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60BIERNO RE6IONAL APURÍMAC Consejo Regional COMISION ORDINARIA DE PLANEAMIENT O PRESUPUESTO ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL, ADMINISTRAClON y COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL DICTAMEN N° o02-2016-GR.APURIMACICR-PPATACTI VISTOS. El Oficio N° 0~0-20~6-GRA/o~/PCR de fecha 03 de marzo de 20~6, por la cual el Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, remite a la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto Acondicionamiento Territorial, Administración y Cooperación Técnica Internacional, el Proyecto de Ordenanza Regional que "APRUEBA el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Sub Regional de Andahuaylas", para que se emita el correspondiente Dictamen. CONSIDERANDO: ~.- Que, por Informe N° 00~-20~6-GR.APURIMAC/GR de fecha n de enero de 20~6, dirigido al Consejero Delegado, el Gobernador Regional remite el expediente administrativo conteniendo el proyecto de Ordenanza Regional que "APRUEBA el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Sub Regional de Andahuaylas", según indica con los correspondientes documentos sustentatorios. 2.- Que, por Informe N° ~68-20~5-GRAP/09.03/SGDIEI de fecha 04 de diciembre de 20~51a Sub Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el Informe Técnico N° ~5-2m5-GRAP/09.03/SGDIEI, emitido por la Especialista en Racionalización donde se señala como conclusión que el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Sub Regional Andahuaylas, se elaboró de acuerdo a los lineamientos y normas técnicas establecidas, debiendo aprobarse mediante Ordenanza Regional. 3.- Por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos y se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, señalando en el artículo 5° que la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento o quién haga sus veces, a su vez el numeral 6.~ del artículo 6° de la precedente norma legal prevé que el responsable del planeamiento o quién haga sus veces, es el encargado de elaborar el sustento técnico de cada uno de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA. 4.- Mediante Decreto Supremo N° 064-2mo-PCM se aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para la entidades públicas, de cumplimiento obligatorio en los procesos de elaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados

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60BIERNO RE6IONAL APURÍMACConsejo Regional

COMISION ORDINARIA DE PLANEAMIENT O PRESUPUESTO ACONDICIONAMIENTOTERRITORIAL, ADMINISTRAClON y COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL

DICTAMEN N° o02-2016-GR.APURIMACICR-PPATACTI

VISTOS.

El Oficio N° 0~0-20~6-GRA/o~/PCR de fecha 03 de marzo de 20~6, por la cual el ConsejeroDelegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, remite a la ComisiónOrdinaria de Planeamiento Presupuesto Acondicionamiento Territorial, Administración yCooperación Técnica Internacional, el Proyecto de Ordenanza Regional que "APRUEBA elTexto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Sub Regional deAndahuaylas", para que se emita el correspondiente Dictamen.

CONSIDERANDO:

~.- Que, por Informe N° 00~-20~6-GR.APURIMAC/GR de fecha n de enero de 20~6,dirigido al Consejero Delegado, el Gobernador Regional remite el expedienteadministrativo conteniendo el proyecto de Ordenanza Regional que "APRUEBA el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos TUPA del Hospital Sub Regional deAndahuaylas", según indica con los correspondientes documentos sustentatorios.

2.- Que, por Informe N° ~68-20~5-GRAP/09.03/SGDIEI de fecha 04 de diciembre de 20~51aSub Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática de la Gerencia Regionalde Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el Informe TécnicoN° ~5-2m5-GRAP/09.03/SGDIEI, emitido por la Especialista en Racionalización donde seseñala como conclusión que el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA delHospital Sub Regional Andahuaylas, se elaboró de acuerdo a los lineamientos y normastécnicas establecidas, debiendo aprobarse mediante Ordenanza Regional.

3.- Por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueba los Lineamientos para laelaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos y seestablecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo,señalando en el artículo 5° que la conducción del proceso de elaboración y formulación delTUPA de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones deplaneamiento o quién haga sus veces, a su vez el numeral 6.~ del artículo 6° de laprecedente norma legal prevé que el responsable del planeamiento o quién haga susveces, es el encargado de elaborar el sustento técnico de cada uno de los procedimientosadministrativos contenidos en el TUPA.

4.- Mediante Decreto Supremo N° 064-2mo-PCM se aprueba la nueva metodología dedeterminación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados enexclusividad para la entidades públicas, de cumplimiento obligatorio en los procesos deelaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados

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GOBIERNO REGIONAL APURÍMACConsejo Regional

en exclusividad contenidos en los TUPAS, en este contexto, por Resolución de Secretaríade Gestión Pública N° 003-2010-PCM-SGP se aprueba la Guía Metodológica deDeterminación de Costos, en observancia de la Segunda Disposición Complementaria delprecitado Decreto Supremo.

5.- El artículo 1.- Declárase al Estado en proceso de modernización, de La Ley N° 27658,Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en el numeral 1.1. señala "Declaraseal Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias,dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar lagestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio delciudadano".

6.- La Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su Artículo 37° y38°, regula la actuación de la función administrativa del Estado, estableciendo elprocedimiento para la elaboración, contenido y aprobación, actualización y publicación delTexto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, debiendo ser aprobada por unanorma de mayor jerarquía dentro del ámbito Regional, por su parte el inciso 38.2 delartículo 38 indica que cada dos (02) años, las entidades están obligadas a publicar elíntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA bajo responsabilidaddel Titular, sin embargo podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificacionesproducidas en el mismo así lo ameriten. El plazo se computará a partir de la fecha de laúltima publicación del mismo;

DICTAMEN

La Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto Acondicionamiento Territorial,Administración y Cooperación Técnica Internacional, DICTAMINA en forma favorable laaprobación del Proyecto de Ordenanza Regional \\APROBAR el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Hospital Sub Regional de Andahuaylas"

Abancay, 17 de marzo de 2016