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:: portada :: Mundo :: 02-02-2007 Justicia selectiva sólo para Estados fracasados ¿Necesitamos realmente una Corte Penal Internacional? Diana Johnstone CounterPunch Traducido del inglés para Rebelión por Germán Leyens Año tras año, la gente en los países árabes presencia impotente la continua destrucción de Iraq y Palestina por USA e Israel. Ve familias liquidadas por las bombas en Afganistán, Iraq y Líbano. Ve a árabes torturados y humillados en Abu Ghraib y en Guantánamo. Ve a Israel realizando regularmente asesinatos "selectivos" en los Territorios Ocupados (salpicando de muerte el área alrededor del objetivo seleccionado) mientras amplía sus asentamientos ilegales en tierras que pertenecen a los palestinos. Probablemente nadie tiene una causa más importante para ansiar un sistema equitativo de justicia internacional. ¿Pero dónde lo van a buscar? Bueno, ¿y qué pasa con la Corte Penal Internacional (CPI)? Se supone que la CPI castigue a los perpetradores de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad. Ha estado en operación desde julio de 2002, pero pocas veces recibe tanta atención como el que recibió durante un simposio a mediados de enero en la Academia de Estudios Graduados en la capital libia, Trípoli. Subyacente en la discusión de dos días sobre la "ambición, la realidad y las perspectivas futuras" de la CPI, estaba la pregunta: "¿es la CPI un pequeño paso inicial hacia la justicia internacional?" ¿O es sólo un elemento más del "poder blando" occidental, impuesto a los países pequeños? Aunque el líder libio, Moammer Gadhafi ha expresado el segundo punto de vista, pensándolo bien, la mayoría de los expertos y académicos legales, - de Libia y otros países árabes, pero también de Europa, China y Sudamérica - tendieron a inclinarse por el primero. Aunque nadie negó los evidentes defectos de la CPI, abogados y juristas piensan que es "mejor que nada" y señalan que los sistemas legales democráticos se han desarrollado a partir de relaciones institucionalizadas de poder hacia una mayor justicia. Selectividad Mientras tanto, se abría un nuevo frente bélico. Urgida por USA, Etiopía invadió Somalia, para restaurar el desorden. Aviones de guerra de USA bombardearon a miembros en fuga del Consejo de Cortes Islámicas que sólo hace poco logró terminar con las luchas de clanes que habían desolado a Mogadishu durante unos quince años. El recién instalado presidente respaldado por USA, Abdulli Yusuf Ahmed, de 73 años, anunció que no habría "conversaciones" con los islamistas derrotados, que debían ser aniquilados mientras huían. Sucede que entre los crímenes de guerra enumerados en el Estatuto de Roma que rige a la CPI page 1 / 9

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:: portada :: Mundo ::

02-02-2007 Justicia selectiva sólo para Estados fracasados

¿Necesitamos realmente una Corte Penal Internacional?Diana JohnstoneCounterPunchTraducido del inglés para Rebelión por Germán Leyens

Año tras año, la gente en los países árabes presencia impotente la continua destrucción de Iraq yPalestina por USA e Israel. Ve familias liquidadas por las bombas en Afganistán, Iraq y Líbano. Ve aárabes torturados y humillados en Abu Ghraib y en Guantánamo. Ve a Israel realizando regularmente asesinatos "selectivos" en los Territorios Ocupados (salpicando de muerte el áreaalrededor del objetivo seleccionado) mientras amplía sus asentamientos ilegales en tierras quepertenecen a los palestinos. Probablemente nadie tiene una causa más importante para ansiar unsistema equitativo de justicia internacional. ¿Pero dónde lo van a buscar?

Bueno, ¿y qué pasa con la Corte Penal Internacional (CPI)? Se supone que la CPI castigue a losperpetradores de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad. Ha estado en operacióndesde julio de 2002, pero pocas veces recibe tanta atención como el que recibió durante unsimposio a mediados de enero en la Academia de Estudios Graduados en la capital libia, Trípoli. Subyacente en la discusión de dos días sobre la "ambición, la realidad y las perspectivas futuras"de la CPI, estaba la pregunta: "¿es la CPI un pequeño paso inicial hacia la justicia internacional?"¿O es sólo un elemento más del "poder blando" occidental, impuesto a los países pequeños?

Aunque el líder libio, Moammer Gadhafi ha expresado el segundo punto de vista, pensándolo bien,la mayoría de los expertos y académicos legales, - de Libia y otros países árabes, pero también deEuropa, China y Sudamérica - tendieron a inclinarse por el primero. Aunque nadie negó losevidentes defectos de la CPI, abogados y juristas piensan que es "mejor que nada" y señalan quelos sistemas legales democráticos se han desarrollado a partir de relaciones institucionalizadas depoder hacia una mayor justicia.

Selectividad

Mientras tanto, se abría un nuevo frente bélico. Urgida por USA, Etiopía invadió Somalia, pararestaurar el desorden. Aviones de guerra de USA bombardearon a miembros en fuga del Consejode Cortes Islámicas que sólo hace poco logró terminar con las luchas de clanes que habíandesolado a Mogadishu durante unos quince años. El recién instalado presidente respaldado porUSA, Abdulli Yusuf Ahmed, de 73 años, anunció que no habría "conversaciones" con los islamistasderrotados, que debían ser aniquilados mientras huían.

Sucede que entre los crímenes de guerra enumerados en el Estatuto de Roma que rige a la CPI

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está el siguiente (Artículo 8.2.b.xii): "Declarar que no se dará cuartel." Es exactamente lo quehacían los conquistadores etíopes respaldados por USA. Pero no era probable que la CPI encararaeste último estallido de conducta criminal internacional.

Por cierto, después de cuatro años y medio de existencia, la CPI ha detenido a sólo un sospechoso:Thomas Lubanga Dyilo, jefe de una milicia rebelde en el impenetrable bosque Ituri en la parteoriental de la República Democrática de Congo (ex Zaire). Es retenido según el Artículo 8(crímenes de guerra) sección 2.e.vii, acusado de reclutar niños bajo la edad de 15 años paracombatir en su milicia.

Es ciertamente mala conducta, pero considerando todo lo que sucede en el mundo de hoy, cuestadecir que se cuente entre "los crímenes más serios de preocupación para la comunidadinternacional en su conjunto." (Artículo 5, definiendo los crímenes dentro de la jurisdicción de lacorte). Un juez francés que trabaja como investigador para la oficina del procurador de la CPI,Bernard Lavigne, reconoció que ya que es claramente incapaz de encarar todos los crímenes delmundo, la Corte es necesariamente selectiva. Defendió la selección de este sospechoso solitariopor la necesidad de comenzar con un caso inatacable que la Fiscalía esté segura de ganar.

En ello, sin embargo, se halla uno de los vicios más sutiles e insidiosos de la CPI. Aunque elEstatuto defiende formalmente la "presunción de inocencia," todos los detalles apuntan a unaCorte cuya tarea no se propone separar a los inocentes de los culpables, sino castigar a los(presuntos) culpables. Políticamente, la creación de la CPI corresponde a las exigencias de que se"terminara con la impunidad" de varias ONG, que recibieron mucha resonancia gracias a Bosnia yespecialmente Ruanda, y las víctimas pueden ser fácilmente identificadas antes del proceso - convirtiéndose éste más en una demostración de la preocupación de la comunidad internacionalpor la justicia que en la búsqueda de justicia y verdad, que puede ser elusiva o seriamentedisputada.

Como los tribunales ad hoc para Yugoslavia y Ruanda, la CPI, a pesar de su nombre, no fue establecida esencialmente para encarar conflictos internacionales, sino más bien para administrarjusticia "internacional" a conflictos internos, en países demasiado débiles para resistir a suautoridad.

La impotencia total de la CPI para encarar los crímenes más peligrosos, auténticamente "depreocupación para la comunidad internacional en su conjunto," aquellos que indignan a la opiniónpública no sólo en Occidente sino en todas partes del mundo, aquellos que amenazan seriamente ala paz mundial, se debe sobre todo a que:

° No se cubre el crimen de agresión;

° USA y sus ciudadanos son inmunes al enjuiciamiento, especialmente porque USA no ha

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ratificado el Estatuto de la CPI, y segundo, porque USA utiliza su influencia económica y política sinprecedentes para presionar a países para que firmen Acuerdos Bilaterales de Inmunidad (BIAs, porsus siglas en inglés) que eximen a los USamericanos de enjuiciamiento. Ciento dos países hanfirmado BIAs con USA.

Agresión eximida

El Artículo 6 del Estatuto de Roma limita la jurisdicción de la Corte a:

a) El crimen de genocidio;

b) Crímenes contra la humanidad;

c) Crímenes de guerra;

d) El crimen de agresión.

Sin embargo, especifica a continuación que la Corte "ejercerá jurisdicción sobre el crimen deagresión una vez que se haya adoptado una provisión [...] que defina el crimen y establezca lascondiciones bajo las cuales la Corte ejercerá la jurisdicción respecto a este crimen." En breve, elcrimen de agresión ha sido eximido por el momento de la jurisdicción de la Corte.

La razón formal es que la "agresión" no está "definida." Se trata de un argumento engañoso ya quela agresión ha sido definida de modo bastante claro por la Resolución 3314 de 1974 de laAsamblea General de la ONU, que declaró que: "la agresión consiste en "el uso de la fuerzaarmada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política deotro Estado," y enumera siete ejemplos específicos que incluyen:

a) la invasión o el ataque por las fuerzas armadas de un Estado, del territorio de otro Estado, otoda ocupación militar, aun temporal, que resulte de dicha invasión o ataque, o toda anexión,mediante el uso de la fuerza, del territorio de otro Estado o de parte de él;

b) El bombardeo, por las fuerzas armadas de un Estado, del territorio de otro Estado, o el empleode cualesquiera armas por un Estado contra el territorio de otro Estado;

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c) El bloqueo de los puertos o de las costas por las fuerzas armadas de otro Estado;

d) El ataque por las fuerzas armadas de un Estado contra las fuerzas armadas terrestres, navales oaéreas de otro Estado, o contra su flota mercante o aérea;

e) La utilización de fuerzas armadas de un Estado, que se encuentran en el territorio de otroEstado con el acuerdo del Estado receptor, en violación de las condiciones establecidas en elacuerdo, o toda prolongación de su presencia en dicho territorio después de terminado el acuerdo;

f) La acción de un Estado que permite que su territorio, que ha puesto a disposición de otro Estado,sea utilizado por ese otro Estado para perpetrar un acto de agresión contra un tercer Estado;

g) El envío por un Estado, o en su nombre, de bandas armadas, grupos irregulares o mercenariosque lleven a cabo actos de fuerza armada contra otro Estado, de tal gravedad, que seanequiparables a los actos antes enumerados, o su sustancial participación en dichos actos".

La resolución también declaró que: ""Ninguna consideración, cualquiera sea su índole, política, económica, militar o de otro carácter, podrá servir de justificación a una agresión. La guerra deagresión es un crimen contra la paz internacional. La agresión origina responsabilidadinternacional. Ninguna adquisición territorial o ventaja especial resultante de una agresión es lícitani será reconocida como tal."

La verdadera razón por la que la agresión sigue estando fuera de la jurisdicción de la CPI es queUSA, que jugó un papel importante en la elaboración del Estatuto, antes de negarse a ratificarlo, seopuso obstinadamente a su inclusión. No es difícil ver el motivo...

Esto sucedió contra la opinión unánime de casi todo el mundo, que recuerda que el Tribunal deNuremberg condenó a los dirigentes nazis sobre todo por el crimen de agresión, como el "crimeninternacional supremo" que "contiene en sí todo el mal acumulado del conjunto."

Puede señalarse que ejemplos de "agresión", que son evidentemente objetivos, son mucho másfáciles de identificar que casos de "genocidio," cuya definición se basa en suposiciones deintención.

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Los defensores de la CPI subrayan que la "agresión" puede ser definida, y por lo tanto cae bajo lajurisdicción activa de la Corte, en la Conferencia de Revisión que debería realizarse en 2009 paraconsiderar enmiendas. A pesar de ello, una enmienda entra en vigencia sólo un año después de laratificación por siete octavos de los Estados Parte del Estatuto, y se aplica sólo a Estados Parte(los que de modo tristemente notorio no incluyen a USA). Y si USA cambiara de actitud y decidieraratificar el Estatuto, todavía puede declarar que por un período de siete años no acepta lajurisdicción de la Corte para sus nacionales (Artículo 124). Todo esto significa que la fecha mástemprana concebible (y muy improbable) en la que los crímenes de USA, incluyendo la agresión,podrían ser llevados bajo la jurisdicción de la CPI sería 2017. Incluso entonces, apenas existealguna posibilidad de que algún ciudadano USamericano, o cualquiera persona que actúe porcuenta de USA, terminen en el banquillo de los acusados en la CPI.

° Para empezar, la CPI debe transferir la jurisdicción a todo Estado que se muestre "dispuesto ycapaz" de juzgar el caso en sus propios tribunales.

° Además, el Artículo 16 permite que el Consejo de Seguridad suspenda cualquier investigacióno enjuiciamiento de la CPI por un período de 12 meses. La suspensión puede ser renovadaindefinidamente. En nuestros días, el Consejo de Seguridad es visto generalmente en todo elmundo como un instrumento de la política de USA.

° Los BIAs conservarían su validez.

Y, a propósito, el empleo de gases tóxicos cuenta como un crimen de guerra, pero no el uso dearmas nucleares.

En breve, la CPI es establecida según dobles raseros para que encare sólo los casos de pocamonta.

Una corte para "Estados fracasados"

Por cierto, es difícil ver cómo la CPI puede encarar a cualquiera que no sea un Estadoextremadamente débil o "fracasado." Según el Artículo 17, un caso no es admisible a menos que elEstado en cuestión sea verdaderamente "renuente o incapaz" de investigarlo o encausarlo. Lapropia Corte puede determinar si el Estado en cuestión es "renuente o incapaz."

Aquí, la escena se vuelve muy tenebrosa. La República Democrática de Congo cooperó al pasar elcaso de Thomas Lubanga Dyilo a la CPI porque se trataba de un rebelde contra el Estado, y eseEstado atribulado tenía motivos para querer estar en la buena con la CPI. Pero ¿qué pasa si unEstado se niega, o se muestra "renuente o incapaz" de enjuiciar un caso? ¿Qué pasa entonces? La

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CPI no posee una fuerza policial propia. ¿Apelará al Consejo de Seguridad para que autorice elarresto - lo que quiere decir una acción militar en el territorio del Estado "renuente"?

El preámbulo del Estatuto de Roma subraya que "nada en este Estatuto será considerado comouna autorización para que ningún Estado Parte intervenga en un conflicto armado o en los asuntosinternos de ningún Estado. Pero esto parece ser contradicho por las provisiones del propio Estatuto respecto a Estados "renuentes."

En lugar de ser una Corte que mantenga la paz, la CPI podría resultar ser - contrariamente a losdeseos de sus partidarios sinceros - un instrumento para proveer pretextos para la guerra.

"Si no los puedes derrotar, únete a ellos."

En el simposio de Trípoli se hizo evidente que los intelectuales árabes tienen una actitudambivalente hacia la CPI. Por una parte, muchos temen que la CPI pueda ser instrumentalizadapara que sirva a lo que estiman como la política USamericana-israelí de despedazar los Estadosárabes y fragmentar el Oriente Próximo según líneas étnicas o religiosas, como una forma de"dividir para gobernar." En una estrategia semejante, los conflictos por territorio o recursospueden ser presentados por los medios y las ONG occidentales como casos unilaterales de"genocidio" que requieren una urgente intervención internacional. La prueba la hicieron enYugoslavia, e Iraq es el mejor ejemplo.

Los propios juristas, profesionalmente favorables a la construcción de una nueva institución legal,pueden olvidar los aspectos estratégicos. Pero el énfasis mismo en la aplicación del derecho penala conflictos políticos tiende a reforzar la visión maniquea (típica del gobierno de Bush y de Israel)de que los problemas del mundo se deben a "malos," "terroristas," criminales que deben serdesarraigados y castigados. Este excluye el análisis de las causas subyacentes de los conflictos.

Como otros Estados árabes, con la excepción de Jordania (y dos antiguos territorios franceses:Djibouti y las Islas Comores), Sudán no es Parte del Estatuto de Roma y por lo tanto no cae bajo lajurisdicción de la CPI. Este hecho no ha impedido la creciente campaña por una intervencióninternacional para detener lo que se describe como "genocidio" en Darfur. Algunos observadoresen el terreno sostienen que esta campaña se caracteriza por la inflación ilimitada de la cantidad devíctimas, para elevar masacres a la condición de "genocidio." Sea cual sea la realidad, el llamadoa la "intervención," implicando una intervención militar, no es acompañado por ningunaexplicación clara de cómo esto solucionaría los problemas subyacentes de identidad religiosa y lareivindicación a los escasos recursos que han causado la crisis en Darfur. La campaña bienfinanciada y (en gran parte) bien intencionada para "salvar Darfur" tiende en realidad a eclipsartodo esfuerzo por encontrar genuinas soluciones políticas y económicas mediante negociacionesrealizadas por partes familiarizadas con la historia y la cultura de la región.

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Como se puede ver en Afganistán y otros sitios, el "rescate" armado de un país o región tiende aser seguido por una aguda caída en el interés que despierta, y sobre todo por el incumplimiento dela ayuda económica y práctica prometida al comienzo.

En Trípoli, hubo quienes argumentaron que Sudán estaría en mejores condiciones para defendersede la inminente intervención militar si formara Parte de la CPI. Como dijo un abogado belga, paralos países pequeños el problema es "evitar que los atrapen," y para este fin es mejor sumarse a laCPI que quedarse afuera de ella.

Muchos intelectuales árabes y del Tercer Mundo están cansados de verse marginados y de"quejarse." Unirse a la CPI sería una manera de "unirse al mundo" y de mejorar sus propios países.Este punto de vista parece ser particularmente frecuente entre abogadas y en las ONG de losderechos humanos.

Pero, como dijera un participante: "dentro o fuera, los países pequeños son marginados."

La perspectiva desde Trípoli

Para concluir con una nota subjetiva, las rabiosas fantasías bushistas-blairistas sobre la amenazadel "islamo-fascismo" parecen particularmente grotescas desde la atmósfera pacífica de Trípoli. Elrégimen semi-socialista instalado hace 37 años por el coronel Moammer Kadhafi he redistribuidoampliamente los ingresos del petróleo, educando a la población y creando una amplia clase mediagracias a un sector de servicios (en gran parte burocrático) que emplea a cerca de un 80% de lapoblación. Esto hace que sea una sociedad particularmente tranquila - algunos burócratas podránser superfluos, pero no carecen de vivienda, y no mendigan ni roban. El coronel Kadhafi es excéntrico, duerme en tiendas de campaña en lugar de palacios, pero es difícil evitar elsentimiento de que ha sido satanizado no por sus defectos sino por su apoyo a la unidad árabe(fracasada), a los palestinos y a otras causas de liberación - lo que era natural en un país comoLibia que sufrió no hace tanto tiempo una implacable colonización por las fuerzas de Mussolini, quesometieron a la población local a ejecuciones sumarias, deportaciones masivas y campos de concentración. Al mirar alrededor, uno puede concluir que la dictadura "blanda" de Kadhafi podríaser el mejor régimen modernizador de transición que existe en el mundo árabe.

En todo caso, el simposio de la CPI siguió su propio curso ambivalente sin interferencia delgobierno. La impresión general fue de una gran sed de paz, desarrollo y justicia - todo amenazadopor la fanática "guerra contra el terror" occidental. El extremismo islámico es un problema quetiene que ser encarado en una cantidad creciente de países árabes (aparentemente, no en Libia),pero que es evidentemente agravado por la agresión de USA y la persecución israelí de lospalestinos.

Justicia y globalización

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Doy la última palabra a extractos de la contribución de un señor libio pensionado que ha tenidoaltas responsabilidades y que ahora prefiere mantener el anonimato:

"El sistema dominante se orienta hacia un derecho comercial internacional considerado como lareferencia suprema que domina todo el derecho nacional y, desde luego, el derecho internacionalpúblico y privado. La OMC ha definido en este contexto un arsenal de principios y procedimientosque van hacia e incluyen un sistema judicial basado en la negación de los principios elementalesde separación de poderes que caracterizan a la democracia.

"Esto es totalmente inaceptable. Necesitamos exactamente lo contrario. Necesitamos un derechocomercial que respete los derechos de las naciones, de la gente y de la mano de obra, y querespete el entorno, los derechos de las comunidades, de las mujeres, mientras asegura lascondiciones para mayor progreso en la democratización de las sociedades.

"Tenemos que propugnar un Derecho Internacional de los Pueblos, que debe combinar:

° "el respeto a la soberanía nacional, que permita que la gente escoja su futuro según susdeseos.

° "el respeto a los Derechos Humanos, no sólo los derechos políticos, sino también los derechossociales y el derecho al desarrollo y a la paz.

° "Que ninguna solución se logre mediante la abolición de uno de los dos términos de laecuación. No podemos abolir la soberanía, ni podemos abolir los derechos humanos.

° "El principio del respeto a la soberanía de las naciones debe constituir la piedra angular delderecho internacional. Que este principio sea violado en la actualidad con tanta brutalidad por laspropias democracias es una circunstancia agravante, más que mitigante. [...] La solemne adopción del principio de la soberanía nacional en 1945 fue lógicamente acompañada por laprohibición del recurso a la guerra. [...] Con la militarización del proceso de globalización, que estáestrechamente asociada con la opción neoliberal y con su predilección por la supremacía delderecho comercial internacional, se ha hecho más imperativo que nunca que se dé prioridad aesta reflexión sobre los derechos de la gente."

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Diana Johnstone es autora de "Fools' Crusade: Yugoslavia, Nato, and Western Delusions publicado por Monthly Review Press. Para contactos, escriba a: [email protected]

http://www.counterpunch.org/johnstone01272007.html

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