document6
DESCRIPTION
contitucionTRANSCRIPT
-
CONSTITUCION Y DERECHOS
HUMANOS FIIS UNI
Tema:
Derechos Poltcos
Expositor:
Salutiniano Huaman
Huaman
-
DERECHOS POLITICOS
COMPRENDE:
La ciudadania y los
Derechos polticos
Derechos Polticos
Constitucionales.
Asilo
Extradicin.
-
CIUDADANIA
Concepto: Es el estado en el
cual una persona una vez
alcanzada la mayora de edad
(18) y obtenido el documento
que la acredite (DNI) puede
vlidamente ejercer los
derechos inherentes a la
participacin en la vida poltica
de una nacin .
El ejercicio de los derechos
polticos estn ligadas a la
ciudadana art. 31 de la
Constitucin.
-
Suspensin del ejercicio de la
ciudadania
Art.33 de la Const. 1993
1. A) Por resolucin Judicial de
interdiccin.-
B) Por sentencia con pena privativa de
la libertad.-
C) Por Sentencia con inhabilitacin de
los derechos polticos.-
-
LIMITACIONES DEL EJERCICIO DE
LA CIUDADANIA
IMPEDIMENTO PARA EJERCER LA CIUDADANIA.
Art. 34 de la Constitucin de 1993 y el art 43. Cdigo Civil
Son absolutamente incapaces entre otros los menores de edad, los que estn privados de discernimiento.
Los miembros de la FF.AA. Y FF.PP. Estan impedidos de elegir y ser elegido.
-
DERECHOS POLITICOS
CONSTITUCIONALES A) DERECHO A
ELEGIR Y A SER
ELEGIDO.-Participacin
en la vida politica del pas.
Derecho al voto.- Art. 31
de la Const.
Voto Universal a partir de
1978.
El VOTO es personal,
igual, libre, secreto y
obligatorio
-
REFERENDUM
Art. 32 de la Const.
Es la cconsulta popular, es el derecho que tienen los ciudadanos de participar en la toma de decisiones a travs de su voto ya sea aprobando o desaprobando una mocin o proyecto elaborado por el Congreso o el proyecto presentado por los mismos ciudadanos.
Prohibicin : Normas relacionados a Derechos Fundamentales de la persona, materia tributaria, tratados internacionales en vigor, etc.
La solicitud de Referndum debe ser respaldado por el 10% del Electorado nacional
-
INICIATIVA EN LA FORMACIN
DE LAS LEYES
Art. 32 de la Constitucin
de 1993
Los ciudadanos en nmero
equivalente al 0.3% del
electoral nacional pueden
presentar proyecto de ley
ante el Congreso y
obligarlos a debatir, de ser
rechazado el proyecto
puede someterse a
referndum.
-
REMOCION Y REVOCACION DE
AUTORIDADES
Solicitar el cambio o anular el nombramiento o designacin de las autoridades, todas las autoridades pueden ser removidas o revocadas su mandato salvo la del Presidente de la Repblica y los Congresistas,
-
Requisitos.-
Para remover del cargo a las autoridades
polticas se necesita el 50% del electorado
de la localidad, para revocar el mandato se
necesita el 25% de los votantes, la solicitud
de tramita ante la ONPE
-
RENDICIN DE CUENTAS Art. 32 de la Constitucin de
1993)
Es la demanda que puede
formular un grupo de ciudadanos
para que las autoridades que
tengan que ver con la
administracin de fondos
pblicos den cuenta de su gestin
Requisitos.- La solicitud debe
estar respaldado por lo menos
con 20% de firmas de ciudadanos
de la localidad donde la
Autoridad ejerce el cargo
-
ORGANIZACIONES POLTICAS.-
El art. 35 de la Constitucin de 1993
Los derechos polticos se ejercen en forma individual o a travs de organizaciones,
Organizaciones polticas.- Partidos, movimientos o alianzas, cuya inscripcin y organizacin se rige por la ley de Partidos Polticos y Ley electoral.
Estas organizaciones no pueden ser anuladas por Resolucin
Administrativa.
-
ASILO POLTICO
Concepto.- Es el acto por
el cual un Gobierno otorga
proteccin a un
perseguido poltico, art. 36
Amparo Jurdico.- es
necesario la aceptacin del
pas asilante.
Asilo Diplomtico.- Caso
del poltico V.R.Haya de
la Torre.
Asilo Territorial.- Caso
del poltico Alan Garca
Prez
-
EXTRADICIN.-
Concepto.- Es la solicitud o entrega de una persona que tiene orden de captura a nivel internacional para ser juzgado en un pas determinado.
Normas aplicables.- Est regulada por normas internas o tratados.
-
Extradicin
Procedimiento.- Por ejecutivo, previo informe de la Corte Suporema.
Reciprocidad.-.
Ejemplos.- Carlos Manrique de EE.UU, Neyra y Figueroa del Brasil, De los exdueos de canal 4 y 5.
-
Delito Politico Art. 37 Estn prohibidos de
extradiccin los perseguidos por delitos polticos, salvo de genocidio, magnicidio y terrorismo.
Caractersticas de delito politico.-
Impugna el Poder de los Poderes Polticos establecidos.
Tiene una fundamentacin ideolgica
No pretende provecho personal directo
-
Gracias.
Exmenes la semana 8
estudien