61898154 clasificacion de medios de prueba

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  • 8/18/2019 61898154 Clasificacion de Medios de Prueba

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    TEORIA GENERAL DE LA PRUEBA

      Existe una teoría general de la prueba que va desarrollándose en forma

    sintética, que se refiere a su concepto, naturaleza, principios, clases y demás

    generalidades, dicha teoría pertenece al campo del proceso, ciencia autónoma, sin

    perjuicio de su naturaleza secundaria, al servicio del derecho sustancial, segn

    toda la moderna doctrina procesal, !os autores clásicos que no existe una teoría

    general sino una particular para el proceso civil y otra para el proceso penal,

    sin embargo varios autores modernos sostienen que, así como hay un solo

    proceso, sin perjuicio de las especialidades en cada caso, sólo hay una teoría

    general de las pruebas, que sirve tanto al proceso civil como al penal"

      #entro de la teoría general de la prueba se encuentran las siguientes

    Acepciones:

    • $e usa para designar los medios de prueba, o sea, los medios de

    convicción considerados en sí mismos y que llevan a través de la inteligencia a

    admitir la realidad de un hecho" #e este modo se habla de prueba de testigos,

    prueba instrumental, etc"

    • $e usa para designar la producción de la prueba, a la circunstancia de

    hacerla valer ante los tribunales" %sí se dice que la prueba le incumbe al actor o al

    demandado"

    • $e entiende también como el resultado obtenido con los medios de prueba

    de que se hizo empleo, o sea, significa si hubo o no demostración del hecho que

    se sostenía"

    • &omo fase del juicio anterior al fallo"

    Conceptos

    Común

      %quella actividad que desarrollan las partes con el tribunal para que éste

    adquiera el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho o afirmación

    fáctica o para fijarlos como ciertos a los efectos del proceso

    Doctrinaria

      #emostración de la veracidad de una afirmación, de la existencia de una

    cosa o de la realidad de un hecho" &abal refutación de una falsedad"

    http://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/inteligencia-emocional/inteligencia-emocional.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.blogger.com/blogger.g?blogID=3968006078699583254http://www.monografias.com/trabajos15/inteligencia-emocional/inteligencia-emocional.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.blogger.com/blogger.g?blogID=3968006078699583254http://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtml

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    &omprobación" 'ersuasión o convencimiento que se origina en otro, y

    especialmente en el juez o en quien haya de resolver sobre lo dudoso o discutido"

    (azón, argumento declaración, documento u otro medio para patentizar la verdad

    o la falsedad de algo" )ndicio, muestra, se*al" Ensayo, experimento, experiencia"

    'eque*a porción de un producto comestible que se gusta o examina para

    determinar si agrada, si es bueno o malo, o de una u otra clase"

    LA PRUEBA

    Concepto

      !a prueba, en #erecho, es la actividad necesaria que implica demostrar la

    verdad de un hecho, su existencia o contenido segn los medios establecidos por 

    la ley recae sobre quien alega algo, ya que el principio establece que quien alega

    debe probar" El que afirma algo debe acreditar lo que afirma mediante un hecho

    positivo, si se trata de un hecho negativo el que afirma deberá acreditarlo

    mediante un hecho positivo" 'eirano sostiene que la prueba recae sobre ambas

    partes, se trate o no de un hecho positivo"

      En síntesis, la obligación de probar dependerá de la situación adquirida por 

    las partes en un proceso" &ada una de ellas deberá probar los hechos sobre los

    que funda su defensa, la prueba se podría definir como la actividad de las partes

    dentro de un proceso judicial o procedimiento administrativo dirigida a convencer 

    al juez o al administrador de la veracidad de unos determinados hechos que se

    afirman existentes en la realidad"

    LA PRUEBA EN LA CONSTITUCION

      En procesos constitucionales +a diferencia que lo que ocurre en los

    procesos ordinarios en que las partes tienen la carga de la prueba, por lo que el

     juez sólo ordena prueba adicional y para mejor resolver de manera excepcional+

    el juez constitucional tiene una participación activa en procurar la prueba

    necesaria para resolver los casos sometidos a su jurisdicción"

      El juez constitucional, además de la prueba aportada por el recurrente,

    generalmente solicita un informe circunstanciado a la autoridad o particular 

    recurridos acerca de los hechos objeto del proceso" %demás, cuando se trata de

    http://www.monografias.com/trabajos11/tebas/tebas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nociones-basicas/nociones-basicas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Leyhttp://www.monografias.com/trabajos11/tebas/tebas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nociones-basicas/nociones-basicas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ley

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    procesos contra servidores pblicos, solicita el envío del respectivo expediente

    administrativo o judicial"

      %simismo, se reserva el derecho de ordenar las pruebas testimoniales o

    periciales que considere oportuno, además de solicitar documentación adicional

    tanto a las partes como a terceros custodios de ésta"

      #e esa forma, los jueces constitucionales tienen amplios poderes para

    ordenar toda la prueba que consideren necesaria para la averiguación real de los

    hechos objeto del proceso"

    LA PRUEBA Y LOS HECHOS

      eneralmente suele decirse que objeto de la prueba son los hechos y el

    art"-./"/ !E& parece entenderlo así0 "La prueba tendrá como objeto los hechos

    que guarden relación con la tutela judicial que se pretenda obtener en el 

     proceso". En el proceso civil, donde la vigencia del principio de aportación de parte

    determina que sólo éstas pueden realizar alegaciones, el objeto de la prueba

    vendrá determinado precisamente por estas alegaciones, pero no todas deberán

    ser probadas, siendo precisas distinguir0

    o Los hechos admitidos por todas las partes no precisan la prueba sobre los

    mismos" Están exentos de prueba los hechos sobre los que exista plena

    conformidad de las partes, y esa conformidad puede provenir de que las dos

    partes han afirmado un mismo hecho o de que el hecho afirmado por una parte ha

    sido admitido por la contraria" !a ley exige que las partes en sus escritos de

    alegación se manifiesten expresamente sobre los hechos alegados por la

    contraria"

    o Los hechos no controvertidos deben entenderse que no cabe realización

    de la actividad probatoria1 la prueba referida a hechos no controvertidos es

    siempre intil"

    o Los hechos notorios son aquellos hechos cuyo conocimiento de la cultura

    normal propia de un determinado grupo social en el tiempo en que se produce la

    decisión judicial, incluyendo al juez" !o normal es que lo conozca el hombre

    dotado de una cultura de grado medio, entre los cuales tiene que estar 

    necesariamente el juez"

    http://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtml

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    PRINCIPIOS GENERALES DE LA PRUEBA

      #ada la naturaleza de los procesos constitucionales, los principios

    generales de la prueba en los procesos ordinarios, sufren algunas adaptaciones

    que conviene rese*ar" En general, los principios que orientan la aplicación de la

    prueba en los procesos constitucionales son los siguientes0

    /" 'rincipio de eficacia jurídica0 postula que si la prueba es necesaria para el

    proceso, en consecuencia debe tener eficacia jurídica, de manera que lleve al juez

    constitucional al conocimiento real de los hechos en que se funda la pretensión del

    actor"

    -" 'rincipio de unidad de la prueba0 el conjunto probatorio forma una unidad, por lo

    que debe ser analizada por el juez constitucional para confrontar las diversas

    pruebas, establecer sus concordancias o discordancias y concluir sobre el

    convencimiento que de ellas se forme"

    2" 'rincipio de comunidad de la prueba0 este principio determina la inadmisibilidad

    de renunciar o desistir de la prueba ya practicada, dado que quien aporte una

    pruebe al proceso deberá aceptar su resultado, le sea beneficio o perjudicial" Este

    principio está íntimamente relacionado con el de lealtad y probidad de la prueba"

    3" 'rincipio de interés pblico de la función de la prueba0 Es evidente que existe

    un interés pblico manifiesto en la función que desempe*an las pruebas en el

    proceso a pesar de que cada parte persigue su propio beneficio" 4o obstante que

    son los particulares los que ponen en movimiento los procesos constitucionales,

    es claro que existe paralelamente un interés pblico en su resolución, por las

    consecuencias jurídicas y de otra índole que una eventual sentencia estimatoria

    podría significar para la %dministración recurrida"

    5" 'rincipio de lealtad y probidad o veracidad de la prueba0 &onsecuencia de los

    principios anteriores, ya que si la prueba tiene unidad y función de interés general,

    no debe utilizarse para ocultar o deformar la realidad con el fin de inducir al juez a

    enga*o, sino con lealtad y probidad o veracidad, sea que provenga de la iniciativa

    de las partes o de la actividad del mismo juez"

      &omo decía &outure 6!as leyes del debate judicial no son sólo de habilidad

    sino también de lealtad y probidad, de respeto a la justicia7" En consecuencia, este

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    principio rige tanto para las partes en los procesos constitucionales como para los

    eventuales testigos, peritos y funcionarios que tengan relación con la evacuación

    de la prueba"

    8" 'rincipio de contradicción de la prueba0 &onsecuencia lógica del anterior 

    principio, la parte contra quien se ofrece una prueba debe gozar de la oportunidad

    procesal para conocerla y discutirla, incluido su derecho de ofrecer y evacuar la

    respectiva contraprueba"

    9" 'rincipio de publicidad de la prueba0 significa que debe permitirse a las partes

    conocerlas e intervenir en su práctica"

    ." 'rincipio de legitimación para la prueba0 este principio exige que la prueba

    provenga de un sujeto legitimado para solicitarla, es decir, las partes o el juez

    constitucional"

    :" 'rincipio de la preclusión de la prueba0 se trata de una formalidad y oportunidad

    para la práctica de la prueba y se relaciona con los principios de contradicción y

    lealtad, persiguiéndose impedir que se sorprenda a la otra parte con pruebas de

    ltimo momento"

    /;" 'rincipio de libertad de prueba0 es indispensable otorgar libertad de la prueba

    para que ésta cumpla su fin de lograr la convicción del juez constitucional sobre la

    existencia o inexistencia de los hechos que interesan al proceso" $in embargo, se

    admite como limitación la de aquellas que la ley no permite investigar o que

    resultan intiles por existir presunción legal que las hace innecesarias"

    //" 'rincipio de pertinencia, idoneidad y utilidad de la prueba0 este principio implica

    una limitación de la libertad, pero su presencia es necesaria ya que el tiempo y el

    trabajo de los tribunales constitucionales y de las partes no debe perderse por la

    evacuación de prueba que por sí misma o por su contenido, no sirve para la

    averiguación de los hechos base del proceso" #e esta manera se contribuye a la

    concentración y a la eficacia procesal de la prueba"

    /-" 'rincipio de la carga de la prueba0 postula que quien afirma un hecho en el

    proceso debe probarlo" 4o basta, en consecuencia, con que le funcionario

    recurrido rinda declaración bajo fe del juramento para tener por acreditada la

    verdad de su dicho" $e trata, en este caso, simplemente de una presunción iuris

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    tantum que puede ser dejada sin efecto por prueba en contrario del recurrente o

    por la aplicación de las reglas de la sana crítica por parte del juez constitucional"

    OBETO DE LA PRUEBA

      !o podemos definir como todo aquello sobre lo cual puede recaer la

    prueba, deviniendo en algo completamente objetivo y abstracto, extendiéndose

    tanto a los hechos del mundo interno como del externo, con tal que sean de

    importancia para el dictamen" El objeto de la prueba viene a ser una noción

    objetiva, porque no se contempla en ella la persona o parte que debe suministrar 

    la prueba de esos hechos o de alguno de ellos, sino el panorama general

    probatorio del proceso, pero recae sobre hechos determinados sobre los cuales

    versa el debate o la cuestión voluntariamente planteada y que debe probarse, por 

    constituir el presupuesto de los efectos jurídicos perseguidos por ambas partes,

    sin cuyo conocimiento el

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    para que los medios de prueba sean idóneos para formar la convicción de quien

    tiene la alta responsabilidad de juzgar"

      !a expresión fuente de prueba se refiere a un concepto extrajurídico, a una

    realidad anterior al proceso0 los medios de prueba aluden a conceptos jurídicos, y

    sólo existen en el proceso, en cuanto en él nacen y se desarrollan" !as fuentes de

    prueba son los elementos que existen en la realidad, y los medios consisten en las

    actividades que es preciso desplegar para incorporar las fuentes al proceso" !a

    fuente es anterior al proceso y existen independientemente de él, el medio se

    forma durante el proceso y pertenece a él" !a fuente es lo sustancial y material0 el

    medio, lo adjetivo y formal"

    v C"ases

      !egalmente se pueden clasificar de la siguiente manera0

      #e al art" -28 &'& clasifica las pruebas como plenas y semiplenas, la

    prueba plena o completa es aquella por la que el arts" -:-A23- &'&?

    @ 'or 'eritos >arts" -32A285 &'&?

    @ 'or inspección personal del juez >arts" 288A29; &'&?

    @ 'or &onfesión >arts" 29/A2:/ &'&?

    @ 'or arts" 2:-A3;9 '&?

    @ 'or presunción y semiplena >arts" 3;.A3/3 &'&?

    #octrinariamente se pueden clasificar de la siguiente manera0

    v POR LAS FUENTES:

    @ !os medios de prueba directos o de percepción" $on las propiamente dichas,

    pues se refieren directamente al hecho"

    @ !os medios de prueba indirectos o de deducción" eneralmente no tienen una

    relación con el hecho que se discute, pero tienden a probar otro hecho por medio

    de la deducción"

    http://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/induccion-deduccion/induccion-deduccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sepe/sepe.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/induccion-deduccion/induccion-deduccion.shtml

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    v POR RAZON DE LOS SUJETOS:

    @ #e oficio, ordenadas por el