de Sanidad Vegetal de la SAGARPA est satisfecho de los requisitos de este

    Plan de Trabajo pueden ser cumplidos nuevamente.

    Accin al momento de detectarse larvas vivas de moscas de la fruta.

    La deteccin de larvas vivas de moscas de la fruta resultar en el rechazo o

    destruccin del envo a costa de los importadores/exportadores y se

    suspender temporal o definitivamente la empacadora.

    Accin al momento de detectarse larvas muertas de moscas de la fruta.

    La deteccin de larvas muertas de moscas de la fruta en un lote cualquiera de

    mangos tratados, no impedir su ingreso a Argentina; sin embargo, el

    SENASA de Argentina notificar a la brevedad a la SAGARPA de Mxico, el

    nmero del Certificado Fitosanitario que acompaa al lote, la fecha y lugar de

    su expedicin, el nmero de inscripcin de la empacadora que remite el lote y

    el nombre del tcnico de la SAGARPA que extendi el Certificado

    Fitosanitario.

  • Plan de trabajo para la exportacin de

    mangos de Mxico a Chile con

    Tratamiento Hidrotermico

  • Procedimiento, de inscripcin y certificacin de las plantas de

    tratamiento hidrotermico.

    Las plantas de tratamientos y empacadoras que deseen exportar mangos a

    Chile debern registrarse ante la DGSV, y sta a su vez informar al SAG la

    lista de Plantas de Tratamientos y Empacadoras inscritas para exportar a

    Chile.

    La DGSV inscribir las plantas de tratamientos y las empacadoras

    interesadas en exportar a Chile y notificar oportunamente al SAG la fecha de

    inicio del programa de exportacin.

    El SAG de acuerdo a la condicin de la planta de tratamientos y empacadora

    realizar en Mxico la certificacin y aprobacin de nuevas Plantas de

    Tratamientos o de aquellas que no hubieran participado en la temporada

    recin pasada.

  • Certificacin de plantas de tratamiento hidrotrmico por parte de DGSV

    La DGSV emitir un certificado de aprobacin el cual ser enviado al SAG,

    previo al inicio de la temporada, de las plantas de Tratamientos y

    Empacadoras que participaron en la temporada de exportacin recin pasada

    a Chile y que no registraron problemas fitosanitarios. El SAG a su vez emitir

    en base a esto la nueva certificacin y aprobacin para la nueva temporada

    de exportacin a Chile.

    La certificacin y aprobacin de las Plantas de Tratamientos y Empacadoras,

    consistir en la realizacin de un test de desempeo (ANEXO I - 11) en cada

    tanque/tina, a carga mxima, con 3 sensores (1 de pulpa y 2 de agua). Los

    resultados de estos test debern estar disponibles para el SAG y la DGSV.

  • Certificacin de plantas de tratamiento hidrotrmico por parte de SAG

    El SAG solamente certificar aquellas plantas Tratamientos y Empacadoras

    que no han participado en el programa de exportacin a Chile, o que hayan

    descontinuado su participacin en el programa de exportacin a Chile.

    La certificacin y aprobacin de las Plantas de Tratamientos y Empacadoras,

    consistir en la realizacin de un test de desempeo (ANEXO I - 11) en cada

    tanque/tina, a carga mxima, con 3 sensores (1 de pulpa y 2 de agua). Los

    resultados de estos test debern estar disponibles para el. SAG y la DGSV.

    La aprobacin de la certificacin ser otorgada por los inspectores del SAG a

    travs de un Certificado de Autorizacin (ANEXO 111), el que tendr una

    vigencia por la temporada comercial de produccin, y que ser emitido en

    triplicado (empacadora, DGSV, SAG).

    El rechazo de la empacadora y su causal ser notificado a travs de un

    comunicado oficial.

  • Exigencias del SAG para el ingreso de mangos frescos a Chile.

    Tratamiento hidrotrmico autorizado.

    La fruta destinada a exportacin con destino a Chile deber seguir el siguiente

    esquema:Peso mximo fruta (gr.) Tiempo (minutos)

    menores 425 75

    425 a 650 90

    a. La temperatura de la pulpa al inicio del tratamiento debe ser de 21,1 C como mnimo.b. La fruta debe quedar sumergida a una profundidad de 10 cm. o ms debajo de la superficie del

    agua durante todo el tratamiento.

    c. El agua debe circular permanentemente para ser mantenida a 46.1 C durante todo el tratamiento.

    d. La temperatura del agua para cada sensor incluyendo los permanentes deben estar a 46.1 C o ms a los cinco minutos despus del inicio del tratamiento.

    e. La temperatura del agua en tratamientos de 75 minutos, puede bajar hasta 45.4 C por un mximo de 10 minutos.

    f. La temperatura del agua en .tratamientos de 90 minutos, puede bajar hasta 45.4 C por un mximo de 15 minutos.

    g. Durante el tratamiento comercial, el diferencia! de la temperatura del agua entre los sensores

    del tanque no debe exceder 1C.h. En las lecturas de temperatura en los tratamientos de 75 y 90 minutos, el diferencial de la

    temperatura de la pulpa, entre la temperatura ms baja y ms alta no puede exceder 3C.i. El mnimo de temperatura que puede registrar un sensor de pulpa al inicio del tratamiento es de

    37.8 C y al final de 45 C. Si la lectura final es menor de 45 C el tratamiento es rechazado.Si como decisin del empacador, se desean utilizar los mismos frutos en otro tratamiento, estos

    deben ser enfriados a menos de 32.2C.

  • Manejo post tratamiento

    Empaque y resguardo de fruta tratada.

    Las instalaciones debern proveer condiciones de resguardo que impida la

    contaminacin de los frutos, para ello se deber contar con una

    infraestructura slida, cerrada con malla mosquitera, dobles puertas en los

    accesos y salidas de los frutos.

    Envases

    Los envases con fruta destinada a Chile debern llevar la siguiente

    leyenda.

  • Las dimensiones de los sellos/timbre debern ser de 5 cm de ancho por 8

    cm de largo.

    Esta leyenda deber ser ubicada en la cara frontal de la caja, junto con las

    identificacin de los calibres, entre otros antecedentes.

    Cada empacadora deber contar con 2 timbre que debern estar bajo el

    resguardo del inspector del SAGARPA asignado a la planta.

    Cmaras de mantencin

    Las cmaras de mantencin y/o de fro debern ser de uso exclusivo para

    fruta tratada con hidrotrmico.

    Estas cmaras debern proveer un despacho seguro hacia medios de

    transporte.

  • Despacho

    El despacho de la fruta tratada deber ser de responsabilidad del inspector

    del DGSV, el que deber verificar los siguientes aspectos, para autorizar el

    embarque de la fruta al medio de transporte:

    Despacho directo y seguro desde el rea de resguardo al medio de transporte.

    Limpieza del medio de transporte, de insectos, maderas entre otros.Timbraje y/o sellado de cada una de las cajas.La madera de los pallets, la cual no debe presentar corteza y dao de insecto.

    Todos los contenedores debern ser sellados utilizando sellos metlicosnumerados con identificacin de la SAGARPA, en el caso que sea va rea los

    pallets debern ser protegidos con malla tipo mosquitera y sellados en cada

    unidad.

    Los nmeros de los sellos debern ser especificados en el respectivoCertificado Fitosanitario.

  • Certificacion fitosanitaria

    Todos los embarques de mango con destino a Chile sern acompaados de

    un Certificado Fitosanitario Internacional extendido y firmado por un Oficial

    Fitosanitario Autorizado de la SAGARPA. En este Certificado Fitosanitario se

    leer la siguiente declaracin adicional:

    " Producto sometido a tratamiento hidrotrmico, conforme al Plan de Trabajo

    SAG - de Chile - SAGARPA de Mxico".

    La identificacin de la empacadora, la cantidad y variedad de la fruta,

    adems de los detalles de los tratamientos hidrotrmicos debern ir

    especificados en la seccin correspondiente, indicando solamente la lectura

    75 minutos y 90 minutos, si hay ocurrencia de ambos.

  • Inspeccin en destino

    Al arribo de la partida los inspectores del SAG verificarn los siguientes

    aspectos:

    a. Documentacin fitosanitaria que acompaa a la partida, esto

    corresponde al Certificado Fitosanitario oficial original.

    b. Inspeccin del medio de transporte o pallet (en caso que sea va

    area),

    constatando el sello y/o precinto oficial SENASICA.

    c. Inspeccin fsica de la mercanca, utilizando una tabla del 2% para el

    muestreo de fruta.

    Procedimiento de retencin y rechazo

    La deteccin de una larva viva de mosca de la fruta ser motivo del rechazo de la partida la cual

    podr ser reexportada o destruida. Esta situacin generar la suspensin inmediata de la planta

    empacadora, hasta el sistema de tratamiento de la misma haya sido revisado a satisfaccin del

    SAG/DGSV y se determine s los requisitos de este Plan de Trabajo pueden ser cumplidos durante

    el resto de la temporada.

    La deteccin un insecto acompaante cuarentenario vivo, ser motivo de rechazo de la partida, y

    de un aumento de los niveles de muestreo en el puerto de ingreso.

    La deteccin de larvas de moscas de la fruta u otro insecto acompaante cuarentenario muerto, no

    ser motivo de rechazo.

    Cualquier situacin de incumplimiento al Plan de Trabajo que se detecte en el puerto de ingreso en

    Chile, diferentes a las antes mencionadas sern informadas al SENASICA para su correccin. La

    recurrencia en la deteccin de estas mismas anomalas sern motivo de rechazo.

  • Auditorias

    El SAG podr efectuar supervisiones al Programa, si as lo estima

    conveniente y en forma razonable, comunicando en forma oportuna a la

    DGSV de Mxico.

    Plazo de vigencia del plan de trabajo

    Este Plan de Trabajo fue desarrollado conjuntamente por el SAG y la DGSV,

    para ser usado como una gua para la certificacin y exportacin de mango

    de Mxico a Chile.

    Todas las modificaciones debern ser acordadas conjuntamente y por

    escrito.

    Este Plan entrar en vigencia a partir de su firma y tendr vigencia

    indefinida.

  • Plan de trabajo para la exportacin de

    mangos de Mxico a Australia.

  • Plagas cuarentenadas.

    La certificacin bajo este ACUERDO deber proveer la prevencin del

    establecimiento en las reas libres de Australia de todas las Anastrepha spp

    y de Ceratitis capitata como un resultado de las importaciones de mango

    de Mxico.

    Procedimientos en Mxico de tratamientos de huertos y empaques.

    reas de Produccin.

    Todas las reas de produccin cuya fruta vaya a ser exportada bajo este

    ACUERDO, estar bajo la supervisin de DGSV para asegurar que los

    controles de la mosca de la fruta estn en operacin y que la infestacin

    de mosca de la fruta se mantiene a un nivel bajo.

    Registro de huertos:

    Todos los huertos de los cuales se cosecharan mangos para exportacin a

    Australia sern registrados con la DGSV. Los agricultores que busquen

    registro debern comprometerse a cumplir con un programa de control

    fitosanitaria diseado por DGSV para el control de otras plagas adems de

    las moscas de la fruta y enfermedades

  • REGISTRO DE EMPAQUE/PLANTAS DE TRATAMIENTO

    REGISTRADOS POR DGSV

    CAJONES/CAJAS MARCADAS CON EL NUMERO DE REGISTRO DEL

    LOTE DEL CUAL LA FRUTA FUE COSECHADA

    MUESTREO E INSPECCION DE PRETRATAMIENTO

    SIGUIENTE ESQUEMA:

    Tomar 600 frutos del lote y revisar visualmente.

    Los frutos muestreados deben ser cortados y examinados para moscas

    de la fruta vivas en todos sus estadios.

    LOTE.- Fruta de un mismo huerto que arriba a la empacadora en un

    momento dado. Si el vehiculo transporta fruta de dos o ms huertos, esta

    deber identificarse en la cantidad de lotes respectivos y tomar una

    muestra de cada uno de ellos.

    Deteccin de moscas de la fruta: Rechazo de toda la fruta del huerto

    registrado por el resto de la temporada

  • TRATAMIENTO DE DESINFESTACIN DE POSTCOSECHA

    ESPECIFICACIONES:

    Tratamiento con agua caliente (hidrotrmico)

    Peso mximo de la

    fruta (g)

    Temp. del agua

    C

    Tiempo de

    tratamiento (min)

    701-900 46.1 110

    700 46.1 90

    570 46.1 75

    375 46.1 65

    La temperatura mnima permitida:

    Durante el periodo de tratamiento es de 45.4 C. El tiempo acumulado en el cual el agua puede estar a temperaturas entre 45.4 C. y 46.0C no debe exceder de 10 minutos en cualquier tratamiento que dure 65 75 minutos y no ms de 15

    minutos en cualquier tratamiento que dure 90 minutos.

  • Supervisin.

    Todo el tratamiento ser efectuado bajo la supervisin de un oficial autorizado por DGSV

    quien:

    Confirmar para tratamiento registrados que la fruta programada para tratamiento,

    proviene de huertos registrados.

    Confirmar que las unidades de tratamiento estn en condiciones de

    operacin y que las temperaturas de tratamiento (o mas altas) se han obtenido

    previo al inicio del tratamiento.

    Iniciar el periodo de tratamiento cuando la fruta este sumergida un mnimo de

    10 cm bajo el nivel del agua y registrar el tiempo de inicio.

    Medir la temperatura del agua con un mnimo de 15 minutos de intervalos a travs del

    perodo de tratamiento.

    Conservar registros de todas las actividades efectuadas.

  • Cancelacin del tratamiento.

    Cualquier tratamiento que falle por virtud de una violacin a las

    especificaciones anteriores, ser considerado un tratamiento no aceptable.

    Otro periodo separado de tratamiento podr ser iniciado a la solicitud del

    propietario. empacador o exportador de la fruta.

    Documentacin:

    Copias de todos los certificados de los huertos. Reportes de inspeccin de

    pretratamiento y los registros de las temperaturas del tratamiento

    acompaaran al primer embarque a Australia bajo este ACUERDO. Despus,

    esos registros sern conservados para enviarlos a AQIS si los solicita.

    DGSV proveer a AQIS con una lista de los huertos registrados de los

    empaques antes del comienzo de cada temporada y notificar de cualquier

    cambio segn ocurra durante la temporada.

  • Certificacion fitosanitaria.

    Certificacin Fitosanitaria en Mxico.

    Todos los envos de mangos. destinados a la exportacin estarn

    acompaados de un certificado fitosanitario expedido y firmado por

    un oficial autorizado de la SAGARPA. Este certificado fitosanitario incluir la

    siguiente declaracin adicional:

    EL PRODUCTO CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL ACUERDO ENTRE AQIS Y DGSV CONCERNIENTE A LA EXPORTACIN DE MANGOS A

    AUSTRALIA

    Los detalles del tratamiento, nmero de registro de los empaques, cantidad de

    fruta, variedad de fruta, estados de origen, as como los sellos de la puerta de

    la caja o contenedor del embarque, sern insertados en la seccin apropiada

    en el certificado fitosanitario.

  • Manejo de post- tratamiento.

    Empacado.

    El empacado de mangos, en cajas de cartn se realizara dentro de una

    rea a prueba de insectos.

    nicamente las empacadoras que cuentan con enmallado de proteccin

    en las reas de tratamiento y empacado pueden empacar fruta de

    exportacin bajo este programa.

    Los operadores de las empacadoras registradas tendrn instalaciones

    adecuadas que permitan separar. a lo largo de los procesos de tratamiento

    y empaque a la fruta tratada que se desea exportar a Australia de la fruta

    no tratada.

    Todas las actividades dentro de las empacadoras estarn sujetas a la

    supervisin de las actividades de la SAGARPA.

    Requisito de empaque.

    La fruta que se pretenda exportar ser:

    Empacada en cajas de cartn aprobadas para exportacin y estampadas

    con un sello (5 x 8 cm. o ms) que identifique que la fruta es para Australia

    con la siguiente leyenda: "Mango de exportacin a Australia-tratado. SAGAR-Mxico"

  • Precauciones contra infestaciones en transito.

    Cuando los mangos tratados deban ser transportados en camiones

    refrigerados para ser empacados en contenedores areos o martimos hacia

    Australia, va los Estados Unidos, las puertas de dichos camiones sern

    selladas bajo la supervisin de la SAGARPA dentro del rea limpia de la empacadora de origen. Los mangos que se encuentren en camiones y/o pallets con sellos violados, no sern exportados.

    Acomodo dentro de los contenedores de barco o areos:

    Los cartones debern ser acomodados dentro de los contenedores areos

    bajo condiciones que aseguren que los mangos no sern sujetos a una

    reinfestacin por plagas cuarentenadas, esto es, bajo malla contra insectos,

    si es necesario. Los contenedores debern ser sellados al terminarse de

    cargar.

    Condiciones de transbordo.

    Los mangos que son embarcados a Australia va

    puertos areos o martimos de los Estados Unidos de

    Amrica. cumplirn los requisitos de entrada a ese pas.

  • Empaque en contenedores Martimos para Embarque Directo a

    Australia.

    Cuando los mangos vayan a ser embarcados directamente de Mxico a

    Australia. stos sern cargados en contenedores martimos a

    prueba de insectos que sern sellados bajo la supervisin de la SAGARPA

    estando an dentro de la empacadora. Si por alguna razn comercial se

    requiere abrir el contenedor en el puerto de salida antes de cargarlo al barco,

    el exportador solicitar la presencia de un inspector de SAGARPA que

    supervise las acciones.

    Inspeccin de monitoreo por AQIS.

    AQIS inspeccionar los mangos mexicanos a la importacin a travs de un

    muestreo de 600 frutas por embarque de una empacadora para verificar la

    ejecucin de la certificacin y asegurar el cumplimiento del ACUERDO.

  • Accin sobre plagas cuarentenadas:

    El descubrimiento de plagas cuarentenadas vivas en Australia resultara en la

    destruccin o reexportacin del embarque y la suspensin del permiso para

    futuras importaciones de Mxico. Cualquier embarque en transito al momento

    de la suspensin de este ACUERDO ser destruido o reexportado a su

    arribo a Australia.

    Accin sobre otras plagas:

    La deteccin de otras plagas, sern causa para tratamiento o rechazo del

    embarque hasta que su condicin cuarentenaria sea determinada. Si el

    porcentaje de embarques rechazados alcanzada un nivel determinado

    por AQIS como inaceptable por razones de riesgo de plaga o de practica

    operacional, el programa ser revisado y puede ser cancelado.

    Acuerdo de auditoria.

    AQIS se reserva el derecho de auditar parte o todos los procedimientos

    en Mxico.

  • Comunicacin.

    El Director General de DGSV y el Senior Assistant Director, Plant

    Ouarantine and Inspection Branch, AQIS se comunicaran cuando sea

    necesario con relacin a este ACUERDO. El ACUERDO ser efectivo a la

    aceptacin de ambas partes y permanecer en efecto indefinidamente. Las

    modificaciones sern hechas de mutuo consentimiento o terminado por

    cual quiera de las partes sobre una notificacin escrita con 30 das de

    anticipacin a la otra parte.

  • Plan de trabajo para la exportacin de

    mangos de Mxico a Japn