8 sostenibilidad ambiental - capitulo 4

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AYUNTAMIENTO DE ESCALANTE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL TOMO III FUNDACIÓN LEONARDO TORRES QUEVEDO GRUPO DE ECOLOGÍA Febrero de 2014 CAPÍTULO 4 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

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Page 1: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

AYUNTAMIENTO DE ESCALANTE

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

TOMO III

FUNDACIÓN LEONARDO TORRES QUEVEDO

GRUPO DE ECOLOGÍA

Febrero de 2014

CAPÍTULO 4

IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 1

4. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

4.1. ACCIONES DE IMPACTOS

Las acciones de impacto según las diferentes fases del Plan son las siguientes:

Fase de planificación

o Decisiones estratégicas. Coherencia interna y coherencia externa del Plan.

o Adecuación del Plan a las características del medio:

Actuaciones en ámbito rural:

Suelo rústico ordinario

Suelo rústico de especial protección:

o Forestal

o Agrícola

o Marisma

o Riberas

o Ecológica

o Paisajística

Núcleos rurales

Planes Especiales de suelo Rústico en Quintana y Curera

Actuaciones en el medio transformado

Suelo urbanizable:

o Residencial:

Suelo urbanizable Los Fachos

Suelo urbanizable al Oeste de la villa de Escalante

Suelo urbanizable al Este de la villa de Escalante

o Industrial

Suelo urbano:

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Capítulo 4 2

o Suelo urbano villa de Escalante

o Suelo urbano lo Fachos

o Suelo urbano El Alvareo

o Núcleos tradicionales

o Industrial

Fase de obras de urbanización-construcción:

o Desbroce y despeje de la vegetación

o Movimientos de tierra

o Explanaciones, pavimentación, señalización, jardinería

o Redes de saneamiento y abastecimiento

o Redes de distribución de energía, canalización de teléfono y alumbrado público

o Circulación y presencia de maquinaria

o Ejecución de obras

o Generación de residuos

Fase de funcionamiento de los nuevos usos y actividades:

o Presencia de las nuevas edificaciones, infraestructuras y usos del suelo

o Consumo de recursos:

Agua

Energía

o Emisión, generación de residuos:

Ruidos

Contaminación atmosférica

Aguas residuales

Residuos sólidos

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Capítulo 4 3

4.2. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS

La evaluación ambiental del Plan debe dar respuesta a lo dispuesto en la legislación vigente. Para ello se ha planteado una metodología de evaluación a cuatro niveles.

El primer nivel atiende a los impactos derivados de las decisiones estratégicas del Plan.

El segundo se refiere a los impactos derivados del grado de adecuación de la clasificación y ordenación del suelo que se propone en relación con las características del medio: calidad ambiental, características y propiedades de las unidades ambientales afectadas.

El tercer nivel hace una evaluación con enfoque analítico del suelo que el Plan propone para el desarrollo urbanístico en los suelos para uso residencial y para uso industrial, los suelos urbanos e urbanizables, así como para el propuesto Plan Especial en Suelo Rústico.

El cuarto nivel de evaluación se corresponde con los impactos derivados de las acciones de impacto en fase de obras y de funcionamiento sobre los elementos y procesos ambientales.

4.2.1. PRIMER NIVEL: EVALUACIÓN DE LAS DECISIONES ESTRATÉGICAS

Se analiza en este primer nivel las decisiones estratégicas del Plan que suponen la transformación del suelo e implantación de usos, así como la coherencia externa e interna del Plan.

Las decisiones estratégicas se refieren al grado de compatibilidad de las propuestas del Plan con las políticas y planes del mismo sector: planificación territorial y urbanística, y con las políticas y planes de protección del medio ambiente. La coherencia externa se refiere a la compatibilidad del Plan con otros planes previstos y que pudieran tener relación con el mismo. La coherencia interna supone un análisis para la evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se pretenden en relación con las actuaciones contempladas en el Plan propuesto.

En síntesis, en este primer nivel de evaluación se analizará el PGOU redactado en relación con:

Las estrategias de ordenación del territorio y de ordenación urbanística.

La protección de la flora, vegetación y espacios protegidos.

La protección de las aguas.

La protección de la atmósfera.

La “lectura del medio”: capacidad de acogida del medio.

La coherencia y compatibilidad con otros planes.

La coherencia interna del PGOU propuesto.

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Capítulo 4 4

4.2.1.1. EL PLAN EN RELACIÓN CON LAS ESTRATÉGICAS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Estas estrategias en Cantabria emanan de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

La Ley 2/2001 se redacta incorporando todos los principios y preceptos de las políticas en la materia de la Unión Europea y del Estado Español, adaptándolos a las propias características y circunstancias sociales y geográficas de la Comunidad de Cantabria. Considera la protección del medio ambiente, la del entorno cultural y la del paisaje como finalidad básica y en su art. 10 establece que la ordenación del territorio se lleva a cabo mediante el Plan Regional de Ordenación Territorial, las Normas Urbanísticas Regionales y los Proyectos Singulares de Interés Regional.

Para su mayor efectividad y adaptabilidad a las exigencias del tiempo actual y debido también a la aprobación del Plan de Ordenación del Litoral (POL) y de las Normas Urbanísticas Regionales (NUR), esta Ley 2/2001 ha sufrido varias modificaciones que afectan especialmente a la ordenación del medio rural: Ley de Cantabria 2/2009, de 3 de julio, de Modificación de la Ley 2/001, de 25 de junio, de ordenación del suelo de Cantabria; Ley de Cantabria 6/2010, de 30 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo; Ley de Cantabria 5/2012, de 11 de diciembre, de Reforma del Régimen Transitorio en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La disposición adicional cuarta de la Ley 2/2001 señala que en atención a las peculiaridades y especial singularidad de la zona costera y para una protección efectiva de la misma, el Gobierno elaborará un Plan de Ordenación del Litoral (POL). Fue aprobado el POL mediante la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre y tiene como referencia el documento de Estrategia Territorial Europea suscrito en Postdam en mayo de 1999.

El Plan que se propone ha sido redactado conforme a la citada Ley 2/2001 y sus modificaciones, conteniendo las determinaciones expresadas en el articulado de la Sección 3ª.

El Plan proyectado tiene como uno de sus objetivos básicos la protección del medio ambiente, figurando en las estrategias y directrices tenidas en cuenta para la propuesta de ordenación, lo que queda expresado de manera específica y concreta en los siguientes términos:

Protección de los espacios naturales y de mayor valor ecológico y paisajístico, además de incorporar los espacios naturales protegidos por el POL y por el PORN de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

Proteger y velar por la conservación de su casco histórico y elementos monumentales.

Estimular la mejora y eficiencia de los procesos productivos y la aplicación de tecnologías limpias.

Promover la concentración industrial de las empresas, procurando su reutilización en zonas más adecuadas.

Incrementar la capacidad productiva y la calidad mediante la mejora de las infraestructuras y el fomento de métodos de producción compatibles con las exigencias de conservación.

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Capítulo 4 5

Potenciar las acciones que aumenten la diversidad estructural y específica de las masas forestales.

Velar por el buen estado fitosanitario de las masas forestales empleando, en la medida de lo posible, la lucha biológica.

Garantizar que los tratamientos y repoblaciones se efectúen mediante el empleo de aquellas técnicas que impliquen una menor alteración del equilibrio edafológico y ecológico.

Para la protección de los recursos hídricos, se prohíbe la desecación de charcas, lagunas, o cualquier otro tipo de humedal, así como su relleno, aterramiento o drenaje.

Las Normas Urbanísticas Regionales (NUR) tienen por objeto establecer criterios y fijar pautas normativas en lo referente al uso del suelo sirviendo de complemento a las normas de aplicación directa establecidas en la Ley 2/2001. Entre otros aspectos establecen medidas de conservación de los recursos naturales, del medio ambiente y del patrimonio cultural. En este sentido, tiene especial interés la comprobación de la coherencia entre el Plan propuesto con determinados artículos del capítulo I de las NUR dedicado a la protección del medio ambiente. Así, el Plan redactado:

Supondrá la protección específica del suelo y de la vegetación, fauna y paisaje, conforme al art. 7.1, evitar la implantación de actividades y usos que impliquen la pérdida de calidad de los suelos, el deterioro de las masas de vegetación, el incremento de la erosión y la degradación de los acuíferos y de las zonas húmedas o de su entorno. En total, el suelo rústico de especial protección ecológica, de ribera, de marisma y de protección paisajística comprende 417,72 km2, el 24,04 % del municipio, lo que conjuntamente con el rústico de especial protección agrícola y forestal totalizan el 88,67 % del territorio municipal.

Ha evitado en su diseño soluciones bruscas en el territorio, procurando un régimen de usos, actividades e instalaciones compatibles, conforme al art. 7.2, considerando al espacio público como el esqueleto fundamental del desarrollo.

La permeabilidad del territorio en cuanto a corredores ecológicos queda mejor asegurada con la protección específica de ribera que propone el Plan.

En general, se ha procurado un uso eficiente del suelo fomentando la consolidación de los intersticios de las tramas urbanas y el incremento de la densidad de los núcleos, art.8.2.

Ha desarrollado una planificación con base física, atendiendo a las características físico-naturales del territorio, y teniendo en cuenta la dinámica poblacional de crecimiento y la infraestructura y recursos de la situación preoperacional, art. 8.3. El municipio presenta deficiencias en cuanto a sus infraestructuras de abastecimiento y depuración de aguas, art. 9.

El Plan en su redacción definitiva deberá proponer las localizaciones más adecuadas para las instalaciones de recogida de residuos, estableciendo las medidas necesarias para su adecuada gestión (art. 11.2).

Los nuevos crecimientos urbanísticos se localizan fuera de los suelos expuestos a riesgos naturales y antrópicos, art.12.

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Capítulo 4 6

El Plan en su redacción definitiva deberá incluir las medidas de ordenación necesarias para velar por el mantenimiento de los árboles y plantas autóctonos o de singular valor, art. 13.

El Plan propuesto ha evitado modelos de crecimiento apoyados sobre los ejes de carreteras, art. 14.

El Plan propone una ubicación del suelo residencial y del industrial de manera que se aminora las posibles afecciones ambientales por emisiones atmosféricas, lumínicas y acústicas, art. 15.

El Plan incluye una relación de edificaciones singulares y un catálogo de las casas del municipio, art. 16 de las NUR y el art. 44.1 de la Ley 2/2001.

El Plan redactado ha tenido en cuenta los elementos constitutivos del paisaje, las cuencas visuales de lugares, puntos estratégicos y vías de comunicación, conforme al art. 18 de las NUR.

El planeamiento propuesto ha evitado los crecimientos urbanísticos en los entornos de cumbres, cordales y laderas con pendientes superiores al 20 %, art. 20 de las NUR.

El Plan redactado clasifica al suelo en Suelo Urbano, Suelo Urbanizable y Suelo Rústico que se discute a continuación.

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Capítulo 4 8

4.2.1.1.1. SUELO URBANO Y SUELO URBANIZABLE

4.2.1.1.1.1. SUELO URBANO

El Plan propone un Suelo Urbano (SU) que es conforme a lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 2/2001, donde se especifica la condición que debe cumplir este tipo de suelo, y que en el municipio de Escalante se encuentra vinculado con la Villa de Escalante, Los Fachos, el núcleo de El Alvareo y los núcleos tradicionales de Noval, Villanueva, Los Palacios, Rincón de Baranda, La Casona, Baranda, Borroto, La Lastra y Rionegro.

La superficie total de Suelo Urbano que se propone es de 552.336,1 m2, el 3,1 % del territorio municipal. La mayor parte de este suelo así delimitado es de uso residencial, el 96,9 %, siendo el restante suelo de uso industrial.

SU VILLA DE ESCALANTE

Capital de municipio, con 252 viviendas y una población residente de 509 habitantes. La superficie delimitada como Suelo Urbano es de 187.648,8,7m2, diferenciándose dos áreas de Suelo Urbano No consolidado (SUNC):

La delimitada entre el casco, la Iglesia, la carretera CA-460 y el río Pozeirum. Se han diferenciado 3 sectores:

o SU3 entre la carretera CA-460 y el camino de acceso a la Iglesia de 26.162,4 m2:

o SU4 junto al río Pozeirún de 5.444,6 m2

o SU5 junto a la Iglesia de 2.979,4 m2

SU3. La delimitada entre el Convento, la CA-460 y el camino del Chapado, de 8.065,9 m2, y cuya mitad oeste ha sido asignada como ZONA VERDE.

El resto del Suelo Urbano propuesto es Suelo Urbano Consolidado de 127.684,3 m2 y Suelo Urbano de Protección Especial ( entorno y edificaciones de la Ermita y el Convento) de 17.312 m2 .

SU LOS FACHOS

Se corresponde este suelo con el primer sector del suelo urbanizable en la zona de Los Fachos, al NE del municipio, que figura en las vigentes NNSS, por cumplir con las condiciones exigidas para esta categoría de suelo. El sector está urbanizado y construido en parte, en una urbanización de casas unifamiliares, estando la otra reparcelada sin ejecutar. El Plan propone como Suelo Urbano Consolidado la parte ya construida con una superficie de 69.126,9 m2 mientras que la zona reparcelada sin ejecutar lo propone como suelo urbanizable de 71.068,2 m2 .

SU EL ALVAREO

El núcleo de El Alvareo se encuentra rodeado por suelo perteneciente al Plan de Ordenación del Litoral, definido como Modelo Tradicional, pero excluido del mismo, pues en las Normas Subsidiarias vigentes está definido como suelo urbano.

El Plan mantiene la calificación de Suelo Urbano, aunque se reduce su superficie, pues en la zona no edificada, al norte de la CA-461, existe un Proyecto de Urbanización aprobado.

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Capítulo 4 9

La parcela contigua al oeste, de 8.943 m2, que linda con una urbana edificada, al oeste de ésta, se califica como Suelo Urbano No Consolidado, pues es intención del Ayuntamiento, continuar con la idea del proyecto de urbanización aprobado recientemente.

SU NÚCLEOS TRADICIONALES

Comprende a los núcleos de Noval, La Canal, Los Palacios, El Rincón de Baranda, La Casona, Baranda, Borroto, La Lastra y Rionegro con un total de 211.624 m2. El tratamiento de cada uno de estos núcleos será conforme a lo dispuesto en el POL en la zona de Modelo Tradicional o a lo dispuesto en el PORN en Uso Especial y Uso Intensivo según el caso.

SU INDUSTRIAL

Existe en el norte del municipio, junto al núcleo de Baranda y la carretera CA-460 a Castillo, un área industrial compuesta por cuatro naves que formaron parte de un complejo de manufacturados de hormigón. Se trata de una zona totalmente transformada y urbanizada de 21.236 m2.

En el presente PGOU se mantiene esa área industrial y se califica como Suelo Urbano Industrial (SUI).

SÍNTESIS DEL SUELO URBANO

El siguiente cuadro sintetiza la propuesta que hace el Plan del Suelo Urbano:

SUELO URBANO (SU): 552.336 m2

RESIDENCIAL: 533.247,5 m2

SU VILLA DE ESCALANTE:

o Suelo Urbano Consolidado (SUC): 127.684,3 m2

o Suelo Urbano de Especial Protección (SUPE): 17.312 m2

o Suelo Urbano No Consolidado (SUNC): 42.652,4 m2

SU LOS FACHOS:

o Suelo Urbano Consolidado (SUC): 69.126,9 m2

SU EL ALVAREO

o Suelo Urbano Consolidado (SUC): 51.769,3 m2

o Suelo Urbano No Consolidado (SUNC): 8.943,5 m2

SU NÚCLEOS TRADICIONALES: 211.624 m2

INDUSTRIAL: 21.235 m2

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Capítulo 4 10

SUELO URBANO CONSOLIDADO INDUSTRIAL (SUI): 21.235 m2

Esta propuesta se considera que es conforme a la vigente normativa urbanística.

El Plan en su redacción final debe cumplir con las determinaciones mínimas que figuran en el artículo 44 de la Ley 2/2001, con la totalidad de las determinaciones en suelo urbano consolidado detalladas en el artículo 46 de la Ley 2/2001; así como las especificadas en el artículo 47 para el suelo urbano no consolidado. Se deberá también contemplar la regulación detallada para el suelo urbano no consolidado conforme a lo dispuesto en el artículo 53.

4.2.1.1.1.2. SUELO URBANIZABLE

Se propone en el Plan una superficie delimitada como Suelo Urbanizable (SUR) que totaliza 239.860,6 m2, lo que representa el 1,38 % del territorio municipal. El 64 % de este suelo urbanizable, 153.525,4 m2, es para uso residencial distribuido en las siguientes tres zonas:

SUR Los Fachos: 71.068 m2

SUR Oeste de la Villa de Escalante: 33.680 m2

SUR Este de la Villa de Escalante: 48.776 m2

El suelo urbanizable restante, 86.335 m2, es para uso industrial en la zona de Cornoció.

La justificación de esta propuesta que hace el Plan está basada en lo siguiente:

SUR LOS FACHOS

En la zona de Los Fachos las vigentes NNSS delimitan un suelo urbanizable residencial con dos sectores. El primer sector ha sido ya desarrollado y se propone en el Plan como Suelo Urbano, mientras que el segundo sector está sin desarrollar, proponiéndose, como parece lógico, como Suelo Urbanizable (SUR).

SUR OESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE Y SUR ESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE

Se deriva esta propuesta que hace el Plan del estudio de necesidades del municipio en relación con el núcleo de Escalante, siendo el único con trama urbana y el que soporta el mayor peso demográfico del municipio y el que concentra los servicios del mismo, siendo su capital.

Las dos zonas delimitadas se encuentran adosadas al núcleo de Escalante. La zona al Oeste se justifica por la necesidad de obtener espacios para equipamientos deportivos, corrigiéndose de esta manera la palpable deficiencia de este tipo de equipamientos existentes en la actualidad, con motivo del levantamiento de las canchas deportivas que existían en el área de la Ribera, que fueron devueltas a la marisma por parte de Costas. De esta manera el beneficio ecológico, ambiental y paisajístico de la recuperación de esta zona de marisma no perjudicará al equipamiento deportivo del municipio.

Este Suelo Urbanizable al Oeste del núcleo de Escalante se encuentra dentro de la categoría de Uso Especial dentro del PORN y una parte del mismo está dentro de protección costera.

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Capítulo 4 11

SUR ESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE

Se justifica este suelo urbanizable por la necesidad expresada por el municipio de obtención de suelo para viviendas de protección, debido a la carencia total de este tipo de viviendas en el municipio. Paliar esta carencia supondrá un impacto de efecto favorable en el medio social. El área delimitada se encuentra dentro de la categoría de Uso Especial del PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

SUR INDUSTRIAL CORNOCIÓ

Este Suelo Urbanizable para uso industrial abarca una superficie de 86.335 m2 al suroeste del municipio. De esta manera se quiere dar remedio a la falta de suelo industrial del municipio, uno de los problemas que la corporación municipal reconoce y quiere resolver con el PGOU. Se da oportunidad a la instalación de empresas de potencia pequeña-mediana y la ubicación que se propone se considera adecuada, junto al polígono industrial ya existente de Ambrosero (Bárcena de Cicero) y a la línea de ADIF de vía estrecha Santander-Bilbao.

SÍNTESIS DEL SUELO URBANIZABLE

El siguiente cuadro sintetiza la propuesta que hace el Plan del Suelo Urbanizable:

SUELO URBANIZABLE (SUR): 239.860 m2

RESIDENCIAL: 153.525 m2

SUR LOS FACHOS: 71.068,2 m2

SUR OESTE VILLA DE ESCALANTE: 33.680,7 m2

SUR ESTE VILLA DE ESCALANTE: 48.776,5 m2

INDUSTRIAL: 86.335 m2

SURI CORNOCIÓ: 86.335 m2

La propuesta que se hace de suelo urbanizable se considera justificada, contribuirá a solucionar varios de los problemas que han motivado la redacción del PGOU y no contraviene la normativa urbanística, Ley 2/2001, POL y PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

Por otra parte, los terrenos implicados, siempre junto a núcleos de población, son praderías que no presentan valores destacables con méritos para su protección.

La redacción definitiva del Plan debe desarrollar las determinaciones que la Ley 2/2001 detalla en su artículo 48 y se deberá detallar la regulación para este tipo de suelo conforme al artículo 53.

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Capítulo 4 12

4.2.1.1.2. SUELO RÚSTICO

La justificación de la ordenación que el Plan propone en el medio rural se ha expuesto en el punto 2.4.3.2, redactada entre el equipo redactor del Plan y el equipo redactor del ISA y teniendo en cuenta las adaptaciones llevadas a cabo en la Ley 2/2001 y en el Plan de Ordenación del Litoral.

El Suelo Rústico (SR) que se propone comprende una superficie de 16.575.620 m2, el 95,43 % del territorio municipal, que se desarrolla en las siguientes categorías:

Núcleos en Suelo Rústico: 12.581 m2

Planes Especiales de Suelo Rústico en Quintana y Curera: 382.262 m2

Suelo Rústico de Especial Protección: 15.405.341 m2

Suelo Rústico de Protección Ordinaria: 775.436 m2

NÚCLEOS EN SUELO RÚSTICO

Se ha delimitado una superficie de 12.581 m2 y comprende a los núcleos rurales que no cumplen las condiciones del suelo urbano y que dentro del PORN están dentro del Uso Moderado por lo que no permite ampliación alguna ( no se permite la edificación): La Cagigoja y Carramigel.

El tratamiento de estos núcleos será el existente en cada caso y su mantenimiento y crecimiento se hará mediante la Ley de suelo rústico y el PORN en suelo de Uso Moderado.

PLANES ESPECIALES DE SUELO RÚSTICO EN QUINTANA Y CURERA

Los suelos delimitados con esta categoría ocupan una superficie de 382.262 m2, el 2,3 % del Suelo Rústico y el 2,2 % del municipio, en el paraje de Quintana, próximo al núcleo de Escalante por su margen Oeste y en Curera, en la margen Este.

Se ha propuesto estos dos Planes Especiales al amparo de la Ley de Cantabria 2/2009, de 3 de julio, y de la Ley de Cantabria de 3/2012, de 21 de julio, que modifican la Ley de Cantabria 2/2001 en los artículos referidos al suelo rústico, estableciendo la posibilidad de autorización de viviendas aisladas de carácter unifamiliar, así como pequeñas instalaciones vinculadas a actividades artesanales, de ocio y turismo rural siempre que se pretenda su construcción en terrenos próximos a los suelos urbanos o núcleos tradicionales que vengan recogidos en el planeamiento territorial o urbanístico. Para ello, la Ley establece en la Disposición Adicional Quinta la sistemática que permite autorizar lo dispuesto en el citado artículo 113.1.h) mediante la previa elaboración de un PLAN ESPECIAL DE SUELO RUSTICO (PESR) o la incorporación de las determinaciones correspondientes al suelo rústico en el Plan general de Ordenación Urbana.

Los criterios de ordenación, la competencia para autorizar construcciones, instalaciones y usos y el procedimiento para autorizar la construcción son los que figuran en la Ley 3/2012, respectivamente en los artículos 114, 115 y 116. En cuanto a las condiciones de la edificación, no se contraviene ninguna normativa urbanística.

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Capítulo 4 13

SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN

El Suelo que se propone en el PGOU como Rústico de Especial Protección se ha trazado teniendo en cuenta el estudio del medio realizado por el equipo redactor del ISA, considerando las diferentes figuras de protección de los espacios naturales que concurren en el municipio (POL, PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel) y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 2/2001 donde se exponen las condiciones del medio rústico de especial protección, así como la dispuesto en la materia en las Normas Urbanísticas Regionales.

Se ha delimitado una superficie de 15.405.341, m2, lo que representa el 93 % de la totalidad del Suelo Rústico y el 88,7 % del territorio municipal, con las siguientes tipologías:

Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola

Suelo Rústico de Especial Protección Forestal

Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica

Suelo Rústico de Especial Protección de Ribera

Suelo Rústico de Especial Protección Marisma

Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística

Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola

Se ha delimitado una superficie de 6.463.730 m2 el 37,22 % del municipio, comprendiendo las mejores tierras por su valor agrológico, constituidas por mieses y terrazgos de monte.

Se corresponde con el suelo calificado en el planeamiento vigente como No Urbanizable de Interés Agrícola y Ganadero. Suelo básico para el mantenimiento de la actividad agropecuaria del municipio que sigue siendo importante, trabajando en este sector primario el 23,26 % de la población activa del municipio.

Suelo Rústico de Especial Protección Forestal

Se corresponde con el monte arbolado de repoblación que sustenta masas arbóreas que deben estar protegidas por estar destinadas a su explotación.

Se ha delimitado una superficie de 4.764.370 m2, el 27,4 % del municipio, manteniéndose la misma masa forestal de repoblación de las NNSS vigentes.

Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica

Se ha incluido en esta tipología de suelo los montes arbolados autóctonos y los montes no arbolados de matorral, contabilizando un total de 699.790 m2, el 4,03 % del territorio municipal.

Este suelo figura en el planeamiento actual formado parte del Suelo No Urbanizable de Interés Forestal.

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Capítulo 4 14

Suelo Rústico de Especial Protección de Ribera

Se ha delimitado con esta tipología de suelo las riberas fluviales de los ríos del municipio, totalizando 156.777 m2, el 0,9 % del territorio municipal.

Suelo Rústico de Especial Protección Marisma

El término municipal de Escalante limita por su extremo Este con el estuario y marismas de Santoña, de reconocido valor ambiental y ecológico, sobre el que recaen varias figuras legales de protección. Se ha delimitado con esta tipología de suelo rústico las marismas y canales pertenecientes al municipio de Escalante, un total de 2.440.150 m2, lo que representa el 14,05 % del territorio municipal.

Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística

Se ha delimitado una superficie de 880.524 m2, el 5,07 % del municipio, que se corresponde con zonas de monte y sierras desde las que se obtienen amplias panorámicas del municipio.

SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA

Conforme al artículo 109 de la Ley 2/2001, se ha incluido en esta tipología a los suelos rústicos que no reuniendo los valores para ser incluidos bajo alguna protección específica deben ser preservados de las construcciones propias de las zonas urbanas y de su desarrollo urbano integral por considerarlo inadecuado.

Se ha delimitado un espacio de 775.436 m2, comprendiendo:

el entorno de Noval, La Canal, El Rincón de Baranda, Los Palacios, La Casona y Baranda, calificado en el POL como Modelo Tradicional.

entorno a los núcleos de Borroto y la Lastra y que están calificados en el PORN como de uso intensivo.

Un sector entre el núcleo de Rionegro y la bolsa de Suelo Rústico del PESR entorno al margen de la carretera Ca-629, calificado como uso especial en el PORN.

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Capítulo 4 15

SÍNTESIS DEL SUELO RÚSTICO

El siguiente cuadro sintetiza la propuesta que hace el Plan del Suelo Rústico:

SUELO RÚSTICO (SR): 16.575.620,3 m2

NÚCLEOS EN SUELO RÚSTICO: 12.581 m2:

PLAN ESPECIAL DE SUELO RÚSTICO EN QUINTANA Y CURERA: 382.262 m2

SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN: 15.405.341 m2

Agrícola: 646.3730 m2

Forestal: 476.4370 m2

Ecológica: 699.790 m2

De Ribera: 156.777 m2

Marisma: 2.440150 m2

Paisajística: 880.524 m2

SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA: 775.436 m2

La propuesta que se hace de suelo rústico se considera justificada, y no contraviene la normativa urbanística, Ley 2/2001 y sus modificaciones, POL y PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

La redacción definitiva del Plan deberá contar con el catálogo de construcciones en suelo rústico, que se encuentra en fase de redacción y deberá desarrollar las determinaciones específicas en suelo rústico conforme al artículo 50 de la Ley 2/2001. Además, deberá especificar las determinaciones en suelo rústico conforme al artículo 50 de la citada Ley, determinando un régimen de protección diferenciado con indicación de las actividades absolutamente prohibidas conforme a los tipos de suelo rústico delimitados y estableciendo con el mayor grado de precisión posible las actividades, usos y edificaciones. Deberá tenerse en cuenta las limitaciones que en cada caso puedan venir impuestas por el Plan de Ordenación del Litoral y por el PORN de Santoña, Victoria y Joyel.

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Capítulo 4 16

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Capítulo 4 17

4.2.1.2. EL PLAN EN RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, VEGETACIÓN, FAUNA Y ESPACIOS NATURALES

El municipio de Escalante se encuentra ampliamente afectado por las Marismas de Santoña y las consiguientes figuras de protección:

Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel ES130006. Red Natura 2000:

o Lugar de Importancia Comunitaria LIC ES1300007 “Marismas de Santoña, Victoria y Joyel”.

o Zona de Especial Protección para las Aves ZEPA ES0000143: “Marismas de Santoña Victoria y Joyel y Ría de Ajo”.

Sito RAMSAR Marismas de Santoña, Victoria y Joyel. Humedal de Importancia Internacional para las de Aves Acuáticas.

La proporción de terrenos municipales protegidos es elevada, siendo el 55,3 % bajo protección del Parque Natural, el 54,6 % bajo protección por ZEPA y el 17,9 % bajo protección por LIC.

% %

Figura de Superficie Superficie (h) de protección respecto

Protección (h) en Escalante afectado al total municipal

Parque Natural 6979 960,18 14,37 55,3

LIC 3701,47 311,47 8,41 17,9

ZEPA 6760,18 948,61 14,03 54,6

Además bajo el Convenio RAMSAR está el 38,4 % del municipio (690,4 h), estando todo el sitio dentro de la ZEPA.

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Capítulo 4 18

En relación con los hábitats de la Directiva 92/43/CE, están presentes en el municipio los siguientes:

La Aliseda ribereña (Hyperico androsaemi-Alnetum glutinosae) está catalogado como hábitat prioritario.

En relación con el PORN de la Marismas de Santoña, Victoria y Joyel

El municipio de Escalante tiene el 55,41 % de su territorio afectado por el PORN de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel. La delimitación de PORN en Escalante es la siguiente según aparece en el texto original: “... desde la N-634 se toma el camino hacia río Negro, continuando por el arroyo de Rionegro, hasta su nacimiento, tomando a continuación la carretera que, pasando por Noval, confluye en la carretera S-402 (actual CA-460). A continuación se bordea el núcleo urbano de Escalante, enlazando de nuevo con la carretera S-402. Se prosigue por ésta pasando por el mirador del Portillo hasta la cota 50 de la ladera norte del monte El Cueto, bordeándole hasta tomar el camino que, pasando por Cerecedas confluye en la carretera de Argoños a Arnuero...”

Por tanto, se ha propuesto un Plan que:

a) Sea compatible con los principios básicos del PORN, de mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la preservación de la biodiversidad genética y la protección de las características naturales del medio y de sus valores para la vida silvestre.

b) Facilite la consecución de los objetivos del PORN, evitando actuaciones que de forma directa o indirecta puedan afectar a las Unidades Ambientales Primarias y a las Secundarias, a la permeabilidad territorial, a la preservación de los recursos edafológicos, hídricos, paisajísticos, agropecuarios y forestales.

La forma de garantizar la coherencia del Plan con la preservación de los valores que motivaron la necesidad de protección de este espacio ha sido la clasificación de estas Unidades Ambientales dentro del Suelo Rústico. Las Unidades Primarias con la denominación de Estuario y formaciones relacionadas como Suelo Rústico de Especial Protección Marisma; las Unidades Primarias con la denominación de Encinares y las Secundarias de Bosque mixto de frondosas y Matorrales como Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica o Paisajística (en función del elevado grado de emisión de vistas sobre el municipio y el Estuario de Santoña), las Unidades Primarias Ríos y arroyos

FORMACION SINTAXON CÓDIGO

Red Natura VULNERABILIDAD AREA,

h

Aliseda ribereña Hyperico androsaemi-Alnetum glutinosae 9012 2 4,60

Aulagar Helictotricho cantabrici-Genistetum occidentalis 4090 0 9,50

Brezal - tojal Ulici europaei-Ericetum vagantis 4030 0 3,42 Comunidades salobres y marismeñas

Puccinellio maritimae-Arthrocnemetum fruticosi 1420 3 0,13

Comunidades salobres y marismeñas

Puccinellio maritimae-Arthrocnemetum perennis 1420 3 4,18

Comunidades salobres y marismeñas Salicornietum dolichostachyae 1310 2 4,30 Comunidades salobres y marismeñas Salicornietum obscurae 1310 2 0,99

Encinar Lauro nobilis-Quercetum ilicis 9340 2 15,78

Madroñal Phillyreo latifoliae-Arbutetum unedonis 9340 2 2,86

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Capítulo 4 19

como Suelo Rústico de Especial Protección Ribera, las Unidades Secundarias de Praderías, pastizales y cultivo atlánticos como Suelo Rústico de Especial Protección Agraria.

De esta manera, toda la zona de Reserva del PORN queda clasificada como Suelo Rústico de Especial Protección y la zona de Uso Moderado como Suelo Rústico de Especial Protección agrícola.

En relación con los núcleos de población en el municipio de Escalante dentro del PORN ocupan suelos de:

1) Uso Especial: se permiten los usos indicados por la legislación sectorial aplicable en cada caso.

2) Uso Intensivo: están permitidos los servicios relacionados con uso público o turístico, los nuevos viales, los tendidos eléctricos aéreos.

3) Uso Moderado: están permitidos los aprovechamientos agropecuarios y silvícolas, junto con sus instalaciones y viales directamente asociados, investigaciones y uso público, los tendidos aéreos salvo los eléctricos. El PORN no permite la edificación en suelo rústico para el Uso Moderado, sin embargo sí la permite para el Uso Especial y el Uso Intensivo, donde en su artículo 82 dice:

Dentro del PORN se encuentran los núcleos tradicionales de Baranda (margen este de la CA-460), Borroto, La Lastra, Carramigel, Riaño, Montehano, La Cagigoja, Quintana, Rionegro,

El tratamiento de estos núcleos pretende ser el existente en cada uno de ellos. Su mantenimiento y crecimiento se hará mediante lo estipulado en el PORN.

De ellos existen algunos que fueron tratados en el PORN como núcleos grafiándose un área de expansión y amortiguación entre el núcleo y la protección del ecosistema. Estos son Baranda (margen este de la CA-460), Borroto, La Lastra, Noval, Quintana y Rionegro. El Suelo Urbano de ellos es el coincidente con el Uso Especial del PORN, y su posible expansión, clasificado como Suelo Rústico Ordinario conforme a la ley del suelo rústico, la correspondiente al Uso Extensivo e Intensivo del PORN.

Dentro del PORN no se considera como núcleo rural el de Riaño, aunque sí aparece en las NNSS vigentes, por tanto, éste está integrado dentro del Uso Moderado. Los núcleos de Cagigoja, Carramigel, Riaño y Montehano están también dentro de esta zona, por lo que en todos estos núcleos no se permitirá su ampliación, estando sujetos a los usos que determina el PORN para esta zona de Uso Moderado.

En cuanto al Plan Especial de Suelo Rústico de Quintana y Curera comprende espacios dentro del Uso Intensivo y del Uso Especial.

En cuanto al Suelo Rústico Ordinario propuesto dentro del PORN, se clasifica dentro de los espacios de expansión y amortiguación de los núcleos de Noval, Rionegro, Borroco y La Lastra, dentro del Uso Especial e Intensivo.

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Capítulo 4 20

En el suelo ya transformado del municipio, en la zona de Los Fachos el Plan propone un suelo urbanizable, que ya figura así en las actuales NNSS en su sector secundario junto a la CA-148, delimitado inicialmente en el PORN como Uso Especial en una parte y en la otra como Uso Intensivo. Esta última parte fue recurrida por los propietarios quienes tuvieron sentencia favorable, por lo que todo el sector tiene la condición de Uso Especial. El Plan se ajusta en cuanto a los usos a lo dispuesto en el PORN para esta zonificación de Uso Especial, que es aquella compuesta por todos aquellos terrenos no incluidos de forma específica en la Zona de Reserva, Uso Moderado o Uso Intensivo, tales como: instalaciones asociadas a la gestión o uso público, núcleos de población consolidados (tanto urbanos como rurales), terrenos para la expansión futura de los núcleos anteriores, infraestructuras actuales en el ámbito del PORN y elementos fuera de ordenación.

Se propone en el Plan, como ya ha sido expuesto, un suelo urbanizable al Oeste del núcleo de Escalante y adosado al mismo. Se justifica por la necesidad de obtener espacio para equipamientos deportivos como consecuencia de la deficiencia palpable de este tipo de equipamiento debido al levantamiento de las canchas deportivas que existen en el área de la Ribera, que fueron devueltas a la marisma por Costas. Este suelo que se propone como urbanizable está dentro de la zonificación del PORN como Uso Especial. Se considera adecuada esta propuesta por cuanto que tiene el efecto positivo de recuperación de una zona de marisma sin conllevar el efecto negativo (momentáneamente producido) en el ámbito social al desaparecer el equipamiento deportivo. Por otra parte, se respeta todo lo dispuesto en el PORN en cuanto a usos.

Un segundo suelo urbanizable adosado también al núcleo de Escalante se propone en el Plan. Se justifica por la carencia de suelo para generar viviendas de Protección, siendo ésta una prioridad del municipio. Se encuentra también este suelo dentro del Uso Especial del PORN. La propuesta tiene un claro impacto positivo en el medio social y respeta lo dispuesto en el PORN en cuanto a usos, sin que se deriven efectos negativos sobre los principios y objetivos del mismo.

En relación con el LIC, ZEPA y Sitio RAMSAR

La clasificación del suelo que propone el Plan no afecta de forma directa a la ZEPA ES0000143: “Marismas de Santoña Victoria y Joyel y Ría de Ajo”, así como tampoco al Sitio RAMSAR (comprendido en la ZEPA).

En relación con el Plan de Ordenación del Litoral (POL)

El territorio del municipio de Escalante afectado por el POL es del orden del 46,54 %.

Dentro de la ordenación del medio rural, el suelo que está en el entorno de Noval, La Canal, El Rincón de Baranda, Los Palacios, La Casona y Baranda, calificado en el POL como Modelo Tradicional (MT), se propone en el PGOU como Rústico Ordinario al estar en un entorno que posee multitud de edificaciones colindantes. El resto del suelo con esta denominación de MT se propone como Rústico de Especial Protección Agrícola.

El suelo que figura como Ordenación Ecológico-Forestal (OEF) queda en el PGOU como Suelo Rústico de Especial Protección Forestal cuando se trata de montes de repoblación y como de Especial Protección Ecológica cuando se trata de bosques y matorrales con vegetación autóctona.

El Plan respecto al suelo dentro del POL con la denominación de Área de Interés Paisajístico (AIP) lo clasifica de Rústico de Especial Protección Paisajística.

La zona delimitada como Protección Ecológica (PE) en el POL se propone en el Plan en parte como Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica y como Suelo rústico de Especial Protección Ribera.

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Capítulo 4 21

En cuanto al desarrollo en el suelo rústico dentro del Modelo Tradicional del POL, las determinaciones de esta normativa (Ley de Cantabria 2/2004) habilitan el desarrollo de viviendas unifamiliares aisladas en suelo rústico a través de los artículos 48.2 y 3:

Artículo 48. Régimen de los crecimientos urbanísticos en el Área de Modelo Tradicional.

“… 2. En los núcleos tradicionales de menos de 40 viviendas, el planeamiento urbanístico podrá optar entre un desarrollo a través de crecimientos planificados o mediante vivienda unifamiliar aislada en suelo rústico. En el caso de optar por crecimientos con vivienda unifamiliar aislada en suelo rústico, estos deberán proyectarse en las mieses contiguas al núcleo más alteradas desde el punto de vista morfológico y funcional.

3. En caso de que se opte por el modelo de crecimiento basado en la vivienda unifamiliar aislada, se deberán observar los siguientes requisitos:

a) El número de viviendas admisible no podrá superar el número de viviendas preexistentes en el núcleo en el momento de la aprobación del planeamiento.

b) La delimitación de la zona de crecimiento dentro de la mies no podrá superar la superficie del núcleo preexistente.

c) El planeamiento urbanístico analizará la morfología del núcleo y su entorno, a los efectos de determinar la zona de mies a delimitar y los parámetros urbanísticos que las nuevas edificaciones deben seguir en cuanto a tamaño de parcela, distancia a colindantes, altura de cierres así como otras características tipológicas relevantes del lugar.

d) Se procurará el mantenimiento de las estructuras formales preexistentes, tales como muros y orlas vegetales.

e) Las nuevas edificaciones deberán apoyarse en la red de caminos existente, introduciendo únicamente los viarios imprescindibles.

El POL no exige ni impide la redacción de un Plan Especial para la implantación de vivienda unifamiliar aislada, por lo que desde el PGOU cabe plantearse la posibilidad de delimitar las zonas de crecimiento sobre los suelos rústicos de protección ordinaria de Mies vinculados a los Núcleos Tradicionales y Rurales que se encuentren en MT y dispongan de menos de 40 viviendas. Si la implantación se regula vía Plan Especial, deberán tenerse en cuenta las limitaciones del POL, salvo a las que el PGOU debe amoldarse.

Dentro del Plan de Ordenación del Litoral, en Modelo Tradicional, se encuentran los núcleos de Noval, La Canal, Los Palacios, , El Rincón de Baranda, La Casona, Baranda (en la margen oeste a la CA-460) y Cornoció.

a. Noval, La Canal, Los Palacios, El Rincón de Baranda, La Casona, Baranda (en la margen oeste a la CA-460):

El tratamiento de estos núcleos pretende ser el existente en cada uno de ellos. Su mantenimiento y crecimiento se hará mediante la ley de suelo rústico y el Plan de Ordenación del Litoral en Modelo Tradicional.

En el caso de Los Palacios, El Rincón de Baranda y La Casona se trata de núcleos pequeños de tres o cuatro casas que están edificadas en torno a un corral central de libre acceso.

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Capítulo 4 22

En el caso de La Canal, Noval y Baranda (en la margen oeste a la CA-460) se trata de núcleos de mayor entidad con una cuarentena de viviendas, algunas de más de 100 años y otras de unos posos construidas en el suelo urbanos de las Normas vigentes.

b. Cornoció.

El núcleo de Cornoció está situado al sureste del municipio, junto al polígono industrial de Ambrosero (Bárcena de Cicero). En él hay cinco edificaciones de las que se habitan solamente dos.

El Ayuntamiento pretende impulsar esta zona para alojar el área industrial del municipio, con industria de media-baja potencia, que cuenta con 86.335 m2 junto al polígono industrial existente y la línea de FEVE, Santander-Bilbao.

c. El Alvareo.

El núcleo de El Alvareo se encuentra rodeado por suelo perteneciente al Plan de Ordenación del Litoral, definido como Modelo Tradicional, pero excluido del mismo, pues en las Normas Subsidiarias vigentes está definido como suelo urbano.

Se mantiene la calificación de Suelo Urbano, aunque se reduce su superficie, pues en la zona no edificada, al norte de la CA-461, existe un Proyecto de Urbanización aprobado.

La parcela contigua al oeste, de 8.943,5 m2, que linda con una urbana edificada, al oeste de ésta, se califica como Suelo Urbano No Consolidado, pues es intención del Ayuntamiento, continuar con la idea del proyecto de urbanización aprobado recientemente.

En relación con los hábitats protegidos

Los hábitats protegidos quedan clasificados bien como Suelo Rústico de Especial Protección de Ribera, Ecológica, Paisajística o de Marisma.

EL Hábitat de Alisedas Ribereñas (hábitat 920 prioritario) del río Campiazo se encuentra bajo la protección de Suelo Rústico de Protección de Riberas.

Hay que señalar que la delimitación de algunos de los hábitats no parece corresponderse con la realidad actual. Parte del Suelo Urbano Consolidado de Los Fachos queda dentro del hábitat Aulagar (4090, no prioritario), siendo además el resto suelo de pradería.

En la zona de Cornoció hay dos pequeñas manchas de hábitat 9340 no prioritario (una de Encinar y otra de Madroñal). Estas manchas limitan o incluso pueden parcialmente verse afectadas por el Núcleo urbano que se ha delimitado y por el Suelo Urbanizable Industrial en el PGOU. Se debería realizar una revisión de estas delimitaciones de manera que se asegure que no se den solapamientos.

Aparece una mancha de Brezal-Tojal (hábitat 4030 no prioritario) en el monte El Llosón existente entre los núcleos de Carramigel y Riaño. La superficie delimitada como tal parece excesiva y no ajustarse a la realidad, estando el monte repoblado por eucaliptos.

En síntesis, el PGOU que se presenta resulta coherente con los objetivos de protección ambiental, ecológica, de la flora y fauna silvestre y de los recursos naturales fijados en los ámbitos internacional, comunitario, nacional y regional referidos al municipio de Escalante.

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Capítulo 4 23

La redacción definitiva del Plan deberá contar con el catálogo de construcciones en suelo rústico, que se encuentra en fase de redacción y deberá desarrollar las determinaciones específicas en suelo rústico conforme al artículo 50 de la Ley 2/2001. Además, deberá especificar las determinaciones en suelo rústico conforme al artículo 50 de la citada Ley, determinando un régimen de protección diferenciado con indicación de las actividades absolutamente prohibidas conforme a los tipos de suelo rústico delimitados y estableciendo con el mayor grado de precisión posible las actividades, usos y edificaciones. Deberá tenerse en cuenta las limitaciones que en cada caso puedan venir impuestas por el Plan de Ordenación del Litoral y por el PORN de Santoña, Victoria y Joyel.

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Capítulo 4 24

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y delimitación del PORN en Escalante.

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Capítulo 4 25

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y delimitación del LIC en Escalante.

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Capítulo 4 26

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y delimitación de la ZEPA en Escalante.

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Capítulo 4 27

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y delimitación del Sitio RAMSAR en Escalante.

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Capítulo 4 28

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y delimitación del POL en Escalante.

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Capítulo 4 29

Clasificación del suelo propuesto en el PGOU y hábitats protegidos en Escalante.

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Capítulo 4 30

4.2.1.3. LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS

El PGOU contiene un conjunto de disposiciones relacionadas con la protección de las aguas:

Las aguas pluviales y residuales serán recogidas y eliminadas conforme señala el reglamento de instalaciones sanitarias vigentes, a través de su conexión con la red municipal existente en el Suelo Urbano y a través de fosas sépticas en el caso de instalaciones en el Suelo Rústico.

Las redes de distribución, saneamiento y depuración se regirán por las siguientes condiciones:

Favorecer la reutilización del agua y la racionalización de su consumo.

Incentivar la instalación de tratamientos blandos con menos gastos de explotación y un mantenimiento más sencillo para las viviendas o instalaciones aisladas, cuya integración en las redes municipales no sea técnicamente posible o resulte muy costoso. En cualquier caso, dichos sistemas deberán garantizar que no suponen riesgo significativo para la calidad de las aguas.

Dotar a todos los núcleos de población de los sistemas de depuración de aguas residuales más idóneos, en función de su volumen de población actual, de las previsiones de crecimiento futuro y de las variaciones estacionales.

Tender a cumplir, en el tratamiento de las aguas residuales, los objetivos de calidad más estrictos, desde el punto de vista ambiental, de entre las normativas técnicas existentes.

Limitar los vertidos industriales a la red general de alcantarillado sin un tratamiento previo, salvo que concurran todos los supuestos siguientes:

o Que tales vertidos no supongan riesgo para la red general por su naturaleza, concentración o régimen de vertido (oscilación del caudal).

o Que los vertidos no incidan sustancialmente, por sí mismos o en combinación con otros, en la eficacia o funcionamiento de la depuradora de la red.

o Que no contengan elementos tóxicos en cantidad tal que supongan un peligro para la calidad de las aguas receptoras del vertido común final. En este sentido, los vertidos no deberán contener elementos que impidan la utilización de los lodos en la agricultura, según lo establecido en las normas sectoriales vigentes al efecto.

La Administración o los órganos competentes promoverán la adopción de las medidas precisas para mejorar y renovar las conducciones de distribución de agua, en particular las destinadas a impedir las pérdidas.

Para la protección de los recursos hídricos (art. 29.2a. PORN), se prohíbe los usos y actuaciones que afecten negativamente a la calidad o cantidad de las aguas superficiales o subterráneas y a su riqueza biológica. En particular, cualquier tipo de vertido directo carente de depuración previa, incluidos los procedentes de las embarcaciones.

Se prohíbe la evacuación de vertidos sólidos de animales a la red general de saneamiento.

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Capítulo 4 31

Además, el Plan en su redacción definitiva deberá tener en cuenta el tratamiento integral de las aguas residuales de todo el municipio.

El Plan en su redacción definitiva deberá contar con una red separativa de las aguas blancas y de manantiales respecto de las de alcantarillado y su conducción a cauces naturales de agua.

Por otra parte, todas las obras e instalaciones de nueva implantación necesitarán autorización de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, respetando en todo caso la zona de servidumbre.

El abastecimiento de agua a las instalaciones precisará de la correspondiente concesión administrativa.

En La Memoria de Ordenación del Plan se señala que el sistema de depuración de agua actual está vinculado al saneamiento de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel, existiendo dos núcleos, La Lastra y Los Fachos, que aún no tienen un sistema de depuración. El PGOU deberá dar solución adecuada a este problema de depuración mediante la construcción de colectores hasta el interceptor del plan de las marismas o, la ejecución de una EDAR, si esta solución no fuese factible.

El documento de aprobación del PGOU de Escalante ha atendido todas las consideraciones emanadas de los distintos organismos y administraciones que velan por la protección de las aguas:

Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar

Confederación hidrográfica del Cantábrico

MARE

Dirección General de Medio Ambiente; Subdirección General de Aguas.

Dirección General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales

Por otro lado en la redacción del PGOU en su aprobación inicial se ha estudiado y aplicado las prescripciones recogidas en la legislación sectorial vigente:

- Ley de Costas

Real Decreto 1471/1989 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Costas, Real Decreto 1112/1992, por el que se modifica el Reglamento General de la Ley de Costas, 1471/1989 y Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas, de carácter estatal, modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral.

- Disposiciones Normativas de obligado cumplimiento de la Confederación Hidrográfica y órgano de Cuenca

Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación.

Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

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Capítulo 4 32

Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, modificado por Ley 11/2005, de 22 de junio y Real Decreto.ley 4/2007, de 13 de abril.

Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, parcialmente modificada por Ley 11/2005, de 22 de junio.

Reales Decretos 849/1986, de 11 de abril, modificado por RD 9/2008, de 11 de enero y 927/1988, de 29 de julio, modificado por el RD 907/2007, de 6 de julio, que aprueban: el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y el Reglamento de Administración Pública del Agua y Planificación Hidrológica, respectivamente.

Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

4.2.1.4. LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA

El Plan propone un cambio de uso de suelo que permitirá la implantación de actividades, especialmente las de carácter industrial, que podrán generar emisiones a la atmósfera de gases y partículas, emisiones luminosas, electromagnéticas y/o ruidos y vibraciones. Se plantea el desarrollo de un polígono industrial en Cornoció de 86.335 m2.

En cuanto a la acción directa, inmediata por el cambio de uso de suelo, la pérdida de suelo edafológico de forma irreversible para su ocupación por construcciones, instalaciones fabriles e infraestructuras supondrá una pérdida de absorción de CO2. Está probado que los suelos fértiles actúan absorbiendo este gas de efecto invernadero. No obstante, desde un punto de vista cuantitativo, la magnitud del efecto será discreta. La cantidad de carbono fijado por una hectárea de cultivo, en forma de CO2, se estima en 30 toneladas por año. El suelo que se perderá en esta función de sumidero de CO2 dejará de absorber una cantidad de CO2 de 1.599 toneladas al año.

Las actividades que se puedan instalar y que puedan ser contaminantes del medio atmosférico tendrán que someterse a la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, debiendo tramitar, según corresponda a la actividad específica en cada caso, Evaluación de Impacto Ambiental y/o Autorización Ambiental Integrada o Comprobación Ambiental.

Respecto de la sostenibilidad ambiental, en relación con la calidad atmosférica, según datos del Gobierno de Cantabria1, la situación preoperacional se puede analizar en función de los siguientes indicadores:

Número de denuncias de la población respecto de la calidad del aire

Existencia de Plan de Mejora de la calidad del aire

1 Parte de esta información procede de la publicación del Gobierno de Cantabria Indicadores de Sostenibilidad. Red Local de Sostenibilidad de Cantabria. Cantabria 2007, y del Instituto Cántabro de Estadística.

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Capítulo 4 33

Balance entre fuentes y sumideros de CO2

Número de vehículos por habitante

Número de viajes sistemáticos por habitante y día

Existencia de Plan de Mejora de la calidad del aire

Número de denuncias de la población respecto de la calidad del aire

El número de denuncias de la población es un indicador de carácter cualitativo que muestra la percepción ciudadana respecto de la calidad del aire y refleja su nivel de satisfacción.

Los municipios con mayor número de denuncias son los de Torrelavega y Camargo. En el Ayuntamiento de Escalante no se ha registrado denuncia alguna.

Existencia de Plan de Mejora de la calidad del aire

El Gobierno de Cantabria, a través de la Red de Control y Vigilancia de la Calidad del Aire de Cantabria, monitoriza en continuo la calidad del aire mediante las estaciones de medida y realiza informes periódicos que son puestos a disposición del público en general y que sirven para orientar la actuación de todas las Administraciones Públicas.

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad de aire y protección de la atmósfera, en su articulo 5.2 establece que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, evaluarán la calidad del aire y podrán establecer valores límite de emisión más estrictos que los que establezca la Administración General del Estado de acuerdo con el articulo 5.1, y adoptarán planes y programas para la mejora de la calidad del aire y el cumplimiento de los objetivos de calidad en su ámbito de territorial.

También, el Real Decreto 1.073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono, establece en su artículo 6 que en las zonas y aglomeraciones en que los niveles de uno o más de los contaminantes regulados superen su valor límite incrementado en el margen de tolerancia o, si éste no está establecido, el valor límite, las Administraciones competentes adoptarán planes de actuación que permitan alcanzar los valores límite en los plazos fijados. Estos planes habrán de integrar todos los contaminantes afectados y contener, al menos, la información a que se refiere el Anexo XII (localización de la superación; información general; autoridades responsables; naturaleza y evaluación de la contaminación; origen de la contaminación; análisis de la situación; etc.).

Con el objetivo de conseguir una mejora sustancial de la calidad del aire a corto plazo, así como el cumplimiento de los límites legales recogidos en la normativa vigente antes mencionada, la Consejería de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Medio Ambiente, ha realizado los estudios tendentes a la elaboración de los planes de mejora necesarios.

En el caso de los municipios que integran la RLSC, tres de ellos cuentan con superaciones de los niveles límite. Por un lado, el municipio de Los Corrales de Buelna, en el que se han producido superaciones del valor límite para partículas PM10 en los años 2004 y 2006, por lo que se aprueba el Plan de Mejora de la Calidad del Aire en el municipio de Los Corrales de Buelna para PM10 (Orden

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Capítulo 4 34

MED/ I 0/2008, de 17 de junio) que permitirá determinar el posible origen de la contaminación atmosférica del municipio.

Por otro lado, se encuentran en elaboración el Plan de Mejora de la Calidad del Aire en la zona de Camargo para PM10 y el Plan de Mejora de la Calidad del Aire en la zona de Barreda (Torrelavega) para PM10.

No existe plan de mejora de la calidad del aire en el municipio de Escalante ni en su comarca.

Balance entre fuentes y sumideros de CO2

El aumento de la concentración atmosférica de gases de efecto invernadero (GEl) contribuye al calentamiento global. La cantidad en la que se encuentran en la atmósfera es el resultado del balance entre las emisiones y absorciones de dichos gases.

Este indicador aproxima el balance correspondiente al CO2, a través de la proporción que existe entre sus fuentes (emisión) y sumideros (absorción), entendiendo como fuente la superficie municipal artificial y como sumidero la superficie municipal ocupada por suelos capaces de capturar el CO2 atmosférico y almacenarlo.

Por la propia definición del indicador, resulta conveniente diferenciar los municipios que presentan balances inferiores a la unidad (predominio de sumideros de CO2) y los que presentan balances superiores a la unidad (predominio de fuentes de CO2).

El municipio de Escalante tiene un valor muy inferior a la unidad, de 0,o8, por lo tanto resulta con un balance positivo en cuanto a su función de sumideros de CO2. Para una mejor interpretación de los valores se indica también los valores para los municipios de Santander y de Torrelavega y para la totalidad de la Comunidad de Cantabria:

Municipio de Escalante: 0,08

Municipio de Santander: 226,82

Municipio de Torrelavega: 1,26

Comunidad de Cantabria: 0,09

La contribución de la ordenación prevista en el Plan a la relación entre superficie artificial respecto de la superficie con capacidad de absorber CO2 variará poco, pasando de 0,08 a 0,09, estando dentro de la media de la comunidad.

Número de vehículos por habitante

Las emisiones de los gases con efecto invernadero, de origen antropogénico, proceden principalmente de la quema de combustibles fósiles en actividades energéticas e industriales y del cambio en los usos del suelo. El sector transporte constituye una importante fuente de emisiones, cuya magnitud puede aproximarse a través del indicador "Vehículos por habitante" que se define como el cociente entre el número de vehículos matriculados en el municipio y el número de habitantes del mismo. Se incluyen turismos, motocicletas, autobuses, furgonetas, camiones, tractores industriales y otros vehículos motorizados.

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Capítulo 4 35

La tasa de vehículos por habitante toma valores en el rango 0,5 - 0,9. Las tasas más bajas se registran en municipios con importantes núcleos urbanos, que actúan como centros funcionales o de servicios para su entorno cercano. Es el caso de Santoña, Castro-Urdiales, Torrelavega, Laredo y Reinosa, con valores inferiores a 0,61 vehículos por habitante. Otros centros funcionales como Santander o Los Corrales de Buelna también presentan tasas pequeñas, por debajo de 0,63 vehículos por habitante.

Por el contrario, las mayores tasas de vehículos por habitante no se ajustan tan claramente a una tipología de municipio. Los valores más elevados corresponden a Cabezón de Liébana, Los Tojos y Noja. Los dos primeros presentan un marcado carácter rural y población reducida, con una tasa de 0,89 vehículos por habitante en ambos casos. Se alcanza un valor comparable en el municipio de Noja, con 0,88 vehículos por habitante, que, a diferencia de los anteriores, es turístico y su población aumenta notablemente en el periodo estival. Tampoco puede establecerse una relación clara entre el mayor valor de la tasa y la movilidad por motivos de trabajo. El municipio de Escalante presenta una tasa alta de 0,82.

Considerando la escala autonómica, se observa que el número de vehículos por habitante ha ido en aumento respecto a años anteriores. Los valores promedio registrados para Cantabria alcanzan los 0,60 vehículos por habitante en 2005; 0,62 en 2006 y 0,65 en 2007. A pesar de esta tendencia, la tasa registrada en Cantabria para 2007 sigue siendo inferior a la media española, situada 0,67 vehículos por habitante. En síntesis:

Municipio de Escalante: 0,82

Municipio de Santander: 0,61

Municipio de Torrelavega: 0,58

Comunidad de Cantabria: 0,65

Media Nacional: 0,67

En relación con la contaminación acústica y lumínica:

El municipio de Escalante no cuenta con la zonificación acústica ni con zonificación lumínica conforme a la legislación vigente en las respectivas materias.

El Plan incluye entre sus criterios de actuación en el suelo urbano el mantenimiento de niveles óptimos de confort ambiental, estableciendo medidas que limiten la contaminación en sus distintas vertientes (atmosférica, acústica, lumínica...), de manera que los usos serán regulados desde la normativa que se proponga, minimizando los impactos de las emisiones que se generen. Se determinará la zonificación acústica que se asegure el cumplimiento de la legislación en función de los diferentes usos y considerando los distintos emisores (variante, usos productivos, etc).

4.2.1.5. LA OCUPACIÓN Y PROTECCIÓN DEL SUELO

Los indicadores sobre la utilización sostenible del suelo, considerados en la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria, se refieren al porcentaje del suelo municipal artificial y al porcentaje de suelo protegido, respecto de la superficie total municipal. La situación actual en el municipio de Escalante es la siguiente:

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 36

Superficie artificial: 5,9 %

Superficie protegida: 55,3 %

Se considera como suelo artificial las zonas urbanas, industriales, comerciales y de transporte, zonas de extracción minera, vertederos, así como zonas verdes artificiales, no agrícolas, en el municipio. En cuanto al suelo protegido, el declarado Espacio Natural Protegido según la Ley 42/2007, 13 de diciembre, del patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la superficie incluida dentro de la Red Natura 2000 (LICs y ZEPAs) y el área de Protección del Oso Pardo.

En la situación futura con el PGOU propuesto los porcentajes serían los siguientes:

Superficie artificial contabilizando el suelo urbano y el urbanizable: 4,63 % del municipio.

Superficie artificial teniendo en cuenta el suelo urbano, el urbanizable y el de extracción minera: 5,9% del municipio.

Superficie protegida: teniendo en cuenta todo el Suelo Rústico de Especial Protección que propone el Plan: 88,7 %.

En relación con la protección del suelo, el Plan General se ha redactado teniendo en cuenta los siguientes criterios:

o Protección de las zonas de mayor valor ecológico y paisajístico.

o Fomento de la implantación de un modelo que huya del desarrollo exclusivamente residencial orientado a la segunda vivienda, fomentando la posibilidad de ampliación de los actuales suelos productivos y de la primera vivienda.

o Se procurará el fomento de un uso intensivo y eficiente del patrimonio edificado, primando la rehabilitación frente a la obra de nueva planta.

o Se abordará el diseño de los nuevos espacios de crecimiento, estructurando los nuevos usos en torno a una red viaria pública de morfología mallada y concentrando los equipamientos y espacios libres en áreas de centralidad.

o Se favorecerá la recuperación y rehabilitación del medio ya transformado, planteándose un desarrollo “de dentro a afuera”. De esta manera, la posible expansión urbana se vincula a la ya existente. Dicho de nuevo, ha de plantearse la creación de pueblo y no de urbanizaciones.

Así, el diseño de los nuevos desarrollos se apoyará en la estructura general y orgánica del territorio y la complementará. Se incentivará la edificación de los solares dentro de los propios cascos urbanos y se favorecerá el crecimiento urbano sobre las áreas dotadas de servicios, de manera que su desarrollo se apoye en los de los diferentes asentamientos.

o Se fomentará la consolidación urbana de los núcleos de población, planteando una ordenación adecuada de los núcleos, basada en el respeto de las morfologías y tipologías existentes en la zona.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 37

4.2.1.6. LA “LECTURA DEL MEDIO”: CAPACIDAD DE ACOGIDA DEL MEDIO

Se refiere la capacidad de acogida a las propiedades intrínsecas que ha de tener el territorio para acoger los usos y actividades del PGOU, especialmente para el residencial e industrial. Los criterios para determinar el grado de capacidad de acogida territorial se refieren a los siguientes:

Pendientes

Riesgos geofísicos:

o Inundabilidad

o Permeabilidad

o Geotecnia

o Sismicidad

o Riesgos por desprendimientos y hundimientos

o Riesgo por incendios forestales

Infraestructuras viarias. Movilidad local y transporte de pasajeros

Servicios locales

Abastecimiento y depuración de agua

Vertederos

Energía

Telecomunicaciones

PENDIENTES

Terrenos con pendientes superiores al 20 % se consideran poco adecuados, necesitando movimientos de tierra que pueden ser importantes.

La totalidad del suelo urbano y urbanizable se localiza sobre terrenos con pendientes inferiores al 10 %.

RIESGOS GEOFÍSICOS

- Inundabilidad

Según los estudios realizados en el municipio, no hay riesgo de inundabilidad por la avenida de los 500 año en las zonas donde se proponen los crecimientos urbanísticos, salvo en parte del Suelo Urbano no consolidado SU3 y SU4 y parte del urbanizable y PESR propuesto al este de la villa de Escalante.

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Capítulo 4 38

- Permeabilidad

En la zona montañosa del municipio al oeste y en la zona de estuario al este, la permeabilidad del suelo es Alto o Media, siendo Baja en la zona llana.

- Geotecnia

En el municipio de Escalante encontramos dos áreas bien diferenciadas desde el punto de vista geotécnico: en la mitad Este, las tierras más cercanas a la marisma presentan tipología I1, mientras que el resto del municipio presenta tipología I2.

La tipología I1 presenta condiciones constructivas aceptables, con algún problema de tipo hidrológico. Se caracteriza por ser materiales recientes de distinta naturaleza:

Aluviones y rellenos fluviales constituidos por Gravas, arenas y limos, zonas de marisma. Es un relieve llano, de estabilidad alta menos en las marismas, con permeabilidad alta, y drenaje superficial fácil y el profundo difícil. Aguanta cargas unitarias medias y bajas, con asentamientos bajos y rápidos.

Coluviones y Eluviones constituidos por arcillas, arenas y limos con bolos angulosos.

Es un relieve llano o con ligera pendiente, con permeabilidad media o baja y drenaje medio o difícil. Aguanta cargas unitarias bajas con asientos medios a largo plazo.

La tipología I2 presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Se caracteriza por ser materiales calcáreos., de forma masiva o estratificada:

Caliza masiva: Duras y compactas, algún punto de karst con relleno arcilloso. Suelo escaso. El relieve es acusado y de estabilidad alta. La permeabilidad es alta, drenaje fácil y con presencia de acuíferos importantes. Aguanta cargas altas de asientos nulos.

Rocas estratificadas: Niveles de caliza, marga, arenisca y dolomía. Suelo arcilloso de variado espesor. Relieve ondulado, estabilidad alta. Semipermeables, drenaje fácil y cargas medias con asientos inapreciables.

- Sismicidad

En cuanto a sismicidad, según la "Norma de Construcción Sismorresistente: Parte general y Edificación" NCSE-02 (RD 997/2002 de 27 de septiembre, publicada en el BOE de 11 de octubre de 2002), en toda la Comunidad Autónoma de Cantabria, la aceleración sísmica básica ab es inferior a 0,04 g, por lo que no es preciso tener en consideración los efectos sísmicos en el cálculo de estructuras.

- Riesgos por desprendimientos, hundimientos

Del Mapa de procesos y riesgos se deduce que ningún suelo urbano o urbanizable se verá afectado por riesgos de esta naturaleza.

- Riesgo de incendios forestales

El municipio de Escalante se encuentra dentro de la comarca Costera Central, la cual presenta un riesgo bajo de incendio.

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Capítulo 4 39

INFRAESTRUCTURAS VIARIAS. MOVILIDAD LOCAL Y TRANSPORTE DE PASAJEROS

La principal vía de comunicación que atraviesa el municipio de sur a noreste es la carretera comarcal CA-148 de Gama (N-634) a Argoños que da acceso a Santoña por la zona de la playa de Berria y El Dueso. Se trata de una carretera con plataforma formada por dos carriles de tres metros y medio y arcenes de un metro a cada lado, el firme posee una capa de rodadura de mezcla bituminosa en caliente cuyo estado no es malo, presentando algún deterioro puntual debido fundamentalmente, a la fatiga del mismo. La intensidad de tráfico que soporta se puede catalogar de media-alta, sobre todo en épocas estivales y a la obligatoriedad que tienen los vehículos pesados de acceder a Santoña por la zona de El Dueso, ya que el acceso por la nueva vía CA-241 a la zona de puerto está prohibido para vehículos pesados.

Esta carretera pasa por el sur del núcleo de Escalante lo que supone la existencia de una travesía de unos doscientos metros que, aún estando convenientemente señalizada, no deja de ser peligrosa para los vecinos de Escalante.

Otra vía importante que atraviesa el municipio es la CA-460 que nace en el núcleo de Escalante y discurre hacia el norte atravesando en mirador del Portillo hacia Noja, desembocando en la CA-147. Se trata de una vía de unos siete metros de plataforma, no dispone de arcenes y carece de señalización horizontal en casi todo su recorrido, lo que unido a un trazado bastante sinuoso, sobre todo en la zona del límite con Arnuero, la hace especialmente peligrosa. El pavimento ha sido repuesto en la actualidad mediante mezcla bituminosa en caliente por lo que su estado es bueno. La intensidad de tráfico que soporta es media, y la utilizan fundamentalmente, los habitantes de la zona para acceder a Santoña o a Noja, además soporta cierta cantidad de vehículos pesados que provienen de la fábrica de prefabricados de hormigón situada al norte del municipio, ya que es su vía de salida hacia la carretera N-634 y la autopista A-8.

Esta carretera se convierte en travesía prácticamente desde el barrio de Baranda hasta el sur del núcleo de Escalante donde se une con la CA-148.

Existe otro eje de comunicación que atraviesa el municipio de este a oeste, se trata de la carretera comarcal CA-461. Esta carretera nace en el núcleo de Escalante y discurre por Noval hacia El Alvareo. Tras atravesar éste núcleo desemboca en la CA-147. Se trata de una carretera de unos 7 m de ancho, sin arcenes cuyo firme está deteriorado en muchas zonas. En la actualidad, entre el Convento de Santa Clara y Noval, se han construido varias viviendas unifamiliares por lo que la carretera en esta zona se convierte casi en travesía.

Existen dos carreteras comarcales que atraviesan el municipio de norte a sur por el extremo oeste y por el extremo este del municipio de Escalante.

La primera de ellas es la CA-241 que pasa de norte a sur por el extremo este uniendo las localidades de Cicero (N-634) con Santoña (entrada zona de puerto) discurre sobre la zona de marismas salva la ría de Santoña con tres puentes y pasa entre Montehano y el Convento de Montehano para desembocar en Santoña junto a la zona del puerto. Se trata de una carretera que ha sido mejorada recientemente, con la reparación total del firme, la construcción de nuevos puentes y la mejora de su trazado. Constreñida por las exigencias del PORN se ha construido sin arcenes y los vehículos pesados tienen prohibida la circulación.

La segunda es la CA-147 por la zona este del municipio va desde Hazas de Cesto a Meruelo. Se trata de una carretera mejorada recientemente con plataforma de dos carriles de 3,5 m y arcenes de 1 m, posee buena señalización tanto horizontal como vertical en ella desembocan la CA-461 y la CA-460.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 40

El resto de pequeñas carreteras y caminos que posee el municipio de Escalante son de competencia municipal.

Como carreteras o caminos pavimentados destaca el que va desde Montehano (CA-241) hasta la CA-148, el que va desde la CA-148 hasta Los Fachos, y el que une la CA-148 con La Lastra. Se trata en todos los casos de pequeñas vías pavimentadas con una pequeña capa de aglomerado o doble tratamiento superficial, de unos 5 ó 6 m de anchura, sin señalización horizontal y con poca señalización vertical.

Al resto de barrios se accede por caminos rurales sin pavimentar que dan acceso también a fincas y prados, y cuya anchura no excede los 5 m por lo general.

En resumen, sólo cuenta con carreteras autonómicas, 15,4 km, y locales, 10,1 km.

En la zona sur del municipio, en las cercanías de Gama, Escalante se ve afectado por la línea de ferrocarril de FEVE Santander-Bilbao que lo atraviesa cercana al núcleo de Cornoció.

En cuanto a la movilidad local, se sintetiza los indicadores de de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria para el municipio de Escalante con datos del Instituto Cántabro de estadística, Encuesta Social de Cantabria 2007, Instituto Nacional de Estadística y Padrón municipal de habitantes 2007:

o Viajes sistemáticos por habitante al día

o Tiempo invertido en viajes sistemáticos

o Porcentaje de viajes sistemáticos por modalidad de transporte

o Existencia de plan de movilidad

Viajes sistemáticos por habitante al día

Este indicador analiza la movilidad diaria de los ciudadanos y se define como el número de viajes sistemáticos realizados por habitante y día en el municipio. Se consideran viajes sistemáticos a los desplazamientos diarios al o del trabajo o el colegia.

Los municipios con una mayor movilidad son los que se sitúan en el área de influencia de Santander y Torrelavega, así como en la franja costera de Cantabria. En su mayoría se trata fundamentalmente de municipios urbanos, periurbanos o turísticos. La menor movilidad se presenta en los municipios rurales.

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Capítulo 4 41

El siguiente cuadro sintetiza los valores para el municipio de Escalante. Se muestra también, para comparación, los datos del municipio de Santander, de algunos municipios vecinos al de Escalante y de los datos de la media de la comunidad de Cantabria.

Municipio

Número de viajes sistemáticos

Varón Mujer

Escalante 2,04 1,33

Santander 2,27 1,62

Santoña 2,26 1,49

Arnuero 2,14 1,39

Argoños 2,26 1,64

Comunidad de Cantabria 2,21 1,61

La tendencia general en toda la Comunidad es la del incremento del índice.

Tiempo invertido en viajes sistemáticos

Se define este indicador como el tiempo que invierte cada ciudadano del municipio en viajes sistemáticos.

Los municipios más urbanos son los que presentan los desplazamientos más altos, entre 12 y 16 minutos en varones y 9 y 12 minutos en mujeres. En los municipios rurales, en el caso de los varones entre 8 y 10 minutos y en la mujeres entre 3 y 6 minutos.

El siguiente cuadro sintetiza los valores para el municipio de Escalante. Se muestra también, para comparación, los datos del municipio de Santander, de algunos municipios vecinos al de Escalante y de los datos de la media de la comunidad de Cantabria.

Municipio

Tiempo invertido en viajes sistemáticos, minutos

Varón Mujer

Escalante 11,97 9,02

Santander 15,59 10,50

Santoña 13,33 10,33

Arnuero 12,54 9,47

Page 27: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 42

Argoños 13,31 11,33

Comunidad de Cantabria 14,47 10,51

La tendencia general en toda la Comunidad es la del incremento del índice, es decir, las necesidades de movilidad de los ciudadanos está en crecimiento.

Porcentaje de viajes sistemáticos por modalidad de transporte

Se define este indicador como el porcentaje de personas que se desplazan en las distintas modalidades de transporte para realizar viajes sistemáticos.

El transporte más utilizado para ambos sexos y en todos los municipios es el privado, seguido por los modos no motorizados (bicicleta y a pié) y por último el transporte público.

El siguiente cuadro sintetiza los valores para el municipio de Escalante. Se muestra también, para comparación, los datos del municipio de Santander, de algunos municipios vecinos al de Escalante y de los datos de la media de la comunidad de Cantabria.

Municipio

Porcentaje de viajes sistemáticos por modalidad de transporte, %

A pie y bicicleta Transporte público Transporte privado

Varón Mujer Varón Mujer Varón Mujer

Escalante 15,21 13,22 1,83 5,89 51,86 27,66

Santander 16,85 18,87 10,92 18,38 55,20 26,17

Santoña 16,42 14,92 2.22 6,93 57,67 30,85

Arnuero 15,90 13,84 1,88 6,22 54,36 28,89

Argoños 16,55 16,41 2,13 7,55 57,65 34,02

Cantabria 15,88 18,63 5,64 11,06 56,85 30,59

La evolución temporal de este indicador sigue en el mismo sentido, acentuándose el uso del transporte privado. Se deberían tomar medidas desde el PGOU para reducir los desplazamientos, creando una mayor accesibilidad, reduciendo la dependencia del automóvil, incrementando las oportunidades de los medios de transporte alternativos, dando prioridad a la inversión en infraestructuras para modos de transporte más respetuosos con el medio ambiente.

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Capítulo 4 43

Existencia de plan de movilidad

Los planes de movilidad deben garantizar una movilidad municipal sostenible, capaz de cubrir las necesidades de accesibilidad, movilidad y calidad de vida de los ciudadanos y, al mismo tiempo, que minimice la presión ejercida sobre el medioambiente.

En los municipios que integran la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria (datos 2008) hay 8 municipios con plan de movilidad, no encontrándose entre ellos el de Escalante.

SERVICIOS LOCALES

El siguiente cuadro sintetiza los valores para el municipio de Escalante. Se muestra también, para comparación, los datos del municipio de Santander, de algunos municipios vecinos al de Escalante y de los datos de la media de la comunidad de Cantabria.

Servicio sociales Escalante Santander Santoña Arnuero Argoños Cantabria

Nº de establecimientos comerciales por mil habitantes

6,57 21,68 25,75 16,88 7,17 19,29

Nº de establecimientos deportivos por mil habitantes

5,07 2,70 3,71 12,78 11,81 4,62

Nº de espacios culturales por mil habitantes

6,57 0,86 2,89 3,91 1,58

Distancia al Centro de Salud, km

2,00 6,50

Nº de médicos por mil habitantes

1,28 0,78 1,12 0,47 0,00 0,92

El valor promedio de la comunidad del número de establecimientos comerciales por mil habitantes es de 19,29, por encima de la media Nacional. Los municipios rurales del interior presentan valores por debajo de 5. Escalante tiene un valor de 6,57, de los más bajos de su comarca.

El número de espacios deportivos por mil habitantes en Escalante es de 5,07, superior al promedio de la comunidad de Cantabria de 4,62, si bien ya no se cuenta con las canchas deportivas que fueron recuperadas por Costas a su espacio natural de las marismas de Santoña.

El número de espacios culturales por mil habitantes alcanza en Escalante el valor de 6,57, superior al promedio de la comunidad de Cantabria 1,58, siendo también superior a municipios de su entorno.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 44

La distancia de la villa de Escalante al Centro de Salud más cercano es de 2 kilómetros, estando en el grupo de municipios donde esta distancia es menor, entre 0,2 y 5 km. Las mayores distancias se encuentran en los municipios de las zonas de Liébana y Valle del Nansa, con distancias superiores a lo 18 km.

El número de médicos por cada mil habitantes en el municipio de Escalante es de 1,28, superando el promedio de la comunidad de Cantabria de 0,92. Se carece de servicio de transporte especial de acceso a los servicios sanitarios.

ABASTECIMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUA

ABASTECIMIENTO

Los recursos de agua dulce del municipio de Escalante estriban fundamentalmente en el arroyo de los Vados, el arroyo de Rionegro, el Arroyo de san Isidro, el Barranco de Ancillo y el arroyo de Pozeirún. Además existen manantiales en la falda del alto de La Llana.

Escalante se abastece del agua almacenada en un depósito existente en Argoños en la zona del Brusco que toma el agua del Plan Asón. Este Plan abastece a los municipios de Limpias, Colindres, Laredo, Voto, Liendo, Bárcena de Cicero, Escalante, Argoños, Noja y Bareyo, algo más de 40000 habitantes. Este Plan toma el agua de la captación que se encuentra en Ampuero directamente en el río Asón y se conduce posteriormente a la Estación depuradora situada junto al núcleo de Tabernilla con una capacidad de tratamiento de 450 l/s. La capacidad técnica máxima actual de abastecimiento del Plan Asón es de aproximadamente 600 l/s, si bien, el consumo instantáneo máximo de la zona de influencia del mismo podría ser ligeramente superior, dada que puede hacerse uso de la capacidad de regulación de los depósitos de cabecera.

En el Rincón de Baranda, paraje en la falda del alto de La Llana de se capta el agua de un manantial y se deposita para abastecer la zona de Baranda. También se capta el agua de un pozo existente en el nacimiento del Pozeirún que se almacena en un depósito construido de 600 m3.

La red de abastecimiento va paralela al camino de la ermita de San Román hasta la CA-460 por la que baja hacia el núcleo de Escalante, desde el que se bifurca en dos por el margen de la CA-148 hacia Gama y hacia Argoños. Esta conducción principal es de fundición de Ø150 mm.

De la conducción principal salen ramales secundarios que abastecen de agua a los barrios de Villanueva, Baranda, Noval, Borroto, Rionegro, Cornoció, Riaño, Los Fachos y La lastra.

La zona de El Alvareo se abastece con un sistema distinto al del resto del municipio. Capta el agua de manantiales existentes en el alto de Cuesta Fría y desde allí se conduce con tubería de fundición a la zona de El Pozo, El Convento y El Alvareo.

Según información proporcionada por la Consejería de Medio Ambiente, Subdirección General de Aguas, la entrada en vigor de la Directiva Marco del Agua impone el establecimiento de unos caudales ecológicos que supondrán una salvaguarda de agua en el río Asón cuya captación quedará reducida.

La Consejería de Medio Ambiente se encuentra ejecutando las obras de finalización de la Autovía del Agua y su conexión con las fuentes de abastecimiento reguladas, así como el Bitrasvase Ebro-Besaya.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 45

La estrategia de abastecimiento de la Consejería contempla el crecimiento histórico del consumo de Cantabria por zonas, no por municipios, extrapolado al año horizonte de la infraestructura, el 2032. Según los datos de consumo, el caudal correspondiente al valor medio de los máximos consumidos en el varano de 2007 aportado al municipio de Escalante fue de 520 m3/día, sin contar con las captaciones propias del municipio. Este volumen diario supone un caudal medio de 6,02 l/s, por lo que desde la Consejería de Medio Ambiente se puede asumir un caudal de suministro de 12,04 l/s para el año horizonte de 2032, lo que representa duplicar el caudal actual. En la tabla siguiente se puede ver los caudales previstos para los años horizontes 2016 y 2032, calculados por Medio Ambiente a partir de los datos de consumo y teniendo en cuenta un crecimiento del mismo del 2,81 % anual.

Año 2007 Año 2016 Año 2032

m3/año Volumen medio, m3/d

Caudal Medio, l/s

m3/año Volumen medio, m3/d

Caudal Medio, l/s

m3/año Volumen medio, m3/d

Caudal Medio, l/s

189.800 520,00 6,02 236.870 648,96 7,51 379.600 1.040,00 12,04

Según los cálculos realizados en el Plan General (vigencia prevista de 15 años), la demanda de agua de abastecimiento para el año horizonte será la siguiente:

Residencial Turístico Productivo Ganadero TOTAL

Actual, m3/d

Futuro m3/d

Actual, m3/d

Futuro m3/d

Actual, m3/d

Futuro m3/d

Actual, m3/d

Futuro m3/d

Actual, m3/d

241,50 244,86 17,28 6,48 0 103,35 177,00 0 790,47

Por tanto se pueden satisfacer las necesidades de abastecimiento de agua desde el Plan Asón.

DEPURACIÓN

Por lo que refiere a las aguas residuales, la red de saneamiento existente recoge las aguas negras y las lleva hacia el colector-interceptor del saneamiento de las marismas de Santoña.

Existe un colector principal, que desciende por el margen de la carretera CA-460 hacia el núcleo y recoge las aguas negras de sendos colectores que evacuan los barrios de Los Palacios, La Canal, Noval, Borroto y Baranda. Dicho colector se adentra en el núcleo de Escalante y a él acometen los desagües domésticos. Finalmente el colector evacua al colector-interceptor, donde también evacúa el barrio de Rionegro.

El núcleo de El Alvareo posee una EDAR en el sur que trata las aguas negras y realiza el vertido del agua tratada a un arroyo.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 46

El núcleo de La Lastra es el único que no posee tratamiento de aguas residuales, realizándose en la actualidad en fosas sépticas particulares. Se prevé en este PGOU la localización de la zona para la construcción de una EDAR de este barrio.

El resto de edificaciones aisladas evacua sus aguas residuales directamente a pequeños cauces naturales o dispone de una fosa séptica a la que vierte.

Por tanto, se detecta deficiencia de sistema de saneamiento tanto en su conducción como en su evacuación y depuración, antes de devolver las aguas a los cauces naturales.

El futuro área industrial en Cornoció puede utilizar la EDAR del polígono industrial de Ambrosero, aunque puede ser posible que, en su momento, esta EDAR necesite una ampliación al aumentar la carga a depurar.

Por tanto, las actuaciones previstas en materia de saneamiento son:

• Construcción de una EDAR municipal en el núcleo de La Lastra.

• Conexión de los puntos de vertido actuales con nuevos colectores interceptores.

• Construcción de red separativa en los nuevos desarrollos.

• Ampliación de la EDAR existente en Ambrosero para el polígono.

Durante los últimos años se han venido ejecutando por la Subdirección General de Aguas obras destinadas a mejorar las infraestructuras de saneamiento del municipio, entre las que se encuentran las siguientes: Saneamiento Barrio Alvareo, Saneamiento Barrio de Baranda (2ª fase), Saneamiento Barrio La Lastra y Los Fachos y el Saneamiento den el Barrio Rionegro.

La infraestructura de saneamiento de mayor relevancia, que afecta al municipio, es la EDAR de San Pantaleón del sistema de saneamiento de las Marismas de Santoña. Esta Estación depuradora de aguas residuales está dimensionada para 324.617 habitantes-equivalente. Los datos para Escalante de los datos de diseño son los siguientes:

Municipio Población Ganadería Industria

Pobla. fija

(1991)

Coef. punta

Pobla. total

(1991)

Pobla. fija

(2025)

Coef. punta

Pobla. Total

(2025)

Cabezas ganaderas

Totales

Cabezas ganado

incorporables

Caudales (l/s)

(1993)

Caudales (l/s)

(1993)

Escalante 744 1,95 1,451 909 1,95 1,773 1.867 1.384 - -

Total 47.450 171.534 64.559 251.405 26.135 9.506 48,0 48,0

El PGOU deberá disponer de red separativa.

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Capítulo 4 47

VERTEDEROS

No se considera necesario la modificación del sistema de recogida de residuos sólidos con respecto al sistema empleado actualmente, consistente en la existencia de contenedores separativos situados en la vía pública.

Los nuevos desarrollos deberán estar preparados para el sistema de recogida separativa, destinando espacios en los viales públicos previstos para la ubicación de los distintos contenedores.

Hasta la fecha el Gestor de Residuos de Cantabria ha considerado suficiente la implantación de un punto limpio móvil en el municipio, sin embargo, ante la previsión de incrementar la población y la actividad en el municipio, puede ser aconsejable instalar un punto limpio fijo.

La solución se deberá consensuar con el Gestor de Residuos. Se considera adecuada para este tipo de dotación una zona situada junto a la antigua cantera de Montehano. Otra alternativa puede ser su ubicación en el área productiva propuesta de Cornoció.

ENERGÍA

ELECTRICIDAD

Existen líneas eléctricas que atraviesa el municipio de Escalante de Este a Oeste.

Cada núcleo de población cuenta con un transformador y a partir de él se desarrolla la red eléctrica de baja tensión que da servicio a cada edificación. Puede decirse que, todos los barrios disponen de electrificación y alumbrado público.

Las líneas eléctricas discurren enterradas en los núcleos principales, exceptuando el alumbrado que es aéreo. En el resto de barrios la red eléctrica es parcial o totalmente aérea.

Todas las infraestructuras de abastecimiento y distribución de energía eléctrica dentro del municipio son propiedad de la compañía distribuidora, E.ON.

Los consumos estimados en el PGOU son los siguientes:

o Demanda residencial: 6,0 MVA

o Demanda de usos privados no residenciales: 1,8 MVA

o Demanda equipamientos: 2,4 MVA

o Demanda alumbrado público: 0,3 MVA

o Total potencia estimada: 10,5 MVA

La demanda total estimada es inferior a la que EON puede suministrar.

GAS NATURAL

El municipio posee suministro de gas natural, consistente en una línea de distribución que accede por la zona de Gama y discurre hacia el norte pasando por Noval y luego se desvía hacia el noroeste para salir del municipio. De esta línea sale un ramal que llega hasta el núcleo de Escalante

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 48

encontrándose la acometida preparada para que se pueda efectuar la distribución de gas por la zona urbana de la villa.

TELECOMUNICACIONES

Todos los núcleos urbanos poseen las telecomunicaciones básicas como son línea de teléfono y repetidor para sintonizar la televisión y radio.

4.2.1.7. LA COHERENCIA Y COMPATIBILIDAD CON OTROS PLANES

Teniendo en cuenta la información recopilada y la proporcionada durante la fase de consultas previas, los principales proyectos y planes que puedan afectar o estar relacionados con el PGOU de Escalante son o podrán ser los siguientes:

- Plan General de Ordenación Urbana de los municipios limítrofes.

- Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria.

- Plan de Ordenación de los Recursos naturales de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

- Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral.

Plan General de Ordenación Urbana de los municipios limítrofes

Escalante limita con los siguientes municipios: Argoños, Arnuero, Meruelo, Hazas de Cesto y Bárcena de Cicero.

Municipio de Argoños

Este municipio mantiene como figura de planeamiento vigente el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo CROTU el 5-12-2006 y publicado en el Boletín Oficial de Cantabria el 16-3-2007 del mismo año. El área de contacto entre ambos municipios se clasifica de la siguiente forma:

La Unidad territorial de Encinar Costero de la Sierra de la Arnilla y Monte El Cueto (protegida con Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística) se prolonga al municipio de Argoños con un SueloRústico de Especial Protección Forestal.

La Unidad territorial de Llanura costera de mieses y prados clasificada en Escalante como Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola delimita con el municipio de Argoños con Suelos Rústicos de Especial Protección Agropecuaria, con el Suelo Urbano de Arredondo y el Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica de los terrenos que van de la carretera Ca-148 a la zona estuarina de las Marismas de Santoña.

Los Suelos Urbanos y Urbanizables de los Fachos no presentan continuidad en Argoños delimitando con Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 49

Municipio de Arnuero

El planeamiento vigente en el municipio de Arnuero son las Normas Subsidiarias tipo B aprobadas por la CROTU el 17-11-1999, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el 2-8-2000. El área de contacto entre ambos municipios es clasificada según las Normas Subsidiarias de Arnuero como una categoría genérica de Suelo No Urbanizable de Protección, preservado de cualquier proceso urbanizador que pueda desvirtuar su carácter y limitar la planificación futura de crecimiento ordenado, siendo coherente con el Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística del municipio de Escalante.

Municipio de Meruelo

El planeamiento vigente en el municipio de Meruelo son las Normas Subsidiarias tipo B aprobadas por la CROTU el 27-05-1999, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el 18-08-1999. El área de contacto entre ambos municipios es clasificada según las Normas Subsidiarias de Meruelo como una categoría genérica de Suelo No Urbanizable de Protección Forestal y Paisajística, siendo coherente con los Suelos Rústicos de Protección Agrícola y Forestal del municipio de Escalante.

Municipio de Hazas de Cesto

El planeamiento vigente en el municipio de Hazas de Cesto son las Normas Subsidiarias tipo B aprobadas por la CROTU el 1-3-1999, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el 20-4-1999. El área de contacto entre ambos municipios es clasificada según las Normas Subsidiarias de Hazas de Cesto como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por su valor agrícola, por su Valor Ecológico en el río Campiezo y su bosque de ribera, y por su vulnerabilidad en aquellos terrenos que por la inundabilidad del río Campiezo manifiestan una evidente fragilidad ante la acción urbanizadora.

Según el planeamiento propuesto en Escalante, el Suelo Rústico de Protección Ecológica y de Ribera es coherente con el Suelo No Urbanizable de Especial Protección por su Valor Ecológico y por su vulnerabilidad de las NNSS de Hazas de Cesto.

El Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola y Forestal del planeamiento de Escalante coincide con el Suelo No Urbanizable de Especial Protección por su valor Agrícola de Hazas de Cesto.

Municipio de Bárcena de Cicero

El municipio de Bárcena de Cicero mantiene como figura de planeamiento vigente las Normas Subsidiarias tipo B aprobadas por la Comisión Regional de Urbanismo el 17-11-1999 y publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el 10-1-2000. El área de contacto entre ambos municipios es clasificada según dichas Normas Subsidiarias en

Suelo de Protección Forestal en la Peña Pesquera y el Molar coincide con el Suelo Rústico de Especial Protección Forestal del planeamiento de Escalante.

Suelo Urbanizable Delimitado en el Polígono Industrial de Ambrosero que coincide con el Suelo Urbanizable Industrial de Escalante.

Suelo urbano de Gama continua en Escalante con un Suelo Urbano Consolidado.

Suelo de Protección Ecológico-Paisajística grado 1 en las Marismas de Escalante coincide con el Suelo Rústico de Especial Protección por Marisma en Escalante.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 50

Suelo de Protección Ecológico-Paisajística grado 2 en las zonas aledañas a la marisma de Escalante coincide con los Suelos Rústicos de Especial Protección Agrícola.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 51

Clasificación del suelo del PGOU del municipio de Escalante en relación con los planeamientos de los municipios colindantes.

Page 33: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 52

Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria

Ver punto 4.2.1.2. EL PLAN EN RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, VEGETACIÓN, FAUNA Y ESPACIOS NATURALES.

Plan de Ordenación de los Recursos naturales de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel

VER PUNTO 3.2.10.1. PARQUE NATURAL DE LAS MARISMAS DE SANTOÑA, VICTORIA Y JOYEL y punto 4.2.1.2. EL PLAN EN RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, VEGETACIÓN, FAUNA Y ESPACIOS NATURALES.

Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral

El Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral (PESC) se redactó en cumplimiento del artículo 67 de la Ley 2/2004 de septiembre, con la finalidad de conseguir una adecuada protección y ordenación de los senderos y de los elementos patrimoniales, naturales y paisajísticos relacionados con los mismos, así como su conservación y mantenimiento en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En particular, son sus objetivos los siguientes:

Establecer el marco regulador para las obras de recuperación, restauración y creación de sendas y caminos con la finalidad de conseguir un uso racional del territorio litoral así como la conservación y mantenimiento de sus valores naturales, paisajísticos y elementos patrimoniales.

Favorecer e incentivar el conocimiento del litoral como elemento patrimonial de la Comunidad Autónoma, promoviendo el uso y disfrute de la naturaleza como espacio de cultura y de ocio, ordenando su uso público y fomentando el conocimiento del medio de acuerdo con la necesaria protección y conservación de la naturaleza.

Integrar los caminos y sendas que discurran por el litoral de la Comunidad Autónoma en las redes nacionales e internacionales existentes.

Recuperar y conservar el patrimonio tradicional así como la riqueza histórica, artística, monumental, etnográfica, ambiental y paisajística del mismo al objeto de fortalecer el conocimiento del litoral como elemento territorial y cultural de la región.

Favorecer la integración de los caminos tradicionales y sus elementos dentro de los nuevos modelos de desarrollo.

Homogeneizar la señalización de todas las vías y caminos incluidos en este Plan Especial, evitando la dispersión en las tipologías de señales empleadas, al objeto de garantizar un uso seguro y eficaz.

Incentivar el establecimiento de recorridos accesibles a discapacitados y personas con movilidad reducida en los entornos periurbanos.

Establecer una estrategia de divulgación y educación ambiental que promueva el conocimiento del litoral, arbitrando los medios adecuados a tal fin.

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Capítulo 4 53

El PESC distingue dos categorías de recorridos:

Gran Recorrido Litoral (GRL) o Senda Costera: es el recorrido que configura el corredor costero de la Comunidad formado por un conjunto de pequeños Recorridos Litorales que por su proximidad a la costa y la continuidad entre ellos puede integrarse en redes supraautonómicas y supranacionales.

Pequeños Recorridos Litorales (PRL) o Caminos litorales: son aquellos recorridos que nacen, se apoyan y complementan el Gran Recorrido Litoral, permitiendo enlazar la Senda Costera con múltiples puntos del interior de la región.

El Ámbito del PESC es el mismo que el Plan de Ordenación del Litoral.

En el municipio de Escalante no figura senda alguna dentro del POL y del PESC, aunque se han trazado fuera del ámbito las siguientes:

Senda nº 13: Recorrido de la marisma de Escalante, categoría PRL.

Senda nº 14: Ascensión a Montehano, categoría PRL

Senda nº 15: Recorrido marisma de Ancillo, categoría PRL.

En relación con el planeamiento urbanístico, se estará a lo dispuesto en su artículo 6:

1. El presente Plan Especial vincula y prevalece sobre los instrumentos de planeamiento urbanístico de los municipios a los que afecte, que deberán recogerlo en su primera revisión o en aquellas modificaciones que puedan afectar al ámbito de la senda o alguna de las determinaciones de desarrollo de las mismas.

2. La adaptación del planeamiento municipal a este Plan Especial no podrá suponer la modificación de los usos de las sendas.

3. La aprobación del Plan Especial y sus variaciones implicará la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios.

4. La aprobación de los proyectos de las sendas implicará la necesidad de ocupación a efectos expropiatorios de los terrenos afectados por los tramos de GRL y de los PRL.

El Plan General no presenta incompatibilidad con este Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 54

Plan Especial de de la Red de Sendas y Caminos del Litoral. Sendas en el municipio de Escalante.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 55

4.2.1.8. LA COHERENCIA INTERNA DEL PGOU PROPUESTO

El PGOU que se presenta muestra una ordenación y usos del suelo que da respuesta a las necesidades de un nuevo planeamiento municipal ajustado a:

o La actual legislación urbanística, territorial y de protección ambiental, tanto del patrimonio natural como del cultural.

o Los profundos cambios producidos en el municipio en los últimos años en los ámbitos social, demográfico y económico: envejecimiento de la población, estancamiento demográfico, altas tasas de paro, retroceso de la actividad agropecuaria, deficiencias en infraestructuras básicas, agotamiento del suelo residencial, falta de suelo para la implantación de industrias y pérdida de identidad de los núcleos rurales y tradicionales.

Desde el punto de vista de la protección ambiental, el suelo rústico ha tenido en cuenta las diferentes figuras de protección de los espacios naturales del municipio incluidos en la Red Ecológica Europea Natura 2000 y en el Parque Natural de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel. Además. El Plan se ha ajustado al Plan de Ordenación del Litoral y ha protegido nuevos espacios como las riberas fluviales. El resultado es que el Suelo Rústico de Protección Ordinaria totaliza 775.436 m2 (el 4,46 % del municipio) y el de Especial Protección 15.405.341 m2 (el 88,7 % del municipio).

Además, se da satisfacción a las demandas de suelo residencial acorde con el previsible crecimiento del municipio, con una superficie de Suelo Urbanizable de 239.860 m2 de los que 33.680 m2 se destinarán a equipamiento deportivo en compensación a la recuperación de las canchas deportivas en la zona de la Ribera que han sido recuperadas como espacio natural de marisma.

Para fomentar la instalación de industrias en el municipio, lo que podrá ayudar a la creación de puestos de trabajo y a fijar población residente, el Plan propone un Suelo Urbanizable en la zona de Cornoció, al suroeste del municipio, de 86.335 m2, junto al polígono industrial de Ambrosero y a la línea de ADIF Santander-Bilbao.

Coherente con los objetivos de protección del medio ambiente y con la sostenibilidad del recurso suelo, el Plan planifica teniendo en cuenta el uso intensivo y eficiente del patrimonio edificado, primando la rehabilitación frente a la obra de nueva planta y vinculando la expansión urbana a la ya existente, creando pueblo y no urbanizaciones.

Por otra parte, el Plan promueve la consolidación de los núcleos rurales y tradicionales planteando una ordenación adecuada de los núcleos basada en el respeto de las morfologías y tipologías existentes en la zona.

En cuanto al patrimonio cultural, se mantiene la protección del casco histórico de Escalante, regulando las intervenciones posibles desde la óptica de la integración en la trama heredada mediante la asignación de alineaciones y volúmenes concretos a los solares vacantes. Se revisará el catálogo de elementos protegidos y se establecerán las diferentes categorías de protección y criterios de intervención en función del valor específico de los elementos inventariados.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 56

4.2.2. SEGUNDO NIVEL: ADECUACIÓN DEL PLAN AL MEDIO

El objeto es analizar la adecuación de la ordenación que se propone a las características ambientales del municipio; es decir, verificar que los nuevos suelos se ubican en las zonas donde la capacidad de acogida resulte más favorable y el impacto a recibir menor.

4.2.2.1. METODOLOGÍA

Se basa en la técnica de superposición del mapa de clasificación de suelo sobre el mapa de unidades territoriales mediante una herramienta GIS.

Las acciones de impacto se corresponden, por tanto, con la clasificación del suelo que propone el Plan:

Suelo Rústico

Núcleos rurales

Plan especial de Suelo Rústico en Quintana y en Curera

De Especial Protección:

o Agrícola

o Forestal

o Ecológica

o De Ribera

o Marisma

o Paisajística

De Protección Ordinaria

Suelo Urbanizable

Residencial

o Los Fachos

o Oeste villa de Escalante

o Este villa de Escalante

Industrial en Cornoció

Page 36: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 57

Suelo Urbano

Residencial Consolidado

Residencial No Consolidado

De Protección Especial

Industrial

Núcleos tradicionales

Estas actuaciones de impacto afectarán a los valores de las distintas unidades territoriales. La valoración de estas unidades se muestra en la Tabla 3.42, y se realizó en función de los méritos de sus componentes ecológico, cultural/científico, paisajístico, agropecuario, silvícola y ambiental.

En consecuencia, la técnica empleada para la valoración del impacto sobre las unidades territoriales está basada en la estimación del grado de ocupación de la unidad y de sus valores de conservación:

IUi,j,k = f(Si,j, , Ci,k).

Donde:

IUi,j,k = Impacto de la Unidad territorial i por la acción j sobre el valor k.

Si,j = Superficie ocupada de la Unidad territorial i por la acción j/Superficie total de la Unidad territorial en el municipio.

Ci,k = Valor de conservación o mérito del componente k de la Unidad territorial i.

Se empleó el modelo de cálculo siguiente:

IUi,j,k = % Si,j x Ci,k

Este modelo se aplica, por tanto, en cada unidad territorial a cada uno de los componentes que aportan mérito o valor de conservación: ecológico, cultural/científico, paisajístico, agropecuario, silvícola y ambiental.

El valor de conservación de cada componente que se utiliza es el correspondiente utilizado para la determinación de la valoración de cada unidad territorial en porcentaje.

Los valores obtenidos de IUi,j,k se estandarizan según el siguiente criterio:

IUi,j,k Significación del impacto

IUi,j,k 50 Muy Significativo

25 IUi,j,k < 50 Significativo

10 IUi,j,k < 25 Medianamente Significativo

1 IUi,j,k < 10 Poco Significativo

IUi,j,k < 1 Nada Significativo

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 58

4.2.2.2. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS

4.2.2.2.1. SUELO RÚSTICO

SITUACIÓN DE PARTIDA

El término municipal de Escalante dispone de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas por la Comisión Regional de Urbanismo el 4 de mayo de 1987 y publicadas en el BOC el 24 de Noviembre de 1987. El Suelo No Urbanizable corresponde al suelo rústico del municipio. Prácticamente todo el suelo que no está consolidado con edificaciones tiene por uso el agrícola, de pastos o forestal. En las Normas vigentes se diferencian los siguientes:

a) Suelo No Urbanizable: correspondiente a suelo rústico de protección ordinaria en torno al núcleo de Escalante y al entorno de los núcleos rurales de Riaño, Borroto, Baranda, Rincón de la Canal, Noval, Juncal, Juecos, Quintana y Rionegro, que por su integración en la urbanización no son susceptibles de protección alguna.

b) Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola Ganadera: corresponde a casi la totalidad de las zonas no edificadas y carentes de masas arbóreas existentes, cuyo uso está enfocado al tradicional en aquella época de agrícola y ganadero, que constituía el equilibrio productivo básico de la economía rural.

c) Suelo No Urbanizable de Interés Forestal: corresponde a aquellas áreas de monte y arboladas situadas en las zonas más accidentadas del municipio.

d) Suelo No Urbanizable de Interés Paisajístico: corresponde a aquellas áreas de equilibrio frágil y alto valor paisajístico. Está situado en Montehano y los aledaños del Convento de San Sebastián de Montehano.

PROPUESTA DEL PLAN

La normativa basa el criterio para la determinación de suelo rústico de especial protección por presentar valores que aconsejan su preservación del proceso urbanizador. Los valores que en concreto cita el art. 108 de la LOTRUSCA son los siguientes: paisajístico, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, agrícolas y de riesgos naturales.

Rústico de Protección Forestal

El Suelo Rústico de Protección Forestal en el PGOU es de 4.764.370 m2, lo que representa la ocupación del 27,43 % de la superficie municipal. Este suelo se distribuye en su totalidad en los terrenos de repoblación de eucalipto. Las unidades territoriales implicadas son las siguientes:

% del Suelo de Especial Protección Forestal en unidades territoriales

Unidades territoriales

100 % Monte (MO) Plantación (PF)

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 59

La valoración y significación de los impactos derivados de clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.1.

El impacto positivo se dará en la productividad económica ligada al aprovechamiento de los valores silvícolas.

El PGOU pretende la protección de los usos maderables en aquellas zonas de monte consolidadas ya por su actividad, favoreciendo la concentración de estas explotaciones en espacios determinados y permitiendo la conservación del monte restante, potenciando siempre la recuperación de las especies autóctonas.

Rústico de Protección Paisajística

El Plan delimita un suelo de Protección Paisajística de 880.524 m2, el 5,07 % del territorio municipal. Se corresponde con las laderas de alta exposición visual del relieve litoral de Montehano y los montes de encinar relicto del Alto El Cueto. Las unidades ambientales sobre las que se desarrolla este suelo son las siguientes:

% del Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística en unidades territoriales

Unidades territoriales

57,5 % Relieve Litoral (RL)

42,5 % Monte (MO) Encinar (En)

La valoración y significación de los impactos derivados de clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.2. Cabe destacar la potencial protección que se ejerce sobre el relieve litoral de Montehano y el encinar relicto del Alto El Cueto en sus valores ecológico, cultural, paisajístico, silvícola y ambiental. Las condiciones generales de uso son las de protección del medio ambiente.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 60

SUPERFICIE SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN FORESTAL 4.764370 m2

-Monte (MO) Plantación (PF) 4.764370 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Monte (MO) Plantación (PF) 100 0 0,2 0,2 0 1 0,2

RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN FORESTAL

SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Monte (MO) Plantación (PF) Nada

Significativo

Medianamente

Significativo

Medianamente

Significativo

Nada

Significativo

Muy

Significativo

Medianamente

Significativo

Cuadro 4.1. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Especial Protección Forestal.

Page 39: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 61

SUPERFICIE SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA 880.524 m2

-Relieve Litoral (RL)

-Monte (MO) Encinar (En)

506.289 m2

374.235 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Relieve Litoral (RL) 100 0,8 0,6 1 0 0,6 0,8

Monte (MO) Encinar (En) 61,5 1 1 1 0 1 1

RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA

SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Relieve Litoral (RL) Muy Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Nada Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Monte (MO) Encinar (En) Muy

Significativo Muy

Significativo Muy

Significativo Nada

Significativo Muy

Significativo Muy

Significativo

Cuadro 4.2. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística.

Page 40: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 62

Rústico de Protección Ecológica

Se corresponde con los bosquetes de robledal autóctono y de encinar costero que destacan por sus valores ecológicos. La superficie delimitada es de 699.790 m2, el 4,03 % del territorio municipal. Las unidades territoriales afectadas son las siguientes:

% del Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica en unidades territoriales

Unidades territoriales

66,52% Monte (MO) Robledal (RO)

33,47 % Monte (MO) Encinar (En)

La valoración y significación de los impactos derivados de la clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.3. Destacan los valores muy significativos ecológico, cultural, paisajístico, silvícola y ambiental de los bosquetes de robledal y encinar que de esta manera quedan preservados de procesos de transformación del territorio, permitiéndose usos compatibles con la conservación de sus valores naturales.

Rústico de Protección Riberas

Se han protegido los ecosistemas de riparia del río Campiezo y sus afluentes y del Arroyo de Río Negro y Pozeirún. Se la unidad de Monte (MO) Ribera (RI) se incluye los cauces y lechos de los ríos y arroyos, los bosques de ribera del río Campiezo, el LIC ES 1300007 y bosque de riparia del arroyo de Río Negro y se ha delimitado una banda de 5 metros a cada lado del eje del cauce del arroyo Pozeirún. El suelo así delimitado comprende en su totalidad 156.777m2, lo que representa el 0,9 % del territorio municipal.

% del Suelo Rústico de Especial Protección Riberas en unidades territoriales

Unidades territoriales

100 % Monte (MO) Ribera (RI)

La valoración y significación de los impactos derivados de clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.4. Cabe destacar como positivo la protección que se ejercerá sobre los valores ecológicos, ambientales, paisajísticos, silvícolas y culturales de las unidades de riberas fluviales de cauces y lechos que alcanzan la máxima significación.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 63

Rústico de Especial Protección Agrícola

Comprende una superficie total de 6.463.730 m2, lo que representa el 37,22 % de la superficie del municipio. Las unidades territoriales afectadas son de Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM) Y Terrazgo de Ribera (TR).

% del Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola en unidades territoriales

Unidades territoriales

94,7 % Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

5,3 % Terrazgo de Ribera (TR)

La valoración y significación de los impactos derivados de la clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.5. Cabe destacar el impacto muy significativo que la protección ejercerá sobre los valores agrícola, paisajístico y cultural y el impacto significativo sobre el valor ecológico.

Page 41: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 64

SUPERFICIE SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN ECOLÓGICA 699.790 m2

-Monte (MO) Robledal (RO)

-Monte (MO) Encinar (En)

465.531 m2

234.259 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Monte (MO) Robledal (RO) 100 1 1 1 0 1 1

Monte (MO) Encinar (En) 38,5 1 1 1 0 1 1

RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN ECOLÓGICA

SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Monte (MO) Robledal (RO) Muy Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Nada Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Monte (MO) Encinar (En) Significativo Significativo

Significativo

Nada Significativo Significativo Significativo

Cuadro 4.3. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Especial Protección Ambiental.

Page 42: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 65

RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN RIBERAS

SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Ribera Fluvial Muy Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo Nada

Significativo Muy

Significativo Muy

Significativo

Cuadro 4.4. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Especial Protección de Riberas.

SUPERFICIE SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN RIBERAS 156.777 m2

Monte (MO) Ribera (RI) 156.777 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Monte (MO) Ribera (RI) 100 1 1 1 0 1 1

Page 43: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 66

SUPERFICIE SUELO RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN AGRÍCOLA 6.463.730 m2

-Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

-Terrazgo de Ribera (TR)

6.120.612,7 m2

343.117,2 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

85,1 0,4 0,6 0,6 1 0 0,2

Terrazgo de Ribera (TR) 100 0,4 0,6 0,8 1 0 0,2

RÚSTICO DE ESPECIAL PROTECCIÓN AGRÍCOLA

SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM) Significativo Muy Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Nada Significativo

Medianamente Significativo

Terrazgo de Ribera (TR) Significativo Muy Significativo

Muy Significativo

Muy Significativo

Nada Significativo

Medianamente Significativo

Cuadro 4.5. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Especial Protección Agrícola.

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Capítulo 4 67

Suelo Rústico Ordinario

El Suelo Rústico Ordinario contabiliza una superficie de 775.436 m2, el 4,46 % de la superficie municipal, distribuido en su mayoría por Mieses y Laderas Bajas (Terrazgos de Monte):

% del Plan Especial de Suelo Rústico Unidades territoriales

100 % Mies (MI) y Terrazgo de Monte(TM)

La valoración y significación de los impactos derivados de la clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.6.

El Suelo Rústico de Protección Ordinaria delimitado por el Plan por distintos motivos no reúne los requisitos necesarios para una especial protección, pero se deben preservar de las construcciones propias de las zonas urbanas y de su desarrollo urbano integral.

El uso de estos terrenos deberá ser de conformidad con la naturaleza de los mismos. Cabe destacar los impactos negativos que alcanzarían las transformaciones irreversibles de las unidades de Mieses (MI) y de Terrazgo de Monte(TM), de Medianamente Significativo en cuanto a sus valores agrícolas y Poco significativo en cuanto a sus valores culturales, paisajísticos, ecológicos y ambientales.

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Capítulo 4 68

SUPERFICIE DE SUELO RÚSTICO ORDINARIO 775.436 m2

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM) 775.436 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

12 0,4 0,6 0,6 1 0 0,2

RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mieses Poco

Significativo Poco

Significativo Poco

Significativo

Medianamente

Significativo Nada

Significativo Poco

Significativo

Cuadro 4.6. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Protección Ordinaria.

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Capítulo 4 69

Plan Especial de Suelo Rústico en Quintana y Curera

Ambos Planes Especiales de Suelo Rústico contabilizan una superficie de 382.263 m2, el 2,2 % de la superficie municipal, distribuido en su mayoría por Mieses y Laderas Bajas (Terrazgos de Monte):

% del Plan Especial de Suelo Rústico Unidades territoriales

100 % Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

La valoración y significación de los impactos derivados de clasificación de suelo se muestra en el Cuadro 4.7.

El Documento de Plan incluye unos objetivos y unas normas específicas para el desarrollo del Plan Especial de Suelo Rústico, cuyos criterios de ordenación han de ajustarse a lo establecido en el artículo 114 de la Ley de Cantabria 3/2012.

El uso de estos terrenos deberá ser de conformidad con la naturaleza de los mismos. Cabe destacar los impactos negativos que alcanzarían las transformaciones irreversibles de las unidades de Mieses (MI) y de Terrazgo de Monte(TM), de Poco Significativo en cuanto a sus valores agrícolas, culturales, paisajísticos y ecológicos.

Page 47: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

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Capítulo 4 70

SUPERFICIE PLAN ESPECIAL DE SUELO RÚSTICO 382.262 m2

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM) 382.282 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

5,3 0,4 0,6 0,6 1 0 0,2

RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Mieses Poco

Significativo Poco

Significativo Poco

Significativo Poco

Significativo Nada

Significativo Nada

Significativo

Cuadro 4.7. Valoración y significación de los impactos del Suelo Rústico de Protección Ordinaria.

Page 48: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

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Capítulo 4 71

4.2.2.2.2. SUELO URBANIZABLE Y SUELO URBANO

SITUACIÓN DE PARTIDA

El Suelo Urbanizable se concentra en la zona de Carramigel, denominado como Los Fachos, con un área de 77.915,69 m2

El Suelo Urbano Residencial del municipio se encuentra localizado en la parte centro oriental del mismo, conformando el núcleo principal de Escalante. Además existen en las NNSS una serie de núcleos rurales salpicados por el resto del municipio, que de norte a sur y de este a oeste son: Los Palacios, Baranda, Borroto, La Lastra, El Alvareo, Noval, La Iglesia, El Convento de San Juan (Juncal), Quintana, Riaño y Rionegro.

En la falda norte y este de Montehano se definen en las NNSS vigentes dos áreas industriales dedicadas a la extracción y transformación de material pétreo. La situada al norte tiene su actividad paralizada y cerrada, la situada al este no realiza extracción pero sí transformación de dolomía.

En cuanto al Suelo Urbano, las NNSS delimitan un total de 640.661,64 m2, de los que 476.836,64 m2 , el son para uso residencial y 163.825 m2 para uso industrial. En conjunto, el Suelo Urbano ocupa el 3,69 % del municipio.

Además las NNSS señalan zonas verdes y sistemas generales de equipamiento deportivo con 10.104,13 m2 y 7.690,6 m2 respectivamente

PROPUESTA DEL PLAN

El PGOU propone un Suelo Urbanizable con una ocupación de 239.860 m2, el 1,38 % del municipio, diferenciado en dos categorías: residencial con 153.525 m2 e industrial con 86.335 m2

El Suelo Urbanizable es el suelo que el Plan delimita para la expansión del municipio y se hace esencialmente sobre suelo de la unidad territorial de Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM).

El Suelo Urbano del Plan comprende una superficie de 552.336 m2, el 3,18 % del territorio municipal, distribuido en las siguientes categorías: Suelo Urbano Consolidado: 460.204 m2, , Suelo Urbano de Protección Especial: 19.299,6 m2 , Suelo Urbano No Consolidado: 51.596 m2 y Suelo Industrial: 21.235 m2.

En Suelo Rústico también se definen Núcleos Urbanos de 12.581,3 m2

El impacto de estos suelos sobre las unidades territoriales tendrá un efecto acumulativo por lo que se ha hecho de forma conjunta, es decir, considerando la totalidad de los suelos urbanos (núcleo urbano consolidado y no consolidado, suelo urbano de protección especial, núcleo en suelo rústico, suelo urbano industrial) y urbanizables (suelo urbanizable residencial y suelo urbanizable industrial).

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Capítulo 4 72

El conjunto de estas categorías de suelo es de 804.776,3 m2, el 4,6 % del municipio que se distribuye sobre las unidades territoriales de la siguiente manera:

% del Suelo Urbanizable + Suelo Urbano Unidades territoriales

61,15 % Núcleo Urbano (NU)

36,2 % Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

2,6% Suelo Industrial (SI)

La valoración y significación de los impactos derivados de los suelos urbanizables y urbanos se muestra en el Cuadro 4.8.

El único impacto negativo que adquiere cierta relevancia, se produce por la ocupación irreversible que se producirá sobre unidades territoriales de Mieses (3,8 % del total de mieses), unidades con alto valor agropecuario, cultural y paisajístico.

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Capítulo 4 73

SUPERFICIE SUELO URBANIZABLE + URBANO 804.776 m2

Núcleo Urbano (NU)

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

Suelo Industrial (SI)

492.085 m2

291.456 m2

21.236 m2

VALOR DE CONSERVACIÓN COMPONENTES AMBIENTALES, Ci,k

UNIDAD TERRITORIAL % de ocupación, % Si,j Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Núcleo Urbano (NU) 100 0 0,6 0,6 0 0 0

Suelo Industrial (SI) 100 0 0,6 0,6 0 0 0

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM)

3,8 0,4 0,6 0,6 1 0 0,2

Cuadro 4.8. Valoración y significación de los impactos del Suelo Urbanizable más el Suelo Urbano.

Page 50: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

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Capítulo 4 74

SUELO URBANO Y URBANIZABLE SIGNIFICACIÓN DEL IMPACTO

UNIDAD TERRITORIAL Ecológico Cultural Paisajístico Agrícola Silvícola Ambiental

Núcleo Urbano (NU) Nada Significativo

Muy

Significativo Muy

significativo Nada

Significativo Nada

SignificativoNada

Significativo

Suelo Industrial (SI) Nada Significativo

Muy

Significativo Muy

significativo Nada

Significativo Nada

SignificativoNada

Significativo

Mies (MI) y Terrazgo de Monte (TM) Poco Significativo

Poco Significativo

Poco Significativo

Poco Significativo

Nada Significativo

Nada Significativo

Cuadro 4.8. Valoración y significación de los impactos del Suelo Urbanizable más el Suelo Urbano (continuación).

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Capítulo 4 75

4.2.3. TERCER NIVEL: EVALUACIÓN DE LOS SUELOS TRANSFORMADOS Y DEL PLAN ESPECIAL EN SUELO RÚSTICO

Este nivel hace una evaluación de los suelos que el Plan propone para el desarrollo urbanístico para uso residencial y para uso industrial; es decir, los suelos urbanos e urbanizables:

Suelo urbanizable residencial al oeste de la villa de Escalante

Suelo urbanizable residencial al este de la villa de Escalante

Suelo urbanizable industrial Cornoció

Suelo urbano y urbanizable de Los Fachos

Suelo urbano villa de Escalante

Suelo urbano El Alvareo

Suelo urbano industrial

Plan Especial de Suelo Rústico en Quintana y en Curera

Desarrollo de los núcleos rurales y tradicionales

4.2.3.1. SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL AL OESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE

Ocupa 33.680 m2 quedando embutido entre el suelo urbano de la villa de Escalante y el Plan Especial de Suelo Rústico (PESR) en Quintana a su oeste.

Se encuentra este suelo afectado por el PORN da las marismas de Santoña, Victoria y Joyel, estando dentro de la categoría de Uso Especial. Esta categoría está compuesta por todos aquellos terrenos no incluidos en las unidades primarias y secundarias que integran de forma específica las Áreas de Reserva, Uso Moderado o Uso Intensivo; entre las que se encuentran:

- Playas

- Instalaciones asociadas a la gestión o al uso público

- Núcleos de población consolidados, tanto urbanos como rurales

- Terrenos para la expansión futura de los núcleos anteriores

- Infraestructuras actuales en el ámbito del PORN

- Elementos fuera de orden

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Capítulo 4 76

SUELO URBANIZABLE AL OESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE

(MAGENTA: Núcleo de Escalante; VERDE: Protección Costas)

AMARILLO: PESR en QUINTANA

(VERDE: Protección Costas; FUSIA: Transito Costas)

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Capítulo 4 77

Salvo las playas, se trata de los suelos de menor interés ambiental y ecológico que no incluyen unidades ambientales primarias ni secundarias.

La propuesta que hace el PGOU es conforme al PORN y se pretende la expansión futura del suelo urbano de la villa de Escalante para equipamiento deportivo.

Actualmente el suelo es una pradería que no se encuentra formando parte de ningún espacio protegido y está fuera del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43 y no guarda relación con especies protegidas.

Tampoco este suelo juega un papel relevante en la conectividad territorial del municipio, afectada en la zona por la villa de Escalante y por el conjunto de núcleos rurales y carreteras en la zona central llana del municipio, entre la zona montañosa del oeste y la de estuario del este.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

La calidad del suelo es Alta con limitaciones por facies química ácida, siendo la profundidad somera.

Presenta una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Media y una fragilidad Alta por la proximidad a la villa de Escalante y de la CA-148, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

No afecta a la hidrología encontrándose fuera de zonas de inundabilidad y de cualquier otro riesgo natural.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta de Suelo Urbanizable para equipamiento deportivo es COMPATIBLE.

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Capítulo 4 78

4.2.3.2. SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL AL ESTE DE LA VILLA DE ESCALANTE

Ocupa 48.776,5 m2 y se encuentra adosado al Suelo Urbano de la villa de Escalante por el este, limitando por el resto con el Plan Especial de Suelo Rústico (PESR).

SUELO URBANIZABLE AL ESTE DEL NÚCLEO

(MAGENTA: Núcleo de Escalante; VERDE: Protección Costas)

Se encuentra este suelo afectado por el PORN da las marismas de Santoña, Victoria y Joyel, estando dentro de la categoría de Uso Especial. Esta categoría está compuesta por todos aquellos terrenos no incluidos en las unidades primarias y secundarias que integran de forma específica las Áreas de Reserva, Uso Moderado o Uso Intensivo; entre las que se encuentran:

- Playas

- Instalaciones asociadas a la gestión o al uso público

- Núcleos de población consolidados, tanto urbanos como rurales

- Terrenos para la expansión futura de los núcleos anteriores

- Infraestructuras actuales en el ámbito del PORN

- Elementos fuera de orden

Salvo las playas, se trata de los suelos de menor interés ambiental y ecológico que no incluyen unidades ambientales primarias ni secundarias.

Page 53: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 79

La propuesta que hace el Plan es conforme al PORN y se pretende la obtención de suelo para generar Viviendas de Protección, pues existe una carencia total de este tipo de vivienda en el municipio, siendo esta cuestión prioridad para la Corporación Municipal.

Actualmente el suelo es una pradería que no se encuentra formando parte de ningún espacio protegido y está fuera del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43 y no guarda relación con especies protegidas.

No desempeña un papel relevante en la conectividad territorial del municipio, afectada en la zona por la villa de Escalante y por el conjunto de núcleos rurales y carreteras en la zona central llana del municipio, entre la zona montañosa del oeste y la de estuario del este. No obstante, formando parte de todo el conjunto de suelos de uso agrícola tiene interés para la biodiversidad por la red de setos que se crea en la separación de las parcelas y por el arbolado disperso sobre este sistema.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

La calidad del suelo es Alta con limitaciones por facies química ácida, siendo la profundidad somera.

Presenta una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Media y fragilidad visual Media por la proximidad a la villa de Escalante y de la CA-148, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

Algunas superficies que limitan con el arroyo Pozeirún y con el casco urbano de Escalante se encuentran en zonas de inundabilidad, dentro de la avenida de los 500 años, lo que supone un impacto moderado, debiéndose tomar medidas para evitar esta situación.

Ningún otro tipo de riesgo natural afecta a este suelo que se propone como Urbanizable residencial.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta de Suelo Urbanizable para viviendas protegidas es MODERADO.

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Capítulo 4 80

4.2.3.3. SUELO URBANIZABLE INDUSTRIAL CORNOCIÓ

El Plan propone un Suelo Urbanizable para uso industrial de una extensión de 86.335 m2 en la zona de Cornoció, junto al polígono industrial de Ambrosero (Bárcena de Cicero) y a la línea de ADIF Santander-Bilbao.

SUELO URBANIZABLE INDUSTRIAL en CORNOCIÓ

(NEGRO: Limite municipio con Bárcena de Cicero y Polígono Ambrosero; NARANJA: Suelo

Urbanizable Industrial de Cornoció)

No se encuentra este suelo afectado por el PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel, pero está dentro del Área de Ordenación del Plan de Ordenación del Litoral (POL) con la categoría de Modelo Tradicional (MT), correspondiéndose con espacios de organización tradicional, libres de edificación, constituidos por las mieses dedicadas a pradería y labrantío.

El POL en el Área de Ordenación, respetando sus criterios genéricos, deja plena libertad a los Ayuntamientos para que sean éstos, a través del ejercicio de la potestad de planeamiento urbanístico, los que establezcan de forma definitiva el concreto régimen de desarrollo de los asentamientos humanos que en un futuro pretendan contemplar.

La propuesta que hace el Plan es conforme con el POL y se pretende dotar al municipio de un área de desarrollo con industrias de potencia pequeña-media favoreciendo las condiciones para la creación de trabajo en el municipio que presenta una tasa de desempleo del 12,3 %.

Actualmente el suelo es una pradería que no se encuentra formando parte de ningún espacio natural protegido, aunque existe un hábitat protegido de la Directiva 92/43, aunque no prioritario: código 9340: Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (Encinar; Madroñal). Son dos pequeñas manchas que podrían verse afectadas, debiéndose delimitar este suelo urbanizable y el núcleo urbano de Cornoció sin que se produzca merma alguna de este hábitat.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 81

Hábitats protegidos (Directiva 92/43) Código 9340: Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (verde:

Encinar; Magenta: Madroñal).

Su proximidad con el polígono industrial de Ambrosero del que lo separa la línea de ADIF Santander-Bilbao, la carretera Nacional CN-634 y la Autovía A-8 determinan una escasa relevancia de esta zona en la permeabilidad territorial.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

Suelo poco profundo, de calida agrológica Moderada con limitaciones por facies química ácida.

Presenta una intervisibilidad inferior al 25 %, con una calidad visual Baja y una fragilidad visual Baja, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

No afecta a la hidrología encontrándose fuera de zonas de inundabilidad y de cualquier otro riesgo natural.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta de Suelo Urbanizable industrial es MODERADO.

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Capítulo 4 82

4.2.3.4. SUELO URBANO Y URBANIZABLE DE LOS FACHOS

Las NNSS vigentes contemplan un suelo urbanizable en la zona de Los Fachos, al este del municipio de Escalante. Esta área se ha desarrollado en parte. Un primer sector posee una parte urbanizada y construida, mientras que, la otra parte está solamente parcelada. Este primer sector ha sido delimitado en el PGOU como Suelo Urbano Consolidado.

Un segundo sector de ese suelo urbanizable está sin desarrollar. Este sector, junto a la CA-148, está grafiado en el PORN como Uso Especial en una parte, y en otra, como Uso Intensivo. Esta última parte fue recurrida por los propietarios quienes tuvieron sentencia favorable, por lo que, se les otorgaba el Uso Especial, como la zona contigua. Es decir, todo el sector tiene condición de Uso Especial en el PORN. En el PGOU se clasifica como Suelo Urbanizable.

SUELO URBANO DE LOS FACHOS

(AZUL: límite del municipio con Argoños; VERDE: Protección Costas)

La categoría de Uso Especial está compuesta, como ya se ha comentado, por todos aquellos terrenos no incluidos en las unidades primarias y secundarias que integran de forma específica las Áreas de Reserva, Uso Moderado o Uso Intensivo; entre las que se encuentran:

- Playas

- Instalaciones asociadas a la gestión o al uso público

- Núcleos de población consolidados, tanto urbanos como rurales

- Terrenos para la expansión futura de los núcleos anteriores

- Infraestructuras actuales en el ámbito del PORN

- Elementos fuera de orden

Salvo las playas, se trata de los suelos de menor interés ambiental y ecológico que no incluyen unidades ambientales primarias ni secundarias.

Page 55: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 83

SUELO URBANIZABLE DE LOS FACHOS

(NEGRO: límite del municipio con Argoños; ROJO: Suelo Urbano; NARANJA: Suelo Urbanizable)

La propuesta que hace el Plan es conforme al PORN y se pretende la expansión futura del suelo urbano para uso residencial.

Suelo somero, no hidromórfico, de permeabilidad baja-media, de calidad agrológica Baja y con uso agropecuario. Presenta condiciones constructivas aceptables.

Muestra una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Baja por la transformación ya realizada a suelo urbano y la propia para uso agropecuario, con una fragilidad Media por la proximidad a la CA-148.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43 aunque el Suelo Urbano se encuentra próximo al hábitat 4090 Aulagar. Esta zona está junto a la marisma pudiendo jugar un papel importante en la biodiversidad del municipio y de conectividad con el estuario.

Es sin duda en este ámbito biótico donde el impacto del suelo urbanizable puede tener más relevancia.

En la parcela norte, situada junto a la carretera CA-148 y en el entorno del límite de los Términos Municipales de Escalante y Argoños, se distinguen a su vez dos zonas diferenciadas de vegetación. En la más próxima a la carretera y sobre la que discurre la línea eléctrica se encuentra una formación vegetal de pradera de siega, aunque un poco abandonada con puntos en los que se forman bardales de zarzas. Hay algunos ejemplares de árboles de mediano porte que forman grupos.

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Capítulo 4 84

Prado de siega

descuidado

Prado de diente

Encina singular

Matorral de escajos

Bosquete de encinar

Bosquete de encinar

Encina singular

Prado de diente

Estabulación

CA-148

Límite T.M.

Ortoimagen del Suelo Urbanizable Los Fachos.

Parte occidental correspondiente a la zona de prado. Al fondo, la parte arbolada con bosquetes de encinar calizo.

La otra parte de la zona norte ocupa la parte central y oriental de la misma y comprende un bosquete de encinar calizo con especies como la encina (Quercus ilex), espinos (Prunus sp.), laurel (Laurus nobilis) y avellano (Corylus avellana) que alcanzan portes arbustivos y arbóreos. Entre los árboles y

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Capítulo 4 85

arbustos se desarrolla un matorral formado por zarzas (Rubus ulmifolius) y lianas como la hiedra común (Hedera helix). En otros puntos de esta zona aparece matorral de escajo (Ulex sp.) originado en el abandono y falta de mantenimiento de la pradera.

Detalles de la parte arbolada con bosquete de encinar calizo (izquierda) y la zona de matorral de escajos (derecha).

La parcela sur está formada por una pradera explotada a diente con afloramientos rocosos de calizas que se hacen más patentes en las zonas más altas de la misma.

Vistas panorámicas de la zona sur con prado de pasto, pudiéndose ver los afloramientos de roca caliza, la encina singular y, al fondo, las masas de bosquetes de encina y su flora acompañante.

En la pradera destaca la presencia de una encina aislada de gran porte. El resto de la vegetación es de porte herbáceo y a las gramíneas que forman el césped se le unen plantas de temporada como el llantén (Plantago sp.), las margaritas (Bellis perennis) o los dientes de león (Taraxacum officinale).

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Capítulo 4 86

La encina singular situada en la parcela “B” (izquierda) y detalles de la vegetación arbustiva y arbórea de las zonas altas colindantes con la parcela “A”.

En el linde norte aparecen matorrales y bosquetes de encinar calizo que es la vegetación natural de la zona. Las especies presentes son las descritas para las zonas de bosquetes mencionadas anteriormente y aparecen con porte arbustivo y arbóreo.

Lindes entre la zona norte y sur y la vegetación arbustiva y arbórea de encinar calizo que en esta zona se desarrolla.

En las comunidades de prados y cultivos se pueden encontrar con facilidad pequeños mamíferos (Talpa europaea, Mus domesticus, Erinaceus europaeus, etc.).

De gran interés es la pequeña mancha de matorral de encinas, que se debería conservar como espacio libre. En la actualidad ofrece refugio para numerosas especies de vertebrados, y además son lugares de nidificación de un buen número de aves. Según datos de SEO/BirdLife, las especies presentes y su abundancia en censo realizado el 11 de junio de 2008 se muestran en la siguiente tabla:

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Capítulo 4 87

Nombre vulgar Nombre científico Abundancia Busardo ratonero Buteo buteo 1 Milano negro Milvus milvus 2 Alcotán Falco subbteo 1 Tortola turca Streptopelia decaocto 3 Vencejo común Apus apus 4 Golondrina común Hirundo rustica 6 Avión común Delichon urbica 4 Chochín Troglodytes troglodytes 3 Petirrojo Erithacus rubecula 2 Zorzal común Tordus philomelos 1 Mirlo común Tordus merula 2 Curruca capirotada Sylvia atricapilla 3 Curruca cabeninegra Sylvia melanocephala 1 Zarcero común Hippolais polyglota 2 Buitrón Cisticola juncidis 2 Carbonero común Parus major 2 Herrerillo común Parus caureleus 2 Urraca Pica pica 6 Arrendajo Garrulus glandarius 2 Estornino negro Sturnus unicolor 8 Gorrión común Passer domesticus 4 Pinzón vulgar Fringilla coelebs 4 Verderón común Carduelis chloris 2 Verdecillo Serinus serinus 1

Se hace a continuación una descripción sucinta de cada una de estas especies reflejando su distribución, hábitats, estado de conservación, así como factores de amenaza y medidas de conservación para aquellas que se considera oportuno.

Busardo ratonero (Buteo buteo)

Nidifica repartido por toda la Península, siendo más abundante en la mitad norte, en zonas de clima templado.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie Deinterés especial.

- Libro Rojo de las Aves de España, 2003: especie No amenazada. - Directiva 79/409/CEE de Aves: figura en el Anejo II. - Convenio de Berna: figura en el Anejo II. - Convenio de Bonn: figura en el Anejo II. - Convenio Cites: figura como C1.

Factores de amenaza:

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Capítulo 4 88

Sobre la especie:

- Caza ilegal. - Choque o electrocución con tendidos eléctricos, siendo una de las rapaces más afectadas por esta causa. - Expolio de nidos. - Perturbaciones humanas en época de cría. - Disminución de una de sus principales presas. Sobre el hábitat: - Destrucción del hábitat (talas, incendios, etc.).

Medidas de conservación:

- Control riguroso de la caza ilegal y el expolio de nidos. - Adecuación de tendidos eléctricos, con especial incidencia en los postes, dada la costumbre del ave de utilizarlos como posaderos. - Acciones silvícolas o de corta de árboles. Habrán de hacerse considerando las necesidades de estas aves, especialmente en época de cría. - Campañas de sensibilización y concienciación que muestren lo beneficioso de la especie.

Milano negro (Milvus migrans)

En España la especie es estival, presentando una distribución similar a la del milano real, especie con la que está muy asociada, formando en ocasiones concentraciones reproductivas mixtas. Nidifica en todas las comunidades peninsulares excepto Murcia; escaso en la cornisa cantábrica (incluida Galicia). Falta completamente en el litoral levantino.

En migración muy abundante, especialmente en el sur, canalizado por el Estrecho de Gibraltar.

Algunos invernantes en localidades favorables (Extremadura, Andalucía, Madrid e incluso Alicante).

Aunque puede usar gran cantidad de hábitats, prefiere zonas con grandes espacios abiertos para cazar, con mucha frecuencia cercanos a zonas húmedas (marismas, lagos, lagunas y ríos), donde busca su alimento.

Es una especie muy carroñera, por lo que se encuentra asociado a áreas con abundancia de basureros, zonas con granjas de cerdos, mataderos o explotaciones intensivas de ganado vacuno.

Poco exigente a la hora de nidificar, prefiere bosquetes o dehesas con árboles bien desarrollados, donde puede formar colonias de alta densidad.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especies De interés especial. - Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejos I, II - Convenio de Berna: Anejo II - Convenio de Bonn: Anejo II - Convenio CITES: C1

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Persecución y caza ilegal.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 89

- Venenos. - Electrocución y choques con cables eléctricos. - Molestias en época de cría. - Expolio de huevos y pollos. - Parece más sensible que el Milano Real a los cambios que están ocurriendo en los sistemas de gestión de basureros y carroñas, pudiendo ser, según el caso, favorables o perjudiciales. Sobre el hábitat: - En época de cría, destrucción del hábitat, principalmente por corta del arbolado.

Medidas de conservación:

- Control riguroso de la caza ilegal. - Vigilancia de áreas de cría en zonas desprotegidas. - Prohibición total de la utilización de venenos. - Adecuación de tendidos eléctricos.

Alcotán (Falco subbuteo)

Especie estival (abril-septiembre), nidificante en la mayor parte de la Península, con predominio de las regiones atlánticas e interiores, más escaso en las mediterráneas, si bien falta en la mitad occidental de la Cordillera Cantábrica, Macizo Galaico y Montes de León. En la mitad sur su distribución es más fragmentada: principalmente sector sudoccidental de Huelva, franja próxima a los límites provinciales de Murcia con Alicante y de Albacete con Valencia. Es destacable la ausencia en grandes zonas de Andalucía y Badajoz, lugares donde aparece puntual y muy dispersa. En Baleares (Mallorca), nidificante muy rara. Presente en todas las comunidades autónomas peninsulares y en Baleares. Ausente en Canarias. En paso otoñal, más extendido por todo el territorio, Baleares y Canarias. Migración por el Estrecho de Gibraltar bastante importante.

Como nidificante, desde árboles aislados, bosques y bosquetes, sotos y riberas fluviales, encinares adehesados, bosques montanos con prados, almendros aislados, etc., muy frecuentemente en pinares de zonas llanas y también en bosques de frondosas e incluso en páramos casi totalmente desarbolados. En general a todas altitudes, tanto en montaña como a nivel del mar, y tanto en los valles fluviales como en las marismas. Ocupa nidos de córvidos, con preferencia los de las cornejas.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie Deinterés especial.

- Libro Rojo de las Aves de España, 2003: Insuficientemente conocida. - Directiva 79/409/CEE de Aves: figura en el Anejo II. - Convenio de Berna: figura en el Anejo II. - Convenio de Bonn: figura en el Anejo II. - Convenio Cites: figura como C1.

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Molestias humanas durante la reproducción y expolio de nidos. - Caza incontrolada (coincidencia del vuelo de los pollos con la media veda). - Uso incontrolado de los pesticidas. Sobre el hábitat: - Destrucción del hábitat (talas, incendios, etc.). Sobre el hábitat:

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Capítulo 4 90

- Urbanizaciones en los bosques, infraestructuras, etc. - Perdida del hábitat (talas, incendios, ...).

Medidas de conservación:

- Protección estricta, tanto legal como efectiva. - Protección del hábitat. - Seguimiento de las áreas de nidificación conocidas, con vigilancia adecuada. - Trabajos silvícolas ajustados a las necesidades de la especie.

Tórtola turca (Streptopelia decaocto)

Su área de distribución se ha extendido desde los años 1930 partiendo de sus zonas de cría situadas en la India y Pakistán hacia Europa y norte de África. Utiliza para nidificar jardines, parques, huertas, etc.

Tórtola turca juega con ventaja competitiva respecto de la Tórtola común porque tiene mayor tamaño, es sedentaria, ocupando una misma zona durante todo el año, y se reproduce varias veces a lo largo del ciclo anual con mayor éxito reproductivo total al de la Tórtola Común. La expansión de la Tórtola turca constituye, sin duda, un factor que puede contribuir a potenciar la regresión que está sufriendo actualmente la Tórtola común.

Vencejo común (Apus apus)

Nidificante en toda España, incluyendo Baleares, faltando únicamente en Canarias donde sólo aparece en migración. Pasan por el país una buena parte de migrantes europeos.

Resulta común por toda la Península, aunque lo es menos en el extremo norte y noroeste (Galicia y Cornisa Cantábrica). Muy abundante en centro, este y sur.

La permanencia de los vencejos comunes en Cantabria es muy breve, abarca únicamente los meses de mayo, junio, julio y agosto (Saiz Villoria, 1999).

La especie no presenta problemas de conservación, siendo más abundante en los barrios viejos de las ciudades debido a la mayor disponibilidad de huecos, existiendo a la vez una relación directa entre el tamaño del núcleo urbano y la densidad de población. Favorecido por la multiplicación de núcleos humanos durante todo el Holoceno, y especialmente en el último siglo, la especie ha sufrido un gran incremento paralelo al crecimiento de las ciudades.

Como nidificante, principalmente en edificios así como en acantilados rocosos, cuevas, grietas y cavidades rocosas, en ocasiones, en huecos de árboles viejos (pinos albares, Pinus sylvestris y palmeras, Phoenix spp.) o nidos de picos. También ocupa cajas-nido. Normalmente nidifica en colonias. Cuando encuentra huecos disponibles puede aparecer en todo tipo de hábitats, desde acantilados marinos al interior de bosques, parameras con afloramientos rocosos, ciudades, estepas y desiertos. La mayor parte del tiempo permanece en el aire.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial. - Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II - Convenio de Berna: Anejo III - No Amenazada (Libro Rojo de las Aves de España, 2003).

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 91

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Contaminación atmosférica urbana - Empleo de plaguicidas sin discriminación. Sobre el hábitat: - Posible disminución de cavidades para nidos en las construcciones más modernas al sustituir los materiales tradicionales por otros con menos fracturas.

Medidas de conservación:

- Control de la contaminación urbana - Control del uso de plaguicidas. - Posible instalación de cajas nido para suplir la falta de orificios naturales o en construcción.

Golondrina común (Hirundo rustica)

Especie nidificante estival, migrador abundante que ha ido colonizando como nidificante Iberia desde el sur, alcanzando ya la mayoría de la España peninsular, llegando a Galicia y norte de Castilla y León y Cataluña (Primeras fechas de nidificaciones: Madrid, 1951-53; Ciudad Real, 1952; León, 1959 y Gerona, 1959). Nidifica regularmente en más de la mitad del cuadrante suroccidental, llegando por la costa mediterránea hasta el sureste francés (primera nidificación en 1963), existiendo también crías esporádicas en Galicia desde 1987 y otros puntos de la mitad noreste peninsular (Burgos, Soria, La Rioja, Huesca), aunque estos últimos no deben considerarse como definitivos, salvo los de las estribaciones del Pirineo oriental donde cría regularmente. En Baleares, posible cría y no rara en migración. En Canarias, escasa en paso.

Como migrante, puede observarse en cualquier punto de España, siendo raras las observaciones invernales.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie Deinterés especial.

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Parasitismo de sus nidos por otras especies: gorrión molinero ocupando los ubicados bajo puentes y en menor medida por el vencejo cafre. El retraso que produce esto en la especie le impide efectuar dos puestas, que es lo normal, acortándola sólo en una, que en ocasiones también se malogra. - Destrucción de sus nidos por construcciones y actividades humanas. - Uso indiscriminado de plaguicidas que disminuye los recursos tróficos. - Su marcado carácter solitario le hace colonizar lentamente nuevas áreas de nidificación. Sobre el hábitat: - Posiblemente, falta de puntos adecuados para instalar el nido.

Medidas de conservación:

- Control del uso de plaguicidas. - Estudio de la disponibilidad de sitios para anidar. - Posible instalación de nidos artificiales.

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Capítulo 4 92

Avión común (Delichon urbica)

Especie estival, que nidifica en todas las regiones peninsulares y en Baleares, llegando a ser en el suroeste de la Península, el hirundínido más abundante. En migración, abundante y también muy repartido por toda la Península y Baleares. En el centro y sur, muy escasos invernantes.

Esta golondrina no parece haber sufrido disminución de sus efectivos en las últimas décadas, ni tampoco presentar problemas de conservación.

Se encuentra muy ligada al ambiente humano, nidificando en aleros de construcciones, preferentemente los de color blanco, tanto en ciudades, pueblos o casas aisladas, como en el campo (puentes, presas de embalses). También en roquedos. Puede nidificar desde el nivel del mar hasta bastante altura. En las colonias urbanas prefiere situarse en la periferia, cerca de descampados o de parques y avenidas, ríos y otros lugares despejados donde cazar fácilmente.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial. - Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II. - Convenio de Berna: Anejo II. - No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Uso indiscriminado de plaguicidas y desaparición de insectos presa. - Ectoparásitos en los nidos. - Retirada de sus nidos con el pretexto de que ensucian las paredes de edificios públicos o iglesias (Almudena en Madrid, ermita de El Rocío, etc.) Sobre el hábitat: - Destrucción del hábitat de sus insectos-presa. - Efectos de la contaminación urbana. - Escasez de puntos de nidificación en ciudades, por técnicas modernas de construcción y por dificultades para encontrar materiales para el nido.

Medidas de conservación:

- Conservación del hábitat (“zonas verdes”) en ciudades, con control de plaguicidas. - Seguimiento de colonias y estudio de disponibilidades de emplazamiento para nidos. - Posible instalación de nidos artificiales. - Estudio de los efectos de la contaminación urbana.

Chochín (Troglodytes troglodytes)

Pájaro de distribución holártica. Habita toda Europa, Berbería y zonas templadas de Asia. Esta familia de estrictos insectívoros se ha originado en América, y el Chochín es su único representante en el Paleártico.

España. Ocupa la mayor parte de la Península, Ceuta y las islas de Mallorca e Ibiza en Baleares. Falta en Canarias y Melilla.

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Capítulo 4 93

En Cantabria es sedentaria e invernante, habita en todos los medios, incluso en las repoblaciones forestales.

Cría en terrenos arbolados con sotobosque denso, claros con mucha maleza y zonas de matorral; también en zonas relativamente abiertas, rocosas y a menudo húmedas, y cultivos y jardines.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial. - Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II. - Convenio de Berna: Anejo III - No Evaluado (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 2004).

Ave sin problemas de conservación en Europa, de estatus seguro. En España, se citan (Purroy, 1997) incidencias negativas en el sur de la Península por encauzamientos y tala de sotos en la red fluvial.

Petirrojo (Erithacus rubecula)

Presente en todas las Comunidades Autónomas peninsulares y Canarias (falta en Lanzarote y Fuerteventura); es un nidificante común en el tercio norte de la Península mientras que el Levante su distribución se fragmenta, restringiéndose a las áreas de montaña, faltando en zonas llanas del centro y litorales del este y del sur peninsular. No cría en Baleares, siendo común como migrante e invernante. En Canarias cría en las cinco islas más occidentales, si bien en Tenerife y en Gran Canaria lo hace la subespecie E. r. superbus y en las otras islas cría E. r. rubecula; además, en invierno se presentan individuos europeos.

Migrador parcial e invernante abundante; los petirrojos europeos invernan comúnmente en casi todas las regiones.

Especie forestal muy asociada a sotos con maleza, masas boscosas con sotobosque no excesivamente denso, montes bajos de frondosas, jardines, setos o parques, alcanzando las mayores densidades en bosques de carácter eurosiberiano o atlántico, tanto de coníferas como de frondosas.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial. - No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992). - Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II - Convenio de Berna: Anejo II - Convenio de Bonn: II

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Inviernos muy rigurosos. - Caza ilegal por pajareros con ballestas y cepos, siendo una de las especies que más sufren por esta caza en algunas épocas del año.

Sobre el hábitat:

- Alteración y destrucción del hábitat de reproducción.

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Capítulo 4 94

Medidas de conservación:

- Control estricto de la caza ilegal. - Seguimiento de los efectos de los pesticidas y los cambios del hábitat.

Zorzal común (Turdus philomelos)

El zorzal común es un invernante muy común en toda la Península Ibérica y Baleares, especialmente en el centro, sur y este. Pájaros anillados en Islas Británicas, Noruega y Dinamarca se han recuperado en Galicia, frente cantábrico y cuadrante suroccidental. Los de Suecia, Bélgica, Holanda y Francia en el País Vasco, Andalucía Occidental, Baleares y Levante central. Y los de Finlandia, Alemania, Austria, Polonia, Estonia, Lituania y Ucrania, países bálticos e Italia se han recuperado en Andalucía central y oriental y Levante central.

En España anida solamente en la franja norte del país y localmente en puntos cercanos a ella. Es un ave en exceso abundante en los pasos de primavera y otoño, pero particularmente en el invierno, cuando se agrupa en formidables bandos con otros zorzales, se dispersa principalmente por las zonas olivareras del sur, en las que hacen verdaderos estragos.

En Cantabria sedentaria e invernante. Muy extendida por toda la región, en hábitats humanizados y en bosques. Cría en toda la cornisa cantábrica.

Mirlo común (Turdus merula)

Paleártica y Oriental, desde las islas Azores y Canarias, noroeste de África y Europa occidental, enlazando a través del Asia Central y el Himalaya con la región Oriental, donde se distribuye por el subcontinente Indio, Ceilán y el sureste de China. En

España solo se halla ausente de Lanzarote, Fuerteventura y zonas muy deforestadas del Sureste árido, La Mancha, Tierra de Campos y Los Monegros.

En Cantabria sedentario e invernante. Muy común en toda Cantabria, en hábitats muyu variados, naturales y humanizados.

Gran amplitud de hábitat. Se distribuye prácticamente por todo el gradiente altitudinal, ocupa cualquier medio, salvo los muy deforestados, y presenta densidades parecidas en todos ellos, sin acusadas diferencias de densidad entre el invierno y la estación reproductora. En general las mayores densidades las alcanza en zonas arboladas, ya sean densas o abiertas, ubicadas a menos de 1000 m . de altitud. En Canarias es una de las aves más abundantes. Su población ha sido estimada entre 2,3 y 5,9 millones de parejas en la Península y Baleares y de 70 a 80 mil parejas en Canarias.

Estado de conservación:

Categoría de no amenazada en España ni en Europa, SPEC 4. Al ser una especie cinegética la principal amenaza la constituye la sobrecaza, tanto de forma legal mediante escopeta como ilegal mediante todo tipo de trampas.

Curruca capirotada (Sylvia atricapilla)

Nidificante que aparece en todas las Comunidades Autónomas, presentando una distribución más continua en el tercio norte, localizándose hacia el sur en áreas de montaña y faltando en las zonas más secas y deforestadas o bien ocupando las formaciones arbóreas o arbustivas del cauce de los

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Capítulo 4 95

ríos. En Baleares, cría en Mallorca y Menorca, no habiendo sido comprobado en Ibiza. En Canarias aparece bien repartida en las cinco islas occidentales. En migración, invernante y en paso puede vérsela en toda España siendo más común en el Sur.

No parece presentar problemas de conservación, apreciándose en Gibraltar (1980), Cataluña (1984) y Canarias (1987) en los últimos años, el mismo fenómeno de expansión observado en Europa occidental, quizás favorecido por su adaptación a los cultivos de frutales.

Especie forestal que necesita del estrato arbustivo alto y árboles maduros con suficiente porte que emplea como cantaderos. En la región eurosiberiana ocupa todo tipo de hábitats, desde bosques de frondosas, áreas con matorral abundante, sotos, bosques de caducifolias, coníferas, jardines, monte bravío y también huertos con frutales. En la región mediterránea escasea en los pisos termo y mesomediterráneos, limitándose a umbrías de barrancos y vegetación de riberas, y en el supramediterráneo coloniza robledales, fresnedas y quejigares, especialmente los mejor conservados, con mayores índices de humedad y que presentan árboles más desarrollados, aunque también sigue apareciendo en fresnedas y alisedas junto a los arroyos y también, con mucha frecuencia, en olivares. Altitudinalmente ocupa desde el nivel del mar hasta los 1.500 m, en Tenerife, 1.700 m en Pirineos centrales, 1.800 en el Sistema Central y 1.850 m en las Sierras Béticas.

En ambientes mediterráneos, a igual nivel altitudinal y formación boscosa, se obtienen el doble de densidades en las vertientes orientadas al norte que en las sureñas.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- Convenio de Bonn: Anejo II

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Caza ilegal con cepo por pajareros en paso otoño-invierno.

Sobre el hábitat:

- Destrucción del hábitat, tanto de nidificación como de invernada.

Medidas de conservación:

- Protección del hábitat.

- Control de la caza ilegal.

- En zonas de invernada, favorece la existencia de matorrales con frutos carnosos, su principal fuente de alimentación.

Curruca cabecinegra (Sylvia melanocephala)

Nidificante que ocupa de forma continua toda la costa mediterránea y la mitad meridional, localizándose también en muchos puntos de la mitad septentrional, apareciendo de forma aislada en la cuenca del Duero y discontinua en la del Ebro desde las comarcas forestales del Sistema Ibérico hasta el Prepirineo; en Galicia ocupa de forma continua la costa de Pontevedra y algunas zonas de las de La Coruña y cuenca del Miño, existiendo también una población aislada en la costa cántabro-

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Capítulo 4 96

vasca. Ocupa también las Islas Baleares. Presente como nidificante en todas las Comunidades Autónomas españolas excepto Asturias. En Canarias, nidifica en todas las islas y está ampliamente distribuido.

Considerada como No Amenazada en España, la especie no presenta problemas de conservación y se ha expandido fuertemente hacia el norte, así en Galicia ha aumentado sus localidades de cría desde la primera cita en 1982. En Aragón, su área de distribución se ceñía a los límites con Cataluña hasta 1965, pero entre 1973-75, ya rebasaba Zaragoza y en 1984 se citaba en Logroño y dos años más tarde nidificaba en Vizcaya. Esta tendencia, solamente alterada por las olas de frío, continúa en la actualidad a lo largo de la costa vascocantábrica, ciñéndose al piso bioclimático termocolino, el más cálido de la región eurosiberiana.

Matorrales mediterráneos espesos, con frecuencia espinos, lentiscos, palmitos, sabinares, carrascales, alcornocales, pinares, quejigares, etc., siempre que exista sotobosque. También ocupa jardines y arboledas ornamentales o cultivados, siendo común en zonas de zarzales y malezas, huertos, riberas de cursos fluviales, frutales de secano, (olivos, almendros, algarrobos) e incluso zonas con vegetación de arbustos o matorrales del área suburbana.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- Convenio de Bonn: II

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Las olas de frío diezman drásticamente sus poblaciones, por lo que el cambio climático vendría a favorecer la expansión de esta especie.

Sobre el hábitat:

- Transformación del hábitat por acciones humanas (repoblaciones, incendios provocados, etc.) o naturales (regeneración del arbolado).

Medidas de conservación:

- Conservación del hábitat con un manejo adecuado

- Prevención de incendios forestales.

Zarcero común (Hippolais polyglotta)

Nidificante repartido ampliamente por todas las comunidades de la España peninsular, existiendo la posibilidad de cría en Baleares (Ibiza). Ausente de Canarias. En migración: abundante y bastante repartido, escaso en Baleares y en Canarias.

Considerada como No amenazada en España, la especie parece estable, aunque no hay datos que lo avalen. En Europa se detectó a comienzos de los años 30 su expansión hacia el norte y noroeste, proceso que continúa en la actualidad (1994).

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Capítulo 4 97

Comenzó a criar en Bélgica y Suiza en los años 60, en Alemania y Luxemburgo en los 80 y en Holanda en los 90; muy recientemente comenzó a hacerlo en Córcega y Sicilia (1992).

Ocupa un amplio espectro de hábitats, siempre que sean soleados y con densa cobertura arbustiva donde instala su nido, normalmente a menos de 2 m de altura. Frecuente en sotos arbustivos, zarzales, majuelos, aulagas, jarales, marañas en los bordes de las carreteras o riberas de ríos y arroyos.

También en bosques de frondosas, no muy espesos, sotos de lindes, parques y jardines o árboles frutales, como naranjales. Muestra una preferencia por las zonas frescas y húmedas, con frecuencia cerca del agua. Escaso en dehesas y cultivos, zonas puras de matorral, parameras o bosques densos.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- Convenio de Bonn: II

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Posible caza ilegal.

- Abuso de insecticidas de amplio espectro.

Sobre el hábitat:

- Destrucción del hábitat por limpieza de márgenes, corta de sotos ribereños, eliminación de setos y matorrales.

Medidas de conservación:

- Manejo de márgenes y riberas con criterios ecológicos.

Buitrón (Cisticola juncidis)

Nidificante que ocupa la mayor parte de la España peninsular, estando presente en todas las regiones. Resulta más escaso y local en el piso supramediterráneo y elude las grandes altitudes, siendo en general poco frecuente por encima de los 600 m s.n.m. En Baleares, también sedentario, abundante. Ausente en Canarias, donde es accidental.

También hay un reducido contingente de migrantes.

En el sector eurosiberiano las mayores densidades se observan en espacios abiertos ligados a estuarios y después a campiñas costeras; así, en éstas áreas del País Vasco se observan densidades de hasta 5,21 aves/10 ha (1987), semejantes a las obtenidas en invierno en pastizales de Cádiz (1984).

Las poblaciones ibéricas se encuentran en expansión, experimentando un notable aumento en todas las zonas, consolidándose las poblaciones levantinas y produciéndose una notable expansión hacia el interior (1983), con importantes poblaciones a lo largo de la depresión del Ebro, alcanzando la

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Capítulo 4 98

meseta castellana localmente. En la Cornisa Cantábrica empezó a expandirse en los años 50 convirtiéndose en abundante a principios de los ochenta (1985-86).

A nivel mundial resulta una especie ligada a praderas tropicales, más de sabanas que de pantanos. En España aparece en zonas cercanas a masas de agua, bien sean marismas, vegas herbosas, sembradas, junqueras, prados de siega, arrozales, humedales litorales, dehesas con poco arbolado, etc. estando más asociada su presencia con la densidad y altura de la cobertura vegetal que con la humedad.

Con relativa frecuencia alejado del agua, en praderas, eriales, incluso campos de cereales. En el interior presenta cierta predilección por la vegetación asociada a los arroyos, aguas estancas y lagunas. Evita las zonas montañosas.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- Convenio de Bonn: Anejo II

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Inviernos rigurosos. En 1985 una ola de frío redujo drásticamente sus poblaciones cantábricas, recuperándose casi inmediatamente desde los humedales hacia las campiñas costeras.

Sobre el hábitat:

- Destrucción de carrizales, vegetación ribereña, etc.

- Roturaciones, sobrepastoreo, uso de pesticidas y herbicidas, urbanización, etc.

Medidas de conservación:

- Manejo adecuado de zonas húmedas.

- Conservación del hábitat.

Carbonero común (Parus major)

Repartida de manera abundante por todos los ambientes forestales de España, a excepción de Canarias, donde no cría. Invernantes transpirenáicos en pequeñas cantidades y más escasos en Baleares.

Zonas arboladas variadas, desde bosques (mixtos, frondosas, coníferas, etc.) hasta ambientes antrópicos como parques, huertas y jardines, también en frutales, olivos, naranjos, maquis y garrigas bien desarrolladas, vegetación de ribera, etc. Nidifica en agujeros de cualquier tipo, seleccionando por encima de todos los nidales artificiales. Ocupa desde el nivel del mar hasta niveles superiores a los 1600 m en hayedo-abetal de Pirineos (1985), alcanzando los 2100 m en Sierra Nevada.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

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Capítulo 4 99

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Posibles efectos perjudiciales de los plaguicidas.

- Caza ilegal.

Sobre el hábitat:

- Destrucción y transformación del hábitat.

Medidas de conservación:

- Conservación del hábitat.

- Control del uso de plaguicidas.

- Colocación de nidos artificiales en masas jóvenes o repoblaciones recientes.

- Control de la caza ilegal.

Herrerillo común (Parus caureleus)

Repartido en hábitats forestales de manera continua por toda la Península, Baleares (Mallorca) y Canarias, en todas las islas. Parece faltar únicamente en áreas extensas de clima árido y/o áreas desarboladas.

En paso e invernada llega una cantidad moderada de otros países europeos.

Bosques bien desarrollados de frondosas, tanto caducifolios como perennifolios, faltando o siendo muy escaso en bosques de coníferas, excepto en Canarias donde resulta muy abundante en pinares. También ocupa parques y jardines, sotos fluviales, dehesas, campiñas, huertos y cultivos arbolados de olivares, frutales, etc. En invierno además en zonas palustres y con matorral. En Canarias también en áreas de laurisilva, matorral, etc.

Estado de conservación:

- Catálogo Nacional de especies amenazadas (R.D. 439/1990): catalogada como especie De interés especial.

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejo II

- Convenio de Berna: Anejo II

- No Amenazada (Libro Rojo de los Vertebrados de España, 1992).

Factores de amenaza:

Sobre la especie:

- Posibles efectos perjudiciales de los plaguicidas.

- Caza ilegal por pajareros.

Sobre el hábitat:

- Destrucción del hábitat.

Medidas de conservación:

- Conservación del hábitat.

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Capítulo 4 100

- Control del uso de plaguicidas.

- Control de la caza ilegal.

- Colocación de nidos artificiales.

Urraca (Pica pica)

Se encuentra distribuido en Europa, muchas partes de Asia y el noroeste de África.

En Cantabria sedentaria. Extendida por toda la región en grandes cantidades, faltando en cotas elevadas de altitud.

Está presente en cualquier hábitat, exceptuando bosques densos y parajes situados a más de 1500 metros de altura. No obstante prefiere la proximidad de campos roturados o parajes degradados por el hombre, (ciudades, basureros, carreteras) del mismo modo que le agrada la cercanía de poblaciones humanas.

Es una especie que ha conseguido adaptarse, multiplicarse y aprovecharse de las alteraciones del medio que provoca el hombre.

Estado de conservación:

Una de las razones que explican su gran expansión es que su peor y más característico enemigo, el azor, es cada vez más escaso. Por lo que se dedica plácidamente a alimentarse y reproducirse salvo algunas excepciones. Como ejemplo podemos citar las malas relaciones con el críalo, ave migratoria de la misma familia que el cuco. Cuando la urraca ha realizado su puesta, el críalo aprovecha la menor oportunidad para depositar sus huevos en el nido de la urraca. De esta forma las urracas incuban y alimentan a los polluelos del críalo también, y éstos muchas veces por su nacimiento y desarrollo más precoz acaban con los polluelos de la urraca. Lo mismo podemos decir de sus relaciones con el lirón careto que también puede atacar a la urraca, aprovechando que en la noche se presenta sumamente vulnerable, devorando sus huevos y polluelos. Estos ataques pueden ir dirigidos además de para procurarse el sustento para poder apropiarse del nido que utilizará para su propia reproducción.

Tampoco se ha salvado de la persecución humana, pues algunos cazadores la tratan como alimaña, exponiéndola en postes y vallas. Estos cazadores la consideran maligna por creer que tienen un efecto pernicioso sobre las poblaciones de especies cinegéticas, como la perdiz, al consumir los huevos de estas. Pero lo cierto es que el gran consumo de insectos, sobre todo en la primavera y el verano junto con el consumo de abundante carroña nos demuestran que aporta efectos beneficiosos.

Arrendajo (Garrulus glandarius)

Su distribución en la Península Ibérica se relaciona con la de las grandes masas boscosas. Es común en el Norte de la Península, está ausente en amplias zonas deforestadas de ambas mesetas, valle del Ebro y Guadalquivir y zonas áridas del Sureste, es escaso en el resto, pero está presente en la mayor parte de las zonas donde los bosques presentan la extensión y la madurez apropiadas para su asentamiento. No cría en Canarias, Baleares, Ceuta ni Melilla, aunque en Baleares ha sido observado, en contadas ocasiones, como divagante durante el invierno. La especie está presente desde el nivel del mar hasta el límite superior del bosque en las zonas de alta montaña.

Se podría decir que el Arrendajo, en cuanto a su selección de hábitat, es un generalista forestal, sin una marcada preferencia por ninguna formación boscosa concreta. Si resulta menos abundante en

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Capítulo 4 101

zonas de bosque fragmentado, donde su presencia queda supeditada a la existencia de parches de hábitat de una determinada extensión. Algunos estudios apuntan una preferencia por los bosques de coníferas durante la época de cría, disminuyendo sus efectivos durante el invierno para ocupar áreas de con predominio de fagáceas.

A pesar de que la especie es más abundante en el norte de la Península Ibérica, las densidades ecológicas máximas datas durante la época de cría se dan en muestreos realizados en medios forestales de la mitad meridional de la Península.

Estado de conservación:

En España la especie no está amenazada (Madroño et al., 2004), ni aparece en ninguno de los distintos grados de amenaza de los catálogos autonómicos de aves amenazadas, a excepción de las comunidades de Castilla-La Mancha y Extremadura donde la especie es declarada de ‘interés especial’, lo que quiere decir, que sin presentar un claro grado de amenaza es merecedora de una atención particular en función de su valor científico, ecológico, cultural o por su singularidad (Decreto 33, 1998; Decreto 37, 2001).

Factores de amenaza:

En la actualidad no existen factores concretos de amenaza para la especie, únicamente acontecimientos locales como la reducción, fragmentación o desaparición de los bosques la afectarían de forma negativa (Vázquez, 2003). Una causa de mortandad no natural para la especie son los atropellos en las carreteras, más frecuentes en los meses de verano (Junio – Septiembre) coincidiendo con los primeros movimientos de los jóvenes, pero sus valores no son excesivamente preocupantes (PMVC, 2003, Blanco et al., 2004).

Estornino negro (Sturnus unicolor)

Ocupa un área reducida de Europa a Iberia, Marruecos, Argelia del Norte y Túnez, Córcega (Este y Sur), Cerdeña, Sicilia, Malta, faltando en las costas mediterráneas de España, Francia e Italia y en Baleares. Su expansión hacia el Norte y Este ha sido en los últimos 10 años realmente espectacular. Ha invadido la campiña asturiana, donde era muy escaso o esporádico y cría ahora allí en pequeñas colonias o parejas aisladas en niveles por debajo de 200 metros y en localidades costeras

En Cantabria es sedentaria. Predomina en la zona sur desde donde parece que coloniza los valles atlánticos.

Gorrión común (Passer domesticus)

Es una de las especies más cosmopolitas, distribuyéndose por casi todo el mundo. El gorrión común es, aparentemente, el pájaro más abundante de la tierra, si bien esta apreciación parece errónea, dado que se encuentra principalmente unido a edificaciones humanas, disminuyendo el número conforme nos alejamos de ciudades, pueblos y caseríos. Siendo raro verlo lejos de zonas habitadas. Su presencia es más que habitual en los jardines y calles de pueblos y ciudades, en el patio del colegio peleando tras el recreo por los restos de los bocadillos de los niños. Es, con toda probabilidad, la primera especie con la que tenemos contacto.

Sedentario en Cantabria y muy común por todos los pueblos y ciudades, faltando en los ecosistemas bien conservados.

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Capítulo 4 102

Pinzón vulgar (Frangilia coelebs)

El Pinzón Vulgar es el fringílido más abundante en Europa. Su área de reproducción se extiende por todo el Continente, excepto en el extremo norte de Escandinavia e Islandia. Prácticamente no falta en ninguna parte donde exista aunque sea un árbol aislado, pero la mayor densidad es alcanzada en los bosques no muy densos de especies caducifolias. En hábitats favorables el número de parejas permanece corrientemente estable y es en otros lugares menos favorecidos donde se aprecia una marcada oscilación de un año a otro. En la Península Ibérica, con ser abundante, no alcanza las grandes densidades que tiene en centroeuropa. En estudios y censos de parejas realizados en Holanda se obtuvo un número de 66-87 parejas criando en un área de un kilómetro cuadrado. Mayores densidades se calcularon para Fenoescandia, donde oscilaban entre 49-145 parejas para un kilómetro cuadrado de bosque caducifolio, 20-102 en abetales y 12-29 en pinares. El tipo de alimentación del Pinzón Vulgar, a base de semillas, lo hace muy vulnerable a los plaguicidas. Los frecuentes tratamientos para combatir insectos y sobre todo plantas parásitas con herbicidas altamente venenosos, no hay duda que influirán grandemente en las poblaciones de este pájaro.

Una parte de la población europea inverna más al Sur de su área de reproducción. Iberia es receptiva de millones de pinzones que comienzan a llegar en los últimos días de septiembre. El paso es algunos días espectacular en el extremo occidental de los Pirineos. Las rutas de entrada difieren algo de las de salida en primavera, pero solamente están separadas entre sí por varios centenares de metros. Todos nuestros campos se llenan de pinzones europeos, entre los que, sin duda, habrá muchos de los nativos que temporalmente, de octubre a enero-febrero, desaparecen de su territorio habitual de cría. Es indudable que existe cierto erratismo o, digamos mejor, una trashumancia invernal, que lleva por lo menos a las poblaciones del norte de Iberia hacia zonas situadas más al Sur. El anillamiento puede revelar algo a este respecto. El movimiento primaveral de los pinzones europeos y no pocos nativos comienza a sentirse en la última semana de diciembre en una amplia franja que alcanza desde las provincias andaluzas de Cádiz y Huelva hasta Galicia y Asturias. Parece haber cierta tendencia a concentrarse mayoritariamente en campos costeros. En febrero la densidad en el noroeste ibérico es muy grande, y se aprecia bien por encima de una línea ideal que va desde Navarra a Badajoz. El paso en el mes de marzo por el País Vasco (Noval, 1967), primero los machos y después las hembras, éstas en la última decena del mes, constituye en algunos puntos de la región un maravilloso espectáculo.

Con tiempos fríos y lluviosos en el mes de octubre, si siguen a ellos días más templados, es frecuente ver en Cabo Higuer (Fuenterrabía, Guipúzcoa) un gran contrapaso en dirección a Francia. Con tiempos duros del Norte, la entrada de pinzones procedentes de los campos franceses y probablemente ingleses y alemanes, es muy grande, pero una vez pasadas las circunstancias que obligaron a su desplazamiento al Sur, regresan inmediatamente hacia el Norte. También en Levante y Baleares hay numerosos invernantes. En las islas solamente se reproduce en Mallorca y Menorca y no hay evidencia de que la población local emigre en el otoño.

A partir de la segunda mitad de septiembre ya se ven agrupados en los campos andaluces. García Rúa (1975) observa pinzones a finales de septiembre cerca del Estrecho de Gibraltar y los bandos son numerosos en las proximidades de la playa de Tarifa en el mes de octubre. Thiollay y Perthuis (1975) recuentan en los primeros veinte días de octubre, desde dos puestos de observación, más de un millar volando hacia el Norte de África, donde es invernante numeroso, pero no proporciona una llegada otoñal espectacular y como los demás fringílidos únicamente en días de fuerte viento se acusa más su presencia (Pireau y Giraud-Audine, 1976).

Vive en un gran ámbito de lugares, pero prefiere las zonas boscosas, aunque también se lo encuentra en jardines y granjas.

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Capítulo 4 103

Dentro del grupo de los fringílidos, el Pinzón vulgar es el representante más numeroso en los bosques, parques y setos de Cantabria.

Verderón común (Carduelis chloris)

El Verderón Común se halla distribuido por casi toda Europa, excepto en Islandia y mitad norte de Escandinavia. En todas partes es un pájaro abundante y popular. Lo mismo sucede en la Península Ibérica, y su densidad es muy alta lo mismo en el Norte que en el Sur de Iberia, alcanzando altitudes de más de 1.500 metros, no faltando en bosques de montaña ni en arboledas y valles cercanos a la costa.

Sedentaria e invernante en Cantabria. Muy común en la campiña costera y zonas agroganaderas de interior. También en medios humanizados, en parques, jardines y cultivos. En invierno se produce la llegada de aves europeas que engrosan nuestra población.

Verdecillo (Serinus serinus)

El Verdecillo es pariente del Canario que, introducido en Europa en el siglo XV, constituye el origen de toda la familia de Canarios que conocemos en la actualidad. Esta ave vive en los parques y jardines, frecuenta también los terrenos baldíos y los taludes abandonados en busca de comida.

En España es muy común; cría sobre todo en frutales y todo tipo de árboles y arbustos. Los bandos otoño-invernales, a veces muy nutridos, realizan desplazamientos de sus lugares habituales de cría hacia zonas de cultivos para alimentarse.

En Cantabria Sedentaria. Muy común y con amplia distribución tanto en superficie como en altitud. Habita en biotopos muy variados de bosques y zonas humanizadas.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta para uso residencial es MODERADO.

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Capítulo 4 104

4.2.3.5. SUELO URBANO VILLA DE ESCALANTE

El Plan ha delimitado un Suelo Urbano en torno a la Villa de Escalante, núcleo con 509 habitantes y con 252 viviendas. Posee trama urbana bien definida y todos los servicios. El suelo urbano consolidado está delimitado, conforme se grafía en los planos, al norte hasta la Iglesia de Sta. Cruz y al Convento de San Juan, al sur con la marisma, al este con el río Pozeirún y al oeste con el camino del Chapao. Se incluye Suelo Urbano de Protección Especial (entorno y edificaciones de la Ermita y el Convento) de 17.312 m2.

Dentro del núcleo urbano se muestra además dos áreas de Suelo Urbano No Consolidado (SUNC):

La delimitada entre el casco, la Iglesia, la carretera CA-460 y el río Pozeirum. Se han diferenciado 3 sectores:

o SU3 entre la carretera CA-460 y el camino de acceso a la Iglesia de 26.162,4 m2:

o SU4 junto al río Pozeirún de 5.444,6 m2

o SU5 junto a la Iglesia de 2.979,4 m2

La delimitada entre el Convento, la CA-460 y el camino del Chapado, de 8.065,9 m2, y cuya mitad oeste ha sido asignada como ZONA VERDE.

SUELO URBANO VILLA DE ESCALANTE

(MAGENTA: Villa;); VERDE: Protección de Costas)

Aparte del núcleo el suelo es una pradería que no se encuentra formando parte de ningún espacio protegido y está fuera del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43 y no guarda relación con especies protegidas.

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Capítulo 4 105

Tampoco este suelo juega un papel relevante en la conectividad territorial del municipio, afectada en la zona por la villa de Escalante y por el conjunto de núcleos rurales y carreteras en la zona central llana del municipio, entre la zona montañosa del oeste y la de estuario del este.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

La calidad del suelo es Alta con limitaciones por facies química ácida, siendo la profundidad somera.

Presenta una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Media y una fragilidad Alta por la proximidad a la villa de Escalante y de la CA-148, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

El Suelo Urbano no consolidado SU3, entre la carretera CA-460 y el camino de acceso a la Iglesia, SU4, junto al río Pozeirún y SU5, junto a la Iglesia, están en zona con riesgo de inundación.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta de Suelo Urbano para uso residencial es MODERADO.

4.2.3.6. SUELO URBANO EL ALVAREO

El núcleo de El Alvareo se encuentra rodeado por suelo perteneciente al Plan de Ordenación del Litoral, definido como Modelo Tradicional, pero excluido del mismo, pues en las Normas Subsidiarias vigentes está definido como suelo urbano.

Se mantiene la calificación de Suelo Urbano, aunque se reduce su superficie, pues en la zona no edificada, al norte de la CA-461, existe un Proyecto de Urbanización aprobado.

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Capítulo 4 106

La parcela contigua al oeste, de 8.943 m2, que linda con una urbana edificada, al oeste de ésta, se califica como Suelo Urbano No Consolidado, pues es intención del Ayuntamiento, continuar con la idea del proyecto de urbanización aprobado recientemente.

EL ALVAREO

(NEGRO: Límite municipal al norte con Meruelo; ROJO: Suelo Urbano; ROSA: Suelo Urbano no

consolidado)

A parte del núcleo, el suelo es una pradería que no se encuentra formando parte de ningún espacio protegido y está fuera del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43 y no guarda relación con especies protegidas.

La zona tiene un papel discreto en la conectividad territorial del municipio, afectada en la zona por la por la CA-147 y la CA-461.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

La calidad agrológica del suelo es Baja, con permeabilidad Media, profundidad somera y sin hidromorfía.

Presenta una intervisibilidad comprendida inferior al 25 %, con una calidad visual Media y una fragilidad Baja por una reducida cuenca visual, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

No afecta a la hidrología encontrándose fuera de zonas de inundabilidad y de cualquier otro riesgo natural.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

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Capítulo 4 107

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta para uso residencial es COMPATIBLE.

4.2.3.7. SUELO URBANO INDUSTRIAL

Existe en el norte del municipio, junto al núcleo de Baranda y la carretera CA-460 a Castillo, un área industrial compuesta por cuatro naves que formaron parte de un complejo de manufacturados de hormigón. Se trata de una zona totalmente transformada y urbanizada de 21.235 m2.

En el presente PGOU se mantiene esa área industrial y se califica como Suelo Urbano Industrial (SUI).

SUELO URBANO INDUSTRIAL

No hay cambios con respecto a la situación preoperacional.

No implica a ningún hábitat de la Directiva 92/43, no guarda relación con especies protegidas y no se produce afección a espacios protegidos.

Carece de papel relevante en la conectividad territorial muy afectada en esta zona por la secuencia de núcleos de población en torno a la CA-460 que une Baranda con la villa de Escalante.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

Suelo sin hidromorfía, no afectado por riesgo de inundabilidad ni por ningún otro riesgo natural.

Presenta una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Muy Baja y una fragilidad Media, si bien se encuentra limitando por su parte norte con suelo que el PORN

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Capítulo 4 108

zonifica como Área de Interés Paisajístico y que el Plan lo cataloga como Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de la transformación del suelo que conlleva esta propuesta de Suelo para uso industrial es COMPATIBLE.

4.2.3.8. PLAN ESPECIAL DE SUELO RÚSTICO EN QUINTANA Y CURERA

Los Planes Especiales de Suelo Rústico no clasifican el suelo, imponen y desarrollan las limitaciones al uso del suelo mediante la regulación del mismo. Entre el PGOU y los PESR existe una relación basada en el principio de especialidad, no pudiendo modificar los planes especiales parámetros ni determinaciones de carácter general. La aplicación de este tipo de planes de desarrollo en suelo rústico se extiende sobre cualquier categoría de suelo rústico, si bien su efecto se limita a los suelos que se localizan en el entorno próximo de los núcleos urbanos o tradicionales así reconocidos por el planeamiento territorial o urbanístico que puedan calificarse como suelos rústicos de protección ordinaria por no reunir ninguno de los requisitos y características contenidas en el artículo 108 de la Ley de Cantabria 2/2001.

La Ley de Cantabria 2/2009, 3 de Julio, y Ley de Cantabria 3/2012, de 21 de junio, son de Modificación de la Ley de Cantabria 2/2001, en los artículos referidos al suelo rústico, estableciendo la posibilidad de autorización de viviendas aisladas de carácter unifamiliar, así como pequeñas instalaciones vinculadas a actividades artesanales, de ocio y turismo rural siempre que se pretenda su construcción en terrenos próximos a los suelos urbanos o núcleos tradicionales que vengan recogidos en el planeamiento territorial o urbanístico. Para ello, la Ley establece en la Disposición Adicional Quinta la sistemática que permite autorizar lo dispuesto en el citado artículo 113.1.h) mediante la previa elaboración de un PLAN ESPECIAL DE SUELO RUSTICO (PESR) o la incorporación de las determinaciones correspondientes al suelo rústico en el Plan general de Ordenación Urbana.

De acuerdo con la referida Disposición Adicional quinta, el PESR tiene como objeto:

delimitar aquellos terrenos próximos a los núcleos urbanos o tradicionales en los que por sus características: morfológicas, físicas, culturales y naturales sea posible la implantación de los usos establecidos en el artículo 113.1.h) sin producir un menoscabo en los valores antes mencionados, ni un impacto ambiental significativo en ese entorno inmediato de los núcleos.

establecer las condiciones de uso y de integración en el entorno que deberán cumplir las nuevas construcciones que se autoricen, así como, la determinación de directrices generales de la edificación en cuanto a tamaño de parcela, distancia a colindantes, alturas de edificación, ocupación y otras características morfológicas o tipológicas relevantes.

El presente Plan General de Ordenación Urbana incluye dos zonas de Plan Especial de Suelo Rústico:

Plan Especial de Suelo Rústico en Quintana: de 285.627 m2 en el paraje de Quintana al oeste del núcleo de Escalante.

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Capítulo 4 109

AMARILLO: PESR en QUINTANA

(VERDE: Protección Costas; FUSIA: Transito Costas)

Plan Especial de Suelo Rústico en Curera: de 96.634 m2 en el paraje del mismo nombre al este del núcleo de Escalante.

AMARILLO: PESR en CURERA

(VERDE: Protección Costas)

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Capítulo 4 110

Los criterios de ordenación se ajustan al artículo 114 de la Ley de Cantabria 3/2012 y a la Ley 2/2001.

Actualmente el suelo de ambos sectores es una pradería que está fuera del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

No implican a ningún hábitat de la Directiva 92/43 y no guardan relación con especies protegidas, aunque se encuentra dentro de los límites de la ZEPA pero fuera del LIC.

Se encuentran afectados por el PORN, implicando suelos de Uso Intensivo y de Uso Especial.

No juegan un papel relevante en la conectividad territorial del municipio, afectada en la zona por la villa de Escalante y por el conjunto de núcleos rurales y carreteras en la zona central llana del municipio, entre la zona montañosa del oeste y la de estuario del este.

Presentan condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

La calidad del suelo es en general Alta con limitaciones por facies química ácida a excepción de la zona oriental del PESR en Curera cuya calidad es Baja con limitaciones por erosión. El suelo es Poco profundo y la permeabilidad es en general Baja exceptuando una pequeña zona en Curera de permeabilidad alta

Presentan una intervisibilidad comprendida entre el 25 y el 50 %, con una calidad visual Media-Alta y una fragilidad muy Alta por la proximidad a la villa de Escalante y de la CA-148, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

En el sector de Curera existen zonas entorno al río Pozeirún, bajo riesgo de inundabilidad con una periodicidad de 500 años. No están afectados por ningún otro riesgo natural.

No se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto que conlleva estos Planes Especiales de Suelo Rústico es MODERADO.

4.2.3.9. DESARROLLO DE LOS NÚCLEOS RURALES Y TRADICIONALES

Las recientes modificaciones de la legislación urbanística de Cantabria optan por flexibilizar los usos inicialmente previstos en el suelo rústico, permitiendo el uso de la vivienda unifamiliar aislada y el de las pequeñas instalaciones vinculadas a actividades artesanales, culturales, de ocio y turismo rural al objeto de “aportar al medio rural auténticas posibilidades de futuro vinculadas a una forma de crecimiento del mismo que sería la tradicional”.

La Ley de Cantabria 3/2012 de 21 de junio que modifica a la Ley 2/2001 va encaminada a posibilitar una “forma de crecimiento moderado y sostenible en torno a los núcleos urbanos o tradicionales existentes orientando el crecimiento en los ámbitos próximos al suelo urbano, en las tradicionalmente denominadas corolas, mediante viviendas unifamiliares aisladas, que normalmente perpetúan y arraigan en el terreno las relaciones familiares posibilitando y favoreciendo la fijación de la población en el territorio, y también mediante pequeñas instalaciones en las que puedan llevarse a cabo

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Capítulo 4 111

actividades artesanales, culturales, de ocio y turismo rural que aportan un indudable valor al medio rural”. Para ello se permite que, además de las ya existentes figuras de los Planes Especiales de Suelo Rústico y de los Catálogos de Edificaciones en Suelo Rústico, exista la posibilidad de obtener licencia directa, con todos los controles y limitaciones que sean precisos para la protección del suelo rústico. La capacidad de carga de este uso en el municipio de Escalante es amplia, si bien, va a estar limitada por lo establecido en la legislación.

La construcción en suelo rústico que propone el Plan se ajusta a lo dispuesto en la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, con las modificaciones introducidas por la Ley de Cantabria 3/2012, de 21 de junio, y diferencia dos desarrollos en el suelo rústico según se encuentre afectado por el POL o por PORN.

DESARROLLO EN SUELO RÚSTICO EN EL MODELO TERRITORIAL (MT) DEL POL

Las determinaciones del POL (Ley de Cantabria 2/2004) habilitan el desarrollo de viviendas unifamiliares aisladas en suelo rústico a través de los artículos 48.2 y 3, que son aplicables a la Categoría de Modelo Tradicional:

Artículo 48. Régimen de los crecimientos urbanísticos en el Área de Modelo Tradicional.

“… 2. En los núcleos tradicionales de menos de 40 viviendas, el planeamiento urbanístico podrá optar entre un desarrollo a través de crecimientos planificados o mediante vivienda unifamiliar aislada en suelo rústico. En el caso de optar por crecimientos con vivienda unifamiliar aislada en suelo rústico, estos deberán proyectarse en las mieses contiguas al núcleo más alteradas desde el punto de vista morfológico y funcional.

3. En caso de que se opte por el modelo de crecimiento basado en la vivienda unifamiliar aislada, se deberán observar los siguientes requisitos:

a) El número de viviendas admisible no podrá superar el número de viviendas preexistentes en el núcleo en el momento de la aprobación del planeamiento.

b) La delimitación de la zona de crecimiento dentro de la mies no podrá superar la superficie del núcleo preexistente.

c) El planeamiento urbanístico analizará la morfología del núcleo y su entorno, a los efectos de determinar la zona de mies a delimitar y los parámetros urbanísticos que las nuevas edificaciones deben seguir en cuanto a tamaño de parcela, distancia a colindantes, altura de cierres así como otras características tipológicas relevantes del lugar.

d) Se procurará el mantenimiento de las estructuras formales preexistentes, tales como muros y orlas vegetales.

e) Las nuevas edificaciones deberán apoyarse en la red de caminos existente, introduciendo únicamente los viarios imprescindibles.

El POL no exige ni impide la redacción de un Plan Especial para la implantación de vivienda unifamiliar aislada, por lo que desde el PGOU cabe plantearse la posibilidad de delimitar las zonas de crecimiento sobre los suelos rústicos de protección ordinaria de Mies vinculados a los Núcleos Tradicionales y Rurales que se encuentren en MT y dispongan de menos de 40 viviendas. Si la implantación se regula vía Plan Especial, deberán tenerse en cuenta las limitaciones del POL, salvo a las que el PGOU debe amoldarse.

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Capítulo 4 112

Recientemente, el 26 de febrero de 2013, la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo acordó aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan de Ordenación del Litoral que afecta a los artículos que regulan las condiciones relativas a los desarrollos urbanísticos y cambios de uso en las Áreas de Ordenación, de manera que las nuevas condiciones establecidas en la Ley de Cantabria 2/2001 se hagan extensibles, sin excepción, al conjunto de los municipios de la región. En concreto, se modifica el artículo 46 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral, que queda redactado como sigue:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se modifica el artículo 46 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan Ordenación del Litoral, que queda redactado como sigue:

Artículo 46: USOS AUTORIZABLES EN EL ÁREA DE ORDENACIÓN.

1. En los términos establecidos en el presente Título, en el Área de Ordenación serán autorizables, según la clasificación urbanística del suelo, los usos contemplados en la Ley 2/2001, de 25 de junio, para los suelos urbanizables y rústicos, sin perjuicio de las limitaciones que al respecto establezca la legislación sectorial o el planeamiento territorialy urbanístico.

2. En el Área de Ordenación también se podrán aprobar Planes Especiales en Suelo Rústico de acuerdo con lo establecido en el Ley de Cantabria 2/2001.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Disposición Transitoria Primera, apartado 2 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral, que queda redactado como sigue:

Sin perjuicio de lo establecido en las restantes disposiciones transitorias, la aplicación de las determinaciones relativas al área de ordenación requerirá la previa adaptación del planeamiento urbanístico a esta Ley. No obstante, resultará de aplicación directa e inmediata lo establecido en el artículo 46.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA: PLANES ADAPTADOS AL POL.

Los ayuntamientos con planes ya adaptados al Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria podrán tramitar la modificación de los mismos para adaptarse a lo establecido en esta reforma, sin que ello implique la necesidad de revisar el planeamiento.

Los Ayuntamientos con planes en trámite de adaptación al Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria, podrán promover su adaptación a esta reforma legal desde el momento de su entrada en vigor.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. APARTADO 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 48: RÉGIMEN DE LOS CRECIMIENTOS URBANÍSTICOS EN EL ÁREA DE MODELO TRADICIONAL.

Quedan derogados los apartados 2 y 3 del artículo 48 de la Ley del Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria.

Dentro del Plan de Ordenación del Litoral, en Modelo Tradicional, se encuentran los núcleos de Noval, La Canal, Los Palacios, El Rincón de Baranda, La Casona, Baranda (en la margen oeste a la CA-460) y Cornoció.

El tratamiento dado a estos núcleos en el Plan es conforme a la Ley 2/2001 con las diferentes modificaciones sufridas y conforme a la al Plan de Ordenación del Litoral en Modelo Tradicional con las adaptaciones legalmente realizadas.

En el caso de Los Palacios, El Rincón de Baranda y La Casona se trata de núcleos pequeños de tres o cuatro casas que están edificadas en torno a un corral central de libre acceso.

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Capítulo 4 113

En el caso de La Canal, Noval y Baranda (en la margen oeste a la CA-460) se trata de núcleos de mayor entidad con una cuarentena de viviendas, algunas de más de 100 años y otras de unos posos construidas en el suelo urbanos de las Normas vigentes.

El núcleo de Cornoció está situado al sureste del municipio, junto al polígono industrial de Ambrosero (Bárcena de Cicero). En él hay cinco edificaciones de las que se habitan solamente dos. El Ayuntamiento pretende impulsar esta zona para alojar el área industrial del municipio, con industria de media-baja potencia, que cuenta con 86.300 m2 junto al polígono industrial existente y la línea de FEVE, Santander-Bilbao.

Los núcleos situados al NO de la villa de Escalante: La Casona, Baranda, El Rincón de Baranda, Los Palacios y La canal están relacionados con el eje vial de la CA-460, mientras que Noval al oeste lo está con la CA-461.

Estos núcleos y sus entornos más inmediatos no comprenden hábitats protegidos de la Directiva 92/43, ni guardan relación con especies protegidas.

El conjunto de núcleos sucesivos sobre la CA-460, y la propia vía, debilita la conectividad territorial entre la zona montañosa del municipio al oeste y el borde litoral del estuario al este. Ejes de conectividad ya interrumpido por la CA-148 que conecta la CN-634 en Gama con Escalante, Argoños y Santoña.

Las actuaciones que contemplan el Plan en estos suelos no supondrán cambios en la actual situación respecto de la conectividad territorial.

Todos los núcleos y sus entornos inmediatos se encuentran fuera del ámbito del PORN, del LIC, de la ZEPA y del Sitio RAMSAR, salvo el núcleo de Baranda que su mitad este se encuentra dentro del suelo de Uso Especial del PORN y el núcleo de Noval que por el sur se encuentra dentro del suelo de Uso Especial del PORN.

El Rincón de Baranda tiene una zona que limita al oeste con suelo de Protección Ecológica (PE) del POL, lo mismo que el núcleo de Los Palacios. La Canal limita al oeste con suelo de Ordenación Ecológica Forestal (OEF) del POL. Todo el núcleo de La Casona se encuentra dentro del suelo catalogado de Modelo Tradicional (MT).

En todos los casos, las condiciones constructivas son favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

El suelo es poco profundo, sin hidromorfía, de permeabilidad Baja, salvo en parte del núcleo de Noval y la Canal que es Alta, de calidad agrológica Alta con limitaciones por facies química ácida.

Ninguno de los núcleos está en zona de inundabilidad ni se encuentra afectado por otro tipo de riesgo natural.

La calidad del paisaje y la fragilidad visual varían entre Baja y Media, con un grado de intervisibilidad entre el 25 y el 50 %. El entorno de estos núcleos forma parte de la unidad de paisaje de llanura costera, mieses y terrazgos de monte con uso agropecuario.

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Capítulo 4 114

LA CASONA

LOS PALACIOS

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Capítulo 4 115

El RINCON DE BARANDA

LA CANAL

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Capítulo 4 116

NOVAL

BARANDA

(Margen izquierda de la CA-460 en MT, margen derecha en PORN)

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Capítulo 4 117

CORNOCIÓ (En fusia la posible expansión industrial, al sur del límite municipal, el polígono de Ambrosero)

Cornoció, al suroeste de la villa de Escalante, presenta características muy parecidas a los núcleos anteriores. Su proximidad con el polígono industrial de Ambrosero del que lo separa la línea de ADIF Santander-Bilbao, la carretera Nacional CN-634 y la Autovía A-8 determinan una escasa relevancia de esta zona en la permeabilidad territorial.

Presenta condiciones constructivas favorables, sin problemas específicos aparentes. Las pendientes son inferiores al 10 %.

Suelo poco profundo, de calida agrológica Moderada con limitaciones por facies química ácida.

Presenta una intervisibilidad inferior al 25 %, con una calidad visual Baja y una fragilidad visual Baja, perteneciendo a la unidad de llanura de suelo transformado de mieses que integran la campiña atlántica.

No afecta a la hidrología encontrándose fuera de zonas de inundabilidad y de cualquier otro riesgo natural.

Actualmente el suelo inmediato es una pradería, existiendo un hábitat protegido de la Directiva 92/43, aunque no prioritario: código 9340: Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (verde: Encinar; Magenta: Madroñal) que se encuentra afectado por este núcleo y por el Suelo Urbanizable Industrial propuesto en el Plan ver punto 4.2.3.3.

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Capítulo 4 118

Hábitats protegidos (Directiva 92/43) Código 9340: Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (verde:

Encinar; Magenta: Madroñal).

En ningún caso se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de los desarrollos de los núcleos rurales y tradicionales en el Modelo Territorial (MT) del POL es COMPATIBLE.

DESARROLLO EN SUELO RÚSTICO AFECTADO POR EL PORN

El municipio de Escalante está afectado por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel (PORN) comprendiendo suelos en las siguientes zonas:

1) Uso Especial: se localiza en los pequeños núcleos del municipio de Escalante afectados por el PORN como son Los Fachos, La Lastra y Borroto, así como, una franja a ambos lados del núcleo de Escalante.

2) Uso Intensivo: se sitúa en forma de anillo rodeando las zonas de uso especial.

3) Uso Moderado: el resto de la zona no inundable.

El PORN en el Uso Intensivo permite los siguientes usos (artículo 81):

a) Los definidos como tales para la zona de Uso Moderado.

b) Los servicios relacionados con el uso público o turístico.

c) Los nuevos viales.

d) Los tendidos eléctricos.

Siendo usos excepcionales los siguientes (artículo 82):

a) Viviendas familiares aisladas. Para poder autorizar este uso, los instrumentos de desarrollo urbanístico, en el marco de lo previsto por el artículo 100, determinarán previamente las condiciones necesarias que garanticen la integración paisajística de estas viviendas, su

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Capítulo 4 119

armonía con el entorno, el empleo de tipologías adecuadas, las imposibilidad de formar núcleos de población, la protección de los valores ambientales y la consecución de los objetivos del PORN.

b) Las actividades incluidas en el apartado de usos prohibidos, cuando se trate de una reubicación de actividades incompatibles situadas en las zonas de Reserva o Uso Moderado y no exista otra localización alternativa. Dichas actividades pasarán a ser consideradas, a todos los efectos, como Elementos Fuera de Ordenación. No se incluye en esta excepción la formación de núcleos de población.

c) Construcciones e instalaciones vinculadas directamente a las obras públicas.

d) Los talleres y las naves de almacenamiento, salvo los casos contemplados en el artículo 83.a), cuando se asegure un correcto tratamiento de las aguas residuales, no se generen ni utilicen residuos tóxicos y peligrosos, sus emisiones atmosféricas se adecuen a la legislación sectorial correspondiente y no produzcan malos olores.

Y siendo usos prohibidos los siguientes (artículo 83):

a) Fábricas, industrias y naves industriales, incluidos los desguaces y los almacenamientos de chatarra.

b) Edificaciones residenciales no aisladas.

c) Edificaciones destinadas a la hostelería, la restauración o similares. Podrán exceptuarse, previa autorización, los casos asociados a la rehabilitación de construcciones ya existentes de tipología tradicional cuando esto no dificulte la consecución de los objetivos del PORN.

d) Formación de núcleos de población.

e) Utilización en los edificios de nueva planta de colores llamativos o disonantes, así como de superficies

En la zona de Uso Especial, el artículo 86 determina los usos permitidos, excepcionales o prohibidos:

a) Los indicados por la legislación sectorial aplicable en cada caso, sin perjuicio de lo especificado para los Elementos Fuera de Ordenación.

b) En relación con las playas, estará prohibido la instalación de cualquier tipo de tendidos aéreos, tener perros sueltos y circular con vehículos a motor. Respecto de la última limitación, se exceptuarán los del Servicio de Vigilancia y de los Cuerpos de Seguridad, así como los autorizados con el fin de transportar embarcaciones o los destinados para la recogida de algas.

El PORN en la zona de Uso Moderado, el artículo 76 determina los usos permitidos siguientes:

a) Aprovechamientos agropecuarios y silvícolas, junto con sus instalaciones y viales directamente asociados. Todos ellos regulados y sólo si son compatibles con los objetivos previstos para esta zona. En el caso de que dichas actuaciones, o las derivadas del resto de usos permitidos, se refieran a muros, vallados o similares, se utilizarán exclusivamente materiales naturales, setos vivos u otros que armonicen con el paisaje. Asimismo, estas consideraciones, junto con el principio de mínima ocupación, serán de aplicación a la hora de

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Capítulo 4 120

diseñar nuevas infraestructuras, tales como senderos, paseos, miradores, etc. Las indicaciones anteriores también serán respetadas en la zona de Reserva.

b) Investigación y uso público, en la medida en que respeten los objetivos conservacionistas y los aprovechamientos de la zona.

c) Los tendidos aéreos, salvo los eléctricos, que tendrán consideración de excepcionales.

d) Lo previsto en el artículo 72.b), previa autorización expresa.

El artículo 77, los usos excepcionales:

a) Los tendidos eléctricos aéreos.

b) Construcción o colocación de infraestructuras, edificaciones e instalaciones, cuando se trate de obras de utilidad pública, de interés social o estén asociadas directamente a los aprovechamientos piscícolamarisqueros -salvo las que pudieran derivarse de las prohibiciones del artículo 78- y no puedan realizarse en los núcleos de población, sus áreas de expansión, en la zona de Uso Intensivo o en otra ubicación alternativa. En cualquier caso, deberán diseñarse de modo que se minimicen los impactos negativos sobre las características territoriales y paisajísticas, los valores a conservar y los aprovechamientos tradicionales.

Y el artículo 78 los usos prohibidos:

a) Los definidos como tales para la zona de Uso Intensivo.

b) Instalaciones deportivas, incluidos los campos de golf.

c) Aparcamientos.

d) La ubicación de nuevos:

e) -Viales cuyas características no sean las especificadas en el artículo 76.a) ni 77.b).

f) -Instalaciones recreativas y turísticas, incluidos los campamentos de turismo («campings») y las áreas de acampada controlada.

g) -Viviendas o instalaciones destinadas al uso residencial, hostelería, restauración o similares.

h) Eliminación de la cubierta arbórea o arbustiva, con excepción de lo previsto en los artículos 76 y 77 y en los correspondientes Proyectos de Ordenación o Planes Técnicos.

i) La construcción de cerramientos u otras estructuras artificiales que fragmenten de forma relevante el territorio 0 dificulten gravemente la movilidad de los animales silvestres.

j) La circulación o estacionamiento de vehículos fuera de las vías y lugares señalados para tal fin, especialmente la circulación a campo traviesa y el «moto-cross». No estarán sujetos a tal autorización los vehículos que accedan a predios de propiedad privada o en régimen de concesión, los asociados a los aprovechamientos permitidos, ni los adscritos a las actividades de gestión o a los Cuerpos de Seguridad.

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Capítulo 4 121

Dentro del Plan de Ordenación de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel se encuentran los núcleos tradicionales de Baranda (margen este de la CA-460), Borroto, La Lastra, Carramigel, Riaño, Montehano, La Cagigoja, Quintana, Rionegro,

El tratamiento de estos núcleos pretende ser el existente en cada uno de ellos. Su mantenimiento y crecimiento se hará mediante lo estipulado en el PORN.

De ellos existen algunos que fueron tratados en el PORN como núcleos grafiándose un área de expansión y amortiguación entre el núcleo y la protección del ecosistema. Estos son Baranda (margen este de la CA-460), Borroto, La Lastra, Quintana y Rionegro. El Suelo Urbano de ellos es el coincidente con el Uso Especial del PORN, y su posible expansión, conforme a la ley del suelo rústico, la correspondiente al Uso Intensivo del PORN y que en el PGOU ha sido calificado como Suelo Rústico de Protección Ordinaria en Borroto, La Lastra y Quintana. En el caso de Quintana este SRO se tratará a través de un Plan Especial de Suelo Rústico.

Dentro del PORN no se considera como núcleo rural el de Riaño, aunque sí aparece en las NNSS vigentes, por tanto, éste está integrado dentro del Uso Moderado. Los núcleos de Cagigoja, Carramigel, Riaño y Montehano también están también dentro de esta zona, por lo que en todos estos núcleos no se permitirá su ampliación, estando sujetos a los usos que determina el PORN para esta zona de Uso Moderado.

BARANDA

(Margen derecha de la CA-460 en PORN (Especial), margen izquierda en POL)

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Capítulo 4 122

BORROTO

(AMARILLO: Núcleo Rural en Uso Especial, CIAN: Uso Intensivo)

LA LASTRA

(AMARILLO: Núcleo Rural en Uso Especial, CIAN: Uso Intensivo)

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Capítulo 4 123

RIONEGRO

(AMARILLO: Núcleo Rural en PORN Uso Especial, CIAN: PORN Uso Intensivo.

VERDE: Protección Costas; FUSIA: Transito Costas)

QUINTANA

(AMARILLO: Núcleo Rural en PORN Uso Especial, VERDE: Protección Costas)

Los núcleos de Baranda, Borroto, La Lastra y La Cagigoja se encuentran situados al norte de villa de Escalante entre la CA-148 y la CA-460. Carramigel, Riaño y Montehano al NE entre la CA-148 y la CA-241 y la zona adyacente a las marismas. Quintana y Rionegro se sitúan al sur de la villa de Escalante próximos a la CA-148.

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Capítulo 4 124

Estos núcleos y sus entornos más inmediatos no comprenden hábitats protegidos de la Directiva 92/43, ni guardan relación con especies. Los núcleos más próximos a espacios sensibles son los de Carramigel, Riaño y Montehano por su ubicación cercana a los hábitats protegidos 4090: Aulagar, 4030: Brezal-Tojal y la zona de marismas Estos núcleos están en zona de Uso Moderado, donde el PGOU, tal y como se ha indicado, se ajusta estrictamente a lo dispuesto en el PORN.

Todos los núcleos se encuentran fuera del ámbito del POL, dentro de la zona ZEPA pero fuera del LIC.

El suelo de estos núcleos y sus entornos inmediatos es Poco profundo o Somero, salvo en Rionegro que es Muy profundo. La permeabilidad es Baja-Media y la calidad agrológica resulta Alta en Rionegro, Alta con limitaciones por exceso de agua en Quintana y Alta con limitaciones por facies química ácida en Quintana y Baranda, Baja con limitaciones por erosión en Borroto, la Lastra, Carramiguel y muy baja en Riaño y Montehano.

Las pendientes son inferiores al 10 % y las condiciones constructivas son aceptables, no presentando riesgos naturales.

La calidad del paisaje resulta Baja en el entorno de ubicación de los núcleos situados al norte de la villa de Escalante entre la CA-148 y la CA-460, con fragilidad visual Media. La calidad es Alta en la zona de ubicación de los núcleos situados al NE de la villa de Escalante, con fragilidades entre Alta y Media. En la zona al sur de la villa de Escalante, tanto la calidad del paisaje como la fragilidad visual resultan entre Alta y Media. El porcentaje de intervisibilidad en la zona de Baranda está comprendido entre el 25 y el 50 %, para el resto este porcentaje es inferior al 25 %.

El entorno de todos estos núcleos forma parte de la unidad de paisaje de llanura costera, mieses y terrazgos de monte con uso agropecuario.

En ningún caso se prevé riesgo de afección al patrimonio cultural.

Se concluye por lo anteriormente expuesto que el impacto de los desarrollos de los núcleos rurales y tradicionales dentro del PORN de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel es COMPATIBLE.

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Capítulo 4 125

4.2.3.10. SÍNTESIS DE LA EVALUACIÓN

El Cuadro 4.9.muestra la síntesis de la evaluación realizada.

CLASIFICACIÓN EVALUACIÓN

Suelo urbanizable residencial al oeste de la villa de Escalante

Compatible

Suelo urbanizable residencial al este de la villa de Escalante

Moderado

Suelo urbanizable industrial Cornoció Moderado

Suelo urbano y urbanizable de Los Fachos

Moderado

Suelo urbano villa de Escalante Moderado

Suelo urbano El Alvareo Compatible

Suelo urbano industrial Compatible

Planes Especiales de Suelo Rústico en Quintana y en Curera

Moderado

Desarrollo núcleos rurales y tradicionales

Compatible

Cuadro 4.9. Síntesis de la evaluación de la afección de los suelos urbanos y urbanizables propuestos por el PGOU.

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Capítulo 4 126

4.2.4. CUARTO NIVEL: EVALUACIÓN DE LAS ACTUACIONES

Se corresponde con los potenciales impactos que se deriven de la fase de construcción, urbanización, edificación e instalaciones, y de la fase de funcionamiento de los nuevos usos u actividades del PGOU.

4.2.3.1. METODOLOGÍA

La identificación de los impactos se ha llevado a cabo mediante un sistema matricial donde se enfrentan las acciones o causas de impacto con los elementos y/o procesos ambientales.

Los impactos que el Plan redactado pueda producir serán los derivados de la ocupación y transformación del espacio y los debidos a la sobreexplotación de los recursos y procesos de contaminación.

A diferencia de los proyectos, el nivel de detalle sobre la información de las nuevas actividades que se van a localizar, y la forma y manera en que se van a materializar y explotar, es bastante más inconcreta en los instrumentos de planificación. Por ello, ciertos impactos adolecen de notable incertidumbre puesto que ocurrirán o no, en mayor o en menor grado, dependiendo de la forma en que se desarrolle el Plan hasta la fase de proyecto constructivo y la naturaleza de las actividades que se implanten. Este es el caso de los impactos de sobreexplotación y de los de contaminación, impactos que sólo pueden evaluarse en términos de riesgo. En cambio, los impactos debidos a la ocupación y transformación del espacio se pueden identificar y valorar con más precisión, sin incertidumbre, puesto que el Plan define y cuantifica la superficie para la que se contemplan cambios en los usos del suelo. No cabe el riesgo para este tipo de impacto, en tanto que la ocupación y transformación del suelo es una afección segura, directamente vinculada a la ejecución del Plan.

Se ha diseñado, por tanto, para la valoración de los impactos una metodología para los impactos de ocupación y transformación del espacio y otra para los impactos de riesgo.

4.2.3.1.1. METODOLOGÍA PARA LA VALORACION DE LOS IMPACTOS DE OCUPACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESPACIO

Identificados los impactos, la valoración se hace en función de los atributos Signo, Magnitud e Incidencia.

El Signo del impacto (S) alude al carácter beneficioso (+) o perjudicial (-) de la alteración producida por la acción de impacto. La Magnitud del impacto (M) es el grado de destrucción o alteración del elemento alterado y la Incidencia del impacto (I) se refiere a la importancia de la alteración producida en función de los atributos descriptivos que establece el Real Decreto 1131/1988.

La valoración de un impacto (Vi) es, por lo tanto, función de su Signo (Si), de su Magnitud (Mi) y de su Incidencia (Ii):

Vi = f(Si, Mi, Ii)

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Capítulo 4 127

La Magnitud del impacto se calcula en función del grado o porcentaje de destrucción o alteración o crecimiento del elemento o proceso afectado (Di) y en función de su valor de conservación (VCi), de la siguiente manera:

Mi = Di x VCi

El valor de conservación puede tomar los siguientes valores:

Expresión cualitativa Valor cuantitativo

Muy Alto 1

Alto 0,8

Medio 0,5

Bajo 0,3

Muy Bajo 0,1

Los criterios para la asignación de los valores de conservación fueron los siguientes:

Valor de conservación Muy Alto (1): elementos ambientales que se encuentran protegidos, como espacios naturales protegidos según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la biodiversidad; espacios incluidos dentro de la Red Natura 2000 (LICs, ZEPAs), hábitats prioritarios de la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora; especies biológicas protegidas en los ámbitos de la Comunidad de Cantabria y del Estado Español; elementos del patrimonio cultural protegido …

Valor de conservación Alto (0,8): elementos o componentes ambientales que se consideran estratégicos y/o resulten recursos o bienes escasos, tales como por ejemplo el agua o suelos de alta capacidad agrológica; vegetación de ribera; sectores económicos …

Valor de conservación Medio (0,5): elementos o componentes ambientales que presentan riesgo de incumplimiento de objetivos de calidad.

Valor de conservación Bajo (0,3) o Muy Bajo (0,1): tomando valores de 0,1 a 0,3 cuando los elementos ambientales carecen de méritos relevantes para su conservación por su rareza, representatividad, grado de naturalidad, fragilidad, o por valores científicos, culturales …

El valor máximo de magnitud se consigue cuando el grado de destrucción o alteración del elemento o componente ambiental es del 100 % y su grado de conservación es Muy Alto (1). Los valores de magnitud se estandarizan de la siguiente manera:

Valor de Magnitud, Mi Término cualitativo Valor cuantitativo estandarizado, Mis

Mi > 50% 25% < Mi 50% 10% < Mi 25% 1% < Mi 10% Mi 1%

Muy Alto Alto

Medio Bajo

Muy Bajo

1 0,8 0,6 0,4 0,2

El valor de Incidencia del impacto (Ii) se determina en función de los siguientes atributos (Real Decreto 1131/1988):

Inmediatez (i): atributo que se refiere a la relación causa-efecto pudiendo ser de efecto:

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Capítulo 4 128

Directo: o primario, cuando la acción o causa de impacto tiene una incidencia inmediata sobre el elemento ambiental.

Indirecto: o secundario, cuando la acción recae sobre la interdependencia entre un elemento ambiental y otro.

Acumulación (a): atributo que da idea del incremento progresivo de la manifestación del efecto, cuando persiste de forma continuada o reiterada la acción que lo genera, pudiendo ser:

Acumulativo: cuando al prolongarse en el tiempo la acción de impacto se incrementa progresivamente la gravedad del efecto.

No acumulativo: cuando la gravedad del efecto no se incrementa con el tiempo.

Sinergia (s): atributo que contempla el reforzamiento de dos o más efectos simples, pudiendo ser:

Sinérgico: cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varias acciones de impacto supone una alteración ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas de forma aislada.

No sinérgico: cuando el efecto conjunto de varias acciones de impacto producen una alteración que es la simple suma de cada uno de los efectos por separado.

Momento (m): atributo que se refiere al plazo de manifestarse el impacto en el tiempo, pudiendo ser:

A Corto plazo: cuando los efectos del impacto se producen dentro de un ciclo anual.

A Medio plazo: cuando los efectos del impacto se producen entre uno y cinco años.

A Largo plazo: cuando los efectos del impacto se manifiestan en un plazo de tiempo superior a cinco años.

Persistencia (p): atributo que alude a la permanencia en el tiempo de la alteración producida, pudiendo ser:

Permanente: cuando el efecto producido causa una alteración indefinida en el tiempo.

Temporal: alteración no permanente en el tiempo, con un plazo temporal de manifestación.

Reversibilidad (r): atributo que se refiere a la capacidad del medio, entorno, ecosistema o elemento alterado para asimilar la alteración producida debido al funcionamiento de los procesos naturales de la sucesión ecológica y los mecanismos de autodepuración, pudiendo ser:

Reversible: cuando puede producirse la recuperación por causas debidas a procesos naturales.

Irreversible: cuando la recuperación no es posible.

Recuperabilidad (rc): cualidad que se refiere a la capacidad de reconstrucción del elemento afectado por medio de la intervención humana (introducción de medidas de mejora ambiental), pudiendo ser:

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Capítulo 4 129

Recuperable: cuando es posible la reconstrucción del elemento alterado o la recuperación de la calida ambiental perdida introduciendo medidas de mejora ambiental.

Irrecuperable: cuando no es posible la reconstrucción del elemento alterado o la recuperación de la calidad ambiental perdida mediante la intervención humana.

La función de cálculo para la estimación de la Incidencia (Ii) fue la siguiente (Gómez, 20072):

rc3+r3+p3+m+s2+a2+i=Ii

Los valores que pueden tomar los diferentes atributos se muestran en el siguiente cuadro:

ATRIBUTO TIPO PESO

Inmediatez (i) Directo Indirecto

3 1

Acumulación (a) Acumulativo No acumulativo

3 1

Sinergia (s) Sinérgico No sinérgico

3 1

Momento (m) A corto plazo A medio plazo A largo plazo

3 2 1

Persistencia (p) Permanente Temporal

3 1

Reversibilidad (r) Reversible Irreversible

1 3

Recuperabilidad (re) Recuperable Irrecuperable

1 3

Para estandarizar entre 0 y 1 los valores de Ii se utilizó la siguiente expresión:

minmx

min

Ii -IiIi-Ii

=Iis

Donde:

Iis = valor de la Incidencia estandarizado entre 0 y 1.

Ii = valor de la Incidencia obtenido de aplicar la función de cálculo

Iimin= valor mínimo de Ii

Iimx= valor máximo de Ii

Los valores de Iimin y Iimx son para los impactos negativos de 15 y de 45 respectivamente. En el caso de los impactos positivos, los valores son de 9 y de 27 respectivamente, puesto que no se consideran los atributos de Recuperabilidad y de Reversibilidad.

2 Gómez Orea, D. 2007. Evaluación Ambiental Estratégica. Mundi-Prensa, Madrid.

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Capítulo 4 130

Finalmente, el valor del impacto (Vi) se calcula multiplicando, en cada caso, el valor de Magnitud (Mi) por el valor de Incidencia estandarizado (Is) con el signo correspondiente en función de si la alteración se considera beneficiosa (+) o perjudicial (-):

Vi = Mis x Iis

Teniendo en cuenta que el valor de Vi oscila entre 0 y 1, se considera que la calificación del impacto, ajustada a las clases que establece el Real Decreto 1131/1988, presenta la siguiente progresión:

Valor del impacto, Vi

Vi = Mi x Ii

INCIDENCIA, Ii

Muy Alta Alta Media Baja Muy Baja Nula

1 0,9 0,8 0,7 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1 0

MA

GN

ITU

D, M

i

Muy Alta

1 1 0,9 0,8 0,7 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1 0

Alta

0,8 0,8 0,72 0,64 0,56 0,48 0,4 0,32 0,24 0,16 0,08 0

Media

0,6 0,6 0,54 0,48 0,42 0,36 0,3 0,24 0,18 0,12 0,06 0

Baja

0,4 0,4 0,36 0,32 0,28 0,24 0,2 0,16 0,12 0,08 0,04 0

Muy Baja

0,2 0,2 0,18 0,16 0,14 0,12 0,1 0,08 0,06 0,04 0,02 0

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO NEGATIVO, Vi

Vi > 0,700,4 < Vi 0,70

0,20 < Vi 0,40

Vi 0,20

IMPACTO CRÍTICO IMPACTO SEVERO

IMPACTO MODERADO

IMPACTO COMPATIBLE

La vigente legislación no establece calificación para los impactos positivos, puesto que se basa en las posibilidades de retorno a la situación de calidad inicial bien por las capacidades de autorregulación del medio o mediante la aplicación de medidas de mejora ambiental, protectoras o correctoras. No se establece, por ello, gradación en la calificación para la valoración numérica de los impactos positivos.

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Capítulo 4 131

4.2.3.1.2. METODOLOGÍA PARA LA VALORACION DE LOS IMPACTOS DE RIESGO

La valoración de los impactos de riesgo se llevó a cabo siguiendo la metodología de Gómez Orea (2007) basada en:

El diagnóstico de la problemática ambiental de la situación actual.

La evaluación de las amenazas sobre el factor o elemento o proceso ambiental, teniendo en cuenta:

La posibilidad de que se produzca el efecto negativo en la situación más desfavorable, valorada en la siguiente escala: Escasa, Moderada, Elevada.

El grado en que se empeorará la situación actual, valorado en la siguiente escala: Bajo, Medio, Alto.

La valoración final del impacto de riesgo se hace en función de la siguiente matriz de decisión:

VALORACIÓN DEL RIESGO DE IMPACTO

Posibilidad de la situación más desfavorable

Escasa Moderada Elevada

Gra

do d

e em

peor

amie

nto

Bajo Riesgo Muy Bajo Riesgo Bajo Riesgo Moderado

Medio Riesgo Bajo Riesgo Moderado Riesgo Alto

Alto Riesgo Moderado Riesgo Alto Riesgo Muy Alto

Para cada impacto de riesgo identificado se realizó una ficha con el siguiente contenido:

RIESGO A EVALUAR

Factor de riesgo

Situación actual, indicadores

Am

enaz

as

Indicadores

Posibilidad de riesgo Escasa Moderada Elevada

Grado de empeoramiento Bajo Medio Alto

Valoración del riesgo Muy Bajo Bajo Moderado Alto Muy Alto

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Capítulo 4 132

La calificación del impacto se hará conforme a la siguiente relación:

Impacto Compatible: valoración del riesgo Muy Bajo o Bajo.

Impacto Moderado: valoración del riesgo Moderado.

Impacto Severo: valoración del riesgo Alto.

Impacto Crítico: valoración del riesgo Muy Alto

Para los impactos con efectos positivos, como la posibilidad de crear trabajo, se adaptan los términos para la valoración: probabilidad de ocurrencia (Escasa, Moderada, Elevada) grado de mejora (Bajo, Medio, Alto). La calificación será en estos casos de Impacto positivo.

4.2.3.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS

La información obtenida en el capítulo correspondiente al análisis del Plan constituye la base para la identificación de las acciones potenciales de impacto. Se ha utilizado también los sistemas de ayuda que proporcionan las listas de chequeo, los escenarios de comparación y la consulta a expertos.

4.2.3.2.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Las posibles acciones de impacto en esta fase de construcción serán las siguientes:

A. Desbroce y despeje de la vegetación.

B. Movimientos de tierra, excavaciones, terraplenes, pedraplenes, demoliciones.

C. Explanaciones, afirmado, pavimentos.

D. Drenajes, redes de saneamiento, abastecimiento, riego e incendio y obras de encauzamiento.

E. Redes de distribución de energía, telecomunicaciones y alumbrado público y gas.

F. Transporte de materiales y maquinaria.

G. Generación de residuos.

H. Ejecución de las obras

Los elementos y procesos ambientales susceptibles de ser alterados por las acciones de impactos serán los siguientes:

1. Suelo.

2. Geomorfología.

3. Hidrografía, hidrología.

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Capítulo 4 133

4. Atmósfera.

5. Paisaje.

6. Vegetación.

7. Fauna.

8. Especies protegidas.

9. Espacios protegidos.

10. Patrimonio cultural.

11. Sector agropecuario.

12. Sector secundario.

13. Sector terciario.

14. Sosiego público. Calidad de vida

15. Mano de obra.

16. Recursos.

Los potenciales impactos se muestran en la siguiente matriz de relación causa-efecto:

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Capítulo 4 134

Matriz de impactos

Construcción

A. D

esbr

oce

B. M

ovim

ient

o d

e tie

rras

C. A

firm

ado,

pav

imen

tos

D. D

rena

jes,

en

cauz

amie

nto,

rede

s ab

aste

cim

ient

o, s

anea

m..

E. R

edes

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dist

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ión

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gía,

etc

.

F. T

rans

porte

de

mat

eria

les

y m

aqui

naria

G. G

ener

ació

n de

resi

duos

H. E

jecu

ción

de

obra

s

1.Suelo 1A 1B 1C 1D 1E 1G

2.Geomorfología 2B

3.Hidrografía,hidrología 3B 3C 3D 3G

4.Atmósfera 4B 4C 4D 4E 4F 4G

5.Paisaje 5A 5B 5C 5D 5E 5G

6.Vegetación 6A 6B 6D 6E

7.Fauna 7A 7B 7D 7E

8.Especies protegidas 8A 8B 8D 8E

9.Espacios protegidos 9A 9B 9D 9E

10.Patrimonio cultural 10A 10B 10D 10E

11.Sect. agropecuario 11A 11B 11C

12.Sector secundario 12H

13.Sector terciario 13H

14.Calidad de vida 14F 14H

15. Mano de obra 15H

16.Recursos 16H

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 135

Impactos sobre el suelo (1A; 1B; 1C; 1D; 1E; 1G)

Los impactos sobre el suelo se producirán como consecuencia de las obras de urbanización y de los proyectos que desarrollen el Plan, tales como desbroce y movimientos de tierra, obras de afirmado y pavimentación, encauzamiento, obras de drenaje y obras de canalización para distribución de redes.

Se ocupará suelo de forma permanente, aquellos que soportarán las actividades y usos del PGOU lo que supondrá la pérdida irreversible de suelo con uso actual agropecuario y su transformación en suelo para uso residencial y para actividades en los sectores secundario y terciario. Además, de forma temporal, se ocupará suelo para el acopio de materiales, parque de maquinaria e instalaciones de casetas y oficinas.

Durante las obras podrá existir el riesgo de contaminación del suelo por vertidos accidentales de productos tóxicos, pinturas, barnices, hidrocarburos, aceites, etc.

Los impactos potenciales serán los siguientes:

Pérdida de suelo permanente.

Riesgo de contaminación del suelo.

Impactos sobre la geomorfología (2B)

Impactos derivados por los movimientos de tierra.

Los suelos donde se ha proyectado el Suelo Urbano y el Suelo Urbanizable presentan pendientes inferiores al 10 %.

Impacto potencial:

Modificaciones topográficas.

Impactos sobre la hidrografía e hidrología (3B; 3C; 3D; 3G)

Las corrientes de agua se han clasificado como Suelo Rústico de Especial Protección Ribera.

Los potenciales impactos durante esta fase de obras serán los siguientes:

Afección al dominio público hidráulico

Afección al sistema hidrológico y zona de flujo preferente

Modificación de la escorrentía superficial y procesos de recarga de acuíferos

Riesgo de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

Impactos sobre la atmósfera (4B; 4C; 4D; 4E; 4F; 4G)

Durante esta fase se generarán emisiones de polvo, gases y partículas debido a los movimientos de tierra, a la erosión eólica y al tráfico de vehículos de obra y maquinaria pesada, emisiones que podrán disminuir la calidad del aire. Estas mismas acciones causarán incremento de los niveles de ruido, pudiendo ser causa de molestias a los ciudadanos del entorno.

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Capítulo 4 136

Los impactos potenciales serán los siguientes:

Riesgo de contaminación del aire.

Riesgo de contaminación sonora.

Impactos sobre el paisaje (5A; 5B; 5C; 5D; 5E; 5G)

Los impactos se producirán como consecuencia de las modificaciones y/o eliminaciones de los componentes del paisaje, de la introducción de nuevos elementos, de los cambios en los componentes estéticos formales y por la alteración de las condiciones de percepción visual.

Las modificaciones y/o eliminaciones de los componentes del paisaje serán ocasionadas por las obras a realizar: desbroce, movimientos de tierra, etc. La introducción de nuevos elementos por edificaciones industriales y edificios residenciales, siendo los cambios en los componentes estéticos las nuevas líneas, formas, volúmenes, colores y texturas que se introduzcan. Las emisiones de gases y polvo a la atmósfera podrán afectar a la calidad en la percepción visual del paisaje.

El impacto sobre el paisaje en esta fase será:

Cambio de la calidad visual del paisaje.

Impactos sobre el componente biótico (6A; 6B; 6D; 6E; 6G; 7A; 7B; 7D; 7E)

Impactos que se producirán de forma directa sobre la vegetación y flora por las obras de desbroce y limpieza del terreno y consecuentemente sobre la fauna asociada a esta vegetación.

Los biotopos que sufrirán una mayor transformación serán los asociados a las mieses, prados, terrazgos y montes.

Los impactos potenciales que se podrán producir en esta fase serán los siguientes:

Eliminación de vegetación.

Desplazamiento de fauna.

Debilitamiento de la conectividad territorial.

Impactos sobre espacios protegidos y especies protegidas (8A; 8B; 8D; 8E; 9A; 9B; 9D; 9E)

El municipio de Escalante se encuentra ampliamente afectado por las Marismas de Santoña, y las consiguientes figuras de protección:

Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel. Red Natura 2000:

o Lugar de Importancia Comunitaria LIC ES1300007 “Marismas de Santoña, Victoria y Joyel”.

o Zona de Especial Protección para las Aves ZEPA ES0000143: “Marismas de Santoña Victoria y Joyel y Ría de Ajo”.

Sito RAMSAR Marismas de Santoña, Victoria y Joyel. Humedal de Importancia Internacional para las de Aves Acuáticas.

Page 82: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 137

La proporción de terrenos municipales protegidos es elevada, siendo el 53,46 % bajo protección del Parque Natural, el 52,70 % bajo protección por ZEPA y el 17,30 % bajo protección por LIC.

% %

Figura de Superficie Superficie (h) de protección respecto

Protección (h) en Escalante afectado al total municipal

Parque Natural 6979 960,18 14,37 55,3

LIC 3701,47 311,47 8,41 17,9

ZEPA 6760,18 948,61 14,03 54,6

Además bajo el Convenio RAMSAR está el 38,4 % del municipio (690,4 h).

Según Decreto 120/2008 de 4 de Diciembre, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria, en el municipio de Escalante existen las siguientes especies vulnerables de flora y fauna:

Hymenophyllum tumbrigense (L.) Sm.

Amenazas: Podrían verse afectadas por actuaciones asociadas a las explotaciones forestales o eliminación de bosques riparios para la introducción de cultivos forestales.

Espanoliella luquei

Es una especie troglobia endémica de Cantabria, de la cual se han encontrado dos poblaciones formadas por un escaso número de ejemplares en el Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

Amenazas: La modificación de las condiciones de humedad, luz y temperatura de las cuevas, así como los depósitos de materia orgánica procedente del guano de los murciélagos.

Rana de San Antonio (Hyla arborea)

La pérdida de hábitats por desecación y relleno de charcas, destrucción de la vegetación palustre y ribereña y contaminación de las aguas en zonas agrícolas, son las amenazas más importantes para la preservación de esta especie.

Caballito del diablo (Coenagrion mercuriale)

Las amenazas están relacionadas con la perdida de hábitats adecuados para la especie. Además las zonas donde se encuentran sus larvas se están rarificando, en parte debido a la pérdida de usos tradicionales donde antiguamente se mantenían molinos, charcas de riego, etc, … que favorecían a esta especie.

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Capítulo 4 138

Murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii (Kuhl, 1817))

Especie extremadamente gregaria, muy condicionada por la disponibilidad de refugios subterráneos (cuevas, simas, minas) durante el periodo reproductor y la invernada. Durante los pasos migratorios equinocciales entre las colonias de cría (en zonas del litoral) y de la invernada (en zonas del interior) se registran estancias de miles de ejemplares.

Amenazas: durante la fase de cría las colonías son especialmente sensibles, por lo que las posibles molestias por visitas incontroladas, alteración o destrucción de los biotopos de alimentación en las proximidades de los refugios (tala de bosques, presión urbanística,…) o el uso generalizado de pesticidias que conducen a la contaminación de estos biotopos, pueden producirse en perdida de crías o de toda o parte de la colonia. Es por ello imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación. Además, son muy sensibles a los cierres de los refugios mediante verjas, puesto que cuando esto ocurre los abandonan.

Murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum)

Amenazas: las visitas incontroladas, la alteración o destrucción de los biotopos de alimentación en las proximidades de los refugios (los incendios forestales, la gestión forestal que no considera los requerimientos biológicos de la especia, la presión urbanística…) o el uso generalizado de pesticidas que conduce a la contaminación de estos biotopos (en el medio agrícola y en los desvanes y cuadras) puede traducirse en pérdida de las crías o de toda o parte de la colonia. Además es imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación.

Murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale)

El uso masivo de insecticidas organoclorados en la agricultura, los tratamientos químicos para combatir plagas de xilófagos en desvanes, techumbres, etc…los anillamientos masivos, la baja tasa de reclutamiento, la pérdida y alteración de la calidad de sus refugios y hábitats naturales, las adecuaciones turísticas en cavidades de cría o invernada, los cerramientos inadecuados de estos refugios, el espeleoturismo, el vandalismo y los incendios forestales son los factores que más inciden en la preservación de esta especie. Además, es imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación.

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza ha suministrado al Ayuntamiento de Escalante cartografía digital en formato shapefile (SIG) sobre especies de Flora, Aves, Mamíferos y Peces amenazadas en Cantabria con el siguiente resultado en el municipio de Escalante:

Ninguna de las especies de flora y del grupo de invertebrados y peces amenazados se encuentran en el municipio de Escalante

Del grupo de las Aves, el Halcón peregrino se ha observado en el Canal de Escalante, Cantera de Montehano, Bárcena de Cicero y Montehano. El municipio puede ser también territorio de influencia del Aguililla calzada, el Abejero europeo y del Alimoche por las especies observadas en territorios cercanos al municipio.

Del grupo de los mamíferos la Nutria se ha observado en la marisma de Bárcena de Cicero y en la Cueva del Convento de Montehano hay presencia de Quirópteros.

Page 83: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 139

Los hábitats recogidos en la Directiva 92/43/CE presentes en el municipio son los siguientes

Los impactos potenciales que se podrán producir en esta fase serán los siguientes:

Eliminación de hábitats prioritarios de la Directiva 92/43/CE.

Riesgo de afección a especies que figuran en el Catálogo de especies amenazadas de Cantabria.

Eliminación de vegetación.

Desplazamiento de fauna.

Debilitamiento de la conectividad territorial.

Impactos sobre el patrimonio cultural (10A; 10B; 10D; 10E)

Las obras de desbroce y los movimientos de tierra, zanjas, canalizaciones, etc. podrán tener incidencia sobre el patrimonio arqueológico, por lo que el impacto potencial será:

Riesgo de afección al patrimonio arqueológico.

Impactos sobre sectores económicos (11A; 11B; 11C; 12H; 13H)

Las obras definidas en el Plan materializan el cambio de uso del suelo que se centra en el sector agropecuario a favor de un uso residencial e industrial.

FORMACION SINTAXON

CÓDIGO

Red Natura PRIORITARI0 AREA,

h

Aliseda ribereña Hyperico androsaemi-Alnetum glutinosae 9012 (*) 4,60

Aulagar Helictotricho cantabrici-Genistetum occidentalis 4090 0 9,50

Brezal - tojal Ulici europaei-Ericetum vagantis 4030 0 3,42

Comunidades salobres y marismeñas

Puccinellio maritimae-Arthrocnemetum fruticosi 1420 0 0,13

Comunidades salobres y marismeñas

Puccinellio maritimae-Arthrocnemetum perennis 1420 0 4,18

Comunidades salobres y marismeñas Salicornietum dolichostachyae 1310 0 4,30

Comunidades salobres y marismeñas Salicornietum obscurae 1310 0 0,99

Encinar Lauro nobilis-Quercetum ilicis 9340 0 15,78

Madroñal Phillyreo latifoliae-Arbutetum unedonis 9340 0 2,86

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 140

Durante las obras, se favorecerán actividades relacionas con los sectores de la construcción y de los servicios.

Los impactos serán:

Reducción de la actividad agropecuaria

Incremento de la actividad en los sectores secundario y terciario.

Impactos sobre el sosiego público (14F; 14H)

La fase de obras podrá generar molestias a los vecinos del entorno por las emisiones de ruido, polvo y por el incremento del tráfico de vehículos pesados. La población que se verá afectada será la de los núcleos del municipio:

Molestias a la población

Generación de mano de obra y consumo de recursos (15J; 16J)

En esta fase de obras se generará o mantendrá mano de obra en los sectores relacionados con la construcción y se producirá el consumo del agua, energía y materiales de construcción:

Probabilidad de generación de trabajo

Consumo de recursos.

4.2.3.2.2. FASE DE FUNCIONAMIENTO

Las acciones de impacto serán las relacionadas con los nuevos usos y actividades que contempla el PGOU:

I. Presencia de las nuevas edificaciones, infraestructuras.

J. Incremento en la circulación de vehículos.

K. Incremento en el consumo energético.

L. Incremento en los consumos de agua.

M. Incremento en los volúmenes de aguas residuales urbanas.

N. Emisiones luminosas de los nuevos desarrollos.

O. Incremento de la producción de residuos sólidos urbanos.

P. Incremento de residuos, vertidos y emisiones de actividad industriales.

Los elementos y procesos ambientales susceptibles de ser alterados por las acciones de impacto serán los siguientes:

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 141

1. Suelo.

2. Geomorfología.

3. Hidrografía, hidrología.

4. Atmósfera.

5. Paisaje.

6. Vegetación.

7. Fauna.

8. Especies protegidas.

9. Espacios protegidos.

10. Patrimonio cultural.

11. Sector agropecuario.

12. Sector secundario.

13. Sector terciario.

14. Calidad de vida.

15. Mano de obra.

16. Recursos.

17. Demografía.

Los potenciales impactos se muestran en la siguiente matriz:

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 142

Matriz de impactos

Funcionamiento

I. P

rese

ncia

de

nuev

as

edifi

caci

ones

J. In

crem

ento

en

la

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nes

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ctiv

idad

Q. S

uelo

Res

iden

cial

R. S

uelo

Indu

stria

l

S. S

uelo

Rús

tico

1.Suelo 1O 1P 1Q 1R 1S

2.Geomorfología

3.Hidrografía, hidrología 3O 3P

4.Atmósfera 4J 4N 4O 4P

5.Paisaje 5I 5N 5Q 5R 5S

6.Vegetación 6Q 6R 6S

7.Fauna 7Q 7R 7S

8.Especies protegidas 8S

9.Espacios protegidos 9S

10.Patrimonio cultural

11.Sect. agropecuario 11Q 11R 11S

12.Sector secundario 12Q 12R

13.Sector terciario 13Q 13R

14. Calidad de vida 14J 14P 14Q 14S

15.Mano de obra 15Q 15R 15S

16. Recursos 16J 16K 16L 16Q 16R 16S

17. Demografía

Page 85: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 143

Impactos sobre el suelo (1O; 1P; 1Q; 1R; 1S)

Se mantiene la pérdida de suelo ocasionada por los procesos de urbanización asociados a los usos residencial e industrial

Además, de forma específica en esta fase, puede existir el riesgo de contaminación del suelo, de forma directa o indirecta, por las actividades que se implanten en el suelo industrial. En el suelo residencial, una falta o inadecuada gestión de los residuos y vertidos pueden suponer también un riesgo de contaminación de suelos.

Por tanto, el impacto durante esta fase de funcionamiento sobre el suelo será:

Riesgo de contaminación del suelo.

Impactos sobre la geomorfología

No se producirán impactos sobre la geomorfología, manteniéndose los impactos sobre la topografía producidos en la fase de construcción.

Impactos sobre la hidrografía e hidrología (3O; 3P)

Los impactos asociados a esta fase se deberán a la gestión de las aguas residuales industriales y urbanas que se generen, con riesgo de afección a las aguas superficiales y subterráneas del río Besaya.

Riesgo de contaminación de las aguas.

Impactos sobre la atmósfera (4J; 4N; 4O; 4P)

Probable disminución de la calidad del aire y de la atmósfera por emisiones de ruidos, emisiones lumínicas, de gases, polvo, partículas, aerosoles de las nuevas actividades industriales y de las calefacciones en el área residencial. El incremento del tráfico, de turismos y de vehículos pesados, podrá suponer también un incremento de las emisiones de gases de combustión a la atmósfera y de los niveles sonoros en zonas sensibles.

Los impactos durante esta fase de funcionamiento podrán ser los siguientes:

Riesgo de contaminación del aire

Riesgo de contaminación sonora.

Riesgo de contaminación lumínica.

Impactos sobre el paisaje (5I; 5N; 5Q; 5R; 5S)

Mantenimiento de los impactos producidos en la fase de construcción por transformación de un paisaje agrario en otro con un mayor carácter urbano e industrial. Indirectamente, las emisiones a la atmósfera pueden suponer modificaciones en la percepción visual del paisaje.

El impacto se manifestará como:

Cambio de la calidad visual del paisaje.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 144

Impactos sobre el componente biótico (6Q; 6R; 6S; 7Q; 7R; 7S; 8S; 9S)

Durante esta fase se mantendrán los impactos potenciales de la fase de construcción: pérdida de vegetación natural en las áreas destinadas a los usos industriales, usos residenciales, equipamientos e infraestructuras; debilitamiento de la conectividad territorial y desplazamiento de la fauna asociada a los biotopos de mieses y cultivos y riberas que se verán reforzada por las actividades a desarrollar en las áreas industriales y residencial, tráfico de vehículos, emisiones, etc.

Existe además el riesgo de propagación de especies invasoras como el Plumero de la Pampa (Cortaderia selloana). El riesgo dependerá del tiempo que transcurra desde que se realicen los movimientos de tierra y se ejecuten las obras de construcción en las parcelas industriales y residenciales.

En síntesis, los nuevos impactos asociados a la fase de funcionamiento serán los siguientes:

Riesgo de propagación de especies invasoras

Patrimonio cultural

No se producirán impactos sobre el patrimonio cultural en esta fase de funcionamiento que deberá quedar suficientemente protegido.

Impactos sobre el sector agropecuario (11Q; 11R; 11S)

La pérdida de suelos de alta capacidad agrológica supondrá un debilitamiento del sector agropecuario en el municipio:

Pérdida de valor del sector agropecuario.

Impactos de los sectores secundario y terciario (12Q; 12R; 13Q; 13R)

Los incrementos de suelo para uso en los sectores secundario y terciario ofrecerán oportunidades para el desarrollo de estos sectores con la generación de mano de obra y posibilidad de mejora la tendencia demográfica del municipio.

Los impactos serán los siguientes:

Desarrollo del tejido industrial del municipio.

Incremento de suelo para uso terciario.

Mano de obra y demografía (15Q; 15R; 15S; 17Q; 17R)

El incremento de las actividades económicas ligadas a los sectores secundario y terciario conllevará la posibilidad de creación de trabajo y de recuperar la demografía del municipio:

Demanda de trabajo.

Calidad de vida (14J; 14N; 14P; 14Q; 14S)

La demanda de trabajo y la recuperación de la demografía tendrán un efecto positivo sobre la calidad de vida, que a su vez podrá verse afectada negativamente por el incremento de circulación, por una

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 145

mala gestión de los residuos y emisiones, generados tanto de las actividades en suelo residencial como en el industrial, o por una deficiente movilidad urbana.

Los previsibles impactos podrán ser los siguientes:

Molestias por incremento del tráfico rodado

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación del aire

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación sonora.

4.2.3.2.3. SÍNTESIS DE LA IDENTIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS

Se muestra a continuación la relación de los impactos identificados, que podrán darse bien en la fase de construcción, en la fase de funcionamiento o en ambas, y que se valorarán en el siguiente punto:

Pérdida de suelo permanente.

Riesgo de contaminación del suelo.

Modificaciones topográficas.

Riesgo de afección al sistema hidrológico.

Modificación de la escorrentía superficial. Procesos de recarga de acuíferos.

Riesgo de contaminación de las aguas.

Riesgo de contaminación del aire.

Riesgo de contaminación sonora.

Riesgo de contaminación lumínica.

Cambio de calidad visual del paisaje.

Eliminación de vegetación.

Desplazamiento de la fauna.

Riesgo de afección, desplazamiento, a especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas de Cantabria.

Riesgo de propagación de especies invasoras.

Debilitamiento de la conectividad territorial.

Riesgo de afección, eliminación, de hábitats de la Directiva 92/43/CE.

Riesgo de afección al patrimonio arqueológico.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 146

Reducción de la actividad agropecuaria.

Desarrollo del tejido industrial en el municipio.

Expansión de los núcleos urbanos.

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación del aire.

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación sonora.

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación lumínica.

Molestias por incremento del tráfico rodado. Movilidad urbana.

Generación de trabajo.

4.2.3.3. VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS

4.2.3.3.1. PÉRDIDA DE SUELO PERMANENTE Causas, acciones del impacto El nuevo suelo que se propone para su transformación a urbano más el ya transformado afecta al 4,6 % del territorio municipal.

La ocupación del suelo conlleva la realización de obras de urbanización y de edificación que supondrán la pérdida permanente e irreversible de sus propiedades edafológicas.

Valoración del impacto

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción (Di): 4,6 %. Se ha utilizado como indicador el porcentaje total de suelo municipal implicado en el proceso urbanizador.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,8. En el municipio de Escalante abundan los suelos de baja y muy baja capacidad agrológica con un 49% y 20,45%, respectivamente, debido a la presencia de zonas de marisma al Este y zonas de ladera, más montañosa, al Oeste. Sin embargo, encontramos un 17% del municipio con una alta capacidad agrológica coincidiendo con las zonas de topografía llana entorno al río Campiazo y los arroyos de Pozeirún y del río Negro o coincidiendo con suelos de tipo Cambisol dístrico, eútrico y gléyico.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 3,68 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo, la interpretación de la pérdida de este recurso se considera adversa.

Incidencia del impacto (Ii): o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones sobre el suelo de forma inmediata.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 147

o Acumulación (a): 3. Esta pérdida de suelo habrá que acumularla a la pérdida ocasionada por otras transformaciones del suelo realizadas con anterioridad.

o Sinergia (s): 1. La actuación conjunta de todas las acciones de impacto no tendrá un efecto sinérgico en el sentido de incrementarse la cantidad de suelo que se transformará por el cambio de uso.

o Momento (m): 3. Parte del suelo se transformará a corto plazo por las obras de urbanización y otras a medio y/o largo plazo por las obras de edificación e instalación de las industrias, empresas, comercios, etc. Se considera la situación más desfavorable.

o Persistencia (p): 3. Impacto que será permanente, por ser la alteración, pérdida del suelo, indefinida en el tiempo.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio (suelo en sentido edafológico) carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación de calidad inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3. Impacto irrecuperable, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio no puede retornar a la calidad inicial por actuaciones de mejora ambiental. Sólo puede paliarse el impacto con medidas compensatorias.

o Valor de la Incidencia (Ii): 41. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,87.

Valoración numérica del impacto (MisxIis): - 0.35. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.2. RIESGO DE CONTAMINACIÓN DEL SUELO Causas, acciones del impacto Durante las obras podrá existir el riesgo de contaminación del suelo por vertidos accidentales de productos tóxicos, pinturas, barnices, hidrocarburos, aceites, etc. En la fase de funcionamiento, el riesgo de contaminación del suelo, de forma directa o indirecta, podrá darse por las actividades que se implanten en el suelo industrial. En el suelo residencial, una falta o inadecuada gestión de los residuos y vertidos pueden suponer también un riesgo de contaminación. Como impacto diferido o secundario, el riesgo de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: riesgo de contaminación del suelo.

Factores de riesgos: suelo de forma directa.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 148

Situación actual, indicadores3:

Según el Plan redactado, no se considera necesario la modificación del sistema de recogida de residuos sólidos con respecto al sistema empleado actualmente, consistente en la existencia de contenedores separativos situados en la vía pública.

Los nuevos desarrollos deberán estar preparados para el sistema de recogida separativa, destinando espacios en los viales públicos previstos para la ubicación de los distintos contenedores.

Hasta la fecha el Gestor de Residuos de Cantabria ha considerado suficiente la implantación de un punto limpio móvil en el municipio.

Se compara a continuación algunos indicadores sobre la generación y gestión de residuos del municipio de Escalante otros de su misma zona y con la comunidad de Cantabria:

- Nº de contenedores de papel y cartón por cada mil habitantes:

Municipio de Escalante: 6,57, por encima del ratio de la Comunidad de Cantabria de 4,31, del municipio de Argoños (3,26), del municipio Arnuero (2,41) y del de Santoña (3,11).

- Residuos recogidos de papel y cartón (kg/habitante/año):

Municipio de Escalante: 16,97, por debajo del ratio de la Comunidad de Cantabria de 18,56, pero superando a Argoños (11,05) y Arnuero (6,79) y Bárcena de Cicero (14,01).

- Nº de contenedores de vidrio por cada mil habitantes:

Municipio de Escalante: 7,88, por encima del ratio de la Comunidad de Cantabria de 4,14 del municipio de Argoños (5,21), del municipio Arnuero (2,89) y del de Bárcena de Cicero (5,28).

- Residuos recogidos de vidrio (kg/habitantes/año):

Municipio de Escalante: 8,76, por debajo del ratio de la Comunidad de Cantabria de 18,48, del municipio de Argoños (10,30), del municipio Arnuero (12,81) y por encima del de Bárcena de Cicero (2,33).

- Nº de contenedores de envases por cada mil habitantes:

Municipio de Escalante: 2,63, por debajo del ratio de la Comunidad de Cantabria de 4,83, del municipio de Argoños (3,26), del municipio de Bárcena de Cicero (3,82) y por debajo del de Arnuero (2,41).

- Residuos recogidos en envases (kg/habitantes/año):

Municipio de Escalante: 4,78, por debajo del ratio de la Comunidad de Cantabria de 6,65, del municipio de Bárcena de Cicero (5,06) pero superando al municipio de municipio de Argoños (4,27) y al de de Arnuero (4,44).

- Cuenta el municipio de Escalante con servicio de recogida especial de residuos.

- Producción de residuos inertes, partiendo del Plan de Residuos Industriales, Peligrosos, RCD y Mineros de Cantabria, se considera una cantidad de 1 t/habitante/año.

Amenazas - Indicadores: - Generación de residuos de la construcción y de la demolición en la fase de construcción, en cantidades de difícil determinación en esta fase de planificación, aunque teniendo en cuenta el ratio anterior y considerando el número de nuevas viviendas previstas podrá considerarse una cantidad de 2316 toneladas/año, equivalente a un volumen de 1549 m3/año.

3 Datos tomados de Indicadores de Sostenibilidad. Red Local de Sostenibilidad de Cantabria. Cantabria 2007.

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Capítulo 4 149

- Incremento de residuos sólidos en fase de funcionamiento. Teniendo en cuenta los ratios anteriores y considerando las previsiones que el Plan hace en cuanto al número de nuevas viviendas en suelo urbanizable:

o Residuos de papel y cartón: 7891 kg/año.

o Residuos de vidrio: 3664,2 kg/año.

o Residuos de envases: 2222,7 kg/año.

o Residuos sólidos urbanos: 226922,3 kg/año.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo, la situación más desfavorable Durante la fase de construcción se considera Elevada, debiéndose disminuir con un plan de de recogida selectiva y gestión conforme a su tipología, cumpliendo la legislación en la materia, Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (Capítulo 5).

En la fase de funcionamiento, se considera al menos Moderada debido a que el Plan no especifica en su actual redacción medidas en relación a los contenedores en cuanto a su tipología y cantidad.

- Grado en que se empeoraría la situación actual En la fase de construcción, partiendo de la hipótesis de que el suelo en la situación actual no presenta niveles de contaminación, de que la permeabilidad en las zona de suelo urbano y urbanizable es media o baja y de que la extensión de la contaminación o superficie de suelo que se podría ver afectada será muy puntual, pues se reducirá a las zonas de acopio y de almacenaje de materiales, se puede evaluar este grado de Bajo.

En la fase de funcionamiento, considerando las previsiones de contenedores y la situación actual se considera al menos de Medio.

Estimación de la valoración del riesgo: - En fase de construcción: Riesgo Moderado. - En fase de funcionamiento: Riesgo Moderado. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: - EN FASE DE CONSTRUCCIÓN: IMPACTO MODERADO. - EN FASE DE FUNCIONAMIENTO: IMPACTO MODERADO.

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Capítulo 4 150

4.2.3.3.3. MODIFICACIONES TOPOGRÁFICAS Causas, acciones del impacto Las modificaciones topográficas se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra en las obras de urbanización y de edificación.

Valoración del impacto

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción o alteración (Di): 0,0 %. Se toma como indicador el porcentaje del suelo urbano y urbanizable con pendientes superiores al 10 %.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,3. o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 0,0 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0.

Signo: impacto de efecto negativo, la interpretación de la pérdida de este recurso se considera adversa.

Incidencia del impacto (Ii): o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones sobre el suelo y su topografía de forma inmediata.

o Acumulación (a): 1. Impacto no acumulativo puesto que al prolongarse en el tiempo las acciones de impacto no se incrementará la variación en la topografía.

o Sinergia (s): 1. La actuación conjunta de todas las acciones de impacto tampoco tendrá un efecto sinérgico en el sentido de incrementarse la variación topográfica.

o Momento (m): 3. Las modificaciones y sus efectos sobre la topografía serán inmediatas, a corto plazo.

o Persistencia (p): 3. Impacto que será permanente, por ser la alteración indefinida en el tiempo.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que una vez que la topografía quede alterada el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 1. Impacto recuperable, puesto que se puede actuar de manera que se recupere la topografía inicial.

o Valor de la Incidencia (Ii): 31. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,53.

Valoración numérica del impacto (MisxIis): 0,0. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO COMPATIBLE.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 151

4.2.3.3.4. RIESGO DE AFECCIÓN AL SISTEMA HIDROLÓGICO

El sector Este de Suelo Urbanizable y PESR de Curera y el Suelo Urbano no consolidado entre el casco, la iglesia, la carretera CA-460 y el río Pozeirún están en zona con riesgo de inundación,

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: capacidad del cauce del arroyo Pozeirún para la evacuación de las aguas.

Factores de riesgos: Protección del dominio público hidráulico.

Situación actual: la margen izquierda del arroyo son praderías y la margen derecha es suelo urbano consolidado de la villa de Escalante.

Amenazas

- Indicadores:

- Mantenimiento de dinámica fluvial.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Se considera Moderada por cuanto que el estudio de inundabilidad demuestra que parte del suelo urbano no consolidado, urbanizable y especial de suelo rústico que se ha delimitado junto a la villa de Escalante en la margen izquierda del Pozeirún se encuentra en zona de riesgo para la avenida de los 500 años.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Se estima de Medio.

Estimación de la valoración del riesgo: Riego Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

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Capítulo 4 152

4.2.3.3.5. MODIFICACIÓN DE LA ESCORRENTÍA SUPERFICIAL. PROCESOS DE RECARGA DE ACUÍFEROS

Causas, acciones del impacto

Disminución de la superficie de infiltración por causa de la urbanización de las zonas de uso industrial y residencial.

Valoración del impacto

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi):

o Grado de destrucción o alteración (Di): 4,6%.

El porcentaje de suelo impermeable por procesos de urbanización alcanzará con el Plan propuesto el 4,98 % de la superficie del municipio.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,8.

El impacto afecta al agua, bien escaso.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 3,6 %.

o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo, la alteración de los procesos de infiltración se considera adversa.

Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos:

o Inmediatez (i): 3.

Impacto directo por recaer las acciones sobre la permeabilidad del suelo y procesos de recarga.

o Acumulación (a): 1.

Impacto no acumulativo puesto que, al prolongarse en el tiempo las acciones de impacto, no se incrementará la superficie de impermeabilización determinada en el PSIR.

o Sinergia (s): 1.

La actuación conjunta de todas las acciones de impacto tampoco tendrá un efecto sinérgico en el sentido de incrementarse la superficie de impermeabilización.

o Momento (m): 3.

Parte del suelo se transformará a corto plazo por las obras de urbanización y otras a medio y/o largo plazo por las obras de edificación e instalación de las industrias, empresas, comercios, etc. Se considera la situación más desfavorable.

o Persistencia (p): 3.

Impacto que será permanente, por ser la alteración, pérdida del suelo, indefinida en el tiempo.

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Capítulo 4 153

o Reversibilidad (r): 3.

Impacto irreversible, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación de calidad inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3.

Técnicamente se podría retornar a la situación inicial quitando todas las superficies de impermeabilización del suelo, si bien en la práctica esta situación debe considerarse poco probable, por tanto se considera el valor de correspondiente a la irrecuperabilidad.

El impacto puede minimizarse con pavimentos filtrantes.

o Valor de la Incidencia (Ii): 37.

o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,73.

Valoración numérica del impacto: - 0,29.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.6. RIESGO DE CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS

Causas, acciones del impacto

Durante las obras puede darse el riesgo de la contaminación de las aguas por vertidos accidentales, por proximidad de los movimientos de tierra a los cauces de los arroyos, especialmente del Pozeirun, en los suelos urbanos y urbanizables en el entorno de la villa de Escalante, y del canal de Hano y de las ría y marismas de Escalante y de Argoños (esta última muy próxima a los suelos urbanos y urbanizables de la zona de los Fachos).

Durante la fase de funcionamiento, los impactos asociados a esta fase se deberán a la gestión de las aguas residuales industriales y urbanas que se generen, con riesgo de afección a las aguas superficiales y subterráneas, así como a las aguas del estuario de Santoña.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: contaminación de las aguas.

Factores de riesgos: recurso hídrico. Calidad de los ecosistemas fluviales y de las marismas de Santoña (canal de Hano, rías de Escalante y de Argoños).

Situación actual, indicadores:

- Por lo que refiere a las aguas residuales, la red de saneamiento existente recoge las aguas negras y las lleva hacia el colector-interceptor del saneamiento de las marismas de Santoña.

Existe un colector principal, que desciende por el margen de la carretera CA-460 hacia el núcleo y recoge las aguas negras de sendos colectores que evacuan los barrios de Los Palacios, La Canal, Noval, Borroto y Baranda. Dicho colector se adentra en el núcleo de Escalante y a él acometen los

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Capítulo 4 154

desagües domésticos. Finalmente el colector evacua al colector-interceptor, donde también evacúa el barrio de Rionegro.

El núcleo de El Alvareo posee una EDAR en el sur que trata las aguas negras y realiza el vertido del agua tratada a un arroyo.

El núcleo de La Lastra es el único que no posee tratamiento de aguas residuales, realizándose en la actualidad en fosas sépticas particulares. Se prevé en este PGOU la localización de la zona para la construcción de una EDAR de este barrio.

El resto de edificaciones aisladas evacua sus aguas residuales directamente a pequeños cauces naturales o dispone de una fosa séptica a la que vierte.

Por tanto, se detecta deficiencia de sistema de saneamiento tanto en su conducción como en su evacuación y depuración, antes de devolver las aguas a los cauces naturales.

El futuro área industrial en Cornoció puede utilizar la EDAR del polígono industrial de Ambrosero, aunque puede ser posible que, en su momento, esta EDAR necesite una ampliación al aumentar la carga a depurar.

Las actuaciones previstas en materia de saneamiento son:

• Construcción de una EDAR municipal en el núcleo de La Lastra.

• Conexión de los puntos de vertido actuales con nuevos colectores interceptores.

• Construcción de red separativa en los nuevos desarrollos.

• Ampliación de la EDAR existente en Ambrosero para el polígono.

-. De acuerdo con el Plan Hidrológico Norte II, la calidad de las aguas superficiales en los tramos de arroyos afectados por el PGOU (Río Negro y Pozeirún), salvo el río Campiezo, es según su aptitud para la vida piscícola apto para salmónidos y según su aptitud para uso doméstico calidad A2, potable con tratamiento físico normal, tratamiento químico y desinfección (floculación, decantación, filtración rápida y cloración).

El río Campiezo y sus afluentes tienen aptitud para la vida piscícola ciprínidos y según su aptitud para uso doméstico calidad A3, potable con tratamiento físico-químico intensivo, afino y desinfección

Según la Directiva 2000/60/CE o Directiva Marco del Agua (DMA), la masa de agua del río Campiezo se encuentra en mal estado ecológico. Tanto la biota, como las características fisicoquímicas del agua y la hidromorfología muestran calificaciones bastante bajas.

En relación al sector de la Marisma de Santoña incluido en el municipio de Escalante se requiere determinar las masas de agua que incumplen la legislación vigente, en relación con las Directivas 76/160/CEE(relativa a la calidad de las aguas de baño), 79/923/CEE(relativa a la calidad exigida a las aguas para cría de moluscos ) y 91/271/CEE(sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas), así como considerar el estado de dichas masas de agua, basándose en las redes de control existentes.

Directiva 76/160/CEE, relativa a la calidad de las aguas de baño.

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Capítulo 4 155

MASA DE AGUA Zona de baño Calificación sanitaria

Marismas de Santoña Playa de San Martín Buena calidad

Calidad de las zonas de baño ubicadas en estuarios. Temporada de baño 2004

Directiva 79/923/CEE, relativa a la calidad exigida a las aguas para cría de moluscos

Estuario Nombre Límites Clasificación

Marismas de Santoña

CAN1-01 Ría de Treto hasta el fondo de Escalante B

CAN1-02 Ría de Argoños B

CAN1-03 Ría de Boo C

CAN1-04 Ría de Limpias B

Directiva 91/271/CEE, sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas Para valorar el grado de cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE se ha tomado como referencia el análisis efectuado en el “Plan Director de Saneamiento, Depuración y Calidad de las Aguas de Cantabria (2006-2010)”. Ninguno de los municipios limítrofes con el estuario posee sistemas de saneamiento, produciéndose la mayor parte de los vertidos a las marismas de Santoña.

-. El municipio de Escalante se asienta sobre la unidad Hidrogeológica nº 9 Castro Urdiales – Ajo. Los terrenos sobre los que se asientan la mayor parte de los núcleos poblacionales (Escalante, Noval, Baranda, Los Fachos) se localizan sobre terrenos permeables carbonatados.

Amenazas

- Indicadores:

- En la fase de construcción, proximidad de las obras a los cauces de los ríos y arroyos así como a los canales estuarinos:

- El suelo urbanizable de Los Fachos sobre la ría y canal de Argoños

- El suelo urbano no consolidado y el urbanizable del núcleo de Escalante sobre el arroyo de Pozeirún, Camino del Chapao y ría de Escalante

- En la fase de funcionamiento, vertidos a los cauces de ríos, arroyo y canales estuarinos sin previa depuración y/o autorización.

- EL suelo urbano no consolidado de El Alvareo en la propia cuenca del río Campiezo.

Según el mapa de permeabilidad, algunas zonas de los terrenos urbanizables de Los Fachos y del sector este del núcleo de Escalante presentan permeabilidad alta. El sector urbanizable industrial de Cornoció y el suelo urbano no consolidado de El Alvareo presentan zonas de permeabilidad media.

EL PGOU encuentra una serie de deficiencias en el sistema de saneamiento tanto en su conducción como en su evacuación y depuración antes de devolver las aguas a los cauces naturales.

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Capítulo 4 156

- En la fase de funcionamiento, vertidos a cauce de los arroyos próximos a los núcleos de población sin previa depuración y/o autorización.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Durante la fase de construcción se considera Escasa teniendo en cuenta las medidas que se proponen para la minimización del riesgo de impacto en el Capítulo 5 y teniendo en cuenta el seguimiento ambiental propuesto en el Capítulo 6.

Durante la fase de funcionamiento se considera también Escasa teniendo en cuenta que la aprobación de toda actuación, proyecto o actividad que se implante en suelo industrial deberá someterse a la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado, que Regula:

La Autorización Ambiental Integrada (IPPC, Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación).

La Evaluación de impacto ambiental de proyectos.

La Evaluación de impacto ambiental de planes y programas.

La Comprobación Ambiental (antiguo Reglamento Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre).

Por otra parte, el seguimiento ambiental tiene la función de chequear la evolución de la calidad de las aguas en esta fase de funcionamiento, de manera que se dispone de un sistema de alerta sobre el funcionamiento de las medias que garantizarán la calidad de las aguas.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Considerando el estado de la calidad ecológica de la situación de partida, de Buena para los arroyos Río Negro y Pozeirún, la permeabilidad alta de algunos terrenos, algunas deficiencias detectadas en el sistema de saneamiento y la cercanía a estuarios de importancia biológica, se estima de Medio. En la fase de construcción, el riesgo es puntual y temporal, y los volúmenes de vertidos aunque desconocidos, por cuanto son accidentales, serán siempre de escasa entidad en función de los residuos y/o productos tóxicos que se manejarán, por lo que se estima de Medio en esta fase del desarrollo del PGOU.

En la fase de funcionamiento gracias a las mejoras planteadas por el PGOU el grado en que se empeoraría la situación actual es Bajo.

Estimación de la valoración del riesgo:

- En fase de construcción: Riesgo Bajo.

- En fase de funcionamiento: Riesgo Muy Bajo.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO:

- EN FASE DE CONSTRUCCIÓN: IMPACTO COMPATIBLE.

- EN FASE DE FUNCIONAMIENTO: IMPACTO COMPATIBLE.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 157

4.2.3.3.7. RIESGO DE CONTAMINACIÓN DEL AIRE

Causas, acciones del impacto

Durante la fase de urbanización y edificación se generarán emisiones de polvo, gases y partículas debido a los movimientos de tierra, a la erosión eólica y al tráfico de vehículos de obra y maquinaria pesada, emisiones que podrán disminuir la calidad del aire.

En la fase de funcionamiento, se puede dar el riesgo de contaminación por las emisiones procedentes de las actividades que se desarrollen en los suelos industriales, por las emisiones procedentes de las zonas residenciales y por el tráfico de vehículos.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: contaminación del aire.

Factores de riesgos: atmósfera, calidad del aire.

Situación actual, indicadores4:

El Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, tiene entre sus objetivos definir y establecer valores límite y umbrales de alerta con respecto a las concentraciones de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono en el aire ambiente, así como regular la evaluación, el mantenimiento y la mejora de la calidad del aire en relación con dichas sustancias y la información a la población y a la Comisión Europea. Para ello establece en su Anexo I los “Valores límite y umbral de alerta para el dióxido de azufre” y en el Anexo II los “Valores límite para el dióxido de nitrógeno (NO2) y los óxidos de nitrógeno (NOx) y umbral de alerta para el dióxido de nitrógeno”.

La Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2002, relativa al ozono en el aire ambiente ha sido incorporada a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, en el que se establecen valores objetivo de concentraciones de ozono para proteger tanto la salud de las personas como la vegetación, que deberán alcanzarse, respectivamente, en el trienio o el quinquenio que comienzan en el año 2010, así como objetivos más estrictos que habrán de conseguirse a largo plazo. Se regulan asimismo los umbrales de información y de alerta para las concentraciones de ozono, con la finalidad de que las Administraciones públicas competentes suministren la correspondiente información a la población y a la Administración sanitaria cuando se superen dichos umbrales, o cuando se prevea que puedan ser superados.

4 Indicadores de Sostenibilidad. Red Local de Sostenibilidad de Cantabria. Cantabria 2007. Consejería de Medio Ambiente, Gobierno de Cantabria.

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Capítulo 4 158

Niveles de contaminación del aire. Periodo 2010-2012.Fte: CIMA.

En el caso de la estación de Castro Urdiales durante el período 2010-2013, no se superaron los valores de concentración de SO2 y NO2 límite para la protección de la salud y de la vegetación establecidos en la legislación vigente. La concentración de O3 medida en los años 2010 al 2013 supera en 5,4 y1 ocasiones, respectivamente, el máximo de las medias octohorarias diarias de 120

g/m³ de ozono, de modo que se supera el objetivo a largo plazo para la protección de la salud humana, según se recoge en el R.D. 1796/2003.

- No se han producido superaciones en Castro Urdiales del valor límite para la protección de la Salud para partículas PM10, al no superar en más de 35 ocasiones al año el valor límite diario para la protección de la salud (50 g/m³).

- Las repercusiones ambientales que derivan del aprovechamiento de los combustibles fósiles hacen necesario un escenario energético más sostenible. La potencia instalada procedente de energías renovables en el Escalante es de al menos 12,79 kilovatios por cada 1000 habitantes, siendo este valor para la Comunidad de Cantabria de 55,6. Este valor se encuentra muy por debajo de la media nacional que asciende a 442 kilovatios por cada mil habitantes.

- La facturación de energía eléctrica en el año 2007 en el municipio de Escalante fue de 3.033,72 kilovatios por habitante (electricidad facturada en los sectores agricultura, comercio y servicios, construcción, industria, tracción, administración y servicios públicos, alumbrado y usos domésticos), muy por debajo de la Comunidad de Cantabria de 7.279,98 y del municipio de Santander de 7.834,6 kilovatios por habitante, siendo la media nacional de 5.962 kilovatios por habitante y año.

- El número de vehículos por habitante es de 0,82 por encima de los 0,65 de la Comunidad de Cantabria.

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Capítulo 4 159

Amenazas

- Indicadores:

- En la fase de construcción, los movimientos de tierra afectarán especialmente al suelo urbano y al urbanizable que en su conjunto totalizan 804.776 m2.

- En la fase de funcionamiento, el número de nuevas viviendas que el Plan contabiliza es de 772 en el plazo de los próximos 15 años.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

- Durante la fase de construcción se considera Escasa teniendo en cuenta la topografía de los terrenos sobre los que se asientan las zonas residenciales e industriales es llana, pendientes inferiores al 10 %.

- Durante la fase de funcionamiento, se considera también Escasa considerando lo siguiente:

- La protección del medio frente a actuaciones potencialmente contaminantes queda garantizada por el cumplimiento de la legislación sectorial y ambiental. En relación con esta última, la Comunidad de Cantabria aprobó la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. Dicha Ley estableció tres técnicas de control ambiental: la autorización ambiental integrada, la evaluación ambiental, tanto de planes y programas como de proyectos, y la comprobación ambiental. Las tres técnicas tienen un régimen jurídico distinto, teniendo presente que si bien la autorización ambiental integrada se configura como un acto administrativo que pone fin al procedimiento, las otras dos técnicas son actos de trámite que se incluyen dentro de otros procedimientos, ya sea el de aprobación del correspondiente plan o programa, el procedimiento sustantivo de autorización o aprobación de un proyecto o el procedimiento correspondiente a la tramitación de la licencia municipal de actividad.

Las licencias urbanísticas de apertura y de actividad previstas en el artículo 186 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, son las mismas que las que se prevén y regulan de manera algo distinta y más completa en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. A tal efecto, se parte de que el control ambiental autonómico a través de la Autorización Ambiental Integrada, la Evaluación de Impacto Ambiental o la Comprobación Ambiental, no sustituye el control municipal de las actividades e instalaciones que las mismas conllevan, y que el Ayuntamiento mediante la preceptiva licencia, ya sea de actividad o de apertura, controlará que se reúnen las debidas condiciones de protección ambiental a las que deben sujetarse cualesquiera instalaciones o actividades que puedan ser causa de molestias, riesgos o daños para las personas, sus bienes o el ambiente -en los términos previstos en el artículo 6 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado y en el artículo 186 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio- con el cumplimiento, por un lado, de sus respectivas ordenanzas municipales -tal y como prevé el artículo 36 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre- y, por otro, de las condiciones que estuvieran previstas en el planeamiento urbanístico. Todo ello sin perjuicio de las condiciones que específicamente requiera la legislación básica estatal o la normativa autonómica que debe controlar la licencia de actividad o de apertura.

Así, en concreto, será necesaria la licencia de actividad municipal cuando la misma vaya precedida de una previa decisión de la Comunidad Autónoma -Autorización Ambiental Integrada, Evaluación de Impacto Ambiental o Comprobación Ambiental-, sin que en el procedimiento para otorgar la licencia de actividad puedan duplicarse las evaluaciones ya realizadas en dicha decisión, mientras que se somete a licencia de apertura la decisión municipal que no va precedida de ninguna de estas decisiones autonómicas.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 160

Por tanto, el control municipal se producirá tanto en el supuesto de una actividad incluida bien en los Anexos A, B y C de la Ley como en el supuesto de una actividad no incluida en dichos Anexos pero que puedan tener una incidencia ambiental significativa, tramitándose en estos casos ante el órgano autonómico el preceptivo trámite de comprobación ambiental y obteniéndose la licencia municipal de actividad contemplada en ambas leyes. Asimismo, en caso de no apreciarse una incidencia ambiental significativa por parte del Ayuntamiento no será preceptivo el trámite de comprobación ambiental autonómico pero sí la licencia de apertura municipal de acuerdo con lo previsto en dichas leyes. En ambos casos las licencias de actividades o de apertura examinarán la sujeción de la actividad o instalación a las exigencias del planeamiento territorial y urbanístico, de las ordenanzas que en virtud del artículo 36 de la Ley 17/2006 sean aplicables en ese municipio y de las demás condiciones que requiera la legislación básica estatal o la normativa autonómica.

Mediante la autorización ambiental integrada se fijan las condiciones exigibles, desde el punto de vista ambiental, para la explotación de determinadas instalaciones. Con ello no quiere decirse que la autorización ambiental integrada sea suficiente por sí misma para permitir, como único título habilitante, el ejercicio de la actividad. La legislación básica estatal contempla que su otorgamiento precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sustantivas o licencias que sean obligatorias, enumerando, a título de ejemplo, las autorizaciones sustantivas de las industrias que estén legal o reglamentariamente sometidas a autorización administrativa previa o a declaración responsable o comunicación, según proceda, o a la licencia municipal de actividad. La participación municipal se garantiza en un doble momento, de tal forma que, por un lado, entre la documentación de la solicitud de la autorización ambiental integrada figura necesariamente un informe o certificación del Ayuntamiento que acredite la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico, y, por otro, dentro del procedimiento se incluye un informe preceptivo del mismo Ayuntamiento sobre los aspectos de la instalación que sean de su competencia, teniendo en cuenta, además, que, se mantiene en todo caso el pronunciamiento final de la autoridad municipal sobre la propia concesión de la licencia. En definitiva, la potestad municipal para emitir la licencia se mantiene, lo que sí se modifica es el procedimiento a seguir para la tramitación de la licencia municipal que ya no será el establecido en el Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, sino el procedimiento que se sigue para otorgar la autorización ambiental integrada.

La comprobación ambiental viene a sustituir a todo el procedimiento contemplado para la obtención de licencia de actividad en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Dicho Reglamento se ha derogado recientemente por la ya citada Ley 34/2007, si bien el Derecho autonómico lo había incorporado transitoriamente en espera del desarrollo y aplicación definitiva de la técnica de la comprobación ambiental, por lo que seguía siendo de aplicación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria. A partir de la entrada en vigor del Decreto 19/2010 de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006, toda la tramitación de la licencia de actividad municipal será la contemplada en el mismo, que, a su vez, regula la composición de la nueva Comisión para la Comprobación Ambiental, órgano competente para emitir el informe de comprobación ambiental.

Así, sin perjuicio del resto de autorizaciones que sean preceptivas de acuerdo con la legislación aplicable, las actividades incluidas dentro del Anexo C del citado Reglamento deberán obtener la pertinente licencia municipal de actividad prevista en la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, y en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, que incluirá la preceptiva comprobación ambiental en los términos previstos en esta norma. El anexo C no contiene un “numerus clausus” de actividades, por ello, si el Ayuntamiento considera que una determinada actividad mercantil o industrial no está incluida en dicho anexo y, además, no es susceptible de causar molestias,

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 161

riesgos o daños para las personas, sus bienes o el medio ambiente, la actividad municipal consistirá en el otorgamiento de la correspondiente licencia de apertura.

- Medidas de mejora ambiental y programa de vigilancia ambiental que se proponen en la presenta Memoria.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Considerando el estado de la calidad del aire actual, se considera de Medio en ambas fases del desarrollo del PSIR.

Estimación de la valoración del riesgo:

- En fase de construcción: Riesgo Bajo.

- En fase de funcionamiento: Riesgo Bajo.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO:

- EN FASE DE CONSTRUCCIÓN: IMPACTO COMPATIBLE.

- EN FASE DE FUNCIONAMIENTO: IMPACTO COMPATIBLE.

4.2.3.3.8. RIESGO DE CONTAMINACIÓN SONORA

Causas, acciones del impacto

Durante las fases de urbanización y edificación se podrán incrementar los niveles de ruido como consecuencia de las actividades a realizar en las obras, instalaciones y tráfico de vehículos.

En la fase de funcionamiento, las actividades que se realicen en talleres, en las industrias que se instalen y como consecuencia del incremento en el tráfico de vehículos podrán también incrementar los niveles de ruido ambiental.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: contaminación acústica.

Factores de riesgos: atmósfera, confort sonoro.

Situación actual, indicadores:

- Los niveles de ruido en la situación preoperacional en el municipio oscilan entre los 40 y los 65 dB durante el día en función de su proximidad a las vías de comunicación, medidas realizadas al efecto en la CA-148.

La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, establece los ámbitos competenciales en materia de valoración de la situación fónica. Los plazos en que deberán estar elaborados los mapas de ruido son los siguientes:

- Antes del día 30 de junio de 2007, los correspondientes a cada uno de los grandes ejes viarios cuyo tráfico supere los seis millones de vehículos al año, de los grandes ejes ferroviarios cuyo tráfico supere los 60.000 trenes al año, de los grandes aeropuertos y de las aglomeraciones con más de 250.000 habitantes.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 162

- Antes del día 30 de junio de 2012, los correspondientes a cada uno de los restantes grandes ejes viarios, grandes ejes ferroviarios y aglomeraciones.

El Ayuntamiento de Escalante tiene una población muy inferior a 250.000 habitantes, no estando obligado a elaborar un mapa de ruido. Tampoco existen en el municipio grandes infraestructuras de las mencionadas en la Ley 37/2003, por lo que no existe ningún Mapa Estratégico de Ruido que afecte al mismo. La autovía A-8 se encuentra a una distancia mínima del municipio de Escalante de 654 metros siendo los núcleos poblacionales más cercanos a la fuente de ruido, el Barrio de Cornoció, Rionegro y El Alvareo con 1159, 1929 y 1848 metros de distancia. La disminución de la energía sonora por el recorrido de esta distancia hace que el nivel de ruido que llegue al municipio de Escalante esté por debajo de los 35 dB.

En la actualidad no existen en el municipio fuentes significativas de ruido. La principal fuente de emisión sonora son las carreteras que atraviesan el municipio, junto a las que se ubican los núcleos urbanos, estando la velocidad limitada en estos tramos a 50 km/h. Todas las carreteras presentan un escaso tráfico, y las actividades productivas son escasas y poco ruidosas. Los niveles de ruido en la situación preoperacional en el ámbito del PGOU oscilan entre los 45 y los 65 dB.

Amenazas

- Indicadores:

- En la fase de construcción, se podrán producir emisiones sonoras puntuales entre 90 y 100 dB.

- En la fase de funcionamiento, el incremento de las emisiones sonoras se deberán a las nuevas instalaciones y actividades a desarrollar en el suelo industrial y las actividades terciarias que se desarrollen tanto en el suelo industrial como en el residencial.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

- Durante la fase de construcción, las áreas de sensibilidad acústica que se verán afectadas serán las viviendas situadas en suelo urbano próximas a los suelos que se proponen como urbanizables y como urbano no consolidado, especialmente el que está junto a la villa de Escalante. La posibilidad se estima de Moderada.

- Durante la fase de funcionamiento, la posibilidad se estima de Escasa, teniendo en cuenta que se tendrá que cumplir con los objetivos de calidad establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicos.

- Por otra parte, toda nueva actividad o proyecto que se instale en el municipio tendrá que cumplir con la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado y con el Decreto 19/2010 que la desarrolla.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Partiendo de la situación actual, se considera que el grado será de Medio en las dos fases, construcción y funcionamiento.

Estimación de la valoración del riesgo:

- En fase de construcción: Riesgo Moderado.

- En fase de funcionamiento: Riesgo Bajo.

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Capítulo 4 163

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO:

- EN FASE DE CONSTRUCCIÓN: IMPACTO MODERADO.

- EN FASE DE FUNCIONAMIENTO: IMPACTO COMPATIBLE.

4.2.3.3.9. RIESGO DE CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

Causas, acciones del impacto

Las instalaciones y aparatos de iluminación destinados al alumbrado externo: alumbrado del viario, alumbrado peatonal, alumbrado de áreas de trabajo, deportivas o recreativas, alumbrado exterior de seguridad, de señales y anuncios luminosos, y alumbrado para actividades festivas y alumbrado específico: de parques y jardines, escaparates y glorietas y rotondas e intersecciones.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: contaminación lumínica.

Factores de riesgos: atmósfera, calidad de vida, uso eficiente de la energía.

Situación actual, indicadores:

Los alumbrados exteriores del municipio no se encuentran adaptados a la vigente normativa en la materia, Ley de Cantabria 6/2006, de 9 de junio, de Prevención de la Contaminación Lumínica y Decreto 48/2010, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley de Cantabria 6/2006.

Amenazas

- Indicadores:

Incremento en los niveles de contaminación lumínica.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Se debe considerar Elevada por cuanto el Plan en su actual redacción no ha incorporado en sus ordenanzas las disposiciones del Decreto 48/2010, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cantabria 6/2006, de 9 de junio, de prevención de la contaminación lumínica.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Ha de considerarse de Bajo, toda vez que las características del alumbrado exterior actual si bien no cumple con la vigente normativa no es causa de un impacto relevante.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

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Capítulo 4 164

4.2.3.3.10. CAMBIO DE CALIDAD VISUAL DEL PAISAJE

Causas, acciones del impacto

Los impactos se producirán como consecuencia de las modificaciones y/o eliminaciones de componentes actuales del paisaje, pérdida de mieses y terrazgos a favor de suelo residencial e industrial, pérdida de vegetación, incremento de formas y volúmenes artificiales, etc.

Valoración del impacto

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi):

o Grado de destrucción o alteración (Di): 6,4 %.

Se ha utilizado como indicador el porcentaje de disminución de la calidad del paisaje de las unidades regulares que integran el municipio, donde se producirán las transformaciones de mieses y terrazgos a favor del aumento de suelo residencial e industrial, Figura 4.1. La puntación de todo el conjunto es de 18 en la situación actual y pasará a ser de 16.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,8.

No tiene el paisaje afectado figura de protección, si bien las mieses siempre tienen un valor estructural, algo mermado en el caso en cuestión que presenta características de un espacio periurbano.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 5,12 %.

o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo, la alteración de los procesos de infiltración se considera adversa.

Se considera el signo negativo por considerar así a toda transformación del paisaje recibido, si bien la valoración de la percepción visual es subjetiva y depende de los valores de cada observador, de manera que el mismo paisaje puede despertar diferentes opiniones sobre su calidad entre los miembros de una misma colectividad.

Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos:

o Inmediatez (i): 3.

Impacto directo por recaer las acciones sobre el paisaje, sus componentes y cualidades perceptivas.

o Acumulación (a): 1.

La valoración del nuevo paisaje no es probable que varíe en el tiempo en sentido negativo, siendo más probable la asimilación de los nuevos elementos que se introducen en el paisaje por los observadores.

o Sinergia (s): 3.

Es probable un efecto sinérgico de todas las actuaciones modificadoras del paisaje, de manera que la alteración total será superior a la simple suma individualizada de cada una por separado.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 165

o Momento (m): 3.

Parte del suelo se transformará a corto plazo por las obras de urbanización y otras a medio y/o largo plazo por las obras de edificación e instalación de las industrias, empresas, comercios, etc. Se considera la situación más desfavorable.

o Persistencia (p): 3.

El cambio en el tipo de paisaje, de agrario a urbano será permanente.

o Reversibilidad (r): 3.

Impacto irreversible, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación de calidad inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3.

Técnicamente se podría retornar a la situación inicial eliminando todas las construcciones y realizando labores de reconstitución edafológica u de cubierta vegetal, aunque se considera y se valora que en la práctica es un impacto irrecuperable.

o Valor de la Incidencia (Ii): 41.

o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,87.

Valoración numérica del impacto: - 0,35.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

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Capítulo 4 166

CALIDAD VISUAL DEL PAISAJE SIN PGOU

CALIDAD VISUAL DEL PAISAJE CON PGOU

Figura 4.1. Calidad visual en la situación actual y futura.

Page 97: 8 Sostenibilidad Ambiental - Capitulo 4

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 167

4.2.3.3.11. ELIMINACIÓN DE VEGETACIÓN Y FAUNA ASOCIADA

Causas, acciones del impacto

Impactos que se producirán de forma directa sobre la vegetación de cultivos y praderías por las obras de desbroce y limpieza del terreno. La fauna asociada se verá afectada por eliminación o desplazamiento hacia otros biotopos. Se ha valorado también el impacto indirecto sobre la fauna riparia y sobre la asociada a la vegetación natural de monte bajo y encinar por la proximidad a los suelos urbanos y urbanizables.

En la fase de funcionamiento: incremento de la presencia humana, de emisiones de ruido y de emisiones lumínicas, vertido de residuos a medios naturales sin depuración.

VALORACIÓN DEL IMPACTO SOBRE LA VEGETACIÓN Y FAUNA DE CULTIVOS Y PRADERÍAS Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción o alteración (Di): 3,8 %. Se ha utilizado como indicador la proporción de la unidad territorial de Mieses (MI) y Terrazgos de Monte (TM) que se eliminará o quedará modificada por los suelos urbanos y urbanizables residenciales e industriales, respecto de la total existente en el municipio.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,5. No tiene la vegetación ni la fauna asociada un especial valor para su conservación, siendo muy mayoritaria en la comunidad de Cantabria y en la comarca natural a la que pertenece el municipio de Escalante.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 1,9 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo. Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones de forma directa produciendo la eliminación de la vegetación actual.

o Acumulación (a): 3. La pérdida de la vegetación se producirá en la cantidad determinada en el PGOU para la transformación de los usos del suelo previstos en el mismo para el cumplimiento de sus objetivos, no estando previsto su incremento en el tiempo, pero al que hay que acumular el suelo ya transformado.

o Sinergia (s): 1. El efecto de la pérdida será el de la suma de todas las áreas cuyo uso se vean alterados por el PSIR.

o Momento (m): 3. Parte del suelo se transformará a corto plazo por las obras de urbanización y otras a medio y/o largo plazo por las obras de edificación e instalación de las industrias, empresas, comercios, etc. Se considera la situación más desfavorable.

o Persistencia (p): 3.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 168

El cambio será permanente.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación de calidad inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3. Técnicamente se podría retornar a la situación inicial eliminando todas las construcciones y realizando labores de reconstitución edafológica y de cubierta vegetal, aunque se considera, y se valora, que en la práctica es un impacto irrecuperable.

o Valor de la Incidencia (Ii): 41. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,87.

Valoración numérica del impacto: - 0,35. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

VALORACIÓN DEL IMPACTO SOBRE LA VEGETACIÓN Y FAUNA RIPARIAS Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción o alteración (Di): 0,13 %. Se ha utilizado como indicador la proporción de la unidad de Monte (MO) Ribera (RI) de los arroyos de Río Negro y Pozeirún expuestos por su proximidad a los suelos para usos residenciales e industriales respecto del total existente en el municipio.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 1. El ecosistema ripario tiene un alto valor ecológico, ambiental y paisajístico, con méritos para su protección y debiéndose calificar en los planeamientos municipales del ayuntamiento de Escalante como rústico de especial protección de riberas.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 0,13 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo. Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 1. Impacto indirecto por cuanto no se produce incidencia directa sobre la vegetación y fauna riparias, sino sobre las condiciones ambientales de sus biotopos.

o Acumulación (a): 1. Producido el impacto, no se prevé que se incremente con el tiempo.

o Sinergia (s): 3. Es muy probable que el efecto sobre el ecosistema ripario sea superior al proporcional de los metros lineales afectados.

o Momento (m): 1.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 169

Los efectos se notarán a largo plazo.

o Persistencia (p): 3. El cambio será permanente.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3. Técnicamente se podría retornar a la situación inicial, aunque se considera y se valora que en la práctica es un impacto irrecuperable.

o Valor de la Incidencia (Ii): 38. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,73.

Valoración numérica del impacto: - 0,29. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

VALORACIÓN DEL IMPACTO SOBRE LA VEGETACIÓN DE MATORRAL Y ENCINAR Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción o alteración (Di): 1,76 %. Se ha utilizado como indicador la proporción de la unidad de monte bajo y encinar expuesta por su proximidad a los suelos para usos residenciales e industriales respecto del total existente en el municipio. No hay Unidades Territoriales de Encinar afectadas; la afección se reduce a pequeños linderos y bosquetes de reducido tamaño.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 1. El Encinar costero tiene un alto valor ecológico, ambiental y paisajístico, con méritos para su protección y debiéndose calificar en los planeamientos municipales del ayuntamiento de Escalante como rústico de especial protección Ecológico y Paisajístico.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 1,76 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo.

Incidencia del impacto (Ii): o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 1. Impacto indirecto por cuanto no se produce incidencia directa sobre la vegetación y fauna del Encinar, sino sobre las condiciones ambientales de sus biotopos.

o Acumulación (a): 1. Producido el impacto, no se prevé que se incremente con el tiempo.

o Sinergia (s): 3. Es muy probable que el efecto sobre el ecosistema de encinar sea superior al proporcional de los metros lineales afectados.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 170

o Momento (m): 1. Los efectos se notarán a largo plazo.

o Persistencia (p): 3. El cambio será permanente.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3. Técnicamente se podría retornar a la situación inicial, aunque se considera y se valora que en la práctica es un impacto irrecuperable.

o Valor de la Incidencia (Ii): 38. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,73.

Valoración numérica del impacto: - 0,29. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.12. RIESGO DE AFECCIÓN A ESPECIES INCLUIDAS EN EL CATÁLOGO DE ESPECIES AMENAZADAS

Causas, acciones del impacto Obras a realizar, el incremento de las actividades antrópicas en el municipio podrán poner en riesgo a las especies del municipio que se encuentran en el Catálogo de Especies Amenazadas de Cantabria.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: desaparición o reducción de la presencia de las especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas de Cantabria.

Factores de riesgos: fauna, biodiversidad.

Situación actual, indicadores

Según Decreto 120/2008 de 4 de Diciembre, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria, en el municipio de Escalante existen las siguientes especies de flora y fauna catalogas como vulnerables:

FLORA

Hymenophyllum tumbrigense (L.) Sm.

Amenazas: Podrían verse afectadas por actuaciones asociadas a las explotaciones forestales o eliminación de bosques riparios para la introducción de cultivos forestales.

Espanoliella luquei

Es una especie troglobia endémica de Cantabria, de la cual se han encontrado dos poblaciones formadas por un escaso número de ejemplares en el Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 171

FAUNA

Rana de San Antonio (Hyla arborea)

La pérdida de hábitats por desecación y relleno de charcas, destrucción de la vegetación palustre y ribereña y contaminación de las aguas en zonas agrícolas, son las amenazas más importantes para la preservación de esta especie.

Caballito del diablo (Coenagrion mercuriale)

Las amenazas están relacionadas con la perdida de hábitats adecuados para la especie. A demás las zonas donde se encuentran sus larvas se están rarificando, en parte debido a la pérdida de usos tradicionales donde antiguamente se mantenían molinos, charcas de riego, etc, … que favorecían a esta especie.

Murcielago de cueva (Miniopterus schreibersii)

Especie extremadamente gregaria, muy condicionada por la disponibilidad de refugios subterráneos (cuevas, simas, minas) durante el periodo reproductor y la invernada. Durante los pasos migratorios equinocciales entre las colonias de cría (en zonas del litoral) y de la invernada (en zonas del interior) se registran estancias de miles de ejemplares. Es conocida la presencia de quirópteros en la cueva del Convento de Montehano entre cuyas especies puede encontrarse el Murciélago de Cueva

Amenazas: durante la fase de cría las colonías son especialmente sensibles, por lo que las posibles molestias por visitas incontroladas, alteración o destrucción de los biotopos de alimentación en las proximidades de los refugios (tala de bosques, presión urbanística,…) o el uso generalizado de pesticidias que conducen a la contaminación de estos biotopos, pueden producirse en perdida de crías o de toda o parte de la colonia. Es por ello imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación. Además, son muy sensibles a los cierres de los refugios mediante verjas, puesto que cuando esto ocurre los abandonan.

Murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale) Estado: Existen carencias en la prospección en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la cual ha sido detectada en 13 cavidades de Cantabria. Amenazas: El uso masivo de insecticidas organoclorados en la agricultura, los tratamientos químicos para combatir plagas de xilófagos en desvanes, techumbres, etc., los anillamientos masivos, la baja tasa de reclutamiento, la pérdida y alteración de la calidad de sus refugios y hábitats naturales, las adecuaciones turísticas en cavidades de cría o invernada, los cerramientos inadecuados de estos refugios, el espeleoturismo, el vandalismo y los incendios forestales son los factores que más inciden en la preservación de esta especie. Además, es imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación

.Murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum)

Su presencia en el municipio está documentada en base al uso del arbolado ribereño como zona de alimentación, pero no puede descartarse que utilice la totalidad del área, especialmente los corredores de arbolado que siguen a los cursos de agua dulce, así como los establos ganaderos y huertos con frutales. Es conocida la presencia de quirópteros en la cueva del Convento de Montehano entre cuyas especies puede encontrarse el Murciélago grande de herradura.

Amenazas: las visitas incontroladas, la alteración o destrucción de los biotopos de alimentación en las proximidades de los refugios (los incendios forestales, la gestión forestal que no considera los

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 172

requerimientos biológicos de la especia, la presión urbanística…) o el uso generalizado de pesticidas que conduce a la contaminación de estos biotopos (en el medio agrícola y en los desvanes y cuadras) puede traducirse en pérdida de las crías o de toda o parte de la colonia. Además es imprescindible garantizar la tranquilidad de los refugios durante la estación reproductora, al igual que durante la época de hibernación.

Según actualizaciones posteriores del Catálogo realizadas a cargo de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad se añaden a esta lista de especies vulnerables las siguientes:

La Dirección General de Montes ha suministrado al Ayuntamiento de Escalante cartografía digital en formato shapefile (SIG) sobre especies de Flora, Aves, Mamíferos y Peces amenazadas en Cantabria con el siguiente resultado en el municipio de Escalante:

Ninguna de las especies de flora y del grupo de invertebrados y peces amenazados se encuentran en el municipio de Escalante

Del grupo de las Aves, el Halcón peregrino se ha observado en el Canal de Escalante, Cantera de Montehano, Bárcena de Cicero y Montehano. El municipio puede ser también territorio de influencia del Aguililla calzada, el Abejero europeo y del Alimoche por las especies observadas en territorios cercanos al municipio.

Del grupo de los mamíferos la Nutria se ha observado en la marisma de Bárcena de Cicero y en la Cueva del Convento de Montehano hay presencia de Quirópteros.

Amenazas

Amenazas: La modificación de las condiciones de humedad, luz y temperatura de las cuevas, así como los depósitos de materia orgánica procedente del guano de los murciélagos.

- Indicadores: - Reducción de efectivos por reducción o alteración de sus hábitats y presencia humana.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo - Se considera Moderada, teniendo en cuenta la nula o reducida proporción de hábitat afectado que se daría en cada caso.

- Grado en que se empeoraría la situación actual Se estima este grado de Medio, partiendo de la información existente de los efectivos de estas especies en la zona y de la disponibilidad de hábitats.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.13. RIESGO DE AFECCIÓN A ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Causas, acciones del impacto

El municipio de Escalante se encuentra ampliamente afectado por las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel y las consiguientes figuras de protección:

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 173

Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel Red Natura 2000:

Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) (ES0000143).

Lugar de Interés Comunitario (LIC) (ES1300007) Hábitats prioritarios. Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y

de la fauna y flora silvestres. Sitio RAMSAR de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

En la Tabla 3.22 se han enumeran los hábitats protegidos de la Directiva 92/43/CEE presentes en el municipio de Escalante, su caracterización en función de: su rareza, endemicidad, fragilidad, relictismo, y vulnerabilidad; y su ocupación superficial (información proporcionada por la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza). Estos hábitats son los siguientes:

Aliseda ribereña; Hyperico androsaemi Alnetum glutinosae(*)

Aulagar; Helictotricho cantabrici Genistetum occidentalis

Brezal tojal; Ulici europaei Ericetum vagantis

Comunidades salobres y marismeñas; Puccinellio maritimae Arthrocnemetum fruticos

Comunidades salobres y marismeñas; Puccinellio maritimae Arthrocnemetum perennis

Comunidades salobres y marismeñas; Salicornietum dolichostachyae

Comunidades salobres y marismeñas; Lauro nobilis Quercetum ilicis

Encinar: Lauro nobilis Quercetum ilicis

Madroñal: Phillyreo latifoliae Arbutetum unedonis

El única con carácter prioritario es la Aliseda ribereña.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: desaparición o reducción de los hábitats y lugares de importancia comunitaria de la Directiva 92/43/CEE.

Factores de riesgos: fauna, biodiversidad.

Situación actual, indicadores

La proporción de terrenos municipales protegidos es elevada, siendo el 55,32% bajo protección del Parque Natural, el 54,58% bajo protección por ZEPA y el 20,75% bajo protección por LIC.

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Capítulo 4 174

% %

Figura de Superficie Superficie (h) de protección respecto

Protección (h) en Escalante afectado al total municipal

Parque Natural 6979 960,18 14,37 55,3

LIC 3701,47 311,47 8,41 17,9

ZEPA 6760,18 948,61 14,03 54,6

HÁBITATS PROTEGIDOS

SIN TAXÓN ÁREA,(h) % DEL MUNICIPIO

Aliseda ribereña Hyperico androsaemiAlnetum glutinosae(*) 4,60 0,27

AulagarHelictotrichocantabrici Genistetumoccidentalis

9,50 0,55

Brezal tojal Ulici europaei Ericetumvagantis 3,42 0,20

Comunidades salobresy marismeñas

Puccinellio maritimaeArthrocnemetumfruticosi

0,13 0,01

Comunidades salobresy marismeñas

Puccinellio maritimaeArthrocnemetumperennis

4,18 0,24

Comunidades salobresy marismeñas

Salicornietumdolichostachyae 4,30 0,25

Comunidades salobresy marismeñas Salicornietum obscurae 0,99 0,06

Encinar Lauro nobilisQuercetum ilicis 15,78 0,91

Madroñal Phillyreo latifoliaeArbutetum unedonis 2,86 0,16

El hábitat de Encinar se localiza en el Alto de Baranda, al Norte del municipio y junto al polígono industrial de Cornoció al Sur. Junto a éste se localiza el Madroñal. La Aliseda ribereña se encuentra en torno al curso fluvial del río Campiezo al Oeste del municipio. En la desembocadura del arroyo de

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Capítulo 4 175

Rionegro y del Pozeirún sobre la Ría de Escalante se encuentran las Comunidades salobre y marismeñas, al igual que en la misma ría a la altura de Montehano. En la ría de Argoños, aunque de menor extensión también hay este tipo de comunidades.

En el monte-del Llosón se encuentra una pequeña comunidad de Brezal-Tojal dentro de una plantación de eucaliptos, y junto a ella, en Carramigel y Los Fachos el Aulagar (probablemente en una extensión más reducida que la cartografiada que se corresponde en su gran mayoría con prados en explotación).

Amenazas

- Indicadores:

- Eliminación o reducción de los hábitats, con el riesgo de su afección al estar incluidos en suelos rústicos donde se permite la extracción de recursos mineros y las actividades silvícolas

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

En cuanto a los Hábitats de Interés Comunitario, según la cartografía suministrada por la Dirección General de Montes

La Aliseda ribereña del río Campiezo ha sido protegida mediante Suelo Rústico de Especial Protección de Ribera.

El Encinar bajo Rústico Especial de Protección Paisajística. Hay pequeñas manchas de encinar en Suelos Rústicos de Protección Forestal o en Rústico Ordinario dentro del modelo tradicional pero no llegan al 2% en cada uno de los casos.

El hábitat de Brezal- tojal esta bajo Protección Forestal en un 76% y Protección Agrícola en un 23%.

Las comunidades salobres marismeñas están bajo Rústico de Especial Protección de Marisma.

En cuanto a los Espacios Naturales Protegidos existentes en el municipio: Parque Natural, Red Natura 2000 (LIC y ZEPA) y Sitio RAMSAR; así como en relación al Plan de Ordenación del Litoral (POL):

El LIC se encuentra como Suelo Rústico de Especial Protección de Marisma, de Paisaje y de Ribera.

En cuanto al Parque Natural (que en Escalante comprende a la ZEPA y al Sitio RAMSAR) todas las Unidades Ambientales Primarias y Secundarias queda protegidas como Suelo Rústico de Especial Protección:

Las Unidades Primarias con la denominación de Estuario y formaciones relacionadas como Suelo Rústico de Especial Protección Marisma.

Las Unidades Primarias con la denominación de Encinares como Suelo Rústico de Especial Protección de Paisaje y Ecológico

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Capítulo 4 176

Las Unidades Primarias Ríos y arroyos como Suelo Rústico de Especial Protección Ribera.

Las Secundarias de Bosque mixto de frondosas y Matorrales como Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica o Paisajística (en función del elevado grado de emisión de vistas sobre el municipio y el Estuario de Santoña).

Las Unidades Secundarias de Praderías, pastizales y cultivo atlánticos como Suelo Rústico de Especial Protección Agraria.

De esta manera, toda la zona de Reserva del PORN queda clasificada como Suelo Rústico de Especial Protección y la zona de Uso Moderado como Suelo Rústico de Especial Protección agrícola.

En la zona afectada por el POL, el suelo de uso agropecuario en torno a los núcleos de La Casona, El Rincón de Baranda, Baranda (oeste de la CA-460), Los Palacios, La Canal y Noval como Suelo Rústico de Protección Ordinaria, el resto como Suelo Rústico de Especial Protección Agraria. Las masas forestales de repoblación (de Ordenación Ecológico Forestal en el POL) como Suelo Rústico de Especial Protección Forestal y las masas naturales(de Protección Ecológica en el POL) como Suelo Rústico de Protección Ecológica. Las ribera de los ríos y arroyos como (de Protección Ecológica en el POL) como Suelo Rústico de Especial Protección de Ribera y las Áreas de Interés Paisajística del POL como Suelo Rústico de Especial Paisajística.

En consecuencia, la posibilidad de la situación más desfavorable se estima de Escasa.

- Grado en que se empeoraría la situación actual Se estima este grado de Medio, partiendo de la información existente de los efectivos de estos hábitats en el municipio.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Bajo.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO COMPATIBLE.

4.2.3.3.14. RIESGO DE PROPAGACIÓN DE ESPECIES INVASORAS

Causas, acciones del impacto

En el municipio de Escalante hay zonas donde se encuentra el Plumero de la Pampa (Cortaderia selloana), la Chilca (Baccharis halimifolia) y el Tamarís, (Tamarix gallica)

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: propagación del Plumero de la Pampa, la Baccharis halimifolia y el Tamarís, por los canales estuarinos, rías e infraestructuras viarias.

Factores de riesgos: disminución de la biodiversidad del municipio de Escalante, vulgarización del paisaje.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 177

Situación actual, indicadores

Existen cinturones de vegetación arbórea no autóctona como el Tamarís (Tamarix gallica) en las riberas de los marismas que compite con las especies propias de estas latitudes y las acaba desplazando.

EL Plumero de Pampa y la Baccharis halimifolia aparecen en las inmediaciones de Montehano, en rellenos de marisma y en el cerrado del Convento de Montehano con riesgo de expansión en las riberas y zona de inundación de los canales marismeños.

El plumero de Pampa también se encuentra siguiendo los corredores de las infraestructuras viarias.

Amenazas

- Indicadores:

- Expansión del Plumero de Pampa, la Baccharis halimifolia y el Tamarís en el municipio de Escalante.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo - Se considera Moderada, debiéndose tomar medidas para reducir la esta posibilidad.

En el aparado de medidas correctoras del presente informe se presentan una serie de prescripciones técnicas generales, programas y métodos de actuación, desarrollados por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, encaminados a la erradicación de plantas invasoras en Cantabria:

- Prescripciones Técnicas Generales para la erradicación de las plantas con potencial invasor en Cantabria.

- Control de la Expansión de la Chilca (Baccharis halimifolia)

- Control de la Expansión del plumero (Cortadeira selloana)

- Grado en que se empeoraría la situación actual Se estima este grado de Medio, toda vez que la especie invasora ya se encuentra introducida, de manera que su expansión, de no intervenirse, se producirá con cierta facilidad por las riberas y zonas de inundación de los canales de la marisma, rellenos de marisma e infraestructuras viales

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.15. DEBILITAMIENTO DE LA CONECTIVIDAD TERRITORIAL

La conectividad se define como el grado en que un territorio facilita o dificulta el movimiento de los organismos entre las diferentes áreas que lo integran. Depende de la heterogeneidad del territorio (paisaje), de su estado de conservación, grado de naturalidad, y de las características del organismo.

La conexión entre las distintas poblaciones permite el intercambio genético, reduce el riesgo de extinción local y mejora las posibilidades de recolonización, factores esenciales para el mantenimiento de las metapoblaciones. Para que esta conexión sea funcional es necesario mantener

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 178

una red de corredores de calidad, es decir, que mantengan unas dimensiones y estructura adecuadas para las especies que los utilizan.

Los flujos ecológicos (de energía, materia e información) entre las diferentes áreas que integran el territorio es dependiente de la conectividad territorial. Estos flujos se encuentran condicionados por los factores físicos, vientos, dinámicas fluviales, complejidad topográfica, etc, movilidad de los animales, características interespecíficas e intraespecíficas poblacionales y etológicas de los organismos. Las infraestructuras de transporte, carreteras, autovías, líneas de ferrocarril y los propios núcleos urbanos, dificultan esta conectividad territorial.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: grado de afección de los ejes de conectividad en el municipio de Escalante (ver punto 3.2.11).

Factores de riesgos: perturbaciones en las zonas más sensibles: Canal de Hano, ría de Escalante y de Argoños por los nuevos suelos urbanizables propuestos en la villa de Escalante y en la zona de Los Fachos.

Situación actual, indicadores

La conectividad entre las comarcas de los valles intermedios con la Marina se encuentra muy dificultada por las autovías que de Este a Oeste la recorren y por la acumulación en la franja litoral de más del 85 % de la población de Cantabria.

En el municipio de Escalante la CA-148 dificulta la conectividad entre la zona más montañosa del Oeste con la más llana que termina orillando con el estuario de Santoña. Tampoco favorece esta conectividad la CA-241.

A esta escala del municipio de Escalante, las actuaciones en los suelos urbanizables de la villa de Escalante y de la zona de los Fachos son las que pueden tener una mayor posibilidad de afección a las especies que son habituales de los entornos del Canal de Hano y rías de Escalante y de Argoños, por ocupación de suelo y por la propia presencia y actividades antrópicas.

Amenazas

- Indicadores: - Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Los biotopos que actúan como áreas nido (zona estuarina, encinar costero, bosques de riparia y robledal) quedan protegidos bajo Suelos Rústicos de Especial Protección:

La zona estuarina bajo Suelo Rústico de Especial Protección de Marisma.

El encinar costero bajo Suelo Rústico de Especial Protección Paisajística.

Bosques de riparia bajo Suelo Rústico de Especial Protección de Riberas.

Los biotopos que actúan como áreas de enlace (linderos y bosques-isla de encinar y robledal y plantaciones de eucalipto) quedan protegidos bajo Suelos Rústicos de Especial Protección:

Las plantaciones de Eucalipto bajo Suelo Rústico de Especial Protección Forestal.

Los linderos y bosques-isla de encinar y robledal bajo Suelo Rústico de Especial Protección Ecológica.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 179

Las zonas de brezal-argomal bajo Suelo Rústico de Especial Protección Forestal.

El grado de destrucción o alteración de las Áreas Nido (la unidad de Monte (MO) Ribera (RI) y de Monte (MO) Encinar (En)), por su proximidad a los suelos para usos residenciales e industriales es poco significativa siendo un impacto compatible para el Monte (MO) Ribera (RI) y moderado para el Monte (MO) Encinar (En).

Se considera, en consecuencia, que la posibilidad de que se produzca la situación más desfavorable es Moderada.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Considerando el estado actual de la conectividad, se estima de Medio.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

Ejes de Conectividad en el municipio de Escalante

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PGOU DE ESCALANTE

Capítulo 4 180

4.2.3.3.16. RIESGOS DE IMPACTOS GEOFÍSICOS

Causas, acciones del impacto

Las derivadas de la implantación de usos residenciales e industriales en suelos sometidos a riesgos geofísicos.

Valoración del impacto

Riesgo a evaluar: procesos kársticos, deslizamientos, inundabilidad, riesgos geotécnicos.

Factores ambientales: los relacionados con los usos asignados a los suelos sometidos a procesos y riesgos.

Situación actual, indicadores

- Mapa de Riesgos Asociados a Procesos Geológicos y/o Geomorfológicos (1:50.000) (CID).

- Mapa Geotécnico del Instituto Geominero de España.

- Estudio hidrológico e hidráulico en Escalante (Cantabria). El camino del Chapao. Universidad de Cantabria.

- Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI). Dirección General del Agua. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

Amenazas

- Indicadores

La implantación de nuevos usos residenciales e industriales como consecuencia del nuevo planeamiento.

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Según el Mapa de Riesgos Asociados a Procesos Geológicos y/o Geomorfológicos (1:50.000) (CID):

Según el mapa de procesos y riesgos ningún asentamiento poblacional del municipio de Escalante se encuentra bajo riesgo de ningún proceso geomorfológico o hidrológico. El núcleo de Escalante presentan pequeñas zonas de borde con el estuario donde se dan procesos de erosión- sedimentación pero son poco significativas.

El Suelo Urbano Industrial ya existente presenta su superficie con posibles riesgos por hundimientos debido a la existencia de procesos kársticos.

El Suelo Urbano no Consolidado y el Suelo Urbanizable residencial e industrial no se encuentran bajo riesgos geofísicos.

El Suelo Rústico Ordinario y los terrenos donde se planificará el Plan Especial de Suelo Rústico de Quintana y Curera no presentan ningún riesgo geofísico.

Según el Mapa Geotécnico del Instituto Geominero:

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Capítulo 4 181

Desde el punto de vista geotécnico, según el mapa geotécnico de la zona, las condiciones constructivas son favorables en los barrios (Alvareo, Cornoció, Rionegro, Noval, Los Palacios, Baranda, la Lastra y La Cacigoja), sin problemas específicos aparentes. En el Barrio de Rionegro, Los Fachos y Carramigel las condiciones constructivas son aceptables, con algún problema de tipo hidrológico.

Según el Estudio hidrológico e hidráulico en Escalante (Cantabria). El camino del Chapao:

Según el estudio de Inundabilidad del arroyo Pozeirún existen riesgos por inundación con una periodicidad de 500 años en el núcleo de Escalante: un 13% del suelo urbano, un 70% de suelo urbano no consolidado y un 32% del sector W de suelo urbanizable.

Según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI):

No hay riesgos de inundación en el río Campiazo a su paso por el municipio de Escalante dado que no existen núcleos de población cercanos

En resumen, los nuevos suelos urbanos consolidados y urbanizables del núcleo de Escalante se planifican en zonas con riesgo de inundación con una periodicidad de 500 años (riesgo Moderado).

- Grado en que se empeoraría la situación actual

El nuevo Plan supondrá un grado medio de empeoramiento Medio respecto de la actual situación,

Estimación de la valoración de la posibilidad de riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.17. RIESGO DE AFECCIÓN AL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y CULTURAL

Causas, acciones del impacto

Movimientos de tierra durante las fases de urbanización y edificación.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: afección al patrimonio cultural.

Factores de riesgos: conservación del patrimonio cultural.

Situación actual, indicadores

El municipio de Escalante, se considera dotado de una elevada potencialidad arqueológica, con cronologías que van desde el Paleolítico inferior a la Protohistoria.

Los elementos arqueológicos reconocidos hasta la fecha en el municipio de Rionansa se pueden desglosar en las siguientes categorías:

- La Cueva de la Mosolla

- La Cueva de la Doncella

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Capítulo 4 182

En ambas se encontraron hojitas de dorso, fragmentos cerámicos, restos humanos y abundante paleontología.

- Ruinas prerromanas del Castillo de Montehano

Se ha hecho la consulta a la Consejería de Cultura del Gobierno de Cantabria sobre los bienes de interés cultural protegidos siendo éstos los siguientes:

1. Ermita de San Román (incoación BIC 25 de febrero de 1986): Ermita de nave única y ábside semicircular. Tiene cubierta de madera en la nave y cuarto de esfera en el ábside. Al exterior, tiene una espadaña simple con una tronera de medio punto.

2. Convento de San Sebastián de Montehano (BIC 6 de noviembre de 1981): Monasterio con iglesia construido dentro de la tradición clasicista que destaca por su gran sencillez.

3. Castillo de Montehano (BIC 6 de noviembre de 1981): Torre-cubo, totalmente arruinada, con cerca rectangular que tiene cubos circulares.

Amenazas

- Indicadores:

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Se considera esta posibilidad de Escasa siempre que se cumpla la legislación vigente en la materia. De forma que si en los movimientos de tierra en la ejecución de los proyectos de urbanización y edificación aparecieran restos u objetos de interés arqueológico o cultural, se paralizarán de forma inmediata las obras, tomándose las medidas oportunas para garantizar la protección de los bienes aparecidos, comunicando el descubrimiento a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el art. 84.1 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Además tal como se establece en el artículo 93.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, “Todo proyecto sometido a evaluación de impacto ambiental según la legislación vigente, deberá incluir informe arqueológico con el fin de incluir en la declaración de impacto ambiental las consideraciones o condiciones resultantes de dicho informe”.

EL PGOU tiene entre sus objetivos:

- Revisar el Catálogo de Elementos Protegidos de las NNSS, estableciendo las diferentes categorías de protección y criterios de intervención en función del valor específico de los elementos inventariados.

- Recoger el inventariado arqueológico del que se pueda obtener una carta arqueológica municipal en la que se contemplen los yacimientos conocidos y presuntos, reglamentándose las actuaciones necesarias para su preservación.

- El diseño de la ordenación y la normativa perseguirán el respeto a las tipologías tradicionales promoviendo su conservación y rehabilitación, así como la integración de los nuevos desarrollos en los núcleos existentes.

- Señalar todos los elementos reconocidos en cualquiera de las figuras de la Ley 11/1998, de Patrimonio cultural de Cantabria. Se consolidan por tanto los entornos de protección de los Bienes de Interés Cultural.

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Capítulo 4 183

En resumen, se considera, por tanto, la posibilidad de amenaza Escasa.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

La pérdida de todo patrimonio cultural debe considerarse en grado de Alto.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.18. REDUCCIÓN DE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA

Causas, acciones del impacto

Cambio de uso de suelos del municipio, suelos de uso agropecuario que cambiarán a suelos para usos residenciales e industriales.

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de destrucción o alteración (Di): 2,8 %. Se ha utilizado como indicador del impacto el porcentaje de suelo de capacidad agrológica alta y muy alta que será transformado por los nuevos usos residenciales e industriales (suelos urbano no consolidado y urbanizable residencial e industrial). El total de suelos de alta a muy alta capacidad agrológica ocupa 356,8 h en Escalante.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 1. Se considera como un bien escaso o como un bien estratégico.

o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 2,8 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,4.

Signo: impacto de efecto negativo. Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones de forma directa sobre el suelo y su uso.

o Acumulación (a): 3. La pérdida se producirá en la cantidad determinada en el PGOU para la transformación de los usos del suelo previstos en el mismo para el cumplimiento de sus objetivos, no estando previsto su incremento en el tiempo, aunque debe considerase el efecto acumulado con las pérdidas ocasionadas con el urbano consolidado.

o Sinergia (s): 1. El efecto de la pérdida será el de la suma de todos los suelos de capacidad agrológica alta y muy alta motivada por el PGOU.

o Momento (m): 3. Parte del suelo se transformará a corto plazo por las obras de urbanización y otras a medio y/o largo plazo por las obras de edificación e instalación de las industrias, empresas, comercios, etc. Se considera la situación más desfavorable.

o Persistencia (p): 3.

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Capítulo 4 184

El cambio será permanente.

o Reversibilidad (r): 3. Impacto irreversible, puesto que una vez que el suelo es transformado para soportar las infraestructuras y las edificaciones para el desarrollo de las actividades planificadas, el medio carece de mecanismos naturales para su retorno a la situación de calidad inicial o preoperacional.

o Recuperabilidad (rc): 3. Técnicamente se podría retornar a la situación inicial eliminando todas las construcciones y realizando labores de reconstitución edafológica y de cubierta vegetal, aunque se considera y se valora que en la práctica es un impacto irrecuperable.

o Valor de la Incidencia (Ii): 41. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,87.

Valoración numérica del impacto: - 0,35. CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.3.19. DESARROLLO DEL TEJIDO INDUSTRIAL EN EL MUNICIPIO DE ESCALANTE

Causas, acciones del impacto

Disponibilidad de suelo productivo industrial en el municipio de Escalante

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de alteración o de incremento (Di): 306,3 %. Se ha utilizado como indicador el incremento de suelo industrial motivado por el PGOU respecto del total de suelo urbano industrial ya existente en el municipio.

El suelo urbano industrial: 21.235 m2.

Suelo urbanizable industrial: 86.335 m2.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,8. o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 245 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 1.

Signo: impacto de efecto positivo.

Incidencia del impacto (Ii): o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones de forma directa sobre los sectores secundario y terciario.

o Acumulación (a): 3. En el tiempo el efecto positivo sobre la economía es muy probable que se acumulativo.

o Sinergia (s): 3.

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Capítulo 4 185

Las interacciones entre las actividades que se promoverán en el nuevo polígono industrial así como con las ya existentes en el municipio harán una potenciación del efecto positivo.

o Momento (m): 2. Los efectos se estima que se producirán a medio plazo.

o Persistencia (p): 3. El cambio será permanente.

o Valor de la Incidencia (Ii): 26. o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,94.

Valoración numérica del impacto: + 0,94.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO POSITIVO.

4.2.3.3.20. EXPANSIÓN DE LOS NÚCLEOS URBANOS

Causas, acciones del impacto

Incremento del suelo residencial, disponibilidad de suelo para la construcción de viviendas.

Indicadores:

Magnitud del impacto (Mi): o Grado de incremento (Di): 41,6 %. Se ha utilizado como indicador el incremento en el suelo residencial (nuevos suelos urbanos no consolidados y urbanizables) respecto del actual.

o Valor de conservación del elemento (VCi): 0,8. o Valor de la Magnitud del impacto (Mi): 32,8 %. o Valor de la Magnitud del impacto estandarizada (Mis): 0,8.

Signo: impacto de efecto positivo. Incidencia del impacto (Ii):

o Valores de los atributos: o Inmediatez (i): 3. Impacto directo por recaer las acciones de forma inmediata en la creación de suelo residencial para la expansión del suelo urbano en el municipio de Escalante

o Acumulación (a): 1. Al prolongarse la actuación en el tiempo no hará incrementar el suelo residencial ni la previsión del número de viviendas.

o Sinergia (s): 1. No habrá efecto sinérgico.

o Momento (m): 2. Los efectos se estima que se producirán a medio plazo.

o Persistencia (p): 3. El cambio será permanente.

o Valor de la Incidencia (Ii): 18.

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Capítulo 4 186

o Valor de la Incidencia estandarizada (Iis): 0,5.

Valoración numérica del impacto: + 0,4.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO POSITIVO.

4.2.3.3.21. RIESGO DE AFECCIÓN A LA CALIDAD DE VIDA POR CONTAMINACIÓN DEL AIRE

Causas, acciones del impacto

Contaminación del aire. Impacto derivado o inducido por las emisiones a la atmósfera de gases, partículas y polvo durante las obras y por las emisiones derivadas de los usos industriales, terciarios y residenciales.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: disminución de la calidad de vida.

Factores de riesgos: población del municipio de Escalante: 766 habitantes.

Situación actual, indicadores

- Ver punto 4.2.2.3.7.

- Número de denuncias de la población respecto a la calidad del aire5:

- Municipio de Escalante: 0 denuncias.

- Percepción de la calidad del entorno edificado1:

- Varones:

- Buena: 91,97 %

- Regular: 5,99 %

- Mala: 2,04 %

- Mujeres:

- Buena: 86,92 %

- Regular: 11,39 %

- Mala: 1,69 %

Amenazas

- Indicadores:

5 Datos tomados de Indicadores de Sostenibilidad. Red Local de Sostenibilidad de Cantabria. Cantabria 2007.

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Capítulo 4 187

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Se estima de Escasa, siendo el riesgo de contaminación del aire de Bajo en las fases de construcción y de funcionamiento, toda ver que todas las instalaciones deberán cumplir con la normativa específica en materia de emisiones a la atmósfera y someterse a la Ley 17/2006, de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Considerando el estado de la calidad del aire actual, donde se han dado en algunos años superaciones del nivel límite de PM10, se considera de Medio en ambas fases del desarrollo del PGOU.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Bajo.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO COMPATIBLE.

4.2.3.3.22. RIESGO DE AFECCIÓN A LA CALIDAD DE VIDA POR CONTAMINACIÓN SONORA

Causas, acciones del impacto Contaminación sonora. Impacto derivado o inducido por los incrementos en los niveles de ruido como consecuencia de las obras a realizar y por las actividades en los suelos de uso industrial y residencial.

Valoración del riesgo de impacto Riesgo a evaluar: disminución de la calidad de vida.

Factores de riesgos: población del municipio.

Situación actual, indicadores

- Los niveles de ruido en la situación preoperacional oscilan entre los 40 y los 65 dB durante el día en función de su proximidad a las vías de comunicación, especialmente de la CA-148.

Amenazas - Indicadores: - Posibilidad de que acontezca el efecto negativo Se estima de Moderada en la fase de construcción y de Escasa durante la fase de funcionamiento.

- Grado en que se empeoraría la situación actual Considerando el estado de la calidad actual, se considera de Medio para las dos fases, construcción y funcionamiento.

Estimación de la valoración del riesgo:

- En fase de construcción: Riesgo Moderado.

- En fase de funcionamiento: Riesgo Bajo.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO:

- EN FASE DE CONSTRUCCIÓN: IMPACTO MODERADO.

- EN FASE DE FUNCIONAMIENTO: IMPACTO COMPATIBLE.

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Capítulo 4 188

4.2.3.3.23. RIESGO DE AFECCIÓN A LA CALIDAD DE VIDA POR CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

Causas, acciones del impacto Impacto derivado o inducido por el riesgo de contaminación lumínica por el alumbrado externo.

Valoración del riesgo de impacto

Riesgo a evaluar: disminución de la calidad de vida.

Factores de riesgos: población del municipio.

Situación actual, indicadores

Los alumbrados exteriores del municipio de Escalante no se encuentran adaptados a la vigente normativa en la materia, Ley de Cantabria 6/2006, de 9 de junio, de Prevención de la Contaminación Lumínica y Decreto 48/2010, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley de Cantabria 6/2006.

Amenazas - Indicadores:

- Posibilidad de que acontezca el efecto negativo

Se debe considerar Elevada por cuanto el Plan en su actual redacción no ha incorporado en sus ordenanzas las disposiciones del Decreto 48/2010, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cantabria 6/2006, de 9 de junio, de prevención de la contaminación lumínica.

- Grado en que se empeoraría la situación actual

Ha de considerarse de Bajo, toda vez que las características del alumbrado exterior actual si bien no cumple con la vigente normativa no es causa de un impacto relevante.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

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Capítulo 4 189

4.2.3.3.24. GENERACIÓN DE EMPLEO

Causas, acciones del impacto Las obras a realizar en la fase de construcción y las actividades que se desarrollarán en el suelo industrial y en el suelo residencial ofrecerán posibilidades para la generación de trabajo.

Valoración del impacto Riesgo a evaluar: posibilidad de generar trabajo.

Factores ambientales: bienestar de la población.

Situación actual, indicadores

La situación actual queda reflejada por indicadores de sostenibilidad relativos al bienestar de la población como la evolución de la tasa de paro.

A partir del año 2008 se produce un salto importante en la tasa de paro que se mantenía en valores entorno al 9 %. En el año 2009, la tasa fue del 14,4 % recuperándose ligeramente para situarse en el 2012 en el 12,30 %.

Evolución de la tasa de paro.

Amenazas - Indicadores: - Probabilidad de creación de trabajo

Se considera Moderada durante la fase de construcción y de Elevada durante la fase de funcionamiento.

- Grado en que se mejoraría la situación actual

Partiendo de la situación actual, se estima como mínimo de Medio para la fase de construcción y de Alto para la fase de funcionamiento.

Estimación de la valoración de la posibilidad de crear trabajo:

- En fase de construcción: Moderada.

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Capítulo 4 190

- En fase de funcionamiento: Muy Alta.

CALIFICACIÓN DEL IMPACTO:

- En fase de construcción: IMPACTO POSITIVO.

- En fase de funcionamiento: IMPACTO POSITIVO.

4.2.3.3.25. MOLESTIAS POR INCREMENTO DEL TRÁFICO. MOVILIDAD URBANA

Causas, acciones del impacto Incremento del tráfico rodado y peatonal.

Valoración del impacto

Riesgo a evaluar: molestias a los ciudadanos.

Factores ambientales: bienestar de la población, movilidad urbana.

Situación actual, indicadores

El parque de vehículos del municipio de Escalante es de 6756.

Las comunicaciones entre los barrios del municipio se realizan a través de caminos vecinales, carreteras locales y a través de las carreteras autonómicas CA-148, CA-460, CA-461 y CA-241.

La vía rodada principal es la CA-148, es la vía de salida hacia los municipios de Argoños y Santoña, y Bárcena de Cicero, a través del cual se toma la autovía A-8.

En cuanto a desplazamientos, los datos que proporciona el ICANE son los siguientes:

Medio de transporte de estudiantes de 16 años o más:

Coche particular, conduciendo: 8

Coche particular, pasajero: 5

Autobús: 18

Moto: 0

Andando: 4

Ferrocarril: 0

Bicicleta: 2

Medio de transporte de ocupados de 16 años o más:

Coche particular, conduciendo: 153

Coche particular, pasajero: 6

Autobús: 2

Moto: 2

Andando: 10

6 Jefatura Provincial de Tráfico de la Delegación de Cantabria. Año 2009.

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Capítulo 4 191

Ferrocarril: 0

Bicicleta: 0

Otros medios: 1

Amenazas - Indicadores: - Posibilidad de riesgo Se estima de Moderada, teniendo en cuenta que el documento del Plan no considera de forma específica la movilidad urbana.

- Grado en que se empeoraría la situación actual Partiendo de la situación actual y de los incrementos de la población se estima de Medio.

Estimación de la valoración del riesgo: Riesgo Moderado CALIFICACIÓN DEL IMPACTO: IMPACTO MODERADO.

4.2.3.4 SÍNTESIS DE LA VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS El Cuadro 4.10 muestra la síntesis de la valoración y calificación de los impactos identificados.

Los impactos ambientales negativos son Compatibles o Moderados y los impactos positivos son los que están relacionados con la necesidad de disponer de un nuevo planeamiento municipal ajustado a la vigente normativa urbanística, territorial y de protección ambienta, con la necesidad de cambiar las actuales tendencias demográficas y de crear condiciones favorables para la generación de puestos de trabajos.

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Capítulo 4 192

Cuadro 4.10. Síntesis de la valoración de los impactos.

IMPACTO VALORACIÓN CALIFICACIÓN Pérdida de suelo permanente -0,35 Impacto Moderado Riesgo de contaminación del suelo: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Riesgo Moderado Riesgo Moderado

Impacto Moderado Impacto Moderado

Modificaciones topográficas 0,0 Impacto Compatible Riesgo de afección al sistema hidrológico Riesgo Moderado Impacto Moderado Modificación de la escorrentía. Proceso de recargas -0,29 Impacto Moderado Riesgo de contaminación de las aguas: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Riesgo Bajo

Riesgo Muy Bajo

Impacto Compatible Impacto Compatible

Riesgo de contaminación del aire: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Riesgo Bajo Riesgo Bajo

Impacto Compatible Impacto Compatible

Riesgo de contaminación sonora: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Riesgo Moderado

Riesgo Bajo

Impacto Moderado Impacto Compatible

Riesgo de contaminación lumínica Riesgo Moderado Impacto Moderado Cambio de la calidad del paisaje -0,35 Impacto Moderado Eliminación de la vegetación y fauna: prados y cultivos -0,35 Impacto Moderado Afección a la vegetación y fauna riparias -0,29 Impacto Moderado Afección a la vegetación de matorral y encinar -0,29 Impacto Moderado Riesgo de afección a especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas de Cantabria

Riesgo Moderado Impacto Moderado

Riesgo de afección a espacios naturales protegidos Riesgo Bajo Impacto Compatible Riesgo de propagación de especies invasoras Riesgo Moderado Impacto Moderado Debilitamiento de la conectividad Riesgo Moderado Impacto Moderado Riesgo de impacto geofísico Riesgo Moderado Impacto Moderado Riesgo de afección al patrimonio arqueológico y cultural Riesgo Moderado Impacto Moderado Reducción de la actividad agropecuaria -0,35 Impacto Moderado Desarrollo del tejido industrial +0,94 Impacto Positivo Disponibilidad de suelo residencial +0,4 Impacto Positivo Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación del aire Riesgo Bajo Impacto Compatible Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación sonora: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Riesgo Moderado

Riesgo Bajo

Impacto Moderado Impacto Compatible

Riesgo de afección a la calidad de vida por contaminación lumínica Riesgo Moderado Impacto Moderado Molestias por incremento de tráfico. Movilidad urbana Riesgo Moderado Impacto Moderado Generación de empleo: - Fase de construcción - Fase de funcionamiento

Moderada Muy Alta

Impacto Positivo Impacto Positivo