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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe LICITACION PRIVADA Nº : 830 OBJETO Adquisición de Postes y Crucetas de Madera – F.E.R. 2016 / 2017 PRESUPUESTO OFICIAL $ 909.000,00 (PESOS NOVECIENTOS NUEVE MIL 00/100 , IVA incluido) GARANTIA DE LA OFERTA $ 9.090,00 (PESOS NUEVE MIL NOVENTA 00/100 , IVA incluido) APERTURA CONSULTAS DIA 21/09/2016 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE HORA 11 00 LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA 1ra Junta 2558 – 1º Piso – Of. 7 3000 Santa Fe Unidad Normas

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

LICITACION PRIVADA Nº : 830

OBJETO Adquisición de Postes y Crucetas de Madera – F.E.R. 2016 / 2017

PRESUPUESTO OFICIAL $ 909.000,00

(PESOS NOVECIENTOS NUEVE MIL 00/100 , IVA incluido)

GARANTIA DE LA OFERTA $ 9.090,00 (PESOS NUEVE MIL NOVENTA 00/100 , IVA incluido)

APERTURA CONSULTAS

DIA

21/09/2016 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE

SANTA FE

HORA

1100

LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA

ENERGIA 1ra Junta 2558 – 1º Piso – Of. 7

3000 Santa Fe

Unidad Normas

galberdi
Borrador
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31/08/2016

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

ITEM MATRICULA DESCRIPCION TECNICA COMPLETA UM TOTALES60 90 120

1 205551 Pza SANTA FE 300 30000

TOTAL 0 300 0 3002 205552 Pza SANTA FE 300 300

00

TOTAL 0 300 0 3003 205557 Pza SANTA FE 400 400

00

TOTAL 0 400 0 400

Cruceta de Madera Dura - MN 111

Entrega: Almacén Villa María Selva - Espora y Rep. de Siria (Santa Fe)Destino: Area Obras - U.O.P.A.

LICITACION PRIVADA Nº: 830ALCANCE DE SUMINISTRO - CRONOGRAMA DE ENTREGAS

DESTINOPLAZO DE ENTREGA

(Dias Corridos)

Poste de Eucaliptus 7,50m con conectores en cima y base MN442 Tratamiento: Creosota o CCA

Poste de Eucaliptus 9,00m con conectores en cima y base - MN 446 Tratamiento: Creosota o CCA

galberdi
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Postes de Maderapara Líneas Eléctricas

ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 1 de 8

ETN 007

POSTES DE MADERA PARA LÍNEAS ELÉCTRICAS

Revisión Fecha Descripción de Revisión y/o Modificaciones

Aprobado por Resolución/Disposición

Nº:

ETN 007 07/97 Actualización e incorporación procedimiento de inspección

Elaborado por: Controlado por: Aprobado por:

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Postes de Maderapara Líneas Eléctricas

ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 2 de 8

1 Generalidades1.1 AlcanceLa presente especificación tiene por objeto establecer los Requisitos técnicos que deben cumplir

los postes de madera destinados a ser utilizados como soportes en sistemas eléctricos en todo el

ámbito de la Empresa.

1.2 Normas y Especificaciones a consultarSiempre que no se contraponga con lo establecido en ésta especificación, los postes cumplirán

con las normas que a continuación se detallan:

Norma Descripción

IRAM 9508 Postes de madera preservada, Método de laboratorio para la determinación de la retención y penetración.

IRAM 9511 Preservación de maderas. Vocabulario.

IRAM 9512 Creosota para la preservación de maderas.

IRAM 9513 Postes y crucetas redondas de eucalipto, preservados, para líneas de energía eléctrica y Sistemas de Telecomunicaciones.

IRAM 9515 Preservación de Maderas. Preservadores solubles en agua. Requisitos y Métodos de Análisis.

IRAM 9526Preservación de Maderas. Determinación de Cromo, Cobre, Arsénico y Boro, en soluciones preservantes o en maderas preservadas. Método por Espectofometría de absorción.

IRAM 9529 Maderas. Determinación de la resistencia a la flexión de postes de madera.

IRAM 9532 Maderas. Método de determinación de la humedad.

IRAM 9580 Maderas. Método de determinación de preservadores oleosos y humedad en madera impregnada.

IRAM 9597 Preservadores de madera. Método para la determinación de preservantes para por espectometría de fluorescencia de rayos x.

IRAM 60712 Productos Siderúrgicos cincados. Métodos de determinación de la masa de la capa de cinc y de la uniformidad del cincado.

Todas las Normas mencionadas son indispensables para la aplicación de éste documento y se

debe tener en cuenta la edicion vigente, incluyendo todas sus modificaciones.

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Postes de Maderapara Líneas Eléctricas

ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 3 de 8

1.3 Lugar de Utilización.

El Suministro será utilizado en toda la extensión del territorio de la provincia de Santa Fe.

1.3.1 Condiciones de la Instalación1.3.1.1 Condiciones particulares de uso

Los postes serán utilizados como soportes de líneas aéreas y por consiguiente deberán resistir los

esfuerzos derivados del tiro de los conductores, el peso de estos y sus accesorios y la acción del

viento sobre los mismos y sobre los elementos que soportan.

1.3.1.2 Condiciones del medio ambiente

La temperatura ambiente varía entre -10ºC y +50ºC, y la humedad relativa del aire puede

alcanzar valores de saturación.

Como serán instalados a la intemperie y generalmente empotrados directamente en el terreno,

estarán sometidos a las condiciones meteorológicas antes indicadas, a la presencia de agua y

expuestos al ataque de insectos y hongos.

2 Requisitos2.1 Características y Requisitos técnicos del Suministro2.1.1 Los elementos constitutivos del Suministro serán postes de eucalipto, preservados con

creosota o preservador cromocuproarsenical.

2.1.2 Dimensiones y características.Las dimensiones normalizadas serán las establecidas en la Tabla 1, que a continuación se detalla:

TABLA 1

Longitud Poste(m)

ɸ Cima(cm)

Perímetro Teórico a1,8 m de la Base (mm)

Empotramiento(m)

7,5Mín. 12

Máx. 14

465

5301,35

9Mín. 14

Máx. 16

555

6151,5

10,5Mín. 14

Máx. 16

578

6381,65

12Mín. 16

Máx. 18

665

7251,8

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ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 4 de 8

*Basado en el valor mínimo del diámetro de la cima especificado y calculando una conicidad teórica de

5 mm por metro de largo y redondeado a los 5 mm.

2.1.3 ToleranciasLas tolerancias en el largo y ovalizado de los postes, serán las establecidas en la Norma IRAM

9513.

Diámetro en la cima: No se admitirán diámetros menores a los establecidos en la Tabla 1.

2.1.4 Marcación2.1.4.1 Método

Será mediante el marcado por martillado en cima y base y de acuerdo a la Norma IRAM 9513

punto 6 y Anexo G. La marcación a fuego, contará con todos los datos especificados en 2.1.4.3 de

ésta ETN.

2.1.4.2 Posición

La marcación a fuego debe ser de acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 6.2 (a).

2.1.4.3 Datos

La marcación a fuego deberá contar con los siguientes datos:

• Nº de Orden de Compra ó Nº de Licitación y Año de Emisión o Llamado (XXXXX/AA ó XXXX/AA.

• Nombre o logotipo del proveedor.

• Mes y Año de impregnación (4 caracteres) (XX/AA).

• La Sigla EPESF.

Los postes adquiridos por “Terceros” que se instalen en Sistemas Eléctricos propiedad de la E.P.E,

se reemplazará el Nº de La Orden de Compra o Licitación, por la abreviatura “TERC”de aquella

palabra.

2.1.4.4 Secuencia de Marcación

La marcación por martillado se realizará una vez “aprobado” el punto 3.1.1 “Inspección previa a la

Impregnación” de la presente ETN.

Con la recepción del informe de “aprobado” de los ensayos establecidos en el punto 3.1.2

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ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 5 de 8

“Inspección luego del proceso de impregnación” de la presente ETN, se ejecutará la marcación a

fuego.

2.1.5 ConectoresTanto en la base como en la cima, los postes vendrán provistos de conectores metálicos a los

efectos de evitar la formación o propagación de rajaduras. Los mismos cumplirán con los

lineamientos de la Norma IRAM 9513 Anexo D, punto D.4.

2.2 Preservación2.2.1 HumedadEl porcentaje de humedad determinado, previo al inicio del proceso de impregnación, no debe

superar el 25%.

2.2.2 Método de impregnaciónEl método de impregnación a utilizar será el de vacío-presión, en autoclave y se deben asegurar

las retenciones y penetraciones del preservante garantizadas.

2.2.3 Preservadoresa) Creosota. Según Norma IRAM 9512.-

b) Preservador Cromocuproarsenical (según Norma IRAM 9515 - tipo C) bajo la forma de

Óxidos.

2.2.4 Retenciones2.2.4.1 En el caso de creosota, debe cumplir con lo establecido en Norma IRAM 9513, punto 4.8.4.

2.2.4.2 En el caso de ofrecerse como preservantes, sales Cromocuproarsenicales (C.C.A.), los

postes tendrán una retención mínima de 12,8 Kg/m³ de albura seca.

Para la formulación, el contenido en gramos del elemento, cada 100 gramos de óxidos totales,

según Norma IRAM 9515, Tabla IV será:

• Cromo (Cr 03)………............ 44,5 a 50,5 (gr./100 gr. Óxidos totales)

• Cobre (CuO)………….....…, 17,0 a 21,0 (gr./100 gr. Óxidos totales)

• Arsénico (As2O5)................ 30,0 a 38,0 (gr. /100 gr. Óxidos totales).

En virtud de que el valor de retención total mínimo de 12,8 Kg. /m³ requerido, no es citado en la

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ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 6 de 8

Norma IRAM 9515, se calcularon las retenciones mínimas de los componentes individuales en la

forma directamente proporcional:

• Cromo (Cro3) 5,69 Kg. /m³ de albura.

• Cobre (CuO) 2,16 Kg. /m³ de albura.

• Arsénico (As2O5) 3,84 Kg. /m³ de albura.

2.2.5 PenetraciónDe acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 4.8.5.

3 INSPECCION Y ENSAYOS3.1 Inspección3.1.1 Inspección previa a la ImpregnaciónLa E.P.E. antes del proceso de impregnación, evaluará y aprobará contenido de humedad,

defectos y medidas de los postes, realizará ensayos mecánicos y extraerá muestras del

preservante (de estimarlo necesario). A tal efecto, el proveedor deberá proporcionar el personal,

instrumental y todo elemento necesario para facilitar la misma.

El Adjudicatario debe comunicar con una antelación mínima de diez (10) días, la disponibilidad de

las partidas o lotes de postes listos para su inspección en crudo.

El no cumplimiento de lo establecido en el punto 2.2.1 será causal de rechazo de las partidas o

lotes.

3.1.2 Inspección luego del proceso de impregnaciónUna vez concluido el proceso de impregnación y luego del estacionamiento sugerido por la norma

vigente del material seleccionado, el proveedor comunicará con diez (10) días de anticipación la

disponibilidad del mismo para la extracción de muestras, para la realización de los ensayos cuali-

cuantitativos del preservante y su penetración. Conjuntamente Inspección EPE y representante

del Adjudicatario empacarán las muestras incluyendo la Nota que certifique: fecha de inspección,

los participantes, orden de compra, descripción de materiales, cantidad de cada tipo de material

inspeccionado, firma de los participantes, aceptación del proveedor autorizando al Laboratorio

(Oficial y/o independiente) contratado a enviar el Informe de Ensayo a la EPE y solicitando que en

el informe quede constancia que las muestras fueron recibidas correctamente precintadas.

El Adjudicatario será responsable de la protección de las piezas recepcionadas a fin de evitar la

aparición de grietas o rajaduras por efecto de la radiación solar o vientos calientes. De resultar

satisfactorios los ensayos realizados, se efectuará la marcación según 2.1.4.1, con los datos

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ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 7 de 8

consignados en el apartado 2.1.4.3.

3.1.3 MuestrasEl proceso de extracción de muestras se hará siguiendo los lineamientos establecidos en la Norma

IRAM 9513 Anexo B. Las mismas previo a su envío serán precintadas convenientemente por el

inspector actuante.

3.2 EnsayosEl Costo de todos los ensayos, especímenes destruidos, ensayos de laboratorios sean o no del

Adjudicatario, alquiler de máquinas o equipos necesarios y todo otro gasto emergente de las

tareas de inspección y recepción, correrán por exclusiva cuenta del Adjudicatario.

3.2.1 Penetración y retención del impregnanteSobre los mismos tarugos o tortas extraídas, se verificará la penetración y retención del

impregnante según el método establecido en la Norma IRAM 9508.

El criterio de aceptación y rechazo será el determinado en la norma IRAM 9513, Anexo B.

La retención y penetración del impregnante, como así también la calidad del mismo, se

determinará en laboratorios aceptados por la EPE.

3.2.2 HumedadEl Contenido de humedad se determina de acuerdo a la Norma IRAM 9513, punto 5.5.

3.2.3 DefectosDe acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 5.3.

3.2.4 Ensayo de flexiónPara determinar el valor del esfuerzo resistente mínimo admisible de los postes preservados, en

función del diámetro de la cima, el ensayo en voladizo, se efectuará según los lineamientos

establecidos en la Norma IRAM 9513 - Anexo C.

La E.P.E. se reserva el derecho de efectuar este ensayo sobre un poste por cada lote de la

remesa de hasta dos mil (2.000) postes, o sobre la cantidad que estimaré necesario si el valor del

esfuerzo resistido obtenido en el ensayo, fuere inferior al requerido en Tabla 2.

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ETN 007VIGENCIA: 12/2013REEMPLAZA A: 07/97Resolución Nº 547Hoja Nº 8 de 8

TABLA 2Resistencia Mínima a la flexión

Longitud

Total

(m)

Longitud

útil

(m)

Diámetro en cima (cm)

10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Cargas límite (daN)

5 3,90 350 450 550 - - - - - - - - - - - -

6 4,80 300 400 500 600 - - - - - - - - - - -

7 5,7 275 375 450 500 650 - - - - - - - - - -

7,5 6,15 275 350 425 500 625 750 875 - - - - - - - -

8 6,60 275 350 425 500 600 725 850 - - - - - - - -

9 7,50 250 325 425 500 600 700 825 - - - - - - - -

10,5 8,90 - 325 400 475 575 675 800 875 1050 1175 1325 - - - -

11 9,30 - 325 400 475 575 650 750 850 975 1100 1250 - - - -

12 10,20 - 300 400 475 550 625 725 825 950 1075 1225 - - - -

13 11,10 - - 375 450 525 600 700 800 925 1050 1175 1325 1475 - -

14 12 - - 375 450 525 600 700 800 875 1025 1150 1300 1450 - -

15 12,90 - - 375 425 500 600 675 775 850 1000 1125 1275 1425 - -

16 13,80 - - 375 425 500 600 675 775 850 1000 1125 1275 1425 1525 1675

3.2.5 Criterios de Aceptación o RechazoSe deberá cumplir con el punto 3.1 de la presente ETN y con la Norma Iram 9513.

4 GARANTÍALos postes entregados, tendrán garantía por defecto y/o vicios ocultos por un período de 2 años,

a contar desde la fecha de impregnación, período dentro del cual, el proveedor además de asumir

los costos emergentes por cambio y reposición, también afrontara los costos de posibles daños y

perjuicios y/o lucro cesante que el defecto ocasionare.

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 1 de 7

1 ALCANCE

1.1 La presente especificación se refiere a vigas, tirantes, tablas, tablones, crucetas demadera y muertos de anclaje (en adelante el Suministro), comprendiendo las característicastécnicas y constructivas, documentación a presentar en la Oferta, inspección y ensayos, quedeberán cumplimentar los Oferentes y Adjudicatarios desde la presentación de las Ofertas hastala recepción final del Suministro.

2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1 Las Ofertas deberán incluir por duplicado, en castellano y sistemas de unidades SIMELA,la documentación detallada en esta cláusula.El incumplimiento en la presentación de una de ellas, implicará la calificación de la ofertatécnicamente incompleta, lo que podrá motivar a solo juicio de la EPE el rechazo de la misma, sinque el proponente tenga derecho a reclamo alguno.

2.1.1 Cotización En las compras de vigas, tirantes, tablones y/o tablas, el Oferente deberácotizar en forma obligatoria el precio, para el o los ítems, del m� de madera.La cotización de las crucetas de madera deberá ser por unidad.

2.2 Planos de medidas generales acotados

2.3 Lista de referencia de otras provisiones iguales o similares al presente Suministro,detallando año de la provisión, efectuadas a la EPE u otros organismos. En caso que se hubierenefectuado provisiones anteriores, se hará constar en forma explícita.

2.4 La especificación Técnica del Suministro ofrecido, podrá ser ampliada por los Oferentesy completada en su aspecto técnico, en todo lo que consideren necesario para una mejorapreciación de la Oferta.

2.5 Para una mejor evaluación de las Ofertas, la EPE podrá requerir al Oferente lapresentación de una muestra del Suministro Ofrecido.

3 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SUMINISTRO

3.1 Los elementos constitutivos del Suministro serán fabricados con materiales nuevos,de calidad adecuada y de acuerdo con la máxima experiencia en la materia conforme con la regladel arte.Asimismo los materiales deberán cumplimentar lo estipulado en las Normas IRAM-IEC-VDE. Encaso de discrepancia en el contenido de éstas, deberá cumplimentarse de acuerdo al citado ordende prelación.

3.2 El Suministro será utilizado en toda la extensión del territorio de la provincia deSanta Fe Deberá ser apto para uso en clima húmedo y cálido con bruscos cambios detemperatura y poco favorable para la buena conservación de los materiales aislantes.La temperatura ambiente será entre -10oC y +50oC, la humedad relativa puede llegar al 100%,por lo que debe descartarse la utilización de materiales alterables bajo dichas condiciones.

4 CARACTERÍSTICAS GENERALES

4.1 Especies forestales Provendrán de las siguientes especies forestales: LapachoAmarillo, Lapacho Rosado, Lapacho Negro, Urunday, Urundel, Guayacán, Itín, Alecrín, Anchico

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 2 de 7

Colorado, Incienso Amarillo, Quina, Cebil Colorado, Cebil Moro, Ñandubay, Acacia blanca yAlgarrobo.NOTA: Para muerto de anclaje se podrá utilizar, además de las especies nombradas, elQuebracho Colorado.

4.2 Pedido Al formularse el pedido correspondiente, deberán indicarse:

4.2.1 Características geométricas Longitud y escuadría de la viga, tirante, tabla, tablón ocruceta que se desee adquirir (MN).

4.2.2 Especie forestal Se tomará el nombre establecido en la norma IRAM 9501 paraidentificar comercialmente cada una de las distintas especies de madera de uso frecuente.

4.2.3 Nombre científico Será conveniente el agregado del nombre científico o nombrebotánico, el cual aclara en cada caso en forma indubitable la especie a que pertenece cadamadera.

4.2.4 Características mecánicas En forma general se especificarán las característicasmecánicas de la madera requerida (Ej: duras, semiduras, blandas, etc.).

4.3 Características geométricas

4.3.1 Configuración geométrica Serán convenientemente escuadrados y rectos.

4.3.2 Deficiencias en el estibado y en el secado Se admitirá una flecha máxima igual ala centésima parte de la longitud, cuando la pieza esté combadaCuando la pieza esté abarquillada, combada, encorvada o torcida, se aceptarán si h no es mayorque L/100 (ver fig. 13-14-15 y 16 de la IRAM 9560).

4.3.3 Tolerancias Si el escuadrado no es correcto, solo se aceptará una desviación máxima eigual al 3% del ancho de la sección.Las tolerancias admitidas en las longitudes, serán del 1%.

4.4 Características mecánicas Las crucetas de madera responderán a la Norma IRAM 9540.Para las otras piezas de madera no se admitirán rajaduras.En cuanto a grietas, nudos, agujeros, fracturas, astilladuras y cortes de sierra que se introduzcanen la madera, se regirán de acuerdo a lo establecido en la norma IRAM 9560 (especificando paracada pieza en particular los límites de tolerancia) y a las normas IRAM o ETN correspondientes acada material en sí.Además estarán libres de alburas y acebolladuras. Las propiedades mecánicas de cada tipo demadera a las que deben responder en los ensayos se observan en la Tabla informativa.

4.5 Requisitos especiales

4.5.1 Humedad La humedad se determinará a 10 cm de cada uno de los extremos y a unaprofundidad que corresponda al quinto del alto de la viga, tirante, tabla, tablón ó cruceta que semida. La humedad no será mayor del 20%. Se aplicará la técnica explicitada en IRAM 9532.

4.5.2 Duramen Se elaborarán a partir del duramen del árbol y por lo tanto serán rechazadaslas piezas que presenten parte de la corteza y/o albura.

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 3 de 7

4.5.3 Fibras Provendrán de troncos rectos y en tal forma que las fibras seansensiblemente paralelas al eje longitudinal de la pieza.

4.5.4 Manchas y pudrición Las piezas de madera provendrán de árboles sanos, estaránlibres de manchas y pudriciones biológicas producidas por la actividad de hongos xilófagos, lasque se clasifican según lo indicado en la Norma IRAM 9560.

4.5.5 Ataque de insectos No se aceptarán las piezas que presenten fuerte ataque de insectos(apolillado, taladrado,etc.).

5 INDICACIONES DEL SUMINISTRO

5.1 Una vez extendida la Orden de Compra no se podrá realizar ninguna modificación deldiseño sin previa autorización de la EPE Santa Fe.Si no se cumplimentase con este requisito, será causal de rechazo de los especímenes afectadospor la modificación.

5.2 El Adjudicatario deberá presentar dentro de los diez (10) días de recibida la Orden deCompra, un Cronograma de fabricación y ensayos remitiendo los mismos a UNIDADNORMAS, sito en Bv. Pellegrini Nº 2626 – 1º Piso-Tel (0342) 4505610-Tel/Fax (0342) 4505617.(3000) Santa Fe.

6 INSPECCIÓN

6.1 Durante la fabricación, cualquier variante en el cronograma de fabricación y ensayos,deberá ser notificada a Unidad Normas con anticipación de quince (15) días.

6.2 La EPE Santa Fe se reserva el derecho de realizar inspecciones de acuerdo alcronograma presentado, para el control y verificación de materiales y seguimientos de trabajosrealizados durante la construcción de los Suministros; con este propósito, el Adjudicatario deberáfacilitar, al representante de aquella, los medios necesarios.

6.3 El Adjudicatario deberá comunicar a Unidad Normas, con anticipación de quince (15) días,la fecha en que el Suministro se encuentre terminado para su inspección final.

6.4 Inspección visual La inspección se efectuará unidad por unidad, a los efectos delcumplimiento de lo especificado en 4.5.2 al 4.5.5.

6.5 Muestras Se extraerá al azar, según norma IRAM, el número de elementos indicadosen la tabla siguiente:

Tamaño del loteTamaño de la

muestraElementosrechazados

0 - 100 3 0101 - 500 6 0501 - 1000 10 0

1001 - 3000 15 1

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 4 de 7

3001 - 10.000 25 110.001 - 20.000 30 2

7 ENSAYOS

7.1 Ensayos de recepción

7.1.1 Los ensayos de recepción se llevarán a cabo en las instalaciones del Adjudicatario, conla presencia de personal designado por la EPE.

7.1.2 Para la realización de los ensayos, el Adjudicatario pondrá a disposición del representantede la EPE, personal y todos los elementos tales como aparatos e instrumentos necesarios yadecuados, debiendo estos últimos contar con certificado de contraste con antigüedad menor deun (1) año, otorgado por Laboratorio Oficial. Aparatos e instrumentos lacrados o sellados pordicho ente.

7.1.3 Los gastos que por todo concepto demanden la realización de los ensayos de recepción,correrán por cuenta del Adjudicatario. Los correspondientes a los del personal de la EPE para suasistencia a los mismos, correrán por cuenta de la EPE.

7.1.4 Cuando en los ensayos de recepción no se cumplimentase con uno (1) de los requisitos,será causal de rechazo del Lote. En caso de tener que volver a realizar cualquier ensayo derecepción en repetición, los gastos que demanden por comisión y pasaje del personal de laEPE, también el costo de los ensayos, será por cuenta del Adjudicatario.

7.1.5 Cuando se deban realizar ensayos de recepción convenidos con la EPE, el Adjudicatariocursará el aviso por escrito, el cual deberá obrar en poder de la EPE con diez (10) días deanticipación.

7.1.6 Se realizarán los ensayos de recepción de remesas especificadas en Normas IRAM. En laformación de lotes, el correspondiente muestreo y los requisitos a cumplir, se acatará lo dispuestoen las Normas.

7.1.7 Enumeración de los ensayos1) Verificación de dimensiones y configuración geométrica (rectitud, escuadría, revirado),según el Cap. 4.2.1 de la presente.

2) Verificación del aspecto físico y propiedades mecánicas (rajaduras, astillado, corte desierra, nudos, albura, lumación, etc.) según Cap. 4.2.4 de la presente.

3) Se rechazará la remesa si la cantidad de rechazos excede el valor indicado en tablade punto 6.5.

4) Se determinará la humedad debiendo cumplir con la Norma IRAM 9532.

5) Se determinará la materia prima con que se elabora debiendo cumplir con el punto4.5.2 de la presente.

6) Se verificará el estricto cumplimiento de lo especificado en los puntos 4.5.4 y 4.5.5 dela presente.

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 5 de 7

7) Se verificará la resistencia mecánica sobre las muestras extraídas según 6.5,debiendo soportar los ensayos estipulados en Norma IRAM 9541 (Método de ensayos decompresión axial) y 9542 (Método de ensayo de flexión estática),debiendo responder losvalores a los indicados en la Tabla.

8) Se determinará el Peso Específico según lo indicado en IRAM 9544, respondiendo losvalores a los indicados en Tabla.

7.1.8 Medición y cubicación La medición y la cubicación se llevarán a cabo según losprocedimientos establecidos en la Norma IRAM 9503.

7.1.9 Vigas labradas Se verificarán las vigas de sección transversal regular, cuadrada orectangular y/o con arista faltante. Siendo rechazadas las vigas mal labradas.

7.1.10 Piezas aserradas y canteadas En la verificación de las dimensiones de todas laspiezas, se deberán tener en cuenta las tolerancias determinadas en estas especificacionestécnicas y/o especificaciones técnicas particulares del Pliego.

7.2 Recepción final La recepción final de los especímenes aceptados por losrepresentantes de la EPE después de los ensayos, será realizada en el suelo del lugar de entregade aquellos, en horario de trabajo de la EPE y según lo establecido en el Pliego de CondicionesParticulares.

8 CONDICIONES VARIAS

8.1 Segunda inspección La Empresa proveedora o Contratista, se encargará de losgastos que demande una segunda inspección, si ésta se debe realizar para una misma partida,como consecuencia de verificar el Inspector en la primera inspección que el material no cumplecon la presente especificación; ó bien ausencia en la planta del material solicitado.

8.2 Elementos de ensayo El proveedor deberá contar con los elementos necesarios pararealizar los ensayos descriptos en la presente especificación, los cuales deberán contar concertificado de contraste de algún ente Oficial.

8.3 Descuentos Los descuentos por anomalías en vigas, tirantes, tablas ó tablones; se haránteniendo en cuenta los valores y porcentajes establecidos en la norma IRAM 9503. Serán fijadospor el Inspector en el momento de la Recepción.Las crucetas para líneas de conducción de energía eléctrica deberán responder estrictamente a loespecificado en la norma IRAM 9540.Las piezas que presenten anomalías, serán rechazadas, salvo que a criterio del Inspector, éstasno afecten las características mecánicas (como ser aristas faltantes, chanfles no solicitados,etc.);estas crucetas se cubicarán y se les practicarán los descuentos de acuerdo a la NormaIRAM antes mencionada.

8.4 Personal El Oferente deberá proveer al Inspector de la EPE, el personal que éstesolicite a los efectos de realizar la recepción correspondiente.

8.5 Rotulado Las partidas de vigas, tirantes, tablas, tablones y crucetas de madera seránidentificadas con el número de la Orden de Compra y el mes y año de entrega de las mismas,pirograbados en todas las piezas sobre una de sus caras laterales más angosta.

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 6 de 7

Además, el Inspector insertará en una de las caras de los extremos y sobre los númerospirograbados, la sigla EPE SANTA FE con la ayuda de un sello apropiado.La presencia del sello IRAM en las unidades de una partida, no significará la aprobación definitivade la misma, por lo tanto el Inspector deberá proceder a inspeccionar la partida conforme a lapresente especificación.

8.6 Transporte El transporte a destino será por cuenta y riesgo del proveedor hasta el lugarde destino indicados en las Especificaciones Técnicas particulares del Pliego.

8.7 Estibado y almacenaje Los elementos tratados en esta especificación (vigas, tirantes,tablas, tablones ,crucetas y muertos de anclaje),deberán estibarse sobre terrenos exentos devegetación. La capa inferior reposará sobre patines de madera ó rieles dispuestos en forma talque permitan separar a la misma, una distancia no menor de 15 cm del nivel del piso cuando éstasea de tierra, cuando el piso sea de concreto, la distancia al mismo podrá ser de 5 cm.Las piezas de las capas superiores serán aplicadas de modo que no se produzcan alabeos en lasmismas.A los efectos de lograr una perfecta ventilación en las piezas de las estibas, se deben disponer enforma tal que los que componen una capa, tengan una orientación perpendicular respecto a laspiezas que componen la capa posterior.

8.8 Piezas de maderas blandas Si bién esta especificación tiene en consideraciónsolamente maderas semiduras y duras para su utilización en líneas de conducción de energíaeléctrica, es perfectamente aplicable a partir del Cap. 4 inclusive para la adquisición de piezas demaderas blandas.

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MADERAS- VIGAS,TIRANTES,TABLAS, TABLONES, CRUCETAS Y

MUERTOS DE ANCLAJE

ETN 09VIGENCIA: 07/97REEMPLAZA A: 10/95Disposición NºHoja Nº 7 de 7

PROPIEDADES FÍSICO-MECÁNICAS DE MADERAS ARGENTINASTABLA (INFORMATIVA)

PROPIEDADESFÍSICAS

PROPIEDADES MECÁNICAS(expresadas en daN cm/ 2 )

TRACCIÓN CORTE FLEXIÓNESPECIES PESO ESPECÍFICO

SECO AL AIRE(12-15% humedad)

Normala la fibra

Tensiónde rotura

Tensión allímite

ProporcionalMódulo

de roturaMódulo

de elasticidad

Sin preservaciónAlecrín 1,050 - - - - -Anchico colorado 0,950 68 166 671 1,191 157.801Curupay o Cebil color 0,950 81 121 637 1,259 142.917Guayacán 1,150 75 140 877 1,525 160.000Incienso amarillo 0,845 - 175 655 1,435 147.800Itín 1,160 - 100 800 1,566 177.400Lapacho amarillo 1,180 100 156 550 1,409 136.000Lapacho negro 1,010 - 172 880 1,300 157.000Lapacho rosado 1,015 - - - - -Mora amarilla 0,870 - 183 636 1,400 149.000Ñandubay 1,050 - 183 187 0,455 99.700Palo piedra 0,915 - - - - -Quebracho colorado 1,200 - 177 690 1,400 154.000Quina 0,970 - 169 750 1,360 129.000Urunday 1,100 - 161 473 1,214 109.500Urundel 1,180 119 188 713 1,626 159.000

Con preservaciónAlgarrobo blanco 0,730 - 219 632 0,942 97.150Algarrobo negro 0,900 - 140 277 0,634 60.000Guayaibí amarillo 0,900 - 194 561 0,866 64.322Guayaibí blanco 0,780 110 177 443 1,360 110.000Guaraniná 0,810 - 209 688 1,228 181.000Palo amarillo 0,900 - 149 310 0,892 100.900Palo blanco 0,850 - 138 404 0,947 100.975Quebracho blanco 0,875 80 110 422 0,977 93.488Roble Pellín 0,720 - 120 650 0,850 123.500Tita blanca 0,680 - - 412 0,936 109.400Viraró 0,820 - 133 378 0,860 126.332

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ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICION DE POSTES DE EUCALIPTO PRESERVADOS PARA LINEAS AEREAS DE ENERGIA

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ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICION DE POSTES DE

EUCALIPTO PRESERVADOS PARA LINEAS AEREAS DE ENERGIA:

1 ALCANCE La presente, tiene por objeto establecer los Requisitos técnicos y Metodologías para la Inspección y recepción a tener en cuenta por los proveedores de postes de eucalipto preservados, destinados a ser utilizados en los sistemas eléctricos en todo el ámbito de nuestra provincia Los elementos a proveer deben cumplir con la norma IRAM 9513 y la ETN 07 de esta EPE, en todo lo que no se contraponga con lo establecido en esta Especificación Técnica Particular. 2 CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS TÉCNICOS DEL SUMINISTRO. 2.1 El presente punto anula y sustituye a lo establecido en la ETN 07 puntos 3.3, 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 2.2 Los elementos constitutivos del Suministro serán postes de eucalipto, preservados con creosota o preservador cromocuproarsenical. 2.3 Dimensiones.- Las mismas serán las establecidas en la Tabla que a continuación se detalla:

TABLA 1

Long. Poste (m)

Ø Cima (cm)

Perímetro teórico a 1,8 m de la base (mm)*

Empotramiento (m)

7,50 Min. 12 Max. 14

465 530

1,35

9,00 Min. 14 Max. 16

555 615

1,50

10,50 Min. 14 Max.16

578 638

1,65

12,00 Min.16 Max.18

665 725

1,80

*Basado en el valor mínimo del diámetro de la cima especificado y calculando una conicidad teórica de 5 mm por metro de largo y redondeado a los 5 mm.

2.4 Tolerancias. Las tolerancias en el largo y ovalizado de los postes, serán las establecidas en la Norma IRAM 9513.- Diámetro en la cima: No se admitirán diámetros menores a los establecidos en la Tabla 1.-

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2.5 Marcación. 2.5.1 Método. De acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 6, aceptándose únicamente el Método de marcado a fuego o el de marcado a fuego y chapa de aluminio (que debe responder a lo establecido en el Anexo G, Punto H.1 de la Norma IRAM 9513); de optar el Proveedor por este último método, tanto la marcación a fuego como la chapa de aluminio, contarán con todos los datos especificados en 2.5.3 de ésta Especificación Técnica Particular. 2.5.2 Posición. La marcación a fuego debe ser de acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 6.2 (a). Si el Proveedor opta por el método combinado, la chapa de aluminio, será fijada sobre el conector de la cima. 2.5.3 Datos. Deberán constar los siguientes datos:

Nº de Orden de Compra ó Nº de Licitación y Año de Emisión o Llamado (XXXXX/AA ó XXXX/AA.

Nombre o logotipo del proveedor. Mes y Año de impregnación (4 caracteres) (XX/AA). La Sigla EPESF.

2.6 Preservación. 2.6.1 Humedad. El porcentaje de humedad determinado, previo al inicio del proceso de impregnación, no debe superar el 25% en ninguno de los especimenes seleccionados. 2.6.2 Método de impregnación. El método de impregnación a utilizar será el de vacío-presión, en autoclave y se deben asegurar las retenciones y penetraciones del preservante garantizadas, para ambos tipos de preservadores.- 2.6.3 Preservadores.

a) Creosota. Según Norma IRAM 9512.- b) Preservador Cromocuproarsenical (según Norma IRAM 9515-tipo C) bajo la forma de

Óxidos.

2.6.4 Retenciones. 2.6.4.1 En el caso de creosota, debe cumplir con lo establecido en Norma IRAM 9513, punto 4.8.4. 2.6.4.2 En el caso de ofrecerse como preservantes, sales Cromocuproarsenicales (C.C.A.), los postes tendrán una retención mínima de 12,8 Kg/m³ de albura seca. Para la formulación, el contenido en gramos del elemento, cada 100 gramos de óxidos totales, según Norma IRAM 9515, Tabla IV será:

Cromo (Cr 03) 44,5 a 50,5 (gr./100 gr. Óxidos totales)

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Cobre (CuO) 17,0 a 21,0 (gr./100 gr. Óxidos totales) Arsénico (As2O5) 30,0 a 38,0 (gr. /100 gr. Óxidos totales).

En virtud de que el valor de retención total mínimo de 12,8 Kg. /m³ requerido, no es citado en la Norma IRAM 9515, se calcularon las retenciones mínimas de los componentes individuales en la forma directamente proporcional:

Cromo (Cro3) 5,69 Kg. /m³ de albura. Cobre (CuO) 2,16 Kg. /m³ de albura. Arsénico (As2O5) 3,84 Kg. /m³ de albura.

2.6.5 Penetración. De acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 4.8.5.- 3 INSPECCION Y RECEPCION.- 3.1 Inspección previa a la Impregnación La E.P.E. realizará la inspección de los postes antes del proceso de impregnación, evaluando humedad, defectos, medidas, realización de ensayos mecánicos, extracción de muestras del preservante (de estimarlo necesario) e inscripción de marcación a fuego, con los datos consignados en el apartado 2.5.3. A tal efecto, el proveedor deberá proporcionar el personal, instrumental y todo elemento necesario para facilitar la misma. El Adjudicatario debe comunicar con una antelación mínima de diez (10) días, la disponibilidad de la remesa de postes listos para su inspección en crudo.- Se verificará en esta etapa, el cumplimiento de lo establecido en el punto 2.6.1.- 3.2 Inspección luego del proceso de impregnación.- Una vez concluido el proceso de impregnación del material seleccionado, el proveedor comunicará con diez (10) días de anticipación la disponibilidad del mismo para la extracción de muestras de tarugos, evaluando contenido de óxidos, retención y penetración del preservante. La longitud de los tarugos será la indicada en la norma IRAM 9513.- El Adjudicatario será responsable de la protección de las piezas recepcionadas a fin de evitar la aparición de grietas o rajaduras por efecto la radiación solar o vientos calientes 3.3 Ensayos. El Costo de todos los ensayos, especimenes destruidos, ensayos de laboratorios sean o no del Adjudicatario, alquiler de máquinas o equipos necesarios y todo otro gasto emergente de las tareas de inspección y recepción, correrán por exclusiva cuenta del Adjudicatario. 3.3.1 Penetración y retención del impregnante Sobre los mismos tarugos o tortas extraídos se verificará la penetración y retención del impregnante, según el método establecido en la norma IRAM 9508. El criterio de aceptación y rechazo será el determinado en la norma IRAM 9513, Anexo B. La retención y penetración del impregnante, como así también la calidad del mismo, se determinará en laboratorios que la EPE designe a tal efecto. 3.3.2 Humedad El contenido de humedad se determina de acuerdo a Norma Iram 9513 punto 5.5

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3.3.3 Defectos. De acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 5.3.- 3.3.4 Ensayo de flexión Para determinar el valor del esfuerzo resistente, mínimo admisible de los postes preservados, los ensayos en voladizo, referidos al diámetro de la cima, se efectuarán según los lineamientos establecidos en la Norma IRAM 9513- Anexo C.- La E.P.E. se reserva el derecho de efectuar este ensayo sobre un poste por cada lote de la remesa de hasta 2000 postes, o sobre la cantidad que estimaré necesario si el valor del esfuerzo resistido obtenido en ensayo, fuere inferior al requerido en Tabla 4.- 3.3.5 Aceptación o Rechazo De acuerdo a Norma Iram 9513.-

T A B L A 4 Resistencia Mínima a la flexión

Longitud Longitud Diámetro en cima (cm) total útil 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 (m) (m) Cargas límite (daN)

5 3,90 350 450 550 - - - - - - - - - - - -

6 4,80 300 400 500 600 - - - - - - - - - - -

7 5,7 275 375 450 500 650 - - - - - - - - - -

7,5 6,15 275 350 425 500 625 750 875 - - - - - - - -

8 6,60 275 350 425 500 600 725 850 - - - - - - - -

9 7,50 250 325 425 500 600 700 825 - - - - - - - -

10 8,40 - 325 400 475 575 675 800 875 1050 1175 1325 - - - -

11 9,30 - 325 400 475 575 650 750 850 975 1100 1250 - - - -

12 10,20 - 300 400 475 550 625 725 825 950 1075 1225 - - - -

13 11,10 - - 375 450 525 600 700 800 925 1050 1175 1325 1475 - -

14 12 - - 375 450 525 600 700 800 875 1025 1150 1300 1450 - -

15 12,90 - - 375 425 500 600 675 775 850 1000 1125 1275 1425 - -

16 13,80 - - 375 425 500 600 675 775 850 1000 1125 1275 1425 1525 1675

4 INDICACIONES DEL SUMINISTRO 4.1 Una vez extendida la Orden de Compra no se podrá realizar ninguna modificación sin previa autorización de la EPE Santa Fe. Si no se cumplimentase con este requisito, será causal de rechazo de los especímenes afectados por la modificación. 4.2 El Suministro deberá ser protegido para evitar deterioros, rajaduras, deformaciones, etc. durante el tiempo del transporte,

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4.3 Hasta tanto no se efectúe la recepción definitiva, la responsabilidad del Suministro correrá por cuenta del Adjudicatario. 5 ENTREGA DE LOS MATERIALES El Proveedor comunicará a Unidad Normas, con 72 horas de anticipación, la fecha prevista para la ó las entregas en los Depósitos de ésta EPE, establecidos en las órdenes de compras respectivas.- 6 RECEPCIÓN FINAL La recepción final de los postes aceptados por los representantes de la E.P.E. en las instalaciones del Proveedor, después de los ensayos, será realizada en el suelo del lugar de entrega de los mismos Los postes cuando se los dejen expuestos en posición horizontal, por largos periodos y especialmente en lugares de alta temperatura, tienden a agrietarse y/o rajarse, y por lo tanto deberían ser puestos bajo cobertura (media sombra) o bajo techo. Demás requisitos, establecidos en ANEXO J de la Norma IRAM 9513.- El estibado se hará en forma horizontal en un terreno que posea un buen drenaje y exento de malezas y escombros. A fin que la estiba tenga buena ventilación, la primera capa deberá apoyarse en patinas de madera dura o preservada, de manera tal que se encuentre a no menos de 30 cm del suelo. Las capas subsiguientes se colocarán, alternativamente, con orientación perpendicular a la capa inmediata inferior. Cuando sea necesario realizar más de una estiba las mismas deberán estar separadas no menos de 2,5 m entre sí para facilitar su movimiento. 7 GARANTÍA POR DEFECTO Y/O VICIOS OCULTOS Los postes entregados, tendrán garantía por defecto y/o vicios ocultos por un período de 2 años, a contar desde la fecha de impregnación, período dentro del cual, el proveedor además de asumir los costos emergentes por cambio y reposición, también afrontara los costos de posibles daños y perjuicios y/o lucro cesante que el defecto ocasionare.

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ANEXO I

PLANILLA DE DATOS TECNICOS GARANTIZADOS

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PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS PARA POSTE DE MADERA PRESERVADOS El Oferente deberá completar y firmar la Planilla de Datos Garantizados, reiterando o mejorando lo especificado. Para cada alternativa o variante de especie o preservador, el Oferente confeccionará y completará una planilla idéntica.

MATRICULA Nº 51801001: Postes de Eucalipto 7,50 m. con conectores en cima y base-MN 442 -

Tratamiento Creosota o CCA

No CONCEPTO UNIDAD VALOR

ESPECIFICADO VALOR

GARANTIZADO 1 Norma - IRAM 9513 2 Especie forestal 3 Altura m 7,50

Mínimo cm 12 (**) 4 Diámetro de la cima

Máximo cm (*) Mínimo cm (*)

5 Diámetro de la base Máximo cm (*)

Creosota 6

Preservador (Tachar lo que no corresponda)

(*)

CCA

7 Sistema de impregnación - Vacío - presión 8 Carga resistida mínima daN 425 (**) 9 Tiempo de secado previo a la impregnación. días (*)

10 Tiempo de secado posterior a la impregnación.- días (*) 11 Humedad máxima en el momento de

impregnar

% (**)25

12 Penetración del preservador cm (*) Tarugo (**)153

Creosota Torta (**)170 13

Retención mínima del preservador

Cromocuproarsenical Mínima

Kg./m3 de albura seca

(**)12,8

Cromo(CrO3) (**)5,69 Cobre(CuO) (**)2,16

14 Para preservador Cromocupro-arsenical

Retención mínima de los componentes Arsénico(As2O5)

Kg./m3 de albura

(**)3,84 15 Peso aproximado del poste impregnado kg. (*)

(*) Valor a indicar por el oferente (**) Valor de cumplimiento obligatorio ................................................. FIRMA DEL OFERENTE FECHA:

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICION DE POSTES DE EUCALIPTO PRESERVADOS PARA LINEAS AEREAS DE ENERGIA

8 de 10

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS PARA POSTE DE MADERA PRESERVADOS

El Oferente deberá completar y firmar la Planilla de Datos Garantizados, reiterando o mejorando lo especificado. Para cada alternativa o variante de especie o preservador, el Oferente confeccionará y completará una planilla idéntica.

MATRICULA Nº 51801002: Postes de Eucalipto 9,00 m. con conectores en cima y base-MN 446 -

Tratamiento Creosota o CCA

No CONCEPTO UNIDAD VALOR

ESPECIFICADO VALOR

GARANTIZADO 1 Norma - IRAM 9513 2 Especie forestal 3 Altura m 9,00

Mínimo cm 14 (**) 4 Diámetro de la cima

Máximo cm (*) Mínimo cm (*)

5 Diámetro de la base Máximo cm (*)

Creosota 6

Preservador (Tachar lo que no corresponda)

(*)

CCA

7 Sistema de impregnación - Vacío - presión 8 Carga resistida mínima daN 600(**) 9 Tiempo de secado previo a la impregnación. días (*)

10 Tiempo de secado posterior a la impregnación.- días (*) 11 Humedad máxima en el momento de

impregnar

% (**)25

12 Penetración del preservador cm (*) Tarugo (**)153

Creosota Torta (**)170 13

Retención mínima del preservador Cromocuproarsenical Mínima

Kg./m3 de albura seca

(**)12,8

Cromo(CrO3) (**)5,69 Cobre(CuO) (**)2,16

14 Para preservador Cromocupro-arsenical

Retención mínima de los componentes Arsénico(As2O5)

Kg./m3 de albura

(**)3,84 15 Peso aproximado del poste impregnado kg. (*)

(*) Valor a indicar por el oferente (**) Valor de cumplimiento obligatorio ................................................. FIRMA DEL OFERENTE FECHA:

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ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICION DE POSTES DE EUCALIPTO PRESERVADOS PARA LINEAS AEREAS DE ENERGIA

9 de 10

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS PARA POSTE DE MADERA PRESERVADOS

El Oferente deberá completar y firmar la Planilla de Datos Garantizados, reiterando o mejorando lo especificado. Para cada alternativa o variante de especie o preservador, el Oferente confeccionará y completará una planilla idéntica.

MATRICULA Nº 51801005: Postes de Eucalipto 10,50 m. con conectores en cima y base-MN 448 -

Tratamiento Creosota o CCA

No CONCEPTO UNIDAD VALOR

ESPECIFICADO VALOR

GARANTIZADO 1 Norma - IRAM 9513 2 Especie forestal 3 Altura m 10,50

Mínimo cm 14 (**) 4 Diámetro de la cima

Máximo cm (*) Mínimo cm (*)

5 Diámetro de la base Máximo cm (*)

Creosota 6

Preservador (Tachar lo que no corresponda)

(*)

CCA

7 Sistema de impregnación - Vacío - presión 8 Carga resistida mínima daN 575 (**) 9 Tiempo de secado previo a la impregnación. días (*)

10 Tiempo de secado posterior a la impregnación.- días (*) 11 Humedad máxima en el momento de

impregnar

% (**)25

12 Penetración del preservador cm (*) Tarugo (**)153

Creosota Torta (**)170 13

Retención mínima del preservador Cromocuproarsenical Mínima

Kg./m3 de albura seca

(**)12,8

Cromo(CrO3) (**)5,69 Cobre(CuO) (**)2,16

14 Para preservador Cromocupro-arsenical

Retención mínima de los componentes Arsénico(As2O5)

Kg./m3 de albura

(**)3,84 15 Peso aproximado del poste impregnado kg. (*)

(*) Valor a indicar por el oferente (**) Valor de cumplimiento obligatorio ................................................. FIRMA DEL OFERENTE FECHA:

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ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICION DE POSTES DE EUCALIPTO PRESERVADOS PARA LINEAS AEREAS DE ENERGIA

10 de 10

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS PARA POSTE DE MADERA PRESERVADOS

El Oferente deberá completar y firmar la Planilla de Datos Garantizados, reiterando o mejorando lo especificado. Para cada alternativa o variante de especie o preservador, el Oferente confeccionará y completará una planilla idéntica.

MATRICULA Nº 51801006: Postes de Eucalipto 12,00 m. con conectores en cima y base-MN 442 -

Tratamiento Creosota o CCA

No CONCEPTO UNIDAD VALOR

ESPECIFICADO VALOR

GARANTIZADO 1 Norma - IRAM 9513 2 Especie forestal 3 Altura m 12,00

Mínimo cm 16 (**) 4 Diámetro de la cima

Máximo cm (*) Mínimo cm (*)

5 Diámetro de la base Máximo cm (*)

Creosota 6

Preservador (Tachar lo que no corresponda)

(*)

CCA

7 Sistema de impregnación - Vacío - presión 8 Carga resistida mínima daN 725(**) 9 Tiempo de secado previo a la impregnación. días (*)

10 Tiempo de secado posterior a la impregnación.- días (*) 11 Humedad máxima en el momento de

impregnar

% (**)25

12 Penetración del preservador cm (*) Tarugo (**)153

Creosota Torta (**)170 13

Retención mínima del preservador Cromocuproarsenical Mínima

Kg./m3 de albura seca

(**)12,8

Cromo(CrO3) (**)5,69 Cobre(CuO) (**)2,16

14 Para preservador Cromocupro-arsenical

Retención mínima de los componentes Arsénico(As2O5)

Kg./m3 de albura

(**)3,84 15 Peso aproximado del poste impregnado kg. (*)

(*) Valor a indicar por el oferente (**) Valor de cumplimiento obligatorio ................................................. FIRMA DEL OFERENTE FECHA:

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___________________________________________________________________________________________________________ UNIDAD GESTION DE MATERIALES - AREA ABASTECIMIENTO

LOGISTICA DE ENTREGA POSTES DE MADERA

El material objeto de la presente compra debe entregarse en los Almacenes respectivos en perfecto estado de acondicionamiento en un todo de acuerdo a lo exigido en las Especificaciones Técnicas. FORMA DE ENTREGA

El material es puesto en Piso en Almacenes EPE. MARCACIÓN Posición. La marcación a fuego debe ser de acuerdo a la Norma IRAM 9513 punto 6.2 (a). Si el Proveedor opta por el método combinado, la chapa de aluminio, será fijada sobre el conector de la cima. Datos. Deberán constar los siguientes datos:

Nº de Orden de Compra ó Nº de Licitación y Año de Emisión o Llamado (XXXXX/AA ó XXXX/AA. Nombre o logotipo del proveedor. Mes y Año de impregnación (4 caracteres) (XX/AA). La Sigla EPESF.

DOCUMENTACIÓN

1. Acta de ensayo y Orden de entrega firmadas por Unidad Normas. 2. Remito, original y copia para la E.P.E.

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PLIEGO COMPLEMENTARIO PARA EL PAGO DE POSTES Y ACCESORIOS DE MADERA

1

Presentación de las ofertas:  Completar  los  datos  que  figuran  en  la  Planilla  “Anexo”  con  los  índices  de  referencia correspondientes al momento de la oferta.  

Dicha Planilla debe incluirse en el “Sobre Propuesta” junto con la oferta para su consideración.  

A los efectos del pago:   Completar  los  datos  que  figuran  en  la  Planilla  “Anexo”  con  los  índices  de  referencia correspondientes al mes anterior al ingreso a almacenes (ó el último que esté publicado por el MOPyV).  Dicha Planilla debe presentarse con las correspondientes facturas para el cobro.  Las facturas a presentar deben ser independientes en cuanto a:  

Factura que refleje los valores adjudicados por Orden de Compra (acompañada de la planilla “Anexo” con los datos completos que reflejen la Orden de Compra emitida).  

Nota de crédito ó débito que indiquen las variaciones producidas en los índices.  

 

 

Fijación Dinámica de Precios 

 

 

1) Composición  Porcentual  de  Insumos  (Aplica  para  postes  y  accesorios  de  cualquier medida) 

 

Descripción  PE  (Poste Eucaliptus) 

GO (Gas Oil) 

Poste o Accesorio  90%  10% 

 

 

 

 

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PLIEGO COMPLEMENTARIO PARA EL PAGO DE POSTES Y ACCESORIOS DE MADERA

2

 

2) Índices de Referencia 

 

PE0  “Poste  de  eucalipto  9m  con  tratamiento  de  creosota”    según MOPyV  –  DGVC  0201063  (Ministerio de Obras Públicas  y Vivienda de Santa Fe), mes anterior a  la fecha de apertura (o el último que esté publicado) 

PEi  “Poste  de  eucalipto  9m  con  tratamiento  de  creosota”    según MOPyV  –  DGVC  0201063 (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe), último publicado a la fecha de entrega del material. 

GO0  “Gas Oil” según MOPyV – DGVC   0101010   (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe) , mes anterior a la fecha de apertura (o el último que esté publicado) 

GOi  “Gas Oil” según MOPyV – DGVC   0101010   (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe) , último publicado a la fecha de entrega del material. 

 

3) Polinómica para Redeterminación Precios. 

 

Pi = Po (0,9 PE1/PE0 + 0,1 GOi/GO0 ) 

 

Donde : 

Pi = Precio del ítem para la entrega “i” 

P0 = Precio del item en la orden de compras. 

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PLIEGO COMPLEMENTARIO PARA EL PAGO DE POSTES Y ACCESORIOS DE MADERA

3

ANEXO ÍNDICES

PE0 = “Poste de eucalipto 9m con tratamiento de creosota” índice según MOPyV – DGVC 0201063 (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe), mes anterior a la fecha de apertura (o el último que esté publicado)

PEi = “Poste de eucalipto 9m con tratamiento de creosota” según MOPyV – DGVC 0201063 (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe), último publicado a la fecha de entrega del material.

GO0 = “Gas Oil” según MOPyV – DGVC 0101010 (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe), mes anterior a la fecha de apertura (o el último que esté publicado)

GOi = “Gas Oil” según MOPyV – DGVC 0101010 (Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de Santa Fe), último publicado a la fecha de entrega del material.

ÍNDICE VALOR USADO MES DE PUBLICACIÓN FUENTE

PE0 MOPyV – DGVC 0201063

GO0 MOPyV – DGVC 0201063

PEi MOPyV – DGVC 0101010

GOi MOPyV – DGVC 0101010

Acceso a los índices:

http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/118099/(subtema)/102674

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Fecha de impresión 18/01/2016

Pliego de Bases Contratos de Provision pesos vigente con ley 12105 y Res.328.doc

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA CONTRATOS DE PROVISION EN PESOS

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1º - OBJETO DEL PLIEGO: El presente pliego establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción e inspección del suministro de materiales, cuyo detalle, como así también las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas, se indican por separado.

Art. 2º - DENOMINACION: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual se aplicarán las siguientes denominaciones:

EMPRESA: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - ley 10.014.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que presenta ofertas en las licitaciones con vistas a efectuar la provisión de materiales y/o locación de servicios solicitados.

ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga de la provisión y/o ejecución total o parcial de lo licitado.

CONTRATISTA: Persona física o jurídica signataria del contrato de provisión y/o locación de servicios.

OFERTA: Conjunto de documentos, requisitos y propuestas, presentados por el proponente.

PROPUESTA: Presupuesto o precio y condiciones de los materiales y/o prestaciones de servicios ofrecidos.

Art. 3º - REGISTRO DE PROVEEDORES: A los efectos de la presentación de las ofertas es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Empresa, cumplimentando la reglamentación establecida a tal efecto. Se aceptarán ofertas de proponentes que no cumplan con esta exigencia, a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación.

Art. 4º - PLAZOS: Salvo que se establezca expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios.

Art. 5º - ORDEN DE PRELACION: En caso de discrepancia entre los documentos del legajo del llamado a Licitación, privará lo dispuesto en ellos en el orden siguiente:

1º) Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

2º) Descripciones, Normas, Especificaciones Técnicas y planos de detalle.

3º) El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.

4º) Alcance del Suministro.

5º) Régimen de Contrataciones de la Empresa Provincial de la Energía conforme a la Ley Nº 10.014.

6º) Ley de Contabilidad de la provincia de Santa Fe.

Art. 6º - ADQUISICION DEL PLIEGO LICITATORIO: Todo interesado en concurrir a una Licitación debe adquirir, en el lugar indicado en el aviso y hasta el segundo día anterior al de la fecha de apertura, en horario administrativo, un ejemplar completo del Pliego que en cada caso fija las bases y condiciones de la licitación. Con tal motivo la Empresa extenderá comprobante en forma a nombre del adquirente a efectos que el proponente cumpla con lo requerido en el artículo 10º, subinciso 1.3 del presente.

Art. 7º - CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de las disposiciones que constituyen el legajo formado con motivo de la Licitación.

A tal efecto, las dudas que pudieran originarse acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general, deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias.

Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta los cinco (5) días hábiles anteriores al del acto de apertura. Las respuestas de la Empresa serán escritas, y se remitirán al interesado en el domicilio que indique en su presentación. A exclusivo criterio de la Empresa, la misma podrá comunicar esa respuesta a los otros posibles proponentes, en la medida que considere de interés o necesario, el dar a conocer a los mismos los términos de dicha respuesta.

Toda información, en cuanto a la presentación de la oferta, podrá ser requerida hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura de la presente Licitación en el mismo domicilio definido como lugar de esa apertura.

Con posterioridad a la adjudicación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no implicará bajo ningún concepto prorrogar el plazo de entrega que se haya convenido.

CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Art. 8º - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.

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Cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que lleguen por Correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente.

Art. 9º - PRESENTACION: Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse hasta el día y hora establecidos para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda, la siguiente:

Licitación (Privada o Pública) Nº a verificarse el día de 19 , a las hs, en la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle Nº , Santa Fe.

Este Sobre Presentación contendrá además de la documentación que se detalla en el Artículo siguiente, otro sobre identificado como Sobre Propuesta. Este Sobre Propuesta es suministrado por la Empresa como parte del pliego que se entrega a los oferentes. Se lo presentará debidamente cerrado y en su interior corresponderá colocar la documentación que se requiere en el próximo Artículo.

Art. 10º - CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION Y DEL SOBRE PROPUESTA: Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:

1-SOBRE PRESENTACION:

1.1) Garantía de la propuesta constituida como mínimo, por el 1 % (uno por ciento) del importe del Presupuesto Oficial o del total de los presupuestos oficiales de los Rubros en que expresamente se encuentre dividida la Licitación. Para el caso de que el proponente no cotice en todos los Rubros, podrá presentar garantía sobre el monto del Presupuesto Oficial del Rubro o los Rubros en los que presente su oferta. Esta garantía deberá ser formalizada mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 19º) de este Pliego.

1.2) Sobre Propuesta debidamente cerrado, con el contenido previsto en el inciso 2 de este mismo artículo.

1.3) Un ejemplar completo del legajo que sirvió de base para el llamado a la Licitación, debidamente firmado por el proponente en todas sus hojas, con el comprobante que acredite haberlo adquirido antes de la Licitación.

1.4) Reposición del sellado provincial de ley.

1.5) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Empresa.

1.6) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia del impuesto a los Ingresos Brutos y nota con carácter de declaración jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de este impuesto.

1.7) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia de aportes de la Ley 5110 (Provincia de Santa Fe) y nota con carácter de Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de dicha ley o su condición de no ser contribuyente de la misma.

1.8) Declaración Jurada a la que refiere la Ley Nacional Nº 17250, en cuento a lo no-existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de todo otra obligación en materia previsional.

1.9) Antecedentes del proponente como proveedor de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación.

1.10) Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.

1.11) Domicilio Real y Domicilio Legal del Proponente: es en este último donde se practicarán todas las notificaciones vinculadas con la Licitación y eventualmente con el contrato de adjudicación. Optativamente podrá constituirse un domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, o en la ciudad donde se lleve a cabo la apertura de la Licitación.

1.12) Recibo por las muestras que se entregaron en cumplimiento de lo prescripto en el Art. 23º de este Pliego.�

1.13) Constancia de inscripción y otorgamiento del Nº de C.U.I.T. (Clave Unica de Identificación Tributaria) emitida por la Dirección General Impositiva.

1.14) Otras formalidades que se especifiquen en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales y/o en el de Especificaciones Técnicas.

La insuficiencia u omisión de los requisitos exigidos por los subincisos 1.1 y 1.2 de este inciso Nº 1 será causa de rechazo, sin más trámite, de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que lo dirijan, con excepción de la tolerancia por error de monto en la garantía de oferta, contemplada en el Art. 19º - último párrafo- del presente Pliego.

La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, contado desde el momento en que el proponente sea notificado. A tal efecto se le dará valor de formal intimación a la lectura de la constancia que se incorpora en el Acta de Apertura, mencionando la omisión en que hayan incurrido los proponentes. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, la propuesta podrá, o no, ser rechazada, a exclusivo juicio de la Empresa.

2-SOBRE PROPUESTA: En este Sobre se deberá incluir única y exclusivamente, la siguiente documentación:

2.1) Formulario Resumen de Cotización en original y duplicado, el cual constituye parte de la documentación que esta E.P.E. suministra como documentación integrante del Pliego. El cambio de este Formulario Resumen de Cotización por fotocopias o por hojas, con o sin membrete, distintos a los oficiales entregados por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

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Fecha de impresión 18/01/2016

Pliego de Bases Contratos de Provision pesos vigente con ley 12105 y Res.328.doc

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Para la formulación de DESCUENTOS ESPECIALES, se considerarán válidos únicamente aquellos descuentos que ofrezcan los proponentes, que hayan sido formulados al dorso del Formulario Resumen de Cotización. El texto que informe estos descuentos deberá ser rubricado por el, o los responsables de la firma oferente.

2.2) Propuesta y/o cotización, en original y duplicado, confeccionada en papel con membrete del oferente y según los requisitos establecidos en el Capítulo III del presente Pliego.

En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados sobre los documentos de este Sobre Propuesta, prevalecerá lo expuesto en el Formulario Resumen de Cotización.

CAPITULO III PROPUESTA

Art. 11º - MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación.

Art. 12º - FORMALIDADES: La propuesta deberá observar el cumplimiento de las siguientes formas:

1º) Se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano, en un solo tipo de escritura que deberá ser realizada únicamente a máquina.

2º) Deberán estar firmadas todas sus hojas por el proponente o su representante autorizado, con la aclaración de firma pertinente.

3º) Las raspaduras, enmiendas, entrelíneas deberán ser debidamente salvadas al final.

Estará compuesta por la cotización, plazo de entrega, datos característicos garantizados de los materiales y condiciones especiales y/o alternativas, si las hubiere.

Art. 13º - COTIZACION: Además del Formulario Resumen de Cotización que suministra la Empresa, el proponente presentará un presupuesto detallado el que deberá ajustarse a lo siguiente.

1º) La cotización de los precios deberá realizarse en pesos.

2º) En razón de que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-54578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen, con excepción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el I.V.A.

3º) Para cada uno de los rubros y/o items que se coticen dentro de los que componen el Alcance de Suministro, se deberá indicar cantidad, unidad, precio unitario y precio total. En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, se tendrá en cuenta el precio unitario.

4º) Cuando en el Alcance del Suministro se definan Rubros que se integren por más de un Item, podrán parcializarse cotizaciones a nivel de Item. Es posible en consecuencia presentar ofertas que no completen la totalidad del Rubro.

5º) Cuando los Rubros que se licitan no se dividan en Items, es obligatorio presentar oferta por Rubro o Rubros completos.

Art. 14º - CONDICIONES DE REAJUSTE: Salvo indicación en contrario del Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales, los precios de los bienes cuya provisión se contrate, no estarán sujetos a reajuste de variaciones de costos.

Art. 15º - PLAZO DE ENTREGA: Se entenderá como tal al plazo máximo en el cual el contratista deberá entregar los materiales y/o equipos convenidos, en el lugar pactado, computado a partir de la fecha en que se notifica la adjudicación, o se recepciona la Orden de Compra. No obstante queda dispuesta una cantidad máxima de diez (10) días como posibilidad por parte del proveedor de adelantar la entrega contratada, respecto a la fecha de vencimiento del plazo de entrega.

La Empresa podrá establecer cronogramas de entregas que parcialicen la provisión que se licite, en función de lo cual se indicará para cada entrega parcial la cantidad a proveer y el plazo de vencimiento de cada una de las entregas programadas.

De no existir un cronograma de entregas, la misma deberá realizarse en un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de adjudicación o de la de recepción de la Orden de Compra.

La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas más adecuado a sus necesidades, al definido en el Pliego licitatorio, pudiendo los proponentes ofrecer plazos o programas de entregas diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternativa deberá ser formulada en su oferta con indicación de fechas y cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma.

Art. 16º - CARACTERISTICAS DEL MATERIAL OFRECIDO: Los proponentes deberán precisar claramente en sus ofertas la marca, tipo, modelo y todo detalle relevante de los materiales, equipos y/o accesorios ofrecidos, con el objeto de brindar la más amplia información sobre lo que se propone. Se deberán adjuntar folletos descriptivos, y toda documentación considerada de interés para una mejor apreciación de la calidad y confiabilidad de lo ofrecido. Dicha información responde a la necesidad de asegurar el más completo análisis de las propuestas, y fundamentar con adecuados conocimientos la adjudicación.

Ante la falta parcial o total de Datos Técnicos Garantizados y/o Protocolos de Ensayo que sean requeridos en el Pliego Complementario o en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, o cuando los materiales y/o equipos solicitados no cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, ya sea en forma parcial o total, queda a exclusivo criterio de la Empresa desestimar la propuesta.

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Las Normas y Especificaciones Técnicas, propias de esta Empresa, cuyas condiciones son las que deben observar los materiales o equipos que se liciten, deberán ser adquiridas o consultadas en el Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o en las Oficinas Técnicas de las respectivas Gerencias Regionales ubicadas en las ciudades de Rosario, Santa Fe y Rafaela.

Se entenderá que los materiales o equipos solicitados sólo refieren a bienes nuevos y sin uso.

Art. 17º - PROPUESTA ALTERNATIVA QUE MODIFIQUE CARACTERISTICAS TECNICAS: Además de la Oferta Básica, cuya cotización es siempre obligatoria, los proponentes podrán ofrecer las variantes que, a su criterio consideren más ventajosas que las especificadas en la documentación que se anexa al presente Pliego Base. Las variantes así ofrecidas quedarán identificadas como "Cotizaciones Alternativas".

En el caso de variantes ventajosas que modifiquen sustancialmente las bases o condiciones establecidas, y la Empresa, a su exclusivo juicio, evaluara esas ventajas como relevantes se procederá a dejar sin efecto la Licitación y a llamar a una nueva, modificándose convenientemente sus bases y condiciones.

CAPITULOIV DE LAS GARANTIAS

Art. 18º - CLASES E IMPORTES: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los proponentes y adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías:

I - Garantía de la Oferta: Deberá realizarse en pesos y será el uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial o de los valores de los Rubros en que se divida dicho Presupuesto Oficial, conforme a la metodología prevista en el Artículo 10º, subinciso 1.1).

II - Garantía de la Adjudicación y/o Contrato: el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación.

Art. 19º - FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTIAS: Las garantías a que se refiere en el artículo anterior, deberán constituirse en alguna de estas formas, a opción del proponente o del adjudicatario:

a) En dinero efectivo: única y exclusivamente mediante una operación de "Depósito en Garantía" que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para constancia de lo cual dicha institución emitirá el correspondiente certificado.

b) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la comitente.

c) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en la Reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Las garantías que se acompañen, conforme a lo previsto en los incisos a), b), y c) de éste artículo, deberán ser presentadas en original.

Las Garantías de Oferta presentadas según las formas previstas en este artículo, deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato.

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el cero coma cinco por ciento (0.5%) del importe correcto. Se intimará en ese caso, según los términos establecidos en el Artículo 10º- punto 1, último párrafo, al proponente a cubrir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles; no cumplimentando esa intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la oferta.

Art. 20º - PLAZO PARA CONSTITUIR LA GARANTIA DEL CONTRATO: Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación o de recepcionada la Orden de Compra, el adjudicatario deberá constituir una Garantía equivalente al cinco por ciento ( 5%) del monto adjudicado. El no cumplimiento de este requisito habilitará la suspensión de los pagos de las facturas por entregas que pudieran haberse ya concretado, hasta tanto se satisfaga el cumplimiento de esta garantía.

A efectos de su constitución deberán observarse las modalidades indicadas en el artículo anterior.

Art. 21º - INTERESES: Las garantías constituidas para la propuesta o para el contrato, no devengarán intereses por ningún concepto.

Art. 22º - DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS: serán devueltas de oficio:

I - Las garantías de oferta: a los proponentes que no resultaren adjudicatarios, una vez decidida la adjudicación y/o producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, con sus prórrogas si correspondieren.

II - Las garantías de adjudicación: una vez cumplida la contratación mediante la recepción de conformidad de la totalidad de los bienes, conforme al detalle contenido en la respectiva Orden de Compra.

CAPITULO V MUESTRAS

Art. 23º - PRESENTACION: En el caso de que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones así lo requiera, o en el supuesto contrario, cuando el proponente así lo desee, este deberá entregar antes de la apertura de la Licitación en bulto cerrado, lacrado y rotulado, las muestras exigidas u ofrecidas. Estas podrán ser retiradas vencido el plazo de mantenimiento de propuestas o de producida la adjudicación.

Los lugares donde podrán efectuarse las entregas de las muestras son, dependiendo del domicilio del lugar de apertura de la licitación, los siguientes:

Santa Fe: Espora y República de Siria (Almacén Villa María Selva)

Rafaela: Avda. Santa Fe 1.671 (Almacén Central Regional Rafaela)

Rosario: Catamarca 1.051 (Almacén Catamarca).

Producida la entrega de las muestras, la E.P.E. emitirá un recibo por triplicado. El original quedará en poder del proponente y deberá ser presentado imprescindiblemente en oportunidad de solicitar la devolución de la muestra presentada, el duplicado deberá ser incluido en el Sobre Presentación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º -subinciso 1.12)- de este Pliego. El triplicado será retenido por la E.P.E.

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El bulto que contiene las muestras será abierto para su verificación y control con posterioridad al acto de apertura de la Licitación.

Art. 24º - ENSAYOS DE LAS MUESTRAS: Las muestras podrán ser sometidas a los ensayos, análisis y experiencias que la Empresa estime necesario, sin que el propietario de la misma tenga derecho a reclamación alguna por deterioro o destrucción.

Art. 25º - RETIRO Y DEVOLUCION DE LAS MUESTRAS: Las muestras que correspondan a ofertas no adjudicadas y que no hayan sido sometidas a ensayos destructivos, quedarán a disposición de los proponentes para su retiro hasta treinta (30) días después de producida la adjudicación. Las muestras que no fueren retiradas dentro de este plazo, pasarán sin cargo a propiedad de la E.P.E.

Las muestras correspondientes a los bienes adjudicados quedarán en poder de esta Empresa, para el control posterior de las entregas. Una vez cumplida la totalidad de las entregas, las muestras quedarán a disposición de los adjudicatarios por el plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de última entrega. De no procederse al retiro de las muestras en ese plazo, se seguirá el criterio establecido en el párrafo anterior.

CAPITULO VI ACTO DE LICITACION

Art. 26º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijados al efecto, bajo la presidencia del funcionario designado por la Empresa y en presencia de los interesados que concurran al acto se dará por finalizada la recepción de ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas.

A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas. Inmediatamente se procederá a abrir los Sobres de Presentación mencionando los documentos, que se acompañan en cada uno. Quedarán de hecho incluidas en la Licitación aquellas propuestas cuyas garantías de oferta - Artículo 10º (subinciso 1.1) de este Pliego- hayan sido aceptadas, y las que hayan incluido dentro del Sobre Presentación el Sobre Propuesta debidamente cerrado. Posteriormente se procederá a la apertura de los Sobres Propuesta correspondientes, dándose lectura a aquellas propuestas que hayan cumplimentado estos dos requisitos.

Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos vinculados con el acto de apertura. No se admitirá discusión alguna sobre ellas.

Art. 27º - ACTA: De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen.

Todos los presentes podrán impugnar cualquiera de las propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2%o (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.-

El depósito será reintegrado al oferente impugnante, dentro de los 30 (treinta) días de dictado el Acto Administrativo que lo resuelva, solo en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación.-

CAPITULO VII SELECCION DE OFERTAS

Art. 28º - ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La empresa se reserva el derecho de efectuar los estudios comparativos que estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la que podrá no ser necesariamente la de menor precio.

La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes.

Art. 29º - ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Salvo que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales establezca lo contrario, la adjudicación se hará por Rubro completo, si es que en la planilla de Alcance del Suministro no se ha previsto la desagregación de los rubros en items. Si en dicha planilla se establece que el pedido de cotización se compone de Rubros que a su vez se dividen en Items, la adjudicación podrá parcializarse a nivel de Item.

Art. 30º - MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

CAPITULO VIII CONTRATO

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Art. 31º - PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes a la Empresa y comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de la correspondiente Orden de Compra u otra forma de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato de provisión.

El contrato así perfeccionado obligará a las partes sin perjuicio de que, cuando otras disposiciones legales vigentes lo establezcan, se deba proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días siguientes al de la notificación.

Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimiento a la obligación referida, se procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro de Proveedores, sin perjuicio del derecho de la Empresa para promover contra el adjudicatario las acciones que jurídicamente correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél.

Art. 32º - ELEMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de todo contrato que se celebre, lo siguiente:

1 - Las disposiciones de este Pliego y el de sus cláusulas complementarias.

2 - La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

3 - La Orden de Compra.

4 - Las Normas técnicas, planos de conjunto, planos de detalle y/o demás elementos ilustrativos integrantes del legajo de licitación.

5 - Las muestras.

6 - Las aclaraciones o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Empresa hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

Art. 33º - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato, según las disposiciones del artículo anterior, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acción previa alguna para exigir el cumplimiento del contrato por parte del contratista.

Art. 34º - AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales no se prevea lo contrario, la Empresa podrá, previa conformidad del contratista, ampliar el importe total contratado hasta en un veinte por ciento (20%) sobre dicho monto. Esta ampliación podrá aplicarse a incrementar las cantidades a suministrar convenidas originalmente, manteniendo los mismos precios y condiciones pactadas en la adjudicación original.

Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de noventa (90) días a la fecha de vencimiento del plazo de entrega convenido originalmente, o a la fecha en que vence el más extendido de los plazos de entrega, cuando se hubieren contratado programas de entrega con más de un plazo.

Art. 35º - INHIBICIONES: No serán admitidos a contratar los que se hallen procesados, los que estén en estado de interdicción judicial, los deudores del Fisco y los que hubieren faltado al cumplimiento de contratos anteriores con la Provincia y/o la Empresa, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

CAPITULO IX CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Art. 36º - INSPECCION EN FABRICA: Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de producción nacional, la E.P.E. se reserva la facultad de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos a los lugares de entrega que hayan sido fijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su costo y cargo para la realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho Inspector y a su cargo, el personal, laboratorio y todos los elementos necesarios que permitan comprobar si la calidad y característica de los materiales y/o la ejecución de los trabajos contratados responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta.

A estos fines, el contratista deberá comunicar al Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martin 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o al sector que en su lugar sea determinado por Pliego Complementario, con una antelación no menor de diez (10) días a la fecha en que lo adjudicado se halle en condiciones de ser ensayado.

Transcurridos cinco (5) días hábiles posteriores a dicha fecha, sin comunicación por parte de la Empresa hacia el contratista que confirme la realización del ensayo en fábrica con sus propios inspectores, se considerará que la misma prescinde del derecho de llevar a cabo los ensayos, debiendo en consecuencia el proveedor enviar los elementos o materiales adjudicados.

La comunicación del proveedor informando la fecha a partir del cual se pueden llevar a cabo los ensayos en fábrica, dará lugar a la suspensión del plazo de entrega desde la fecha indicada y por el tiempo que demande la realización de esos ensayos. Ante la renuncia expresa o tácita de la Empresa a concretar los ensayos en fábrica, la suspensión del cómputo de días para el control de plazo de entrega se realizará por el período de diez (10) días, posteriores a la fecha desde la cual se comunicó que los materiales se encontraban disponibles para su inspección en fábrica.

No se incluirán en esta prórroga los elementos rechazados por el Inspector. Quedan a cargo del contratista los gastos derivados de traslado y estadía del Inspector en los casos que se deban repetir los ensayos por causa imputable al contratista.

Art. 37º - NORMAS TECNICAS: A los efectos indicados en el artículo precedente y salvo que el Pliego Complementario o las planillas de Descripción Técnica establezcan lo contrario, serán de estricta aplicación en el orden de prelación con que se las nomina, las siguientes Normas: Especificaciones Técnicas de la E.P.E., normas IRAM, normas ANSI y normas IEC. Cuando las exigencias de orden técnico requeridas por la E.P.E., permitan la cotización de material de origen extranjero que no encuadre en las normas citadas anteriormente, serán de aplicación las normas vigentes en el país de origen.

Art. 38º - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entrega de los materiales o equipos se harán en el lugar y forma indicado en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

Cuando no se hubiere hecho constar tal indicación, queda entendido que la entrega deberá realizarse una vez efectuados los ensayos en fábrica, o de haber desistido de ellos la Empresa, sobre piso estibado adecuadamente, en el depósito o lugar de entrega que se especifique en las cláusulas complementarias o en el respectivo cronograma de entregas.

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De haberse establecido la cláusula "entrega inmediata", se entenderá que la entrega debe realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificada la adjudicación.

Art. 39º - REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los recibos o remitos que se firman en el momento de la entrega, lo serán en condiciones "a revisar", operándose la recepción definitiva en el lugar de entrega convenido, una vez concluídos los procedimientos de control de calidad que decida concretar la Empresa en sus propias dependencias, a fin de verificar que los artículos entregados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones contratadas.

Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunicación formal en tal sentido al proveedor, dentro de los treinta (30) días de ingresados los elementos al lugar de entrega establecido. En ese caso el material que resultare rechazado deberá ser retirado por el proveedor en un plazo de cinco (5) días a partir de recibida la comunicación de rechazo. De no proceder el proveedor a retirar los elementos rechazados en ese plazo, la Empresa los devolverá a destino por el medio que estime más adecuado, con flete a pagar por el destinatario, más los costos de carga descarga y adicionales que se produzcan.

La recepción definitiva de lo adjudicado y la devolución de los depósitos de Garantía al contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establece el artículo 1.646º y concordantes del Código Civil.

Art. 40º - INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a entregar los efectos ofrecidos en la Licitación, ni pretender sustituírlos por otros de calidad inferior o distinta de lo convenido. La falta, incumplimiento o negativa de entrega en las condiciones ofrecidas, facultará a la Empresa a adquirir de terceros esos elementos por cuenta del proponente y cargarle las diferencias de precios, si las hubiere, reservándose al mismo tiempo, el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan. Para que sea justificada la causal que origina el incumplimiento, ésta deberá encuadrarse en las figuras de "caso fortuito" o de "fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá el contratista, bajo pretexto de falta o atraso en los pagos por parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas.

Art. 41º - EMBALAJE: El contratista será responsable por el deficiente acondicionamiento o embalaje de los artículos expedidos, debiendo repararlos o reemplazarlos según corresponda, por su exclusiva cuenta y cargo, si por dicha causa hubieran sufrido deterioros, roturas o inutilización.

CAPITULO X PAGOS

Art. 42º - FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficinas de la Empresa que se indiquen en las respectivas Ordenes de Compra, contrato específico o Pliego Complementario, en los plazos y formas establecidos especialmente en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales o en la oferta aceptada. Cuando nada se estipulare sobre el particular, o cuando se estableciera la cláusula de "plazo corriente administrativo", el plazo para realizar el pago se entenderá dentro de los treinta (30) días desde la fecha de presentación de factura o recepción del material, lo que se produzca en último término.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 574/15 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los cien mil pesos ($ 100.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS MODIFICATORIOS. Art. 43º - PLAZOS: Todos los plazos a los efectos de la aplicación de la forma de pago, se empezarán a contar a partir de la fecha de presentación de la respectiva factura en el lugar de pago definido en la Orden de Compra o en el convenio específico, y/o a partir de la fecha de entrega, la que fuere posterior.

Los términos convenidos se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor.

Art. 44º - IMPUESTO DE SELLOS: Será condición indispensable para habilitar el trámite de pago de las facturas, presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponde al proveedor.

Art. 45º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

Interés Moratorio = 365

** 1 d

n

T

M

n

ii

Donde:

M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual para el día “i”.

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n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

CAPITULO XI MULTAS

Art. 46º - SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego, y sin perjuicio de las demás acciones que correspondieren por derecho, el incumplimiento de las obligaciones convenidas hará pasible a los proponentes o contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

Art. 47º - MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constituido en mora y obligado al pago de la multa correspondiente, por el mero vencimiento del o los plazos acordados para la entrega de la provisión, sin necesidad de requerimiento o intimación previa alguna.

Art. 48º - IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en mora el contratista, aplicarle una multa equivalente al 2 %o (dos por mil) del importe del bien no entregado en término por cada día de mora. Si el total de las multas aplicadas alcanzare el 15 % del importe del contrato, la Empresa podrá rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual deberá calcularse el porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora.

Art. 49º - PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situación de mora del contratista en los términos del Art. 47º del presente, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor. De ser estos insuficientes, la Empresa procederá a intimar su cancelación por el saldo en un plazo máximo de noventa días.

El hecho administrativo consistente en el descuento de la multa que corresponda será suficiente para que el contratista pueda interponer contra el mismo los recursos administrativos correspondientes en la forma y modo establecidos por las reglamentaciones en vigencia.

IMPORTANTE

Serán causales de rechazo de las ofertas en el mismo acto de apertura cuando se presenten las siguientes circunstancias:

a) La omisión o deficiencia del Depósito de Garantía Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 1.1) y Cap.. IV, Art. 18º y 19º).

b) La omisión, dentro del "Sobre Presentación" del "SOBRE PROPUESTA" debidamente cerrado, conteniendo la propuesta Cap. II, Art. 10º, (Sub.Inc. 1.2) y "Formulario Resumen de Cotización", únicamente.

c) El cambio del Formulario resumen de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E., conforme a lo previsto en el Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 2.1).

SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Cap. II, Art. 10º, Sub-Inc. 1.4)

Lic. Publica: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 216,00.

Lic. Privada: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 100,00.

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PLIEGO PARTICULAR

(LEY 13505 COMPRE SANTAFESINO)

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ARTICULO 1°.- En lo referente a MEJORA DE PRECIOS obrante en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, vale lo siguiente:

MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, SE LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

Cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 5, y 6 de la Ley Provincial Nº 13505/2015 (Compre Santafesino) se procederá de la siguiente manera: Aquellos proveedores que hayan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. tendrán preferencia cuando su oferta original no supere a la de los demás oferentes en las proporciones que a continuación se establecen: a) Del diez por ciento (10%) cuando los bienes y/u Obras y/o Servicios

sean originarios, fabricados o prestados en la Provincia, resultando adjudicataria del objeto en cuestión.

b) Si en una contratación aplicando el rango de preferencia antedicho ninguna empresa o proveedor local resultare favorecido, deberá otorgarse a la mejor oferta local cuyo precio no supere el 15% respecto a la mejor cotización del resto de los oferentes, la posibilidad de mejorar su oferta. A tal fin se convocará a la empresa o proveedor local de mejor precio conjuntamente con el oferente de menor precio a presentar en un término de 15 días una "mejora de oferta". Esta compulsa será evaluada conforme a los criterios de preferencia enunciados en el inciso a).

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PLIEGO PARTICULAR

(LEY 13505 COMPRE SANTAFESINO)

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REQUISITOS PARA ADHESION A LA LEY 13505 ‐ COMPRE SANTAFESINO 

A efectos de registrar su adhesión a la Ley Provincial Nº 13505 referida al compre santafesino, y de aplicación a la presente, se debe  presentar en el Registro Único de Proveedores la siguiente documentación: 

1. Nota por la cual manifiesta adhesión a los alcances y beneficios de acuerdo a la Ley Provincial N° 13505.  

2. Constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Santa Fe. 

3. Actas  de  los  Órganos  de  Dirección,  Contrato  Constitutivo  de  la  o  de  las firmas  en  caso  de  UTE,  con  las  últimas modificaciones  donde  conste  el domicilio  social  que  acredite  que  está  legalmente  constituida  en  la Provincia de Santa Fe. 

4. Certificado de  Inscripción en el Registro  Industrial de  la Nación en caso de corresponder.  

5. Domicilio fiscal dentro de la provincia de Santa Fe. 

Se  aceptarán  ofertas  de  proponentes  que  no  cumplan  con  esta  exigencia,  a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación. 

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12/03/14

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO

ANEXO

1. Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de

la Resolución General n° 19/2011, de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el Sobre Presentación - Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Por consultas o aclaraciones el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a impuestos - Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

2. En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.-

3. Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006, como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Pública y Privadas, Concursos de Precios y contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.-

4. Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. Area Abastecimiento – Unidad compras 1ra Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel:/Fax (0342) 4505849 / 4505854

• Nombre y Apellido o denominación del proponente : ......................................………..…………

PLANILLA DE REQUISITOS LEGALES

.....................................................................................................................................................

• Domicilio real ………………………………………………………………………………………......... • Localidad .....................................................................................................................................

• Domicilio legal en la ciudad de Santa Fe.........……………………………………………………….

• Garantía de la Propuesta: (1% del Presupuesto Oficial) ……………….................................... ……………………………………………………………………………................................................

• Forma :..........................................................................................................................................

• Institución que la otorgó …………………………………………………………...............................

• Sellado Provincial de Ley Art. 10º ( Inc. 1.4)………………………………………………...............

• Inscripción Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. Art. 10º ( Inc. 1.5.) Nº .......................

• Certificado de libre deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos y Ley 5110 Art. 10º (Inc. 1.7), extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe.

• Se acompaña antecedentes como proveedores de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación, de organismos oficiales, cooperativas y/o particulares Art. 10º (Inc. 1.9).

• Conforme a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, esta firma declara que para cualquier cuestión Judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe Art. 10º (Inc. 1.10), y además de que esta oferta se mantiene por el término establecido, a contar desde la fecha de apertura.

.................................................................................... Firma y Sello Aclaratorio