(5) el sistema tributario

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  • UNIVERIDAD NACIONAL TECNOLGICA DEL CONO SUR DE LIMA (UNTECS)

    CURSO DE LEGISLACION TRIBUTARIA

    CARRERA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS

  • Tema 5Curso de Legislacin Tributaria SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL Carrera de Administracin de Empresas

  • I. NOCIONES GENERALES Un sistema tributario es el conjunto, racional, coherente de normas, principios e instituciones que regula las relaciones que se originan por la aplicacin de los tributos en un pas.

  • 1.1. Poltica, Sistema y Administracin Tributaria

  • 1.2. Marco LegalEl sistema tributario nacional peruano tiene una estructura bsica, estndar a nivel internacional, y est orientado por:Ley del Sistema Tributario Nacional (D. Legislativo N 771)Ley de Tributacin Municipal (D. Legislativo N 776)Cdigo Tributario ( T. U. O. aprobado por D. S. N 133-2013-EF)Ley del Impuesto a la RentaLey del IGV e ISC

  • 1.3. Principios del Sistema

  • II. OBJETIVOSMediante Decreto Legislativo No. 771 se dict la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos:

  • Incrementar la recaudacin.Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad.Distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades.

  • III. ELEMENTOS

    El Sistema Tributario Peruano est constituido por los elementos que a continuacin presentamos:

  • 3.1. Poltica Tributaria Son los lineamientos que orientan, dirigen y fundamentan el sistema tributario. Es diseada y propuesta por el Ministerio de Economa y Finanzas.

  • 3.2. Administracin Tributaria Est constituida por los rganos del estado encargados de aplicar la poltica tributaria. A nivel de Gobierno central, es ejercida por la Superintendencia Nacional de Administracin de Aduanas y Tributaria, ms conocida como SUNAT. Los Gobiernos Locales recaudan sus tributos directamente en la mayor parte de los casos.

  • a) La SUNATEn su calidad de administracin tributaria y aduanera, tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos, con excepcin de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP).En cuanto a la administracin aduanera, tiene como finalidad Administrar y controlar el trfico internacional de mercancas dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.

  • b) Las MunicipalidadesDe acuerdo con el Cdigo Tributario, "Los Gobiernos Locales administrarn exclusivamente las contribuciones y tasa municipales, sean estas ltimas derechos, licencias o arbitrios, y por excepcin los impuestos que la Ley les asigne. La Administracin Tributaria Municipal, tiene a su cargo la administracin de los tributos dentro de su jurisdiccin, teniendo en consideracin para tal fin las reglas que establece el Cdigo Tributario. Constituye en el principal componente ejecutor del sistema tributario para la recaudacin y el control de los tributos municipales.

  • Impuesto Predial,Impuesto de Alcabala,Impuesto alPatrimonioAutomotriz,Impuesto a las apuestas,Impuesto a losJuegos, eImpuesto a los Espectculos Pblicos.De conformidad con el Decreto Legislativo N 776, Ley de Tributacin Municipal, los impuestos municipales son:

  • Las contribuciones especiales por obras pblicas,Las tasas yEl Fondo de Compensacin Municipal, cuya distribucinde estos ltimos se realiza a travs de ndices que aprueba el Ministerio deEconomayFinanzas.

    Asimismo, se encuentran definidos como ingresos de los gobiernos locales o municipalidades:

  • 3.3. Normas Tributarias Son los dispositivos legales a travs de los cuales se implementa la poltica tributaria. En nuestro pas, comprende el Cdigo Tributario y una serie de normas que lo complementan.

  • IV. COMPONENTES DEL TRIBUTO

    Los componentes del tributo son:

    El hecho generadorEl contribuyente.La base de clculo.La tasa.

  • 4.1. Hecho GeneradorEs la accin o situacin determinada en forma expresa por la Ley para tipificar un tributo y cuya realizacin da lugar al nacimiento de la obligacin tributaria. Tambin se conoce como hecho imponible.

  • 4.2. El ContribuyenteEs la persona natural, jurdica, empresa o sucesin indivisa que realiza una actividad econmica, que de acuerdo con la Ley, constituye un hecho generador, dando lugar al pago de tributos y al cumplimiento de obligaciones formales.

  • 4.3. La Base de ClculoSe refiere a la cantidad numrica expresada en trminos de medida, valor o magnitud sobre la cual se calcula el impuesto. Tambin se conoce como base imponible.

  • 4.4. La TasaTambin llamada alcuota. Es el valor porcentual establecido de acuerdo con la Ley para aplicarse a la base imponible, a fin de determinar el monto del tributo que el contribuyente debe pagar al Fisco. No se debe confundir con la tasa que es un tipo de tributo.

  • V. DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES

    Al mismo tiempo que los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones de carcter tributario, tambin pueden ejercer una serie de derechos tributarios en su favor.

  • El Artculo 92 del Cdigo Tributario establece que los contribuyentes tienen derecho a:

    a) Ser tratados con respeto y consideracin por el personal al servicio de la Administracin Tributaria;b) Exigir la devolucin de lo pagado indebidamente o en exceso, de acuerdo con las normas vigentesc) Sustituir o rectificar sus declaraciones juradas, conforme a las disposiciones sobre la materia.d) Interponer reclamo, apelacin, demanda contencioso-administrativa y cualquier otro medio impugnatorio establecido en el Cdigo Tributario.

  • e) Conocer estado de la tramitacin de los procedimientos en que sea parte y la identidad de autoridades de la Administracin Tributaria.f) Solicitar la ampliacin de lo resuelto por el Tribunal Fiscal.g) Solicitar la no aplicacin de intereses y sanciones en los casos de duda razonable.h) Interponer queja por omisin o demora en resolver los procedimientos tributarios o por cualquier otro incumplimiento a las normas establecidas en el Cdigo Tributario.

  • i) Formular consulta a travs de las entidades representativas, y obtener la debida orientacin respecto de sus obligaciones.j) La confidencialidad de la informacin proporcionada a la Administracin Tributaria.k) Solicitar copia de las declaraciones o comunicaciones presentadas a la Administracin Tributaria.l) No proporcionar los documentos ya presentados y que se encuentran en poder de la Administracin Tributaria.

  • m) Contar con asesoramiento que consideren necesario, cuando requiera su comparecencia.n) Solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias.o) Solicitar a la Administracin la prescripcin de la deuda tributaria;p) Tener un servicio eficiente de la Administracin y facilidades necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones.q) Designar hasta dos (2) representantes durante el procedimiento de fiscalizacin.

  • Tema 5EL SISTEMA TRIBUTARIO MUCHAS GRACIAS

    CURSO DE LEGISLACION TRIBUTARIA

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